Buenas Prácticas para elaborar guías de autocumplimiento de las ...
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Por favor cite este documento como:
COFEMER (2014), Manual de Buenas Prácticas para elaborar guías de autocumplimiento de las regulaciones, México, D.F. Versión 1.0.
Disponible en: www.cofemer.gob.mx, en el apartado de publicaciones.
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CONTENIDO
PRÓLOGO ................................................................................................................... 2
AGRADECIMIENTOS .................................................................................................. 4
I. INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 6
II. BUENAS PRÁCTICAS PARA LA ELABORACIÓN DE GUÍAS PARA EL
AUTOCUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES .................................................. 10
A. La estructura y contenido de la guía ........................................................................................................ 12
B. El proceso de elaboración de la guía ....................................................................................................... 50
C. El uso de lenguaje ciudadano y difusión de la guía ................................................................................. 52
III. ELEMENTOS ADICIONALES PARA MEJORAR LA EFECTIVIDAD DE LA
REGULACIÓN ........................................................................................................... 60
A. Generar evidencia empírica del cumplimiento y desempeño de la regulación ........................................ 60
B. Encuestas de satisfacción en la gestión de trámites ................................................................................ 61
C. Consulta pública sobre la aplicación y vigilancia de la regulación ........................................................... 61
IV. BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................... 64
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ACRÓNIMOS
AGA Alianza para el Gobierno Abierto
APF Administración Pública Federal
COFEMER Comisión Federal de Mejora Regulatoria
COFEPRIS Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
CONADIC Consejo Nacional contra las Adicciones
DOF Diario Oficial de la Federación
DSMGV Días de Salario Mínimo General Vigente
EPA Environmental Protection Agency - Agencia de Protección Ambiental (Estados Unidos)
EDOMEX Estado de México
GER Gerencia del Espectro Radioeléctrico (Nueva Zelandia)
IFT Instituto Federal de Telecomunicaciones
IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social
INSHT Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (España)
LFPA Ley Federal de Procedimiento Administrativo
LGCT Ley General para el Control del Tabaco
LGPGIR Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento
MED Ministry of Economic Development - Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de Nueva Zelandia
MIR Manifestación de Impacto Regulatorio
NLIC National Lead Information Center - Centro Nacional de Información sobre el Plomo (Estados Unidos)
NOM Norma Oficial Mexicana
OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
OMS Organización Mundial de la Salud
OSC Organismo de la Sociedad Civil
PROFEPA Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
RFTS Registro Federal de Trámites y Servicios
RLGCT Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco
RPBI Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos
SAT Servicio de Administración Tributaria
SE Secretaría de Economía
SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
SFP Secretaría de la Función Pública
SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SSA Secretaría de Salud
STPS Secretaría del Trabajo y Previsión Social
TSCA Toxic Substances Control Act - Ley de Control de Sustancias Tóxicas (Estados Unidos)
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PRÓLOGO
La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) es el organismo del Gobierno Federal
encargado de impulsar la política de mejora regulatoria en el país. Su mandato consiste en promover
la transparencia en la elaboración y aplicación de las regulaciones y que éstas generen beneficios
superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad.
Uno de los componentes de la política regulatoria en México es promover la transparencia en la
aplicación de las regulaciones mediante herramientas que faciliten el cumplimiento de las mismas.
Recientemente (2014), las mejores prácticas internacionales en materia regulatoria, proponen que
los órganos reguladores desarrollen guías para el autocumplimiento de regulación, las cuáles
orienten a los particulares en la comprensión de sus obligaciones regulatorias y los procesos de
cumplimiento, siendo éstas elaboradas con un lenguaje ciudadano y de fácil entendimiento para los
“no expertos”.
En la COFEMER, estamos convencidos que, un mayor cumplimiento de la regulación, en un
ambiente de transparencia, es la base para reducir costos innecesarios y generar un entorno de
confianza en las instituciones, propicio para la inversión, que fomente el desarrollo económico del
país.
La COFEMER, cumpliendo el papel del organismo encargado de implementar y difundir en México
las mejores prácticas internacionales en la materia y en el marco de los trabajos de la Alianza para el
Gobierno Abierto (AGA), se ha propuesto la creación del presente manual para desarrollar un marco
general que proporcione a los reguladores lineamientos básicos para la elaboración de guías de
autocumplimiento de la regulación, teniendo como fin último impulsar la aplicación y cumplimiento de
la normatividad, respetando el principio de transparencia.
Virgilio Andrade Martínez,
Titular de la COFEMER
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AGRADECIMIENTOS
El presente manual fue elaborado por los servidores públicos de la COFEMER: Fabiola Olivia
Perales Fernández, maestra en políticas públicas y directora del área encargada de los asuntos
internacionales y la gobernanza regulatoria, Erik Alán López Resendiz, economista y subdirector del
área y Zurisadai Martínez Villarreal, comunicóloga y subdirectora del área.
Se hace extensivo un agradecimiento a los servidores públicos de COFEMER, quienes con sus
valiosos comentarios y aportaciones enriquecieron este manual: Osler Pascoe Moreno, Director de
área, Araceli Mendoza Alvarado, Directora de área, y Danila Peralta Perkins, Asesora.
Igual agradecimiento se brinda al equipo de la Alianza para el Gobierno Abierto en México, de
manera especial a quienes están involucrados en el Compromiso de “Regulación clara y
transparente”, por impulsar decididamente el desarrollo de este manual y la elaboración de Guías
para el autocumplimiento de la regulación en diversas materias al interior del Gobierno Federal:
Virgilio Andrade Martínez, Titular de la COFEMER, Eduardo Romero Fong, Coordinador del
Compromiso de Regulación Clara y Transparente y Coordinador General de Manifestaciones de
Impacto Regulatorio de la COFEMER; Guillermo Ruiz de Teresa, Director General de Participación
Ciudadana de la Presidencia de la República; Eduardo Vargas, Subdirector de Políticas Públicas de
la Presidencia de la República; Fernando López Portillo, Director General de Planeación y
Evaluación de la Secretaría de Economía, Myriam Noemí Ochoa Sánchez, Directora de Evaluación
de la Secretaría de Economía y Ricardo Corona Real, Abogado General del Instituto Mexicano para
la Competitividad A.C. (IMCO - OSC revisora).
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I. INTRODUCCIÓN
El presente documento es resultado del esfuerzo realizado por la COFEMER en el marco de los trabajos de la
Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) y del Plan de Trabajo 2013-2015, en cumplimiento al segundo
compromiso, asumido ante la Alianza, denominado “Regulación Clara y Transparente”.
El manual tiene por objeto poner a disposición de las áreas reguladoras del Gobierno Federal las buenas
prácticas para elaborar guías para el autocumplimiento de las regulaciones, vista esta acción como un medio
para transparentar la aplicación de las mismas. Estas buenas prácticas están dirigidas a los servidores
públicos encargados de elaborar regulación y a aquellos encargados de hacerla cumplir.
Las guías para el autocumplimiento de la regulación pretenden ser documentos que, desde una perspectiva
integral y ciudadana, vinculen al regulado con los instrumentos normativos vigentes, dándoles a conocer
quiénes están obligados a cumplirlos y bajo qué supuestos, las obligaciones sustantivas y de información, la
forma en que la autoridad supervisa el cumplimiento y las sanciones a que podrían hacerse acreedores en
caso de incumplimiento, entre otros aspectos.
Se busca que las guías para el autocumplimiento de la regulación sean autocontenidas y puedan guiar a
quien debe cumplirlas de una manera sencilla y clara, de tal forma que cualquier ciudadano interesado pueda
gestionar por sí mismo los trámites y demás requerimientos establecidos en la regulación, verificando su
cumplimiento. Con la emisión de guías para el autocumplimiento de la regulación se busca incrementar y
facilitar el cumplimiento de las mismas, reducir los costos para los particulares, así como la discrecionalidad
en la aplicación de la regulación.
El documento de buenas prácticas esta organizado en dos grandes apartados, uno denominado “Buenas
prácticas para la elaboración de las guías para el autocumplimiento de regulaciones”, el cual aborda y
describe tres grandes temas: la propuesta de estructura y contenido, el proceso de elaboración y el uso de
lenguaje ciudadano y difusión.
El segundo gran apartado se denomina “Elementos adicionales para mejorar la efectividad de la regulación”,
en los que se abordan: la importancia de generar evidencia empírica del cumplimiento y desempeño de la
regulación, el desarrollo de encuestas de satisfacción en la gestión de trámites y los procesos de Consulta
pública sobre la aplicación y vigilancia de la regulación.
Para la COFEMER, el desarrollo de este manual busca ser un parteaguas que abone a la transparencia en la
aplicación de la regulación, por lo que se espera que sea de utilidad para los reguladores.
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II. BUENAS PRÁCTICAS PARA LA ELABORACIÓN DE GUÍAS PARA EL
AUTOCUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES
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II. BUENAS PRÁCTICAS PARA LA ELABORACIÓN DE GUÍAS PARA EL AUTOCUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES
En este manual se ilustran, como buenas prácticas en la elaboración de las guías de autocumplimiento de la
regulación, las siguientes:
La estructura y contenido de la guía
Se refiere a la información que habrá de contener la guía, mostrándose a través del índice. En la medida que
la guía abarque todos los temas que el regulado necesita conocer para dar cumplimiento a la regulación, ésta
será útil y le permitirá entender el por qué el gobierno debe normar la actividad, lo que se espera de él y cómo
debe hacerlo, los criterios bajo los cuales se le habrá de exigir y evaluar su cumplimiento, y las sanciones a
las que puede hacerse acreedor en caso no llevarlo a cabo. Por ello, en el presente manual se enlistan y
describen brevemente los apartados que idealmente deberían estar contenidos en una guía, a reserva de
que, dada la naturaleza de la materia, no apliquen.
El proceso de elaboración de la guía
A fin de que la guía contenga toda la información necesaria para los particulares y se indiquen de manera
correcta los procesos que deben cumplir los regulados, resulta relevante que, durante el proceso de
elaboración de la guía, el área encargada de desarrollarla involucre a todas las unidades administrativas de la
institución que tengan relación con la actividad o el proceso regulado del que trata la guía (en adelante,
actividad “guiada”), como por ejemplo: el área que elaboró la regulación, la que da cumplimiento a la misma, y
la que recibe y gestiona los trámites. Asimismo, es recomendable que la guía pase por algunos procesos de
revisión, previos a su publicación, y que una vez publicada, ésta sea difundida entre los servidores públicos
de la institución y los regulados. En este manual, se identifican y describen las etapas básicas del proceso de
elaboración de una guía.
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El uso de lenguaje ciudadano y difusión de la guía
La idea central de elaborar estas guías, es facilitar el entendimiento y transparentar la aplicación de la
regulación, en este sentido, utilizar un lenguaje simple e ideas claras resulta elemental para el entendimiento
de la misma y de los procesos que implican cumplirla. Una vez concluida la guía, el regulador debe poner
atención a su difusión y a facilitar su acceso y gratuidad.
Características principales de las guías para el autocumplimiento
Desde el punto de vista de la COFEMER, los reguladores deberán procurar que las guías cuenten con las
siguientes características:
Ser autocontenidas, es decir, que se pueda encontrar toda la información relevante en ellas. Por
ejemplo: direcciones donde se pueden realizar los trámites, formatos a ser requisitados,
especificaciones técnicas que se deban cumplir, mecanismos para ser verificados, sanciones, entre
otros.
No incluir nuevas acciones regulatorias. Las guías son instrumentos que buscan recopilar la
información y disposiciones establecidas en diversos documentos legales, no son instrumentos a
través de los cuales se deba o pueda regular, por lo anterior, es recomendable que todas las
disposiciones y criterios que se establezcan en la guía cuenten previamente con un fundamento
jurídico específico.
Ser integrales, es decir que todos los procesos, trámites, requisitos y demás obligaciones, se
encuentren integrados en la guía. Por ejemplo: las solicitudes de permisos, renovaciones, prórrogas,
cambios, bajas, etc.
Ser concretas, señalando la información que corresponda sin necesidad de incluir textos
redundantes.
Contener ilustraciones, que permitan un rápido y fácil entendimiento de las disposiciones de la
regulación y de los proceso de cumplimiento.
Estar escritas en lenguaje ciudadano. En la medida de lo posible, las guías deben escribirse
en un lenguaje claro, que sea entendible para todo aquel que tenga o requiera tener relación con el
tema, a fin de que los ciudadanos no necesiten ser expertos para entender a su gobierno y la
regulación pueda cumplirse. Si un ciudadano no entiende a su gobierno, difícilmente cumplirá con
sus obligaciones.
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A. La estructura y contenido de la guía
Una guía de autocumplimiento de la regulación podría estar conformada por ocho grandes apartados, entre
los que sobresalen el objeto o sujeto regulado, los agentes involucrados, el cumplimiento de la regulación, y
los mecanismos de vigilancia, tal como se muestra en la figura siguiente:
Figura 1. Estructura básica del contenido de una guía
Fuente: COFEMER
En el presente apartado, se describe brevemente en qué consiste cada uno de los puntos indicados en la
estructura básica o índice que se propone como mejor práctica e igualmente se han colocado diversos
ejemplos a fin de que el lector pueda vincular la explicación, con el “cómo” (know how), y con ello, facilitar a
las áreas reguladoras el entendimiento de estas buenas prácticas y la elaboración de sus guías. Cabe señalar
que los ejemplos no son exhaustivos, por lo que la creatividad de los reguladores para transmitir su
información juega un papel relevante.
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CONTENIDO BÁSICO DE UNA GUÍA
PROPUESTA DE INDICE
I. Acrónimos y abreviaturas
II. Generalidades
II.1. Prólogo
II.2. Mensaje introductorio
III. Objeto o proceso regulado
III.1. Identificación y explicación general del marco jurídico del objeto o proceso regulado
III.2. Identificación y descripción del objeto o proceso regulado
III.3. Exclusiones y/o excepciones contempladas en la regulación
IV. Agentes relacionados con la regulación
IV.1. Identificación del sujeto regulado, ¿quién debe cumplir con la regulación?
IV.2. Clasificación de los agentes que deben cumplir con la regulación
IV.3. Agentes exentos del cumplimiento de la regulación (supuestos)
IV.4. Agentes encargados de emitir, modificar o abrogar la regulación
IV.5. Agentes encargados de vigilar y supervisar el cumplimiento de la regulación
V. Cumplimiento de la regulación
V.1. Requerimientos mínimos y obligatorios de cumplimiento de la regulación
V.1.1. Obligaciones sustantivas de la regulación
V.1.2. Obligaciones financieras directas
V.1.3. Obligaciones de capacitación
V.2. Gestión de trámites (obligaciones de información)
V.3. Proceso para el cumplimiento de la regulación (diagrama de flujo)
VI. Vigilancia de la regulación
VI.1. Explicación de las situaciones en las cuáles se incurren en incumplimiento de la regulación
VI.2. Sanciones por el incumplimiento de la regulación
VI.3. Atribuciones de vigilancia para el cumplimiento de la regulación
VI.4. Procedimientos y criterios de los reguladores para comprobar el cumplimiento de la regulación
VI.4.1. Programas y acciones de verificación
VI.4.2. Criterios para realizar la verificación
VI.4.3. Criterios de aceptación de cumplimiento de la regulación
VI.5. Recursos de apelación
VII. Información adicional
VII.1. Aviso de legalidad de la guía
VII.2. Información de contacto del regulador
VII.3. Líneas o medios de atención adicionales del regulador
VII.4. Preguntas frecuentes en relación a la regulación y su aplicación
VII.5. Capacitación otorgada por parte de las agencias reguladoras
VIII. Glosario
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1. Acrónimos y abreviaturas
Es probable que para los reguladores o para quienes laboramos en el gobierno, resulte cotidiano conocer
los acrónimos y/o abreviaturas con mayor relación a la regulación, sin embargo para un ciudadano no le
sería tan simple relacionarlas a primera vista.
