Cambios aplicados en la empresa Ricardo Brandt CA · EN AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE...
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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO
COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACION DE CONTADURÍA PÚBLICA Y CIENCIAS FISCALES
PROYECTO DE CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA
CAMBIOS APLICADOS POR LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES AL CONVERTIRSE
EN AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE
SIMILAR
TRABAJO DE GRADO PRESENTADO COMO REQUISITO PARA OPTAR AL TÍTULO DE LICENCIADOS EN CONTADURÍA PÚBLICA
Asesor: Elaborado Por: Lcdo. Miguel Zorrilla Gómez Yosdalis C.I.: 20.503.095
Mata Rosi C.I.: 17.338.459
Puerto Ordaz, 29 de Enero de 2013
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO
COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACION DE CONTADURÍA PÚBLICA Y CIENCIAS FISCALES
PROYECTO DE CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA COMITÉ TRABAJO DE GRADO
AVAL DEL TUTOR PARA LA ASESORÍA DEL TRABAJO DE GRADO
Yo, Miguel Zorrilla, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.899.326, por medio
de la presente hago constar que he leído el Trabajo de Grado elaborado por
las estudiantes Gómez Yosdalis C.I.:20.503.095 y Mata Rosi C.I.:17.338.459,
para optar al título de Licenciados en Contaduría Pública, durante el
desarrollo del Trabajo hasta su presentación final y evaluación, cuyo título es CAMBIOS APLICADOS POR LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES AL CONVERTIRSE EN AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR y considero que el mismo cumple con los requisitos exigidos para
ser evaluado por el Comité de Trabajo de Grado de la Coordinación del
Proyecto de Carrera de Contaduría Pública. En Puerto Ordaz, a los 29 días
del mes de Enero de 2013.
Firma
_____________________
Licdo. Miguel Zorrilla C.I: 5.899.326
III
DEDICATORIA
A mi Madre, Elide Mayorga por haber dedicado su vida a la educación,
con esmero, amor y paciencia a sus hijos, incentivándolos y motivándolos a
superarse y ser siempre mejores personas, tanto en el aspecto personal,
como en el aspecto profesional.
A mi Padre, Yordi Mata, por ser un gran guía en implantar buenos
principios y modales.
A mi hermana, Yordelis Mata, por ser parte de mi fuente de
inspiración.
Rosi L. Mata M.
IV
DEDICATORIA
A Dios primeramente, por estar conmigo en todos los momentos de mi
vida y ser el primero en darme fuerzas para salir adelante.
A mis padres, José Gómez Velásquez y Migdalis Nóbrega Alcántara,
quienes fueron los que me guiaron al estudiar, formando lo que soy y lo que
seré, por ellos y para ellos.
A mi abuela Delia María Velásquez, por ser esa luz que inspira luchar y
salir adelante.
A mis hermanos José Gómez, Yoselin Gómez, Milagros Nóbrega y mi
sobrino Miguel Marín por ser mi ejemplo a seguir y motivo para salir adelante.
Yosdalis C. Gómez N.
V
AGRADECIMIENTOS
En primer y único lugar a mi Señor Dios padre todopoderoso, por
siempre caminar a mi lado y llenarme de amor y de fe, brindarme la
oportunidad de vivir cada día y darme las fuerzas para seguir siempre
adelante sin importar las circunstancias y los percances.
A mi Tutor Académico, el Profesor Miguel Zorrilla, por sus
enseñanzas, orientación y su guía, las cuales constituyeron valiosas
herramientas para la realización de este proyecto de investigación.
A la empresa Ricardo Brandt, C.A. y su personal, por permitirme
realizar mi Trabajo de Investigación para optar por el título de Lcdo. en
Contaduría Pública dentro de sus instalaciones y por facilitarme siempre las
informaciones requeridas para la elaboración de este proyecto.
A mi compañera de tesis Yosdalis Gómez quien compartió conmigo el
camino para el logro de esta investigación y meta propuesta con momentos
de estudio, tristeza, felicidad y diversión.
Al Ing. Miguel Álvarez y el Lcdo. Jonathan Araujo por abrir las
puertas de Mantis Tecnhologie, C.A. para la obtención de información y
conocimientos importantes durante el desarrollo de la investigación.
Rosi L. Mata M.
VI
AGRADECIMIENTOS
A Dios padre y la Virgen del Valle, por haberme dado la vida y la
oportunidad de estar hoy finalizando mi carrera de Licenciatura en
Contaduría Pública, además de brindar fortalezas, conocimientos y sabiduría
para poder lograrlo.
A mis padres, por llevarme a ser quien hasta ahora soy, por darme la
formación y una carrera para mi futuro, cuan orgullosa estoy de ustedes, mil
gracias por brindarme todo su amor, apoyo y dedicación incondicional, Dios
Todopoderoso y la Virgen los proteja con su manto, LOS ADORO.
A la Profesora Josefina Pacheco, constante guía durante mi trabajo de
grado y el Lcdo. Miguel Zorrilla tutor del mismo, por compartir con nosotras
sus conocimientos y experiencias dirigiéndonos permanentemente en el
logro de la excelencia.
A la empresa Ricardo Brandt, C.A. y su personal, por permitirme realizar
mi Trabajo de Investigación para optar por el título de Lcdo. en Contaduría
Pública dentro de sus instalaciones y por facilitarme siempre las
informaciones requeridas para la elaboración de este proyecto.
A mi compañera de tesis Rosi Mata quien compartió conmigo el camino
para el logro de esta investigación y meta propuesta con momentos de
estudio, tristeza, felicidad y diversión.
Al Ing. Miguel Álvarez y el Lcdo. Jonathan Araujo por abrir las puertas de
Mantis Tecnhologie, C.A. para la obtención de información y conocimientos
importantes durante el desarrollo de la investigación.
Yosdalis C. Gómez N.
VII
ÍNDICE
pp.
RESUMEN. INTRODUCCIÓN. I PARTE: CENTRO DE INTERÉS. RICARDO BRANDT, C.A. Y LA OBLIGACION DE SER AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR. 1.1 Retención.
1.2 Agentes de Retención.
1.3 Actividades Económicas.
1.4 Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio,
Servicio o de Índole similar (IAEICSIS).
1.5 Normativa legal que respalda la figura de Agente de Retención del
Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio,
Servicio o de Índole Similar.
1.5.1 Código Orgánico Tributario (COT).
1.5.2 Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).
1.5.3 Ordenanza sobre Agente de Retención del Impuesto sobre
las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de
Índole Similar.
1.6 Municipio Caroní.
1.7 Mantis Technologies.
1.8 Definición de términos.
II PARTE: ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, A LA LUZ DE LA TEORÍA.
xii
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39
VIII
ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A. COMO FIGURA DE AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR. 2.1 Identificar los deberes formales asignados a Ricardo Brandt, C.A.
con la designación de agente de retención del IAEICSIS.
2.2. Identificar los cambios administrativos, contables y de sistema en
la empresa Ricardo Brandt, C.A., al tener la obligación de cumplir con
los deberes formales asignados posterior a la designación como
agente de retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de
Industria, Comercio, Servicio, o de Índole Similar.
2.2.1 Asesoría contable.
2.2.2 Adquisición de Software (Módulo de retención del IAE).
2.2.3 Asesoría al Personal.
2.2.3.1 Asesoría Tributaria.
2.2.3.2 Asesoría de Sistema.
2.2.4 Modificación del plan de cuentas contables.
2.2.5 Incremento de horas hombre.
III PARTE: ARQUITECTURA METODOLÓGICA DE LA INVESTIGACIÓN 3.1. Método de investigación.
3.2. Unidades de observación.
3.3. Selección de informantes clave.
3.4. Técnicas e instrumentos para la recolección de los datos.
3.5. Análisis de la información.
3.6. Procedimiento.
IV PARTE: PROCEDIMIENTO APLICADO PARA CUMPLIR CON LOS DEBERES FORMALES COMO AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.
39
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46
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48
49
51
IX
4.1 Efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas
de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar.
3.1.1 Consulta de proveedores en el portal de Alsobocaroní.
4.2 Procedimiento para registro de proveedor sin licencia de actividad
económica.
4.3 Inclusión de “Proveedor” y “Compra” en el sistema para la
determinación y emisión del comprobante de retención.
3.3.1 Incluir Proveedor.
3.3.2 Incluir Compra.
4.4 Determinación de la retención y emisión de comprobante por la
retención efectuada al contribuyente.
4.5 Declarar los impuestos retenidos ante el Fisco municipal.
4.5.1 Proceso de Carga para la Declaración por retenciones de
IAEICSIS.
4.5.1.1 Modo de Prueba.
4.5.1.2 Archivo a procesar.
4.5.1.3 Error en Archivo Procesado.
4.6 Pago del impuesto ante el Fisco municipal
CONCLUSIONES. RECOMENDACIONES. REFERENCIAS. ANEXOS. CURRICULUM VITAE.
53
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87
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91
103
X
LISTA DE IMÁGENES
Imagen 4.1. Flujograma .................................................................................. 1
Imagen 4.2: Portal Alsobocaroní................................................................... 54
Imagen 4.3: Búsqueda de Contribuyente...................................................... 55
Imagen 4.4: Datos de Contribuyente ............................................................ 55
Imagen 4.5: Patente y razón social del contribuyente debidamente registrado
...................................................................................................................... 56
Imagen 4.6: Datos del contribuyente objeto de retención ............................. 57
Imagen 4.7: Contribuyente no registrado (Sin Licencia) ............................... 57
Imagen 4.8: Notificación de contribuyente no registrado (Sin Licencia)........ 60
Imagen 4.9: Datos de contribuyente no registrado (Sin Licencia)................. 60
Imagen 4.10: Incluir Proveedor ..................................................................... 62
Imagen 4.11: Registro de RIF....................................................................... 62
Imagen 4.12: Incluir compra ......................................................................... 63
Imagen 4.13: Selección del submenú retenciones de las actividades
económicas................................................................................................... 65
Imagen 4.14: Formulario de Retención del Impuesto de Actividades
Económicas .................................................................................................. 66
Imagen 4.15: Formulario de Detalle.............................................................. 66
Imagen 4.16: Selección de la actividad económica ...................................... 67
Imagen 4.17: Selección del documento sujeto a Retención ......................... 68
Imagen 4.18: Cargo automático y verificación de la información.................. 68
Imagen 4.19: Selección del botón de imprimir .............................................. 69
Imagen 4.20: Ventana de impresión ............................................................. 69
Imagen 4.21: Verificación de datos del Comprobante de Retención ............ 69
Imagen 4.22: Comprobante de Retención del Impuesto de Actividades
Económicas .................................................................................................. 70
Imagen 4.23: Crear Archivo TXT .................................................................. 71
XI
Imagen 4.24: Período fiscal para crear archivo TXT..................................... 72
Imagen 4.25: Confirmar la acción de generar archivo TXT........................... 72
Imagen 4.26: Aviso del sistema: monto retenido/ubicación del archivo creado
...................................................................................................................... 73
Imagen 4.27: Reporte de retenciones a declarar en el mes ......................... 73
Imagen 4.28: Archivo TXT para declaración de IAEICSIS............................ 74
Imagen 4.29: Inicio al proceso de Declaración de retención de IAEICSIS.... 75
Imagen 4.30: Inicio de sesión para la declaración retención de IAEICSIS ... 75
Imagen 4.31: Sesión iniciada para la declaración retención de IAEICSIS .... 76
Imagen 4.32: Acceso a modo de prueba, archivo para declaración ............. 77
Imagen 4.33: Selección de archivo a procesar, archivo para declaración .... 78
Imagen 4.34: Archivo procesado satisfactoriamente .................................... 78
Imagen 4.35: Error en archivo procesado..................................................... 81
Imagen 4.36: Planilla de pago ...................................................................... 82
XII
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA
VICERRECTORADO ACADÉMICO COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO
PROYECTO DE CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA
Autores: Gómez N. Yosdalis C. Mata M. Rosi L.
Tutor: Lcdo. Miguel Zorrilla ENERO 2013
RESUMEN La investigación, pretende abordar y estudiar lo concerniente a los cambios en los procesos administrativos y contables en la empresa Ricardo BRANDT, C.A. originados por los nuevos deberes formales asignados, que resultan como consecuencia de la designación de agente de retención de acuerdo al cumplimiento de la Ordenanza 1099-2009, aprobada por el Concejo Municipal Socialista de Caroní en el Estado Bolívar, la cual tiene por objeto establecer las personas que son responsables en calidad de agentes de retención del Impuesto a las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar (IAEICSIS). En consecuencia se procura estructurar un documento útil y orientador para contribuyentes en igual condición e inclusive para futuros contribuyentes ordinarios designados como responsables de la retención del IAEICSIS, tomando en cuenta la variación del proceso administrativo y contable aplicado por la empresa, justificándose las mismas dada la necesidad de procesar y enterar las retenciones del impuesto aunado al cumplimiento de los demás deberes formales asociados a dicha actividad garantizando a la Administración Tributaria Municipal la maximización de la recaudación y obtención de ingresos tributarios en pro de la satisfacción de las necesidades colectivas, imposibilitando así en gran magnitud la elusión fiscal que constituye una actitud contraria a la nación. De acuerdo con las características del problema estudiado, la investigación adopta la modalidad cualitativa, al procurar entender claramente la realidad estudiada. Atendiendo a las estrategias utilizadas, el estudio es de campo, basado en una revisión documental y observación directa, además de la aplicación de entrevistas semi estructuradas a informantes claves, siendo de tipo diagnóstico. Descriptores: Retención, Agente de Retención, Ordenanza, Actividades Económicas, Impuesto de Actividades Económicas.
13
INTRODUCCIÓN
El Código Orgánico Tributario (COT) data 17 de Octubre de 2001,
estipula como agente de retención a uno de los principales responsables
directos del tributo, quedando designados como tal, contribuyentes ordinarios
bien sea por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas,
expuestas en la misma ley o por la administración tributaria previa
autorización legal. La figura “agente de retención” comienza a tomar
importancia una vez que la Administración Tributaria Nacional facultada por
el Código Orgánico Tributario, asume la atribución de crearla dentro de sus
políticas fiscales de recaudación.
A nivel municipal en el marco de la competencia y autonomía que le son
otorgados, el concejo municipal podrá iniciar, crear y sancionar ordenanzas
que atribuyan al ciudadano obligaciones legales y tributarias que permitan un
mejor control en cuanto a recaudación y obtención de ingresos, además del
desarrollo continuo y constante del municipio, dicha potestad se encuentra
plasmada en la Ley del Poder Público Municipal (2006).
