BOCME. Núm. 178

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MARTES 29 DE JULIO DE 2014 B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 1 SUMARIO BOCM-20140729 BOLETIN OFICIAL COMUNIDAD DE MADRID DE LA I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD Ley — Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibi- lidad de la Administración Local ..................................... BOCM-20140729-1 B) Autoridades y Personal CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE Concurso de méritos — Orden 2289/2014, de 16 de julio, de la Consejera de Educación, Juventud y De- porte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 282/2014, de 4 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febre- ro), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en esta Consejería .......................................... BOCM-20140729-2 UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Concurso funcionarios docente — Resolución de 26 de junio de 2014, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se suspende cautelarmente la de 12 de mayo de 2014, por la que se convoca concur- so de acceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios ........ BOCM-20140729-3 C) Otras Disposiciones CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA Pruebas capacitación profesional — Resolución de 15 de julio de 2014, de la Dirección General de Transportes de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se nombra el Tribunal para las pruebas para la obtención del certificado de competencia profe- sional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera, a ce- lebrar en noviembre de 2014, en la Comunidad de Madrid ................. BOCM-20140729-4

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SUMARIO

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BOLETIN OFICIAL

COMUNIDAD DE MADRIDDE LA

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD

Ley— Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad

de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibi-lidad de la Administración Local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-1

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

Concurso de méritos— Orden 2289/2014, de 16 de julio, de la Consejera de Educación, Juventud y De-

porte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 282/2014,de 4 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febre-ro), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso deMéritos en esta Consejería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-2

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

Concurso funcionarios docente— Resolución de 26 de junio de 2014, conjunta de la Universidad Complutense de

Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que sesuspende cautelarmente la de 12 de mayo de 2014, por la que se convoca concur-so de acceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios . . . . . . . . BOCM-20140729-3

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURASY VIVIENDA

Pruebas capacitación profesional— Resolución de 15 de julio de 2014, de la Dirección General de Transportes de la

Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se nombra elTribunal para las pruebas para la obtención del certificado de competencia profe-sional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera, a ce-lebrar en noviembre de 2014, en la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-4

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

Estatutos federación deportiva— Resolución 118/2014, de 30 de junio, del Director General de Juventud y Deportes,

por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Madrileña deMontañismo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-5

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIAY PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

Canal de Isabel II Gestión S. A.

Formalización contrato— Resolución de 8 de julio de 2014, por la que se hace pública la formalización del

contrato adjudicado por procedimiento abierto para el “Suministro de energíaeléctrica a las instalaciones de Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima” . BOCM-20140729-6

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURASY VIVIENDA

Estudio impacto ambiental— Resolución de 25 de julio de 2014, de la Secretaria General Técnica de la Conse-

jería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se somete al trámitede información pública el Estudio Informativo “Ampliación de la capacidad y me-jora de la seguridad vial de la carretera M-601. Tramo: A-6-M-623” y su Estudiode Impacto Ambiental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-7

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURASY VIVIENDA

Estudio impacto ambiental— Resolución de 25 de julio de 2014, de la Secretaria General Técnica de la Conse-

jería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se somete a su infor-mación pública el estudio informativo “Duplicación de la carretera M-506. Tramo:San Martín de la Vega-Arganda del Rey” y su Estudio de Impacto Ambiental . . BOCM-20140729-8

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURASY VIVIENDA

Convocatoria contrato— Resolución de 25 de julio de 2014, de la Secretaría General Técnica de la Conse-

jería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se dispone la publi-cación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de laconvocatoria del contrato de servicios de “Conservación y explotación en las ca-rreteras de la Comunidad de Madrid años 2014-2017” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-9

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTEY ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Notificación— Resolución de 11 de julio de 2014, de la Dirección General de Evaluación Ambien-

tal, por la que se acuerda publicar resoluciones sancionadoras e información sobreel pago de sanciones en período voluntario en materia de medio ambiente . . . . . BOCM-20140729-10

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTEY ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Notificación— Resolución de 11 de julio de 2014, de la Dirección General de Evaluación Am-

biental, por la que se acuerda publicar notificaciones de Acuerdos de Inicio deprocedimientos sancionadores en materia de medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-11

CONSEJERÍA DE SANIDAD

Organismo AutónomoAgencia Antidroga de la Comunidad de Madrid

Notificación— Notificación de 16 de julio de 2014, de la Agencia Antidroga de la Comunidad de

Madrid, por la que se procede a la publicación de Acuerdos de Iniciación de expe-dientes sancionadores en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciem-bre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Su-ministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificada porLey 42/2010, de 30 de diciembre, que se relacionan en Anexo adjunto . . . . . . . . BOCM-20140729-12

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

Convenio colectivo— Corrección de errores de la Resolución de 20 de mayo de 2014, de la Dirección Ge-

neral de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, de-pósito y publicación del convenio colectivo del Consejo de Estado (personal laboral)(código número 28004552011990) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-13

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

Convenio colectivo— Resolución de 23 de junio de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Con-

sejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación delconvenio colectivo de la empresa “Metro Ligero Oeste, Sociedad Anónima” (có-digo número 28100100012014) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-14

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

— Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Delegación de Economía yHacienda de Madrid. Notificación expediente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-15

— Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Servicio Público de Empleo Estatal.Concesión ayuda recualificación profesional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-16

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-17

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-18

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hi-drográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-19

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hi-drográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-20

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hi-drográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-21

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hi-drográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-22

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hi-drográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-23

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hi-drográfica del Tajo. Cánones regulación 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-24

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-25

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— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Cánones regulación 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-26

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Cánones regulación 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-27

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-28

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Cánones regulación 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-29

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-30

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-31

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Cánones regulación agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-32

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-33

— Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. ConfederaciónHidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-34

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-35

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-36

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-37

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-38

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-39

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-40

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-41

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-42

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-43

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-44

— Madrid. Régimen económico. Agencia de Actividades. Notificación expedientessancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-45

— Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.Resolución expedientes sancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-46

— Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.Resoluciones sancionadoras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-47

— Madrid. Régimen económico. Notificaciones procedimientos sancionadores . . . BOCM-20140729-48— Madrid. Régimen económico. Distrito de Chamberí. Relación subvenciones con-

cedidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-49— Madrid. Licencias. Agencia de Gestión de Licencias de Actividades. Ciudad del

Taxi de Madrid, S. L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-50— Madrid. Licencias. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Modificación li-

cencia urbanística . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-51— Madrid. Contratación. Distrito de Barajas. Licitación instalación máquinas vending . BOCM-20140729-52— Madrid. Contratación. Distrito de Barajas. Licitación organización fiestas patro-

nales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-53— Madrid. Otros anuncios. Agencia de Actividades. Notificación expedientes san-

cionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-54— Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. No-

tificación resolución . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-55

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— Madrid. Otros anuncios. Resoluciones recursos administrativos . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-56— Madrid. Otros anuncios. Notificación procedimientos sancionadores . . . . . . . . . BOCM-20140729-57— Alcobendas. Licencias. Taller del automóvil con cambio de neumáticos . . . . . . BOCM-20140729-58— Algete. Urbanismo. Constitución del derecho de superficie sobre parcelas . . . . . BOCM-20140729-59— Aranjuez. Régimen económico. Modificación presupuesto general . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-60— Arganda del Rey. Licencias. Rosenbauer Española, Sociedad Anónima . . . . . . . BOCM-20140729-61— Belmonte de Tajo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones . . . . . BOCM-20140729-62— Boadilla del Monte. Contratación. Licitación contrato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-63— Campo Real. Contratación. Licitación espectáculos taurinos 2014 . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-64— Canencia. Régimen económico. Cuenta general 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-65— Colmenar Viejo. Régimen económico. Cuenta general 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-66— Coslada. Régimen económico. Modificación de crédito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-67— Coslada. Régimen económico. Modificación de crédito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-68— Coslada. Régimen económico. Modificación de crédito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-69— Coslada. Contratación. Licitación contrato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-70— Daganzo de Arriba. Otros anuncios. Delegación competencias . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-71— Daganzo de Arriba. Otros anuncios. Delegación competencias . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-72— Galapagar. Contratación. Licitación, gestión actividad integral ciclo del agua . . BOCM-20140729-73— Galapagar. Otros anuncios. Elección juez de paz sustituto . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-74— Mejorada del Campo. Contratación. Licitación obras firmes calzada . . . . . . . . . BOCM-20140729-75— Moraleja de Enmedio. Organización y funcionamiento. Derogación registro de unio-

nes de hecho . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-76— Moraleja de Enmedio. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal . . . BOCM-20140729-77— Moraleja de Enmedio. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal . . . BOCM-20140729-78— Ribatejada. Régimen económico. Presupuesto general 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-79— San Agustín del Guadalix. Licencias. Solidago, S. L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-80— Sevilla la Nueva. Otros anuncios. Bajas padrón de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-81— Torrelaguna. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-82— Torrelodones. Régimen económico. Cuenta general 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-83— Villamanta. Licencias. Grupo Fes-Tauro, S. L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-84— Villarejo de Salvanés. Otros anuncios. Baja padrón habitantes . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-85— Villaviciosa de Odón. Ofertas de empleo. Convocatoria jefe Policía Local . . . . . BOCM-20140729-86— Villaviciosa de Odón. Contratación. Ampliación plazo proposiciones actividades

lúdico deportivas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-87— Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste. Ofertas de empleo. Convoca-

toria auxiliar administrativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-88

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

— Tribunal Superior de Justicia:• Catalunya. Barcelona. Sala de lo Social. Rollo 6.114 de 2013 . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-89

— Juzgados de Primera Instancia:• Madrid número 23. Juicio verbal 937 de 20113 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-90• Madrid número 44. Juicio verbal 497 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-91• Madrid número 52. Juicio verbal 586 de 2011 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-92• Madrid número 54. Procedimiento ordinario 1.132 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-93• Madrid número 81. Procedimiento ordinario 1.759 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-94• Alcobendas número 1. Procedimiento ordinario 378 de 2013 . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-95• Alcobendas número 3. Juicio verbal 917 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-96

— Juzgados de Instrucción:• Madrid número 13. Juicio de faltas 211 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-97

— Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

• Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 182 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-101

• Alcorcón número 3. Procedimiento 76 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-98• Colmenar Viejo número 4. Juicio de faltas 399 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-99• Majadahonda número 5. Juicio de faltas 102 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-100

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— Juzgados de lo Mercantil:• Madrid número 2. Procedimiento ordinario 315 de 2011 . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-102

— Juzgados de lo Social:• Madrid número 2. Ejecución 36 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-103• Madrid número 2. Ejecución 86 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-104• Madrid número 2. Juicio 485 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-105• Madrid número 4. Ejecución 126 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-106• Madrid número 5. Ejecución 128 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-107• Madrid número 6. Ejecución 135 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-108• Madrid número 6. Ejecución 132 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-109• Madrid número 8. Ejecución 19 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-110• Madrid número 9. Ejecución 77 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-111• Madrid número 9. Juicio 594 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-112• Madrid número 10. Procedimiento ordinario 483 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-113• Madrid número 10. Ejecución 54 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-114• Madrid número 10. Procedimiento ordinario 1.327 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-115• Madrid número 10. Ejecución 108 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-116• Madrid número 10. Ejecución 96 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-117• Madrid número 11. Ejecución 109 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-118• Madrid número 11. Procedimiento ordinario 496 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-119• Madrid número 12. Procedimiento 825 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-120• Madrid número 12. Procedimiento 1.505 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-121• Madrid número 13. Procedimiento ordinario 1.437 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-122• Madrid número 13. Procedimiento ordinario 1.170 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-123• Madrid número 14. Procedimiento 263 de 2012-01 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-124• Madrid número 14. Ejecución 97 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-125• Madrid número 14. Procedimiento ordinario 748 de 2011 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-126• Madrid número 14. Juicio 475 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-127• Madrid número 14. Juicio 1.442 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-128• Madrid número 15. Juicio 1.246 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-129• Madrid número 17. Procedimiento 653 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-130• Madrid número 18. Procedimiento 302 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-131• Madrid número 18. Ejecución 155 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-132• Madrid número 18. Juicio 567 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-133• Madrid número 18. Juicio 316 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-134• Madrid número 18. Procedimiento ordinario 272 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-135• Madrid número 19. Procedimiento 1.248 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-136• Madrid número 20. Procedimiento ordinario 220 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-137• Madrid número 21. Juicio 415 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-138• Madrid número 21. Juicio 385 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-139• Madrid número 21. Juicio 279 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-140• Madrid número 22. Ejecución 41 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-141• Madrid número 22. Ejecución 43 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-142• Madrid número 22. Procedimiento ordinario 297 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-143• Madrid número 22. Procedimiento ordinario 172 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-144• Madrid número 22. Procedimiento 94 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-145• Madrid número 23. Procedimiento ordinario 1.416 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-146• Madrid número 23. Ejecución 99 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-147• Madrid número 24. Ejecución 137 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-148• Madrid número 24. Ejecución 101 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-149• Madrid número 24. Ejecución 111 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-150• Madrid número 24. Ejecución 109 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-151• Madrid número 24. Ejecución 247 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-152• Madrid número 26. Procedimiento ordinario 691 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-153• Madrid número 26. Procedimiento 677 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-154• Madrid número 26. Procedimiento 713 de 2013-H . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-155

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• Madrid número 26. Juicio 1.449 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-156• Madrid número 27. Ejecución 174 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-157• Madrid número 27. Ejecución 176 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-158• Madrid número 27. Ejecución 187 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-159• Madrid número 27. Ejecución 179 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-160• Madrid número 27. Ejecución 85 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-161• Madrid número 27. Ejecución 180 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-162• Madrid número 27. Juicio 176 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-163• Madrid número 28. Procedimiento 970 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-164• Madrid número 28. Juicio 15 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-165• Madrid número 28. Juicio 1.228 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-166• Madrid número 28. Ejecución 120 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-167• Madrid número 29. Ejecución 301 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-168• Madrid número 29. Procedimiento ordinario 1.393 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-169• Madrid número 30. Juicio 705 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-170• Madrid número 30. Juicio 707 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-171• Madrid número 32. Ejecución 82 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-172• Madrid número 32. Ejecución 187 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-173• Madrid número 32. Ejecución 103 de 2008 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-174• Madrid número 32. Ejecución 115 de 2011 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-175• Madrid número 32. Procedimiento ordinario 751 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-176• Madrid número 32. Procedimiento 983 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-177• Madrid número 32. Procedimiento 1.063 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-178• Madrid número 32. Procedimiento 1.123 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-179• Madrid número 33. Ejecución 263 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-180• Madrid número 33. Ejecución 294 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-181• Madrid número 33. Procedimiento ordinario 416 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-182• Madrid número 33. Ejecución 296 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-183• Madrid número 35. Ejecución 138 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-184• Madrid número 35. Procedimiento ordinario 643 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-185• Madrid número 35. Procedimiento 560 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-186• Madrid número 35. Ejecución 96 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-187• Madrid número 36. Procedimiento ordinario 1.156 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-188• Madrid número 39. Ejecución 110 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-189• Madrid número 39. Ejecución 94 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-190• Madrid número 39. Ejecución 111 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-191• Madrid número 39. Procedimiento 908 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-192• Madrid número 39. Ejecución 1 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-193• Madrid número 39. Ejecución 2 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-194• Madrid número 40. Ejecución 118 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-195• Madrid número 40. Ejecución 211 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-196• Madrid número 40. Ejecución 145 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-197• Móstoles número 1. Ejecución 82 de 2014-V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-198• Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 1.370 de 2013-M . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-199• Móstoles número 2. Procedimiento 504 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-200• Móstoles número 2. Ejecución 271 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-201• A Coruña número 5. Procedimiento ordinario 425 de 2013-L . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-202• Alicante número 1. Ejecución 21 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-203• Alicante número 1. Ejecución 296 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-204• Almería número 2. Procedimiento 104 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-205• Barcelona número 16. Procedimiento 578 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-206• Huelva número 3. Ejecutoria 32 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-207• Huelva número 3. Ejecución 195 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-208• Lleida número 2. Ejecutorias 68 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-209• Málaga número 7. Procedimiento 722 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-210• Pamplona número 2. Procedimiento ordinario 1.188 de 2013 . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-211

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http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

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• Puerto del Rosario número 2. Ejecución 429 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-212• Valencia número 7. Autos 666 de 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-213

V. OTROS ANUNCIOS

— Notaría de don Javier de Lucas y Cadenas. Subasta de inmuebles . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-214— M. C. M. Madrid, S. Coop. Mad. Anuncio de disolución y liquidación . . . . . . . . BOCM-20140729-215— Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife. Notificación procedimiento san-

cionador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOCM-20140729-216

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I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

Presidencia de la Comunidad

1 LEY 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidadde Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sosteni-bilidad de la Administración Local.

El Presidente de la Comunidad de Madrid.Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nom-

bre del Rey, promulgo.

PREÁMBULO

El artículo 137 de la Constitución española garantiza la autonomía de los Municipios,entidades básicas de la organización territorial del Estado, que se hace efectiva a través delas competencias que les atribuyen la legislación del Estado y la de las Comunidades Au-tónomas. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local así lorefrenda en su artículo 2.

Por su parte, el artículo 27.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la Comunidad de Madrid,en el marco de la legislación del Estado, el desarrollo legislativo del régimen local.

La reciente Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad dela Administración Local, tiene como objetivo básico clarificar las competencias municipa-les para evitar duplicidades y racionalizar la estructura organizativa de la AdministraciónLocal, a la vez que asegurar un control financiero y presupuestario más riguroso, de acuer-do todo ello con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.

Y es que, en la práctica, el sistema de competencias locales se había convertido en algocomplejo, ya que muchas de las Entidades Locales, al margen del ejercicio de las compe-tencias legalmente atribuidas, han venido actuando de manera expansiva sobre servicios yfunciones en materias competenciales en principio no intrínsecamente propias, lo que hadado lugar a que distintas Administraciones concurran en la ejecución en una misma mate-ria, en ocasiones, de forma manifiestamente ineficiente.

En definitiva, se intenta que el sistema competencial se ajuste al principio una Admi-nistración, una competencia, con pleno respeto al principio de sostenibilidad financiera yresponsabilidad en la gestión.

Para el cumplimiento de sus objetivos, la citada Ley ha acometido una reforma pro-funda del estatuto jurídico regulador de la Administración Local que afecta a cuestiones ta-les como la fijación de las competencias propias de los Municipios y los servicios a prestarpor ellos; el régimen jurídico-económico aplicable a la delegación, en los Municipios, delejercicio de competencias del Estado y las Comunidades Autónomas; el señalamiento delas competencias propias de las Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, asícomo, dentro de los principios de actuación y relación entre Administraciones, el régimenaplicable a la suscripción de convenios y constitución de consorcios.

Las disposiciones de la citada Ley 27/2013, de 27 de diciembre, son de aplicación a to-das las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de sus competencias exclusivas en materiade régimen local asumidas en sus Estatutos de Autonomía. En el caso de la Comunidad deMadrid, las disposiciones de la Ley suponen la asunción de nuevas funciones y competen-cias, tanto en el ejercicio de las propias como Comunidad Autónoma, como de las relativasa las Diputaciones Provinciales, y que debe ejercer dada su condición de Comunidad Uni-provincial, lo que requiere, en todo caso, el adecuado y suficiente sistema de financiación.

Ha de resaltarse también, como una de las novedades de la reforma, el hecho de quelos Ayuntamientos en el futuro ya no podrán realizar actividades complementarias de laspropias de otras Administraciones Públicas, lo que se había calificado como competenciasconcurrentes. Por tanto, los Municipios deberán ejercer únicamente las que les correspon-den bien como propias, delegadas o distintas de éstas, si bien en este último supuesto sin in-

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currir en ejecución simultánea de la competencia con otra Administración Pública y, entodo caso, sin poner en riesgo la sostenibilidad financiera de la Hacienda Municipal.

Esta reforma de la normativa básica, en particular en lo relativo al sistema de las com-petencias locales, hace necesaria la adaptación de la legislación vigente para establecer unconjunto de medidas sobre la aplicación efectiva de la reforma en la Comunidad de Madrid,teniendo siempre como eje fundamental garantizar, por parte de las Administraciones Pú-blicas territoriales, la continuidad y calidad de los servicios públicos esenciales para los ciu-dadanos madrileños, con pleno respeto de la normativa básica y estatutaria, dentro de la exi-gencia del cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidadfinanciera.

La garantía de los servicios públicos es, por tanto, el objetivo nuclear de la presentenorma; que tiene asimismo, varios objetivos instrumentales: en primer lugar, determinar laforma en que deben ejercerse las competencias atribuidas a los Municipios por la legisla-ción sectorial; en segundo lugar, clarificar el régimen transitorio aplicable a competenciastan esenciales como las de educación, sanidad y servicios sociales, hasta tanto sean defini-tivamente asumidas por la Administración Autonómica tras la aprobación del nuevo siste-ma de financiación autonómica; en tercer lugar, definir el alcance y contenido de la adap-tación de los convenios suscritos entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales,y, por último, desarrollar los procedimientos y atribuir las concretas competencias de emi-sión de informes que la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, prevé.

Asimismo, se establece el respeto a las particularidades del Municipio de Madrid, deacuerdo con lo previsto en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Es-pecial de Madrid.

Estas medidas deben adoptarse de manera urgente, habida cuenta de que la Ley entróen vigor el 31 de diciembre de 2013, sin perjuicio de la reforma de adaptación a la nuevanormativa básica que deba realizarse en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de AdministraciónLocal de la Comunidad de Madrid, así como de la Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el De-sarrollo del Pacto Local.

Por otra parte, y en el afán de recuperar los niveles de actividad del área del Corredordel Henares, de elevada concentración industrial en la Comunidad de Madrid y cuyo tejidoempresarial se ha visto reducido en los últimos años, la parte final de la presente Ley per-mite la reactivación de Parque Científico y Tecnológico de la Universidad de Alcalá, So-ciedad Anónima, al considerarse un instrumento idóneo para coordinar la estrategia de ac-tuación en dicha zona.

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1

Objeto

La presente Ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas de aplicación yadaptación de la normativa básica estatal en materia de régimen local, como consecuenciade su reforma mediante la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sosteni-bilidad de la Administración Local, con el fin de garantizar la continuidad y la calidad delos servicios públicos que se prestan a los ciudadanos.

Artículo 2

Ámbito de aplicación

Esta Ley es de aplicación a la Comunidad de Madrid y a las Entidades Locales inclui-das en su ámbito territorial.

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Capítulo II

Competencias de los Municipios

Artículo 3

Ejercicio de competencias propias de los Municipios

1. Los Municipios, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competen-cias, pueden promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satis-facer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos enla legislación vigente.

2. Las competencias atribuidas a los Municipios por leyes anteriores a la entrada envigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de laAdministración Local, se ejercerán por los mismos de conformidad con las previsiones con-tenidas en la norma de atribución, en régimen de autonomía y bajo su propia responsabili-dad, de acuerdo con el artículo 7.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Ley.

3. Las competencias indicadas en los apartados anteriores se desarrollarán bajo losprincipios de sostenibilidad, descentralización, proximidad, eficacia, eficiencia, autonomíay continuidad de los servicios.

Artículo 4

Ejercicio de la coordinación de servicios municipales

1. Con carácter general, a los efectos de lo previsto en el artículo 26.2 de laLey 7/1985, de 2 de abril, la actividad de coordinación que compete a la Comunidad deMadrid se someterá a lo establecido en dicho precepto y, en todo lo que no se oponga almismo, a lo establecido en el Título V de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administra-ción Local de la Comunidad de Madrid.

2. A los efectos de lo establecido en el citado artículo 26.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, habrá de ponderarse el coste efectivo de prestación de servicios de los Municipios,una vez cumplidos los plazos y procedimientos de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

3. De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 de este artículo, y con el análisis delos costes efectivos de los servicios, la Comunidad de Madrid llevará a efecto la propuestade fórmulas alternativas de gestión en los términos previstos en el artículo 26.2 citado, conconformidad expresa, mediante acuerdo, del órgano municipal competente.

A los efectos de lo previsto en el apartado 1 de este artículo, cuando se requiera la apli-cación de fórmulas alternativas de gestión, se priorizará la fórmula mancomunada de Mu-nicipios, pudiendo impulsarse su constitución por la Comunidad de Madrid.

4. En tanto en cuanto se cumple la obligación establecida en el apartado 3 de este ar-tículo, las Entidades Locales deberán garantizar la continuidad de prestación de dichosservicios sin interrupción.

Artículo 5

Delegación del ejercicio de competencias en los Municipios

La Comunidad de Madrid podrá delegar en los Municipios el ejercicio de sus compe-tencias para contribuir a eliminar duplicidades administrativas, mejorar la eficiencia de lagestión pública y coadyuvar a que ésta sea acorde con la legislación en materia de estabili-dad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

La delegación deberá ser autorizada por una ley de la Asamblea de Madrid, que fijarálas oportunas formas de control y coordinación, y deberá ser aceptada por la Entidad Localpara ser efectiva, en los términos establecidos en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Admi-nistración Local de la Comunidad de Madrid.

Artículo 6

Ejercicio, por las Entidades Locales, de competencias distintas de las propiasy de las atribuidas por delegación

1. De acuerdo con el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, las Entidades Lo-cales solo podrán ejercer nuevas competencias distintas de las propias y de las atribuidaspor delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la

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Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad pre-supuestaria y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simul-tánea del mismo servicio público con otra Administración Pública.

2. Cuando la Comunidad de Madrid deba emitir el informe de inexistencia de dupli-cidades, de acuerdo con lo previsto en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, y la presenteLey, su tramitación se ajustará a lo previsto en este artículo.

La solicitud de informe se dirigirá a la Consejería con competencia en materia deAdministración Local, correspondiendo su emisión al órgano competente por razón de lamateria sectorial a que se refiera la solicitud.

Dicho informe deberá contar, además, con la conformidad de la Consejería con com-petencias en materia de Administración Local, que informará al Consejo de Gobierno.

El informe de inexistencia de duplicidades será preceptivo y vinculante y será evacua-do en el plazo de dos meses. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera evacuado, se enten-derá que es desfavorable a la inexistencia de duplicidad.

3. La solicitud del informe se realizará por el órgano municipal competente, juntocon la siguiente documentación:

a) Memoria descriptiva de la solicitud y de las condiciones en las que se prevé prestarel servicio o desarrollar la actuación.

b) En su caso, informe de sostenibilidad financiera emitido por el Estado.4. Para verificar la inexistencia de duplicidades, el informe deberá valorar las cir-

cunstancias siguientes:a) Concurrencia de dos o más Administraciones Públicas, en el ejercicio de la com-

petencia de forma exclusiva y excluyente.b) Posible incidencia de la distinción entre competencias, servicios, funciones, acti-

vidades y tareas.c) Volumen, flexibilidad, rigidez y cobertura de la demanda del servicio de que se trate.d) Condicionantes geográficos en la prestación de servicios, de tal suerte que las con-

diciones de accesibilidad puedan aconsejar la existencia de ámbitos territorialesdiferentes de prestación.

e) Concurrencia temporal en la prestación, de tal forma que la duplicidad pueda que-dar matizada o neutralizada por la existencia de cronologías diferenciadas en laprestación del servicio.

f) Coincidencia en la forma de prestación del servicio.5. La emisión del informe no implicará garantía de asunción ni de financiación de la

prestación por parte de la Comunidad de Madrid, funcionamiento o mantenimiento de lacompetencia, servicio o actividad a que se refiera dicho informe.

6. La Comunidad de Madrid, a efectos informativos, se dirigirá anualmente en el pri-mer semestre a la Administración competente para la emisión del informe sobre sostenibili-dad financiera previsto en el artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con even-tuales ejercicios de competencias por parte de las Entidades Locales distintas de las propiasy delegadas que hayan sido asumidas con posterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.

Capítulo III

Del traspaso de competencias y servicios

Artículo 7

Régimen de asunción de competencias y servicios entre la Comunidad de Madridy los Municipios de la Comunidad de Madrid

En el marco que disponga la normativa básica estatal, de la Comunidad de Madrid, olas normas reguladoras del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas y delas Haciendas Locales, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, previo infor-me de la asociación de Entidades Locales de mayor implantación que represente a los Mu-nicipios de la Comunidad de Madrid, regulará mediante Decreto las condiciones y calenda-rio de los correspondientes traspasos de medios económicos, materiales y personales, sinque la gestión de los servicios pueda suponer un mayor gasto para el conjunto de las Admi-nistraciones Públicas.

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Artículo 8

Recursos humanos

Los traspasos de los empleados públicos adscritos a las competencias y servicios pú-blicos objeto de transferencia se someterán al régimen previsto en los siguientes apartados:

1. Los empleados públicos que resulten traspasados se integrarán como personalpropio en la Administración receptora con la misma vinculación.

No obstante, la integración del personal laboral fijo que no haya acreditado la supera-ción de los procesos selectivos con arreglo a los principios de igualdad, mérito y capacidaden el acceso al empleo público solo podrá producirse con carácter temporal, y ello sin per-juicio de la posibilidad de amortización, en su caso, del puesto del trabajo.

2. A los funcionarios de carrera transferidos les será de aplicación lo dispuesto en elartículo 88 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, ypasarán a encontrarse en situación de servicio activo en la Administración en la que se in-tegran, siendo declarados por la de origen en la situación de servicio en otras Administra-ciones Públicas.

3. Se respetarán las condiciones laborales y económicas de origen del personal tras-pasado hasta su homologación a las que correspondan en la Administración de destino, quese producirá en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha efectiva del traspaso.Hasta dicho momento, el personal transferido continuará percibiendo sus retribuciones porlos mismos conceptos y cuantías reconocidos por la de procedencia.

El proceso de homologación de las condiciones laborales y económicas, en función dela titulación exigida para el acceso, tareas que se vinieren desempeñando y área de activi-dad, culminará con la definitiva integración de dicho personal en la relación de puestos detrabajo y plantilla presupuestaria en la Administración de destino con la adecuación retri-butiva que corresponda en cada caso, de acuerdo con las tablas salariales y normativa vi-gentes en la misma.

Todo ello sin perjuicio de que, respecto del personal laboral, proceda el reconocimien-to de un complemento personal transitorio, absorbible, reducible y compensable por los in-crementos retributivos de cualquier clase que se produzcan, así como por los derivados delcambio de puesto de trabajo o de la modificación de los complementos del mismo.

A efectos del cálculo de dicho complemento no se considerarán ni la antigüedad, ni losconceptos de naturaleza variable.

4. Se garantiza el importe de la antigüedad consolidada del personal transferido enel momento de efectos del traspaso, importe que no será susceptible de absorción, ni reva-lorización.

En todo caso, los complementos por antigüedad devengados con posterioridad a la fe-cha de efectos del traspaso se retribuirán de acuerdo con el régimen de aplicación de laAdministración de destino.

5. Los atrasos e indemnizaciones devengados con anterioridad a la fecha efectiva deltraspaso o aquellos derechos económicos que les sean reconocidos judicialmente y cuyo he-cho causante se hubiese producido con anterioridad a dicha fecha serán con cargo a laAdministración de origen.

6. Los funcionarios de carrera conservarán su condición de personal de su Adminis-tración de origen y el derecho a participar en las convocatorias de provisión de puestos detrabajo que se efectúen por esta última en igualdad de condiciones con el resto de su perso-nal propio.

Artículo 9

Subrogación en los contratos suscritos por las Entidades Locales para la gestiónde servicios públicos incursos en traspasos de competencias y servicios a la Comunidadde Madrid

1. Los Decretos de transferencias determinarán las concesiones y los contratos adminis-trativos afectados por el traspaso, produciéndose la subrogación de la Comunidad de Madriden los derechos y obligaciones de la Administración Local en relación con los mismos.

2. Para la prestación de los servicios afectados, la Comunidad de Madrid podrá op-tar por gestionarlos directamente, previa resolución del contrato vigente, sin que ello impli-que derecho alguno del personal de dichas empresas a su integración en las plantillas delsector público de la Comunidad de Madrid, o bien mantener la continuidad del contratoexistente previa adaptación de las cláusulas contractuales que sean necesarias.

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3. Tanto la resolución como la modificación de los contratos administrativos afecta-dos deberán ajustarse a lo establecido en sus pliegos así como en la normativa que sea apli-cable a cada contrato.

4. Las responsabilidades que pudieran derivarse para la Comunidad de Madrid de lasreclamaciones que traigan causa de dichos contratos de gestión de servicio público y quesean imputables a las Entidades Locales serán por cuenta de éstas, de conformidad con lanormativa aplicable.

Capítulo IV

Cooperación económica, técnica y administrativa

Artículo 10

Convenios y consorcios

1. La Comunidad de Madrid y las Entidades Locales podrán establecer formas de co-operación económica, técnica y administrativa en servicios locales y asuntos de interés co-mún, a través de convenios y consorcios administrativos, bajo las fórmulas y en los térmi-nos previstos en las leyes. Procurarán la mejora de la eficiencia en la prestación de losservicios mediante el ejercicio de competencias y la colaboración y cooperación para laprestación de los servicios o la realización de actividades y su financiación conjunta.

2. La cooperación comprenderá en su caso la ayuda financiera a una de las partespara el ejercicio de actividades de su competencia o para el ejercicio, por las Entidades Lo-cales, de competencias distintas de las propias y delegadas, así como el desarrollo de acti-vidades de carácter prestacional.

En estos casos, para su formalización se seguirá el mismo procedimiento establecidoque, en el caso de convenios ya suscritos, para su adaptación, prevista en la letra c) del apar-tado 4 de este artículo.

3. La cooperación señalada en el presente artículo facultará a las Administracionesintervinientes a aportar los medios personales, técnicos y económicos necesarios para laadecuada prestación de los servicios y asuntos de interés común.

4. En el supuesto de que se trate de convenios vigentes a la entrada en vigor de laLey 27/2013, de 27 de diciembre, se procederá a su adaptación antes del 31 de diciembrede 2014, en los siguientes términos:

a) Cuando se trate de instrumentos de cooperación relativos a competencias delega-das antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, se incor-porará la garantía de pago a que se refiere el artículo 57 bis de la Ley 7/1985, de 2de abril.

b) En el supuesto de instrumentos de cooperación que afecten a competencias relati-vas a la educación, salud y servicios sociales previstas en la disposición adicionalprimera de esta Ley, la adecuación tendrá lugar en el momento de la asunciónefectiva de las competencias de conformidad con lo dispuesto en la citada dispo-sición.

c) Cuando se trate de instrumentos de cooperación relativos a los restantes serviciosy competencias municipales que precisen de adaptación según la legislación vi-gente, las partes efectuarán una valoración que justificará la inexistencia de dupli-cidades en la prestación del servicio o en la realización de las actividades queconstituyen el objeto de la cooperación. Si se concluye la continuación de la cola-boración, se suscribirá por las partes como adenda al convenio.

d) No precisarán adaptación, de acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley27/2013, de 27 de diciembre, los instrumentos de cooperación suscritos que llevenaparejada financiación destinada a sufragar el ejercicio, por parte de los Munici-pios, de competencias previstas en los artículos 25 y 27 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, salvo que éstas ya hubiesen sido delegadas antes de la entrada en vigor de lacitada Ley 27/2013.

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DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Asunción por la Comunidad de Madrid de las competencias relativas a la educación,salud y servicios sociales

1. Las competencias relativas a la educación, previstas en la disposición adicionaldecimoquinta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, y las relativas a salud y servicios so-ciales establecidas en las disposiciones transitorias primera y segunda de la misma Ley,continuarán siendo ejercidas por los Municipios en los términos previstos en las leyes deatribución y en los convenios de colaboración que, en su caso, estén vigentes, hasta que ha-yan sido asumidas por parte de la Comunidad de Madrid, mediante el establecimiento deun nuevo Sistema de Financiación Autonómica que permita su asunción.

2. Los Municipios podrán continuar ejerciendo las restantes competencias relativasa la educación, salud y servicios sociales, en los términos previstos en las leyes correspon-dientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la presente Ley, y de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

3. No obstante, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid mediante De-creto podrá acordar, con anterioridad a lo que disponga el sistema de financiación autonó-mica y local, la asunción, por la Comunidad de Madrid, de servicios concretos e individua-les relativos a estas competencias por razones de mayor ahorro o mejora de la eficiencia conel cambio en la titularidad, previo acuerdo con las Administraciones Locales afectadas.

En dicho Decreto se recogerá el coste anual del servicio a asumir por la Comunidad deMadrid y su financiación por el Municipio afectado, mediante fórmulas de compensaciónde derechos derivados de cualesquiera compromisos existentes entre ambas Administracio-nes hasta su incorporación definitiva en el nuevo sistema de financiación.

4. En el supuesto de que la Comunidad de Madrid asuma la titularidad de competen-cias en materias relativas a la educación, salud o servicios sociales, únicamente podrá ha-cerlo siempre que su asunción no suponga mayor gasto para el conjunto de las Administra-ciones Públicas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

Escuelas infantiles municipales

Los instrumentos de colaboración para la creación, mantenimiento y gestión de escue-las infantiles de educación de titularidad pública de primer ciclo de educación infantil mu-nicipales ya suscritos a la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, segui-rán, en aplicación de la disposición adicional novena de dicha Ley, la tramitación previstaen la letra d) del artículo 10.4 de la presente Ley.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA

Régimen especial del Municipio de Madrid

1. Las disposiciones de esta Ley son de aplicación al Municipio de Madrid, sin per-juicio del pleno respeto a las particularidades de su legislación específica, en particular, ala Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y con su-jeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

2. El régimen de transferencia de competencias y servicios entre la Comunidad deMadrid y la Ciudad de Madrid se someterá a lo previsto en el Capítulo I del Título VI de laLey 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, que regula el ré-gimen de transferencia de competencias y servicios entre la Comunidad de Madrid y la Ciu-dad de Madrid, en el marco del proceso de eliminación de duplicidades desarrollado porambas Administraciones.

3. Los traspasos de medios personales entre ambas Administraciones se regirán porlo dispuesto en el artículo 8 de esta Ley.

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DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA

Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

En tanto se aprueba la adaptación de la Ley de Administración Local de la Comunidadde Madrid y de los desarrollos reglamentarios que en aplicación de la misma se lleven acabo, se establecen las siguientes medidas urgentes en materia de funcionarios de Adminis-tración Local con habilitación de carácter nacional:

1. Se podrá autorizar la acumulación de funciones reservadas en el supuesto de va-cante, ausencia o enfermedad en funcionarios con habilitación de carácter nacional de En-tidad Local próxima a su puesto de trabajo, de acuerdo con las Entidades Locales afectadasy previa conformidad con los interesados.

Las funciones acumuladas estarán restringidas a un solo puesto de trabajo y con los lí-mites establecidos en la normativa de incompatibilidades del personal al servicio de las Ad-ministraciones Públicas.

En caso de acumulaciones entre distintas subescalas, los funcionarios nombrados de-berán contar con la titulación para el acceso a la subescala a la que pertenezca el puesto acu-mulado.

2. Se podrán conferir nombramientos accidentales, estableciendo diferentes fórmu-las en atención a las circunstancias de vacante o ausencia legal o reglamentaria, que permi-tan la operatividad de estos nombramientos.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Adaptación estatutaria de las mancomunidades

1. Se considerarán en proceso de adecuación de estatutos de las mancomunidadesprevisto en la disposición transitoria undécima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, lassolicitudes de adaptación presentadas en el período de seis meses fijado en aquella, cuyapresentación haya sido debidamente acreditada en el citado plazo.

2. Para llevar a cabo la disolución de oficio, se requerirá la constatación del incum-plimiento de lo establecido en el apartado anterior, procediéndose a la adopción del acuer-do de disolución en el plazo de seis meses.

3. El acuerdo de disolución determinará la necesidad de crear una comisión de liqui-dación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Derogación normativa

1. Quedan derogadas cuantas disposiciones normativas de igual o inferior rango seopongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ley.

2. En particular, quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) El artículo 56 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Admi-nistrativas.

b) Las referencias a la sociedad mercantil Parque Científico-Tecnológico de la Uni-versidad de Alcalá, Sociedad Anónima, contenidas en la disposición adicionalcuarta de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrati-vas, y en la disposición adicional tercera de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, deMedidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Modificación de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Localde la Comunidad de Madrid

Se modifica el apartado tercero del artículo 33 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Admi-nistración Local de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la siguiente forma:

“3. Las comisiones estarán integradas por los miembros de la Corporación designa-dos por los distintos grupos políticos de forma proporcional a su representatividad en el Ple-

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no, y por los Concejales no adscritos, sin que estos últimos tengan más representación de laque les hubiera correspondido de permanecer en el grupo de procedencia”.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Modificación de los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo,de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid

Uno. Se añade una letra d) al artículo 59 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, con el si-guiente contenido:

“d) La utilización de los establecimientos de alojamiento turístico como residenciapermanente, o cualquier otra finalidad distinta del uso turístico”.

Dos. Se añade una nueva letra d) al artículo 60.1 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo,pasando la actual letra d) a ser letra e), con el siguiente contenido:

“d) Anulación de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas”.Tres. Se añade una nueva letra d) al artículo 61.1 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo,

pasando la actual letra d) a ser letra e), con el siguiente contenido:“d) La anulación de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas podrá imponer-

se en el caso de infracciones graves o muy graves”.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

Desarrollo reglamentario y adaptación legislativa

1. Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuan-tas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

2. Se habilita al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para presentar,ante la Asamblea de Madrid, los proyectos de ley de adaptación de la Ley 2/2003, de 11 demarzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y de la Ley 3/2003, de 11 demarzo, de Pacto Local de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN FINAL CUARTA

Entrada en vigor

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que lacumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.

Madrid, a 25 de julio de 2014.

El Presidente,IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/24.168/14)

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-201

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9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación, Juventud y Deporte

2 ORDEN 2289/2014, de 16 de julio, de la Consejera de Educación, Juventud y De-porte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 282/2014,de 4 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 defebrero), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Con-curso de Méritos en esta Consejería.

Por Orden 282/2014, de 4 de febrero, de la Consejera de Educación, Juventud y De-porte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero), se aprobó con-vocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejeríapor el procedimiento de Concurso de Méritos.

En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Pues-tos de Trabajo Reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, dela Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en lasconvocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Desig-nación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general queha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisiónde puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiem-bre), y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, porel que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Admi-nistración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesio-nal de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficialdel Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases deconvocatoria correspondientes.