Por lo anterior, es recomendable elaborar y colocar al inicio del documento una lista de los acrónimos y
abreviaturas que se utilicen recurrentemente. La lista de acrónimos puede contener siglas de organismos
o dependencias, nombres de programa, de proyectos, leyes, entre otros. La lista de abreviaturas puede
contener la forma corta de expresar términos técnicos, o cualquier otra abreviatura de alguna palabra que
se utilice constantemente a lo largo de la guía.
2. Generalidades
2.1. Prólogo
Este apartado sirve para introducir la guía y dar a conocer a la ciudadanía la importancia del tema, por
ello, es recomendable que el Titular de la dependencia u organismo descentralizado firme el prólogo y
que igualmente, se pueda transmitir la visión del tema en el mediano plazo.
2.2. Mensaje introductorio
El regulador puede hacer uso de este apartado para dar a conocer a la ciudadanía los porqués y el cómo
fue que se eligió elaborar la guía sobre el tema, mencionar la actividad que está siendo “guiada”, la
norma que debe ser cumplida por los particulares y las instituciones gubernamentales involucradas en el
tema. Asimismo, el mensaje introductorio debe contener el objetivo de la guía y explicar brevemente
cómo está organizada la guía y en qué consiste cada uno de los apartados.
2.2.1. Objetivo o propósito de la guía
Respecto al objetivo y propósito de la guía se busca que el regulador exponga, de manera sucinta, los
fines para los cuales está siendo diseñada y se establezca su alcance.
Ejemplos prácticos: Mensaje introductorio: Objetivo o propósito de la guía.
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento
de entidades
pequeñas para
renovar correctamente
Programa de la EPA
para Pintado,
Renovación,
Reparación de Pintura
a base de Plomo
Este manual resume los requisitos de la Regulación del Programa de Pintado, Renovación y Reparación de Pinturas a base de Plomo de la Agencia de Protección Ambiental (EPA por sus siglas en inglés), cuya intención es la de proteger contra los riesgos causados por las pinturas a base de plomo asociados con las actividades de renovación, reparación y pintado. La regulación requiere que los trabajadores reciban capacitación sobre cómo emplear normas laborales para trabajar de una manera segura con el plomo y exige que las compañías de renovaciones obtengan una certificación de la EPA; estos requisitos entrarán en vigor el 22 de abril de 2010.
Para garantizar el cumplimiento, también debe leer la regulación completa sobre
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Ejemplos prácticos: Mensaje introductorio: Objetivo o propósito de la guía.
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
la cual se basa este programa. Aunque la EPA ha resumido las disposiciones de
la regulación en esta guía, los requisitos legales aplicables al trabajo de
renovación están regulados por la Regulación sobre el Plomo de 2008 de la EPA.
Existe una copia en inglés de la regulación disponible en el sitio Web de la EPA,
www.epa.gov/lead/pubs/ renovation.htm. (Para información básica en español,
visite http://www.epa.gov/lead/pubs/leadinfoesp.htm).
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del
espectro
radioeléctrico
La Gerencia del Espectro Radioeléctrico (GER) ha producido esta guía de
cumplimiento para brindar información a los usuarios del espectro radioeléctrico
acerca de:
Requerimientos de cumplimiento
Cumplimiento con auditorías
Ejecución de la regulación
La información de esta guía de cumplimiento le ayudará a cumplir con los
requerimientos, las acciones de preventivas y a contribuir a un espectro
radioeléctrico más limpio y útil para la sociedad.
SEMARNAT-SSA
México
Guía de cumplimiento
de la Norma Oficial
Mexicana NOM-087-
SEMARNAT-SSA1-
2001
La presente Guía es un instrumento basado en la Norma Oficial Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-SSA1-2002 que orienta su aplicación mediante precisiones,
aclaraciones y especificaciones en los procedimientos para el manejo de RPBI,
con el fin de: facilitar el cumplimiento de la norma dentro de los establecimientos
generadores y de los prestadores de servicio a terceros; cumplir la legislación en
materia de salud y medio ambiente, eliminar, reducir y controlar los riesgos al
personal involucrado en el manejo de éstos, a la población en general y proteger
el medio ambiente.
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el
cumplimiento de la
Ley General para el
Control del Tabaco y
su Reglamento
La presente Guía tiene como finalidad dar a conocer la regulación en materia de
tabaco, así como brindar los elementos técnicos para que se cumplan de manera
eficiente las disposiciones sanitarias en ella establecidas y con ello evitar la
aplicación de sanciones, en el marco de la corresponsabilidad que existe entre el
Gobierno Federal y la iniciativa privada para el cumplimiento de la normatividad
vigente en materia de control de la exposición al humo de tabaco.
3. Descripción y análisis del objeto o proceso regulado
3.1. Identificación y explicación general del marco jurídico del objeto o proceso regulado
En este apartado, el regulador debe hacer del conocimiento de los regulados, el marco jurídico aplicable
al tema central que se aborda en la guía, es decir, el conjunto de instrumentos legales vigentes que
regulan la actividad “guiada” y a los que deben ceñirse las empresas y/o los ciudadanos. Estos pueden
ser leyes, reglamentos, acuerdos, decretos, manuales, lineamientos, etc.; mismos que, para que surtan
efectos jurídicos, según la legislación mexicana, deben estar publicados en el Diario Oficial de la
Federación (DOF)1. En este sentido, es recomendable que para todos los casos se indique la fecha de
1 Artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
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publicación en el DOF, con la intención de que la regulación pueda ser consultada eventualmente por
cualquiera de los interesados.
Si bien el tema pudiera emanar de diversos instrumentos jurídicos, debe hacerse énfasis en el o los
instrumentos que concentren la mayor cantidad de las disposiciones que regulan el tema, sin dejar fuera
a aquellos que pudieran contener sólo una o algunas de las disposiciones.
En caso de que el tema pudiera ser regulado por distintos órdenes de gobierno, es recomendable
identificar las atribuciones de cada orden de gobierno (federal, estatal y municipal) y en la medida de lo
posible, citar el instrumento jurídico del cual emanan y la sección donde se menciona la actividad u objeto
regulado en dichas disposiciones normativas.
Ejemplos prácticos: Identificación y explicación general del marco jurídico del objeto o proceso regulado
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
INSHT
España
Guía técnica para la
utilización por los
trabajadores de
equipos de
protección individual
Desde el punto de vista de la seguridad del producto, el Real Decreto 1407/1992, de
20 de noviembre, establece los requisitos que deben cumplir los Equipos de
Protección Individual (EPI), desde su diseño y fabricación hasta su
comercialización, con el fin de garantizar la salud y seguridad de los usuarios
(obligaciones del fabricante); por otro, y desde la óptica de la seguridad y salud en
el trabajo, el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, establece las disposiciones
mínimas para garantizar una protección adecuada del trabajador durante su
utilización (obligaciones del empresario y del trabajador).
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de entidades pequeñas para renovar correctamente Programa de la EPA para Pintado, Renovación, Reparación de Pintura a base de Plomo
Este manual resume los requisitos de la Regulación del Programa de Pintado,
Renovación y Reparación de Pinturas a base de Plomo de la Agencia de Protección
Ambiental (EPA por sus siglas en inglés). Aunque la EPA ha resumido las
disposiciones de la regulación en esta guía, los requisitos legales aplicables al
trabajo de renovación están regulados por la Regulación sobre el Plomo de 2008 de
la EPA. Existe una copia en inglés de la regulación disponible en el sitio Web de la
EPA, www.epa.gov/lead/pubs/ renovation.htm. (Para información básica en español,
visite http://www.epa.gov/lead/pubs/leadinfoesp.htm).
Es posible que existan otros requisitos locales o estatales diferentes de o más
estrictos que los federales en su estado. Por ejemplo, la legislación federal permite
a la EPA a autorizar a los estados a administrar sus propios programas en vez del
programa federal sobre el plomo. Incluso en los estados en los que no exista un
programa autorizado sobre el plomo, un estado puede dictar sus propias
regulaciones que pueden ser diferentes o ir más allá de los requisitos federales.
Para más información sobre las regulaciones aplicables en su estado, comuníquese
con el Centro Nacional de Información sobre el Plomo, llamando al 1-800-424-LEAD
(5323).
MED
Nueva
Zelandia
Guía de
cumplimiento para
usuarios del
espectro
radioeléctrico
Los requerimientos obligatorios para los productos uso en el espectro radioeléctrico
se encuentran establecidos en el Periódico Oficial del Gobierno de Nueva Zelanda.
Los avisos oficiales dirigidos al cumplimiento de estos requerimientos son:
El aviso de cumplimiento
El aviso de estándares oficiales de la Gerencia del Espectro
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Ejemplos prácticos: Identificación y explicación general del marco jurídico del objeto o proceso regulado
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
Radioeléctrico (GER)
El aviso de estándares radiales
Los avisos de reconocimientos mutuo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de la
Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
El 14 de septiembre de 2005 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación,
las Bases de Colaboración que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, con la participación de la Procuraduría Federal de Protección
al Ambiente, y la Secretaría de Salud, con la participación de la Comisión Federal
para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para coordinar esfuerzos y vigilar el
cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002,
Protección ambiental – Salud ambiental – Residuos peligrosos biológico–infecciosos
– Clasificación y especificaciones de manejo.
En la Cláusula Segunda en el numeral 4 de las Bases de Colaboración se establece
que con el propósito de garantizar un eficaz cumplimiento de la normatividad, en lo
relacionado con el manejo de RPBI, “SALUD”, por conducto de “LA COFEPRIS”, y
“LA SEMARNAT”, por conducto de “LA PROFEPA”, se comprometen a proporcionar
a los establecimientos generadores y prestadores de servicios a terceros de RPBI,
una guía de aplicación de la NOM- 087-SEMARNAT-SSA1-2002, para su cabal
cumplimiento y minimizar los riesgos sanitarios y efectos al medio ambiente.
3.2. Identificación y descripción del objeto o proceso regulado
Para la autoridad podría ser muy claro por qué es importante regular el uso de algún objeto o la
aplicación de un proceso, sin embargo en algunos casos, los ciudadanos podrían requerir alguna
explicación para entender por qué el Estado debe intervenir.
En esta sección, se busca que los reguladores expliquen desde la lógica del interés público, las razones
que tiene el Estado para intervenir vía regulación, en el tema que se ha decidido abordar en la guía. Se
recomienda que la explicación sea clara y sustentada en teorías, de tal manera que de a conocer la
naturaleza y la forma en la que funciona el objeto o proceso regulado, señalando por ejemplo:
características físicas, biológicas, químicas, socioeconómicas o de otra índole que lo identifiquen e
indicando cuáles podrían ser los riesgos para la ciudadanía si el Estado no interviniera.
Además del “qué”, sería recomendable que el regulador pudiera justificar el “cómo”, es decir, la forma en
la que el Estado ha decidido intervenir, lo anterior puede justificarse mediante un análisis comparativo
internacional, a través de buenas prácticas regulatorias en la materia, o bien señalando las experiencias
previas que no han funcionado. Otorgar estas justificaciones de una manera clara y sucinta, permitirá al
ciudadano entender al Estado en su quehacer.
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Ejemplos prácticos: Identificación y descripción del objeto o proceso regulado
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
Para que un residuo sea considerado RPBI debe contener agentes biológicos infecciosos
que de acuerdo a la norma se definen como “cualquier microorganismo capaz de
producir enfermedades”, siempre y cuando ocurra lo siguiente:
Para que un microorganismo sea un agente Biológico Infeccioso debe de estar en una
concentración suficiente (inóculo), en un ambiente propicio (supervivencia), en presencia
de una vía de entrada, y en un hospedero susceptible.
Las razones que llevaron a establecer un marco normativo a este respecto, derivan de la
preocupación pública por la presencia de microorganismos en los desechos hospitalarios
y el peligro potencial de que pudieran causar enfermedades en la población. En
particular, a partir de la aparición del SIDA en 1981 y la identificación del VIH como
agente causal en 1984, así como de la resistencia que presenta el virus de la hepatitis al
oponerse a las condiciones ambientales, siendo capaz de soportar temperaturas
elevadas aun por un tiempo bastante prolongado, cambios intensos de pH e incluso
rayos ultravioleta, hicieron que tanto la población en general como el personal sanitario
reconsideraran el riesgo de manipular los residuos infecciosos, lo que conllevó a regular
el manejo de los mismos.
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de entidades pequeñas para renovar correctamente Programa de la EPA para Pintado, Renovación, Reparación de Pintura a base de Plomo
¿Por qué es peligrosa la pintura a base de plomo?
El plomo penetra en el cuerpo cuando se traga o ingiere. Las personas, y en especial los niños, pueden tragar polvo de plomo al comer, jugar y realizar otras actividades con las manos y la boca. También se puede respirar el polvo o gases de plomo al alterar pintura a base de plomo. Las personas que lijen, raspen, quemen, cepillen, remuevan o alteren de otro modo pintura a base de plomo se arriesgan a exponerse peligrosamente al plomo.
El plomo es especialmente peligroso para los niños menores de 6 años de edad. El plomo puede afectar al cerebro del niño y a su sistema nervioso en desarrollo, causando: • Un coeficiente intelectual inferior y discapacidades del aprendizaje. • Problemas de la conducta. Incluso los niños que parecen sanos pueden tener niveles peligrosos de plomo en el cuerpo.
El plomo es también perjudicial para los adultos. En los adultos, los niveles bajos de plomo pueden presentar muchos peligros, incluyendo: • Alta presión arterial e hipertensión. • Las mujeres embarazadas expuestas al plomo pueden transferirlo a sus bebés.
COFEPRIS-
CONADIC
Guía para el
cumplimiento de
El peligro de contraer las enfermedades resultantes de la exposición al humo de tabaco,
es el riesgo a la salud más prevenible, si las tendencias actuales continúan, para el año
19
México la Ley General
para el Control
del Tabaco y su
Reglamento
2030 el humo de tabaco afectará a más de ocho millones de personas por año en el
mundo, provocando infartos al miocardio, infartos cerebrales, enfisema pulmonar,
bronquitis crónica, cáncer de pulmón, de bronquios y de tráquea.
Con frecuencia se considera que la exposición al humo de tabaco es una elección
personal, lo cual se contrapone al hecho de que la mayoría de los no fumadores no
desean ser expuestos cuando adquieren plena conciencia de los efectos que éste
provoca en su salud (Organización Mundial de la Salud 2008).
Cuando uno se expone al humo de tabaco, ya sea de manera directa o indirecta, se
dañan los alvéolos, que son los tejidos pulmonares que se encargan del intercambio de
bióxido de carbono por oxígeno en la sangre, por eso, si se previene la exposición al
humo de tabaco, se está protegiendo la capacidad cardiorrespiratoria evitando, así, los
infartos, entre otras muchas enfermedades.
