CAPÍTULO I Marco Contextual
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CAPÍTULO I
MARCO CONTEXTUAL
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Quetzaltenango, considerada la segunda capital de Guatemala, situada en la región
occidental del país. Tiene una extensión territorial de 1,951 kilómetros cuadrados y su población
es de aproximadamente 863,689 según Encuesta del Instituto Nacional de Estadística, cuenta con
24 municipios y su cabecera departamental es el municipio de Quetzaltenango.
Limita al norte con el departamento de Huehuetenango, al este con los departamentos
de Totonicapán y Sololá, al sur con los departamentos de Retalhuleu y Suchitepéquez y al oeste
con el departamento de San Marcos. Sus principales idiomas son el castellano, mam y k'iche'. Su
temperatura habitual es de frío a templado y su fiesta titular es del 9 al 17 de septiembre, para
celebrar la independencia de la patria. Su fundación fue el 16 de septiembre de 1845.
Además existe una gran diversidad de comercio, servicio e industria, es por ello que en la
legislación tributaria, a las personas que ejercen el comercio se les llama contribuyentes.
Contribuyente es toda aquella persona natural o jurídica que paga o satisface las contribuciones,
impuestos o arbitrios, que se crean a favor del Estado de Guatemala o de las municipalidades por
medio de la Administración Tributaria.
El objeto de está es ejercer la administración del régimen tributario, aplicar la legislación
tributaria, la recaudación, control y fiscalización de todos los tributos internos, además de las
importaciones y exportaciones que percibe el Estado por medio del ente fiscalizador. También
establece, opera los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias.
La sede regional de Quetzaltenango es la segunda de mayor recaudación tributaria del
país, solo por detrás de la Sede Central; atendiendo así a varios departamentos con un elevado
índice de recaudación, permitiendo también la realización de trámites, como el de la primera
matrícula, el cual solo se ofrece en dicha sede.
La SAT como ente recaudador obtiene sus ingresos principalmente de los impuestos. Son
las herramientas simples que el Estado utiliza para agenciarse de fondos como compensación de
los egresos que el Estado tiene que soportar para la prestación de los servicios de caracteres
generales, partiendo de que es la obligación del sector privado el objeto para obtener dichos
fondos, principalmente en las empresas privadas, que producto de la actividad comercial se
concentran los impuestos.
Es el único medio práctico de recaudar ingresos por parte del Estado guatemalteco, con la
finalidad de poder financiar el gasto público en bienes y servicios que demanda la mayoría de los
ciudadanos, y en los mismos gastos que le conlleva su propia actividad. La recaudación de
impuestos condiciona al Estado; ya que la insuficiencia de recursos para financiar el gasto
público es causa de un déficit fiscal, lo que estimula un mayor endeudamiento externo e interno,
provocando de esta forma una crisis financiera del Estado.
La finalidad de los impuestos desde sus orígenes, es poder mantener al Estado, y que a su
vez este pueda brindar los servicios básicos a la sociedad, siendo la sociedad parte del mismo
Estado, proporcionando entre si los medios para que se puedan generar riquezas para ambos,
creando uno de los lineamientos donde debe basarse la realización de la actividad económica de
las sociedades, y en este caso los sectores de la producción de riqueza tanto públicos como
privados.
Varios factores han incidido en los contribuyentes, a no contribuir de manera honesta o
correcta, uno de esos factores son: el mal manejo de los fondos públicos, la poca recepción de
ganancia que tienen los comerciantes, entre otros; pero un factor que últimamente ha sido de
mayor relevancia y que siempre ha existido, es el tema de la corrupción.
En estos días han salido personas de la cúpula del gobierno, integrando organizaciones
delictivas, ocasionando que se genere una brecha fiscal, entre lo presupuestado y lo recaudado.
Es importante recordar que los impuestos constituyen una fuente importante de financiamiento
para el país, esto, para poder realizarse como estado, con infraestructura, insumos médicos y
escolares, seguridad, entre otros elementos. Es por ello que los contribuyentes, al conocer quienes
integran estas estructuras delictivas, ven fortalecida su opinión de: “para que contribuir, si los
funcionarios se lo roban”, aumentando así la brecha fiscal, sin mencionar las evasiones que se
realizan por estas estructuras delictivas.
Debido a la problemática que se ha suscitado nos hemos planteado la siguiente pregunta
“¿Qué efecto ha tenido en recaudación tributaria los casos de corrupción en la
superintendencia de administración tributaria¨
Que reacción a tenido en la población los casos de corrupción suscitados en el primer semestre
del año en la administración tributaria
ANTECEDENTES DE TEORICOS
CORRUPCION
Según esta concepción habrá corrupción, probablemente cuando alguien tiene un poder
monopólico sobre un bien o sobre un servicio, posee la discrecionalidad de decidir quién lo va a
recibir o no y en qué medida, y falta transparencia, entendido esto como la falta de controles
sobre las acciones del sujeto en su función1.