De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorableemitido por la Consejería de Economía y Hacienda y en virtud de la competencia atribuidaen el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid,

RESUELVO

Primero

Objeto

Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en elAnexo.

Segundo

Plazo de toma de posesión

1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dichoplazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse den-tro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente Resolución.

El cómputo de los citados plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisoso licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causasjustificadas, el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.

2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de po-sesión será de un mes a contar desde la notificación de la orden de reingreso al servicio ac-tivo, conforme a lo establecido en el artículo 1.7 del Decreto 203/2000, de 14 de septiem-bre, por el que se dictan las reglas aplicables a los procedimientos de asignación de puestos

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, en los supuestos depérdida del que viniera desempeñando y de reingreso al servicio activo (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre).

Tercero

Recursos

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer-se, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo ór-gano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos me-ses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contadosa partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todoello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 16 de julio de 2014.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte,LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS

42503

41592

42019

42501

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

JEFE DE SECRETARIA NIVEL 20

JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16

JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16

JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

20

16

16

16

C / B

C / D

C / D

C / D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

7.945,92

6.713,52

6.713,52

6.713,52

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

42508

41504

65156

42507

1893084T0

4547973E0

1108843J0

34914561D0

GALAN CORTIJO,ROSA MARIA

GONZALEZ GONZALEZ,ALICIAMARIA

ARROYO CABANILLAS,MARIACONCEPCION

ALVAREZ YDIAÑEZ,M. ISABEL

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

JEFE DE SECRETARIA NIVEL16

JEFE DE SECRETARIA NIVEL18

JEFE DE SECRETARIA DECENTRO DOCENTE

JEFE DE SECRETARIA NIVEL16

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

16

18

16

16

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

6.713,52

7.208,52

6.713,52

6.713,52

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

C / D

C / D

C / D

C / D

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MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 21

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CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42505

47468

48357

17754

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16

JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16

JEFE DE SECRETARIA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

16

16

16

12

C / D

C / D

C / D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

6.713,52

6.713,52

6.713,52

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

58750

41601

5415532K0

52970280S0

DIEZ BENITO,RAQUEL

GARCIA GOMEZ,ROSANA

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

JEFE DE SECRETARIA DECENTRO DOCENTE

Denominación :

Denominación :

12

16

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

6.713,52

C. Específico :

C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

C / D

Page 22: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 22 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

19257

30810

30938

39894

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

42265

46935587Q0

VILLAPUN BARBERA,SUSANA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:AUXILIAR ADMINISTRATIVODenominación :

12Grupo :N.C.D. :

5.420,28C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

Page 23: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 23

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41599

41643

41689

41705

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 24: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 24 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41728

41734

41735

41737

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 25: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 25

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41760

41761

41767

41784

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

50679443R0

ALONSO MARTI,PETRA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 26: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 26 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41794

41799

41801

41823

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

50089858K0

SANCHEZ SANCHEZ,MARIASONIA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 27: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 27

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41826

41842

41866

41882

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

41671

51076290Y0

ROCAMORABLAZQUEZ,RAQUEL

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:AUXILIAR ADMINISTRATIVODenominación :

12Grupo :N.C.D. :

5.420,28C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

Page 28: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 28 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41884

41974

41975

41979

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 29: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 29

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

41983

41988

41990

42121

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 30: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42195

42200

42235

42258

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

35803

60538

8041958P0

397392K0

MAESTRE GONZALEZ,TERESAMARIA

HERNANDEZRODRIGUEZ,PALOMA

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

ORGANISMO AUTONOMO INSTITUTO REGIONALDE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOSECRETARIA GENERALUNIDAD TECNICA DE ESTADISTICA DEACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADESPROFESIONALESNEGOCIADO ESTADÍSTICA

CONSEJERIA SANIDADVICECONSEJERIA ORDENACION SANITARIA EINFRAESTRUCTURASDIRECCION GENERAL ORDENACION EINSPECCION

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

NEG. ESTADISTICA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

16

12

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

6.713,52

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

C / D

D

Page 31: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 31

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42354

42373

42392

42393

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

58123

31975

5424120F0

52989220A0

MORENO DEL CAMPO,MARIABELEN

RUIZ BERDEJOCARRANZA,AMELIA

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA ASUNTOS SOCIALESVICECONSEJERIA FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALESDIRECCION GENERAL MAYORSUBDIRECCION GENERAL MAYORES ACTIVOSSERVICIO ATENCIÓN A PERSONAS MAYORESDEPENDIENTESSUBSECCION ADJUDICACIÓN DE PLAZASNEGOCIADO APOYO ADMINISTRTIVO II

CONSEJERIA EMPLEO, TURISMO Y CULTURAVICECONSEJERIA TURISMO Y CULTURADIRECCION GENERAL BELLAS ARTES, DEL LIBROY DE ARCHIVOSSUBDIRECCION GENERAL LIBROBIBLIOTECA PUBLICA DE VALLECAS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

NEG. APOYOADMINISTRATIVO II

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

18

12

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

7.208,52

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

C / D

D

Page 32: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 32 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42396

42404

42416

42440

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

46169

8972700D0

GARCIA AGUADO,ANA MARIA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EMPLEO, TURISMO Y CULTURAVICECONSEJERIA EMPLEODIRECCION GENERAL EMPLEOSUBDIRECCION GENERAL ORIENTACIÓN EINTERMEDIACIÓN LABORALAREA DE PRIMERA ATENCIÓN AL DEMANDANTE YOFICINAS DE EMPLEOOFICINA DE EMPLEO DE ALCALA DE HENARES IINEGOCIADO OFICINA DE EMPLEO I

Puesto de Trabajo:NEG. OFICINA EMPLEO IDenominación :

18Grupo :N.C.D. :

7.208,52C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

C / D

Page 33: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 33

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42471

42530

42531

42550

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

42533

72121848N0

VALLE GUTIERREZ,MARIATERESA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:AUXILIAR ADMINISTRATIVODenominación :

12Grupo :N.C.D. :

5.420,28C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

Page 34: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 34 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42556

42562

42565

42568

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

50433775L0

ALONSO GARCIA,PALOMA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 35: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 35

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

42569

42592

42916

47472

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

66102

70046528M0

GARCIA VERA,MARIA NIEVES

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:AUXILIAR ADMINISTRATIVODenominación :

12Grupo :N.C.D. :

5.420,28C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

Page 36: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

48363

48365

48366

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

41179

40794

51677238X0

50118405W0

CASTRESANAMUÑOZ,BEATRIZ

MARIN CIRIACO,ANA

Cód. identificación:

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION DEL AREA TERRITORIAL DE MADRID-CAPITALAREA SECRETARÍA GENERALSERVICIO CENTROS PRIVADOS Y CONCERTADOSNEGOCIADO APOYO ADMINISTRATIVO IV

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION DEL AREA TERRITORIAL DE MADRID-CAPITALAREA SECRETARÍA GENERALSUBSECCION GESTION ECONOMICANEGOCIADO GESTIÓN ECONÓMICA I

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

NEG. APOYOADMINISTRATIVO IV

NEG. GESTION ECONOMICAI

Denominación :

Denominación :

16

16

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

6.713,52

6.713,52

C. Específico :

C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

C / D

C / D

Page 37: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 37

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

48374

48390

48392

48411

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 38: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 38 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

48426

48429

48434

48438

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

Page 39: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 39

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

48439

50996

50998

51003

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

42431

48871514X0

PEREZ PARRAGA,MARIA LUISA

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:AUXILIAR ADMINISTRATIVODenominación :

12Grupo :N.C.D. :

5.420,28C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

Page 40: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 40 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

51005

51006

58748

58763

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

35501

50198878K0

PINDADO JUSTO,FRANCISCODANIEL

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA SANIDADSECRETARIA GENERAL TECNICASUBDIRECCION GENERAL COORDINACIONNORMATIVASERVICIO COORDINACION NORMATIVASECCION DESARROLLO NORMATIVO YDOCUMENTACION LEGISLATIVASUBSECCION COORDINACION NORMATIVANEGOCIADO DOCUMENTACION LEGISLATIVA

Puesto de Trabajo:NEG. DOCUMENTACIONLEGISLATIVA

Denominación :

18Grupo :N.C.D. :

7.208,52C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

C / D

Page 41: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 41

BO

CM

-201

4072

9-2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

58777

58824

58842

58847

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

12

D

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

42192

50945910J0

GONZALEZ VICENTE,JUANAPILAR

Cód. identificación:

Apellidos y Nombre:

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD YDEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo:AUXILIAR ADMINISTRATIVODenominación :

12Grupo :N.C.D. :

5.420,28C. Específico :

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

D

Page 42: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014Pág. 42 B.O.C.M. Núm. 178

BO

CM

-201

4072

9-2

http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

58852

65153

66610

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTEVICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVADIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

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Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

Puesto de Trabajo:

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Denominación :

Denominación :

Denominación :

12

12

12

D

D

D

Grupo :

Grupo :

Grupo :

N.C.D. :

N.C.D. :

N.C.D. :

5.420,28

5.420,28

5.420,28

C. Específico :

C. Específico :

C. Específico :

DESIERTO

DESIERTO

DESIERTO

PUESTO ADJUDICADO ADJUDICATARIO PUESTO LIBERADO

(03/24.216/14)

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http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

Universidad Complutense de Madrid

3 RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2014, conjunta de la Universidad Complutensede Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la quese suspende cautelarmente la de 12 de mayo de 2014, por la que se convoca con-curso de acceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Por Resolución de 12 de mayo de 2013, conjunta de la Universidad Complutense deMadrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, se convoca concurso deacceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios (“Boletín Oficial del Esta-do” de 6 de junio y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de junio).

Asimismo, por Resolución de 12 de mayo de 2014, de la Universidad Complutense deMadrid, se convoca concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios (“Bo-letín Oficial del Estado” de 6 de junio y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 16 de junio).

Con fecha 11 de junio se recibe requerimiento previo a la Dirección General de Cos-tes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públi-cas, anunciando su intención de interponer recurso contencioso-administrativo contra laprimera Resolución, por entender que con estas dos convocatorias esta Universidad ha so-brepasado la tasa de reposición de hasta un máximo de 10 por 100 para las plazas de losCuerpos de Personal Investigador de las Universidades que establece el artículo 23.1.2 dela Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013.

Existiendo discrepancias entre los datos de los que dispone la Dirección General deCostes de Personal y Pensiones Públicas para el cálculo de la tasa de reposición y los datosque obran en esta Universidad, este Rectorado y la Consejería de Sanidad de la Comunidadde Madrid, para garantizar el interés público que ha de presidir toda actuación administrativa,

RESUELVEN

Primero

Suspender provisionalmente, como medida cautelar y al amparo de lo dispuesto en elartículo 72.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, la Resolución de 12 de mayo de 2014, por la quese convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Segundo

Publicar la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer re-curso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo deMadrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. Noobstante, y sin perjuicio de que se puede ejercitar cualquier otro que se estime procedente,puede optarse por interponer contra la presente Resolución recurso de reposición ante elRector de la Universidad Complutense de Madrid, en el plazo de un mes, contado desde eldía siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se hayaprocedido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a loprevisto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 26 de junio de 2014.—El Rector, PD (Decreto Rectoral 26/2013, de 29 dejulio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 188, de 9 de agosto, elVicerrector de Organización Académica, Eumenio Ancochea Soto), José Carrillo Menén-dez.—El Consejero de Sanidad, Francisco Javier Rodríguez Rodríguez.

(03/23.480/14)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda

4 RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2014, de la Dirección General de Transportes dela Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se nombrael Tribunal para las pruebas para la obtención del certificado de competenciaprofesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carre-tera, a celebrar en noviembre de 2014, en la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 14 de febrero de 2014, de laDirección General de Transportes, hecha pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID el día 24 de febrero de 2014, por la que se convocaron las pruebas para laobtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades detransporte público por carretera, a celebrar en el año 2014 en la Comunidad de Madrid, porla presente Resolución se dispone lo siguiente:

El Tribunal de la convocatoria del mes de noviembre para las pruebas de obtención delcertificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte pú-blico por carretera, estará constituido por:

— Presidenta: Doña María Fe Borrega Bahón.Suplente: Don José Manuel Gallego-Iniesta Villajos.

— Vocales: Don Ángel Antonio Martínez Fonfría, don Alberto Guerrero Nieto y donOrlando Caballero del Río.Suplentes: Doña Carmen Barona Villalba, doña Rosa Gonzalo Letón y don JuanManuel Muro López.

— Secretario: Don Ernesto Alcázar Mendoza.Suplente: Doña Ana María Martín González.

Lo que se hace público para general conocimiento.Madrid, a 15 de julio de 2014.—El Director General de Transportes, Federico Jiménez

de Parga Maseda.(03/24.244/14)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación, Juventud y Deporte

5 RESOLUCIÓN 118/2014, de 30 de junio, del Director General de Juventud yDeportes, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la FederaciónMadrileña de Montañismo.

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994,de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.1 del Decre-to 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de laComunidad de Madrid, mediante Orden 2116/2014, de 27 de junio, de la Consejera de Edu-cación, Juventud y Deporte, se aprobaron los Estatutos de la Federación Madrileña de Mon-tañismo, se dispuso su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidadde Madrid y se ordenó la publicación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciem-bre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Fe-deraciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publi-carán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud,

RESUELVO

Disponer la publicación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Montañismoen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contenidos en el Anexo a la pre-sente Resolución.

Madrid, a 30 de junio de 2014.—El Director General de Juventud y Deportes, PabloSalazar Gordon.

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ANEXO

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE MONTAÑISMO

TÍTULO PRIMERO

Disposiciones generales

Capítulo I

Régimen jurídico. Competencias y fines

Artículo 1

La Federación Madrileña de Montañismo es una entidad privada, sin ánimo de lucro, con per-sonalidad jurídica propia, que se rige por la regulación contenida en la Ley 15/1994, de 28 de di-ciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre,por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, por las disposicio-nes concordantes que conforman la legislación deportiva madrileña vigente, por el contenido de lospresentes Estatutos y sus reglamentos de desarrollo y por las demás normas y acuerdos que se dic-ten en forma reglamentaria, en el ejercicio de sus facultades y competencias por sus órganos de go-bierno. Se considera derecho supletorio la legislación deportiva del Estado.

Los Estatutos y Reglamentos de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escaladale serán aplicables a la Federación Madrileña de Montañismo, a efectos de su intervención o parti-cipación en competiciones oficiales de ámbito estatal.

Artículo 2

La Federación Madrileña de Montañismo goza de personalidad jurídica independiente, patri-monio propio y capacidad de obrar suficiente para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 3

De conformidad con lo establecido en la legislación deportiva de la Comunidad de Madrid, laFederación Madrileña de Montañismo ostenta la representación oficial exclusiva del deporte demontaña en el territorio de la Comunidad de Madrid a efectos públicos.

Artículo 4

Las disciplinas deportivas cuya práctica, promoción y desarrollo compete a la Federación Ma-drileña de Montañismo son las siguientes:

— Senderismo: Actividad deportiva y recreativa que consiste en recorrer a pie caminos seña-lizados o no, preferentemente tradicionales.

— Trekking: Recorridos a pie por terreno montañoso de uno o varios días.— Montañismo: Actividad deportiva que consiste en ascender montañas o realizar travesías

en ellas y que requiere para su práctica conocimientos técnicos específicos. En algunoscasos puede requerir medios técnicos de progresión y aseguramiento según las circuns-tancias y dificultad.

— Alpinismo: Ascensiones en terreno de alta montaña con medios técnicos y de seguridad.Se entiende incorporada a esta disciplina la modalidad de escalada sobre roca, nieve ycascadas de hielo.

— Escalada y paraescalada: Práctica deportiva que consiste en subir o recorrer paredes deroca o hielo, laderas escarpadas u otros entornos caracterizados por su verticalidad, na-turales o artificiales, empleando medios de aseguramiento recuperables o fijos en la pa-red, y la posibilidad en su progresión de utilizar medios artificiales. Existiendo varias mo-dalidades y/o combinaciones (roca, hielo, clásica, deportiva, urbana, bloque, etc.) encompetición o no.

— Barranquismo: Práctica deportiva consistente en la progresión por cañones o barrancos,cauces de torrentes o ríos de montaña, a pie y nadando, con utilización de técnicas y me-dios propios.

— Esquí de montaña: Práctica deportiva caracterizada por la utilización de esquís, que sepractica en montaña fuera de pistas y recorriendo aristas, valles o subiendo cumbres uti-lizando técnicas tanto de montañismo como de esquí.

— Snowboard de montaña: Práctica deportiva caracterizada por la utilización de tabla desurf, que se practica en montaña fuera de pistas y recorriendo aristas, valles o subiendocumbres utilizando técnicas tanto de montañismo como de snowboard.

— Marchas por montaña: Itinerarios recorridos a pié por un itinerario pre-establecido, baliza-do o no.

— Carreras por montaña: Itinerarios recorridos a la carrera, sobre terreno montañoso baliza-do o no.

— Supervivencia deportiva: Estancias en el medio natural de montaña o terreno montañoso uti-lizando medios y técnicas tradicionales de supervivencia para la realización de la actividad.

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La Federación Madrileña de Montañismo podrá desarrollar actividades en materia de protec-ción del medio ambiente montañoso, divulgando y contribuyendo a su protección y conservación,puede promover y realizar estancias por tiempo prolongado en la montaña por medio de la acam-pada, así como la realización de actividades de carácter expedicionario por lejanía, longitud o difi-cultad.

La Federación Madrileña de Montañismo podrá desarrollar acciones formativas de las ense-ñanzas de las disciplinas descritas, a través de la Escuela Madrileña de Alta Montaña, la cual se re-gulará mediante un Reglamento Interno.

Artículo 5

La Federación Madrileña de Montañismo es una entidad de utilidad pública, de acuerdo conlo dispuesto en el art. 1.5 del Decreto 159/1996, en tanto permanezca integrada en la FederaciónEspañola de Montaña y Escalada, y, además de sus propias atribuciones, ejerce, por delegación,funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agente colaborador dela Administración Pública.

En el ejercicio de las funciones públicas atribuidas por delegación de la Comunidad de Madrid,en virtud de lo previsto en el art. 11 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, podrá ejercer las si-guientes actividades:

a) Calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales, relacionadas conlas disciplinas descritas, de la Comunidad de Madrid.

b) La promoción general de las disciplinas deportivas relacionadas en el territorio de la Co-munidad de Madrid.

c) Colaborar con las Administraciones Públicas implicadas en la formación de técnicos de-portivos, jueces y árbitros y en la prevención, control y represión del uso de sustancias ygrupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.

d) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la Ley 15/1994, de 28 dediciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y sus disposiciones de desarrollo, asícomo en sus estatutos y reglamentos.

e) Velar por el cumplimiento de las normas de régimen electoral en los procesos de elecciónde sus órganos de gobierno y representación, así como de los demás derechos y obliga-ciones derivados del cumplimiento de los presentes estatutos.

f) Ejercer el control de las subvenciones que se asignen a las asociaciones y entidades de-portivas afiliadas a la federación en las condiciones que se determinen en su regulaciónespecífica, sin perjuicio de las competencias en materia control e inspección atribuida aotros órganos por Ley.

g) Colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbitoestatal o internacional.

h) Ejecutar, en su caso, las resoluciones y acuerdos de la Comisión Jurídica del Deporte yprestarle la máxima colaboración en sus funciones.

Estas funciones públicas delegadas son de carácter administrativo e indelegables y sus acuer-dos son susceptibles de recurso ante la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.

Artículo 6

Para llevar a cabo las actividades propias de las disciplinas que promueve, la Federación Ma-drileña de Montañismo tendrá como funciones básicas y no limitativas las siguientes:

1. Ejercer las actividades necesarias para la dirección técnica, la dirección administrativa,promoción, control, ejecución y protección de las disciplinas deportivas relacionadas con la monta-ña que han sido descritas, en el territorio de la Comunidad de Madrid.

2. Ejercer las actividades de calificación y organización de competiciones de carácter auto-nómico que se celebren en la Comunidad de Madrid.

3. Dirigir, controlar e impartir las enseñanzas de formación de deportistas y técnicos deporti-vos en los diferentes deportes de montaña, por medio de la Escuela Madrileña de Alta Montaña, asícomo colaborar con la Comunidad de Madrid para dicha formación.

4. Promover y organizar todas aquellas actividades y sistemas de colaboración con otras en-tidades federativas del territorio español y del extranjero, que sirvan para promocionar el deporte demontaña en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

5. Ejercer la potestad disciplinaria.6. Proponer, estudiar y participar con la Comunidad de Madrid en la elaboración de las direc-

trices, normas y reformas que se lleven a cabo en el ámbito del deporte del montañismo y áreas re-lacionadas con el mismo, colaborando para la obtención de un más amplio desarrollo, conocimien-to y expansión de su práctica.

7. Realizar actividades de protección y defensa del ejercicio de los derechos de sus federa-dos en el uso tradicional y racional del medio montañoso, compatibilizándose con la defensa y pro-tección del medio natural donde se desarrolla.

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8. Explotar instalaciones deportivas, albergues y refugios para el uso y utilización de sus fe-derados y terceros en general, al fin de promocionar los deportes de montaña.

9. Con carácter complementario, promover la participación o la constitución de entidadesmercantiles de servicios, destinando los eventuales beneficios al desarrollo de su actividad de pro-moción de las disciplinas deportivas de montaña, así como a la defensa del medio ambiente demontaña.

10. Cualesquiera otros que la sea atribuidos por delegación o disposición legal.

Artículo 7

La Federación Madrileña de Montañismo contará con una Vocalía de Medio Ambiente en aten-ción a la especial consideración que tienen las actividades de promoción, protección y defensa delmedio natural montañoso para realizar las actividades deportivas que regula y promociona, teniendocomo fin primordial armonizar la práctica deportiva de montaña con el respeto por el medio natural.

Capítulo II

Domicilio

Artículo 8

El domicilio de la Federación Madrileña de Montañismo se fija en Madrid, Avenida Salas de losInfantes 1, 5º, C.P. 28034.

Cualquier modificación de este domicilio deberá ser aprobada por la Asamblea General y sercomunicada en el plazo de diez días al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad deMadrid.

Capítulo III

Sectores integrados en la Federación

SECCIÓN PRIMERA

Generalidades

Artículo 9

Los sectores que integran la Federación Madrileña de Montañismo, tanto de personas jurídi-cas como de personas físicas, son los siguientes:

— Clubes y otras entidades deportivas. Los clubes deportivos constituidos al amparo de la le-gislación deportiva de la Comunidad de Madrid e inscritos en el Registro de Entidades De-portivas de la Comunidad de Madrid, serán consideradas clubes a los efectos previstos enestos Estatutos cuando expresamente figure, como objetivo o finalidad, en los correspon-dientes estatutos sociales del club deportivo, la promoción y la práctica del deporte demontaña y soliciten su inscripción y licencia en la Federación Madrileña de Montañismo.Igualmente se podrán integrar en la Federación Madrileña de Montañismo, las Agrupacio-nes Deportivas y las Secciones de Acción Deportiva que se constituyan e integren en lasmismas condiciones que los clubes deportivos.

— Deportistas.— Técnicos.— Jueces y árbitros.

Artículo 10

La participación de los clubes y otras entidades deportivas, deportistas, técnicos y jueces y ár-bitros en las actividades y en las competiciones oficiales de la Federación Madrileña de Montañis-mo requerirá la posesión de la correspondiente licencia federativa y estará regulada por los presen-tes Estatutos, por los correspondientes reglamentos y demás disposiciones o normas que sean deaplicación en cada momento.

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SECCIÓN SEGUNDA

Clubes, Secciones y entidades deportivas. Derechos y Deberes

Artículo 11

Son clubes y otras entidades deportivas, a los efectos de la Federación Madrileña de Monta-ñismo, los constituidos al amparo de la legislación deportiva de la Comunidad de Madrid y demásnormas que la desarrollan, cuyo objetivo sea la promoción y la práctica del deporte del montañis-mo y la participación en actividades y competiciones oficiales de dicho deporte, que estén inscritosen el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, y estén inscritos y cuenten conlicencia de la Federación Madrileña de Montañismo.

La representación legal en la Federación Madrileña de Montañismo de los clubes y otras enti-dades deportivas, en cuanto personas jurídicas, le corresponderá al presidente o a la persona quese designe formalmente por la propia asociación o entidad, de acuerdo con sus normas de funcio-namiento interno.

Artículo 12

Son derechos básicos de los clubes y otras entidades deportivas:a) Obtener licencia federativa.b) Participar en las actividades y competiciones oficiales organizadas por la Federación Ma-

drileña de Montañismo que les corresponda por su categoría.c) Recibir asistencia de la Federación Madrileña de Montañismo en aquellas materias de

competencia de ésta.d) Participar en los procesos electorales de la Federación Madrileña de Montañismo, en los

términos establecidos en los presentes Estatutos, en el Decreto 159/1996 y disposicionesconcordantes.

Artículo 13

Son obligaciones básicas de los clubes y otras entidades deportivas:a) Satisfacer los derechos y costes económicos establecidos por la Federación Madrileña de

Montañismo para la obtención de la licencia expedida o reconocida por la misma.b) Cumplir los presentes Estatutos y las normas federativas que les afecten.c) Someterse al régimen disciplinario de la Federación Madrileña de Montañismo.d) Proporcionar, dentro de sus posibilidades, formación técnica a sus miembros.e) Dar traslado a sus afiliados de las informaciones y asistencia que sea proporcionada por la

Federación Madrileña de Montañismo.f) Aquellas otras obligaciones que les vengan impuestas por la Federación Madrileña de

Montañismo y por la legislación vigente.

SECCIÓN TERCERA

Deportistas. Derechos y Deberes

Artículo 14

Se considerarán deportistas de la Federación Madrileña de Montañismo a las personas físicasque practiquen deportes de montaña y estén en posesión de la correspondiente licencia federativa.

Artículo 15

Son derechos básicos de los deportistas:a) Obtener licencia federativa.b) Participar en las actividades y competiciones, así como en el funcionamiento de los órga-

nos de la Federación Madrileña de Montañismo, de acuerdo con lo establecido en Ios pre-sentes Estatutos, con las normas y reglamentos de la misma y con el ordenamiento jurídi-co vigente.

c) Recibir la tutela técnica y jurídica de la Federación Madrileña de Montañismo, con respectoa sus intereses deportivos legítimos y dentro de las disponibilidades y medios disponibles.

d) Obtener los beneficios de atención médica, mediante entidades aseguradoras concerta-das, en caso de accidente o lesión producida durante o como consecuencia de la prácti-ca deportiva.

e) Participar en los procesos electorales de la Federación Madrileña de Montañismo, en lostérminos establecidos en los presentes Estatutos, en el Decreto 159/1996 y disposicionesconcordantes.

Artículo 16

Son deberes básicos de los deportistas:a) Satisfacer los derechos y costes económicos establecidos por la Federación Madrileña de

Montañismo para la obtención de la licencia expedida o reconocida por la misma.

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b) Someterse al cumplimiento de las reglas de las disciplinas deportivas de la FederaciónMadrileña de Montañismo.

c) Cumplir las instrucciones y normas emanadas de la Federación Madrileña de Montañismoen cada momento.

d) Cumplir los presentes Estatutos.e) Someterse al régimen disciplinario de la Federación Madrileña de Montañismo.f) Acatar los acuerdos de los órganos Federativos, conforme con la regulación legal vigente

en cada momento.

SECCIÓN CUARTA

Técnicos. Derechos y Deberes

Artículo 17

Se consideran técnicos las personas físicas que posean titulación reconocida, oficial o federa-tiva, en materia de deportes de montaña, capacitadas para impartir conocimientos relacionados conla práctica de las disciplinas de los deportes y actividades de montaña, tanto en el ámbito de escue-la, clubes y otras entidades deportivas, como en el seno de la propia federación, así como realizarfunciones de conducción, guía y protección de deportistas en la ejecución de las disciplinas depor-tivas de montaña, y que estén en posesión de la correspondiente licencia federativa.

Existirán varios niveles de especialización y cualificación, pudiendo distinguirse en las titulacio-nes una mayor o menor capacitación, dentro del marco descrito en el presente artículo.

Artículo 18

Son derechos básicos de los técnicos:a) Obtener licencia federativa.b) Impartir los conocimientos relacionados con la práctica de las disciplinas de los deportes

y actividades de montaña, propios de su titulación y en los niveles establecidos en el ar-tículo anterior.

c) Obtener los beneficios de atención médica, mediante entidades aseguradoras concerta-das, en caso de accidente o lesión producida durante o como consecuencia de su activi-dad docente y práctica deportiva.

d) Participar en los procesos electorales de la Federación Madrileña de Montañismo, en lostérminos establecidos en los presentes Estatutos, en el Decreto 159/1996 y disposicionesconcordantes.

Artículo 19

Son deberes básicos de los técnicos:a) Satisfacer los derechos y costes económicos establecidos por la Federación Madrileña de

Montañismo para la obtención de la licencia expedida o reconocida por la misma, para suintervención como Técnico.

b) Someterse al régimen disciplinario y deportivo de la Federación Madrileña de Montañismo.c) Todos aquellos que les vengan impuestos por la legislación vigente, por los presentes Es-

tatutos o por los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la Federación Ma-drileña de Montañismo.

d) Mantener un adecuado nivel físico-técnico.

SECCIÓN QUINTA

Jueces y árbitros. Derechos y Deberes

Artículo 20

Son jueces y árbitros de la Federación Madrileña de Montañismo las personas físicas con titu-lación reconocida por la Federación Madrileña de Montañismo para asumir la responsabilidad de laaplicación de las reglas y normas aplicables a la práctica de cada disciplina deportiva durante la rea-lización de encuentros deportivos de carácter competitivo y que estén en posesión de la correspon-diente licencia federativa.

Artículo 21

Los jueces y árbitros estarán sometidos, en el orden técnico y organizativo, a la disciplina delComité Técnico de Árbitros, con independencia de su sometimiento al régimen de los presentes Es-tatutos.

Artículo 22

Son derechos básicos de los jueces y árbitros:a) Obtener licencia federativa.b) Intervenir en encuentros deportivos de carácter competitivo relacionados con las discipli-

nas de montaña, aplicando las reglas y normas establecidas para su práctica.

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c) Obtener los beneficios de atención médica, mediante entidades aseguradoras concerta-das, en caso de accidente o lesión producida durante o como consecuencia de su ejerci-cio como jueces y árbitros o en la práctica deportiva.

d) Participar en los procesos electorales de la Federación Madrileña de Montañismo, en lostérminos establecidos en los presentes Estatutos, en el Decreto 159/1996 y disposicionesconcordantes.

Artículo 23

Son deberes básicos de los jueces y árbitros:a) Satisfacer los derechos y costes económicos establecidos por la Federación Madrileña de

Montañismo para la obtención de la licencia expedida o reconocida por la misma, para suintervención como juez o árbitro.

b) Someterse al régimen disciplinario y deportivo de la Federación Madrileña de Montañismo.c) Someterse a la disciplina del Comité Técnico de Árbitros.d) Mantener su nivel físico-técnico.e) Todos aquellos que les vengan impuestos por la legislación vigente, por los presentes Es-

tatutos y reglamentos o por los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la Fe-deración Madrileña de Montañismo.

SECCIÓN SEXTA

De las licencias federativas

Artículo 24

La Licencia federativa es el documento que acredita la afiliación a la Federación Madrileña deMontañismo, permite participar activamente en la vida social de la misma, concurrir en la realizaciónde actividades y competiciones oficiales que ésta organice, obtener los beneficios promovidos ensu funcionamiento, acreditar la condición de beneficiario del seguro médico concertado y cuantosotros derechos se establezcan en los presentes Estatutos y normas federativas.

Las licencias federativas deberán expresar como mínimo:a) Los datos de la persona física o entidad deportiva federada.b) El importe de los derechos federativos.c) El importe de la cobertura correspondiente a la asistencia sanitaria cuando se trate de per-

sonas físicas.d) El importe de cualquier otra cobertura de riesgos que pudiera establecerse.e) En su caso, los datos médicos que pudieran ser relevantes para la práctica del deporte de

montaña.f) En su caso, las disciplinas deportivas amparadas por la licencia.g) Duración temporal de la licencia y su renovación.h) Firma de autorización del padre o tutor en los casos de minoría de edad.

Artículo 25

En la Federación Madrileña de Montañismo, sin perjuicio de los distintos tipos de licencia fe-derativa que se establezcan por sus órganos de gobierno, existirán:

— Licencias de clubes y otras entidades deportivas.— Licencias de deportistas.— Licencias de técnicos.— Licencias de jueces y árbitros.

Artículo 26

El otorgamiento de las distintas licencias federativas se regirá por criterios de uniformidad enlas condiciones económicas para cada disciplina deportiva, en función de sus distintas categoríase igualmente mantendrá uniformidad su contenido y datos expresados.

Artículo 27

Las licencias federativas se expedirán en un plazo máximo de quince días, contados desde lasolicitud y abono de la misma. Si en el plazo de dos meses, contados desde la solicitud formal desu otorgamiento, ésta no se hubiese concedido, se entenderá otorgada por silencio administrativo,siempre que el solicitante reúna los requisitos necesarios para su obtención y haya cumplimentadocorrectamente los trámites requeridos.

Artículo 28

Los ingresos obtenidos por la expedición de licencias federativas irán dirigidos a financiar laestructura y funcionamiento de la Federación Madrileña de Montañismo.

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TÍTULO SEGUNDO

Órganos federativos

Capítulo I

Tipos de órganos

Artículo 29

Los órganos de gobierno y de representación de la Federación Madrileña de Montañismo son:— La Asamblea General.— La Comisión Delegada.— El Presidente.Son órganos complementarios:— La Junta Directiva.— Comité Técnico de Árbitros.

Artículo 30

Serán órganos de gobierno y representación de carácter electivos:— La Asamblea General.— La Comisión Delegada.— El Presidente.

Artículo 31

El Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo podrá crear los órganos administra-tivos, de organización, deportivos y técnicos que considere por convenientes, para el funcionamien-to de la misma, así como designar y separar libremente a las personas que hayan de ocuparlos. Yasí, independientemente de los órganos de Gobierno identificados en el artículo anterior podránconstituirse sin carácter limitativo por el Presidente los siguientes órganos complementarios:

— Secretario General.— Gerente.— Director Técnico.— Director de Escuela Madrileña de Alta Montaña.Independientemente de lo anterior, en la Federación Madrileña de Montañismo existirán, como

órganos de garantías normativas:— Comité de Competición y Disciplina.— Comité de Apelación.— Instructor.

Capítulo II

La Asamblea General

Artículo 32

La Asamblea General es el máximo órgano colegiado de gobierno y representación de la Fe-deración Madrileña de Montañismo y en ella estarán representados los clubes y otras entidades de-portivas, los deportistas, los técnicos y los jueces y árbitros que se integren en la Federación Madri-leña de Montañismo, de acuerdo con las condiciones que se establezcan al efecto.

Artículo 33

La representación en la Asamblea General de los sectores deportivos responderá a los si-guientes porcentajes:

a) Representantes de clubes y otras entidades deportivas: 50%.b) Representantes de deportistas: 35%.c) Representantes de técnicos: 10%.d) Representantes de jueces y árbitros: 5%.

Artículo 34

El número total de componentes de la Asamblea General de la Federación Madrileña de Mon-tañismo es de 40.

De acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, corresponde el siguiente número de re-presentantes por sector:

a) Representantes de clubes y otras entidades deportivas: 20.b) Representantes de deportistas: 14.c) Representantes de técnicos: 4.d) Representantes de jueces y árbitros: 2.Total: 40.

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Artículo 35Los miembros de la Asamblea General causarán baja en los siguientes casos:a) Por defunción.b) Por disolución de la entidad federada.c) Por término del tiempo de mandato.d) Por renuncia voluntaria o dimisión.e) Por incurrir en causa de incompatibilidad legal o estatutaria.f) Por sanción disciplinaria que implique el cese en el cargo.g) Por no disponer de licencia federativa en vigor, transcurrido un mes desde el inicio del año

natural.

Artículo 36

La Asamblea General, en cuanto órgano colegiado, se podrá reunir en pleno o en ComisiónDelegada.

Las reuniones de la Asamblea General serán convocadas por el Presidente, bien a iniciativa pro-pia, bien de la Comisión Delegada (en este caso por mayoría de sus miembros), bien por un núme-ro de miembros de la Asamblea General no inferior a un tercio del número legal de sus miembros.

Toda sesión plenaria de la Asamblea General deberá ser convocada mediante comunicaciónescrita con, al menos, quince días de antelación a su celebración a todos sus miembros, con expre-sa mención al lugar, día y hora en la que tendrá lugar, en primera y segunda convocatoria, así comocon expresión del orden del día de los asuntos a tratar.

No obstante, en casos especiales o urgentes, el Presidente podrá convocar por otros mediosy en un plazo menor, nunca inferior a siete días, justificando la causa de tal decisión.

La documentación sobre las cuestiones que vayan a ser objeto de tratamiento en la reunión,que puedan dar lugar a su deliberación o adopción de acuerdos, deberá ser puesta a disposiciónde los miembros de la Asamblea, con una antelación de quince días, ello sin perjuicio de aquellasconvocatorias especiales o urgentes que no lo permitan y sean justificadas.

La Asamblea General quedará válidamente constituida, en primera convocatoria, cuando con-curra a ella la mayoría del número legal de miembros, y, en segunda convocatoria en el mismo día,se celebrará cualquiera que sea el número de miembros presentes. Entre la primera y la segundaconvocatoria deberá transcurrir, al menos, un intervalo de 30 minutos.

También quedará válidamente constituida para tratar cualquier asunto, cuando se encuentrenreunidos todos los miembros y así lo acuerden por unanimidad.

Los miembros de la Junta Directiva de la Federación Madrileña de Montañismo podrán asistir alas sesiones de la Asamblea General y tendrán voz pero no voto, si no fueran miembros de la misma.

Artículo 37

La Asamblea General tendrá competencia en las siguientes materias:a) Estudiar, deliberar y aprobar, en su caso, la gestión deportiva de la temporada anterior o

memoria de actividades de la Federación Madrileña de Montañismo.b) Estudiar y deliberar la gestión económica de la temporada anterior, con aprobación, si pro-

cede, del balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria explicativa correspondiente.c) Estudiar, deliberar y aprobar el programa y el calendario deportivo anual y el plan de activi-

dades.d) Estudiar y aprobar, si procede, el presupuesto económico para la Federación Madrileña

de Montañismo.e) Estudiar, deliberar y fijar las cuotas y obligaciones económicas federativas de los miem-

bros afiliadosf) La aprobación y modificación de los Estatutos.g) Aprobar, en su caso, la creación de delegaciones comarcales y atribuir funciones y com-

petencias a las mismas.h) Elegir al Presidente y a los componentes de la Comisión Delegada entre sus miembros.i) Conocer, deliberar y aprobar, si procede, las propuestas que formule el Presidente y, en su

caso, la Comisión Delegada o la Junta Directiva.j) Aprobar o desestimar la moción de censura al Presidente, de conformidad con lo dispues-

to en los presentes Estatutosk) La disolución de la federación.l) Resolver sobre aquellas cuestiones que hayan sido sometidas a su consideración en la

convocatoria y se hallen comprendidas en el orden del día.m) Acordar la participación o constitución de la Federación Madrileña de Montañismo en so-

ciedades mercantiles de servicios, cuyos beneficios serán destinados al desarrollo de susfines y objetivos.

n) Aprobar el cambio de domicilio.o) Las demás competencias atribuidas por los presentes Estatutos, por los reglamentos y por

las normas deportivas de la Comunidad de Madrid.

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Artículo 38

La Asamblea General podrá reunirse con carácter ordinario o extraordinario.La Asamblea General deberá ser convocada, en pleno, en sesión ordinaria, una vez al año para

los fines de su competencia, y en sesión extraordinaria en los siguientes casos:a) Cuando se produzca la dimisión del Presidente.b) Por moción de censura al Presidente.c) Para aprobar las modificaciones de los presentes Estatutos.d) Para disponer y enajenar bienes muebles e inmuebles de la Federación, tomar dinero a

préstamo y emitir títulos transmisibles representativos de deuda.e) Para elegir, de acuerdo con lo dispuesto en estos Estatutos y en el correspondiente Regla-

mento Electoral, al Presidente y a los miembros de la Comisión Delegada, mediante sufra-gio personal, libre, directo y secreto.

f) A instancia de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.

Artículo 39

La Asamblea General estará presidida por el Presidente de la Federación Madrileña de Mon-tañismo, el cual moderará el desarrollo de los debates, concediendo la palabra, sometiendo a vota-ción Ios asuntos y resolviendo Ias cuestiones de orden y procedimiento que se susciten, pudiendodelegar tal función en el Vicepresidente.

Artículo 40

Cada miembro de la Asamblea ostentará una sola representación y tendrá derecho a un voto,que ejercerá de forma individual. En ningún caso se autorizará voto por correspondencia ni delega-ción de voto.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los presentes, excepto en los casos previs-tos en los presentes Estatutos en que se exija un quórum determinado. El Presidente dispondrá devoto de calidad en caso de empate.

Artículo 41

Los acuerdos se adoptarán de forma expresa, previa deliberación de los mismos y tras la con-siguiente votación, la cual será pública, salvo que la tercera parte de los presentes soliciten votaciónsecreta o lo decida así el Presidente.

En la elección del Presidente y para los miembros de la Comisión Delegada, así como en lamoción de censura, la votación será secreta.

Capítulo III

La Comisión Delegada de la Asamblea General

Artículo 42

La Comisión Delegada estará compuesta por el Presidente y 8 miembros. De ellos, 4 compo-nentes corresponderán al sector de clubes y otras entidades deportivas, 2 miembros al sector dedeportistas, 1 miembro al sector de técnicos y 1 miembro al sector de jueces y árbitros.

Cada miembro de la Comisión Delegada ostentará una sola representación y tendrá derechoa un voto, que ejercerá de forma individual. En ningún caso se autorizará voto por correspondenciani delegación de voto.

Todos los componentes de la Comisión Delegada deberán contar, durante el período del ejer-cicio del cargo, con licencia federativa.

La duración del mandato de la Comisión Delegada coincidirá con el de la Asamblea General.