3.3. Exclusiones y/o excepciones contempladas en la regulación
En esta sección se busca que el regulador de a conocer a los ciudadanos los casos en los cuales las
disposiciones no les habrán de aplicar a algunos de los sujetos regulados, es decir los supuestos en que
podrían encontrarse exentos del cumplimiento de la regulación. Tener conocimiento de esta información le
brinda certeza al ciudadano respecto al no cumplimiento de la misma, evitando que el ciudadano erogue
gastos innecesarios o que sea víctima de discrecionalidad por parte de quienes están obligados a supervisar
el cumplimiento de la regulación.
Ejemplos prácticos. Exclusiones y/o excepciones contempladas en la regulación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del
espectro radioeléctrico
Un producto se encuentra exento del cumplimiento de la regulación y sus
requerimientos si cumple con lo siguiente:
Cuenta con un poder de consumo que no exceda de 6 nano watts
Es una pieza de recambio
Es un vehículo motorizado
Es parte de algún sistema de equipo militar de las Fuerzas de Defensa
de Nueva Zelanda.
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de entidades pequeñas para renovar correctamente Programa de la EPA para Pintado, Renovación, Reparación de Pintura a base de Plomo
¿Qué viviendas o actividades quedan excluidas y no están sujetas a la regulación? • Viviendas construidas en 1978 o después. • Viviendas para personas de edad avanzada o discapacitadas, a menos que haya niños menores de 6 años que residan o vayan a residir allí. • Viviendas sin dormitorios designados (apartamentos “estudio”, dormitorios, estudiantiles, etc.). • Viviendas o componentes declarados sin plomo por un inspector acreditado o asesor de riesgos. • Actividades de reparación y mantenimiento menores que alteren 6 pies cuadrados o menos de superficie de pintura por cuarto en interiores, o 20 pies cuadrados o menos en superficies exteriores de una vivienda o edificio.
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de cumplimiento
de la Norma Oficial
Mexicana NOM-087-
SEMARNAT-SSA1-
2001
No se considera como Recursos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI):
La sangre seca.
Aquellos tejidos, órganos y partes del cuerpo que se encuentren en
formol.
La orina y el excremento, sin embargo, cuando estos provengan de
pacientes con enfermedades infectocontagiosas graves deben ser
20
desinfectadas con hipoclorito de sodio o formol antes de ser desechadas.
Aquellos materiales que no sean desechables y que puedan esterilizarse
para volverse a utilizar.
4. Agentes relacionados con la regulación
4.1. Supuestos y características del sujeto regulado
Se pretende que el regulador indique claramente quiénes son los sujetos obligados a la regulación,
señalando, en su caso, los supuestos a cumplirse para ser un sujeto regulado. Comúnmente, el marco jurídico
define cuáles son las características de las entidades (personas físicas o morales) que están sujetas al
cumplimiento de alguna regulación, es decir: ¿quién debe cumplir con la regulación? y ¿en qué situaciones se
debe cumplir con ella?
Ejemplos prácticos: Características del sujeto regulado
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de entidades pequeñas para renovar correctamente Programa de la EPA para Pintado, Renovación, Reparación de Pintura a base de Plomo
¿Quién debe cumplir los requisitos de la regulación sobre el plomo de 2008? En general, toda persona que reciba remuneración por realizar trabajo que altere
la pintura en viviendas y centros ocupados por niños construidos antes de 1978,
lo cual puede incluir, entre otros: • Propietarios/administradores de propiedad
residencial de alquiler • Contratistas generales • Contratistas especializados,
incluidos los: – Pintores – Plomeros – Carpinteros – Electricistas
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del
espectro radioeléctrico
¿Quién debe cumplir con la regulación?
Cualquier productor o proveedor de material eléctrico, electrónico, o productos
radiales que se venden en el mercado de Nueva Zelanda.
Manufactureros neozelandeses que fabrican productos para proveerlos en el mercado de Nueva Zelanda
Importadores de productos destinados al mercado de Nueva Zelanda
Vendedores al menudeo
Agentes autorizados, residentes de Nueva Zelandia que actúan en
beneficio de un proveedor del mercado neozelandés.
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-087-
SEMARNAT-SSA1-2001
¿Qué es la gestión de los Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos? Es un
conjunto de acciones administrativas y operativas establecidas en el marco legal
aplicable en la materia, que deben cumplir los generadores y los prestadores de
servicio a terceros, desde el momento en que se generan hasta su disposición
final.
Los generadores deben registrarse ante la SEMARNAT, llevar una bitácora,
reportar anualmente los residuos generados, utilizar los manifiestos de
entrega-transporte y recepción; elaborar o sujetar sus residuos a un plan de
manejo.
Los prestadores de servicio requieren autorización de la SEMARNAT para la
realización de las actividades de manejo de recolección, transporte y acopio,
tratamiento o incineración, disposición final de RPBI; utilizar los manifiestos
de entrega-transporte y recepción; y reportar anualmente los movimientos
de RPBI efectuados.
21
4.2. Clasificación de los agentes que deben cumplir con la regulación
Cuando la regulación lo establezca conviene señalar las diversas clasificaciones que existan de los agentes
regulados y las disposiciones aplicadas a cada grupo. Las clasificaciones o categorías de sujetos suelen ser
utilizadas por las áreas reguladoras para establecer diversos grados de obligatoriedad del cumplimiento de la
regulación, según el tipo de sujeto y las actividades que éstos realizan, igualmente, suelen ser utilizadas en
regulaciones diseñadas con un enfoque basado en riesgos.
Ejemplos prácticos: Clasificación de los agentes que deben cumplir con la regulación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
Clasificación de los generadores:
Nivel 1:
• Unidades hospitalarias de 1 a 5 camas e instituciones de investigación con excepción de los
señalados en el nivel III.
• Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de 1 a 50 muestras al día.
• Unidades hospitalarias psiquiátricas.
• Centros de toma de muestras para análisis clínicos.
Nivel 2:
• Unidades hospitalarias de 6 hasta 60 camas.
• Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de 51 a 200 muestras al día.
• Bioterios que se dediquen a la investigación con agentes biológico-infecciosos.
• Establecimientos que generen de 25 a 100 kilogramos al mes de RPBI.
Nivel 3:
• Unidades hospitalarias de más de 60 camas.
• Centros de producción e investigación experimental en enfermedades infecciosas.
• Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis a más de 200 muestras al día.
• Establecimientos que generen más de 100 kilogramos al mes de RPBI.
Esta clasificación es importante ya que determinar el plazo máximo que tienen los
establecimientos para el almacenamiento temporal de los RPBI.
Acciones específicas según nivel de generador
22
4.3. Agentes exentos del cumplimiento de la regulación
En ocasiones, la regulación exentará de su cumplimiento a uno o varios agentes, por lo que resulta importante
identificar, enlistar y describir las características de los sujetos y las circunstancias por las cuales esos grupos
son exentos del cumplimiento de la norma. A diferencia del punto 3.3 “Exclusiones y/o excepciones del objeto
regulado”, este apartado busca identificar si existe alguna exención de manera explícita a algún sujeto.
A efecto de ilustrar esta diferencia, tomamos de ejemplo los sujetos y objetos regulados de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo (LFPA) en materia de mejora regulatoria. En el artículo 1 de la LFPA se
establecen las materias (objetos) y los órganos (sujetos) a los que les aplica la Ley, así como las que se
encuentran exentas; por otro lado el artículo 69-A señala las dependencias exentas del proceso de mejora
regulatoria (sujetos). En la siguiente figura se muestran las diferencias claramente.
Figura 2. Ejemplo de sujetos y objetos regulados de la mejora regulatoria
Fuente: COFEMER
Ejemplos prácticos: Agentes exentos del cumplimiento
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de
entidades pequeñas para
renovar correctamente
Programa de la EPA para
Pintado, Renovación,
Reparación de Pintura a
base de Plomo.
Los requisitos de capacitación, acreditación y normas laborales no son
aplicables cuando la empresa obtenga una declaración del propietario de que
se cumplen todas las siguientes condiciones:
–La renovación se realizará en la residencia del propietario;
–No reside en ese lugar ningún niño menor de 6 años;
–No reside en ese lugar ninguna mujer embarazada;
23
Ejemplos prácticos: Agentes exentos del cumplimiento
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
–La vivienda no es un centro ocupado por niños.
STPS - SHCP
México
Manual laboral y fiscal
sobre la participación de los
trabajadores
en las utilidades de las
empresas
Las empresas e instituciones que están exceptuadas de la obligación de
repartir utilidades a sus trabajadores son las siguientes:
a) Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.
b) Las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto
nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento.
c) Las empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el
periodo de exploración.
d) Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con
bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de
asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los
beneficiarios, como son los casos de los asilos, fundaciones, etcétera.
e) El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales,
asistenciales o de beneficencia, están exceptuadas de esta obligación.
4.4. Agentes encargados de emitir, modificar o abrogar la regulación
A fin de dar transparencia en la emisión y aplicación de la regulación, es recomendable dar a conocer a los
ciudadanos la(s) institución(es) públicas que tengan facultades regulatorias sobre la materia que se está
“guiando”, por ello se recomienda describir en forma breve las principales atribuciones regulatorias de las
instituciones involucradas, haciendo énfasis en los temas que a cada una de ellas les corresponde regular y
señalado el o los procedimientos que tienen que llevar a cabo las modificaciones al marco jurídico y la forma
en la que lo hacen del conocimiento de los sujetos regulados. Para este apartado, no se encontraron ejemplos
completos que muestren lo señalado previamente, por lo que los ejemplos que se indican abajo son sólo
aproximaciones de lo que se busca en una guía.
Ejemplos prácticos: Agentes encargados de emitir, modificar o abrogar la regulación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
COFEPRIS
México
Guía para el
cumplimiento de la
Ley General para el
Control del Tabaco
y su Reglamento
En cumplimiento de los principios y objetivos fundamentales del Gobierno Federal de
proteger y mantener la salud de la población como requisito indispensable para alcanzar
el mejor desarrollo físico y mental de los mexicanos, el Congreso de la Unión emitió, el
30 de mayo de 2008, la Ley General para el Control del Tabaco, cuyo Reglamento fue
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2009, normatividad que
tiene el propósito de proteger la salud de la población.
A la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y al Consejo Nacional contra las Adicciones
(CONADIC), le corresponde difundir y hacer que se cumplan estos instrumentos jurídicos
para que, tanto los fumadores como los no fumadores, vean protegida su salud al no
exponerse a las más de 4,000 sustancias que producen el cigarro y otros productos del
24
Ejemplos prácticos: Agentes encargados de emitir, modificar o abrogar la regulación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
tabaco durante su combustión, tales como: la nicotina, el alquitrán, plomo, polonio 210,
amoníaco, benceno, tolueno, talio, cadmio, cianuro, monóxido de carbono, arsénico,
residuos de diversos pesticidas y otras sustancias oxidantes de las cuales se sabe que,
al menos 40, tienen efectos cancerígenos.
IFT
México
Guía de
cumplimiento de
obligaciones para
los concesionarios,
permisionarios y
registratarios de
servicios de
telecomunicaciones
La presente Guía se elaboró para transparentar el ejercicio de las atribuciones de la
Dirección General de Supervisión (“DGS”), dependiente de la Unidad de Supervisión y
Verificación. A la DGS compete supervisar y vigilar que los concesionarios,
permisionarios, operadores, registratarios y demás prestadores de servicios cumplan con
las obligaciones o condiciones establecidas en los títulos de concesión, permisos,
autorizaciones y constancias de registro de servicios de valor agregado; así como que
cumplan con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de
telecomunicaciones.
Asimismo, la Unidad de Servicios a la Industria para estar en posibilidades de atender los
trámites relacionados con prórrogas de vigencias de concesiones y permisos,
autorizaciones de servicios adicionales y/o ampliaciones de cobertura, requiere de la
información relativa al cumplimiento de obligaciones. Actualmente, la citada Unidad ha
solicitado información de aproximadamente 300 operadores y prestadores de servicios
de telecomunicaciones sobre el cumplimiento de obligaciones.
4.5. Agentes encargados de vigilar y supervisar el cumplimiento de la regulación
La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE, 2014a) señala que asegurar el
cumplimiento efectivo de las reglas es un factor importante en la creación del buen funcionamiento de la
sociedad y de la confianza del gobierno. Es el mayor elemento para salvaguardar la salud y la seguridad,
proteger el medio ambiente, asegurar los ingresos del Estado, y otorgar servicios públicos esenciales. El reto
para los gobiernos es desarrollar y aplicar estrategias que aseguren el cumplimiento de la regulación y
alcancen los mejores resultados, manteniendo los costos y las cargas de cumplimiento lo más bajo posible.
En ocasiones, las instancias con atribuciones para emitir la regulación son las mismas que las encargadas de
vigilar su cumplimiento; igualmente, existen casos, en los cuales, las funciones de revisión, vigilancia y/o
evaluación del cumplimiento de las regulaciones son desempeñadas por otros órganos públicos, o bien a
través de terceros autorizados.
En este sentido, resulta relevante para el cumplimiento adecuado de la regulación, dar a conocer a los
ciudadanos y a las empresas, el o los órganos que cuentan con las atribuciones de verificación y evaluación
del cumplimiento de la regulación, así como la forma y/o los procedimientos para corroborar el cumplimiento
de las normas, para tal efecto se propone a los reguladores integrar en la guía un breve apartado
identificando los agentes encargados de esta tarea, así como sus atribuciones específicas.
25
Ejemplos prácticos: Agentes que deben vigilar y supervisar el cumplimiento de la regulación.
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
¿Quién llevará a cabo la vigilancia de la norma?
La SEMARNAT, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la SSA,
a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios en el
ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, vigilarán el cumplimiento de la
Norma Oficial Mexicana de conformidad con las Bases de Colaboración celebradas entre
SSA y SEMARNAT, mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el día 14 de septiembre de 2005.
MED
Nueva Zelandia
Guía de
cumplimiento
para usuarios del
espectro
radioeléctrico
Proceso de verificación de cumplimiento
Si usted resulta seleccionado para una auditoría de cumplimiento, la Gerencia del
Espectro Radioeléctrico (GER) evalúa le enviará un aviso escrito del requerimiento 10
días previos a su visita. Un inspector radial lo contactará para fijar una fecha acordada
por ambas partes.
5. Cumplimiento de la regulación
5.1. Requerimientos mínimos y obligatorios de cumplimiento de la regulación
En el lenguaje de la mejora regulatoria federal en México, una regulación genera costos de cumplimiento para
los particulares cuando:
I. Crea nuevas obligaciones;
II. Hace más estrictas las obligaciones existentes;
III. Crea o modifica trámites (excepto cuando la modificación simplifica y facilita el cumplimiento del
particular);
IV. Reduce o restringe derechos o prestaciones para los particulares; o,
V. Establece definiciones, clasificaciones, caracterizaciones o cualquier otro término de
referencia, que conjuntamente con otra disposición en vigor o con una disposición futura, afecten o
puedan afectar los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.
En estricto sentido, estos costos de cumplimiento también llamados costos regulatorios, en un leguaje
teórico se configuran como obligaciones de los particulares. Haciendo un vínculo entre los criterios
establecidos por la COFEMER para identificar de una manera práctica los costos que les impone la regulación
a los particulares, con la teoría de costos de cumplimiento diseñada por la OCDE (2014b) se tiene la siguiente
clasificación de costos regulatorios:
26
Figura 3. Clasificación de Costos Regulatorios
Fuente: OCDE 2014b
Esta categoría de costos ha sido diseñada con el objeto de procurar un mayor entendimiento de los países de
la OCDE en los elementos que deben ser considerados para medir el impacto de la regulación a través de la
elaboración de los análisis costo-beneficio, que se incluyen en las manifestaciones de impacto regulatorio.