Los municipios tienen competencia para crear diversos tributos, entre ellos
el Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o
de Índole Similar (IAEICSIS), siendo éste el que sustituye a la denominada
Patente de Industria y Comercio a partir de la entrada en vigencia de la
Constitución de 1999; dicho impuesto, tiene antecedentes antiguos
impulsados desde la época medieval, es para la actualidad el primer recurso
financiero en el sistema municipal venezolano.
En el Municipio Caroní del Estado Bolívar el 25 de Junio de 2010 se
promulga la ordenanza que crea la Figura de Agentes de Retención del
IAEICSIS, entrando en vigencia el 1 de Julio de 2010, expresando en su Art.
2 lo siguiente: “los agentes de retención están obligados a retener el
impuesto… y enterar las cantidades de dinero retenidas ante las oficinas
14
receptoras de fondos municipales de la Alcaldía del Municipio Caroní, dentro
de los lapsos, condiciones y formas¨, todo esto con la finalidad de aumentar
la recaudación tributaria municipal para rendir honor a los compromisos
sociales y públicos en beneficio del municipio.
La investigación pretende identificar los cambios aplicados en los
procesos administrativos y contables en la empresa Ricardo BRANDT, C.A.
al convertirse en agente de retención del Impuesto sobre Actividades
Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, de acuerdo
a la ordenanza 1099-2009.
Es pertinente identificar los deberes formales concedidos a Ricardo
BRANDT, C.A. posterior a la designación de agente de retención del
IAEICSIS, consecutivamente corresponde la descripción de la situación
actual de la empresa resultante del cumplimiento de la obligación tributaria
asignada como agente de retención; y por último desarrollar el procedimiento
a seguir por Ricardo Brandt, C.A como responsable del tributo, en materia de
retención de este impuesto. Con relación a los antecedentes de agentes de
retención del impuesto sobre las Actividades de Industria, Comercio, Servicio
o Índole Similar, el contenido de la investigación, se considera novedoso
además de ser un tema poco estudiado; puesto que sus ordenanzas datan
del año 2010 para el Municipio Caroní.
Sin embargo, existen diversas investigaciones relacionadas de alguna
manera al tema; las mismas se encuentran presentadas y descritas en el
cuerpo del presente trabajo de grado.
Ahora bien, La investigación se presentará estructurada en cuatro partes:
la I parte, refleja el centro de interés haciendo referencia con esto a Ricardo
Brandt, C.A. y la obligación de ser Agente de Retención del Impuesto sobre
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.
La II parte, Análisis Situacional de la empresa Ricardo Brandt, C.A. a la luz
de la teoría. La III parte, presenta la arquitectura metodológica de la
investigación y La IV parte, procedimiento aplicado para cumplir con los
15
deberes formales como Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades
Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. Las
conclusiones, recomendaciones y las referencias bibliográficas.
16
I PARTE: CENTRO DE INTERÉS
RICARDO BRANDT, C.A. Y LA OBLIGACION DE SER AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE
INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.
La empresa Ricardo Brandt, C.A. fue fundada el 30 de noviembre de
1979, bajo la denominación de “Ricardo Brandt Sociedad de Responsabilidad
Limitada”, por los socios Ricardo Brandt y María Herminia Soriano de Brandt,
quienes actuaban como Presidente y Vice-Presidente respectivamente. Se
encuentra ubicada en el Estado Bolívar Municipio Caroní, Puerto Ordaz, Urb.
Villa Alianza Avenida Estados Unidos, C.C. Villa Alianza, local Nº 75.
Esta empresa se constituyó con el objeto de prestar servicios como
agentes aduanales y marítimos a entidades tanto nacionales como
extranjeras por medio de representaciones, pretendiendo inspirar en su
futura cartera de clientes profesionalismo, honradez, eficacia y rapidez en las
labores ejecutadas por parte de su personal profesional y especializado en el
área de aduanas garantizando una atención de calidad.
Hasta la actualidad la empresa ha sufrido diversos cambios
administrativos y gerenciales; el 14 de Junio del año 2000, por medio de
Asamblea Extraordinaria se llevó a cabo la transformación de Sociedad de
Responsabilidad Limitada a Compañía Anónima, siendo la nueva
denominación “Ricardo Brandt Compañía Anónima”.
Ricardo Brandt, C.A está integrada por licenciados, técnicos y personal en
diferentes especialidades que cuentan con la capacidad para realizar el
desaduanamiento de mercancías con responsabilidad total en el campo de la
industria nacional. Ha prestado sus servicios en el territorio del Estado
Bolívar y dentro de sus actividades más importantes destacan: la
17
planificación, promoción y ejecución de actividades y servicios vinculados
con el transporte marítimo, terrestre, aéreo o multimodal, intermediación,
consolidación de cargas, fletes, agenciamiento de naves, representación de
armadores y empresas navieras nacionales y extranjeras, agenciamiento
aduanero, además suministros de vitiallas.
Adicionalmente la empresa tiene como objeto social: comprar, vender y
arrendar maquinarias y equipos, destinados a la industria del ramo; asumir
aún en concurso con terceros, iniciativas y actividades de interés público o
privado, cuyo objeto sea principalmente la prestación de servicios hacia el
sector de transporte marítimo; participar en licitaciones y asumir concesiones
de trabajo y suministros de consumibles y equipos para servicios afines;
tomar participaciones en empresas o consorcios que tengan conexión o
afinidad con alguna actividad incluida en el objeto social, realizar cualquier
acto de comercio en relación con patentes que guarden conexión con el
objeto social; importar, exportar, distribuir y comercializar bienes y servicios
conexionados con el objeto social.
En tal sentido, es pertinente para el desarrollo del estudio, la indagación
constante de información referente a los agentes de retención de impuesto
sobre actividades económicas, haciendo referencia con esto a las bases que
sustentan la investigación; dado lo novedoso del tema se manejan los
autores que presentan temas similares en sus trabajos.
Godoy (2010), en su Trabajo de Grado titulado ¨Determinación de las
Obligaciones Tributarias de ISLR, IVA e Impuesto sobre las Actividades de
Industria, Comercio, Servicio o Índole Similar para la empresa Betania Casa
Club de la tercera edad C.A”, concluye que la empresa en estudio se
encuentra desarrollando su actividad económica de forma ilícita, por el hecho
de no poseer licencia municipal, la cual es exigida para la prestación de
servicios de cuidado, hospedaje y alimentación de ancianos, por
consiguiente no cumple con la obligación tributaria de pago de impuesto.
18
De acuerdo a la conclusión, el investigador recomienda obtener la licencia
exigida por la Administración Tributaria, con el fin de recibir la permisología
ante el Municipio Caroní evitando así el cierre del establecimiento por
funcionar de forma ilícita. Es notoria la estrecha relación con el presente
trabajo de investigación por el hecho de existir diversas entidades al igual
que “Betania Casa Club de la Tercera Edad C.A” que no cumplen con las
obligaciones tributarias municipales correspondientes. Lo cual pretende
disminuirse con la entrada en vigencia de la Ordenanza sobre Agentes de
Retención del IAEICSIS.
Brito y Salazar (2011), en su Trabajo Especial de Grado para optar por el
título de Lic. Contaduría Pública titulado “Determinación de las causas que
provocan la evasión fiscal en las empresas de servicio venezolanas, en
Barcelona Estado Anzoátegui, tuvo como objetivo principal explicar el motivo
que conlleva al ilícito tributario por parte de los contribuyentes del Estado
Anzoátegui a pesar de los mecanismos en contra de evasión que ha
implementado la Administración Tributaria. Para lograr dicho objetivo les fue
necesario estudiar la posición de los contribuyentes en materia tributaria,
obteniendo como conclusión que al momento de ser fiscalizados suele
detectárseles ilícitos tributarios bien sea por falta de actualización tributaria,
desconocimiento del proceso de enteramiento y pago o descuido en el
momento correspondiente a la declaración, convirtiéndolos así en evasores
del país.
Cabe destacar que la investigación antes mencionada fue considerada
como antecedente del tema en estudio por el hecho de permitir enmarcar
una comparación y posterior diferencia entre la recaudación realizada por la
Administración Tributaria en el Estado Anzoátegui y la realizada en el
Municipio Caroní del Estado Bolívar por los agentes de retención del
IAEICSIS luego de la entrada en vigencia de la ordenanza 1099-2009.
Por otra parte, Altuve y Liendo (2011), desarrollaron el trabajo de
investigación para optar por el título de Licenciado en Contaduría Pública
19
titulado ¨Análisis de la ordenanza del Impuesto sobre Actividades
Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar¨,
pretendiendo dar a conocer los requisitos y obligaciones que deben cumplir
aproximadamente 1600 empresas registradas en el Municipio Lic. Diego
Bautista Urbaneja, para poder ejercer la actividad de su escogencia, con el
fin de garantizar la solvencia en el pago del impuesto y así contribuir con el
desarrollo y mejora del municipio, por ser el IAEICSIS una de las principales
fuentes de ingreso que para la actualidad no está siendo obtenida por la
participación de las empresas en ilícitos tributarios. Es por tal motivo que las
autoras finalizan la investigación recomendando al jefe del municipio realizar
un estudio con la finalidad de determinar el crecimiento industrial y comercial
con el propósito de crear políticas que graven las actividades de acuerdo con
el desarrollo económico de la jurisdicción velando a su vez el cumplimiento
de la ordenanza publicada en gaceta oficial número 14 el 5 de Octubre de
2006.
La investigación realizada por Altuve y Liendo permite visualizar la
situación en la que se encontraría enmarcado el Municipio Caroní de no
haber sido aprobada la ordenanza 1099-2009 de Agentes de Retención del
IAEICSIS, pues la política tributaria que se desprende de dicha ley fomenta
en los contribuyentes cultura tributaria incentivando el pago voluntario y
consciente del impuesto en la localidad erradicando en gran magnitud la
evasión fiscal de los contribuyentes.
De igual manera y para efectos del trabajo es pertinente definir los
conceptos relacionados al tema, con la finalidad de disipar cualquier
tecnicismo.
1.1 Retención.
Es un sistema complejo que tiene dos objetos claramente definidos, como
lo son el de mantener el control tributario y a su vez dar garantía en cuanto a
20
la recaudación del tributo. La retención de impuestos implica que particulares
conocidos como agentes de retención descuenten un importe del pago o
deuda al acreedor objeto de retención (contribuyente), para enterarlo o
depositarlo en las cuentas del tesoro nacional.
Por su parte, Martín (1999) establece en el Diccionario de Contabilidad y
Finanzas el concepto de retención como:
En consonancia con lo descrito, Fiallo (2001) establece el concepto de
retención como “Un sistema de recaudación que consiste en retener la
porción correspondiente al impuesto, al momento de pagar la renta al
beneficiario además de ser un mecanismo muy eficaz ya que elimina en gran
medida la posibilidad de evasión”.
Considerando los conceptos anteriores, se puede inferir que la retención
es un mecanismo administrativo de control utilizado por el Estado en las
diferentes subdivisiones del Poder Público, con el fin de abolir la evasión
fiscal, dicho mecanismo consiste en la extracción de un porcentaje o alícuota
definida sobre el monto del tributo a través de un tercero o responsable en
contra de los obligados en las leyes.
1.2 Agentes de Retención.
El agente de retención, se puede entender como un tercero que cumple
total o parcialmente con el pago del impuesto a nombre del contribuyente,
siendo este último la persona a la cual se le practica la retención; tienen
como principal responsabilidad, la de retener el impuesto en los casos
Cantidades consistentes en un determinado porcentaje sobre el monto total de ciertos ingresos, honorarios o rentas que los pagadores de los mismos están obligados a detraer para su ingreso en el tesoro público como cantidad a cuenta del importe total en que consista la obligación tributaria del preceptor. (p.252)
21
señalados en la ley y enterar la suma retenida oportunamente en una oficia
receptora de fondos nacionales.
El Art. 27 COT, lo define de la siguiente manera:
En tal sentido, se ha expresado que los agentes de retención son los
principales responsables del tributo ante la administración tributaria nacional
y municipal, estos corresponden a los entes públicos y empresas privadas de
cada región, siendo designados con previa autorización legal al
contribuyente, de acuerdo a las pautas tipificadas en las providencias
nacionales u ordenanzas vigentes.
1.3 Actividades Económicas.
Es un proceso realizado por personas naturales o jurídicas, con el objeto
de generar riqueza propia, en otras palabras producir renta con fines de
lucro, dicho proceso es caracterizado por distintas actividades, entre las que
se puede mencionar servicio, producción, manufactura, ensamblaje,
transformación, extracción, entre otros. El término actividades económicas se
encuentra estipulado en la LOPPM (2005) en su Art. 207, como el ejercicio
habitual de cualquier actividad lucrativa que suponga la combinación por
cuenta propia de medios de producción y recursos humanos, con el objeto de
intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
Son responsables directos, en calidad de agentes de retención o de percepción, las personas designadas por la ley o por la administración previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, intervengan en actos u operaciones en los cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente.
22
1.4 Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole similar (IAEICSIS).
El IAEICSIS, se define como un impuesto directo por cuanto afecta una
base imponible cuya procedencia es inmediata, como son los ingresos brutos
que se derivan del ejercicio de una actividad económica, la cual para ser
ejercida en cualquier jurisdicción del país el contribuyente debe obtener
licencia de la administración tributaria municipal directa o a través del ente
encargado de la recaudación, identificando así sus actividades permisadas;
la licencia de actividad económica debe ser colocada por el propietario en un
sitio visible y tendrá validez hasta el 31 de Diciembre de cada año, para su
renovación el contribuyente debe tener solvencia en el pago del impuesto y
sus accesorios, cancelando adicionalmente el monto correspondiente a 1
Unidad Tributaria (UT) por concepto de renovación.
Éste impuesto se caracteriza por ser un impuesto periódico, pues se
establece sobre los ingresos brutos obtenidos durante un año (Octubre-
Noviembre), según lo normalizado en la Ordenanza de Impuesto sobre
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar
promulgada el 18 de Diciembre de 2009 en gaceta municipal de Caroní N°
1099-2009, siendo modificada el 19 de diciembre de 2011 considerando los
ingresos brutos obtenidos durante un año civil (Enero-Diciembre). Ésta
ordenanza establece el Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria,
Comercio, Servicio o de Índole Similar además del procedimiento y los
requisitos que deberán cumplir las personas naturales y jurídicas para ejercer
en forma habitual las actividades definidas en ella.