Artículo 43

A la Comisión Delegada, dentro de los límites y criterios que la propia Asamblea General esta-blezca, le corresponden las siguientes funciones:

— La modificación del calendario deportivo.— La modificación de los presupuestos.— La aprobación y modificación de los reglamentos.— La elaboración de un informe previo a la aprobación de los presupuestos.— El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la Federación Madrileña de Monta-

ñismo, mediante la elaboración de un informe anual a la Asamblea General sobre la ma-teria de actividades y la liquidación del presupuesto.

La Comisión Delegada, en cuanto órgano colegiado, se reunirá, como mínimo, una vez cadacuatro meses a propuesta del Presidente o cuando se den las circunstancias que así lo aconsejen,debidamente valoradas por el Presidente. Será presidida por el Presidente de la Federación Madri-leña de Montañismo. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los presentes. El Presiden-te dispondrá de voto de calidad en caso de empate.

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La convocatoria de la reunión de la Comisión Delegada detallará lugar, día y hora de celebra-ción, en primera y segunda convocatorias; contendrá el orden del día y deberá ser comunicada alos miembros de la Comisión Delegada, por escrito, con un plazo de antelación mínimo de diez díasa la celebración de la reunión, salvo en supuestos de especialidad o urgencia, en la que podrá serconvocada con un plazo de antelación de cuarenta y ocho horas.

La Comisión Delegada se entenderá constituida en primera convocatoria cuando concurra lamayoría de los componentes y en segunda, la tercera parte. Entre la primera y la segunda convo-catoria deberá mediar un plazo no inferior a media hora, ni superior a dos.

Capítulo IV

De la Presidencia

SECCIÓN PRIMERA

Generalidades

Artículo 44

La Presidencia de la Federación Madrileña de Montañismo es el órgano ejecutivo de la misma.La Presidencia se ejercerá por persona física, con cargo de Presidente, quién tendrá las siguientesfunciones y competencias:

— Ostentar la representación legal de la Federación Madrileña de Montañismo.— Ostentar la dirección superior de la administración federativa, contratando, despidiendo y

estableciendo los salarios y retribuciones del personal laboral y técnico que se precise.— Ostentar la dirección de los servicios de formación.— Autorizar la expedición de títulos y licencias.— Convocar, presidir y moderar las sesiones de la Asamblea General, de la Junta Directiva y

de la Comisión Delegada, ejecutando o mandando ejecutar los acuerdos adoptados pordichos órganos.

— Autorizar con su firma o de la persona en quien delegue, juntamente con quién ostente laTesorería u otra persona de la Directiva expresamente autorizada por la Junta Directiva, aoperar con bancos, cajas de ahorros y cualesquiera otras entidades de crédito, ahorro ofinanciación, y, en ellas, abrir, seguir, y cancelar cuentas y libretas de ahorro, de crédito,cuentas corrientes y cajas de seguridad, firmando y suscribiendo cheques, recibos, res-guardos y cuantos documentos se precisen a los indicados fines, ingresando, retirandocantidades de las mismas, constituyendo depósitos o prendas de valores y retirando todoo parte de ellos; percibir intereses y cantidades de dinero en efectivo o mediante chequeo documento mercantil equivalente, y, en suma, realizar todo lo permitido por la legisla-ción y práctica bancaria pudiendo establecer, previa información a la Comisión Delegadao a la Asamblea General, otros criterios de disposición de fondos, de carácter solidario omancomunado, así como límites cuantitativos.

— Actuar como portavoz de la entidad.— Nombrar y cesar a todos los miembros de su Junta Directiva, así como a los presidentes

de los comités que se puedan constituir, a excepción de los comités de modalidades de-portivas.

— Convocar, de acuerdo con la normativa correspondiente, elecciones generales para laAsamblea General, para la Comisión Delegada y para la Presidencia de la Federación Ma-drileña de Montañismo.

El Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo podrá delegar sus competencias derepresentación y administración en cualquiera de los miembros de la Junta Directiva o en otras per-sonas integrantes de la estructura federativa, debiendo, en cualquier caso, adoptar acuerdo expre-so en tal sentido.

Artículo 45

El Presidente en caso de ausencia o enfermedad, será sustituido por quien ocupe el cargo deVicepresidente, en su orden, si existiese más de uno, siempre que sea integrante de derecho de laAsamblea General, sin perjuicio de las delegaciones que estime oportuno realizar.

Artículo 46

El Presidente se elegirá de conformidad con lo establecido en los presentes Estatutos y en elReglamento Electoral de la Federación Madrileña de Montañismo.

Artículo 47

El Presidente cesará en sus funciones en los siguientes casos:a) Por cumplimiento del plazo para el que resultó elegido.b) Por fallecimiento.c) Por dimisión.

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d) Por incapacidad legal permanente que le impida el desarrollo de su cometido, acordadapor la Asamblea General.

e) Por aprobación de la moción de censura, en los términos en los que se regula en los pre-sentes Estatutos.

f) Por sanción disciplinaria firme que comporte inhabilitación por un tiempo igual o superioral plazo que quede por cumplir de su mandato.

g) Por incurrir en causa de incompatibilidad.

Artículo 48

El Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo lo será también de la Asamblea Ge-neral, de la Junta Directiva y de la Comisión Delegada, y tendrá voto de calidad, en caso de empa-te, en la adopción de acuerdos por dichos órganos.

Artículo 49

En el caso de quedar vacante el cargo de la Presidencia antes de concluir el período de man-dato, y en ausencia de Vicepresidentes, se constituirá una Junta Gestora formada por la Junta Di-rectiva, la cual podrá ejercitar las funciones propias de la Presidencia con carácter interino. La Jun-ta Gestora designará de entre sus integrantes a un Presidente y sus acuerdos quedarán reflejadosen el correspondiente Libro de Actas de la Federación Madrileña de Montañismo. En todo caso,existirá la obligación de convocar elecciones de acuerdo con el Reglamento Electoral en el plazomáximo de treinta días.

Realizadas las elecciones, la persona que resulte elegida para la Presidencia tendrá una dura-ción del mandato por el tiempo restante hasta la convocatoria de nuevas elecciones de acuerdo conlos presentes Estatutos.

SECCIÓN SEGUNDA

Moción de censura al Presidente

Artículo 50

Se podrá presentar moción de censura al Presidente mediante escrito razonado avalado, almenos, por un tercio de la Asamblea General.

El escrito deberá ser fundamentado y recogerá las firmas autógrafas y fotocopia del D.N.I. delos componentes de la Asamblea General que apoyen la moción de censura. Dicho escrito y docu-mentos deberán presentarse en la Secretaría General de la Federación.

Artículo 51

La moción de censura deberá ser constructiva y, en consecuencia, acompañando al escrito sepresentará un candidato a la Presidencia.

Presentada la moción de censura con los requisitos establecidos, el Presidente tiene la obliga-ción de convocar, con carácter extraordinario, la Asamblea General en un plazo máximo de veintedías desde que fuera presentado el escrito, teniendo como único punto del orden del día la mociónde censura, para decidir sobre la misma.

Si el Presidente no convocara la Asamblea General en el plazo indicado, deberá hacerlo el Se-cretario General y, en su defecto, los firmantes podrán solicitar la convocatoria por vía judicial.

Artículo 52

La sesión de la Asamblea General en que se debata la moción de censura quedará válidamen-te constituida cuando asistan, al menos, la mayoría del número de asambleístas existentes y serápresidida por el representante de mayor edad de la Asamblea.

Si, en primera o en segunda convocatoria, no existiese el quórum presencial, se consideraráautomáticamente decaída la propuesta de moción de censura.

Artículo 53

Quienes hayan autorizado con su firma una moción de censura, no podrán volver a hacerlo du-rante el resto de su mandato, salvo que se hubiera elegido un nuevo presidente a consecuencia delo previsto en el artículo 47.

Artículo 54

Abierta la sesión, una vez constituida la Asamblea General, se concederá la palabra al Presi-dente sujeto a la moción por un tiempo máximo de quince minutos. Seguidamente y por el mismotiempo, podrá intervenir la persona que haya presentado candidatura alternativa a la Presidencia.

Seguidamente se procederá a la votación de la moción, mediante voto secreto y personal. Enningún caso se autorizará voto por correspondencia, ni delegación de voto.

Para que prospere la moción de censura deberá votarla positivamente la mayoría de la Asam-blea General, es decir, al menos la mitad más uno del número de asambleístas existentes.

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Artículo 55

En el caso de prosperar la moción de censura, se designará como Presidente de la Federa-ción a la persona que haya presentado candidatura alternativa consignada en el escrito de moción,quien ostentará la Presidencia durante el tiempo que reste de mandato hasta las próximas eleccio-nes, salvo que se promueva una nueva moción de censura y ésta sea aprobada de acuerdo con loestablecido en estos Estatutos.

La Junta Directiva y demás cargos federativos de libre designación de la Presidencia, cesaránautomáticamente, debiendo ser sustituidos o confirmados expresamente el Presidente.

Capítulo V

Junta Directiva

Artículo 56

La Junta Directiva es el órgano permanente de la Federación Madrileña de Montañismo confacultades gestoras, técnicas y ejecutivas.

Artículo 57

Los integrantes de la Junta Directiva serán designados por el Presidente, pudiendo cambiarsus cargos libremente y su número máximo será de trece miembros, distribuidos en los siguientescargos:

— Un Presidente, que lo será de la Federación Madrileña de Montañismo.— Dos Vicepresidentes (Primero y Segundo), de los que, al menos uno, deberá ser miembro

de la Asamblea General.— Un Secretario de la Junta Directiva.— Un Tesorero.— Ocho Vocales.Todos los componentes de la Junta Directiva deberán contar, durante el período del ejercicio

del cargo, con licencia federativa.

Artículo 58

Serán competencias y funciones de la Junta Directiva las siguientes:a) Colaborar con el Presidente en la gestión de la Federación Madrileña de Montañismo, ve-

lando por el cumplimiento de las finalidades y funciones de la misma y especialmente porel desarrollo del programa deportivo.

b) Preparar las ponencias, documentos y acuerdos que sirvan de base a la Asamblea Gene-ral para el ejercicio de sus funciones.

c) Proponer a la Comisión Delegada la aprobación de los reglamentos de la Federación Ma-drileña de Montañismo, de carácter técnico, disciplinario, de orden organizativo, de com-petición y sus modificaciones.

d) Coordinar el funcionamiento de administración y gestión en la Federación Madrileña deMontañismo.

e) Elaborar el proyecto del presupuesto anual de la federación para su presentación ante laAsamblea General.

f) Elaborar la propuesta del programa deportivo anual y del plan de actividades anual, asícomo el calendario de pruebas y competiciones, para su presentación ante la AsambleaGeneral.

g) Elaborar un análisis de la gestión deportiva en el año anterior, basado en la Memoria anual,para su presentación ante la Asamblea General.

h) Elaborar un análisis de la gestión económica del año anterior para su presentación ante laAsamblea General o Comisión Delegada.

i) Todas aquellas competencias o funciones que le sean atribuidas por el Presidente o por laAsamblea General.

La Junta Directiva deberá reunirse, previa convocatoria del Presidente, al menos cuatro vecesal año, sin perjuicio de las demás convocatorias de reunión que puedan realizarse desde la Presi-dencia.

Artículo 59

Se podrá constituir a instancia del Presidente, una Comisión Ejecutiva Permanente, para ges-tionar los asuntos ordinarios de trámite. Dicha Comisión Ejecutiva Permanente estará compuestapor quienes ostenten los cargos de la Presidencia, Vicepresidencia Primera y Tesorería, actuandode Secretario quien ostente la Secretaría General de la Federación Madrileña de Montañismo.

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Capítulo VI

Secretaría General

Artículo 60

El Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo podrá nombrar un Secretario Gene-ral, que ejercerá de fedatario y asesor. Dicho cargo podrá ser ejercido por personal laboral contra-tado al efecto.

Artículo 61

Son funciones de la Secretaría General:a) Levantar acta, en legal forma, de las sesiones de los órganos de gobierno y representación

colegiados de la Federación Madrileña de Montañismo, actuando en las sesiones de losmismos con voz pero sin voto.

b) Expedir las certificaciones oportunas de los actos y acuerdos adoptados por dichos órga-nos de gobierno y representación con el visto bueno del Presidente.

c) Llevar los libros de registro y custodiar los archivos.d) Preparar las estadísticas y la memoria anual.e) Resolver y despachar los asuntos generales.f) Todas aquellas que le atribuya la Presidencia conforme con las normas establecidas en

los presentes Estatutos.

Artículo 62

En el caso de que no exista Secretario General, o en ausencia del mismo por enfermedad opor cualquier otra causa, el Presidente podrá designar a una persona de la Junta Directiva para querealice, eventualmente y por un tiempo no superior a seis meses, las funciones de dicho cargo y, enel caso de no adoptar tal decisión, asumirá la misma Presidencia, la responsabilidad de llevar a cabodichas funciones.

Capítulo VII

La Gerencia

Artículo 63

La Gerencia de la Federación Madrileña de Montañismo es el órgano de administración de lamisma. Al frente de dicho órgano estará el Gerente, nombrado por el Presidente de la FederaciónMadrileña de Montañismo. Dicho cargo podrá ser ejercido por personal laboral de la entidad, y po-drá ser detentado por el Tesorero.

Artículo 64

Serán funciones de la Gerencia las siguientes:a) Llevar la contabilidad y control presupuestario de la Federación Madrileña de Montañismo.b) Ejercer la inspección económica de todos los órganos de la Federación Madrileña de

Montañismo.c) Elaborar la memoria económica anual, la cual será presentada a la Comisión Delegada.d) Cuidar de las operaciones de cobros y pagos.e) Autorizar con su firma los documentos de movimientos de fondos, ello sin perjuicio del ré-

gimen de delegación mancomunada o solidaria que pueda establecer el Presidente.f) Ejercer la dirección del personal laboral de la Federación Madrileña de Montañismo, bajo

las órdenes e instrucciones de la Presidencia, asumiendo, por delegación y en estos ca-sos, la representación de la misma ante terceros, pudiendo formalizar contratos, comuni-caciones, cartas de despido y actuar en actos de conciliación y juicio en el ejercicio de di-cha función y cualquiera otros derivados de dicho cargo.

g) Formular los balances y presupuestos.h) Cualesquiera otras funciones de carácter administrativo que le sean asignadas.

Artículo 65

Para el caso de que no existiese Gerente, las funciones referidas en el artículo anterior serándesarrolladas por el Tesorero.

Artículo 66

Tanto el cargo de Gerente como el de Secretario General podrán ser remunerados, si así loacuerda la Asamblea General.

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Capítulo VIII

Director Técnico

Artículo 67

El Presidente podrá designar un Director Técnico en el seno de la Federación Madrileña deMontañismo.

Artículo 68

Las funciones a desarrollar por la Dirección Técnica serán determinadas por el Presidente ensu designación y, en cualquier caso y sin carácter limitativo, tendrá las funciones básicas siguientes:

a) Dirigir la actividad técnica de la Federación Madrileña de Montañismo.b) Participar y controlar el régimen de colaboraciones y convenios a suscribir por la Federa-

ción Madrileña de Montañismo con otras entidades federativas, con entidades públicas oprivadas, de cuyo contenido se desprenda la determinación de entidades o compromisostécnicos.

c) Asesorar a la Presidencia y a los demás órganos de la Federación Madrileña de Montañis-mo en todas aquellas materias relacionadas con las técnicas deportivas relacionadas conla misma.

Capítulo IX

Comité Técnico de Árbitros

Artículo 69

En el seno de la Federación Madrileña de Montañismo se constituirá un Comité Técnico de Árbi-tros, cuyo responsable será nombrado por el Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo.

El Comité Técnico de Árbitros estará compuesto por el número de miembros que considereoportuno la Junta Directiva de la Federación Madrileña de Montañismo, no pudiendo ser sus inte-grantes directivos de clubes.

Artículo 70

El Comité Técnico de Árbitros ejercerá por delegación de la Presidencia de la Federación Ma-drileña de Montañismo las siguientes funciones:

a) Establecer los niveles de formación arbitral.b) Clasificar técnicamente a los jueces y árbitros, proponiendo a la Junta Directiva la adscrip-

ción a la categoría correspondiente.c) Proponer a la Junta Directiva, para su sometimiento a la aprobación de la Comisión Dele-

gada, el Reglamento de Régimen Interno del Comité Técnico de Árbitros y sus posiblesmodificaciones.

d) Designar a los jueces y árbitros en todas las competiciones oficiales en el ámbito de la Co-munidad de Madrid.

e) Elevar propuesta a la Junta Directiva para su aprobación por la Asamblea General sobrelas tarifas arbitrales de las competiciones organizadas por la Federación Madrileña deMontañismo.

Artículo 71

La clasificación a que hace referencia el apartado b) del artículo anterior, se llevará a efecto deacuerdo con los siguientes criterios:

a) Pruebas físicas y psicotécnicas.b) Conocimiento de los reglamentos y normas reguladoras de los deportes de montaña,c) Experiencia acreditada.d) Edad.

Capítulo X

Órganos de garantías normativas

Artículo 72

Los órganos de garantías normativas de la Federación Madrileña de Montañismo son:— El Instructor.— El Comité de Competición y Disciplina.— El Comité de Apelación.Dichos órganos gozarán de absoluta independencia en sus funciones, no pudiendo coincidir

en una misma persona la condición de instructor ni de integrante de ambos Comités.

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Artículo 73

Para la tramitación de los correspondientes expedientes de carácter disciplinario intervendráun Instructor, cuya función será la de instruir los mismos de conformidad con la correspondientenormativa aplicable, conforme con lo previsto en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deportede la Comunidad de Madrid, en el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por el que se aprueba el Regla-mento de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones de desarrollo, asícomo en el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Federación Madrileña de Montañismo.

El Instructor deberá ser necesariamente licenciado o grado en Derecho, pudiendo recaer elcargo en persona ajena a la Asamblea General. Dicho cargo podrá ser retribuido.

El Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo nombrará libremente a quien realicela Instrucción, no pudiendo ser removido de su cargo, excepto por renuncia o por incurrir en su-puestos de inelegibilidad o por la concurrencia de supuestos sancionables disciplinariamente coninhabilitación.

Artículo 74

Los Comités disciplinarios y el Instructor aplicarán, en todo caso, la normativa prevista en elReglamento de Régimen Disciplinario de la Federación Madrileña de Montañismo.

Artículo 75

Al Comité de Competición y Disciplina le corresponde el ejercicio de las funciones disciplina-rias deportivas, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de laComunidad de Madrid, en el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamen-to de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones de desarrollo, asícomo en el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Federación Madrileña de Montañismo.

Artículo 76

El Comité de Competición y Disciplina estará compuesto por un máximo por siete miembros,designados por el Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo, debiendo ser ratificadospor la Asamblea General. Entre sus miembros se designarán un presidente, quien deberá ser licen-ciado o grado en Derecho, y un secretario.

Artículo 77

La duración del mandato de los miembros del Comité de Competición y Disciplina será de cua-tro años y no podrán ser removidos de su cargo, salvo renuncia voluntaria o en el supuesto de queincurran en alguno de los supuestos de inelegibilidad previstos en los presentes Estatutos, o porsanción disciplinaria de inhabilitación, o pérdida de la licencia federativa.

Artículo 78

Es competencia del Comité de Competición y Disciplina la resolución de las cuestiones que sesusciten como consecuencia de las infracciones de las reglas de la competición, así como de lasnormas generales deportivas.

Artículo 79

En todos los procedimientos disciplinarios, la fase instructora correrá a cargo del Instructor yla resolutoria a cargo del Comité de Competición y Disciplina.

Artículo 80

El Comité de Apelación es competente para conocer de todos aquellos recursos que sean in-terpuestos contra las resoluciones del Comité de Competición y Disciplina.

Las resoluciones del Comité de Apelación en materia disciplinaria son susceptibles de recur-so ante la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid, en los términos reglamenta-riamente establecidos.

Artículo 81

El Comité de Apelación estará compuesto por un máximo de siete miembros designados porel Presidente de la Federación Madrileña de Montañismo, debiendo ser ratificados por la AsambleaGeneral. Entre sus miembros se designarán un presidente, quien deberá ser licenciado o grado enDerecho, y un secretario.

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TÍTULO TERCERO

Documentación

Artículo 82

La Federación Madrileña de Montañismo llevará los siguientes libros básicos:a) Libro de Registro de Clubes y Entidades Deportivas, en el que constarán como mínimo, las

denominaciones y domicilio social de los clubes y entidades deportivas federadas, asícomo la identificación de quienes ostentan los cargos de gobierno y representación, conespecificación de la fecha de nombramiento y, en su caso, de cese de los citados cargos.No podrá ser inscrito en el Libro de Clubes y Entidades Deportivas ninguna asociación oentidad que no figure previamente inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de laComunidad de Madrid.

b) Libro de Actas, en el que se incluirán, en legal forma, las de las reuniones de la AsambleaGeneral, de la Comisión Delegada y de la Junta Directiva u otros órganos colegiados pre-vistos en los presentes Estatutos.

c) Libros o Registros de Contabilidad, donde deberá figurar el patrimonio, derechos, obliga-ciones, ingresos y gastos de la Federación Madrileña de Montañismo de acuerdo con loexigido por la legislación vigente.

d) Libro Registro de Entrada y Salida de documentos y correspondencia.Serán causas de información o examen de los libros federativos las legal o reglamentariamen-

te establecidas, así como los pronunciamientos de los órganos jurisdiccionales, de las autoridadesdeportivas competentes o, en su caso, de los auditores.

Tanto los integrantes de la Asamblea General, como las demás personas afiliadas a la Fede-ración Madrileña de Montañismo podrán tener acceso a los libros oficiales de la Federación y soli-citar las certificaciones que precisen de acuerdo con el procedimiento que se establezca al efecto.En ningún caso podrá serles denegada la solicitud a quienes acrediten la condición de interesadosy cumplan los trámites establecidos al efecto.

El Secretario General expedirá las certificaciones de las actas y demás documentos generalesque se soliciten, previa solicitud por escrito.

TÍTULO CUARTO

Procesos electorales federativos

Capítulo I

Generalidades

Artículo 83

Las elecciones para la Asamblea General, para la Comisión Delegada y para la Presidencia dela Federación Madrileña de Montañismo se regirán por lo dispuesto en los presentes Estatutos y enel correspondiente Reglamento Electoral de la Federación Madrileña de Montañismo, de conformi-dad con la legislación de la Comunidad de Madrid en cada momento.

Artículo 84

El proceso electoral seguirá las reglas establecidas en la legislación vigente en cada momen-to, estando conformado por el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, y por la Orden 48/2012, de17 de enero, y en el correspondiente Reglamento Electoral. Las elecciones se convocarán cada cua-tro años, coincidiendo con aquellos en los que se celebren los Juegos Olímpicos de Invierno.

El sufragio, en todo caso, será libre, igual, directo y secreto.

Capítulo II

Elección de la Asamblea General

Artículo 85

Para ostentar la condición de elector y elegible habrá que figurar inscrito en el censo electoralque corresponda por estamento, cumplir los requisitos establecidos en los presentes Estatutos y enel correspondiente Reglamento Electoral, y cumplir los siguientes requisitos:

a) Los Clubes, Agrupaciones Deportivas y Secciones de Acción Deportiva inscritos en el Re-gistro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, que posean licencia de la Fe-deración en vigor en el momento de la convocatoria de las elecciones y la hayan tenidodurante el año o temporada deportiva anterior, siempre que hayan participado, igualmen-te, durante el año o temporada anterior en competiciones o actividades de la respectivamodalidad deportiva de carácter oficial y ámbito de la Comunidad de Madrid.

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b) Los deportistas, mayores de edad para ser elegibles y no menores de dieciséis para serelectores, referidos en ambos casos a la fecha de la convocatoria de las elecciones, queposean licencia de la federación en vigor en el momento de la convocatoria de las elec-ciones y la hayan tenido durante el año o temporada deportiva anterior, siempre que ha-yan participado, igualmente, durante el año o temporada anterior en competiciones o ac-tividades de la respectiva modalidad deportiva de carácter oficial y ámbito de laComunidad de Madrid.

c) Los técnicos, entrenadores, jueces y árbitros que posean licencia de la federación en vigoren el momento de la convocatoria de las elecciones y la hayan tenido durante el año o tem-porada deportiva anterior, siempre que hayan participado, igualmente, durante el año otemporada anterior en competiciones o actividades de la respectiva modalidad deportivade carácter oficial y ámbito de la Comunidad de Madrid.

Artículo 86

Los diferentes sectores elegirán a sus representantes para la Asamblea General en colegioselectorales independientes, creados expresamente a estos efectos para los siguientes colectivos:

a) Clubes y entidades deportivas.b) Deportistas con licencia federativa, cualquiera que sea la entidad a que pertenezcan, inclu-

so si cuentan con licencias como independientes en las condiciones que se determinenen el Reglamento Electoral.

c) Técnicos.d) Jueces y árbitros.

Artículo 87

Para ser elegible se precisará:a) Poseer la plenitud de los derechos civiles.b) No haber sido condenado por sentencia judicial firme a inhabilitación para cargo público.c) No haber incurrido en sanción deportiva de inhabilitación.d) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 85 de los presentes Estatutos.

Artículo 88

La Junta Electoral es el órgano bajo cuya tutela y control se desarrollará el proceso electoral,debiendo garantizar la pureza e independencia del mismo.

Capítulo III

Elección de Presidente y Comisión Delegada

Artículo 89

La elección de Presidente y de Comisión Delegada se llevarán a efecto por la Asamblea Gene-ral, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto.

Artículo 90

Solamente podrán presentarse candidatos a Presidente y miembros de la Comisión Delegadaquienes previamente sean miembros de la Asamblea General.

Artículo 91

El proceso electoral para la elección de Presidente y Comisión Delegada se desarrollará deconformidad con lo previsto en el Reglamento Electoral de la Federación Madrileña de Montañismo.

Capítulo IV

Elección para cubrir vacantes

Artículo 92

Las bajas y vacantes en los representantes de cada sector serán cubiertas automáticamentepor suplentes, que son quienes ocupan el puesto siguiente en la lista de resultados de las votacio-nes últimas de dicho sector. De no existir suplentes, se elegiría sectorialmente una nueva lista de re-presentantes para cubrir vacantes y elegir suplentes.

En el caso de vacantes sin cubrir, la Asamblea General continuará realizando sus reunionescon el quórum resultante hasta que se produzca lo dispuesto en el párrafo anterior.

Será obligatoria la convocatoria, sin dilación, de elecciones para aquel sector cuyo número derepresentantes quede reducido a un tercio del que tenga asignado en estos Estatutos.

Las elecciones sectoriales a que se refiere el presente artículo, se ajustarán al ReglamentoElectoral de la Federación Madrileña de Montañismo, adaptando el articulado del mismo a las pe-culiaridades de esta elección.

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TÍTULO QUINTO

Régimen disciplinario

Artículo 93

La Federación Madrileña de Montañismo, en el ámbito de sus competencias legales, desarro-llará, en el correspondiente Reglamento, el régimen disciplinario, de acuerdo con lo dispuesto en laLey 15/1994, del Deporte de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por elque se aprueba el Reglamento de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid y demás dispo-siciones reglamentarias que los desarrollen.

El Reglamento de Régimen Disciplinario de la Federación Madrileña de Montañismo deberáprever inexcusablemente los siguientes extremos:

a) Una relación sistemática de las infracciones tipificadas, con expresión de las sancionesque, según las circunstancias, se correspondan con cada una de ellas.

b) Los principios y criterios que aseguren:1) La diferenciación entre el carácter leve, grave y muy grave de las infracciones.2) La proporcionalidad de las sanciones aplicables a las mismas.3) La imposibilidad de ser sancionado dos veces por el mismo hecho.4) La aplicación de los efectos retroactivos favorables.5) La prohibición de sancionar por infracciones no tipificadas con anterioridad al mo-

mento de su comisión.6) Las circunstancias o causas que extingan, atenúen o agraven la responsabilidad del

infractor.7) Los distintos procedimientos disciplinarios de tramitación e imposición, en su caso, de

sanciones.8) El sistema de reclamaciones y recursos contra las sanciones impuestas.

Artículo 94

Las infracciones de las normas contenidas en los presentes Estatutos y en cualesquiera otrasdisposiciones federativas que así lo especifiquen, constituirán falta que se sancionará de conformi-dad con el régimen disciplinario.

El conocimiento y resolución de los expedientes disciplinarios corresponde, en primera instan-cia, al Comité de Competición y Disciplina, y, en segunda instancia, al Comité de Apelación.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, del Deporte de laComunidad de Madrid, el Reglamento Disciplinario deberá ser aprobado por la Administración De-portiva de la Comunidad de Madrid para su validez.

TÍTULO SEXTO

Régimen económico y financiero

Artículo 95

La Federación Madrileña de Montañismo tiene patrimonio propio independiente del de susasociados, integrado por los bienes cuya titularidad le corresponde.

Son recursos de la Federación Madrileña de Montañismo, entre otros:a) Las subvenciones que las entidades públicas puedan concederle.b) Las donaciones, legados, herencias y premios que le sean otorgados.c) Los beneficios que produzcan las actividades y competiciones deportivas que organice,

así como de los contratos que realice.d) Los rendimientos o frutos de su patrimonio.e) Los créditos o préstamos que obtenga.f) Los beneficios derivados de la prestación de servicios de enseñanza y de la expedición de

titulaciones y licencias.g) Los beneficios que pueda obtener por la explotación mercantil o participación societaria

en cualquier entidad de servicios promotora y participante en el desarrollo de las activida-des de los deportes de montaña.

h) Cualesquiera otros que puedan serle atribuidos por disposición legal o en virtud de convenio.

Artículo 96

La Federación Madrileña de Montañismo es una entidad privada sin ánimo de lucro y destina-rá la totalidad de sus ingresos, sus beneficios y su patrimonio a la consecución de los fines propiosde su objeto.

Los recursos económicos deberán depositarse en entidades bancarias o cajas de ahorro anombre de la Federación Madrileña de Montañismo, sin perjuicio de mantener en caja las sumasprecisas para atender los gastos corrientes.

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El Presidente podrá delegar su firma en los Vicepresidentes, así como en quienes tengan laresponsabilidad de la Secretaría General, la Tesorería o la Gerencia, en supuestos de ausencia oanálogos. En todo caso, la delegación deberá formalizarse por escrito.

Artículo 97

La Federación Madrileña de Montañismo no podrá aprobar presupuestos anuales deficitariossalvo expresa autorización de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.

La Federación Madrileña de Montañismo puede promover y organizar competiciones y activi-dades deportivas dirigidas al público, debiendo aplicar sus beneficios económicos, si los hubiere,al desarrollo de su objeto social.

Podrá ejercer, con carácter complementario, actividades industriales, mercantiles, comercia-les, profesionales o de servicios y destinar sus bienes y recursos a los mismos objetivos deportivos,pero sin que en ningún caso puedan repartirse beneficios entre sus miembros.

Podrá gravar y enajenar sus bienes inmuebles, tomar dinero a préstamo y emitir títulos repre-sentativos de deuda o de parte alícuota patrimonial, siempre que dichos negocios jurídicos no com-prometan de modo irreversible el patrimonio de la Federación o su objeto social y siempre confor-me a lo dispuesto en estos Estatutos. Cuando se trate de bienes inmuebles que hayan sidofinanciados, en todo o en parte, con fondos públicos, será preceptiva la autorización de la Conseje-ría de la Comunidad de Madrid que, por razón de competencia, dependa la federación, para su gra-vamen o enajenación.

No podrá comprometer gastos de carácter plurianual con cargo a los fondos públicos sin auto-rización de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid cuando la naturaleza del gastoo el porcentaje del mismo en relación con el presupuesto vulneren los criterios establecidos regla-mentariamente.

La administración del presupuesto responderá al principio de caja única, debiendo dedicar susingresos propios, de forma prioritaria, a sus gastos de estructura.

La contabilidad se ajustará a las normas de contabilidad del Plan General Contable o adapta-ción sectorial que resulte de aplicación ya los principios contables necesarios que ofrezcan una ima-gen clara y fiel de la entidad.

La Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid podrá someter anualmente a la Fe-deración Madrileña de Montañismo a auditorías financieras y, en su caso, de gestión, así como a in-formes de revisión limitada sobre la totalidad o parte de los gastos referidos a la disposición de lassubvenciones públicas obtenidas, en los términos establecidos en la Ley 15/1994, del Deporte dela Comunidad de Madrid.

TÍTULO SÉPTIMO

Procedimiento para la aprobación y modificación o reforma de los Estatutos y Reglamentos

Artículo 98

Los Estatutos de la Federación Madrileña de Montañismo únicamente podrán ser aprobadoso modificados por acuerdo de la Asamblea General adoptado por mayoría de dos tercios del núme-ro legal de sus miembros.

La iniciativa para la modificación de los Estatutos corresponde al Presidente de la FederaciónMadrileña de Montañismo, a dos tercios del número legal de miembros de la Comisión Delegada oa la cuarta parte del número de asambleístas existentes.

El proyecto de reforma o modificación de Estatutos deberá presentarse por escrito y de acuer-do con los trámites establecidos para la reunión de la Asamblea General, conforme a la regulacióncontenida en los presentes Estatutos.

Artículo 99

En ningún caso podrá iniciarse procedimiento de modificación de los Estatutos una vez con-vocadas las elecciones a la Asamblea General y a la Presidencia de la Federación Madrileña deMontañismo o cuando haya sido presentada una moción de censura.

Artículo 100

Una vez aprobados los nuevos Estatutos por la Asamblea General, se comunicará a la Admi-nistración Deportiva de la Comunidad de Madrid para su aprobación, entrando en vigor a partir deldía siguiente al de la notificación de dicha aprobación e inscripción en el Registro de Entidades De-portivas de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su ulterior publicación en el Boletín Oficial dela Comunidad de Madrid.

Artículo 101

La aprobación y modificación, en su caso, de los Reglamentos corresponde a la Comisión De-legada, de conformidad con lo previsto en los presentes Estatutos.

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TÍTULO OCTAVO

Disolución y extinción de la Federación Madrileña de Montañismo

Artículo 102

La Federación Madrileña de Montañismo se extinguirá por las siguientes causas:a) Por revocación de su reconocimiento.b) Por resolución judicial.c) Por integración en otra Federación.d) Por las demás causas previstas en el ordenamiento jurídico general.e) Por acuerdo de las dos terceras partes del número de asambleístas existentes.

Artículo 103

En el caso de extinción o disolución, el patrimonio neto de la Federación Madrileña de Monta-ñismo, si lo hubiere, se aplicará a la realización de actividades análogas, determinándose por laAdministración Deportiva de la Comunidad de Madrid su destino concreto.

(03/23.147/14)

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Consejería de Presidencia, Justiciay Portavocía del Gobierno

CANAL DE ISABEL II GESTIÓN S. A.

6 RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2014, por la que se hace pública la formalizacióndel contrato adjudicado por procedimiento abierto para el “Suministro de energíaeléctrica a las instalaciones de Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.b) Dependencia que tramita el expediente: Subdirección Estudios y Programas.c) Número de expediente: 9/2014.2. Objeto del contrato:a) Tipo del contrato: Suministros.b) Descripción del objeto: Suministro de energía eléctrica a las instalaciones de Ca-

nal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.c) CPV: 09310000-5.d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación:

— “Diario Oficial de la Unión Europea” de 4 de febrero de 2014.— “Boletín Oficial del Estado” de 26 de febrero de 2014.— BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Portal de la Contrata-

ción Pública” de 19 de febrero de 2014.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Adjudicación a la proposición económica con el precio más bajo.4. Presupuesto máximo de licitación: 61.742.415,87 euros, excluido el IVA.5. Adjudicación:a) Fecha: 28 de mayo de 2014.b) Contratista: “Acciona Green Energy Developments, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 61.742.415,87 euros, excluido el IVA.6. Formalización:a) Fecha de formalización: 17 de junio de 2014.Madrid, a 8 de julio de 2014.—El Director de la Secretaría General Técnica, Manuel

Beltrán Pedreira.(01/2.598/14)

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Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda

7 RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2014, de la Secretaria General Técnica de laConsejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se somete altrámite de información pública el Estudio Informativo “Ampliación de la capa-cidad y mejora de la seguridad vial de la carretera M-601. Tramo: A-6-M-623”y su Estudio de Impacto Ambiental.

Por la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda se tramita el expedienterelativo al Estudio Informativo “Ampliación de la capacidad y mejora de la seguridad vialde la carretera M-601. Tramo: A-6-M-623”, así como al Estudio de Impacto Ambiental re-lativo al mismo que afecta a los términos municipales de Collado Villalba, Alpedrete y Co-llado Mediano.

El objeto del presente Estudio Informativo tiene por objeto la ampliación de la capa-cidad y mejora de la seguridad vial en la carretera M-601 en el tramo comprendido entre elcomienzo de la carretera en el enlace con la A-6, en Collado Villalba, y la conexión con laM-623 en Collado Mediano. La longitud del tramo objeto de actuación es de casi 7,5 kiló-metros.

Se han considerado tres alternativas de trazado. A la vista del Análisis Multicriteriorealizado se ha seleccionado la denominada alternativa 3 como la más ventajosa.

La Dirección General de Carreteras con fecha 15 de julio de 2014, aprobó técnicamenteel Estudio Informativo de referencia, solicitando la incoación del oportuno procedimiento deinformación pública.

El Estudio Informativo cumple con los requisitos establecidos en el artículo 123 de la RealDecreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley de Contratos del Sector Público.

Asimismo, se hace constar que se trata de una obra completa, susceptible de ser entre-gada al uso público.

El Estudio de Impacto Ambiental se ha presentado de conformidad con el artículo 29de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Decreto 29/1993,de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la de la Ley Carreteras de la Co-munidad de Madrid y a los efectos previstos en el artículo 29 de la Ley 2/2002, de 19 de ju-nio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

Esta Secretaria General Técnica

RESUELVE

Primero

Someter al trámite de información pública, por plazo de un mes, al Estudio Informa-tivo “Ampliación de la capacidad y mejora de la seguridad vial de la carretera M-601. Tra-mo: A-6-M-623”, que afecta a los términos municipales de Collado Villalba, Alpedrete yCollado Mediano, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la página web de la Comunidad de Madrid, enuno de los periódicos de mayor circulación de la región y en el tablón de anuncios de losAyuntamientos indicados, a los efectos previstos en la legislación ambiental autonómica yestatal aplicable.

Segundo

Solicitar informe que deberá evacuarse en el plazo de un mes, a los siguientes órganos,organismos y Administraciones:

— Dirección General del Medio Ambiente (Servicio de Informes Técnicos Me-dioambientales de la Subdirección General de Gestión y Ordenación de Espacios

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Protegidos y Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de RecursosAgrarios) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Evaluación Ambiental (Área de Calidad Atmosférica de laSubdirección General de Gestión de Residuos y Calidad Ambiental) de la Conse-jería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Empleo, Cultura yTurismo.

— Canal de Isabel II.— Confederación Hidrográfica del Tajo.— Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.— Ayuntamiento de Collado Villalba.— Ayuntamiento de Alpedrete.

Tercero

Otorgar trámite de audiencia por idéntico plazo de un mes a la Asociación Ecologistasen Acción.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformi-dad con la normativa vigente, el referido expediente podrá ser examinado durante el plazoindicado en el Área de Asuntos Generales de la Consejería de Transportes, Infraestructurasy Vivienda, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, de lunes a viernes, de nueve acatorce horas, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el día en que termine el plazo de in-formación pública.

Durante el expresado trámite de información pública, cuantas personas se considerenafectadas por dicho Estudio podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido al exce-lentísimo señor Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.

Madrid, a 25 de julio de 2014.—La Secretaria General Técnica, Matilde García Duarte.(03/24.214/14)

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Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda

8 RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2014, de la Secretaria General Técnica de laConsejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se somete a suinformación pública el estudio informativo “Duplicación de la carretera M-506.Tramo: San Martín de la Vega-Arganda del Rey” y su Estudio de Impacto Am-biental.

Por la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda se tramita el expedienterelativo al Estudio Informativo “Duplicación de la Carretera M-506. Tramo: San Martín dela Vega-Arganda del Rey”, así como al Estudio de Impacto Ambiental relativo al mismoque afecta a los términos municipales de San Martín de la Vega y Arganda del Rey.

El presente Estudio Informativo tiene por objeto la duplicación de la carretera actualpara mejorar las condiciones de circulación y seguridad del tráfico rodado de la carreteraM-506, debido a su elevado intensidad en el tráfico pesado.

Se han considerado tres alternativas de trazado. A la vista del Análisis Multicriteriorealizado se ha seleccionado la denominada alternativa 2 como la más ventajosa.

La Dirección General de Carreteras con fecha 15 de julio de 2014, aprobó técnicamenteel Estudio Informativo de referencia, solicitando la incoación del oportuno procedimiento deinformación pública.

El Estudio Informativo cumple con los requisitos establecidos en el artículo 123 de laReal Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Asimismo, se hace constar que se trata de una obra completa, susceptible de ser entre-gada al uso público.

El Estudio de Impacto Ambiental se ha presentado de conformidad con el artículo 29de la Ley 2/2002, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Decreto 29/1993,de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la de la Ley Carreteras de la Co-munidad de Madrid y a los efectos previstos en el artículo 29 de la Ley 2/2002, de 19 de ju-nio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

Esta Secretaria General Técnica

RESUELVE

Primero

Someter al trámite de audiencia, por plazo de un mes, del Estudio Informativo “Dupli-cación de la Carretera M-506. Tramo: San Martín de la Vega-Arganda del Rey”, que afec-ta a los términos municipales de San Martín de la Vega y Arganda del Rey, mediante la in-serción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, en la página web de la Comunidad de Madrid, en uno de los periódicos de mayorcirculación de la región y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos indicados, a losefectos previstos en la legislación ambiental autonómica y estatal aplicable.

Segundo

Solicitar informe que deberá evacuarse en el plazo de un mes, a los siguientes órganos,organismos y Administraciones:

— Dirección General de Evaluación Ambiental (Subdirección General de Gestión deResiduos y Calidad Ambiental) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordena-ción del Territorio.

— Dirección General del Medio Ambiente (Subdirección General de Conservacióndel Medio Natural y Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recur-sos Agrarios) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

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— Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Empleo, Turismoy Cultura.

— Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía y Ha-cienda.