Por lo anterior, se pueden observar costos regulatorios que, si bien son generados por la propuesta
regulatoria, no necesariamente serán erogados por los particulares, tal es caso de los costos de
administración y aplicación de la regulación que son erogados por el gobierno, los costos de oportunidad
(costo virtual) y los macroeconómicos (refleja algún impacto en los indicadores de la macroeconomía).
Las guías para el autocumplimiento deben enfocarse en la identificación de los costos que serán erogados
por los particulares, al ser obligaciones concretas que deben hacer frente una vez que la regulación esté
vigente. Enseguida se explican brevemente los tipos de costos que tienen relación directa con los regulados.
Costos de cumplimiento
Son los costos en que incurren las empresas u otros agentes para quien ha sido diseñada la regulación y
quienes deberán realizar las acciones necesarias para cumplirla, incluye los costos en que incurre el gobierno
para llevar la administración de la regulación y hacerla cumplir. Los costos de cumplimiento se pueden dividir
en: cargas administrativas, costos de cumplimiento sustantivos, costos de administración y aplicación.
27
Cargas Administrativas. Las cargas administrativas se pueden definir como los costos de cumplir
con las obligaciones de información (trámites) derivadas de la regulación. Estas obligaciones
proporcionan información y datos para la toma de decisiones en el sector público o de terceros.
En México, un trámite u obligación de información, implica dos grandes acciones: (1) entregar
información o documentos a la autoridad pública, para obtener un beneficio, cumplir con una
obligación o en general obtener una resolución y (2) conservar la información disponible para la
inspección o el suministro a pedido2.
CARGAS ADMINISTRATIVAS TRÁMITES
Costos de cumplimiento sustantivos. Son los costos directos en los que incurren los sujetos
regulados para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en una norma, sin incluir los
gastos administrativos. Esta categoría se refiere a aquellas acciones que deberán realizar los
particulares para ajustar su quehacer conforme a lo establecido en una regulación que sea nueva o
la modificación de alguna ya existente. Regularmente, estos costos pueden ser incrementales y se
distinguen de los gastos administrativos comunes de una empresa, en el sentido de que sino
existiera la regulación, es muy probable que el particular no los devengaría por decisión propia.
Entre los costos sustantivos que la OCDE (2014b) categoriza, se encuentran los siguientes:
a. Costos de implementación
b. Costos de mano de obra directa
c. Gastos generales
d. Costos de maquinaria y equipo
e. Costos de materiales
f. Costos de servicios externos
Como ejemplo de estos costos se puede mencionar la obligación de colocar un filtro a máquinas,
para reducir la emisión de gases contaminantes.
COSTOS SUSTANTIVOS NUEVAS OBLIGACIONES
OBLIGACIONES MÁS ESTRICTAS
Costos de administración y aplicación de la regulación
Se refiere a los costos incurridos por el gobierno en la administración y el cumplimiento de la
regulación. Se puede considerar que entran en la categoría de los costos de cumplimiento, ya que
2 Ver definición completa en el artículo 69-B, párrafo tercero de la LFPA.
28
están directamente relacionados con la consecución del objetivo normativo subyacente y son una
parte inevitable del costo de la regulación. Sin embargo, ellos están a cargo de las entidades del
gobierno.
Estos costos incluyen: los gastos de publicidad para dar a conocer la existencia y aplicación de la
nueva regulación, el desarrollo e implementación de nuevos sistemas de licencias o de registro, la
evaluación y aprobación de las solicitudes y renovaciones de procesamiento. También incluirán la
elaboración y aplicación de inspección y/o sistemas de auditoría y desarrollo, y sistemas de
sanciones, entre otros.
Costos Financieros
Por simplicidad, y para el desarrollo de las guías de autocumplimiento, se considerarán como costos
financieros de la regulación, los pagos que realizan los particulares por concepto de impuestos,
derechos, aprovechamientos, y cualquier otro pago que deban realizar ante la autoridad, con el
objeto de estar en cumplimiento con la regulación3.
COSTOS FINANCIEROS PAGO DE DERECHOS O SIMILARES
Costos Indirectos
También llamados costos de "segunda ronda", los costos indirectos son incidentales a la finalidad de
la regulación y a menudo afectan a terceros.
Costos de Oportunidad
Los costos de oportunidad son los costos incurridos por la necesidad de destinar recursos para el
cumplimiento regulatorio y que son utilizados por los particulares, lejos de su preferencia (es decir,
más productiva). Por ejemplo:
una empresa puede ser incapaz de llevar a cabo una expansión a su capacidad productiva, ya
que requieren recursos para comprar equipos de control de emisiones para sus instalaciones
existentes con el fin de cumplir con la nueva regulación;
el tiempo del personal dedicado a las actividades de cumplimiento, a expensas de otras
actividades productivas.
Costos Macroeconómicos
Son los impactos causados por los requisitos de la regulación sobre las principales variables
macroeconómicas como el PIB y el empleo. Pocas medidas reglamentarias específicas tendrán
3 En estricto sentido la OCDE (2014b) considera el costo financiero de una regulación como el costo del capital que se destina para en el cumplimiento de las obligaciones de una regulación. Es decir, el costo de una inversión per se más el costo de financiamiento para realizar las inversiones necesarias (es decir, los equipos comprados, etc.) con el fin de que la empresa esté en cumplimiento (Costo Promedio Ponderado del Capital (WACC) o las tasas de interés de referencia). Esta definición debe ser considerada por los reguladores cuando realicen un análisis costo–beneficio.
29
costos macroeconómicos inapreciables. Sin embargo, pueden constituir un elemento de costo muy
significativo en algunos casos.
5.1.1. Obligaciones sustantivas
Con el marco teórico previo, en esta sección se pretende que los reguladores indiquen claramente las
obligaciones sustantivas que la regulación les establece a los particulares, sean nuevas obligaciones,
obligaciones existentes, obligaciones para realizar por única vez u obligaciones recurrentes.
Una obligación sustantiva puede establecer la adopción de determinada tecnología, adquirir ciertos productos
que cumplan con determinadas características, o en general, cumplir con estándares técnicos.
Ejemplos prácticos: Obligaciones sustantivas de la regulación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
Los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI) deberán ser identificados para ser
separados y envasados inmediatamente después de su generación:
Bolsa roja: Material de curación y recipientes empapados con sangre fresca, los
recipientes con cultivos y cepas de agentes biológico-infeccioso, tubos de ensayo
de plástico consangre fresca, jeringas con sangre y sin aguja.
Bolsa amarilla: Tejidos y órganos de necropsia y cirugía, animales muertos
inoculados con agentes entero-patógenos.
Contenedor de punzocortantes: Material punzocortante o de vidrio que haya
estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el
diagnóstico y tratamiento, jeringas con sangre y con aguja
Bolsa transparente: Animales muertos no inoculados, material no contaminado,
material de curación con poca sangre y seca, empaques de materiales de curación,
jeringas sin sangre y sin aguja.
MED
Nueva Zelandia
Guía de
cumplimiento
para usuarios del
espectro
radioeléctrico
Para los productos eléctricos, electrónicos y algunos productos de radio, la etiqueta
contendrá lo siguiente:
Una etiqueta tipo C con información de identificación del proveedor.
La información del proveedor proporcionada por la Gerencia del Espectro
Radioeléctrico (GER).
El nombre y dirección del proveedor registrado.
El número registrado de la compañía proveedora y número GST de la
compañía proveedora.
La marca registrada oficial de la compañía proveedora.
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento
¿Cómo hacer un ambiente libre de humo de tabaco y cumplir con la Ley?
Para que un lugar pueda ser considerado un espacio 100% libre de humo de tabaco, que
cumpla con las disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco y su
Reglamento, es necesario llevar a cabo una serie de procedimientos básicos:
30
Ejemplos prácticos: Obligaciones sustantivas de la regulación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
1. No permitas que se fume dentro de las áreas donde brindas tus servicios, elabores
tus productos, o sean tránsito obligado para usuarios y/o trabajadores.
2. Debes colocar un cenicero de pie a la entrada de tu establecimiento, con el letrero
“Apaga tu cigarro, o cualquier producto de tabaco, antes de entrar”; con el propósito
de prevenir que el humo de tabaco se introduzca a tu establecimiento.
3. Pon señalización indicando que tu establecimiento es un espacio libre de humo de
tabaco, con la advertencia de las consecuencias de no respetarlo, así como el
número telefónico en el que se puede denunciar o presentar quejas. Artículo 55
RLGCT.
En caso de que decidas crear áreas exclusivas para fumar en tu establecimiento, pueden
ser de dos tipos:
A. Espacios al aire libre
1. Deben estar físicamente separados e incomunicados de los espacios 100% libres
de humo de tabaco, además de no ser paso obligado para las personas, ni tampoco
encontrarse en los accesos o salidas del inmueble.
B. Espacios interiores aislados
1. En este caso debes buscar que el espacio libre de humo de tabaco sea, como
mínimo, del doble del destinado al espacio interior aislado. Para calcular tus
espacios tienes que tomar en cuenta sólo la superficie destinada a brindar tus
servicios, sin considerar otras áreas como cocina, baños, cajas, estacionamiento o
almacenes.
2. El espacio interior aislado debe estar totalmente separado de piso a techo de pared
a pared de los espacios 100% libres de humo de tabaco por todos sus lados.
Artículo 61 fracción I del RLGCT.
3. Debe contar con una puerta de apertura y cierre automáticos, con mecanismo de
movimiento lateral, no abatible. Ésta permanecerá cerrada permanentemente y sólo
se abrirá durante el acceso o salida de esta zona, con el propósito de prevenir
contaminar el espacio 100% libre de humo. Artículo 61 fracc. II del RLGCT.
4. No debe ser paso obligado para usuarios y/o trabajadores. Artículo 61 fracc. IV del
RLGCT.
5. Debe tener señalamientos claros de la prohibición de la entrada a menores de
edad; así como advertencias respecto a los riesgos para la salud que implica estar
dentro de un área destinada a fumadores para las mujeres embarazadas, personas
mayores, y quienes padezcan enfermedades cardiovasculares, respiratorias,
cáncer, asma, y otras. Artículo 61 fracc. III del RLGCT.
6. Si decides mantener un espacio interior aislado, debes contar con un sistema de
ventilación y purificación que garantice:
a. El recambio de aire limpio, continuo y permanente, que corresponda al
total del volumen interior por cada 20 minutos, durante todo el tiempo
que el establecimiento este en funcionamiento. Artículo 63 fracc. I del
RLGCT.
b. La filtración del aire contaminado antes de expulsarlo del establecimiento
no deberá tener salida dentro de un perímetro de 6 metros alrededor de
31
Ejemplos prácticos: Obligaciones sustantivas de la regulación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
cualquier espacio 100% libre de humo, puerta de entrada o salida, tomas
de aire o nivel de calle. Artículo 63 fracc. II del RLGCT.
En caso de que no se pueda cumplir con esta medida, se podrá hacer a
tres metros, siempre y cuando el aire expulsado sea filtrado tanto para
partículas como para gases. Debes llevar un registro del mantenimiento
y de los cambios del filtro, tendrás que presentar dicho registro en caso
de que te lo requieran durante una verificación.
c. Que su aporte de aire sea de 30 litros por segundo, considerando un
aforo de una persona por cada 1.5 m2. Artículo 63 fracc. III del RLGCT.
5.1.2. Obligaciones financieras
Diversas regulaciones establecen que los particulares deben cubrir los gastos que habrá de erogar el Estado
para procesar sus solicitudes. En México estas erogaciones pueden tomar el nombre de derechos o
contribuciones.
Es importante que los particulares conozcan todos los costos que implica cumplir con la regulación,
incluyendo cuotas, derechos o cualquier otro pago formal que se deba hacer al Estado; a efecto de procurar la
transparencia en la aplicación de la regulación, las áreas reguladoras deben dar a conocer lo siguiente:
El concepto
El monto
La periodicidad o la(s) fecha(s) en la(s) que se debe realizar el pago
El fundamento legal, y
El o los medio(s) a través de los cual(es) se puede realizar el pago
En este apartado se pretende que los reguladores enlisten los pagos formales que deban realizar las
empresas y ciudadanos para estar en cumplimiento con la regulación.
Ejemplos prácticos : Obligaciones financieras
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del
espectro radioeléctrico
Algunas licencias de radio están sujetas a una cuota anual. Las licencias
especifican los aspectos técnicos esenciales de las transmisiones permitidas.
El no pagar las cuotas anuales de licencias puede resultar la revocación de
la licencia de radio. Los pagos de cuotas de licencia pueden hacerse en línea
en el Sistema SMART.
32
5.1.3. Obligaciones de capacitación
En ocasiones, los sujetos regulados deben contar con habilidades técnicas o profesionales para cumplir con
lo establecido por la norma. Las regulaciones pueden establecer que las empresas desarrollen
entrenamientos o cursos de capacitación sobre el cumplimiento de la norma, o sobre temas específicos, ya
sea para adoptar determinada práctica establecida, o para clarificar el cumplimiento de procedimientos. Por
tanto, se deben identificar aquellas actividades de capacitación obligatorias para los sujetos regulados, que
por disposición reglamentaria son requeridas.
Ejemplos prácticos: Obligaciones de capacitación
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
¿En qué consiste la capacitación del personal involucrado en el manejo de Residuos
Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI)?
Cada establecimiento generador debe desarrollar políticas de capacitación para todo el
personal. Los eventos de capacitación deben ser ejecutados y evaluados
periódicamente, utilizando técnicas participativas y ayudas audiovisuales: folletos, videos,
carteles, periódicos murales, etc. El contenido general de los programas de capacitación
debe contemplar, entre otros, los siguientes aspectos:
Riesgos de los residuos hospitalarios.
Métodos para prevenir la transmisión de infecciones, relacionadas con el
manejo de los desechos.
5.2. Obligaciones de información (gestión de trámites)
En ocasiones, los particulares no cuentan con los incentivos suficientes para revelar información que les
puede ser útil a otros particulares, al gobierno o a otros agentes externos para la toma de decisiones o para
evaluar la evolución de la aplicación de los preceptos legales. Debido a esto, muchas disposiciones
establecen la condición de que el agente regulado ponga a disposición de la autoridad determinada
información para así reducir la brecha informativa que existe entre ambas partes.
En México, las obligaciones de información son comúnmente llamadas trámites, y para el Gobierno de la
República un trámite federal se entiende como: “cualquier solicitud o entrega de información que las personas
físicas o morales del sector privado hagan ante una dependencia u organismo descentralizado, ya sea para
cumplir una obligación, obtener un beneficio o servicio o, en general, a fin de que se emita una resolución,
como cualquier documento que dichas personas estén obligadas a conservar, no comprendiéndose aquella
documentación o información que sólo tenga que presentarse en caso de un requerimiento de una
dependencia u organismo descentralizado”4.
