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Año CXXIV 30 de julio de 2020 Núm. 8.695 ISSN 1989-9114 D.L.: M. 7178/1958 BOAM Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid CSV: 9802C319084B94CE Verificable en https://sede.madrid.es/csv

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Año CXXIV30 de julio de 2020

Núm. 8.695

ISSN 1989-9114D.L.: M. 7178/1958

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SUMARIO

I. Ayuntamiento de Madrid

B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno por el que se modifica el Acuerdo de 28 octubre de2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el establecimiento de preciopúblico por la prestación de servicios en las Factorías Industriales gestionadas por elAyuntamiento de Madrid.

pág. 5

Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno por el que se modifica el Acuerdo de 28 noviembrede 2007 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el establecimiento de losprecios públicos por la prestación de servicios en los Viveros de Empresas.

pág. 7

Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se apruebala concesión de un suplemento de crédito, por importe de 22.674,68 euros, en el Presupuesto delAyuntamiento de Madrid (Distritos de Fuencarral-El Pardo y Carabanchel).

pág. 10

Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se apruebala concesión de un suplemento de crédito, por importe de 27.197.083,15 euros, en elPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Portavoz, Seguridad yEmergencias; de Cultura, Turismo y Deporte; de Medio Ambiente y Movilidad; de DesarrolloUrbano y de Obras y Equipamientos y Distritos de Centro, Chamartín, Tetuán, Usera, Hortaleza ySan Blas-Canillejas).

pág. 12

Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se apruebala concesión de un crédito extraordinario, por importe de 2.658.440,16 euros, en el Presupuestodel Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias y deMedio Ambiente y Movilidad y Distritos de Centro, Chamartín, Latina, Puente de Vallecas yHortaleza).

pág. 19

Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se apruebala concesión de un crédito extraordinario, por importe de 604.087,86 euros, en el Presupuesto delAyuntamiento de Madrid (Área Delegada de Vivienda).

pág. 22

Área de Gobierno de Vicealcaldía

Decreto de 20 de julio de 2020 de la Concejal Delegada del Área Delegada de CoordinaciónTerritorial, Transparencia y Participación Ciudadana por el que se nombran al titular y suplentede las vocalías del Grupo Político Municipal Más Madrid de la Comisión de Seguimiento de laOrdenanza de Transparencia y se da publicidad a su composición.

pág. 24

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Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

Resolución de 22 de julio de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno deCultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de 22 de julio de 2020de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se por el que seaprueban las tarifas de los servicios culturales prestados por Madrid Destino Cultura Turismo yNegocio, S.A., y de la visita a sus instalaciones.

pág. 26

Distrito de Tetuán

Decreto de 24 de julio de la Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán por el que se habilita lainstalación de puestos de venta ambulante en el mercadillo de avenida de Asturias el día 2 deagosto de 2020, una vez finalizada la vigencia del estado de alarma y de conformidad con lasmedidas fijadas por el Ministerio de Sanidad en aplicación del Plan para la transición hacia unanueva normalidad.

pág. 32

C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

Resolución de 28 de julio del Director General de la Policía Municipal por la que se procede alnombramiento como funcionarios en prácticas de tres aspirantes, cuyo nombramiento se difirió yque superaron la fase de concurso oposición correspondiente a las pruebas selectivas para laprovisión, por turno libre, de 112 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipaldel Ayuntamiento de Madrid.

pág. 34

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 6/2020.

pág. 37

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 7/2020.

pág. 39

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 8/2020.

pág. 41

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 8/2020.

pág. 43

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Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 9/2020.

pág. 45

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 10/2020.

pág. 47

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 10/2020.

pág. 49

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 11/2020.

pág. 51

Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal porla que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por elprocedimiento de libre designación LD 11/2020.

pág. 53

Madrid Salud

Resolución de 28 de julio de 2020 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por laque se resuelve el Concurso Específico de Méritos FE-MS 3/2019, convocado por Resolución de19 de diciembre de 2019 de esta Gerencia, rectificada por Resolución de 8 de enero de 2020, parala provisión de puestos de trabajo en Madrid Salud.

pág. 55

Resolución de 28 de julio de 2020 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por laque se resuelve la convocatoria de un puesto de trabajo para ser provisto por el procedimiento deLibre Designación LD-MS 3/2020, aprobada por Resolución de 24 de junio de 2020 de estaGerencia.

pág. 57

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I. Ayuntamiento de Madrid

B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

1258 Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno por el que se modifica el Acuerdo de 28octubre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba elestablecimiento de precio público por la prestación de servicios en las FactoríasIndustriales gestionadas por el Ayuntamiento de Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (11/2020), ordinaria celebrada el día 22 de julio de2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 "Modificar el anexo del Acuerdo de 28 octubre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid,

por el que se aprueba el establecimiento de precio público por la prestación de servicios en lasFactorías Industriales gestionadas por el Ayuntamiento de Madrid, en los términos que figuran en elanexo del presente Acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de agosto de 2020".

 Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra dicho acuerdo, que

pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter previo y potestativo,recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses,contados dichos plazos a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 En el supuesto de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta(artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro

recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la

Riva Carrasco.

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ANEXO

Art ículo único. Modif icación del anexo del Acuerdo de 28 de octubre de 2010

del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se establece el precio público por la prestación de servic ios en las Factorías Industr iales gestionadas por el Ayuntamiento de Madrid .

El anexo del Acuerdo de 28 de octubre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de

Madrid, por el que se establece el precio público por la prestación de servic ios en las Factorías Industr iales gestionadas por el Ayuntamiento de Madrid queda modif icado como sigue:

Se añade un párrafo al f inal del apartado 3, Obligados al pago y tarifa, que queda

redactado como sigue:

«Con carácter excepcional, en los precios correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2020 se aplicará de oficio por la Administración Municipal, a favor de todos los sujetos obligados al pago, una reducción del 100 por 100».

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B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

1259 Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno por el que se modifica el Acuerdo de 28noviembre de 2007 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba elestablecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en los Viveros deEmpresas.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (11/2020), ordinaria celebrada el día 22 de julio de2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 "Modificar el anexo del Acuerdo de 28 noviembre de 2007 del Pleno del Ayuntamiento de

Madrid, por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación deservicios en los Viveros de Empresas, en los términos que figuran en el anexo del presenteAcuerdo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entraráen vigor el 1 de agosto de 2020".

 Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra dicho acuerdo, que

pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter previo y potestativo,recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses,contados dichos plazos a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 En el supuesto de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta(artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro

recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la

Riva Carrasco.

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ANEXO

Art ículo único. Modif icación del anexo del Acuerdo de 28 de noviembre de 2007

del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se establecen los precios públ icos por la prestación de servic ios en los Viveros de Empresas.

El anexo del Acuerdo de 28 de noviembre de 2007 del Pleno del Ayuntamiento

de Madrid, por el que se establecen los precios públ icos por la prestación de servic ios en los Viveros de Empresas queda modif icado como sigue:

Uno. Se añade una nueva letra c) al apartado 4, Reducciones , del anexo del

acuerdo, y se modif ica el últ imo párrafo, que queda redactado como sigue:

«4. Reducciones. A las tarifas establecidas en el apartado 3, le serán de aplicación las siguientes reducciones:

a) Los ganadores de los premios de los programas de fomento del emprendimiento entre jóvenes estudiantes, que sean promovidos por universidades, fundaciones, asociaciones profesionales y empresariales con las que el Ayuntamiento de Madrid tenga suscrito un convenio de colaboración para el fomento del emprendimiento y/o el desarrollo económico, disfrutarán de una reducción mensual del 100 por 100 del precio público.

Dicha reducción se aplicará mensualmente hasta que el importe global de la misma alcance la cuantía de 3.000 euros por beneficiario. Como consecuencia, la reducción aplicable en el último mes de disfrute de la misma deberá ser igual a la cantidad que reste para alcanzar dicho importe máximo.