El IAEICSIS recae única y exclusivamente sobre actividades ejercidas en
todo o parte del ámbito físico de la jurisdicción local que lo impone. El hecho
imponible gravado por el IAEICSIS, según lo define la LOPPM (2005) en el
Art. 204 “Es el ejercicio habitual en la jurisdicción del municipio, de cualquier
actividad lucrativa de carácter independiente, aun cuando dicha actividad se
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realice sin la previa obtención de la licencia, sin menoscabo de las sanciones
que por esa razón sean aplicables”. Las actividades sujetas al pago del
tributo las define la LOPPM en el Art. 208, “Actividad Industrial, Comercial y
de Servicios, desarrolladas durante el año natural, agregando a ellas
actividades de Índole Similar.
Ahora bien, según lo estipulado en el Art. 30 de la Ordenanza que
establece el impuesto sobre actividades económicas en consonancia a lo
descrito por la LOPPM describe: “El hecho imponible del impuesto
establecido en esta ordenanza es el ejercicio de una actividad económica
industrial, comercial de servicios o de índole similar”, considerándolos como:
• Actividad comercial al por mayor: toda actividad que tenga por objeto
la circulación y distribución del producto, o bienes entre productores o
distribuidores así como distribuidores o detallistas o vendedores, para
la obtención de ganancia o lucro y las derivadas de acto de comercio
considerados objetivas o subjetivamente como tales por la legislación
mercantil, salvo prueba en contrario.
• Actividad comercial al detal: toda actividad que tenga por objeto la
circulación y comercialización de productos, o bienes entre
productores y vendedores, o detallista o consumidores finales, para la
obtención de ganancia o lucro, y las derivadas de acto de comercio
considerados objetiva o subjetivamente como tales por la legislación
mercantil, salvo prueba en contrario.
• Actividad industrial: todas aquellas actividades u operaciones que
implique alguna extracción, transformación o variación física,
mecánica o química de cualquiera de las características intrínsecas
propias de un bien, ya sea materia prima o intermedia de origen
orgánico o inorgánico mediante la aplicación de un proceso o método
fabril o manufacturero que resulta en la incorporación del valor
agregado.
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• Actividad de servicio: cualquier actividad independiente en las que
sean principales las obligaciones de hacer, siempre y cuando sean a
título oneroso.
• Actividad de índole similar: son todas aquellas actividades económicas
no previstas como actividades industriales, comerciales o de servicios
en la ordenanza, siempre y cuando dichas actividades reúnan las
características exigidas por la ordenanza.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 32 de la Ordenanza que establece
el impuesto, se considerará hecho imponible, aquel que se realice en o
desde la jurisdicción del municipio Caroní. En tal sentido, se hace referencia
al aspecto espacial del impuesto, el cual se considerará ocurrido en el
municipio tomando en cuenta los casos nombrados en el parágrafo único del
mismo artículo:
1) Si el contribuyente tiene sede ubicada en el Municipio Caroní, aun
cuando su producto objeto de retención esté siendo ofrecido en otras
jurisdicciones municipales.
2) Si el contribuyente tiene sede tanto en el Municipio Caroní como en
otras jurisdicciones municipales; dividiendo las actividades realizadas
al municipio correspondiente imputando así a cada sede la actividad y
el movimiento económico generado por cada una. En relación al
Municipio Caroní, el impuesto se pagará por la actividad realizada y
sobre el monto imputado a la sede ubicada en su jurisdicción.
3) Cuando la actividad se realice parte en la jurisdicción del Municipio
Caroní y se complete en la jurisdicción de otro municipio,
determinando la base imponible proveniente del ejercicio de la
actividad realizada en cada uno.
En relación a los sujetos que intervienen en el IAEICSIS, el sujeto activo
está representado por la Administración Tributaria del municipio que exige el
pago del tributo y el sujeto pasivo, es la persona sobre la cual se verifica el
hecho imposible y que deberá realizar la prestación tributaria a favor del
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sujeto activo, el sujeto pasivo será considerado en calidad de contribuyente o
de responsable. Ahora bien, en calidad de contribuyente, se derivan las
personas naturales y jurídicas, que de manera habitual realicen actividades
lucrativas independientes (comerciales, industriales o de servicio) en un
municipio, aun cuando no tenga la licencia o autorización normalizada y en
calidad de responsable correspondiendo a los agentes de retención o
percepción, sin embargo la condición de agentes de retención no podrá
recaer en personas que no tengan establecimiento permanente en el
municipio, con excepción de organismos o personas jurídicas estatales.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 40 de la ordenanza del IAEICSIS se
infiere lo siguiente, la base imponible para determinar el IAEICSIS está
constituida por los ingresos brutos efectivamente percibidos en el período
impositivo comprendido desde el 1ero de Enero al 31 de Diciembre de cada
año, correspondiente a las actividades económicas ejercidas en la
jurisdicción del municipio o que deban considerarse como ocurridas en esa
jurisdicción de acuerdo con los criterios previstos en la ley que crea el
impuesto.
La declaración del impuesto ha de ser realizada en Enero del año
siguiente mediante declaración jurada cancelando así el monto total
resultante de la diferencia obtenida sobre la Declaración Estimada y la
Declaración Definitiva, entendiéndose la primera como los ingresos que el
contribuyente estima obtener en el ejercicio en curso, siendo dividida en 12
períodos próximos a cancelar, liquidándose en forma trimestral, en otras
palabras, cálculo anual, liquidación trimestral y pago mensual del impuesto y
la segunda como la presentación real de los ingresos definitivos gravables
que el contribuyente obtuvo en el ejercicio fiscal.
Es importante resaltar, que este impuesto no es nuevo, si no que el
impuesto sobre actividades económicas que se declaraba por los
contribuyentes al cierre del ejercicio anual, será declarado mensualmente.
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1.5 Normativa legal que respalda la figura de Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio,
Servicio o de Índole Similar.
1.5.1 Código Orgánico Tributario (COT).
El COT se fundamenta en el trato legal otorgado a los Tributos y a las
Relaciones Jurídicas derivadas de ellos, en el mismo se le otorga potestad al
Estado mediante las autoridades nacionales, estatales y municipales para la
creación, modificación o supresión de tributos que obliguen a la población a
coadyuvar con los gastos públicos.
De tal manera, se ha señalado que el COT tiene como finalidad, procurar
la armonía del sistema tributario garantizando así la preservación de los
derechos del Estado y de la población, además de la uniformidad del
régimen jurídico de la tributación en sus aspectos fundamentales.
Este documento legal, es el que establece inicialmente la definición y los
lineamientos en cuanto a la creación y designación de la figura de agente de
retención; además estipula las funciones u obligaciones asignadas a
personas jurídicas y naturales como responsables del tributo ante el fisco.
De acuerdo al Art. 27, se entiende por agente de retención y de
percepción al sujeto pasivo que por sus funciones públicas o por razón de
sus actividades privadas (sin tener éste último carácter de funcionario
público), sea designado por la ley o por la administración tributaria previa
autorización y notificación legal como responsable directo del tributo
correspondiente.
Por su condición, el agente de retención tiene como principal obligación
el descontar el impuesto una vez que se realice un pago gravable, con el
deber de depositar o enterar dicho impuesto en un banco a la orden del
tesoro, considerándose una política fiscal extraordinaria y cómoda que
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implementa el fisco para combatir la evasión y recibir el impuesto a corto
plazo.
En consonancia con lo descrito anteriormente, el responsable directo del
tributo maneja dinero público, en otras palabras, dinero propiedad del
Estado, el cual en un momento determinado de acuerdo a lo establecido en
la ley debe pasar a la orden del fisco. En caso contrario, como lo establece el
Art. 118 del COT el incumplimiento en el plazo que otorga la ley para el
depósito o enteramiento del tributo puede acarrear multa grave por el hecho
de no retener y hasta ser acusado de apropiación indebida con amenaza de
cárcel por la acción de retener y no enterar.
1.5.2 Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).
La LOPPM, en su carácter de norma a nivel de los municipios del país,
confiere a los Alcaldes o Alcaldesas la competencia de fiscalización, gestión
y recaudación de tributos propios, en otras palabras, con el fin de sustentar
los gastos públicos de la comunidad se otorga la potestad al municipio de
crear diversos impuestos entre los cuales se hace mención al Impuesto sobre
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.
Ahora bien, la figura de agentes de retención descrita en el COT aplica
para éste impuesto de acuerdo a lo explicado en Art. 227 de la LOPPM, de la
siguiente manera: la condición de agente de retención del impuesto sobre
actividades económicas no podrá recaer en personas que no tengan
establecimiento permanente en el municipio, con excepción de organismos o
personas jurídicas estatales.
Entonces, en caso de un municipio del país adoptar la política fiscal de
crear la figura de agente de retención del IAEICSIS a través de sus
ordenanzas, debe considerar de acuerdo al artículo mencionado
anteriormente quiénes serán designados responsables del tributo ante el
fisco.
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1.5.3 Ordenanza sobre Agente de Retención del Impuesto sobre las
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.
La Ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre las
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar
desde el punto de vista tributario, representa una norma de carácter local
para el Municipio Caroní del Estado Bolívar. Es promulgada el 25 de Junio de
2010 con el objetivo de designar las personas responsables en calidad de
agente de retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de
Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, como lo son: organismos,
empresas, institutos autónomos nacionales, entes descentralizados y
fundaciones tanto del Estado Bolívar como del Municipio Caroní; empresas
mixtas nacionales, estadales, municipales; universidades públicas y privadas
y todas las personas de carácter privado naturales y jurídicas ya designadas
por el SENIAT, domiciliadas en el Municipio Caroní; además norma sus
obligaciones como responsables del tributo ante la Administración Tributaria
y ante los contribuyentes.
El Agente de retención está obligado de acuerdo a lo establecido en la
ordenanza a retener, declarar y enterar el IAEICSIS considerando las
condiciones y formas tipificadas en la ley que crea la figura, además tiene el
deber de informar al sujeto objeto de retención sobre la cantidad retenida en
el momento que surge el hecho imponible, lo cual le servirá de prueba
fehaciente al momento de presentarle a la Alcaldía de Caroní su declaración.
A tal efecto, establece los porcentajes para el cálculo de la retención del
IAEICSIS dentro de las disposiciones concernientes a la forma y oportunidad
de retener y enterar el impuesto ante el fisco municipal, dichos porcentajes
se encuentran reflejados en el ANEXO 1 de la presente investigación; una
vez efectuada la retención, el agente de retención será el único responsable
ante el fisco municipal por el importe retenido; en caso de no realizar la
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retención será solidariamente con el contribuyente por el monto dejado de
retener.
Finalmente por lo que atañe al incumplimiento de las disposiciones
descritas en ésta ley, se establecen los ilícitos tributarios y las sanciones a
los mismos, fijando en porcentajes la sanción pecuniaria.
1.6 Municipio Caroní.
El Municipio Caroní, fue fundado en 1961, su creación se concretó el 29
de Junio, con la reforma de la Ley de División Político Territorial del Estado
Bolívar, conformado por San Félix de Guayana como capital y los centros
poblados de Puerto Ordaz, Matanzas, Castillito, Caruachi, La Ceiba, y Alta
Vista. En 1979 se cambia la capital del Distrito (San Félix de Guayana por
Santo Tome de Guayana) y finalmente el 25 de Junio de 1986, se sustituye
el nombre por Ciudad Guayana, mediante reforma de la Ley de División
Política Territorial.
En la actualidad el Municipio Caroní asume como capital a Ciudad
Guayana, cuenta con una población de 860.000 habitantes, según datos
suministrados por la Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní
(ALSOBOCARONI) en portal de internet al 05 de Febrero de 2012, ésta se
encuentra ubicada en la parte Nor-Oriental del Estado Bolívar en Ciudad
Guayana sector San Félix UD 101, calle Bolívar y Orinoco cruce con calle
Sucre, frente al malecón de San Félix, en el Palacio Municipal.
ALSOBOCARONI tiene como máximo nivel de dirección superior al
Despacho del Alcalde, quien es el jefe de la rama ejecutiva del Gobierno
Municipal, desempeñando como función el construir y fomentar el desarrollo
integral de la comunidad, conjuntamente con la participación ciudadana, con
el fin de satisfacer y controlar las necesidades que esta demanda, todo ello a
través de los siguientes sectores:
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• Sector de Gobierno y Administración,
• Sector de Seguridad y Defensa,
• Sector de Industria y Comercio,
• Sector de Transporte y Comunicación,
• Sector Educación,
• Sector Cultura y Comunicación,
• Sector Ciencia y Tecnología,
• Sector Vivienda,
• Desarrollo Urbano Servicios Conexos,
• Sector Salud y Sector Desarrollo Social y Participación.
Para finalizar con los aspectos concernientes al Municipio Caroní,
ALSOBOCARONI, dentro por su figura de ente público, maneja como
filosofía de gestión lo siguiente:
• Visión: Ser un modelo de gestión pública, reconocida por sus
resultados de excelencia para las comunidades, de referencia
nacional e internacional.
• Misión: Somos una institución pública municipal que contribuye a
mejorar la calidad de vida del colectivo, en contacto directo con la
comunidad, basada en los principios socialistas de solidaridad,
igualdad y justicia.
1.7 Mantis Technologies.
Es una empresa de capital privado que tiene como objeto la
representación, distribución, comercialización, importación, exportación,
compra y venta, asesoría, entrenamiento, consultoría, suministro y desarrollo
de sistema computarizado y equipos eléctrico.
Es una solución informática que permite a las compañías administrar el
impuesto al valor agregado, retención de impuesto sobre la renta y las
31
retenciones del Impuesto sobre las actividades económicas. Su diseño está
acorde con los actuales estándares de calidad; se caracteriza por:
• Manejo de clientes y proveedores.
• Definición de períodos fiscales, los cuales pueden ser bloqueados con
el fin de no permitir su alteración a documentos correspondientes.
• Registro de operaciones de compra y venta.
• Registro de retención de ISLR.
• Registro de retención de Impuesto de actividades económicas.
• Generación automática del número de comprobante de retención de
IVA, ISLR e Impuesto de actividades económicas a grupo de
documentos de un mismo proveedor.