Para este apartado, se busca que los reguladores puedan señalar y describir con detalle todos aquellos
trámites que los particulares deberán cumplir a consecuencia de la implementación de la regulación, tanto en
4 Artículo 69-B, párrafo tercero, LFPA.
33
el orden federal, como en el local, y en su caso, incluso en el internacional. Es importante que puedan
considerarse los trámites de inicio de operaciones, las prórrogas, lo de cierre de operaciones y demás
trámites relacionados con el tema “guiado”.
Los trámites federales están inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS)5, registro en línea
administrado por la COFEMER, que recientemente ha iniciado su migración a una nueva aplicación
denominada: www.gob.mx
En caso de que se trate de un trámite federal, es de utilidad colocar el nombre y homoclave completos, así
como los datos de la ficha del trámite con los que se encuentran registrados, o en su defecto la dirección
electrónica donde puede ser identificado el detalle de la información de los mismos.
Figura 4. Elementos de un trámite federal
Fuente: COFEMER
5 http://187.191.71.208/BuscadorTramites/BuscadorGeneralHomoclave.asp
34
Ejemplos prácticos: Gestión de trámites
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de
cumplimiento de
entidades
pequeñas para
renovar
correctamente
Programa de la
EPA para Pintado,
Renovación,
Reparación de
Pinturas a base de
Plomo.
¿Cuáles son los requisitos de documentación?
• Deben guardarse todos los documentos por un periodo de tres años después de haber
completado la renovación.
• Los documentos que deben guardarse incluyen:
-Informes que certifiquen que no existe pintura a base de plomo.
-Informes relacionados con la distribución del folleto sobre el plomo.
-Cualquier declaración firmada y fechada recibida del propietario u ocupantes que
documente que los requisitos no son aplicables (por ejemplo, que no hay niños
menores de 6 años o mujeres embarazadas que residan en la vivienda y que no se
trata de un centro ocupado por niños).
SEMARNAT
- SSA
México
Guía de
cumplimiento de la
Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-SEMARNAT-
SSA1-2001
¿Cuáles son los Procedimientos Técnico-Administrativos correspondientes para la
autorización de la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de RPBI?
La gestión referente al manejo de los RPBI, es a través de la Dirección General de Gestión
Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la Subsecretaría de Gestión para la
Protección Ambiental, mediante los siguientes trámites:
SEMARNAT-07-17 Registro como generador de Residuos Peligrosos. Modalidad A:
Registro como generador de Residuos Peligrosos. Modalidad B: Registro para auto
determinar la categoría de generación de Residuos Peligrosos.
SEMARNAT-07-024 Registro de Plan de Manejo de Residuos Peligrosos.
Las operaciones de manejo como pueden ser el transporte y acopio externo, así como los
sistemas de tratamiento que apliquen tanto a establecimientos generadores como prestadores
de servicios dentro o fuera de la instalación del generador, requieren autorización de la
SEMARNAT, a través de la Subsecretaría de Gestión Ambiental mediante un protocolo de
pruebas previamente determinado y aprobado.
Los generadores de sangre y los componentes de ésta, solo en su forma líquida, clasificados
como RPBI, no requieren realizar la gestión para el trámite de autorización para el tratamiento
in situ a los mismos, solamente deben presentar ante la Dirección General de Gestión Integral
de Materiales y Actividades Riesgosas un informe técnico, en el cual se describan las
actividades que llevan a cabo para realizar su tratamiento, tomando como referencia lo
establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993.
35
Ejemplos prácticos: Gestión de trámites
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
IFT
México
Guía de cumplimiento de obligaciones para los concesionarios, permisionarios y registratarios de servicios de telecomunicaciones
5.3. Proceso para el cumplimiento de la regulación (diagrama de flujo)
Para un mejor entendimiento del tema “guiado”, se sugiere incluir un diagrama de flujo que describa de
manera general los procedimientos y demás pasos sistemáticos necesarios, para que se cumpla con la
regulación.
Hacer uso de diagramas de flujo e imágenes, permite tener en una sola vista todos los pasos a seguir,
indicando aquellos que son obligatorios y los que no lo sean, así como las diversas rutas de trabajo que
pudieran existir.
Obligaciones de cum plim iento único ":
DESCRI PCI ON DE LA
OBLI GACI ON A ACREDI TAR
SERVI CI OS EN QUE
APLI CA
PERI ODI CI DAD
( Plazo de
Entrega)
I NFORMACI ON ADI CI ONAL
REPRESENTANTE LEGAL Todos Sin término
Siempre debe tener cuando
menos uno con poderes generales para pleitos y
cobranzas y administración.
DESIGNACIÓN DE RESPONSABLE TÉCNICO
Todos 30 días naturales a partir del inicio
de operaciones
Siempre debe tener uno, si se
autorizan servicios adicionales deberá presentar la
modificación.
CÓDIGO DE PRACTICAS
COMERCIALES Todos
30 días naturales
al inicio de operaciones
COFETEL-07-007
Siempre debe tener uno, si se autorizan servicios adicionales
deberá presentar la modificación
INFORMACION CONTABLE (Programa de Implantación de la
metodología contemplada en el Manual)
Todos los
concesionarios que presten uno o más
servicios de
telecomunicaciones
Presentar para
aprobación el
Programa, previamente al
inicio de operaciones.
(COFETEL-07-012)
Resolución P/271198/279 ,publicada en
el DOF el 01/12/1998, por el que establece la Metodolog ía para la
ent rega de inform ación
contable por servicio.
PROGRAMA DE COBERTURA Y
MODERNIZACION DE LA RED Televisión
Dentro de los 60 días naturales posteriores al
otorgamiento del
Título
Vigencia de 4 años
INICIO DE OPERACIONES Todos El que prevea el titulo y/o anexos
En el caso de televisión
restringida, deberá remitir el
aviso de conclusión de instalación de la red. Art. 6
del Reglamento del Servicio
de TV y Audio Restringidos.
SISTEMA DE QUEJAS Y REPARACIONES
Todos
Sin término, El
sistema se presenta para
aprobación antes de las
operaciones
COFETEL-07-001
Los reportes de
incidencia se elaboran y se tendrán a disposición. No se
ent regan .
SISTEMA DE FACTURACION Todos
Se presenta para
aprobación, antes del inicio
de operaciones.
Si se autorizan servicios adicionales deberá presentar
la modificación.
SERVICIOS DE EMERGENCIA Todos
Presentarlo
dentro de los seis meses
siguientes de recibir la concesión
(COFETEL-07-
006)
Se dará aviso de cualquier
evento que repercuta en forma generalizada en la red.
CONTRATO TIPO Todos
30 días posteriores a la
fecha del
otorgamiento de la concesión o
permiso
(COFETEL-07-
010)
INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE TELECOMUNICACIONES
Todos
30 días naturales días posteriores
a la fecha del otorgamiento,
modificación o cesión de la concesión
PUBLICACION DEL CÓDIGO DE PRACTICAS COMERCIALES
Todos Sin término Cuando se apruebe, a solicitud de la Comisión.
CALIDAD DE LOS SERVICIOS Todos
Deberá enviar los estándares
mínimos de
calidad que se
obliga a respetar, en el
plazo previsto en la concesión.
Deberá cumplir con los
estándares mínimos de
calidad
PUBLICACION DEL EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION
Todos 60 días naturales otorgamiento de
concesión
Se realiza por conducto de la Secretaria y deberá acreditar
ante la CFT su publicación.
TARIFAS Todos
Regist rar las
antes de la
puesta en vigor
Prohibido aplicar tarifas no
registradas.
MODIFICACIÓN DE
PROGRAMACIÓN O
DISTRIBUCIÓN DE CANALES
Concesionarios y
Permisionarios del
Servicio de TV y Audio Restringidos
30 días
posteriores a la
fecha en que se realicen
Es un aviso, conforme al trámite oficial
COFETEL-10-002
DISTRIBUCION DE LAS SEÑALES
DE TELEVISIÓN RESERVADAS AL ESTADO
Concesionarios del
Servicio de TV Restringida
Informe
posterior al inicio
de operaciones del canal o
canales destinados
Los concesionarios deberán
distribuir obligatoriamente la seña l de canal del H.
Congreso de la Unión
"Obligaciones de Cum plim iento periódico"
DESCRI PCI ON DE
LA OBLI GACI ON A
ACREDI TAR
SERVI CI OS
EN QUE
APLI CA
PERI ODI CI DAD
( Plazo de Ent rega)
I NFORMACI ON
ADI CI ON AL
GARANTIA (FIANZA) Todos
30 días naturales a
partir del otorgamiento y
renovación anual
Puede ser conforme al Acuerdo
secretaria l del 1 de diciembre de 2005.,
se anexa Form ato de
Fianza y Form ato Carta de Crédito .
COMPOSICION ACCIONARIA
Todos A más tardar el 30 de
abril de cada año Cuando existan cambios en la Composición
CALIDAD DE LOS SERVICIOS
(Reportes)
Todos
Deberá presentar los reportes donde se
cumplan con los estándares mínimos
(mensual, bimestral o
trimestral, anual), según el título de concesión
ESTADOS
FINANCIEROS
Todos los
servicios concesionados
150 días naturales
siguientes al cierre de cada año
ACTI VOS FI JOS
Todos los concesionados
150 días naturales siguientes al cierre de
cada año
PROGRAMAS DE
CAPACI TACI ON Y
LABORES DE
I NVESTI GACI ÓN
Todos los
concesionados
150 días naturales
siguientes al cierre de cada año
PROGRAMA
(COMPROMISOS DE COBERTURA)
Todos En el plazo previsto en la
concesión o permiso
Se debe acreditar a satisfacción de la
Comisión
PROGRAMA DE INSTALACION
Todos Reporte Trimestral Debe informar sobre los avances de instalación
36
Ejemplos prácticos: Proceso para el Cumplimiento de la Regulación (diagrama de flujo).
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de
cumplimiento de
entidades
pequeñas para
renovar
correctamente
Programa de la
EPA para
Pintado,
Renovación,
Reparación de
Pintura a base
de Plomo.
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento para usuarios del espectro radioeléctrico
LOS 6 PASOS PARA CUMPLIMIENTO
Paso 1: Asegurar que los productos cumplen con estándar apropiado
Paso 2: Solicitar un número de código del proveedor (SCN)
Paso 3: Completar la declaración de conformidad del proveedor
Paso 4: Preparar una descripción del producto
Paso 5: Crear una carpeta cumplimiento
Paso 6: Etiquetar el producto
[…]
INSHT
España
Guía técnica
para la utilización
por los
trabajadores de
equipos de
protección
individual
37
Ejemplos prácticos: Proceso para el Cumplimiento de la Regulación (diagrama de flujo).
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de
cumplimiento de
la Norma Oficial
Mexicana NOM-
087-
SEMARNAT-
SSA1-2001
6. Inspección y vigilancia de la regulación
Un reto para el estado mexicano es generar incentivos para hacer cumplir la regulación. Los recursos
escasos y limitados con los que cuenta hace imposible que se pueda inspeccionar y vigiliar todos los
temas y a todos los sujetos regulados, por ello la OCDE (2014a) ha planteado que las inspecciones y
verificaciones del cumplimiento de la regulación deben:
1. Estar basadas en la evidencia de lo riesgoso que pueden ser las actividades que se realizan y
los datos del comportamiento de los agentes regulados;
2. Ser selectivas, por lo que las inspecciones y la aplicación no pueden estar presentes en todas
partes y abordar todo;
3. Estar basadas en riesgos, es decir, la frecuencia de las inspecciones y los recursos
empleados debe ser proporcional al nivel de riesgo, por lo que las medidas coercitivas deben
estar dirigidas a la reducción del riesgo que suponen las infracciones; y,
4. Configurarse en una regulación responsiva, es decir que las acciones de inspección se
deben modular en base al perfil y comportamiento de la empresa específica, y a la reputación
de los agentes regulados.
La aplicación y vigilancia de la regulación aseguran la calidad y la efectividad de la política regulatoria, de ahí
su importancia. El desarrollo de guías de autocumplimiento permiten aumentar el grado de conciencia de los
derechos que involucra la actividad regulatoria para quienes deben cumplirla, al mismo tiempo que permite
clarificar de qué manera el cumplimiento se relaciona con éstos.
38
Los mecanismos de inspecciones y verificaciones deben fortalecerse principalmente en regulaciones que
involucran riesgos para la sociedad, tales como:
Riesgo a la salud humana
Riesgo a la salud animal
Riesgo a la salud vegetal
Riesgo para el consumidor
Riesgo para el medio ambiente
Riesgo a la seguridad laboral
Riesgo a la seguridad de las personas
6.1. Procedimientos y criterios de los reguladores para ejercer el cumplimiento de la regulación
En esta sección, se busca que los reguladores puedan explicar, transparentar y vincular los procesos de
inspección y verificación con las obligaciones regulatorias, para tal fin es recomendable que las áreas
reguladoras den claridad sobre los siguientes aspectos:
Figura 5. Diseño de esquemas de verificación
Fuente: COFEMER
¿Cuándo se hace? Implica saber en qué momento
el particular debe o puede ser sujeto a verificación o
inspección, ya sea ésta, de manera previa al inicio de
las operaciones o durante éstas. Igualmente, resulta
importante conocer la periodicidad con la que éstas
se deben realizar o si son por única ocasión.
¿Quién la hace? Es una respuesta que permitirá a
los particulares conocer, si será el propio Estado a
través de verificadores quien realizará las
inspecciones o si serán terceros autorizados por el
Estado quienes las llevarán a cabo, tales como:
unidades de verificación, laboratorios de prueba,
organismos de certificación, o cualquier otro
autorizado. En caso de que sean éstos últimos, las
áreas reguladoras, deben dar a conocer los nombres
y datos de contacto de los terceros que hayan sido
autorizados para tal fin. Asimismo, en caso de que no
existan terceros autorizados suficientes para verificar
el cumplimiento del total de los regulados, al área
reguladora puede dar a conocer un calendario de
verificación.
¿Cómo se hace? Se refiere a la forma en la que los verificadores o los terceros autorizados harán la
inspección. En este apartado debe indicarse si la verificación puede ser a solicitud de parte, de oficio, o
39
ambas, en este sentido deben señalarse los criterios de selección de los agentes sujetos a verificación, sean
estos de tipo muestral o no.
¿Cómo se hace? Se busca que los reguladores den a conocer el procedimiento para solicitar o notificar la
verificación, así como la forma en la que ésta se realizaría. Mostrar una lista de verificación de cumplimiento
(checklist) con los requerimientos clave que habrán de revisar durante la verificación sería un herramienta de
mucha utilidad, tanto para los particulares, como para los inspectores, al reducir la discrecionalidad o la
necesidad de interpretar los requerimientos de la regulación, al mismo tiempo que les permite conocer
exactamente en dónde enfocarse y les ayuda a garantizar el seguimiento de estándares de calidad y/o
seguridad.
Si bien, habrá materias en donde es necesaria la valoración y experiencia de los inspectores para decidir si se
cumple o no con la norma, para el resto de las actividades que no requieran estas características de
inspección, se recomienda que las listas de verificación:
Sean específicas para cada tipo de inspección y para cada sujeto regulado.
Estén enfocadas al riesgo, no deben buscar incluir cada uno, ni todos los requerimientos posibles,
sino enfocarse únicamente en los requerimientos esenciales, tanto como sea posible.
Sean actualizadas de manera regular, en base a la retroalimentación por parte de los inspectores
que hacen el trabajo de campo y de parte de representantes de los entes verificados.
