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    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    I. COMUNIDAD DE MADRID

    B) Autoridades y Personal

    Consejera de Presidencia, Justiciay Portavoca del Gobierno

    6 ORDEN 3170/2013, de 7 de noviembre, de la Consejera de Presidencia, Justiciay Portavoca del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el in-greso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutivau Operativa, Categora de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1).

    De acuerdo con lo previsto en el Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Go-bierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Pblico de la Comunidad de Madrid paraelao2013(BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de29deabril),yenelejer-cicio de las competencias que le estn atribuidas por el artculo 2.bis.7 del Decreto 74/1988,de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los rganos de la Administra-cin de la Comunidad, de sus Organismos Autnomos, rganos de Gestin y Empresas P-blicas en materia de personal, en relacin con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, delPresidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el nmero y denominacinde las Consejeras de la Comunidad de Madrid, esta Consejera ha resuelto convocar prue-bas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Es-cala Ejecutiva u Operativa, Categora de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1),con sujecin a las siguientes

    BASES DE CONVOCATORIA

    Primera

    Normas generales

    1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas en el Cuerpo de Bomberosde la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categora de Bombero Especia-lista (Grupo C, Subgrupo C1), para su provisin simultnea por los turnos de promocin in-terna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Pblico de la Co-munidad de Madrid para el ao 2013, aprobada por el Decreto 36/2013, de 25 de abril.

    1.1.1. El nmero total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a 15plazas, de acuerdo con la distribucin que figura en el Anexo I de la presenteconvocatoria.

    1.1.2. El nmero total de vacantes reservadas al turno de promocin interna asciendea 5 plazas, segn la distribucin que figura en el Anexo I de la presente con-vocatoria. En caso de no quedar cubiertas, se acumularn a las del turno de ac-ceso libre.

    1.1.3. Los aspirantes que ingresen por el turno de promocin interna, en virtud de lodispuesto en el artculo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, ten-drn en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno deacceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

    1.1.4. El proceso selectivo del turno de promocin interna finalizar antes que el co-rrespondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artculosiete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Adminis-tracin y Servicios de la Administracin General de la Comunidad de Madridy sus Organismos Autnomos.

    1.1.5. Los aspirantes solo podrn participar en uno de los turnos.

    1.2. Sern de aplicacin a las presentes pruebas selectivas el Decreto Legislati-vo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por laque se regulan los Servicios de Prevencin, Extincin de Incendios y Salvamentos de la Co-munidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado P-blico; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Funcin Pblica;el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de

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    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    Ingreso del Personal al Servicio de la Administracin General del Estado y de Provisin dePuestos de Trabajo y Promocin Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administra-cin General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Funcin Pblica de la Comu-nidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la

    Funcin Pblica de la Administracin de la Comunidad de Madrid de los nacionales de losdems Estados miembros de la Unin Europea; el Decreto 36/2013, de 25 de abril, por elque se aprueba la Oferta de Empleo Pblico de la Comunidad de Madrid para el ao 2013;la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejera de Hacienda, por la que se apruebanInstrucciones relativas al funcionamiento y actuacin de los Tribunales de Seleccin en elmbito de la Administracin de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria ydems normativa de aplicacin.

    1.3. El sistema de seleccin de los aspirantes ser el de oposicin. Una vez finaliza-da la misma, se realizar un curso selectivo.

    1.4. La publicacin de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del pro-ceso selectivo se realizar a travs del BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDo mediante su insercin en los tablones de anuncios sealados en las presentes bases, segnproceda, sin perjuicio de la publicidad que se dar a dichos actos, a efectos informativos,

    mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se re-gula la Atencin al Ciudadano en la Comunidad de Madrid.La publicacin en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDo, en su caso,

    en los tablones de anuncios ser vinculante a efectos de la convocatoria para la realizacinde los ejercicios de la oposicin y para el curso selectivo, as como la que determine el ini-cio del cmputo de cualquiera de los plazos que estn establecidos y sean de aplicacin se-gn lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

    1.5. La Direccin General de Funcin Pblica resolver cuantas incidencias se sus-citen en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribu-nal de Seleccin segn lo dispuesto en la base 6.9.

    Segunda

    Interesados

    2.1. Los requisitos para ser admitidos a la realizacin de las pruebas selectivas sonlos que figuran en el Anexo I de esta convocatoria.

    La acreditacin del requisito establecido en los apartados g) del mencionado Anexo I,ser requerida por el Tribunal con la debida antelacin y publicidad.

    2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promocin interna de-bern reunir los siguientes requisitos, adems de los restantes exigidos en esta convocatoria:

    Ostentar la condicin de funcionarios de carrera. Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 (antiguo Grupo D),

    de la Administracin de la Comunidad de Madrid. Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos

    dos aos en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan.

    Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Pblicas que se encuentren

    prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidadestablecido en el artculo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas porel turno de promocin interna, debern reunir los siguientes requisitos, adems de los res-tantes exigidos en esta convocatoria:

    Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidaddel SubgrupoC2 (antiguo Grupo D). Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos

    dos aos en el Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan.

    2.3. Todos los requisitos establecidos en el Anexo I debern poseerse en el da de fi-nalizacin del plazo de presentacin de solicitudes, excepto lo indicado en los apartados e),y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

    Tercera

    Solicitudes3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarn al mode-

    lo oficial que figura como Anexo VI de la presente Orden y sern facilitadas gratuitamen-te en cualquier Oficina de Bankia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid

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    (Gran Va, nmero 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Cham-ber, nmero 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejeras, cuyas direcciones figu-ran en el Anexo VII de esta convocatoria.

    3.2. Cumplimentacin de la solicitud:

    3.2.1. Los aspirantes que deseen optar por los puestos de trabajo de Bombero yBombero-Conductor debern presentar una instancia para cada uno de ellos.

    3.2.2. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirn las instrucciones queconstan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que re-sulte de aplicacin al presente proceso selectivo, as como las que se indicana continuacin:

    En el apartado nmero 2, Datos de la convocatoria, deben constar en losespacios reservados para ello, los siguientes datos:

    Nmero de Orden de convocatoria: Deber consignarse el que figureen el encabezado de la presente Orden.

    Fecha de publicacin en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID.

    Cdigo del Cuerpo, Escala y Categora: Puestos de Bombero: 23. Puestos de Bombero-Conductor: 23 C.

    Descripcin: Bombero o Bombero-Conductor. En el apartado nmero 3, Turno de Acceso, deber marcarse con una

    cruz la opcin Libre o Promocin interna, segn corresponda. En el apartado nmero 4, Ttulo Acadmico, el aspirante deber sealar

    con una cruz la opcin de poseer la titulacin acadmica exigida. En el apartado nmero 5, los aspirantes que estn exentos del pago de la

    tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, ha-rn constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto.

    En el apartado Destinatario, se har constar: Excmo. Sr. Consejero de

    Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad deMadrid.3.2.3. A efectos del cumplimiento del artculo 5 de la Ley Orgnica 15/1999, de 13

    de diciembre, de Proteccin de Datos de Carcter Personal, los datos conteni-dos en la solicitud sern objeto de tratamiento automatizado por la DireccinGeneral de Funcin Pblica para el desarrollo del proceso selectivo, siendo sucumplimentacin obligatoria para la admisin a estas pruebas selectivas.Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trmite que se deriven delproceso selectivo y que contengan datos de carcter personal, con la firma desu solicitud de participacin dan su consentimiento para que la Administra-cin actuante pueda proceder a la publicacin de los mismos en su pgina webo en cualquier otro sitio establecido a tal efecto.

    3.3. Presentacin de solicitudes: Lugares, formas y plazo.

    3.3.1. Las solicitudes podrn presentarse en los siguientes lugares y formas:a) En cualquiera de las Oficinas de Bankia.b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Va, nmero 3),

    en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamber,nmero 8) y en los Registros de las Consejeras, cuyas direcciones figu-ran en el Anexo VII de esta convocatoria.

    c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artculo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Adminis-traciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    3.3.2. El plazo de presentacin de solicitudes ser de veinte das naturales a contardesde el da siguiente a la publicacin de la presente convocatoria en el BOLE-TNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID. La no presentacin de la solici-

    tud en tiempo y forma supondr la exclusin del aspirante.3.4. Tasa por derechos de examen.3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Pblicos de la Co-

    munidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de oc-

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    tubre (BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDde 29 de octubre), yen aplicacin de lo dispuesto en el artculo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciem-bre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ao 2013(BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa

    por derechos de examen ser de veintisiete euros con ochenta y seis cntimos(27,86 euros), que sern ingresados en cualquier oficina de Bankia, o en otraentidad financiera mediante transferencia bancaria a Bankia, en la cuentacorriente de Bankia nmero 2038 0626 01 6000027959, denominada Comu-nidad de Madrid. Derechos de examen.Los aspirantes que deseen optar por los puestos de trabajo de Bombero yBombero-Conductor debern abonar la cuanta anteriormente indicada porcada una de las instancias presentadas.De efectuarse el ingreso y presentacin de la solicitud en cualquier oficina deBankia, esta deber hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud (Justifi-cacin del ingreso de las tasas por derechos de examen) los siguientes datos:

    Inscripcin mecanizada del nmero de cuenta y la cantidad ingresada osello que acredite el pago correspondiente.