— Confederación Hidrográfica del Tajo.— Ayuntamiento de San Martín de la Vega.— Ayuntamiento de Arganda del Rey.

Tercero

Otorgar trámite de audiencia por idéntico plazo de un mes a la Asociación Ecologistasen Acción y a la Asociación El Soto, Asociación Ecologista del Jarama.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformi-dad con la normativa vigente, el referido expediente podrá ser examinado durante el plazoindicado en Área de Asuntos Generales de la Consejería de Transportes, Infraestructuras yVivienda, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, de lunes a viernes, de nueve a ca-torce horas, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el día en que termine el plazo de infor-mación pública.

Durante el expresado trámite de información pública, cuantas personas se considerenafectadas por dicho Estudio podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido al exce-lentísimo señor Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.

Madrid, a 25 de julio de 2014.—La Secretaria General Técnica, Matilde García Duarte.(03/24.215/14)

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9 RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2014, de la Secretaría General Técnica de laConsejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se dispone lapublicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internetde la convocatoria del contrato de servicios de “Conservación y explotación enlas carreteras de la Comunidad de Madrid años 2014-2017”.

1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información:

a) Organismo: Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación Administrativa.c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda. Áreade Asuntos Generales. Horario: Lunes a viernes de nueve a catorce.

2) Domicilio: Calle Maudes, número 17.3) Localidad y código postal: 28003 Madrid.4) Teléfono: 915 803 183.5) Telefax: 915 803 140.6) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pú-

blica de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos).

d) Número de expediente: 06-EG.33.1.2014.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: Servicios.b) Descripción: Realización de las operaciones y actividades de mantenimiento, con-

servación y explotación de la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid du-rante los años 2014-2017.

c) División por lotes y número de lotes: Lotes, sí. Número: 7.

— Lote 1: Zona noroeste.— Lote 2: Zona norte.— Lote 3: Zona noreste.— Lote 4: Zona este.— Lote 5: Zona sureste.— Lote 6: Zona sur.— Lote 7: Zona oeste.

Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar: 3.d) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.e) Plazo de ejecución: Treinta y seis meses a contar desde:

— Zona noroeste, lote 1: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (31de octubre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización delcontrato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

— Zona norte, lote 2: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (31 deoctubre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización del con-trato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

— Zona noreste, lote 3: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (9 denoviembre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización delcontrato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

— Zona este, lote 4: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (31 deoctubre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización del con-trato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

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— Zona sureste, lote 5: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (9 denoviembre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización delcontrato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

— Zona sur, lote 6: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (9 de no-viembre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización del con-trato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

— Zona oeste, lote 7: Desde la fecha de finalización del contrato en vigor (31 deoctubre de 2014) o desde el día siguiente a la fecha de formalización del con-trato, en caso de que se realice en una fecha posterior.

f) Admisión de prórroga: Sí. Plazo incluida la prórroga: Setenta y dos meses.g) Establecimiento de un acuerdo marco: No.h) Sistema dinámico de adquisición: No.i) CPV: 50.23.00.00-6.j) Compra pública innovadora: No.3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Subasta electrónica: No.d) Criterios de adjudicación: Varios criterios, de acuerdo con lo establecido en el

apartado 9 de la cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.4. Valor estimado del contrato: 109.433.203,34 euros.5. Presupuesto base de licitación:— Importe neto: 54.716.601,67 euros.— IVA: 11.490.486,35 euros.— Importe total: 66.207.088,02 euros.Presupuesto de los lotes:

Lote Base imponible IVA Total 1 9.848.359,17 2.068.155,43 11.916.514,59 2 5.655.073,95 1.187.565,54 6.842.639,49 3 7.440.382,74 1.562.480,37 9.002.863,11 4 7.880.474,58 1.654.899,66 9.535.374,24 5 6.623.629,83 1.390.962,27 8.014.592,10 6 7.447.705,59 1.564.018,17 9.011.723,76 7 9.820.975,80 2.062.404,93 11.883.380,73

6. Garantías exigidas:

— Provisional: Por cada oferta 2 por 100 del presupuesto sin IVA del lote a que se re-fiere la oferta.

• Lote 1: 196.967,18 euros.• Lote 2: 113.101,48 euros.• Lote 3: 148.807,65 euros• Lote 4: 157.609,49 euros.• Lote 5: 132.472,60 euros.• Lote 6: 148.954,11 euros.• Lote 7: 196.419,52 euros.

— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.

7. Requisitos específicos del contratista:

Empresas españolas y extranjeras no comunitarias:

a) Clasificación: Grupo O, subgrupo 2 y categoría D.

Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea:

b) Solvencia económica y financiera: La establecida en el apartado 5.A) de la cláusu-la 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.Solvencia técnica o profesional: La establecida en el apartado 5.B) de la cláusula 1del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

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c) Otros requisitos específicos: Además los licitadores deberán aportar las certifica-ciones y el compromiso de adquisición de medios establecidos en el apartado 5 dela cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: 8 de septiembre de 2014.b) Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No.c) Lugar de presentación:

1) Dependencia: Registro General de la Consejería de Transportes, Infraestruc-turas y Vivienda. Horario: Lunes a viernes de nueve a catorce.

2) Domicilio: Calle Maudes, número 17.3) Localidad y código postal: 28003 Madrid.

d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (pro-cedimiento restringido): …

e) Admisión de variantes, si procede: No.f) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Un mes desde

el siguiente a la fecha de la apertura de proposiciones ampliables de conformidadcon lo establecido en el artículo 161.3 del Texto Refundido de la Ley de Contra-tos del Sector Público.

9. Apertura de ofertas:a) Descripción: Documentación relativa a criterios que dependen de un juicio de valor.b) Dirección: Calle Maudes, número 17.c) Localidad y código postal: 28003 Madrid.d) Fecha y hora: 22 de septiembre de 2014, a las diez.a) Descripción: Proposiciones económicas.b) Dirección: Calle Maudes, número 17.c) Localidad y código postal: 28003 Madrid.d) Fecha y hora: 10 de octubre de 2014, a las diez.10. Gastos de publicidad: 2.900 euros.11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 25 de julio

de 2014.12. Otras informaciones: Se considera condición esencial de ejecución del contrato

las obligaciones contenidas en el artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contra-tos del Sector Público relativo a la subcontratación.

La Mesa de Contratación calificará la documentación administrativa en fecha 15 deseptiembre de 2014.

Madrid, a 25 de julio de 2014.—La Secretaria General Técnica, Matilde García Duarte.(01/2.686/14)

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D) Anuncios

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

10 RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2014, de la Dirección General de EvaluaciónAmbiental, por la que se acuerda publicar resoluciones sancionadoras e infor-mación sobre el pago de sanciones en período voluntario en materia de medioambiente.

Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones de resoluciones sancionadoras einformación sobre el pago de las sanciones en período voluntario en el domicilio de sus des-tinatarios, que se relacionan en el Anexo, por infracciones administrativas a la normativavigente en materia de medio ambiente, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda,a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, enlos siguientes términos:

1. De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquierposible lesión que de la publicación íntegra de la Resolución pudiera derivarse para los de-rechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que senotifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la represen-tación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamien-to jurídico, en las dependencias del Área de Disciplina Ambiental de la Dirección Generalde Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territo-rio, sita en la calle Alcalá, número 16, tercera planta, en el horario comprendido entre lasdiez y las catorce, los martes y jueves.

2. Contra las Resoluciones u Órdenes por las que se resuelven los expedientes de re-ferencia, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, cabe interponer:

a) Si se trata de una Resolución que no agota la vía administrativa, recurso de alzadaante el órgano que dictó el acto o ante el Consejero de Medio Ambiente y Orde-nación del Territorio, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la pu-blicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda.

b) Si se trata de una Orden que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso po-testativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Te-rritorio, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de lapresente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y enel tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente, o bien, directamente, recur-so contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, enel plazo de dos meses.

De no interponerse recurso de alzada y una vez transcurrido el plazo citado en el apar-tado a), y desde la publicación de la presente Resolución en el caso del apartado b), la reso-lución que pone fin al procedimiento sancionador será ejecutiva y deberá hacerse efectiva lasanción impuesta, en virtud de lo dispuesto en los artículos 138.3 y 115.1 de la Ley 30/1992y en el artículo 14.7 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por laAdministración de la Comunidad de Madrid, Aprobado por Decreto 245/2000, de 16 de no-viembre, informándose de lo siguiente:

Primero

De conformidad con lo previsto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciem-bre, General Tributaria, el importe de la sanción se hará efectivo por ingreso directo en lacuenta corriente restringida número 2038 1826 14 6400010335, Comunidad de Madrid,Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Sanciones, abierta en la ofici-na 1826 de “Bankia”, pudiéndose hacer el ingreso en cualquier oficina de esta entidad ban-

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caria, o bien mediante transferencia, cheque, etcétera. Se ha de hacer referencia al númerode expediente, nombre, apellidos y NIF.

Dicho ingreso se realizará en los períodos establecidos en el precepto citado, que sedetallan a continuación:

a) Si la fecha en que la Orden o Resolución es ejecutiva está comprendida entre losdías 1 y 15 de cada mes, desde dicha fecha hasta el día 20 del mes posterior o, sieste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la fecha en que la Orden o Resolución es ejecutiva está comprendida entre losdías 16 y último de cada mes, desde dicha fecha hasta el día 5 del segundo mesposterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes del Real De-creto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recauda-ción, se podrá solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la cantidad impuesta comosanción en los plazos anteriormente señalados.

Segundo

De no abonarse la sanción dentro de dicho período voluntario, se procederá a su exac-ción por vía de apremio, con el recargo correspondiente, de conformidad con lo estableci-do en los artículos 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El justificante o resguardo de ingreso deberá presentarse, o bien enviarse por correo,ordinario certificado, en el plazo de diez días siguientes al mismo, en el Área de DisciplinaAmbiental (calle Alcalá, número 16, tercera planta, 28014 Madrid), para su anotación yconstancia en el expediente, sin que se proceda al archivo del mismo sin el cumplimientode este requisito.

Madrid, a 11 de julio de 2014.—El Director General de Evaluación Ambiental, MarianoGonzález Sáez.

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

11 RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2014, de la Dirección General de EvaluaciónAmbiental, por la que se acuerda publicar notificaciones de Acuerdos de Iniciode procedimientos sancionadores en materia de medio ambiente.

Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones de Acuerdos de Inicio de procedi-mientos sancionadores en el domicilio de sus destinatarios, que se relacionan en el Anexo,por infracciones administrativas a la normativa vigente en materia de medio ambiente, pro-cede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablónde edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

En virtud de lo anterior, el Área de Disciplina Ambiental propone que se proceda a lacitada publicación en los siguientes términos:

1. De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquierposible lesión que de la publicación íntegra del citado Acuerdo de Inicio pudiera derivarsepara los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro delacto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o dela representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestroordenamiento jurídico, en las dependencias del Área de Disciplina Ambiental de la Direc-ción General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenacióndel Territorio, sita en la calle Alcalá, número 16, tercera planta, en el horario comprendidoentre las diez y las catorce, los martes y jueves.

2. En aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el quese aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administra-ción de la Comunidad de Madrid, tiene derecho a formular las alegaciones y presentar losdocumentos que tenga por conveniente, pudiendo proponer asimismo la práctica de las prue-bas que estime pertinentes, para lo cual dispondrá de un plazo de quince días hábiles a con-tar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda.

3. De no presentar alegaciones en el plazo indicado, el Acuerdo de Iniciación podráser considerado Propuesta de Resolución, de conformidad con lo establecido en el artícu-lo 6.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre.

Madrid, a 11 de julio de 2014.—El Director General de Evaluación Ambiental, MarianoGonzález Sáez.

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Page 79: BOCME. Núm. 178

MARTES 29 DE JULIO DE 2014B.O.C.M. Núm. 178 Pág. 79

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http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

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Consejería de Sanidad

ORGANISMO AUTÓNOMOAGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

12 NOTIFICACIÓN de 16 de julio de 2014, de la Agencia Antidroga de la Comunidadde Madrid, por la que se procede a la publicación de Acuerdos de Iniciación de ex-pedientes sancionadores en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de di-ciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, elSuministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificadapor Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que se relacionan en Anexo adjunto.

Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento de las personas a con-tinuación reseñadas, en relación a los procedimientos de referencia, que por parte del Or-ganismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expediente enel que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del requerimientoDaniel Campos Redondo; Grabado, 9, 28905 Getafe (Madrid). — AS/14/0000096. —

Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y pre-sentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de laspruebas que consideren convenientes; de no efectuar alegaciones, el Acuerdo de Iniciacióndel procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución.

Florin Danut Todoran; Calle del Arce, 28, 16460 Barajas de Melo (Cuenca). —AS/14/0000113. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formularalegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer lapráctica de las pruebas que consideren convenientes; de no efectuar alegaciones, el Acuer-do de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución.

Ignacio Molina Ortega; avenida de la Libertad, 34-1, primero C, 28770 Colmenar Vie-jo (Madrid). — AS/14/0000114. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábi-les para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así comopara proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes; de no efectuar alega-ciones, el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta deResolución.

Lo que se comunica a los interesados indicados, a efectos de lo previsto en el artícu-lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999), en concordancia conlo dispuesto por el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar el Organismo Autóno-mo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid que la publicación íntegra de los Acuer-dos de Iniciación podrían lesionar los derechos o intereses legítimos de dichos interesados.

Los plazos anteriormente indicados se contarán a partir del día siguiente al de la publi-cación del presente anuncio, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes queestimen convenientes, así como, en su caso, proponer las pruebas que estimen oportunas,ante el Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, sito en la ca-lle O’Donnell, número 55, cuarta planta, de Madrid, de lunes a viernes, en horario compren-dido entre las nueve y las catorce, teniendo a su disposición el expediente de referencia enel indicado plazo, en las citadas oficinas.

Madrid, a 16 de julio de 2014.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga,Almudena Pérez Hernando.

(01/2.556/14)

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Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

13 CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 20 de mayo de 2014, de la Direc-ción General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobreregistro, depósito y publicación del convenio colectivo del Consejo de Estado(personal laboral) (código número 28004552011990).

Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, correspondiente al día 21 de juniode 2014, páginas 50 a 79 (número de inserción 03/17.707/14), se procede a su correcciónen los siguientes términos:

En la página 79, Anexo X “Complemento personal de unificación, tabla salarialmensual 2014”.

Donde dice:

— “0 Jefe de Protocolo”.

Debe decir:

— “2 Jefe de Protocolo”.

(03/23.811/14)

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Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

14 RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2014, de la Dirección General de Trabajo de laConsejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicacióndel convenio colectivo de la empresa “Metro Ligero Oeste, Sociedad Anónima”(código número 28100100012014).

Examinado el texto del Convenio Colectivo de la “Empresa Metro Ligero Oeste, So-ciedad Anónima”, suscrito por la Comisión Negociadora del mismo, el día 25 de noviem-bre de 2013, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decre-to 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos detrabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en elartículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aproba-do por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el nú-mero y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lodispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competen-cias, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de estaDirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de junio de 2014.—La Directora General de Trabajo, María del MarAlarcón Castellanos.

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CONVENIO SOBRE LAS CONDICIONES LABORALES DE METRO LIGERO OESTE, S. A.

Capítulo I

Cuestiones generales

Artículo 1. Ámbitos Personal, Funcional y Territorial de aplicación:a) El presente Convenio afectará a todos los trabajadores que desarrollen su actividad labo-

ral en la Empresa Metro Ligero Oeste, S.A., en sus centros de trabajo de la Comunidad deMadrid.

b) Se excluye del ámbito del presente Convenio el personal directivo. Este personal es de li-bre designación por la Empresa. Su relación laboral se regirá por su contrato de trabajo y,en su caso, por la normativa especial que le resulte de aplicación.

c) Las normas que contiene este Convenio regularán, con carácter preferente y prioritario, lasrelaciones entre los trabajadores/as y la Empresa afectados por el mismo.

d) En lo que no está previsto en este Convenio se estará a lo que dispone el Estatuto de losTrabajadores y legislación concordante.

Art. 2. Ámbito temporal. Forma y condiciones de denuncia.—El Convenio tiene una vigenciahasta el 31 de diciembre de 2016, entrando en vigor desde el momento de la firma del mismo.

Las percepciones económicas pactadas tendrán carácter retroactivo desde el 1 de enerode 2013.

La denuncia del Convenio deberá formularse por cualquiera de las partes con una antelaciónmínima de un mes a la fecha de terminación de su vigencia o de sus prórrogas. Se hará por escritocon exposición razonada de las causas determinantes de la denuncia y se presentará ante el orga-nismo que en ese momento sea competente, dándose traslado a la otra parte.

Ambas partes se comprometen a negociar de buena fe una vez expirado el Convenio y duran-te la ultraactividad que legalmente corresponda. Si a pesar de ello no se alcanza un acuerdo, se es-tablece un periodo adicional de negociación con una duración de seis meses, manteniendo la pazsocial y la aplicación del contenido del presente convenio colectivo durante dicho periodo.

Art. 3. Mantenimiento del empleo.—Que en el marco de la negociación colectiva y al objetode mantener la paz social, la empresa y siempre y cuando se mantengan las condiciones socioeco-nómicas y/o contractuales, así como las directrices emanadas del Consorcio de Transportes de laComunidad de Madrid, se compromete al mantenimiento del volumen medio de empleo del ejerci-cio 2013, durante un año desde la entrada en vigor del presente Convenio, con una oscilación máxi-ma del cinco por ciento. En todo caso no computarán en dicho porcentaje las extinciones declara-das procedentes.

Art. 4. Vinculación a la totalidad.—Las condiciones pactadas en el presente Convenio formanun todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmen-te en cómputo anual.

En el supuesto de que la autoridad laboral, en uso de sus facultades, no aprobara alguno delos pactos contenidos en el mismo, el Convenio en su totalidad quedará sin eficacia práctica, de-biendo ser reconsiderado el contenido en su totalidad.

Art. 5. Principio de igualdad.—Para la igualdad efectiva de hombres y mujeres se respetaranlos principios de igualdad de trato y oportunidades en el trabajo, adoptando, en su caso y a tal fin,medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. Para elloy en cumplimiento de la ley orgánica 3/2007 y en especial de su artículo 45, la Empresa se compro-mete a hacer suyo el Plan de Igualdad del grupo OHL, empresa Matriz, vigente en cada momento,con las adaptaciones que fueren necesarias por la casuística de nuestra empresa, siendo entregadoa la firma del convenio y cada vez que este mismo sea modificado a la representación de los traba-jadores para su ratificación.

Capítulo II

Condiciones económicas

Art. 6. Tablas salariales.—En el anexo II se incluyen las tablas salariales que forman parte delpresente Convenio.

Art. 7. Normas generales.—Las condiciones retributivas del personal afectado por este Con-venio serán las que contienen las tablas que se unen como Anexo II y se regulan en los artículos si-guientes:

— 2013: Se actualizarán las tablas del 2012 con un incremento del 0,75%— 2014: Se actualizarán las tablas del 2013 con un incremento del 1%— 2015: Se actualizarán las tablas del 2014 con un incremento del 1,15%— 2016: Se actualizarán las tablas del 2015 con un incremento del 1,35%Dichos incrementos serán de aplicación a todos los conceptos, excepto a la evaluación del de-

sempeño que quedará con una cuantía fija de 750 euros durante la vigencia del convenio.El salario base se devengará por día natural. Todos los meses naturales tendrán 30 días.Las formas de devengo de la retribución anual vendrán dadas por la siguiente fórmula:— R.A. = (S.B.+A.+P.E.) x 11 + (C.P.T x 15) + V + P.M. + P.J. + P.N.

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Siendo:— R.A. = Retribución anual.— S.B. = Salario base.— P.E. = Pluses extrasalariales.— P.M. = Paga de marzo = (S.B.+A.).— P.J. = Paga de junio = (S.B.+A.).— P.N. = Paga de Navidad = (S.B.+A.).— V. = Vacaciones = (S.B.+A.).— A. = Antigüedad.— C.P.T. = Complemento Puesto de Trabajo.Los cuadros de retribuciones que figuran unidos al presente Convenio como anexos forman

parte integrante del mismo y tienen la misma fuerza de obligar que el resto del Convenio.Art. 8. Compensación y absorción.—Todas las condiciones económicas que se establecen

en el presente Convenio Colectivo, sean o no de naturaleza salarial, tienen la condición de mínimos.Las mejoras de cualquier tipo, bien sea por imperativo legal, contrato individual, uso o costumbre,concesión voluntaria de las empresas o por cualesquiera otras causas que se pudieren percibir soncompensables y absorbibles en su conjunto y cómputo anual.

Art. 9. Complemento “ad personam”.—En este complemento, que no tendrá carácter absor-bible ni compensable, se incluirán aquellas cantidades que, conforme a la estructura salarial vigen-te a la fecha de la firma del presente Convenio, venían percibiendo los Jefes de Equipo como com-plemento personal a título individual.

Art. 10. Pago de haberes.—Todas las percepciones, excepto las de vencimiento superior almes, se abonarán mensualmente por períodos vencidos y dentro de los cinco primeros días hábi-les del mes siguiente al de su devengo.

Art. 11. Salario base.—Se entenderá por tal el que figura por cada puesto de trabajo (anexo II).Art. 12. Plus salarial (turnicidad).—Se abonará a todos los trabajadores/as que realicen su jor-

nada de trabajo en la modalidad de turnos rotativos. Se remunerará en la cuantía señalada en la ta-bla de retribuciones que figura como anexo II al presente Convenio y se devengará por día efectivode trabajo.

La cuantía de dicho plus, durante la duración del presente Convenio, será:— Personal de Operaciones.

• 2013: 7,95 euros.• 2014: 8,03 euros.• 2015: 8,12 euros.• 2016: 8,23 euros.

— Personal de Mantenimiento.• 2013: 8,33 euros.• 2014: 8,41 euros.• 2015: 8,51 euros.• 2016: 8,62 euros.

De forma excepcional se abonará este plus cuando el trabajador/a, que preste servicio a tur-nos, disfrute de las licencias retribuidas descritas en el Artículo 25 de este Convenio, durante su jor-nada de trabajo.

Art. 13. Plus extrasalarial (plus de transporte).—Con el fin de compensar los gastos que seproducen a los trabajadores/as para acudir a sus puestos de trabajo, teniendo en cuenta la movili-dad de los mismos, que constituye una característica de este sector, y cualquiera que sea la distan-cia a recorrer, se abonará un plus extrasalarial, calculado por día efectivo de trabajo que, se deter-mina en tabla anexo II del presente Convenio.

La cuantía de dicho plus, durante la duración del presente Convenio, será:— 2013: 48,29 euros.— 2014: 48,77 euros.— 2015: 49,33 euros.— 2016: 50,00 euros.Art. 14. Complemento Puesto de Trabajo.—A la entrada en vigor del presente convenio, se

denominará Complemento de Puesto de Trabajo (CPT) al complemento salarial denominado incen-tivo que venían percibiendo los operarios tanto autorizados como cualificados de las distintas áreasde mantenimiento.

Dicho complemento (CPT) no tendrá carácter compensable ni absorbible.Se remunerará en la cuantía señalada en la tabla de retribuciones que figura como anexo II al

presente Convenio y se devengará por día efectivo de trabajo.La cuantía de dicho plus, durante la duración del presente Convenio, será:— Operario/a Autorizado:

• 2013: 149,95 euros.• 2014: 151,45 euros.• 2015: 153,19 euros.• 2016: 155,26 euros.

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— Operario/a Cualificado:• 2013: 243,82 euros.• 2014: 246,25 euros.• 2015: 249,09 euros.• 2016: 252,45 euros.

Art. 15. Gratificaciones extraordinarias.—Los trabajadores/as afectados por el presente Con-venio tendrán derecho exclusivamente a tres pagas extraordinarias al año, que se abonarán de lasiguiente forma:

a) Paga de Vacaciones: será hecha efectiva dentro de los primeros cinco días del mes de Ju-lio, respecto a las retribuciones percibidas por el trabajador/a durante el primer semestrenatural del año.

b) Paga de Navidad: se percibirá antes del 22 de diciembre, respecto a las retribuciones per-cibidas por el trabajador/a durante el segundo semestre natural del año.

c) Paga de Marzo: se percibirá antes del día 30 de marzo, respecto a las retribuciones perci-bidas por el trabajador/a durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 28 deFebrero.

La cuantía de las pagas extraordinarias será, para cada categoría, salario base más la antigüe-dad y el Complemento Puesto de Trabajo.

Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas desuspensión de contrato previstas en el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, exceptuando losapartados C y D del citado artículo.

Los trabajadores/as que ingresen o cesen en el transcurso de cada semestre natural, deven-garán las pagas en proporción al tiempo de permanencia en la Empresa durante el mismo.

Art. 16. Festivos.—El descanso correspondiente al trabajo realizado en cualquiera de los 14festivos anuales, recogidos en el calendario laboral de la empresa, correspondientes a los festivosdel Ayuntamiento de Madrid, se anexarán y disfrutarán de manera continuada quedando reflejadosen el calendario anual de turnos y libranzas de cada trabajador/a.

La Empresa concederá además una gratificación especial de 10 euros brutos/hora, en los si-guientes días que se preste servicio:

24 de Diciembre: De 21:00 horas hasta finalización del servicio prestado.25 de Diciembre: De 12:00 a 17:00 horas.31 de Diciembre: De 21:00 horas hasta finalización del servicio prestado.1 de Enero: Desde el inicio a 13:00 horas.6 de Enero: De 14:00 a 17:00 horas.

Se asegurará un disfrute mínimo del 50% de los festivos en cómputo anual.Si durante el descanso que compensa a un festivo trabajado el trabajador/a estuviera en situa-

ción de incapacidad temporal, de mutuo acuerdo se le asignará otro día de descanso.Art. 17. Nocturnidad.—Se entenderá trabajo nocturno el realizado entre las 22:00 horas y

las 06:00 horas.Durante la vigencia del Convenio, se abonará desde el primer minuto realizado en dicho tramo.La cuantía de dicho plus, durante la duración del presente Convenio, será:— 2013: 2,015 euros.— 2014: 2,035 euros.— 2015: 2,066 euros.— 2016: 2,094 euros.Art. 18. Quebranto de moneda.—Durante la vigencia del Convenio, el personal que para el

desarrollo de sus funciones sea necesario el tratamiento de dinero en efectivo, recibirá la cantidadde 10 euros/mes, calculado por día efectivamente trabajado.

Art. 19. Evaluación del desempeño.—Durante la vigencia del Convenio, la cantidad máximaprevista para la Evaluación del Desempeño (EDS), para aquellos colectivos que así lo tengan refle-jado, será la indicada en las tablas salariales del Anexo II adjunto.

Dicha cantidad se entenderá por año completo de trabajo, descontándose cualquier tipo deabsentismo en el cálculo del importe final, de tal forma que será proporcional a los días efectivamen-te trabajados, excluyendo el derivado de una incapacidad temporal por accidente de trabajo o en-fermedad profesional, así como el derivado de las licencias retribuidas recogidas en el artículo 25de este Convenio. El abono se realizará en Febrero.

La cuantía de dicho plus, durante la duración del presente Convenio, será de 750 euros La Em-presa dará a conocer a los trabajadores/as, antes de la finalización del mes de enero de cada año,los parámetros medibles, sin que éstos puedan ser modificados a lo largo del ejercicio, salvo mu-tuo acuerdo.

Así mismo al final de cada ejercicio informará del resultado del desempeño a cada trabajador/a.Anualmente, a petición de cualquiera de las partes, se podrán presentar modificaciones a los

actuales indicadores del desempeño. Las modificaciones que se pacten tendrán vigor en el ejerci-cio siguiente de su aceptación.

Art. 20. Antigüedad.—Para todos los trabajadores que ya tenían recogido dicho derecho enel acuerdo de empresa firmado el 19 de Enero del 2009, los trabajadores de alta en Metro LigeroOeste a la firma del presente convenio tendrán derecho a un complemento salarial de antigüedad

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que equivaldrá a un 3% mensual sobre el salario base por el primer trimestre. A un 6% mensual alalcanzar a los 6 años de antigüedad en la empresa, a un 9% mensual a los 9 años continuados enla empresa, a un 13% mensual a los 13 años continuados en la empresa y a un 18% mensual cuan-do la antigüedad llegue a los 18 a los de trabajo. Al alcanzar los 18 años, la cantidad devengadaquedara fija, no compensable, ni absorbible, ni revalorizable.

Art. 21. Compensación por comparecencia ante los Tribunales a instancia de la Empresa.—Alos trabajadores/as que se vean obligados a personarse, fuera de su horario de trabajo, en Juzga-dos o Tribunales, a instancia de la Empresa, se les compensará con un descanso equivalente altiempo utilizado en tales actuaciones más dos horas para desplazamiento hasta el juzgado o tribu-nal correspondiente. Dicho descanso será disfrutado de mutuo acuerdo entre el trabajador/a y laEmpresa.

Capítulo III

Organización del trabajo

Art. 22. Horas extraordinarias.—Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan la con-veniencia de reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias, siendo las mis-mas de carácter voluntario.

La compensación de las mismas se acordará de mutuo acuerdo entre las partes, pudiendo serpor tiempo equivalente de descanso incrementado en un cincuenta por ciento, no computando es-tas a los límites fijados para las mismas, y según la legislación vigente o por el pago de las mismasde acuerdo a las tablas salariales, según anexo II adjunto.

Se denomina jornada diaria ordinaria, la jornada establecida en los cuadrantes de trabajo y/ocalendario laboral.

Art. 23. Horas urgentes por prolongación de jornada.—El personal de las direcciones de Man-tenimiento de Instalaciones Fijas, Mantenimiento de Material Móvil y Mantenimiento de Sistemas, es-tará obligado a aceptar ampliaciones de jornada cuando sean necesarias para reparar o prevenirdaños extraordinarios (horas de emergencia o urgentes) o por la necesidad de cobertura en los re-levos de los turnos de trabajo, por causas no imputables a la Empresa. El tiempo de trabajo por estemotivo tendrá la consideración de “horas urgentes”.

Trabajadores/as no nocturnos:El trabajo realizado en concepto de horas urgentes se compensará a razón de 20 euros/hora

o, de mutuo acuerdo, podrá ser compensado por tiempo de descanso, no teniéndose en cuenta aefectos de la jornada máxima anual.

Trabajadores/as nocturnos:El trabajo realizado en concepto de horas urgentes se compensará con tiempo equivalente de

descanso más una retribución de 20 euros/hora, según legislación vigente.Art. 24. Vacaciones:A. Personal a turnos.Todo el personal sujeto a turnos, con la única excepción de los jefes de equipo de las distin-

tas direcciones de mantenimiento que disfrutarán de sus vacaciones de igual modo que el personaladministrativo, tendrá derecho al disfrute de un periodo de vacaciones anuales retribuidas de 30días naturales de duración. La cuantía de la retribución de las vacaciones es la suma del SalarioBase, antigüedad y CPT que corresponda a cada trabajador/a.

Las vacaciones se disfrutarán en un máximo de tres periodos, siendo la duración mínima decada periodo de 7 días naturales.

Las vacaciones se disfrutarán de la siguiente forma:— Un mínimo de 14 días consecutivos en el periodo de verano ( del 16 de junio al 21 de sep-

tiembre).— Un mínimo de 14 días en los periodos de invierno (del 1 de enero al 15 de junio y del 15 de

septiembre al 31 de diciembre).Estas fechas son orientativas, y variarán de año en año, para ajustarlas con el comienzo de la

semana.Las vacaciones de cada trabajador/a quedarán publicadas en el planning anual, junto con el

resto de descansos que se publicará al finalizar el mes de octubre del año anterior a su disfrute.Se podrán modificar las fechas de disfrute de las vacaciones, de mutuo acuerdo entre el tra-

bajador/a y la empresa y entre trabajadores siempre que no afecte a la operativa.El procedimiento a seguir será el siguiente:Los trabajadores de cada dirección solicitarán 15 días de vacaciones en verano y 15 en invier-

no e indicarán cuál es su primera elección.Durante el año 2013 se realizará un sorteo con cada cuadrante para ver quién es el trabaja-

dor/a por el que se empiezan a asignar las vacaciones (siguiendo orden alfabético ascendente dela A a la Z para los años siguientes).

Se irán asignando la primera o segunda opción de cada trabajador/a de acuerdo con los cu-pos preestablecidos para cada periodo y al año siguiente se empezarán a asignar vacaciones porel primer trabajador/a al que no se le haya podido asignar ninguna de sus opciones.

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Los trabajadores/as a los que no se les haya podido asignar ninguna de sus preferencias, es-tablecerán sus vacaciones de mutuo acuerdo con la empresa de acuerdo con la disponibilidad si-guiendo el orden establecido.

B. Resto de personal.Tendrá derecho al disfrute de un periodo de vacaciones anuales retribuidas de 23 días labora-

bles de duración. La cuantía de la retribución de las vacaciones es la que figura en la tabla salarial(anexo II) más la antigüedad.

Art. 25. Licencias.—Serán las establecidas en artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.A todos los efectos contemplados en este artículo, se asimila la pareja de hecho a matrimonio

y/o cónyuge, siempre que justifique la inscripción en el REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO de laComunidad Autónoma correspondiente o cualquier documento acreditativo reconocido legalmente.

Durante los años 2013, 2014, 2015 y 2016, todos los trabajadores afectados por el presenteconvenio disfrutarán de un día de licencia retribuida no recuperable al año, que habrá que comuni-car con un mínimo de tres días de antelación. La empresa se reserva la capacidad de denegar el dis-frute de dicho día cuando exista un trabajador/a de un mismo planinng que ya lo esté disfrutando.Quedan fuera de días de disfrute los días 1 y 6 de enero, Semana Santa (jueves, viernes, sábado ydomingo), 24, 25 y 31 de diciembre.

Art. 26. Contratación.—El ingreso al trabajo podrá realizarse de conformidad con cualquierade las modalidades de contratación reguladas en el Estatuto de los Trabajadores, y disposicionescomplementarias.

Art. 27. Período de prueba.—Podrá concertarse, por escrito, un período de prueba que, enningún caso, podrá exceder de:

a) Técnicos titulados: seis meses.b) Resto del personal: dos meses.Art. 28. Jornada de trabajo.—Durante la vigencia del presente Convenio, las horas efectivas

de desempeño laboral en cómputo anual, que todo trabajador/a deberá desarrollar en el desempe-ño de su trabajo, no podrá superar las 1768 horas o 221 días, siendo la jornada diaria la establecidaen los cuadrantes de servicios y/o turnos de cada categoría.

Art. 29. Horario de trabajo. Aspectos organizativos.—Para aquellos trabajadores/as que ten-gan establecido control de presencia, será obligatorio registrar las horas de su entrada en el servi-cio y salida del servicio en el sistema de fichaje y control de presencia existente en METRO LIGEROOESTE. La entrada en servicio, y por consiguiente el fichaje, deberá hacerse a partir del momentoen que el operario/a esté cambiado con la ropa de trabajo y listo para comenzar su turno. A su vez,la salida de servicio, se hará una vez concluida la jornada y antes de que el operario/a se cambie laropa de trabajo y, en su caso, se asee. Los tiempos para cambiarse la ropa y asearse no se enten-derán como tiempo de trabajo efectivo.

La Empresa, previa entrega al Comité de empresa, publicará mediante anuncio en el tablón deavisos de cada categoría un cuadro anual de rotación de turnos y libranzas, que permita al trabaja-dor/a el conocimiento anticipado de su calendario laboral anual. La publicación de dicho cuadroanual se realizará antes de la finalización del año anterior.

La Empresa publicará mediante anuncio en el tablón de avisos de cada categoría, la tabla deasignación de turnos o servicios, incluyendo un periodo mínimo de ocho semanas, de acuerdo conla tabla anual de rotación de turnos, salvo mutuo acuerdo.

El descanso mínimo entre jornadas será de 12 horas.La Empresa entregará al Comité de Empresa, previa a su ejecución, una copia del calendario

de ocho semanas de servicios prestados por cada categoría del personal a turnos.La Empresa permitirá los cambios de turno y/o servicio entre trabajadores, siempre y cuando

cumplan los siguientes requisitos y no afecte a la operativa de trabajos:— Con carácter general los cambios de turno y/o servicio se realizarán entre trabajadores de

un mismo cuadrante de rotación.— Con carácter general, no se aceptará ninguna solicitud de cambio en la dirección de ope-

raciones que afecte a la operativa del día siguiente fuera del horario de oficina.— Con carácter general, no se aceptará ningún cambio en las distintas direcciones de mante-

nimiento con menos de una semana de antelación, debido a la planificación de trabajos.— on carácter general, únicamente se autorizarán dos o más cambios de turno/servicio para

el mismo día de trabajo, si se presentan las solicitudes correspondientes juntas.— Ningún cambio de turno/servicio podrá suponer trabajar más de 7 días consecutivos.— En los cambios de turno/servicio, se deberá respetar el descanso mínimo de 12 horas en-

tre jornadas.— Solo se aceptarán cambios de turno/servicio sobre las fechas del planning publicado— Debido a que en MLO el cierre de año se realiza el 31 de diciembre, solo se podrán realizar

cambios de turno/servicio dentro del año natural.El trabajador/a se responsabilizará de los cambios realizados voluntariamente.Una vez publicada la tabla de asignación de turnos y/o servicios bimensual (8 semanas), en-

tendiendo el comienzo de cada semana el lunes, el trabajador/a no estará obligado/a a aceptar másde un cambio de turno cada dos meses, para suplir aquellas ausencias no imputables a la empre-sa, no contabilizando aquellos que el trabajador/a acepte de forma voluntaria.

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Cuando el cambio de turno afecte a los periodos de vacaciones o descanso, la aceptación decambio será voluntaria por parte del trabajador/a.

En los cambios de turno se respetará el descanso mínimo de 12 horas entre el final de una jor-nada e inicio de la siguiente.

Los trabajadores podrán solicitar a la Empresa la modificación de los descansos, festivos,compensaciones de festivos y/o vacaciones publicadas, durante el año en curso.

Cualquier modificación del descanso semanal o vacaciones cumplirá con la legislación vigente.Si durante la vigencia del Convenio se produjesen modificaciones que supusiesen condicio-

nes favorables para los trabajadores, estas se repartirán lo más equitativamente posible entre lostrabajadores/as de cada colectivo.

En el supuesto en que el Consorcio Regional de Transportes modifique las actuales frecuen-cias y/o horarios de servicio o sea necesario implantar nuevas operativas por parte de la Empresa,debidamente justificadas, la Empresa propondrá al Comité de Empresa, de los cambios necesariostanto de rotación de turnos, rotación de fines de semana descansados, como de horarios de entra-da o tiempo de conducción continuada, siempre cumpliendo con la legislación vigente.

A. Personal de Operación:A.1. Conductores.Los conductores realizarán una jornada diaria continuada que se distribuirá en ocho horas de tra-

bajo efectivo más quince minutos de descanso que no computarán como tiempo de trabajo efectivo.Los tiempos de preparación/despreparación, traslados y reserva computarán como tiempo de

trabajo efectivo.Desde la firma del presente Convenio se establece una conducción continuada de un máximo

de cuatro horas, realizándose un máximo de 4 vueltas continuadas en ML2 o 3 consecutivas en eltrayecto de ML3. Tras este periodo se realizará un descanso nunca inferior a quince minutos.

La empresa se compromete a rediseñar los servicios actuales de conducción para hacer unreparto más homogéneo de la carga de trabajo.

Debido a que el planning anual del 2013 ya se encuentra publicado, todas las medidas expre-sadas se implementarán el 1 de Enero de 2014.

A.2. Resto personal de operaciones.Se establece una jornada diaria continuada que se distribuirá en ocho horas de trabajo efecti-

vo más quince minutos de descanso que no computarán como tiempo de trabajo efectivo.A.3. Rotaciones fin de semana.Como norma general de aplicación a los colectivos de conductores, inspectores y operadores

de PCC (reguladores), la rotación de fines de semana de libranza se ajustará al siguiente patrón:2 fines de semana trabajados.2 fines de semana librados.Para el colectivo de atención al cliente, el patrón quedará establecido de la siguiente forma:1 fin de semana trabajado.1 fin de semana librado.

Cualquier modificación de todas las anteriores secuencias respetará el mantener un porcenta-je mínimo del 50% de fines de semana descansados en cómputo trimestral.

Si durante la vigencia del Convenio se produjesen modificaciones que supusiesen condicio-nes favorables para los trabajadores, estas se repartirán lo más equitativamente posible entre lostrabajadores/as de cada colectivo.

En el supuesto en que el Consorcio Regional de Transportes modifique las actuales frecuen-cias de servicio para fines de semana, la Empresa propondrá medidas que puedan paliar la no rea-lización de las anteriores secuencias.

A.4. Rotación de servicios.Los horarios de entrada con los actuales servicios son:Atención al Cliente:Mañana: 7:00 o 7:30 h.Tarde: 14:00 o 15:45 h.La rotación será cada cuatro semanas entre los servicios de Mañana y Tarde.Inspectores:Mañana: 6:00 o 7:00 h.Tarde: 15:00 o 17:00 h.La rotación será cada ocho semanas entre los servicios de Mañana y Tarde.Operadores de PCC (Reguladores):Mañana: 5:30 o 6:30 h.Tarde: 14:30 o 16:30 h.Noche: 22:30 h.La rotación será de 6 semanas para los servicios de mañana, 5 semanas para los servicios de

tarde y 3 semanas para los servicios de noche.

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Conductores:Mañana: de 4:30 a 10:00 h.Tarde: de 12:00 a 19:00 h.La rotación entre cada uno de los bloques será de ocho semanas: Mañana y Tarde/Noche.El número máximo de horarios distintos de entrada que tendrá cada bloque de turnos será

de 11 de Mañana y de 14 de Tarde/Noche, siendo dichos horarios coincidentes con las horas enpunto y medias horas.

B. Personal de mantenimiento (Instalaciones fijas, Material Móvil y Sistemas).En la actualidad los operarios y Jefes de equipo de las direcciones de Mantenimiento de Ins-

talaciones Fijas, Mantenimiento de Material Móvil, tendrán la consideración de trabajadores noctur-nos, ya que desempeñarán o podrán desempeñar su trabajo en horario nocturno al menos enel 50% de su jornada anual. Por tanto, con el fin de atender adecuadamente a las necesidades demantenimiento de las instalaciones, tanto la condición de “trabajadores nocturnos” como la adscrip-ción a un régimen de turnos rotatorios serán elementos esenciales de la relación de los operariosde mantenimiento.

