Carta Jairo Lopez a Conalvías

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1 Bogotá, D.C., 19 de mayo de 2015 Señores CONALVÍAS CONSTRUCCIONES ATN. DOCTORA JENIFFER CALLEJAS Ciudad.- Respetados Señores: JHON JAIRO LÓPEZ HERNÁNDEZ , mayor de edad, domiciiado y reside!te e! Soac"a #Cu!di!amarca$, ide!ti%cado co! a C&dua Ciudada!'a (o.)9*20).22) e+pedidae! Bogotá,actua!doe! mi caidad de directo i!teresado, por medio de prese!te escrito, respeto acudo a!te stedes co! a %!aidad de po!er e! co!ocim os siguie!tes: HECHOS 1. suscrito JHON JAIRO LÓPEZ HERNÁNDEZ , pact u! co!trato /er a de tra a o co! SIMÓN LÓPEZ RINCÓN. 2. ue as' como suscrito i!gres a ser/icio de SIMÓN LÓPEZ RINCÓN . 3. re3erido co!trato de tra a o i!ici e d'a 0) de 3e r 2014. 4. suscrito prest os ser/icios de co!ductor de /o ueta de pacas S O R – 0 2 0 . 5. señor SIMÓN LÓPEZ RINCÓN , es e propietario de automotor de pacas S6R-020. . señor SIMÓN LÓPEZ RINCÓN, es e propietario y su gere!te de a empresa TRANSNIMAR S.A.S. , (.7.8. (o. 900 01))-9. !. ;a empresa TRANSNIMAR S.A.S, (.7.8. (o. 900 01))-9, era co!tratada para reai<ar os ser/icios de carga de a /o S6R-020. ". ;a empresa TRANSNIMAR S.A.S , (.7.8. (o. 900 01))-9 y SIMÓN LÓPEZ RINCÓN , o tu/o pro/ec"o patrimo!ia co! e ser/icio prestado por e suscrito tra a ador JHON JAIRO LOPEZ HERNANDEZ . #. suscrito señor JHON JAIRO LÓPEZ HERNÁNDEZ , co!du o e automotor de pacas S O R – 0 2 0 desde e d'a 0) de 3e rero de 201) "asta e 24 de u!io de 2014. 10. suscrito prest su a or e! 3orma "a itua y co!t

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Bogot, D.C., 19 de mayo de 2015Seores

CONALVAS CONSTRUCCIONES

ATN. DOCTORA JENIFFER CALLEJAS

Ciudad.-

Respetados Seores:

JHON JAIRO LPEZ HERNNDEZ, mayor de edad, domiciliado y residente en Soacha (Cundinamarca), identificado con la Cdula de Ciudadana No.79207.227 expedida en Bogot, actuando en mi calidad de directo interesado, por medio del presente escrito, con todo respeto acudo ante Ustedes con la finalidad de poner en conocimiento los siguientes: HECHOS

1. El suscrito JHON JAIRO LPEZ HERNNDEZ, pact un contrato verbal de trabajo con SIMN LPEZ RINCN.

2. Fue as como El suscrito ingres al servicio de SIMN LPEZ RINCN.

3. El referido contrato de trabajo inici el da 07 de febrero de 2014.

4. El suscrito prest los servicios de conductor del automotor, volqueta de placas S O R 0 2 0.

5. El seor SIMN LPEZ RINCN, es el propietario del automotor de placas SOR-020.

6. El seor SIMN LPEZ RINCN, es el propietario y subgerente de la empresa TRANSNIMAR S.A.S., N.I.T. No. 900380177-9.7. La empresa TRANSNIMAR S.A.S, N.I.T. No. 900380177-9, era contratada para realizar los servicios de carga de la volqueta SOR-020. 8. La empresa TRANSNIMAR S.A.S, N.I.T. No. 900380177-9 y SIMN LPEZ RINCN, obtuvo provecho patrimonial con el servicio prestado por el suscrito trabajador JHON JAIRO LOPEZ HERNANDEZ.