    Fecha de entrega de la solicitud. Visado del encargado de la Oficina.

    Cuando el aspirante efecte el ingreso mediante transferencia bancaria a travsde una entidad financiera distinta a la de Bankia, deber figurar en el aparta-do nmero 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la ins-cripcin mecanizada del nmero de cuenta y la cantidad ingresada que constanen esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichosdatos no constasen en la solicitud, deber adjuntarse el original del resguardo deingreso junto con la solicitud de participacin en este proceso selectivo, en elplazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria.La falta de justificacin del pago ntegro de la tasa por derechos de examen de-terminar la exclusin definitiva del aspirante del proceso selectivo.En ningn caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad banca-

    ria correspondiente supondr la sustitucin del trmite de presentacin de lasolicitud de participacin en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares yforma antes citados.

    3.4.2. De conformidad con el artculo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 deoctubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Pre-cios Pblicos de la Comunidad de Madrid, estn exentas del pago de la tasapor derechos de examen:

    1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios pblicos de em-pleo como demandantes de empleo con una antigedad mnima de seismeses, referida a la fecha de publicacin de la presente Orden en el BO-LETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID.

    2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.3. Las vctimas del terrorismo, sus cnyuges e hijos.

    A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas debernaportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diezhbiles siguientes a la publicacin de las listas provisionales de admitidos yexcluidos, los siguientes documentos:

    Las personas desempleadas: Informe de perodo ininterrumpido inscritoen situacin de desempleo con una antigedad mnima de seis meses in-mediatamente anteriores a la fecha de publicacin de esta convocatoria enel BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID, informe que habrde ser expedido por los servicios pblicos de empleo.

    Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidadexpedida por el rgano competente o certificado vigente acreditativo delgrado de minusvala igual o superior al 33 por 100, expedido por la Di-reccin General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Ins-tituto de Mayores y Servicios Sociales u otro rgano competente para ex-pedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas,la documentacin requerida en los prrafos b) y c) del artculo 2.1 delReal Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (Boletn Oficial del Estado

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    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideracin depersona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciem-bre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminacin y AccesibilidadUniversal de las Personas con Discapacidad.

    Las vctimas del terrorismo, sus cnyuges e hijos: certificado acreditati-vo de tal condicin, expedido por el rgano competente del Ministeriodel Interior.

    De no aportar los interesados dicha documentacin, o si del examen de la mis-ma se deduce que no renen los requisitos antes sealados, figurarn en la re-lacin definitiva de aspirantes excluidos.

    3.4.3. Devolucin de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artcu-los 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Pblicos de laComunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 deoctubre, solo proceder la devolucin del importe de la tasa satisfecha por losaspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar laprestacin por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se de-claren indebidos por resolucin o sentencia firmes o cuando se haya produci-

    do una modificacin sustancial de las bases de convocatoria.No se iniciar la tramitacin del expediente de devolucin de tasas hasta quese proceda a la publicacin de las listas definitivas de aspirantes admitidos yexcluidos al presente proceso selectivo.

    Cuarta

    Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios

    4.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que pre-cisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realizacin de cualquiera de las pruebasque forman parte de esta convocatoria, adems de indicarlo en el apartado correspondientede la solicitud, debern presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convoca-toria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptacin que solicitan, as como certifi-

    cado mdico acreditativo de la adaptacin solicitada.4.2. El Tribunal Calificador adoptar las medidas precisas en aquellos casos que re-sulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiem-po y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condicionespara la realizacin de los ejercicios que el resto de los participantes.

    A tal efecto, el Tribunal podr recabar informe y, en su caso, colaboracin de los Cen-tros Base de Atencin a Personas con Discapacidad o de otros rganos tcnicos competentes.

    En la Resolucin por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admi-tidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebracin del primer ejercicio de la oposicin,se indicarn tambin los tablones de anuncios en los que el Tribunal har pblica la rela-cin de aspirantes que han solicitado adaptacin, indicando para cada uno de ellos la adap-tacin concedida o, en su caso, las razones de la denegacin, tablones que debern ser losmismos que los previstos para la publicacin de las relaciones de admitidos.

    La relacin de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se har pblica jun-to con las resoluciones del Tribunal por las que se efecte la convocatoria de los mismos,en los tablones de anuncios correspondientes.

    Quinta

    Admisin de aspirantes

    5.1. Terminado el plazo de presentacin de solicitudes, la Direccin General de Fun-cin Pblica publicar en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDResolucinpor la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolu-cin constar la identidad de los aspirantes excluidos, con indicacin de las causas de inad-misin.

    5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, as como los que no figuren en la rela-cin de admitidos ni en la de excluidos, dispondrn de un plazo de diez das hbiles, conta-dos a partir del siguiente a la publicacin de tal Resolucin, a fin de subsanar el defecto quehaya motivado su exclusin o su no inclusin expresa.

    5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promocin interna, nocumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, sern

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    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    incluidos, de oficio, en la relacin provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admi-tidos por el turno de acceso libre, siempre que la Direccin General de Funcin Pblica ten-ga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolucin que apruebe las correspondientesrelaciones de aspirantes admitidos, as como las de excluidos, y adems hayan declarado en

    su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno.5.4. Finalizado el plazo de subsanacin de defectos de las solicitudes, la Direccin

    General de Funcin Pblica publicar en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRIDResolucin por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admiti-dos y excluidos, entendindose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma.

    En la citada Resolucin, a propuesta del Tribunal Calificador, se har constar la fecha,lugar y hora de realizacin del primer ejercicio de la oposicin, todo ello con una antela-cin mnima de diez das hbiles.

    5.5. Contra la Resolucin por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspi-rantes admitidos y excluidos podr interponerse, en el plazo de un mes contado a partir delda siguiente a su publicacin en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID, re-curso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno.

    Sexta

    Tribunal Calificador

    6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas ser designado por Resolu-cin de la Direccin General de Funcin Pblica, conforme a lo previsto en el artculo 8 delvigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administracin y Servicios de laAdministracin General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autnomos, debien-do ajustarse en su composicin a lo dispuesto en el artculo 60 de la Ley 7/2007, de 12 deabril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico. Dicho rgano de Seleccin quedar inclui-do en la categora segunda de las reseadas en el artculo 30.1 del Real Decreto 462/2002,de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razn del servicio.

    6.2. El rgimen jurdico aplicable al Tribunal de Seleccin ser el que se establecepara los rganos colegiados en el Ttulo II, Captulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-

    bre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Adminis-trativo Comn; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejera de Hacienda, porla que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuacin de los Tribunalesde Seleccin en el mbito de la Administracin de la Comunidad de Madrid, y en las de-ms normas que les sean de aplicacin. A efectos de regulacin del nmero de sesiones, de-vengo y percepcin de asistencias de los miembros del Tribunal, tambin ser de aplicacinlo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejera de Hacienda.

    6.3. Los miembros del Tribunal debern abstenerse de intervenir, notificndolo a laDireccin General de Funcin Pblica, cuando concurran en ellos alguna de las circunstan-cias previstas en el artculo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdi-co de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, o cuandohubiesen realizado tareas de preparacin de aspirantes a pruebas selectivas de acceso aCuerpos anlogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco aos anteriores

    a la publicacin de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese pe-rodo de algn modo con centros de preparacin de opositores del Cuerpo al que pertenez-can las plazas convocadas.

    6.4. El Presidente deber solicitar de los miembros del Tribunal declaracin expresade no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artculo 28 de la Leyde Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn, ni en las dems causas de abstencin indicadas en esta base. Esta declaracin debe-r ser tambin cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxi-liar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8.

    6.5. Asimismo, los interesados podrn recusar a los miembros del Tribunal cuando,a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias sealadas en el prrafo anterior,conforme a lo establecido en el artculo 29 de la Ley de Rgimen Jurdico de las Adminis-traciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    6.6. Con anterioridad a la iniciacin de las pruebas selectivas, la Direccin Generalde Funcin Pblica publicar en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRIDResolucin por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de susti-tuir a los que hubieran perdido su condicin por alguna de las causas previstas en la presen-te base.

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    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    6.7. El Tribunal quedar constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titularesy, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo.

    Para la vlida constitucin del Tribunal, a efectos de la celebracin de sesiones, deli-beraciones y toma de acuerdos, se requerir la presencia del Presidente y el Secretario o, ensu caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, comomiembro del Tribunal, tendr voz y voto.

    6.8. El Tribunal podr incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las prue-bas y con los cometidos que estime pertinentes, limitndose estos a prestar su colaboracinen sus especialidades tcnicas, y tendrn voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podr va-lerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designacin debe-r comunicarse a la Direccin General de Funcin Pblica, que habr de autorizar el nme-ro de ayudantes propuestos.

