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página 1 índice página 1 índice página 1 índice Año XII - N° 2668 BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016 BOLETÍN DEL INSTITUTO Disposición N° 0206 BUENOS AIRES, 08 NOV. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012835-3 y, CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las unidades edilicias de Av. Corrientes 655, Perú 169, Paraná 555, Suipacha 23, Balcarce 479, Tucumán 753, Paraná 468, Sarmiento 657 y Palaá 322/24 de esta Ciudad, como así también Ricardo Balbín 1956, San Martin; Hipólito Yrigoyen 6247, Remedios de Escalada; San Martín 444, Morón; Perú 2559, San Justo y Andrés Baranda 1265, Quilmes, provincia de Buenos Aires, por el término de doce (12) meses, con renovación por hasta igual período. Que a tal efecto, la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios de este Instituto ha elaborado las especificaciones técnicas y el cálculo de horas de servicio a requerir para cada uno de los establecimientos en cuestión. Que el Departamento de Estudios Económicos de la Subgerencia de Programación Económica, Gerencia Económico Financiera dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera se expidió en el marco de su competencia, detallando los valores unitarios hora/hombre estimados para los servicios requeridos. Que sobre la base de lo requerido, la Gerencia de Administración ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el llamado para la presente contratación, el cual fue ratificado por el área técnica requirente. Que de conformidad con lo establecido por los artículos 19º inciso a), 25º inciso a) y 26º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, con la modalidad de Contratación Consolidada, bajo la clase de Etapa Única. Que toda vez que la presente contratación prevé la aplicación del Régimen General de Redeterminación de Precios, la Coordinación de Redeterminación de Precios de la Gerencia Económico Financiera dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera tomó intervención en el marco de la Resolución 1094/DE/2016. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación por el término de dos (2) días hábiles con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme lo establecido en los artículos 38º y 39º del régimen vigente. Que se deberá invitar con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. Que asimismo, corresponderá su difusión en la página de Internet del INSTITUTO, en forma simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura. Que la Gerencia de Administración ha cursado las respectivas Comunicaciones de Disposición de Recursos, tanto a esta Subdirección Ejecutiva como a la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento a lo normado en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16. Que se procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose la reserva de la correspondiente partida presupuestaria, de conformidad con la normativa vigente. Que la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios, la Secretaría General Técnico Financiera y la Gerencia de Administración han tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de sus competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2 del Decreto N° 86/15, DISPOSICIONES N° 0206-SDE-2016 Autoriza llamado a LP - seguridad ...................................... pág.1 N° 0207-SDE-2016 Autoriza llamado a LP - lentes intraoculares ................. pág.2 N° 0208-SDE-2016 Autoriza contratación inmueble UGL XXIX ..................... pág.3 N° 0209-SDE-2016 Autoriza llamado a LP - vehículos ....................................... pág.5 N° 0210-SDE-2016 Aprueba modelos de contrato con prestadores .......... pág.6 RESOLUCIONES N° 1976 Designación en el Centro Operativo Derivador - SGTO .. pág.7 N° 1977 Designación en la Unid. Seg. Derivaciones - SGTO ..... pág.8 N° 1978 Designa titular CAP Trancas - UGL I...................................pág.9 N° 1979 Designaciones CAP Los Hornos - UGL VII ..................... pág.11 N° 1980 Designa titular CAP Bella Vista - UGL I............................pág.12

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Disposición N° 0206

BUENOS AIRES, 08 NOV. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012835-3 y, CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las unidades edilicias de Av. Corrientes 655, Perú 169, Paraná 555, Suipacha 23, Balcarce 479, Tucumán 753, Paraná 468, Sarmiento 657 y Palaá 322/24 de esta Ciudad, como así también Ricardo Balbín 1956, San Martin; Hipólito Yrigoyen 6247, Remedios de Escalada; San Martín 444, Morón; Perú 2559, San Justo y Andrés Baranda 1265, Quilmes, provincia de Buenos Aires, por el término de doce (12) meses, con renovación por hasta igual período. Que a tal efecto, la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios de este Instituto ha elaborado las especificaciones técnicas y el cálculo de horas de servicio a requerir para cada uno de los establecimientos en cuestión. Que el Departamento de Estudios Económicos de la Subgerencia de Programación Económica, Gerencia Económico Financiera dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera se expidió en el marco de su competencia, detallando los valores unitarios hora/hombre estimados para los servicios requeridos.