9. El suscrito seor JHON JAIRO LPEZ HERNNDEZ, condujo el automotor de placas S O R 0 2 0 desde el da 07 de febrero de 2017 hasta el 24 de junio de 2014.

10. El suscrito prest su labor en forma habitual y continua.

11. El suscrito presto sus servicios en las carreteras nacionales del Departamento del Valle del Cauca y dentro de los puertos antiguo y nuevo de Buenaventura (Valle del Cauca), Respectivamente.

12. El suscrito laboraba de domingo a sbado.

13. El suscrito laboraba desde las 05:30 a.m. a las 11:00 p.m.

14. Las labores encomendadas al suscrito siempre fueron realizadas por ste en forma personal.

15. El seor JHON JAIRO LPEZ HERNNDEZ, siempre estuvo subordinado a las ordenes e instrucciones impartidas por SIMN LPEZ RINCN.

16. El Jefe Inmediato del suscrito era el seor CARLOS ALBERTO LPEZ RINCN.

17. El suscrito tambin obedeca las rdenes impartidas por el seor CARLOS ALBERTO LPEZ RINCN.18. El suscrito durante la relacin contractual, nunca fue objeto de sanciones y/o de llamados de atencin.

19. Durante la relacin laboral no se suscribi otro contrato de trabajo.

20. El sueldo pactado con SIMN LPEZ RINCN fue por el salario mnimo legal mensual vigente, es decir por la suma de SEISCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS ($616.000.oo), ms comisiones del 10% del valor de las cargas que transportaba El suscrito.21. El ltimo salario bsico mensual devengado por El suscrito fue por la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2000.000.oo).

22. Durante la relacin laboral, el suscrito nicamente recibi la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS ($800.000.oo).

23. Con fecha 24 de junio de 2014, El suscrito a travs de mi supervisor CARLOS ALBERTO LPEZ RINCN, dio por terminado el contrato verbal de trabajo en forma unilateral sin causa justificada, para lo cual me amenaz que si no abandonbamos de inmediato buenaventura nos mandaba a picar.

24. SIMN LPEZ RINCN no quiso pagar los salarios pactados ni las comisiones del suscrito.

25. SIMN LPEZ RINCN no me pag mis acreencias laborales.

26. SIMN LPEZ RINCN no me tena afiliado a la seguridad social en pensiones ante el Colpensiones.

27. SIMN LPEZ RINCN no me tena afiliado a seguridad social en salud ante Saludcoop, salvo desde el da 01 de marzo de 2014 hasta el 01 de mayo de 2014.

28. SIMN LPEZ RINCN no me tena afiliado seguridad social en riesgos laborales ante la ARL SURA, salvo desde el da 07 de marzo de 2014 hasta el da 01 de mayo de 2014.29. SIMN LPEZ RINCN no tena a filiado al suscrito a la Caja de Compensacin Familiar COLSUBSIDIO.

30. SIMN LPEZ RINCN no consign las cesantas del suscrito ante un fondo de pensiones.

31. Muchos de los viajes realizados por el suscrito en nombre de TRANSNIMAR S.A.S., eran para CONALVAS.32. No obstante, desde que empec a trabajar con SIMN LPEZ RINCN, ste me dijo que ya estaba afiliado a ARL SURA, a PORVENIR A.F.P. y a SALUDCOOP E.P.S. y para lo cual me dio un carnet falsificado integralmente de ARL SURA, hacindome creer que ya estaba afiliado, lo cual era falso, como o compruebo con las certificaciones adjuntas al presente escrito, lo cual hizo para que pudiera entrar y salir del puerto de buenaventura.

