Breve Guía de la Gestión de la Formación Bonificada

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1 FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA Nivel Nivel I I ASOCIACIÓN DE ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FORMACIÓN CONTINUA

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FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA

Nivel INivel I

ASOCIACIÓN DE ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FORMACIÓN CONTINUA

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GESTIÓN Y DOCUMENTACIÓN

PRIMERA PARTEPRIMERA PARTE

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FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA

Forma parte del SUBSISTEMA que regula la formación profesional

para el empleo, junto con la formación ocupacional (desempleados)

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NORMATIVA REGULADORA

Real Decreto 395/2007 de 23 MarzoReal Decreto 395/2007 de 23 Marzo por el que se regula el subsistema de formación profesional para el

empleo.

Orden TAS/2307/2007 de 27 JulioOrden TAS/2307/2007 de 27 Julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007Real Decreto 395/2007 que regula el subsistema de formación profesional para el

empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema

telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empelo Estatal.

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NORMATIVA COMPLEMENTARIA

- Instrucción de Costes de Acciones de Formación - Instrucción de Costes de Acciones de Formación Continua en las Empresas Continua en las Empresas

- Resumen de CostesResumen de Costes

- Anexo de Costes- Anexo de Costes

- Manual de Ayuda (aplicación telemática)- Manual de Ayuda (aplicación telemática)

www.fundaciontripartita.org

Aplicación telemática de gestión de las acciones de formación en la empresa

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OBJETIVO

““Conseguir una mayor promoción e Conseguir una mayor promoción e integración social de los trabajadores,integración social de los trabajadores,

así como una mejora de la así como una mejora de la competitividad de las empresas”competitividad de las empresas”

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FINALIDAD

““Proporcionar a los trabajadores ocupados la Proporcionar a los trabajadores ocupados la formación que puedan necesitar a lo largo formación que puedan necesitar a lo largo

de su vida laboral”de su vida laboral”

““Facilitar a las empresas, principalmente a Facilitar a las empresas, principalmente a las pequeñas y medianas, el desarrollo de las pequeñas y medianas, el desarrollo de

programas de formación mediante un programas de formación mediante un procedimiento ÁGIL, FLEXIBLE Y SENCILLO”procedimiento ÁGIL, FLEXIBLE Y SENCILLO”

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FUNDAMENTO I

Las empresas disponen de un crédito para laLas empresas disponen de un crédito para laformación de sus trabajadores que pueden hacerformación de sus trabajadores que pueden hacerefectivo mediante la aplicación de bonificacionesefectivo mediante la aplicación de bonificaciones

a la Seguridad Sociala la Seguridad Social

Cada empresa, sea cual sea su tamaño, actividado ubicación, pueda elegir qué formación quiere

hacer, con qué contenidos, cómo y cuándo

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FUNDAMENTO II

Libertad absolutaLibertad absoluta a las empresas paraque gestionen su plan de formación

en función del crédito que dispongancrédito que dispongan

INTERSECTORIALINTERSECTORIAL

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¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTE SISTEMA DE

FORMACIÓN?

Todas las que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación y

que coticen por la contingencia contingencia de formación profesionalde formación profesional

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¿QUÉ TRABAJADORES PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTE SISTEMA DE

FORMACIÓN?

Trabajadores que cotizan en concepto de formación profesional incluidos:

Fijos discontinuosFijos discontinuos en periodo de no ocupación

Acceden a situación de desempleosituación de desempleo cuando se encuentren en periodos formativos

Trabajadores acogidos a regulación de empleoregulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado

Ver Nómina

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TRABAJADORES :

Agrario Autónomos

Otros de la seguridad social (no coticen contingencia de formación profesional)

Mar

CONTRATOS PROGRAMA

¿QUÉ TRABAJADORES NONO PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTE SISTEMA DE

FORMACIÓN? I

Ver Nómina Autónomo

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Personal al servicio de las ADMISTRACIONES PÚBLICAS

PLANES ESPECÍFICOS

¿QUÉ TRABAJADORES NONO PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTE SISTEMA DE

FORMACIÓN? II

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REQUISITOS PARA ACCEDER AL SISTEMA