    6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse ypara adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo noprevisto por las presentes bases y normativa aplicable.

    6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera cono-cimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los re-

    quisitos exigidos en la convocatoria, podr requerirle los documentos acreditativos de sucumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al in-teresado, deber emitir propuesta motivada de su exclusin del proceso selectivo, dirigidaa la Direccin General de Funcin Pblica, comunicando, asimismo, las inexactitudes o fal-sedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisin a las pruebas selectivas, alos efectos procedentes.

    Contra la Resolucin de la Direccin General de Funcin Pblica por la que se exclu-ya al aspirante podr interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Jus-ticia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del da siguiente a sunotificacin o publicacin.

    Sptima

    Desarrollo de la oposicin

    7.1. La oposicin estar integrada por los ejercicios que a continuacin se indican,todos y cada uno de ellos eliminatorios.

    7.1.1. Primer ejercicio:

    Consistir en contestar por escrito 180 preguntas, distribuidas en dos cuestio-narios de preguntas tipo test conforme al siguiente orden:

    a) El primer cuestionario que ser facilitado a los aspirantes constar de 45preguntas de carcter psicotcnico, que versarn de forma proporcionalsobre los parmetros que se indican a continuacin:

    Razonamiento abstracto y concreto. Razonamiento espacial. Medicin de la atencin.

    El tiempomximo para la realizacin de este cuestionario ser de 45 minutos.b) El segundo cuestionario, del que se har entrega a los aspirantes cuando

    hayan transcurrido los 45 minutos para contestar el anterior y tras la reco-gida del mismo, estar compuesto por un total de 135 preguntas que ver-sarn sobre el contenido del temario que figura como Anexo III a la pre-sente Orden. El tiempo mximo para la realizacin de este cuestionarioser de 135 minutos.

    En ambos cuestionarios, para cada pregunta se propondrn cuatro respuestas al-ternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correc-tamente se valorar en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figurenlas cuatro letras en blanco o con ms de una opcin de respuesta, no tendr va-loracin, y la pregunta con contestacin errnea se penalizar con la terceraparte del valor asignado a la contestacin correcta.A efectos de que el rgano de Seleccin proceda a calificar ambos cuestionariosser necesario, en todo caso, haber contestado, al menos, el equivalente a 23 pre-guntas correctas en el primero, y a 68 preguntas correctas en el segundo, te-niendo en cuenta las contestaciones correctas e incorrectas. De no alcanzar

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    este valor en cada cuestionario, el ejercicio no ser objeto de calificacin porel Tribunal de Seleccin.En la misma sesin de celebracin del primer ejercicio, y con carcter previo asu realizacin, los aspirantes debern hacer constar por escrito su autorizacin

    para someterse a todas las pruebas mdicas que determine el Tribunal Mdi-co que se adjuntan como Anexo V a la presente convocatoria.A tal efecto el Tribunal proporcionar dicho Anexo V para su cumplimentacin.

    7.1.2. Segundo ejercicio:

    Constar de dos fases encaminadas a comprobar la aptitud fsica general de losaspirantes:

    a) Primera fase: Presentacin de un certificado mdico extendido en impresooficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar ex-presamente que el aspirante rene las condiciones fsicas y sanitarias nece-sarias y suficientes para la realizacin de los ejercicios fsicos que figuranespecificados en la fase segunda de este ejercicio, emitido de acuerdo conla frmula siguiente: El interesado rene las condiciones precisas para rea-

    lizar las pruebas fsicas indicadas en la segunda fase de la Base 7.1.2 de laconvocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bombe-ros de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categora deBombero Especialista.Dicho certificado, que ha de ajustarse en su redaccin a estos conceptos,debe llevar implcito el cumplimiento de las condiciones fsicas exigidasen el Anexo IV.Este certificado mdico no excluye en absoluto las comprobaciones pos-teriores que integran el reconocimiento mdico establecido como uno delos ejercicios de estas pruebas selectivas, y que tienen autonoma propia.

    b) Segunda fase: La realizacin de los ejercicios siguientes desarrollados enel Anexo II:1. Natacin sobre 50 metros.

    2. Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura.3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos.4. Carrera sobre 60 metros.5. Carrera sobre 300 metros.6. Carrera sobre 2.000 metros.

    Estos ejercicios se realizarn con arreglo a las normas que figuran en el citadoAnexo.En cualquier momento del desarrollo de las pruebas fsicas, el Tribunal Califi-cador podr convocar a los aspirantes que considere oportuno, para la realiza-cin de un control de dopaje mediante la recogida de una muestra de orina,cuya cuanta no ser inferior a 100 mililitros.Esta convocatoria se realizar por escrito, mediante el formulario de controlde dopaje oficial establecido en las normas de la Agencia Espaola de Protec-

    cin de la Salud en el Deporte.La resistencia o negativa expresa por parte del aspirante a realizar dicha prue-ba, o su no presentacin a la realizacin de la misma en el lugar y tiempo enque sea convocado, de forma no justificada vlidamente, supondr la exclu-sin inmediata del mismo en el proceso selectivo.Asimismo, ser motivo de exclusin la obstruccin, no atencin, dilacin inde-bida, ocultacin y dems conductas que, por accin u omisin, eviten, impidan,perturben o no permitan realizar controles de dopaje en la forma prevista en laLey, o siempre que cualquier aspirante evite voluntariamente, por accin uomisin, la recogida de muestras a que estuviese obligado a someterse.La lista de sustancias y mtodos prohibidos que se usar de referencia para de-terminar si un resultado analtico es desfavorable, ser la publicada por laAgencia Mundial Antidopaje (WADA) para el ao 2014.Se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.wada-ama.org/Documents/World_Anti-Doping_Program/WADP-Prohibited-list/2014/WADA-prohibited-list-2014-EN.pdfLa deteccin de la presencia de cualquier cantidad de una sustancia prohibida,o de sus metabolitos o marcadores, en la muestra de orina de un aspirante, su-

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    pondr su exclusin del proceso selectivo, sin perjuicio del derecho de solici-tud de realizacin de contra-anlisis que asiste al aspirante, as como de su re-curso al Tribunal Calificador con las alegaciones que estime oportunas.Los aspirantes que reciban tratamiento habitual con alguna medicacin suscep-

    tible de dar lugar a un resultado desfavorable, debern solicitar al Tribunal Ca-lificador, con antelacin suficiente a la realizacin de las pruebas fsicas (no in-ferior a 14 das), una autorizacin de uso teraputico. El Tribunal aplicar loscriterios de evaluacin contenidos en el anexo II de la Convencin Internacio-nal contra el dopaje en el deporte y en las normas para la concesin de autori-zaciones de uso teraputico adoptadas por la Agencia Mundial Antidopaje.

    7.1.3. Tercer ejercicio: Este ejercicio ser realizado nicamente por los aspirantesque opten a puestos de Bombero-Conductor. Consistir en un examen prcti-co de conduccin de vehculos de las categoras para las que habilita el permi-so exigido, a cuyos efectos el aspirante realizar las correspondientes manio-bras en circuito cerrado y en vas abiertas al trfico, o en un simulador deconduccin, que sern evaluadas conforme a los criterios fijados por losAnexos V y VI del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprue-

    ba el Reglamento General de Conductores (Boletn Oficial del Estado de 8de junio de 2009).7.1.4. Cuarto ejercicio (tercero para los aspirantes a puestos de Bombero): Los aspi-

    rantes debern superar determinadas pruebas de aptitud fsico-profesional quetengan por objeto acreditar la tolerancia al trabajo en espacios confinados y latolerancia al trabajo en altura.A estos efectos, a fin de verificar la tolerancia al trabajo en espacios confina-dos y la tolerancia al trabajo en altura se realizarn sendas pruebas cuya dura-cin, que habr de ser comn a todos los aspirantes, determinar el Tribunal,con carcter previo al inicio de la misma.

    7.1.5. ltimo ejercicio: Consistir en un reconocimiento mdico practicado por elTribunal facultativo que se designe al efecto. Se realizarn las pruebas clni-cas referidas en el Anexo V y cuantas otras, analticas y complementarias o deotra clase que se consideren necesarias por el Tribunal, como se refleja en elcitado Anexo. En este acto se proceder a tallar a los aspirantes.

    7.1.6. Los ejercicios correspondientes a la cobertura de los puestos de Bombero y deBombero-Conductor son independientes entre s, sin que la superacin, o no,de uno de ellos pueda producir los mismos efectos en ambos procesos de co-bertura.

    7.2. El primer ejercicio de la oposicin comenzar durante el primer semestre de 2014,determinndose en la Resolucin que se indica en la base 5.3 el lugar y fecha exactos de ce-lebracin del primer ejercicio, la cual ser publicada en el BOLETNOFICIAL DE LACOMU-NIDAD DEMADRIDcon una antelacin mnima de diez das hbiles.

    7.3. El orden de actuacin de los opositores se iniciar alfabticamente por el prime-ro de la letra X, de conformidad con la Resolucin de 13 de mayo de 2013, de la Direc-cin General de Funcin Pblica (BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDde 29de mayo).