• Generación de archivos TXT y XMLS para ser posteriormente
enviados al SENIAT y Alsobocaroní.
• Generación de libros de compra y ventas.
• Generación de los comprobantes de retención.
• Capacidad para exportar libros a formato Excel.
• Impresión de la planilla forma 30 para el pago del IVA, planilla de
retenciones varias, ARC-V
• Relación de la retención anual de ISLR en formato Excel.
• Posibilidad de importar datos de otras aplicaciones administrativas.
• Robusto subsistema de seguridad y control absoluto de accesos a los
usuarios.
1.8 Definición de términos.
Al hablar de agentes de retención del impuesto sobre actividades
económicas es necesario aclarar la terminología técnica propia de la
especialidad; a tal fin y haciendo honor a las ordenanzas del Estado, la
32
información se extrajo del portal de la Administración Tributaria Nacional
www.seniat.gob.ve.
Abonar: realizar una anotación en el haber de una cuenta. Se utiliza
también como sinónimo de pagar y de suscripción al disfrute de algún bien o
servicio de forma periódica.
Abono: apunte en el haber de una cuenta.
Abonos en cuenta: cantidades que los compradores y adquirientes de
bienes y servicios gravados acrediten en su contabilidad o registros a favor
de los vendedores o prestadores del servicio, incluso cuando dicho registro
sea realizado sin identificación especifica.
Al contado: pago realizado en efectivo. Alícuota: es la cantidad fija, tanto por ciento, tarifa o escala de
cantidades aplicada a la base imponible para determinar el monto del tributo
a pagar.
Base Imponible: es la cuantificación en términos monetarios del hecho
imponible, volumen de ingresos o rendimientos gravados en el tributo.
Cambio: transición que ocurre cuando se transita de un estado o
posición a otro.
Cheque: documento representativo de un mandamiento de pago, por el
cual una persona denominada librador, puede retirar en su beneficio o en
orden de un tercero, denominado beneficiario, tomador o tenedor, todo o
parte de los fondos que haga disponible en su cuenta de establecimiento,
generalmente un banco, que se denomina librador.
Código Orgánico Tributario: fuente de derecho tributario en
Venezuela. Norma jurídica rectora del ámbito tributario.
Comercio: término genérico que hace referencia a la actividad de
compra, venta, intercambio o permuta de mercancías con ánimo de lucro.
Compra: transacción por la que se adquiere un bien o se contrata un
servicio a cambio de su valor en dinero.
33
Comprobante: documento justificativo de la realización de una
transacción comercial.
Comprobante de retención: comprobante que están obligados a emitir
los agentes de retención a los contribuyentes, por cada retención de
impuesto que le practican, en la cual se indica, entre otros, el monto de lo
pagado o abonado en cuenta y la cantidad retenida.
Contribuyentes: se consideran contribuyentes aquellos sujetos pasivos
respectos de los cuales se verifica el hecho imponible, y además están
obligados al cumplimiento de las prestaciones tributarias. (Art. 22, COT).
Contribuyentes especiales: contribuyentes con características
similares calificados y notificados por la Administración Tributaria como tales,
sujetos a normas especiales en relación con el cumplimiento de sus deberes
formales y el pago de sus tributos, en atención al índice de su tributación.
Control fiscal: conjunto de mecanismos legales, técnicos y
administrativos que utiliza el Estado para evitar la evasión y prescripción de
los tributos.
Crédito fiscal: monto en dinero a favor del contribuyente, en la
determinación de la obligación tributaria, que éste puede deducir del débito
fiscal para determinar el monto de dinero a pagar al Fisco.
Deberes: actividades, actos y circunstancias que implican una
determinada obligación moral o ética.
Deberes formales: obligaciones impuestas por el Código Orgánico
Tributario o por otras normas tributarias a los contribuyentes, responsables o
determinados terceros.
Débito fiscal: a los efectos del cálculo del Impuesto al Valor Agregado
(IVA), se denomina débito fiscal a la obligación tributaria derivada de cada
una de las operaciones gravadas, la cual se determina aplicando en cada
caso la alícuota del impuesto sobre la correspondiente base imponible. El
monto del débito fiscal deberá ser trasladado por los contribuyentes
ordinarios a quienes funjan como adquirentes de los bienes vendidos o
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receptores o beneficiarios de los servicios prestados, quienes están
obligados a soportarlos.
Declaración definitiva: deber formal del contribuyente; debe
prepararse en los formularios oficiales emitidos para tales efectos por la
Administración Tributaria, y contendrá los resultados fiscales de un ejercicio. Declaración estimada: deber formal establecido en la Ley para
determinadas categorías de contribuyentes, obteniendo de éstos el pago del
impuesto en forma anticipada.
Enriquecimiento neto: a los fines de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, monto que se obtiene después de hacer las deducciones permitidas a
la renta bruta.
Enterar: pagar, abonar dinero. Acción de pagar los tributos ante las
oficinas receptoras de fondos nacionales.
Evasión fiscal: acción u omisión dolosa, violatoria de las disposiciones
tributarias, destinadas a reducir total o parcialmente la carga tributaria en
provecho propio o de terceros.
Exención: dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria,
otorgada por la ley.
Exoneración: dispensa total o parcial del pago de la obligación
tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la
Ley.
Factura: documento que el vendedor entrega al comprador y que
acredita que ha realizado una compra por el importe reflejado en el mismo.
La factura recoge la identificación de las partes, la clase y cantidad de la
mercancía vendida o servicio prestado, el número y fecha de emisión, el
precio unitario y el total, los gastos que por diversos conceptos deban
abonarse al comprador y, en su caso, las cantidades correspondientes a los
impuestos que la operación pueda devengar.
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Formato Delimitado por Tabulaciones (TXT): archivo de texto plano, es decir, no contiene ninguna característica de formato, es sólo texto, por lo
que no se pueden aplicar propiedades al editarlos.
Hecho Imponible: es el presupuesto establecido en la ley para tipificar
el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
(Art. 36, COT).
Impuesto: tributos que ingresan al Estado, siendo recibidos por Entes
Públicos competentes responsables de su administración y posterior
distribución para la satisfacción de las necesidades públicas.
Ilícito formal: este tipo de ilícito se origina por el incumplimiento de los
siguientes deberes: 1) Inscribirse en los registros exigidos por las normas
tributarias respectivas; 2) Emitir o exigir comprobantes; 3) Llevar libros o
registros contables o especiales; 4) Presentar declaraciones y
comunicaciones; 5) Permitir el control de la Administración Tributaria; 6)
Informar y comparecer ante la misma; 7) Acatar las órdenes de la
Administración Tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales; y 8)
Cualquier otro deber contenido en el Código Orgánico Tributario, en las leyes
especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos
competentes.
Ilícito tributario: toda acción u omisión violatoria de las normas
tributarias. Pueden ser: formales, relativos a las especies fiscales y gravadas,
materiales y sancionadas con pena restrictiva de libertad.
Impuesto: perteneciente a la clasificación de los tributos. Obligación
pecuniaria que el Estado, en virtud de su poder de imperio, exige a los
ciudadanos para la satisfacción de sus necesidades. A diferencia de las
tasas, el impuesto no implica una contraprestación directa de servicios.
Impuesto al Valor Agregado (IVA): impuesto indirecto que grava
según se especifica en su ley de creación, la enajenación de bienes
muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes, que deberán
pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades, las sociedades
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irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos o económicos,
públicos o privados, que en su condición de importadores de bienes,
habituales o no, de fabricantes, productores, ensambladores, comerciantes y
prestadores de servicios independientes, realicen las actividades definidas
como hechos imponibles en su ley de creación.
Impuesto sobre la Renta: impuesto aplicado sobre los
enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero o en
especie. Salvo disposición legal, toda persona natural o jurídica, residente o
domiciliada en Venezuela, pagará este impuesto sobre sus rentas de
cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingreso esté situada dentro
del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no
domiciliadas en Venezuela, estarán sujetas a este impuesto siempre que la
fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun
cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en Venezuela, y
en caso de poseerlos, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente
nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base
fija.
Ingreso bruto: a los fines de Impuesto sobre la Renta, ingreso
constituido por el monto de las ventas de bienes y servicios en general y de
los arrendamientos y de cualesquiera otros proventos, regulares o
accidentales, tales como los producidos por el trabajo bajo relación de
dependencia o por el libre ejercicio de profesiones no mercantiles y los
provenientes de regalías o participaciones análogas, salvo disposiciones
expresas de la ley correspondiente.
Intereses moratorios: la falta de pago de la obligación tributaria dentro
del plazo establecido, hace surgir de pleno derecho y sin necesidad de
requerimiento previo de la Administración Tributaria, la obligación de pagar
intereses moratorios desde el vencimiento del plazo establecido para la
autoliquidación y pago del tributo hasta la extinción total de la deuda.
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Mora: retraso en el cumplimiento de una obligación. Se dice que es un
deudor ha incurrido en mora cuando se retrasa de forma culpable en el
cumplimiento de una obligación cierta, vencida y liquida, además de que se
haya producido el requerimiento del acreedor para que cumpla.
Multa: pena o sanción de carácter pecuniario que se impone por haber
realizado una infracción.
Período impositivo: lapso de tiempo durante el cual para la ley se
devenga en el sujeto pasivo la obtención de rentas sujetas al pago de un
impuesto.
Retener: suspender por orden judicial de forma parcial o total el pago
de un haber con el fin de reservar la cantidad no entregada para hacer frente
al pago de alguna deuda.
Responsables: son los sujetos pasivos que sin tener carácter de
contribuyente deben, por disposición de la ley, cumplir con las obligaciones
atribuidas a ellos. (Art. 26, COT).
Responsable tributario: persona a la que la ley podrá declara como
responsable de una deuda tributaria, si se dan ciertos supuestos específicos
recogidos en la misma, junto con los sujetos pasivos concretos o deudores
principales, quedando sujetos al pago de la deuda como garantía del mismo.
Responsabilidad: obligación de carácter jurídico en la que se incurre
como consecuencia de la realización de un acto u omisión ilícito o en el que
intervengan cualquier género de culpa o negligencia que haya provocado un
daño a terceros.
Sujeto Activo: es la entidad estatal con derecho para exigir el pago del
tributo; ente público recaudador del tributo bien sea Nacional, Estadal o
Municipal. (Art. 18, COT). Sujeto Pasivo: es la persona natural o jurídica obligada al
cumplimiento de las prestaciones tributarias por haber realizado alguna
actividad definida en la ley como hecho imponible, bien sea en calidad de
contribuyente o de responsable. (Art. 19, COT).
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Tasa: tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización de un bien
del dominio público, la prestación de un servicio público o la realización por
parte de la Administración de una actividad que se refiera, afecte o beneficie
de forma especial a determinado sujeto pasivo.
Tributo: son prestaciones de dinero que el Estado exige en el ejercicio
de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud
de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus
fines. (Villegas, 1992).
Tributos estadales: tributos que el poder estadal exige a los
contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener
recursos para financiar el gasto público.
Tributos municipales: tributos que el Poder Municipal exige a los
contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener
recursos para financiar el gasto público.
Tributos nacionales: tributos que el Poder Nacional exige a los
contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener
recursos para financiar el gasto público.
Unidad tributaria: medida de valor expresada en moneda de curso
legal, creada por el código Orgánico Tributario y modificable anualmente por
la Administración Tributaria. Unidad de valor creada a los efectos tributarios
como una medida que permite equiparar y actualizar a la realidad
inflacionaria, los montos de las bases de imposición, exenciones y
sanciones, entre otros; con fundamento en la variación del Índice de Precios
al Consumidor (I.P.C.).
Variación: cambio que hace que algo o alguien sea diferente en cierto
aspecto de lo que era.
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II PARTE: ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, A LA LUZ DE LA TEORÍA.
ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A. COMO FIGURA DE AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.
Ricardo BRANDT, C.A. fue designada el mes de marzo de 2010 como
contribuyente especial por la Gerencia Regional de Tributos Internos, lo cual
significa que a partir de esta fecha a la entidad le son asignadas nuevas
responsabilidades y deberes formales. Los contribuyentes especiales son los
responsables del pago del Impuesto al Valor Agregado en calidad de agentes
de retención, los cuales han sido calificados y notificados por la
Administración Tributaria como tales, y además están sujetos a normas
especiales en relación con el cumplimiento de sus deberes formales y el
pago de sus tributos, en atención al índice de su ingresos.
Los deberes formales concedidos a Ricardo Brandt, C.A para marzo de
2010 de acuerdo a su condición hacen referencia a la obligación atribuida de
retener, enterar y declarar el IVA según lo establecido en la PROVIDENCIA
ADMINISTRATIVA N° SNAT/2005/0056, mediante la cual se designan
agentes de retención del impuesto al valor agregado.
A partir del 1 de Julio de 2010, a la empresa se le asignan nuevas
obligaciones tributarias aunadas a las anteriores por ser designado como
agente de retención del IAEICSIS por la Administración Tributaria del
Municipio Caroní previa notificación, dichas obligaciones se encuentran
comprendidas en la ordenanza N° 1099-2009.
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Con el objeto de dar cumplimiento a los propósitos planteados para la
investigación, se hizo necesario el desarrollo en orden lógico y sistemático de
las 3 fases u objetivos específicos, permitiendo la descripción de los
resultados obtenidos en cada uno de ellos, presentados a continuación:
2.1 Identificar los deberes formales asignados a Ricardo Brandt, C.A.
con la designación de agente de retención del IAEICSIS
Efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de
Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar.
• Exigir la licencia de Actividades Económicas al contribuyente, como
requisito indispensable para la celebración del contrato, acto u
operación.
• Informar al sujeto contribuyente, mediante entrega de comprobante
por la retención efectuada.
• Enterar y pagar los impuestos retenidos ante el fisco municipal.
• Informar a la Administración Tributaria Municipal sobre las retenciones
efectuadas de forma mensual mediante entrega de copia de los
comprobantes correspondientes.
• Informar al contribuyente sobre las retenciones realizadas durante el
año.
• Informar a la Administración Tributaria Municipal de forma anual a
través de un resumen el número y denominación de las personas
objeto de retención.
• Suministrar la información requerida por la Administración Tributaria a
través de los formularios.
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2.2. Identificar los cambios administrativos, contables y de sistema durante el período 2010-2012 en la empresa Ricardo Brandt, C.A., al
tener la obligación de cumplir con los deberes formales asignados
posterior a la designación como agente de retención del Impuesto
sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio, o de
Índole Similar.
