Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en...

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014, Año de las letras argentinas" 4376 11/04/2014

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

4376

11/04/2014

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 4760Se debe contar con permiso de obra y uso del espacio público para el emplazamiento en el                                          espacio público de la Ciudad de Buenos Aires de armarios, gabinetes y/o cajas de maniobras,                                      de protección, de distribución y/o similares.......................................................................................................... Pág. 12

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 130Se designa a Cosme Damián Pagano como Director Médico del Hospital General de Agudos                                        Parmenio Piñero................................................................................................................................................... Pág. 14

Decreto N° 132Se designa a Mariano Mayer como Director General de Emprendedores........................................................... Pág. 15

Decreto N° 134Se acepta la renuncia presentada por Eduardo Alberto Gómez de Rito al cargo de Subdirector                                     Médico del Hospital General de Agudos Parmenio Piñero................................................................................... Pág. 15

Decreto N° 135Se aprueban pliegos y se autoriza llamar a licitación pública............................................................................... Pág. 16

Decreto N° 136Se aprueba el Acta Acuerdo suscripta con la Empresa Cliba Ingeniería Ambiental S.A...................................... Pág. 18

Decreto N° 137Se aceptan renuncias y se designan Directores Generales................................................................................. Pág. 20

Decreto N° 138Se designan funcionarios...................................................................................................................................... Pág. 21

Decreto N° 139Se acepta la renuncia presentada por Juan Carlos Ortega al cargo de Director Médico del                                             Hospital de Quemados.......................................................................................................................................... Pág. 22

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Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 338-MJGGC/14Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 24

Resolución N° 347-MJGGC/14Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 25

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 465-MHGC/14Se aprueba modificación de créditos.................................................................................................................... Pág. 26

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 196-MJYSGC/14Se desestima el recurso jerárquico en subsidio interpuesto contra la Resolución Nº                                                        906/SSEMERG/13................................................................................................................................................ Pág. 28

Resolución N° 197-MJYSGC/14Se desestima el recurso jerárquico en subsidio interpuesto contra la Disposición Nº                                                       3324/DGDCIV/13.................................................................................................................................................. Pág. 29

Resolución N° 199-MJYSGC/14Se deja sin efecto la Resolución N° 160/MJYSGC/14.......................................................................................... Pág. 29

Resolución N° 200-MJYSGC/14Se deja sin efecto la Resolución N° 162/MJYSGC/14.......................................................................................... Pág. 31

Resolución N° 201-MJYSGC/14Se cesan responsables de administración y rendición de fondos........................................................................ Pág. 32

Resolución N° 32-SSPDRC/14Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 33

Resolución N° 33-SSPDRC/14Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 34

Resolución N° 34-SSPDRC/14Se deja sin efecto las Resoluciones Nros. 22/SSPDRC/14 y 31/SSPDRC/14..................................................... Pág. 35

Ministerio de Salud

Resolución N° 440-MSGC/14Se amplían sumarios administrativos................................................................................................................... Pág. 37

Ministerio de Educación

Resolución N° 780-MEGC/14Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo......................................................................... Pág. 40

Resolución N° 1455-MEGC/14Se designa personal de planta de gabinete.......................................................................................................... Pág. 41

Resolución N° 1503-MEGC/14Se crea la Planta Orgánico Funcional del Centro de Formación Profesional Nº 40............................................. Pág. 41

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Resolución N° 1527-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de las Escuelas de Educación Media y los Ciclos                                        Básicos de Formación Ocupacional...................................................................................................................... Pág. 43

Resolución N° 1542-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de la Escuela Técnica N° 16 Distrito Escolar 17............................. Pág. 44

Resolución N° 1543-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes del Ciclo Básico de Formación Ocupacional N° 1                                        Distrito Escolar 6................................................................................................................................................... Pág. 45

Resolución N° 1546-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de la Escuela de Educación Media N° 1 Distrito                                           Escolar 18............................................................................................................................................................. Pág. 46

Resolución N° 1549-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de diversos colegios........................................................................ Pág. 47

Resolución N° 1551-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de la Escuela Técnica N° 29 Distrito Escolar 6............................... Pág. 48

Resolución N° 1552-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de la Escuela Técnica Raggio Distrito Escolar 10........................... Pág. 49

Resolución N° 1555-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de la Escuela de Educación Media N° 2 Distrito                                           Escolar 20............................................................................................................................................................. Pág. 50

Resolución N° 1557-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de varias Escuelas Técnicas........................................................... Pág. 51

Resolución N° 1617-MEGC/14Se crea la Planta Orgánico Funcional del Centro de Formación Profesional N° 39............................................. Pág. 52

Ministerio de Desarrollo Económico

Resolución N° 265-MDEGC/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 650-0217-LPU14........................................................... Pág. 54

Resolución N° 273-MDEGC/14Se apruebabn pliegos y se llama a Licitación Pública N° 650-0192-LPU14......................................................... Pág. 55

Ministerio de Modernización

Resolución N° 402-SSGRH/14Se transfiere al agente Jorge Ricardo García....................................................................................................... Pág. 58

Resolución N° 403-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por Gustavo Alberto Fraga Betancur.............................................................. Pág. 59

Ministerio de Gobierno

Resolución N° 24-SSAFED/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 60

Secretaría Legal y Técnica

Resolución N° 146-SECLYT/14Se aprueba la creación de partida........................................................................................................................ Pág. 61

Resolución N° 148-SECLYT/14Se modifica la Resolución N° 129/SECLYT/08..................................................................................................... Pág. 61

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Resolución N° 149-SECLYT/14Se aprueba modificación de partidas.................................................................................................................... Pág. 62

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Resolución N° 236-AGIP/14Se reasigna deuda................................................................................................................................................ Pág. 64

Resolución N° 242-AGIP/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 8618-0212-LPU14......................................................... Pág. 64

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 181-AGC/14Se desestima el recurso jerárquico incoado por Viviana Veizaga........................................................................ Pág. 66

Resolución N° 182-AGC/14Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 67

Resolución N° 183-AGC/14Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 68

Resolución N° 184-AGC/14Se rescinde el contrato de locación de servicios suscripto con Antonio Eduardo Cabral..................................... Pág. 70

Resolución N° 185-AGC/14Se rescinde el contrato de locación de servicios suscripto con Fabrizio Emanuel Ianni...................................... Pág. 71

Resolución N° 186-AGC/14Se rescinde el contrato de locación de servicios suscripto con Juan Manuel Domínguez................................... Pág. 72

Resolución N° 187-AGC/14Se rescinde el contrato de locación de servicios suscripto con María de los Ángeles Tedesco.......................... Pág. 72

Resolución N° 189-AGC/14Se declara de interés el Seminario denominado Reconstruyendo el entramado social en las                                          organizaciones...................................................................................................................................................... Pág. 73

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 143-APRA/14Se modifica la Resolución Nº 89/APRA/14........................................................................................................... Pág. 76

Resolución N° 146-APRA/14Se desestima el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución Nº 443-APRA/10 y la                                             Resolución Conjunta Nº 2521-SSGYAF-APRA/10............................................................................................... Pág. 77

Agencia de Sistemas de Información

Resolución N° 80-ASINF/14Se aprueba la modificación de partidas presupuestarias..................................................................................... Pág. 79

Resolución N° 81-ASINF/14Se aprueba la modificación de partidas presupuestarias..................................................................................... Pág. 80

Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud

Resolución N° 100-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 255/HGNRG/13................................................................................................... Pág. 82

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Resolución N° 101-MMGC/14Se convalida la Disposición N°294/HGNRG/13.................................................................................................... Pág. 82

Resolución N° 102-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 281/HGNRG/13................................................................................................... Pág. 83

Resolución N° 103-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 257/HGNRG/13................................................................................................... Pág. 84

Resolución N° 104-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 245/HGAPP/13.................................................................................................... Pág. 85

Resolución N° 105-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 270/HGAPP/13....................................................................................................... Pág. 86

Resolución N° 106-MMGC/14Se designa a Oscar Luis Caravello como Jefe Unidad Internación Clínica Médica III......................................... Pág. 87

Resolución N° 107-MMGC/14Se reubica a Silvina Fernández Segovia.............................................................................................................. Pág. 88

Resolución N° 108-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 269/HGATA/13.................................................................................................... Pág. 88

Resolución N° 109-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 219/HGAIP/13..................................................................................................... Pág. 89

Resolución N° 110-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 771/HGAJAF/13.................................................................................................. Pág. 90

Resolución N° 111-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 307/HGNRG/13................................................................................................... Pág. 91

Resolución N° 112-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 112/HGAIP/13..................................................................................................... Pág. 92

Resolución N° 113-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 320/HGATA/13....................................................................................................... Pág. 93

Resolución N° 114-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 218/HGATA/13.................................................................................................... Pág. 93

Resolución N° 115-MMGC/14Se reubica a Carlos Felipe Bruno......................................................................................................................... Pág. 94

Disposición

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 109-DGSPR/14Se renueva la habilitación concedida a la empresa Albosa S.R.L. para prestar servicios de                                            seguridad privada.................................................................................................................................................. Pág. 96

Disposición N° 110-DGSPR/14Se concede a la empresa Safba S.R.L. su habilitación como prestadora de servicios de                                                 seguridad privada.................................................................................................................................................. Pág. 97

Disposición N° 111-DGSPR/14Se revoca la Disposición Nº 88/DGSPR/14.......................................................................................................... Pág. 98

Ministerio de Salud

Disposición N° 29-UCAS/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor BAC Nº 401-022-CME14.............................................. Pág. 100

Disposición N° 42-DGADC/14Se sanea y se confirma el Artículo 3º de la Disposición Nº 34/DGADC/14........................................................ Pág. 101

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Disposición N° 97-HMOMC/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa-Régimen Especial Contratación Menor                                      N° 2104-SIGAF-HMOMC/14............................................................................................................................... Pág. 102

Disposición N° 98-HMOMC/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa-Régimen Especial Contratación Menor                                      N° 2105-SIGAF-HMOMC/14............................................................................................................................... Pág. 104

Ministerio de Educación

Disposición N° 363-DGAR/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 291-SIGAF/14............................................................. Pág. 106

Ministerio de Desarrollo Urbano

Disposición N° 369-DGIUR/14Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Juana Manso 1182.................................................. Pág. 108

Disposición N° 371-DGIUR/14Se visa Aviso de Obra en el inmueble sito en Bolívar 847/55............................................................................ Pág. 109

Disposición N° 372-DGIUR/14Se autoriza localización de uso en el local sito en San Martín 969.................................................................... Pág. 110

Disposición N° 373-DGIUR/14Se autoriza localización de uso en el local sito en Av. Luís María Campos 901/987......................................... Pág. 111

Disposición N° 374-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Av. Juan de Garay 924.............................................. Pág. 113

Disposición N° 375-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Piedras 1655............................................................. Pág. 114

Ministerio de Gobierno

Disposición N° 1-UAIGOB/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 115

Disposición N° 7-DGCCIU/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 116

Disposición N° 31-DGRC/14Se implementa la Expedición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción en Hojas de                                      Seguridad............................................................................................................................................................ Pág. 117

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 25-DGTALAPRA/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 2041/14................................................................... Pág. 118

Disposición N° 254-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Ecotec Interoceánica S.A..................................................................................... Pág. 119

Disposición N° 255-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección                                     de Tanques de Agua Potable a la Empresa Sanidad Norte Saneamiento Ambiental........................................ Pág. 120

Disposición N° 256-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Sanidad Norte Saneamiento Ambiental............................................................... Pág. 121

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Disposición N° 259-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Fumishow............................................................................................................. Pág. 122

Disposición N° 262-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Dublin................................................................................................................... Pág. 124

Disposición N° 303-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección                                     de Tanques de Agua Potable a la Empresa Fumixil Fumigaciones.................................................................... Pág. 125

Disposición N° 309-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Tecno Ambiental S.R.L........................................................................................ Pág. 126

Disposición N° 312-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Fumixil Fumigaciones........................................................................................... Pág. 127

Disposición N° 322-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Mayba................................................................................................................... Pág. 129

Disposición N° 324-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa El Sensei.............................................................................................................. Pág. 130

Disposición N° 332-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa Fumigaciones Buenos Aires................................................................................. Pág. 131

Disposición N° 334-DGCONT/14Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la Empresa GMT..................................................................................................................... Pág. 132

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Disposición N° 83-DGESYC/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 2113-SIGAF/14..................................................................... Pág. 134

Ente de Turismo

Disposición N° 2-DGECM/14Se autoriza la adquisición del Servicio de Artes Gráficas - Folleto a la empresa Kodak                                                   Argentina S.A...................................................................................................................................................... Pág. 136

Agencia de Sistemas de Información

Disposición N° 82-DGTALINF/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 138

Disposición N° 88-DGTALINF/14Se rectifica la Disposición Nº 87/DGTALINF/14................................................................................................. Pág. 139

Ministerio de Salud

Disposición N° 71-HGAIP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 140

Disposición N° 79-HGAIP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 141

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Agencia Gubernamental de Control

Disposición N° 25-DGFYC/14Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables al local que opera con                                         nombre de fantasía Acqua Lounge Club............................................................................................................. Pág. 143

Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 120-PG/14Se cesa a María Victoria Puerto......................................................................................................................... Pág. 145

Poder Judicial

Disposición

Unidad Operativa de Adquisiciones de la Fiscalía General de la CABA

Disposición N° 9-UOA/14Se aprueba la Contratación Directa Nº 1/14....................................................................................................... Pág. 147

Directivas

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

Directivas N° 7-TSJ/14Se autoriza el llamado a la Licitación Pública N° 2/14........................................................................................ Pág. 150

Licitaciones

Ministerio de Hacienda

Licitación - Preadjudicación N° 232-DGCYC/14................................................................................................ Pág. 152

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Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 224-HGNPE/14............................................................................................................ Pág. 153Expediente - Llamado N° 225-HGNPE/14......................................................................................................... Pág. 154Expediente - Adjudicación N° 5973002-HBR/14................................................................................................ Pág. 154Expediente - Adjudicación N° 5993772-HBR/14................................................................................................ Pág. 154Contratación Directa - Adjudicación N° 708-HOPL/14....................................................................................... Pág. 156

Ministerio de Educación

Licitación - Llamado N° 6-DGAR/14................................................................................................................... Pág. 157Expediente - Llamado N° 4290991-DGAR/13.................................................................................................... Pág. 158

Ministerio de Desarrollo Urbano

Licitación - Llamado N° 2357288-DGTALMDU/14............................................................................................. Pág. 159Licitación - Llamado N° 2359023-DGTALMDU/14............................................................................................. Pág. 159Licitación - Prórroga N° 161-DGTALMDU/13..................................................................................................... Pág. 160

Ministerio de Cultura

Contratación Directa - Llamado N° 2308-EATC/14............................................................................................ Pág. 161Contratación Directa - Llamado N° 2340-EATC/14............................................................................................ Pág. 161

Ministerio de Desarrollo Social

Licitación - Llamado N° 168-DGTALMDS/14..................................................................................................... Pág. 162Licitación - Llamado N° 176-DGTALMDS/14..................................................................................................... Pág. 162

Ministerio de Desarrollo Económico

Licitación - Llamado N° 10-UGIS/14.................................................................................................................. Pág. 163Licitación - Llamado N° 15-UGIS/14.................................................................................................................. Pág. 163Licitación - Llamado N° 365-UGIS/14................................................................................................................ Pág. 164

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Licitación - Adjudicación N° 29-DGESYC/14..................................................................................................... Pág. 165

Autopistas Urbanas S.A.

Actuación N° 5-AUSA/14.................................................................................................................................... Pág. 166

Banco Ciudad De Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 21258-BCOCIUDAD/14............................................................................................... Pág. 167Licitación - Llamado N° 21280-BCOCIUDAD/14............................................................................................... Pág. 167

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Carpeta - Llamado N° 21260-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 168Carpeta - Llamado N° 21287-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 168

Ministerio de Gobierno

Expediente - Preadjudicación N° 2631409-DGTALGOB/13.............................................................................. Pág. 169

Edictos Particulares

Transferencias N° 125-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 170Transferencias N° 126-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 170Transferencias N° 127-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 170Transferencias N° 129-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 171Transferencias N° 130-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 171

Edictos Oficiales

Ministerio de Salud

Notificación N° 234-HGARG/14.......................................................................................................................... Pág. 172

Ministerio de Desarrollo Económico

Expediente N° 4167200-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 173

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Intimaciones N° 1759-IVC/14.............................................................................................................................. Pág. 174Intimaciones N° 1863-IVC/14.............................................................................................................................. Pág. 174

Juzgado Provincial

Citación N° 4018781-JCCO/14........................................................................................................................... Pág. 175

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

Citación N° 4124738-JPCF/14............................................................................................................................ Pág. 176

MINISTERIO PUBLICO FISCAL

Citación N° 4128212-EFC/14.............................................................................................................................. Pág. 177Citación N° 4135946-EFE/14.............................................................................................................................. Pág. 177

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.º 4760

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1º.- El emplazamiento en el espacio público de la Ciudad de Buenos Aires de armarios, gabinetes y/o cajas de maniobras, de protección, de distribución y/o similares, así como instalaciones necesarias para el tendido o apoyo de servicios por parte de personas públicas o privadas, deben contar con el correspondiente permiso de obra y uso del espacio público, expedidos por autoridad competente del Gobierno de la Ciudad. Art. 2°.- La expedición del permiso indicado en el art. 1° de la presente, se basa en criterios de disponibilidad de espacio, contemplando el ancho de las veredas y la circulación peatonal, sin perjuicio de otros aspectos que la Autoridad de Aplicación considere necesarios. Art. 3°.- Las instalaciones a que se refiere el art. 1º no pueden emplazarse en los siguientes ámbitos: 1. A nivel de la acera ni sobre su espacio aéreo en parques, plazas, espacios verdes y avenidas. 2. A nivel de la acera ni sobre su espacio aéreo en Áreas de Protección Histórica y dentro del polígono delimitado por las Avenidas Callao, del Libertador, Alem, La Rábida, Paseo Colón, Belgrano y Entre Ríos, incluidos sus respectivos frentes. 3. En aceras de ancho reducido menores a 1,20 metros. Art. 4°.- Incorpórase al Capítulo I, Sección 4ta., del Libro II del Anexo I de la Ley N° 451, "Actividades lucrativas no permitidas o ejercidas en infracción", el punto 4.1.11.1, el que queda redactado de la siguiente manera: "Toda persona pública o privada que instale o haga instalar armarios, gabinetes y/o cajas de maniobras, de protección, de distribución y/o similares, así como instalaciones necesarias para el tendido o apoyo de servicios en el espacio público de la Ciudad sin contar con el permiso correspondiente emitido por la autoridad competente, será sancionada con una multa de 10.000 a 50.000 unidades fijas y el decomiso de los elementos". Art. 5°.- Las personas públicas o privadas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley hubieran instalado o hecho instalar alguno de los elementos a que se refiere el art. 1°, deberán readecuar gradualmente tales armarios, gabinetes y/o cajas de maniobras, de protección, de distribución y/o similares, así como las instalaciones necesarias para el tendido o apoyo de servicios en el espacio público de la Ciudad, en un plazo máximo de tres (3) años de acuerdo al cronograma que al efecto establezca la reglamentación. Art. 6°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días de su publicación. Art. 7°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

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En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 4.760 (E.E. Nº 6.778577-MGEYA-DGALE-2013), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 14 de noviembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el día 11 de diciembre de 2013. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a los Ministerios de Justicia y Seguridad y Desarrollo Urbano y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Clusellas

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Buenos Aires, 8 de abril de 2014

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Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno

DECRETO N.º 130/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014

VISTO: La Ley N° 4013, el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, el Expediente N“ 3712359/13 y acumulados, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Ministerio de Salud; Que la Dirección Médica del Hospital General de Agudos “Parmenio Piñero“, del precitado Ministerio se encuentra actualmente vacante; Que a tal efecto, el Ministerio que nos ocupa propicia la designación del Dr. Cosme Damián Pagano, D.N.I. N° 8.113.826, CUIL. N° 20-08113826-6, legajo personal N° 234.701, en el precitado cargo; Que conforme lo expresado precedentemente, se procede a dictar la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1º.- Desígnase al Dr. Cosme Damián Pagano, D.N.I. N° 8.113.826, CUIL. N° 20-08113826-6, legajo personal N° 234.701, como Director Médico, con carácter interino, con 44 horas semanales, del Hospital General de Agudos “Parmenio Piñero“, del Ministerio de Salud, partida 4022.0800.MS.16.002 (P.60), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/87, y Resolución N° 375/SSySHyF/06, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe de Departamento de Urgencia, interino, con 40 horas semanales, partida 4022.0800.MS.16.004, del citado Hospital. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido archívese. MACRI - Reybaud - Rodríguez Larreta

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DECRETO N.º 132/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014

VISTO: La Ley Nº 4013, el Decreto Nº 660/11 y sus modificatorios, el Decreto N° 78/14, el Expediente Electrónico Nº 3.169.544/SSCRE/14, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Ministerio de Desarrollo Económico; Que por Decreto N° 78/14, de fecha 21 de febrero de 2014, se modificó parcialmente la estructura organizativa del precitado Ministerio, creándose en la órbita de la Subsecretaría de Economía Creativa, la Dirección General Emprendedores; Que encontrándose vacante dicho cargo, el precitado Ministerio, propone cubrir el mismo; Que a tal efecto, propicia la designación a partir del 21 de febrero de 2014, del señor Mariano Mayer, D.N.I. N° 25.745.179, CUIL. N° 20-25745179-9, como Director General; Que conforme lo expresado precedentemente, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Desígnase a partir del 21 de febrero de 2014, al señor Mariano Mayer, D.N.I. N° 25.745.179, CUIL. N° 20-25745179-9, como Director General de la Dirección General Emprendedores, de la Subsecretaría de Economía Creativa, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6501.0000.M.06. Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta

DECRETO N.º 134/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014

VISTO: El E.E. Nº 4506000/2013 (HGAPP), y

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Que según surge de los presentes actuados, el Dr. Eduardo Alberto Gómez de Rito, D.N.I. N° 04.524.726, CUIL. N° 20-04524726-1, legajo personal 215.541, presentó su renuncia al cargo de Subdirector Médico, interino, con 44 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado Ministerio, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el Dr. Eduardo Alberto Gómez de Rito, D.N.I. N° 04.524.726, CUIL. N° 20-04524726-1, legajo personal 215.541, al cargo de Subdirector Médico, interino, con 44 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0800.MS.16.007 (P61), continúa revistando como Jefe Departamento Cirugía, titular, con 40 horas semanales, partida 4022.0800.MS.16.004 (P62), del citado Hospital. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Reybaud - Rodríguez Larreta

DECRETO N.º 135/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario N° 95/14, el Expediente Nº 7.056.935/13, y CONSIDERANDO: Que por el actuado indicado en el Visto, tramita la Licitación Pública para la contratación del "Servicio de Limpieza y Mantenimiento Integral, Destinado a la conservación de las Estaciones de cada uno de los Corredores del Metrobus de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por Disposición Nº 171-DGCYC/08 la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en su carácter de Órgano Rector, de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que el Área correspondiente confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos y la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos; Que el presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($83.592.000.-);

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CONSIDERANDO:

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Que en el particular, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares, de Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos que rigen la presente Licitación serán obtenidos previo pago de una suma total de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000.-), en miras a la protección de los intereses económicos del Gobierno, que debe observar en todas las etapas del proceso licitatorio los criterios de austeridad y ahorro en el uso de sus recursos, los que en el particular podrían resultar menguados por la extensión y cuantía de la documentación objeto de la presente Licitación, tornándose la gratuidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria; Que la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda ha tomado su debida intervención en un todo de acuerdo a lo prescripto en el Decreto N° 49/13 tal como consta en la Nota N° 629.967-DGRP/14; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que el gasto que se proyecta queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado dentro del presupuesto para el ejercicio o ejercicios siguientes, a los fines de financiar las obligaciones del contrato. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos, como Anexo I (PLIEG N° 4.216.190-DGTALMAEP/14) y el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, como Anexo II (IF N° 3.301.029-DGTALMAEP/14) para la contratación del "Servicio de Limpieza y Mantenimiento Integral, Destinado a la conservación de las Estaciones de cada uno de los Corredores del Metrobus de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", los que forman parte integrante del presente Decreto, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($83.592.000.-). Artículo 2º.- Autorízase al señor Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública de acuerdo a los términos de los Pliegos de Bases y Condiciones que se aprueban por el artículo 1º del presente Decreto. Artículo 3°.- Delégase en el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad de emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación de la presente Licitación aprobada por el artículo 1° del presente Decreto, designar la Comisión de Evaluación que estará encargada del estudio y análisis de las ofertas y dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación, adjudicar la misma y suscribir la pertinente Orden de Compra, como así también dictar todos los actos que sean menester para la ejecución del contrato hasta su finalización, incluyendo la ampliación del total adjudicado y/o prórroga del plazo de duración, así como rescindir el contrato suscripto en caso de corresponder, de conformidad con la normativa aplicable. Artículo 4º.- Establécese que los Pliegos aprobados en el artículo 1° del presente Decreto tendrán un valor de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000.-). Artículo 5º.- Las erogaciones a que dé lugar el servicio que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. Artículo 6°.- Cúrsense las invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 93° de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/14. Artículo 7º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

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Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Notifíquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. MACRI - Cenzón - Rodríguez Larreta

ANEXO

DECRETO N.º 136/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: El Expediente N° 2.170.591/12 e incorporados, y CONSIDERANDO: Que mediante el expediente citado en el visto, la Empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. presenta un reclamo administrativo en razón del Acta Acuerdo suscrita el día 17/02/12 y su Addenda de fecha 09/03/12, que fuera celebrada por la citada empresa, la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios, y el Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Cargas por Automotor, Servicios, Logística y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires; Que a través de los citados acuerdos, los cuales se encuentran debidamente homologados por la autoridad administrativa, las entonces empresas prestatarias del Servicio Público de Higiene Urbana de la Ciudad, en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/03, se han comprometido al pago de las indemnizaciones por antigüedad del personal bajo su dependencia, según Ley de Contrato de Trabajo, encuadrado bajo el Convenio Colectivo Nº 40/89; Que a razón de ello, el 26/09/12 se suscribió entre la Empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un Acta Acuerdo mediante la cual se le reconoció a la citada empresa en su carácter de prestataria del citado Servicio Público, los mayores costos que debió abonar la misma con motivo de la continuidad del referido Servicio en la Zona 1, al vencimiento de la Licitación Pública mencionada precedentemente y que incidieran exclusivamente en las indemnizaciones por antigüedad del personal bajo su dependencia, según la Ley de Contrato de Trabajo, encuadrado bajo el Convenio Colectivo precitado por el período comprendido entre el 1º de febrero de 1998 hasta el 29 de febrero de 2012; Que la citada empresa en la Cláusula Segunda de la referida Acta realizó una reserva para reclamar oportunamente la totalidad de los conceptos accesorios de todos los períodos, así como continuar con el reclamo del período comprendido entre los años 1987 y 1998; Que por el expediente citado en el Visto, la empresa reclama las indemnizaciones por antigüedad del personal bajo su dependencia concerniente al período comprendido entre el año 1987 al 1/02/1998;

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Que habiendo tomado intervención la Dirección General de Limpieza y la Subsecretaría de Administración, ambas del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, surge que la Empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. cuenta con personal que se viene desempeñando a través de los sucesivos contratos suscriptos con el GCABA, desde el año 1987, en que comenzó a prestar los servicios conforme Licitación Pública N° 14/87 Contratación de los Servicios para la Recolección de Residuos Domiciliarios y Especiales, Barrido y Limpieza de Calzadas, incluyendo el Levantamiento y Transporte de los Residuos Generados dentro del Área denominada Zona VILLAS, garantizando a los mismos la continuidad de la relación laboral, y la fuente de trabajo;

Que atento ello, dada la continuidad laboral de los trabajadores de la empresa, las áreas técnicas concluyen que no existe distinción alguna entre el periodo trabajado por los empleados de la citada firma entre 1987-1998, correspondiente a la Licitación Pública N° 14/87 y los siguientes, comprendidos entre los años 1998-29/2/12, correspondientes a las Licitaciones Públicas N° 14/97 y 6/03, resaltando que el personal contratado por la empresa en el periodo 1987-1998 no fue indemnizado a la finalización del contrato, por lo que la antigüedad de este personal continuó hasta el día de la fecha; Que conforme a lo expuesto por la Dirección General de Limpieza, la Empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A., al haber resultado adjudicataria de la Licitación N° 14/97, no desvinculó ni indemnizó a su personal que continuó prestando tareas en la Licitación N° 14/97; Que en tal contexto, la citada repartición entendió que no pudiendo la contratista prever esta situación, así como frente a la obligación de acatamiento por tratarse de un Servicio Público, se ha producido una modificación sustancial respecto de la ecuación económica financiera que debió prever la contratista al momento de la presentación de su oferta, en relación al objeto principal del reclamo; Que en mérito a lo expuesto, las mencionadas áreas técnicas del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, entendieron que la contratista debe tener el respaldo financiero para afrontar la ejecución del contrato en el lapso que va desde el momento del comienzo de ejecución y el momento contractual en que legalmente debe finalizar el contrato y que dadas las particularísimas circunstancias del caso, corresponde proceder a reconocer los mayores costos que tal situación ha generado, dejándose constancia que el presente reconocimiento se trata de una excepcionalidad, por resultar las causas de la distorsión ajenas a la contratista; Que, asimismo, se expidió la Dirección General de Redeterminación de Precios, dependiente del Ministerio de Hacienda, a los fines de determinar los montos involucrados en el reclamo; Que de conformidad con lo expuesto, y previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se celebró con fecha 7 de enero de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gobierno, el acta acuerdo cuya aprobación se propicia y que como Anexo I, (IF SADE N° 160828-MAYEPGC/14), forma parte integrante del presente Decreto, reconociéndose de manera excepcional a la Empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A., en los términos allí expresados los mayores costos que provocara la continuidad del Servicio Público de Higiene Urbana en la Zona 1, por el período comprendido entre el año 1987 y el 1 de febrero de 1998 y que incidieran exclusivamente en las indemnizaciones por antigüedad del personal bajo su dependencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Apruébase el Acta Acuerdo suscripta el día 7 de enero de 2014 entre el Ministerio de Ambiente y Espacio Público y la Empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. adjudicataria de la Zona 1 de la Licitación Pública Nacional e

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Internacional Nº 6/03, que como Anexo I, (IF SADE N° 160828-MAYEPGC/14), forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- Se deja constancia que las sumas involucradas en el Acta Acuerdo que se aprueba por el artículo 1° del presente Decreto, serán abonadas una vez que se determine la disponibilidad de los créditos que proporcionen el financiamiento aplicable al caso. Artículo 3º.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Ambiente y Espacio Público, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, comuníquese al Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. MACRI - Cenzón - Grindetti - Rodríguez Larreta

ANEXO

DECRETO N.º 137/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico Nº 3.510.714/DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 4.013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Ministerio de Desarrollo Económico; Que según surge de los presentes actuados, diferentes funcionarios, han presentado sus respectivas renuncias a los cargos que desempeñan como Directores Generales, a partir del 20 de marzo de 2014; Que en consecuencia, encontrándose vacantes dichos cargos, el Ministerio en cuestión, propicia la designación a partir de la mencionada fecha, de diferentes personas; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptase a partir del 20 de marzo de 2014, la renuncia presentada por la Contadora Paula Beatriz Villalba, D.N.I. 21.729.726, CUIL. 27-21729726-0, como Directora General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico, deja partida 6501.0010.M.06.