    7.4. Los aspirantes sern convocados para cada ejercicio en llamamiento nico, aun-que haya de dividirse en varias sesiones la realizacin del ejercicio que as lo requiera, de-biendo asistir los aspirantes a la sesin a la que hayan sido convocados. Sern excluidos dela oposicin quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con ante-rioridad a la realizacin del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolucin motivada atal efecto.

    7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrn requerira los opositores la acreditacin de su identidad.

    7.6. La publicacin del anuncio de celebracin del segundo y sucesivos ejercicios,as como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuar en los tablones de anunciosde la Oficina de Atencin al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Va, nmero 3),de la Direccin General de Proteccin Ciudadana (carretera de La Corua, kilmetro 22,Las Rozas de Madrid) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para

    su mejor difusin entre los interesados.

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    Octava

    Calificacin de los ejercicios y lista de aprobados de la oposicin

    8.1. Los ejercicios de la oposicin se calificarn de la forma siguiente:8.1.1. Primer ejercicio: El ejercicio se calificar de 0 a 80 puntos, siendo necesario

    para superarlo obtener un mnimo de 40 puntos. No sern objeto de califica-cin aquellos aspirantes que no hayan contestado correctamente el nmeromnimo de preguntas establecido en la base 7.1.1 de la presente Orden.

    8.1.2. Segundo ejercicio:

    a) Primera fase: Se calificar de apto o no apto.b) Segunda fase. Pruebas fsicas:

    Se calificarn sobre un total de 60 puntos, siendo puntuadas cada una de ellasconforme al baremo que se adjunta en el Anexo II.La calificacin final de esta fase se obtendr por la suma de las puntuaciones

    alcanzadas en los diferentes ejercicios. Para las aspirantes femeninas, una vezsuperada la marca mnima indispensable, se aplicar una bonificacin del 20por 100 sobre la puntuacin total obtenida en las pruebas fsicas.El Tribunal comunicar al opositor la marca de cada una de las pruebas al fina-lizar el ejercicio.

    8.1.3. Tercer ejercicio (solo para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor): Secalificar sobre 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una pun-tuacin mnima de 15 puntos.El Tribunal comunicar al opositor el resultado obtenido al finalizar el ejercicio.

    8.1.4. Cuarto ejercicio (tercero para los aspirantes a puestos de Bombero): Las prue-bas de que consta este ejercicio se calificarn de apto o no apto, siendo ne-cesario superar cada una de ellas.

    8.1.5. ltimo ejercicio: Se calificar de apto o no apto.8.2. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mnimo exigido para la su-

    peracin de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoracin queacuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mnimo, fijado de forma independiente para cadaturno, deber garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados.

    8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposicin se calificar en primer lugar a losaspirantes del turno de promocin interna, procedindose a determinar el nivel mnimo exi-gido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesin posterior, cele-brada como mnimo cuarenta y ocho horas despus, se calificar a los aspirantes del turnode acceso libre, establecindose el nivel mnimo necesario para la superacin del ejercicioy publicndose la relacin de aprobados.

    8.4. La calificacin final de los aspirantes en la oposicin vendr integrada por la

    suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.8.4.1. Para los aspirantes a puestos de Bombero, dicha calificacin final ser deter-

    minada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicioy en la segunda fase del segundo ejercicio.En caso de empate, el orden se establecer atendiendo a los siguientes criterios:

    Mayor puntuacin obtenida en la segunda fase del segundo ejercicio. Mayor puntuacin alcanzada en el primer ejercicio. De continuar el empate, se deshar mediante la celebracin por parte del

    Tribunal de un sorteo pblico, que se anunciar con la suficiente antelacin.

    8.4.2. Para los aspirantes a puestos de Bombero-Conductor, la calificacin final serdeterminada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer ejer-

    cicio, en la segunda fase del segundo ejercicio y en el tercer ejercicio.En caso de empate, el orden se establecer atendiendo a la mayor puntuacinalcanzada en el tercer ejercicio y, de persistir el empate, se seguirn los crite-rios establecidos en la base 8.4.1.

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    8.5. Finalizada la oposicin, el Tribunal har pblica en los tablones de anuncios re-feridos en la base 7.6 y elevar a la Direccin General de Funcin Pblica la relacin de as-pirantes que la han superado, por cada turno de acceso, indicando los siguientes extremos:

    a) Nmero de orden obtenido en la oposicin, de acuerdo con la puntuacin total al-canzada; nombre, apellidos y nmero del Documento Nacional de Identidad decada uno de los aspirantes.

    b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposicin.c) Puntuacin total.

    8.6. El Tribunal no podr aprobar ni declarar que ha superado la oposicin un nme-ro superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propues-ta que contravenga lo indicado anteriormente ser nula de pleno derecho.

    Novena

    Curso selectivo

    9.1. Concluida la oposicin, los aspirantes que la hubiesen superado sern nombra-

    dos funcionarios en prcticas por Orden de la Consejera de Economa y Hacienda y habrnde realizar un curso selectivo, de carcter obligatorio y eliminatorio, durante el cual sernretribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entoncesConsejera de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prc-ticas (BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDde 16 de febrero).

    9.2. El curso selectivo, que ser organizado por la Direccin General de ProteccinCiudadana de la Comunidad de Madrid, a travs del Servicio de Formacin, y con la debi-da coordinacin y dentro del marco de competencias asignadas a la Direccin General deFuncin Pblica, tendr como finalidad primordial la adquisicin de conocimientos, tantotericos como prcticos, que garantice la preparacin especfica de los aspirantes para elejercicio de las funciones que les correspondan.

    La duracin del curso selectivo, que no ser inferior a seis meses, as como el progra-ma y la regulacin del mismo se establecer por Resolucin de la Direccin General de Pro-teccin Ciudadana, que ser publicada en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

    MADRID.9.3. Para superar el curso selectivo, los aspirantes que participen en l debern apro-bar todas las asignaturas o materias que lo compongan, as como las diferentes actividadesprcticas. En caso contrario, se considerar que el aspirante no ha superado el curso y per-der el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolucin mo-tivada de la Direccin General de Funcin Pblica, a propuesta de la Direccin General deProteccin Ciudadana.

    La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso se-lectivo ser obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debi-damente valoradas por la Direccin General de Proteccin Ciudadana, originar la imposi-bilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perder el derecho a sernombrado funcionario de carrera.

    Si durante el desarrollo del curso selectivo, se tuviera conocimiento o dudas fundadas

    de que alguno de los aspirantes pudiera carecer de la capacidad funcional necesaria para eldesempeo de las tareas y funciones habituales de la categora objeto de la convocatoria, serecabar el informe preceptivo de los rganos tcnicos competentes a tal efecto, el cual serevacuado en el plazo mximo de diez das y tendr carcter determinante para resolver.

    Si del contenido del dictamen se desprendiera que el aspirante carece de capacidad fun-cional, la Direccin General de Proteccin Ciudadana pondr dicha circunstancia en cono-cimiento del Tribunal Calificador, quien, previa audiencia al interesado, emitir propuestamotivada de su exclusin del proceso selectivo, dirigida al rgano convocante del mismo.

    Hasta que se dicte la oportuna resolucin por el rgano convocante, el aspirante podrcontinuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.

    9.4. Una vez finalizado el curso selectivo, la Direccin General de Proteccin Ciu-dadana remitir al Tribunal Calificador la relacin de aspirantes que lo hubiesen superado,que se har pblica en los trminos establecidos en la base 7.6.

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    Dcima

    Lista de aprobados del proceso selectivo

    10.1. La calificacin final de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivovendr determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la oposicin yen el curso selectivo, correspondiendo a aquella un 40 por 100 y a este ltimo un 60 por 100.

    En caso de empate en la puntuacin final, el orden se establecer atendiendo a los si-guientes criterios:

    Mayor calificacin obtenida en el curso selectivo. De persistir el empate, se dirimir atendiendo a los criterios relacionados en las ba-

    ses 8.4.1 y 8.4.2.

    10.2. Una vez establecida la relacin definitiva de aspirantes que hayan superado elproceso selectivo, cuyo nmero no podr exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Ca-lificador elevar a la Direccin General de Funcin Pblica las relaciones independientesde seleccionados por cada turno de acceso, en la que constarn los aspirantes aprobados se-gn el orden de puntuacin alcanzada, de mayor a menor.

    10.3. En la relacin definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas,el Tribunal indicar:

    a) Nmero de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuacintotal alcanzada; nombre, apellidos y nmero del Documento Nacional de Identi-dad de cada uno de los aspirantes.

    b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposicin y en el curso selectivo.c) Puntuacin total, conforme a lo establecido en la base 10.1.

    La Direccin General de Funcin Pblica dictar Resolucin declarando los aspiran-tes que han superado el proceso selectivo, que deber ser publicada en el BOLETNOFICIALDE LACOMUNIDAD DEMADRID.