Para tener derecho a la anterior reducción, es necesario que los beneficiarios hubieran concurrido, en igualdad de condiciones junto con el resto de usuarios, a la convocatoria pública para el acceso a los servicios de apoyo al emprendimiento de la red de Viveros de Empresas del Ayuntamiento de Madrid.

La renuncia a los servicios prestados en los centros de desarrollo empresarial denominados Viveros de Empresas por parte de los beneficiarios de la reducción implicará, igualmente, la renuncia al importe de las reducciones mensuales pendientes de aplicación.

b) Cuando las personas promotoras del proyecto empresarial o de la entidad mercantil que resulten beneficiarias de los servicios de apoyo al emprendimiento en los despachos de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid, sean en su mayoría mujeres, se aplicará una reducción del 20 por 100 en el importe del precio público. Esta reducción será indefinida durante todo el tiempo que dure la prestación del servicio, siempre y cuando se mantengan las condiciones exigidas para su concesión.

c) Tendrán derecho a una reducción del 100 por 100 en el importe del precio público los trabajadores autónomos o las empresas que, siendo beneficiarias, a fecha 14 de marzo de 2020, de los servicios de apoyo al emprendimiento en los despachos de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid, se hayan visto perjudicadas como consecuencia del cese de actividad en los mismos acordada, mediante resoluciones de fechas 12, 16 y 27 de marzo de 2020, por el Director General de Innovación y Emprendimiento ante la emergencia sanitaria provocada por el brote del coronavirus COVID-19, hayan tenido o no que suspender su actividad temporalmente.

El derecho a la reducción anterior tendrá una duración máxima de doce mensualidades, a contar desde el mes en que entre en vigor la misma.

Tendrán derecho a la misma reducción las personas o entidades que, sin ser beneficiarias de los servicios de los viveros de empresa a fecha 14 de marzo de 2020, sean declaradas con posterioridad a la misma, pero antes del 31 de diciembre de 2020, beneficiarias

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de los referidos servicios por haberse formalizado la correspondiente solicitud y cumplidos los requisitos exigidos.

En ambos casos, para tener derecho a la reducción, es necesario que la condición de beneficiario se extienda, al menos, a dos ejercicios completos uno de los cuales podrá ser anterior al del disfrute de la citada reducción, salvo que existiera causa debidamente justificada por la que persona o entidad se viera en la necesidad de tener que renunciar a su condición de beneficiaria.

Para tener derecho a esta reducción el sujeto obligado al pago deberá presentar declaración responsable por la que se comprometa a mantener su condición de beneficiario de los servicios de apoyo al emprendimiento prestados en los despachos de la red de viveros de empresas durante, al menos, un año más, salvo que ya lo hubiera sido el ejercicio anterior o existiera causa debidamente justificada que le obligue a renunciar a dicha condición.

Las reducciones establecidas en las letras a), b) y c) serán compatibles entre sí, sin que la suma de ambas pueda exceder del 100 por 100 del precio».

Dos. Se modif ica el apartado 6, Autorizaciones, que queda redactado como sigue:

«6. Autorizaciones. El beneficiario de las oficinas o despachos en un Vivero de Empresas y de los servicios que se prestan en el mismo ha de ser autorizado a partir de la selección que, conforme a las bases de la convocatoria pública, ha de realizarse.

Las autorizaciones se concederán por un período de cuatro años siempre que se cumplan los requisitos que se establezcan en las bases de la convocatoria pública que se aprueben».

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B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

1260 Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que seaprueba la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 22.674,68 euros, enel Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distritos de Fuencarral-El Pardo yCarabanchel).

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (11/2020), ordinaria celebrada el día 22 de julio de2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 "Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 22.674,68 euros en el

Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que sedetalla:

 • 13.700,16 euros, en la aplicación presupuestaria 001/208/153.22/210.01 "Reparación,

mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares" del programa 153.22"Otras actuaciones en vías públicas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 8.974,52 euros, en la aplicación presupuestaria 001/211/153.22/210.01 "Reparación,

mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares" del programa 153.22"Otras actuaciones en vías públicas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 La citada modificación se financia con el remanente líquido de tesorería afectado a gastos con

financiación afectada, obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid delejercicio 2019".

 Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente

acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la

Riva Carrasco.

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RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo Gastos Gastos

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTAL

Capítulo 1

Capítulo 2 22.674,68 22.674,68

Capítulo 3

Capítulo 4

Capítulo 6

Capítulo 7

Capítulo 8 22.674,68 22.674,68

Capítulo 9

TOTAL 22.674,68 22.674,68 22.674,68 22.674,68

Aplicaciones presupuestarias

G/I Capítulo Importe

001/208/153.22/210.01 G 2 13.700,16

001/211/153.22/210.01 G 2 8.974,52

001/170/931.01/870.10 I 8 22.674,68

TOTAL SUPLEMENTO DE CREDITO 22.674,68

TOTAL MAYOR INGRESO 22.674,68

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B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

1261 Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que seaprueba la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 27.197.083,15 euros,en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Portavoz,Seguridad y Emergencias; de Cultura, Turismo y Deporte; de Medio Ambiente yMovilidad; de Desarrollo Urbano y de Obras y Equipamientos y Distritos de Centro,Chamartín, Tetuán, Usera, Hortaleza y San Blas-Canillejas).

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (11/2020), ordinaria celebrada el día 22 de julio de2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 "Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 27.197.083,15 euros en el

Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que sedetalla:

 • 55.708,61 euros, en la aplicación presupuestaria 001/120/132.01/204.00 "Arrendamientos de

material de transporte" del programa 132.01 "Seguridad" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 26.468,76 euros, en la aplicación presupuestaria 001/120/135.10/203.00 "Arrendamientos de

maquinaria, instalaciones y utillaje" del programa 135.10 "Samur-Protección Civil" del Presupuestodel Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 7.966,40 euros, en la aplicación presupuestaria 001/120/135.10/221.06 "Productos

farmacéuticos y material sanitario" del programa 135.10 "Samur-Protección Civil" del Presupuestodel Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 2.991,10 euros, en la aplicación presupuestaria 001/130/333.01/220.00 "Material de oficina

ordinario no inventariable" del programa 333.01 "Museos" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 10.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/130/333.01/482.03 "Premios" del

programa 333.01 "Museos" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 223.503,47 euros, en la aplicación presupuestaria 001/130/334.01/209.01 "Cánones" del

programa 334.01 "Actividades culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 34.952,04 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/160.01/619.99 "Otras inversiones

de reposición en infraestructuras y bienes uso general" del programa 160.01 "Ingeniería del Agua"del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 116.759,96 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/161.02/209.01 "Cánones" del

programa 161.02 "Suministro hídrico" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 3.729.554,88 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/161.02/221.01 "Agua" del

programa 161.02 "Suministro hídrico" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 131,17 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/161.02/225.00 "Tributos estatales" del

programa 161.02 "Suministro hídrico" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 5.588,71 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/161.02/225.02 "Tributos de las

entidades locales" del programa 161.02 "Suministro hídrico" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 82.460,36 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/161.02/227.03 "Gastos por acción

subsidiaria" del programa 161.02 "Suministro hídrico" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

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• 350,90 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/163.01/227.99 "Otros trabajosrealizados por otras empresas y profesionales" del programa 163.01 "Limpieza viaria" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 6.413,74 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/163.01/609.13 "Mobiliario urbano" del

programa 163.01 "Limpieza viaria" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 13.825.095,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/221.01 "Agua" del

programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 116,38 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/225.00 "Tributos estatales" del

programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 1.440,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/226.06 "Reuniones,

conferencias y cursos" del programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamientode Madrid para 2020.