Que sobre la base de lo requerido, la Gerencia de Administración ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el llamado para la presente contratación, el cual fue ratificado por el área técnica requirente. Que de conformidad con lo establecido por los artículos 19º inciso a), 25º inciso a) y 26º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, con la modalidad de Contratación Consolidada, bajo la clase de Etapa Única. Que toda vez que la presente contratación prevé la aplicación del Régimen General de Redeterminación de Precios, la Coordinación de Redeterminación de Precios de la Gerencia Económico Financiera dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera tomó intervención en el marco de la Resolución 1094/DE/2016. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación por el término de dos (2) días hábiles con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme lo establecido en los artículos 38º y 39º del régimen vigente. Que se deberá invitar con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. Que asimismo, corresponderá su difusión en la página de Internet del INSTITUTO, en forma simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura. Que la Gerencia de Administración ha cursado las respectivas Comunicaciones de Disposición de Recursos, tanto a esta Subdirección Ejecutiva como a la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento a lo normado en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16. Que se procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose la reserva de la correspondiente partida presupuestaria, de conformidad con la normativa vigente. Que la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios, la Secretaría General Técnico Financiera y la Gerencia de Administración han tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de sus competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2 del Decreto N° 86/15,

DISPOSICIONES

N° 0206-SDE-2016 Autoriza llamado a LP - seguridad ...................................... pág.1

N° 0207-SDE-2016 Autoriza llamado a LP - lentes intraoculares .................pág.2

N° 0208-SDE-2016 Autoriza contratación inmueble UGL XXIX .....................pág.3

N° 0209-SDE-2016 Autoriza llamado a LP - vehículos .......................................pág.5

N° 0210-SDE-2016 Aprueba modelos de contrato con prestadores ..........pág.6

RESOLUCIONES

N° 1976 Designación en el Centro Operativo Derivador - SGTO ..pág.7

N° 1977 Designación en la Unid. Seg. Derivaciones - SGTO .....pág.8

N° 1978 Designa titular CAP Trancas - UGL I ...................................pág.9

N° 1979 Designaciones CAP Los Hornos - UGL VII .....................pág.11

N° 1980 Designa titular CAP Bella Vista - UGL I ............................pág.12

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado por las Resoluciones N° 844/DE/16, y N° 1321/DE/16,

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación Pública en los términos del Artículo 19° inciso a), 25° inciso a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones, la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las unidades edilicias de Av. Corrientes 655, Perú 169, Paraná 555, Suipacha 23, Balcarce 479, Tucumán 753, Paraná 468, Sarmiento 657 y Palaá 322/24 de esta Ciudad, como así también Ricardo Balbín 1956, San Martin; Hipólito Yrigoyen 6247, Remedios de Escalada; San Martín 444, Morón; Perú 2559, San Justo; y Andrés Baranda 1265, Quilmes, provincia de Buenos Aires, por el término de doce (12) meses, con una renovación por hasta igual período. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se agrega y forma parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo, para su publicación en el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación, por el término de DOS (2) días hábiles, con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo establecido por los artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación vigente. ARTÍCULO 4°.- Invítese con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de las ofertas a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro Informático único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejándose constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 5º.- Difúndase el presente llamado, desde el día en que se cursen las invitaciones y hasta el día de la apertura de las ofertas, en la página de Internet del INSTITUTO (www.pami.org.ar). ARTÌCULO 6°.- Delegar la suscripción de circulares con o sin consulta y modificatorias del Pliego de bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos en la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0206/SDE/16.Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo.