    Undcima

    Presentacin de documentos11.1. En el plazo de veinte das naturales a contar desde el da siguiente a aquel en

    que se haga pblica en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDla relacin de-finitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los aspirantes incluidos en lamisma debern presentar en la Direccin General de Presupuestos y Recursos Humanos dela Consejera de Economa y Hacienda (plaza de Chamber, nmero 8) los siguientes docu-mentos:

    A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Na-cional de Identidad.

    B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulacin reque-rida en el Anexo I, o de la certificacin acadmica que acredite haber realizado yaprobado los estudios completos correspondientes para la expedicin de dichos t-tulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deber presentarse ladocumentacin acreditativa de su homologacin.

    C) Declaracin jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente dis-ciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pblicas o de los r-ganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autnomas, ni hallarseen inhabilitacin absoluta o especial para empleos o cargos pblicos por resolu-cin judicial.

    D) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del carn de conducirexigido en el Anexo I.

    E) Peticin de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y se-gn la oferta que previamente efecte la citada Direccin General de Presupues-tos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.3.

    11.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentosexpresados en la base anterior, podr acreditarse que se renen las condiciones exigidas enla convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

    11.3. En el caso de aquellos aspirantes que hubieran concurrido por el turno de pro-mocin interna, la Direccin General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Conseje-ra de Economa y Hacienda, a peticin del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas,

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    aportar de oficio al procedimiento certificacin acreditativa del cumplimiento de los re-quisitos establecidos en la base 2.2 En el caso de no quedar acreditados dichos extremos,perdern su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Bomberos dela Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categora de Bombero Especialis-

    ta (Grupo C, Subgrupo C1).11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen

    la documentacin o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los re-quisitos sealados en la base segunda, no podrn ser nombrados funcionarios de carrera delcitado Cuerpo, Escala y Categora y quedarn anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

    Duodcima

    Nombramiento de funcionarios de carrera

    Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documenta-cin requerida en la base undcima sern nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo deBomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categora de Bom-

    bero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1).La toma de posesin de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo seefectuar en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicacin de su nombramien-to como funcionario de carrera en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID.

    Decimotercera

    Comunicaciones e incidencias

    Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las inciden-cias que puedan plantearse en relacin con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su se-sin de constitucin, sealar el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestio-nes sean planteadas, hacindolo pblico en los tablones de anuncios referidos en la base 7.6.

    El Tribunal dispondr de un plazo mximo de treinta das naturales desde la recepcin

    de las solicitudes que le sean formuladas para su contestacin, salvo que concurran circuns-tancias excepcionales, en cuyo caso se proceder de conformidad con lo previsto por el ar-tculo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administra-ciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn. En todo caso, sobre laspeticiones de notas o revisin de examen deber dar respuesta razonada con anterioridad ala celebracin del siguiente ejercicio o, en su caso, del curso selectivo.

    No obstante, los aspirantes tambin podrn dirigir a la Direccin General de FuncinPblica las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuacin del Tribunal, ascomo las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo.

    Decimocuarta

    Lista de espera para funcionarios interinos

    14.1. En cumplimiento de lo previsto en la Disposicin Adicional Segunda, aparta-do 2, del Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se apruebala Oferta de Empleo Pblico de la Comunidad de Madrid para el ao 2013, as como de con-formidad con lo dispuesto en el artculo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que seregulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a perso-nal funcionario en la Administracin de la Comunidad de Madrid, a efectos de la seleccinde funcionarios interinos del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Eje-cutiva u Operativa, Categora de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), se forma-r una lista de espera con los aspirantes del turno libre que, no habiendo superado la oposi-cin, hubieran aprobado la totalidad de los ejercicios de que consta la misma, salvo quemanifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

    En ningn caso formarn parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunalde Seleccin anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposicin o, en su caso, laDireccin General Proteccin Ciudadana anule alguna de las pruebas que forman parte delcurso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicacinen la presente convocatoria.

    Con objeto de establecer la debida diferenciacin entre aquellos aspirantes que hubie-ran participado en el proceso para acceder a puestos de Bombero y quienes lo hicieran para

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    puestos de Bombero-Conductor, se formarn dos relaciones de candidatos atendiendo a di-cha distincin.

    El orden de los aspirantes en la lista vendr determinado por la suma de las puntuacio-nes obtenidas en los ejercicios superados de la oposicin, de mayor a menor.

    En caso de igualdad de puntuacin, se atender a los criterios de prelacin de ejerci-cios establecidos en las bases 8.4.1 y 8.4.2. De persistir el empate, se deshar mediante elorden alfabtico a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria.

    14.2. A los efectos de la constitucin de la lista de espera, el Tribunal, una vez hagapblica la relacin definitiva de aspirantes que han superado la oposicin, de acuerdo conlo previsto en la base 8.5, remitir a la Direccin General de Funcin Pblica la relacin deaspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados segn los criterios establecidosen el precedente apartado.

    La Direccin General de Funcin Pblica publicar en el BOLETNOFICIAL DE LACO-MUNIDAD DEMADRIDuna lista de espera provisional mediante la que se requerir, a los enella insertos, la presentacin, en el plazo de veinte das naturales contados a partir del dasiguiente al de la publicacin en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDdela citada lista, de la documentacin acreditativa del cumplimiento de los requisitos estable-

    cidos por la base segunda de esta convocatoria.14.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la DireccinGeneral de Funcin Pblica aprobar la lista de espera definitiva y ordenar su publicacinen el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID.

    14.4. En el supuesto de que algn aspirante no superara el curso selectivo previstoen la base novena, podr integrarse en la lista de espera con anterioridad a aquellos aspiran-tes que no superaron la oposicin y de conformidad con los criterios establecidos en estabase, modificndose por Resolucin de la Direccin General de Funcin Pblica la lista deespera que hubiera sido aprobada en virtud de lo dispuesto en el precedente apartado.

    14.5. Con carcter previo a la efectiva incorporacin al puesto de trabajo para el quefueran llamados los aspirantes que integren la lista de espera, se realizar un reconocimien-to mdico en los mismos trminos que el previsto en la base 7.1.5 de la presente Orden. Asi-mismo, de acuerdo con lo establecido en la indicada Disposicin Adicional Segunda, apar-tado 2, del Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se apruebala Oferta de Empleo Pblico de la Comunidad de Madrid para el ao 2013, con carcter pre-vio a la incorporacin, por el rgano competente deber impartirse a los aspirantes un cur-so de formacin adecuado a la naturaleza de las funciones a desarrollar en el puesto de des-tino, en los trminos dispuestos en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Pre-vencin, Extincin de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid. Podr eximir-se de dicho curso a quienes, en llamamientos anteriores, ya hubieran realizado el mismo,siempre que las funciones a desempear guardasen la debida similitud, en cuyo caso se lesimpartir el curso de reciclaje correspondiente.

    Decimoquinta

    Norma final

    Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, as como las ac-tuaciones del Tribunal Calificador, podrn ser impugnados en los casos y en la forma esta-blecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administracio-nes Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    Contra la presente Orden, que pone fin a la va administrativa, los interesados podrninterponer con carcter potestativo recurso de reposicin, en el plazo de un mes, ante elConsejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del da siguiente a su publica-cin en el BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID.

    Madrid, a 7 de noviembre de 2013.El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavozdel Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETNOFICIAL DE LACOMUNIDADDEMADRIDde 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones P-

    blicas, Elena Gonzlez-Moux.

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    ANEXO II

    EJERCICIOS FSICOS

    Estos ejercicios se realizarn por el orden que establezca en su da el Tribunal, y cada uno es eliminatorio para pasar a realizar el

    siguiente; en cada prueba se permite un nico intento:1. Natacin sobre 50 metros.

    Descripcin:Partiendo en contacto con el borde de salida de la piscina, fuera o dentro del agua, el ejecutante deber recorrer a nado,con estilo libre, una distancia de 50 metros en un tiempo mximo de:

    Cuarenta y ocho segundos, cuarenta centsimas (4840), para aspirantes a puestos de Bombero. Cincuenta y un segundos, cuarenta centsimas (5140), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

    Descalificaciones:

    Agarrarse o apoyarse en la corchera o en bordes y paredes de la piscina. Tocar con cualquier parte del cuerpo el fondo de la piscina. A este efecto ser de aplicacin el Reglamento de la Federacin Madrilea de Natacin.

    2. Subir a brazo una cuerda lisa de seis metros de altura.

    Descripcin:Partiendo desde la posicin de sentado, sin contacto entre los pies y la superficie de partida, y con al menos una mano encontacto con la cuerda, el ejecutante deber subir a brazo una cuerda lisa de seis metros de altura, en un tiempo mximo de:

    Doce segundos, sesenta y cinco centsimas (1265), para aspirantes a puestos de Bombero. Catorce segundos, sesenta y cinco centsimas (1465), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

    Se considera finalizado el ejercicio cuando el ejecutante toca la campana situada, a la altura fijada, a tal efecto.

    Descalificaciones: Ayudarse con los pies al iniciar la prueba. Sujetarse con las piernas o los pies en cualquier momento de la trepa.

    3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos.