El cuadrante de rotación de turnos de operarios y Jefes de equipo deberá mantener como díasde descanso semanal al menos un 50% de los fines de semana en cómputo trimestral.

La jornada de operarios y Jefes de equipo será de ocho horas de trabajo efectivo, con un des-canso de quince minutos, que no se considerará como tiempo de trabajo efectivo. La franja horariapara el disfrute del tiempo de descanso en la jornada diaria, será acordada entre los operarios y lasdistintas direcciones a las que pertenecen los operarios de mantenimiento.

B.1. Horarios de Entrada.Los horarios de entrada actuales son:— Operarios y Jefes de Equipo de Mantenimiento de Instalaciones Fijas:

Mañana: De 6:45 o 7:00 h.Tarde: De 14:45 o 15:00 h.Noche: De 22:45 o 23:00 h.

— Operarios y Jefes de Equipo de Mantenimiento de Material Móvil:

Mañana: De 6:45 o 7:00 h.Tarde: De 14:45 o 15:00 h.Noche: De 22:45 o 23:00 h.

— Operarios y Jefes de equipo de Mantenimiento de Sistemas:

Mañana: De 6:45 o 7:00 h.Tarde: De 13:45 o 15:00 h.Noche: De 22:45 o 23:00 h.

B.2. Rotación Fines de Semana.Las rotaciones de fines de semana serán:— Operarios y Jefes de Equipo de Mantenimiento de Instalaciones Fijas, Material Móvil y Sis-

temas:• 2 fines de semana trabajados.• 2 fines de semana librados.• 1 fin de semana trabajado.• 1 fin de semana librado.

Cualquier modificación de todas las anteriores secuencias respetará el mantener un porcenta-je mínimo del 50% de fines de semana descansados en cómputo trimestral.

B.3. Guardias y Reservas.B.3.1. Guardias.En los departamentos de mantenimiento, salvo que haya un turno de trabajo, se podrá esta-

blecer un servicio de guardia.Se entiende por servicio de guardia, al equipo humano necesario en relación con siniestros u

otras situaciones extraordinarias o urgentes que puedan afectar a la explotación del sistema.Las guardias de lunes a viernes no festivos serán compensadas con 5 euros diarios.Las guardias de sábados domingos y festivos serán compensadas con 15 euros diarios.El tiempo que el trabajador/a esté de guardia no presencial no será considerado tiempo de tra-

bajo efectivo.Cuando un trabajador/a de guardia sea llamado a su puesto de trabajo tendrá la compensa-

ción económica establecida para horas urgentes incrementando al tiempo de presencia en dos ho-ras por desplazamiento. En el caso de los trabajadores nocturnos, tendrá adicionalmente, un des-canso equivalente al tiempo que el trabajador/a ha permanecido en su puesto de trabajo, en lostérminos que marca la legislación vigente.

Si finalizada la última incidencia de la guardia, se tuviera que incorporar a un turno de trabajo,se respetará la legislación vigente en cuanto a tiempos de descanso entre jornadas y jornada máxi-ma diaria.

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El servicio de guardia no se podrá establecer a un mismo trabajador/a más de dos fines de se-mana consecutivos, del mismo modo un trabajador/a no podrá prestar servicio de guardia másdel 50% de los fines de semana en cómputo trimestral.

B.3.2. Reservas.En los departamentos de mantenimiento, se establecerá un sistema de reservas no presencial

de trabajadores, para los sábados, domingos y festivos. El trabajador/a de reserva tendrá como mi-sión suplir las ausencias en los turnos planificados. El tiempo que el trabajador/a esté de reserva nopresencial no contabilizará como tiempo de trabajo efectivo.

Las reservas de sábados domingos y festivos serán compensadas con 15 euros diarios.Cuando un trabajador/a de reserva haya sido llamado a su puesto de trabajo, tendrá la com-

pensación en tiempo equivalente a la duración de un turno de trabajo, cuyo disfrute será de mutuoacuerdo y atendiendo a la legislación vigente.

La aceptación voluntaria de disponibilidad/reserva comporta la obligación del perceptor de es-tar localizable durante el periodo de su recibo, los laborables las 8 horas comprendidas entrelas 22:00 y las 6:00 del siguiente día, y los fines de semana las 24 horas comprendidas entre las 23:00horas del viernes/sábado hasta las 23:00 horas del sábado/domingo. La Empresa dotará de los me-dios técnicos que se consideren idóneos para la localización de guardia y/o reserva.

El servicio de reserva no se podrá establecer a un mismo trabajador/a más de dos fines de se-mana consecutivos, del mismo modo, el cómputo total de fines de semana trabajados y de reservano podrá ser superior al 50% en cómputo trimestral.

C. Personal de administración.La empresa publicará antes de la finalización del año, mediante anuncio en el tablón de avisos

de RRHH, el calendario laboral, así como los horarios de trabajo.La distribución de las horas se realizará teniendo en cuenta una jornada continuada desde

el 15 de Junio hasta el 15 de septiembre, así como las fiestas y días no laborables recogidos en elcalendario de festivos aprobados para el término municipal de Madrid.

Art. 30. Grupos profesionales.—Los trabajadores afectados por el presente Convenio seránclasificados, en función de las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la pres-tación, y con carácter normativo, en alguno de los cuatro Grupos Profesionales que a continuaciónse definen.

La adscripción a los Grupos podrá estar, o no, en función de la titularidad que tenga el traba-jador/a, siendo determinada por el contenido de la prestación de trabajo.

Los grupos profesionales serán:Grupo Profesional I: Estructura.Personal que realice tareas de planificación, organización, control y dirección de las activida-

des de otros, asignadas por la Dirección de la Empresa, que requieren conocimientos necesariospara comprender, motivar y desarrollar a las personas que dependen jerárquicamente del puesto,o tareas o planificación de tareas que puedan requerir iniciativa y autonomía y se ejecutan bajo ins-trucciones, con una dependencia jerárquica funcional.

Comprende:A los trabajadores con Titulación a nivel de Escuela Superior o Facultades y/o Formación Prác-

tica equivalente adquirida en el ejercicio de la profesión.A los trabajadores manuales e intelectuales que, en el ámbito administrativo, financiero y/o

productivo y sin ejercer fundamentalmente funciones de mando, realizan trabajos cualificados pro-fesionalmente o de oficio dentro de los departamentos o secciones de la Empresa a quienes se en-comiendas las funciones propias del ámbito señalado.

Los puestos de trabajo que se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras,serán:

— Técnicos de Mantenimiento.El que con su propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección de la Em-presa, ejerce las funciones de mando y organización, coordinando el servicio o departa-mento de mantenimiento de la Empresa.

— Técnico de Operación.Tiene por misión verificar y comprobar en las distintas líneas y servicios realizados por laEmpresa, el exacto desempeño de las funciones atribuidas a los conductores, inspecto-res y reguladores. Eventualmente harán revisiones de control en los vehículos en servicio,comprobando horarios, frecuencias, títulos de transporte expedidos y viajeros, dandocuenta a su jefe inmediato de cuántas incidencias observe, tomando las medidas de ur-gencia que estime oportunas en los casos de alteración de tráfico o accidentes.

— Técnico Administrativo.El que con su propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección de la Em-presa, ejerce las funciones de mando y organización, coordinando el servicio o departa-mento de administración de la Empresa.

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— Administrativo.Realiza funciones propias de la administración y recepción, en colaboración y bajo la su-pervisión de sus superiores.

— Auxiliar Servicios Generales.Realiza funciones de apoyo a servicios generales.

Grupo Profesional II: Operación Circulación.Personal que realice tareas de iniciativa, autonomía y responsabilidad para los que se precisa

una preparación técnica especial, reconocida y acorde con las características y contenido de lasfunciones a desempeñar y, aquellos otros trabajos en donde dicha iniciativa y responsabilidad seansolo limitadas, pero con un contenido funcional similar a los definidos anteriormente.

Son los trabajadores manuales o trabajadores intelectuales que, sin ejercer fundamentalmen-te funciones de mando, realizan trabajos cualificados, tanto profesional como administrativamenteo de oficio, en el área de Operación.

Los puestos de trabajo que se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras,serán:

— Operario/a de PCC.

Con iniciativa y responsabilidad, organiza y coordina el servicio, distribuyendo los vehícu-los y el personal, dentro de las directrices marcadas por la Dirección de Operaciones pro-curando resolver las incidencias que se produzcan, e informando a sus superiores con laceleridad que las distintas circunstancias requieran. Entre sus funciones también está lade conducción de Metros Ligeros.

— Conductor.Es el operario/a que, poseyendo la habilitación pertinente, conduce Metros Ligeros/tran-vías, cumplimentando en la forma reglamentaria los documentos necesarios para el nor-mal desarrollo de su actividad. Debe cubrir el recorrido por el itinerario y en el tiempo pre-visto.

Grupo Profesional III: Operación Inspección y Atención al Cliente.Personal que realice tareas de iniciativa, autonomía y responsabilidad para los que se precisa

una preparación técnica especial, reconocida y acorde con las características y contenido de lasfunciones a desempeñar y, aquellos otros trabajos en donde dicha iniciativa y responsabilidad seansolo limitadas, pero con un contenido funcional similar a los definidos anteriormente.

Son los trabajadores manuales o trabajadores intelectuales que, sin ejercer fundamentalmen-te funciones de mando, realizan trabajos cualificados, tanto profesional como administrativamenteo de oficio, en el área de Operación.

Los puestos de trabajo que se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras,serán:

— Inspector.Es aquel operario/a que presta sus servicios en las dependencias de la Empresa y/ovehículos y estaciones, teniendo por misión la de la revisión de los billetes y títulos detransporte, con o sin máquinas expendedoras de billetes y con o sin mecanismo de con-trol automático de viajeros, formular el correspondiente parte de liquidación y formalizaren forma reglamentaria los documentos necesarios para el normal desarrollo de sus fun-ciones.

— Inspector habilitado a la conducción.Es el operario/a que con la habilitación adecuada para conducir realiza las funciones seña-ladas para el inspector y está obligado a desempeñar así mismo las que se definen parael conductor/a en el grupo anterior.

— Personal de Atención al Cliente.Es el trabajador/a que desempeña su trabajo en instalaciones de la Empresa o estaciones,cuyo cometido es la atención e información al cliente, debiendo formular los correspon-dientes partes de liquidación y control.

Grupo Profesional IV: Mantenimiento.Personal que realice tareas de iniciativa, autonomía y responsabilidad para los que se precisa

una preparación técnica especial, reconocida y acorde con las características y contenido de lasfunciones a desempeñar y, aquellos otros trabajos en donde dicha iniciativa y responsabilidad seansolo limitadas, pero con un contenido funcional similar a los definidos anteriormente.

Son los trabajadores manuales o trabajadores intelectuales que, sin ejercer fundamentalmen-te funciones de mando, realizan trabajos cualificados, tanto profesional como administrativamenteo de oficio, en las áreas de mantenimiento.

Los puestos de trabajo que se encuadran en el grupo y las funciones realizadas, entre otras,serán:

— Jefe de Equipo.Bajo la dependencia del técnico de mantenimiento toma parte personal en el trabajo alpropio tiempo que dirige un determinado grupo de operarios.

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— Operario/a Cualificado.Se incluyen en esta categoría aquellos que, con total dominio y capacidad de su oficio rea-lizan trabajos propios de su especialidad profesional relacionados con el mantenimiento yreparación de los vehículos y/o instalaciones.

— Operario/a Autorizado.Se incluyen en esta categoría a aquellos trabajadores que con conocimientos teóricos yprácticos del oficio adquiridos por un aprendizaje o formación debidamente acreditados ocon larga práctica de los mismos, realizan trabajos propios de su especialidad profesionalrelacionados con el mantenimiento y reparación de los vehículos y/o instalaciones, conmenor grado de responsabilidad en su desempeño que el de operario/a cualificado.

— Operario/a de Almacén.Es el trabajador/a que se ocupa de la recepción, salida, control, almacenaje, y entrada depiezas, repuestos, materiales consumibles y mercancías en general que se apliquen a laactividad productiva de la Empresa.

Capítulo IV

Régimen disciplinario

Art. 31. Régimen Disciplinario. Faltas. Sanciones.—Será el establecido en el Anexo I del pre-sente Convenio.

Capítulo V

Prevención de Riesgos Laborales

Art. 32. Reconocimientos médicos.—Para el personal de operación y de mantenimiento, ydebido a las especiales características de las actividades que desarrollan, que hace especialmentenecesario que el trabajador/a se encuentre en perfectas condiciones psicofísicas, necesidad estaque va mucho más allá de la propia salud del trabajador/a, toda vez que puede afectar a terceros,entre otros los usuarios del Metro Ligero, se acepta expresamente la facultad de la empresa pararealizar un reconocimiento médico obligatorio con periodicidad anual.

En cuanto a los reconocimientos aleatorios se regirá por lo establecido en el Plan de Promo-ción de la Salud en el lugar de trabajo: Prevención de drogodependencias y consumos de sustan-cias psicoactivas firmado el pasado 6 de abril de 2010.

Art. 33. Uniformidad.—La Empresa entregará la uniformidad de manera periódica a todos lostrabajadores/as que lo requieran para el desempeño de sus funciones tal y como se indica en elAnexo III. Cualquier modificación tanto en los plazos de entrega como en la cantidad deberá serconsensuada con el Comité de Empresa.

Capítulo VI

Beneficios sociales

Art. 34. Beneficios sociales.—Todos los trabajadores/as de METRO LIGERO OESTE, disfru-tarán de los siguientes beneficios:

— Ayuda por hijos minusválidos.La Empresa, previa solicitud, abonará 100,00 euros brutos mensuales (12 pagas) a los em-pleados con hijos que tengan minusvalías acreditadas de al menos un 33%.

— Premio de nupcialidad.La Empresa concederá a los empleados con una antigüedad mínima de un año la canti-dad de 750,00 euros brutos en un único pago, cuando el empleado contraiga matrimonio.Este beneficio solo será aplicable una única vez por trabajador/a.

— Complemento por minusvalía del trabajador/a.Al empleado con minusvalía se le abonará un complemento mensual (12 pagas) depen-diendo del grado de discapacidad, debidamente acreditado:• Entre el 13% y el 22%: 19,50 euros.• Entre el 23% y el 32%: 27,00 euros.• 33% o superior: 39,00 euros.

— Ayuda de guardería para los hijos menores de tres años.La Empresa entregará cheques guardería por importe de 50,00 euros brutos mensualespara aquellos empleados con hijos menores de 3 años de edad y con una antigüedad en laEmpresa de al menos 3 años, siempre y cuando justifiquen la asistencia a una guardería.

— Anticipos.La Empresa concederá anticipos del salario en los siguientes casos:• Mensual: No puede superar el 90% del importe del salario mensual y se descontará en

la nómina del mes en curso.

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• A cuenta de las pagas extras: Recaerá, como máximo, sobre las dos pagas extras si-guientes, no pudiendo superar el 80% del importe del devengo de la paga extra y sedescontará en el mes indicado en la solicitud.

Para su concesión, es necesario no tener anticipos, cantidades a cuenta de las pagas ex-tras o prestamos pendientes de cancelar.

— Prestamos.Se concederá este beneficio únicamente cuando siga en vigor desde la empresa matriz.Aquellos empleados que tengan contrato indefinido, con una antigüedad de al menos 2años en la empresa y que no tengan anticipos o cantidades a cuenta de las pagas extraspendientes de cancelar, podrán solicitar un prestamo por un importe máximo de 5.000euros, debidamente justificado (presupuesto y factura).El prestamo deberá tener alguna de las siguientes finalidades:• Adquisición, mejora o reforma de la vivienda habitual.• Circunstancia familiar o propia de enfermedad o gastos excepcionales del empleado.

Una vez autorizado se le aplicará del tipo de interés establecido en La Ley de Presupues-tos Generales del Estado y tendrá un plazo máximo de amortización de 3 años.

Durante el período de amortización no se podrá solicitar anticipos a cuenta de las pagasextras.

Art. 35. Complemento en situación de I.T.—Se establecen los siguientes complementos por I.T.en los casos que se especifican:

a) En caso de incapacidad temporal por accidente trabajo o enfermedad profesional, la Em-presa pagará un complemento hasta llegar al 100% del salario diario desde el primer díadel hecho causante más turnicidad, complemento de puesto y nocturnidad, valorándoseesta con referencia al mes anterior.

b) En caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral:

— La primera situación de incapacidad temporal dentro del año natural generará uncompleto un complemento del 90% del salario diario con un periodo máximo de 12mensualidades, que se liquidaría el 31 de diciembre de cada ejercicio. No obstan-te y a voluntad del trabajador/a se podrá liquidar mensualmente como cantidad acuenta.

— La segunda y la tercera situación de incapacidad temporal se abonarán conforme alo establecido en la vigente Ley General de la Seguridad Social.

— La cuarta situación de incapacidad temporal dentro del año natural, supondrá la pér-dida del complemento generado. En el supuesto que se hubiesen anticipado canti-dades a cuenta estas se detraerán en las siguientes 6 mensualidades hasta el 100por 100 del completo abonado.

— Se define salario diario como la suma del salario base diario más los complementos fi-jos.

Art. 36. Jubilaciones.—Con respecto a las modalidades de jubilación, se aplicarán todas ycada una de las recogidas en la legislación vigente, y con los requisitos determinados al respecto.

Art. 37. Seguridad.—La Empresa se compromete a que los conductores/as estarán acompa-ñados por personal de seguridad en el último servicio en vacío desde las cabeceras de línea hastaCocheras.

Por razones de seguridad, los inspectores que estén realizando labores de fiscalización siem-pre irán en grupos de mínimo 2 trabajadores/as, pudiendo ser dos inspectores o un inspector acom-pañado por vigilante de seguridad.

Los viernes, sábados, domingos y fiestas de ámbito nacional, autonómico y local, así como lasvísperas de estas, los inspectores que realicen funciones de fiscalización desde las 18 horas hastala finalización del servicio estarán acompañados por un vigilante de seguridad. Del mismo modo losinspectores que realicen funciones de fiscalización los sábados, domingos y festivos de 7:00 a 9:00horas estarán acompañados por un vigilante de seguridad.

Los inspectores, cuando las circunstancias debidamente justificadas lo requieran y tras laaprobación de su superior o responsable de seguridad del puesto de mando, irán acompañadospor un vigilante de seguridad.

Capítulo VII

Representación de los trabajadores/as

Art. 38. Comité de Empresa.—El Comité de Empresa es el órgano representativo y colegia-do del conjunto de los trabajadores/as para la defensa de sus intereses.

Art. 39. Comité de Empresa. Derechos de información y consulta y competencias.—Los de-rechos de información y consulta y competencias del Comité de Empresa, serán los establecidosen el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores.

Art. 40. Sigilo profesional de los miembros del Comité de Empresa.—Los miembros del Co-mité de Empresa, y este en su conjunto, observarán sigilo profesional en todo lo referente a los apar-tados del artículo precedente, aún después de dejar de pertenecer al Comité de Empresa, en espe-

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cial en todas aquellas materias que la Empresa califica de carácter reservado. Todo ello en cumpli-miento de lo estipulado en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores.

Art. 41. Garantías miembros del Comité de Empresa.—Las garantías de los miembros del Co-mité de Empresa, serán las señaladas en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores.

Los representantes legales de los trabajadores/as dispondrán del crédito horario establecidolegalmente para el desarrollo de sus actividades sindicales, pudiendo acumularse las horas de losdelegados de personal o miembros de Comité de Empresa en uno o varios miembros pertenecien-tes a una misma sección sindical o sindicato.

Art. 42. Tablón de anuncios.—Se establecerá dentro de cada centro de trabajo, un tablón deanuncios para las tareas de información del Comité de Empresa o delegados de personal o delega-do sindical.

Art. 43. Cuotas sindicales.—La Empresa descontará en nómina al trabajador/a que así lo so-licite por escrito, la cuota sindical abonándose a la central sindical que aquel designe.

Art. 44. Expedientes de regulación de empleo.—En caso de que la Empresa solicitase antela autoridad laboral competente expediente de regulación colectiva de empleo, deberá facilitar alComité de Empresa y delegados sindicales la información establecida en la normativa vigente quese entregue a la autoridad laboral.

Capítulo VIII

Deberes del Empresario

Art. 45. Deberes del empresario.—En relación con la prestación del trabajo, el Empresarioestá obligado a facilitar a los trabajadores/as cuantos medios sean precisos para la adecuada rea-lización de su cometido, así como los medios de protección necesarios a efectos de su seguridady salud en el trabajo, y velar por el uso efectivo de los mismos, y, en general, a respetar los dere-chos laborales de los trabajadores/as establecidos en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores.

Capítulo IX

Disposiciones finales

Primera. Comisión Paritaria.—A los efectos de dirimir las posibles diferencias que pudieranexistir sobre la interpretación y aplicación del presente Convenio, las partes acuerdan constituir unacomisión mixta paritaria de interpretación del mismo para resolver todas aquellas cuestiones que lepudieran ser planteadas por la empresa o por los trabajadores.

Esta comisión estará integrada por seis miembros, tres miembros de cada una de las partes,manteniendo la proporcionalidad de las centrales sindicales en el comité de empresa, reuniéndosecuantas veces fuera preciso, a los efectos de entender de las cuestiones que le sean atribuidas yadoptando los acuerdos que correspondan por mayoría simple.

La Comisión Paritaria se reunirá siempre a instancia de parte, mediante escrito dirigido al Se-cretario, donde figurará necesariamente el tema objeto de la reunión y los puntos de controversia.El Secretario convocará a las partes en un plazo no superior a cinco días hábiles, contados desdela fecha de recepción de la solicitud. La convocatoria se hará por escrito en el que conste el lugar,día y hora de la reunión y el orden de día.

Cualquier cuestión que se someta a la consideración de la comisión paritaria será resuelta endiez días naturales desde la presentación de la solicitud. Transcurrido este plazo sin haberse resuel-to, se entenderá agotado el trámite y quedará expedita la vía que resulte de aplicación.

En el supuesto de discrepancia en el seno de la comisión paritaria, las partes podrán someterlas mismas a un procedimiento de mediación, finalizado el cual sin resultado será de aplicación lodispuesto en la legislación vigente.

La comisión paritaria elegirá un presidente y un secretario. De todas sus reuniones se levanta-rá acta y en su caso, se dará traslado a la autoridad laboral para su publicación correspondiente.Los acuerdos requerirán la mayoría simple de cada una de las representaciones presentes.

Se acuerda dar por constituida válidamente la comisión paritaria del convenio colectivo a la fir-ma del mismo.

Son funciones específicas de la comisión paritaria las siguientes:

— nterpretación de las cláusulas del convenio colectivo.— Realización de tareas de vigilancia de cumplimiento de lo pactado.— Aprobación anual de las revisiones salariales pactadas.— Intervenir en los procedimientos de modificación sustancial de condiciones de trabajo re-

gulados en el artículo 82.3 del E.T.— Cualquier otra actividad tendente a la efectividad de lo pactado o que expresamente le

venga atribuida por el presente Convenio Colectivo o la legislación vigente.

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Segunda. Solución extrajudicial de conflictos.—Las partes someterán los conflictos colecti-vos, derivados de la interpretación del Convenio o pactos colectivos jurídicos o de intereses, de in-terpretación o de aplicación de normas estatales que pudieran afectar a las relaciones de trabajoentre Metro Ligero Oeste S.A. y sus trabajadores al Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.

Tercera. Derecho supletorio.—Para todas aquellas materias que no hubieran sido objeto de re-gulación específica en el presente Convenio se estará a lo que sobre las mismas establezcan el Esta-tuto de los Trabajadores y demás disposiciones de carácter general que pudieran resultar aplicables.

ANEXO I

Disposiciones de Régimen Interior

PRINCIPIOS GENERALES.Las presentes normas de régimen interior persiguen el mantenimiento de la disciplina laboral,

aspecto fundamental para la normal convivencia, ordenación técnica y organización de la Empresa,así como para la garantía y defensa de los derechos e intereses legítimos de los trabajadores/as yde la Empresa.

Los trabajadores/as de Metro Ligero Oeste no podrán ser sancionados por comportamientosque no sean tipificados como falta en las presentes disposiciones.

Las correcciones que se vayan a aplicar por el incumplimiento de las normas de convivenciatendrán un carácter instructivo, debiendo garantizar el respeto a los derechos del resto de los traba-jadores/as.

La imposición de las correcciones respetará la proporcionalidad con la conducta del trabaja-dor/a y deberá contribuir a la mejora del proceso productivo.

Se tendrán en cuenta las circunstancias profesionales del trabajador/a antes de resolver el ex-pediente disciplinario. A estos efectos se podrán solicitar los informes que se estimen necesarios.

Se observará la mayor discreción en la tramitación de los expedientes disciplinarios, respetan-do la confidencialidad.

Las faltas y sanciones de los trabajadores/as se archivarán en su expediente personal.

DEBERES LABORALES.Los trabajadores/as de Metro Ligero Oeste tienen como deberes básicos:— Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, conforme a las reglas de

la buena fe y diligencia.— Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten en la Empresa.— Cumplir las órdenes e instrucciones de sus superiores jerárquicos.— Contribuir a la mejora de la productividad.— Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

POTESTAD DISCIPLINARIA Y COMPETENCIA SANCIONADORA.La facultad disciplinaria y competencia sancionadora de la Empresa se ejercerá de acuerdo

con lo estipulado en artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995de 24 de marzo).

FALTAS Y SANCIONES.Los trabajadores/as de Metro Ligero Oeste, S.A., podrán ser sancionados por la Dirección de

la Empresa de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establece en los siguientesapartados.

RESPONSABILIDAD DE LAS FALTAS.Serán responsables de las faltas:— Los autores, entendiéndose por tales los que toman parte directa en la comisión del hecho

u omisión originaria de la falta; los que induzcan o fuercen directamente a otros a ejecutarel hecho o la omisión y los que cooperen en la realización de aquellos con un acto sin elcual no pudieren haber sido llevados a efecto.

— Los cooperantes, entendiéndose por tales a quienes, sin estar comprendidos en el párrafoanterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.

— Los encubridores, entendiéndose por tales a los que, con conocimiento de la perpetracióndel hecho y sin haber intervenido en él como autores o secundando a éstos, participancon posterioridad, aprovechándose por sí mismos o auxiliando a los culpables para quese aprovechen de los efectos de aquel y evitar su descubrimiento.

— Los superiores jerárquicos que toleren o encubran las faltas de sus subordinados incurri-rán en responsabilidad y sufrirán la corrección o sanción que se estime pertinente.

GRADUACIÓN DE LAS FALTAS.Toda falta cometida por un trabajador/a de Metro Ligero Oeste, S.A. se clasificará en:— Leve— Grave— Muy grave.

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La reiteración de una falta de una misma graduación, aunque sea de diferente naturaleza, den-tro del período de un año, podrá ser causa para clasificarla en el grupo inmediatamente superior, esdecir, la reiteración de una falta leve supondrá que la siguiente falta leve, con indiferencia de la na-turaleza, podrá ser clasificada como falta grave, y, la reiteración de una falta grave supondrá que lasiguiente falta grave, con indiferencia de la naturaleza, podrá ser clasificada como falta muy grave

LEVES.Se considerarán faltas leves las siguientes:1. Dos faltas de puntualidad en la entrada o salida al trabajo en un período de treinta días sin

la debida justificación.2. La falta injustificada al trabajo de un día. La inasistencia debida a enfermedad únicamente

se considerará justificada si se presenta el modelo oficial emitido por el servicio de salud público oprivado.

3. No comunicar en tiempo y forma la situación de baja por incapacidad temporal, siendo eltiempo máximo para justificar dicha baja de setenta y dos horas, salvo circunstancias de fuerza ma-yor, debidamente acreditadas que lo imposibiliten.

4. La no comunicación con la antelación debida de la inasistencia al trabajo por causa justi-ficada, salvo que se acredite la imposibilidad de la notificación.

5. La falta de diligencia o de corrección en el trato con los usuarios.6. La incorrección en el trato con los superiores, compañeros/as o subordinados.7. El descuido en la conservación de locales, instrumentos, equipos, vehículos o documen-

tos que la Empresa pone a disposición del trabajador/a tanto para su protección personal comopara la realización de su servicio.

8. Emplear medios audiovisuales (lectura, TV, radio, teléfono, internet, etc.), excepto lo moti-vado por el desempeño de su trabajo, así como comer (salvo en las dependencias habilitadas a talefecto) o dormir durante la prestación del servicio laboral.

9. El retraso injustificado en el cumplimiento de las tareas propias del puesto de trabajo.10. La falta de corrección en el uso del uniforme así como la falta de aseo y pulcritud, así

como la falta de higiene en las dependencias, servicios, útiles y vehículos de la Empresa, de tal ín-dole, que produzca queja de sus compañeros/as de trabajo.

11. No comunicar a la Empresa los cambios de domicilio en un periodo máximo de una se-mana.

12. Las discusiones con los compañeros/as de trabajo dentro de los ámbitos donde se de-sarrollen el mismo.

13. Fumar en una ocasión en los centros de trabajo y en los demás lugares prohibidos porla Empresa en aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, y demás normativa de desarrollo,siempre y cuando de tal incumplimiento no se deriven sanciones administrativas para la Empresa.

GRAVES.Se considerarán faltas graves las siguientes:1. Tres faltas o más de puntualidad en la entrada o salida al trabajo en un periodo de treinta

días, sin la debida justificación.2. Faltar al trabajo dos días durante un período de 30 días, sin causa justificada.3. Practicar, participar o fomentar juegos de azar, cualesquiera que sean, dentro de las ins-

talaciones de la Empresa.4. El incumplimiento de cualquier instrucción de los superiores, cualquier obligación concre-

ta del puesto de trabajo o la negligencia de la que se deriven o puedan derivarse perjuicios gravespara el servicio o para la Empresa.

5. El incumplimiento o abandono de las normas y medidas de seguridad y de salud en el tra-bajo, cuando del mismo puedan derivarse riesgos para la salud e integridad física del trabajador/ao de terceros. Cuando por tales acciones se derive un accidente, serán consideradas como una fal-ta muy grave.

6. Ausentarse del trabajo, sin autorización, durante la jornada. Cuando por tal acción se deri-ve un perjuicio grave para la Empresa y/o compañeros/as podrá ser considerada como muy grave.

7. La negligencia o imprudencia que pueda causar daños en los locales, materiales, vehícu-los, equipos, herramientas o documentos de la Empresa.

8. No comunicar a la Empresa los desperfectos o anomalías en los útiles, herramientas, equi-pos, materiales, vehículos o locales a su cargo, cuando de ello pudiera derivarse un perjuicio gravepara la Empresa.

9. Realizar ocasionalmente, sin permiso de la Empresa o un superior jerárquico, trabajos par-ticulares durante la jornada, así como el empleo para uso propio de medios y/o material de la Em-presa.

10. La desconsideración o falta de respeto debido con los usuarios, superiores, compañe-ros/as o subordinados.

11. El abuso de autoridad con ocasión del trabajo,12. Las riñas, alborotos o discusiones graves y notorias

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13. Fumar en dos o más ocasiones en los centros de trabajo y en los demás lugares prohi-bidos por la Empresa en aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, y demás normativa dedesarrollo, siempre y cuando de tal

incumplimiento no se deriven sanciones administrativas para la Empresa. Si de tal incumpli-miento se derivasen sanciones administrativas para la Empresa podrá ser considerada como unafalta muy grave.

14. La reiterada falta de corrección en el uso de la uniformidad, así como la reiterada falta deaseo y pulcritud, tanto en lo personal como en las dependencias, servicios, útiles y vehículos de laEmpresa.

15. La obstrucción a la realización de informes y/o partes que haya dispuesto la Empresa. Lafalsedad u omisión de los datos contenidos en dichos documentos será considerada como faltamuy grave.

16. La realización de declaraciones públicas sobre la Empresa, utilizando el canal de comu-nicación que sea (redes sociales, internet, etc.), dentro de la jornada laboral, sin la correspondien-te autorización. Si tales declaraciones fueran en contra de los intereses legítimos de la Empresa es-tas podrían considerarse como falta muy grave. Salvo el comité de empresa en el uso de sus horassindicales.

17. La embriaguez ocasional durante la jornada laboral.18. Simular la presencia de otro. Cuando tal acción pueda originar perjuicios significativos a

la empresa podrá ser considerada como muy grave.

MUY GRAVES.Se considerarán faltas muy graves las siguientes:1. Más de 3 faltas no justificadas de puntualidad en la entrada o en la salida del trabajo, co-

metidas en un periodo de seis meses o más de 7 faltas en un periodo de un año.2. La falta injustificada al trabajo durante más de dos días en un período de dos meses.3. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.4. La transgresión de la buena fe contractual, el fraude, la deslealtad, el abuso de confianza

en el desempeño del trabajo, así como cualquier conducta constitutiva de delito.5. La manifiesta insubordinación a sus superiores jerárquicos.6. Ofrecer información falsa o no ajustada a la verdad en los informes facilitados a los supe-

riores jerárquicos.7. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.8. La alegación de causas falsas para la obtención de permisos de cualquier clase y condi-

ción, así como la simulación de enfermedad o accidente.9. La utilización de información interna de Metro Ligero Oeste en beneficio propio o de Em-

presas que entren en concurrencia con Metro Ligero Oeste, así como proporcionar a terceros infor-mación confidencial de la Empresa a clientes o usuarios.

10. La realización de actividades que supongan competencia o conflicto de intereses con laEmpresa, salvo que el trabajador/a estuviese expresamente autorizado.

11. El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad uorientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo a las personas que trabajan en la Empresa.

12. La falta de respeto a la intimidad y a la consideración debida a la dignidad de los traba-jadores/as.

13. El quebrantamiento o la violación del secreto de correspondencia u otros documentos dela Empresa, así como revelar a terceros datos de obligada reserva.

14. Causar accidentes por negligencia o imprudencia.15. La aceptación de comisiones de cualquier tipo o forma.16. Uso fraudulento de medios de pago de la Empresa17. Emisión, donación o venta de billetes de transporte fraudulentamente sin la debida auto-

rización por parte de la Empresa.18. La negativa a someterse a la vigilancia de la salud cuando este examen resulte obligato-

rio en la evaluación de riesgos del puesto de trabajo o los derivados del plan de promoción de lasalud.

19. Fumar en los centros de trabajo y en los demás lugares prohibidos por la Empresa enaplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, y demás normativa de desarrollo cuando haya ha-bido reiteración en tal conducta por parte del trabajador/a.

20. La sustracción, el hurto, el robo o apropiación indebida efectuados en las dependenciasde la Empresa.

Las sanciones que podrán imponerse en función de la calificación de las faltas, serán las si-guientes:

a) Por faltas leves:Amonestación verbal.Amonestación por escrito.Suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días, en caso de que el empleado haya sidoamonestado con anterioridad por la misma falta.

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b) Por faltas graves:Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.

c) Por faltas muy graves:Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a noventa días.Despido.

Las sanciones de suspensión de empleo y sueldo deberán iniciarse en el plazo máximo de tresmeses a contar desde la conclusión del procedimiento sancionador y notificación escrita al trabaja-dor/a, salvo mutuo acuerdo.

Las multas impuestas por infracciones de las disposiciones sobre tráfico y seguridad vial de-berán ser satisfechas por la persona que sea responsable de las mismas.

PRESCRIPCION.En cuanto a la prescripción de las faltas, regirán los plazos previstos en el artículo 60.2 del RD

1/95 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, es decir, las faltas leves prescribirán alos diez días; las graves, a los veinte días; y las muy graves, a los sesenta días, a partir de la fechaen que la Empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de habersecometido.

Dichos plazos quedarán interrumpidos por cualquier acto propio del expediente instruido opreliminar del que pueda instruirse, en su caso, siempre que la duración de este, en su conjunto, nosupere el plazo de seis meses sin mediar culpa del trabajador/a expedientado.

EXCEPCIÓN AL RÉGIMEN SANCIONADOR.En aquellos supuestos que se pretenda sancionar al trabajador/a por el consumo de alcohol

o de drogas, no se impondrán al trabajador/a las sanciones previstas en las presentes disposicio-nes, siempre y cuando dicho trabajador/a manifieste su intención de acogerse al “Plan de Promo-ción de la Salud en el Lugar de Trabajo: Prevención de Drogodependencias y Consumo de Sustan-cias Psicoactivas”, anexo II, firmado por Metro Ligero Oeste o acredite su inclusión en un programade desintoxicación del servicio público de salud o bien solicite una excedencia voluntaria por el pla-zo de un año a los mismos efectos y con los mismos fines. En todo caso, el trabajador/a deberáacreditar la realización efectiva del tratamiento de desintoxicación.

Este beneficio se aplicará de manera excepcional por una sola vez.

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ANEXO II

TABLAS SALARIALES

TABLA SALARIAL 2013

GRUPO PUESTO DE TRABAJO SALARIO BASE 15

PLUS DE TURNICIDAD

221 DÍAS

COMPLEMENTO PUESTO DE TRABAJO 15

PLUS DE TRANSPORTE 11

EVALUACION DESEMPEÑO

(MÁXIMO)

VALOR HORA EXTRA

ESTRUCTURA

RESPONSABLE DE AREA 1.566,00 7,95 - 48,29 20,38TECNICO 1.360,83 - - 48,29 17,77ADMINISTRATIVO 1.183,07 - - 48,29 15,51AUXILIAR 1.154,09 - - 48,29 15,14

ESPECIALISTA

OPERADORPCC 1.860,94 7,95 - 48,29 750,00 25,62CONDUCTOR 1.541,07 7,95 - 48,29 750,00 21,55INSPECTOR HABILITADO 1.507,06 7,95 - 48,29 750,00 21,12INSPECTOR 1.455,68 7,95 - 48,29 750,00 20,47PIC 1.374,11 7,95 48,29 750,00 19,43JEFE DE EQUIPO 1.420,58 8,33 - 48,29 20,09OPERARIO CUALIFICADO 1.341,56 8,33 243,82 48,29 750,00 22,19OPERARIO AUTORIZADO 1.150,88 8,33 149,95 48,29 750,00 18,57

TABLA SALARIAL 2014

GRUPO PUESTO DE TRABAJO SALARIO BASE 15

PLUS DE TURNICIDAD

221 DÍAS

COMPLEMENTO PUESTO DE TRABAJO 15

PLUS DE TRANSPORTE 11

EVALUACION DESEMPEÑO

(MÁXIMO)

VALOR HORA EXTRA

ESTRUCTURA

RESPONSABLE DE AREA 1.581,66 8,03 - 48,77 20,58TECNICO 1.374,44 - - 48,77 17,95ADMINISTRATIVO 1.194,90 - - 48,77 15,66AUXILIAR 1.165,63 - - 48,77 15,29

ESPECIALISTA

OPERADORPCC 1.879,55 8,03 - 48,77 750,00 25,88CONDUCTOR 1.556,48 8,03 - 48,77 750,00 21,77INSPECTOR HABILITADO 1.522,13 8,03 - 48,77 750,00 21,33INSPECTOR 1.470,23 8,03 - 48,77 750,00 20,67PIC 1.387,85 8,03 - 48,77 750,00 19,62JEFE DE EQUIPO 1.434,78 8,41 - 48,77 20,29OPERARIO CUALIFICADO 1.354,97 8,41 246,25 48,77 750,00 22,41OPERARIO AUTORIZADO 1.162,39 8,41 151,45 48,77 750,00 18,75

TABLA SALARIAL 2015

GRUPO PUESTO DE TRABAJO SALARIO BASE 15

PLUS DE TURNICIDAD

221 DÍAS

COMPLEMENTO PUESTO DE TRABAJO 15

PLUS DE TRANSPORTE 11

EVALUACION DESEMPEÑO

(MÁXIMO)

VALOR HORA EXTRA

ESTRUCTURA

RESPONSABLE DE AREA 1.599,85 8,12 - 49,33 20,82TECNICO 1.390,24 - - 49,33 18,15ADMINISTRATIVO 1.208,64 - - 49,33 15,84AUXILIAR 1.179,04 - - 49,33 15,47

ESPECIALISTA

OPERADORPCC 1.901,17 8,12 - 49,33 750,00 26,18CONDUCTOR 1.574,38 8,12 - 49,33 750,00 22,02INSPECTOR HABILITADO 1.539,64 8,12 - 49,33 750,00 21,58INSPECTOR 1.487,14 8,12 - 49,33 750,00 20,91PIC 1.403,81 8,12 - 49,33 750,00 19,85JEFE DE EQUIPO 1.451,28 8,51 - 49,33 20,53OPERARIO CUALIFICADO 1.370,55 8,51 249,09 49,33 750,00 22,67OPERARIO AUTORIZADO 1.175,75 8,51 153,19 49,33 750,00 18,97

TABLA SALARIAL 2016

GRUPO PUESTO DE TRABAJO SALARIO BASE 15

PLUS DE TURNICIDAD

221 DÍAS

COMPLEMENTO PUESTO DE TRABAJO 15

PLUS DE TRANSPORTE 11

EVALUACION DESEMPEÑO

(MÁXIMO)

VALOR HORA EXTRA

ESTRUCTURA

RESPONSABLE DE AREA 1.621,44 8,23 - 50,00 21,10TECNICO 1.409,01 - - 50,00 18,40ADMINISTRATIVO 1.224,96 - - 50,00 16,06AUXILIAR 1.194,95 - - 50,00 15,67

ESPECIALISTA

OPERADORPCC 1.926,83 8,23 - 50,00 750,00 26,53CONDUCTOR 1.595,64 8,23 - 50,00 750,00 22,32INSPECTOR HABILITADO 1.560,42 8,23 - 50,00 750,00 21,87INSPECTOR 1.507,22 8,23 - 50,00 750,00 21,19PIC 1.422,76 8,23 - 50,00 750,00 20,12JEFE DE EQUIPO 1.470,87 8,62 - 50,00 20,80OPERARIO CUALIFICADO 1.389,06 8,62 252,45 50,00 750,00 22,97OPERARIO AUTORIZADO 1.191,63 8,62 155,26 50,00 750,00 19,22

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ANEXO III

Uniformidad

La Empresa entregará la uniformidad de manera periódica a todos los trabajadores que lo re-quieran para el desempeño de sus funciones tal y como se indica a continuación:

— PIC, inspector y conductor:Para el periodo de verano se entregarán cada año, un pantalón y tres polos de verano.Para el periodo de invierno se entregarán cada año dos pantalones y tres camisas/polosde invierno.Cada dos años, se entregará un abrigo, una chaqueta de entretiempo, unos guantes delana, una braga de cuello y un gorro de lana.