Disposición N° 0207

BUENOS AIRES, 08 NOV. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2014-0017280-3 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la provisión de lentes intraoculares destinada a la atención de los afiliados del INSTITUTO en todo el país que se sometan a cirugía de cataratas, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que el pedido fue propiciado por la Gerencia de Prestaciones Médicas, a cuyo fin ha elaborado el listado de elementos a incluir en las provisiones, sus especificaciones técnicas, consumos estimados y precios de referencia para la contratación. Que la Subgerencia de Programación Económica perteneciente a la Secretaría General Técnico Económica tomó la intervención de su competencia y ratificó los valores informados por la Gerencia de Prestaciones Médicas. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a elaborar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el presente llamado a Licitación Pública. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19° inciso a), 25° incisos a), b) y c), 26°, 27° y 28° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Medico-Asistenciales y Sociales del INSTITUTO, aprobado por la Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003, corresponde autorizar la realización de un llamado mediante el procedimiento de Licitación Pública, con la modalidad de Contratación Consolidada, Orden de Compra Abierta y Precio de Referencia bajo la clase de Etapa Única. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial y en dos (2) diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme lo establecido en los Artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación citada precedentemente. Que se deberá invitar con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de las ofertas a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. Que, asimismo, corresponde su difusión en la página de Internet del Instituto, en forma simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura. Que la Gerencia de Administración ha cursado las respectivas Comunicaciones de Disposición de Recursos, tanto a esta

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Subdirección Ejecutiva como a la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento a lo normado en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16. Que se procedió a verif icar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria de conformidad con la normativa vigente en la materia. Que la Coordinación de Redeterminación de Precios y las Gerencias Económico Financiera, de Prestaciones Médicas y de Administración han tomado debida intervención en lo que resulta materia de sus respectivas competencias. Que la Secretaría General Técnico, Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de sus competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción del presente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3°, del Decreto N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado por las Resoluciones N° 844/DE/16 y Nº 1321/DE/16.

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE: ARTÍCULO 1º.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación Pública, para la provisión de lentes intraoculares destinada a la atención de Los afiliados del INSTITUTO en todo el país que se sometan a cirugía de cataratas, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período, encuadrando la contratación en los términos de los artículos 19° inc. a), 25° inc. a), b) y c), 26º, 27° y 28º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, aprobado por la Resolución N° 135 del 8 de agosto de 2003, y sus modificatorias. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se agrega y forma parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Aprobar el Modelo de Aviso que como Anexo se agrega y pasa a formar parte de la presente para ser publicado en el Boletín Oficial y en dos (2) diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme lo establecido en los Artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación vigente. ARTÍCULO 4°.- Delegar la suscripción de circulares aclaratorias y modificatorias del Pliego de bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos con o sin consulta en la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 5°.- Invítese con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de las ofertas,

a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 6°.- Difúndase en la página de Internet del Instituto - www.pami.org.ar desde el día en que se cursen las invitaciones y hasta el día de la apertura de las ofertas. ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0207/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo

Disposición N° 0208

BUENOS AIRES, 09 NOV. 2016 VISTO el Expediente N° 0490-2016-0001338-4 y, CONSIDERANDO: Que la Unidad de Gestión Local XXIX - MORÓN implementó el Concurso Privado N° 002/2016 para la búsqueda en alquiler de un inmueble apto para oficinas y atención al público para albergar la Sede de la misma. Que al mismo se presentaron dos (2) ofertas, según consta en el Acta de Apertura, correspondiendo la Oferta N° 1 a dos (2) inmuebles contiguos sitos en la calle 25 de Mayo N° 328 y N° 334, entre las calles Nuestra Señora del Buen Viaje y Bartolomé Mitre y la Oferta N°2 correspondiente a un (1) inmueble sito en la calle 25 de Mayo N° 377/79, entre las calles Nuestra Señora del Buen Viaje y Bartolomé Mitre, ambas de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires. Que las ofertas fueron analizadas por la División Inmuebles de la Subgerencia de Recursos Físicos, en informes que obran en autos. Que del análisis realizado se concluye considerar viable la Oferta N° 1 por su muy buena localización y accesibilidad para la atención al público, muy buen estado edilicio e imagen institucional y por tener una superficie superadora de la requerida en Pliego. Que el canon locativo mensual requerido por el propietario es de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000) para el primer semestre de contrato, de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 241.500) para el segundo semestre de contrato, de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO ($ 277.725) para el tercer semestre de contrato, de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 319.384) para el cuarto semestre de contrato, de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 367.292) para el quinto semestre de contrato y de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 422.386) para el sexto semestre de contrato, todos