Análisis: El problema en Guatemala, es que hay poderes facticos, que ejercen monopolios dentro
de las Instituciones del Estado a través del financiamiento previo que han dado para que el
gobernante de turno llegue al cargo, lo cual hace que este tenga compromisos adquiridos aun
antes de asumir el puesto.
Muchos funcionarios públicos ejecutan este delito por su ineficiencia para operar los fondos
públicos que les han sido asignados para su administración, ponen de manifiesto su falta de
profesionalismo y conocimiento principalmente sobre aspectos de tipo económico.
Finalizaremos diciendo que el delito de corrupción aún no está tipificado con claridad en las leyes
guatemaltecas lo cual influye para que este se siga cometiendo con total impunidad.
SANCION
Castigo que impone una autoridad a la persona que infringe una ley o norma. Análisis: El Plan de
Transparencia, debería ser una norma preventiva, con el objeto de fortalecer la carrera
administrativa y reformar la Ley Electoral, el financiamiento y los partidos.
Los funcionarios públicos corruptos deberían padecer la pena máxima que indique la ley, a pesar
que la ley de corrupción en Guatemala están sin regular, tratará de tipificar los delitos de
corrupción que están sin regular (enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, por ejemplo) y
agravar las condenas, que “son muy benignas”.
ANTECEDENTES DE LA DEFRAUDACIÓN ADUANERA2
1 Cartier – Bresson, 1996, citado en García y otros, 19992 Héctor Enrique molina Ramírez, Análisis Jurídico de la defraudación aduanera guatemalteca y los efectos legales que se dan en la economía nacional páginas 1 y 2
“Podemos concebirlo como un ilícito penal de reciente nacimiento, es joven su aparecimiento,
algunos de sus caracteres se encuentran extraídos de la doctrina del delito de defraudación
tributaria, posteriormente países como España han adaptado los elementos necesarios e
indispensables para adecuarlos a la legislación penal como delito.
El delito de defraudación tributaria determina la incidencia que se da dentro del régimen
tributario actual, de ahí que es importante señalar que sus características van en relación con el
grado de relevancia que se guardan entre sí, razón que es de suma importancia”.3
Dicho delito tomo las denominaciones de delito fiscal, delito contable, posteriormente adopta el
nombre de defraudación tributaria, del cual toma los elementos configurativos que pueden
determinar la existencia del ilícito penal, para la implantación del delito propio dentro del campo
del derecho aduanero de delito de defraudación aduanera.
La legislación de nuestro país configura un concepto sobre lo que es el delito defraudación
aduanera, para lo cual se auxilia del principio de legalidad preceptuados en los transcritos
artículos diecisiete (17) de la Constitución Política de la República de Guatemala y uno (1) de
nuestro código penal, de modo que el principio de legalidad determina que ciertos hechos, actos o
formas de comportamientos, manifestaciones de la conducta, adicionándole elementos propios
del derecho aduanero, puede darnos precisamente una definición más completa sobre el delito de
defraudación aduanera, sólo así se puede obtener una definición concreta al respecto, concepto
que mediante 1 Morales-Gil Girón, Benjamín Isaac, Derecho Penal Aduanero Guatemalteco. Pág.
157 2 un proceso de paráfrasis e inferencia analizó la ley de la materia denominada Ley Contra
La Defraudación y Contrabando Aduanero prescrita en los decretos cincuenta y ocho – noventa
(58-90) del Congreso de la República y sus reformas, siguiendo la teoría general del delito, para
identificar y cualificar éstos ilícitos penales aduaneros, igual situación sucede con el delito de
contrabando aduanero, el cual dentro de la legislación comparada si ofrece mayores
apreciaciones.
3 Morales-Gil Girón, Benjamín Isaac, Derecho Penal Aduanero Guatemalteco. Pág. 157
El delito de defraudación aduanera es un ilícito de naturaleza aduanera, en donde el Estado a
través de su ius puniendo, faculta a la Superintendencia de Administración Tributaria, como
sujeto pasivo de la relación penal aduanera, a exigir el cumplimiento de obligaciones tributarias
de naturaleza aduanera, específicamente a perseguir a todos los ilícitos penales aduaneros tales
como defraudación aduanera y contrabando aduanero del cual se desprende que el derecho
público es la naturaleza jurídica con que cuenta dicho ilícito por la relación que guarda el Estado
con los contribuyentes, es decir en el campo penal cuando cometen ilícitos con los sujetos activos
de la relación jurídica aduanera. “Su antecedente está en la expresión bannnum, voz latina con la
que se designaba una ley cualquiera, dictada con el fin de ordenar o impedir hechos
individualizados a los habitantes de una nación.