Ricardo BRANDT, C.A. posterior a la designación como agente de
retención del IAEICSIS se vio en la necesidad de incurrir en cambios
administrativos y contables para el desempeño eficiente y eficaz de los
deberes formales derivados de la obligación tributaria concedida, haciendo
referencia a dichos cambios en lo siguiente:
2.2.1 Asesoría contable.
Con el objeto de recibir orientación para el cumplimiento efectivo de las
obligaciones y normas legales concernientes al Impuesto sobre Actividades
Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar y la figura de
Agente de Retención del mismo impuesto, Ricardo Brandt, C.A. solicitó
asesoría contable y tributaria, buscando disminuir con ello el margen de error
en sus procesos contables y administrativos y así prevenir futuras sanciones
de acuerdo a lo tipificado en las normas legales por incumplimiento de los
deberes asignados. En tal sentido, el hecho de incurrir en Asesoría por parte
de la empresa consistió en lograr desarrollar una gestión contable clara y
precisa, además de informarse sobre las herramientas con las que contaba y
debía disponer para cumplir su obligación de manera que no se viera
afectado el rendimiento de la entidad.
42
2.2.2 Adquisición de Software (Módulo de retención del IAE).
De acuerdo a las herramientas que debe disponer la entidad, según lo
informado a través de asesoría contable, se hace referencia a un software
administrativo que permita efectuar la retención del Impuesto sobre
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar
de manera sistemática y consecutiva, disminuyendo el margen de error que
se obtiene de preparar un promedio de 150 retenciones de forma manual
(Número promedio mensual de retenciones realizadas por Ricardo Brandt,
C.A.).
Para dar cumplimiento a tal requisito, Ricardo Brandt, C.A. se ve en la
necesidad de adquirir a través del servicio de Mantis Tecnhologie, C.A. la
modificación software administrativo del cual hacían uso para el cumplimiento
de sus obligaciones contables y tributarias anteriores a la designación como
agente de retención del impuesto sobre actividades económicas, de tal
manera que se anexara al sistema administrativo el módulo de retenciones
del IAEICSIS, dicha acción les permite agilizar el proceso de retención
cumpliendo debidamente los aspectos formales necesarios, además facilita
el deber formal concerniente al enteramiento del tributo por el hecho de
suministrar el archivo en formato TXT requerido por el portal de Alsobocaroní
al momento de la declaración vía web.
2.2.3 Asesoría al Personal.
Con el objeto de incrementar la productividad y promover la eficiencia del
personal, por parte de Ricardo Brandt C.A. se hizo necesario el proceso
continuo de adiestramiento a los empleados, permitiéndoles la obtención de
los conocimientos requeridos en cuanto a las obligaciones tributarias
asignadas a la empresa posterior a la designación como agentes de
43
retención del IAEICSIS y los cambios administrativos y contables que ello
conlleva. Tal orientación se ve enfocada en:
2.2.3.1 Asesoría Tributaria.
A Ricardo Brandt, C.A una vez designada como agente de retención del
IAEICSIS, se le hace indispensable conocer y dar cumplimiento a las normas
legales y tributarias que respaldan tal designación, por tal motivo es precisa
la solicitud de asesoría tributaria con la finalidad de otorgar al personal la
actualización, el desarrollo y especialización en cuanto a los deberes y
obligaciones formales asignadas a partir del 1 de Julio de 2010, buscando
promover el éxito requerido para la empresa y sobre todo no ser sancionado
por la administración tributaria.
Es por tal motivo que Ricardo Brandt, C.A. asigna honorarios
profesionales adicionales al asesor contable y tributario de la empresa, para
que mediante charlas y debates informativos se impartiera la información
necesaria para el cumplimiento de los nuevos deberes formales, además de
dar a conocer al personal las sanciones por errores u omisiones durante el
proceso de preparación, declaración y enteramiento de las retenciones,
orientando los esfuerzos del capital humano hacia la productividad propia y
de la empresa.
2.2.3.2 Asesoría de Sistema.
Para el cumplimiento adecuado y oportuno de las obligaciones tributarias
por medio de sistema, se hizo necesaria la solicitud de asesoría para el
personal de Ricardo Brandt, C.A. concerniente al nuevo software
administrativo adquirido.
La asesoría brindada por Mantis Tecnhologie consistió en talleres
personalizados durante 12 horas distribuidos en 1 semana de acuerdo a la
necesidad del personal durante el proceso de efectuar las primeras
44
retenciones del IAEICSIS; tuvo por objeto promover el mejoramiento en
cuanto al uso del software administrativo posterior a la inclusión del módulo
de retenciones del impuesto sobre actividades económicas, además de
proporcionar una preparación al personal que permitiera la eficiencia y
eficacia requerida en cuanto al desarrollo y cumplimiento de los
procedimientos a realizar a través del sistema Mantis para la preparación y
declaración del impuesto como cumplimiento de los deberes formales.
2.2.4 Modificación del plan de cuentas contables.
Posterior a la modificación realizada al sistema contable, para el
cumplimiento eficaz y oportuno del proceso de retención, se hace necesario
para Ricardo Brandt, C.A. la modificación de su plan de cuentas contables, el
cual de acuerdo a su significado, brinda una estructura básica para la
organización del sistema contable, con el fin de obtener información de
manera más sencilla.
De ésta manera, la empresa luego de su designación como Agente de
Retención del IAEICSIS, tuvo que incorporar en su plan de cuentas, las
cuentas necesarias para registrar el hecho contable de retención, buscando
obtener así la homogeneidad, integridad y orden requerido.
En relación a las cuentas incorporadas para el control y registro contable
de la retención del IAEICSIS al plan de cuentas de Ricardo Brandt, C.A. se
tienen:
a) Impuesto Sobre Actividades Económicas Retenido (Activo): Registro
del monto retenido a Ricardo Brandt, C.A. por terceros como Anticipo
del monto total a declarar de forma trimestral.
b) Impuesto sobre Actividades Económicas Retenido por Enterar
(Pasivo), es una cuenta de Pasivo u obligación con terceros, donde se
registra el monto retenido por Ricardo Brandt, C.A. a contribuyentes, el
45
cual debe enterarse de forma mensual. Igualmente se puede definir
como pasivo circulante a corto plazo, que consiste en registrar los
aumentos y disminuciones derivados de la obligación que las
autoridades gubernamentales imponen a determinadas empresas de
retener es este caso el Impuesto sobre las Actividades Económicas
(retener), por la venta de mercancías o prestación de servicios, y
posteriormente, efectuar el entero correspondiente.
2.2.5 Incremento de horas hombre.
Respondiendo a las actividades adicionales por concepto de las
obligaciones tributarias asignadas a causa de la retención del Impuesto
sobre Actividades Económicas, Ricardo Brandt, C.A. se ve en la necesidad
de redistribuir las horas destinadas a las actividades realizadas por el
Departamento de Administración anteriores a la designación como Agente de
Retención del IAEICSIS, a fin de asignar tiempo para cumplir las nuevas
actividades que conducen al desempeño como responsable del tributo.
46
III PARTE: ARQUITECTURA METODOLÓGICA DE LA INVESTIGACIÓN
De todo lo antes expuesto, se presenta la necesidad de generar cambios
a nivel administrativo, contable y de sistemas, que surgen posteriormente a
la designación como Agente de Retención del IAEICSIS la empresa Ricardo
Brandt CA., desencadenante en un proceso de adaptación para describir,
analizar y evaluar el impacto que surge de la creación y aplicación de la
Ordenanza N° 1099-2009 sobre Retención de Actividades Económicas
cuando el contribuyente ordinario es clasificado como contribuyente especial
en el Municipio Caroní.
Así mismo la situación descrita en el desarrollo del trabajo conduce a
formular el problema de investigación: ¿Cómo afrontar los cambios
generados por el proceso de convertirse en agente de retención del
IAEICSIS de acuerdo a la ordenanza 1099-2009?.
3.1. Método de investigación.
La investigación sigue un paradigma interpretativo para dar solución a la
incertidumbre de los contribuyentes especiales, bajo un enfoque cualitativo;
pretende abarcar descripciones de la empresa Ricardo Brandt, C.A. y los
hechos involucrados en el proceso de adaptación de los lineamientos
emanados en la Ordenanza 1099-2009.
El estudio pretende además de una descripción detallada de los cambios
a realizar, los procedimientos involucrados realizados por el capital humano
de la empresa, siendo estos últimos informantes clave durante el transcurso
de la investigación; la intención es comprender, confirmar o sugerir las
modificaciones a que haya lugar. Todo esto con la finalidad de proponer una
47
alternativa sistematizada, eficiente y eficaz del proceso de retención del
IAEICSIS.
Para el logro de los objetivos de la investigación se tomará en cuenta en
primer lugar la situación de la empresa y los procedimientos administrativos y
contables realizados actualmente en Ricardo Brandt, C.A.
La contribución de la investigación está centrada en proporcionar una
guía orientada para contribuyentes ordinarios aún no designados como
contribuyentes especiales; por tanto, que se dan a conocer los cambios
administrativos, contables y de sistema que incurren en la entidad, con la
finalidad mantenerse a la vanguardia en el ámbito tributario, además de
permitir un aporte teórico para los estudiantes en la realización de nuevas
investigaciones que al tema se refieran.
3.2. Unidades de observación. Los informantes potenciales, como muestra estadística o probabilística
estarán constituidos por el personal administrativo de la empresa Ricardo
Brandt, C.A. Para (Martínez 2010:53), la muestra estadística se tomada de
una universo definidos y como criterio la condición de que todo miembro
tenga exactamente la misma oportunidad de ser elegido.
La muestra intencional es elegida bajo una serie de criterios para dar
respuesta a una unidad de análisis con la mayor ventaja para los fines de la
investigación. Según (Martínez ib:55), se “procura que la muestra represente
lo mejor posible los subgrupos naturales, como se indicó para la muestra
estadística, y que se complementen y equilibren recíprocamente”;
3.3. Selección de informantes clave.
Para la selección de informantes clave, serán tomados dos criterios:
disposición a colaborar con la investigación y ser parte del capital humano
48
del área administrativa, contable o de sistema de Ricardo Brandt, C.A. Para
(Martínez 2011:197), los informantes clave deben ser “representativos,
miembros clave y privilegiados en cuanto a su capacidad informativa”. Dados
los cambios en las áreas mencionadas serán considerados dos (2)
empleados del área administrativa y contable, uno (1) del área de sistema y
uno (1) asesor tributario.
3.4. Técnicas e instrumentos para la recolección de los datos. Para la recolección original de los datos se utilizará la observación directa
y revisión documental constante, obteniendo información por medio de
fuentes secundarias, informaciones escritas, recopiladas y transcritas por
otros investigadores participantes en el suceso o acontecimiento. La
entrevista esta orientada a los informantes clave, con el fin de llevar a cabo el
estudio sobre el Impacto Administrativo-Contable y de Sistema en los
Contribuyentes Especiales; ocasionado por la designación como agentes de
retención del Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio Caroní.
Al respecto (Martínez 2010:65), “la entrevista en la investigación
etnográfica, es un instrumento técnico que tiene gran sintonía epistemológica
con este enfoque y también con su teoría metodológica”, razón que valida el
instrumento a los propósitos del estudio. De igual manera, la observación
directa busca principalmente el “recoger las historias, anécdotas y mitos que
constituyen el trasfondo cultural-ideológico que da sentido y valor a sus
cosas” (Martínez ib.:63).
3.5. Análisis de la información. Se describirá el comportamiento de los informantes clave al momento de
hacer uso del sistema administrativo contable manejado por Ricardo Brandt,
C.A. durante la retención, declaración y enteramiento del impuesto en
49
estudio, como son los principales actores al ejecutar las actividades que para
efectos de la ley son denominados deberes formales a consecuencia de la
obligación tributaria.
Con el fin de aprovechar los datos recopilados provenientes de las
fuentes de información puestas en práctica, estos se organizarán para
transformarlos en información lógica, inteligible y útil a la investigación.
Luego se procederá a la categorización, mediante imágenes tomadas del
portal oficial de la Alcaldía Socialista Bolivariana del Municipio Caroní y
consiste en clasificar y codificar la información mediante un término claro y
conciso con las explicaciones oportunas a cada paso del proceso.
3.6. Procedimiento. Dado el enfoque cualitativo para el estudio, en la realización del mismo
serán ejecutadas las siguientes actividades:
• Elaboración de las guías orientadas a las entrevistas, mediante una
matriz que permita recoger la información del marco referencial para
las categorías, donde se especificará la información que será
recolectada de los informantes clave.
• Arqueo y revisión de documentos pertinentes para la obtención de la
información necesaria en el análisis y categorización de diversos
autores, así como la Revisión y lectura de las Ordenanzas y
Reglamentos de Impuestos Municipales en el Municipio Caroní-Estado
Bolívar.
• Recolección de la información; consiste en la aplicación de los
instrumentos diseñados para la obtención de los datos (observación
directa y entrevista semiestructurada), éstos servirán de insumo para
la descripción de cambios presentados en los procesos
administrativos y contables a nivel de sistema presentados en la
empresa Ricardo Brandt, C.A.
50
• Finalmente en función de las categorías y criterios establecidos se
diseñará el procedimiento administrativo y contable para el desarrollo
de los deberes formales asignados a la empresa, concerniente a la
obligación de ser agentes de retención del IAEICSIS.
La investigación se presentará estructurada en cuatro partes: la I parte,
refleja el centro de interés haciendo referencia con esto a Ricardo Brandt,
C.A. y la obligación de ser Agente de Retención del Impuesto sobre
Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.
La II parte, Análisis Situacional de la empresa Ricardo Brandt, C.A. a la luz
de la teoría. La III parte, presenta la arquitectura metodológica de la
investigación y La IV parte, procedimiento aplicado para cumplir con los
deberes formales como Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades
Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. Las
conclusiones, recomendaciones y las referencias bibliográficas.
51
IV PARTE: PROCEDIMIENTO APLICADO PARA CUMPLIR CON LOS DEBERES FORMALES COMO AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.
Para la transferencia de información por concepto de declaración de
retenciones del IAEICSIS por parte del contribuyente designado Agente de
Retención del impuesto, fue publicado por parte de ALSOBOCARONI
mediante web un instructivo que establece los pasos para cada proceso de
envío o entrega de información.