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Artículo 2°.- Acéptase a partir del 20 de marzo de 2014, la renuncia presentada por el Dr. Juan Martín Barrailh Ortiz, D.N.I. 25.430.862, CUIL. 20-25430862-6, como Director General de la Dirección General Administración de Bienes, de la Subsecretaría de Inversiones, del Ministerio de Desarrollo Económico, deja partida 6585.0000.M.06, reintegrándoselo a la partida que retenía sin percepción de haberes 6501.0110.P.A.01.0000, de la Gerencia Operativa Legales, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del citado Ministerio. Artículo 3°.- Desígnase a partir del 20 de marzo de 2014, al Dr. Juan Martín Barrailh Ortiz, D.N.I. 25.430.862, CUIL. 20-25430862-6, como Director General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6501.0010.M.06, reteniendo sin percepción de haberes la partida 6501.0010.P.A.01.0000, de la Gerencia Operativa Legales, de la citada Dirección General. Artículo 4°.- Desígnase a partir del 20 de marzo de 2014, al señor Pedro Comin

Villanueva, D.N.I. 18.765.134, CUIL. 20-18765134-5, como Director General de la Dirección General Administración de Bienes, de la Subsecretaría de Inversiones, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6585.0000.M.06. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta

DECRETO N.º 138/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 550/11, 660/11, 724/11, 329/13, 343/13 y 78/14 y el E.E. N °2.946.949/DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 4013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyéndose el Ministerio de Desarrollo Económico; Que posteriormente por Decreto N° 78/14, fue modificada parcialmente la estructura organizativa del precitado Ministerio, respecto a las denominaciones de las Subsecretarías de Trabajo y de Desarrollo Económico, por las de Subsecretarias de Trabajo, Industria y Comercio y de Economía Creativa, respectivamente y la Dirección General de Gestión de Actividades Científicas y Tecnológicas, por la Dirección General Ciencia y Tecnología; Que por los Decretos Nros. 550/11 y 724/11, se designó al Contador Ezequiel Sabor, como titular de la entonces Subsecretaría de Trabajo, y al Licenciado Miguel Omar Velardez como titular de la entonces Dirección General de Gestión de Actividades Científicas y Tecnológicas, respectivamente; Que por su parte el Decreto N° 329/13, rectificado por el Decreto N° 343/13, designó al Licenciado Enrique Luis Avogadro, como titular de la entonces Subsecretaría de Desarrollo Económico;

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Que según surge de los presentes actuados, el citado Ministerio solicita la continuidad del Contador Ezequiel Sabor, DNI N° 21.923.142, CUIL. N° 20-21923142-4, como Subsecretario de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, del Licenciado Enrique Luis Avogadro, DNI N° 25.641.207, CUIL. N° 20- 25641207-2, como Subsecretario de la Subsecretaría de Economía Creativa y del Licenciado Miguel Omar Velardez, DNI N° 22.628.122, CUIL. N° 20-22628122-4, como Director General de la Dirección General Ciencia y Tecnología; Que por lo expuesto, resulta necesario designar a partir del 21 de febrero de 2014, a los citados profesionales en los cargos en cuestión; Que conforme lo expresado, corresponde dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Desígnase a partir del 21 de febrero de 2014, al Contador Ezequiel Sabor, DNI N° 21.923.142, CUIL. N° 20-21923142-4, como Subsecretario de la Subsecretaría

de Trabajo, Industria y Comercio del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6501.0030.M.05, cesando como Subsecretario de la Subsecretaría de Trabajo del citado Ministerio, deja partida 6501.0030.M.05. Artículo 2°.- Desígnase a partir del 21 de febrero de 2014, al Licenciado Enrique Luis Avogadro DNI N° 25.641.207. CUIL. N° 20-25641207-2, como Subsecretario de la Subsecretaría de Economía Creativa, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6501.0020.M.05, cesando como Subsecretario de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, del citado Ministerio, deja partida 6501.0020.M.05. Artículo 3°.- Desígnase a partir del 21 de febrero de 2014, al Licenciado Miguel Omar Velardez, DNI N° 22.628.122, CUIL. N° 20-22628122-4, como Director General de la Dirección General Ciencia y Tecnología de la Subsecretaría de Economía Creativa, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6563.0000.M.06, cesando como Director General de la Dirección General de Gestión de Actividades Científicas y Tecnológicas, del citado Ministerio, deja partida 6563.0000.M.06. Artículo 4°.- EI presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización, y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta

DECRETO N.º 139/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: El E.E. Nº 5044768/2013 (DGLTSSASS), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el Dr. Juan Carlos Ortega, D.N.I. N° 08.288.442, CUIL. N° 20- 08288442-5, legajo personal 230.465, presentó su renuncia a partir del 28 de agosto de 2013, al cargo de Director Médico, interino, con 44 horas semanales, del Hospital de Quemados, del Ministerio de Salud;

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Que como consecuencia de lo expresado, el precitado Ministerio, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptase a partir del 28 de agosto de 2013, la renuncia presentada por el Dr. Juan Carlos Ortega, D.N.I. N° 08.288.442, CUIL. N° 20-08288442-5, legajo personal 230.465, al cargo de Director Médico, interino, con 44 horas semanales, del Hospital de Quemados, del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0100.MS.16.002 (P60), continúa revistando como Jefe Sección Guardia del Día, titular, con 40 horas semanales, partida 4022.0100.MS.16.016 (G65), del citado Hospital. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Reybaud - Rodríguez Larreta

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Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.º 338/MJGGC/14

Buenos Aires, 3 de abril de 2014

VISTO: El Decreto Nº 2/14, el Expediente N°4.066.490-MGEYA-DGTALMJG/14, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas del Inciso 4- Bienes de uso, del presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora 320- Subsecretaría de Transporte; Que, dicha modificación, responde a distintas necesidades presupuestarias de la Unidad Ejecutora 320- Subsecretaría de Transporte, para las cuales el Inciso 4- Bienes de uso, del Programa 70- Transporte Masivo de Buses Rápidos (Proyecto 1- Transporte Masivo de Buses Rápidos, Obra 52- Metrobus Cabildo), no cuenta con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado al mismo inciso, proyecto y programa, pero de la Obra 54- Corredor B.R.T, dado que la misma cuenta con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 2/14 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados al Inciso 4- Bienes de uso, del Programa 70- Transporte Masivo de Buses Rápidos, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como IF- 2014-04077989-DGTALMJG forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y gírese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido archívese. Rodríguez Larreta

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 347/MJGGC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 2/14, el Expediente N°3.984.469-MGEYA-DGTALMJG/14, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas del Inciso 2- Bienes de consumo y 3- Servicios no personales, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 276- Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, 320- Subsecretaría de Transporte, 721- Dirección General de Licencias, y 2013- Consejo de Gestión del Parque de la Memoria; Que, dicha modificación, responde a distintas necesidades presupuestarias de las Unidades Ejecutoras 320- Subsecretaría de Transporte, y 2013- Consejo de Gestión del Parque de la Memoria, para las cuales los Incisos 2- Bienes de consumo, y 3- Servicios no personales, de los Programas 8- Actividades Comunes a los Programas 31, 33, 35, 36, 68, 70 y 74, y 26- Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas, no cuentan con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a los mismos incisos, pero de los Programas 26- Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas, 31- Ordenamiento y Control de Tránsito y Transporte, y 36- Emisión de Licencias, dado que los mismos cuentan con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 2/14 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 2- Bienes de consumo y 3- Servicios no personales, de los Programas 8- Actividades Comunes a los Programas 31, 33, 35, 36, 68, 70 y 74, 26- Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas, 31- Ordenamiento y Control de Tránsito y Transporte, y 36- Emisión de Licencias, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como IF-2014-04247934-DGTALMJG forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y gírese a la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido archívese. Rodríguez Larreta

ANEXO

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.º 465/MHGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 4809 promulgada por el Decreto N° 523-GCABA-2013, la distribución analítica aprobada por Decreto N° 1-GCABA-14 (B.O 4311.), el Decreto N° 2-GCABA-14 (B.O 4311.), el Expediente Nº 3.087.531-14, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente; Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran la solicitada por el Ministerio de Educación a fin de crear la partida 6.9.2 "Adelantos a proveedores y contratistas a corto plazo" en distintos proyectos de la Jurisdicción, la requerida por la Dirección General Mantenimiento de la Flota Automotor dependiente del Ministerio de Hacienda con el objeto de incrementar la partida 3.5.4 "Primas y gastos de seguros" y reflejar el pago de la póliza de seguros de la flota automotor período enero / agosto 2014; la propiciada por el Ministerio de Salud con relación a una transferencia de créditos a favor del Ministerio de Desarrollo Económico en el marco del programa Integración de personas con discapacidad que ejecuta la Secretaria de Hábitat e Inclusión, la gestionada por el Ministerio de Educación con relación a la incorporación al Presupuesto vigente de los recursos existentes en las cuentas escriturales: "Infraestructura Escolar e Instituto Nacional de Formación Docente; así como también aquellas otras readecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, se ha de regularizar en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) el crédito de las partidas tipificadas como indicativas en el articulo 4° del Decreto N° 2/13 correspondientes a distintas Jurisdicciones; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo IX, Artículo 36, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2014, aprobadas por Decreto N° 2-GCBA-14 (B.O 4311.); Que, resulta necesario asimismo autorizar a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Gestión y Administración Económica a efectuar modificaciones crediticias al Presupuesto vigente a fin de regularizar el actual plan de inversiones de acuerdo a los términos de la Ley Nacional N° 23.548, sus modificatorias y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 206-PEN-09 reglamentado por el Decreto N° 243-PEN-09; Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Articulo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo I que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 2º.- Apruébase la regularización de partidas indicativas correspondientes a distintas Jurisdicciones, de acuerdo al detalle de MP obrante en el Anexo II que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución.

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Articulo 3°.- Autorizase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Gestión y Administración Económica a realizar modificaciones crediticias al Presupuesto vigente, hasta la concurrencia de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES ($8.702.663) a fin de readecuar el actual plan de obras de acuerdo a los términos de la Ley Nacional N° 23.548, sus modificatorias y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 206-PEN-09 reglamentado por el Decreto N° 243-PEN-09. Articulo 4º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti

ANEXO

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 196/MJYSGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014

VISTO: El EE Nº 3140374/MGEYA/SSEMERG/13, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita el Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio interpuesto por el señor Mohamad Daniel, D.N.I. Nº 10.923.587, contra la Resolución Nº 906/SSEMERG/13, notificada el día 5 de julio de 2013, por la cual se denegó la solicitud de subsidio por los daños alegados en el automotor dominio ACY 939, presuntamente ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 2 de abril de 2013, toda vez que el mismo se encuentra radicado en extraña jurisdicción; Que la normativa aplicable para las inundaciones acaecidas los días 1 y 2 de abril del 2013, es la establecida en el DNU Nº 1/13 ratificada por Resolución N° 32/LCABA/13, la Ley Nº 4505, el Decreto Nº 117/13, la Resolución Nº 609/SSEMERG/13 y normativa complementaria; Que el administrado interpuso el recurso referido, el que resultó desestimado mediante Resolución N° 72/SSEMERG/14, notificada el día 31 de enero de 2014; Que con fecha 19 de febrero de 2014 se notificó al administrado sobre los términos del artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad, sin que se haya presentado en uso de tal facultad; Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso incoado conforme los artículos 108 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad; Que conforme surge del Título de Propiedad el vehículo se encuentra radicado en San Isidro, Provincia de Buenos Aires, Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante Informe Nº 2014- 03625277-PGAAPYF, señaló que el artículo 5 de la Resolución Nº 609/SSEMERG/13, reglamentaria del DNU Nº 1/13, establece que no se otorgarán subsidios por daños a bienes muebles registrables cuya radicación jurisdiccional no sea la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en consecuencia el Órgano de la Constitución concluyó que corresponde desestimar el recurso intentado. Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el Sr. Mohamad Daniel, D.N.I. Nº 10.923.587, contra la Resolución Nº 906/SSEMERG/13. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al interesado. Pase para su conocimiento, archivo y demás efectos a la Subsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro

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RESOLUCIÓN N.° 197/MJYSGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: El Registro N° 1416-DGDCIV-2009, y CONSIDERANDO: Que mediante la Disposición Nº 3324-DGDCIV-13, notificada el día 3 de julio de 2013, se denegó la expedición de la constancia de evaluación positiva relativa al Plan de Evacuación y Simulacros para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión previsto por la ley Nº 1346 correspondiente al Establecimiento Geriátrico "Beit Avot“ de Beit Avot S.R.L, ubicado en la calle Céspedes 3135; Que contra la referida Disposición, se realizó con fecha 3 de julio de 2013 una presentación caratulada Recurso de Reconsideración con Jerárquico en Subsidio, esgrimiendo que el establecimiento cuenta con el personal exigido para su habilitación, que cumple con los requerimientos del marco regulatorio para geriátricos y que resulta económicamente inviable la contratación de personal extra para cubrir emergencias; Que mediante Disposición N° 4719-DGDCIV-13 la Dirección General de Defensa Civil desestimó la reconsideración interpuesta, la que fue debidamente notificada con fecha 13 de agosto de 2013; Que habiendo tomado intervención el Órgano de la Constitución mediante Informe Nº IF-2014-03046365- DGSUM indicó que de los fundamentos técnicos brindados por la autoridad de aplicación en la materia, corresponde desestimar el recurso incoado. Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Articulo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto contra la Disposición Nº 3324- DGDCIV-13. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al interesado y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Defensa Civil. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.º 199/MJYSGC/14

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014

VISTO: El Decreto N°67/10, las Resoluciones N° 51/MHGC/10, N° 377/MJYSGC/12, N° 339/MHGC/14 y N° 160/MJYSGC/14, la Disposición Nº 9/DGCG/10 y el Expediente N° 2600401/14, y CONSIDERANDO:

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Que mediante el expediente citado en el visto la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes solicitó una Caja Chica Especial por la suma de pesos cuarenta y dos mil ($ 42.000.-) destinada a afrontar los gastos dentro del marco que demandara el Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado mediante Resolución N° 377/MJYSGC/12;

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Que por la Resolución N° 160/MJYSGC/14 se asignaron los fondos mencionados, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 339/MHGC/14; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que serán responsables de la administración y rendición de los fondos en cuestión la Sra. María Eugenia Pico, DNI N° 26.134.153, el Sr. Fernando Antar, D.N.I. N° 22.500.039 y el Sr. Juan Pablo Sassano, DNI N° 20.891.111, debiéndose depositar los mismos en la cuenta corriente Nº 20005/9 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sucursal 52; Que atento la intervención que le cupo a la Dirección General de Contaduría, corresponde dejar sin efecto la Resolución N ° 160/MJYSGC/14 y dictar el acto administrativo que asigne los fondos en cuestión, de acuerdo las pautas indicadas por dicha repartición; Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Déjese sin efecto la Resolución N° 160/MJYSGC/14. Artículo 2.- Asignase a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes dependiente de este Ministerio de Justicia y Seguridad, fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de pesos cuarenta y dos mil ($ 42.000.-) en 4 entregas parciales, la 1ra. de pesos diez mil quinientos ($ 10.500.-), la 2da. Pesos diez mil quinientos ($ 10.500.-), la 3ra. de pesos diez mil quinientos ($ 10.500.-) y la 4ta. de pesos diez mil quinientos ($ 10.500.-) para afrontar los gastos que demandara Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado mediante Resolución N°

377/MJYSGC/12, debiendo depositarse en la cuenta corriente Nº 20005/9, sucursal 52 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Beneficiario 2255 correspondiente a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes. Artículo 2.- Son responsables de la administración y rendición de los fondos mencionados precedentemente la Sra. María Eugenia Pico, DNI N° 26.134.153, el Sr. Fernando Antar, D.N.I. N° 22.500.039 y el Sr. Juan Pablo Sassano, DNI N° 20.891.111. Artículo 3.- En los casos que los comprobantes superen los pesos cinco mil ($ 5.000.-), deberán presentarse 3 presupuestos a efectos de acreditar la adjudicación a la oferta más conveniente, debiéndose justificar apropiadamente la no presentación de los mismos, como así también deberán practicarse las retenciones impositivas pertinentes en caso de corresponder. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro

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RESOLUCIÓN N.º 200/MJYSGC/14

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014

VISTO: El Decreto N°67/10, las Resoluciones N° 51/MHGC/10, N° 232/MHGC/14 y N° 162/MJYSGC/14, la Disposición Nº 9/DGCG/10 y el Expediente N° 1663477/14, y CONSIDERANDO: Que mediante el expediente citado en el visto la Dirección General de Logística dependiente de la Subsecretaria de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, solicita la asignación de fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de pesos seiscientos mil ($600.000) para solventar la compra y el alquiler de materiales, maquinarias, herramientas, equipos, agua, alimentos y demás elementos necesarios para responder a emergencias y/o catástrofes que puedan acontecer o para efectuar gastos en materia de prevención de emergencias y/o catástrofes, incluidos aquellos simulacros y capacitaciones que deban efectuarse para posibilitar una adecuada capacidad de respuesta de las áreas de emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 162/MJYSGC/14 se asignaron los fondos mencionados, de conformidad con lo establecido por Resolución Nº 232/MHGC/14; Que a efectos de permitir la celeridad, economía, eficacia y sencillez del accionar administrativo que asegure el accionar operativa de la citada Unidad de Organización se requiere la excepción de las exigencias establecidas en el punto I, in fine, del Anexo III de la Disposición N° 9/DGCG/10; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que serán responsables de la administración y rendición de los fondos en cuestión el Sr. Director General de Logística, Gonzalo Fuertes, DNI N° 26.632.832 y el Agente Esteban Murua, DNI N° 18.389.755, debiéndose depositar los mismos en la Cuenta Corriente Nº 1105/9 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 30; Que atento a la intervención que le cupo a la Dirección General de Contaduría, corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 162/MJYSGC/14 y dictar el acto administrativo que asigne los fondos en cuestión, de acuerdo las pautas indicadas por dicha repartición, Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Déjese sin efecto la Resolución N° 162/MJYSGC/14. Artículo 2.- Asignase a la Dirección General de Logística dependiente de este Ministerio de Justicia y Seguridad fondos en concepto de Caja Chica Especial por la

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suma de pesos seiscientos mil ($600.000), en dos entregas parciales, la 1ra de pesos trescientos mil ($300.000) y la 2da. de pesos trescientos mil ($300.000), por única vez y sin límite por comprobantes, para solventar la compra y el alquiler de materiales, maquinarias, herramientas, equipos, agua, alimentos y demás elementos necesarios para responder a emergencias y/o catástrofes que puedan acontecer o para efectuar gastos en materia de prevención de emergencias y/o catástrofes, incluidos aquellos simulacros y capacitaciones que deban efectuarse para posibilitar una adecuada capacidad de respuesta de las áreas de emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, debiendo depositarse en la cuenta corriente Nº1105/9 sucursal 30 del Banco Ciudad de Buenos Aires Beneficiario 43507. Artículo 3.- Exceptuase a la Unidad de Organización mencionada en el párrafo anterior de cumplimentar las exigencias establecidas en el punto I, in fine, del Anexo III de la Disposición N° 9/DGCG/10 y de lo previsto en el punto 1 del Anexo III de la Disposición N° 183/DGCG/13, modificatoria de la Disposición N ° 9/DGCG/10. Artículo 4.- Son responsables de la administración y rendición de los fondos mencionados precedentemente el Sr. Director General de Logística, Esteban Fuertes, DNI N° 26.632.832 y el Agente Esteban Murua, DNI N° 18.389.755. Artículo 5.- En los casos que las erogaciones superen los pesos cinco mil ($5.000), deberán presentarse tres (3) presupuestos a efectos de acreditar la adjudicación a la oferta más conveniente debiéndose justificar apropiadamente la no presentación de los mismos, como así también deberán practicarse las retenciones impositivas pertinentes en caso de corresponder. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Logística y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.º 201/MJYSGC/14

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014

VISTO: Los Decretos Nº 67/10 y N° 93/14, las Resoluciones N° 735/MJYSGC/13 y N° 31/MJYSGC/14 y el Expediente N° 3596816/14, y CONSIDERANDO: Que a través del Decreto N° 93/14 se aceptó la renuncia, a partir del 10 de marzo de 2014, del Sr. Guillermo Rafael Depierro, al cargo de Director General del Organismo Fuera de Nivel Registro de Verificación de Autopartes dependiente de este Ministerio de Justicia y Seguridad; Que por la norma citada precedentemente fue designado en dicho cargo, a partir del 11 de marzo de 2014, el Sr. Gustavo Enrique Montenegro, DNI N°21.537.678; Que en virtud de ello, se propicia la modificación de los responsables de la Administración y Rendición de los Fondos otorgados al Organismo Fuera de Nivel Registro de Verificación de Autopartes dependiente de este Ministerio de Justicia y Seguridad, en concepto de Caja Chica Común, Caja Chica Especial, Viáticos y Movilidad y Fondo con Cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que es necesario actualizar entonces, la nómina de los responsables del manejo y administración de los fondos otorgados a la citada Unidad de Organización; Que la normativa vigente establece que el responsable máximo de cada Jurisdicción debe designar a los responsables del manejo y rendición de fondos. Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

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Articulo 1.- Cesan como Responsables de la Administración y Rendición de los fondos otorgados al Organismo Fuera de Nivel Registro de Verificación de Autopartes de este Ministerio de Justicia y Seguridad, en concepto de Caja Chica Común, Caja Chica Especial, Viáticos y Movilidad y Fondo con Cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, el Sr. Guillermo Rafael Depierro, DNI N° 25.235.725, el Sr. Cesar Augusto Romero, DNI N° 14.812.932 y la Sra. Vanesa Noemí Díaz, DNI N° 30.460.575. Artículo 2.- Desígnanse como Responsables de la Administración y Rendición de los fondos mencionados en el articulo 1°, al Sr. Gustavo Enrique Montenegro, DNI N°21.537.678 y a la Sra. Susana Isabel Bustos, DNI N° 23.244.528. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Organismo Fuera de Nivel Registro de Verificación de Autopartes y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.º 32/SSPDRC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 224/13, la Resolución Conjunta Nº 2495-MJGGC/MHGC/09 y los Expedientes Nº 3653226/14, Nº 3653205/14, Nº 3653188/14, Nº 3653175/14, Nº 3653148/14, Nº 3653134/14, Nº 3653121/14, Nº 3653100/14, Nº 3653003/14, Nº 3653011/14, Nº 3653024/14, Nº 3653048/14, Nº 3653089/14, Nº 3653104/14, Nº 3653178/14, Nº 3653252/14 CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación se solicita la contratación de diversas personas para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 01/03/2014 y el 31/12/2014; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto Nº 224/13, y su Resolución Reglamentaria Nº 2495/MJGGC-MHGC/09, por los cuales se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE PREVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

RESUELVE Artículo 1.- Autorizase la contratación de diversas personas para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo 04211751/2014 que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- La suscripción de los contratos autorizados por el Artículo 1 de la presente Resolución estará a cargo del Sr. Director General de Políticas de Prevención del Delito.

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EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

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Artículo 3.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales, en una Orden de Pago. Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y

Seguridad, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Borrelli

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 33/SSPDRC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 224/13, la Resolución Conjunta Nº 2495-MJGGC/MHGC/09 y los Expedientes Nº 3652619/14 y 3652535/14 CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación se solicita la contratación de diversas personas para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 01/03/2014 y el 31/12/2014; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto Nº 224/13, y su Resolución Reglamentaria Nº 2495/MJGGC-MHGC/09, por los cuales se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE PREVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

RESUELVE Artículo 1.- Autorizase la contratación de diversas personas para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo 4213346/2014 que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- La suscripción de los contratos autorizados por el Artículo 1 de la presente Resolución estará a cargo del Sr. Director General de Políticas de Prevención del Delito. Artículo 3.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales, en una Orden de Pago. Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería.

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Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Borrelli

ANEXO

RESOLUCIÓN N° 34/SSPDRC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: El Decreto 67/2010, las Resoluciones Nº 51/MHGC/2010, Nº 93/MJYSGC/2012 y Nº 170/MJYSGC/2012, Nº 163/MJYSGC/2014 la Resolución Conjunta 10/SECLYT/13 la Disposición Nº 9/DGCG/2010 y el Expediente Nº 354077-SSPDRC-2014 y; CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación tramita la rendición de la Caja Chica común Nº 1/2014, otorgada en el marco del Decreto Nº 67/2010, destinada para afrontar los gastos urgentes y necesarios que demande el normal funcionamiento de esta Unidad de Organización; Que, el gasto comprobantes N° 6, 14 y 49 corresponde a adaptadores y alargues que se necesitaban urgente para instalar puestos de trabajo; N° 17 corresponde a la compra de sacapuntas que Stapples no poseía en stock; Nº18 corresponde insumo para el botiquín; N° 34 corresponde a que el empleado ha mal interpretado la pregunta del vendedor y dio la de su domicilio particular; los Nº 36-37 y 38 depositados juntos por un total de $60, redondeando para poder hacer dicho depósito. Ticket original en comprobante Nº 36; el Nº 43 corresponde al resguardo del vehículo oficial (LDE161), debido a que el chofer se encontraba con licencia ordinaria y el Subsecretario debió guardarlo cerca de su domicilio para utilizarlo y los comprobantes Nº 7 y 11 corresponden a cargas de combustible del mismo vehículo oficial, ya que no ha sido suficiente el monto asignado. Que, todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad; Que, el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario; Por ello, atento el Art. Nº 1 del Anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/2012 y en uso de las facultades conferidas;

EL SUBSECRETARIO DE PREVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.-Dejese sin efecto las Resoluciones 22-2014-SSPDRC y 31-2014-SSPDRC Articulo 2º.-Apruébense los gastos correspondientes a la Caja Chica Común Nº 1/2014 otorgada en el marco del Decreto Nº 67/2010, destinada a atender las erogaciones urgentes y necesarias por un monto total de pesos quince mil uno con cincuenta centavos ($15.001,50), Comprobantes IF-4240875-2014 y las planillas que como Anexos IF -4166761-2014, IF 42240115-2014 forman parte integrante de la misma. Artículo 3°.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas presupuestarias en vigencia.