De tal modo que la palabra defraudación pasó a significar cualquier acción o comportamiento
contrario a una ley o a un edicto en un país o región determinada. Más tarde el significado se
vinculó especialmente a la violación de leyes de carácter aduanal”. 4
“La defraudación en sentido amplio consiste en cosas tales como provisiones o alimentos para el
ganado. Los cargamentos de esta clase, aunque puedan parecer inocuos, pueden ser investigados,
y si en opinión de la nación beligerante que los inspecciona los suministros se van a destinar a las
fuerzas armadas del enemigo en vez de al consumo y uso de la población civil, tendrán la
consideración de contrabando”5
DEFINICIÓN DE RECAUDACIÓN FISCAL6
La recaudación fiscal mide la cantidad total de dinero que se consigue con los de impuestos y
que será la parte fundamental con la que deberá financiarse los servicios públicos que presta el
estado. Para ello, las finanzas cuentas fundamentalmente con los siguientes:
Impuesto sobre la Renta. Cantidades que deben pagar las personas físicas sobre la base de
los ingresos que tienen anualmente y que gravan los tres tipos fundamentales de rentas:
o Rentas del trabajo4 Biblioteca de Consulta Microsoft Encarta, Contrabando, pàg. 435 Morales-Gil Giròn, Ob.Cit. Pàg. 1576 www.enciclopediafinanciera.com/finanzas.../recaudacion-fiscal.htm
o Rentas del Capital
o Rentas de actividades empresariales o profesionales
Impuesto sobre Sociedades. Es un impuesto análogo al Impuesto sobre la renta, pero en
este caso sobre las Sociedades Mercantiles y que graba el beneficio obtenido por la
sociedad.
Impuesto sobre el Valor Añadido. Este impuesto grava el consumo, tributándose sobre el
precio una parte del precio que pagan los consumidores finales de los bienes.
Además de estas que son las vías fundamentales de recaudación fiscal, los países pueden
imponer:
Aranceles, que hacen pagar a productos de importación consiguiendo un doble objetivo:
aumentar ingresos y defender a la industria del país aunque esto no favorece la
competencia internacional de las empresas protegidas.
Tasas con las que se grava un servicio y pagan sólo los usuarios, de basuras,
universitarias, servicios sanitarios,... En muchos casos estas no cubren el coste del
servicio pero sirven como medida reguladora para que no exista abuso por parte de los
usuarios.
ANTECEDENTES DE LA RECAUDACIÓN FISCAL7
La meta de recaudación establecida en los Acuerdos de Paz de 1996 fue del 12 por ciento del
Producto Interno Bruto (PIB). Ese año no superó el 8 por ciento, pero en el 2007 alcanzó el 12,1
%, aunque dos años después cayó al 10,3 %.
En el 2011 y 2012, la recaudación se situó en 10,9 por ciento del PIB y la proyección para el
próximo año es cerrar con un ingreso tributario del 11,6 por ciento.
7 Antecedentes De La Recaudación Fiscal
Con relación a la ejecución presupuestaria, este año llegará a un 91 por ciento, derivado del
retraso que sufrió la aprobación de los créditos y el bajo desempeño en la recaudación en las
aduanas.
Guatemala cerrará con un déficit fiscal del 2,2 por ciento del PIB en 2013 y para el próximo año
se proyecta que sea de 2,5 %.
El Estado deberá funcionar en 2014 con el mismo presupuesto de 2013, que fue de 60.000
millones de quetzales (7.614 millones de dólares) debido a que el Congreso no aprobó la
iniciativa de 70.500 millones de quetzales (8.946 millones de dólares) que envió el Ejecutivo.
BRECHA FISCAL8
La brecha fiscal, también conocida como déficit fiscal o presupuestario, se presenta cuando el
Estado gasta más dinero del que recibe.
El dinero que recibe el Estado lo obtiene, por ejemplo, de los impuestos que cobra a los
ciudadanos, de las ganancias que recibe por vender petróleo y otros recursos naturales, de
préstamos que pide en el exterior o en el país, etc.
Sin embargo, el Estado también tiene una gran cantidad de gastos: funcionamiento(los sueldos
que le paga a sus funcionarios), inversión social e infraestructura, pagos de la deuda, seguridad
nacional, etc.