 • 94.356,15 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/609.99 "Otras inversiones

nuevas en infraestructuras y bienes uso general" del programa 171.01 "Patrimonio verde" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 3.080.784,04 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/619.20 "Parques

(remodelación)" del programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 216,12 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/619.21 "Zonas ajardinadas

(remodelación)" del programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 44.169,13 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.01/622.00 "Edificios y otras

construcciones" del programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 1.026.940,02 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.02/619.20 "Parques

(remodelación)" del programa 171.02 "Zonas verdes" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

 • 310.138,90 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/171.02/619.21 "Zonas ajardinadas

(remodelación)" del programa 171.02 "Zonas verdes" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

 • 873.184,21 euros, en la aplicación presupuestaria 001/160/151.02/600.00 "Adquisición de

suelo" del programa 151.02 "Gestión urbanística" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

 • 130,68 euros, en la aplicación presupuestaria 001/160/151.04/226.06 "Reuniones,

conferencias y cursos" del programa 151.04 "Estrategia urbana" del Presupuesto del Ayuntamientode Madrid para 2020.

 • 120.936,56 euros, en la aplicación presupuestaria 001/190/153.21/619.10 "Viales

(remodelación)" del programa 153.21 "Vías públicas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

 • 17.221,94 euros, en la aplicación presupuestaria 001/190/153.40/619.04 "Urbanización a

cargo del Ayuntamiento (remodelación)" del programa 153.40 "Infraestructuras urbanas" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 29.807,27 euros, en la aplicación presupuestaria 001/201/933.02/212.00 "Reparación,

mantenimiento y conservación de edificios y otras construcciones" del programa 933.02 "Edificios"del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 852,32 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/334.01/221.99 "Otros suministros" del

programa 334.01 "Actividades culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

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• 272,71 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/342.01/221.06 "Productosfarmacéuticos y material sanitario" del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuestodel Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 219,01 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/920.01/623.02 "Utiles y herramientas"

del programa 920.01 "Dirección y gestión administrativa del distrito" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 19.132,85 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/933.02/632.00 "Edificios y otras

construcciones (reforma)" del programa 933.02 "Edificios" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 1.921,96 euros, en la aplicación presupuestaria 001/206/342.01/208.00 "Arrendamientos de

otro inmovilizado material" del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 699,62 euros, en la aplicación presupuestaria 001/212/311.01/221.99 "Otros suministros" del

programa 311.01 "Salubridad pública" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 1.526,86 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/231.02/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 231.02 "Familia e infancia" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 1.353,64 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/231.02/489.00 "Otras transferencias

a familias" del programa 231.02 "Familia e infancia" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

 • 3.168,02 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/231.03/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 231.03 "Personas mayores y serviciossociales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 1.846,52 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/231.06/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 231.06 "Integración comunitaria yemergencia social" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 27.359,32 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/323.01/212.00 "Reparación,

mantenimiento y conservación de edificios y otras construcciones" del programa 323.01 "Centrosdocentes enseñanza infantil y primaria" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 1.734.940,59 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/323.01/227.00 "Limpieza y aseo"

del programa 323.01 "Centros docentes enseñanza infantil y primaria" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 6.424,57 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/325.01/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 325.01 "Absentismo" del Presupuestodel Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 8.493,15 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/326.01/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 326.01 "Servicios complementarioseducación" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 30.195,56 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/334.01/227.07 "Talleres culturales

distritos" del programa 334.01 "Actividades culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madridpara 2020.

 • 51.597,56 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/334.01/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 334.01 "Actividades culturales" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 19.033,98 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/342.01/203.00 "Arrendamientos de

maquinaria, instalaciones y utillaje" del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuestodel Ayuntamiento de Madrid para 2020.

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• 12.807,62 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/342.01/212.00 "Reparación,mantenimiento y conservación de edificios y otras construcciones" del programa 342.01"Instalaciones deportivas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 100.019,10 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/342.01/221.99 "Otros suministros"

del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para2020.

 • 17.955,04 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/342.01/227.01 "Seguridad" del

programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para2020.

 • 17.593,71 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/920.01/233.03 "Indemnización a

vocales de Juntas de Distrito" del programa 920.01 "Dirección y gestión administrativa del distrito"del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 70.176,33 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/933.02/227.01 "Seguridad" del

programa 933.02 "Edificios" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020. • 1.216.977,43 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/933.02/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 933.02 "Edificios" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 5.647,40 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/933.02/632.00 "Edificios y otras

construcciones (reforma)" del programa 933.02 "Edificios" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 83.185,91 euros, en la aplicación presupuestaria 001/220/323.01/632.00 "Edificios y otras

construcciones (reforma)" del programa 323.01 "Centros docentes enseñanza infantil y primaria"del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 36.295,87 euros, en la aplicación presupuestaria 001/220/933.02/632.00 "Edificios y otras

construcciones (reforma)" del programa 933.02 "Edificios" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 La citada modificación se financia con remanente de Tesorería para gastos generales obtenido

de la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2019". Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente

acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la

Riva Carrasco.

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Aplicaciones presupuestarias

G/I Capítulo Importe

001/120/132.01/204.00 G 2 55.708,61

001/120/135.10/203.00 G 2 26.468,76

001/120/135.10/221.06 G 2 7.966,40

001/130/333.01/220.00 G 2 2.991,10

001/130/333.01/482.03 G 4 10.000,00

001/130/334.01/209.01 G 2 223.503,47

001/150/160.01/619.99 G 6 34.952,04

001/150/161.02/209.01 G 2 116.759,96

001/150/161.02/221.01 G 2 3.729.554,88

001/150/161.02/225.00 G 2 131,17

001/150/161.02/225.02 G 2 5.588,71

001/150/161.02/227.03 G 2 82.460,36

001/150/163.01/227.99 G 2 350,90

001/150/163.01/609.13 G 6 6.413,74

001/150/171.01/221.01 G 2 13.825.095,00

001/150/171.01/225.00 G 2 116,38

001/150/171.01/226.06 G 2 1.440,00

001/150/171.01/609.99 G 6 94.356,15

001/150/171.01/619.20 G 6 3.080.784,04

001/150/171.01/619.21 G 6 216,12

001/150/171.01/622.00 G 6 44.169,13

001/150/171.02/619.20 G 6 1.026.940,02

001/150/171.02/619.21 G 6 310.138,90

001/160/151.02/600.00 G 6 873.184,21

001/160/151.04/226.06 G 2 130,68

001/190/153.21/619.10 G 6 120.936,56

001/190/153.40/619.04 G 6 17.221,94

001/201/933.02/212.00 G 2 29.807,27

001/205/334.01/221.99 G 2 852,32

001/205/342.01/221.06 G 2 272,71

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001/205/920.01/623.02 G 6 219,01

001/205/933.02/632.00 G 6 19.132,85

001/206/342.01/208.00 G 2 1.921,96

001/212/311.01/221.99 G 2 699,62

001/216/231.02/227.99 G 2 1.526,86

001/216/231.02/489.00 G 4 1.353,64

001/216/231.03/227.99 G 2 3.168,02

001/216/231.06/227.99 G 2 1.846,52

001/216/323.01/212.00 G 2 27.359,32

001/216/323.01/227.00 G 2 1.734.940,59

001/216/325.01/227.99 G 2 6.424,57

001/216/326.01/227.99 G 2 8.493,15

001/216/334.01/227.07 G 2 30.195,56

001/216/334.01/227.99 G 2 51.597,56

001/216/342.01/203.00 G 2 19.033,98

001/216/342.01/212.00 G 2 12.807,62

001/216/342.01/221.99 G 2 100.019,10

001/216/342.01/227.01 G 2 17.955,04

001/216/920.01/233.03 G 2 17.593,71

001/216/933.02/227.01 G 2 70.176,33

001/216/933.02/227.99 G 2 1.216.977,43

001/216/933.02/632.00 G 6 5.647,40

001/220/323.01/632.00 G 6 83.185,91

001/220/933.02/632.00 G 6 36.295,87

001/170/931.01/870.00 I 8 27.197.083,15

TOTAL SUPLEMENTO DE CREDITO 27.197.083,15

TOTAL MAYOR INGRESO 27.197.083,15

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RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo Gastos Gastos

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTAL

Capítulo 1

Capítulo 2 21.431.935,62 21.431.935,62

Capítulo 3

Capítulo 4 11.353,64 11.353,64

Capítulo 6 5.753.793,89 5.753.793,89

Capítulo 7

Capítulo 8 27.197.083,15 27.197.083,15

Capítulo 9

TOTAL 27.197.083,15 27.197.083,15 27.197.083,15 27.197.083,15

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B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

1262 Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que seaprueba la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 2.658.440,16 euros,en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Portavoz,Seguridad y Emergencias y de Medio Ambiente y Movilidad y Distritos de Centro,Chamartín, Latina, Puente de Vallecas y Hortaleza).