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Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese

Borrelli

ANEXO

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.º 440/MSGC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO: El Expediente Electrónico N° 04096077-MGEYA-DGSUM-14; y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la Providencia N° 3333061-DGSUM-14 relacionada con el sumario administrativo oportunamente dispuesto mediante Resolución n° 931-MSGC-13; Que a través del citado acto resolutivo, se ordenó la pertinente investigación administrativa con el objeto de investigar los hechos y determinar o no la existencia de responsabilidades funcionales con motivo de los Mandamientos Judiciales con Habilitación de días y Horas inhábiles emanados del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n° 2, Secretaría N° 4, relacionado con los autos "GCBA s/ Otros Procesos Incidentales" Expediente N° 42.492/1; Que dicha circunstancia motivó la instrucción del sumario N° 253/13 recaído en el Expediente N° 3547849/13 y su incorporado Expediente N° 3527465/13, donde se investiga la situación del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand"; Que la Dirección General de Sumarios entendió necesario, a los fines de un mayor ordenamiento procesal y celeridad, dictar la Disposición n° 5-DGSUM-13, mediante la cual se dispuso la formación de sumarios separados para investigar la situación de cada uno de los establecimientos asistenciales citados en los Considerandos de la Resolución n° 931-MSGC-13, ya citada; Que dada intervención a la Unidad Auditoría Interna de este Ministerio de Salud, procedió a realizar tareas de fiscalización relacionadas con el funcionamiento de las morgues hospitalarias; Que de los Informes emanados del Órgano de Contralor Interno, surgen diversas irregularidades que exceden el marco de la investigación contemplada en la Resolución n° 931-MSGC-13; Que en consecuencia, corresponde por razones de inmediatez y economía procesal, que las anomalías observadas por la Unidad de Auditoría Interna de esta Cartera Ministerial, sean investigadas dentro de los sumarios correspondientes a cada uno de los efectores de salud; Que en tal sentido, corresponde disponer la ampliación del objeto de investigación de las actuaciones sumariales en trámite por ante la Dirección General de Sumarios dependiente de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo n° 253/13, recaído en el Expediente N° 3547849/13, en el marco de las irregularidades observadas en el

Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 054-UAIMS-13, Proyecto I16/13, relacionado con el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand". Artículo 2°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo n° 284/13, recaído en el Expediente N° 3819889/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 060-UAIMS-13, Proyecto I26/13, relacionado con el Hospital de Salud Mental "Braulio Moyano".

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Artículo 3°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 285/13, recaído en el Expediente N° 3819904/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 043-UAIMS-13, Proyecto N° I28, relacionado con el Hospital General de Agudos "Dr. Parmenio Piñero". Artículo 4°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 286/13, recaído en el Expediente N° 3819917/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 046-UAIMS-13, Proyecto I27/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna". Artículo 5°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 287/13, recaído en el Expediente N° 3819965/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 037-UAIMS-13, Proyecto I20/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Alvarez". Artículo 6°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 288/13, recaído en el Expediente N° 3819990/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 047-UAIMS-13, Proyecto I24/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández". Artículo 7°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 289/13, recaído en el Expediente N° 3820001/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 039-UAIMS-13, Proyecto I29/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano". Artículo 8°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 290/13, recaído en el Expediente N° 820021/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna ° 040-UAIMS-13, Proyecto I33/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú". Artículo 9°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 291/13, recaído en el Expediente N° 784331/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna ° 042-UAIMS-13, Proyecto I21/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich". Artículo 10°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 292/13, recaído en el Expediente N° 3784337/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 033-UAIMS-13, Proyecto I14/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni". Artículo 11°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 293/13, recaído en el Expediente N° 3784358/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 036-UAIMS-13, Proyecto I34/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Velez Sarsfield". Artículo 12°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 295/13, recaído en el Expediente N° 3784975/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 044-UAIMS-13, Proyecto I19/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Bernardino Rivadavia". Artículo 13°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 296/13, recaído en el Expediente N° 3773856/13, en el marco de las irregularidades observadas en el

Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 050-UAIMS-13, Proyecto I18/13, relacionada con el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía". Artículo 14°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 276/13, recaído en el Expediente N° 3830625/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 049-UAIMS-13, Proyecto I17/13, relacionada con el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco J. Muñiz". Artículo 15°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 277/13, recaído en el Expediente N° 3830660/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 038-UAIMS-13, Proyecto I30/13, relacionada con el Hospital de Quemados. Artículo 16°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 278/13, recaído en el Expediente N° 3830689/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 041-UAIMS-13, Proyecto I23/13, relacionada con el Hospital de Oncología "María Curie".

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Artículo 17°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 279/13, recaído en el Expediente N° 3830716/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 048-UAIMS-13, Proyecto I31/13, relacionada con el Hospital Materno Infantil "Dr. Ramón Sardá". Artículo 18°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 280/13, recaído en el Expediente N° 3829547/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 045-UAIMS-13, Proyecto I25/13, relacionada con el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez". Artículo 19°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 281/13, recaído en el Expediente N° 3829562/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 035-UAIMS-13, Proyecto I15/13, relacionada con el Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde". Artículo 20°.- Amplíase el objeto del sumario administrativo N° 283/13, recaído en el Expediente N° 3829774/13, en el marco de las irregularidades observadas en el Informe de la Unidad de Auditoría Interna N° 051-UAIMS-13, Proyecto I22/13, relacionada con el Hospital de Salud Mental "José T. Borda". Artículo 21°.- Pase a la Dirección General de Sumarios, a los fines dispuestos en los artículos precedentes. Reybaud

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.° 780/MEGC/14

Buenos Aires, 6 de febrero de 2014 VISTO: La Ley 4.109, el Decreto N° 62/13, El Expediente Nº 3.826.413/13, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley 4109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13 por el cual se reglamentó la Ley 4109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo D.N.I. N° 17.108.373 en los establecimientos que se nominan en el Anexo (IF-2014-00450470-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Comuníquese a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese al docente nominado en el anexo de la presente en los términos del Artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/GCBA/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 1455/MEGC/14

Buenos Aires, 17 de marzo de 2014 VISTO: El E.E. Nº 2236358/2014, (MEGC), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011 y modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que según surge de los presentes actuados, el Ministerio de Educación, peticiona las designaciones a partir del 1 de enero de 2014, de diferentes personas, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Educación Superior, de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica; Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorios; Que a tal fin resulta necesario, dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase a partir del 1 de enero de 2014, a diversas personas como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Educación Superior, de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, dependiente del Ministerio de Educación, en las condiciones establecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011, tal como se indica en el Anexo I (IF-2014-03415231-DGALP) , que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en el mismo se señala. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 1503/MEGC/14

Buenos Aires, 25 de marzo de 2014 VISTO: Los Decretos Nros. 238/99, 666/06, los Expedientes Nros. 2.593.714/14 y 24.024/14, y

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Que por el Expediente Nº 24.024/14 tramitó el Acuerdo de Cooperación sobre Proyectos de Formación Profesional con Financiamiento Público, celebrado entre este Ministerio y el Arzobispado de Buenos Aires registrado bajo el número 14927; Que en virtud del inciso e) de la cláusula octava del citado acuerdo el Ministerio aportará las sumas para el pago de los salarios docentes de las Acciones, Módulos o Itinerarios aprobados por el Ministerio, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria; Que la Coordinación de Formación Profesional, la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo así como la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica dependientes del Ministerio de Educación se expidieron favorablemente en relación a la creación del Centro de Formación Profesional mencionado, el cual se enmarca en el Programa "Proyectos de Formación Profesional", creado por Decreto Nº 238/99 y modificatorios; Que mediante Decreto Nº 666/06 se dispuso que dicho Programa vincule la educación con el sistema productivo, articulando servicios de formación, capacitación profesional y el perfeccionamiento laboral en el marco del Sistema Integrado de Formación Técnico Profesional; autorizando, además, al Ministerio de Educación a suscribir los acuerdos de cooperación que se celebren en los términos de dicho Sistema; Que a los fines del inicio de las actividades del Centro de Formación Profesional Nº 40 Distrito Escolar 21 que funcionará en la Avenida Escalada Nº 2350 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde crear la Planta Orgánico Funcional correspondiente; Que el gasto que demanda la aprobación de la Planta Orgánico Funcional del referido Centro de Formación Profesional cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le corresponde. Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Créase, ad referéndum de la aprobación del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Planta Orgánico Funcional del Centro de Formación Profesional Nº 40, correspondiente al Acuerdo de Cooperación registrado bajo el número 14927, celebrado entre el Ministerio de Educación y el Arzobispado de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo (IF-2014-03425901-DGCLEI) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Impútase el gasto que demande el cumplimiento de la medida dispuesta al presupuesto vigente para el año 2014 en la Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal

1. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación, de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a la Gerencia Operativa oficina de Gestión Sectorial, a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo y la Coordinación de Formación Profesional pertenecientes al Ministerio de Educación. Cumplido, remítase a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional para promover el acto ratificatorio pertinente. Bullrich

ANEXO

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 1527/MEGC/14

Buenos Aires, 25 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2.953.665/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de las Escuelas de Educación Media y los Ciclos Básicos de Formación Ocupacional que se nominan en el Anexo I (IF-2014-02999305-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Césase a los docentes que se nominan en el Anexo II (IF-2014-02999305-DGPDYND), en los establecimientos y cargos que se detallan, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de

Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en los anexos de la presente en los términos del Artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/GCBA/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 43Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 1542/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 432.931/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de la Escuela Técnica N° 16 Distrito Escolar 17° que se nominan en el Anexo (IF-2014-02789092-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Técnica), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en el anexo de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 44Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 1543/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2.261.714/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes del Ciclo Básico de Formación Ocupacional N° 1 Distrito Escolar 6° que se nominan en el Anexo (IF-2014-02929408-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Césase a los docentes que se nominan en el Anexo II (IF-2014-02929408-DGPDYND), en los establecimientos y cargos que se detallan, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en los

anexos de la presente en los términos del Artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/GCBA/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 45Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 1546/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 3.020.366/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de la Escuela de Educación Media N° 1 Distrito Escolar 18° que se nominan en el Anexo (IF-2014-03070884-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en el anexo de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97.

Cumplido, archívese.Bullrich

ANEXO

Página Nº 46Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 1549/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2.187.889/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley 4109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13 por el cual se reglamentó la Ley 4109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de los Colegios que se nominan en el Anexo I (IF-2014-02272160-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Césase a los docentes que se nominan en el Anexo II (IF-2014-02272160-DGPDYND), en los establecimientos y cargos que se detallan, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en los anexos de la presente en los términos del Artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/GCBA/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 47Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 48: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

RESOLUCIÓN N.° 1551/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 436.082/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de la Escuela Técnica N° 29 Distrito Escolar 6° que se nominan en el Anexo (IF-2014-02437560-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Técnica), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en el anexo de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 48Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 49: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

RESOLUCIÓN N.° 1552/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2.261.327/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de la Escuela Técnica Raggio Distrito Escolar 10° que se nominan en el Anexo I (IF-2014-03156492-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Césase a los docentes que se nominan en el Anexo II (IF-2014-03156492-DGPDYND), en los establecimientos y cargos que se detallan, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Técnica), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en los

anexos de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 49Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 50: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

RESOLUCIÓN N.º 1555/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 563.270/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de la Escuela de Educación Media N° 2 Distrito Escolar 20° que se nominan en el Anexo (IF-2014-02295269-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en el anexo de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 1557/MEGC/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 4.577.625/13, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de varias Escuelas Técnicas que se nominan en el Anexo (IF-2014-01830581-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Césase a los docentes que se nominan en el Anexo II (IF-2014-01830581-DGPDYND), en los establecimientos y cargos que se detallan, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Técnica), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en los anexos de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 1617/MEGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014

VISTO: Los Decretos Nros. 238/99, 666/06, el Expediente N° 2.199.868/12, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramitó el Convenio de Cooperación sobre Proyectos de Formación Profesional con Financiamiento Público registrado bajo el número 14571, celebrado entre este Ministerio y el Arzobispado de Buenos Aires; Que en virtud del inciso e) de la cláusula séptima del citado convenio, el Ministerio aportará las sumas para el pago de salarios docentes de las Acciones, Módulos o Itinerarios aprobados por el Ministerio, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria; Que la Coordinación de Formación Profesional, la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo así como la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica dependientes del Ministerio de Educación se expidieron favorablemente en relación a la creación del Centro de Formación Profesional mencionado, el cual se enmarca en el Programa "Proyectos de Formación Profesional", creado por Decreto N° 238/99 y modificatorios; Que mediante Decreto N° 666/06 se dispuso que dicho Programa vincule la educación con el sistema productivo, articulando servicios de formación, capacitación profesional y el perfeccionamiento laboral en el marco del Sistema Integrado de Formación Técnico Profesional; autorizando, además, al Ministerio de Educación a suscribir los acuerdos de cooperación que se celebren en los términos de dicho Sistema; Que a los fines del inicio de las actividades del Centro de Formación Profesional N° 39 Distrito Escolar 19, que funcionará en la calle Matanza N° 2781 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde crear la Planta Orgánico Funcional correspondiente; Que el gasto que demanda la aprobación de la Planta Orgánico Funcional del referido Centro de Formación Profesional cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le corresponde. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Créase, ad referéndum de la aprobación del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Planta Orgánico Funcional del Centro de Formación Profesional N° 39, correspondiente al Convenio de Cooperación registrado bajo el número 14571, celebrado entre el Ministerio de Educación y el Arzobispado de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo (IF-2014-03427011-DGCLEI) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Impútase el gasto que demande el cumplimiento de la medida dispuesta al presupuesto vigente para el año 2014 en la Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 1.

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Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a la Subsecretaria de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación, de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Subsecretaria de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a la Gerencia Operativa oficina de Gestión Sectorial, a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo y la Coordinación de Formación Profesional pertenecientes al Ministerio de Educación . Cumplido, remítase a la Dirección general de Coordinación Legal e Institucional para promover el acto ratificatorio pertinente. Bullrich

ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN N.º 265/MDEGC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014

VISTO: Las Leyes Nros. 2.095 y su modificatoria 4.764, los Decretos Nros. 95/14 y 1.145/09, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, la Disposición N° 119/DGCYC/11, el Expediente Electrónico N° 4.142.970/DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que mediante las Leyes citadas en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que el artículo 25 de la Ley N° 2.095, estipula que la selección del contratista para la ejecución de los contratos contemplados en el régimen de compras y contrataciones es por regla general mediante licitación pública o concurso público; Que el artículo 83 de la referida Ley establece que los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso; Que por Decreto N° 1.145/09 se aprobó la reglamentación del artículo precitado y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que el artículo 9 del Anexo I del mencionado Decreto, ratificado por Decreto Nº 95/14, fijó el cuadro de competencias de decisión, estableciendo que el Ministro, podrá aprobar la contratación y adjudicarla hasta un monto de cinco millones (5.000.000) de unidades de compra; Que el artículo 28 apartado b) de la Ley Nº 4.809 fijó en pesos cinco con cincuenta centavos ($ 5,50.-) el monto de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en la Ley Nº 2.095; Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la contratación del servicio de producción integral para ciclo de actividades a desarrolarse en el Predio El Dorrego (sede del Distrito Audiovisual) sito en Zapiola 50 de esta Ciudad, durante el 1 de mayo hasta el 30 de septiempre del año en curso, solicitado por la Dirección General de Industrias Creativas, dependiente de este Ministerio; Que a fin de concretar la adquisición precitada, resulta oportuna la celebración de una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Nº 2.095; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC ha sido aprobado por Disposición Nº 119/DGCYC/11 por el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo Nro. 18, Inciso i) y artículo Nro. 83 de la ley Nº 2.095;

Que se ha procedido a confeccionar el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que la presente licitación cuenta con la Solicitud de Gasto correspondiente, para solventar el gasto en cuestión; Que mediante el Expediente Nº 3.510.714/DGTALMDE/14 tramita la renuncia presentada por la Directora General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, contadora Paula Beatriz Villalba, por lo que corresponde la avocación del titular de este Ministerio para la aprobación de la Licitación Pública en cuestión.

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Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09, ratificado por Decreto Nº 95/14,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexo (PLIEG-2014-04158804-DGTALMDE), forma parte integrante de la presente Resolución que regirá el presente Acto Licitatorio relacionado con la contratación del servicio de producción integral para ciclo de actividades a desarrolarse en el Predio El Dorrego (sede del Distrito Audiovisual), sito en la calle Zapiola 50, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el 1 de mayo hasta el 30 de septiempre del año en curso, solicitado por la Dirección General de Industrias Creativas, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa, por un monto total de pesos seiscientos veinticinco mil ($ 625.000). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública N° 650-0217-LPU14, para el día 14 de abril de 2014 a las 14 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria 4.764. Artículo 3º.- La presente Licitación Pública se llevará a cabo mediante el portal Buenos Aires Compras (BAC), en donde se podrán visualizar los correspondientes pliegos de la contratación. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese el llamado en el Boletín Oficial por un (1) día, en el sitio de internet, en el portal Buenos Aires Compras y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, de acuerdo a lo establecido en el punto 4 del artículo 13 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09, comuníquese a la Dirección General de Industrias Creativas, dependiente la Subsecretaría de Economía Creativa y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de esta Dirección General, para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Cabrera

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 273/MDEGC/14

Buenos Aires, 9 de abril de 2014

VISTO: Las Leyes Nros. 2.095 y su modificatoria 4.764, los Decretos Nros. 95/14 y 1.145/09, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, la Disposición N° 119/DGCYC/11, el Expediente Electrónico N° 3.929.478/DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que mediante las Leyes citada en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que el artículo 25 de la Ley N° 2.095, estipula que la selección del contratista para la ejecución de los contratos contemplados en el régimen de compras y contrataciones es por regla general mediante licitación pública o concurso público;

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Que el artículo 83 de la referida Ley establece que los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso; Que por Decreto N° 1.145/09 se aprobó la reglamentación del artículo precitado y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que el artículo 9 del Anexo I del mencionado Decreto, ratificado por Decreto Nº 95/14, fijó el cuadro de competencias de decisión, estableciendo que los Ministros podrán aprobar la contratación y adjudicarla hasta un monto de cinco millones (5.000.000) unidades de compra; Que el artículo 28 apartado b) de la Ley Nº 4.809 fijó en pesos cinco con cincuenta centavos ($ 5,50) el monto de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en la Ley Nº 2.095; Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la contratación del servicio de organización de dos (2) eventos denominados "Buenos Aires Festeja 2do. Aniversario del Distrito Audiovisual", a realizarse el 22 de mayo de 2014 y "Buenos Aires Festeja - Radicación de 200 empresas en el Distrito Tecnológico", a realizarse el día 23 de octubre de 2014, solicitado por la Subsecretaría de Inversiones, dependiente de este Ministerio; Que a fin de concretar la adquisición precitada, resulta oportuna la celebración de una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Nº 2.095; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC ha sido aprobado por la Dirección General de Compras y Contrataciones mediante Disposición Nº 119/DGCYC/11, en su carácter de Órgano rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso i) y el artículo 83 de la Ley Nº 2.095; Que se ha procedido a confeccionar el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que la presente licitación cuenta con las Solicitudes de Gasto correspondientes, para solventar el gasto en cuestión; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1145/09, ratificado por Decreto Nº 95/14,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexo I (PLIEG-2014-04185779- -DGTALMDE), forma parte integrante de la presente Resolución que regirá el Acto Licitatorio relacionado con la contratación del servicio de organización de dos (2) eventos denominados "Buenos Aires Festeja 2do aniversario del Distrito Audiovisual", a realizarse el 22 de mayo de 2014 y "Buenos Aires Festeja - Radicación de 200 empresas en el Distrito Tecnológico" a realizarse el día el 23 de octubre de 2014, solicitado por la Subsecretaría de Inversiones, dependiente de este Ministerio, por un monto total de pesos un millón quinientos cincuenta mil ($ 1.550.000.-). Artículo 2.- Llámase a Licitación Pública N° 650-0192-LPU14, para el día 25 de abril de 2014 a las 14 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria 4.764. Artículo 3.- La presente Licitación Pública se llevará a cabo mediante el portal Buenos Aires Compras (BAC), en donde se podrán visualizar los correspondientes pliegos de la contratación.

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Artículo 4.- Regístrese, publíquese el llamado en el Boletín Oficial por un (1) día, en el sitio de internet, en el portal Buenos Aires Compras y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, de acuerdo a lo establecido en el punto 4 del artículo 13 del Anexo I del Decreto N° 1145/09, comuníquese a la Subsecretaría de Inversiones, dependiente de este Ministerio y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de esta Dirección General, para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Cabrera

ANEXO

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.° 402/SSGRH/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N°2282278/2014 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), del Ministerio de Justicia y Seguridad, solicita la transferencia del agente Jorge Ricardo García, D.N.I. 14.593.375, CUIL. 20- 14593375-8, legajo personal 286.023, a la Dirección General de Control, dependiente de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Jorge Ricardo García, D.N.I. 14.593.375, CUIL. 20-14593375-8, legajo personal 286.023, a la Dirección General de Control, dependiente de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3533.0010.A.B.05.0240.101, deja partida 2627.0000.A.B.05.0240.101, de la Dirección General Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2.-Establécese que el agente transferido por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que la agente percibía en la AGC. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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RESOLUCIÓN N.° 403/SSGRH/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014 VISTO: El E. E. Nº 81505/2014 (HGAT), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el señor Gustavo Alberto Fraga Betancur, D.N.I. 24.679.850, CUIL. 20-24679850-9, presentó su renuncia a partir del 1 de enero de 2014, como Médico de Planta Asistente, interino, con 30 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado, con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el informe 79098/DGTALMOD/2012, "...que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto N° 184/GCBA/2010". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase a partir del 1 de enero de 2014, la renuncia presentada por el señor Gustavo Alberto Fraga Betancur, D.N.I. 24.679.850, CUIL. 20-24679850-9, como Médico de Planta Asistente, interino, con 30 horas semanales, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0300.MS.24.024, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.- La Gerencia Operativa de Administración y Normativa, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

Página Nº 59Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N.º 24/SSAFED/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: los Decretos N° 501/12, la Resolución N° 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12, el Expediente Electrónico N° 2014-445962-SSAFED, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto en concepto de movilidad del primer trimestre del año 2014 de esta Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de Gobierno; Que el Decreto N° 501/12 aprobó el régimen de asignación de gastos de movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo la Resolución N° 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12 aprobó el procedimiento administrativo electrónico para la tramitación de la Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad; Que la citada resolución dispone que la repartición solicitante de los fondos, responsable de su rendición, debe confeccionar una planilla de conformidad con el Modelo N° 5 - modelo de planilla de resumen trimestral- del Anexo III de la norma, la cual debe ser firmada por uno de los responsables de los fondos y por el máximo responsable de la repartición solicitante; Que el mentado acto administrativo dispone que debe generarse un Anexo Firma Conjunta correspondiente a la planilla de aprobación del gasto mencionada; Que los gastos correspondientes a la rendición de movilidad del 1° trimestre del año 2014 de la Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de Gobierno en concepto de movilidad asciende a la suma de PESOS SIETE MIL ($7.000). Por ello, y en el uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 18 -MHGC-MMGC-MJGGC SECLYT/12,

EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS FEDERALES RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse los gastos correspondientes a la rendición de movilidad del 1° trimestre del año 2014 de esta Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de Gobierno, otorgada en el marco del Decreto N° 501/12, destinada a atender los gastos de traslado necesarios, por un monto total de PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) y la Planilla de Resumen Trimestral que como Anexo Firma Conjunta N° IF-2014- 04216597-SSAFED forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Contaduría. Pase a la Dirección General Legal y Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Daletto

ANEXO

Página Nº 60Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N.º 146/SECLYT/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: los Decretos Nº 2/2014, Nº 487/2013 y el Expediente Electrónico Nº 1400685-DGTAD/14, y CONSIDERANDO: Que, la Secretaría de Desarrollo Ciudadano requiere la creación de la Partida 3.8.3 y la modificación de la Partida 3.5.9 del Programa 6, Actividad 1 -Conducción- a los fines de atender los gastos necesarios para garantizar su normal funcionamiento, mediante la reasignación de créditos existentes disponibles en los Programas 4 y 6; Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014, aprobadas mediante Decreto Nº 2/14, B.O. 4311/14; Que, mediante el Decreto N° 487/13 se aceptó la renuncia presentada por el entonces Secretario de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno a partir del 10 de diciembre de 2013, encomendándose transitoriamente en el señor Secretario Legal y Técnico, la atención de los asuntos y firma del despacho de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano, hasta tanto se proceda a designar a su nuevo titular; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 487/13,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la creación de la Partida 3.8.3 y la modificación de la Partida 3.5.9 del Programa 6, Actividad 1 -Conducción- obrante en el Anexo Nº IF-2014-4260752-DGTAD que no modifican metas físicas y que a todos sus efectos, forman parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Clusellas

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 148/SECLYT/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: La Ley 2095 modificada por la Ley 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14, la Resolución N° 129-SECLYT/08 y sus modificatorias N° 180-SECLYT/08, N° 218-SECLYT/08, N° 08-SECLYT/09, N° 66- SECLYT/09 y N° 19-SECLYT/12, y;

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 129-SECLYT/08 y sus modificatorias Resolución N° 180-SECLYT/08 y N° 19- SECLYT/12, se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría Legal y Técnica, en el ámbito de la Dirección General Técnica y Administrativa, con las funciones establecidas en el Artículo 19 de la Ley 2095 modificada por la Ley 4764, para intervenir en todos los procesos licitatorios, designándose en esta última como titular de la Unidad al entonces Director General Técnico y Administrativo, Contador Pedro Hadida, DNI N° 29.951.546; Que, en virtud del cambio de autoridades producido en la Dirección General Técnica y Administrativa por Decreto Nº 125-GCABA/14, resulta necesario designar como titular de la citada Unidad Operativa de Adquisiciones al Contador Sebastián Hugo Aristegui, DNI N° 24.130.122; Que, por Resolución N° 129-SECLYT/08 y sus modificatorias Resolución Nº 218-SECLT/08, Nº 08- SECLYT/09 y N° 66-SECLYT/09 se modificó el Artículo 6 de la Resolución N° 129-SECLYT/08, designando a los nuevos integrantes de la Comisión de Evaluación mencionada; Que, la Dirección General Técnica y Administrativa solicita modificar e incorporar nuevos integrantes a la Comisión de Evaluación de Ofertas; Que, a efectos de acceder a lo requerido, corresponde dictar una nueva norma legal que propicie dichos cambios; Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE

Artículo 1.- Modificase el Artículo 3 de la Resolución N° 129-SECLYT/08, modificado por el Artículo 1 de la Resolución N° 19-SECLYT/12, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 3.- Designase como titular de la citada Unidad Operativa de Adquisiciones al Director General Técnico y Administrativo Contador Sebastián Hugo Aristegui. DNI N° 24.130.122. Artículo 2.- Modificase el Artículo 6 de la Resolución N° 129-SECLYT/08, modificado por el Artículo 1 de la Resolución N° 66-SECLYT/09, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 6.- Desígnense a los agentes: Prof. Miriam Ester González DNI N° 13.481.076, Contador Mariano Javier Ameijeira DNI N° 26.803.594, Sr. Gustavo Gabriel Vidiri DNI N° 22.432.739 y Sr. Diego Martín Coria DNI N° 28.897.226, como miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Dirección General

Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, quienes de manera indistinta cumplimentarán con las tres (3) firmas requeridas para el funcionamiento de la misma. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas designados, y Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Clusellas

RESOLUCIÓN N.º 149/SECLYT/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: el Decreto Nº 2/14, y el expediente electrónico 4188329/14-DGTAD, y

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Que, la Secretaría Legal y Técnica requiere la modificación de las partidas 3.2.1, 3.4.9, 3.5.1 y 4.3.2 del Programa 1, Actividades 1 y 2; a los fines de atender los gastos necesarios para garantizar su normal funcionamiento, mediante la reasignación de crédito disponible en otras partidas presupuestarias de los programas 1, 5, 10, 16, 17 y 19; Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014, aprobadas mediante Decreto Nº 2/14, B.O. 4311/14; Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación de las partidas 3.2.1, 3.4.9, 3.5.1 y 4.3.2 del Programa 1, Actividades 1 y 2; obrante en el Anexo Nº IF-2014-4231107-DGTAD que no modifica metas físicas y que a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Clusellas

ANEXO

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CONSIDERANDO:

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.° 236/AGIP/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Resolución N° 213/AGIP/2014; la Disposición N° 16/AGIP/2008; y CONSIDERANDO: Que por la Resolución Nº 213/AGIP/2014 tramitó la renuncia presentada por el Mandatario Dr. Méndez Guillermo Fabián, DNI Nº 17.972.569, a cargo de la sección Nº 65. Que resulta acertado reasignar la deuda otorgada oportunamente al Mandatario Judicial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires precitado, a otro que se encuentre debidamente habilitado, a fin de proteger adecuadamente el crédito del Fisco Local. Por ello, y en atención a las facultades conferidas por la Ley Nº 2603;

