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BOR UkCA PARTE, RANGEL Y POR LA OTRA, EL CONSEJO NACIONAL DE VlVlENDA ECONOMICA SOCIAL Y SUSTENTABLE AC., EN LO SUCESNO ("CONVNES"), REPRESENTADO EN ESTE ACT0 POR SU PRESIDENTE, LIC. CARLOS DE LA GARZA HERRERA, A - QUIENES SE LES DENOMIN- COMO "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y C~USULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES I. DECLARA "CONAVI" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE: A. Es un organism0 descentralizado, de utilidad publica e interes social, con personalidad juridica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo "SEDATU", conforme a 10s articulos 48 de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal, en adelante "LOAPF" y el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 30 de noviembre de 2018; 18 de la Ley de Vivienda; 1 del Estatuto Organico de la Comision Nacional de Vivienda en lo sucesivo el "ESTATUTO". B. La representante legal de la "CONAVI", Doctora Edna Elena Vega Rangel, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio, en virtud del nombramiento como Directors General de la "CONAVI", que emitiera en su favor el Lic. Andres Manuel Lopez Obrador, Presidente de la Republica, con fecha 01 de diciembre de 2018, y en terminos de lo establecido en el articulo 10 del Estatuto Organico de la citada Comision, publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 10 de febrero de 2014. C. Cuenta con facultades para promovery wordinar con 10s sectores publico y privado, - - - - -- - - programas y acciones relacionadas &n la vivienda, asi como desarrollar, e~ecutar y promover esquemas, mecanismos y programas de financiamiento, subsidio y ahorro previo para la vivienda. D. Realizara la ejecucion de las acciones objeto del presente Convenio, de conformidad con declaraciones y clausulas que se establecen en el mismo. E. Para efectos de este convenio sefiala como domicilio el ubicado en la. Av. Paseo de la Reforma numero 26, primer piso, Colonia Juarez, C.P. 06600, Alcaldia Cuauhtemoc, Ciudad de Mexico. II. DECLARA "CONWES", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE: A. Que es una Asociacion Civil sin fines de lucro con personalidad juridica y patrimonio propio, legalmente constituida mediante Escritura Publica numero 112,799 de fecha 116 Esta hoja forma parte del Convenio de Colaboraci6n que celebrado por "CONAVI" por "CONVIMS".

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BOR UkCA PARTE,

RANGEL Y POR LA OTRA, EL CONSEJO NACIONAL DE VlVlENDA ECONOMICA SOCIAL Y SUSTENTABLE AC., EN LO SUCESNO ("CONVNES"), REPRESENTADO EN ESTE ACT0 POR SU PRESIDENTE, LIC. CARLOS DE LA GARZA HERRERA, A

- QUIENES SE LES DENOMIN- COMO "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y C ~ U S U L A S SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. DECLARA "CONAVI" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

A. Es un organism0 descentralizado, de utilidad publica e interes social, con personalidad juridica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo "SEDATU", conforme a 10s articulos 48 de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal, en adelante "LOAPF" y el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 30 de noviembre de 2018; 18 de la Ley de Vivienda; 1 del Estatuto Organico de la Comision Nacional de Vivienda en lo sucesivo el "ESTATUTO".

B. La representante legal de la "CONAVI", Doctora Edna Elena Vega Rangel, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio, en virtud del nombramiento como Directors General de la "CONAVI", que emitiera en su favor el Lic. Andres Manuel Lopez Obrador, Presidente de la Republica, con fecha 01 de diciembre de 2018, y en terminos de lo establecido en el articulo 10 del Estatuto Organico de la citada Comision, publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 10 de febrero de 2014.

C. Cuenta con facultades para promovery wordinar con 10s sectores publico y privado, - - - - - - - -

programas y acciones relacionadas &n la vivienda, asi como desarrollar, e~ecutar y promover esquemas, mecanismos y programas de financiamiento, subsidio y ahorro previo para la vivienda.

D. Realizara la ejecucion de las acciones objeto del presente Convenio, de conformidad con declaraciones y clausulas que se establecen en el mismo.

E. Para efectos de este convenio sefiala como domicilio el ubicado en la. Av. Paseo de la Reforma numero 26, primer piso, Colonia Juarez, C.P. 06600, Alcaldia Cuauhtemoc, Ciudad de Mexico.

II. DECLARA "CONWES", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

A. Que es una Asociacion Civil sin fines de lucro con personalidad juridica y patrimonio propio, legalmente constituida mediante Escritura Publica numero 112,799 de fecha

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Esta hoja forma parte del Convenio de Colaboraci6n que celebrado por "CONAVI" por "CONVIMS".