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (11/2020), ordinaria celebrada el día 22 de julio de2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 "Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 2.658.440,16 euros en el

Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que sedetalla:

 • 1.615,23 euros, en la aplicación presupuestaria 001/120/132.01/203.00 "Arrendamientos de

maquinaria, instalaciones y utillaje" del programa 132.01 "Seguridad" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 281.931,46 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/172.11/633.00 "Maquinaria

(Reforma y reposición)" del programa 172.11 "Sostenibilidad" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 160.800,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/150/441.10/226.06 "Reuniones,

conferencias y cursos" del programa 441.10 "Promoción, control y desarrollo del transporte" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 85.905,47 euros, en la aplicación presupuestaria 001/201/153.22/619.04 "Urbanización a

cargo del Ayuntamiento (Remodelación)" del programa 153.22 "Otras actuaciones en vías públicas"del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 296,45 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/334.01/623.02 "Útiles y herramientas"

del programa 334.01 "Actividades culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para2020.

 • 61,71 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/334.01/625.99 "Otro mobiliario y

enseres" del programa 334.01 "Actividades culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 378,49 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/334.01/626.00 "Equipos de

comunicación" del programa 334.01 "Actividades culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 453,75 euros, en la aplicación presupuestaria 001/210/153.22/227.06 "Estudios y trabajos

técnicos" del programa 153.22 "Otras actuaciones en vías públicas" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 5.029,41 euros, en la aplicación presupuestaria 001/210/342.01/227.06 "Estudios y trabajos

técnicos" del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

 • 3.694,28 euros, en la aplicación presupuestaria 001/213/933.02/632.00 "Edificios y otras

construcciones (Reforma)" del programa 933.02 "Edificios" del Presupuesto del Ayuntamiento deMadrid para 2020.

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• 1.915.791,51 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/341.01/226.99 "Otros gastosdiversos" del programa 341.01 "Actuaciones deportivas en Distritos" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 • 128.076,20 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/342.01/227.99 "Otros trabajos

realizados por otras empresas y profesionales" del programa 342.01 "Instalaciones deportivas" delPresupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 • 74.406,20 euros, en la aplicación presupuestaria 001/216/920.01/352.00 "Intereses de

demora" del programa 920.01 "Dirección y gestión administrativa del Distrito" del Presupuesto delAyuntamiento de Madrid para 2020.

 La citada modificación se financia con Remanente de Tesorería para Gastos Generales

obtenido de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2019". Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente

acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la

Riva Carrasco.

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RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo Gastos Gastos

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTAL

Capítulo 1

Capítulo 2 2.211.766,10 2.211.766,10

Capítulo 3 74.406,20 74.406,20

Capítulo 4

Capítulo 6 372.267,86 372.267,86

Capítulo 7

Capítulo 8 2.658.440,16 2.658.440,16

Capítulo 9

TOTAL 2.658.440,16 2.658.440,16 2.658.440,16 2.658.440,16

Aplicaciones presupuestarias

G/I Capítulo Importe

001/120/132.01/203.00 G 2 1.615,23

001/150/172.11/633.00 G 6 281.931,46

001/150/441.10/226.06 G 2 160.800,00

001/201/153.22/619.04 G 6 85.905,47

001/205/334.01/623.02 G 6 296,45

001/205/334.01/625.99 G 6 61,71

001/205/334.01/626.00 G 6 378,49

001/210/153.22/227.06 G 2 453,75

001/210/342.01/227.06 G 2 5.029,41

001/213/933.02/632.00 G 6 3.694,28

001/216/341.01/226.99 G 2 1.915.791,51

001/216/342.01/227.99 G 2 128.076,20

001/216/920.01/352.00 G 3 74.406,20

001/170/931.01/870.00 I 8 2.658.440,16

TOTAL CREDITO EXTRAORDINARIO 2.658.440,16

TOTAL MAYOR INGRESO 2.658.440,16

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B) Disposiciones y Actos

Ayuntamiento Pleno

1263 Acuerdo de 22 de julio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que seaprueba la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 604.087,86 euros, enel Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área Delegada de Vivienda).

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (11/2020), ordinaria celebrada el día 22 de julio de2020, adoptó el siguiente acuerdo:

 "Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 604.087,86 euros en el

Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que sedetalla:

 • 604.087,86 euros, en la aplicación presupuestaria 001/161/152.20/745.00 "Transferencias de

capital a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, S.A." del programa 152.20 "Conservación yrehabilitación de vivienda" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2020.

 La citada modificación se financia con el remanente líquido de tesorería afectado a gastos con

financiación afectada obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid delejercicio 2019".

 Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente

acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la

Riva Carrasco.

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RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo Gastos Gastos

Altas Bajas TOTAL Mayor Menor TOTAL

Capítulo 1

Capítulo 2

Capítulo 3

Capítulo 4

Capítulo 6

Capítulo 7 604.087,86 604.087,86

Capítulo 8 604.087,86 604.087,86

Capítulo 9

TOTAL 604.087,86 604.087,86 604.087,86 604.087,86

Aplicaciones presupuestarias

G/I Capítulo Importe

001/161/152.20/745.00 G 7 604.087,86

001/170/931.01/870.10 I 8 604.087,86

TOTAL CREDITO EXTRAORDINARIO 604.087,86

TOTAL MAYOR INGRESO 604.087,86

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B) Disposiciones y Actos

Área de Gobierno de Vicealcaldía

1264 Decreto de 20 de julio de 2020 de la Concejal Delegada del Área Delegada deCoordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana por el que senombran al titular y suplente de las vocalías del Grupo Político Municipal Más Madrid dela Comisión de Seguimiento de la Ordenanza de Transparencia y se da publicidad a sucomposición.

Por Acuerdo de 31 de enero de 2016 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid se aprobó lacreación de la Comisión de Seguimiento de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid(en adelante, Comisión) y la regulación de su composición y funcionamiento.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 del citado Acuerdo, la Presidencia de laComisión le corresponderá al titular del Área de Gobierno con competencias en materia detransparencia.

 

Por Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid deorganización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, la competencia en materia detransparencia le corresponde a la persona titular del Área Delegada de Coordinación Territorial,Transparencia y Participación Ciudadana.

 

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me corresponden como Presidenta de laComisión y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.2 h) y 8.3 del Acuerdo de 31 deenero de 2016 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, adopto el siguiente

 

DECRETO

 

PRIMERO.- Nombrar como Vocales titulares y suplentes de la Comisión de Seguimiento de laOrdenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid a las personas que se relacionan acontinuación:

 

Doña Maysoun Douas Maadi, como vocal titular en representación del Grupo Político MunicipalMás Madrid.

Don Miguel Montejo Bombín, como vocal suplente en representación del Grupo PolíticoMunicipal Más Madrid.

 

SEGUNDO.- Ordenar la publicación de la composición actual de la Comisión de Seguimientode la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, que figura en el anexo al presentedecreto.

 

TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio desu notificación a la persona nombrada en el apartado primero, y de su publicación en el BoletínOficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 20 de julio de 2020.- La Concejal Delegada del Área Delegada de CoordinaciónTerritorial, Transparencia y Participación Ciudadana, Silvia Saavedra Ibarrondo.