    Con carcter previo a la realizacin del ejercicio, el Tribunal comprobar, pblicamente, el peso de las barras y pesas.Descripcin: En posicin decbito supino (boca arriba) sobre un banco, el ejecutante deber levantar un peso de 40 kilogramos, en un

    tiempo mximo de sesenta segundos, cero dcimas, cero centsimas (6000) y: Un mnimo de 24 repeticiones consecutivas, para aspirantes a puestos de Bombero. Un mnimo de 19 repeticiones consecutivas, para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

    El ejecutante deber recoger la barra del soporte, realizar el ejercicio y depositarla en el mismo una vez finalizado el ejercicio. Elejercicio se inicia con la barra en extensin de codos. El levantamiento se realizar con ambas manos, con una distancia de agarreligeramente superior a la anchura de los hombros. Cada repeticin ser una accin de flexin-extensin de los codos, que se inicia conla extensin total de los codos en su proyeccin vertical, continua con la flexin de los codos hasta el contacto de la barra con el pecho ytermina con la extensin total de los codos en su proyeccin vertical, estando permitido descansar en la extensin total de los codos yno en flexin de los mismos.

    Repeticiones no vlidas:

    No extender los codos totalmente. No tocar el pecho con la barra en la flexin de codos.

    Cualquier extensin desigual de los brazos durante el levantamiento.Si se realiza una repeticin no vlida, sta no ser computable pero se podr seguir realizando el ejercicio.

    Descalificaciones:

    Parar el ejercicio en flexin de codos. Contacto de los auxiliares con la barra por motivos de seguridad. No llevar la barra al soporte al finalizar el ejercicio.

    4. Carrera sobre 60 metros.

    Descripcin:Partiendo desde posicin de parado, el ejecutante deber recorrer una distancia de 60 metros en pista en calle asignada,en un tiempo mximo de:

    Ocho segundos y setenta y seis centsimas (876), para aspirantes a puestos de Bombero. Nueve segundos y veintisis centsimas (926), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

    Se permitir la utilizacin de calzado con clavos. No se utilizarn tacos de salida.Descalificaciones: A este efecto ser de aplicacin, en lo no previsto en las presentes Bases, el Reglamento de la Federacin deAtletismo de Madrid.

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    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013Pg. 124 B.O.C.M. Nm. 268

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    5. Carrera sobre 300 metros.

    Descripcin: Partiendo desde posicin de parado, el ejecutante deber recorrer una distancia de 300 metros, en pista, y en calleasignada, en un tiempo mximo de:

    Cuarenta y seis segundos, sesenta centsimas (4660), para aspirantes a puestos de Bombero. Cuarenta y nueve segundos, sesenta centsimas (4960), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

    Se permitir la utilizacin de calzado con clavos. No se utilizarn tacos de salida.

    Descalificaciones: A este efecto ser de aplicacin, en lo no previsto en las presentes Bases, el Reglamento de la Federacin deAtletismo de Madrid.

    6. Carrera sobre 2.000 metros.

    Descripcin:Partiendo desde la posicin de parado, el ejecutante deber recorrer una distancia de 2.000 metros, en pista, y por callelibre, en un tiempo mximo de:

    Siete minutos, diez segundos, cero centsimas (71000), para aspirantes a puestos de Bombero. Siete minutos, cuarenta segundos, cero centsimas (74000), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

    Descalificaciones:

    A este efecto ser de aplicacin el Reglamento de la Federacin de Atletismo de Madrid.

    RESUMEN DE MARCAS EXIGIDAS EN LAS PRUEBAS FSICAS

    N PRUEBA

    PUESTOS DE BOMBEROPUESTOS DE

    BOMBERO-CONDUCTOR

    TIEMPO MXIMO/REPETICIONES

    TIEMPO MXIMO/REPETICIONES

    1 Natacin (50 metros) 4840 5140

    2 Cuerda (6 metros) 1265 1465

    3 Peso (levantamiento40 kilogramos)

    60/24 repeticiones 60/19 repeticiones

    4 Carrera (60 metros) 876 926

    5 Carrera (300 metros) 4660 4960

    6 Carrera (2.000 metros) 71000 74000

    BAREMO DE PRUEBAS FSICAS

    PRUEBA PUESTOS DE BOMBERO PUESTOS DE BOMBERO-CONDUCTOR

    Natacin (50 m.)

    Tiempo Puntuacin Tiempo Puntuacin

    4840 (*) 5 5140 (*) 54500 6 4800 6

    4160 7 4460 7

    3820 8 4120 8

    3480 9 3780 9

    3140 10 3440 10

    Cuerda (6 m.)

    Tiempo Puntuacin Tiempo Puntuacin

    1265 (*) 5 1465 (*) 5

    1155 6 1355 6

    1045 7 1245 7

    935 8 11"35 8

    825 9 1025 9

    715 10 915 10

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    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013B.O.C.M. Nm. 268 Pg. 125

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    PRUEBA PUESTOS DE BOMBERO PUESTOS DE BOMBERO-CONDUCTOR

    Peso (40 kg.)Tiempo mximo:60

    Repeticiones Puntuacin Repeticiones Puntuacin

    24 (*) 5 19 (*) 5

    29 6 24 6

    34 7 29 7

    39 8 34 8

    44 9 39 9

    49 10 44 10

    Carrera (60 m.)

    Tiempo Puntuacin Tiempo Puntuacin

    876 (*) 5 926 (*) 5

    850 6 900 6

    824 7 874 7

    798 8 848 8

    772 9 822 9

    746 10 796 10

    Carrera (300 m.)

    Tiempo Puntuacin Tiempo Puntuacin

    4660 (*) 5 4960 (*) 5

    4500 6 4800 6

    4340 7 4640 7

    4180 8 4480 8

    4020 9 4320 9

    3860 10 4160 10

    Carrera (2.000 m.)

    Tiempo Puntuacin Tiempo Puntuacin

    71000 (*) 5 74000 (*) 5

    70000 6 73000 665000 7 72000 7

    64000 8 71000 8

    63000 9 70000 9

    62000 10 65000 10

    (*) Marca mnima indispensable para considerar superada la prueba

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    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013Pg. 126 B.O.C.M. Nm. 268

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    ANEXO III

    TEMARIO

    I. LEGISLACIN1.- La Constitucin Espaola de 1978. Estructura y principios bsicos (Ttulo Preliminar). Derechos y Deberes Fundamentales.

    Garantas de las libertades y derechos. (Ttulo I: Artculos 10-38 y artculos 53-55).2.- Los poderes constitucionales. Las Cortes: Composicin, atribuciones y funcionamiento (Constitucin Espaola, Ttulo III:

    Artculos 66-80). El Gobierno y la Administracin (Constitucin Espaola, Ttulo IV: Artculos 97-107). El Poder Judicial(Constitucin Espaola, Ttulo VI: Artculos 117-121).

    3.- Organizacin Territorial del Estado: La Administracin local y las Comunidades Autnomas: Principios Generales (ConstitucinEspaola, Ttulo VIII: Artculos 137 a 147). Organizacin Institucional de la Comunidad de Madrid: Instituciones Bsicas de laComunidad de Madrid: La Asamblea, el Presidente y el Gobierno (Ley Orgnica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto deAutonoma de la Comunidad de Madrid, Ttulo I: Artculos 8-25). Competencias de la Comunidad de Madrid (Ley Orgnica3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonoma de la Comunidad de Madrid, Ttulo II: Artculos 26, 27, 28 y 31).

    4.- Funcin Pblica: Los empleados pblicos; adquisicin y prdida de la condicin de funcionario; situaciones administrativas delos funcionarios; derechos y deberes de los funcionarios; rgimen disciplinario de los funcionarios. (Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, Ttulo II: Artculos 8-12; Ttulo IV: Artculos 55 y 56, 62 y 63, 67; Ttulo VI: Artculos

    85 al 92; Ttulo III: Artculos 14 y 15 del Captulo I, Captulo II, Captulo III, artculos 47, 48, 49 y 50 del Captulo V y artculos 52al 54 del Captulo VI; Ttulo VII; Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Funcin Pblica de la Comunidad de Madrid, Ttulo IV:Captulos I, II, VI, VII, X y XI).

    5.- Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan losServicios de Prevencin, Extincin de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

    6.- Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Proteccin Civil. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la NormaBsica de Proteccin Civil.

    7.- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Cdigo Tcnico de la Edificacin, modificado por la OrdenVIV/984/2009 de 15 de abril y por el Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero: Artculo 11; Documento Bsico (SI) Seguridaden caso de incendio, del Cdigo Tcnico de la Edificacin: Desde la Seccin SI 1 Propagacin Interior hasta la Seccin SI 5Intervencin de los bomberos, ambas inclusive, y el anexo SI A Terminologa; del Documento Bsico (SUA) Seguridad deutilizacin y accesibilidad, la Seccin SUA 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminacin inadecuada.

    8.- El Plan de Proteccin Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), Decreto 58/2009,de 4 de junio.

    9.- El Plan Territorial de Proteccin Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM), Decreto 85/1992, de 17 de diciembre.