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE

Artículo 1º.- Reasígnese la deuda oportunamente conferida del Mandatario renunciante, en partes iguales a los profesionales que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente. Artículo 2.- Esta administración establecerá a partir de la fecha de vigencia de la presente, cuales serán las ejecuciones fiscales que entregan en cada caso. Artículo 3.- La presente resolución tendrá vigencia a partir de la notificación a cada Mandatario Judicial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Hacienda, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General de Escribanía General y a la Dirección General de Rentas. Cumplido archívese. Walter

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 242/AGIP/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014 VISTO: Las Leyes N° 2.603, Nº 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto N° 745/GCABA/08 y el Decreto N° 95/GCABA/14, el Decreto Nº 1.145/GCABA/09 y concordantes, las Resoluciones Conjuntas Nº 9/MJGGC.../11 y Nº 8/MHGC.../12, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11, N° 180/MHGC/08, Nº 1.160/MHGC/11 y N° 513/AGIP/12, las Disposiciones Nº 119/DGCYC/11 y N° 302/DGCYC/13, el E.E N° 4.109.411/AGIP/14, y

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CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de Mobiliario, el que se efectuará de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC), por un monto previsto de $ 1.672.580 (pesos un millón seiscientos setenta y dos mil quinientos ochenta); Que asimismo este proceso de selección de Compras tramita por el módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución conjunta Nº 9/ MJGGC.../11; Que por Disposición Nº 119/DGCyC/11 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que se registraron en BAC los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones técnicas conteniendo el detalle del servicio a licitar, así como las condiciones y modalidades propias del proceso de compra; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, y conforme a lo establecido en la Resolución N° 180/MHGC/08, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitación Pública y aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de especificaciones técnicas. Por ello,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas ingresados en BAC para el proceso de compras Nº 8618-0212-LPU14. Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 8618-0212-LPU14 para el día 21 de abril de 2014 a las 12.00 hs, para la adquisición de Mobiliario, en los términos del artículo 31 de la Ley N° 2.095, sustituido por el artículo 10 de la Ley N° 4.764, por un monto

estimado de $ 1.672.580 (pesos un millón seiscientos setenta y dos mil quinientos ochenta). Artículo 3º.- Remítase la Orden de Publicación al Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de UN (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en Internet en el portal Buenos Aires Compras (BAC). Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase a la Dirección Administración (Departamento Compras y Contrataciones) para la prosecución de su trámite. Walter

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.º 181/AGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014

VISTO: EL EXPEDIENTE Nº 736.617/2011, Y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente N° 736.617/2011, tramita la solicitud de habilitación del local ubicado en la calle Murguiondo N° 4.441/43, PB, 1° piso, incoado por el Sr. Jorge Juan Froy, para desarrollar los rubros: "Café-Bar (602020) y Gimnasio (700320)"; Que a fs. 17 se realizaron una serie de observaciones al trámite administrativo iniciado, y se otorgó un plazo de 30 días para la subsanación o corrección de las mismas, encontrándose el administrado debidamente notificado, con fecha 1 de junio de 2011 conforme constancia obrante a fs. 18; Que a fs. 22/31 se presentó el Sr. Matías Díaz, en su carácter de autorizado -conforme surge de la copia del poder acompañado a fs. 9/11-, y adjuntó nueva documentación a los fines de dar cumplimiento con lo solicitado; Que a fs. 32, se realizaron nuevas observaciones a la documentación acompañada, siendo notificadas las mismas con fecha 5 de octubre de 2011; Que posteriormente, con fecha 28 de octubre de 2011, se presentó la Sra. Mónica Escudero, en su carácter de apoderada -conforme copia del poder oportunamente acompañado- y adjuntó nueva documentación; Que analizadas las mismas, con fecha 1 de noviembre de 2011, se realizaron nuevas observaciones, las cuales se encuentran debidamente notificadas con fecha 27 de enero 2012, conforme constancia obrante a fs. 41; Que con fecha 31 de mayo de 2012, la Sra. Mónica Escudero, adjuntó nueva documentación; Que con fecha 12 de junio de 2012, se realizaron nuevas observaciones, las cuales fueron notificadas con fecha 11 de abril de 2013, conforme constancia obrante a fs. 65; Que no habiendo sido cumplimentadas las observaciones oportunamente realizadas, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos procedió a rechazar la solicitud de habilitación gestionada, mediante Informe de Rubros Rechazados de fecha 12 de julio de 2013, notificándose el mismo con fecha 10 de septiembre de 2013, conforme constancia obrante a fs. 69; Que a raíz de lo expuesto con fecha 30 de septiembre de 2013, mediante PA N° 001, se presentó la Sra. Viviana Veizaga, en su carácter de profesional interviniente, -conforme copia del poder oportunamente acompañado- solicitando que se considere la medida tomada, y adjuntando nueva documentación; Que en virtud de que la presentación efectuada fue realizada en el plazo establecido por el artículo 108 y siguientes del Decreto N° 1.510/97, corresponde darle al mismo el tratamiento de Recurso Jerárquico directo; Que del informe realizado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a fs. 102, surge que el administrado no ha dado cumplimiento a lo solicitado en los puntos 1, 3, y 7 de las observaciones realizadas a fs. 65, consistentes en: Presentar el certificado de registro de actividades catalogadas como contaminantes. Ley N° 1540;

los salones deben poseer ventilación complementaria -art 4.6.4.4 CE-; la cocina carece de ventilación -art 4.6.4.2 CE-; Que en virtud de lo expuesto corresponde desestimar el Recurso Jerárquico impetrado;

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Que la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida intervención en los términos del art. 111 del Decreto N° 1510/GCBA/97 dictando el IF-3046294-DGSUM-2014, obrante a fs. 106/108 por el cual recomendó desestimar el Recurso Jerárquico interpuesto; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, ha tomado la intervención de su competencia; Por ello, y en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 12 Inc. e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico incoado por la Sra. Viviana Veizaga, en su carácter de profesional interviniente, contra el Informe de Rubros Rechazados de fecha 12 de julio de 2013, respecto a la solicitud de habilitación del local sito en la calle Murguiondo N° 4441/43, PB, 1° piso, de esta ciudad. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 182/AGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 224/13, LA RESOLUCIÓN Nº 3-SECLYT/11 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04062082/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita la solicitud de contratación de la persona cuyos datos se detallan en el Anexo N° IF.2014-03966988-AGC, para desarrollar tareas en la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por los períodos comprendidos en el Anexo; Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que la persona cuya contratación se propicia preste su colaboración en las áreas detalladas en la mencionada Dirección General; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador;

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Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico por la persona a contratar; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Autorizase la contratación de la persona cuyos datos se detallan en el Anexo Nº IF-2014- 03966988-AGC, el cual forma parte integrante de la presente, por los períodos allí consignados, bajo la modalidad de locación de obra, para desarrollar tareas en la Dirección General Legal y Técnica, dependiente de esta AGC. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir el contrato correspondiente. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- .- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización, a la Dirección General Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC, debiendo ésta última notificar a la interesada. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 183/AGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 224/13, LA RESOLUCIÓN Nº 3/SECLYT/11 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04062208/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita la solicitud de contratación de las personas detalladas en el Anexo N° IF. 2014-03967122, para desarrollar tareas en distintas dependencias de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por los períodos comprendidos en el Anexo; Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya contratación se propicia presten su colaboración en esta AGC; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador; Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico por cada una de las personas a contratar; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Autorizase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo Nº IF-2014-03967122- AGC, el cual forma parte integrante de la presente, por los períodos allí consignados, bajo la modalidad de locación de servicios, para desarrollar tareas en la Dirección General Legal y Técnica, en la Unidad de Coordinación Administrativa, en la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, en la Dirección General de Fiscalización y Control y en la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional de esta AGC. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir el contrato correspondiente. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización, a la Dirección General Legal y Técnica, a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC, debiendo ésta última notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 184/AGC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014 VISTO: LA LEY 2624, LAS RESOLUCIONES Nº 41/AGC/14 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04015060/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad autárquica, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se determinó su organización y competencia; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que a través de la Resoluciones N° 41/AGC/14, se autorizó la contratación del Señor Antonio Eduardo Cabral (CUIT. 20-31190632-2), bajo la modalidad de locación de servicios, para desarrollar tareas en la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC; Que en virtud de la Nota N° 4015060/MGEYA-AGC/14 vinculada al Expediente Electrónico N° 04015060/MGEYA-AGC/14 se solicitó la rescisión del contrato suscripto entre la AGC y el Sr. Antonio Eduardo Cabral; Que de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula 5º del mencionado contrato, el mismo puede ser rescindido por la AGC en cualquier momento y sin expresión de causa; Que por lo expuesto, corresponde rescindir el contrato de locación de servicios suscripto entre esta AGC y el Sr. Antonio Eduardo Cabral a partir del 31 de marzo de 2014; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Rescíndese a partir del 31 de enero de 2014, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y el Señor Antonio Eduardo Cabral (CUIT. 20-31190632-2). Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera de la Unidad de Coordinación Administrativa y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC, quien deberá notificar al interesado. Cumplido, archívese.

Gómez Centurión

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RESOLUCIÓN N.° 185/AGC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014 VISTO: LA LEY 2624, LA RESOLUCIÓN Nº 61/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 03480191/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación Ley N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización, y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que a través de la Resolución Nº 61AGC/14, se autorizó la contratación del Sr. Fabrizio Emanuel Ianni (CUIT 23-34968871-9), bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Subgerencia Operativa de Entrada y Salida de Actuaciones dependiente de la Gerencia Operativa de Mesa de Entradas de la Dirección General Legal y Técnica de ésta AGC; Que conforme surge de las presentes actuaciones, el Sr. Fabrizio Emanuel Ianni (CUIT 23-34968871-9) ha presentado su renuncia al contrato de locación de servicios suscripto oportunamente con la AGC a partir del 31 de Marzo del corriente año; Que en virtud de ello, deviene pertinente proceder a la rescisión del contrato de locación de servicios suscripto; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 12º inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Rescíndese a partir del 31 de Marzo del corriente año, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y el Sr. Fabrizio Emanuel Ianni (CUIT 23-34968871-9), en virtud de la renuncia formulada. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a la Gerencia Operativa de Mesa de Entradas y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa, de ésta AGC, quien deberá notificar al interesado. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

Página Nº 71Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 186/AGC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014 VISTO: LA LEY 2624, LA RESOLUCIÓN Nº 70/AGC/14 y 138/AGC/2014, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 03777534/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación Ley N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización, y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que a través de la Resolución Nº 70/AGC/14 y su rectificatoria 138/AGC/14, se autorizó la contratación del Sr. Juan Manuel Domínguez (CUIT 20-26417677-9), bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC; Que conforme surge del Expediente Electrónico N° 03777534/MGEYA-AGC/2014, el Sr. Juan Manuel Domínguez (CUIT 20-26417677-9) ha presentado su renuncia al contrato de locación de servicios suscripto oportunamente con la AGC a partir del 31 de Marzo del corriente año; Que en virtud de ello, deviene pertinente proceder a la rescisión del contrato de locación de servicios suscripto; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 12º inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Rescíndese a partir del 31 de Marzo del corriente año, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y el Sr. Juan Manuel Domínguez (CUIT 20-26417677-9), en virtud de la renuncia formulada. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa, quien deberá notificar al interesado. Cumplido, archívese. Gómez Centurión RESOLUCIÓN N.º 187/AGC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO:

Página Nº 72Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA LEY Nº 2624, LAS RESOLUCIONES Nº 66/AGC/13, Nº 42/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04208076/MGEYA/AGC/14, Y

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CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación Ley N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización, y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que por la Resolución Nº 42/AGC/14, se autorizó la contratación de las Sras. María de los Ángeles Tedesco (CUIT. 27-29133558-1) y Guadalupe Lucia Torok (CUIL 27-29133558-1), bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de ésta AGC; Que mediante la Nota Nº 04155501/AGC/14 incorporada al Expediente Electrónico Nº 04208076/MGEYA/AGC/14 se solicitó la rescisión de los contratos suscriptos entre la AGC y las personas referidas ut-supra; Que de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula 5º de los mencionados contratos, los mismos pueden ser rescindidos por la AGC en cualquier momento y sin expresión de causa; Que por lo expuesto, corresponde rescindir los contratos de locación de servicios suscriptos entre ésta AGC y las Sras. María de los Ángeles Tedesco y Guadalupe Lucia Torok, a partir del 28 de Febrero y 31 de Marzo de 2014 respectivamente; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Rescíndase a partir del 28 de Febrero de 2014, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y la Sra. María de los Ángeles Tedesco (CUIT. 27-29133558-1). Artículo 2.- Rescíndase a partir del 31 de marzo de 2014, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y la Sra. Guadalupe Lucia Torok (CUIL 27-33257574-6).

Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras y pase para su conocimiento y demás fines a la Unidad de Coordinación Administrativa. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.º 189/AGC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: LA LEY N° 2.624, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 03928829/MGEYA/AGC/14, Y

Página Nº 73Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), informa que el reconocido biólogo Humberto Maturana junto a su colaboradora Ximena Dávila Yáñez, dictará un seminario denominado “Reconstruyendo el entramado social en las organizaciones“ vía videoconferencia desde la Ciudad de Santiago de Chile, a realizarse el día 17 de junio del corriente de 9 a 18 hs. en la Cámara AHK Argentina Club Alemán sita en Av. Corrientes 327 piso 24 de esta CABA, de conformidad con el programa y objetivos adjuntos en el expediente citado en el Visto; Que dicho seminario es destinado a abordar temáticas relativas a la promoción en las organizaciones de vínculos inclusivos respecto de la totalidad de sus integrantes, efectuando intercambio de opiniones y premiando comportamientos que enriquezcan las relaciones interpersonales y por consiguiente, la posibilidad de armar equipos de trabajo más humanos y exitosos de manera sostenible; Que el objetivo fundamental de este seminario es generar un espacio en el cual los participantes logren a través de los contenidos, conversaciones y reflexiones potenciar y/o desarrollar las habilidades de las personas como asi también considerar el liderazgo colaborativo de aquellos que están en la búsqueda constante de realizar transformaciones sustentables en el tiempo; Que los criterios y los objetivos que sustentan el seminario, tendientes a efectuar transformaciones en las organizaciones respecto de sus integrantes, resultan acordes a las políticas que viene llevando a cabo la AGC respecto de la formación y profesionalización de sus recursos humanos con idénticos valores y habilidades como factores para lograr de manera más eficaz y eficiente el logro de sus funciones y misiones; Que en tal contexto el mencionado seminario resulta de gran interés para la AGC con el fin de formar, capacitar y profesionalizar a sus recursos humanos, conforme lo dispuesto en el art. 7 de su Ley de creación N° 2624, el cual en su inciso g) prescribe: “Establecer criterios de profesionalización y capacitación de los recursos humanos disponibles...“; Que no obstante lo expuesto, corresponde establecer que el presente no implicará erogación alguna para esta AGC; Que sin perjuicio de ello, dada que los objetivos que se pretenden con la realización del seminario guardan estrecha relación con aquellos que la AGC - entendida esta como organización- pretende para fomentar entre sus recursos humanos, resulta propicio autorizar el uso del Logo Institucional único de la AGC, en lo que respecta a la folletería y papelería gráfica de difusión que se utilice en el marco del Seminario; Que por último, resulta conducente encomendar a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional de esta Agencia a difundir el mentado Seminario conforme lo precedentemente aludido; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Declárase de interés para esta AGC el Seminario denominado “Reconstruyendo el entramado social en las organizaciones“ dictado por el Dr. Humberto Maturana junto a su colaboradora Ximena Dávila Yáñez, mediante videoconferencia desde la Ciudad de Santiago de Chile, a realizarse el día 17 de junio del 2014 de 9 a 18 hs. en la Cámara AHK Argentina Club Alemán, sita en Av. Corrientes 327 piso 24 de esta CABA.

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Articulo 2.- Déjase constancia que la presente declaración de interés no implica erogación alguna para esta AGC. Artículo 3.- Autorízase el uso del Logo Institucional único de la AGC aprobado mediante Resolución N° 113/AGC/2014 en el material grafico y documentos que se utilice para la información y difusión del Seminario mencionado en el Artículo 1. Artículo 4.- Encomiéndase a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución mediante avisos institucionales y medios gráficos que correspondan. Artículo 5.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional y a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

Página Nº 75Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 143/APRA/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 2.628 y Nº 3.304, el Decreto Nº 509/13, la Resolución Nº 89/APRA/2014 y el Expediente Nº 3671155-MGEYA-DGTALAPRA-2014, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 89/APRA/14 se modificó parcialmente la estructura de esta Agencia; Que sobre la base de lo anteriormente expuesto, por cuestiones operativas y de gestión, se crearon en la órbita de esta Presidencia, la Unidad de Coordinación General de Control de Gestión a partir del día 10 de marzo de 2014 y la Unidad de Coordinación General de Gestión Ambiental junto a las dependencias bajo su esfera de competencia a partir del 1º de marzo del año en curso; Que por NO-2014-04036004-APRA esta Presidencia solicitó dejar sin efecto la Nota: NO-2014-03666455-APRA y se arbitren los medios necesarios a fin de que se rectifique el monto que debieran percibir los responsables a cargo de las Unidades de Coordinación citadas, siendo la remuneración correcta la equivalente a la remuneración percibida por un Director General del Gobierno de la Ciudad, a partir del 1/04/2014; Que en ese sentido resulta necesario dictar un nuevo acto administrativo que modifique los montos de la remuneración que deberán percibir los Coordinadores designados en los Artículos 4º y 5º de la Resolución Nº 89/APRA/2014; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 509/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Modifícase parcialmente la Resolución Nº 89/APRA/14. Artículo 2º.- Establécese que el Sr. Juan Carlos Sánchez DNI Nº 4.519.836 (CUIL Nº 20-04519836-8), designado como responsable de la Unidad de Coordinación General de Control de Gestión, dependiente de la Presidencia de esta Agencia, deberá percibir a partir del 1 de abril de 2014, una remuneración equivalente a la remuneración percibida por un Director General del Gobierno de esta Ciudad, reservando Partida PP 08010000 AB08 perteneciente a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3º.- Establécese que el Sr. Javier Ureta Sáenz Peña DNI Nº 29.480.711 (CUIL Nº 20-29.480.711-0), designado titular de la Unidad de Coordinación General de Gestión Ambiental dependiente de esta Presidencia, deberá percibir a partir del 1 de abril de 2014, una remuneración equivalente a la remuneración percibida por un

Director General del Gobierno de esta Ciudad. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Villalonga

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RESOLUCIÓN N.° 146/APRA/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTOS: La Constitución Nacional y la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y la Ley Nº 2.628 de creación de esta Agencia, el Decreto Nº 138/GCBA/08, la Resolución Conjunta Nº 2521/SSGEYAF-APRA/10, la Resolución Nº 443/APRA/2010, la Disposición Nº 1988/DGET/2013, el Expediente Nº 2140967/2011 y, CONSIDERANDO: Que por la Disposición Nº 1988-DGET/2013 se desestimó el recurso de reconsideración y su ampliación, contra la intimación a la acreditación del Seguro Ambiental, conforme lo establece el punto 19 anexo I de la Resolución 443/APRA/10 y la Resolución Con junta Nº 2521/GCBA/SSGYAF/2010; Que frente a ello, se presentó la socia gerente de la firma Solmay SRL interponiendo recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra la DI-2013-1988-DGET, solicitando se eleve su petición a la Legislatura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que examinada admisibilidad formal del recurso jerárquico en subsidio junto con la ampliación de sus fundamentos, corresponde acudir a las disposiciones del Art. 91 del decreto 1510/GCBA/97, que en su parte pertinente dispone que “Los actos administrativos de alcance individual, así como los de alcance general, a los que la autoridad hubiere dado o comenzado a dar aplicación podrán ser impugnados por medio de recursos administrativos en los casos y con el alcance que se prevé en el presente titulo...“. Que en tal sentido, la presentación del recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, fue presentada estando vencidos todos los plazos para interponerlo; Que en efecto, ninguna duda cabe del pleno conocimiento que el recurrente tenía de la Resolución Nº 443/APRA/2010, atento a que manifiesta en el carácter de Declaración Jurada conocer y dar cumplimiento con las condiciones estipuladas por la Resolución mencionada, conforme lo establecido en el artículo 6º apartado c) inciso 4), y de la aceptación expresa de la misma; Que en relación a la intimación cursada por la Dirección General de Evaluación Técnica, tampoco cabe duda alguna del conocimiento de la misma, por cuanto la presentación efectuada por la firma en fecha 16 de Mayo de 2011, en la que se limitó el ahora recurrente a solicitar prórroga, para cumplir con la misma, la que por otro lado nunca fue concedida; Que en consecuencia, el recurso de reconsideración, y el recurso jerárquico que opera en subsidio del mismo, en fecha 28 de Julio de 2011, fue interpuesto estando vencidos todos los plazos que establecen los artículos 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos; Que por todo lo expuesto, opino corresponde desestimar el recurso jerárquico que opera en subsidio del recurso de reconsideración impetrado contra la Resolución Nº 443/APRA/10 y la Resolución Conjunta Nº 2521/GCBA/SSGYAF/10, así como contra la intimación a acreditar el Seguro Ambiental mediante el dictado de la resolución pertinente. Que conforme lo establece el artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos ha intervenido la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el Dictamen Jurídico Nº IF-2014-03203097- DGAINST. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 509/GCBA/2013,

Página Nº 77Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase el Recurso Jerárquico interpuesto por la firma SOLMAY S.R.L. contra la Resolución Nº 443/APRA/2010 y la Resolución Conjunta Nº 2521/SSGYAF-APRA/2010, así como contra la intimación a acreditar el Seguro Ambiental. Artículo 2° - Instrúyase al Director General de Evaluación Técnica que deberá hacer saber a la firma SOLMAY S.R.L. lo decidido en el presente acto. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase a la Dirección General de Control a los efectos indicados en el artículo que precede y en función de lo establecido en la Resolución Conjunta Nº 2521/SSGEYAF-APRA/10 y la Resolución Nº 443/APRA/2010. Cumplido,archívese. Villalonga

Página Nº 78Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia de Sistemas de Información

RESOLUCIÓN N.º 80/ASINF/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO: La Ley Nº 70, la Ley Nº 4.809, Ley N° 2.689, el Decreto N° 2/GCABA/2.014, el Expediente Electrónico Nº 04107034-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 3207/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para la contratación de LOYS en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2-14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 3207/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2-GCABA-2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 2- 14, EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-04203327-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Página Nº 79Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Gazzaneo

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 81/ASINF/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO: La Ley Nº 70, la Ley Nº 4.809, Ley N° 2.689, el Decreto N° 2/GCABA/2.014, el Expediente Electrónico Nº 04194082-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 3236/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para la rendición de la Caja Especial de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2-14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 3236/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2-GCABA-2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 2- 14,

Página Nº 80Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-04226102-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Gazzaneo

ANEXO

Página Nº 81Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 100/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 1591085/2012, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 255/HGNRG/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Ignacia Elena Auyero, D.N.I. 26.825.354, CUIL. 27-26825354-3, como Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 255/HGNRG/2013. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 101/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 3392299/2013, y

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CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 294/HGNRG/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor César Hernán Montenegro, D.N.I. 32.510.952, CUIL. 20-32510952-2, como Enfermero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-.Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N°294/HGNRG/2013. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 102/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 3390170/2013, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

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Page 84: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 281/HGNRG/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Roxana Veizaga, D.N.I. 24.364.646, CUIL. 23-24364646-4, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 281/HGNRG/2013. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 103/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 2182496/2011, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 257/HGNRG/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Gabriela Elizabeth Martínez, D.N.I. 32.252.638, CUIL. 27-32252638-0, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma;

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Page 85: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-.Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N°257/HGNRG/2013. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 104/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 768216/2013, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 245/HGAPP/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Sandra Edith Babiez, D.N.I. 21.670.370, CUIL. 27-21670370-2, como Perito Mercantil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-.Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 245/HGAPP/2013.

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Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 105/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 2057694/2012, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", mediante Disposición N° 270/HGAPP/2013, designó con carácter interino al Dr. Homero Bigliani, D.N.I 28.919.058, CUIL. 23-28919058-9, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Cirugía General), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.-Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 270/HGAPP/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma, lo es en favor del Dr. Homero Bigliani, D.N.I 28.919.058, CUIL. 23-28919058-9, legajo personal 419.026. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 86Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 106/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2185571/2012, y CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Jefe Unidad Internación Clínica Médica III (Dependiente de la División Clínica Médica), con 40 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud; Que en consecuencia, el citado establecimiento asistencial, solicita se cubra de inmediato, teniendo en cuenta las necesidades imperiosas del Sector; Que por lo expuesto, se propicia designar con carácter interino en el precitado cargo al Dr. Oscar Luis Caravello, D.N.I. 12.548.256, CUIL. 20-12548256-3, legajo personal 289.312; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la presente cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que es de hacer notar, que la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Desígnase con carácter interino al Dr. Oscar Luis Caravello, D.N.I. 12.548.256, CUIL. 20- 12548256-3, legajo personal 289.312, como Jefe Unidad Internación Clínica Médica III (Dependiente de la División Clínica Médica), con 40 horas semanales, partida 4022.1100.MS.17.014 (P.64), del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Consultor Principal 1, titular, con 30 horas semanales, partida 4022.1100.MS.17.024, del citado Hospital. Artículo 2.- Déjase establecido que el alta de la designación de la persona que se indica en el artículo anterior, de la presente Resolución, queda supeditada a la presentación de la Declaración Jurada y/o resumen de Historia Laboral emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 87Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 107/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: El Expediente N° 1455552/2012, y CONSIDERANDO: Que la Dra. Silvina Fernández Segovia, D.N.I. 14.958.381, CUIL. 27-14958381-0, legajo personal 295.087, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependiente del Ministerio de Salud, solicita el pase de Guardia a Planta; Que según surge de los presentes actuados, la citada profesional acredita una antigüedad mayor de quince (15) años, cumpliendo funciones en el Sector de Urgencia, conforme lo prescripto en el artículo 6, punto 6.6.2, de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y sus modificatorias; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, se propicia reubicar a la nombrada como Médica de Planta Consultor Principal 1 (Hemoterapia), titular, con 36 horas semanales, en el precitado establecimiento asistencial; Que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA) y no representa mayor erogación. Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.-Reubícase a la Dra. Silvina Fernández Segovia, D.N.I. 14.958.381, CUIL. 27-14958381-0, legajo personal 295.087, como Médica de Planta Consultor Principal 1 (Hemoterapia), titular, con 36 horas semanales, partida 4022.1000.MS.17.024, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, punto 6.6.2 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y sus modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médica Consultor Principal 1 (Hemoterapia), titular, con 36 horas semanales, partida 4022.1000.MS.17.954, del citado Hospital. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 108/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 1326686/2011, y

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Page 89: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 269/HGATA/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor Elias Pérez Araujo, D.N.I. 33.936.405, CUIL. 20-33936405-3, como Técnico Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 269/HGATA/2013. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 109/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 2069586/2012, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

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Page 90: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 219/HGAIP/2013, modificada por Disposición Nº 348/HGAIP/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Paola Soledad Jofre, D.N.I. 26.910.045, CUIL. 27-26910045-7, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-.Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 219/HGAIP/2013, modificada por Disposición Nº 348/HGAIP/2013. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 110/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 1574090/2013, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 771/HGAJAF/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Dora María Ester Díaz, D.N.I. 27.123.067, CUIL. 27-27123067-8, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005;

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Page 91: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 771/HGAJAF./2013. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 111/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 3392443/2013, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 307/HGNRG/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Alicia Mónica Laujedo, D.N.I. 17.624.432, CUIL. 27-17624432-7, como Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

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Artículo 1.-.Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 307/HGNRG/2013. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 112/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 446035/2013, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 112/HGAIP/2013, designó con carácter interino a la señora Patricia Noemí Gómez, D.N.I. 22.504.997, CUIL. 27-22504997-7, como Enfermera, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 112/HGAIP/2013. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 92Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 113/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 410617/2013, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 320/HGATA/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor Mauro Federico Munilla, D.N.I. 35.969.868, CUIL. 20-35969868-3, como Técnico Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-.Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 320/HGATA/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor del señor Mauro Federico Munilla, D.N.I. 35.969.868, CUIL. 20-35969868-3. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 114/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente Nº 1603529/2012, y

Página Nº 93Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 218/HGATA/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Gabriela Alejandra Ibarra, D.N.I. 17.728.239, CUIL. 27-17728239-7, como Licenciada en Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 218/HGATA/2013. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 115/MMGC/14

Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2977338/2013, y CONSIDERANDO: Que el Dr. Carlos Felipe Bruno, D.N.I. 12.894.723, CUIL. 20-12894723-0, legajo personal 379.287, del Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, solicita el pase de Guardia a Planta; Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, resuelve que el profesional que nos ocupa por razones de salud solo podrá desempeñarse en Planta; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, se propicia reubicar al nombrado como Médico de Planta Consultor Adjunto (Terapia Intensiva), titular, con 30 horas semanales, en el citado establecimiento asistencial;

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Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar que la misma no representa mayor erogación. Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Reubícase al Dr. Carlos Felipe Bruno, D.N.I. 12.894.723, CUIL. 20-12894723-0, legajo personal 379.287, como Médico de Planta Consultor Adjunto (Terapia Intensiva), titular, con 30 horas semanales, partida 4022.1500.MS.20.024, del Hospital "Bernardino Rivadavia", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médico Consultor Adjunto (Terapia Intensiva), titular, con 30 horas semanales, partida 4022.1500.MS.20.954, del citado Hospital. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 95Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Disposición Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.º 109/DGSPR/14

Buenos Aires, 28 de febrero de 2014

VISTO: la Ley Nº 1913 (B.O Nº 2363) y Nº 4470 (B.O Nº 4063); los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O Nº 2436), y Nº 394-GCBA/2013 (B.O Nº 4248) y las Disposiciones Nº 142-DGSSP/2003, Nº 156- DGSSP/2004, Nº 276-DGSSP/2005, Nº 245-DGSP/2006, Nº 352-DGSPR/2007, Nº 324-DGSPR/2009, y Nº 271-DGSPR/2010 y N° 361-DGSPR/2011 y la Carpeta Nº 337- DGSSP/2002, y CONSIDERANDO: Que la empresa ALBOSA S.R.L. con domicilio real y constituido en la calle Castillo Nº 1333, P.B, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 142- DGSSP/2003; Que vencido el plazo de su última habilitación el día 06/11/2013 la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 1913 en su Artículo 3º con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a) y b) y sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c); Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo establecen los Arts. 9º Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley Nº 1913 y reglamentación aprobada por Decreto Nº 446-GCBA/2006; Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Horacio Edgardo Domenicone, D.N.I Nº 08.357.522; Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo Nº 213.987, el cual posee vigencia hasta el día 01/08/2014 y que fuera expedido en Legajo Nº 9.760.523 del Registro Nacional de Armas; Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por el Decreto Nº 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período; Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I Artículo 165, Inciso 9, Ley 4470 por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha de la presente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Página Nº 96Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos (2) años, la habilitación concedida a la empresa ALBOSA S.R.L. para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la ley Nº 1913 en su Artículo 3º

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Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a) Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósitos, b) Vigilancia privada en lugares fijos sin acceso al público. Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Custodia y portería de locales bailables y confiterías y/o espectáculos en vivo, como otro lugar destinado a recreación y c) Servicios de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal. Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente. Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la renovación otorgada por el presente Acto Administrativo. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

DISPOSICIÓN N.º 110/DGSPR/14

Buenos Aires, 28 de febrero de 2014

VISTO: la Ley Nº 1913 (B.O Nº 2363); y N° 4808 (B.O N° 4306), los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O Nº 2436) y N°394-GCABA/2013 (B.O. N°4248), y la Carpeta Nº 02-DGSPR/2014, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de fuego Inciso a), b) y c), presentada por la empresa SAFBA SRL., con domicilio real en Av. Gral. San Martín N°2744, Lomas del Mirador, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la calle Lavallol Nº 3373, PB, Dpto. "4" , de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 17 y concordantes de la mencionada Ley al Señor Gerardo Miguel Ángel Morales, D.N.I N° 23.221.656, Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9 Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley Nº 1913 y su reglamentación aprobada mediante Decreto Nº 446-GCBA/2006; Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por el Decreto Nº 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas; Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo 167 Inciso 19, Ley N° 4808 por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por el plazo de dos años contados a partir de la fecha de la presente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Página Nº 97Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a la empresa SAFBA SRL, su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la ley Nº 1913 en su Artículo 3º, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Custodia y portería de locales bailables, confiterías y/o espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación y c) Servicios de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal. Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.

Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

DISPOSICIÓN N.º 111/DGSPR/14

Buenos Aires, 28 de febrero de 2014

VISTO: la Ley Nº 1913 (B.O. Nº 2363), los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O. Nº 2436) N°394- GCABA/2013 (B.O. N°4248), la Disposición Nº 100-DGSSP/2004, N° 289-DGSSP/2005, N° 228- DGSP/2006, N° 251-DGSPR/2007 y N° 26-DGSPR/2010, y Nº 59-DGSPR/2012, Nº 88-DGSPR/2014 y la Carpeta Nº 23-DGSSP/2003, y CONSIDERANDO: Que mediante Disposición Nº 59-DGSPR/2012 de fecha 01/03/2012, la firma DARDO ROCHA SEGURIDAD S.A con domicilio real en la calle Ugarte Nº 3380, Piso 1º, Dpto "B", Olivos, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Jean Jaures Nº 730, P.B, Dpto "D", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue habilitada por el término de dos años, para prestar servicios de seguridad privada, conforme Artículo 3º con autorización de uso de armas de fuego: Punto 1: incisos a) y b), y sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c) ; en los términos de la Ley Nº 1913 y reglamentación aprobada por Decreto Nº 446-GCBA/2006; Que ante el vencimiento con fecha 03/02/2014 de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil requerida por el art 5 inc. k) de la Ley 1913 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 446- GCBA/2006, y el tiempo transcurrido sin que la interesada haya cumplimentado la documentación requerida al efecto se dispuso la baja de la empresa del registro de seguridad privada mediante Disposición 88-DGSPR/2014 de fecha 21/02/2014 debidamente notificada; Que con fecha 25/02/2014 el presidente de la empresa presentó un recurso de reconsideración respecto al acto administrativo que dispuso la baja de la empresa en cuestión, solicitando se revea dicho acto; Que el recurrente acompaño como documental la póliza en cuestión, la cual ya se encontraba emitida y en vigencia con anterioridad a la fecha de la Disposición de baja impugnada,

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Que teniendo en consideración la veracidad de los argumentos expuestos por la interesada, esta Dirección General entiende que procede la revocación de la Disposición N° 88-DGSPR/2014; Que en consecuencia corresponde que la empresa continúe prestando servicios de seguridad privada conforme Disposición N° 59-DGSPR/2012 de fecha 01/03/2012, operando su vencimiento el día 28/03/2014; Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1°.-Revóquese la Disposición Nº 88-DGSPR/2014 de fecha 21/02/2014.- Artículo.2°.- La revocación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de habilitación establecido en la Disposición N° 59-DGSPR/2012, la cual vencerá indefectiblemente el día 28/02/2014.-

Artículo 3°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la revocación de la baja dispuesta en el artículo primero. Artículo 4°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, y hágase saber al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

Página Nº 99Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.º 29/UCAS/14

Buenos Aires, 9 de abril de 2014 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764, Decreto Nº 95/GCBA/14, el Decreto Nº 1145//GCBA/09, las Resoluciones Nº 001/UOAC/08, Nº 232/UOAC/09 y sus modificatorias, la Disposición Nº 119/DGCYC/11 y el EE Nº 4.189.321/MGEYA-UCAS/14, y CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la Contratación Menor para la Adquisición de Consumibles y descartables para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, modificada por Ley Nº 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14; Que se ha efectuado Solicitud de Gasto debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria; Que ha sido elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos y de Especificaciones Técnicas que regirá el presente llamado; Que por Disposición Nº 119/DGCYC/11 el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales a regir en los procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que por Decreto Nº 1353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central, en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que por Decreto Nº 481/GCBA/10 se modificaron los artículos 3º y 5º del Decreto Nº 1353/GCBA/08, suprimiéndose la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC y delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto Nº 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central, establecido por el Decreto Nº 1353/GCBA/08, estableciéndose que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), siendo continuadora de la UPE-UOAC; Que por Decreto Nº 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto Nº 260/GCBA/12 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de

Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico;

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Que por Resolución Nº 232/UOAC/09 y sus modificatorias se estableció el nuevo Listado de Medicamentos, Insumos, Productos Biomédicos, Prótesis e Implantes Ortopédicos-Traumatológicos y Servicios de adquisición centralizada, indicando los lineamientos a llevarse a cabo en la licitaciones públicas que se realicen en el ámbito de la UPE - UOAC, en un todo de acuerdo los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 1353/GCBA/08. Por ello, en uso de las facultades conferidas en el art. 13 del Decreto Nº 95/GCBA/14,

EL TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos y de Especificaciones Técnicas que como Anexo forma parte integrante de la presente Disposición, para la Contratación Menor para la Adquisición de Consumibles y descartables para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto aproximado de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 10/100 ($ 363.459,10). Artículo 2º.- Llámase a Contratación Menor BAC Nº 401-022-CME14 para el día 25 de abril de 2014 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, modificada por Ley Nº 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14, sobre la documentación aprobada en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 4º.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 5º.- Publíquese por el término de un (1) día con no menos de tres (3) de anticipación en el Boletín Oficial, en la página Web Buenos Aires Compras, y en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones según lo establecido en la Ley Nº 2095, modificada por Ley Nº 4764, el Decreto Nº 95/GCBA/14 y el Decreto Nº 1145//GCBA/09. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia Operativa Soporte Compras de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS). Arata

ANEXO DISPOSICIÓN N.º 42/DGADC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por la Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14, la Disposición N° 34-DGADC/14 y el Expediente Nº 259.061/10, y CONSIDERANDO:

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Que por el Expediente N°259.061/10 tramitó la Licitación Pública Nº 1392/SIGAF/2010, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 entonces vigente, para la Provisión de Equipamiento Médico, Instrumental y Mobiliario con destino al nuevo Pabellón de Pediatría del Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que por Disposición Nº 34-DGADC/14 se convalidó la prórroga de la Orden de Compra Nº 44887/SIGAF/2010 a favor de la firma FEDIMED S.A. hasta el 30 de diciembre de 2010, sin aplicación de penalidades; se tuvo por operada de hecho la prórroga y rehabilitación del contrato perfeccionado mediante Orden de Compra N° 44895/SIGAF/2010 a favor de la empresa Quiro Med S.A.C.I.F. con aplicación de las penalidades pecuniarias previstas en los artículos 120, 121, 123 y 126 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se dispuso el registro del cumplimiento de la Orden de Compra emitida a favor de la firma INSTRUEQUIPOS S.A. y la devolución de la respectiva garantía de ejecución de contrato; Que en el artículo 3º del citado acto administrativo se individualizó erróneamente el Número de la Orden de Compra correspondiente a la firma INSTRUEQUIPOS S.A. toda vez que se consignó el Nº 44877/SIGAF/2010 cuando el correcto es 44899/SIGAF/2010, tal como surge de sus considerandos; Que, en consecuencia, corresponde sanear la Disposición Nº 34-DGADC/14 en el sentido señalado en el considerando precedente. Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Decreto Reglamentario Nº 95/14, y a tenor de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97, ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE

Artículo 1º.- Sanéase y confírmase el Artículo 3º de la Disposición Nº 34/DGADC/14, en el sentido que, donde se lee: “ Orden de Compra Nº 44877/SIGAF/2010 “ debe leerse "Orden de Compra Nº 44899/SIGAF/2010". Artículo 2º.- Para su conocimiento, publicación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo

DISPOSICIÓN N.º 97/HMOMC/14

Buenos Aires, 1 de abril de 2014 VISTO el Expediente N° 3.627.571-MGEYA-HMOMC-14, la Ley Nº 3304 (B.O.C.B.A Nº 3335 del 07-01-2010), la Ley 4736 (B.O.C.B.A.Nº 4299 del 16-02-2013), la Ley 2095 (B.O.C.B.A.Nº 2557 del 02-11-206), su modificatoria Ley 4.764 (B.O.C.B.A.Nº 4313 del 08-01-2014) y su Decreto Reglamentario Nº 95-14 (B.O.C.B.A. Nº 4355 del 11-03-2014) y; CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado tramita la adquisición de insumos para el Servicio de Esterilización (papel para impresora de autoclave Hogner, aceite emulsionable y cartucho de cinta para impresora de autoclave Cecar), con destino al citado Servicio de este Hospital;

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Que, obra Solicitud de Gastos Nº 17.440-SIGAF-2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria, con cargo al presente Ejercicio; Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares; Que, por Disposición Nº 171-DGCyC-2.008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el apartado j) del Artículo Nº 18 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, por Decreto Nº 1353-GCBA-08 se creó la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (en adelante UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central, en el ámbito del Ministerio de Salud y de Hacienda; Que, dentro de las competencias atribuidas a la UPE, se le delegó la facultad de coordinar procesos de compras y contrataciones de los medicamentos, insumos, productos biomédicos y servicios; Que, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 1802-MSGC-MHGC-08, se autorizó a los hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a efectuar las contrataciones para la adquisición de insumos requeridos con excepción de las que sean programadas ante la Unidad Operativa de Adquisiciones Central; Que, el Decreto Nº 593-GCBA-11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto Nº 1353-GCBA-08, estableciendo que la misma funcionará exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que, dado que los insumos para el Servicio de Esterilización no se encuentran en el listado de compras programadas a Nivel Central y son indispensables para el normal funcionamiento del Servicio, corresponde su adquisición bajo la modalidad prevista en el Art.12 de la Ley Nº 4764 modificatorio del Art.38 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto Nº 95-14 (B.O.C.B.A. Nº 4355 del 11-03-2014) reglamentario de la Ley 2095 (B.O.C.B.A.Nº 2.557del 02-11-2006);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA"MARIA CURIE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo forma parte integrante de la presente, para la adquisición de insumos para el Servicio de Esterilización (papel para impresora de autoclave Hogner, aceite emulsionable y cartucho de cinta para impresora de autoclave Cecar), con destino al citado Servicio de este Hospital, por un monto aproximado de $ 4.720,00 (PESOS: CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE CON 00/00), con cargo al presente Ejercicio.- Art.2.- Llamase a CONTRATACION DIRECTA-REGIMEN ESPECIAL "CONTRATACION MENOR N ° 2104/SIGAF/HMOMC/2014" para el día 16 de abril de 2014 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo N°12 de la Ley N°4764 modificatorio del Art. 38 del Capítulo IV del Título Tercero de la ley 2095 y Art. 38 del Decreto Reglamentario N°95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03- 2014).- Art.3.- Valor del Pliego: sin cargo.- Art.4.- Remítase las invitaciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38° del Decreto Reglamentario N°95-14 ( B.O.C.B.A N° 4355 del 11-03-2014).- Art. 5.- Publíquese la contratación en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el Art.38 del Decreto Reglamentario 95-14 (B.O.C.B.A. N°4355 del 11-03-2014).- Art.6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el Art.92 del Decreto Reglamentario N° 95-14 ( B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y remítase a la oficina de Compras para la prosecución de su tramite. Temperley

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.º 98/HMOMC/14

Buenos Aires, 1 de abril de 2014

VISTO el Expediente N° 3.626.890-MGEYA-HMOMC-14, la Ley Nº 3304 (B.O.C.B.A Nº 3335 del 07-01-2010), la Ley 4736 (B.O.C.B.A.Nº 4299 del 16-02- 2013), la Ley 2095 (B.O.C.B.A.Nº 2557 del 02-11-206), su modificatoria Ley 4.764 (B.O.C.B.A.Nº 4313 del 08-01-2014) y su Decreto Reglamentario Nº 95-14 (B.O.C.B.A. Nº 4355 del 11-03-2014) y; CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado tramita la adquisición de Especialidades Medicinales, con destino al Servicio de Farmacia de este Hospital; Que, obra Solicitud de Gastos Nº 16.742-SIGAF-2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria, con cargo al presente Ejercicio; Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares; Que, por Disposición Nº 171-DGCyC-2.008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el apartado j) del Artículo Nº 18 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, por Decreto Nº 1353-GCBA-08 se creó la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (en adelante UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central, en el ámbito del Ministerio de Salud y de Hacienda; Que, dentro de las competencias atribuidas a la UPE, se le delegó la facultad de coordinar procesos de compras y contrataciones de los medicamentos, insumos, productos biomédicos y servicios; Que, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 1802-MSGC-MHGC -08, se autorizó a los hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a efectuar las contrataciones para la adquisición de insumos requeridos con excepción de las que sean programadas ante la Unidad Operativa de Adquisiciones Central; Que, el Decreto Nº 593-GCBA-11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto Nº 1353-GCBA-08, estableciendo que la misma funcionará exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que mediante la Licitación Pública Nº 1870/2013, por Orden de Compra Abierta, la firma Droguería Comarsa SA. provee especialidades medicinales a la zona 2 del GCBA, a la cual pertenece este Hospital; Que, debido a las características particulares de las especialidades medicinales que se solicitan, las mismas, no se encuentran dentro de las suministradas por la mencionada Orden de Compra Abierta, y atento a su stock crítico corresponde su

contratación bajo la modalidad prevista en el Art.12 de la Ley Nº 4764 modificatorio del Art.38 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto Nº 95-14 (B.O.C.B.A. Nº 4355 del 11-03-2014) reglamentario de la Ley 2095 (B.O.C.B.A.Nº 2.557del 02-11-2006);

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA"MARIA CURIE"

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Art. 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo forma parte integrante de la presente, para la adquisición de Especialidades Medicinales, con destino al Servicio de Farmacia de este Hospital por un monto aproximado de $12.750,00 (PESOS: DOCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 00/00), con cargo al presente Ejercicio.- Art.2.- Llamase a CONTRATACION DIRECTA-REGIMEN ESPECIAL "CONTRATACION MENOR N°2105/SIGAF/HMOMC/2014" para el día 16 de abril de 2014 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo N°12 de la Ley N°4764 modificatorio del Art. 38 del Capítulo IV del Título Tercero de la ley 2095 y Art. 38 del Decreto Reglamentario N°95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014).- Art.3.- Valor del Pliego: sin cargo.- Art.4.- Remítase las invitaciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38° del Decreto Reglamentario N°95-14 ( B.O.C.B.A N° 4355 del 11-03- 2014).- Art. 5.- Publíquese la contratación en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el Art.38 del Decreto Reglamentario 95-14 ( B.O.C.B.A. N°4355 del 11-03-2014).- Art.6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el Art.92 del Decreto Reglamentario N° 95-14 ( B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y remítase a la oficina de Compras para la prosecución de su tramite. Temperley

ANEXO

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 363/DGAR/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/08, N° 481/11, el Expediente electrónico Nº 3265748/DGIES/14, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, un informe técnico obrante a número de orden 5 y 14 en el que señala la necesidad de realizar los trabajos de instalación eléctrica e impermeabilización en el Edificio de la Escuela N° 1 D.E. Nº 13 sito en Rafaela 5159, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto oficial para la realización de la obra, asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON 96/100 ($ 1.327.229,96); Que la ejecución de la obra, objeto de la presente licitación, es necesaria e impostergable a los fines de poner el establecimiento a norma y evitar potenciales accidentes que atenten contra la vida y seguridad de alumnos y docentes; Que, por lo expuesto surge que no es posible utilizar los plazos de publicación ordinarios establecidos en el ordenamiento normativo, por lo cual, con el fin de solucionar con mayor celeridad las falencias de los edificios escolares es preciso reducir los plazos de publicación conforme lo contemplado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064; Que de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Pública en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad y el Decreto Nº 481/11, comunicando a las cámaras empresariales pertinentes, publicando en la cartelera de esta Dirección General, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet Que se han procedido a confeccionar los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, conforme el Decreto Nº 1254/08, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorada en su etapa preventiva de fondos; Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Pública N° 291-SIGAF-14 (08-14) con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los trabajos de instalación eléctrica e impermeabilización en el Edificio de la Escuela Nº 1 D.E. Nº 13 sito en Rafaela 5159, Ciudad de Buenos Aires; Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de

la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, en razón de lo normado por el Decreto N° 481/11,

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Artículo 1.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Pública N° 291-SIGAF-14 (08-14). Artículo 2.- Llamar a Licitación Pública N° 291-SIGAF-14 (08-14) con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los trabajos de instalación eléctrica e impermeabilización en el Edificio de la Escuela Nº 1 D.E. Nº 13, sito en Rafaela 5159, Ciudad de Buenos Aires, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON 96/100 ($ 1.327.229,96); Articulo 3.- Reducir los plazos de publicación conforme lo normado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064. Artículo 4.- Establecer como fecha de apertura de ofertas el día 28 de abril de 2014, a las 12.00 hs. en Licitaciones, Ministerio de Educación sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 5.- Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet y notifíquese a las Cámaras empresariales pertinentes. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobo

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EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.º 369/DGIUR/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 7.151.571/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: "Banco, oficina comercial, financiera y cooperativa", para el inmueble sito en la calle Juana Manso Nº 1124/1150/1152/1160/1178/1184, con una superficie total de 258m2, y CONSIDERANDO: Que el inmueble objeto de esta consulta se encuentra afectado al Distrito U11 - "Puerto Madero", "Subdistrito Valor Patrimonial (VP)" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449 Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 2734373-DGIUR-2014, indica que en lo que respecta a los esquemas de publicidad y cartelería, a fs. 162 y 163 del Giro Documental se adjuntan fotografías con esquemas publicitarios; al no contar las mismas con detalles ni especificaciones, se informa que para su colocación se deberá dar cumplimiento con lo siguiente: Los carteles publicitarios no podrán superar en un 10% la altura del vano en el que se pretende. Las gráficas sólo podrán ser realizadas en letras sueltas o en placas metálicas perforadas. No se permitirán del estilo "backlight"; Que en lo que respecta a la actividad y a la propuesta: a. Se trata de un edificio existente afectado al Régimen de Propiedad Horizontal sito en la Parcela 1c de la manzana delimitada por las calles Boulevar Azucena Villaflor, Juana Manso, Marta Lyinch y Aime Paine, según Consulta de Registro Catastral de fs. 3 a 6 del Giro Documental. b. Se pretende la localización del rubro "Banco, oficina comercial, financiera y cooperativa" para la UF Nº 113 sita en la Planta Baja del mencionado inmueble, para una superficie total de uso de 258 m2 (Según Declaración Jurada a fs. 164 y 165 del Giro Documental). c. Respecto al uso solicitado se informa que a fs. 1 y 2 del Giro Documental se adjuntan Planos Registrados de Obra Nueva (Modificación), con destino "Local comercial" para el local que se pretende. Ahora bien, es opinión del Área Técnica dar lugar a la actividad solicitada para dicho local. d. Se deja en claro que el Nº de puerta solicitado en Declaración Jurada no corresponde a un Nº de puerta oficial, tal cual se indican en Consulta de Registro Catastral, situación que deberá ser regularizada ante el Organismo que corresponda; Que en tal sentido, el Área Técnica competente indica que no presenta inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico, en acceder a la localización del rubro "Banco, oficina comercial, financiera y cooperativa" para la UF Nº 113 sita en la Planta Baja del inmueble ubicado en la calle Juana Manso, con ingreso por el Nº de puerta 1182, para una superficie de 258m2 y a la colocación de publicidad y cartelería en fachadas del mismo inmueble siempre y cuando se cumplimente lo explicitado anteriormente; Que asimismo, se deja expresa constancia que se encuentra prohibida toda modificación de las fachadas existentes como así también la instalación de equipos de aire acondicionado o ventilación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos "Banco, oficina comercial, financiera y cooperativa", para el inmueble sito en la calle Juana Manso Nº 1182, Planta Baja, UF Nº 113, con una superficie total de 258m2 (Doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Vísanse los Esquemas de publicidad y cartelería, obrantes a fs. 162 y 163 del Giro Documental, dejando constancia que para su colocación se deberá dar cumplimiento con lo siguiente: Los carteles publicitarios no podrán superar en un 10% la altura del vano en el que se pretende. Las gráficas sólo podrán ser realizadas en letras sueltas o en placas metálicas perforadas. No se permitirán del estilo "backlight" Artículo 3º.- Hágase saber que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o de la publicidad y/o de los toldos y/o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 371/DGIUR/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 556.570/2014 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, para el inmueble sito en la calle Bolívar Nº 847/55, de acuerdo a la Memoria descriptiva obrante por IF-2014- 01723287-DGIUR, y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble emplazado en el Distrito APH 1 "San Telmo - Av. de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007. Catálogo con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 2542343-DGIUR-2014, indica que, las obras propuestas que, de acuerdo a la Memoria descriptiva obrante por IF-2014-01723287- DGIUR, consisten básicamente en remover superficies flojas, reconstrucción de revoques, y pintura de fachada según color existente; Que analizada la documentación presentada y dado el estado de conservación que presenta la fachada y que la misma ya se encuentra pintada, se entiende que sería factible acceder a su visado Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Aviso de Obra, consistente en la reparación de la fachada del inmueble sito en la calle Bolívar Nº 847/55, de acuerdo a la Memoria descriptiva obrante por IF-2014-01723287-DGIUR, debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble, pintura o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 372/DGIUR/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7.057.014/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Oficina Comercial“, para el local sito en la calle San Martín Nº 969, Piso 10, U.F Nº 19 y 20, con una superficie a habilitar: 241,58 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble que posee Protección General, toda vez que se encuentra localizada en la Zona 3 del Distrito APH 51 - Catedral al Norte del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 2517029-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que en relación con la normativa vigente se informa: El Parágrafo 5.4.12.51 Distrito APH 51 - Catedral al Norte, establece: Carácter: El distrito comprende aquellas manzanas del Área Central que ocupan el sector norte del trazado fundacional. Es vínculo de las diversas vocaciones históricas que confluyen en la identidad de la ciudad actual y alberga hitos representativos de la imagen simbólica nacional e internacional de Buenos Aires...“. Que en el punto 5.2.2 Zona 3, indica: “Usos: Los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH51 Catedral al Norte, serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C2...“. Que de acuerdo al Cuadro de Usos según Distritos Nº 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano, se informa: - La actividad solicitada de: “Oficina Comercial“, se encuentra comprendida en la Clase A en la “Descripción Servicios para la Vivienda y sus ocupantes, en el Agrupamiento “Servicios Terciarios“, en el rubro “Oficina Comercial - Oficina consultora“, Se encuentran permitidas en el Distrito C2, con referencia 31 de estacionamiento vehicular esto es: “1 módulo cada 120 m² de la superficie total construida“. Ley Nº 123: SER;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Que en tal sentido, en Área Técnica competente no encuentra inconvenientes desde el punto de vista Urbanístico y Patrimonial, para acceder a la localización del uso: “Oficina Comercial“, en el local sito en la calle San Martín Nº 969, Piso 10, U.F Nº 19 y 20. Con una superficie a habilitar de 241,58 m². No siendo de cumplimiento obligatorio el requerimiento de estacionamiento; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: : “Oficina Comercial“, en el local sito en la calle San Martín Nº 969, Piso 10, U.F Nº 19 y 20, con una superficie a habilitar de 241,58 m². (Doscientos cuarenta y un metros cuadrados con cincuenta y ocho decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 373/DGIUR/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 6.074.552 /2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista de: Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textil en general y Pieles; Relojería y Joyería; Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería; Artículos Personales y para Regalos", para el local sito en la Av. Luís María Campos Nº 901/987 y las calles, Gorostiaga Nº 920/998; Arce Nº 902 y Maure Nº 1835, Planta Baja, Local Nº 122, "El Solar de la Abadía", superficie a habilitar: 63,80 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble posee Protección General, toda vez que se encuentra localizada en el Distrito APH 39 "Corredor Luís María Campos entre Olleros y a Av. Dorrego"; del Código de Planeamiento Urbano, correspondiéndole los usos del Distrito de Zonificación R2aI; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 2514039-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito C1;

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Que de acuerdo al Cuadro de Usos según Distritos Nº 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano, se informa: La actividades solicitadas de: "Comercio Minorista de: Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textil en general y Pieles; Relojería y Joyería; Calzados en Gral., Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería; Artículos Personales y para Regalos", se encuentran comprendidas en la Clase A en la "Descripción Local Comercial, en el Agrupamiento "Comercio Minorista", en los rubros: "Textiles, pieles, cueros, Artículos personales, del Hogar y afines. Regalos" y "Joyería y Relojería - Compraventa de Metales y Piedras preciosas. Se admite como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente". Se encuentran permitidas en el Distrito R2a, Ley Nº 123: SER; Que en tal sentido, en Área Técnica competente no encuentra inconvenientes desde el punto de vista Urbanístico y Patrimonial, para acceder a la localización del uso: "Comercio Minorista de: Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textil en Gral. y Pieles; Relojería y Joyería; Calzados en Gral., Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería; Artículos Personales y para Regalos", en el local sito en la Av. Luís María Campos Nº 901/987 y las calles, Gorostiaga Nº 920/998; Arce Nº 902 y Maure Nº 1835, Planta Baja, Local Nº 122, "El Solar de la Abadía". Distrito APH 39. Con una superficie a habilitar de 63,80m²; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista de: Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textil en general y Pieles; Relojería y Joyería; Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería; Artículos Personales y para Regalos", en el local sito en la Av. Luís María Campos Nº 901/987 y las calles, Gorostiaga Nº 920/998; Arce Nº 902 y Maure Nº 1835, Planta Baja, Local Nº 122, "El Solar de la Abadía", con una superficie a habilitar de 63,80m² (Sesenta y tres metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.º 374/DGIUR/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 5.645.781/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Servicios Relacionados con la Impresión", para el inmueble sito en la Av. Juan de Garay Nº 924, Planta Baja y Entrepiso y Sótano, con una superficie a habilitar de 154,48 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 2606012-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos: "Servicios Relacionados con la Impresión" hasta 200 m²; Que respecto a la localización de publicidad, dado que el letrero visualizado no está permitido en los Distritos APH, debiendo modificar el mismo; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Servicios Relacionados con la Impresión" hasta 200 m para el inmueble sito en la Av. Juan de Garay Nº 924, Planta Baja y Entrepiso y Sótano, con una superficie a habilitar de 154,48 m², (Ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y ocho decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