¿Qué recursos se requieren? En este manual se entienden como los materiales, equipos y/o recursos
financieros que los particulares deberán destinar a la inspección o verificación; ahora bien, desde el punto de
vista de la elaboración de una Manifestación de Impacto Regulatorio se entiende como los recursos que el
Estado invierte para la administración y cumplimiento de la regulación.
¿Qué se espera lograr? Es una pregunta que permite identificar hacia dónde se dirige la verificación,
estableciendo tanto los objetivos generales, como los objetivos específicos de la misma, es decir lo que se
busca que cada particular garantice al Estado al realizar su actividad. Es aquí, en donde el área reguladora
tiene la oportunidad de incrementar el grado de conciencia de los derechos que involucra la actividad
regulatoria para quienes deben cumplirla, a la vez que permite clarificar de qué manera el cumplimiento se
relaciona con estos.
El medio por el que se comprueba el cumplimiento es el resultado de la inspección. Los particulares deben
tener conocimiento del medio por el que se comprueba el cumplimiento de la regulación, a fin de evitar
discrecionalidad en la aplicación de la misma, esto puede ser a través de un certificado, un oficio, un dictamen
o cualquier otro documento que tenga este fin y que sea emitido por la autoridad o por los terceros
autorizados. Es recomendable que el cumplimiento de la regulación quede plasmado en un documento por
escrito.
40
6.1.1. Acciones de verificación
Ejemplos práctico: Acciones de verificación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del espectro
radioeléctrico
Auditorias de cumplimiento de la regulación en los productos
Las auditorías de cumplimiento y las inspecciones a los productos y proveedores
permiten mantener de manera proactiva el marco general de cumplimiento por
parte de la Gerencia del Espectro Radioeléctrico (GER).
Si usted fue seleccionado para ser sujeto a la auditoría se le avisará de la misma
con diez días hábiles de anticipación. Durante la auditoría de cumplimiento se le
solicitará lo siguiente:
Demostrar el etiquetado correcto
Entregar la descripción del producto
Reporte de pruebas que confirme el cumplimiento con los estándares
solicitados
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de entidades pequeñas para renovar correctamente Programa de la EPA para Pintado, Renovación, Reparación de Pinturas a base de Plomo.
¿Cuánto tiempo duran las acreditaciones de empresa y renovador?
Para mantener su acreditación, los renovadores y las empresas deben ser
reacreditados por la EPA cada cinco años. Una empresa debe enviar a la EPA
una “Solicitud para Empresas” completamente rellenada, firmada por un agente
de la empresa, y pagar las tarifas correspondientes. Los renovadores deben
completar con éxito un curso de actualización de capacitación proporcionado por
un proveedor de capacitación acreditado.
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el cumplimiento
de la Ley General para el
Control del Tabaco y su
Reglamento
¿Qué sucede si tienes una visita de verificación?
A continuación te informamos los derechos que tienes cuando se presenten a tu
establecimiento con el propósito de llevar a cabo una verificación:
1. Solicita la identificación del verificador. El verificador te deberá mostrar
su credencial vigente, expedida por la autoridad sanitaria competente que lo
acredite legalmente para desempeñar dicha función.
Ésta deberá contener:
• Nombre y firma de la autoridad sanitaria y del verificador.
• Número de folio.
• Fecha de expedición.
• Fecha de vigencia.
• La leyenda “Válida sólo cuando exhibe orden de visita”.
• Teléfono para aclaraciones y quejas.
2. Recibir la orden de verificación. El verificador te deberá entregar el
original de la orden escrita, con las disposiciones legales que la
fundamenten, con firma autógrafa expedida por la autoridad competente y
recabar, en la copia de la orden, tu nombre y firma de recibido.
3. Conocer el propósito y alcance de la visita. En la orden de visita se debe
precisar el objeto de la misma, su alcance y los datos del establecimiento
41
Ejemplos práctico: Acciones de verificación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
que se va a verificar.
4. Designar dos testigos que deberán permanecer durante la visita. Al
inicio de la visita designarás dos testigos que deberán permanecer durante
el desarrollo de la misma. Si no deseas hacerlo, serán designados por el
verificador, circunstancia que se hará constar en el acta.
5. Conocer los hechos o circunstancias que se encuentren en la
verificación. En el acta que se levante con motivo de la verificación se
harán constar las circunstancias de la misma, las deficiencias o
irregularidades observadas, así como las medidas de seguridad que se
ejecuten.
6. Leer el acta de verificación y recibir copia. Deberás leer el acta, recabar
las firmas de las personas que intervinieron y recibir la copia de la misma.
Si por algún motivo te niegas a firmar o recibir la copia del acta o de la
orden de visita, el verificador lo hará constar en la propia acta y no se
afectará su validez, ni la visita practicada.
7. Manifestar en el acta lo que a tu derecho convenga. Al concluir la
verificación tendrás la oportunidad de manifestar, por escrito, en el acta de
verificación lo que convenga a tu derecho.
8. Conocer el tipo de medidas de seguridad que se pueden aplicar. Las
medidas de seguridad que se pueden aplicar al momento de llevar a cabo
la verificación se encuentran establecidas en el Artículo 79 del reglamento
de la LGCT.
9. Establecer la causa. Cuando proceda la “suspensión de actividades”
durante la visita de verificación se indicará el riesgo sanitario.
6.1.2. Criterios para realizar la verificación (muestrales o no)
Ejemplos prácticos: Criterios para realizar la verificación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento para
usuarios del espectro
radioeléctrico
Las auditorías de cumplimiento de la regulación en los productos
únicamente tomarán como criterios de selección los siguientes casos:
Cuando se emita una queja de no cumplimiento
Cuando se detecten riesgos de incumplimiento por parte de los
proveedores de productos
Cuando se detecten riesgos de interferencia por parte de los
proveedores de productos
42
6.1.3. Lista de verificación de cumplimiento
Ejemplos prácticos: Criterios de aceptación de cumplimiento de la regulación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
MED
Nueva
Zelandia
Guía de
cumplimiento para
usuarios del espectro
radioeléctrico
Lista de cumplimiento
Si usted se hace sujeto a una auditoría de cumplimiento, su lista de verificación debe
cumplir con los siguientes requerimientos:
¿Cuenta con una licencia vigente?
¿El transmisor se encuentra en la ubicación estipulada en la licencia?
¿Se cumple con todas las condiciones estipuladas en la licencia?
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el
cumplimiento de la
Ley General para el
Control del Tabaco y
su Reglamento
Lista de cotejo previo para autoevaluación.
Con el propósito de saber si cumples con la normatividad sanitaria relacionada con los
espacios libres de humo de tabaco, haz la revisión de tu establecimiento con ayuda de
esta lista de puntos que te servirá como guía, coloca una X si se cumple o no se cumple
con los apartados.
[…]
6.2. Explicación de las situaciones en las cuales se incurren en incumplimiento de la regulación
En ocasiones, la regulación puede ser compleja o ambigua, por ello resulta relevante dar a conocer a los
particulares las condiciones en las cuales la norma se está incumpliendo, o que su cumplimiento se aleja del
ideal. Esta explicación debe ser puntual y concisa, y nunca contradecir el espíritu original de la regulación.
Ejemplos prácticos: Explicación de las situaciones en las cuales se incurren en incumplimiento de la regulación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del
espectro radioeléctrico
¿Qué se considera delito de infracción?
El instalar, usar, vender, distribuir o elaborar productos manufacturados que:
No contengan una declaración de conformidad del proveedor
Que no cumplan con los estándares requeridos
Que no contengan el código de prácticas
Que estén explícitamente prohibidos
43
Ejemplos prácticos: Explicación de las situaciones en las cuales se incurren en incumplimiento de la regulación
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
SEMARNAT-
SSA
México
Guía de cumplimiento
de la Norma Oficial
Mexicana NOM-087-
SEMARNAT-SSA1-
2001
Cabe aclarar que dentro de las cajas de cartón, es imposible que se lleve a cabo el
tratamiento de incineración, ya que si bien éstas contienen un combustible, éste no
genera las condiciones de combustión (temperatura, tiempos de retención y
turbulencia) requeridos para realizar la incineración, además no cuentan con los
dispositivos de control de temperatura, de composición de gases ni las tolvas para
captación de cenizas, por lo que de acuerdo a la definición de la NOM-098-
SEMARNAT-2003, no pueden ser consideradas como un incinerador.
Por lo tanto, estas cajas no pueden ser consideradas, ni aceptadas por las
Autoridades Ambientales como un método de incineración.
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento
Recuerda que no existen horarios para poder fumar, siempre que estés operando debes mantener las áreas 100% libres de humo de tabaco.
Todas las terrazas con techo habilitadas para fumar, deberán garantizar en todo momento que el humo de tabaco no se pase al área de no fumar. En caso de no poderlo hacer por las características de las mismas deberán ser consideradas como espacio 100% libre de humo.
Los salones de fiestas donde se celebren bodas, XV años, bautizos o cualquier acontecimiento, no pueden ser considerados como privados, cuando se hagan en establecimientos mercantiles sujetos a la aplicación de la Ley y su Reglamento
6.3. Sanciones por el incumplimiento de la regulación
Se recomienda especificar, con todo detalle, las sanciones a las que se hacen acreedores los regulados
cuando estén incumpliendo con la norma. Esto implica especificar: las sanciones administrativas o penales a
las cuales se harían sujetos en caso de que infrinjan lo dispuesto en la regulación.
Ejemplos prácticos: Sanciones por el incumplimiento de la regulación.
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de
entidades pequeñas para
renovar correctamente
Programa de la EPA para
Pintado, Renovación,
Reparación de Pintura a
base de Plomo.
En virtud de TSCA, la EPA (o un estado si se le ha delegado este programa al
mismo), puede presentar una acción de aplicación de la ley contra los
infractores, intentando conseguir multas por un máximo de $32,500 dólares por
infracción, por día. La multa propuesta en cada caso dependerá de muchos
factores, incluyendo el número, longitud y gravedad de las infracciones, el
beneficio económico obtenido por el infractor y su capacidad de pago.
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento para
usuarios del espectro
radioeléctrico
Las sanciones contempladas para los acreedores de infracciones a la
regulación son las siguientes:
250 dólares aplicable a los individuos
1250 dólares aplicable a las corporaciones*
* Entidades Corporativas incluyen (pero no se limitan a) las organizaciones tales como empresas, sociedades constituidas y las juntas de fideicomiso de caridad.
44
Ejemplos prácticos: Sanciones por el incumplimiento de la regulación.
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el cumplimiento
de la Ley General para el
Control del Tabaco y su
Reglamento
Sanciones
El incumplimiento a los preceptos de la LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO, su Reglamento y demás disposiciones que emanen de ella, serán sancionados administrativamente por las autoridades sanitarias, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.
Las sanciones administrativas podrán ser:
1.- Amonestación con apercibimiento.
2.- Multa.
Regla:
Artículo 26. Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios 100% libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior.
Sanción:
Art. 48. Fracc. I. Se sancionará con una multa de hasta cien veces el salario mínimo general diario vigente (DSMGV) Regla: Artículo 28. El propietario, administrador o responsable de un espacio 100% libre de humo de tabaco, estará obligado a hacer respetar los ambientes libres de humo de tabaco establecidos en los artículos anteriores. Sanción: Artículo 48. Fracc. II. Se sancionará con una multa de mil hasta cuatro mil DSMGV.
Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total. Procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total según la gravedad de la infracción y las características de la actividad o establecimiento de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 51 de la Ley General para el Control del Tabaco y lo señalado en los Artículos 425 y 426 de la Ley General de Salud, ordenamiento de aplicación supletoria a esta Ley. Arresto. Se sancionará con arresto hasta por 36 horas de conformidad con lo dispuesto
el en Artículo 52 de la Ley General para el Control del Tabaco de acuerdo con
lo estipulado en el Artículo 427 de la Ley General de Salud, ordenamiento de
aplicación supletoria a esta Ley.
6.4. Recursos Administrativos de apelación
Los recursos administrativos son mecanismos legales a través de los cuales los particulares, afectados en sus
derechos o intereses por un acto administrativo determinado, pueden inconformarse para obtener en términos
de Ley una revisión del propio acto ante la autoridad administrativa. En este apartado, se busca dar a conocer
los recursos administrativos con los que cuentan los particulares para impugnar los actos o resoluciones
administrativos que no les sean favorables.
45
Es recomendable que en las guías de autocumplimiento se indiquen al menos los siguientes datos:
• El nombre del mecanismo legal
• El fundamento jurídico
• Los casos en los que puede ser aplicable el procedimiento de revisión
• Los posibles efectos legales que podrán derivarse al hacer uso del recurso
• La información o requisitos que deben presentarse
• Los datos de contacto del área encargada para recibir estas solicitudes y
• El procedimiento aplicable
En México, contamos con diversos medios de impugnación y en general son llamados recursos
administrativos, podremos identificarlos con los siguientes nombres: recurso de revisión, recurso de
reconsideración y/o recurso de revocación. Los recursos de apelación son mecanismos a través de los cuales
se garantizan los derechos de los particulares ante posibles fallas de actuación del Estado en la aplicación de
la norma.
Igualmente, puede hacer uso de este apartado para dar a conocer a los particulares los recursos de queja o
de inconformidad.
Ejemplos prácticos: Recurso de Apelación y quejas
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de
entidades pequeñas para
renovar correctamente Programa
de la EPA para Pintado,
Renovación, Reparación de
Pinturas a base de Plomo.
La EPA ha implementado políticas para garantizar que se calculen las
multas de modo justo. Estas políticas están a disposición del público.
Asimismo, una empresa sentenciada de una infracción tiene derecho a
refutar los alegatos de la EPA y su multa propuesta ante un juez o jurado
imparciales.
STPS - SHCP
México
Manual laboral y fiscal
sobre la participación de los
trabajadores en las utilidades de
las empresas
Recurso de queja
El artículo 30 del Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal
del Trabajo establece el derecho que tiene el sindicato titular del contrato
colectivo, el del contrato ley en la empresa o, en su caso, la mayoría de
los trabajadores de la misma, para formular una queja ante la Comisión
Intersecretarial para la Participación de Utilidades si las autoridades de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT) o de la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, no resuelven sus objeciones en los plazos
establecidos en dicho Reglamento, o no han vigilado el cumplimiento de la
participación de utilidades de conformidad con la ley.
Al respecto, el escrito debe ser formulado por el sindicato o el
representante de la mayoría de trabajadores, quienes deberán acreditar la
personalidad con que se ostenten y dirigirlo como se indica: Secretario
46
Ejemplos prácticos: Recurso de Apelación y quejas
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
Técnico de la Comisión Intersecretarial para la Participación de Utilidades
a los Trabajadores, Administración Central de Análisis Técnico Fiscal de
la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, con domicilio en
Av. Hidalgo núm. 77, módulo II, segundo piso, Col. Guerrero, Deleg.
Cuauhtémoc, 06300, México, D.F.
7. Información adicional
7.1. Aviso de legalidad de la guía
Toda vez que la guía no es un instrumento que tenga validez legal, es recomendable que al inicio se coloque
una etiqueta de advertencia, respecto de la fecha en la que fue elaborada y se den a conocer los datos del
área responsable de actualizarla a efecto de que los particulares puedan comunicarse y verificar que la
información contenida en la guía no ha sufrido modificaciones o bien, asegurarse de que la versión con la que
ellos cuentan se encuentra actualizada y vigente.