Considerando los aspectos más relevantes del instructivo, este indica
que el contribuyente deberá ingresar con un nombre de usuario y contraseña
en el menú de “Agente de Retención”, seguidamente ingresar a la opción de
“probar archivo” para subir el archivo TXT requerido para la declaración,
explicando a su vez cada una de las columnas y campos que deben llenarse.
Este paso se constituye como una validación de prueba.
Una vez conforme con el procesamiento, el responsable del tributo
debe realizar el proceso definitivo a través del menú “declarar retenciones”,
siendo este el proceso que se cargará como definitivo en el portal municipal
cumpliendo así con los deberes formales asignados a partir de Julio de 2010.
Además, el instructivo establece un proceso de carga para los
proveedores que no poseen licencia de actividades económicas.
A continuación se muestra por medio de Flujograma el procedimiento
realizado por Ricardo Brandt, C.A, como Agente de Retención del Impuesto
sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole
Similar, para cumplir con la obligación de retener, declarar y enterar el tributo
de forma mensual:
52
S
NO NO
SI
NO
SI
NO
SI
Imagen 4.1. Flujograma Fuente: Las autoras
INICIO
Consulta de proveedores en el Portal de ALSOBOCARONÍ
Proveedor con
licencia
Registro de proveedor sin Licencia de Actividad Económica en el Portal de ALSOBOCARONÍ
Preparar la retención del
IAEICSS a través del software
administrativo
Proveedor registrado
en el sistema
Incluir proveedor
Emitir comprobante de retención
Emitir Archivo TXT para la declaración
Incluir compra
Cargar Archivo TXT al portal de ALSOBOCARONÍ para la declaración
Probar Archivo Procesar Archivo Corregir errores
Declarar retenciones del IAEICSIS
Imprimir planilla de pago
Enterar en el Banco a la Orden del
Tesoro
Registro contable del pago de las retenciones de IAEICSIS
FIN
Archivo procesado
satisfactoria-mente
53
4.1. Efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de
Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar.
El Art. 10 de la ordenanza 1099-2009 sobre agente de retención del
impuesto establece:
Los agentes de retención deberán efectuar la retención del Impuesto
sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de
Índole Similar, derivado de los pagos efectuados a personas naturales
o jurídicas, por concepto del ejercicio de actividades económicas en la
jurisdicción del Municipio Caroní, en el momento del pago al
contribuyente o del abono en cuenta, y deberán enterar dichas
cantidades por ante las oficinas receptoras de fondos municipales de
la Alcaldía del Municipio Caroní, dentro de los lapsos y en la forma
establecida en la Ordenanza.
El proceso de retención efectuado por el agente responsable del tributo
debe ser realizado según lo estipulado en la ordenanza sobre Agentes de
Retención del IAEICSIS, no sin antes realizar el respectivo proceso de
consulta de contribuyente a través del portal de Alsobocaroní.
4.1.1 Consulta de proveedores en el portal de Alsobocaroní
El proceso de preparación de la retención Impuesto sobre Actividades
Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar inicia
mediante la consulta del proveedor al cual se le hizo la compra del bien o
servicio por parte de Ricardo Brandt, C.A., con el objeto de obtener la
información contenida en su licencia de actividad económica; dicha consulta
se realiza en el portal de Alsobocaroní, siguiendo la ruta mostrada a
continuación:
54
Ricardo Brandt, C.A. ingresa al portal de la Alcaldía Socialista Bolivariana
de Caroní, seguidamente hace click en Serv. al Contribuyente.
Imagen 4.2: Portal Alsobocaroní
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
Posteriormente se muestran las posibles acciones que desee realizar el
contribuyente, en este caso, para acceder a la información del proveedor la
cual es indispensable para la preparación de la retención del IAEICSIS a
través del llenado del comprobante exigido como deber formal del
responsable del tributo, se debe pulsar Click en Consulta Buscar
Contribuyente.
55
Imagen 4.3: Búsqueda de Contribuyente
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
A continuación el sistema solicita por parte del contribuyente responsable
del tributo la introducción de uno de los datos necesarios para la búsqueda
del proveedor objeto de retención.
Imagen 4.4: Datos de Contribuyente
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
56
Introducir alguno de los siguientes datos requeridos:
• Registro de Información Fiscal (RIF),
• Número de Cedula de Identidad (Persona Natural),
• Número de Licencia de Actividad Económica,
• Nombre o Razón Social.
En caso que el contribuyente posea licencia de acuerdo a lo estipulado en
las leyes como requisito fundamental para ejercer una actividad económica,
ésta se mostrará en pantalla, obteniendo de esa manera la información
necesaria para la preparación del comprobante de retención suministrado por
ALSOBOCARONÍ como ¨Modelo de comprobante de Retención¨ y en caso
de Ricardo Brandt, C.A. el emitido por el sistema Mantis que de igual manera
hace el requerimiento de los datos reflejados en la licencia de actividad
económica del proveedor; los datos se muestran al hacer click en el número
de patente o razón social como indica la imagen a continuación:
Imagen 4.5: Patente y razón social del contribuyente debidamente registrado Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
57
Seguidamente se despliega la pestaña a continuación:
Imagen 4.6: Datos del contribuyente objeto de retención
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
En caso que el contribuyente no posea licencia se mostrará en pantalla lo
siguiente:
Imagen 4.7: Contribuyente no registrado (Sin Licencia)
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
58
Como queda descrito en párrafos anteriores, toda persona natural o
jurídica que ejerza alguna actividad de las reguladas por la ordenanza del
impuesto sobre actividades económicas de Industria, Comercio, Servicio o de
Índole Similar deber obtener su licencia ante la Administración Tributaria
Municipal con el objeto de permisar el funcionamiento de la actividad a la
cual se dedica, considerándose de tal manera el acto contrario a la obtención
y presentación de la licencia un ilícito formal, sancionado respectivamente
por el Art. 83 de la misma norma local:
En consonancia con lo descrito anteriormente, se considera que mediante
la consulta del proveedor en el portal por parte del Agente de Retención o
responsable del tributo, en este caso Ricardo Brandt, C.A. verifica la
legalidad del contribuyente objeto de retención, permitiéndose así el
cumplimiento eficaz y oportuno de la obligación formal en pro del municipio.
El hecho de un proveedor no poseer licencia de actividad económica, se
considera una omisión violatoria de acuerdo a lo tipificado en la norma local
que establece el tributo, además no exime al proveedor de ser objeto de
retención.
Alsobocaroní, permite el registro de tales proveedores sin licencia a través
de su portal, en tal sentido cuando Ricardo Brandt, C.A. se encuentra frente
a contribuyentes objeto de retención sin permisología para la ejecución de
actividades económicas, tiene la opción de informar a la Administración
a) Ejercieren por más de un (01) año actividades generadoras del pago del impuesto sin haber obtenido la respectiva Licencia, con multa que oscilará entre el veinticinco 25 y cincuenta 50 por ciento del tributo omitido, así mismo serán sancionados aquellos contribuyentes que ejercieren por menos de un (01) año actividades generadoras del pago del impuesto sin haber obtenido la respectiva Licencia con multa equivalente a Treinta Unidades Tributarias (30UT) en ambos casos previa auditoría fiscal.
59
Tributaria Municipal el ilícito presenciado, permitiendo así el avance en
cuanto a registro de contribuyentes del IAEICSIS ante el Municipio Caroní;
viéndose reflejado el cumplimiento del deber de: Exigir la licencia de
Actividades Económicas al contribuyente, como requisito indispensable para
la celebración del contrato, acto u operación.
4.2 Procedimiento para registro de proveedor sin licencia de actividad
económica.
El Art. 23 de la Ordenanza 1099-2009 sobre Agentes de Retención del
IAEICSIS describe: Los agentes de retención están obligados a exigir la
Licencia de Actividades Económicas en la oportunidad de celebrar el contrato
o de realizar los actos y operaciones, en virtud del cual se ejerzan las
actividades sujetas a gravamen, como requisito indispensable para su
celebración.
En caso de, el proveedor no poseer Licencia de Actividad Económica,
Ricardo Brandt, C.A. a través de su cuenta en el portal, debe notificar ante
Alsobocaroní la falta del contribuyente por medio del menú “Retenciones” en
el Sub- Menú Empresa sin Licencia.
60
Imagen 4.8: Notificación de contribuyente no registrado (Sin Licencia)
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
Ingresar los Datos que se requieren en el Módulo a continuación, del
proveedor a registrar contenidos en la factura emitida por el contribuyente al
momento de la compra del bien o servicio considerado hecho imponible de
acuerdo a la norma que rige el tributo:
Imagen 4.9: Datos de contribuyente no registrado (Sin Licencia)
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
61
4.3 Inclusión de “Proveedor” y “Compra” en el sistema para la determinación y emisión del comprobante de retención
Expresado en secciones anteriores, los agentes de retención están
obligados a entregar a los proveedores un comprobante de cada retención
de impuesto que se les practiquen. El comprobante debe emitirse y
entregarse al proveedor en el período de imposición en que se practica la
retención; el programa Mantis Technologies brinda a las compañías la
facilidad de administrar de forma automatizada las retenciones del Impuesto
sobre Actividades Económicas, para ello es necesario incluir en el sistema
tanto al proveedor como la compra realizada por el agente de retención a
través del módulo de archivo y operaciones respectivamente, ofrecido por el
sistema, de la siguiente manera:
4.3.1 Incluir Proveedor
Ingresar al módulo de Archivo; en este módulo se registran Los Clientes,
Proveedores, Centros de Costos, Bancos, Cuentas Contables, Períodos
Fiscales y Categorías de Compras y Ventas que manejará el Sistema según
el requerimiento del usuario.
Esta opción permite registrar un determinado proveedor. Consta de dos
pestañas (Lista, Detalle). Al hacer clic sobre el botón incluir se muestra de
forma automática la pestaña de detalle:
62
Imagen 4.10: Incluir Proveedor Fuente: Mantis IVA Manual de Usuario
En esta pestaña del formulario se debe incluir los datos básicos del
proveedor tales como:
• Código: el cual se utilizará para identificarlo en el sistema (este código
puede contener números y letras)
• Nombre o Razón Social
• RIF: Es un campo obligatorio el cual, debe cumplir con los siguientes
requerimientos a la hora de ingresarlo, ya que de lo contrario el
sistema no guardará la información ingresada
Imagen 4.11: Registro de RIF
Fuente: Mantis IVA Manual de Usuario
• NIT, Dirección Fiscal, Teléfonos, Fax, e-mail,
Debe indicar si el proveedor es Nacional o Extranjero, el Tipo de Persona
Correspondiente al proveedor (Jurídica, No Jurídica, Residente, No
Residente), seleccionar el tipo de Retención, % de Retención IVA.
63
4.3.2 Incluir Compra
Imagen 4.12: Incluir compra
Fuente: Mantis IVA Manual de Usuario
Posterior a la inclusión o registro de proveedor a través del sistema, se
registra la compra realizada por Ricardo Brandt, C.A. ante el mismo
proveedor mediante el módulo de operaciones, éste último es el centro del
sistema que le permitirá al usuario el registro de todas las Compras y Ventas
de la Empresa lo cual le facilitará el Control de las Cuentas por Cobrar y por
Pagar, así como la Generación de reportes, en este caso el comprobante de
retención del IAEICSIS.
En la Pestaña de Detalle se deben tomar en cuenta los siguientes campos
a la hora de incluir un Nuevo Documento de Compra:
• Proveedor: Agregar el nombre del proveedor. O selecciónelo haciendo
clic sobre el botón del título de proveedor para ver la lista de
proveedores registrados.
• Documento: Debe Seleccionar el tipo de documento FAC (Factura),
N/C (Nota de Crédito) o N/D (Nota de Débito).
• Número: Incluir el número de documento.
• Nro. De Control: Especificar el número de control del documento.
• Período Fiscal: Período Fiscal del Documento.
64
• Fecha del Documento: Es la que se encuentra descrita en el
documento que se está registrando.
• Fecha de Aplicación:
• Tipo: Seleccionar el tipo de pago (CONTADO-CREDITO)
• Contra Factura Nro.:
• Centro de Costo: Ingrese el Centro de Costo al cual se le cargará la
Compra.
• Categoría: Ingrese la categoría correspondiente a la Compra que se
está registrando.
• Los campos IVA Percibido por Aduana, Planilla de Importación y
Expediente de Importación, se registran cuando es una compra hecha
en el exterior, los cuales generan estos documentos al momento de
ingresar a la Aduana
Observaciones:
• La opción, aplica cuando el IVA retenido es de períodos anteriores
pero se aplica al período actual. Luego de Ingresar todos los datos en
el encabezado del documento, se deben registrar los montos del
documento.
• Agregar el subtotal, automáticamente se cargará este valor como la
Base imponible, en caso de que exista un monto exento dentro del
documento se debe colocar en el campo Base Imponible el valor
correspondiente al Subtotal – Monto Exento de Impuesto y especificar
el Tipo de alícuota de IVA a aplicar (por defecto está la alícuota
General) el sistema calculará el resto de los valores. Se debe colocar
el porcentaje de Impuesto retenido en caso que sea un agente de
retención.
65
4.4 Determinación de la retención y emisión de comprobante por la retención efectuada al contribuyente.
El Art. 18 de la ordenanza 1099-2009 tipifica, los agentes de retención
están obligados a entregar al contribuyente un comprobante por cada
retención efectuada, a los fines que éste las deduzca en la oportunidad en
que deba presentar la correspondiente declaración de ingresos brutos o la
autoliquidación del impuesto, previstas en la Ordenanza de Impuesto Sobre
las Actividades de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar, o en la
oportunidad en que deba presentar la declaración de ingresos brutos en
otras jurisdicciones.
De acuerdo al cumplimiento del artículo anterior, Ricardo Brandt, C.A. a
través del programa Mantis Tecnhologie y seguimiento de la ruta mostrada a
continuación realiza el cumplimiento del deber de informar al contribuyente
objeto de retención al momento de generarse el hecho imponible del tributo
sobre la cantidad retenida:
Ir a la opción que se encuentra en el menú Operaciones, submenú
retenciones de impuestos de actividades económicas.
Imagen 4.13: Selección del submenú retenciones de las actividades económicas
66
Al hacer clic sobre el botón , automáticamente se muestra la
pestaña Detalle.
Imagen 4.14: Formulario de Retención del Impuesto de Actividades Económicas
Seleccione el proveedor, seleccione el período fiscal, automáticamente
se carga el número de comprobante y la fecha de pago, dichos datos
pueden ser modificables.