El agujero fiscal 9 superó los Q2 mil 255 millones durante el primer semestre del año, reportó ayer la
Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Durante los primeros seis meses del año, la recaudación fue de Q24 mil 492.6 millones por
debajo de la meta proyectada a principios de año, de Q26 mil 748.4 millones.
Eso significa que, por sexto mes consecutivo, la SAT no logra alcanzar las metas mensuales de
cobro de tributos.
8 buenastareas.com9 www.prensalibre.com/guatemala/brecha
Creciente diferencia
La brecha en enero fue de Q15.3 millones, de Q96.4 millones en febrero y de Q477 millones en
marzo.
En abril, el monto no recaudado ascendió a Q659 millones; en mayo, Q649.4 millones, y en
junio, Q358.6 millones.
Eso quiere decir que la brecha se acentuó en abril y mayo, semanas después de que saliera a luz
el caso de la red de defraudación que operaba en el servicio aduanero, descubierto por la
Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) y el Ministerio Público.
Además, la SAT no ha podido recaudar Q598.9 millones por el cobro de un impuesto de Q5 a la
telefonía, dado que está suspendido temporalmente por la Corte de Constitucionalidad.
El monto del recaudo equivale al 44.7% de la proyección de recaudación prevista para este año,
de Q54 mil 701 millones.
No obstante, la Comisión Técnica de Finanzas anticipa un cierre de Q50 mil 424.1 millones,
también inferior a la proyección inicial.
Dorval Carías, ministro de Finanzas, informó que la reducción en los ingresos fiscales está
relacionada con la variación de los precios internacionales de los derivados del petróleo y la
captación del impuesto sobre la renta (ISR).
Carías indicó que uno de los problemas que origina la baja recaudación es la contención —
recortes— del gasto para financiar programas estatales, en la misma cantidad que la SAT no ha
logrado captar.
LA BRECHA FISCAL DEL AÑO 201410
Por segundo año consecutivo el gobierno de Otto Pérez Molina se encuentra en una grave crisis
financiera. El presupuesto gubernamental 2014 sería cubierto por una meta de recaudación fiscal
de Q 51,500 millones, a cargo de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), la
colocación de bonos por cerca de Q 8,000 millones y una serie de préstamos contratados con
entidades financieras internacionales.
10 elsoca.org/.../guatemala/3385-guatemala-el-gobierno-se-hunde-en-la-cris
La alarma empezó a sonar en abril, cuando la SAT anunció que los ingresos fiscales en el primer
trimestre del año estaban en Q 669.3 millones por debajo de la meta planteada. En ese momento
se dijo que la recaudación en el Impuesto Sobre la Renta tuvo un crecimiento insuficiente, el IVA
sobre importaciones disminuyó debido al bajo crecimiento de las compras al extranjero. Otros
tributos que tuvieron una caída fueron los impuestos a timbres fiscales y papel sellado, al tabaco,
a la distribución de bebidas, al cemento y a la circulación de vehículos.
Al finalizar abril la brecha fiscal se redujo a Q 498 millones; la meta para el cuatrimestre era de Q
17,495 millones y se recaudó Q 16,996 millones. Sin embargo, a inicios de junio la SAT reportó
que en el mes de mayo la brecha volvió a crecer, llegando a Q 613 millones (Prensa Libre
12/06/14).
El tema del endeudamiento ha causado una gran polémica, pues aunque el gobierno sostiene que
la deuda se encuentra en un nivel aceptable, numerosos analistas advierten que el país se acerca
peligrosamente al límite recomendado. Según el Banco de Guatemala, la deuda interna del país
para el mes de abril asciende a Q 55,790 millones, y la externa a US$ 7,026 millones (El
Periódico 27/05/14). Este año el gobierno colocó Q 8,335.2 millones en bonos del tesoro, y tiene
programado contratar préstamos en el extranjero por US$ 870 millones. Los organismos
internacionales recomiendan una deuda de no más del 2.5% de los ingresos fiscales; con el
endeudamiento contemplado la deuda ascenderá a Q 115 mil millones y la recaudación en
impuestos se calcula que será de Q 49 mil millones, lo que da un porcentaje de 2.35%, muy cerca
del límite recomendado (Siglo XXI 02/06/14).
ANTECEDENTES DE CAMPO
EL CASO MORENO O CASO DEL CAPO DEL CONTRABANDO11 fue un proceso judicial
que se llevó a cabo en Guatemala durante el gobierno de Álvaro Arzú Irigoyen a finales de la
década de 1990, cuando se descubrió que el ciudadano salvadoreño Alfredo Moreno Molina
lideraba una banda dedicada al contrabando, la cual habría estafado al fisco guatemalteco por
aproximadamente sesenta millones de quetzales. La red de Moreno habría sido conformada por
11 https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Moreno_en_Guatemala
oficiales del ejército y funcionarios del gobierno encargado de controlar las aduanas del país.