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

con I.V.A. incluido, valores que resultan razonables de plaza. Que el monto total de la contratación asciende a PESOS ONCE MILLONES VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS ($ 11.029.722), I.V.A. incluido, considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma. Que el Locador abonará el impuesto provincial y el Instituto el impuesto municipal y los gastos que obedezcan al uso del inmueble, incluyéndose en dichos gastos los originados por expensas comunes y por la utilización de los servicios de agua, luz eléctrica y gas. Que asimismo, corresponde abonar al Corredor Público Juan Carlos Milano de la Inmobiliaria Milano, la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000) I.V.A. incluido, en concepto de honorarios por su intermediación. Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local ha indicado, oportunamente, que existe partida presupuestaria para ello. Que la Gerencia de Administración ha cursado las respectivas Comunicaciones de Disposición de Recursos, tanto a esta Subdirección Ejecutiva como a la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento a lo normado en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16. Que las Gerencias de Administración y de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local han actuado conforme sus facultades. Que la Secretaría General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de sus competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Que la contratación que se propicia encuadra en lo normado en la Resolución N° 142/DE/07. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 3º del Decreto N° 002/04 y el artículo 2º del Decreto N° 86/15 ambos del Poder Ejecutivo Nacional y las Resoluciones N° 844/DE/16 y N° 1321/DE/16,

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Concurso Privado N° 002/16 y autorizar la contratación en alquiler de los inmuebles sitos en la calle 25 de Mayo N° 328 y N° 334, entre las calles Nuestra Señora del Buen Viaje y Bartolomé Mitre, de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, para albergar la Sede de Unidad de Gestión Local XXIX - MORÓN, ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de PESOS ONCE MILLONES VEINTINUEVE, MIL SETECIENTOS VEINTIDOS ($ 11.029.722), I.V.A. incluido, considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, pagaderos mediante un canon locativo mensual de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000) para el primer semestre de contrato, de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 241.500)

para el segundo semestre de contrato, de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO ($ 277.725) para el tercer semestre de contrato, de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 319.384) para el cuarto semestre de contrato, de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 367.292) para el quinto semestre de contrato y de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 422.386) para el sexto semestre de contrato, todos con I.V.A. incluido, conforme el texto del modelo de contrato que se agrega como Anexo I y que forma parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- Facultar al Director Ejecutivo de la Unidad de Gestión Local XXIX- MORÓN a suscribir dicho contrato en representación del Instituto, debiendo remitir a la Subgerencia de Recursos Físicos uno de los originales del mismo para su registro y archivo. ARTÍCULO 3°.- Autorizar el pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000), I.V.A. incluido, a favor Corredor Público Juan Carlos Milano de la Inmobiliaria Milano, en concepto de honorarios por su intermediación. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0208/SDE/2016Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo.

ANEXO I - DISPOSICIÓN N° 0208-16MODELO CONTRATO DE ALQUILER

Entre (D.N.I N° ) con domicilio en adelante “EL LOCADOR “, por una parte y por la otra el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, representado en este acto por (D.N.I N° ) con domicilio en , en lo sucesivo “EL LOCATARIO”, se conviene en celebrar el contrato de locación conforme las siguientes cláusulas:PRIMERA: “EL LOCADOR” da en locación a “EL LOCATARIO” los inmuebles de su propiedad, ubicados en la calle 25 de Mayo N° 328 y N° 334, entre las calles Nuestra Señora del Buen Viaje y Bartolomé Mitre, de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, que tienen las dimensiones y características detalladas en el plano anexo y que se considera integrante del presente. SEGUNDA: La locación se pacta por el término de tres (3) años contados a partir de la entrega del inmueble en las condiciones pactadas en la cláusula novena del presente, oportunidad en la que se labrará un acta dejando constancia la fecha de inicio de la locación. TERCERA: “EL LOCATARIO” podrá rescindir el presente contrato en cualquier momento, debiendo notificar su decisión a “EL LOCADOR” en forma fehaciente. Dicha rescisión no dará lugar a ningún tipo de indemnización. CUARTA: El monto total de la contratación por los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, se pacta en la