  

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ANEXO 

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE LA ORDENANZA DETRANSPARENCIA DE LA CIUDAD DE MADRID

 Presidente:Doña Silvia Saavedra Ibarrondo, Delegada del Área Delegada de Coordinación Territorial,

Transparencia y Participación Ciudadana. Vicepresidente:Don Antonio María Relaño Sánchez, Director General de Transparencia. Vocalías:Don Carlos Granados Pérez, como vocal titular en representación de la Oficina Municipal

contra el Fraude y la Corrupción.Doña Maysoun Douas Maadi, como vocal titular en representación del Grupo Político Municipal

Más Madrid.Don Miguel Montejo Bombín, como vocal suplente en representación del Grupo Político

Municipal Más Madrid.Don José Fernández Sánchez, como vocal titular en representación del Grupo Político

Municipal del Partido Popular.Doña Blanca Pinedo Texidor, como vocal suplente en representación del Grupo Político

Municipal del Partido Popular.Don Alberto Serrano Patiño, como vocal titular en representación del Grupo Político Municipal

Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía.Don Mariano Fuentes Sedano, como vocal suplente en representación del Grupo Político

Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía.Don Pedro Barrero Cuadrado, como vocal titular en representación del Grupo Político Municipal

Socialista de Madrid.Don Ramón Silva Buenadicha, como vocal suplente en representación del Grupo Político

Municipal Socialista de Madrid.Don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, como vocal titular en representación del Grupo

Político Municipal Vox.Don Fernando Martínez Vidal, como vocal suplente en representación del Grupo Político

Municipal Vox.Don Javier Amorós Dorda, Subdirector de Transparencia y Buen Gobierno, como vocal titular

en representación del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.Don Gonzalo Gómez de Villalobos, Director de la Oficina de Reclamaciones de

Administraciones Territoriales, como vocal suplente en representación del Consejo deTransparencia y Buen Gobierno.

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B) Disposiciones y Actos

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1265 Resolución de 22 de julio de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área deGobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decretode 22 de julio de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo yDeporte por el que se por el que se aprueban las tarifas de los servicios culturalesprestados por Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., y de la visita a susinstalaciones.

En virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad deMadrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura,Turismo y Deporte, resuelvo:

 Ordenar la publicación oficial del Decreto de 22 de julio de 2020, por el que se por el que se

aprueban las tarifas de los servicios culturales prestados por Madrid Destino Cultura Turismo yNegocio, S.A., y de la visita a sus instalaciones, con el siguiente contenido:

 "Con fecha 21 de julio de 2020 tuvo entrada en la Secretaría General Técnica del Área de

Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, propuesta de tarifas suscrita por el Consejero Delegadode Madrid Destino para ser aplicadas a los servicios culturales prestados por Madrid DestinoCultura, Turismo y Negocio, S.A., y a la visita de instalaciones.

 El Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de julio de 2013 acordó la fusión entre las

sociedades mercantiles municipales Madrid Arte y Cultura, S.A. y Madrid Visitors & ConventionBureau, S.A., mediante absorción de la segunda sociedad por la primera, que pasó a denominarseMadrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A. Asimismo autorizó la disolución de la sociedadmercantil municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A., acordando que la gestión del servicioprestado por la sociedad disuelta se realizara a través de la sociedad mercantil municipal MadridDestino Cultura, Turismo y Negocio, S.A., resultante de la fusión, sociedad de capital íntegramentemunicipal.

 La empresa Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A. (en adelante, Madrid Destino),

tiene estatutariamente reconocida la consideración de medio propio y servicio técnico de laadministración del Ayuntamiento de Madrid. Madrid Destino, en razón de los servicios públicoscuya gestión directa le ha sido conferida por diversos acuerdos plenarios, gestiona numerososbienes inmuebles que se encuentran afectos a su prestación.

 En el artículo 2 de los Estatutos de la sociedad mercantil municipal Madrid Destino, se

establece su objeto social determinando en su apartado 2 que consiste en "la gestión decualesquiera centros, espacios, recintos, dependencias y/o servicios culturales, cuya gestión lefuera encomendada temporal o indefinidamente, o cuyo uso le fuera cedido por el Ayuntamiento deMadrid, incluida la contratación y ejecución de las obras, instalaciones, servicios y suministros paralos mismos y la contratación relacionada con la organización y ejecución, de toda clase deespectáculos, expresiones, actividades y manifestaciones artísticas y culturales (apartado a); laorganización y ejecución de producciones audiovisuales, cinematográficas, literarias y fonográficas(apartado b) y la explotación de las tiendas, cafeterías, bares, restaurantes, aparcamientos,establecimientos comerciales, locales, dependencias y servicios integrantes o adscritos a losmismos (apartado g).

 Además, el artículo 2.6 de los Estatutos dispone que forma parte de su objeto social "la gestión,

mantenimiento y/o explotación, de cualesquiera inmuebles, centros, espacios, recintos,dependencias y/o servicios, incluyendo los propios, adscritos o cuya gestión o uso le fueraencomendado, cedido o conferido temporal o indefinidamente por la administración local, mediante

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la cesión, arrendamiento o en su caso venta o cualquier otro negocio jurídico, incluida: lacontratación y ejecución de las obras, instalaciones, servicios y suministros que para los mismossean necesarios o convenientes, así como la prestación por cuenta propia o ajena, bajo cualquierade las formas admitidas en Derecho, de todo tipo de servicios relacionados con la organización,dirección, producción, administración y explotación de los mismos".

 En aplicación de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,

de 19 de julio de 2012, por el que se establecen las directrices para la determinación de las tarifaspor la prestación de servicios públicos por empresas o sociedades mercantiles, así como en lossucesivos acuerdos de organización y competencias relativos al área de gobierno que a lo largo delos años ha ostentado las competencias en materia de cultura, se han dictado los siguientesdecretos de aprobación de las tarifas aplicables por Madrid Destino a los destinatarios de susservicios, que contemplan también las de aplicación por cesión de espacios a terceros:

1.- Decreto del Delegado del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo, de 5 de juliode 2013, por el que se aprueban las tarifas por utilización de servicios culturales y espaciospúblicos en Matadero Madrid, gestionado por la sociedad mercantil municipal Madrid Arte y Cultura,S.A.

2.- Decreto del Delegado del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo, de 19 de juliode 2013, por el que se aprueban las tarifas por la cesión de recintos, visitas guiadas, talleres yvisitas al mirador en el centro cultural CentroCentro, gestionado por la sociedad mercantil municipalMadrid Arte y Cultura, S.A.

3.- Decreto del Delegado del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo, de 3 dediciembre de 2013, por el que se aprueba la modificación de las tarifas por la cesión de espacios enel centro Fernán Gómez-Centro Cultural de la Villa.

4.- Decreto de la Alcaldesa, de 22 de marzo de 2019, en ejercicio de las competencias de lapersona titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, por el que se aprueban las tarifas parala cesión de uso a terceros de la Plataforma Puerta del Ángel, situada en la calle Pista, n.º 2.

 La experiencia acumulada con el paso de los años aconseja reconsiderar esta situación para

conseguir una regulación que sea aplicable a todos los centros que gestiona Madrid Destino y queresponda a la naturaleza de prestación de servicio público. En este sentido, se delimitan dosámbitos de actuación de la Sociedad: el inherente a la gestión directa del servicio público conferidoy otro, de carácter subordinado a este, en el que Madrid Destino cedería espacios a terceros enejecución de su objeto social.

 En aplicación de este nuevo enfoque, se dejan sin efecto todos los decretos que actualmente

determinan el importe de las tarifas así como su aplicación por la cesión de espacios a terceros enalgunos de los centros gestionados por Madrid Destino, para ser reemplazados por este decreto,que se ciñe exclusivamente a la gestión directa del servicio público conferido, contemplando lastarifas por la prestación de servicios culturales y los descuentos y promociones en entradas aespectáculos y actividades, así como la reserva de los centros e instalaciones afectos a laprestación del servicio público por un máximo de 30 jornadas al año por centro para la celebraciónde eventos institucionales que organice, presida o promueva el propio Ayuntamiento de Madrid, sinsujeción a tarifa, sistematizando, unificando y clarificando las condiciones aplicables de esta nosujeción para todos los centros y espacios y estableciendo que las condiciones y tarifas de cesiónde espacios a terceros en ejecución del objeto social de Madrid Destino se determinarán por suConsejo de Administración.