    10.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales: Captulo I; Captulo II: Artculos 5, 6 y 7; Captulos III,IV y VI.

    II. LA COMUNIDAD DE MADRID Y EL CUERPO DE BOMBEROS

    1.- Servicios de Bomberos en el territorio de la Comunidad de Madrid. Resolucin vigente del Director General de ProteccinCiudadana, por la que se da publicidad a determinados aspectos organizativos del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad deMadrid, as como de otros medios y recursos existentes en materia de Prevencin, Extincin de Incendios y Salvamentos.

    2.- Red de carreteras de la Regin:

    a) Red de inters general del Estado.

    b)

    Red de la Comunidad de Madrid, principal, secundaria y local.c) Accesos y enlaces.(Ultima edicin del mapa publicado por la Direccin General de Carreteras de la Comunidad de Madrid).

    3.- Red de tren y metro de la Comunidad de Madrid, excluido el municipio de Madrid. Lneas, estaciones, denominacin, ubicaciny recorrido municipal de las mismas. Red de oleoductos y gasoductos: Denominacin y recorrido municipal.

    4.- Emergencias y primeros socorros (excepto organizacin de los sistemas de emergencias, todo lo relativo al transportesanitario y mantenimiento del vehculo y salud laboral).

    5.- El territorio de la Comunidad de Madrid: Superficie, permetro, puntos geogrficos extremos y distancia entre ellos. Municipios:Denominacin, ubicacin y lmites administrativos. Clasificacin de los municipios por altitud: Hasta 900 metros, de 901 a 1200metros y ms de 1200 metros. Clasificacin de los municipios por nmero de habitantes: Hasta 5.000 habitantes, entre 5.001 y20.000 habitantes y ms de 20.000 habitantes. Orografa e Hidrografa: Picos de altitud superior a los 1000 metros, Sierra a laque pertenecen, ubicacin y altitud de cada uno. Ros y arroyos de cauce continuo: Denominacin, cuenca, ubicacin yrecorrido de los mismos. Lagos, presas, embalses, humedales y lagunas: Denominacin y ubicacin.

    6.- Mercancas peligrosas y riesgo qumico(excepto procedimientos de intervencin en incidentes con materias peligrosas).7.- Ecosistemas madrileos. Papel del monte. Causas y tipos de incendios forestales. Evaluacin del riesgo. Propagacin y

    evolucin de los incendios forestales. Espacios naturales protegidos.

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    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013B.O.C.M. Nm. 268 Pg. 127

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    8.- Fsica y Qumica: Conceptos Bsicos.9.- Construccin. Vocabulario bsico, estructuras e instalaciones. Riesgo elctrico (excepto el riesgo elctrico en actuaciones de

    bomberos).El contenido sobre el que versarn las preguntas relativas al apartado II de este temario, La Comunidad de Madrid y el Cuerpode Bomberos, ser el que se encuentre disponible, a fecha de publicacin de la presente convocatoria en el Boletn Oficial de laComunidad de Madrid, en la pgina web de la Direccin General de Proteccin Ciudadana, en el Manual de Consulta del Cuerpode Bomberos de la Comunidad de Madrid, elaborado por dicho Centro directivo.

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    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013Pg. 128 B.O.C.M. Nm. 268

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    ANEXO IV

    CUADRO DE APTITUD MDICA

    El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgnica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia fsica opsquica que pueda constituir una dificultad en la prctica profesional, teniendo como base los CRITERIOS PREVENTIVOS que seindican a continuacin:

    1. OFTALMOLOGA

    La agudeza visual lejana medida SIN correccin debe ser superior o igual a 0.5 en el ojo mejor y a 0.3 en el ojo peor (agudezavisual medida mediante el test de Snellen).

    La visin monocular implica no aptitud. Asimismo, campos visuales con reducciones significativas en algn meridiano oescotomas absolutos/relativos en la sensibilidad retininana.

    No presentar diplopa, retinopatas, hemeralopa o hemianopsia. Las forias permiten la aptitud si son pequeas y el aspirantepresenta una capacidad de fusin suficiente.

    Ser excluyente una alteracin en la percepcin normal de los colores, entendida como la capacidad de pasar las tablas de

    Ishihara. No padecer alteraciones significativas en la capacidad de recuperacin al deslumbramiento o en la visin mespica (baja

    iluminacin).

    No presentar alteraciones palpebrales que impidan la adecuada proteccin del ojo.

    No presentar Distrofias corneales significativas.

    No padecer Glaucomas, Queratitis crnica o Dacriocistitis crnica.

    2. OTORRINOLARINGOLOGA

    No se admitir audfono. No se admitirn prdidas de agudeza auditiva bilateral superiores a 30 decibelios en ninguna de las frecuencias estudiadas Ser excluyente presentar vrtigo permanente de cualquier etiologa.

    Otras circunstancias que sern motivo de NO aptitud son:

    Dificultades importantes de la fonacin. Perforacin timpnica. Tartamudez acusada. Obstruccin crnica de las fosas nasales.

    3. APARATO LOCOMOTOR

    Se considerarn excluyentes, alteraciones y/o grados de movilidad inferiores a:

    A) Extremidades Superiores:

    a) Hombro: Elevacin progresiva en anteversin hasta 1500 Abduccin hasta 1200

    b) Codo: Flexin hasta 1000 Extensin hasta 100 Supino pronacin: De 30O a 1500

    c) Mueca: Flexin hasta 450 Extensin hasta 450

    d) Mano y dedos: Afectacin del primer dedo de mano, cuando no est conservada la pinza. Falta de una mano o de parte de la misma cuando no est conservada la pinza.

    B) Extremidades Inferiores:

    a) Cadera: Flexin hasta 1000 Extensin hasta 10 (ms all de 00)

    b) Rodilla: Extensin completa. Flexin hasta 1200

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    23/28

    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013B.O.C.M. Nm. 268 Pg. 129

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    c) Tobillo:

    Flexo-Extensin dorso plantar hasta 300d) Pie:

    Pie Zambo. Pie Plano Espstico.

    e) Dedos:

    Limitacin de movimientos que dificulte andar, correr o saltar. Falta o prdida del primer dedo de cualquier pie. Limitacin completa de la flexin dorsal del primer dedo. Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo.

    C) Columna Vertebral: Escoliosis mayor de 200o con sintomatologa. Costilla accesoria que produzca "Robo de Subclavia". Hernia Discal con sintomatologa.

    D) Otros procesos que tendrn carcter excluyente:

    Fracturas que dejen secuelas y dificulten la funcin. Osteoporosis. Condromalacia grado II o superior. Artritis que provoque limitacin funcional. Luxacin recidivante. Parlisis muscular. Miotonas. Otras enfermedades que limiten la movilidad dificultando las funciones de Bombero. No se admitirn prtesis ni de cadera, ni de rodilla, ni de hombro ni de codo.

    4. APARATO DIGESTIVO

    Sern excluyentes las siguientes situaciones clnicas: Estadios cirrticos o precirrticos (grado histolgico III y IV). Hepatopatas crnicas:

    Virus C + con RNA +. (Sern admitidos virus C+ siempre que el RNA sea - y no haya cirrosis). Virus B+. Enfermedad de Wilson no compensada. Hepatopatas alcohlicas. Hepatopatas agudas con repercusin enzimtica importante. Hipertransaminasemias idiopticas de etiologa heptica con niveles que cuadripliquen el lmite superior de la normalidad. Haber sido sometidos a trasplantes hepticos. Pancreatitis crnica. Sndromes diarreicos crnicos. Eventraciones no intervenidas. Pacientes sometidos a cirugas resectivas abdominales importantes. Ulcera sangrante recidivante. Portador de ostomia Cualquier patologa del aparato digestivo con o sin intervencin quirrgica que presente secuelas funcionales con repercusin

    orgnica.

    5. APARATO CARDIOVASCULAR

    Ser excluyente padecer o haber padecido alguno de los siguientes procesos: Marcapasos implantado permanente Miocardiopata dilatada idioptica Miocardiopata hipertrfica obstructiva Miocardiopata hipertrfica no obstructiva Valvulopatas Infarto de Miocardio Coronariopatias Pericarditis crnicas Taquicardias Ventriculares Sindrome de Brugada Taquicardias Auriculares Flutter auricular

    Fibrilacin auricular Enfermedad del nodo sinusal Bloqueos AV completos Bloqueos AV 1 y Mobitz I sintomticos

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    24/28

    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013Pg. 130 B.O.C.M. Nm. 268

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    Bloqueos AV grado Mobitz II Sindrome Wolf-Parkinson-White HTA severa con repercusin clnica HTA moderada mal tolerada

    Sincopes vasovagales Aneurismas cardacos o de grandes vasos Insuficiencia venosa perifrica que produzca signos de estasis o alteraciones trficas varicosas importantes. Insuficiencia arterial perifrica Secuelas post-tromboemblicas Alteraciones circulatorias en manos/pies que sean sintomticos o dificulten la funcionalidad de los mismos.