— Reguladores:

Para el periodo de verano se entregarán cada año, un pantalón y tres polos de verano.Para el periodo de invierno se entregarán cada año dos pantalones y tres camisas/polosde invierno.Cada dos años, se entregará un abrigo, una chaqueta de entretiempo, unos guantes delana, una braga de cuello y un gorro de lana.

La entrega se realizará una vez al año, durante los meses de mayo y junio.

(03/20.824/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

15 MINISTERIO DE HACIENDAY ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Delegación de Economía y Hacienda de Madrid

Referencia aplazamiento número 3880/1800/13.Por la presente se notifica al contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artícu-

lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”de 27 de noviembre), al no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que figu-ra en los documentos existentes en esta Delegación. Por lo que se hace saber:

Con fecha 11 de diciembre de 2013 ha tenido entrada en esta Delegación de Economíay Hacienda la petición de fraccionamiento formulada por “Every View, Sociedad Limitada”,con NIF B-83450551, para el recargo de una deuda con número de liquidación00028201300185679, correspondiente a un reintegro de préstamo por importe de 116.836,29euros.

Examinada la solicitud, se le requirió para que de acuerdo con lo establecido en el ar-tículo 46.6 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005,aportara la documentación que por este órgano competente se estimaba necesaria para po-der continuar con la tramitación del expediente de fraccionamiento.

Con fecha 12 de marzo de 2014, “Every View, Sociedad Limitada”, y para dar cum-plimiento al requerimiento recibido, aporta, entre otros, garantía consistente en un sistemade software con hardware asociado según requisitos técnicos, funcionales y de calidad con-cretos.

Con fecha 18 de marzo de 2014, se vuelve a requerir al no considerarse idónea la ga-rantía ofrecida, y en contestación a dicho requerimiento “Every View, Sociedad Limitada”,ofrece como garantía el 16,2816 por 100 del pleno dominio de la finca registral de VillaReal número 10.367, a nombre de “José Juan F. Meneu, Sociedad Limitada”.

Una vez estudiada la garantía ofrecida y de acuerdo con lo establecido en el artícu-lo 48.4 del Reglamento General de Recaudación, esta Delegación de Economía y Haciendaconsidera la no idoneidad de dicha garantía al no corresponder la titularidad del inmueble ala sociedad titular de la deuda para la que se ha solicitado fraccionamiento, por lo que se lerequiere para que en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al recibo de estanotificación aporte otro tipo de garantías o bien acredite la imposibilidad de aportarla, con-forme a lo dispuesto en el artículo 46.4 y 5 del Reglamento General de Recaudación.

Si este requerimiento no es atendido o, siéndolo, no se entiende complementada la ga-rantía en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de este requerimiento,que deberá remitirse a la Delegación de Economía y Hacienda, calle Guzmán el Bueno, nú-mero 139, tercera planta, despacho 306, 28071 Madrid, se procederá a la denegación de lasolicitud de aplazamiento.

Madrid, a 1 de julio de 2014.—El delegado de Economía y Hacienda, José Luis TorresFernández.

(02/4.486/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

16 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Servicio Público de Empleo Estatal

El Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover latransición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas,que ha sido prorrogado por los Reales Decretos-Leyes 10/2011, de 26 de agosto; 20/2011,de 30 de diciembre, y 23/2012, de 24 de agosto, sucesivamente, que de conformidad con elmandato contenido en los mismos, ha dado lugar a una serie de disposiciones de desarrollopor parte de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.

Finalmente, mediante el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga nueva-mente el programa de recualificación profesional de las personas desempleadas que agotenla prestación por desempleo regulado en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11de febrero. La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal dictó resoluciónde 13 de febrero de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de so-licitudes y de tramitación de las ayudas, conforme a lo dispuesto en la disposición adicio-nal cuarta del citado Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero. Dado que, conforme a lodispuesto en la disposición adicional segunda del citado Real Decreto-Ley, en la que se es-tablece la prórroga automática del programa “Prepara”, se ha dictado resolución de 24 deenero de 2014, por la que se modifica la de 1 de agosto de 2013.

Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del proce-dimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Di-rección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, por delegación de la directorageneral de este Organismo, de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de lacitada resolución y, asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favo-rable de la Intervención Delegada competente, acuerda conceder a las personas solicitantesque se relacionan en el anexo I de la presente resolución las ayudas que en el mismo se es-pecifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de lasayudas a 2.471.841,90 euros.

Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada resolución, estas ayu-das pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo,previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.

Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastosdel Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente rete-nido por el mismo importe antes mencionado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesadospodrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en elplazo y términos establecidos en los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

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ANEXO I

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2014

BENEFICIARIO IMPORTE ABABOU X, ABDELHAK 2715,78ABDELILAH , NEGRAJ 2396,28ABRAIRA MANZANARES, JOSE MANUEL 2396,28ACHAHBAR EL HAMDAOUI, YOUSSEF 2715,78ADALID CARRASCO, VICTOR JOSE 2396,28AGUADO BARRIOS, MARIA DOLORES 2396,28AGUADO GIL, ANA ASUNCION 2396,28AGUADO ROSSET, LEONOR 2396,28AGUADO VITORES, MARIA PAZ 2396,28AGUDO MUÑOZ, ROCÍO 2396,28AGUDO REGATOS, OSCAR 2396,28AGULLA ENCINAR, YOLANDA 2715,78AHMAIDI MARQUEZ, SORAYA 2715,78AILINCAI , MADALINA 2396,28AIVAR PERALTA, RICHARD ANTONIO 2396,28AKKA , YOUSSOUF 2715,78ALAMO MOTOS, MIGUEL ANGEL 2396,28ALARCON PINARGOTI, ALEX FRANKLIN 2396,28ALBALA RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL 2396,28ALBERCA GRANDE, JENNIFER 2396,28ALCANTARA MUÑOZ, DAVID 2396,28ALCANTARA PEDRAZA, OLGA 2396,28ALCARAZ CÁNOVAS, MARÍA LOURDES 2715,78ALCIVA ERAZO, DENNY VICENTE 2396,28ALCOCER SORIANO, MARIA CARMEN 2715,78ALDEA DE JUAN, FERNANDO OSCAR 2396,28ALGAR PEDRERO, ARACELI 2715,78ALMANSA ROMERA, ISABEL 2396,28ALONSO ALONSO, EUGENIO 2396,28ALONSO DURÁN, ÁNGEL 2715,78ALONSO HERNANDEZ, MARTA 2396,28ALONSO SERRANO, BELEN 2396,28ALONSO SPEROTTO, LUCAS 2396,28ALVARADO MORALES, MARIA ELIZABETH 2396,28ALVARADO RUIZ, MIGUEL ANGELES 2715,78ALVARADO ZEGARRA, JAIME 2396,28ALVARO AGUIRRE, CRISTINA 2396,28ALVARO FERNANDEZ, JUAN CARLOS 2396,28AMADO CARNICERO, SANTIAGO 2396,28AMADOR GONZALEZ, NICOLAS 2396,28AMMOUCHE , AHMED 2715,78AMOR DE LA LLAVE, EUSEBIO 2396,28AMORES BARANCO, INMACULADA 2396,28ANCA X, SICREA 2396,28ANCAJIMA VARGAS, SHIRLEY MARISOL 2396,28ANCHUNDIA ZAMBRANO, MARIA GRACIELA 2396,28ANDIA RUIZ, IVAN 2396,28ANDRADA MONTERO, ANA MARIA 2396,28ANDREESCU , ELENA MADALINA 2396,28ANDRES GONZALEZ, JOSE FERNANDO 2396,28ANDRINO ALARCON, VICTOR MANUEL 2715,78ANGELOVA DIMITROVA, ANELIYA 2715,78ANGUITA JIMENEZ, JOSE RAUL 2396,28ANTEQUERA NOGALES, FCO. JAVIER 2396,28ANTON , CONSTANTIN CRIS 2396,28ANUBLA SAN CRISTOBAL, LETICIA 2396,28APARECIDO DE SOUSA, ADRIANO 2396,28APARICIO PLAZA, TANIA 2715,78APESTEGUI SALINAS, RICARDO JOAQUIN 2715,78ARAGON LOPEZ DE LA REINA, RUBEN 2396,28ARANCIBIA GONZALEZ, MARILYN CAROL 2396,28ARANDA FERNANDEZ, JESUS 2396,28ARANDA LELOUP, MARIA CRISTINA 2396,28ARESIN , MAGRET 2715,78ARÉVALO GARCÍA, MOISÉS 2396,28ARIAS ALONSO, TOMAS 2715,78ARIAS GONZALEZ, LAURA 2396,28ARIZMENDI GONZALEZ, IRENE 2396,28ARRANZ MOLERO, DESIRE 2396,28ARREDONDO JARAMILLO, CLAUDIA 2396,28ARRIBAS PEÑALVER, M ANGELES 2396,28ARZAMENDIA , LIZ CONCEPCION 2396,28ASENSIO SANCHEZ, AUXILIADORA 2396,28ATANASOFF , PABLO DANIEL 2396,28ATENCIA PAYARES, ISMAEL 2396,28AVILA AVILA, ANDRES 2396,28AVILA JUAN, FLORENCIO 2396,28AYALA APAZA, JUAN JOSE 2396,28BA , BOUBACAR 2396,28BABAN , ADRIAN 2715,78BACIU , IONEL VIOREL 2715,78BADAN , CORINA 2396,28BADAN , IOAN 2715,78BADARACO CARRASCO, VICENTE ISMAEL 2396,28BAEZ SANTOS, GLADYS 2715,78

BENEFICIARIO IMPORTE BAEZA DIAZ MORENO, AGUSTIN 2396,28BAJO REDONDO, LUIS MIGUEL 2396,28BALADRON GONZALEZ, ALBERTO 2396,28BALAJ , OVIDIU SORIN 2396,28BANQUETERO GALEANO, OLGA 2396,28BAPORI BUABONAY, BALBINA 2715,78BAQUERO ALVARADO, GINA ALEXANDRA 2715,78BARCELO BARRACHINA, MARTA ELISA 2396,28BARRIOS GOMEZ, DAVID 2396,28BARRUL JIMENEZ, ANGELES 2715,78BARRUL VAZQUEZ, NAZARET 2715,78BARTKOWSKI KIETA, SEBASTIAN DARIU 2396,28BAYAS MARTINEZ, WILLINTONG 2715,78BEAUCHY ARELLANO, NOELIA 2396,28BECERRA SANZ, MARIANO JOSE 2396,28BEDNARSKA , MAGDALENA ANNA 2396,28BELTRE BIDO, JOHNNY EURIPIDE 2396,28BENAISSA , EL BACHIR 2396,28BENDRISS , FIKRIA 2715,78BENITEZ HIDALGO, JULIAN 2396,28BENITO LOPEZ, PALOMA 2396,28BENITO ROJAS, LUCIA 2396,28BENITO SORIANO, RUBEN 2396,28BENSLIMAN REYAN, KARIMA 2396,28BENSON , MABEL 2396,28BENZA , MARIA SOLEDAD 2396,28BERBECE , SIMONA MARIA 2396,28BERMUDEZ CARREÑO, ZOILA JUANA 2396,28BERNAL GONZALEZ, M ARANZAZU 2396,28BERNEA , ALEXANDRINA 2396,28BERROCOSA ARRIBAS, MARIA EUGENIA 2396,28BERZAS CANO, YOLANDA 2396,28BIURRUN QUEL, ISAAC 2396,28BLASCO HERNANDEZ, MARIA DOLORES 2715,78BOGOMILOV TODOROV, DIMITAR 2396,28BOPA SIALE, CARMELO 2715,78BORBEL , ELENA 2396,28BORISOV GOSPODINOV, RUMEN 2396,28BOTTKABOUST , NADIA 2396,28BOULOUADANE EL ORCH, DRISS 2715,78BOVOLINI RODRIGUEZ, PAOLA ROMINA 2396,28BRATOS PASCUAL, RAQUEL 2396,28BRAVO CARBAJO, SILVIA 2396,28BRAVO MORA, IVAN 2396,28BREA GONZALEZ, RUBEN 2396,28BRIAS GARCIA, MIRIAM 2396,28BROTNEI , MARIA LUCRETIA 2396,28BUENO GALLEGO, HECTOR 2396,28BUENO MARTIN, ABRAHAM 2715,78BURCIO SANCHEZ, MONICA 2396,28BURGOS BASTANTE, GEMA 2396,28BUSTAMANTE PARADA, MARCO ANTONIO 2396,28BUSTOS MORAN, FRANCISCA 2396,28CABALGANTE AGUDO, LUIS 2396,28CABALLERO PEINADO, DAVID 2396,28CABANILLAS GARCIA, ANTONIA 2396,28CABRERA RAMOS, MARITZA MARIBEL 2715,78CABRERA SANTIAGO, FCO ANTONIO 2396,28CALCERRADA ARCOS, JOSÉ IGNACIO 2396,28CALDERON CHECCO, SANTOS 2396,28CALIN , GABRIEL CONSTAN 2396,28CALLEJO GILSANZ, MARIA SARA 2396,28CALVO CERON, M VICTORIA 2396,28CALVO MAJUELO, GONZALO SANTIAG 2396,28CALZADO AGUDO, ANA ROSA 2396,28CALZON VELASCO, MA ISABEL 2396,28CAMBEIRO CARMENATE, RAIDA DE LOS AN 2396,28CAMPOS GARCÍA, JOSÉ ANTONIO 2715,78CANCHAL MARTINEZ, CARLOS RAIMUNDO 2396,28CANEDO PAULINO, KEY MARILANDY 2396,28CANO NAVARRO, OSCAR 2396,28CANO NAVIO, ANTONIO 2396,28CARBALLO SALDANA, AMELIA 2396,28CARDENAS PRISCO, JOSE ALCIDES 2715,78CARDENAS SALCEDO, ESPERANZA 2396,28CARDOZO SANCHEZ, CARLOS ALBERTO 2396,28CARMONA ALONSO, DAVID 2396,28CARMONA BORREGUERO, JESUS 2396,28CARMONA GONZÁLEZ, SAIRA 2396,28CARRALON DE LOS ALBITOS, ADOLFO 2396,28CARRASCO ANEGO, MARIA JESUS 2715,78CARRERA ALONSO, RUTH 2396,28CARRERAS VELLISCA, SILVIA 2396,28CARRETERO MONTERO, LUIS 2396,28CARRILLO QUILES, VANESA 2396,28

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

BENEFICIARIO IMPORTE CARRION LOPEZ, SONIA 2715,78CASA MANZANO, J CARLOS 2396,28CASAMAYOR MARTIN, MARIA CARMEN 2396,28CASANOVA ROSADO, RAUL 2396,28CASAS GARCIA, RAMON 2396,28CASTILLA CALDERIN, SONIA 2396,28CASTILLO BLANCO, MARIA 2396,28CASTILLO REVIEJO, ROSA MARIA 2396,28CASTILLO VENTURA, FRIDA 2396,28CASTRO ACEVEDO, JOSE FRANCISCO 2715,78CASTRO ENCISO, ROSA LUZ 2396,28CAYTUIRO OQUENDO, ROSA 2396,28CEA HERNANDEZ, MARIA INMACULAD 2396,28CEAUSILA , MARCEL 2396,28CEBALLO CHIMENO, CRISTINA 2396,28CEPEDA PESANTES, ELENA ROSARIO 2715,78CERON VALENCIA, DIANA 2396,28CHACON ESPINOZA, NAHUN EDGARDO 2396,28CHAQUINGA TIPANTUNA, MILTON RENE 2396,28CHAVDAROV TOSHEV, YAVOR 2396,28CHAVEZ RUIZ, MARIA JOSE 2396,28CHAYEB MASUSI, NOUREDDINE 2396,28CHICO MOLINA, CRISTINA 2396,28CHIRICUTA , GHEORGHE 2396,28CHIRITA , FLORIN MUGUREL 2396,28CHRAMEGA , MAGDALENA 2396,28CHULAN GOMEZ, ADOLFO ISAAC 2396,28CHUMAKOV , VOLODYMYR 2396,28CID LANCIANO, PABLO 2396,28CID SÁNCHEZ, ADRIÁN 2396,28CIPITRIA DE LA CRUZ, JESUS 2715,78CIPOLLA , JOHANNA MONICA 2396,28COBISA GARCIA, ALEJANDRO 2396,28COBOS CANIZAL, EMILIO JOSE 2396,28COBOS POLO, GLADYS 2396,28COCEAN , FLORIN DAN 2396,28COLLANTE VILLAMAYOR, JUAN DE LA CRUZ 2396,28CONTRERAS SANCHEZ, RAQUEL 2396,28COOX DELGADO, JULIO ELISANDRE 2396,28CORDERO SANTILLAN, LUIS 2715,78CORDOBA GONZALEZ, MARIA CARMEN 2396,28CORDOBA RUIZ, DAVID 2715,78CORDOBES DIEGUEZ, CRISTINA 2396,28CORDONES MANZUETA, GLADYS 2396,28CORDOVA BOWEN, AURA ISABEL 2396,28CORONA BARTOLOME, JOSE LUIS 2715,78CORSI VIDELA, EMILIO ALFREDO 2396,28CORTES MUNIZ, ALMUDENA 2715,78CORTES SILVA, JONATHAN 2715,78COSTA ALVES, AVELINO 2396,28COSTA RODRIGUEZ, ANA ISABEL 2396,28CRESPO GARCIA, MIRIAM 2396,28CRUZ CHICAIZA, RODRIGO HERIBER 2396,28CRUZ CRUZ, HENRY ALEXIS 2715,78CRUZ FERNANDEZ, RUBI MARLEN 2396,28CRUZ SOTO, ISRAEL 2396,28CUADROS JIMENEZ, VIRGINIA 2396,28CUADROS MACIAS, JEAN ALBERTO 2396,28CUBERO GARCÍA, CELIA 2396,28CUESTA PEREZ, ELVIRA 2396,28CUEVAS GALVEZ, MARIA BELEN 2715,78CUEVAS GARABITO, ROSDANIA 2396,28CUNGACHI TUAPANTA, JORGE WILFRIDO 2715,78CURA HUERTA, ESTHER 2396,28CURADO ORTIZ, MARIA ISABEL 2396,28CURIEL SEBASTIAN, LUIS ALBERTO 2396,28DA CUNHA SEMEDO, EDSON MAIER 2396,28DAKOV ASENOV ASENOV, SERGEY 2396,28DAVID , DIANA 2396,28DE ARRRIBA YAGUE, OSCAR 2396,28DE CASTRO PASCUAL, NATALIA 2396,28DE LA ANTONIA DOMINGO, RAFAEL 2715,78DE LA FUENTE HURTADO, JULIA MARIA 2396,28DE LA LLAVE LOPEZ, MARIA JOSE 2396,28DE LA OSA MARTINEZ, MARIA VICTORIA 2715,78DE LOS SANTOS REYES, ANA TOPACIO 2396,28DE LUCIO TOME, MIGUEL ANGEL 2715,78DE PABLO MORENO, M CARMEN 2396,28DEL CAMPO CARRASCOSA, MIGUEL 2396,28DEL CASTILLO PARIS, M DEL PILAR 2396,28DEL CASTILLO SANTOS, MARIO 2396,28DEL HOYO MORENO, ESTHER 2715,78DEL TORO PARRILLA, M TERESA 2396,28DELGADO NOGALES, JOSE MANUEL 2715,78DIALLO , HALIMATOU 2396,28DIAZ CACHALDORA, CYNTHIA 2396,28DIAZ DE FRANCISCO, MERCEDES 2396,28DÍAZ DÍAZ, NOELIA 2396,28DIAZ GARCIA, DANIEL 2396,28

BENEFICIARIO IMPORTE DIAZ GARRIDO, PATRICIA 2396,28DIAZ HERNANDEZ, LUIS 2396,28DIAZ JULIAN, JOSE JAVIE 2396,28DIAZ LOPEZ, CRISTINA 2396,28DIAZ MENDEZ, RODRIGO 2396,28DÍAZ MENESES, GLORIA ELIZABET 2396,28DIAZ MENOYO, CLARA MARINA 2396,28DIAZ NUNEZ, NORMA YDALIS 2396,28DIAZ OSLER, ALICIA MONICA 2396,28DIAZ RENDO, REBECA 2396,28DIAZ SAEZ, RAUL 2396,28DIAZ SANTIAGO, MARIA 2396,28DIAZ SANZ, ANA 2396,28DIAZ TORRES, JUAN CARLOS 2396,28DIAZ UCEDA, SUSANA 2396,28DIEZ LOPEZ, RICARDO 2715,78DINU , GINA 2715,78DOMINGUEZ RODRIGUEZ, SERGIO 2396,28DONOSO OREFICE, ANTONIO 2396,28DRAGAN , MARIANA 2396,28DULGHERU , AUREL 2396,28DUMITRU , MARCEL GHEORGE 2396,28DUQUE MENDOZA, GLENDA ELIZABET 2715,78DUQUE REDONDO, SONIA 2396,28DUQUE VERGARA, LEIDY JOHANNA 2396,28DURAN CUELLO, JOSE ERNESTO 2715,78DURAN ESTRADAS, REBECA 2396,28EALLE BOSQUES, NORMA ELSA 2396,28EBADDADAN , RACHID 2715,78ECHEVARRIA URIBE, ROCIO 2396,28EGUIAZAROV ALDAZABAL, ACHOT 2396,28EL FACHTALI , SAIDA 2396,28EL FILALI , MOURAD 2396,28EL HAMZAOUI , ABDELHALIM 2396,28EL HANNACH , RACHIDA 2715,78EL KHALDI GHAILAN, EL MOSTAFA 2715,78EL KHALOUI , ABDELLATIF 2396,28EL OUAHABI , SAIDA 2715,78EL YOUSSOUFI , AHMED 2715,78ELAKO MAITO, FILOMENA 2715,78ENCALADA AREVALO, DIANA CAROLINA 2396,28ENCINAS MATEOS, JOSE LUIS 2396,28ENGUIDANOS LATORRE, AMALIA 2715,78ENRIQUEZ LEON, RAUL 2396,28ESCOBAR JIMENEZ, LUCIA SUSANA 2396,28ESCOBERO HURTADO, JOSE 2396,28ESCRIBANO ANGULO, JOSE MARIA 2396,28ESCRIBANO MUGA, ANDRES 2396,28ESCUDERO CABALLERO, MANUEL 2715,78ESPADERO SANCHEZ, ESTHER 2396,28ESPEJO MEZA, ARACELLI PILAR 2396,28ESPERILLA GARCIA, ROSA DEL PILAR 2396,28ESPIN LOPEZ, SUSANA 2396,28ESPINOZA HUARANCCA, RITA VICTORIA 2396,28ESPINOZA ULLOA, ANGEL HONORATO 2715,78ESTEBAN CALVO, M.ELENA 2396,28ESTRADA CALLEJAS, KATERINE CECILI 2396,28ESTRADA NARVAEZ, JOSE MIGUEL 2396,28EXPOSITO ISABEL, ROCIO 2396,28FALAKY ALHILI, SALWA 2396,28FERARU , FLORIAN 2396,28FERNANDEZ ABDESELAM, SOLEDAD 2396,28FERNANDEZ ANDRADE, PABLO GUILMER 2715,78FERNANDEZ CALCERRADA, LAURA 2396,28FERNANDEZ CAMARA, GEMA MARIA 2396,28FERNANDEZ CUEVAS, RAQUEL 2715,78FERNANDEZ DE LA PEÑA, FCO JAVIER 2396,28FERNANDEZ DEL HIERRO, FRANCISCO 2396,28FERNANDEZ FERNANDEZ, FRANCISCO JOSE 2396,28FERNANDEZ FIDALGO, GLORIA PAULA 2396,28FERNANDEZ GALAN, MARTA 2396,28FERNANDEZ GARCIA, JONATHAN E 2715,78FERNANDEZ GARCIA, MONICA 2396,28FERNANDEZ LA ROSA, NURIA GIMENA 2396,28FERNANDEZ MONTOYA, DIEGO 2396,28FERNANDEZ MONTOYA, MOISES 2396,28FERNANDEZ PECHARROMAN, SONIA 2396,28FERNANDEZ RIGAULT, MARIA YOLANDA 2396,28FERNANDEZ RUIZ, CARMEN 2396,28FERNANDEZ SANCHEZ, RUBEN 2396,28FERNANDEZ YANEZ, FELIX 2396,28FERNANDEZ ZAMORA, JESUS 2396,28FERRER FERNANDEZ, IVAN 2396,28FIDANOV BRANIMIROV, EVTIM 2396,28FLOREA , MILANDA LACRAMI 2396,28FLORES ALFARO, EVA MARIA 2396,28FLORES AYUSO, RAQUEL 2396,28FLORES VENTOCILLA, ALEX RUBEN 2715,78FRANGU IVAN, STEFAN 2396,28

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

BENEFICIARIO IMPORTE FREIRE SALGUERO, MYRIAM EULALIA 2715,78FRETES NUÑEZ, ALFONSO 2715,78GABARRE CANTALEJO, RICARDO 2715,78GALACHO VALLEJO, CARMEN 2396,28GALAN MENDOZA, PALOMA 2715,78GALAN PASCUAL, JESSICA 2396,28GALAN PEREZ, CRISTINA 2396,28GALLARDO DEL BLANCO, FRANCISCO 2396,28GALLEGO ANTOLIN, RUBEN 2396,28GALLEGO BENITEZ, VALENTIN 2396,28GALLEGO DE LA HOUSSAYE, ALMUDENA 2396,28GALLEGO MORENO, JOSE MIGUEL 2396,28GALVEZ BLANDON, ALEXANDER 2396,28GALVIS HERRERA, GUSTAVO 2396,28GANCHEV MITEV, NIKOLAI 2396,28GARCIA ALONSO, JOSE LUIS 2396,28GARCIA AMARO, MERCEDES NAZARE 2715,78GARCIA BELLON, EDUARDO 2396,28GARCIA CASTRO, ARACELI 2396,28GARCÍA CATALINA, FERNANDO 2715,78GARCIA COLLADO, EMILIO 2396,28GARCIA DE CASTRO, RUTH 2396,28GARCIA ESTEBAN, MARIA 2396,28GARCIA FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL 2396,28GARCIA GARCIA, FRANCISCO 2396,28GARCIA GARCIA, SOFIA 2715,78GARCIA GIL, ANA ISABEL 2396,28GARCIA GONZALEZ, ANA ISABEL 2396,28GARCIA GONZALEZ, JOSE MARIA 2396,28GARCIA GONZALEZ, MARTA 2396,28GARCIA JIMENEZ, NOELIA 2396,28GARCIA LOPEZ, JESUS MANUEL 2396,28GARCIA MARTINEZ, ABDON 2396,28GARCIA MARTINEZ, ANA MARIA 2396,28GARCIA MILLANES, MARIA JESUS 2396,28GARCIA MUNOZ SEPULVEDA, IVAN 2396,28GARCIA PEREZ, ANGELES 2396,28GARCIA RUIZ, ISABEL MARIA 2396,28GARCIA RUIZ, REBECA 2396,28GARCIA SAAVEDRA, GISELA SILVIA 2715,78GARCIA SANCHEZ, MARTA 2396,28GARCIA TRUEBA, DANIEL 2715,78GARCIA VACA, ESTRELLA 2396,28GARCIA VADILLO, MONTSERRAT 2396,28GARCIA YANEZ, ALBIN GUALBERTO 2715,78GARCIA-ENRIQUEZ LOPEZ, MARIA SELINA 2396,28GARRIDO CLARINO, ANTONIA 2715,78GARRIDO MANZANO, MANUEL PEDRO 2396,28GARRIDO SANZ, OLAV 2396,28GAVILANEZ CEVALLOS, OSWALDO EDISON 2396,28GAYO CHAVES, ADELAIDA 2396,28GENERAL GOMEZ, SAMARA 2396,28GEORGIEV GEORGIEV, STOYAN 2396,28GHEORGHE , DAVID 2715,78GIL MENDIETA, ENMA 2396,28GIURGIU , ANTONETA IONELI 2396,28GODOY AREVALO, ANTONIO 2396,28GOMEZ ATARIGUANA, ALEX FABIAN 2396,28GOMEZ BLAS, OSCAR 2715,78GOMEZ CABALLERO, JOSE MANUEL 2715,78GÓMEZ CALDERÓN, FRANCISCO JAVIE 2396,28GOMEZ GONZALEZ, GABRIEL 2396,28GOMEZ HORCAJUELO, EDUARDO 2715,78GOMEZ LUCAS, JUAN CARLOS 2715,78GOMEZ MONTERO, JOSE LUIS 2396,28GOMEZ MONTERO, RAQUEL 2396,28GOMEZ MONTERO, SAMUEL 2396,28GOMEZ RAMOS, SONIA 2396,28GOMEZ REYES, BREAN ALEJANDRO 2396,28GOMEZ ROLDAN, YOLANDA 2396,28GOMEZ ROMAN, EDISON ALBERTO 2715,78GOMEZ ROMERO, M NOELIA 2396,28GÓMEZ RUIZ MEDRANO, VANESA 2396,28GOMEZ SALGADO, JOSE ANTON 2396,28GOMEZ ZAMBRANO, JOSE WILSON 2396,28GONZALEZ BLANCO, SERGIO 2396,28GONZALEZ CANO, JUAN ANTONIO 2396,28GONZALEZ ENCALADA, EMILIO 2715,78GONZALEZ GARCIA, TANIA TAMARA 2396,28GONZALEZ HURTADO, NATALIA 2396,28GONZALEZ INIESTA, JUAN CARLOS 2396,28GONZALEZ LAPO, CECILIA 2396,28GONZALEZ LORENZO, NEIVIS 2396,28GONZALEZ MUÑOZ, DAVID 2396,28GONZALEZ NIETO, MARGARITA 2715,78GONZALEZ NIETO, SERGIO 2715,78GONZALEZ ORGAZ, RAUL 2396,28GONZALEZ ORTEGA, M SOLEDAD 2396,28GONZALEZ PRADOS, ISABEL 2396,28

BENEFICIARIO IMPORTE GONZALEZ RUBIO, ALBERTO CIRIACO 2396,28GONZALEZ SALCEDO, IRATXE 2396,28GONZÁLEZ ZAMORANO, MARÍA CANDELAS 2715,78GORZA AVALOS, BARBARA JUDITH 2715,78GRAD , GHEORGHE 2396,28GROSU , ALEXANDRU 2396,28GRUSIA BRAGA, ILIE 2396,28GUACOLLANTE ROMERO, WILMER ALEJANDR 2715,78GUALANCANAY CONDOR, HENRY EDUARDO 2396,28GUCEANU , LACRIMIOARA 2396,28GUERRA DEL AGUA, MERCEDES 2396,28GUERRERO ARANZUEQUE, JOSE MANUEL 2396,28GUERRERO DE LAS HERAS, LETICIA 2396,28GUERRERO FRANCO, ESTHER 2715,78GUERRERO RICO, ANTONIO 2396,28GUIJARRO CAÑADA, MIGUEL 2396,28GUTIERREZ DE PAZ, EVA MARIA 2396,28GUTIERREZ GUTIERREZ, KATIA 2396,28GUTIERREZ MASIELLO, PASCUAL 2396,28GUTIERREZ MOLPECERES, JOSE ALBERTO 2396,28GUTIERREZ MONTERO, DAVID 2396,28GUTIERREZ ORDOÑEZ, JOSEPHINE 2715,78HABOR , CLAUDIU HORATIU 2396,28HACHIMI , AMINA 2715,78HADDOU JAOUAD, BEN 2715,78HAMO KADOR, IKRAN 2715,78HARTO VALLEJO, ANDRES 2396,28HARUTYUNAN , ZHANNA 2396,28HDEZ CARRO, JUAN ANTONIO 2715,78HENAO HOYOS, ALBA LORENA 2396,28HEREDIA VENTURA, JOSE RAMON 2396,28HERNANDEZ CRIADO, CARLOS PABLO 2396,28HERNANDEZ GONZALEZ, SANDRA 2396,28HERNANDEZ HITA, JUAN DAVID 2396,28HERNANDEZ LAUFFER, CRISTINA 2396,28HERNANDEZ RIOS, VERONICA 2396,28HERNANDEZ SANCHEZ, PATRICIA 2396,28HERNÁNDEZ SOLAS, DIANA 2396,28HERNANDEZ VEGA, LUIS FERNANDO 2396,28HERNANZ ESCRIBANO, BORJA 2396,28HERRAEZ GOMEZ DE SEGURA, FCO. JAVIER 2396,28HERRÁIZ PARACHE, MIRIAM 2396,28HERRERO BERMEJO, MARIA AMPARO 2396,28HERREROS DIAZ, SANDRA 2396,28HIBRAHIMI , OMAR 2715,78HIDALGO DIEZ, ALFONSO 2396,28HIDALGO SANZ, AGUSTIN RUBEN 2396,28HILI , AMAL 2396,28HINCHADO ESPADA, CAROLINA 2396,28HORNA YTURRIA, MARTIN ANTONIO 2715,78HUERTAS GARRIDO, SONIA 2715,78HURTADO SANZ, CARLOS 2396,28HURTADO SECADES, BELEN 2396,28IBARROLA RODRIGUEZ, BARBARA PATRICI 2715,78IDEMUDIA , OSAZEE JULIUS 2715,78IGLESIAS JAREÑO, YOLANDA 2396,28IMHAH , KHALID 2715,78INSIGNARES ESCOBAR, CAROLINA JUDITH 2396,28INSUASTI GONZALEZ, FERNEY 2715,78IORDACHE , GEORGIANA 2396,28IRIMOIU , PETRUTA MADALIN 2396,28IZQUIERDO MILAN, YAIZA 2396,28IZQUIERDO RAMIRO, ANA MARIA 2396,28IZQUIERDO ROSADO, PABLO 2396,28IZQUIERDO VILLALBA, SILVIA 2396,28JABIR , FATIHA 2715,78JAEN AMBROS, OSCAR 2396,28JAEN HERREROS, MARIA CRISTINA 2715,78JAMES , SUSANA 2396,28JARA POZAS, ANA BELEN 2396,28JARAMILLO JARAMILLO, JOSE FLORO 2396,28JAYA SANUNGA, JAVIER ISAIAS 2396,28JEBARI CHAFRAOUI, FATIHA 2396,28JELEZTCHEVA JELEZTCHEVA, MARIA 2396,28JERICO MARTIN, SILVIA 2396,28JIMENEZ BALDOMERO, JOAQUIN 2396,28JIMENEZ CAMACHO, MANUEL 2396,28JIMENEZ CASTILLO, FRANKLIN 2396,28JIMENEZ FERNANDEZ, M AGUILA 2715,78JIMENEZ FLORIAN, DOMINGA 2396,28JIMENEZ GABARRE, ANTONIO 2396,28JIMENEZ GONZALEZ, HELPIS 2396,28JIMENEZ JIMENEZ, JESUS 2396,28JIMENEZ JIMENEZ, JOSE MANUEL 2396,28JIMENEZ OGANDO, YAMILI 2396,28JIMENEZ RAMOS, MARIA DEL MAR 2715,78JIMENEZ VELEZ, PATRICIA 2715,78JOOF , MODOU 2396,28JORI PLANAS, CRISTIAN 2396,28

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

BENEFICIARIO IMPORTE JULIAN SANCHEZ, ISMAEL 2715,78JURADO MARIN, M CONCEPCION 2396,28KARRAZ , AHMED 2396,28KHARROUB , ABDELLATIF 2715,78KHIDROUN , KARIMA 2396,28KRUCZ X, LESZEK 2715,78LACHHAB , BRAHIM 2396,28LAMAS PORTILLO, NATALIA 2396,28LANCHARRO PAGADOR, ROSA NIEVES 2396,28LANZON FERNANDEZ, MERCEDES 2396,28LAPO ERAZO, MARITZA YVONNE 2396,28LAZARO CLAVERO, M DOLORES 2396,28LAZARO GONZALEZ, CLARA MARIA 2396,28LEDESMA MORENO, PABLO 2396,28LEON PALOMINO, FRANCISCO 2396,28LEZA RECUERO, JAVIER 2396,28LIEBANA SAN MIGUEL, FERNANDO 2396,28LINDE CHAMORRO, NICOLÁS 2396,28LOBATO PAMIAS, DAVID 2396,28LONDOÑO AGUDELO, JOSE ALBEIRO 2396,28LOPEZ AYALA, MARCO ANTONIO 2396,28LOPEZ BALLALTAS, JOSE PEDRO 2396,28LOPEZ BENITEZ, FERNANDO 2396,28LOPEZ BRAVO, DAVID 2396,28LOPEZ BRIONES, CAROLINA 2715,78LOPEZ CORTES, DAVID 2396,28LOPEZ DAU, FRANCISCO 2396,28LOPEZ DE LA CRUZ, M ANGELES 2396,28LOPEZ DEL CERRO, RAUL JAVIER 2396,28LOPEZ DURO, NOELIA 2715,78LOPEZ GONZALEZ, ALICIA 2396,28LOPEZ HUESO, MARIA PILAR 2396,28LOPEZ LANCHO, BALTASAR 2396,28LOPEZ LEON, FERNANDO 2396,28LOPEZ LOPEZ, JAVIER 2396,28LOPEZ MARTINEZ, AHMED ALEJANDRO 2396,28LOPEZ MARTINEZ, ANTONIO 2396,28LOPEZ NAVARRO, CRISTINA 2396,28LOPEZ RAMIREZ, JESSICA 2396,28LOPEZ RUIZ, ENRIQUE 2396,28LOPEZ SANCHEZ, YOLANDA 2396,28LOPUKH , NADIA 2396,28LORA PEÑA, JUANA 2396,28LOZANO ALMENDRAL, MARIA DEL CORAL 2396,28LOZANO GARCIA, DIEGO 2396,28LUPASCU , ANNE MARIE 2396,28LUPU , ADRIAN MIHAI 2396,28MACHIO FERNANDEZ, AGUSTIN 2396,28MADROÑAL PEREZ, NESTOR 2396,28MAESTRE GONZALEZ, DAMASO 2396,28MAIDANA CARDOZO, CLAUDIA 2396,28MAJARIN GARCIA, JUAN CARLOS 2396,28MALAGA PEINADO, ALEXANDRA 2396,28MALLA MARQUINA, ANA MARIA 2396,28MALLERO PULIDO, LUIS MIGUEL 2396,28MALPARTIDA SALCEDO, JERSON LUIS 2396,28MANZANARES ANDRES, ANGELA 2396,28MARCELO MARTINEZ, EVA 2396,28MARCHANTE MAZARRACIN, JOSE ANTONIO 2715,78MARCOS CHINARRO, RICARDO 2396,28MARCOS GARCIA, ROBERTO 2396,28MARINOV MOYNOV, ANDREY 2396,28MARMOL RIQUELME, ANTONIO 2396,28MARQUES MANSILLA, JONATHAN 2396,28MARTIN BAJO, MARIA DEL MAR 2396,28MARTIN BARBERO, JOSE MIGUEL 2396,28MARTIN GOMEZ, ALEXANDER 2396,28MARTIN LOPEZ, M FRANCISC 2396,28MARTIN LOPEZ, MARIA TERESA 2396,28MARTIN MUNOZ, PATRICIA 2396,28MARTIN PAREJA, LUIS MIGUEL 2396,28MARTIN PEREZ, MONICA 2396,28MARTIN ROMERO, MARIA INMACULAD 2396,28MARTIN SANCHEZ, RICARDO 2396,28MARTINAS , CORNELIU 2396,28MARTINEZ BENITO, SARA 2396,28MARTINEZ BLANCO, CRISTINA 2396,28MARTINEZ BLAS, WILFREDO GABRIE 2396,28MARTINEZ CAMINO, JAVIER 2396,28MARTINEZ CANO, JESUS 2396,28MARTINEZ DE CASTRO, ALBERTO 2396,28MARTINEZ FALCON, JOSE MARIA 2715,78MARTINEZ FERNANDEZ, VANESSA 2396,28MARTINEZ GARNELO, JORGE 2396,28MARTINEZ MARTINEZ DE LA CASA, VANESA 2396,28MARTINEZ MINAYA, ANA MARIA 2396,28MARTINEZ MORALES, JESUS 2396,28MARTINEZ RODRIGUEZ, JULIA 2396,28MARTIN-ONDARZA SANTOS, MARIA DEL PRADO 2396,28

