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¿En qué CASOS es necesaria la presencia de los recursos preventivos en el centro de trabajo? 1. Cuando los riesgos de un proceso o actividad se puedan ver agravados o modificados por concurrir operaciones sucesivas o simultáneas que precisen de un control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. Dichos riesgos se identificarán en la Evaluación de Riesgos y la forma de llevar a cabo la presencia quedará determinada en la Planificación de la Actividad Preventiva (en obras de construcción en el Plan de Seguridad y Salud). 2. Cuando se realicen las actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales siguientes: Trabajos con riesgos especialmente graves de caída desde altura. Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento. Actividades con máquinas antiguas carentes de declaración CE de conformidad, del mismo tipo que las indicadas en el RD 1435/92 anexo IV, cuando no se garantice la protección del trabajador una vez adoptadas todas las medidas reglamentarias aplicables. Trabajos en espacios confinados. Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión. En obras de construcción, los trabajos indicados en el RD 1627/97 anexo II. Los trabajos o tareas integrantes del puesto de trabajo ligados a dichas actividades o procesos se identificarán en la Evaluación de Riesgos y la forma de llevar a cabo la presencia quedará determinada en la Planificación de la Actividad Preventiva (en obras de construcción en el Plan de Seguridad y Salud). 3. Cuando lo requiera la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a causa de las circunstancias de las condiciones de trabajo detectadas. Implica la revisión inmediata de la Evaluación de Riesgos y la modificación de la Planificación de la Actividad Preventiva. ficha técnica de prevención 6 Presencia de los recursos preventivos Diciembre 2008 Carlos Muñoz Ruiz Técnico de Prevención. Instituto Navarro de Salud Laboral ¿Cuál es la FORMA de llevar a cabo la presencia de los recursos preventivos? Asignando el empresario (cada contratista en el caso de obras de construcción) la presencia a cualesquiera de las siguientes personas: Uno o varios trabajadores designados por la empresa. Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa. Uno o varios miembros del servicio de prevención ajeno concertado por la empresa. Uno o varios trabajadores con conocimientos, cualificación y experiencia en dichas actividades y procesos peligrosos y que cuenten con formación preventiva, como mínimo, de nivel básico. Si existieran diferentes recursos, deberán colaborar entre sí.

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¿En qué CASOS es necesaria la presencia de losrecursos preventivos en el centro de trabajo?

1. Cuando los riesgos de un proceso o actividad se puedanver agravados o modificados por concurrir operacionessucesivas o simultáneas que precisen de un control de lacorrecta aplicación de los métodos de trabajo.

➤ Dichos riesgos se identificarán en la Evaluación deRiesgos y la forma de llevar a cabo la presenciaquedará determinada en la Planificación de la ActividadPreventiva (en obras de construcción en el Plan deSeguridad y Salud).

2. Cuando se realicen las actividades o procesos peligrososo con riesgos especiales siguientes:

• Trabajos con riesgos especialmente graves de caídadesde altura.

• Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento.

• Actividades con máquinas antiguas carentes dedeclaración CE de conformidad, del mismo tipo quelas indicadas en el RD 1435/92 anexo IV, cuando no segarantice la protección del trabajador una vez adoptadastodas las medidas reglamentarias aplicables.

• Trabajos en espacios confinados.

• Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión.

• En obras de construcción, los trabajos indicados en elRD 1627/97 anexo II.

➤ Los trabajos o tareas integrantes del puesto de trabajoligados a dichas actividades o procesos se identificaránen la Evaluación de Riesgos y la forma de llevar acabo la presencia quedará determinada en laPlanificación de la Actividad Preventiva (en obras deconstrucción en el Plan de Seguridad y Salud).

3. Cuando lo requiera la Inspección de Trabajo y SeguridadSocial a causa de las circunstancias de las condiciones detrabajo detectadas.

➤ Implica la revisión inmediata de la Evaluación deRiesgos y la modificación de la Planificación de laActividad Preventiva.

ficha técnica de prevención 6

Presencia de losrecursos preventivos

Diciembre 2008

Carlos Muñoz Ruiz

Técnico de Prevención. Instituto Navarro de Salud Laboral

¿Cuál es la FORMA de llevar a cabo la presenciade los recursos preventivos?Asignando el empresario (cada contratista en el caso deobras de construcción) la presencia a cualesquiera de lassiguientes personas:

• Uno o varios trabajadores designados por la empresa.

• Uno o varios miembros del servicio de prevención propiode la empresa.

• Uno o varios miembros del servicio de prevención ajenoconcertado por la empresa.

• Uno o varios trabajadores con conocimientos,cualificación y experiencia en dichas actividades yprocesos peligrosos y que cuenten con formaciónpreventiva, como mínimo, de nivel básico.

➤Si existieran diferentes recursos, deberán colaborarentre sí.

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Teniendo en cuenta que:

• El número, capacidad y medios de los recursosasignados deberán ser suficientes.

• Deberán permanecer en el centro de trabajo mientrasdure la situación que determinó su presencia.

• Se facilitarán datos para permitir su identificación porlos trabajadores.

• Si existe concurrencia de actividades en un mismocentro de trabajo, la obligación de designar recursosrecae en cada empresa que realice las operacionesconcurrentes o las actividades o procesos peligrososo con riesgos especiales.

¿Cuál es la FINALIDAD de la presencia de losrecursos preventivos?

Establecer una medida preventiva complementaria paravigilar el cumplimiento, eficacia y adecuación de lasactividades preventivas previstas (Plan de Seguridad y Saluden obras de construcción) y controlar la aparición de riesgosno detectados, en aquellas situaciones que determinaronsu presencia.

Si en la vigilancia de dichas actividades preventivas seobserva:

• Deficiente cumplimiento: se harán las indicacionesnecesarias para corregir y se pondrá en conocimientodel empresario para que adopte inmediatamente lasmedidas necesarias.

• Ausencia, insuficiencia o falta de adecuación: se pondráen conocimiento del empresario, que modificaráinmediatamente la Planificación de la ActividadPreventiva (Plan de Seguridad y Salud en obras deconstrucción) y la Evaluación de Riesgos si procede.

Polígono Landaben, calle E/F - 31012 PamplonaTel. 848 42 37 71 (Biblioteca) - Fax 848 42 37 30 • e-mail: [email protected] • www.cfnavarra.es/insl

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■ La presencia de recursos podrá también ser utilizada porel empresario en casos distintos a los previstos siempreque la realización de otras tareas sea compatible con elcumplimiento de sus funciones preventivas.

■ No exime al empresario del cumplimiento de las restantesobligaciones para la protección de los trabajadores (ni alcoordinador de seguridad y salud durante la ejecución dela obra en construcción).

■ Todo lo indicado anteriormente se entiende sin perjuiciode las medidas previstas en otras disposiciones preventivasespecíficas: electricidad, atmósferas explosivas, radiacionesionizantes, etc.

Legislación de referencia:

Ley 54/2003 y Real Decreto 604/2006, que introducen lossiguientes añadidos:

• Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales:art.32bis, disp.adic.14ª

• Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Serviciosde Prevención: art.22bis, disp.adic.10ª

• Real Decreto 1627/1997, Obras de Construcción:disp.adic.única.