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Año XII - N° 2668

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suma de Pesos Once Millones Veintinueve Mil Setecientos Veintidós ($ 11.029.722), pagaderos mediante un canon locativo mensual de Pesos Doscientos Diez Mil ($ 210.000) para el primer semestre de contrato, de Pesos Doscientos Cuarenta y Un Mil Quinientos ($ 241.500) para el segundo semestre de contrato, de Pesos Doscientos Setenta y Siete Mil Setecientos Veinticinco ($ 277.725) para el tercer semestre de contrato, de Pesos Trescientos Diecinueve Mil Trescientos Ochenta y Cuatro ($ 319.384) para el cuarto semestre de contrato, de Pesos Trescientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Noventa y Dos ($ 367.292) para el quinto semestre de contrato y de Pesos Cuatrocientos Veintidós Mil Trescientos Ochenta y Seis ($ 422.386) para el sexto semestre de contrato. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), este Instituto es considerado exento por lo que la alícuota correspondiente al mismo o cualquier otro impuesto o gravamen que afecte el precio, se encuentra incluido en el mismo.QUINTA: El alquiler se abonará del 01 al 10 de cada mes por períodos adelantados en las oficinas de “EL LOCATARIO” sitas en .SEXTA: “EL LOCADOR” abonará el impuesto provincial y “EL LOCATARIO” el impuesto municipal y los gastos que obedezcan al uso del inmueble. Se entienden incluidos en dichos gastos los originados por expensas comunes y por la utilización de los servicios de agua, luz eléctrica y gas. SEPTIMA: Las obligaciones del “EL LOCADOR” y “EL LOCATARIO” en cuanto a los gastos de conservación y mantenimiento, se regirán por las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación sobre la materia. OCTAVA: “EL LOCATARIO” destinará el inmueble locado para Sede de la Unidad de Gestión Local XXIX - MORÓN o cualquier otra dependencia que posteriormente decida instalar en razón de su actividad o de los servicios que son de su competencia. NOVENA: “EL LOCADOR” se compromete a entregar a “EL LOCATARIO”, previa revisión integral a cargo del mismo y en el tiempo mínimo, en correcto funcionamiento los siguientes elementos y/o aspectos técnicos: a) aire acondicionado central; b) ascensor y montacargas con certificado de mantenimiento y tasa municipal al día; c) cortinas metálicas y de enrollar automáticas; d) sistema de detención de incendios; e) instalación sanitaria y f) instalación de gas general. Cumplido ello, “EL LOCATARIO” recibirá el inmueble en el estado de conservación en que se encuentre según se detalle en el inventario anexo que pasa a ser parte integrante del presente, comprometiéndose a devolverlo en el mismo estado, salvo los posteriores deterioros producidos por el buen uso y la acción del tiempo.DÉCIMA: “EL LOCATARIO” podrá realizar, en la cosa arrendada, las mejoras necesarias que hagan a su utilidad o comodidad, como así también realizar las instalaciones que faciliten el cumplimiento del destino que se acuerda al inmueble en virtud de lo dispuesto en la cláusula Octava del presente contrato, sin necesidad de autorización por parte de “EL LOCADOR”, siempre que las mismas no alteren la forma o solidez del edificio.

DÉCIMO PRIMERA: “EL LOCATARIO” abona en este acto en carácter de depósito de garantía, la suma de Pesos Doscientos Diez Mil ($ 210.000) equivalente al monto del canon locativo acordado en la Cláusula Cuarta del presente para el primer semestre de locación, el que quedará en poder de “EL LOCADOR” hasta la restitución del inmueble. A efectos de la devolución de dicho depósito, “EL LOCADOR” deberá restituirlo al momento de la desocupación del inmueble por “EL LOCATARIO”, sin necesidad de interpelación alguna.DÉCIMO SEGUNDA: A los efectos del pago del sellado correspondiente al presente contrato se deja constancia que “EL LOCATARIO” se encuentra exento del mismo por el art. 13 de la Ley N° 19.032, motivo por el cual queda a cargo de “EL LOCADOR” el pago del cincuenta por ciento (50%) del importe total que corresponde tributar, salvo que éste acredite en forma fehaciente ante “EL LOCATARIO” estar exento del pago del mencionado gravamen dentro de los (2) días de la suscripción del presente. DÉCIMO TERCERA: Para todos los efectos emergentes de este contrato, las partes constituyen los siguientes domicilios especiales: “EL LOCADOR” en y “EL LOCATARIO” en . Las partes se someten a los Tribunales Federales de con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en a los días del mes de del año .