 La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por Acuerdo de 19 de julio de 2012, estableció

las directrices para la determinación de las tarifas para la prestación de servicios públicos porempresas o sociedades mercantiles. Dispone en su apartado Quinto lo siguiente:

 "QUINTO.- La aprobación o modificación de las tarifas de los servicios públicos de competencia

municipal prestados bajo la forma de gestión directa por sociedades mercantiles de capitalíntegramente municipal, se realizará por el titular del área de gobierno a la que estén adscritas, deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.6 del Acuerdo de Junta de Gobierno de 26 de enero de2012, previa propuesta motivada de cada empresa.

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Una vez adoptado dicho acuerdo, las sociedades mercantiles remitirán a la Dirección Generalde Presupuestos la relación de precios aprobados, así como el estudio económico correspondienteque haya servido de base para el establecimiento de las cuantías aprobadas".

 Por su parte, el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y

competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de 4 de julio de 2019 señala ensu apartado 2º.1 que corresponde a esta área la programación de actividades culturales, lapromoción turística y la programación deportiva y de eventos deportivos, figurando la sociedadMadrid Destino adscrita a la referida área.

 Asimismo, el apartado 3º.5.2 del referido acuerdo dispone que es competencia de la persona

titular del área la aprobación o modificación de "las tarifas de los servicios públicos de competenciamunicipal prestados bajo la forma de gestión directa por sociedad mercantil de capital íntegramentemunicipal, respecto de la sociedad mercantil adscrita al área de gobierno o a las áreas delegadas".

 En su virtud, 

DISPONGO PRIMERO.- Aprobación de tarifas por prestación de servicios culturales y visitas a

instalaciones. a) Tarifas por prestación de servicios culturales.Con carácter general, se establece un rango de precios para los espectáculos y actividades

que formen parte de la programación ordinaria de los centros adscritos a Madrid Destino deacuerdo con la siguiente tabla:

Espectáculo/Actividad Precio Precio

  mínimo máximo

Música 5,00 € 30,00 €

Cine 3,00 € 6,00 €

Teatro 5,00 € 25,00 €

Cabaret 7,00 € 25,00 €

Danza 7,00 € 25,00 €

Flamenco 7,00 € 25,00 €

Zarzuela 7,00 € 25,00 €

Infantil 5,00 € 15,00 €

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Espectáculo/Actividad Precio Precio

Circo 12,00 € 25,00 €

Magia 9,00 € 25,00 €

Talleres infantiles   10,00 €/hora

Talleres Profesionales   150,00 €/día

Campamento de verano   175,00 € / semanal

Conferencias   8,00 €/hora

Exposiciones 3,00 € 20,00 €

Otros (ludotecas, videotecas, hemerotecas,etc.)

3,00 € 10,00 €

 

Estas tarifas no incluyen el IVA.

Los espectáculos y actividades que formen parte de la programación ordinaria de los centrosadscritos a Madrid Destino tendrán un precio que favorezca la accesibilidad a todos los públicos.En el supuesto de cesión de las salas y espacios para actividades organizadas por terceros, losprecios serán establecidos por los promotores.

Las tarifas específicas para cada espectáculo o actividad se establecerán teniendo en cuenta laexcelencia de las actividades artísticas, la naturaleza de las mismas, el coste de las produccionesteatrales, el tipo de montaje y su complejidad, el caché de los artistas y su relevancia internacional.

Dentro de los límites mínimo y máximo establecidos, la tarifa será fijada por el Gerenteresponsable de cada centro.

Cualquier propuesta de tarifas que implique modificar los importes ya aprobados así como elestablecimiento de tarifas de carácter específico y/o aplicación temporal, que se deriven de lacelebración de eventos singulares, siempre que no sea de aplicación una tarifa/procedimientocomprendido en el presente documento, deberán ser objeto de aprobación por la persona titular delárea de gobierno a la que esté adscrita la Sociedad Madrid Destino.

 

b) Tarifas por visitas a instalaciones.

Con carácter general, se establece un rango de precios para las visitas a las instalaciones delos centros adscritos a Madrid Destino de acuerdo con la siguiente tabla:

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VISITAS A INSTALACIONES

(Faro Moncloa, Mirador Centrocentro, etc.)

Precio Mínimo Precio Máximo

  

0,50€

 

5,00€

 Estas tarifas no incluyen el IVA.Dentro de los límites mínimo y máximo establecidos, la tarifa será fijada por el Consejo de

Administración previo informe del responsable de cada centro y/o dirección competente ycomunicación con al menos 15 días de antelación.

 SEGUNDO.- Descuentos y promociones en entradas a espectáculos y actividades. Se aprueban los siguientes descuentos y promociones.a) Descuentos:Los descuentos máximos que se aplicarán en las tarifas por entradas a espectáculos en las

actividades que se realicen en los centros gestionados por Madrid Destino y que formen parte desu programación, condicionados en todo caso a la acreditación documental de concurrencia de lacausa que los determina, serán los siguientes:

1.º Jubilados y mayores de 65 años: hasta un 25%.2.º Menores de 14 años: hasta un 25%.3.º Carnet Joven: el previsto en su regulación.4.º Niños de hasta 2 años: Pagarán una entrada de 1 €, en aplicación del Decreto de 30/01/14,

que establece que todo espectador debe acceder al recinto con una entrada de butaca propiaindependientemente de su edad, aunque no ocupe butaca.

5.º Personas con discapacidad, en silla de ruedas y acompañante: hasta un 50%.6.º Grupos de 20 o más personas: hasta un 25%.7.º Centros Escolares: hasta un 50%.8.º Venta anticipada: 15%.9.º Desempleados: hasta un 20%.10.º Familias numerosas: hasta un 20%.11.º Integrantes de las asociaciones profesionales de artes escénicas y estudiantes de arte

dramático y otras disciplinas artísticas presentando acreditación: descuento de un máximo de 5 €en cada entrada.

Cada centro publicará los descuentos establecidos por su Gerencia, previa comunicación alárea de gobierno competente en materia de cultura.

En el caso de que la Gerencia de algún centro proponga un descuento diferente a losaprobados por el presente documento, se requerirá la aprobación previa por decreto específico dela persona titular del área de gobierno competente en materia de cultura.

Los espectáculos o actividades realizadas por terceros, no se considerarán actividad delcentro.

 b) Promociones. Dependiendo del tipo de espectáculo, centro o promotor se podrá realizar un descuento que

tendrá como porcentaje máximo el 30% de reducción del precio de tarifa en los siguientes casos:1.º Paquetes para familias numerosas.2.º Bonos promocionales para fomentar la asistencia.3.º Día del espectador.

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4.º Promociones especiales que se comunicaran al área competente por el gerente del centro.5.º Abono de temporada,Estos descuentos no serán acumulables entre sí. TERCERO.- Cesión de espacios. El Consejo de Administración de Madrid Destino determinará las condiciones de cesión de sus

espacios a terceros como sociedad mercantil y en ejecución de su objeto social.En el ámbito de la gestión directa de servicios públicos que tiene conferida la Sociedad, le será

de aplicación a la cesión de espacios el presente decreto, los acuerdos de la Junta de Gobierno dela Ciudad de Madrid que regulan la organización y competencias del área de gobierno competenteen materia de cultura, así como las normas de utilización de los bienes afectos que, en su caso,hayan sido aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en el acuerdo de otorgamiento de la gestióndel servicio.