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qued6 debidamente registrada con fecha 07 mayi 201 0, bajo el Fah hlirmek. 92142 en el Registro ~Slblico-de -.-FF. la - Propiedad y -? del comer~o dd Distrito Federal, (ahora .

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Ciudad de Mexico). .-- F- . - 7 7. - J

B. Que es una instiiucidn que agrupa a empresas industriales y fabricantes de tecnalclgias para sistemas-constructiy~s, para la edif~caciiin y autoconmccbn da vivienda verde, con la finalidad de atender las necesidades del sector social m8s desprotegido, asi como identificar soluciones a 10s problemas de los desarrolladores de vivienda social, vivienda sustentable, rural, ewndmica, social, indi~ena de Contingencia para el Desastre, asi camo cualquier otro programa gubemamental, federal, estatal o municipal.

C. Promover la regulacidn de 10s procesos de Autoconstrucci6n asistida y apoyar a 10s productores sociales de vivienda, a las organizaciones no gubemamentales ya sean Nacionales o lnternacionales y demds personas de cualquier naturaleza juridica que realicen cualquier actividad relacionada.

D. Que las soluciones de las empresas agrupadas son ecologicas y amigables con el ambiente, no utilizan materiales peligrosos para las personas o animales, aportan seguridad y, mediante la colaboraci6n de la poblacion beneficiada en la construction de sus comunidades, se crean Iazos s6lidos entre sus miembms y un fuerte sentido de propiedad, pertenencia y dignidad.

E. Ademis, las empresas agrupadas est8n preocupadas por reducir el impact0 ambiental, asC que 10s sistemas constructivos empleados son tennicos, acSlsticos y contemplan soluciones verdes que perrniten el ahorro de agua, el reciclaje de materiales, la generacion y ahorro de energia, la reduccion de emisiones y solidos contaminantes.

F. El representante legal de "CONVIVES*, el Lic. Carlos de la Garza Herrera, en su P r e s r o . ..

- --

de folio G33760653, estd facultado para suscribir el presente convenio de conformidad con la Escriiura PSlblica 80,256 de fecha 21 de marzo de 201 8 pasada ante la fe del Lic. Erik Namur Campesino, Notario PLiblico 94 de la Ciudad de Mgxico.

G. Que para 10s efectos de este Convenio seiiala como su domicilio en Zamora 33, Col. Condesa, Alcaldia Cuauhtemoc en la Ciudad de Mbxico, C.P. 06140.

DECLARAN "LAS PARTES":

A. Que se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad con las que compal'ecen en el presente Convenio y que es su voluntad suscribir el mismo.

Esta hoja forma parte del Convenio de Colaboraciin que celebrado por "CONAVI" por "CONVMSn.

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8. Qw mtxmpm a f9 r e P a fin de ser .----- .+ -.-3azz-*w -- .- -. " _ ' 3 act-& de mmbio en las mndlelones >- - > - - - - 2 --- -- L

exhanos, en lo general -*--. a--*v7 .L

. :.---.- -- - 5 y en lo espedREo en lo rellrtivo al Sector Vivlsnda. .,, - - - - .-- ?&. --,-.- - -&.i. * --

L C . A J S z. ~ C. Que su objeto es de coadyuvanza y coordinaci6n, por lo que, bajo ninguna circunstancia se entendera como una relacibn contractual ylo de subordinacbn.

D. En-vim de-lo_-anteciar-y en aJineaci6n, fQmento e impwlso a la Palitica Nacisnal de Vivienda y los articulos 4" Mrrafo quinto y 116, fraccidn Vll de la Constitucibn PolQica de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 19, fracciones Ill, IV, VIII, XIV, XVIII, XIX y XXll de la Ley de Vivienda; Capitulo Primero de 10s Estatutos vertidos en el Ada Constiiutiva del "ONVIVES", asi como las demds disposiciones aplicables, las partes convienen en suscribir el presente instrumento al tenor de las siguientes

C L A U S U L A S

PRIMERB- El objeto de este Convenio es establecer las bases de colaboracidn y coordinacidn entre "LAS PARTES a fin de generar estrategias cuyo fin sea promover el desarrollo humano y urbano, reconociendo mutuamente la vivienda como eje estructurador del tejido social.