Muchos de sus miembros habían formado parte de los grupos de inteligencia militares conocidos
como «La Cofradía» y «El Sindicato», vinculados al general Francisco Ortega Menaldo y el
general Otto Pérez Molina, respectivamente.
Historia: En la década de 1970, los generales Manuel Antonio Callejas y Francisco Ortega
Menaldo crearon una poderosa organización paralela al Ministerio de Finanzas Públicas de
Guatemala; originalmente, el ejército de Guatemala estableció una oficina para detectar el tráfico
de armas y municiones destinadas a grupos de la izquierda armada durante la Guerra Civil de
Guatemala. Luego de debilitar a la guerrilla, la estructura habría servido para llevar a cabo
operaciones de contrabando y otras actividades ilícitas. El salvadoreño Alfredo Moreno Molina
era parte de este grupo.
Fue hasta el gobierno de Álvaro Arzú (1996-2000) que la red fue atacada. El Ministerio Público
encontró más de cincuenta carnés de diferentes instituciones estatales, todas con las fotografías
de Moreno. La evidencia implicó a varios militares de alto rango, dentro los que destacaba el
general Luis Francisco Ortega Menaldo, el coronel Juan Guillermo Oliva Carrera, el general
Roberto Eduardo Letona Hora, el mayor José Fernández Ligorría, el coronel Salán Sánchez, el
general Efraín Ríos Montt, el coronel Napoleón Rojas Méndez, el mayor Byron Barrientos, y
Mario Guillermo Ruiz Wong. También estaría involucrado Alfonso Portillo, candidato
presidencial del FRG en las elecciones de 1996 y 2000, quien el 16 de septiembre de 1996
admitió haber recibido de Moreno setenta mil quetzales para su campaña política.
Cuando en 1996 se intentó desarticular a la Red Moreno, Francisco Ortíz Arriaga, funcionario de
aduanas, salió entre los capturados; el ex funcionario aceptó cooperar con las diligencias del
Ministerio Público y proporcionar detalles sobre la estructura de la banda y sus principales
operaciones. Con la información que dio Ortíz, se pudo corroborar la participación de los
generales retirados Manuel Callejas y Callejas y Francisco Ortega Menaldo, que como oficiales
de inteligencia controlaban la red que Moreno dirigía.
La red de contrabando según los juicios llevados a cabo del 2000 al 2002, controlaba el
movimiento de contenedores, el valor de los productos importados y el tipo de mercancías que se
movían. Tomaban control de los contenedores y eran devueltos al propietario después de pagar
una suma de dinero. Este dinero era repartido dentro de la estructura, que involucraba a la Policía
Nacional, la Guardia de Hacienda, el Ministerio de Finanzas Públicas, el ejército y el Ministerio
Público. En los juicios que se siguieron se concluyó que Moreno Molina no había pagado
impuestos sobre más de ochenta millones de quetzales al mes por un periodo no menor de 10
años.
Luego de la victoria del FRG en 2000, el nuevo fiscal general, Rodolfo González Rodas, decidió
suprimir la unidad de casos especiales que se había estado encargando del caso de Moreno y que
había investigado las conexiones de Moreno con Portillo y Ríos Montt. En 2001 Moreno pagó un
un millón de quetzales como fianza y fue dejado en libertad; en cuanto a Ortiz Arriaga, su
colaboración le valió su libertad.
En conclusión un factor desfavorable para la sociedad guatemalteca, es el ilícito que se comete
en la defraudación aduanera, realizado en complicidad con algunos trabajadores de la
Superintendencia de Administración Tributaria, quienes permiten en las aduanas la ejecución de
actos delictivos plasmados en el código penal como defraudación
La Superintendencia de Administración Tributaria, como ente fiscalizador, para evitar la
defraudación aduanera, asimismo establecer que el Estado está dispuesto a fortalecer el papel
coercitivo estableciendo que la población respectiva, pague sus impuestos respectivos y cumplan
con sus obligaciones tributarias, determinar también la importancia de corregir la evasión del
pago de impuestos que se da como consecuencia de dicha defraudación, y establecer el porcentaje
de evasión fiscal, defraudación, corrupción y poca recaudación de impuestos dejados de percibir
por el ente encargado.