BENEFICIARIO IMPORTE MARUGAN LOPEZ, ANGELA 2715,78MATEOS MORALES, ISIDORO 2715,78MATOS FELIZ, ANTONIO 2396,28MATOS MATOS, SANTOS 2396,28MAYA CANO, CARMEN 2715,78MAZA VEGA, YULI MARIVEL 2715,78MEDEHUE ULOGO, SONSOLES ANEVI 2396,28MEDINA ALCANTARA, ANERCY 2396,28MEDINA PAUTA, ELQUI MANUEL 2715,78MEJÍAS MORENO, VÍCTOR 2396,28MELGAR HUAROTO, JUAN MANUEL 2396,28MELIVEO NOGUES, PAULA 2396,28MENA DELGADO, MERLY NURY 2396,28MENA LEON, ANA 2396,28MENDEZ AYUSO MORALES, ANA MARIA 2715,78MENDEZ CARAZO, SARA 2396,28MENDEZ DE LA PLAZA, REBECA 2396,28MENDEZ JIMENEZ, MARIA ESTELA 2396,28MENDOZA BRAVO, MAYRA CECIBEL 2715,78MENDOZA CARDENAS, DORIS ARACELI 2715,78MENSAH LOZANO, ISABEL 2396,28MERCADO OLID, ESTEBAN 2396,28MERENCIANO VARGAS, ALBERTO 2715,78MERINO CARRION, FLAVIO SEGUNDO 2396,28MERINO FERNANDEZ, MARIA JOSE 2396,28MERINO MENDEZ, JESUS 2396,28MICAN USSA, DIANA MARCELA 2396,28MIHAILA , ADRIAN 2396,28MIHOREANU , VLAD TUDOR 2396,28MILLAN JURADO, MARIA DEL ROCIO 2396,28MILLAN REGUERA, SILVIA 2715,78MINAYA PEREZ, M MILAGROS 2396,28MITEL , OLGA 2396,28MOCAN , SORIN RAZVAN 2396,28MOLINA CAMPOVERDE, ALFONSO GUSTAVO 2715,78MOLINA CANO, IRENE 2396,28MOLINA MEJIA, JUAN CARLOS 2396,28MOLLAR RODA, PEDRO 2396,28MONJE PEREZ, GUSTAVO 2396,28MONTEJANO NAVARRO, MARIA JOSE 2396,28MONTERO BELTRAN, VERONICA 2396,28MONTERO INFANTES, MONICA 2396,28MONTERO MAYORAL, MARÍA LUISA 2396,28MONTESINOS TERCEÑO, CRISTINA 2396,28MONTOYA GARCIA, RAUL 2396,28MOPOSITA TOAPANTA, JEOVANA 2396,28MOQADDEM , OUALID 2396,28MORA BARQUILLA, MARIA DEL MAR 2396,28MORALES AGUILAR, JUAN PEDRO 2396,28MOREANO PILCO, ROSALUZ 2396,28MORENO HERREROS, MARIO 2396,28MORENO MATEOS, JUAN CARLOS 2396,28MORENO ROSA, ADELA 2396,28MORENO SANCHEZ, ANA ISABEL 2715,78MORERA SAIZ, CLAUDIA 2396,28MORERA VIVAS, JORGE 2396,28MORETA REYES, VALENCIA 2396,28MORO MAZARIO, CAROLINA 2396,28MOTA GOMEZ, MONICA 2396,28MOTA TORRES, LUA 2396,28MOTILLA BRETON, FRANCISCO JOSE 2396,28MOUHASSINE , AMINA 2396,28MOUNTADY , ADIL 2715,78MOUSSADDAK , MUSTAPHA 2396,28MOZOS HIDALGO, JOSÉ MIGUEL 2396,28MUNOZ RINCON, MARCOS 2715,78MUNOZ VILLAREJO, JUAN ANGEL 2396,28MUÑOZ , SANDRA PATRICIA 2396,28MUÑOZ ARTEAGA, SONIA AMPARO 2715,78MUÑOZ CARBALLO, FRANKLIN ABEL 2715,78MUÑOZ CHÁVEZ, STEPHANY VANESS 2396,28MUÑOZ MARTINEZ, MONICA 2396,28MUÑOZ VACA, RAMON ANTONIO 2715,78MURCIA MEÑO, LUIS MIGUEL 2396,28NARANJO COBOS, LUIS 2396,28NAVARRETE MONTERO, DANIEL 2396,28NAVARRO GUTIERREZ, MARA 2396,28NAVERO PIRIS, VANESA 2396,28NDAWA , CHETIMA 2396,28NECIOSUP MUÑOZ, MARIELA LOURDES 2396,28NEIRA MARTIN, ANGEL 2396,28NEKKASSI , EL MOKHTAR 2396,28NGOMA NGOMA, JOLIE KAKYEL 2396,28NICOLAS CRUZ, RAUL 2396,28NIETO PARREÑO, FERNANDO 2715,78NIVELO SUQUILANDA, MILTON EDUARDO 2396,28NKEH , ZINEDINE FONGUE 2396,28NOGALES SANCHEZ, ISMAEL 2396,28NOLAZCO HUAMAN, ANA CECILIA 2396,28

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BENEFICIARIO IMPORTE NORIEGA AGUIRRE, ALEJANDRA M 2715,78NOURDINNE , FADILI 2396,28NOVA NAVARRO, LUIS MIGUEL 2396,28NSUE MBESE, ALFONSO 2396,28NUÑEZ BENITEZ, VANESSA 2396,28NUÑEZ CANO, MANUEL 2396,28OCAÑA SANCHEZ, MARIA VICTORIA 2396,28OCHOA RUBIO, PATRICIA 2396,28OLMO MUÑOZ, MIGUEL ANGEL 2396,28OLMOS GARCIA, JOSE LUIS 2396,28ONTORIA ALONSO, ELENA 2396,28OÑA PALOMO, JORGE ERNESTO 2396,28OREJANA ESPINOSA, ESTHER 2396,28ORELLANA ARCE, VICENTE ALCIBIA 2396,28ORELLANA LOMAS, ANGEL 2396,28ORTEGA BARCELO, ESTEFANIA 2396,28ORTEGA BAZUELO, FRANCISCO JOSE 2715,78ORTEGA SANCHEZ, SUSANA 2396,28ORTIZ GUTIERREZ, ANA BELEN 2715,78ORTIZ LAGE, MÓNICA 2396,28OTOMAN , SILVIA 2396,28OUJADI , SALAH 2715,78OULED ALI, MOHAMMED 2396,28OULKHIR , AZIZ 2396,28PAJARES PADRINO, TAMARA 2396,28PALADINES CAJAMARCA, KATHERINE 2715,78PALOMO FERNANDEZ, ALICIA 2396,28PANTALEEVA MATOSKA, HRISTINA 2396,28PARAMO MENASALBAS, MARIA SILVIA 2715,78PAREDES RIVERA, ANGEL DAVID 2396,28PARRA CUADRADO, FLORENCIA 2396,28PARRADO MARQUEZ, PATRICIA 2396,28PARRAGA INTRIAGO, JANETH ALEXANDR 2396,28PASTOR GARCIA, FERNANDO 2396,28PATIÑO GIRALDO, BEATRIZ EUGENIA 2396,28PENIT LOPEZ, M ESTHER 2396,28PEREIRA COSTA, MARIA CLEANE 2396,28PERELA PEREZ, JUAN MANUEL 2715,78PEREZ CEJUELA PANTOJA, JOSE LUIS 2396,28PEREZ GIRON, EVA MARIA 2396,28PEREZ HIDALGO, VALERIANO 2396,28PEREZ LARXE, IVAN YOBANI 2396,28PEREZ LOPEZ, SORAYA 2396,28PEREZ MARTIN, ELISA ESTELA 2396,28PEREZ MARTIN, MOISES 2396,28PEREZ NAVARRO, DAVID 2396,28PEREZ OSUNA, MANUEL 2715,78PEREZ RODRIGUEZ, GEMA 2396,28PEREZ ROMAN, SILVIA INES 2396,28PEREZ SEGADO, M CARMEN 2396,28PETER , FRANK 2396,28PIMENTEL RODRIGUEZ, ROSSY YAJAIRA 2396,28PIN CHOEZ, SANDRO DANILO 2396,28PINILLA HERRERO, SILVIA 2396,28PINTO PERALTA, NELSON HUGO 2396,28PIÑEDO MATELLANO, LUIS ALBERTO 2396,28PIÑERA CAMINO, CRÍSTOFER 2396,28PIZARRO BRIONES, MERCEDES 2715,78PLATA ALONSO, FRANCISCO 2715,78PLAZA BLAZQUEZ, ELENA 2396,28PLAZA MARTINEZ, M PILAR 2396,28POMASQUI SAMUEZA, NELLY ALEXANDRA 2396,28PONCE ARANCIBIA, ANA 2715,78PONCE SALTOS, MARIA CECIBEL 2396,28POP , VASILE 2396,28POPOV , JIVOMIR 2715,78PORRAS LOPEZ, ALEJANDRA 2396,28PORTILLO DE LUNA, JUAN PEDRO 2715,78PORTILLO GONZALEZ, IOVAN 2396,28POVEDA MORALLON, MERCEDES 2396,28POZO FELIX, NORMA 2396,28PRIETO MUNUERA, MARIA DEL CARME 2396,28PRIETO PECCI, MIGUEL 2396,28PUERTA CARRASCO, BEATRIZ 2396,28PUERTO MARTINEZ, LAURA 2715,78QUIÑONEZ DIAZ, DAVID ROBERTO 2715,78QUITO VELASCO, MERCEDES DEL RO 2396,28RABOSO RUBIO, MARIA INMACU 2396,28RAMIREZ CARDONA, CAROLINA 2396,28RAMIREZ GONZALEZ, MARIA JOSE 2396,28RAMIREZ INIGO, REBECA 2396,28RAMIREZ PEREZ, RINNA 2396,28RAMIREZ REDONDO, CARMEN 2396,28RAMIREZ RODRIGUEZ, ANGEL 2715,78RAMIREZ YAÑEZ, MARIA CRISTINA 2715,78RAMOS GOMEZ, IGNACIO 2396,28RAMOS NAPOLES, IVETTE 2396,28RAMOS RUIZ, LAURA 2396,28RAPOSO TORRES, MARGARITA 2396,28

BENEFICIARIO IMPORTE RATIU , GABRIEL VIOREL 2715,78RATOUN , FATIMA 2715,78RAYME LOPEZ, LUIS ALFREDO 2396,28REALES MARQUEZ, NEIRA 2396,28RECIO PINO, ANTONIO 2396,28REGALADO SEN, ALBA 2396,28REKAS TRONIAK, MONICA ZUZANNA 2396,28RENILLA GELADO, ANGELA 2396,28REPULLO MONTORO, ALICIA 2396,28RESTREPO RENDON, JHON WILDER 2396,28RETAMAL ARIAS, PATRICIA MAG 2396,28REVILLAS MARKS, NATALIA ANGELA 2396,28REY PUERTO, ANDRES 2396,28REY RIVEIRO, JUAN RAMON 2396,28RIBAS DIAZ, AZUCENA 2396,28RICARDO MORENO, EDGAR 2715,78RICO MORALES, MARIA JOSE 2715,78RICO MORENO, OSCAR 2396,28RIOS ZURITA, CARLOS ROBERTO 2715,78RIVAS HORNERO, JOSE MANUEL 2715,78RIVERA EDONES, WILMER ROGER 2396,28RIVERA VACA, MARLENA FERNAN 2715,78RIVERO ORTEGA, REBECA 2396,28ROCA GARCIA, CAROL LEONOR 2396,28RODRIGUEZ CRUCES, JUAN ANTONIO 2396,28RODRIGUEZ FERNANDEZ, JULIAN MANUEL 2396,28RODRIGUEZ GARCIA, ROBERTO 2715,78RODRIGUEZ GARDETE, NOELIA 2396,28RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, MARÍA MAGDALENA 2396,28RODRIGUEZ HERRERA, SUANY 2396,28RODRIGUEZ MARCIEL, PALOMA 2396,28RODRIGUEZ MENDEZ, FERNANDO 2396,28RODRIGUEZ MUNOZ, ANA 2715,78RODRIGUEZ MUNOZ, RAQUEL 2396,28RODRIGUEZ ORTEGA, CRISTINA 2396,28RODRIGUEZ PEÑA, CRISTINA 2396,28RODRÍGUEZ RENGIFO, EDGARD JONNY 2396,28ROJAS RONDON, DIEGO FERNEY 2396,28ROLDAN HERRERO, LUCIA 2396,28ROMERO , WENDY ALEXANDRA 2396,28ROMERO CALANDRI, RAQUEL 2715,78ROMERO CHIMBO, OLGA MARIA 2715,78ROMERO LAVADO, JOSE PABLO 2396,28ROMERO MONTANEZ, ESTRELLA 2715,78ROMERO NICOLAS, MONICA 2396,28ROMERO PRADO, YOLANDA 2396,28ROMERO ROSALES, ANGEL MARTIN 2396,28ROMERO SALAS, LILIANA 2396,28ROPERO FERNANDEZ, ESTHER 2396,28ROSA CUBO, FRANCISCO 2396,28RUBIO HIPOLITO, IGNACIO 2396,28RUIZ BENITO, DANIEL 2715,78RUIZ CASATEJADA, DANIEL 2396,28RUIZ CUESTA, SUSANA 2396,28RUIZ DE LOS REYES, LAURA 2715,78RUIZ GARCIA, SILVIA MARIA 2396,28RUIZ NEVES, RAQUEL 2715,78RUIZ RAMOS, ANTONIO 2396,28SABIN MONGE, JUAN JOSE 2396,28SALAZAR CRUZ, ANTONIO 2715,78SALCEDO PEREZ, SONIA LUZ 2396,28SALGADO CHRIGUAYA, MARIANO JESUS 2396,28SALGADO GALLEGO, CAROLINA 2715,78SALGADO MATIAS, CRISTINA 2396,28SALO BENITO, BEATRIZ 2396,28SAMANIEGO VALLEJO, DIEGO 2715,78SAN JOSE ARENAS, MONTSERRAT 2396,28SAN MARTIN SALINAS, ALFONSO GUILLER 2396,28SANCHEZ AVIS, M.CARMEN 2396,28SANCHEZ BENEDICTO, PAMELA 2715,78SANCHEZ BENITEZ, JORGE 2396,28SANCHEZ CORTES, M ISABEL 2715,78SANCHEZ ESTRADA, BYRON FERNANDO 2396,28SANCHEZ GARCIA, CRISTINA 2396,28SANCHEZ GONZALEZ, ANA MARIA 2396,28SANCHEZ IGLESIAS, MARTIN 2396,28SANCHEZ JIMENEZ, GEMA 2715,78SANCHEZ JIMENEZ, ISRAEL 2396,28SANCHEZ JORGE, MARIA DEL MAR 2396,28SANCHEZ LORENZO, LAURA 2396,28SANCHEZ MARTINEZ, ARTURO 2396,28SANCHEZ MIGALLON PARRA, CARLOS 2396,28SANCHEZ MORCILLO, M DEL PILAR 2715,78SANCHEZ PAREDERO, MARIA TERESA 2396,28SANCHEZ PEREZ, CONCEPCION 2715,78SÁNCHEZ RANGEL, MARÍA ISABEL 2396,28SANCHEZ SALGUERO, RUBEN 2396,28SANCHEZ SANCHEZ, CAROLINA 2396,28SANCHEZ SANCHEZ, JUAN ANTONIO 2396,28

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

BENEFICIARIO IMPORTE SANCHEZ SUERO, IVAN 2396,28SANCHEZ TERRERO, ALEJANDRA 2715,78SANCHEZ TORRES, MARIA MAR 2396,28SANCHEZ TRIGO, ESTHER 2396,28SANCHEZ VALERA, GONZALO 2396,28SANCHEZ VARGAS, RAQUEL 2396,28SANCHEZ-BRUNETE ALVAREZ, JOSE ANTONIO 2715,78SANDOVAL RUIZ, FREDY JAVIER 2396,28SANGUINO DE LOS SANTOS, JULIAN 2396,28SANTANA CASTRO, NIRBIA 2396,28SANTANA SANTANA, ELIA SIRIS 2715,78SANTOS ACEVEDO, MARTHA ROCIO 2715,78SANTOS PARDEIRO, JUAN LUIS 2396,28SANTOS PERUCHA, LAURA 2396,28SANZ ARESTIGUI, TEBA 2396,28SANZ DE PABLOS, ROBERTO 2396,28SANZ PEREZ, TANIA 2396,28SANZ VICARIO, M ANGELES 2396,28SARANGO PULLAGUARI, BOLIVAR ALFREDO 2715,78SCHIAU , NICOLAE 2715,78SEBBANE , ABDELAZIZ 2715,78SEGUI MARIN, MIGUEL ANGEL 2396,28SEIXAS RODRIGUES, RENATO LUIS 2396,28SEN GARCÍA, JUAN PEDRO 2396,28SERRA BIEDMA, JOSE MANUEL 2396,28SERRANO BELTRE, LEO 2715,78SERRANO SORIA, LAURA 2396,28SIBY , MAHAMADOU 2715,78SICARU , LAURENTIU GEORG 2396,28SIERRA UNDABARRENA, NURIA 2396,28SILVA MANZANO, DANIEL 2396,28SILVA QUIÑONEZ, MIGUEL ORLANDO 2396,28SILVA YANES, ALVA EGIDIA 2396,28SIMEONOVA FILATOVA, EVDOKIYA 2396,28SIMON PUERTA, M ROSARIO 2396,28SIMON VEGAS, AURELIO 2396,28SOLER BALLESTEROS, SILVIA 2396,28SOLIS ESTEBAN, SUSANA 2396,28SOLIZ SEJAS, RICHARD 2396,28SOLLER MACHUCA, MARITZA 2715,78SORIANO MARIN, ROCIO 2396,28SOTELO BRICEÑO, JAVIER 2396,28SOTO YUNGA, GLORIA CARMEN 2715,78SOTOMAYOR ORIHUELA, RAUL 2396,28SOUTO FRAGUAS, JOSE MARIA 2396,28STOICA , RALUCA 2396,28SUAREZ ANCHUNDIA, DANNY ENRIQUE 2396,28SUCIU , ADRIAN OVIDIU 2396,28SUERO SILVA, ESMERALDA 2396,28SUNTAXI GUALOTUÑA, EDWIN GEOVANNY 2715,78TABER , ROLAND 2396,28TACO MENDOZA, ARMANDO 2715,78TAIPE GUARANDA, EDISON BOLIVAR 2396,28TAITAI , MOHAMMED 2715,78TAJER JAOUIL, MUSTAPHA 2396,28TANASE , GHEORGHE 2715,78TARAN , IOAN 2715,78TEBBAI , AADIL 2396,28TEIXEIRA , LUCIANE FATIMA 2396,28TEIXEIRA ALBA, CARLOS 2396,28TENA PEREZ, ALEJANDRO 2396,28TERESA MARTINEZ, BLANCA M 2396,28

BENEFICIARIO IMPORTE TITUAÑA SIMBAÑA, MARLENE PATRICI 2715,78TOLEDANO SOBREMAZAS, EVA MARIA 2396,28TOMA , DIMITRU 2715,78TORRES ALONSO, VICTORIA 2396,28TORRES DE LA PAZ, RAFAEL 2715,78TORRES DIAZ, ROSA MARIA 2396,28TORRES ROBLES, HECTOR IVAN 2396,28TORRES VILA, JENNY MAR 2396,28TOSCO PADRON, MARIA MERCEDES 2396,28TOVAR SANCHEZ, JOSE LUIS 2396,28TRELLES ASTUDILO, MONICA 2396,28TRENADO CHACON, LORENA 2396,28TRILLA RODRIGUEZ, MARIA 2396,28TUDOR , JECHIU 2396,28TURBICA TEJERA, SUSANA 2396,28URBANO GALEANO, ELENA 2396,28URGEL CANTALEJO, MARIA BLANCA 2396,28URIEL EXTREMERA, SARA 2715,78URSU , SILVIA 2715,78VACA PEDRAZA, CARMEN ROSA 2396,28VALEANU , ALEXANDRU 2396,28VALENCIANO BARRERA, LUIS 2715,78VALLADOLID BOHOLLO, ALBA 2396,28VALUTA , CONSTANTIN 2396,28VARAS CASADO, ALBERTO 2396,28VARELA TORO, M LUISA 2396,28VARGAS ALMONTE, WENDY MARGARITA 2396,28VARSA , ANDRADA DANIELA 2396,28VAZ JORDAO, SILVIA 2396,28VAZQUEZ NAVARRO, JUAN ALFONS 2396,28VELADO FERNANDEZ, ADELAIDA 2396,28VELARDE CARRERA, DESIREE 2396,28VELASCO MUNOZ, LUIS ALBERTO 2396,28VERA BURGA, EDDIE EMERSON 2396,28VERA DE LA PAZ, ILDEFONSO 2396,28VERBO JIMENEZ, EULALIO 2396,28VESA , MARIA ELENA 2396,28VICENTE PEREA, EVA MARIA 2396,28VICO JIMENEZ, MONICA 2396,28VILLA ROJAS, JOSE LUIS 2715,78VILLACAÑAS LILLO, DAVID 2396,28VILLADA MEJIA, MONICA 2396,28VILLALBA TORRES, ROSA MARIA 2396,28VILLAMAR ALBAN, PATRICIA DEL CA 2396,28VILLAS HERMOSA, VIRGINIA 2396,28VIRACUCHA YAPO, CARLOS ROBERTO 2396,28VISEDO BUITRAGO, ANGEL 2396,28VLADESCU VLADESCU, STELA GEORGETA 2396,28VRAJITORU , VALERU 2396,28YAGO FERNANDEZ, SUSANA 2396,28YARUQUI BENAVIDES, PAULINA IVANOBA 2715,78YDALGA PALACIO, MARIA NORA 2396,28YEMLAHI , ABDELHAK 2396,28YUQUI CHUNATA, MIGUEL FAUSTO 2396,28ZAHRA JEBARI, FATIMA 2396,28ZAJACZKOWSKI , TOMASZ MACIEJ 2396,28ZAMORA AMADOR, SARA 2396,28ZAMORANO DEL RIO, ALBERTO 2396,28ZARDAIN RODRIGUEZ, YOLANDA 2396,28ZOYO NAVARRO, JOSE ANTONIO 2396,28ZURITA BASTIDAS, NELLY VERONICA 2396,28TOTAL BENEFICIARIOS: 1005 TOTAL: 2.471.841,90

Madrid, 2014.—La directora provincial, Piedad Martín Álvarez.(03/22.961/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

17 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Canal del Henares

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delCanal del Henares durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para usuarios de riegos: 42,50 euros/ha.— Tarifa de utilización del agua para usuarios abastecimiento y otros usos del

agua: 0,008500 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del Canal del Henares, cualquiera que sea el tipo de apro-vechamiento.

Independientemente de esta tarifa, los usuarios del sistema estarán obligados al pagodel canon de regulación del Henares, en las condiciones que en su cálculo se fijan.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contadosa partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provinciade Guadalajara” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamacio-nes que estimen oportunas en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitasen la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el ex-pediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamacio-nes en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.546/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

18 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Casrama con Recursos del Manzanares

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delabastecimiento Casrama con recursos del Manzanares durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,011495 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento Casrama con recursos del Manzana-res, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinasde la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, núme-ro 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el pla-zo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que seña-la el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.541/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

19 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Arteria de Refuerzo para suministro a San Fernando de Henares,

Coslada y Torrejón de Ardoz

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delabastecimiento Arteria de Refuerzo para suministro a San Fernando de Henares, Coslada yTorrejón de Ardoz durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,004373 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento Arteria de Refuerzo para suministro aSan Fernando de Henares, Coslada y Torrejón de Ardoz, cualquiera que sea el tipo de apro-vechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinasde la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado.También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.540/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

20 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Real Acequia del Jarama

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas de laReal Acequia durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para usuarios de riego RAJ: 262,36 euros/ha.— Tarifa de utilización del agua para usuarios de abastecimiento y otros usos del

agua RAJ: 0,052471 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas de la Real Acequia del Jarama, cualquiera que sea el tipode aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contadosa partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provinciade Toledo” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamacionesque estimen oportunas en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas enavenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expedien-te completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en lasdependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.545/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

21 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Canales de Aranjuez

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delos Canales de Aranjuez durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para usuarios de riego: 124,96 euros/ha.— Tarifa de utilización del agua para usuarios de abastecimiento y otros usos del

agua: 0,024992 euros/m3.— Tarifa de aplicación a las fincas directamente explotadas por el Patrimonio Nacio-

nal en la ZR y con posibilidad de riego: 56,01 euros/ha.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas de los Canales de Aranjuez, cualquiera que sea el tipo deaprovechamiento.

Independientemente de esta tarifa, los usuarios estarán obligados al pago del canon deregulación de la Cabecera del Tajo en las condiciones que en su cálculo se fijan.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de laProvincia de Toledo” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las recla-maciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo,sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiestoel expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclama-ciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.544/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

22 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Tarifa de utilización del agua de la Conducción de Picadas a Valmayor

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delabastecimiento de la Conducción de Picadas a Valmayor durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,002815 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento, cualquiera que sea el tipo de aprove-chamiento.

Independientemente de esta tarifa, los usuarios del sistema estarán obligados al pagodel canon de regulación del Alberche, en las condiciones que en su cálculo se fijan.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinasde la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado.También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.543/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Mancomunidad de Aguas del Sorbe

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delabastecimiento a la Mancomunidad de Aguas del Sorbe durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento a la Mancomunidad del Sor-be: 0,007413 euros/m3.

Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del aguaque utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento a la Mancomunidad del Sorbe, cual-quiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara”, las recla-maciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación 'Hidrográfica delTajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de mani-fiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las re-clamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.538/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

24 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento a las Navas del Marqués

INFORMACIÓN PÚBLICA

Cánones de regulación para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de utilizacióndel agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiarios por las obras de re-gulación del sistema de las Navas del Marqués durante el año 2014.

— Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos de agua,excepto los hidroeléctricos: 0,405490 euros/m3.

Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso delagua que utilicen las obras de regulación del abastecimiento a las Navas del Marqués.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila”, las reclama-ciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo,sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiestoel expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclama-ciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.536/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

25 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento a Madrid. Fundación Sur

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delAbastecimiento a Madrid. Fundación Sur durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,025812 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento Fundación Sur Abastecimiento aMadrid, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas dela Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado.También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.526/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

26 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Sistema de Cabecera del Tajo

INFORMACIÓN PÚBLICA

Cánones de regulación para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulaciónde aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiados por las obras de regulación delsistema de Cabecera del Tajo durante el año 2014.

— Canon de regulación para beneficiarios de riego: 10,15 euros/ha.— Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua

excepto los hidroeléctricos: 0,003424 euros/m3.— Canon de regulación para beneficiarios de usos no consuntivos en la cuenca del

Tajo: 0,000229 euros/m3.— Canon de regulación para beneficiarios hidroeléctricos con centrales fluyentes en

la Cuenca del Tajo: 0,000191 euros/kwh.— Canon de regulación para beneficiarios de riego del sudeste: 0,003424 euros/m3.— Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento del sudeste: 0,003424

euros/m3.— Canon de regulación para beneficiarios de usos varios en Guadiana: 0,003407

euros/m3.Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del

agua beneficiados por las obras de regulación de Entrepeñas y Buendía.Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,

a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de laProvincia de Guadalajara”, “Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca”, “Boletín Oficialde la Provincia de Toledo” y “Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres”, y en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en lasoficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, núme-ro 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el pla-zo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que seña-la el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.528/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

27 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Canon Presa de los Morales

INFORMACIÓN PÚBLICA

Cánones de regulación para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulaciónde aplicación a los aprovechamientos de aguas públicas del sistema de la Presa de los Mo-rales durante el año 2014.

— Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua,excepto los hidroeléctricos: 0,039401 euros/m3.

Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso delagua beneficiados por la regulación efectuada en el sistema Presa de los Morales.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial de la Provincial de Ávila”, las reclamacio-nes que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitasen la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el ex-pediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamacio-nes en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.530/14)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Refuerzo del Sifón del Pardo

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delAbastecimiento de Refuerzo del Sifón del Pardo durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,003206 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento de Refuerzo de Sifón del Pardo, cual-quiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas dela Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado.También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.529/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

29 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Sistema de La Aceña

INFORMACIÓN PÚBLICA

Cánones de regulación para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulaciónde aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiados por las obras de regulación delsistema de La Aceña durante el año 2014.

— Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua,excepto los hidroeléctricos: 0,010743 euros/m3.

Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso delagua beneficiados por las obras de regulación del sistema de La Aceña.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contadosa partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provinciade Ávila” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones queestimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, avenida dePortugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente comple-to durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las depen-dencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.531/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

30 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Rama Sur del sistema Torrelaguna

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes Tarifas de Utilizacióndel Agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicasdel abastecimiento Ramal Sur sistema Torrelaguna durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,003344 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del Ramal Sur sistema Torrelaguna, cualquiera que sea eltipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contadosa partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confe-deración Hidrográfica del Tajo, sitas, en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid,en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Tambiénpodrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de laLey de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.532/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

31 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Casrama desde La Aceña

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delabastecimiento Casrama desde La Aceña durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,019292 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento Casrama desde La Aceña, cualquieraque sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinasde la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas, en la avenida de Portugal, núme-ro 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el pla-zo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que seña-la el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.539/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

32 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Sistema del Henares

INFORMACIÓN PÚBLICA

Cánones de regulación para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulaciónde aplicación a los aprovechamientos de aguas públicas con tomas establecidas en el río He-nares, en tramos influidos por la regulación efectuada por las presas de Pálmaces, Alcorloy El Atance durante el año 2014.

— Canon de regulación para beneficiarios de riego: 80,40 euros/ha.— Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua,

excepto los hidroeléctricos: 0,060091 euros/m3.— Canon de regulación para beneficiarios de usos no consuntivos: 0,008857 euros/m3.— Canon de regulación para beneficiarios de usos hidroeléctricos: 0,003358 euros/

kilowatios-hora.Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del

agua beneficiados por la regulación efectuada por las presas de Pálmaces, Alcorlo y ElAtance.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de laProvincia de Guadalajara” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lasreclamaciones que estimen oportunas en las oficinas de la Confederación Hidrográfica delTajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de mani-fiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las re-clamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.533/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

33 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Arteria Eje Nacional III

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delAbastecimiento de Arteria Eje Nacional III, durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,005347 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento de la Arteria Eje Nacional III, cual-quiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas en las oficinas de laConfederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado.También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.534/14)

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

34 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Abastecimiento Depósito Regulador ETAP Colmenar Viejo

INFORMACIÓN PÚBLICA

Tarifas de utilización del agua para el año 2014

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización delagua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas delAbastecimiento del Depósito Regulador ETAP Colmenar Viejo durante el año 2014.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 2,823992 euros/m3.Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua

que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento del Depósito Regulador ETAP Col-menar Viejo, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contadosa partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confe-deración Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid,en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Tambiénpodrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de laLey de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.(02/4.535/14)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

35 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan losactos administrativos que a continuación se indican, correspondientes a los expedientessancionadores tramitados en esta Subdirección General.

Estos interesados disponen del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partirdel día siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presen-tar documentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas queconsideren convenientes, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indi-cado plazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

Asimismo, se le advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a) del REPS,que, de no efectuar alegaciones, el acuerdo de inicio será considerado propuesta de resolu-ción, al contener un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran acer-ca de la responsabilidad imputada, por lo que procedería resolver directamente el proce-dimiento, al quedar cumplido el trámite de audiencia respecto de la propuesta de resolución,procediéndose a elevar dicha propuesta de resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de alegaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solici-tada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que en dicha cita deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá dirigir-se a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del interesadose hará por escrito presentado en cualquier oficina de Registro, procediéndose a la entrega delas mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

Madrid, a 17 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Ac-tividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fernández.

(02/4.246/14)

RELACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

Referencia y Trámite notificado

Interesado Situación local F. Decreto/Resolución

de Inicio Norma infringida Sanción € Plazo

alegaciones

220/2014/03223 Acuerdo de inicio

DINOS ANCOSTA S.L. B83975854

CALLE EMILIOFERRARI, 18

01/04/2014 Art. 39.1 Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas -BOCM 7 de Julio 1997- (en adelante LEPAR)

600 € 15 días

220/2014/3980 Acuerdo de inicio

HOSTELEROS DE REST. DE SERVICIOS ZONA CENTRO S.L. B86444312

CALLE MARIA TERESA SAENZ DE HEREDIA, 44

24/04/2014 Art. 39.1 LEPAR 600 € 15 días

220/2014/04036 Acuerdo de Inicio

S.D.V. X9440607G

CALLE LLANOS DE ESCUDERO, 37

24/04/2014 Art. 39.1 LEPAR 600 € 15 días

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

36 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan losactos administrativos que a continuación se indican, correspondientes a los expedientessancionadores tramitados en esta Subdirección General.

Estos interesados disponen del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partirdel día siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presen-tar documentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas queconsideren convenientes, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indi-cado plazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

Asimismo, se le advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a) del REPS,que, de no efectuar alegaciones, el acuerdo de inicio será considerado propuesta de resolu-ción, al contener un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran acer-ca de la responsabilidad imputada, por lo que procedería resolver directamente el proce-dimiento, al quedar cumplido el trámite de audiencia respecto de la propuesta de resolución,procediéndose a elevar dicha propuesta de resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de alegaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solici-tada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que en dicha cita deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá dirigir-se a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del interesadose hará por escrito presentado en cualquier oficina de Registro, procediéndose a la entrega delas mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

RELACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

Referencia y Trámite notificado Interesado Situación local

F. Decreto/Resolución

de Inicio Norma infringida Sanción € Plazo

alegaciones

220/2014/04598 Acuerdo de inicio

F.A.A.A. X3464303C

CALLE PALOMARES, 10 22/05/2014 Art. 39.1 Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas -BOCM 7 de Julio 1997- (en adelante LEPAR)

900 € 15 días

220/2014/03894 Acuerdo de inicio

PUB BAR EL TIROL C.B. E85366920

CALLE GINZO DE LIMIA, 30 24/04/2014 Art. 39.1 LEPAR 900 € 15 días

220/2014/05115 Acuerdo de inicio

NAYRUZ RESTAURACIÓN S.LB86271400

CALLE ORENSE, 22 28/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 4.500 € 15 días

220/2014/03981 Acuerdo de inicio

L.H.R.C. 50223799X

CALLE NUESTRA SEÑORA DE LA LUZ, 12 24/04/2014 Art. 39.1 LEPAR 600 € 15 días

220/2014/04124 Acuerdo de Inicio

TEMA DELTA S.L. B85006179

AVENIDA CONCHA ESPINA, 39 23/05/2014 Art. 37.11 LEPAR 1 AÑO Y 1 DÍA DE CLAUSURA

15 días

Madrid, a 25 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Ac-tividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fernández.

(02/4.406/14)

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http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

37 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan losactos administrativos que a continuación se indican, correspondientes a los expedientessancionadores tramitados en esta Subdirección General.

Estos interesados disponen del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partirdel día siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presen-tar documentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas queconsideren convenientes, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indi-cado plazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

Asimismo, se le advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a) del REPS,que, de no efectuar alegaciones, el acuerdo de inicio será considerado propuesta de resolu-ción, al contener un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran acer-ca de la responsabilidad imputada, por lo que procedería resolver directamente el proce-dimiento, al quedar cumplido el trámite de audiencia respecto de la propuesta de resolución,procediéndose a elevar dicha propuesta de resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de alegaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solici-tada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que en dicha cita deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá dirigir-se a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del interesadose hará por escrito presentado en cualquier oficina de Registro, procediéndose a la entrega delas mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

RELACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

Referencia y Trámite notificado Interesado Situación local

F. Decreto/Resolución

de Inicio Norma infringida Sanción € Plazo

alegaciones

220/2014/04694 Acuerdo de inicio

J.C.S.M.G.11810527G

CALLE ANTONIOSALVADOR, 63

16/05/2014 Art. 39.1 Ley 17/1997,de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas -BOCM 7 de Julio 1997- (en adelante LEPAR)

1.200 € 15 días

220/2014/05529 Acuerdo de inicio

ALMANSA LATINA S.L. B85676039

CALLE ALMANSA, 15 04/06/2014 Art. 37.11 LEPAR 30.051 € 15 días

220/2014/05665 Acuerdo de inicio

THE PARADISE LUXX S.L. B86501087

CALLE PAN Y TOROS, 9

06/06/2014 Art. 39.1 LEPAR 1.500 € 15 días

Madrid, a 1 de julio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Ac-tividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fernández.

(02/4.569/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

38 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan lasresoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fina la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I) Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente para resolver, en elplazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anun-cio, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC).

II) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccionalcompetente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su pu-blicación [artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa (LJCA)].

III) Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que esti-me pertinente (artículo 58 LRJPAC).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo textolegal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesio-nar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retiraren la Subdirección General de Inspección y Disciplina, Agencia de Gestión de Licencias deActividades, sita en calle Bustamante, número 16, 28045 Madrid, teléfonos 915 882 591y 915 132 240.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado, se procederá a su exacciónpor vía de apremio con los recargos legalmente exigibles.

RELACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

Referencia Interesado Situación local Fecha Decreto/Resolución Norma infringida Sanción €

Resolución Sanción 220/2014/01860

CAFETERIA CERVECERIA MARIAN S.L. B86749884

C/ PONZANO, 16 28/05/2014 Art. 39.1 Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas –BOCM 7 de julio 1997 (En adelante LEPAR)

600

Resolución Sanción 220/2014/02066

CONCIERTOS Y COPAS S.L. B83462705

AVDA BRASIL, 3 28/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 300

Resolución Sanción 220/2014/02631

R.A.P.G. 50243603-B

C/ PILARICA, 7 06/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 600

Resolución Sanción 220/2014/02639

CERTIBARES S.L. B83204891

C/ JOAQUIN COSTA, 27 06/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 900

Resolución Sanción 220/2014/02802

C.V.F.P. X8922298-T

C/ HALCON, 43 06/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 900

Resolución Sanción 220/2014/02999

TANATORIO BAR S.L. B86645538

C/ ANDRES MELLADO,31

22/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 600

Madrid, a 18 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Ac-tividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fernández.

(02/4.284/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

39 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan lasresoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fina la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I) Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente para resolver, en elplazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anun-cio, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC).

II) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccionalcompetente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su pu-blicación [artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa (LJCA)].

III) Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que esti-me pertinente (artículo 58 LRJPAC).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo textolegal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesio-nar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retiraren la Subdirección General de Inspección y Disciplina, Agencia de Gestión de Licencias deActividades, sita en calle Bustamante, número 16, 28045 Madrid, teléfonos 915 882 591y 915 132 240.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado, se procederá a su exacciónpor vía de apremio con los recargos legalmente exigibles.

RELACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

Referencia Interesado Situación local Fecha

Decreto/ Resolución

Norma infringida Sanción €

220/2014/01549 Resolución sanción

LA TABERNA DE VILLA, S.L. B81712317

CALLE ALAMO, 2 04/06/2014 Art.38.11 de la L 17/1997 del 4 de Julio de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas (BOCM 7 de julio de 1997) (en adelante LEPAR)

3.006

220/2014/01965 Resolución sanción

M.A.M.B. 51987322P

CALLE CARIDAD, 7 24/04/2014 Art. 39.1 LEPAR 1.200

220/2014/01994 Resolución sanción

S.Y.S.M. X5142694D

CALLE LOS YEBENES, 251 04/06/2014 Art. 39.1 LEPAR 1.200

220/2014/02051 Resolución sanción

J.M.P.G. X9580842P

CALLE CORREDERA BAJA DE SAN PABLO, 37

07/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 1.200

220/2014/02353 Resolución sanción

O.C.S.X9564654N

CALLE PALMA, 73 04/06/2014 Art. 39.1 LEPAR 2.700

220/2014/02571 Resolución sanción

LA JOYERIA BAR DE COPAS SLB80913957

CALLE CRUZ, 33 22/05/2014 Art. 39.1 LEPAR 600

Madrid, a 23 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Ac-tividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fernández.

(02/4.407/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

40 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica al interesado que más adelante se relaciona el actoadministrativo que a continuación se indica, correspondiente al expediente sancionador tra-mitado en esta Subdirección General.

Este interesado dispone del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partir deldía siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presentar do-cumentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que con-sidere conveniente, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indicadoplazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dicho interesado.

Asimismo, se le advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a), del Regla-mento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, que de no efectuar alegaciones elacuerdo de inicio será considerado propuesta de resolución, al contener un pronunciamien-to preciso en todos los elementos que la integran acerca de la responsabilidad imputada, porlo que precedería resolver directamente el procedimiento, al quedar cumplido el trámite deaudiencia respecto de la propuesta de resolución, procediéndose a elevar dicha propuestade resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de legaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solici-tada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que, en dicha cita, deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá dirigir-se a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del interesadose hará por escrito presentado en cualquier oficina del Registro, procediéndose a la entrega delas mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia y trámite notificado. — Interesado. — Domicilio. — Fechadecreto/resolución de inicio. — Norma infringida. — Sanción. — Plazo alegaciones

220/2014/02893. Acuerdo de inicio. — J. I. F. R. 72023573-Q. — Tomás Borrás, 11,escalera derecha. — 24 de marzo de 2014. — Artículo 39.1 de la Ley 17/1997, de 4 de ju-lio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 7 de julio de 1997 (en adelante LEPAR). — 1.200 euros. — Quince días.

Madrid, a 18 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias deActividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fer-nández.

(02/4.385/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

41 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan losactos administrativos que a continuación se indican, correspondientes a los expedientessancionadores tramitados en esta Subdirección General.

Estos interesados disponen del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partirdel día siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presen-tar documentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas queconsideren convenientes, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indi-cado plazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

Asimismo, se le advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a), del REPS,que de no efectuar alegaciones, el acuerdo de inicio será considerado propuesta de resolu-ción, al contener un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran acer-ca de la responsabilidad imputada, por lo que procedería resolver directamente el proce-dimiento, al quedar cumplido el trámite de audiencia respecto de la propuesta de resolución,procediéndose a elevar dicha propuesta de resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de alegaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solici-tada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que en dicha cita deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá dirigir-se a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del interesadose hará por escrito presentado en cualquier oficina de Registro, procediéndose a la entrega delas mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia y trámite notificado. — Interesado. — Situación local. —F. decreto/resolución de inicio. — Norma infringida. — Sanción. — Plazo alegaciones

220/2014/01213. — Habemus Copas, Sociedad Limitada. B-86617032. — Guzmán elBueno, 104. — 1 de abril de 2014. — Artículo 37.11 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, deEspectáculos Públicos y Actividades Recreativas, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 7 de julio de 1997 (en adelante LEPAR). — 255.430 euros. — Quince días.

Madrid, a 26 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licenciasde Actividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina FloresFernández.

(02/4.468/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

42 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica al interesado que más adelante se relaciona el actoadministrativo que a continuación se indica, correspondiente al expediente sancionador tra-mitado en esta Subdirección General.

Este interesado dispone del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partir deldía siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presentar do-cumentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que con-sidere conveniente, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indicadoplazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dicho interesado.

Asimismo, se le advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a), del Regla-mento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, que de no efectuar alegaciones elacuerdo de inicio será considerado propuesta de resolución, al contener un pronunciamien-to preciso en todos los elementos que la integran acerca de la responsabilidad imputada, porlo que precedería resolver directamente el procedimiento, al quedar cumplido el trámite deaudiencia respecto de la propuesta de resolución, procediéndose a elevar dicha propuestade resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de legaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solici-tada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que, en dicha cita, deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá dirigir-se a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del interesadose hará por escrito presentado en cualquier oficina del Registro, procediéndose a la entrega delas mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia y trámite notificado. — Interesado. — Situación local. — Fechadecreto/resolución de inicio. — Norma infringida. — Sanción. — Plazo alegaciones

220/2014/03518. Acuerdo de inicio. — A. G. J. — Juan Salas, 11. — 9 de abril de 2014. —Artículo 39.1 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recrea-tivas; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de julio de 1997 (en adelanteLEPAR). — 1.200 euros. — Quince días.