    6. APARATO RESPIRATORIO

    No presentar: Disminucin de FVC, FEV 1 y FEV1/FVC por debajo del 80% de lo estimado normal para sus caractersticas fsicas y sexo. Asma bronquial. Cualquier tipo de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crnica Neumotrax espontneo recidivante. Atelectasia. Enfisema. Tuberculosis activa Sndrome de Apnea Obstructiva del Sueo, los trastornos relacionados con este, ni otras causas de excesiva somnolencia

    diurna. Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las actividades fsicas a realizar as como en las tareas especficas

    del puesto de trabajo.

    7. SISTEMA NERVIOSO CENTRAL

    No padecer ni haber padecido: Parkinson, Corea o Balismo. Epilepsia. Esclerosis Mltiple. Ataxia. Cualquier grado de hiposmia. Accidentes cerebrovasculares. Enfermedad neuromuscular con limitaciones funcionales.

    8. PIEL Y FANERAS

    No presentar:

    Enfermedades dermatolgicas que produzcan limitacin funcional. Cicatrices que produzcan limitacin funcional.

    9. PROCESOS ENDOCRINOLGICOS

    Ser excluyente padecer alguno de los siguientes procesos:

    Diabetes insuln-dependiente. Diabetes tipo II. Enfermedad de Cushing. Enfermedad de Addison. Sndrome metablico.

    Obesidad mrbida constatada con: IMC de 40,0 o mayor. IMC de 35,0 o mayor en la presencia de al menos una u otra morbilidad significativa como diabetes o hipertensin arterial.

    10. APARATO URINARIO

    No presentar: Insuficiencia renal crnica. Trasplantes renales. Falta de un rin. Enfermedades renales crnicas evolutivas. Anlisis de orina: Albuminuria y/o cilindruria importantes.

    11. OTROS PROCESOS PATOLGICOS

    No presentar:

    Hemopatas crnicas graves. Trasplante de medula sea. Pruebas analticas compatibles con patologa de base con grave repercusin orgnica. Neoplasias malignas con repercusin funcional.

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    25/28

    LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013B.O.C.M. Nm. 268 Pg. 131

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    Hernias inguinales y/o abdominales. Cualquier enfermedad infecciosa crnica y rebelde al tratamiento. Procesos que requieran tratamiento anticoagulante.

    12. TRASTORNOS PSICOLGICOS Y PSIQUITRICOSAlteraciones de la conducta avaladas por informe especializado psiquitrico y/o psicolgico, segn los criterios diagnsticos de

    enfermedades mentales incluidas en el DSM-IV-TR o sus posibles actualizaciones.

    13. CUALQUIER OTRO PROCESO PATOLGICO QUE DIFICULTE O IMPIDA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE BOMBERO

    No alcoholismo ni drogodependencia.El aspirante deber cumplimentar una declaracin de salud como parte del examen mdico.

    Directrices de aplicacin del reconocimiento mdico

    La no presentacin al reconocimiento mdico o la negativa a realizar las pruebas estipuladas, supone la exclusin de la oposicin.El aspirante deber cumplimentar el modelo de autorizacin para someterse a todas las pruebas mdicas que determine el Tribunal

    Mdico.

    Funciones del Tribunal Mdico

    1. Marcar los tipos de exploracin mdica que estime conveniente para el diagnstico de las patologas incluidas en el cuadro.2. El Tribunal tendr la atribucin de solicitar los informes que estime pertinentes al examinar al aspirante o consultar a

    especialistas ajenos al Tribunal.3. Elevar al Tribunal de la oposicin los resultados en forma de apto o no apto.4. Informar al interesado, previa peticin por escrito, de su causa de exclusin; salvo si existiese enfermedad aguda susceptible de

    tratamiento, que se informara al mismo directamente o a su mdico de cabecera. En ningn caso, se publicaran listas de noaptos por motivos de exclusin mdica en los tablones de anuncios.

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    ANEXO V

    AUTORIZACIN PARA SOMETERSE A TODAS LAS PRUEBAS MDICAS QUE DETERMINE EL TRIBUNAL MDICO

    APELLIDOS Y NOMBRE: ......................................................................................................................................................................

    D.N.I .................................................................................EDAD: ..................................................................

    Autorizo por la presente al Equipo Mdico del Reconocimiento Mdico de Seleccin de las pruebas selectivas para el ingreso en el

    Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categora de Bombero Especialista, a que me efecten

    las exploraciones mdicas necesarias, la extraccin y analtica de sangre, y la analtica de orina de los siguientes parmetros:

    ANLISIS DE SANGRE:

    Hemograma completo, Frmula leucocitaria, Glucosa, Colesterol Total, HDL Colesterol, Triglicridos, Urea, Creatinina, cido

    rico, Bilirrubina Total, GOT, (AST), GPT, (ALT), Gamma Glutamil Transpeptidasa (CGT), Fosfatasa Alcalina, Hierro.

    En caso de dar elevada la tasa de Transaminasas, se efectuar la determinacin del Anti HBc y del Ag HBs.

    ANLISIS DE ORINA:

    Densidad, pH, Anormales.

    Deteccin de Drogas: Opiceos, Cannabis, Metabolitos de Cocana.

    Sedimento: Anlisis citolgicos.

    Al mismo tiempo declaro que me estoy administrando la siguiente medicacin:

    ..........................................................................................................................................................................................................

    ..........................................................................................................................................................................................................

    ............................................................................................................

    (INDICAR EL NOMBRE COMERCIAL DE LOS MEDICAMENTOS O INDICAR LA COMPOSICIN EN CASO DE NO

    RECORDARLO).

    Y para que as conste firmo la presente autorizacin en

    ..................., a ....... de ...................... 201 ........

    Firmado:

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    Comunidad de MadridANEXO VI

    SOLICITUD DE ADMISIN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

    1. DATOS PERSONALES

    1erApellido 2oApellido

    Nombre N.I.F.

    Nacionalidad (segn convocatoria) Si No Edad (segn convocatoria): Si No

    Direccin N Piso Puerta

    Municipio Telfono

    Provincia Cdigo Postal

    2. DATOS DE LA CONVOCATORIA

    Orden de Convocatoria N Publicacin en el B.O.C.M.

    Cdigo de Cuerpo/Escala, Categora y/o

    EspecialidadDescripcin

    3. TURNO DE ACCESO Libre Promocin interna Discapacidad Solicita adaptacin

    4. TTULO ACADMICO

    Posee el ttulo exigido en la convocatoria? Si No

    Posee la experiencia sustitutoria de la titulacin exigida en la convocatoria? Si No

    El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que rene los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingresoen el Cuerpo o Categora al que aspira, comprometindose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

    Madrid, a_____ de____________________de _______

    Firma

    5. JUSTIFICACIN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCINDE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

    Cta. BANKIA 2038 0626 01 6000027959Sello y firma de la entidad financiera donde se efecta el ingreso

    CENTRO GESTOR: Consejera de Presidencia, Justicia Importe , Eurosy Portavocadel Gobierno

    DESTINATARIO EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

    En cumplimiento del artculo 5 de la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccin de Datos de Carcter Personal, los datospersonales recogidos sern incorporados y tratados en el fichero Opositor, cuya finalidad es la promocin y gestin del empleo, noprevindose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El rgano responsable del fichero es la Direccin General de Funcin

    Pblica, ante la que se podrn ejercer los derechos de acceso, rectificacin, cancelacin y oposicin.

    FECHA REGISTRO DE ENTRADA

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    CM-20131111-6

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    INSTRUCCIONES

    1) Se utilizar letra mayscula o de imprenta.

    2) Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcar S si se cumple la requerida en la convocatoria, encaso contrario marcar NO), Edad (se marcar S si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcarNO), Direccin, Municipio, Telfono, Provincia, Cdigo Postal.

    Debern cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de laconvocatoria; turno de acceso; ttulo acadmico exigido; justificacin del ingreso de las tasas por derechos de examen y firmade la solicitud). Su ausencia dar lugar a la exclusin provisional o definitiva del proceso selectivo, segn lo determinado enla convocatoria.

    3) Datos de la convocatoria: deber incluirse el nmero de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha depublicacin en el BOCM y,en todo caso, el cdigo del Cuerpo/Escala, Categora y/o Especialidad que figura en la basecorrespondiente de la convocatoria.

    4) Turnos de acceso: Los aspirantes debern optarslo por uno de los turnosposibles de la convocatoria.

    5) Ttulo acadmico:Se deber indicar si se posee el ttulo exigido en la convocatoria.

    6) Importe a ingresar: Se har constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

    7) Justificacin del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigir a las sucursales de Bankia el sello confecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresin de validacin mecnica. Tambin deber constar la cantidadingresada en concepto de tasas.

    8) Destinatario: Se har constar el Cargo/rgano y Consejera de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia

    9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentacin de instancias establecido en la convocatoria.

    Podrn presentarse:

    a) En cualquiera de las oficinas de Bankia, en el momento de efectuar el pago.b) Tambin, una vez efectuado el pago en la cuenta de Bankia que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro

    General de la Comunidad de Madrid,