SEGUNDA.- " U S PARTES'se comprometen a fomentar, impulsar y facilitar en el ambito de sus competencias, 10s Programas y Proyedos de vivienda en sus rnodalidades de autoproduccibn, autoconstruccidn, mejoramiento ylo ampliacibn, y reconstruccibn, garantizando siempre que 10s Subsidies que otorga el Gobiemo Federal lleguen prioritariamente a la poblaci6n mds vulnerable, en apego a las Reglas de Operaci6n de 10s Programas respectivos y demds normatividad conducente.

TERCERA.- "LAS PARTES" generaran un programa de trabajo, para las regiones que indique la LICONAVI" que redunden en beneficios para las familias con menos ingresos en el pais, mismo que contendd 10s compromises de trabajo de "LAS PARTES", documento que oportunamente sed anexado y formarA parte del presente Convenio.

-- F- se - -

identifiquen y prioricen las necesidades de vivienda de 10s estados, municipios y localidades que impaden en abatimiento de la pobreza de acuerdo a 10s indicadores vigentes del CONEVAL, a fin de maximizar el impact0 de las acciones que se realicen en conjunto.

CUARTA- "LAS PARTES realizaran reuniones de trabajo conjuntamente de forma trimestral, con el objetivo de que las empresas asociadas expongan e intercambien ideas sobre casos de 6xito y areas de oportunidad, compartiendo experiencias operativas que permlan optimizar 10s procesos que involucran mechicas semejantes y el mejoramiento paulatino de 10s resultados, lo que conllevara en que "LAS PARTES" puedan valorar fortalezas y reducir debilidades, generando sinergias de trabajo.

QUINTA- "LAS PARTES ds manera conjunta o independiente, se coordinaran para que se impartan talleres de capaclackn a la poblacidn que tenga proyectos o se encuentre beneficiada por algun programa de vivienda, dichos talleres versarhn sobre temas de adiestramiento en oficios u ocupaciones relacionadas con la construcci6n de vivienda, en

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SEXTA- "W PARTgS" coadyuvar4n esfilmos para la emisi6n eonjunta de un manuai 1- basic0 de autoproducci6n, mejoramiento y ampliacidn de vivienda, que genere mejores oportunidades para las familias desfavorecidas o grupos vulnerables, y comparta las - . mejores pdcticas y procesos de atencih. -

S~PTIM- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, uCONAVI" se compromete a: Promover e impulsar entre sus beneficiaries 10s proyectos a desarrollar a efecto de generar sinergias participativas reciprocas

I. lnformar con las reservas que considere oportunas, sobre las regiones que se tienen contempladas en 10s Programas y Proyectos de vivienda en sus modalidades de autoproducci6n, autoconstruccibn, mejoramiento ylo ampliacidn, y reconiruccion, con la finalidad de atender de manera especifica las necesidades existentes.

2. Participar activamente en la elaboracidn del Programa de trabajo, que se lIevar6 a cab0 por las "PARTES", aportando 10s elementos que considere pertinentes.

3. Colaborar en la realization del estudio respective que identiique y priorice las necesidades de vivienda de 10s estados, municipios y localidades que impacten en abatimiento de la pobreza de acuerdo a 10s indicadores vigentes del CONEVAL.

4. Propiciar y asistir a las reuniones de trabajo programadas, para fomentar, impulsar y facilitar las actividades que se proyecten y atender temas de inter& comlin.

5. Ser receptiva y paiticipar en las reuniones donde se expongan experiencias operativas con la finalidad de identiicar areas de oportunidad y optimbar 10s procesos en materia de vivienda.

6. Colaborar en la imparticion de talleres para la capacitaci6n de la poblackjn, en 10s temas sefialados en la clausula QUINTA.

/. CXMCrribuir en m t r u c t i v o s en materia de vivienda que deriven de las actividades realizadas, asi como del presente convenio.

OCTAVA- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, "CONVWES" se compromete a:

I. Ya que la vivienda es de por si un satisfactor bdsico, se espera que todo asociado realice un trabajo profesional y sin vicios ocultos de mala fe y, por lo mismo, implica una responsabilidad sobre su trabajo y una buena calidad. 10s asociados se comportatan de acuerdo con la Constitution Polihica, Leyes, principios de la libre empresa y estatutos de uCONVIVES".

2. Respecto a 10s colegas y a la actividad: todo asociado cuidara sus relaciones con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que 10s agrupan, buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la actividad generadora de vivienda vende, sin0 que se enaltezca, actuando con espiritu de gnrpo.

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3. El amck& de L* " FEO tamas que atenten contm la moral y las buenas cos tu l~ws.