Página Nº 113Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN N.º 375/DGIUR/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 6.723.655/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Servicios: Empresa de Servicios de Seguridad (sin depósito de armas, ni depósito de municiones, ni polígono de tiro)", para el inmueble sito en la calle Piedras Nº 1655, 1º piso Of. "A" y "B" (unificadas), con una superficie a habilitar de 84,10 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007, el mismo es un edificio Protegido con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 2482747-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos: Los siguientes rubros son los que se asimilan a la consulta de localización del uso; "Oficina Comercial, Oficina Consultora"; y los mismos son permitidos en el Distrito APH 1; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Oficina Comercial, Oficina Consultora“ asimilables a los usos: "Servicios: Empresa de Servicios de Seguridad (sin depósito de armas, ni depósito de municiones, ni polígono de tiro)", para el inmueble sito en la calle Piedras Nº 1655, 1º piso Of. "A" y "B" (unificadas), con una superficie a habilitar de 84,10 m², (Ochenta y cuatro metros cuadrados con diez decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación

pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

Página Nº 114Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N.º 1/UAIGOB/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 501/GCABA/2012 y N° 744/GCABA/2010 y la Resolución Conjunta N°18- MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12, y el Expediente Electrónico Nº 2073769-MGEYA-2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto en concepto de movilidad del primer trimestre del año 2014 de la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Gobierno; Que el Decreto Nº 501/12 aprobó el régimen de asignación de gastos de movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto N° 744/10 dispone que los fondos para gastos de movilidad son anticipados trimestralmente a las reparticiones que así lo soliciten a la Dirección General de Contaduría; Que asimismo la Resolución N° 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12 aprobó el procedimiento administrativo electrónico para la tramitación de la Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad; Que la citada resolución dispone que la repartición solicitante de los fondos, responsable de su rendición, debe confeccionar una planilla de conformidad con el Modelo N° 5 - modelo de planilla de resumen trimestral- del Anexo III de la norma, la cual debe ser firmada por uno de los responsables de los fondos y por el máximo responsable de la repartición solicitante; Que el mentado acto administrativo dispone que debe generarse un Anexo Firma Conjunta correspondiente a la planilla de aprobación del gasto mencionada; Que obra en los presentes actuados "Planilla de Resumen Trimestral" incorporada como Anexo III, modelo N° 5 de la Resolución Conjunta Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SDELYT/12; Que por lo expuesto resulta pertinente el dictado de la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA AUDITORA INTERNA DE LA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase los gastos correspondientes a la rendición de movilidad del 1° trimestre de 2014 de la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Gobierno otorgada en el marco del Decreto N° 501/GCABA/2012, destinada a atender los gastos de traslado necesarios por un monto total de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00) y la Planilla de Resumen Trimestral que como Anexo Firma Conjunta N° 04268575-IF-2014-UAIGOB forma parte de la presente.- Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno mediante copia autenticada fiel en el cuerpo del actuado de rendición. Cumplido. Archívese. Ramón

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 7/DGCCIU/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: los Decretos N° 501/12, la Resolución Conjunta N° 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12, el Expediente Electrónico N° 446350/DGCCIU/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto en concepto de movilidad del primer trimestre del año 2014 de la Dirección General Casas de la Ciudad del Ministerio de Gobierno; Que el Decreto N° 501/12 aprobó el régimen de asignación de gastos de movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo la Resolución Conjunta N° 18-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12 aprobó el procedimiento administrativo electrónico para la tramitación de la Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad; Que la citada resolución dispone que la repartición solicitante de los fondos, responsable de su rendición, debe confeccionar una planilla de conformidad con el Modelo N° 5- modelo de planilla de resumen trimestral- del Anexo III de la norma, la cual debe ser firmada por uno de los responsables de los fondos y por el máximo responsable de la repartición solicitante; Que el mentado acto administrativo dispone que debe generarse un Anexo Firma Conjunta correspondiente a la planilla de aprobación del gasto mencionada; Que los gastos correspondientes a la rendición de movilidad del 1° trimestre del año 2014 de la Dirección General Casas de la Ciudad del Ministerio de Gobierno en concepto de movilidad ascienden a la suma de PESOS TRES MIL ($3.000). Por ello, y en el uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 18 -MHGC-MMGC-MJGGC- SECLYT/12,

EL DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CIUDAD

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse los gastos correspondientes a la rendición de movilidad del 1° trimestre del año 2014 de la Dirección General Casas de la Ciudad del Ministerio de Gobierno, otorgada en el marco del Decreto N° 501/12, destinada a atender los gastos de traslado necesarios, por un monto total de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) y la Planilla de Resumen Trimestral que como Anexo Firma Conjunta N° IF-2014- 04216888-DGCCIU forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Pase a la Dirección General Legal y Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Bardon

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.º 31/DGRC/14

Buenos Aires, 1 de abril de 2014 VISTO: La necesidad de dotar de medidas de seguridad adecuadas en la expedición de partidas, y, CONSIDERANDO: Que dichas medidas redundaran en una mayor seguridad jurídica en los instrumentos públicos que el organismo expide, POR ELLO

El SEÑOR DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

DISPONE: ART.1º.- Impleméntese la Expedición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción en Hojas de Seguridad, tanto en la expedición en el proceso manual, como electrónico, hasta que coexistan.- ART.2º.- Tomen conocimiento las Gerencias y Subgerencias, notifíquense a los interesados y practíquenselas comunicaciones pertinentes, publíquese, cumplido, archívese. Lanús

Página Nº 117Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.º 25/DGTALAPRA/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO: Las Leyes Nº 2628 y Nº 2.095 su modificatoria y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, el EX-2014-03426959- -MGEYA- DGTALAPRA, CONSIDERANDO: Que por las mencionadas actuaciones tramita el procedimiento para la contratación tendiente a la adquisición gases especiales destinados a la Red de Monitoreo Atmosférico; Que la Ley Nº 2.628 dispone como objeto de la Agencia de Protección Ambiental el de proteger la calidad del medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que en su Capítulo III la citada Ley establece el marco general al cual debe sujetarse la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera, patrimonial y contable, incluyendo a Ley Nº 2.095 al Régimen de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que el Departamento de Red Automática de Monitoreo Atmosférico dependiente de la Dirección General de Evaluación Técnica manifestó que la adquisición resulta imprescindible a fin de garantizar la continuidad registros obtenidos en las Estaciones La Boca, Córdoba y Parque Centenario.; Que frente a ello la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial emitió las solicitudes de gasto que dieron inicio al presente procedimiento; Que toda vez que el monto total estimado para la presente contratación no supera las CIEN MIL (100.000,00) Unidades de Compras, equivalente a PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($550.000,00) el Departamento Compras y Contrataciones estimó como mejor medio de contratación el procedimiento de Contratación Directa conforme al artículo 38 -Régimen Especial de Contratación Menor- de la Ley Nº 2095; Que la Gerencia Operativa de Determinaciones Ambientales y Laboratorio conformó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técncias que regirán la presente contratación y forman parte integrante del presente acto de convocatoria; Que por Disposición Nº 171/DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 del Gobierno de la Ciudad, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente Contratación; Que por lo expuesto corresponde proceder al llamado a Contratación Menor aprobando los Pliegos que regirán el presente procedimiento de selección. Por ello, en virtud de las competencias conferidas en el artículo el Anexo II del Decreto Nº 95/GCBA/2014 reglamentario de la Ley Nº 2095, EL DIRECTOR GENERAL, TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo N° IF-2014-4265298-DGTALAPRA forman parte integrante de la presente.

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Artículo 2°.- Llámase a Contratación Menor N° 2041/2014 para la adquisición de gases especiales destinados al Departamento Red de Automática de Monitoreo Atmosférico dependiente de la Gerencia Operativa de Determinaciones Ambientales y de Laboratorio de la Dirección General de Evaluación Técnica de esta Agencia de Protección Ambiental, estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas el día 21 de abril de 2014 a las 15 horas, conforme lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº 2095 y su reglamentación. Artículo 3º.- El gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigencia. Artículo 4º.- Instrúyase al Departamento de Compras y Contrataciones que deberá cursar las respectivas invitaciones según lo establecido en el artículo 38 inciso d) del Decreto N° 95/GCBA/14, reglamentario de la Ley Nº 2095. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, anúnciese en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Casiraghi

ANEXO

DISPOSICIÓN N.° 254/DGCONT/14

Buenos Aires, 24 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 71542/06-ANT-Nº 2, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por ECOTEC INTEROCEANICA S.A., con domicilio en la calle FLORIDA 253 3º UF 41 OF. O y P, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratizacion, otorgada por el Expediente Nº 35641/06 a nombre de ECOTEC INTEROCEANICA S.A.; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Pérez Jose Alberto, D.N.I. Nº 14.699.750, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1564; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 352 del cual surge que Pérez Alicia Beatriz, Lanzavecchia Humberto David, Zubillaga Bartolomé Antonio, Perez Jose Alberto no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada;

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Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 938, conforme lo establecido en la

Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa ECOTEC INTEROCEANICA S.A., propiedad de ECOTEC INTEROCEANICA S.A., habilitada por Expediente Nº 35641/06, con domicilio en la calle FLORIDA 253 3º UF 41 OF. O y P, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 11/01/14 AL 11/01/2016 (ONCE DE ENERO DE DOS MIL DICISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 255/DGCONT/14

Buenos Aires, 24 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 45.593, el Decreto Reglamentario Nº 2.045/93 y el Expediente Nº 73573/05-ANT-Nº 2, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y su Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, oportunamente presentada por SANIDAD NORTE "SANEAMIENTO AMBIENTAL", con domicilio en la calle QUESADA 6088 PB "2", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de empresa de desinfección y desratizacion, reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes, empresas de limpieza y desinfección de tanques de agua potable", otorgada por el Expediente Nº 70747-05, a nombre de Pablo Hernán Monardez; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a, Rossotti Daniel Eduardo D.N.I. Nº 17107973, de profesión Lic. en Tecnología de los Alimentos, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº 155; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 2.045/93; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 123 del cual surgen que Pablo Hernán Monardez, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

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Que, en cumplimiento del Art. 8 Dto. 2045/MCBA/93 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de

Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable bajo el Nº 627, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, a la Empresa SANIDAD NORTE "SANEAMIENTO AMBIENTAL" propiedad de Pablo Hernan Monardez, habilitada por Expediente Nº 70747-05, con domicilio en la calle QUESADA 6088 PB "2", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada, con periodo de vigencia desde 10/01/2014 AL 10/01/2018 (DIEZ DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 256/DGCONT/14

Buenos Aires, 24 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 73568-2005-ANT-4, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por Pablo Hernan Monardez, con domicilio en la calle Quesada 6088 P.B UF2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización, Reparaciones y Mantenimiento de Edificios y sus Partes, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable otorgada por el Expediente Nº 70747/05 a nombre de Pablo Hernan Monardez; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Daniel Eduardo Rossotti, D.N.I. Nº 17.107.973, de profesión Licenciado en Tecnología Industrial de los Alimentos, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1452; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80;

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Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 123 del cual surge que Pablo Hernan Monardez no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 852, conforme lo establecido en la

Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa SANIDAD NORTE "SANEAMIENTO AMBIENTAL", propiedad de Pablo Hernan Monardez, habilitada por Expediente Nº 70747/05, con domicilio en la calle Quesada 6088 P.B UF2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 05/01/2014 AL 05/01/2016 (CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 259/DGCONT/14

Buenos Aires, 24 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, del Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 80364-1997-ANT-8, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80; Que, la presentación es efectuada por Jorge Nestor Tilbe para el local sito en Suipacha 987 P 10 UF 65 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita haber iniciado la solicitud del trámite de habilitación del local reseñado a su nombre por Expediente 7474073/13 y para los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable"; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Javier Turro, D.N.I. Nº 14.309.677, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1584;

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Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, el Código de Habilitaciones establece, conforme el Art. 1.1.1, que toda actividad que se desarrolle en el ejido de la Ciudad debe contar con permiso y/o habilitación conforme corresponda, a tales efectos; Que, el cuerpo normativo referenciado regula por medio de los Art. 2.1.9 y 2.1.8, las actividades que pueden llevarse adelante no obstante no contar con el certificado de habilitación otorgado; Que, por Art. citado en segundo término se detallan aquellas actividades que no podrán desarrollarse hasta tanto no contar con habilitación otorgada, entendiéndose por esto, que no se pueden desarrollar con habilitación en trámite; Que, las actividades por las cuales se tramita la habilitación en el marco del Expediente reseñado en el segundo párrafo de la presente no se encuentran incluidas en aquellas alcanzadas por el régimen del Art. 2.1.8; Que, de una interpretación armónica del Código de Habilitaciones como el Decreto 8.151/80, surge que la iniciación del trámite de habilitación resulta suficiente para gestionar la reinscripción por ante el Registro de Actividades correspondientes a Empresas Privadas de Desinfección y Desratización; Que, así las cosas, corresponde no obstante reseñar que la suerte de la reinscripción depende de la suerte del trámite de habilitación, en razón de lo cual, de rechazarse, denegarse o suspenderse el trámite de habilitación, se dará la baja del oficio de la reinscripción que por la presente se otorga; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 1196 del cual surge que Jorge Nestor Tilbe no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, de verificarse falsedades o inexactitudes en los instrumentos presentados por los cuales se gestiona la presente reinscripción, se procederá a dar de baja la reinscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desratización, y procederá a clausurar el local en forma inmediata y preventiva; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 506, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, a la Empresa FUMISHOW, propiedad de Jorge Nestor Tilbe, con domicilio en la calle Suipacha 987 P 10 UF 65, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 04/12/2013 AL 04/12/2015 (CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE). Artículo 3º.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Anguillesi

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DISPOSICIÓN N.° 262/DGCONT/14

Buenos Aires, 24 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 64920-2005-ANT-6, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por Walter Jose Young, con domicilio en la calle Billinghurst 290 PB "A" UF1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de Desinfección y Desratización otorgada por el Expediente Nº 54952/00 a nombre de Walter Jose Young; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Javier Turro, D.N.I. Nº 14.309.677, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1584; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 18178 del cual surge que Walter Jose Young no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 837, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa DUBLIN,

propiedad de Walter Jose Young, habilitada por Expediente Nº 54952/00, con domicilio en la calle Billinghurst 290 PB "A" UF1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 03/11/2013 AL 03/11/2015 (TRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

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DISPOSICIÓN N.° 303/DGCONT/14

Buenos Aires, 27 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 45.593, el Decreto Reglamentario Nº 2.045/93 y el Expediente Nº 1358894/09- ANT-Nº 1, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y su Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, oportunamente presentada por FUMIXIL FUMIGACIONES, con domicilio en la calle Av. Entre Rios 752/92 PB L 94 Y Av. Independencia 1753/67, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita haber iniciado solicitud de habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de desinfección y desratizacion, Empresa de desinfección y limpieza de tanques de agua potable", por el Expediente Nº 566411-14, a nombre de FUMIXIL S.A.; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Alvarez Carlos Enrique, D.N.I. Nº 13.465.895, de profesión Medico, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº 0001; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 2.045/93; Que, conforme el Decreto Reglamentario referenciado, Art. 2.2.4, para tramitar la reinscripción que se pretende, el interesado debe presentar fotocopias de la habilitación de los locales en uso por la Empresa, extendidos a su nombre; Que, el Código de Habilitaciones establece, conforme el Art. 1.1.1, que toda actividad que se desarrolle en el ejido de la Ciudad debe contar con permiso y/o habilitación conforme corresponda, a tales efectos; Que, el cuerpo normativo referenciado regula por medio de los Art. 2.1.9 y 2.1.8, las actividades que pueden llevarse adelante no obstante no contar con el certificado de habilitación otorgado; Que, por Art. citado en segundo término se detallan aquellas actividades que no podrán desarrollarse hasta tanto no contar con habilitación otorgada, entendiéndose por esto, que no se pueden desarrollar con habilitación en trámite; Que, las actividades por las cuales se tramita la habilitación en el marco del Expediente reseñado en el segundo párrafo de la presente no se encuentran incluidas en aquellas alcanzadas por el régimen del Art. 2.1.8; Que, de una interpretación armónica del Código de Habilitaciones como el Decreto 2045/93, surge que la iniciación del trámite de habilitación resulta suficiente para gestionar la reinscripción por ante el Registro de Actividades correspondientes a Empresas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable; Que, así las cosas, corresponde no obstante reseñar que la suerte de la reinscripción depende de la suerte del trámite de habilitación, en razón de lo cual, de rechazarse, denegarse o suspenderse el trámite de habilitación, se dará la baja del oficio de la reinscripción que por la presente se otorga; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº Nº 8520 Y Nº 8521 del cual surgen que Xillovich Hugo y Hernandez Jorge Alberto, no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

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Page 126: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

Que, de verificarse falsedades o inexactitudes en los instrumentos presentados por los cuales se gestiona la presente reinscripción, se procederá a dar de baja la reinscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, y procederá a clausurar el local en forma inmediata y preventiva; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable bajo el Nº 753, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, a la Empresa FUMIXIL FUMIGACIONES propiedad de FUMIXIL S.A., solicita habilitación por Expediente Nº 566411-14, con domicilio en la calle AV. ENTRE RIOS 752/92 PB L 94 Y AV. INDEPENDENCIA 1753/67, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 21/12/2013 AL 21/12/2017 (VEINTIUNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 309/DGCONT/14

Buenos Aires, 27 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 95429-1995-ANT-9, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por TECNO AMBIENTAL S.R.L., con domicilio en la calle Sarmiento 3697 P.7º "C" y Av. Diaz Velez 3455 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización otorgada por el Expediente Nº 67142/97 y Expediente N° 55677/98 a nombre de TECNO AMBIENTAL S.R.L.; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Mengoli Fabian, D.N.I. Nº 13.120.245, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1377;

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Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 8513 y 328 del cual surge que Mongolí Fabián y Pérez María Teresa no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 413, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa TECNO

AMBIENTAL S.R.L., propiedad de TECNO AMBIENTAL S.R.L., habilitada por Expediente Nº .67142/97, con domicilio en la calle Sarmiento 3697 P.7º "C" y Av. Diaz Velez 3455 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 10/01/2014 AL 10/01/2016 DIEZ DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 312/DGCONT/14

Buenos Aires, 27 de febrero de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, del Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 1358769/09-ANT-Nº 2, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80; Que, la presentación es efectuada por FUMIXIL S.A. para el local sito en AV. Entre Rios 752/92 PB L 94 Y AV. Independencia 1753/67 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita haber iniciado la solicitud del trámite de habilitación del local reseñado a su nombre por Expediente 566411-14 y para los rubros "Empresa de desinfección, desratización, empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable";

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Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Álvarez Carlos Enrique, D.N.I. Nº 13.465.895, de profesión Medico, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1247; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, el Código de Habilitaciones establece, conforme el Art. 1.1.1, que toda actividad que se desarrolle en el ejido de la Ciudad debe contar con permiso y/o habilitación conforme corresponda, a tales efectos; Que, el cuerpo normativo referenciado regula por medio de los Art. 2.1.9 y 2.1.8, las actividades que pueden llevarse adelante no obstante no contar con el certificado de habilitación otorgado; Que, por Art. citado en segundo término se detallan aquellas actividades que no podrán desarrollarse hasta tanto no contar con habilitación otorgada, entendiéndose por esto, que no se pueden desarrollar con habilitación en trámite; Que, las actividades por las cuales se tramita la habilitación en el marco del Expediente reseñado en el segundo párrafo de la presente no se encuentran incluidas en aquellas alcanzadas por el régimen del Art. 2.1.8; Que, de una interpretación armónica del Código de Habilitaciones como el Decreto 8.151/80, surge que la iniciación del trámite de habilitación resulta suficiente para gestionar la reinscripción por ante el Registro de Actividades correspondientes a Empresas Privadas de Desinfección y Desratización; Que, así las cosas, corresponde no obstante reseñar que la suerte de la reinscripción depende de la suerte del trámite de habilitación, en razón de lo cual, de rechazarse, denegarse o suspenderse el trámite de habilitación, se dará la baja del oficio de la

reinscripción que por la presente se otorga; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº Nº 8520 Y Nº 8521 del cual surge que Xillovich Hugo y Hernandez Jorge Alberto no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, de verificarse falsedades o inexactitudes en los instrumentos presentados por los cuales se gestiona la presente reinscripción, se procederá a dar de baja la reinscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desratización, y procederá a clausurar el local en forma inmediata y preventiva; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 1011, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, a la Empresa FUMIXIL FUMIGACIONES, propiedad de FUMIXIL S.A., con domicilio en la calle AV. ENTRE RIOS 752/92 PB L 94 Y AV. INDEPENDENCIA 1753/67, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 22/12/2013 AL 22/12/15 (VEINTIDOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE).

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Artículo 3º.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 322/DGCONT/14

Buenos Aires, 7 de marzo de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 2282758/11-ANT-Nº 1, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por García Víctor Hugo, con domicilio en la calle Av. Segurola 1317-PB UF2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratizacion, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes otorgada por el Expediente Nº 2133208/11 a nombre de García Víctor Hugo; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Cabrejas Mariano, D.N.I. Nº 04431146, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1597; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 19802 del cual surge que García Víctor Hugo no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 1091, conforme lo establecido en la

Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa MAYBA, propiedad de Garcia Victor Hugo, habilitada por Expediente Nº 2133208/11, con domicilio en la calle Av. Segurola 1317-PB UF2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 02/01/2014 AL 2/01/16 (DOS DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 324/DGCONT/14

Buenos Aires, 7 de marzo de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 1550020-2009-ANT-2, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por Marcelo Julio Cusi, con domicilio en la calle Coronel Chilavert Martiniano 1169 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización otorgada por el Expediente Nº 1486195/09 a nombre de Marcelo Julio Cusi; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Javier Turro, D.N.I. Nº 14.309.677, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1584; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 892 del cual surge que Marcelo Julio Cusi no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 1021, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa EL SENSEI,

Página Nº 130Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 131: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

propiedad de Marcelo Julio Cusi, habilitada por Expediente Nº 1486195/09, con domicilio en la calle Coronel Chilavert Martiniano 1169 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 22/02/2014 AL 22/02/2016 (VEINTIDOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

DISPOSICIÓN N.° 332/DGCONT/14

Buenos Aires, 10 de marzo de 2014 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 80813/97- ANT Nº 7, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por Marcelo Luis Kacanas, con domicilio en la Av. Scalabrini Ortiz 382 PISO 7 UF 22, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratizacion, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, empresa de limpieza de edificios otorgada por el Expediente Nº 182912-12 a nombre de Marcelo Luis Kacanas; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Pascaner Néstor Raúl, D.N.I. Nº 11.121.251, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1556; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 101 del cual surge que Marcelo Luis Kacanas no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Página Nº 131Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 132: Boletín Oficial€¦ · Nº "2014, Año de las letras argentinas "Sumario ... Se confirma en carácter titular al docente Antonio Pablo Grippo..... Pág. 40 Resolución N° 1455-MEGC/14

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 522, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa FUMIGACIONES BUENOS AIRES, propiedad de Marcelo Luis Kacanas, habilitada por Expediente Nº 182912-12, con domicilio en la Av. Scalabrini Ortiz 382 PISO 7 UF 22, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 18/02/2014 AL 18/02/2016 (DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi DISPOSICIÓN N.° 334/DGCONT/14

Buenos Aires, 10 de marzo de 2014

VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 2192809/11-ANT Nº 1, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por Pane Rodrigo Leonel, con domicilio en la calle Av. Rivadavia 3478-PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratizacion, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable otorgada por el Expediente Nº 1904999/11 a nombre de PANE RODRIGO LEONEL; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Cabrejas Mariano, D.N.I. Nº 04431146, de profesión Ingeniero Agronomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el Nº 1597; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 883 del cual surge que Pane Rodrigo Leonel no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Página Nº 132Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

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EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Nº 1092, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa GMT,

propiedad de Pane Rodrigo Leonel, habilitada por Expediente Nº 1904999/11, con domicilio en la calle Av. Rivadavia 3478-PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 12/01/2014 AL 12/01/2016 (DOCE DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Anguillesi

Página Nº 133Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

DISPOSICIÓN N.º 83/DGESYC/14

Buenos Aires, 7 de abril de 2014

VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12, el E.E. Nº 3.828.064/MGEYA-DGESYC/14, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la Adquisición de Materiales e Insumos Eléctricos, con destino al edificio anexo de esta Dirección General de Estadística y Censos, sito en Av. San Juan 1.369/71; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que por Disposición Nº 59/DGESYC/2012 se ratificó como Unidad Operativa de Adquisiciones a esta Dirección General de Estadística y Censos; Que por Disposición Nº 171/DGCYC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a la facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Disposición Nº 71/DGESYC/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 2.113/SIGAF/14 para el día 04 de abril de 2.014 a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley 2.095 modificada por la Ley 4.764, El Decreto Nº 754-08, modificado por los Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12; Que tal como luce en el Acta de Aperturas Nº 03/DGESYC/14 se recibieron dos (2) ofertas de las firmas YLUM S.A. y LICICOM S.R.L.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación del cual surge que resultan desiertos los Renglones Nros 2 y 3 y que se aconseja la adjudicación de la oferta presentada por la firma YLUM S.A. (Renglones Nros 1, 4/27), por oferta más conveniente en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 108 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello y en uso de las facultades conferidas en el Artículo Nº 13 del Decreto Nº 754/08, modificado por los Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12,

EL DIRECTOR GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 2.113/SIGAF/14 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12.

Artículo 2º.- Adjudíquese la Adquisición de Materiales e Insumos Eléctricos, con destino al edificio anexo de esta Dirección General de Estadística y Censos, sito en Av. San Juan 1.369/71, a la firma YLUM S.A. (Renglones Nros 1, 4/27), por la suma total de Pesos Ciento Cuarenta y Siete Mil Doscientos Veintinueve Con Setenta y Ocho Centavos ($ 147.229,78).

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Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida del Presupuesto del año 2.014. Artículo 4º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones de esta Dirección General de Estadística y Censos por el término de un (1) día. Artículo 5º.- Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al proyecto obrante en el actuado. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, aprobado por Resolución Nº 41-LCABA/98. Donati

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.º 2/DGECM/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014

VISTO: la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, las Resoluciones Nº 596-MHGC/11 y Nº 1.160-MHGC/11 y la solicitud de compra BAC 9265-0772-OC14, CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº 1.160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se propone; Que la Resolución Nº 213-MHGC-14 aprueba la Licitación Pública Nº 623-0011-LPU14, Convenio Marco de Compras Nº 623-90-CM14, realizada bajo la modalidad de selección Convenio Marco de Compras, para la adquisición de Servicios de Artes Gráficas con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre las ofertas adjudicadas se encuentra la correspondiente a la empresa Kodak Argentina S.A., C.U.I.T. Nº 30-52564969-1, cuya oferta para el renglón Nº 41, SERVICIO DE ARTES GRAFICAS - FOLLETOS, es de PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA ($ 25.712,50.-); Que a efectos de satisfacer la necesidad de dicho bien para las tareas a cargo de esta entidad, se autoriza la solicitud de compra BAC 9265-0772-OC14, para la adquisición de "SERVICIO DE ARTES GRAFICAS - FOLLETOS", por un monto total de PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA ($ 25.712,50.-); e imputando el gasto resultante en su etapa de compromiso preventivo y definitivo contra los créditos asignados a esta Entidad para el ejercicio financiero 2014; Que se ha ingresado en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Buenos Aires Compras -BAC- el proyecto de Orden de Compra a favor de la empresa Kodak Argentina S.A., C.U.I.T. Nº 30-52564969-1, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA ($ 25.712,50.-), correspondiendo el perfeccionamiento de la misma autorizando su emisión. Por ello, conforme el procedimiento establecido por Resolución Nº 1.160-MHGC/11,

LA DIRECTORA GENERAL DE ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN MASIVA DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase la adquisición de "SERVICIO DE ARTES GRAFICAS - FOLLETO", por un monto total de PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA ($ 25.712,50.-), a la empresa Kodak Argentina S.A., C.U.I.T. Nº 30-52564969-1, adjudicataria de la Licitación Pública Nº 623-0011-LPU14, Convenio Marco de Compras Nº 623-90-CM14, realizada bajo la modalidad de selección Convenio Marco de Compras y cuya Orden de Compra BAC 9265-0772-OC14 se

encuentra ingresada en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Buenos Aires Compras - BAC. Artículo 2º.- La Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autorizará la pertinente Orden de Compra, Nº 9265-0772-OC14a favor de la firma Kodak Argentina S.A:., C.U.I.T. Nº 30-52564969-1, por la suma de PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA ($ 25.712,50.-).