Ejemplos prácticos: Información de contacto con el regulador
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de
entidades pequeñas para
renovar correctamente
Programa de la EPA para
Pintado, Renovación,
Reparación de Pintura a
base de Plomo.
AVISO
Esta guía ha sido preparada en virtud de la sección 212 de la Ley de
Aplicación Justa de Regulaciones para Pequeñas Empresas de 1996
(SBREFA), Pub. L. 104-121. NO PUEDE DEPENDERSE DE ESTE
DOCUMENTO PARA CREAR DERECHOS APLICABLES POR UNA PARTE
EN UN LITIGIO JUDICIAL EN LOS ESTADOS UNIDOS. Las declaraciones
en este documento tienen la única intención de ayudarle a cumplir con los
requisitos del Programa de Pintado, Renovación y Reparación de Pinturas a
base de Plomo en 40 CFR 745, Subparte E. La EPA puede decidir revisar
esta guía sin previo aviso público para reflejar los cambios en su enfoque de
la implementación del Programa de Pintado, Renovación y Reparación de
Pinturas a base de Plomo de la EPA o para clarificar y actualizar texto. Para
determinar si la EPA ha revisado este manual y/o para obtener copias,
comuníquese con el Representante de Pequeñas Empresas (Small Business
Ombudsman) de la EPA llamando al 202-566-2075, o llame al Centro
Nacional de Información sobre el Plomo al 1-800-424-LEAD(5323), o visite el
sitio Web www.epa.gov/ lead/pubs/nlic.htm (en inglés).
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento
para usuarios del espectro
radioeléctrico
ACLARACIÓN
El contenido de este documento se proporcionan como una guía, y no deben
interpretarse como una declaración de ley. El Ministerio no acepta ninguna
responsabilidad ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), o por
cualquier acción tomada como resultado de haber leído una parte o la
totalidad de la información en esta guía o por cualquier error, insuficiencia,
deficiencia, defecto u omisión de la misma.
47
La información contenida en esta Guía está actualizada al 17 de agosto de
2009 y está destinada a ser utilizada en conjunto con el sitio web de RSM. No
hay información en esta Guía que anule o reemplazca cualquier requisito
especificado por la Ley de radiocomunicaciones de 1989, el Reglamento de
Radiocomunicaciones de 2001, ni respecto de los Avisos publciados en la
gaceta official y puestos a su disposición en el sitio web.
7.2. Información de contacto con el regulador
En este apartado, se busca señalar el nombre de la autoridad responsable, domicilio de las oficinas, teléfono,
correo electrónico u información adicional que pueda facilitar el contacto con la autoridad encargada de
diseñar, implementar y supervisar la normatividad, o bien de elaborar la guía.
Ejemplos prácticos: Información de contacto con el regulador
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
INSHT
España
Guía técnica para la utilización por los
trabajadores de equipos de protección
individual
Para cualquier observación o sugerencia en relación con esta
Guía Técnica, puede dirigirse al: Instituto Nacional de Seguridad
e higiene en el Trabajo C/ Torrelaguna, 73 - 28027 Madrid Tlf.
91 363 41 00. En su portal: http://www.insht.es
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de entidades
pequeñas para renovar correctamente
Programa de la EPA para Pintado,
Renovación, Reparación de Pintura a
base de Plomo.
Para más información sobre si la EPA ha revisado o
suplementado la información en esta guía, llame al Centro
Nacional de Información sobre el Plomo, llamando al 1-800-424-
LEAD (5323).
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento para usuarios del
espectro radioeléctrico
Gerencia del Espectro Radioeléctrico (GER)
Teléfono: 0508 RSM INFO (0508 776 463)
Email: [email protected]
Sitio web: www.rsm.govt.nz
7.3. Líneas o medios de atención adicionales
Además de la información de contacto, se pueden incorporar todas aquellas fuentes de información que les
resulten útiles a los particulares para ampliar su conocimiento sobre cómo cumplir la regulación y evitar
sanciones. Entre la información que se podría incorporar se encuentra:
Enlaces donde se encuentra el marco legal,
Enlaces sobre publicaciones,
Página web del regulador,
Pagina web de otras entidades involucradas,
Datos de contacto de centros especializados,
Folletos electrónicos,
Datos de ventanillas únicas de atención al público, y
Páginas de reguladores similares en otros países, entre otros.
48
Ejemplos prácticos: Líneas o medios de atención adicionales del regulador
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento de
entidades pequeñas para
renovar correctamente
Programa de la EPA para
Pintado, Renovación,
Reparación de Pinturas a
base de Plomo.
¿Dónde puedo obtener más información?
Encontrará más información disponible en el Centro Nacional de Información
sobre el Plomo (1-800-424-LEAD) y en el Internet visitando el www.epa.gov/lead
(en inglés) y en español en el http://www.epa.gov/lead/pubs/leadinfoesp.htm.
Entre los recursos disponibles, encontrará:
• La versión completa (en inglés) de la regulación del Programa de Pintado,
Renovación y Reparación de Pinturas a base de Plomo.
• Guía de interpretación, con información más detallada sobre los requisitos de la
regulación.
• Una versión descargable del folleto sobre el plomo:
www.epa.gov/lead/pubs/renovaterightbrochure.pdf (en inglés) y
www.epa.gov/lead/pubs/renovaterightbrochuresp.pdf (en español).
MED
Nueva Zelandia
Guía de cumplimiento para usuarios del espectro radioeléctrico
Recursos adicionales:
Acta de Telecomunicaciones de 1989 www.legislation.govt.nz
Regulaciones a las Radiocomunicaciones de 2001
www.legislation.govt.nz
Avisos en el periódico oficial del Estado www.rsm.govt.nz
7.4. Sección de preguntas frecuentes en relación con la regulación y su aplicación
Es recomendable incluir una sección de preguntas y respuestas frecuentes relacionadas con la gestión y
aplicación de la regulación. Estas preguntas pueden ser la compilación de aquellas que los particulares
frecuentemente consultan en la práctica.
Ejemplos prácticos: Preguntas frecuentes
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de
cumplimiento de
entidades
pequeñas para
renovar
correctamente
Programa de la
EPA para
Pintado,
Renovación,
Reparación de
Pintura a base de
Plomo.
49
7.5. Capacitación otorgada por parte de las agencias reguladoras
Finalmente, es recomendable incluir información sobre los programas de capacitación para el cumplimiento
de la regulación brindados tanto por el regulador, como por otras instancias. En este apartado conviene
indicar las fechas o periodos en los que se otorgan las capacitaciones, los datos de contacto del área
encargada de capacitar, en su caso, el lugar y los horarios en los que se otorgan las capacitaciones, el perfil
de las personas a las que está dirigida la capacitación, el nombre del curso y una breve descripción de los
mismos, entre otros.
Ejemplos prácticos: Capacitación otorgada por parte de las agencias reguladoras.
Regulador Nombre de la
Guía Ejemplo
Departamento de
Conservación del
Medio Ambiente
del Estado de
Nueva York
Guía de
Cumplimiento
Ambiental y
Prevención de la
Contaminación
para la Industria
Marina
Guía de Recursos
Las siguientes organizaciones proveen asistencia técnica y se encargan de realizar
talleres y conferencias dirigidas a la prevención de generación de contaminantes:
División de Permisos Ambientales (518) 402-9167 Responsable de generar asistencia técnica en materia de cumplimiento por medio de la impartición de talleres, cursos de capacitación y publicaciones.
División de Remediación Ambiental (518) 402-9549 Realiza talleres y cursos de capacitación y emite publicaciones acerca del programa de almacenamiento de petróleo y productos químicos.
8. Glosario
Se refiere a la compilación de todos los términos o definiciones utilizadas en la guía que ameriten una
explicación más exhaustiva. Es recomendable que en esta sección se incorporen los términos técnicos,
científicos o legales, relacionados con el cumplimiento de la regulación.
Ejemplos prácticos: Terminología clave o glosario.
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
EPA
Estados Unidos
Guía de cumplimiento
de entidades
pequeñas para
renovar correctamente
Programa de la EPA
para Pintado,
Renovación,
Reparación de Pintura
a base de Plomo.
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Ejemplos prácticos: Terminología clave o glosario.
Regulador Nombre de la Guía Ejemplo
COFEPRIS-
CONADIC
México
Guía para el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento
B. El proceso de elaboración de la guía
Construir la guía de acuerdo a la estructura que se propuso en la sección anterior constituye una buena
práctica, pues ayuda a quienes elaborarán estos documentos a hacerlo de manera concreta y ordenada,
evitando que omitan información relevante para la autocumplimiento de la regulación por parte de los
particulares. La guía debe configurarse como un instrumento de ayuda para los sujetos regulados, que
reduzca los costos y tiempos por entendimiento y cumplimiento de la regulación.
Para el proceso de elaboración de la guía, es recomendable:
Elaborar un cronograma de actividades en donde se consideren periodos para las fases de elaboración
que se indican más adelante.
Involucrar a todas las áreas de la institución relacionadas con los diversos procesos del tema “guiado”,
incluyendo a los inspectores y a los sujetos regulados.
Establecer fechas de entrega de la información, de acuerdo al cronograma diseñado.
Enseguida se presentan cinco breves fases para delinear el proceso de elaboración de una guía de
autocumplimiento.
PREPARACIÓN. Consiste en recabar la información necesaria para elaborar el documento, lo cual implica
realizar una investigación (documental y de campo) sobre la materia que se está “guiando”, y demás
información que se muestra en la propuesta de índice que se presentó en la sección previa.
La mejor guía será aquella en la que participen diferentes instancias, tales como: los reguladores
(dependencias y organismos descentralizados), los inspectores, y los sujetos regulados.
51
Figura 7. Proceso de elaboración de una guía de autocumplimiento
Fuente: COFEMER
ANÁLISIS. Es conveniente realizar un análisis sobre la mejor forma de exponer los procesos y
procedimientos que señala la regulación. Elaborar la guía no significa reproducir lo escrito en las leyes,
reglamentos o acuerdos, sino simplificar y explicar cada uno de los procesos y requerimientos establecidos
por la regulación para que los particulares los comprendan de mejor forma. Es recomendable consultar a
distintas áreas del organismo regulador a fin de asegurarse que el lenguaje utilizado no demerita las
obligaciones establecidas en la regulación.
REDACCIÓN. Contempla el uso de un lenguaje claro, además de la incorporación de ilustraciones adecuadas
para exponer completamente los procedimientos y requerimientos establecidos por la regulación. Se
recomienda que la elaboración de la guía se haga de acuerdo con la estructura descrita en la sección anterior.
Asimismo, al tratarse de un documento oficial, deberá cubrirse con todos los requerimientos pertinentes,
respecto a la inclusión de logotipos y distintivos oficiales.
REVISIÓN. Es recomendable se realice por alguna instancia distinta a la cual la elaboró, en el caso de
México, la revisión de las guías puede ser realizada por la COFEMER a través del formato de Exención de
Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR). Entre los aspectos a considerar en la revisión, se encuentran los
siguientes: (1) asegurar que la guía no establece nuevas obligaciones para los particulares, (2) que no haya
errores u omisiones en la información contenida en la guía, y (3) que el lenguaje utilizado facilite el
entendimiento de la regulación.
DIFUSIÓN. Debe planearse y organizarse la difusión de la guía, con el objeto de hacerla llegar al mayor
número de sujetos regulados. Con este propósito, deberá publicarse y transmitirse a través de diversos
medios, entre los que se encuentran: sitios web del área reguladora, de la COFEMER, de los entes regulados.
Además, también deberán acompañarse de capacitaciones o foros donde los particulares puedan aprender
los detalles técnicos que acompañan a la implementación de la norma. Una estrategia correcta de difusión
ayudará a que los sujetos regulados se informen adecuadamente cómo cumplirla y las consecuencias que
pudieran enfrentar al no hacerlo.
52
C. El uso de lenguaje ciudadano y difusión de la guía
En diversas secciones previas se ha hecho hincapié en la necesidad de hacer uso de un lenguaje acorde al
público que está dirigida. Si bien podría el regulador darse cierta licencia en el uso de terminología técnica y
experta, es recomendable que sea utilizado sólo cuando no exista otra manera de expresarlo.
El contenido de la guía debe estar escrito de una manera sucinta aunque sustanciosa, es decir, debe incluir la
explicación de todos los aspectos necesarios para aplicar correctamente la regulación, aunque de un modo
simple y concreto. Del mismo modo, los procesos o procedimientos que constituyen la guía podrán
visualizarse a través de gráficos o figuras. Ningún detalle debe asumirse como obvio, o demasiado simple
como para no explicarse.
Para asegurar el orden y la presentación de la información compleja a los usuarios de la regulación diversos
se recomienda la utilización del lenguaje ciudadano. Este implica decidir qué información resulta necesaria
para el entendimiento de las ideas que se desean expresar y desechar aquella información que pueda
confundir al lector o dificultarle el entendimiento. Acerca a los ciudadanos y gobernantes, fomenta la
transparencia y la rendición de cuentas, mejora la confianza en las instituciones y empodera a los ciudadanos.
El regulador que redacta la guía en lenguaje ciudadano debe conocer al usuario de la regulación al que va
dirigida, evaluar su grado de entendimiento técnico, legal, o de cualquier otra índole y considerar a los
usuarios regulados menos familiarizados con esa terminología, ello aunque existan usuarios expertos dentro
de la población objetivo, que comprendan los términos técnicos.
Para organizar un documento en lenguaje ciudadano diversos documentos como el “Manual de Lenguaje
Claro” elaborado por la Secretaría de la Función Pública (SFP) de México y el “Manual de Lenguaje
Ciudadano” del Estado de México EDOMEX recomiendan:
1. Mostrar un contexto general antes de llegar a los detalles del documento.
2. Utilizar encabezados y subencabezados para dividir el documento en secciones.
3. Agrupar la información relacionada.
4. Explicar los términos de complejo entendimiento para el ciudadano.
Enseguida se presentan trece reglas básicas para elaborar documentos con leguaje ciudadano y ejemplos
que se han compilado para efectos de este manual y que provienen de los manuales arriba mencionados.
53
Trece reglas básicas del lenguaje ciudadano
PRIMERA. Se recomienda el uso de una voz activa en lugar de una voz pasiva, la manera en que
pensamos y procesamos la información se expresa en voz activa por lo que es de mayor entendimiento para
el ciudadano. El uso de la voz activa requiere un verbo adecuado que facilite la comprensión de la lectura6.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Uso de voz activa en
lugar de voz pasiva
VOZ PASIVA VOZ ACTIVA
El formato está diseñado para ayudar al
ciudadano a solicitar una beca.
El formato ayuda al ciudadano a solicitar una
beca.
Los recursos fueron ejercidos por la Comisión. La Comisión ejerció los recursos.
La información debe ser cotejada por el
responsable de área. El responsable de área coteja la información.
SEGUNDA. La utilización de los sustantivos como verbos facilita la lectura del documento y propicia que la
idea sea más directa hacia el ciudadano7.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Utilización de sustantivos
como verbos
MODO DE USO FRECUENTE: CAMBIANDO EL SUSTANTIVO HACIA UN
VERBO
Existe la posibilidad de que el Comité revisor
apruebe la solicitud.
El Comité revisor puede aprobar la solicitud.
Nosotros proveeremos la información necesaria a
los solicitantes interesados. Informaremos a los solicitantes interesados.
Los miembros del Comité llegamos a la
determinación. Los miembros del Comité determinamos.