33. De igual forma SIMN LPEZ RINCN y su compinche el seor CARLOS ALBERTO LPEZ RINCN, me ordenaban que tomar la ruta de Buenaventura a Puerto Tejada, subiendo por el 18, ruta prohibida para vehculos y maquinaria pesada, con el fin de no pagar peajes y ahorrar hora y media de camino, lo cual me perjudic, pues me hicieron dos (2) comparendos de trnsito y el seor GERMN NIAUSA GONZLEZ, gerente de TRANSNIMAR S.A.S, N.I.T. No. 900380177-9 y socio de SIMN LPEZ RINCN, se comprometi a pagarlos pero nunca los pag, perjudicndome enormemente pues con dos comparendos no me dan trabajo.34. Es de anotar que en sus planillas SIMN LPEZ RINCN, TRANSNIMAR S.A.S y GERMN NIAUSA GONZLEZ, me reportaban en las novedades como si estuviera afiliado a ARL SURA, AFP PORVENIR y EPS SALUDCOOP, lo cual era falso, engaando a CONALVAS y al PUERTO DE BUENAVENTURA.35. En la actualidad tengo demandado laboralmente a SIMN LPEZ RINCN, ante el Juzgado 14 Laboral del Circuito de Bogot, D.C., Radicacin No. 11001310501420140045700.

36. Simn Lpez Rincn y TRANSNIMAR S.A.S me deben:A. CESANTIAS: El valor de SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS ($766.667.oo), correspondiente a este derecho causado desde el da 07 de febrero de 2014 hasta el da 24 de junio de 2014.

B. INTERESES A LAS CESANTIAS: El valor de TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS ($35.267.oo), correspondiente a este derecho desde el da 07 de febrero de 2014 hasta el da 24 de junio de 2014.

C. VACACIONES: El valor de TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($383.333.oo), correspondiente a este derecho por cuanto no se cancel lo correspondiente, y el suscrito trabajador tampoco las disfrut durante la relacin contractual.

D. PRIMA DE SERVICIOS: El valor de SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS ($766.667.oo), correspondiente a este derecho causado desde el da 07 de febrero de 2014 hasta el da 24 de junio de 2014.

E. APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL (SALUD, PENSIONES Y A.R.P): El valor de UN MILLN DE PESOS ($1000.000.oo), correspondiente a este derecho desde el da 07 de febrero de 2014 hasta el da 24 de junio de 2014.

F. CAJA DE COMPENSACIN FAMILIAR: El valor de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS PESOS ($277.200.oo), correspondiente a este derecho desde el da 07 de febrero de 2014 hasta el da 24 de junio de 2014.

G. INDEMNIZACIN MORATORIA: El valor de VEINTIDS MILLONES DE PESOS ($22000.000.oo), correspondiente a un da de salario por cada da de mora en el pago de las prestaciones sociales, a partir del da 25 de junio de 2014 y hasta que se haga efectivo el pago total de las acreencias laborales.H. SANCIN POR LA NO CONSIGNACIN DE LAS CESANTIAS A UN FONDO (LEY 50 DE 1990, ARTCULO 99): El valor correspondiente a esta sancin por no haber consignado mis cesantas a un fondo de cesantas, correspondiente desde el 07 de febrero de 2014 al 24 de junio de 2014.I. SALARIOS ATRASADOS: El valor de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS ($8400.000.oo), correspondiente a los salarios del mes de febrero de 2014, marzo de 2014, abril de 2014, mayo de 2014 y 17 das del mes de junio de 2014, a razn de $2000.000.oo pesos el salario mensual y teniendo en cuenta un abono de $800.000.oo pesos pagados al suscrito trabajador. PETICIN ESPECIALSolicito con altsimo respeto, se sirvan expedirme una certificacin de las afiliaciones a la seguridad social integral en salud, pensiones y riesgos laborales presentadas por los conductores de las volquetas, cuyas placas ms adelante relaciono y que son de SIMN LPEZ RINCN, las cuales ingresaron al PUERTO DE BUENAVENTURA con destino a CONALVAS, entre el 07 de febrero de 2014 al 24 de junio de 2014, pues requiero dicha certificacin como pruebas ante la Jurisdiccin laboral, as:

SOR-020. SOR-021. SMR-549. SMR-548.Lo anterior para los fines que Ustedes estimen pertinentes.De Ustedes,

Con Altsimo Respeto,

JHON JAIRO LPEZ HERNNDEZ

C.C. No. 79207.227 de Bogot