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Artículo 3º.- Establécese que los responsables de la recepción de los bienes adquiridos serán la Anne Reynolds, DNI: 94745144 Artículo 4º.- El gasto que involucra el cumplimiento de la presente adjudicación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, a la Unidad de Auditoria Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Aranda

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Agencia de Sistemas de Información

DISPOSICIÓN N.º 82/DGTALINF/14

Buenos Aires, 3 de abril de 2014

VISTO: El Decreto Nº 67-GCABA-10, el Decreto 501-GCABA-12, la Resolución 18-GCABA-SECYT- MHGC-MMGC-MJGGC-12, el Expediente Electrónico N° 00161879-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del mencionado Decreto, corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que asimismo por el Decreto N° 501-GCABA-12 se aprobó "el Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por medio de la Resolución N° 18-GCABA-SECLYT-MHGC-MMGC-MJGGC-2.012 se estableció que el procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11 y el Decreto N° 501/2012, utilizando el Módulo “EE“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que atento lo previsto en el Anexo I de la de la Resolución mencionada en el acápite anterior, que establece el Procedimiento para el Régimen de Gastos de Movilidad, corresponde aprobar los gastos de movilidad efectuados por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información en el 1° (primer) trimestre del año 2.014 por un importe de pesos cuatro mil doscientos con 00/100 ($ 4.200,00.-); Que bajo Orden N° 22 luce el Anexo Firma Conjunta N° IF-04024357-DGTALINF-2.014 mediante el cual, el suscripto y el Sr. Gerente Operativo Oficina de Gestión Sectorial suscribieron la planilla de resumen trimestral correspondiente a los gastos de movilidad del 1º (primer) trimestre del año 2014 de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información; Que en este sentido, bajo Orden N° 23 obra el Informe N° 04007892-DGTALINF-2014 mediante el cual el suscripto solicitó la rendición de los fondos de movilidad correspondientes al 1º (primer) trimestre del año 2014; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables). Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1°.- Apruébanse los gastos de movilidad efectuados por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información en el 1° (primer) trimestre del año 2.014 por un importe de pesos cuatro mil doscientos con 00/100 ($ 4.200,00.-) de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 501-10 y la Resolución Nº 18-GCABA-SECYT-MHGC-MMGC-MJGGC-12, cuya planilla de resumen trimestral se encuentra registrada en SADE como Anexo Firma Conjunta N° IF-04024357- DGTALINF-2.014.

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Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite. Dacharry

DISPOSICIÓN N.º 88/DGTALINF/14

Buenos Aires, 9 de abril de 2014

VISTO: el Decreto 1510/GCABA/97, la Disposición Nº 87-DGTALINF-2014, el Expediente Electrónico Nº 03971183-MGEYA-ASINF-14, y CONSIDERANDO: Que por la Disposición Nº 87-DGTALINF-2014 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Directa por Exclusividad Nº 2404/SIGAF/2014 para la "Regularización y Renovación del Soporte Técnico y Mantenimiento de las Licencias de software SAP para el periodo 2011/2012/2013 del Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires", bajo el amparo de lo establecido en el artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095 y modificatoria Ley 4.764/13; Que en virtud de un error material involuntario, en el artículo 5º de la Disposición mencionada ut-supra, se consignó erróneamente la fecha de apertura de oferta; Que el artículo 120 del Decreto 1510/GCABA/97 establece que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión"; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique, en los términos del mencionado artículo los importes mal consignados en el artículo 5° de las Disposición Nro. 87- DGTALINF-14; Por ello y en uso de la facultades conferidas por el artículo 120 del Decreto 1510/GCABA/97,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Rectifíquese el artículo 5º de la Disposición Nº 87-DGTALINF-2014, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 5º.- Establézcase como fecha de apertura de oferta el día martes 22 de abril a las 11:00 hs en el Área de Compras y Contrataciones de la Agencia de Sistemas de Información, sita en Av. Bernardo de Irigoyen 272 - 1° piso". Artículo 2º.- Notifíquese fehacientemente a la firma SAP de Argentina S.A. Artículo 3º.- Regístrese y publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dacharry

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 71/HGAIP/14

Buenos Aires, 28 de marzo de 2014

VISTO: el Expediente Electrónico Nº 2785384/2014 por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de Insumos para Anatomía Patológica, correspondiente a la Compra N° 1139/14 con destino al Servicio de Anatomía Patológica y en el marco de lo dispuesto por el Decreto 556/10 (BOCBA 3463) y su Modificatorio 752/10 (BOCBA 3512), Art. 6º del Decreto 392/2010 (BOCBA 3424), Decreto 335/11 (BOCBA 3689), la Resolución 648-MMGC/13 (BOCBA 3235), y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Decreto 556/10 Art. 2 Inc. a) la presente adquiere el carácter de "Urgente" conforme la Solicitud de Insumos Determinados presentada la Sra. Jefe de División Patología Dra. María Ángela Puzzo, por la Sra. Jefe de Dpto. Servicios Centrales Diagnóstico y Tratamiento Dra. Silvia Álvarez y avalada por el Sr. Director del Hospital Pirovano Dr. José Antonio Cuba; del insumo obrante en el presente Expediente Electrónico; Que en reunión del Consejo Asesor Técnico Administrativo de fecha 04/05/2011, se aprobó la compra de todos los insumos que contaran con stock insuficiente y para no caer en desabastecimiento y proseguir con la atención diaria de los pacientes; Que dada la emergencia planteada por la División Anatomía Patológica ante la necesidad de contar con el insumo que tramita el presente actuado, se solicitó cotización del producto a las firmas Lalanne Raúl Ángel, Ernesto Van Rossum y Cia S.R.L., CM Insumos Y Sistemas RSR, y Científica Parque Centenario proveedores de referencia en el hospital, recepcionándose 2 (dos) presupuestos; Que conforme al Acta de Asesoramiento Técnico obrante en el presente Expediente Electrónico, se procede a la compra del mismo; Que ante el hecho consumado explicado en los considerandos precedentemente, se procede a autorizar el presupuesto presentado, aprobando el mismo para la entrega de la mercadería; procediéndose con posterioridad a la adjudicación en SIGAF; Que dada la urgencia del insumo a adquirir, se comenzó el trámite con el número de Actuación Interna Compra Nº 145/14 completándose la tramitación posteriormente y para la adjudicación figura el número definitivo Compra Nº 1139/2014 (SIGAF) en el Expediente Nº 2785384/14; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; Que conforme a lo actuado se procede a la aprobación de la presente compra. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 556/10 y su Modificatorio 752/10 (BOCBA 3512), el Art. 6º del Decreto 392/2010 (BOCBA 3424), Decreto 335/11 (BOCBA 3689) y la Resolución 648-MMGC/2013 (BOCBA 3235), corresponde aprobar el gasto que tramita por Expediente Nº 2785384/2014; correspondiente a la Compra Nº 1139/14 del mes de marzo,

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Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad, encarado por Compra Nº 1139/14, correspondiente del mes de marzo conforme lo establecido por el Decreto 556/10 (BOCBA 3463). Artículo 2º.- Autorícese a emitir la orden de compra (SIGAF) a la firma Lalanne Raúl Ángel (renglón: 1) por la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 10.500,00); dejando constancia que el remito se encuentra vinculado al presente Expediente Electrónico y se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente en poder de este hospital y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; ascendiendo la presente contratación a la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 10.500,00). Proveedor que se encuentra debidamente inscripto en el RIUPP. Artículo 3º.- Saldo del mes de marzo son PESOS: DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 85/100 ($ 299.774,85). *Gasto de la presente Compra Nº 1139/14 del mes de marzo son PESOS: DIEZ MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 10.500,00). Saldo pendiente del mes de marzo son PESOS: DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 85/100 ($ 289.274,85). No habiéndose superado el tope establecido en el Decreto Nº 556/10. Artículo 4º.- Dicho gasto se imputará al ejercicio 2014 contándose con el respaldo presupuestario. Artículo 5º.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable. Artículo 6º.- Cumplido, vuelva a este Hospital para la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 79/HGAIP/14

Buenos Aires, 31 de marzo de 2014

VISTO: el Expediente Electrónico Nº 2613132/2014 por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de Insumos para Neurocirugía (Paciente: Efren Patricio Verdun Aquino, DNI Nº: 94.890.823), correspondiente a la Compra N° 1061/14 con destino al Servicio de Neurocirugía y en el marco de lo dispuesto por el Decreto 556/10 (BOCBA 3463) y su Modificatorio 752/10 (BOCBA 3512), Art. 6º del Decreto 392/2010 (BOCBA 3424), Decreto 335/11 (BOCBA 3689), la Resolución 648- MMGC/13 (BOCBA 3235), y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Decreto 556/10 Art. 2 Inc. a) la presente adquiere el carácter de "Urgente" conforme la Solicitud de Insumos Determinados presentada por el Sr. Neurocirujano Dr. Horacio Solé y avalada por el Sr. Director del Hospital Dr. José Antonio Cuba; del insumo obrante en el presente Expediente Electrónico; Que en reunión del Consejo Asesor Técnico Administrativo de fecha 04/05/2011, se aprobó la compra de todos los insumos que contaran con stock insuficiente y para no caer en desabastecimiento y proseguir con la atención diaria de los pacientes; Que dada la emergencia planteada por la División Neurocirugía ante la necesidad de contar con el insumo que tramita el presente actuado, se solicitó cotización del producto a la firma Silmag S.A., proveedor de referencia en el hospital, recepcionándose 1 (un) presupuesto;

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DISPONEN

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Que ante el hecho consumado explicado en los considerandos precedentemente, se procede a autorizar el presupuesto presentado, aprobando el mismo para la entrega de la mercadería; procediéndose con posterioridad a la adjudicación del SIGAF; Que dada la urgencia del insumo a adquirir, se comenzó el trámite con el número de Actuación Interna Compra Nº 1620/13 completándose la tramitación posteriormente y para la adjudicación figura el número definitivo Compra Nº 1061/2014 (SIGAF) en el Expediente Nº 2613132/14; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; Que conforme a lo actuado se procede a la aprobación de la presente compra. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 556/10 y su Modificatorio 752/10 (BOCBA 3512), el Art. 6º del Decreto 392/2010 (BOCBA 3424), Decreto 335/11 (BOCBA 3689) y la Resolución 648-MMGC/2013 (BOCBA 3235), corresponde aprobar el gasto que tramita por Expediente Nº 2613132/2014; correspondiente a la Compra Nº 1061/14 del mes de marzo,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad, encarado por Compra Nº 1061/14, correspondiente del mes de marzo conforme lo establecido por el Decreto 556/10 (BOCBA 3463). Artículo 2º.- Autorícese a emitir la orden de compra (SIGAF) a la firma Silmag S.A. (renglón: 1) por la suma de PESOS DOS MILCUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON 52/100 ($ 2.461,52); dejando constancia que el remito se encuentra vinculado al presente Expediente Electrónico y se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente en poder de este hospital y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; ascendiendo la presente contratación a la suma de PESOS DOS MILCUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON 52/100 ($ 2.461,52). Proveedor que se encuentra debidamente inscripto en el RIUPP. Artículo 3º.- Saldo del mes de marzo son PESOS: CIENTO OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 97/100 ($ 181.666,97). *Gasto de la presente Compra Nº 1061/14 del mes de marzo son PESOS: DOS MILCUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON 52/100 ($ 2.461,52). Saldo pendiente del mes de marzo son PESOS: CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCO CON 45/100 ($ 179.205,45). No habiéndose superado el tope establecido en el Decreto Nº 556/10. Artículo 4º.- Dicho gasto se imputará al ejercicio 2014 contándose con el respaldo presupuestario. Artículo 5º.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable. Artículo 6º.- Cumplido, vuelva a este Hospital para la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

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Agencia Gubernamental de Control

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 25/DGFYC/14

Buenos Aires, 6 de marzo de 2014

VISTO el Expediente Nº 19.740/2007, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/05 (BOCBA Nº 2126) y Nº 2-GCBA/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 12-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370) y, la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N ° 2137/07 y, CONSIDERANDO: Que, el Sr. Giardina Fernando, en el carácter de Presidente de la firma NIGHT FUN S.A. solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/05, para el local ubicado en la calle Juana Manso Nº 305 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "ACQUA LOUNGE CLUB" conforme constancia obrante a fs. 987; Que, el local posee habilitación por expediente Nº 49.397/2006 concedida para el rubro restaurante, cantina, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria a nombre de la firma MARMAU S.R.L., con una capacidad máxima para funcionar de doscientas catorce (214) personas conforme lo establecido en las Resoluciones Nº 11 y Nº 12 / SSCC/2005 y, tramita transferencia de habilitación a favor de la empresa NIGHT FUN S.A mediante expediente Nº 1.442.069/2010 iniciado el 25 de noviembre de 2010; Que, el local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 095/07 por Disposición Conjunta Nº 101/07 de fecha 06 de diciembre de 2007 obrante a fs. 167/8 y renovado la inscripción anual mediante Disposiciones Nº104/DGHP-DGFYC-DGFOC/2008, Nº 111/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2009, N° 145/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010, N° 143/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2011 y N° 156/DGHP-DGFYC-DGFYCO/12; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante precedentemente; Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables. Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1- GCBA/05 y, la Ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

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Artículo 1º .- Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1- GCBA/05, al local que posee inscripción bajo Nº 095/07 y que opera con nombre de fantasía ACQUA LOUNGE CLUB, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 101/07, que posee habilitación por expediente Nº 49.397-2006 a nombre de la firma MARMAU SRL en el carácter restaurante, cantina, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria y que tramita transferencia de habilitación a favor de la firma NIGHT FUN S.A. actual explotador comercial con una capacidad máxima para funcionar de doscientas catorce (214) personas. Artículo 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Artículo 3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma NIGHT FUN S.A.. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Alonso - Chapar

Página Nº 144Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 120/PG/14

Buenos Aires, 20 de marzo de 2014 VISTO: La Ley 1218, los Decretos 638/GCABA/2007, 804/GCABA/2009, 660/GCABA/2011, 678/GCABA/2011, 191/GCABA/2012, 500/GCABA/2012, las Resoluciones Conjuntas 11/MJGGC/SECLYT/2011 y 97/MMGC/MHGC/2013, la Resolución 07/PG/2013, el Expediente Electrónico EX -2014-03039565-MGEYA-PG, y, CONSIDERANDO: Que la Ley 1218 fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto 638/GCABA/2007 se delega en los/as señores Ministros/as, Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que por Decreto 660/GCABA/2011 se aprueba la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y se instituye a partir del 10 de diciembre de 2011 el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que por Resolución Conjunta 11/MJGGC/SECLYT/2011 se aprueba el procedimiento aplicable a las designaciones en planta de gabinete y por su similar 97/MMGC/MHGC/2013 se establece el valor de la Unidad Retributiva Mensual para las Autoridades Superiores y el Régimen Modular de Plantas de Gabinete; Que el Decreto 804/GCABA2009, modificado parcialmente por los Decretos 678/GCABA/2011, 191/GCABA/2012 y 500/GCABA/2012 establece la estructura orgánica funcional de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Expediente Electrónico Ex - 2014-03039565-MGEYA-PG, la Sra. Auditora Interna solicita el cese de la Srta. María Victoria Puerto (DNI 26.365.386- CUIL 27-26365386-1) a partir del 1º de marzo como personal de la Planta de Gabinete de la Unidad de Auditoría Interna a su cargo; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, conforme las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Cese, a partir del 1 de marzo de 2014, la Srta. María Victoria Puerto (DNI 26.365.386 - CUIL 27- 26365386-1) como personal de la Planta de Gabinete de la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo I (IF...........................) que a todo efecto forma parte integrante de la presente.

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal (Dirección Recursos Humanos y Dirección Técnica Jurídica y Legal), y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Conte Grand

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Poder Judicial Disposición Unidad Operativa de Adquisiciones de la

Fiscalía General de la CABA

DISPOSICIÓN N.º 9/UOA/14

Buenos Aires, 9 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes Nº 1903, el artículo 28 inciso 5º de la Ley Nº 2095, reglamentada por la Resolución CCAMP Nº 11/10, la Ley Nº 4809, la Resolución FG Nº 15/13 y la Actuación Interna Nº 23358/13 del registro de la Fiscalía General; Y CONSIDERANDO: Que en virtud de la inminencia del vencimiento de la suscripción al servicio jurídico del ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I. oportunamente contratado mediante la Contratación Directa por exclusividad Nº 01/13, se propició dar trámite a una nueva contratación de la misma para uso del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A., conforme lo detallado a fs. 6/8. Que asimismo, la Jefa del Departamento de Compras y Contrataciones propició encuadrar el procedimiento bajo igual modalidad, considerando la “exclusividad” de los productos brindados por la firma mencionada y la inexistencia de sustitutos convenientes para los bienes requeridos. Que considerando la exclusividad mencionada, y toda vez que la reglamentación aprobada mediante Resolución CCAMP Nº 11/10 no introduce reglamentación específica para tal modalidad de contratación, se ha previsto en la cláusula adicional que “…en todo lo no previsto en el presente reglamento se aplicará la reglamentación vigente aprobada por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires…” Que en tal sentido, el Consejo de la Magistratura de esta Ciudad, aprobó mediante Resolución CM Nº 810/10 la reglamentación de la Ley Nº 2095 para el Poder Judicial de la C.A.B.A. Dicha normativa, aplicable a este MPF en virtud de lo dispuesto por la citada clausula adicional, prevé en relación a la Contratación Directa por Exclusividad que “el proveedor es seleccionado directamente, sin necesidad de aprobar un llamado a contratación” e indica seguido el procedimiento establecido a tal efecto. Que se ha llevado a cabo la difusión prevista por la Resolución FG Nº 74/10 y modificatorias, respecto al período de publicación en la página Web oficial de Internet del proyecto de pliego de bases y condiciones particulares elaborado para la presente contratación. Que se ha invitado a cotizar para la Contratación Directa Nº 01/14 por exclusividad al ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I. conforme surge del correo electrónico glosado a fs. 22. Que con fecha 13 de febrero de 2014 se realizó el acto de apertura de la oferta presentada por la firma citada ($5.328,00), la cual luce agregada a fs. 25/47. Que conforme surge de la nota obrante de fs. 26, el ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I. manifestó ser “Única editora y distribuidora de las publicaciones que son objeto de la presente contratación”, dando cumplimiento de esta forma a las previsiones legales, fundando la “exclusividad” en la prestación del servicio y la inexistencia de sustitutos convenientes para el mismo.

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Que asimismo, se han verificado las condiciones de admisibilidad de la propuesta y el estado registral del oferente ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (R.I.U.P.P.) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que por lo hasta aquí expuesto, corresponde adjudicar al oferente ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I. el Renglón Nº 1 de la Contratación Directa Nº 01/14 por exclusividad “Suscripción Boletín Oficial año 2014 (vigencia 21/03/2014 al 20/03/2015) conforme el siguiente detalle: Dos (2) suscripciones al servicio de 2° y 3° sección online”, por la suma total de pesos cinco mil trescientos veintiocho ($5.328,00) IVA incluido. Que asimismo, en virtud de las condiciones comerciales señaladas por la entidad oferente, se estima pertinente en el caso particular, otorgar el adelanto previsto y solicitado a favor de dicha firma por el total ofertado, es decir, por la suma de pesos cinco mil trescientos veintiocho ($5.328,00) IVA incluido. Que a fs. 69/70, ha tomado intervención el Departamento de Presupuesto y Contabilidad, informando sobre la existencia de partidas presupuestarias suficientes para hacer frente a las erogaciones de la contratación que tramita en estos actuados, habiéndose efectuado la imputación preventiva y previsión correspondiente en la partida presupuestaria 3.5.3. del corriente ejercicio. Que el artículo 25 de la Ley Nº 3318, modificatorio del inciso 2º del artículo 21 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, dispone que es atribución de la Fiscalía General el “realizar contrataciones para la administración del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (…)”. Que mediante la Resolución FG Nº 15/2013 se ha constituido en el ámbito de la Secretaría General de Coordinación, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A., a fin de intervenir en todos los procesos de adquisiciones que se realicen dentro del Ministerio Público Fiscal. Que a fs. 73/77 ha tomado intervención el Departamento de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Oficina de Despacho, Legal y Técnica, mediante Dictamen DAJ N° 93/14, no habiendo efectuado observaciones de orden jurídico al progreso de la presente medida. Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los artículos 1, 2, 3, 21 inc. 2º, 22, 23 y concordantes de la Ley Nº 1903, los artículos 13, 28 inciso 5º y concordantes de la Ley Nº 2095 (t.o. Ley Nº 4764); la Resolución CCAMP Nº 11/10 y la Resolución FG Nº 15/13. Por ello;

LA TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento efectuado en la Contratación Directa Nº 01/14 por exclusividad, tendiente a lograr la contratación del servicio jurídico del ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I., para uso del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. ARTÍCULO 2º.- Aprobar el gasto por la suma total de pesos cinco mil trescientos veintiocho ($5.328,00) IVA incluido, atendiéndose el cumplimiento de la presente medida con cargo a la partida presupuestaria 3.5.3. del Presupuesto General de Gastos del Ministerio Público Fiscal para el ejercicio corriente. ARTÍCULO 3º.- Adjudicar al oferente ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I. (CUIT Nº 30-50010631-6) el renglón N° 1 “Suscripción Boletín Oficial año 2014 (vigencia 21/03/2014 al 20/03/2015) conforme el siguiente detalle: Dos (2) suscripciones al servicio de 2° y 3° sección online”, por la suma total de pesos cinco mil trescientos veintiocho ($5.328,00) IVA incluido.

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ARTÍCULO 4º.- Otorgar al ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I. (CUIT Nº 30-50010631-6) el adelanto equivalente al cien por ciento (100%) de su oferta económica, por la suma de pesos cinco mil trescientos veintiocho ($5.328,00) IVA incluido. ARTÍCULO 5º.- Solicitar a la Oficina de Programación, Control Presupuestario y Contable adopte las medidas conducentes a la ejecución de la presente Disposición. ARTÍCULO 6º.- Regístrese; notifíquese al ENTE COOPERADOR LEY 23412 - La Ley S.A.E. e I., a la Oficina de Programación, Control Presupuestario y Contable, a la Secretaría General de Coordinación del Ministerio Público Fiscal; publíquese en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página Web del Ministerio Público Fiscal. Cumplido, archívese. Broilo

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Directivas Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

de Buenos Aires

DIRECTIVA N° 7/TSJ/14

Buenos Aires, 9 de abril de 2014 VISTO: el Expediente Interno n° 31/2014, y CONSIDERANDO: En este legajo se documenta el trámite destinado a la renovación del servicio de conexión a Internet dedicada para el edificio sede del Tribunal. El área contaduría tomó conocimiento a fojas 7/8 y efectuó la afectación proporcional par el presupuesto vigente y la reserva para los ejercicios futuros, por la suma anual de CIENTO VEINTE MIL PESOS ($ 120,000.00). La Unidad Operativa de Adquisiciones agregó el pliego único de bases y condiciones generales y preparó el proyecto de pliego de cláusulas particulares (ver fojas 11/20). La Dirección de Informática y Tecnología definió las necesidades del servicios y describió las características deseadas para la prestación (foja 23). Las asesorías de Control de Gestión y Jurídica se pronunicaron sobre la documentación licitatoria a fojas 30/32. Sus apreciaciones han sido incorporadas al pliego de cláusulas particulares a ser utilizado en la presente licitación. Con estos antecedentes, corresponde dictar el acto administrativo de autorización del procedimiento de selección, en los términos de los artículos 13, 26 y 31 de la ley nº 2095 y aprobar el pliego de cláusulas particulares y las especificaciones técnicas a aplicar en el proceso licitatorio. En virtud de lo establecido en el Anexo I de la Acordada n° 15/2010, el suscripto se encuentra facultado para autorizar el llamado a licitación pública. Asimismo, y conforme con lo establecido por el artículo 2 del Anexo I de la Acordada n° 26/2009, corresponde a esta Dirección designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas que entenderá en esta contratación. Por ello, el DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADMINISTRACIÓN, PLANIFICACION FINANCIERA Y PRESUPUESTO procede a dictar la siguiente:

DIRECTIVA: 1. Autorizar y llamar a la Licitación Pública n° 2/2014, para la renovación del servicio de conexión a Internet dedicada para el edificio sede del Tribunal, de acuerdo a lo establecido por los artículos 13, 26 y 31 de la ley nº 2095 y el anexo I de la Acordada n° 15/2010, con un presupuesto anual de CIENTO VEINTE MIL PESOS ($ 120,000.00). 2. Aprobar el pliego de cláusulas particulares y las especificaciones técnicas que forman parte de la presente como Anexo I y Anexo II. 3. Fijar la fecha del acto de apertura de las ofertas para el 25 de abril de 2014, a las 14:00. 4. Conformar la Comisión Evaluadora de Ofertas que entenderá en la presente licitación de la siguiente manera:

Miembros titulares Abogada Marina Benarroch, legajo n° 85; CPN Marcelo Lorenzo, legajo n° 148; Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

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Ingeniero Juan Pablo Gallo, legajo n° 174. Miembros suplentes Abogada Triana Errecaborde, legajo n° 94; Licenciado Félix González Rodriguez, legajo n° 63. 5. Mandar se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; en la página de Internet y en la cartelera de la Dirección General de Administración; y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Pannunzio

ANEXO

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Licitaciones Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación - Licitación Pública Nº 232/SIGAF/14 Expediente Nº 6.076.447/13. Rubro: Contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil y un Seguro de Incendio para dar cobertura a la "Casa del Virrey Liniers" y la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico. Observaciones: Reunida la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de referencia, designada a tal fin mediante Disposición Nº 48/DGSEGUROS/14, con la presencia del Lic. Luciano Neiman, el Lic. Leandro Sánchez, y el Sr. Marcos Ariel Bernardo Gómez, a fin de proceder con la evaluación de las ofertas efectuadas por las empresas: Caja de Seguros S.A., Provincia Seguros S.A y Nación Seguros S.A. A tal efecto, habiendo efectuado el pertinente análisis de los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización, esta Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja: Fundamentación: Se aconseja adjudicar a favor de: NACIÓN SEGUROS S.A. (OF. 3): Renglones Nros.1/2 en la suma total de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 18/100 ($ 7.684,18).- La adjudicación aconsejada lo ha sido por ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 108º de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley 4.764, el Decreto N° 754/08 y sus modificatorios 232/10, 109/12 y 547/12.- Se deja constancia que el presente dictamen se emite superando el plazo previsto en el Art. 106º de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, el Decreto N° 754/08 y sus modificatorios 232/10, 109/12 y 547/12, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación.

Mauricio Butera Director General

OL 1024 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE Adquisición de reactivos y equipo automatizado en calidad de préstamo gratuito - Expediente 4.222.048/14 Llámase a la Licitación Pública BAC Nº 224/14, cuya apertura se realizará el día 24/04/2014 a las 10:00 hs. Autorizante: Expediente Electrónico Nº 4.222.048/2014 Repartición Destinataria: Biología Molecular- Lab. Central. Valor del pliego: $ 0 Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar, hasta 24 hs antes de la apertura

Norberto R. Garrote Director Médico (i)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económico Financiera

OL 1021 Inicia: 11-4-2014 Vence: 14-4-2014

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE Adquisición de reactivos- y préstamo gratuito de un equipo de pcr tiempo real - Expediente Nº 4.223.663-HGNPE/14 Llámase a la Licitación Pública BAC -417-0225-LPU14, cuya apertura se realizará el día 24/04/2014 a las 10:30 hs, para la Adquisición de Reactivos y en calidad de préstamo gratuito un equipo de PCR tiempo real- Autorizante: EXP. Nº 4223663-HGNPE/14 Repartición Destinataria: Laboratorio Central - Sector Biología Molecular. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: hasta 24 hs antes de la apertura.

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

OL 1020 Inicia: 11-4-2014 Vence: 14-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. BERNARDINO RIVADAVIA" Adjudicación - Expediente N° 5.973.002/HBR/14-Dto 556/10. DISFC-2014-42-HBR. Objeto de la contratación: Adquisición de insumos para Ortopedia y Traumatología. Firma adjudicada: ORTOPEDIA ALEMANA S.A.C.I Conforme al Remito Nº 0001-00051358 Total Adjudicado: Pesos Seis Mil Doscientos Cincuenta, con 00/100 ( $ 6.250.00).

Marta Miranda Director Médico

Maria del Carmen Maiorano Gerente Operativo de Gestión

Administrativa, Económica y Financiera OL 1023 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. BERNARDINO RIVADAVIA" Adjudicación - Expediente N° 5.993.772/HBR/14-Dto 556/2010. DISFC-2014-41-HBR. Objeto de la contratación: Adquisición de insumos para Ortopedia y Traumatología. Firma adjudicada: ORTOPEDIA ALEMANA S.A.C.I

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Conforme al Remito Nº 0001-00049209 Total Adjudicado: Pesos Seis Diecinueve mil, con 00/100 ( $ 19.000.00 ).