Carlos Mejía, Publicación 12 de junio del año 2013, Mario Amancio Brol Samayoa es
considerado el mayor defraudador fiscal de la historia de Guatemala12 Existen varios casos
que de forma directa repercuten en la recaudación que la Superintendencia de Administración
Tributaria realiza en el país a lo largo de la historia han pasado casos que señalan algunos de los
antecedentes de defraudación tributaria que se han originado, entre uno de ellos se pueden
mencionar es el caso donde el Tribunal Octavo de Sentencia condenó a 14 años y 4 meses de
12 http://www.s21.com.gt /node/304877
prisión inconmutables a Mario Amancio Brol Samayoa, expresidente de la empresa Alka Wenker,
S. A., y le impuso tres multas.
Por el delito que cometió de defraudación deberá pagar Q359 millones, por el de defraudación
aduanera Q618 millones y por el de lavado de dinero Q1,374 millones. En total: Q. 2,351
millones.
El Tribunal accedió a la petición realizada por la Superintendencia de Administración Tributaria
(SAT), que solicitó que se trasladen Q60 millones congelados a Brol a una cuenta de ahorros y
que los intereses obtenidos sean trasladados a esta institución.
En lo que respecta a este caso vemos que después de conocerse tiene un efecto en la sociedad de
acuerdo a la actividad que realiza la Superintendencia de Administración Tributaria ya que la
misma fue vulnerable al no darse cuenta de las operaciones que realizaba dicha empresa en
especial el presidente quien era el autor intelectual de dicho defraudación en nuestro país.
En nuestra actualidad este antecedente resalta la des confiabilidad de la sociedad en especial de
los contribuyentes que pagan los diferentes impuestos que rige la ley tributaria, cada acto de
corrupción, defraudación tiene un efecto negativo para el país ya que los impuestos no llegan a
las arcas del estado y así suplir las necesidades que el Estado Guatemalteco demanda.
Joel Maldonado, publicado el 23 de abril del año 2015, Defraudación Marco tulio Abadio
Molina13 Entre alguno de los caso de defraudación tributaria como antecedente podemos
mencionar el gobierno de Alfonso portillo, en el periodo de 2000- 2004. En este gobierno
resalta el superintendente de administración tributaria Marco Tulio Abadio.
Marco Tulio Abadío Molina es un ciudadano guatemalteco, ex Superintendente de la
Superintendencia -SAT- y ex jefe de la Contraloría General de Cuentas de la Nación, sentenciado
en 2007 a 30 años de cárcel por dinero, concusión y fraude (Reyes, 2007).
13 www.publinews.gt/nacionales/...abadio/Tetodx---h9qXNiZbrFYO6
Marco Tulio Abadío Molina, fue capturado y sentenciado por desfalco al fisco en 2003 Abadío
Molina, quien fue nombrado por el expresidente Alfonso Portillo, fue condenado a 30 años de
prisión en abril de 2007 por los delitos de lavado de dinero, concusión y fraude, además del pago
de 30 000 quetzales de multa. Ese mismo día se le absolvió del delito de peculado. La decisión
obedeció al dictamen del Tribunal Quinto de Sentencia, tras un proceso que duró 38 audiencias.
A Abadío también se le impuso el pago de 24 158 000 quetzales, cifra defraudada al Estado de
Guatemala (Reyes, 2007).
Su hijo mayor, Junior Abadío Carrillo también recibió una sentencia de 15 años y seis meses de
prisión por caso especial de estafa y lavado de dinero en el mismo juicio. También se le impuso
el pago de 24,158,000.00 de quetzales. El segundo hijo de Abadío
Molina, Byron René Abadío, fue condenado a seis años de prisión y el pago de 160 000 (Reyes,
2007).
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público, Abadío ordenó -de octubre de 2002 a enero
de 2004 cuando era la máxima autoridad de la SAT- beneficiar a través de contratos de
adquisición de suministros a empresas de familiares y amigos vinculados a él. La presidenta del
tribunal antes mencionado, Morelia Ríos, señaló que se verificó que existía una sobrevaloración
en la adquisición de servicios, con el consentimiento de Abadío (Reyes, 2007).Abadío fue
Superintendente de Administración Tributaria del 25 de octubre de 2002 hasta el 23 de enero de
2004 (Paredes y Del Cid, 2004).
En relación a este caso podemos darnos cuenta que la defraudación viene existiendo desde
gobiernos anteriores y que ninguno de los mandatarios ha tomado medidas necesarias para poder
prevenir la defraudación.
Todo lo contrario como se puede observar la mayor parte de estas personas que han cometido
casos de corrupción han sido dirigido directamente por los jefes de estado.
Esto trae consigo la desconfianza de la sociedad que paga impuestos ya que viene a perjudicar al
país.