Para solicitar la clave de acceso al sistema es necesario que el representante legal representante legal de

la empresa tenga su FIRMA DIGITALFIRMA DIGITAL

http://www.ceres.fnmt.es

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PRIMEROS TRÁMITES I

Solicitar el certificado de usuario (vía internet)

Ir al Registro Mercantil (si es persona jurídica)Acreditarse en una Oficina de la Agencia

Estatal Administración Tributaria (AEAT)Descargar el certificado

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PRIMEROS TRÁMITES II

ACREDITACIÓN COMO PERSONA JURÍDICA:ACREDITACIÓN COMO PERSONA JURÍDICA: Documento acreditativo de la identidad de la entidad Documento acreditativo de la identidad del representante (DNI

o pasaporte) Documento acreditativo de la representación legal de la

entidad o de poder especial de representación para solicitar el certificado

Código de solicitud del certificado CERES

ACREDITACIÓN COMO PERSONA FÍSICA:ACREDITACIÓN COMO PERSONA FÍSICA: Documento acreditativo de la identidad del representante (DNI

o pasaporte) Código de solicitud del certificado CERES

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PRIMEROS TRÁMITES III

REGISTRARSE EN LA WEB DE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA:REGISTRARSE EN LA WEB DE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA:

Para obtener la “clave de acceso” clave de acceso” hay que entrar en la pantalla “solicitud de clave de acceso” “solicitud de clave de acceso” disponible una vez que se accede a la opción de menú “acceso al sistema”“acceso al sistema”

Una vez seleccionado el certificado en esa pantalla hay que indicar el CIF indicar el CIF y el perfil con el que se desea darse de alta (Entidad Organizadora- AgrupacionesEntidad Organizadora- Agrupaciones)

Posteriormente hay que escribir el correo electrónicocorreo electrónico a la cual se va a remitir la clave. El correo de respuesta será inmediato

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ORGANIZACIÓN DE LA FORMACIÓN

Agrupación voluntaria de dos o más empresasdos o más empresasen las que una de ellas asume las funciones de Entidad Organizadora

Como empresa individualizada empresa individualizada

EXISTEN DIFERENTES OPCIONES:

Agrupación voluntaria de dos o más empresasdos o más empresasque conciertan con una terceraconciertan con una tercera (Centro Formación) para que asuma las funciones de Entidad Organizadora

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CONVENIO AGRUPACIÓN EMPRESAS I

“Agrupación voluntaria de dos o más empresasque a su vez conciertan con una tercera

para que asuma las funciones de Entidad Organizadora”

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CONVENIO AGRUPACIÓN EMPRESAS II

Formas de pagopago

Duración indefinidaindefinida

Al corriente en el cumplimientocorriente en el cumplimiento de sus obligacionesobligaciones tributariastributarias y frente a la seguridad socialseguridad social

Comunicación a la RLT RLT (si existe)

Identificar en la contabilidadcontabilidad de la empresa los costes de la AAFF

Guardar toda documentación 4 años4 años

ALGUNAS CUESTIONES A TENER EN CUENTA:

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OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA

TramitarTramitar ante la Fundación Tripartita las comunicaciones de Inicio y FinInicio y Fin de las AAFFs

Colaborar Colaborar con las Administraciones y Órganos de Control s Administraciones y Órganos de Control competentes competentes en las actuaciones de seguimiento y control de las AAFFs

Todas aquellas indicadas en el R.D. y Orden MinisterialR.D. y Orden Ministerial

CustodiarCustodiar la documentacióndocumentación relacionada con la organización,organización, gestióngestión e imparticiónimpartición de las AAFFs en las que participe como entidad organizadora (artículo 16.216.2 R.D. 395)

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OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS AGRUPADAS I

Identificar Identificar en cuenta separada de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y permisos individuales de formación, bajo la denominación de “formación profesional para el empleo”“formación profesional para el empleo”

SometerseSometerse a las actuaciones de comprobación, seguimientocomprobación, seguimiento y controly control que realicen los Órganos Competentes

Custodiar Custodiar la documentación acreditativa de la asistencia asistencia diaria diaria de los participantes a las acciones formativas

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OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS AGRUPADAS II

Hallarse Hallarse al corriente corriente en el cumplimiento de sus obligaciones obligaciones tributariastributarias y frente a la Seguridad SocialSeguridad Social en el momento de aplicarse las bonificaciones.