Marta Miranda Director Médico

Maria del Carmen Maiorano Gerente Operativo de Gestión

Administrativa, Económica y Financiera OL 1022 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL OFTALMOLOGICO "DR.PEDRO LAGLEYZE" Adjudicación - Expediente Nº 1.821.746/MGEyA-HOPL/14 Disposición firma Conjunta DISFC Nº 8/14 con fecha 27/03/14. Adquisición del Servicio de Esterilización por Oxido de Etileno. Apruébese la Contratación Directa Nº 708/SIGAF/HOPL2014 realizada al amparo de lo establecido en el Art.38 de la Ley de Compras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Adjudíquese la Contratación el Servicio de Esterilización por Oxido de Etileno a la firma que más abajo se detalla: Steri-Lab SRL Reng. Nº 01-09043785 - Cant 180 U Servicio de Esterilización por P.Unit. $ 322,00.- Imp. Total $ 57.960,00.- Oxido de Etileno Importe total Adjudicado ($ 57.960.00-) son pesos cincuenta y siete mil novecientos sesenta.

Ernesto J. Anauati Director Médico

Dora B. Salinas

Coordinadora de Gestión Económico Financiera OL 1019 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Adquisición de artículos de Ferretería y Material Bibliográfico - Expediente Electrónico Nº 6435672/DGAR/13 Llamar a Licitación Privada N° 6/14 para el día 24 de abril de 2014 a las 15:00 Hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2095 modificada por la Ley 4764, para la adquisición de herramientas y material bibliográfico. Repartición destinataria: Escuela Técnica Nº 33 D.E. 19 “Fundición Maestranza del Plumerillo”. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Unidad Operativa de Adquisiciones - Departamento Compras del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón Nº 255 2º piso frente, de lunes a viernes en el horario de 11 a 17 hs. Lugar de apertura: unidad operativa de adquisiciones - departamento compras del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón Nº 255 2º piso frente. Emisor de la norma: DI-2014-366-DGAR. Dirección General de Administración de Recursos.

Guillermo G. Chiacchio Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones

OL 1025 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de Instalación eléctrica en el Edificio de la Escuela N° 9 - Expediente N° 4290991/13 Licitación Pública Nº 404-SIGAF-14 (32-13) Objeto del llamado: Trabajos de Instalación eléctrica en el Edificio de la Escuela N° 9 D.E. Nº 12, sita en Condarco 290 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10:00 hs. a 17: 00 hs. Autorizante: Disposición 362/DGAR/14. Valor del Pliego: Gratuito. Presupuesto oficial: $ 2.237.614,01- (Pesos dos millones doscientos treinta y siete mil seiscientos catorce con un centavo). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 23 de Abril de 2014, a las 12:00 hs. Fecha/hora de visita a obra: 15 de Abril de 2014, a las 11:00 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 150 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 1002 Inicia: 9-4-2014 Vence: 11-4-2014

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: Área Central -Prioridad Peatón calle Esmeralda I- Expediente N° 2.357.288/14 Llámese a Licitación Pública Nº 305/14. Obra: “Área Central -Prioridad Peatón Calle Esmeralda I-” Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs., del día 25 de abril de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 861 Inicia: 21-3-2014 Vence: 14-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Reacondicionamiento Complejo Teatral Buenos Aires -Teatro Presidente Alvear- Expediente N° 2.359.023/14 Llámese a Licitación Pública Nº 313/14. Obra: “Complejo Teatral Buenos Aires - Teatro Presidente Alvear - Reacondicionamiento de Cubiertas e Instalaciones”. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php. Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs., del día 28 de abril de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 876 Inicia: 25-3-2014 Vence: 15-4-2014

Página Nº 159Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prorroga - Expediente N° 1.967.251/13 Postergase para el día 14 de abril de 2014 a las 13:00 hs. la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 161/2014, que tramita la “Complejo Teatral Bs. As. – Depósito de Sastrería Gregoria Pérez – Adecuación Funciona

Fernando Codino Director General

OL 1003 Inicia: 9-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 160Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Cultura

ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adquisición de cabello natural - Expediente Nº 3.019.385/14 Llamase a Contratación Directa (Compra Menor) Nº 2308/2014, cuya apertura se realizará el día 16/04/2014, a las 14:00 hs, para la adquisición de: cabello natural. Autorizante: Disposición Nº DI-2014-22-DGTALEATC. Repartición destinataria: Ente Autárquico Teatro Colon. Valor del pliego: Sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Oficina de la Unidad Operativa de Adquisiciones del EATC, Cerrito 618 1º Subsuelo C.A.B.A., de Lunes a Viernes en el horario de 11:00 a 15:00 hs. Lugar de apertura: en la Oficina de la Unidad Operativa de Adquisiciones del EATC, Cerrito 618 1º Subsuelo C.A.B.A.

Marcos Padilla Director General

OL 1028 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adquisición de maderas varias - Expediente Nº 4012115/14 Llamase a Contratación Directa (Compra Menor) Nº 2340/2014, cuya apertura se realizará el día 16/04/2014, a las 15:00 hs, para la adquisición de: maderas varias Autorizante: Disposición Nº DI-2014-23-DGTALEATC Repartición destinataria: Ente Autarquico Teatro Colon. Valor del pliego: Sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Oficina de la Unidad Operativa de Adquisiciones del EATC, Cerrito 618 1º Subsuelo C.A.B.A., de Lunes a Viernes en el horario de 11:00 a 15:00 hs. Lugar de apertura: en la Oficina de la Unidad Operativa de Adquisiciones del EATC, Cerrito 618 1º Subsuelo C.A.B.A.

Marcos Padilla Director General

OL 1027 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 161Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Social

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARIA DE PROMOCIÓN SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Provisión de Material Sanitario - Expediente N°3791186/2014 Llámase a Licitación Pública Nº 460-0168-LPU14, con destino a la Dirección General de Promoción y Servicios dependiente de la Subsecretaria de Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social, a realizarse el día 22 de Abril de 2014 a las 12:30 horas. Los pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web:

www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Carlos A. Rebagliati Director General

OL 1009 Inicia: 10-4-2014 Vence: 11-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARIA DE PROMOCIÓN SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Provisión de Cubrecamas y Frazadas - Expediente N°3810412/14 Llámase a Licitación Pública Nº 460-0176-LPU14, con destino a distintas Direcciones Generales dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, a realizarse el día 22 de Abril de 2014 a las 12,30 horas. Los pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Carlos Alberto Rebagliati Director General

OL 1011 Inicia: 10-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 162Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL Obra de Red de Tendido Eléctrico en Villa 19, Manzanas 3 y 6 - Expediente Electrónico Nº 2.234.977/14 Llámese a Licitación Privada Obra Menor- Nº 10/14, cuya apertura se realizará el día 22/04/14, a las 12.00 hs., para la realización de la obra de Red de Tendido Eléctrico en Villa 19, Manzanas 3 y 6. Autorizante: Resolución Nº 76-UGIS-14 Repartición destinataria: Unidad de Gestión de Intervención Social. Valor del pliego: Sin valor. Presupuesto Oficial: $ 791.332,17 (pesos setecientos noventa y un mil trescientos treinta y dos con 17/100 cvos.) Adquisición y consultas de pliegos: en esta repartición Unidad de Gestión de Intervención Social sito en Av. Escalada 4502, CABA, de Lunes a Viernes en el horario de 10 a 16 hs., hasta el mismo día de la apertura. Lugar de apertura: en Av. Escalada 4502.

Carlos M. Pedrini Titular de la Unidad de Gestión de Intervención Social

OL 1026 Inicia: 11-4-2014 Vence: 21-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL Obra de red de tendido eléctrico en Villa - Expediente Electrónico N° 2.236.773/14 Llámese a Licitación Privada Obra Menor Nº 15/14, cuya apertura se realizará el día 14/4/14, a las 12 hs., para la realización de la obra de red de tendido eléctrico en Villa 31 bis, manzana 99 bis. Autorizante: Resolución Nº 71/UGIS/14. Repartición destinataria: Unidad de Gestión de Intervención Social. Valor del pliego: sin valor. Presupuesto oficial: $ 596.849,56 (pesos quinientos noventa y seis mil ochocientos cuarenta y nueve con 56/100 cvos.). Adquisición y consultas de pliegos: en esta repartición Unidad de Gestión de Intervención Social, sito en Av. Escalada 4502, CABA, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs., hasta el mismo día de la apertura. Lugar de apertura: en Av. Escalada 4502.

Carlos M. Pedrini Titular de la Unidad de Gestión de Intervención Social

OL 967 Inicia: 7-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 163Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL Obra de implantación de infraestructura cloacal - Expediente Electrónico N° 3.632.684/14 Llámese a Licitación Pública Obra Mayor Nº 365/14, cuya apertura se realizará el día 30/4/14, a las 12 hs., para la realización de la Obra de implantación de infraestructura cloacal en Villa 15, Predio Elefante Blanco, Av. Comandante Piedrabuena 3200. Autorizante: Resolución Nº 58/UGIS/14. Repartición destinataria: Unidad de Gestión de Intervención Social. Valor del pliego: sin valor. Presupuesto oficial: $ 2.059.644,00 (pesos dos millones cincuenta y nueve mil seiscientos cuarenta y cuatro). Adquisición y consultas de pliegos: en esta repartición Unidad de Gestión de Intervención Social, sito en Av. Escalada 4502, CABA, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs., hasta el mismo día de la apertura. Lugar de apertura: en Av. Escalada 4502.

Carlos M. Pedrini Titular de la Unidad de Gestión de Intervención Social

OL 968 Inicia: 7-4-2014 Vence: 22-4-2014

Página Nº 164Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS Adjudicación - Expediente N° 7.381.247/13 Licitación Pública: Nº 8612-0029-LPU14. Disposición Aprobatoria: Nº 85-DGESYC-2014. Objeto de la Contratación: Provisión e instalación de equipos de aire acondicionado con destino al edificio anexo de esta Dirección General de Estadística y Censos sito en Av. San Juan 1369/71. Firma adjudicada: AASC S.A. (Renglones Nos. 1, 2, 3, 4 y 5) por un monto total de pesos setecientos cuarenta mil ochocientos cincuenta y cinco ( $ 740.855,00).

Héctor Braga

Director de Administración OL 1021 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 165Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Autopistas Urbanas S.A.

AUTOPISTAS URBANAS S.A. Proyecto Ejecutivo y Construcción de Rotonda Fast Track y empalme Av. Rafael Obligado - Contratación Nº 01-0005-00/14 Llámase a Contratación Nº 2014-01-0005-00, cuya apertura se realizará el día 30 de abril de 2014, a las 16 hs., para la contratación: “Proyecto Ejecutivo y Construcción de Rotonda Fast Track y empalme Av. Rafael Obligado”. Valor del pliego: Sin cargo. Obtención de pliegos y consultas: a través del sitio web del AUSA, a partir del 11 de abril de 2014 hasta el 24 de abril de 2014, ingresando en el siguiente link: www.ausa.com.ar/compras/licitaciones_publicas.aspx Lugar de apertura: En Autopistas Urbanas S.A., Piedras 1260, Edificio “A” 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Presentación de ofertas: En Autopistas Urbanas S.A., Piedras 1260, Edificio “A”, piso 1°; Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día y hora indicado para la apertura de las ofertas.

Gustavo Gené Director Operativo de Áreas de Soporte

OL 1030 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 166Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS "Contratación del servicio de Lunch para Eventos Institucionales varios" - Carpeta de Compras Nº 21.258 Llamase a Licitación Pública que tramita la carpeta de compra mencionada, cuya apertura se realizará el día 05.05.2014 a las 11:00 hs. Valor del Pliego de Condiciones: $0,00 (cero y 00 / 100). Adquisición y Consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Bancoen el link Licitaciones a partir del día 11.04.2014. Fecha tope de consultas: 25.04.2014 Lugar de apertura: Sala 01 - Sala Principal 7º Piso, Sarmiento 611, C.A.B.A.

Mario Selva Coordinador Operativo

BC 86 Inicia: 11-4-2014 Vence: 15-4-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de 35 grupos electrógenos - Carpeta de Compras Nº 21.280 Objeto de la Contratación: "Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de 35 grupos electrógenos situados en Dependencias varias del Banco Ciudad y 2 grupos electrógenos móviles" (C.C. Nº 21.280) Llamase a Licitación Pública que tramita la carpeta de compra mencionada, cuya apertura se realizará el día 30.04.2014 a las 12:00 hs. Valor del Pliego de Condiciones: $0,00 (cero y 00 / 100) Adquisición y Consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Bancoen el link Licitaciones a partir del día 11.04.2014. Fecha tope de consultas: 24.04.2014. Lugar de apertura: Sala 01 - Sala Principal 7º Piso, Sarmiento 611, C.A.B.A.

Mario Selva Coordinador Operativo Gerencia de Compras

BC 85 Inicia: 11-4-2014 Vence: 15-4-2014

Página Nº 167Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS

Servicio de mantenimiento – Carpeta de Compra Nº 21.260 Llámese a Licitación Pública con referencia al “Servicio de mantenimiento de veredas, albañilería, revestimientos de aluminio compuesto, carpintería, barandas y superficies de acero inoxidable, para Dependencias Varias del Banco Ciudad de Buenos Aires, por un período de 12 meses, con opción por parte del Banco de renovarlo por 12 más (Renglones Nro. 1 y 2)”, con Fecha de Apertura el día 30/04/2014 a las 11 horas.- Valor del pliego: $ 0,00 (Pesos: Sin Cargo). Adquisición y consultas de Pliego: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 24/04/2014.-

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 81 Inicia: 9-4-2014 Vence: 11-4-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Adquisición de elementos de promoción - Carpeta de Compra Nº 21.287 Llámese a Licitación Pública con referencia a la Adquisición de elementos de promoción. Fecha de apertura de sobres: 29.04.2014 a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00.- (Pesos: Sin Cargo) Adquisición y Consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Nosotros / Licitaciones, a partir del día 09.04.2014. Fecha tope de consultas: 23.04.2014.

Mario Selva Coordinador de la Gerencia de Compras

BC 84 Inicia: 10-4-2014 Vence: 14-4-2014

Página Nº 168Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Gobierno

MINISTERIO DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - Expediente Electrónico N° 2.631.409/MGEyA-DGRC/13 Número de Proceso de Compras: 2180-0206-LPU13 (BAC). Objeto: Servicio de Reparación, Mantenimiento Preventivo de cinco (5) ascensores y Asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos a ser prestado en los edificios de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno”. Fecha de apertura: 20/2/14. Acta de Preadjudicación con fecha: 9/4/14. Oferta presentada: 1 (una) de acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura y a lo evaluado del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fue analizada la oferta de la firma: - Cetine S.A. (CUIT 30-71240280-2). Oferta Desestimada: - Cetine S.A. La oferta presentada no cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en los pliegos que rigen la contratación en cuestión, resultando en consecuencia inadmisibles en los términos del artículo 104, inciso h) de la Ley N° 2.095 y normas modificatorias y complementarias. Asimismo la deviene inconveniente en función de los principios de economía, eficiencia y eficacia receptados en el artículo 7º de la Ley Nº 2.095 y corresponde declararla fracasada. Aprobación: Saenz Briones/Sasovsky/Poczter

Paola Villanueva Directora General

OL 1029 Inicia: 11-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 169Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Particulares

Transferencia de Habilitación María Carmen Grois, abogada, domiciliada en Rodríguez Peña 661,PB, avisa que Print House Group S.A. transfiere la Habilitación Municipal a Marta Mamani del local Av. Cabildo 2601, U.F. 02, de CABA, Rubro Taller de Fotocomposición (501.345), Imprentas Sin Editorial ( 501.347), com. min. artic. librer. papelr. cartoner. impresos, filat, juguet. discos y graba. (603.210) por Expediente Nº 65.648/2005, de fecha 4/5/2005, partida Nº 1632169, para el local sito en la Av. Cabildo 2601, PB. UF 02, con una superficie de 89,06 m2 de Capital Federal a nombre de Print House Group S.A. Observaciones: sótano, entrepisos. Presenta Certificado de Aptitud Ambiental n° 1909 bajo los términos de la Disp. N° 928-DGPYE-2004. Reclamos de ley y domicilio de partes en Av. Cabildo 2601- PB-UF 02 CABA

Solicitante: Print House Group S.A EP 125 Inicia: 7-4-2014 Vence: 11-4-2014

Transferencia de Habilitación María Carmen Grois, abogada, domiciliada en Rodríguez Peña 661, P.B., avisa que Alejandro Nestor transfiere su habilitación a Aída Samira Santin el local Posadas 1560, 3º piso, UF 233, con una superficie de 37,96 m2 de Capital Federal comercio minorista relojería y joyería (603130), comercio minorista de calzados en general artículos de cuero talabartería, marroquinería (603240), comercio minorista de artículos personales y para regalos (603310), Expediente Nº 51.210/2011, mediante Disposición Nº 5588, partida Nº 1613884, Observaciones: Posadas 1560/62/64/66/72/80. Reclamos de ley y domicilio de partes en Posadas 1560, 3° piso, UF. 233 CABA.

Solicitantes: Alejandro Nestor EP 126 Inicia: 7-4-2014 Vence: 11-4-2014

Transferencia de Habilitación El señor Juan Manuel Mazza con domicilio en Mendoza 5101, piso 3 C de esta ciudad, en su carácter de heredero del señor Clemente Mazza comunica la transferencia de la habilitación municipal del mismo aprobada por Expediente N| 72.991/00 (depósito de productos conservados 550241) ubicada en el local sito en Avenida Melián 3647 planta baja unidad funcional 0 con una superficie 646.87 metros cuadrados a New San S.A. domiciliada en Roque Pérez 3650, Ciudad de Buenos Aires. Observaciones: otra puerta 3655, entrepiso, Ordenanza N° 34709 y Dict. Tec. Leg.

Solicitantes: Juan Manuel Mazza New San S.A.

EP 127 Inicia: 7-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 170Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Hector Moya con domicilio en Teodoro Vilardebo Nº 1970/72 PB. de Capital transfiere la habilitación a Metalúrgica Moya S.R.L. de su local ubicado en la calle Teodoro Vilardebo N°1970/72 PB.y P 1° piso Capital Federal, carpeta Nº 10739/1983, taller de soldadura autógena y eléctrica (130004) taller de pintura con máquina pulverizadora como activ. Prinp. o complem. (13006) taller de corte estampado y perforado de metales (130031) con carpeta N° 10739/1983 según disposición N°10739/I/1983 con fecha 23/08/83 del local sito en la calle Teodoro Vilardebo 1970 U.F. 0 Observaciones: PU. 72 limite hasTa 40 CV domicilio de las partes y reclamos de ley Teodoro Vilardebo 1970 PB. Capital Federal.

Solicitante: Hector Moya EP 129 Inicia: 9-4-2014 Vence: 15-4-2014

Transferencia de Habilitación El Sr. Antonio Mario Monaldi, DNI 20206013, con domicilio en Calle N° Av. Gral. Paz 13676 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica la transferencia de su Habilitación Municipal aprobada por Ex N° 399471/2010, para los rubros fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles, excepto prendas de vestir, y lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o piel, incluso limpieza en seco; ubicado en la Calle Martiniano Leguizamón N° 3654/70 - Planta Baja y Entrepiso, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una superficie cubierta de 868,92mts.2, a Federico Ernesto Roisman, DNI 25430381, con domicilio en Calle Nazca N° 5403, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Solicitante: Antonio Mario Monaldi EP 130 Inicia: 10-4-2014 Vence: 16-4-2014

Página Nº 171Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Oficiales Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIÉRREZ Notificación En mi carácter de Directora del Hospital General de Niños Ricardo Gutiérrez notifico al agente Sr. Soto Bautista Pablo DNI 92.196.622 CUIL 23-92196622-9 que: Se solicita que en el plazo de 10 días a partir de la notificación, presente la Resolución emitida por ANSES, en la cual resuelven de forma negativa el tramite jubilatorio iniciado ante ese organismo, bajo apercibimiento de lo establecido en el Art. 61 “in fine” de la Ley Nº 471. Lugar de presentación: Bartolomé Mitre 711- Ciudad Autónoma de Buenos Aires- en el horario de 9.30 hs a 16 hs. Queda Usted debidamente notificado. El acto administrativo que se notifica NO AGOTA la instancia administrativa De conformidad con lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510-GCBA-97 (BOCBA Nº 310), el presente acto administrativo puede ser impugnado mediante los siguientes recursos: Art. 103 Recurso de reconsideración: Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que me impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrador y contra los interlocutores o de mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o interés legitimo. Deberá interponerse dentro de los diez (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dicto, el cual será competente para resolver lo que corresponda conforme a lo dispuesto por el articulo 101. Art. 108 Recurso Jerárquico: procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida la tramitación de reclamo o pretensión del administrado. No será necesario haber deducido previamente recurso de reconsideración; si se lo hubiere hecho, no será indispensable fundar nuevamente el jerárquico, sin perjuicio de lo expresado en la última parte del artículo anterior. Art. 109: El recurso jerárquico deberá interponerse ante la autoridad que dicho acto impugnado dentro de los quince (15) días de notificado y ser elevado dentro del término de cinco (5) días y de oficio al Ministerio o funcionario competente del Jefe de Gobierno en cuya jurisdicción actúe el órgano emisor del acto. Los ministros o Subsecretarios del Jefe de Gobierno, el recurso será resuelto por el órgano ejecutivo, agotándose en ambos casos la instancia administrativa. Queda Ud. debidamente notificado.

Cristina Galoppo Directora Médica

EO 234 Inicia: 7-4-2014 Vence: 11-4-2014

Página Nº 172Nº4376 - 11/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.167.200/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Juan Antonio Balbuena que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 237 Inicia: 9-4-2014 Vence: 11-4-2014

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Intimación - Nota Nº 1759/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intima a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre los inmuebles detallados en el Anexo I, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del Anexo 1 del Decreto N° 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiendo recibido presentación formal, se procederá a otorgar sin mas trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

ANEXO

Juan Manuel Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial

EO 240 Inicio: 11-4-2014 Vence: 15-4-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Nota Nº 1863/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires INTIMA a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre los inmuebles detallados en el Anexo I, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del Anexo 1 del Decreto N° 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiendo recibido presentación formal, se procederá a otorgar sin mas trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

ANEXO

Juan Manuel Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial

EO 239 Inicia: 10-4-2014 Vence: 14-4-2014

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Juzgado Provincial

JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL COMÚN DE LA PRIMERA NOMINACIÓN DEL CENTRO JUDICIAL DE LA CAPITAL SAN MIGUEL DE TUCUMÁN Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4018781/MGEYA/2014) Carátula “Bolsa de Comercio de Tucumán S.A. s/ Quiebra c/ Rabello y CIA. S.A. y otros s/ especiales (residual) (acción de inoponibilidad de la persona jurídica)” En los autos del rubro que tramitan por ante este Juzgado, Civil y Comercial Común de la Primera Nominación del Centro Judicial de la Capital, Juez Titular Dr. Raúl Horacio Bejas y Secretaria a cargo del Proc. Raúl Horacio Bejas y Dra. María Fernanda del H.Silva, con domicilio en Pasaje Vélez Sarfield n° 450 de esta Ciudad Capital, se ha dispuesto librar a Ud. el presente oficio, a fin de que, por intermedio de quien corresponda, tenga a bien dar cumplimiento con la providencia que se a dictado en los presentes autos, "BOLSA DE COMERCIO DE TUCUMAN S.A. S/ QUIEBRA C/ RABELLO y CIA. S.A. y OTROS S/ ESPECIALES (RESIDUAL) (ACCION DE INOPONIBILlDAD DE LA PERSONA JURIDICA)" expte. n° 2620/08: "San Miguel de Tucumán, 9 de diciembre de 2013. Encontrándose acreditado el fallecimiento de ENRIQUE SEGOTA, no habiéndose denunciado a sus posibles herederos y siendo en consecuencia los mismos personas inciertas: cíteselos mediante Edictos, a fin de que los herederos de ENRIQUE SEGOTA comparezcan a tomar intervención en estos autos en el término de cinco días desde la última publicación, bajo apercibimiento de designársele como legitimo representante al Sr. Defensor Oficial Civil de Ausentes.-. Habiéndose producido el fallecimiento en Capital Federal los edictos deberán publicarse por el término de cinco días en el Boletín Oficial tanto de la Provincia de Tucumán y como de la Ciudad Autónoma dé Buenos Aires.- Por lo que líbrese edictos y oficio ley 22. 172 al afecto'" Fdo. Dr. Raúl Horacio Bejas – Juez

Raúl Horacio Bejas Juez

María Fernanda del H. Silva

Secretaria OJ 75 Inicia: 7-4-2014 Vence: 11-4-2014

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 4 Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4124738/MGEYA/2014) Carátula: “GALVÁN, ANTONIO AURELIANO s/infr. art. 11179:183” Buenos Aires, 7 de marzo de 2014..., publíquese edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de cinco días a fin de que ANTONIO AURELIANO GALVÁN, D.N.I. Nº 14.804.216, se presente en la sede de este Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 4, sito en la calle Beruti 3345, 2 piso, de esta Ciudad, en el horario comprendido entre las 9.00 y las 15.00 horas, dentro del quinto día de notificado, con el objeto de fijar domicilio y estar a derecho en las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de ley.

Graciela B. Dalmas Juez

OJ 82 Inicia: 10-4-2014 Vence: 16-4-2014

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MINISTERIO PUBLICO FISCAL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUR – EQUIPO FISCAL “C” Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4128212/MGEYA/2014) Carátula: “Luque, Nadia Noemi y otros s/ infr. art. 181 del CP” EDICTO: SILVINA BRUNO, FISCAL TITULAR A CARGO DEL EQUIPO FISCAL "C" DE LA UNIDAD FISCAL ESTE DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CABA, con asiento en la calle Beruti N° 3345, piso 3 de esta ciudad tel. 4014-1933/1932, en el caso N° 49273/11 caratulado "LUQUE, NADIA NOEMI y OTROS s/infr. Art. 181 del CPN (usurpación)" CITA Y EMPLAZA: a NADIA NOEMI LUQUE, titular del DNI N° 37.362.784,de nacionalidad Argentina, estado civil soltera, nacida el 24 de marzo de 1992 en esta ciudad, hija de Oscar Adolfo Luque y Mariana Valiente y a CLEYDE YAHAIRA SANTILLAN GUZMAN, titular del DNI N° 93.967.133, de nacionalidad Peruana, de estado civil soltera, nacida el día 3 de marzo de 1990 en la república del Perú, hija de Modesto Santillán y de Marlene Guzmán, por el término de CINCO DIAS a partir de la presente publicación, para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Equipo Fiscal a efectos de estar a derecho y verificar los posibles antecedentes penales que pudiera registrar, bajo apercibimiento de declararlas rebeldes y ordenarse su captura. El auto que ordena el presente dice: ///dad Autónoma de Buenos Aires, 1 de abril de 2.014. Atento a que pese a los numerosos intentos infructuosos por lograr la comparecencia de las imputadas Cleyde Yahaira Santillán Guzmán y Nadia Noemí Luque a los fines de verificar la existencia de antecedentes penales y desconociéndose su actual domicilio, de conformidad con el arto 63 del CPPCABA líbrese edicto por el plazo de cinco días en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho, agréguese al presente legajo un ejemplar de la publicación en el Boletín Oficial del edicto dispuesto. Notifíquese lo dispuesto al Sr. Defensor Oficial en su público despacho. Firmando: Silvina Bruno, Fiscal; Ante mí: Agustín Aymeric; Secretario.

Agustín Aymeric Secretario

OJ 81 Inicia: 9-4-2014 Vence: 15-4-2014

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUR – EQUIPO FISCAL E Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4135946/MGEYA/2014) Caso 13490/13

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JAVIER MARTIN LOPEZ ZAVALETA, FISCAL TITULAR A CARGO DEL EQUIPO FISCAL "E" DE LA UNIDAD FISCAL SUR, sita en la calle Paseo Colon 1333 Piso 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Te! nro. 5299- 4400 interno 4414 en el caso nro. 13490/13 seguido por la contravención prevista y reprimida en el artículo 111 del Código Contravencional. CITA Y EMPLAZA: a JULIO JIRA FLORES, titular del DNI 94.789.219, con últimos domicilios conocidos en: la calle Carlos Palma sin número de la localidad de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires y/o Villa 20, manzana 21, casa 1. Villa Lugano de esta ciudad, por el término de CINCO DlAS a partir de la presente publicación, para que dentro de ese plazo comparezca ante este Ministerio Público Fiscal de acuerdo a lo normado por el artículos 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de aplicación supletoria de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6 de la LPC. bajo, apercibimiento de solicitar su rebeldía. El auto que ordena el presente reza: "///nos Aires. 10 de marzo de 2014.- (... )reitérese la citación a Julio Jira Flores (DNI 94.789.219) mediante edictos, para que comparezca dentro del quinto día de notificado, ante este Ministerio Público Fiscal, en los términos del arto 41 del CPPCABA, conforme lo normado por el art. 63 del mismo cuerpo normativo.

Josefina Di Vicenzo Secretaria

OJ 80 Inicia: 9-4-2014 Vence: 15-4-2014

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