Imagen 4.15: Formulario de Detalle
67
Ahora bien, ya seleccionados los campos requeridos, el monto del
impuesto a retener será determinado aplicando a los ingresos brutos
pagados o proporcionalmente de lo abonado en cuenta, la alícuota
correspondiente de acuerdo al hecho imponible realizado y que por
consiguiente, origina el pago de la cantidad objeto de retención.
Entonces, se selecciona el tipo de Retención (Pulse el botón
para que le aparezca una ventana de selección de actividad económica). De
acuerdo al ANEXO 1 mostrado en la presente investigación se refleja el
clasificador de actividades y la alícuota a aplicar a la actividad comercial,
industrial o de índole similar que se realizó y que dio origen al pago de las
cantidades de las cuales se retendrá el impuesto.
Imagen 4.16: Selección de la actividad económica
Seguidamente, se pulsa el botón que aparece al lado de la Fecha de
Pago . Le aparecerá una ventana con la lista de facturas que
tiene con el proveedor, para que seleccione el documento sujeto a retención
y después pulse el botón .
68
Imagen 4.17: Selección del documento sujeto a Retención
De esa manera se cargará automáticamente el detalle de la operación y
también, el cuadro inferior de la pestaña de Detalle con toda la información
correspondiente a la retención del impuesto del documento seleccionado. El
encargado de realizar la retención por parte de Ricardo Brandt, C.A. debe
verificar que los datos sean correctos y pulsar el botón .
Imagen 4.18: Cargo automático y verificación de la información
69
Para observar el respectivo Comprobante en pantalla, se pulsa el
botón , (este se activa después de guardar los datos)
Imagen 4.19: Selección del botón de imprimir
Seguidamente aparece una ventana de impresión, se selecciona el
botón y se pulsa el botón para que aparezca una
ventana con el Comprobante de Actividades Económicas.
Imagen 4.20: Ventana de impresión
Verifique que todos los datos son correctos y pulse el botón para
imprimir el Comprobante.
Imagen 4.21: Verificación de datos del Comprobante de Retención
70
Imagen 4.22: Comprobante de Retención del Impuesto de Actividades Económicas ARTÍCULO 26 de la Ordenanza 1099-2009 sobre Agentes de Retención del IAEICSIS: Los agentes de retención que omitan la entrega al
contribuyente del comprobante de retención efectuada y/o la relación de los impuestos retenidos, previstas en los artículos 18 y 19 de esta Ordenanza,
serán sancionados con multa equivalente a treinta unidades tributarias (30 U.T.)
71
4.5 Declarar los impuestos retenidos ante el Fisco municipal.
De forma mensual entre los primeros 10 días hábiles de cada mes, de
acuerdo a lo estipulado en la ordenanza 1099-2009, Ricardo Brandt, C.A.,
tiene la obligación de realizar la declaración de los tributos retenidos; para
ello el programa Mantis ofrece la opción de emitir a través de su sistema el
archivo TXT exigido por ALSOBOCARONÍ para la declaración del IAEICSIS;
los pasos para su emisión se muestran a continuación:
A través del menú operaciones, Ricardo Brandt, C.A. ingresa a la opción
¨Crear Archivo TXT para las retenciones del Impuesto Sobre Actividades
Económicas¨:
Imagen 4.23: Crear Archivo TXT Seguidamente se ingresan los datos del período para el cual se desea
crear el archivo TXT:
72
Imagen 4.24: Período fiscal para crear archivo TXT
Seguido de la selección del período fiscal se le solicita al usuario del
sistema la aceptación para la creación del archivo TXT:
Imagen 4.25: Confirmar la acción de generar archivo TXT
73
Una vez confirmada y la creación del archivo TXT por parte de Ricardo
Brandt, C.A. el sistema muestra en pantalla en monto retenido,
correspondiente al IAEICSIS para ser declarado de acuerdo a lo normado en
la Ordenanza del impuesto.
Imagen 4.26: Aviso del sistema: monto retenido/ubicación del archivo creado
El sistema contable emite para uso del agente de retención (Ricardo
Brandt, C.A.) un reporte de retenciones que permite su verificación antes de
la declaración:
Imagen 4.27: Reporte de retenciones a declarar en el mes
74
Finalmente se muestra el archivo TXT emitido por el programa Mantis,
obteniéndose el instrumento necesario para la declaración además del
cumplimiento del deber formal por parte de Ricardo Brandt, C.A.
Imagen 4.28: Archivo TXT para declaración de IAEICSIS
4.5.1 Proceso de Carga para la Declaración por retenciones de IAEICSIS
Para validar la información del archivo generado en formato TXT, Ricardo
Brandt, C.A. deberá ingresar al Portal Fiscal del ALSOBOCARONI
(http://www.alsobocaroni.gob.ve), ingresar a la opción “SERVICIOS AL
CONTRIBUYENTE (Ver Imagen 3.1: Portal Alsobocaroní)
Seguidamente ingresar a la opción Retención de Impuestos como se
muestra a continuación:
75
Imagen 4.29: Inicio al proceso de Declaración de retención de IAEICSIS
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
Para la transmisión de información del archivo TXT generado para el
Proceso de Declaración de Retenciones del IAEICSIS al portal de la alcaldía,
está a la disposición de los Contribuyentes en el Portal de ALSOBOCARONI
una Opción en el Menú Retención de Impuesto que les permitirá transmitir la
Declaración vía Internet, para ello debe poseer usuario y clave ante la
Administración tributaria municipal. Introducir Usuario y Clave del agente de
retención:
Imagen 4.30: Inicio de sesión para la declaración retención de IAEICSIS
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
76
Imagen 4.31: Sesión iniciada para la declaración retención de IAEICSIS
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
Posterior al inicio de sesión, antes de proceder a la carga del archivo,
se debe seguir el procedimiento de modo de prueba, con el objeto de
asegurarse de contar con el archivo listo para su declaración.
4.5.1.1 Modo de Prueba
• Opción del Modo de prueba: en la opción probar archivo se podrá
realizar la validación del archivo creado bajo las especificaciones del
instructivo técnico. Sólo para su validación.
77
Imagen 4.32: Acceso a modo de prueba, archivo para declaración Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
Seguidamente realizar la Declaración, a través de la opción Archivo a
Procesar.
4.5.1.2 Archivo a procesar
• Archivo a procesar: a través del menú retenciones opción declarar
retenciones, se muestra la siguiente ventana donde podrá elegir el
archivo TXT que desee descargar desde la unidad donde este
almacenado, hacer click en la opción ABRIR, se mostrará la dirección
del archivo seleccionado, seguidamente click en la opción
PROCESAR ARCHIVO:
78
Imagen 4.33: Selección de archivo a procesar, archivo para declaración Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
IMPORTANTE: Si el archivo es procesado correctamente mostrará el
siguiente mensaje:
Imagen 4.34: Archivo procesado satisfactoriamente Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
79
4.5.1.3 Error en Archivo Procesado Durante la acción de procesar el archivo TXT el sistema tras mostrar el
mensaje de error, puede anunciar los siguientes mensajes:
1. No debe haber espacios en blanco, todos los campos deben estar
completos.
2. La patente del agente de retención no debe ser nula ni ser cero (0):
2.1. Verifique el nro. de patente del agente de retención",
2.2. La patente del agente de retención debe ser la misma para
todos los registros del Archivo".
3. El Rif del agente de retención no debe ser nulo:
3.1. El Rif del agente de retención no debe ser cero (0)",
3.2. Formato errado en la columna Rif del agente de retención.
4. El Rif del agente debe ser la misma para todos los registros del
archivo".
5. El Año del Período Impositivo no debe ser nulo
5.1. El Año del Período Impositivo no debe ser cero (0)",
5.2. El Año del Período Impositivo debe ser el mismo del año en
curso".
6. El mes del Período Impositivo no debe ser nulo",
6.1. El mes del Período Impositivo no debe ser cero (0)",
6.2. El mes del Período Impositivo no debe ser mayor al actual ",
6.3. "Ya Existen registro para este mes”
7. “El Rif del Sujeto Retenido no debe ser nulo".
7.1. El Rif del Sujeto Retenido no debe ser cero (0)",
7.2. "Formato errado en la columna Rif del Sujeto Retenido"
8. El Tipo de Operación no debe ser nulo",
8.1. "El Tipo de Operación no debe ser cero (0)",
8.2. "Formato errado en la columna Tipo de Operación"
9. "La fecha de operación no debe ser nulo",
9.1. "La fecha de operación no debe ser cero (0)",
80
9.2. "Formato errado en la columna fecha de operación",
9.3. "Fecha Invalida",
9.4. "Fecha de operación debe ser menor a la actual"
10. "El Numero de Factura de la Operación no debe ser nulo",
10.1 "El Numero de Factura de la Operación no debe ser cero (0)",
10.2 "Factura existe en nuestra base de datos"
11. "El Numero de Control de la Operación no debe ser nulo",
11.1 "El Numero de Control de la Operación no debe ser cero (0)",
11.2 "Numero de Control repetido en nuestra Base de Datos para
este Sujeto",
11.3 "Formato Errado en Numero de Control de la Operación",
11.4 "El Numero de Control de la Operación Debe ser distinto NA"
12. "El Tipo de Documento no debe ser nulo"
12.1 "El Tipo de Documento no debe ser cero (0)",
12.2 "Formato errado en la columna Tipo de Documento”),
13. "La Patente del Sujeto Retenido no debe ser nulo",
13.1. "La Patente del Sujeto Retenido no debe ser cero (0)",
13.2. "La patente del Sujeto Retenido no es Válida, Consulte su
Existencia"
14. "El Numero de Factura Afectada de la Operación no debe ser nulo"
14.1. "El Numero de Factura Afectada de la Operación no debe ser
cero (0)".
14.2. "Factura Afectada existe en nuestra base de datos",
14.3. "Factura Afectada debe ser NA",
14.4. "Factura Afectada NO debe ser NA cuando es NC o ND"
15. "El Numero de Control de la Factura Afectada no debe ser nulo",
15.1. "El Numero de Control de la Factura Afectada no debe ser cero
(0)",
15.2. "Numero de Control de la Factura Afectada repetido en nuestra
Base de Datos",
81
15.3. "Formato Errado en Numero de Control de la Factura Afectada
XX-XXXXXXX",
15.4. "El Numero de Control de la Afectada Debe ser NA cuando es
FT",
15.5. "El Numero de Control de la Afectada NO debe ser NA cuando
es NC o ND"
En caso de presentarse algún error de los antes mencionados, se
mostrará a través del siguiente mensaje:
Imagen 4.35: Error en archivo procesado
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
• Una vez corregidos los errores mostrados en pantalla, realizar
nuevamente el procesamiento del archivo de declaración hasta que
resulte satisfactorio,
• Cuando ya esté conforme con el procedimiento recuerde realizar el
proceso definitivo, a través del Menú RETENCIONES opción
declaración de retenciones (Imagen 4.32),
• Una vez culminado el proceso de Declaración el PORTAL mostrará la
planilla de liquidación (planilla de pago).
82
Imagen 4.36: Planilla de pago
Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve
4.6 Pago del impuesto ante el Fisco municipal
Ahora bien, de acuerdo a lo tipificado en el Art. 4 de la Ordenanza
1099-2009 sobre Agentes de Retención del IAEICSIS: Los agentes de
retención son responsables directos del pago del impuesto que les
corresponda retener en los actos u operaciones en las cuales intervengan.
Una vez obtenida la planilla de pago a través del portal de Alsobocaroní
posterior a la declaración correspondiente, el responsable del cumplimiento
de la obligación tributaria por parte de Ricardo Brandt, C.A. debe dirigirse a
las oficinas receptoras de fondos, haciendo mención a ella: oficinas de Banco
Guayana, C.A. y así manera se da por extinguida la obligación tributaria
derivada del impuesto sobre actividades económicas ante el Municipio
Caroní en el período determinado.
La obligación tributaria ante la empresa se ve extinguida en el período
en curso una vez que se hace el registro en la contabilidad de Ricardo
83
Brandt, C.A. correspondiente al monto de las retenciones declaradas,
haciendo el respectivo cierre de la cuenta ¨Impuesto sobre Actividades
Económicas Retenido por Enterar¨ contra Banco.
84
CONCLUSIONES
La designación de la figura de agente de retención del impuesto sobre
actividades económicas, es tan novedoso como importante para el municipio
creador de la obligación dentro de sus políticas fiscales, para el caso del
Municipio Caroní del Estado Bolívar; tal designación pretende disminuir la
evasión fiscal por parte de los contribuyentes, con la finalidad de sostener
los gastos públicos y compromisos sociales de la comunidad. Siendo así, los
agentes de retención son ejecutores de los planes estadales, debido a las
obligaciones asignadas y exigidas por el Estado y creadas por la
Administración Tributaria Nacional o Municipal con el propósito de recaudar
tributos, cuya evasión fiscal genera sanciones y multas tipificadas en la ley.
De acuerdo al Art 3. de la Ordenanza que crea la figura de Agente de
Retención del IAEICSIS en el Estado Bolívar Municipio Caroní, Ricardo
Brandt, C.A. empresa ubicada en dicha jurisdicción, queda designada a partir
del 1 de Julio de 2010 como responsable del tributo ante la Administración
Tributaria Municipal, siendo asignadas de tal manera nuevas obligaciones
formales: Retener, Declarar y Enterar el tributo dentro de las condiciones y
formas establecidas en la norma local, además de otorgar la información al
contribuyente, mediante un comprobante la retención que le fue efectuada
por concepto del IAEICSIS. En tal sentido:
Al ser designados por la Administración Tributaria del Municipio Caroní
como agentes de retención del IAEICSIS, el personal de la empresa
desconoce los procedimientos a realizar en relación a las retenciones del
impuesto, como consecuencia de las nuevas responsabilidades y deberes
formales asignados.
A causa de las obligaciones tributarias asignadas a Ricardo Brandt, C.A.,
la empresa se ve en la necesidad de adaptarse a una serie de cambios
administrativos y contables, con la finalidad de cumplir de forma eficaz,
85
eficiente y oportuna los deberes formales estipulados en la ordenanza 1099-
2009.
Ricardo Brandt, C.A. a partir del proceso de adaptación en los cambios de
carácter tributario, solicita asesoría contable y tributaria con la finalidad de
capacitar al capital humano en los procedimientos realizados por la empresa
como agentes de retención del IAEICSIS.