Circunscribiéndose a este contexto de actuación, el Ayuntamiento de Madrid dispondrá, sinsujeción a tarifa, en cada uno de los centros e instalaciones afectos a la prestación de los citadosservicios públicos, de un máximo de 30 jornadas al año para la celebración de eventosinstitucionales que organice, presida o promueva el propio Ayuntamiento de Madrid, o para eventosque este considere de especial relevancia.

Dentro de estos días estarán asimismo incluidos los necesarios para las actuaciones demontaje y desmontaje inherentes a la celebración de los eventos, que deberán ser siemprecompatibles con la programación prevista por la sociedad Madrid Destino.

La utilización de esta reserva municipal se realizará mediante autorización expresa de lapersona titular del área de gobierno competente en materia de cultura, comunicada a la sociedadMadrid Destino. Para ello, las unidades solicitantes del Ayuntamiento o de sus organismosautónomos deberán formalizar una petición según el modelo que se disponga por la SecretaríaGeneral Técnica del Área de Gobierno competente en materia de cultura, a la que se remitirá parasu autorización por la titular del área.

La comunicación a la sociedad Madrid Destino de la utilización de la reserva se producirá conla antelación suficiente a la fecha prevista de celebración, salvo que por razones debidamentejustificadas de urgencia o fuerza mayor sea materialmente imposible.

Serán por cuenta del organizador del evento los demás gastos inherentes a su celebración,tales como vigilancia, limpieza, seguridad o cualquier otro.

A tales efectos, Madrid Destino presentará la correspondiente factura desglosada de los gastosderivados de la cesión del espacio.

Los usuarios efectivos del bien inmueble serán responsables de los daños que se produjeran apersonas o bienes con ocasión de la actividad que se desarrolle en el espacio cedido. A estos finesMadrid Destino podrá solicitar el depósito de una cantidad en concepto de garantía, u obligar a lasuscripción de los contratos de seguros que les correspondan con carácter previo a la utilizacióndel bien.

 CUARTO.- Eficacia. Las tarifas contenidas en este documento serán de aplicación en el plazo de un mes, contado a

partir del día siguiente al de su aprobación.A los actos y eventos ya contratados o con reserva firme se les aplicarán las tarifas vigentes o

contenidas en los documentos contractuales suscritos anteriormente a la fecha de entrada en vigorcitada.

 Madrid, a 22 de julio de 2020.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura,

Turismo y Deportes, María del Carmen González Fernández.

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B) Disposiciones y Actos

Distrito de Tetuán

1266 Decreto de 24 de julio de la Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán por el que sehabilita la instalación de puestos de venta ambulante en el mercadillo de avenida deAsturias el día 2 de agosto de 2020, una vez finalizada la vigencia del estado de alarmay de conformidad con las medidas fijadas por el Ministerio de Sanidad en aplicación delPlan para la transición hacia una nueva normalidad.

Mediante Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, se prorroga el estado de alarma declarado porel Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para lagestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Dicha prórroga se extendióhasta las 00:00 horas del día 21 de junio.

 Por Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, se establecen medidas

preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada laprórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.

 En el punto decimoctavo de la precitada orden, se determinan las medidas y condiciones para

los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria,señalándose en el apartado primero que desde la entrada en vigor de la presente orden y hasta el5 de julio de 2020 los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o deventa no sedentaria limitarán su actividad al sesenta por ciento de los puestos habituales oautorizados. Desde el 6 de julio de 2020 y hasta que la evolución epidemiológica lo aconseje dichoporcentaje se elevará al setenta y cinco por ciento.

 Con el fin de posibilitar la ocupación por el máximo del porcentaje de puestos permitidos, la

Orden 668/2020 permite, en el apartado segundo del punto decimoctavo, que los Ayuntamientospuedan aumentar la superficie destinada al mercadillo o adoptar cualquier otra medida, de modoque se produzca un efecto equivalente a la limitación establecida en el apartado anterior. Enconsecuencia, el domingo 5 de julio de 2020, se aumentará la superficie destinada al mercadillo deavenida de Asturias a un 117% y podrán instalarse el 75% de los puestos.

 En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el punto decimoctavo de la Orden

668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, respecto delmercadillo del distrito que figura en el presente decreto, se han establecido las medidas adecuadasque permiten su reapertura en condiciones de seguridad (medidas de higiene y seguridad,distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo degarantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes) y se han determinadotanto el aforo permitido como el número de puestos que es posible habilitar.

 En vista de lo expuesto y en virtud de la competencia atribuida al Concejal Presidente del

Distrito de Tetuán en el apartado 4º.1.1 y 2.7.e) 3º del Acuerdo de la Junta de Gobierno, de 25 dejulio de 2019, de organización y competencias de los Distritos, procede dictar el presente

 DECRETO

 Primero.Habilitar el día 2 de agosto de 2020 los puestos que se relacionan a continuación, y en los que

se ha dado preferencia a los de productos alimentarios y de primera necesidad: Puestos del 5 al 19.Puesto 94.Puestos del 61 al 237.

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Los puestos que sean correlativos y que tengan un mismo titular, deberán instalarseconjuntamente, de modo que quede un puesto al lado del otro.

 Segundo.De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta

Ambulante de 27 de marzo de 2003, en su artículo 29, el horario de funcionamiento del mercadilloes desde las 9:00 a las 14:00 horas, debiendo los titulares de los puestos comenzar el montaje alas 8:00 horas de la mañana y el desmontaje a las 14:00 horas.

 Tercero.Las superficies de los puestos de venta ambulante que se habilitan para su instalación en el

presente decreto no varían respecto de las que ya tienen autorizadas. Cuarto.El presente decreto surtirá efecto en el momento de su adopción, sin perjuicio de su

publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web delAyuntamiento de Madrid www.madrid.es.

 Madrid, a 24 de julio de 2020.- La Concejal Presidente del Distrito de Tetuán, Blanca María

Pinedo Texidor.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1267 Resolución de 28 de julio del Director General de la Policía Municipal por la que seprocede al nombramiento como funcionarios en prácticas de tres aspirantes, cuyonombramiento se difirió y que superaron la fase de concurso oposición correspondientea las pruebas selectivas para la provisión, por turno libre, de 112 plazas de la categoríade Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Resolución de fecha 6 de febrero de 2020 del Coordinador General de Seguridad yEmergencias se aprobó la relación de aspirantes que, de conformidad con la propuesta del TribunalCalificador, superaron la fase de concurso-oposición del proceso selectivo convocado medianteDecreto de 11 de marzo de 2019, del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad yEmergencias, para la provisión de 112 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de PolicíaMunicipal del Ayuntamiento de Madrid.

 Sobre el total de candidatos incluidos en la propuesta del Tribunal Calificador solo se procedió

al nombramiento como funcionarios en prácticas de 109 aspirantes, quedando pendientes dehacerlo 3 aspirantes, quienes al poseer la condición de funcionarios de carrera de Cuerpos dePolicía Local de la Comunidad de Madrid, y al haber tenido que superar, para obtener la condiciónde funcionario de carrera, el curso de formación en el Centro de Formación Integral de Seguridad yEmergencias de la Comunidad de Madrid, están exentos de la realización de un nuevo curso en elmencionado Centro de Formación y ello de conformidad con lo dispuesto en la Resolución delDirector General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad de Madrid relativa ala convalidación del curso selectivo de formación otorgada, por reunir los requisitos recogidos en elartículo 44 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de laComunidad de Madrid.

 Finalizado el proceso formativo aludido, procede incorporar a estos funcionarios al período de

prácticas que se inicia en el ámbito del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid. Previa la comprobación de que se han cumplido los trámites legales y que los aspirantes

propuestos reúnen los requisitos exigidos en las bases que rigen la presente convocatoria y demásnormativa de general aplicación.

 Y de conformidad con lo previsto en la base 8 de las que rigen la presente convocatoria y al

amparo de las competencias que para el nombramiento de los funcionarios en prácticas que usenarmas me confiere el artículo 8.1.3 a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobiernode la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz,Seguridad y Emergencias,

 RESUELVO

 Primero.- Nombrar funcionarios en prácticas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía

Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con efectos del día 1 de septiembre de 2020, a losaspirantes que se relacionan en el Anexo que se acompaña a la presente resolución.