Disposición N° 0209

BUENOS AIRES, 09 NOV 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0011240-6 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el VISTO tramita la adquisición de quince (15) vehículos móviles (nuevos - sin uso) incluyendo equipamiento y service por veinticuatro (24) meses. Que la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios dependiente de la Dirección Ejecutiva del Instituto destacó que el presente llamado a contratación resulta necesario a fin de contar con oficinas móviles para la atención rápida e inmediata de los afiliados del Instituto. Que a tal efecto, la mencionada Unidad ha elaborado las especificaciones técnicas, las pautas y normas generales de las prestaciones a contratar, e informo el costo estimado por unidad. Que en consecuencia, la Gerencia de Administración ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, que regirá la presente contratación. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso a) del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde realizar un

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llamado a Licitación Pública, bajo la clase de Etapa Única. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial y en un (1) diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme lo establecido en los Artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación citada precedentemente. Que se deberá invitar a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores del Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. Que asimismo, corresponderá su difusión en la página de Internet del Instituto, en forma simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura. Que la Gerencia de Administración ha cursado las respectivas Comunicaciones de Disposición de Recursos, tanto a esta Subdirección Ejecutiva como a la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento a lo normado en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria de conformidad con la normativa vigente en la materia. Que la Gerencia de Administración y la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios han tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos legales han tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular al presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto PEN N° 86/15, y a la luz de lo normado por las Resoluciones N° 844/DE/16 y N° 1321/DE/16,

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación Pública para la adquisición de quince (15) vehículos móviles (nuevos - sin uso), incluyendo equipamiento y service por veinticuatro (24) meses, encuadrada en los términos del artículo 19° inciso a) del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por la Resolución N° 135/03-I. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se

agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo, para su publicación en el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación por el término de dos (2) días con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme lo establecido en los Artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación citada precedentemente. ARTÍCULO 4°.- lnvítese con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la Apertura de ofertas, a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores del Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 5°.- Difúndase el presente llamado desde el día en que se cursen las invitaciones y hasta el día de la Apertura de las ofertas en la página de Internet del Instituto (www.pami.org.ar). ARTÍCULO 6°.- Delegar en la Gerencia de Administración la suscripción de circulares con o sin consulta y modificatorias del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos. ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0209/SDE/16.Dr. Gonzalo RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo.

Disposición N° 0210

BUENOS AIRES, 09 NOV 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012812-4, las Resoluciones N° 1172/DE/2016, N° 1295/DE/2016 y N° 1810/DE/16 y, CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 1172/DE/2016 se modificó la estructura orgánico - funcional de la SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO OPERATIVA, reordenándose las unidades existentes e incorporándose unidades nuevas. Que entre tales modificaciones, se transfirió el DEPARTAMENTO DE TRASLADOS POR RAZONES DE SALUD de la GERENCIA OPERATIVA y COORDINACIÓN DE UGL ZONA 2, a la órbita de la COORDINACIÓN DE ASUNTOS MÉDICOS, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO OPERATIVA, modif icándose su nombre por CENTRO OPERATIVO DERIVADOR (en adelante “CODE”). Que, mediante el Anexo XXXVII de la citada Resolución, se estableció que la responsabilidad primaria del “CODE” consiste en la coordinación de todo lo referente a las derivaciones de afiliados que, por razones de salud, requieran las prácticas médicas, diagnósticas y/o terapéuticas, en forma programada o no programada, del Menú Prestacional de los Niveles de

Consulte los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected]