Redacción Prensa Libre, publicado el tres de agosto de año Caso tiendas Libres SAT.
(Corrupción, defraudación, justicia, SAT, Tienda Libre)14 2015 La evasión de impuestos a
comercios en la terminal aérea asciende a unos Q59 millones, según el Ministerio Público (MP).
El Congreso es el único ente facultado para otorgar este tipo de exoneración.
Por el mismo caso, fue detenido Óscar Humberto Funes Alvarado, exintendente de aduanas;
Mayra Patricia Rodas Ruano, ex jefa de normas de Aduanas; Raúl Guzmán Marroquín y Lidia
Lucrecia Roca Morales.
El Ministerio Público solicitó la captura internacional de tres personas implicadas en este caso,
Marvin Rodolfo Prado Herrera, exjefe del departamento normativo de la SAT y Christian Josué
Girón Carreto, exjefe del departamento operativo de SAT. La tercera persona es Lucía Touzard
Romo, representante de Tiendas Libres de Guatemala, Sociedad Anónima, parte del Grupo
panameño Wisa.
En agosto de 2012, La Corte de Constitucionalidad (CC) publicó una resolución que declara
inconstitucional un acuerdo de la SAT que exoneró de impuestos a la empresa Tiendas Libres de
Guatemala, S.A., conocida como La Riviera, de capital panameño. La acción había sido
interpuesta por la Asociación Pro Derechos del Contribuyente (Asprodeco).
Según el fallo, se eliminó el privilegio otorgado en el 2009 por la Superintendencia de
Administración Tributaria (SAT), que emitió una disposición que regula el Procedimiento para el
Egreso de Mercancías de Almacenes Fiscales, Depósitos Aduaneros y Tiendas Fiscales “Duty
Free”.
Se establecía que esos depósitos aduaneros en aeropuertos internacionales que tuvieran como giro
normal de negocio vender mercancías a los pasajeros en tránsito hacia el exterior debían cumplir
la norma 32 del Procedimiento.
El accionante expuso que la disposición fue emitida con abuso de autoridad y en contravención
de la Constitución, ya que bajo la figura de depósito aduanero se incluye de manera infundada la
14 http://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/declaran-bajo-reserva-el-caso-tienda-libre
necesidad de autorización para efectuar actividades de tienda libre, obviando que para operar
como tal es requisito constitucional y legal la existencia de una ley específica.
El demandante considera que, según ese criterio, tales regulaciones traen beneficio económico
para cualquier entidad mercantil autorizada por la SAT, pero a costa de perjuicio fiscal al Estado.
La empresa Tiendas Libres de Guatemala, que opera en el Aeropuerto Internacional La Aurora la
tienda La Riviera, declaró que ha cumplido en el país “con todas las obligaciones contractuales y
fiscales”. Por medio de un boletín enviado desde Panamá, el grupo Wisa, S.A, propietario de la
tienda, explicó que el comunicado se había redactado “ante una supuesta defraudación fiscal y
otros señalamientos realizados a la prensa nacional”.
En conclusión el autor, o los autores de esta defraudación se vieron involucradas varias personas,
en las que podemos mencionar a Óscar Humberto Funes Alvarado, Marvin Rodolfo Prado
Herrera, y Christian Josué Girón Carreto y Lucía Touzard Romo, El objetivo de la defraudación
era dejar a esta empresa exonerada de pagar impuestos.
Redacción TodaNoticia.com, publicada en el año 2015 GUATEMALA: DESARTICULAN
BANDA INFILTRADA EN LA SAT Y LOS DETIENEN POR FRAUDE EN ADUANAS15.
En el año 2011, Guatemala se vio afectada en uno de los fraudes millonarios ocasionado en una
de las aduanas del país, en varios medios de comunicación y periódicos impresos; principalmente
el noticiero electrónico de “todanoticia”, titulaba en su portada “Guatemala: Desarticulan banda
infiltrada en la SAT y los detienen por fraude en aduanas”; en donde hacían mención que el
Ministerio Público (MP) logró desarticular una red delictiva integrada por 12 empleados de la
Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- y personal de seguridad, quienes en ocho
meses permitieron el ingreso de más de 50 contenedores de manera ilegal en la Portuaria Quetzal.
La organización también estaba formada por otros empleados aduanales, miembros de seguridad,
supuestos empresarios y personas particulares, aunque en ese momento solo se logró la captura
de 12 trabajadores de la SAT y aún quedaron pendientes de detención presuntos empresarios.
15 www.todanoticia.com/27467/guatemala-desarticulan-banda-infiltrada-sat
En el proceso identificado como 01074-2008-06307 se estableció que esta agrupación logró la
defraudación de al menos Q6 millones 200 mil en ocho meses de laborar en esa aduana.