MantenerMantener durante un periodo mínimo de 4 añosperiodo mínimo de 4 años, la documentación justificativa de la formación por la que hayan disfrutado de bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social

Garantizar Garantizar la gratuidad gratuidad de las iniciativas de formación a los participantes de las mismas

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MODALIDADES DE IMPARTICIÓN

1- PRESENCIAL:1- PRESENCIAL:Todas las horas lectivas se desarrollan de un modo grupal y en presencia del docente. Máximo 25 participantes. Máximo 8 horas/día

2- DISTANCIA:2- DISTANCIA:Es necesario una asistencia tutorial y unos soportes didácticos que supongan un proceso de aprendizaje sistematizado. Cada tutor debe coordinar como máximo a 80 participantes.

3-TELEFORMACIÓN: 3-TELEFORMACIÓN: Es necesario el apoyo de tecnologías de información y comunicación en línea (teleformación). El sistema más extendido es la formación virtual Online. Cada tutor debe coordinar como máximo a 80 participantes.

4-MIXTA:4-MIXTA:Una parte del horario es presencial y otra es a distancia o teleformación.

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NIVELES DE FORMACIÓN DE LAS AAFFs

NIVEL BÁSICO:NIVEL BÁSICO:

Se aplica a la formación en materias transversales o genéricas transversales o genéricas

que capacita para desarrollar competencias y cualificaciones básicasbásicas

NIVEL MEDIO-SUPERIOR:NIVEL MEDIO-SUPERIOR:

Se aplica cuando la formación incorporematerias que impliquen especialización especialización

y/o capacite para desarrollar competenciasde programación y/o direccióndirección

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DOCUMENTACIÓN A TENER EN CUENTA EN UNA ACCIÓN FORMATIVA I

Fotocopia de una nómina reciente (o sustitutivo)

Informe de la RLT (si existe)

Convenio de agrupación / Anexo de adhesión

Controles de asistencia (presencial)

Ficha inscripción del alumno (o sustitutivo)

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DOCUMENTACIÓN A TENER EN CUENTA EN UNA ACCIÓN FORMATIVA II

Cuestionarios de evaluación

Cartel denominación del curso junto con la ficha técnica (presencial)

Recibí de diplomas (asistencia y aprovecham.)

Recibí de material

Justificación económica (?)

Hoja informativa con el horario del curso

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IMPARTICIÓN Y EJECUCIÓN

SEGUNDA PARTESEGUNDA PARTE

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CRÉDITO DE LAS EMPRESAS I

Cada empresa dispone de un crédito de formación continua. La cuantía de este crédito para el 2010 se obtiene multiplicando la cantidad ingresada por la

empresa en concepto de formación profesional durante el año 2009, por un porcentaje de

bonificación.

CUOTA FORMACIÓN PROFESIONAL 0,7 % DONDE:

0,1 % EL TRABAJADOR EN SU NÓMINA

0,6 % DE LA EMPRESA

19% APROX. FONDO SOCIAL EUROPEO

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CRÉDITO DE LAS EMPRESAS II

Las empresas de nueva creación se aplicará una aportación de 65 € por trabajador en el momento

de la creación de la misma

EMPRESAS DE 1-5 TRABAJADORES: 420 €EMPRESAS DE 6-9 TRABAJADORES 100%EMPRESAS DE 10-49 TRABAJADORES 75%

EMPRESAS DE 50-249 TRABAJADORES 60%EMPRESAS DE MÁS DE 250 TRABAJADORES 50%

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Coste Máximo bonificable:Coste Máximo bonificable:Módulo económico x Nº horas de formación x Nº participantes