TERCERA. El uso de los pronombres personales y un lenguaje personal permite incrementar la claridad del
documento hacia el ciudadano8.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Uso del lenguaje personal
LENGUAJE INDIRECTO LENGUAJE DIRECTO
El presente documento puede no contener todos
los elementos necesarios para el registro, resulta
recomendable que el usuario visite de manera
presencial las oficinas centrales para recibir una
mayor atención.
Si el presente documento no contiene toda la
información que requieres para el registro, es
recomendable que visites directamente las oficinas
centrales de atención al usuario.
6 Secretaría de la Función Pública, “M nu l de Lengu je Cl ro” 2007, p. 41 7 Ibídem, p. 39 8 Gobierno del Estado de México, “M nu l de Lengu je Ciud d no” 2007, p.11
54
CUARTA. Se debe evitar el uso de palabras rebuscadas y priorizar el uso de palabras simples que contengan
el mismo significado, por ejemplo se puede utilizar “hacer” en lugar de “ejecutar”, “incluso” en lugar de
“inclusive”, “problema” en lugar de “problemática”, “usar” en lugar de “utilizar”, etc.9
QUINTA. El uso de gerundios se debe restringir, así como el de los adverbios terminados en “mente” y de los
verbos en futuro cuando se indican acciones que debe realizar el ciudadano10.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Uso de gerundios,
adverbios (terminación
“ente”) y futuro.
USO DE GERUNDIOS: SIN GERUNDIOS
El sistema atiende las necesidades básicas del
usuario, proveyendo de información relevante a
tiempo real.
El sistema atiende las necesidades básicas del
usuario y provee información relevante a tiempo
real.
USO DE ADVERBIOS SIN ADVERBIOS
Se requiere actualizar sus datos personales
obligatoriamente y anualmente.
Se requiere actualizar sus datos cada año de
manera obligatoria.
FRASE EN TIEMPO FUTURO FRASE EN TIEMPO PRESENTE
Deberá presentar su registro de acceso. Debe presentar su registro de acceso.
SEXTA. Cuando se tenga que plasmar información de índole legal en el documento, ésta puede presentarse
en palabras cortas y de uso común o por medio de preguntas que guíen al ciudadano. Asimismo, se debe
evitar el uso de los llamados “machotes”, los cuales son la transcripción de algún párrafo de un texto legal11.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Simplificación de
terminología legal
Permiso para la constitución de empresa
de desechos. En fundamento con el artículo
42 párrafo tercero de la ley general de
residuos, el Ministerio de Agricultura otorga
permisos de explotación vinícola cuando la
empresa cumple con los requisitos
establecidos en los fundamentos del artículo
5, fracción VI del Reglamento de residuos,
referente al cumplimiento de la normativa en
materia de desechos, el permiso está sujeto a
la autorización del comité de disposiciones
normativas y será válido treinta días naturales
Permiso para la constitución de empresa de
desechos
Fundamento legal: Artículo 42 párrafo tercero
de la ley general de residuos y artículo 5
fracción 6 del reglamento de residuos
¿Quién otorga el permiso? El Ministerio de
Agricultura
¿Bajo qué criterios se otorga el permiso?
Cuando la empresa cumple con los requisitos
contemplados en el reglamento de desechos
¿Quién autoriza? El Comité de disposiciones
normativas
9 Secretaría de la Función Pública, 2007, p. 33 10 Ibídem, p. 34 11 Gobierno del Estado de México, 2007, p.37
55
posteriores a la solicitud en curso. Validez del permiso- 30 días naturales
SÉPTIMA. El uso de las oraciones positivas permite un mayor entendimiento por parte del ciudadano, las
oraciones deben establecer lo que se debe hacer o lo que se hace12.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Utilización de oraciones
positivas
ORACIONES NEGATIVAS ORACIONES POSITIVAS
No se autorizará la solicitud a los solicitantes de
origen extranjero.
Para acceder a la solicitud debe contar con la
nacionalidad mexicana.
No se aceptan formatos sin la información
completa
Sólo aceptamos formatos que contengan la
información completa.
OCTAVA. El tamaño de las oraciones es importante al momento de establecer un lenguaje ciudadano, se
sugiere utilizar oraciones cortas con ideas completas y que tengan una extensión menor a 25 palabras13.
Otras recomendaciones son: eliminar palabras innecesarias, comunicar una idea completa en cada oración,
no abusar de las oraciones combinadas por conectores tales como: “que”, “por lo tanto”, entre otras.
NOVENA. En relación a la estructura de las oraciones, el lenguaje ciudadano recomienda que éstas se guíen
por el orden natural de las oraciones en español, el cual es: Sujeto + Verbo + Complemento14.
Ejemplos prácticos de aplicación del lenguaje ciudadano
Tema Modo normalmente acostumbrado Modo en Lenguaje ciudadano
Colocación : Sujeto +
Verbo + Complemento
MODO COMÚN MODO DE SUJETO + VERBO +
COMPLEMENTO
Para deliberar la autorización, el Comité se reunirá
cada dos semanas.
El Comité se reunirá cada dos semanas para
deliberar la autorización.
DÉCIMA. El uso de titulares centra la atención del lector. Por regla general, el título no debe ser mayor a 13
palabras y se recomienda que se adecúe al estilo del documento.15 Se recomienda que el estilo procure los
siguientes aspectos:
Verbos en tiempo presente.
Dar preferencia a las afirmaciones que a las negaciones.
Tener un contenido claro y entendible.
No utilizar siglas o acrónimos.
Reducir la utilización de signos de coma, punto y coma, de admiración e interrogación.
12 Ibídem, p. 54 13 Ibídem, p. 70 14 Secretaría de la Función Pública, 2007, p. 42 15 Gobierno del Estado de México, 2007, p.27
56
DÉCIMO PRIMERA. La tipografía elegida ayudará a la comprensión del documento. Para un documento
impreso se recomiendan las tipografías con remate (serif) como la Garamond, la Bodoni y la Times, y para
textos digitales se recomiendan las de palo seco (sans serif) como la Arial, la Futura, la Helvética o la
Verdana. El tamaño de tipografía recomendable es de 10 a 12 puntos. No se aconseja mezclar más de 3
tipografías en un solo documento (excluyendo itálicas o negritas)16.
Se recomienda que para resaltar la información, se utilicen diferentes tamaños de tipografía, espacios en
blanco, negritas, color, sombreado, cajas, o barras laterales. No se sugiere el uso de oraciones en
mayúsculas para este fin17.
DÉCIMO SEGUNDA. En ocasiones el exceso de párrafos largos en un documento genera problemas de
entendimiento al ciudadano, el uso de ayudas visuales permite encontrar con una mayor facilidad la
información y hacer atractivo el documento18. Se recomienda incluir ayudas visuales, tales como:
Listas: resaltan las ideas más importantes o fragmentan la información en oraciones más cortas y
manejables.
Tablas: permiten integrar y presentar datos para que se entiendan de manera rápida y clara. Se
recomienda usar tablas en lugar de extensos resúmenes.
Diagramas: si están bien estructurados, se explican por sí mismos. Un diagrama integra información
y la representa a través de trazos combinados con texto, lo cual facilita la comprensión del lector.
Gráficas: representan y relacionan gráficamente una o más series de elementos, que pueden ser
cantidades, porcentajes, periodos de tiempo, etc. Se recomienda no dividir en más de 5 ó 6 pedazos
una gráfica de pastel, dado que dificulta su entendimiento.
DÉCIMO TERCERA. Sobre la información en materia de trámites, se recomienda utilizar encabezados en
forma de preguntas respecto a la información que necesita la persona para la gestión de los mismos19.
¿Qué requisitos debo cubrir?
¿Cuánto cuesta?
¿Voy a obtener algún documento?
¿Cuál es la vigencia?
¿En cuánto tiempo me van a atender?
Fundamento legal
16 Ibídem p.30 17 Ibídem p.29 18 Secretaría de la Función Pública, 2007, p. 57 19 Ibídem p.72
57
58
III. ELEMENTOS ADICIONALES PARA MEJORAR LA EFECTIVIDAD DE LA
REGULACIÓN
59
60
III. ELEMENTOS ADICIONALES PARA MEJORAR LA EFECTIVIDAD DE LA REGULACIÓN
Monitorear la aplicación y evaluar el desempeño de la regulación son acciones adicionales que refuerzan el
impacto de las guías para el autocumplimiento y valoran la efectividad de la regulación.
El monitoreo y evaluación de la regulación sirve para corregir posibles fallas que se puedan detectar una vez
que ha sido implementada la regulación, o en un caso extremo, para eliminarla, si se comprueba que su
aplicación es obsoleta o se encuentra generando mayores costos que beneficios.
Entre las acciones adicionales que los reguladores pudieran tomar para mejorar el cumplimiento de la
regulación se encuentran las siguientes:
A. Generar evidencia empírica del cumplimiento y
desempeño de la regulación
Generar datos y evidencia sobre la aplicación de la regulación permite dar seguimiento a su evolución y sus
efectos a través del tiempo. Esta práctica puede ayudar a determinar el total de la población objetivo que ha
cumplido con la norma, si los objetivos se han logrado, si el impacto ha sido el deseado, o definir si se
requieren recursos adicionales para que las metas planeadas se alcancen.
A partir de los datos e información obtenida de los registros de cada regulador, se podrán elaborar
estadísticas de cumplimiento e indicadores de desempeño de la regulación.
Por estadísticas de cumplimiento, se entienden aquellos datos que permiten al Estado conocer
cuántos de los sujetos regulados se encuentran cumpliendo lo indicado en las normas o reglas.
Ejemplos:
Total de sujetos regulados
Número o porcentaje de sujetos que pasaron la verificación
Número o porcentaje de sujetos que fallaron la verificación
Número o porcentaje de sujetos que no realizaron la verificación
Por estadísticas de desempeño, se entienden aquellos datos que permiten al Estado conocer si la
regulación está alcanzando sus objetivos y resolviendo el problema planteado inicialmente. Estos
datos pueden ser estadísticas, indicadores o índices aplicables de manera directa a la regulación en
cuanto a los objetivos que ésta pretende lograr. Tienen el objeto de medir sí, con el paso del tiempo
y la aplicación de la regulación, mejoró la estadística, el indicador o el índice.
Ejemplos:
Índice de siniestralidad
Porcentaje de muertes maternas cada 100 mil habitantes
Índice de facilidad para abrir negocios
61
La elaboración de estadísticas e indicadores, requiere de la obtención sistemática y ordenada de información
cuantitativa y cualitativa. La información utilizada para elaborar estadísticas podrá ordenarse a través de
bases de datos, (colección sistematizada de datos o porciones de información ordenada con un fin en
particular). Organizar de esta manera la información facilitará su manipulación y hará más eficaz el análisis
que a partir de ésta se genere. La recopilación de la información deberá realizarse recurriendo a distintos
métodos apropiados para elaborar bases de datos. A partir de la obtención de una muestra representativa, se
podrán inferir las cualidades o características de este subconjunto al total de la población. Para obtener esta
muestra, deberá utilizarse la técnica de muestreo más apropiada. Para mostrar la información, la estadística
descriptiva ayudará a resumir datos originados a partir del fenómeno que se está estudiando para con ello
elaborar gráficas y tablas que ayudarán a mejorar la presentación de los resultados.
B. Encuestas de satisfacción en la gestión de trámites
Las encuestas constituyen una manera de obtener información de primera mano de los regulados,
información que posteriormente puede ordenarse mediante bases de datos para elaborar estadísticas. Las
encuestas son instrumentos que recaban información mediante un cuestionario previamente diseñado y les
permiten a las autoridades conocer la opinión de quienes están cumpliendo con la norma y determinar si es
necesario realizar algún ajuste a la misma.
En particular, las encuestas de satisfacción de la gestión de trámites sirven para que los particulares expresen
sus impresiones sobre los requerimientos de información que les está haciendo la autoridad. Estos
instrumentos pueden ayudar significativamente a que el regulador modifique la regulación y tome acciones
para reducir y simplificar las cargas administrativas (trámites), eliminando requisitos innecesarios o excesivos,
reduciendo plazos máximos de respuesta, o modificando el medio a través del cual se presenta, por ejemplo:
optar por que los particulares presenten el trámite vía internet.
C. Consulta pública sobre la aplicación y vigilancia de la
regulación
Por último, otra acción para mejorar el cumplimiento de la regulación es la consulta pública. La consulta
pública se constituirá como un foro en el que las entidades sujetas a la regulación podrán ofrecer sus
recomendaciones sobre la aplicación y vigilancia de la norma. Se recomienda que cualquier interesado en su
cumplimento (incluso otras instancias gubernamentales) participen libremente vertiendo sus opiniones,
aunque siempre de un modo responsable y bien documentado. Del mismo modo que con las encuestas, la
consulta pública le permitirá a la autoridad conocer directamente la opinión de los particulares.
La consulta pública es un instrumento más dinámico que las encuestas, pues las opiniones que emitan los
particulares deberán ser atendidas por las autoridades. Estos foros permiten que los regulados retroalimenten
a la autoridad y que ésta, a su vez, realice modificaciones a la regulación a partir de sus recomendaciones.
No obstante, la manera de desarrollar la consulta pública deberá estar normada ampliamente para evitar que
se cometan excesos como excluir a participantes o elegirlos sesgadamente, lo que puede conducir a darle
62
mayor preponderancia a las opiniones de algunos de éstos cuando no estén plenamente justificadas.
Asimismo, deberá establecerse un lapso mínimo de duración de la consulta pública de acuerdo con la
naturaleza de cada regulación, considerando que aquellas más relevantes o de mayor impacto deberán
contar con periodos de duración más prolongados.
Algunos aspectos que pueden ser considerados al momento de diseñar la consulta pública son:
El momento para realizar la consulta
La duración
El objeto
El alcance e impacto
El medio de acceso
Los sujetos que serán consultados
El contenido de la consulta
El formato de la consulta (formal o informal)
El medio por el que los sujetos darán sus comentarios
63
64
IV. BIBLIOGRAFÍA
1. Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (2008).Guía de cumplimiento de
entidades pequeñas para renovar correctamente Programa de la EPA para Pintado,
Renovación, Reparación de Pintura a base de Plomo. (1a. Ed.). Washington, DC.
http://portal.hud.gov/hudportal/documents/huddoc?id=DOC_12536.pdf
2. Centro Geriátrico Isabella. Manual de Cumplimiento. Nueva York.
http://www.isabella.org/Isabella/Documents/ComplianceManual.pdf
3. COFEPRIS-CONADIC. Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y
Consejo Nacional contra las Adicciones. Guía para el cumplimiento de la Ley General para el
Control del Tabaco y su Reglamento para restaurantes, bares, discotecas y hoteles. (1a. Ed.).
México.
http://www.cofepris.gob.mx/Paginas/Tabaco/Tabaco.aspx
4. Departamento de Conservación del Medio Ambiente del Estado de Nueva York (2003), Guía de
Cumplimiento Ambiental y Prevención de la Contaminación para la Industria Marina. (2ª Ed.).
Nueva York.
http://www.dec.ny.gov/docs/permits_ej_operations_pdf/marinaman.pdf
5. Departamento de Medio Ambiente, Alimentación y Asuntos Rurales (2012), Guía de
Cumplimiento a las Regulaciones sobre Revelación de Información Alimentaria. (1a. Ed.).
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https://www.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/82663/consult-fic-
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