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Atención II y III, previstos en la Resolución N° 284/DE/05, sus modificatorias y concordantes.Que por el artículo 2° de la Resolución N° 1295/DE/16, se aprobó el “Protocolo de Derivación y Traslado de Pacientes hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre Unidades de Gestión Local y hacia Prestadores Alternativos” para la realización de las prácticas médicas del Menú Prestacional de los Niveles de Atención II y III previstos en la Resolución N° 284/DE/05, sus modificatorias y concordantes, de acuerdo a lo previsto en el Anexo I que integra dicha norma. Que, asimismo, mediante el artículo 4 de la citada norma, se aprobó el nuevo “Procedimiento de Convalidación y Facturación de Órdenes de Prestación correspondientes a Prestadores Alternativos”, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N° 213/DE/2016. Que por la Resolución N° 1810/DE/16 se aprobó el NOMENCLADOR COMÚN DE PRESTADORES ALTERNATIVOS DEL INSTITUTO, el cual será aplicable únicamente a aquellos prestadores que se incorporen al citado Protocolo. Que, en virtud de ello, corresponde aprobar un modelo de contrato que contemple los aspectos indicados en las resoluciones mencionadas precedentemente. Que corresponde instruir al Departamento de Contratos de la Subgerencia de Dictámenes y Contratos, Gerencia de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa a la guarda y conservación de los ejemplares originales de los contratos que sean celebrados con los prestadores alternativos. Que en el artículo 3° de la Resolución N° 1810/DE/16, se delegó en la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA la confección del modelo de contrato a suscribir con prestadores alternativos que adhieran al “Protocolo de Derivación y Traslado de Pacientes hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre Unidades de Gestión Local y hacia Prestadores Alternativos”, aprobado por Resolución Nº 1295/DE/16. Que las Secretarías Generales Técnico Médica y Técnico Operativa han tomado la debida intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2º del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución N° 1810/DE/2016,

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar los modelos de contrato a suscribir con los prestadores alternativos que adhieran al “Protocolo de Derivación y Traslado de Pacientes hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre Unidades de Gestión Local y hacia Prestadores Alternativos”, aprobado por Resolución N° 1295/

DE/16, que como Anexo I integra la presente. ARTÍCULO 2°.- Establecer que los prestadores alternativos que inicien una relación contractual con este Instituto, en los términos de la presente disposición, deberán, con carácter previo a la suscripción del contrato cuyo modelo se aprueba en el artículo precedente, inscribirse en el REGISTRO INFORMÁTICO ÚNICO NACIONAL DE PRESTADORES Y PROVEEDORES DEL INSSJP. ARTÍCULO 3°.- Instruir al Departamento de Contratos de la Subgerencia de Dictámenes y Contratos, Gerencia de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa a la guarda y conservación de los ejemplares originales de los contratos que sean celebrados con los prestadores alternativos. ARTÍCULO 4°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0210/SDE/16.Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo.

Resolución N° 1976

BUENOS AIRES, 09 NOV. 2016VISTO el Expediente N° 0200-2016-0010150-1, las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, N° 1172/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que por las Resoluciones N° 03/DE/16 y N° 1172/DE/16 y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia.Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta procedente designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro Operativo Derivador (CODE), de la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Lautaro FERNANDEZ DE LA PUENTE (CUIL N° 20-37198086-

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6), encasillándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Lautaro FERNANDEZ DE LA PUENTE (CUIL N° 20-37198086-6), conforme el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará a través del Departamento Evaluación de la Subgerencia de Capacitación y Desarrollo, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como también a la exhibición de la documentación previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANOEJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALESPARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro Operativo Derivador (CODE), de la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Lautaro FERNANDEZ DE LA PUENTE (CUIL N° 20-37198086-6), encasillándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Lautaro FERNANDEZ DE LA PUENTE (CUIL N° 20-37198086-6), conforme el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de

la Nación, Registro de Reincidencias, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará a través del Departamento Evaluación de la Subgerencia de Capacitación y Desarrollo, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como también a la exhibición de la documentación previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional,ARTÍCULO 3°.- Disponer que la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el artículo 2°, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución, a partir de la fecha de la presente y dentro del plazo de sesenta (60) días, la designación que se dispone quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOLUCIÓN N° 1976Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 1977

BUENOS AIRES, 09 NOV. 2016VISTO el Expediente N° 0200-2016-0011726-2, las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, N° 1172/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que por las Resoluciones N° 03/DE/16 y N° 1172/DE/16, con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia.Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este