MODALIDAD DEIMPARTICIÓN

NIVEL DE FORMACIÓN

Básico Medio-Superior

Presencial 9 Euros 13 Euros

A distancia 5,5 Euros

Teleformación 7,5 Euros

Mixta Combinación de los módulos anteriores

MÓDULOS ECONÓMICOS I - NOVEDADES-- NOVEDADES-

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MÓDULOS ECONÓMICOS II - NOVEDADES-- NOVEDADES-

EMPRESAS DE 1-9 TRABAJADORESEMPRESAS DE 1-9 TRABAJADORESNO ESTÁN LIMITADAS POR LOS MÓDULOS

ECONÓMICOS MÁXIMOS PREVISTOS

EMPRESAS DE 10-49 TRABAJADORESEMPRESAS DE 10-49 TRABAJADORES

PODRÁN SUPERAR LOS MÓDULOS EN UN 10%

EMPRESAS DE 50-249 TRABAJADORESEMPRESAS DE 50-249 TRABAJADORES

PODRÁN SUPERAR LOS MÓDULOS EN UN 5%

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EJEMPLOS PRÁCTICOS

Una AAFF de Idiomas Nivel BásicoBásico con 30 horas30 horas presencialespresenciales y 20 a distancia20 a distancia y 15 alumnos15 alumnos ¿Cuánto es el

coste máximo bonificable de dicha AAFF?

9 € x 30 horas x 15 alumnos = 4050 €5,5 € x 20 horas x 15 alumnos = 1650 €

TOTAL = 5700 €

Una AAFF de Calidad Nivel Medio-SuperiorMedio-Superior con 20 horas20 horas presencialespresenciales y 50 a distancia (teleformación)50 a distancia (teleformación) y 10 alumnos10 alumnos

¿Cuánto es el coste máximo bonificable de dicha AAFF?

13 € x 20 horas x 10 alumnos = 2600 € 7.5 € x 50 horas x 10 alumnos = 3750 €

TOTAL = 6350 €

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COSTE BONIFICABLE

Se entiende por Coste Bonificable:Coste Bonificable:

Los costes directos Los costes directos (impartición) y los costeslos costes asociadosasociados (organización), respecto de los cuales las empresas podrán aplicarse las bonificaciones en las cotizaciones de la

Seguridad Social.

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JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA

Orden TAS/2307/2007 art. 14: “Costes de formación”

“La suma de los costes asociados o de organización no podrá superar, a efectos de bonificación, el 25 % de los costes directos ”

PODREMOS DESTINAR

80 % a costes directos

20 % a costes asociados

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LA RETRIBUCIÓN DE LOS FORMADORES INTERNOS Y EXTERNOS

LOS GASTOS DE AMORTIZACIÓN DE EQUIPOS DIDÁCTICOS Y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS, ASÍ COMO EL ALQUILER O ARRENDAMIENTO FINANCIERO DE LOS MISMOS.

GASTOS DE MEDIOS DIDÁCTICOS Y / O ADQUISICIÓN DE MATERIALES CONSUMIBLES.

GASTOS DE ALQUILER, ARRENDAMIENTO FINANCIERO O AMORTIZACIÓN DE LAS AULAS, TALLERES …

SEGURO DE ACCIDENTE DE LOS PARTICIPANTES

GASTOS DE TRANSPORTE, MANUTENCIÓN, ALOJAMIENTO …

COSTES DIRECTOS

JUSTIFICACIÓN COSTES I

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PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN

INSTALACIONES

LUZ

AGUA

CALEFACCIÓN

MENSAJERÍA

CORREO

LIMPIEZA

… OTROS COSTES ASOCIADOS A LA GESTIÓN DE LA AAFF

COSTES ASOCIADOS

JUSTIFICACIÓN COSTES II

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Orden TAS/2307 – Artículo 14: “ La comprobación del cumplimiento de esta exigencia de

COFINANCIACIÓN PRIVADA se realizará una vez

finalizada la formación correspondiente de todo el finalizada la formación correspondiente de todo el

ejercicioejercicio ”

EMPRESAS 1-91-9 TRABAJADORES: 0 % - NO COFINANCIAN

EMPRESAS 10-4910-49 TRABAJADORES: 10% (12% APLICACIÓN)

EMPRESAS 50-24950-249 TRABAJADORES: 20% (25% APLICACIÓN)

EMPRESAS + 250+ 250 TRABAJADORES: 40% (67% APLICACIÓN)

COFINANCIACIÓN IIPRIVADA

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CÓMO SE BONIFICA I: REQUISITOS

Haber realizadorealizado la formación

Comunicar a la Fundación Tripartita la finalización finalización de la AAFF

Comunicar a la Fundación Tripartita con 7 días7 días de antelación el inicioinicio de la AAFF