Esta investigación comprueba los hechos anómalos detectados en esa portuaria. El MP inició la
investigación después de denuncias planteadas por la SAT, cuando los formularios de un
contenedor no correspondían a los datos proporcionados.
Por ese caso se esperaba obtener sentencias de siete a 10 años de prisión, pero a los funcionarios
se les iba a triplicar la pena.
Entre las irregularidades descubiertas por la SAT estaba la baja recaudación en los 16 puestos
fronterizos del país, en donde laboran más de 950 personas.
Ganancias:
Los cálculos establecen que al menos 50 contenedores que ingresaron de manera ilegal dejaron
una ganancia de Q4 millones a los trabajadores aduanales, ya que el cobro oscilaba en unos Q80
mil por cada uno.
Esos Q80 mil se repartían entre los tres trabajadores del turno, por lo que cada uno podría haber
percibido unos Q26 mil por cada contenedor que ingresaba sin registro.
Nadie sabe qué productos eran los que estaban en esos contenedores, ya que, aunque en las
declaraciones se establecía que eran textiles, esto no pudo corroborarse porque nunca fueron
revisados; además, los documentos de embarque y desembarque simplemente desaparecieron.
En la Portuaria Quetzal se revisan un promedio de 400 contenedores cada día, pero desde que se
dio la intervención solo se lograba la revisión de 15, lo que hizo pensar a las autoridades que
algunos estaban evadiendo la revisión o escondiendo el verdadero producto que traían.
En otras aduanas
Mynor Oxom, fiscal contra el Contrabando Aduanero, aseveró que las acciones delictivas de los
miembros de SAT no solo se producen en la Portuaria Quetzal, sino que se han detectado otros
casos similares en la Portuaria Santo Tomás de Castilla y en Melchor de Mencos.
Entre estas dos aduanas se ha logrado la captura de otros siete agentes aduanales, por hechos
similares.
En conclusión, basados en fraudes pasados ocurridos en nuestro país; nos damos cuenta que la
mayoría de personas vinculadas a las Evasiones fiscales, tienen o han tenido nexos con
empleados y funcionarios de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y es así
como logran formar sus redes internas y externas.
OBJETIVO GENERAL:
El objetivo general del presente trabajo, es establecer y hacer evidente los resultados y cambios
en la moral tributaria que se han dado en la recaudación de impuestos en la región occidente y
los efectos como consecuencia de los actos de corrupción detectados en la Superintendencia de
Administración Tributaria, con el propósito de conocer la situación actual de la recaudación de
impuestos e identificar la participación del contribuyente en los cambios generados.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Evidenciar los resultados de la recaudación de impuestos obtenidos por medio de la
información pública, informes y demás publicaciones sobre la recaudación tributaria del
primer semestre. Para establecer los cambios significativos que se han producido según
las cifras y datos obtenidos.
Establecer el cumplimiento y/o avances de la meta tributaria según el plan anual de
recaudación, control y fiscalización establecida para el efecto.
Determinar el costo social por la falta del cumplimiento de metas según el presupuesto
establecido.
Determinar los casos de corrupción que afectan directa e indirectamente la recaudación
fiscal.
Detectar como causa principal la influencia de los actos de corrupción como responsable
de la conducta moral tributaria en la recaudación de impuestos.
Establecer los efectos causados al contribuyente directamente por la corrupción
detectada en la Súper Intendencia de Administración Tributaria.
Determinar el impacto de la brecha fiscal como resultado de cambios en la recaudación
de impuestos, así como las acciones o medidas a implementar para financiar el
presupuesto de ingresos y egresos de la nación por los cambios generados.
Establecer la importancia de la declaración de impuestos por parte del contribuyente para
cubrir los recursos públicos para el bienestar de la población
BIBLIOGRAFÍA
Biblioteca de Consulta Microsoft Encarta, Contrabando, pàg. 43
Cartier – Bresson, 1996, citado en García y otros, 1999
Héctor Enrique molina Ramírez, Análisis Jurídico de la defraudación aduanera guatemalteca y
los efectos legales que se dan en la economía nacional páginas 1 y 2
Morales-Gil Girón, Benjamín Isaac, Derecho Penal Aduanero Guatemalteco. Pág. 157
Morales-Gil Giròn, Ob.Cit. Pàg. 157
www.enciclopediafinanciera.com/finanzas.../recaudacion-fiscal.htm
www.prensalibre.com/guatemala/brecha
elsoca.org/.../guatemala/3385-guatemala-el-gobierno-se-hunde-en-la-cris