Capítulo II marco teórico (Discriminación en niños y niñas con discapacidad motora de 4 a 12...

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación U.E. Maestro Orlando Enrique Rodríguez 4to Año, Sección C Discriminación en niños y niñas con discapacidad motora de 4 a 12 años de edad en la Urb. El Caujaro Realizado por: Naytel Atencio Andrea Chacín Lilibeth Pérez Ida Pineda Samuel Reyes Estefany Ríos (Capitana)

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular Para la Educación

U.E. Maestro Orlando Enrique Rodríguez

4to Año, Sección C

Discriminación en niños y niñas con

discapacidad motora de 4 a 12 años de

edad en la Urb. El Caujaro

Realizado por:

Naytel Atencio

Andrea Chacín

Lilibeth Pérez

Ida Pineda

Samuel Reyes

Estefany Ríos (Capitana)

Valery Rodríguez

San Francisco, 25 de Febrero de 2015

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Capítulo II Marco Teórico

Antecedentes de la investigación

Campos (2009); presenta una investigación titulada: La discriminación por

discapacidad, manifestada por padres y maestros de jardines de niños

integradores: diferencias con la situación nacional; La presente investigación

caracteriza y mide la discriminación que manifiestan las comunidades educativas

de Centros Preescolares con Integración Educativa, apoyados por educación

especial modalidad CAPEP, de la ciudad de Veracruz y se establecen

comparaciones con la discriminación de la población general de México. El estudio

particularmente analiza la discriminación hacia personas con discapacidad, y se

emplean los conceptos, metodología y resultados de la Primera Encuesta Nacional

sobre Discriminación 2005 aplicada por el Consejo Nacional para Prevenir y

Eliminar la Discriminación (CONAPRED).

La investigación se inscribe en el marco de la integración educativa, movimiento

que inició en México en 1992, y que desde 2002 se rige formalmente en las

escuelas de educación básica por el Programa Nacional de Fortalecimiento de la

educación especial y de la integración educativa (Programa de Fortalecimiento),

mismo que define la integración educativa como el “proceso por el cual los niños,

las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales asociadas con

alguna discapacidad, con aptitudes sobresalientes o con otros factores, estudian

en aulas y escuelas regulares, y reciben los apoyos necesarios para tener acceso

a los propósitos generales de la educación” (SEP,2002).

Gordon (2005); presenta un investigación titulada; Las causas de marginación,

discriminación de los niños y niñas con discapacidad en la sociedad actual; La

presente investigación consta de cuatro capítulos, que se relacionan con la familia

y los discapacitados, la discapacidad y discriminación, el marco legal en lo que se

refiere a la legislación nacional e internacional, lo cual establece la estructura y la

obligación del Estado de garantizar la atención y desarrollo integral del menor.

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La Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa el fundamento

legal para el desarrollo de las instancias jurídico-políticas que coadyuven al

desarrollo de la persona con discapacidad, pues reconoce la responsabilidad que

tiene el Estado frente a todos sus habitantes, garantizando su protección, al

señalar que su fin supremo es el bien común de los seres humanos y, sobre todo,

que instituye de forma muy especial la formulación de políticas y estrategias

dirigidas especialmente a la población con discapacidad.

Jiménez, Vivas (2005); lideran una investigación, titulada: Venezuela:

Integración escolar de los niños con Necesidades Educativas Especiales; lo cual

involucra la concepción de una escuela abierta a la heterogeneidad de alumnos,

sin segregación ni discriminación, estructurada en base a la diversidad, con un

currículo que se diversifica y flexibiliza en función a las necesidades de los

educandos. En tal sentido, apunta hacia un compromiso institucional que garantice

al educando con necesidades especiales su educación en igualdad de condiciones

y oportunidades, brindándoles la posibilidad de aprender y desarrollarse como el

resto de los ciudadanos del país.

Para poder hablar de una verdadera Integración es necesario que el niño tenga

una integración física, psicosocial y pedagógica. Este proceso se ejecuta de la

siguiente manera: Evaluación Integral del niño, contactar a la escuela

potencialmente integradora, preparar a la familia y comunidad educativa, elaborar

el proyecto de Integración, ejecución del mismo y evaluación a través de

indicadores de integración.

La experiencia vivida por el C. D. I “Sagrado Corazón de Jesús”, reporta siete

proyectos de integración escolar en centros de educación inicial y escuelas

básicas, públicas y privadas, del Municipio Tucupita, relacionados con niños de

diferentes condiciones: Síndrome Down, Impedimentos físicos, Trastornos del

comportamiento, Síndrome de Asperger.

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Los resultados encontrados han variado en función de las particularidades de

cada situación, unos con más éxitos que otros, evidenciándose factores comunes

que actúan como obstáculos: la poca vinculación de los padres con el proceso,

aulas de clase con matricula elevada, docentes con practicas segregacionistas y

las fallas en la línea de acción intermodal que afecta la prosecución escolar.

También se observan beneficios, ya que la diversificación del currículo rompe con

concepciones excluyentes, brindando mayor oportunidad al niño para desarrollar

sus potencialidades y lograr su acreditación escolar.

Bases Teóricas

Teoría social de la discapacidad; basada en la concepción de discapacidad

de distintos modelos sociales

El modelo ‘constructivista’ de la discapacidad define el significado y

consecuencias de la misma de acuerdo con las actitudes, prácticas y estructuras

institucionales más que por las deficiencias en sí (Schalock, 1997b). El propósito

de quienes trabajan con este modelo, … es reducir al máximo esas barreras

físicas y sociales que limitan a los individuos con deficiencias (Verdugo, 1999a).

Romper las barreras físicas, sociales y actitudinales existentes contra las personas

con discapacidad es tan importante, sino lo es más, como curar las deficiencias

físicas o mentales (Imrie, 1997).

El modelo social se suele argumentar desde posiciones sociológicas

especulativas, aunque de él también participan profesionales de otras disciplinas

como la psicología, la pedagogía o el trabajo social. Frente a la concepción

médica rehabilitadora de la discapacidad que se centra en el individuo para

mejorar sus deficiencias o la psicológica que se centra en la mejora del proceso de

adaptación, proponen ‘desde dentro’ de la discapacidad una teoría social de la

misma (Abberley, 1987; Barnes, Mercer y Shakespeare, 1997; Marks, 1997a;

Oliver, 1990).

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En este sentido, Oliver (1990) plantea que el significado de discapacidad más

que comprendido está distorsionado por las definiciones oficiales derivadas del

paradigma de la rehabilitación como son las utilizadas por la Organización Mundial

de la Salud. Esas definiciones y concepciones consideran a las personas con

discapacidad como objetos pasivos de intervención, tratamiento y rehabilitación,

generando consecuencias opresivas para las personas al reducir la discapacidad

a un estado estático y violar sus componentes experienciales y situacionales.

Oliver plantea como alternativa centrarse en las causas y dimensiones sociales de

la discapacidad, "una teoría social de la discapacidad... debe estar localizada

dentro de la experiencia de las propias personas con discapacidad y sus intentos,

no solo para redefinir la discapacidad sino también para construir un movimiento

político entre ellos mismos y desarrollar servicios proporcionados con sus propias

necesidades autodefinidas" (Oliver, 1990, p.11).

La discapacidad es un constructo social, entendiendo por esto que su significado

es mejor comprendido en términos de cómo la sociedad percibe a la discapacidad

(Olkin, 1999). Las personas con discapacidad deben ser vistas como un grupo

minoritario de la misma manera que lo son las personas de color, a quienes se les

ha negado sus derechos civiles, igualdad de acceso y protección (Barnes, Mercer

y Shakespeare, 1997). Y, al analizarlo así, las respuestas tienden a ser las

mismas que en otros grupos minoritarios se han dado, o sea con contenido

sociopolítico.

Los ‘Estudios sobre discapacidad’, nacidos en torno a los modelos sociales son

un campo de investigación y docencia universitaria especialmente activo desde la

mitad de los años noventa hasta ahora. La materia de estudio “no se reduce a las

simples variaciones que existen en el comportamiento humano, su apariencia, el

funcionamiento, la agudeza sensorial o el procesamiento cognitivo, sino que de

manera crucial se atiende al significado que damos a esas variaciones” (Linton,

1998, p. 2). Para Linton la discapacidad es un campo interdiscipinar basado en un

análisis sociopolítico que utiliza el conocimiento y metodologías de las

humanidades, y las conceptualizaciones y enfoques desarrollados en áreas

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científicas nuevas. No obstante lo dicho, Linton reconoce que a pesar del gran

crecimiento existente en los últimos cinco años “el campo de los estudios sobre

discapacidad es incluso más marginal en la cultura académica que lo que son

marginadas las personas con discapacidad en la cultura cívica” (p. 3).

Amnistía Internacional

Amnistía Internacional (AI) es una organización internacional sin fines de lucro e in

dependiente que trabaja con celo para proteger los derechos humanos de todo el

mundo. Desde su creación en 1961, Amnistía internacional he coordinado la

investigación, la información y las campañas de educación a fin de de centrar la

atención mundial en cuestiones tales como: la libertad de conciencia y de

expresión, la libertad de la discriminación, y el cese de los abusos físicos y

mentales y la tortura sufrida por las victimas de violaciones de derechos humanos.

La visión de Amnistía Internacional es la de un mundo en el que todas las

personas disfrutan de todos los derechos humanos proclamados en la Declaración

Universal de Derechos Humanos y en otras normas internacionales de derechos

humanos. Animada por esta visión, la misión de Amnistía Internacional consiste en

realizar labores de investigación y acción centradas en impedir y poner fin a los

abusos graves contra estos derechos.

Amnistía Internacional forma una comunidad global de defensores y defensoras

de los derechos humanos, y éstos son sus principios: solidaridad internacional,

actuación eficaz en favor de víctimas concretas, cobertura universal, universalidad

e indivisibilidad de los derechos humanos, imparcialidad e independencia, y

democracia y respeto mutuo.

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Sistema de Variables

Identificación de las Variables

Variable Independiente: Discapacidad Motora

Variable Dependiente: Discriminación

Definición Conceptual

La discapacidad motora “es la alteración en la funcionalidad de las

extremidades superiores y/o inferiores. Dicha alteración se produce por una lesión

en el sistema nervioso central (SNC) a nivel de médula o del encéfalo. Si la lesión

acontece en esta parte del sistema nervioso, su consecuencia es la parálisis

cerebral.

"Un niño o joven con discapacidad motora es aquel que presenta de manera

transitoria o permanente alguna alteración de su aparato motor, debido a un

deficiente funcionamiento en el sistema nervioso, muscular y/o óseo-articular, o en

varios de ellos relacionados, que en grados variables limita alguna de las

actividades que puede realizar el resto de las personas de su edad". Los niños en

esta situación presentan encefalopatías no progresivas, que pueden tener su

comienzo antes del parto o durante él, o en la infancia temprana, y que obstaculiza

o impide el desarrollo motor normal.

La discapacidad motora engloba trastornos muy diversos que tienen en común

las alteraciones o pérdidas del control motor. Estas perturbaciones varían desde

grados leves hasta graves (imposibilidad de todo movimiento voluntario), desde

personas con inteligencia normal superior hasta personas con retardo mental

severo y otros con o sin trastornos sensoriales”. Garcia, Ramirez, Trejo (2008).

Discriminación

  Según la Unesco, establece que la “discriminación” toda distinción, exclusión,

limitación o preferencia, fundada en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión,

las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la

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posición económica o el nacimiento, que tenga por finalidad o por efecto destruir o

alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza y, en especial:

a. Excluir a una persona o a un grupo del acceso a los diversos grados y tipos de

enseñanza; 

b. Limitar a un nivel inferior la educación de una persona o de un grupo; 

c. A reserva de lo previsto en el artículo 2 de la presente Convención, instituir o

mantener sistemas o establecimientos de enseñanza separados para personas o

grupos; o 

d. Colocar a una persona o a un grupo en una situación incompatible con la

dignidad humana. 

2. A los efectos, la palabra “enseñanza” se refiere a la enseñanza en sus diversos

tipos y grados, y comprende el acceso a la enseñanza, el nivel y la calidad de esta

y las condiciones en que se da.

Definición Operacional:

Esta se encuentra determinada, por como la discapacidad motora siendo la

variable independiente influye en la variable dependiente que es la discriminación,

puesto que las personas que poseen esta deficiencia son discriminados por una

sociedad, que no los incluye del todo, siendo el caso de la mayor estructuración de

las instituciones educativas y centros comercial, los cuales no están aptos para la

movilización e integración de estos niños y niñas con discapacidad.

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Cuadro de Operacionalizacion de las Variables

Objetivo General: Analizar la Discriminación en niños y niñas con discapacidad motora de 4 a 12 años de edad en la

Urb. El caujaro san francisco, estado Zulia.

Objetivos Específicos Variable Dimensiones Indicadores Itemes

Identificar los niños y niñas de 4 a 12 años con discapacidad motora en la Urb. El caujaro san francisco, estado Zulia.

Discapacidad

Motora

niños y niñas de 4 a 12

años con discapacidad

motora

Entrevista con los

habitantes

Proporción de genero

Estimar la Discriminación

en niños y niñas con

discapacidad motora de 4

a 12 años de edad en la

Urb. El caujaro san

francisco, estado Zulia.

DiscriminaciónEspacios Físicos

(Escuelas, Centros

comerciales, Vías de

acceso)

Establecer las actividades y estrategias para minimizar la discriminación en niños y niñas con discapacidad motora de 4 a 12 años de edad en la

Urb. El caujaro san francisco, estado Zulia.

Actividades y

estrategias

Talleres

Seminarios

Charlas

Asamblea

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Bases legales

Lopna

Artículo 3

Principio de Igualdad y no Discriminación. Las disposiciones de esta Ley se

aplican por igual a todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna

fundada en motivos de raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia,

religión, creencias, cultura, opinión política o de otra índole, posición económica,

origen social, ético o nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier

otra condición del niño o adolescente, de sus padres, representantes o

responsables, o de sus familiares.

El artículo 3 entáblese la igualdad de las personas, es decir, prohíbe la

discriminación por raza, credo, sexo, posición económica, origen social,

discapacidad o enfermedad.

Ley para personas con discapacidad

Atención integral a las personas con discapacidad.

Artículo 8. 

La atención integral a las personas con discapacidad se refiere a las políticas

públicas, elaboradas con participación amplia y plural de la comunidad, para la

acción conjunta y coordinada de todos los órganos del Poder Público en sus

niveles nacional, estadal y municipal; de las comunidades organizadas, de la

familia, personas naturales y jurídicas, para la prevención de la discapacidad y la

atención, la integración y la inclusión de las personas con discapacidad,

garantizándoles una mejor calidad de vida, mediante el pleno ejercicio de sus

derechos, equiparación de oportunidades, respeto a su dignidad y la satisfacción

de sus necesidades en los aspectos sociales, económicos, culturales y políticos,

con la finalidad de incorporar a las personas con discapacidad a la dinámica del

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desarrollo de la Nación. La atención integral será brindada a todos los estratos de

la población urbana, rural e indígena, sin discriminación alguna.

Trato social y protección familiar.

Artículo 9. 