Posterior a la designación como agentes de retención del IAEICSIS la
empresa desembolsó dinero por concepto de gastos operacionales, lo cual
influyó en el flujo de caja.
La empresa adquiere actualización de software administrativo por
concepto de inclusión del módulo de retenciones del Impuesto sobre
Actividades Económicas ofrecido por Mantis Tecnhologie.
Ricardo Brandt, C.A introduce cuentas contables necesarias para el
registro adecuado del hecho de retención del IAEICSIS y su posterior
declaración.
De acuerdo a las nuevas funciones asignadas al personal administrativo,
Ricardo Brandt, C.A. requirió el incremento de las horas hombre para el
cumplimiento de las actividades que conlleva la designación como agente de
retención.
El incumplimiento total o parcial de las disposiciones descritas en la
ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre Actividades
Económicas acarrea para la empresa designada como tal sanciones por
concepto de ilícitos formales descritos en el Capítulo V de la misma ley.
86
RECOMENDACIONES
A continuación, se presentan recomendaciones a Ricardo Brandt, C.A.
con la finalidad de tomar acciones que permitan mejorar el desenvolvimiento
durante el cumplimiento de la obligación tributaria asignada posterior a la
designación como agente de retención del IAEICSIS y evitar de esta manera
que la empresa sea sancionada por incumplimiento total o parcial de los
deberes formales como responsable del impuesto municipal. Entre las
recomendaciones se encuentran:
La empresa Ricardo Brandt C.A. deberá contratar los servicios de un
asesor conocedor del aspecto tributario municipal, una vez que se presente
la necesidad de acuerdo a las modificaciones de las leyes promulgadas en el
Municipio Caroní concernientes al IAEICSIS, con la finalidad de contar con
un personal capacitado para llevar a cabo los procedimientos que debe
realizar la empresa como contribuyente especial del tributo.
La empresa está en el deber de mantenerse informada en cuanto a la
promulgación de modificaciones o nuevas normativas tributarias emitidas por
la Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní, en referencia a los agentes de
retención del IAEICSIS.
Ricardo Brandt, C.A. debe implantar políticas tributarias que permitan
prever los recursos financieros destinados al pago de las retenciones
efectuadas.
Los usuarios del sistema Mantis IVA por parte de Ricardo Brandt, C.A.
serán solo aquellos autorizados para su ejecución, y por lo tanto, estas
personas deben estar calificadas para el manejo del programa, pues algún
registro contable erróneo derivado del cumplimiento de los nuevos deberes
formales o un mal manejo del mismo, puede traer como consecuencia el
incumplimiento de las responsabilidades y obligaciones de la empresa, lo
87
que puede generar a la entidad posibles sanciones o multas por parte de la
Administración Tributaria Municipal.
Elaborar un plan de adiestramiento dirigido al personal de la empresa con
la finalidad de mantenerlos actualizados acerca de los constantes cambios
presentados por la Administración Tributaria Municipal, además de un
manual de procedimientos que indique el proceso que conlleva la
preparación de la retención, declaración y pago del impuesto.
Solicitar asesoría constante a la empresa Mantis Technologies, con el
propósito de cumplir con todos los requerimientos exigidos por
ALSOBOCARONÍ a los agentes de retención del IAEICSIS, a través del uso
del software contable proporcionado por dicha empresa.
88
REFERENCIAS
Arias, F. (2006). El Proyecto de Investigación (5ta. Edición). Venezuela: Editorial Episteme, C.A.
Código Orgánico Tributario (Decreto No. 37.305) (2001, Octubre 17). Gaceta Oficial de la República de Venezuela.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Decreto No. 36.870) (1999, Diciembre 30). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Decreto No. 6.015) (2010,
Diciembre 28). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Gómez, M. (2000). Análisis de contenido cualitativo y cuantitativo: definición, clasificación y metodología [Documento en línea]. Disponible: http://www.utp.edu.co/~chumanas/revistas/revistas/rev20/gomez.htm. [Consulta: 2012, Junio 18].
Martin, A. (1999). “Diccionario de Contabilidad y Finanzas”. Madrid: Editorial Cultural.
Martínez, E. (2001). Análisis de los Datos. [Documento en línea]. Disponible:http://medusa.unimet.edu.ve/didactica/fpdd49/Lecturas/Archivo%20Word/ANALISIS%20DE%20LOS%20DATOS.doc [Consulta: 2011, Noviembre 27]
Martínez M, Miguel. (2010). La investigación cualitativa etnográfica en
educación. Manual teórico práctico. México. Editorial Trillas. Martínez M, Miguel. (2011). Ciencia y arte en la metodología cualitativa.
México. Editorial Trillas.
Ordenanza de Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. (Decreto N° 1098-2009) (2009, Diciembre 18). Gaceta Municipal de Caroní (Edición extraordinaria).
89
Ordenanza de Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. (Decreto N° 1022-2011) (2011, Diciembre, 19). Gaceta Municipal de Caroní (Edición extraordinaria).
Ordenanza sobre Agente de Retención del Impuesto de Actividades Económicas De Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. (Decreto N° 1099-2009). (2010, Junio 25). Gaceta Municipal de Caroní (Edición extraordinaria).
Sabino, C. (2009). ¿Cómo hacer una tesis? Y elaborar todo tipo de escrito.
Venezuela: Editorial Melvin, C.
90
ANEXOS
Anexo N° 1. Clasificador de Actividades Económicas
91
Anexo N° 2. Acciones sujetas o no a retención de IAEICSIS
Fuente: Elaboración propia
ACCIÓN RETENER Honorarios profesionales prestados por PN o PJ. NO Servicios públicos: Agua, Electricidad, CANTV. NO Empresas públicas. NO Fletes – Servicios de transporte empresa sin
establecimiento permanente en el Municipio Caroní. NO
El servicio de telefonía fija se considerará prestado en jurisdicción del Municipio en el cual esté ubicado el aparato desde donde parte la llamada.
SI
El servicio de telefonía móvil, PJ Privada. SI Los servicios de televisión por cable, de Internet y
otros Similares. SI
Servicios de Cesta Ticket / sin domicilio en el Municipio. NO
Compra de bienes a empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní. NO
Alquileres de local PJ a PJ para uso comercial. SI Servicios de empresas sin establecimiento
permanente en el Municipio Caroní con plazo menor a 90 días en el Municipio Caroní.
NO
Servicios de empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní con plazo mayor a 90 días en el Municipio Caroní.
SI
Empresas con establecimiento permanentes en el Municipio Caroní SIN LAE, facturas menores a 20 UT.
SI
Empresas con establecimiento permanentes en el
Municipio Caroní con LAE, facturas menores a 20
UT.
NO
92
93
94
95
96
97
98
99
100
Fuente: http://www.alsobocaroni.gob.ve/upload/Clasificador.pdf
101
Anexo N° 2. Asiento para registrar retención del IAEICSIS realizada a un
proveedor por Ricardo Brandt, C.A.
Descripción Nº Doc. Debe Haber
Compra 0005 XXXX
IVA Crédito Fiscal 0005 XXXX
Otras Retenciones, IVA o ISLR por pagar XXXX
Retención de Actividades Econ. por pagar C-032 XXXX
Banco o Cuentas por Pagar XXXX
Fuente: Las autoras
Anexo N° 3. Asiento para registrar pago de las retenciones hechas por
Ricardo Brandt, C.A.
Descripción Nº Doc. Debe Haber
Retención de Actividades Econ. por pagar (Monto Total de las retención hechas en el mes X)
XXXX
Banco o Caja XXXX
Fuente: Las autoras
102
Anexo N° 4. Acciones sujetas o no a retención de IAEICSIS
Fuente: Las autoras
ACCIÓN RETENER Honorarios profesionales prestados por PN o PJ. NO Servicios públicos: Agua, Electricidad, CANTV. NO Empresas públicas. NO Fletes – Servicios de transporte empresa sin
establecimiento permanente en el Municipio Caroní. NO
El servicio de telefonía fija se considerará prestado en jurisdicción del Municipio en el cual esté ubicado el aparato desde donde parte la llamada.
SI
El servicio de telefonía móvil, PJ Privada. SI Los servicios de televisión por cable, de Internet y
otros Similares. SI
Servicios de Cesta Ticket / sin domicilio en el Municipio. NO
Compra de bienes a empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní. NO
Alquileres de local PJ a PJ para uso comercial. SI Servicios de empresas sin establecimiento
permanente en el Municipio Caroní con plazo menor a 90 días en el Municipio Caroní.
NO
Servicios de empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní con plazo mayor a 90 días en el Municipio Caroní.
SI
Empresas con establecimiento permanentes en el Municipio Caroní SIN LAE, facturas menores a 20 UT.
SI
Empresas con establecimiento permanentes en el
Municipio Caroní con LAE, facturas menores a 20
UT.
NO
CURRICULUM VITAE
DATOS PERSONALES
Numero de Cedula 17.338.459 Edad 27
Primer Apellido Mata Segundo Apellido Mayorga
Primer Nombre Rosi Segundo Nombre Lenny
Sexo Femenino Estado Civil Soltera
Pais de Nacimiento Venezuela Estado de Nacimiento Monagas
Nacionalidad Venezolana Fecha de Nacimiento 02‐11‐85 Correo Electronico ro‐si‐ma‐[email protected]
DIRECCION DE RESIDENCIA HABITUAL
Calle/Avenida Principal Edificio/Casa Bloque 1 Piso 1 Apartamento 1‐2
Urbanización Rio Aro País Venezuela Estado Bolívar
Municipio Caroní Parroquia Unare
Teléfono Hab. 0286‐
9512858 Celular 0424‐9610238 / 0416‐9862063
REFERENCIAS PERSONALES
Nombre y Apellido Teléfono Correo Oscar Solano 0424‐9532449 [email protected]
Dioximar Borges 0426‐2967255 [email protected] Mitxelena Hernández 0414‐3867813 [email protected]
EDUCACION MEDIA Y DIVERSIFICADA
Institución Educativa L.N. LOS OLIVOS
Código Institución S1759D07001
Titulo Obtenido Bachiller en Ciencias N° Titulo 070002998207
Fecha Titulo 30/07/2002 País Venezuela Estado Bolívar
Municipio Caroní Parroquia Unare
FORMACION EXTRA ACADEMICA
Institución Duración Modalidad Nombre del Curso Inst. De desarrollo Profesional “Lcdo. Luis Lizardi Mc
Callums” 16 Horas Presencial “Jornada de Actualización Prof.
Trib. Y Financiera”
FUNDICES 8 Horas Presencial
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas Y Medianas
Entidades (PYMES) Inst. De desarrollo Profesional “Lcdo. Luis Lizardi Mc
Callums”
4 Horas Presencial “Foro Tributario Nueva Ordenanza Municipal”
COMPETENCIAS PERSONALES Y PROFESIONALES
Liderazgo, Facilidad de comunicación oral y escrita, proactiva, adaptación a los cambios, trabajo en equipo, responsabilidad, optimismo, capacidad para trabajar bajo presión y con efectividad, Estoy
dispuesta siempre a aprender y a cumplir mis objetivos en la parte personal y laboral. Manejo de herramientas office (Excel, Word, Power Point...), Manejo del Sistema Saint Contable, y
del Sistema IVA GALAC.
EXPERIENCIA LABORAL
Lugar Cargo Duración Actividad Desempeñada
Firma Contable “Miguel Zorrilla &
Asociados”
Asistente Administrativo
Marzo 2011‐Hasta la Actualidad)
Preparación de Libros de Compra y Ventas, Declaración del IVA, Declaración de Impuestos Municipales, Registro de
Información Financiera, entre otros.
EDUCACION SUPERIOR
Institución Educativa Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG)
Titulo Obtenido Actualmente Cursando Trabajo de Grado Profesional, Para optar al título de Lcdo. En Contaduría Pública
Fecha Titulo País Venezuela
Estado Bolívar
YOSDALIS CAROLINA GÓMEZ NÓBREGA
C.I: 20.503.095 Urb. Gran Sabana, mzn. 29 casa #10, Puerto Ordaz - Estado Bolívar.
Telf. 0286-9514765, 0414-8156926 e-mail: [email protected]
CURSOS Y ACTIVIDADES REALIZADAS
REFERENCIAS PERSONALES
DOCUMENTO ADICIONAL: A solicitud
DATOS PERSONALES
Fecha de Nacimiento: 03 de Octubre de 1990 Edad: 22 Años
Lugar de Nacimiento: Edo. Bolívar- Venezuela Sexo: Femenino
Nacionalidad: Venezolano Estado Civil: Soltera
PERFIL PERSONAL
Persona confiable, responsable, con facilidad de aprendizaje, honrada, con sólidos principios, colaboradora e integrada para acometer trabajos. Con alto deseo de superación y mejoramiento profesional.
FORMACIÓN ACADÉMICA
NIVEL INSTITUCIÓN ESTUDIO REALIZADO LUGAR AÑO
UNIVERSITARIO U.N.E.G Cursando Trabajo de Grado-Licenciatura en Contaduría Pública GUAYANA 2012
SECUNDARIA U.E.C. Santísima Trinidad Bachiller
GUAYANA
2007
PRIMARIA U.E.C. Santísima Trinidad Primaria
GUAYANA
2002
FECHA LUGAR ESTUDIO REALIZADO
26/09/2012 INST. DE DESARROLLO PROFESIONAL LCDO. LUIS LIZARDI MC CALLUMS FORO TRIBUTARIO NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL
07/05/2011 INST. DE DESARROLLO PROFESIONAL LCDO. LUIS LIZARDI MC CALLUMS JORNADA DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL TRIBUTARIA Y FINANCIERA
26/06/2010 ANCEIV I CONGRESO EN GESTIÓN RESPONSABILIDAD Y ECONOMÍA SOCIAL
26/06/2010 ANCEIV V CONGRESO EN GERENCIA FINANCIERA Y DINÁMICA EMPRESARIAL
16/05/2009 COMPUTRONIC TECNICO ASISTENTE CONTABLE ADMINISTRATIVO Y NÓMINA EN SAINT EMPRESARIAL 2009
NOMBRE CARGO TELEFONO
Milagros Nóbrega Lic. Contaduría Pública 0424-8924802
Ramón Subero Ing. Electricista 0416-3863129
Everlitz Sanchez Tec. Sup. Metalurgia 0416- 6874557