Informar a la RLTRLT

Indicar en la finalización la cuantía y el cuantía y el mes mes en que la bonificación se practicará en la Tesorería General de la Seguridad Social

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CÓMO SE BONIFICA II

Las empresas podrán aplicarse la bonificaciónLas empresas podrán aplicarse la bonificaciónen el Boletín de Cotización de un mes DIFERENTEen el Boletín de Cotización de un mes DIFERENTE

al COMUNICADO, teniendo como LÍMITE el al COMUNICADO, teniendo como LÍMITE el Boletín de DICIEMBRE del año en que se realiza Boletín de DICIEMBRE del año en que se realiza

la AAFFla AAFF

EL ESTADO DE LAEL ESTADO DE LAAAFF TIENE QUE SERAAFF TIENE QUE SER

VÁLIDOVÁLIDO

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CÓMO SE BONIFICA III:APLICACIÓN DE LAS BONIFICACIONES

TC 2 NORMALIZADOTC 2 NORMALIZADO

Empresas de menos de 10 trabajadores menos de 10 trabajadores que no presenten el TC2 a través del Sistema Red

La bonificación se realiza en un TC1 Complementario TC1 Complementario que no lleva asociado ningún TC2

Clave de Liquidación (CL) “4 Complementaria”“4 Complementaria”

Clave de Control (CC) “95 Bonificaciones por Formación “95 Bonificaciones por Formación Continua”- Continua”- SÓLO PODRÁ EL IMPORTE A BONIFICAR

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CÓMO SE BONIFICA IV:APLICACIÓN DE LAS BONIFICACIONES

SISTEMA REDSISTEMA RED

Obligatoriamente empresas de más de 10 trabajadores más de 10 trabajadores

El importe de la bonificación se aplicará en la casilla 601la casilla 601 del TC1 del TC1 (suma de bonificaciones / subvenciones)

Se crea un nuevo concepto, casilla 763casilla 763 (bonificaciones por formación continua) Esta bonificación no está asociada a ningún trabajador. Es un concepto global. Su importe se acumulará automáticamente automáticamente en la casilla 601

EN AMBOS CASOS ES EN AMBOS CASOS ES IMPRESCINDIBLEIMPRESCINDIBLE QUE LA EMPRESA NO TENGA QUE LA EMPRESA NO TENGA DEUDAS CON HACIENDA NI CON LA SEGURIDAD SOCIAL DEUDAS CON HACIENDA NI CON LA SEGURIDAD SOCIAL

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¿CÓMO SE CONTABILIZAN LAS AAFFS? I

“Los costes derivados de las acciones formativas, deberán quedar expresamente identificadosexpresamente identificados en la

contabilidad de la empresa”

A efectos contables la bonificación debe considerarse como una subvención a la explotación, pudiendo contabilizarse de las siguientes maneras:

- Dado su carácter específico, se puede optar por abrir una cuenta contable en el subgrupo 74 (subvenciones a la explotación) que se podría denominar y numerar como ingresos por formación en el empleo (7450), cuenta no desarrollada en el actual plan general contable

- En cuentas del subgrupo 75 (otros ingresos de gestión)

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¿CÓMO SE CONTABILIZAN LAS AAFFS? II

Los costes internos incurridos en la realización de los cursos se contabilizarán en las cuentas que según su naturaleza le correspondan. Por ejemplo, si el formador es interno, deberá contabilizarse la nómina en las cuentas del subgrupo 64 (gastos de personal)

Los costes externos se contabilizarán en cuenta separada o epígrafe específico en las cuentas que, según su naturaleza, le correspondan del subgrupo 62 (servicios exteriores) con la referencia de formación continua.

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RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS- INFORMACIÓN DE INTERÉS -

INFORMACIÓN FUNDACIÓN TRIPARTITA:902 183 183

FAX CONSULTAS:91 759 96 98

FAX PROBLEMAS INFORMÁTICOS:91 722 00 08

FUNDACIÓN TRIPARTITAC/ ARTURO SORIA 126-128

MADRID 28043

WEB: www.fundaciontripartita.orgE-MAIL: [email protected]

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CONTÁCTENOS A TRAVÉS:

JOSÉ LUIS SALGUERO

TLF: 902 10 17 71

FAX: 950 55 25 67

E-mail:

[email protected]

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN