BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

29
BOLILLA 16 BOLILLA 16 DERECHO DERECHO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A CÁTEDRA A

Transcript of BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Page 1: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

BOLILLA 16BOLILLA 16

DERECHO DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

CÁTEDRA ACÁTEDRA A

Page 2: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

LIMITACIONES LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL ADMINISTRATIVAS AL

DOMINIODOMINIO

Page 3: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Distinción Tradicional: Distinción Tradicional:

LIMITACIONES ADMINISTRATIVASLIMITACIONES ADMINISTRATIVAS::

Restricciones administrativasRestricciones administrativas

Servidumbres administrativas Servidumbres administrativas

Ocupación temporáneaOcupación temporánea

Requisas Requisas

DecomisoDecomiso

Page 4: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Clasificación: Clasificación: *Restricciones Administrativas*Restricciones Administrativas

*Limitaciones al Dominio: *Limitaciones al Dominio:

Servidumbres administrativasServidumbres administrativas

Ocupación TemporáneaOcupación Temporánea

RequisicionesRequisiciones

*Decomiso*Decomiso

Page 5: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Restricciones AdministrativasRestricciones Administrativas

- condicionescondiciones legales legales

- que que configuran esencialmente configuran esencialmente y delinean el y delinean el normalnormal alcancealcance del derecho de dominio del derecho de dominio

- adecuándolo al adecuándolo al bienbien comúncomún

No son limitaciones al Dominio: No son limitaciones al Dominio: derecho no absoluto derecho no absoluto (Art. 14 CN)(Art. 14 CN)

Page 6: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Caracteres:Caracteres:

1) Ilimitación genérica (n° y contenido)1) Ilimitación genérica (n° y contenido)

2) Imponen obligaciones 2) Imponen obligaciones no hacer no hacer (no edificar x (no edificar x encima de una altura det) encima de una altura det)

3) Cualidad General3) Cualidad General del D’ del D’ dejar hacer dejar hacer (dejar (dejar colocar las placas colocar las placas

ident de las calles) ident de las calles)

4) No indemnizables 4) No indemnizables hacer hacer (colocar pantallas (colocar pantallas o pasarelas en O. de const) o pasarelas en O. de const)

5) Ejecutorias5) Ejecutorias

6) 6) No implican la incorporación al dominio públicoNo implican la incorporación al dominio público

7) Exteriorización del poder de policía7) Exteriorización del poder de policía

8) Ley formal o A.A. fundado en ley8) Ley formal o A.A. fundado en ley

9) Deben responder a una real razón de interés general 9) Deben responder a una real razón de interés general y los medios deben ser proporcionadosy los medios deben ser proporcionados

Page 7: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

DiferenciaDiferencia

RESTRICCIONES ADMINISTRATIVAS

RESTRICCIONES CIVILES

Compatibilizan el derecho real de dominio (int indiv) al interés general

Compatibilizan der real de dominio de un particular con el de similar naturaleza de otro Beneficiario:

comunidad políticaBeneficiario: particular determinadoSon impuestas al titular del

dominio en tanto miembro de la comunidad política

Se configuran en las relaciones de vecindad

Régimen de Derecho Administrativo Régimen de derecho privado

Page 8: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Servidumbres Servidumbres AdministrativasAdministrativas

- Derecho Real administrativo sobre bienes ajenos para la satisfacción de un interés general

1. Desmembramiento- afecta exclusividad2. No priva totalmente al titular del uso y goce

del bien, no obstante este debe:-Abstenerse de ejercer ciertos atributos (O de no hacer)-Dejar q sean ejercidos por 3° (O de dejar hacer)

3. Este uso compartido con 3° se incorpora al dominio público

4. Indemnizables 5. No Ejecutorias

Page 9: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Servidumbres AdministrativasServidumbres Administrativas

Derecho real sobre Derecho real sobre bienes de dominiobienes de dominio: : privado privado

públicopúblico

Sobre Sobre inmueblesinmuebles

muebles muebles

derechosderechos

Page 10: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Servidumbres AdministrativasServidumbres AdministrativasTipos:

•prediales fundo dominante de dominio pub (curso de aguas navegables)

afectado a un serv pub (destacamento de frontera,

aeropuerto)

fundo sirviente publico

privadado

•personales s/ fundo: de dominio público o privado

Beneficiario: comunidad (ej serv de acueductos y de lugares y monumentos históricos)

Page 11: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Restricciones Servidumbres administrativas

No menoscaban derecho de dominio: condiciones normales de ejercicio

Obligaciones de no hacer, dejar hacer y hacer

proporcionan el derecho de dominio al bien común

Obligaciones de no hacer o dejar hacer

Sacrificio del dominio por razones de interés general

No transfieren el bien condicionado al dominio público, sigue perteneciendo al dominio exclusivo del particular

Transfieren uso del bien gravado por la servidumbre al dominio público

-No indemnizables -Ejecutorias

-Indemnizables -No ejecutorias

Diferencias

sí menoscaban el der de dominio, constituyen un desmembramiento del dominio, una limitación

Page 12: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Servidumbres Administrativas Servidumbres civiles

-Derechos reales sobre un bien ajeno -facultan al titular de la servidumbre a usar y gozar del bien-Obligación de no hacer-Obligación de dejar hacer

- Principio: “Nadie puede tener una servidumbre sobre su propio bien”

-Pueden ser prediales o personales

-Beneficio de interés público -Beneficio de interés privado

-Regidas por el Derecho Público -Regidas por el Derecho Privado

-Derecho real administrativo -Derecho real civil

-Integran la propiedad pública -Integran la propiedad privada

Page 13: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Servidumbres AdministrativasServidumbres Administrativas-Constitución:-Constitución:

a)Por ley a)Por ley (Ej.: servidumbres de: (Ej.: servidumbres de: camino de sirga camino de sirga art 2639 y 2640 C.C.; de art 2639 y 2640 C.C.; de acueductoacueducto; de ; de fronteras, fronteras, ley 14.027ley 14.027; de ; de Seguridad de la Seguridad de la navegación, navegación, ley 14.255ley 14.255; de ; de Monumentos y lugares Históricos Monumentos y lugares Históricos ley ley 12.665 12.665))

b)Por acto administrativo fundado en leyb)Por acto administrativo fundado en ley

c)Por contrato administrativoc)Por contrato administrativo

d)Por institución hereditaria d)Por institución hereditaria (aceptación x A.A.)(aceptación x A.A.)

e)Por hechos e)Por hechos (accesión –servid. a favor de fundo privado q luego pasa a (accesión –servid. a favor de fundo privado q luego pasa a dom. Pub) dom. Pub)

f)Prescripción Adquisitiva f)Prescripción Adquisitiva (uso continuado de la comunidad x + (uso continuado de la comunidad x + de de 20 años) 20 años)

Page 14: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Servidumbres AdministrativasServidumbres Administrativas

-Extinción:-Extinción:

a)Por derogación de la leya)Por derogación de la ley

b)Por cumplimiento del plazo fijado en el A.A. o b)Por cumplimiento del plazo fijado en el A.A. o en el Contrato en el Contrato

c)Por confusión c)Por confusión (servid s/ bien particular q luego adquiere carácter (servid s/ bien particular q luego adquiere carácter de público)de público)

d)Por desafectación del fundo dominanted)Por desafectación del fundo dominante

e)Por deterioro del bien dominical beneficiarioe)Por deterioro del bien dominical beneficiario

Page 15: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Ocupación TemporáneaOcupación Temporánea--Limitación al dominioLimitación al dominio

--PrivaPriva al propietario del al propietario del uso y goce uso y goce del biendel bien

--coactivacoactiva y y transitoriamentetransitoriamente

-realizada x: el -realizada x: el EstadoEstado directamente o a través de un directamente o a través de un particularparticular (cttista de obra pública) (cttista de obra pública)

-por razones de -por razones de interés general interés general (utilidad pública)(utilidad pública)

-fundada en -fundada en circunstancias particulares o concretascircunstancias particulares o concretas

reglado x reglado x

Ley Nac. 21.499 y ley prov. 5006Ley Nac. 21.499 y ley prov. 5006

Page 16: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Ocupación Temporánea - Ocupación Temporánea - CaracteresCaracteres Desmembramiento: Desmembramiento: afecta afecta exclusividad exclusividad ( transfiere el ( transfiere el

uso y goce)uso y goce) Privación es Privación es transitoriatransitoria (no + de 2 años, al vencimiento (no + de 2 años, al vencimiento

el part. tiene el part. tiene acción de expropiación irregularacción de expropiación irregular- Crítica - Crítica Dr Goane)Dr Goane)

Las Las circunstanciascircunstancias particulares y concretas son particulares y concretas son previsiblesprevisibles

LaLa utilidad pública utilidad pública oo necesidad colectiva necesidad colectiva debe ser debe ser concreta concreta yy determinada determinada

Objetos de ocupación: Objetos de ocupación: muebles, inmuebles o muebles, inmuebles o universalidad universalidad de ellosde ellos

La privación total y temporaria del uso y goce no hace La privación total y temporaria del uso y goce no hace perder al propietario perder al propietario los otros derechos los otros derechos como como ((hipotecar, vender, etchipotecar, vender, etc.).)

IndemnizableIndemnizable NoNo ejecutoriaejecutoria LeyLey especial especial declarativadeclarativa de utilidad pública de utilidad pública

Page 17: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

ejemplosejemplos

-ocupación temporánea de un -ocupación temporánea de un inmueble para facilitar la inmueble para facilitar la construcción de una obra públicaconstrucción de una obra pública

-ocupación temporánea de una -ocupación temporánea de una fabrica x estar en convocatoria de fabrica x estar en convocatoria de acreedores. acreedores.

Int. Púb.: evitar cierre de una fuente Int. Púb.: evitar cierre de una fuente de trabajo y mercado para materia de trabajo y mercado para materia primaprima

Page 18: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Ocupación temporánea usufructo uso

Ocupante puede extraer materiales, levantar construcciones o demoler las existentes

No facultan a realizar actos que desnaturalicen la cosa

Limitada jurídicamente a la necesidad pública que le dio origen

 

Limitado a las necesidades personales del titular y su grupo familiar

Tiempo: No puede exceder el necesario para satisfacer el interés general concreto, (no + de 2 años)

Vitalicio si es persona física

por 20 años si es persona jurídica

 

Ocupación Temporánea Ocupación Temporánea Derecho Real Derecho Real

Page 19: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Ocupación Ocupación TemporáneaTemporánea

Restricciones Restricciones AdministrativasAdministrativas

Limita el dominio Limita el dominio en su carácter en su carácter exclusivo, es un exclusivo, es un derecho real por derecho real por el cual el titular el cual el titular se ve privado del se ve privado del uso y goce por uso y goce por tiempo tiempo determinadodeterminado

Condiciones Condiciones generales q generales q delimitan el delimitan el debido alcance del debido alcance del der. de dominioder. de dominio

IndemnizableIndemnizable No indemnizableNo indemnizableNo ejecutoriaNo ejecutoria EjecutoriaEjecutoriaLey formal (bien Ley formal (bien determinado determinado sujeto a utilidad sujeto a utilidad pública)pública)

Ley formal Ley formal (contenido general (contenido general y abstracto)y abstracto)

Page 20: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Ocupación Ocupación TemporáneaTemporánea

Servidumbres Servidumbres AdministrativasAdministrativas

-Limitaciones al derecho dominio, desmembramientos, afectan exclusividad

-Derechos reales administrativo

-En razón de un interés general concreto y determinado

-Indemnizables

-No ejecutoriasMuebles, inmuebles o una universalidad (sólo privados)

Muebles, inmuebles y derechos (privados y dominiales)

no integra el dominio público integran el dominio público

Privación total del uso y goce (aunque temporaria)

Privación parcial del uso y goce

Sólo mediante ley formal que declare la utilidad pública del bien concreto a ocupar.

Puede constituirse contractualmente

Page 21: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

OCUPACION TEMPORÁNEA OCUPACION TEMPORÁNEA ANORMALANORMAL

Constituye una Constituye una restricciónrestricción al dominio al dominio en en virtud de la cual, la autoridad administrativa virtud de la cual, la autoridad administrativa competente está habilitada a competente está habilitada a privarprivar en forma en forma momentánea y ejecutoriamomentánea y ejecutoria al propietario del al propietario del bien el bien el uso y goceuso y goce del mismo en forma del mismo en forma coactivacoactiva por razones de interés general por razones de interés general fundadas en fundadas en circunstancias no previsibles circunstancias no previsibles de carácter de carácter urgente e imperioso.urgente e imperioso.

Ej.: Ej.: 1-Salvar la vida de una persona1-Salvar la vida de una persona: la autoridad pública : la autoridad pública incauta un incauta un

automotor automotor para para trasladartrasladar a una a una persona accidentada persona accidentada a un centro a un centro asistencial.asistencial.

2-Apresar a un delincuente sorprendido in fraganti2-Apresar a un delincuente sorprendido in fraganti: la autoridad : la autoridad policial policial incauta un automotor para dar alcance a un delincuente incauta un automotor para dar alcance a un delincuente que se que se da a la fuga.da a la fuga.

Page 22: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

ANORMAL NORMAL

Por una situación de hecho, urgente, imperiosa y súbita

Por una circunstancia concreta perfectamente previsible

Ejecutoria No ejecutoria

No indemnizable (salvo daños a la cosa o uso para menesteres ajenos)

Indemnizable (privación del uso y goce, daños a la cosa o bienes que se extraen)

Plazo estrictamente necesario para satisfacer la necesidad

Plazo hasta dos años

Se habilita por circunstancia de hecho Supone ley previa

Page 23: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Requisiciones AdministrativasRequisiciones Administrativas Consisten en la Consisten en la ocupación o adquisiciónocupación o adquisición, ,

por parte del por parte del EstadoEstado, , en forma en forma coactivacoactiva, ,

-de -de bienes bienes de los de los particulares particulares o o

-la imposición a estos de -la imposición a estos de servicios servicios personales, personales,

para satisfacer una para satisfacer una necesidad necesidad oo utilidad utilidad públicapública, , originadas por una originadas por una situación situación “general y excepcional”“general y excepcional”,, con derecho a con derecho a indemnizaciónindemnización

Limitación al dominioLimitación al dominio, constituyen un , constituyen un desmembramientodesmembramiento al al dominio y en ciertos casos su dominio y en ciertos casos su extinciónextinción

IndemnizablesIndemnizables Objeto: Objeto: muebles (fungibles y consumibles); inmuebles; muebles (fungibles y consumibles); inmuebles;

semovientes; capacidad productiva de una industria, semovientes; capacidad productiva de una industria, servicios personales.servicios personales.

Utilidad Pública motivada en una situación Utilidad Pública motivada en una situación general y general y excepcionalexcepcional

Page 24: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

REQUISICIONES ADMINISTRATIVAS

EXPROPIACIÓN OCUPACIÓN TEMPORÁNEA

El afectado no puede cuestionar judicialmente la utilidad pública

utilidad pública: motivada x una situación general y excepcional

utilidad pública: situación concreta y normal convivencia social.

nexo obligacional E’ y particular extingue dominio derecho real administrativo

exige ley previa (prescinde x excepción)>calamidades, terremoto, inundación

exige ley previa de declaración de utilidad pública

aplicables a todo tipo de bienes (inmuebles sólo de uso)

Excluyen cosas consumibles o fungibles

 

puede comprender servicios personales

no puede comprender servicios personales

Page 25: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Requisiciones: TiposRequisiciones: Tipos

1°) USO:

-los inmuebles, sólo pueden ser objeto de este tipo de requisa-los muebles y semovientes

2°) PROPIEDAD-muebles consumibles y fungibles (xq se extingue c/ el 1° uso)

1°)1°)MILITARESMILITARES: ley : ley 16970 (derogada)16970 (derogada)

2°)2°)CIVILESCIVILES: leyes : leyes de emergencia, de emergencia, xej: ley de xej: ley de abastecimiento n° abastecimiento n° 20.68020.680

Page 26: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Instituto en virtud del cual, el Estado en ejercicio de su poder de policía, está facultado en forma coactiva y ejecutoria a extinguir el dominio sobre una cosa (mueble o semoviente) de un particular por ser contrario a los intereses colectivos sin generar derecho a indemnización

DecomisoDecomiso

Page 27: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

• Medida preventiva o sancionadora, frente :- a una inconducta del titular de dominio- a la incompatibilidad entre la conservación

del bien y elinterés general

•Debe estar autorizado por ley o por A.A. fundado en ley

•Es ejecutorio

•No indemnizable (pues el mismo derecho de dominio resulta violatorio del bien común)

•Consiste en:

1) la incautación del bien: el particular no cumple c algún requisito autorizante para el comercio Ej: incautación en la Aduana de mercadería pirata o falsa

2) La destrucción del bien: afecta la salubridad, moralidad, seguridad Ej.: películas pornog. , alimentos en mal estado, animales de países vecinos sin doc.

Page 28: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

Decomiso Limitaciones Restric

Medida preventiva o sancionadora

Constituyen un desmembramiento del dominio (servid y ocupación: d real – requisa: nexo obligacional)

x razones de utilidad publica

originadas en circunstancias concretas o generales.

Delimitan los alcances esenciales del derecho de dominio

Inconducta del particular (contravención adm.)

Conservación del bien es contrario al interés general

No hay inconducta del particular ni tampoco el bien se contrapone al interés general

El legítimo y regular derecho individual debe ceder ante la primacía del interés general

Page 29: BOLILLA 16 DERECHO ADMINISTRATIVO CÁTEDRA A. LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS AL DOMINIO.

FINFIN