Ninguna persona podrá ser objeto de trato discriminatorio por razones de

discapacidad, o desatendida, abandonada o desprotegida por sus familiares o

parientes, aduciendo razonamientos que tengan relación con condiciones de

discapacidad.

Los ascendientes, las ascendientes, los descendientes y las descendientes

hasta el segundo grado de consanguinidad, y los parientes colaterales hasta el

tercer grado de consanguinidad, están en la obligación de proteger, cuidar,

alimentar, proveer vivienda, vestido, educación y procurar asistencia médica,

social y comunitaria, a personas con discapacidad que no puedan por sí mismas

satisfacer las necesidades que implican las acciones enunciadas.

La persona con discapacidad debe ser atendida en el seno familiar. En caso de

atención institucionalizada, ésta se hará previo estudio de acuerdo con las leyes

de la República. El Estado brindará apoyo y sostendrá instituciones para brindar

esta atención en condiciones que garanticen respeto a la dignidad humana y a la

libertad personal.

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Definición de términos básicos

Definición de discapacidad.

Según la ley de personas con discapacidad “ Se entiende por discapacidad la

condición compleja del ser humano constituida por factores biopsicosociales, que

evidencia una disminución o supresión temporal o permanente, de alguna de sus

capacidades sensoriales, motrices o intelectuales que puede manifestarse en

ausencias, anomalías, defectos, pérdidas o dificultades para percibir, desplazarse

sin apoyo, ver u oír, comunicarse con otros, o integrarse a las actividades de

educación o trabajo, en la familia con la comunidad, que limitan el ejercicio de

derechos, la participación social y el disfrute de una buena calidad de vida, o

impiden la participación activa de las personas en las actividades de la vida

familiar y social, sin que ello implique necesariamente incapacidad o inhabilidad

para insertarse socialmente”.

Definición de personas con discapacidad.

 Son todas aquellas personas que por causas congénitas o adquiridas

presenten alguna disfunción o ausencia de sus capacidades de orden físico,

mental, intelectual, sensorial o combinaciones de ellas; de carácter temporal,

permanente o intermitente, que al interactuar con diversas barreras le impliquen

desventajas que dificultan o impidan su participación, inclusión e integración a la

vida familiar y social, así como el ejercicio pleno de sus derechos humanos en

igualdad de condiciones con los demás.

Se reconocen como personas con discapacidad: Las sordas, las ciegas, las sordo-

ciegas, las que tienen disfunciones visuales, auditivas, intelectuales, motoras de

cualquier tipo, alteraciones de la integración y la capacidad cognoscitiva, las de

baja talla, las autistas y con cualesquiera combinaciones de algunas de las

disfunciones o ausencias mencionadas, y quienes padezcan alguna enfermedad o

trastorno discapacitante, científica, técnica y profesionalmente calificadas, de

acuerdo con la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y

la Salud de la Organización Mundial de la Salud.

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Discapacidad Motora

Díaz (2010); se refiere a dicha discapacidad “…como aquella que abarca todas

las alteraciones o deficiencias orgánicas del aparato motor o de su funcionamiento

que afectan al sistema óseo, articulaciones, nervios y/o músculos. Las personas

afectadas por ellas presentan una clara desventaja en su aparato locomotor,

determinada por limitaciones postulares, e desplazamiento, coordinación y

manipulación, pudiendo integrar dos o más de ésta. Aveces van acompañadas de

otras alteraciones sensoriales, perceptivas y del lenguaje y en un porcentaje alto

tienen conservada su capacidad intelectual.

Definición de discriminación

Zepeda (2005); define la discriminación como “ la conducta, culturalmente

fundada, sistemática y socialmente extendida, de desprecio contra una persona o

grupo de personas sobre la base de un prejuicio negativo o un estigma

relacionado con una desventaja inmerecida, y que tiene por efecto (intencional o

no) dañar sus derechos y libertades fundamentales”.