 Segundo.- De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por

el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, los interesados que en el momentode su nombramiento ya estén prestando servicios remunerados en la Administración comofuncionarios de carrera o interinos o como personal laboral, deberán optar entre percibir las

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establecidas con carácter general para los funcionarios en prácticas de la categoría de Policía delCuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, o las que les correspondería en el puestode origen.

 Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer

recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madridque por turno corresponda en el plazo de dos meses desde su notificación o, de forma potestativa,recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes. Todo ello sin perjuicio delejercicio de cualquier otra acción que los interesados consideren más procedente.

 Madrid, a 28 de julio de 2020.- El Director General de la Policía Municipal, Pablo Enrique

Rodríguez Pérez.

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ANEXO

NOMBRAMIENTO FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS

Nº DNI APELLIDOS NOMBRE

1 ***6273** ORTEGA LOPEZ MIGUEL ANGEL

2 ***6874** SALMERON BAÑOS CRISTIAN

3 ***4870** MORENO MAIRENA VICTOR MANUEL

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1268 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 6/2020.

Por Resolución de 5 de febrero de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 10 de febrero de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD6/2020.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Hacienda y

Personal y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidosen la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes delReglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005,los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado yde Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 12.º1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, deorganización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168,de 17 de julio de 2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1269 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 7/2020.

Por Resolución de 11 de febrero de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 14 de febrero de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD7/2020.

 Vista la propuesta del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía,

Innovación y Empleo y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos yespecificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 dediciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por elque se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la AdministraciónGeneral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en uso de las competenciasprevistas en el apartado 12.º 1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno dela Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda yPersonal (BOCM número 168, de 17 de julio de 2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1270 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 8/2020.

Por Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 21 de febrero de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD8/2020.

 Vista la propuesta del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía,

Innovación y Empleo y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos yespecificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 dediciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por elque se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la AdministraciónGeneral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en uso de las competenciasprevistas en el apartado 12º.1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno dela Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda yPersonal (BOCM número 168, de 17 de julio de 2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1271 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 8/2020.

Por Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 21 de febrero de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD8/2020.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en laconvocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento deOrdenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 12º.1.4.a) del Acuerdode 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización ycompetencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168, de 17 de julio de2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1272 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 9/2020.

Por Resolución de 25 de febrero de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 28 de febrero de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD9/2020.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Hacienda y

Personal y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidosen la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes delReglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005,los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado yde Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado12º.1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, deorganización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168,de 17 de julio de 2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

BOAM núm. 8.695 30 de julio de 2020

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1273 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 10/2020.

Por Resolución de 3 de marzo de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 9 de marzo de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD10/2020.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica de la Coordinación General de la Alcaldía y

comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en laconvocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento deOrdenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 12.º 1.4.a) del Acuerdode 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización ycompetencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168, de 17 de julio de2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

  

RESUELVO Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1274 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 10/2020.

Por Resolución de 3 de marzo de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 9 de marzo de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD10/2020.

 Vistas las propuestas de la Secretaria General Técnica de la Coordinación General de la

Alcaldía, de la Concejala del Distrito de Moncloa-Aravaca y de la Coordinadora del Distrito deCentro y comprobado que las personas propuestas cumplen los requisitos y especificacionesexigidos en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes delReglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005,los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado yde Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 12.º1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, deorganización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168,de 17 de julio de 2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo a las personas

propuestas. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1275 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 11/2020.

Por Resolución de 10 de marzo de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 13 de marzo de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD11/2020.

 Vista la propuesta del Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y comprobado

que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, deconformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes delReal Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingresodel Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos deTrabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 12.º 1.4.a) del Acuerdo de 27 dejunio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competenciasdel Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168, de 17 de julio de 2019)modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1276 Resolución de 27 de julio de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo paraser provistos por el procedimiento de libre designación LD 11/2020.

Por Resolución de 10 de marzo de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión dePersonal, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 13 de marzo de 2020, seconvocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD11/2020.

 Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Vicealcaldía y

comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en laconvocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento deOrdenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 12.º 1.4.a) del Acuerdode 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización ycompetencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168, de 17 de julio de2019) modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020,

 RESUELVO

 Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta. Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión. El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en

el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes yGestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materiade provisión de puestos de trabajo y en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación delPersonal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse

cualquiera de los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de

Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante,LPAC).

 II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en

cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección deaquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se

estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC). Madrid, a 27 de julio de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia

Rojo López de la Osa.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Madrid Salud

1277 Resolución de 28 de julio de 2020 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Saludpor la que se resuelve el Concurso Específico de Méritos FE-MS 3/2019, convocado porResolución de 19 de diciembre de 2019 de esta Gerencia, rectificada por Resolución de8 de enero de 2020, para la provisión de puestos de trabajo en Madrid Salud.

Por Resolución de 19 de diciembre de 2019, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamientode Madrid de 30 de diciembre de 2019, rectificada por Resolución de 8 de enero de 2020,publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 9 de enero de 2020, se convocó elConcurso Específico de Méritos FE-MS 3/2019 para la provisión de puestos de trabajo en MadridSalud.

 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración del concurso,

constituida al efecto, ha evaluado los méritos alegados por los participantes de acuerdo con lasdisposiciones contenidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado yde Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, y en las Bases Generales que habrán de regir la provisión depuestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera en el Ayuntamiento de Madrid, medianteconcurso. De acuerdo con las puntuaciones obtenidas por cada participante que figuran en elAnexo I del Acta, la Comisión de Valoración eleva propuesta de resolución del concurso al Gerentede Madrid Salud, en aplicación de la Base 10.7 de las Generales.

 Esta Gerencia, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15 j) de los Estatutos de

Madrid Salud, 

RESUELVE PRIMERO. Resolver el Concurso Específico de Méritos FE-MS 3/2019, convocado por

Resolución de 19 de diciembre de 2019, rectificada por Resolución de 8 de enero de 2020, para laprovisión de puestos de trabajo en Madrid Salud, de acuerdo con la propuesta formulada por laComisión de Valoración, constituida al efecto.

 El desarrollo del concurso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y enlas Bases Generales que rigen la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios decarrera en el Ayuntamiento de Madrid, mediante concurso.

 SEGUNDO. Adjudicar con carácter definitivo los puestos que se relacionan en el Anexo. TERCERO. La formalización de la toma de posesión se realizará conforme a lo establecido en

el artículo 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 dediciembre de 2005, y en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Generaldel Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los FuncionariosCiviles de la Administración General del Estado.

 Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1. y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácterprevio, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, conforme alos artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas.

 Madrid, a 28 de julio de 2020.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, Antonio

Prieto Fernández.

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Madrid Salud

1278 Resolución de 28 de julio de 2020 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Saludpor la que se resuelve la convocatoria de un puesto de trabajo para ser provisto por elprocedimiento de Libre Designación LD-MS 3/2020, aprobada por Resolución de 24 dejunio de 2020 de esta Gerencia.

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 15 j) de los Estatutos de Madrid Salud, a lavista de los currículos presentados por los/as diferentes candidatos/as y a efectos de la resoluciónde la convocatoria por el procedimiento de Libre Designación LD-MS 3/2020, publicada en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 2 de julio de 2020, esta Gerencia

 RESUELVE

 PRIMERO. Adjudicar con carácter definitivo el puesto que se detalla en el Anexo de esta

resolución, a el/la funcionario/a que se indica. SEGUNDO. La formalización de la toma de posesión se realizará conforme a lo establecido en

el artículo 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 dediciembre de 2005 y en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Generaldel Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los FuncionariosCiviles de la Administración General del Estado.

 Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácterprevio, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, conforme alos artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas.

 Madrid, a 28 de julio de 2020.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, Antonio

Prieto Fernández.

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