- - - - - . Todo asociado, por el hecho de serlo, deber4 contar eon la capacidad tecnica, la ,,, -. .- - experiencia y la solvencia moral y economica necesaria que a su adividad implica. . . f

I 5. El asociado debera cimentar su reputacion en la honradez, laboriosidad, creatividad,

,

6. Es obligacion del asociado rechazar trabajos cuando por la especializaci6n de 10s mismos, no cumplan con las normas tecnicas y ponga en riesgo la integridad fisica de quien ocupara dicha edification.

7. Es responsabilidad del asociado realizar un trabajo pmfesional, de alta calidad, en tierra apta y sin vicios ocultos o mala fe en la construccion o pmceso generado de las viviendas.

8. Presentar documentacion clara, responsable y fidedigna a organismos financieros, autoridades y demas involucrados.

9. En caso de vivienda progresiva debe proporcionar planos de crecimiento y especificaciones de todo tipo al beneficiario para que se garantice la seguridad estructural de la vivienda.

10. El asociado sera honesto y etico en su relacion con las autoridades a quienes, en forma directa o a traves de su representado o del mismo "CONVIVES", exigira el mismo trato que a sus competidores. Este trato debera ser uniforme y sin preferencias para ninglin asociado. El asociado afiliado al "CONVIVESn no podra ofrecer ni recibir gratificaciones a ninguna autoridad, por ning6n concept0 y bajo ninguna circunstancia. En caso de enfrentar una situacion distinta, el afiliado recurrira a la Consejo Directivo de LLCONVIVES1l para su orientacion y consejo.

11. Los asociados a trads de su asociacion participaran proactivamente con las -- --- -

autorldades, en forma etlca y gremial, para conjuntamente encontrar soluclones a las problematicas de la vivienda y, en su caso, inclusive proponer modificaciones a leyes y reglamentos.

NOVENA- Para 10s procesos de colaboracion "LAS PARTES" se comprometen a intercambiar bases de datos e informacion relevante para desarrollar 10s proyectos y promover reuniones al menos trimestrales, como mecanismo de seguimiento, evaluaci6n y control de las acciones y programas conjuntos, cumpliendo en todo caso con la reglamentacion que regula el manejo de datos personales y la respectiva confidencialidad de la infonnacion a cargo de cada una de ellas a la que se encuentren obligados.

DECIMA- Promover la revision y analisis de las leyes, reglamentos, y manuales de operacion de 10s programas vinculados con el sector de la vivienda que propicie la mejora continua de dichos instrumentos a traves de la generacion de recomendaciones a las autoridades competentes.

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D€CIMA PRIMERA de ellas para la exclusivamente con aquella que lo emple6; por ende, cada una de ellas asumird su responsabilidad por este concepto, y en ningljn caso seran consideradas como patmnes solidarios o sustlutos. -

DECIMA SEGUNDA.- La comercializaci6n o ma1 uso de este convenio sera motivo de la cancelacion del mismo.

DECIMA TERCEW- A partir de la fecha de la firma, "LAS PARTESJ' Ilevara un registro de la cantidad de "beneficiarios", que hagan uso de 10s beneficios de esta carta convenio, a efecto de contar con un control estadistico.

DECIMA CUARTA- El presente convenio surtib sus efectos a partir de la fecha de su firma y tendra una vigencia indefinida, asi mismo, podra darse por terminado por cualquiera de las partes mediante aviso que se de por escrito, con treinta dias naturales de anticipacion a la fecha de terminacion.

DECIMA QUINTA. "LAS PARTES" manifiestan conocer el valor, alcance y fuerza legal, de las clausulas que aqui se pactan, y en caso de interpretacion o controversia de todo lo estipulado en el presente convenio, las partes que en el intervienen, se someten expresamente a las leyes y tribunales federales de la ciudad de Mexico, renunciando a cualquier otro fuero que en razon de sus domicilios presentes o futuros pudieran correspondefles.

DECIMA SEXTA. "LAS PARTESn acuerdan que el presente convenio podh ser modificado o adicionado por escrito, mismo que surtira sus efectos a partir del dia de su suscripcion.

Enteradas las partes del contenido, alcance y efectos del presente convenio, lo ratifican y firrnan de conformidad en dos tantos originales, en la Ciudad de Mexico, a 10s 18 dias del mes de junio del aiio 201 9.

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DRA. EDNA ELENAVEGA W G E L DIR. GENERAL

LA PRESENTE FOJA DE FIRMAS, FORMA PARTE INTEGRAL DEL CONVENIO CELEB

COMISION NACIONAL DE VlVlENDA Y EL CONSEJO DE AUTOCONSTRUCCION

VlVlENDA VERDE SUSTENTABLE A.C. (CONVIVES).

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