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Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz.Que, en ese sentido, resulta procedente designar en la Unidad de Seguimiento de Derivaciones, Traslados y Gestión de Insumos de la Unidad Operativa del Centro Operativo Derivador, Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Catalina LAWSON (CUIL N° 27-26473890-9), encasillándola en el Tramo C dentro del Agrupamiento Profesional conforme lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.Que corresponde dejar constancia que la señora Catalina LAWSON (CUIL N° 27-26473890-9), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANOEJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALESPARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar en la Unidad de Seguimiento de Derivaciones, Traslados y Gestión de Insumos de la Unidad Operativa del Centro Operativo Derivador, Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Catalina LAWSON (CUIL N° 27-26473890-9), encasillándola en el Tramo C dentro del Agrupamiento Profesional conforme lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de

treinta y cinco (35) horas semanales de labor.ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la señora Catalina LAWSON (CUIL N° 27-26473890-9), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 3°.- Disponer que la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el artículo 2°, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOLUCIÓN N° 1977Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 1978

BUENOS AIRES, 09 NOV. 2016VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012225-8, las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, N° 1172/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que por las Resoluciones N° 03/DE/16, N° 1172/DE/16 y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura

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BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

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de una mayor racionalidad y eficiencia.Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz.Que en ese sentido resulta procedente designar, a partir de la fecha de notificación, con funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Trancas, de la Unidad de Gestión Local I - Tucumán, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Martín Bernardo LOBO COLOMBRES (CUIL N° 20-23238332-2), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Técnico, según lo estipulado en el artículo 10, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el Señor Martín Bernardo LOBO COLOMBRES, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANOEJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALESPARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, con funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Trancas, de la Unidad de Gestión Local I - Tucumán, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Martín Bernardo LOBO COLOMBRES (CUIL N° 20-23238332-2), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Técnico, según lo estipulado en el artículo 10, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el señor Martín Bernardo LOBO COLOMBRES, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 3°.- Disponer que la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el artículo 2°, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone, a partir de la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOLUCIÓN N° 1978Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Resolución N° 1979

BUENOS AIRES, 09 NOV. 2016VISTO el Expediente N° 0200-2016-0010501-9, las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, 1172/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que por las Resoluciones N° 03/DE/16, N° 1172/DE/16 y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia.Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta procedente designar, a partir de la fecha de notificación, a la señora María Laura BARISONE (CUIL N° 27-30943279-2) en la Unidad de Gestión Local VII - La Plata, y a la señora María Paz MUGETTI (CUIL N° 27-32393428-8), en el Centro de Atención Personalizada Los Hornos, de la citada Unidad, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, encasillándolas en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, las señoras María Laura BARISONE (CUIL N° 27-30943279-2) y María Paz MUGETTI (CUIL N° 27-32393428-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de

acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, las presentes designaciones tendrán principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANOEJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALESPARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, a la señora María Laura BARISONE (CUIL N° 27-30943279-2) en la Unidad de Gestión Local VII - La Plata, y a la señora María Paz MUGETTI (CUIL N° 27-32393428-8), en el Centro de Atención Personalizada Los Hornos, de la citada Unidad, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, encasillándolas en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, las señoras María Laura BARISONE (CUIL N° 27-30943279-2) y María Paz MUGETTI (CUIL N° 27-32393428-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 3°.- Disponer que las presentes designaciones tendrán principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el artículo 2°, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOLUCIÓN N° 1979Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 1980

BUENOS AIRES, 09 NOV. 2016VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012210-1, las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que por la Resolución N° 03/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia.Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz.Que en ese sentido resulta procedente designar, a partir de la fecha de notificación, con funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Bella Vista, de la Unidad de Gestión Local I - Tucumán, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Bernardino Jacinto del Valle SILVA (CUIL N° 20-12848877-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según

lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el señor Bernardino Jacinto del Valle SILVA (CUIL N° 20-12848877-5), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANOEJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALESPARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, con funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Bella Vista, de la Unidad de Gestión Local I - Tucumán, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Bernardino Jacinto del Valle SILVA (CUIL N° 20-12848877-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y

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Año XII - N° 2668

BUENOS AIRES, Viernes 11 de Noviembre de 2016

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el señor Bernardino Jacinto del Valle SILVA (CUIL N° 20-12848877-5), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los

organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 3°.- Disponer que la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el artículo 2°, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOLUCIÓN N° 1980Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director EjecutivoDr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo

ISO 9001:2008Management Systemwww.tuv.com ID 9105061801

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

[email protected] / [email protected]@pami.org.ar