Madrid, a 17 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licenciasde Actividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina FloresFernández.

(02/4.245/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

43 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más adelante se relacionan losactos administrativos que a continuación se indican, correspondientes a los expedientessancionadores tramitados en esta Subdirección General.

Estos interesados disponen del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partirdel día siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presen-tar documentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas queconsideren convenientes, teniendo a su disposición los expedientes de referencia y en el in-dicado plazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

Asimismo, se les advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a), del Regla-mento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, que de no efectuar alegaciones elacuerdo de inicio será considerado propuesta de resolución, al contener un pronunciamien-to preciso en todos los elementos que la integran acerca de la responsabilidad imputada, porlo que precedería resolver directamente el procedimiento, al quedar cumplido el trámite deaudiencia respecto de la propuesta de resolución, procediéndose a elevar dicha propuestade resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de legaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en la calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte de los interesados se realizará mediante cita previasolicitada a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamandoal 010. Se informa que, en dicha cita, deberá acreditarse la condición de interesado en lossupuestos y en la forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expe-diente podrá dirigirse a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias porparte de los interesados se hará por escrito presentado en cualquier oficina del Registro,procediéndose a la entrega de las mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia y trámite notificado. — Interesado. — Situación local. — Fechadecreto/resolución de inicio. — Norma infringida. — Sanción. — Plazo alegaciones

220/2014/04330. Acuerdo de inicio. — N. G. G. 2296562-N. — Francisco delPino, 34. — 6 de mayo de 2014. — Artículo 37.12 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Es-pectáculos Públicos y Actividades Recreativas; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 7 de julio de 1997 (en adelante LEPAR). — 30.051 euros. — Quince días.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

220/2014/04441. Acuerdo de inicio. — N. G. G. 2296562-N. — Francisco delPino, 34. — 8 de mayo de 2014. — Artículo 38.15 LEPAR. — Clausura del local por unperíodo de seis meses. — Quince días.

Madrid, a 13 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licenciasde Actividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina FloresFernández.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

44 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica al interesado que más adelante se relaciona la reso-lución que a continuación se indica, advirtiéndose de que dicha resolución pone fin a la víaadministrativa y contra la misma se podrán interponer los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente para resolver, en el pla-zo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformi-dad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccionalcompetente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación[artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA)].

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que es-time pertinente (artículo 58 de la LRJPAC).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo textolegal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesio-nar los derechos e intereses legítimos de dicho interesado.

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retiraren la Subdirección General de Inspección y Disciplina, Agencia de Gestión de Licencias deActividades, sita en la calle Bustamante, número 16, 28045 Madrid, teléfonos 915 882 591y 915 132 240.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado se procederá a su exacciónpor vía de apremio, con los recargos legalmente exigibles.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia. — Interesado. — Situación local. — Fecha decreto/resolución. — Normainfringida. — Sanción

220/2013/17225. Resolución sanción. — F. R. R. 15931036-V. — Sombrerería, 3. — 24de abril de 2014. — Artículo 39.1 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicosy Actividades Recreativas; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de juliode 1997 (en adelante LEPAR). — 300 euros.

Madrid, a 20 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licenciasde Actividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina FloresFernández.

(02/4.384/14)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

45 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a las interesadas que más adelante se relacionan lasresoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose de que dichas resoluciones ponefin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente para resolver, en el pla-zo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformi-dad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccionalcompetente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación[artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA)].

III. Todo ello sin perjuicio de que las interesadas ejerciten cualquier otro recurso queestimen pertinente (artículo 58 de la LRJPAC).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo textolegal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesio-nar los derechos e intereses legítimos de dichas interesadas.

El importe de dicha sanción podrán hacerlo efectivo mediante abonaré que podrán reti-rar en la Subdirección General de Inspección y Disciplina, Agencia de Gestión de Licenciasde Actividades, sita en la calle Bustamante, número 16, 28045 Madrid, teléfonos 915 882 591y 915 132 240.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado se procederá a su exacciónpor vía de apremio, con los recargos legalmente exigibles.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia. — Interesado. — Situación local. — Fecha decreto/resolución. — Normainfringida. — Sanción

220/2014/01728. Resolución sanción. — Habemus Copas, Sociedad Limitada.B-86617032. — Guzmán el Bueno, 104. — 21 de abril de 2014. — Artículo 39.4 de laLey 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas; BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de julio de 1997 (en adelante LEPAR). — 600euros.

220/2014/01735. Resolución sanción. — Habemus Copas, Sociedad Limitada.B-86617032. — Guzmán el Bueno, 104. — 21 de abril de 2014. — Artículo 39.4 Músi-ca. — 1.200 euros.

Madrid, a 12 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licenciasde Actividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina FloresFernández.

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

46 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

EDICTO NÚMERO 17/2014. DEPARTAMENTO DE DISCIPLINAY CONTROL ADMINISTRATIVO

Resolución de 30 de junio de 2014, de la secretaria general técnica del Área de Gobier-no de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del siguiente anuncio:

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los interesadosque se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad conlo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los ac-tos que a continuación se especifican:

Actos: resoluciones de los órganos sancionadores competentes del Área de Gobierno deMedio Ambiente y Movilidad, por la que se acuerda el inicio de los siguientes expedientessancionadores:

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Relación de interesados

Ref. expediente Interesado D.N.I/ N.I.F/ P.A.S. FechaAcuerdo inicio

Art/Norma Infringida

Sanción propuesta Población

131/2014/09332 O.N.; S. XDA735861 21/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2014/09350 T.C.; J.A. X6461100D 21/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2014/09491 B.G.; I. 02654613E 21/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2014/09884 R.Z.; J.M. 03185801W 21/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2014/12562 A.S.; A.A. 50882777S 16/05/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2014/12571 R.; G. Y1402427Q 16/05/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/09603 G.P.; G. X7423410E 15/04/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/12519 T.P.; A.R. 51703460N 16/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/13747 L.M.; L. 48083446Z 23/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/13811 C.G.; P.M. 51703817R 23/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/07224 M.C.; J.L. 51232183M 19/03/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/09293 R.G.; I. 70876899F 15/04/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/12624 R.M.; J. 09059484Z 16/05/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/13612 M.C.; A. 45874087N 22/05/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/09836 M.L.; F. 52875501 15/04/2014 Art. 61.1.o)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/09961 C.F.; A. 51866289R 07/05/2014 Art. 220.1.d)OGPMAU

60,10 € Madrid

131/2014/10265 R.B.; C. 53495024Z 07/05/2014 Art. 220.3.e)OGPMAU

120 € Madrid

131/2014/10453 G-A.L.; J. 12870275G 07/05/2014 Art. 220.3.e)OGPMAU

120 € Madrid

131/2014/02875 CHARADA PRODUCCIONES, S.L.

B84751528 28/04/2014 Art. 57.g)ORPE

1.501 € Madrid

131/2014/10928 LA BOCA DEL LOBO, S.L.

B18161380 28/04/2014 Art. 57.g)ORPE

1.501 € Madrid

131/2014/11108 COYAFIVE, S.L. B81135584 28/04/2014 Art. 59.j)ORPE

300 € Madrid

131/2014/11213 S.L.; C. (STEREO CLUB) 50208301Z 28/04/2014 Art. 59.j)ORPE

300 € Madrid

131/2014/09514 C.; G.J. X0627231K 21/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Coslada

131/2014/12567 S.M.; E. 50867290F 16/05/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Arganda del Rey

131/2014/12476 C.G.; H.V. X6196195H 16/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Parla

131/2014/12523 S.R.; C. 03134361J 16/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Guadalajara

131/2014/13697 G.H.; M. 05308719C 23/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Pinto

131/2014/13100 M.M.; M. 53617766M 16/05/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Pozuelo de Alarcón

De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión quede la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e inte-reses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se en-cuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferi-da mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico,durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presen-te anuncio, en las dependencias del Departamento de Disciplina y Control Administrativodel Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (calle Bustamante, número 16), enel horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

Los interesados podrán presentar alegaciones durante el plazo de diez días en el casode infracciones leves (procedimiento simplificado), o de quince días si se trata de infraccio-nes graves o muy graves (procedimiento ordinario), hábiles a partir del siguiente al de lapublicación del presente anuncio, mediante escrito que podrán presentar en cualquiera delas formas previstas en el artículo 38 de la LRJPAC y, de no hacerlo, el acuerdo de inicia-ción podrá considerarse propuesta de resolución.

Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria general técnica del Área de Gobiernode Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

47 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

EDICTO NÚMERO 19/2014. DEPARTAMENTO DE DISCIPLINAY CONTROL ADMINISTRATIVO

Resolución de 30 de junio de 2014, de la secretaria general técnica del Área de Gobier-no de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del siguiente anuncio:

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los interesadosque se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad conlo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los ac-tos que a continuación se especifican:

Actos: resoluciones de los órganos sancionadores competentes, por las que se resuelvenlos siguientes expedientes sancionadores.

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Relación de interesados

Ref. expediente Interesado D.N.I / N.I.F / P.A.S.

Fecha de resolución

Art/Norma Infringida Sanción Población

131/2014/00709 H.G.; G. 20267944E 30/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2014/00740 B.; C. 12732903 21/04/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Madrid

131/2013/26996 V.P.; J.C. 36043228C 21/04/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/00887 D.Z.; S.A. X3261841G 30/04/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/02931 A.B.; A. 52888101S 30/04/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/02935 C.D.O.; E.C. X1825861Y 30/04/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/02939 C.M.; R. 50909277L 30/04/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/06254 H,E.; J.L. 50303579A 23/05/2014 Art. 61.1.h)OPCAT

150 € Madrid

131/2013/21879 R.A.; J.R. X6503207A 30/04/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2013/27451 R.M.; G.P. Y2574422T 28/05/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2013/27482 C.R.; J.C. X5796469D 30/04/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/03055 S.C.; D. AN737376 30/04/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/03418 R.B.; R. 44785004W 30/04/2014 Art. 61.1.n)OPCAT

150 € Madrid

131/2014/00640 S.; R. X9049201N 30/04/2014 Art. 220.1.d)OGPMAU

60,10 Madrid

131/2013/29278 M.P.; A. 05283569D 30/04/2014 Art. 220.3.e)OGPMAU

120 € Madrid

131/2014/01029 A.P.; J.J. X5533149Q 09/05/2014 Art. 128.e)OGUEA

1.501 € Madrid

131/2013/29406 RECTIFICADOS RALE, S.L. B78663895 09/05/2014 Art. 129.l)OGUEA

6.010,13 € Madrid

131/2013/22338 B.Q.; L.V. 51712902R 30/04/2014 Art. 86.2.d)OLEPGR

300 € Madrid

131/2013/29586 C.D.; A.E. 2718164R 08/05/2014 Art. 87.1.a)OLEPGR

751 € Madrid

131/2013/29589 T.L.; A.P. X8781759Z 08/05/2014 Art. 87.1.a)OLEPGR

751 € Madrid

131/2014/01032 C.T.; L.A. X5412839L 12/05/2014 Art. 87.1.a)OLEPGR

751 € Madrid

131/2014/02912 RESTING MAS PLUS, S.L. B84454644 19/05/2014 Art. 59.j)ORPE

120 € Madrid

131/2013/28961 A.V.; L.M. 25186073S 27/03/2014 Art. 61.1.f)OPCAT

150 € Zaragoza

131/2013/28963 R.R.; F. 05920312C 27/03/2014 Art. 61.1.f)OPCAT

150 € Medellín

131/2014/01261 A.V.; L.M. 25186073S 30/04/2014 Art. 61.1.f)OPCAT

150 € Zaragoza

131/2014/01266 M.C.; M.M. 76021735L 30/04/2014 Art. 61.1.f)OPCAT

150 € Cáceres

131/2014/01269 T.M.; M. 06943146K 30/04/2014 Art. 61.1.f)OPCAT

150 € Cáceres

131/2014/03877 C.R.; M. 53621166R 20/05/2014 Art. 61.1.g)OPCAT

100 € Pozuelo de Alarcón

131/2014/03729 M.A.; N. 46927806D 29/04/2014 Art. 79.3.g)OGPMAU

3.601 € Leganés

131/2013/23864 G.P.; F. 50308826Y 09/05/2014 Art. 128.e)OGUEA

1.501 € Arganda del Rey

131/2013/27768 C.V.; W.A. 49139405C 08/05/2014 Art. 87.1.a)OLEPGR

751 € Fuenlabrada

De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión quede la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e inte-reses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica seencuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación con-ferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídi-co, durante el plazo de un mes a partir del siguiente al de la publicación del presente anun-cio, en las dependencias del Departamento de Disciplina y Control Administrativo del Áreade Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (calle Bustamante, número 16), en el hora-rio comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán in-terponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente, en el plazo de unmes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación, de confor-midad con la siguiente normativa:

Con carácter general: artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún. En particular: para actos sobre aplicación y efectividad de los ingresos de derechopúblico: artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y artícu-lo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de locontencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente a la publicación de la presente notificación, según prevé el artículo 46 de laLey 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

III. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso queestime pertinente.

Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria general técnica del Área de Gobiernode Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.

(02/4.588/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

48 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

EDICTO NÚMERO 54/2014. DEPARTAMENTO DE RECURSOSY ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución de 7 de julio de 2014 del secretario general técnico del Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las siguientes re-soluciones dictadas en procedimientos sancionadores a los interesados que se expresan acontinuación, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se pro-cede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación seespecifican:

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Nº orden Interesado Expediente Resolución Sanción € Norma Infringida 1 C.C.F.

02614042T 183/2014/00239 08/05/2014 300,51

Art. 26 h Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE nº 46 de 22/02/1992)

2 D.F.I. 48202739Y

183/2013/03146 10/04/2014 300,51

Art. 26 h Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE nº 46 de 22/02/1992)

3 A.S.M. 11857830L

183/2013/03588 10/04/2014 300,51

Art. 26 h Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE nº 46 de 22/02/1992)

4 L.F.G. 47665380L

183/2013/03590 10/04/2014 300,51

Art. 26 h Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE nº 46 de 22/02/1992)

5 OLIVA 2013, S.L. B86626553

183/2013/02522 28/004/2014 30.051,00 Art. 37.1 Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOCM de 7 de julio de 1997)

6 E.M.P. 11801693W

183/2009/03424 26/05/2014 ARCHIVO Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

7 C.M.S. 50979026D

183/2013/02310 26/05/2014 ARCHIVO Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

8 J.C.P. 50500933V

183/2013/02380 22/05/2014 DENEGACIÓN SUSPENSIÓN CAUTELAR

Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

9 R.N.S. 05300336D

183/2013/03109 12/03/2014 LEVANTAMIENTO SUSPENSIÓN1.200,00

Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

10 K.P.V. Y0342092G

183/2013/03733 23/05/2014 SUSPENSIÓN CAUTELAR Artículo 25.1 y 25.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

11 M.G.S. 74888977B

183/2013/03811 26/05/2014 500,00 Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

12 J.B.G. 51489786P

183/2014/00063 22/05/2014 500,00 Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

13 F.R.W. 02720805C

183/2014/00297 26/05/2014 500,00 Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

14 A.C.S. 05448955W

183/2014/00322 05/06/2014 500,00 Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

15 A.C. Y1669737C

183/2014/00553 05/06/2014 500,00 Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

16 R.A.M. 51481898D

183/2014/00563 05/06/2014 1.200,00 Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión quede la publicación íntegra de las citadas resoluciones pudiera derivarse para los derechos eintereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notificase encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representaciónconferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento ju-rídico, en las dependencias del Departamento de Recursos y Actuaciones Administrativasde la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (callePríncipe de Vergara, número 140, 28002 Madrid, teléfono 915 889 137), en horario de nue-ve a catorce, de lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fo-tocopias del mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro, indi-cando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente cita previa.

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán in-terponer los recursos que se indican a continuación:

I) Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente para resolver, en elplazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del presente edic-to (artículos 107, 116 y 117 LRJPAC).

II) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-adminis-trativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicacióndel presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regulado-ra de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa).

III) Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso queestime pertinente (artículo 58.2 LRJPAC).

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá reti-rar en las dependencias anteriormente indicadas.

Madrid, a 7 de julio de 2014.—El secretario general técnico del Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias, Jesús E. Guereta López de Lizaga.

(02/4.709/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

49 MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Chamberí

Resolución de 10 de enero de 2014, del gerente del Distrito de Chamberí, por la quese hace pública la relación de subvenciones concedidas en base a la Convocatoria de Sub-venciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito deChamberí para la anualidad 2013, aprobada por decreto de la concejala-presidenta del Dis-trito de Chamberí de 16 de mayo de 2013.

Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 de la Convocatoria de Sub-venciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana Distrito de Cham-berí 2013, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,la publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de la relación de las sub-venciones concedidas durante el año 2013, en relación con la convocatoria de Fomento delAsociacionismo y la Participación Ciudadana, aprobada por decreto de la concejala-presi-dente del Distrito de Chamberí de 16 de mayo de 2013. Las subvenciones concedidas se im-putaron al crédito recogido en las partidas presupuestarias 2013/001/207/924.01/489.01“Participación Ciudadana. Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de lu-cro” y 2013/001/207/924.011789.01 “Participación Ciudadana. Transferencias de capital afamilias e instituciones sin fines de lucro del presupuesto general del Ayuntamiento deMadrid para 2013”.

Beneficiarios:— Asociación Madrileña de Personas con Artritis Reumatoide (AMAPAR).

CIF: G-82407339.Modalidad equipamiento: subvención concedida, 121,21 euros.Modalidad alquiler: subvención concedida, 891,03 euros.

— Asociación Grupo de mayores Telefónica.CIF: G-8099255.Proyecto: edición del “Boletín Madrid al Habla”.Subvención concedida: 2.975,62 euros.

— Asociación de Mujeres Nosotras Mismas.CIF: G-80351141.Alquiler sede social: subvención concedida, 2.380,23 euros.

— AMPA del CEIP “Claudio Moyano”.CIF: G-84509850.Proyecto: Convive con el entorno.Subvención concedida: 3.173,85 euros

— Asociación Española Síndrome de Sjögren.CIF: G-81365272.Proyecto: actualización y adaptación a las nuevas tecnologías de la información.Subvención concedida: 2.558,93 euros.Modalidad equipamiento: subvención concedida, 612,56 euros.

— APA Colegio “Jesús Maestro”.CIF: G-28677334.Proyecto: Curso de Técnicas de Estudio (aplicando nuevas tecnologías de la infor-mación y comunicación).Subvención concedida: 1.491,34 euros.

— Asociación Era para la Integración.CIF: G82899352.Proyecto: asesoría jurídica dirigida a población inmigrante y/o en riesgo de vulnera-bilidad social.Subvención concedida: 3.441,55 euros.Modalidad equipamiento: subvención concedida, 425,04 euros.

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Modalidad alquiler: subvención concedida, 691,76 euros.— Asociación Al compás contigo.

CIF: G-82338311.Modalidad equipamiento: subvención concedida, 261,55 euros.

— Asociación Fútbol Sala Chamberí.CIF: G-84883263.Proyecto: Deporte y mucho más.Subvención concedida: 3.154,76 euros.

— APA del CEIP “Rufino Blanco”.CIF: G-28752582.Proyecto: Rufihuerto.Subvención concedida: 539,53 euros.

— Asociación Consejo de Colegios Mayores Universitarios.CIF: G-18547067.Proyecto: Yo construyo Europa.Subvención concedida: 317,68 euros.Modalidad alquiler: subvención concedida, 272,73 euros.

— Asociación de Vecinos El Organillo de Chamberí.CIF: G-79007035Proyecto: Informatízate (cursos de informática).Subvención concedida: 3.441,55 euros

— Asociación Española de alérgicos al látex.CIF: G-82782798.Modalidad alquiler: subvención concedida, 664,25 euros.

Renuncia a la subvención: Asociación Scout Cebú.Madrid, a 10 de enero de 2014.—El gerente del Distrito de Chamberí, Gerardo Ravassa

Checa.(02/4.242/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

50 MADRID

LICENCIAS

Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

Número de expediente: AGLAIP 220/2014/06780.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio,de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y 11 de la Ordenanza sobre Evalua-ción Ambiental de Actividades del Ayuntamiento de Madrid, en relación con el artículo 58.5de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU), se anunciaal público que ha sido solicitada licencia de instalación de actividades para implantación deactividad con obras de acondicionamiento para establecimiento industrial destinado a almacénde vehículos, taller electrónico de vehículos con oficinas, etcétera, promovida por “Ciudaddel Taxi de Madrid, Sociedad Limitada”, en el emplazamiento sito en la calle Medina dePomar, número 22.

Lo que se hace público para general conocimiento y presentación de alegaciones porescrito en el Registro Municipal, pudiendo consultarse la documentación anexa correspon-diente en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en la sede de la Agencia de Gestiónde Licencias de Actividades (calle Bustamante, número 16), durante el plazo de veinte díashábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Madrid, a 1 de julio de 2014.—El gerente de la Agencia de Gestión de Licencias deActividades (firmado).

(02/4.743/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

51 MADRID

LICENCIAS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Control de la Edificación

Departamento de Licencias 1

Unidad Técnica de Licencias 4

Por el presente se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.4 dela vigente Ordenanza relativa a las condiciones aplicables a los aparcamientos robotizados,que la persona que después se indica tiene solicitada modificación de licencia urbanísticade obras de sustitución que comprende la ejecución de un sótano-aparcamiento robotizadocon más de 12 metros de profundidad en la finca que, asimismo, se refiere.

El proyecto correspondiente podrá ser examinado en la dirección que se señala, duran-te el plazo de veinte días, contados a partir de la inserción del presente anuncio, para formu-lar, dentro de dicho plazo y por escrito, las alegaciones que se estimen oportunas.

Firmado: el jefe del Departamento de Licencias 1.Dependencia: Departamento de Licencias 1, Unidad Técnica de Licencias 4.Calle Ribera del Sena, número 21, 28042 Madrid.Número de expediente: 711/2013/20248.Localización: calle Manuel González Longoria, número 10.Solicitud de modificación de licencia urbanística de obras de sustitución que compren-

de la ejecución de un aparcamiento robotizado con más de 12 metros de profundidad.Solicitante: “Garsalve, Sociedad Limitada”.Madrid, 2014.—El jefe del Departamento de Licencias 1, Julio Álvarez Atarés.

(01/2.506/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

52 MADRID

CONTRATACIÓN

Distrito de Barajas

Resolución de 11 de julio de 2014, de la concejala-presidenta, por la que se hace pú-blica la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto de la autorización parala «Instalación de máquinas de “vending” en edificios adscritos al Distrito de Barajas», connúmero de expediente 121/2014/00585.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Barajas.c) Número de expediente: 121/2014/00585.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: «Instalación de máquinas de “vending” en edificios ads-

critos al Distrito de Barajas».b) Lugar de ejecución: edificios situados en el Distrito de Barajas relacionados en el

anexo I de las condiciones técnicas.c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: dos años desde la formalización de la

autorización.3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.c) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios.4. Presupuesto: ...5. Importe canon de licitación: 639,80 euros anuales.6. Garantía: 639,80 euros.7. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Negociado de Contratación del Distrito de Barajas.b) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1.c) Localidad y código postal: 28042 Madrid.d) Teléfono: 915 888 165/166.e) Telefax: 915 888 201.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: diez días hábiles siguien-

tes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio.8. Requisitos específicos del licitador:a) Los señalados en la cláusula 10 del pliego de condiciones administrativas.9. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Plazo de presentación: durante los treinta días naturales, contados a partir del día

siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

b) Documentación a presentar: la que se señala en la cláusula 13 del pliego de condi-ciones administrativas.1) Entidad: Ayuntamiento de Madrid. Distrito de Barajas. Oficina de Atención

al Ciudadano.2) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1.3) Localidad y código postal: 28042 Madrid.

c) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: tres meses.d) Admisión de variantes: no se admiten.

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10. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento de Madrid. Distrito de Barajas.b) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1.c) Localidad y código postal: 28042 Madrid.d) Fecha: el primer día hábil siguiente al término establecido para la presentación de

las mismas.e) Hora: a las doce.11. Otras informaciones: los criterios de adjudicación serán los señalados en la cláu-

sula 15 del pliego de condiciones administrativas.Gastos de anuncios: a cargo de la entidad adjudicataria.12. En su caso, portal informático o página web donde figuren las informaciones re-

lativas a la convocatoria o donde puedan obtenerse los pliegos: licitaciones no contractua-les del Ayuntamiento de Madrid, www.munimadrid.es

Madrid, a 14 de julio de 2014.—El gerente del Distrito de Barajas, en funciones, JavierLois Cabello.

(01/2.504/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

53 MADRID

CONTRATACIÓN

Distrito de Barajas

Resolución de 14 de julio de 2014, de la concejala-presidenta, por la que se hace pú-blica la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto del contrato adminis-trativo especial número 121/2014/00459, denominado “Organización y realización de lasFiestas Patronales de Nuestra Señora de la Soledad 2014, del Distrito de Barajas”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Barajas.c) Número de expediente: 121/2014/00459.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Organización y realización de las Fiestas Patronales de

Nuestra Señora de la Soledad 2014, del Distrito de Barajas”.b) Lugar de ejecución: recinto ferial de la calle Ayerbe, ermita de la Soledad, calle

Ayerbe, plaza de Cristina Arce y Rocío Oña o plaza posterior al centro cultural“Teresa de Calcuta” y plaza Hermanos Falcó y Álvarez de Toledo, del Distrito deBarajas.

c) Plazo de ejecución: desde el 9 al 15 de septiembre de 2014.3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación:a) Importe total: 36.420,00 euros, IVA incluido.5. Fianzas:a) Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito

de Barajas.b) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1.c) Localidad y código postal: 28042 Madrid.d) Teléfonos: 915 888 170/136.e) Telefax: 915 888 201.f) E-mail: [email protected]. Requisitos específicos del contratista:a) Solvencia económica, financiera y solvencia técnica o profesional: la indicada en

la cláusula 12 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares.8. Criterios de adjudicación: serán los señalados en el apartado 20 del anexo I del

pliego de cláusulas administrativas particulares.9. Presentación de las ofertas:a) Plazo de presentación: quince días, contados desde la publicación del presente

anuncio.b) Documentación a presentar: conforme al modelo y la forma establecida en el plie-

go de cláusulas administrativas particulares.

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c) Lugar de presentación:1) Entidad: Ayuntamiento de Madrid. Distrito de Barajas. Oficina de Atención

al Ciudadano.2) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1.3) Localidad y código postal: 28042 Madrid.

10. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento de Madrid. Distrito de Barajas.b) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1.c) Localidad y código postal: 28042 Madrid.d) Fecha: el primer día hábil siguiente al término establecido para la presentación de

las mismas.e) Hora: a las doce.11. Gastos de anuncios: a cargo de la entidad adjudicataria.12. En su caso, portal informático o página web donde figuren las informaciones re-

lativas a la convocatoria o donde puedan obtenerse los pliegos: “perfil del contratante” delAyuntamiento de Madrid, www.madrid.es

Madrid, a 14 de julio de 2014.—El gerente del Distrito de Barajas, en funciones, JavierLois Cabello.

(01/2.505/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

54 MADRID

OTROS ANUNCIOS

Agencia de Actividades

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que seguidamente se relacionanlos actos administrativos que a continuación se indican, correspondientes a los expedientessancionadores tramitados en esta Subdirección General.

Estos interesados disponen del plazo indicado en dicho anexo, que se contará a partirdel día siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presen-tar documentos que se estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas queconsideren convenientes, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el indi-cado plazo en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (LRJPAC), en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos admi-nistrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

Asimismo, se les advierte, de conformidad con el artículo 6, apartado 2.a), del REPS,que de no efectuar alegaciones el acuerdo de inicio será considerado propuesta de resolu-ción, al contener un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran acer-ca de la responsabilidad imputada, por lo que procedería resolver directamente el proce-dimiento al quedar cumplido el trámite de audiencia respecto de la propuesta de resolución,procediéndose a elevar dicha propuesta de resolución al órgano competente para resolver.

Los escritos de alegaciones y demás documentos que se estimen convenientes se pre-sentarán en el Registro de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (calle Busta-mante, número 16), en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito yen los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o conforme a lo es-tablecido en el artículo 38.4 de la LRJPAC, y deberán dirigirse a la Agencia de Gestión deLicencias de Actividades, Subdirección General de Inspección y Disciplina, sita en calleBustamante, número 16, tercera planta, 28045 Madrid, indicando el número de expediente.

La vista del expediente por parte del interesado se realizará mediante cita previa solicita-da a través de la página del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es o llamando al 010. Seinforma que, en dicha cita, deberá acreditarse la condición de interesado en los supuestos y enla forma legalmente establecida, de conformidad con los artículos 30 a 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Cualquier información relativa al expediente podrá diri-girse a los teléfonos 915 882 591 y 915 132 240. La solicitud de copias por parte del inte-resado se hará por escrito presentado en cualquier oficina de Registro, procediéndose laentrega de las mismas previo pago del abonaré emitido al efecto.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia y trámite notificado. — Interesado. — Situación local. — F. decreto/resoluciónde inicio. — Norma infringida. — Sanción . — Plazo de alegaciones

220/2014/01484. Acuerdo de inicio. — A. A. P. T., X-6046231-Z. — Godella, 171. — 1de abril de 2014. — Artículo 38.11 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Pú-blicos y Actividades Recreativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7de julio 1997), en adelante LEPAR. — Clausura del local por un período de cuatro me-ses. — Quince días.

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220/2014/04608. Acuerdo de inicio. — O. V. M., 3111732-Q. — San Mateo, 21. — 9de mayo de 2014. — Artículo 39.1 de la LEPAR. — 600 euros. — Quince días.

Madrid, a 12 de junio de 2014.—La gerente de la Agencia de Gestión de Licencias deActividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fer-nández.

(02/4.161/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

55 MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

EDICTO NÚMERO 48/2014. SERVICIO DE DISCIPLINA AMBIENTAL

Resolución de 3 de julio de 2014, de la secretaria general técnica del Área de Gobier-no de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del siguiente anuncio:

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los interesadosque se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad conlo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (LRJAPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido del actoque a continuación se especifica:

Acto: resolución del director general de Control Ambiental, Transportes y Aparca-mientos, por la que se acuerda la resolución del siguiente expediente de imposición de multacoercitiva.

Relación de interesados

Referencia del expediente. — Interesado. — DNI/NIF/PAS. — Fecha de resolución. —Artículo norma incumplida. — Emplazamiento de actividad

131/2014/05228. — Canalba, S. L. — B-80891070. — 23 de mayo de 2014. — 57.3.a)de OPCAT. — Calle Sanguiño, número 6.

De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión quede la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e inte-reses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica seencuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación con-ferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídi-co, durante el plazo de un mes a partir del siguiente al de la publicación del presente anun-cio, en las dependencias del Servicio de Disciplina Ambiental del Área de Gobierno deMedio Ambiente y Movilidad (calle Bustamante, número 16), en el horario comprendidoentre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán in-terponer los recursos que se indican la continuación:

I. Recurso potestativo de reposición ante el director general de Control Ambiental,Transportes y Aparcamientos, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la pu-blicación de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:

— Con carácter general: artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

— En particular: para actos sobre aplicación y efectividad de los ingresos de derechopúblico, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,y artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

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II. Directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo conten-cioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguientea la publicación de la presente notificación, según prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que es-time pertinente.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno deMedio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.

(02/4.583/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

56 MADRID

OTROS ANUNCIOS

EDICTO NÚMERO 52/2014. DEPARTAMENTO DE RECURSOSY ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución de 7 de julio de 2014, del secretario general técnico del Área de Gobiernode Seguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos in-tentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las siguientesresoluciones de recursos administrativos a los interesados que se expresan a continuación, sinque haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a notificar me-diante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican:

Número de orden. — Interesado. — Expediente. — Resolución. —Sentido de la resolución

1. — L. C. F., 50724227-G. — 183/2013/01965. — 30 de abril de 2014. — Desesti-matoria.

De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión quede la publicación íntegra de las citadas resoluciones pudiera derivarse para los derechos eintereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notificase encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representaciónconferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento ju-rídico, en las dependencias del Departamento de Recursos y Actuaciones Administrativasde la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (callePríncipe de Vergara, número 140, 28002 Madrid, teléfono 915 889 137), en horario de nue-ve a catorce, de lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fo-tocopias del mismo deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro, indi-cando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente cita previa.

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán in-terponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Admi-nistrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del pre-sente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción de lo Contencioso-Administrativo).

II. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso queestime pertinente (artículo 58.2 de la LRJPAC).

Madrid, a 7 de julio de 2014.—El secretario general técnico del Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias, Jesús E. Guereta López de Lizaga.

(02/4.710/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

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OTROS ANUNCIOS

EDICTO NÚMERO 53/2014. DEPARTAMENTO DE RECURSOSY ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución de 7 de julio de 2014 del secretario general técnico del Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de acuerdos de ini-cio de procedimientos sancionadores a los interesados que se expresan a continuación, sinque haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a su publica-ción mediante edicto.

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Nº orden Interesado Expediente Resolución Trámite notificado Plazo Alegaciones Norma Infringida

1 J.S.V. 54215972G

183/2014/01397 28/03/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

2 J.C.G. X7282197Y

183/2014/01564 09/04/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

3 A.B.P. 11958250K

183/2014/01604 28/04/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

4 L.M.S. 20254729D

183/2014/01640 14/04/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

5 N.S.A. 50238332F

183/2014/01810 28/04/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

6 V.S.V. 51129516X

183/2014/02022 14/05/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

7 P.H.B. 54239570G

183/2014/01603 15/04/2014 Acuerdo de Inicio 10 DÍAS Art. 26 h Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE nº 46 de 22/02/1992)

8 M.E.P. 01893385W

183/2013/03604 18/03/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Art. 37.15 Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOCM Nº 159, de 07/07/1997)

9 J.R.P. 09016131Q

183/2014/01574 09/04/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

10 J.R.S. 02667506N

183/2014/02077 21/05/2014 Acuerdo de Inicio 15 DÍAS Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Se concede el plazo arriba indicado (días hábiles) a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente edicto, para que los interesados puedan tomar vista del expedien-te, formular alegaciones y presentar documentos. Se podrá presentar la documentación in-dicada en cualquier oficina de Registro Municipal, así como en cualquiera de los lugaresprevistos en el artículo 38.4 LRJPAC. Tanto en el caso de solicitar vista del expedientecomo fotocopias del mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Regis-tro indicando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente citaprevia.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndose que los ex-pedientes se encuentran a su disposición en las dependencias municipales del Departamentode Recursos y Actuaciones Administrativas de la Secretaría General Técnica del Área de Go-bierno de Seguridad y Emergencias (calle Príncipe de Vergara, número 140, 28002 Madrid,teléfono 915 889 137), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, previa acreditaciónde su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los ad-mitidos por nuestro ordenamiento jurídico.

Madrid, a 7 de julio de 2014.—El secretario general técnico del Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias, Jesús E. Guereta López de Lizaga.

(02/4.708/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

58 ALCOBENDAS

LICENCIAS

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de EvaluaciónAmbiental, se hace público para general conocimiento, que se ha solicitado licencia de ins-talación para la actividad que se indica a continuación, al objeto de que quienes se conside-ren afectados de algún modo por la misma puedan hacer las alegaciones que estimen perti-nentes dentro del plazo de veinte días hábiles, a contar del siguiente a la publicación,mediante escrito a presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, encontrándose atal fin el expediente de manifiesto en el Departamento de Licencias de Actividades.

Expediente: 2538/2014.Fecha de solicitud: 17 de junio de 2014.Actividad: taller del automóvil con cambio de neumáticos.Emplazamiento: avenida Doctor Severo Ochoa, número 37.Alcobendas, a 7 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa

Gardoqui.(02/4.733/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

59 ALGETE

URBANISMO

Que mediante acuerdo plenario de 23 de julio de 2014, se acordó aprobar inicialmente la so-licitud de autorización de la constitución del derecho de superficie sobre las parcelas 1 y 10.001del polígono 3 del Catastro de Rústica (referencias catastrales 28009A013000010000GZy 28009A013100010000GP), que forman parte del paraje denominado “Soto de la Heredad”,con una superficie aproximada de 76.941 y 318 metros cuadrados, respectivamente, asícomo la aprobación inicial de la solicitud de autorización de la constitución del derecho desuperficie sobre la finca denominada “Soto de las Huelgas” (finca registral 5078, parcelascatastrales 98, 20098 y 150 del polígono 8 del Catastro de Rústica, y parcela 98 del polígo-no 8 de Catastro de Urbana), con una superficie aproximada total de 509.000 metros cua-drados, por un plazo de setenta y cinco años, todo ello, conforme al convenio que formaparte del expediente de su razón.

Quedando a exposición pública por el plazo de veinte días, en las dependencias muni-cipales de este Ayuntamiento, al objeto de presentación de alegaciones o, en su caso, recla-maciones, a esta aprobación inicial.

En Algete, a 24 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(02/5.009/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

60 ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

A tenor de lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del texto refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el expediente de modificaciónde créditos número 11 de 2014, del Presupuesto General, a fin de que por cualquier intere-sado puedan ser examinados y presentar reclamaciones con sujeción a las siguientes normas:

a) Plazo de exposición al público y presentación de reclamaciones: quince días, con-tados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

b) Organismo ante el que pueden presentarse: Ayuntamiento Pleno.c) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

Aranjuez, a 24 de julio de 2014.—La concejal-delegada de Hacienda, María PiedadRoldán Moreno.

(03/24.173/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

61 ARGANDA DEL REY

LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambien-tal de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Rosenbauer Española, SociedadAnónima”, se ha solicitado licencia para la actividad de taller de mantenimiento de vehícu-los de bomberos en calle Sierra de Algodonales, número 20, de esta localidad.—Expedien-te LI 185/2014.

Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días, a contar desde el siguientea la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular, por escritoante el Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones pertinentes.

En Arganda del Rey, a 8 de julio de 2014.—La concejala de Ordenación del Territo-rio, Medio Ambiente, Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad (por decreto 104/2011, de 13 dejunio), Sonia Pico Sánchez.

(02/4.674/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

62 BELMONTE DE TAJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

A los efectos establecidos en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de no-viembre, mediante la presente se da publicidad a la resolución de la Alcaldía 170/2014, de 8de mayo, de delegación de sus funciones en el primer teniente de alcalde don Juan Sanz To-rres, por ausencia de la alcaldesa, los días 21 al 27 de julio de 2014, ambos inclusive.

Belmonte de Tajo, a 15 de julio del 2014.—La alcaldesa, Ana María Pinós Sangonzalo.

(03/22.863/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

63 BOADILLA DEL MONTE

CONTRATACIÓN

De conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento deBoadilla del Monte de 17 de julio de 2014, por medio del presente anuncio se efectúa con-vocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, único criteriode adjudicación, criterio precio, para la adjudicación del contrato administrativo especial de“Cafetería y comedor en el nuevo Centro de Mayores de Boadilla del Monte”, conforme alos siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Junta de Gobierno Local de Boadilla del Monte.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación.c) Número de expediente: EC/24/14.

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: contrato administrativo especial de “Cafetería y comedoren el nuevo Centro de Mayores de Boadilla del Monte”.

b) Plazo de ejecución y duración del contrato: cláusula cuarta del pliego de condicio-nes técnicas y cláusula quinta del pliego de condiciones económico-administrati-vas particulares.

3. Tramitación, procedimiento:

a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.

4. Condiciones económicas del contrato:

— Canon: dada la especial naturaleza del contrato, no se establece canon a favor delAyuntamiento.

— Oferta económica: porcentaje de baja sobre precios unitarios del Anexo II del plie-go de condiciones técnicas.

5. Garantía provisional: no se exige, de conformidad con el artículo 103 del texto re-fundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Garantías exigibles: garantía definitiva de 2.000,00 euros.

6. Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Ayuntamiento de Boadilla del Monte (Conserjería).b) Domicilio: calle José Antonio, número 42.c) Localidad y código postal: 28660 Boadilla del Monte.d) Teléfono: 916 349 300.e) Telefax: 916 349 349.f) Página web: http://ayuntamientoboadilladelmonte.org (“perfil del contratante”).g) Fecha límite de obtención de documentos e información: último día de presentación

de proposiciones.

7. Requisitos específicos del contratista:

— Acreditación de la solvencia económica y financiera: Anexo I del pliego de condi-ciones económico-administrativas particulares.

— Acreditación de la solvencia técnica o profesional: Anexo I del pliego de condi-ciones económico-administrativas particulares y artículo 10 del pliego de condi-ciones técnicas.

— Concreción de las condiciones de solvencia (artículo 64.2 del texto refundido de laLey de Contratos del Sector Público): Anexo I del pliego de condiciones econó-mico-administrativas particulares.

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8. Único criterio de valoración de las ofertas: criterio precio (artículo 12 del pliegode condiciones técnicas).

— Precios de venta al público de la lista de productos y del menú: hasta 100 puntos.9. Presentación de las ofertas de participación:a) Fecha límite de presentación: plazo de quince días naturales, contados a partir del

siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, de lunes a viernes, de nueve a catorce treinta horas. Si el úl-timo día del plazo fuese sábado o festivo, el plazo concluirá el siguiente día hábil.Se indicará en el “perfil del contratante” la fecha de presentación de propuestas.

b) Documentación a presentar: la recogida en la cláusula novena del pliego de cláu-sulas administrativas particulares.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.2.o Domicilio: calle José Antonio, número 42, segunda planta.3.o Localidad y código postal: 28660 Boadilla del Monte.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: hasta la ad-judicación del contrato.

e) Admisión de variantes: no se aceptarán variantes.10. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Sala de Juntas de la tercera planta del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.b) Domicilio: calle José Antonio, número 42.c) Localidad: 28660 Boadilla del Monte.d) Fecha: cláusula decimocuarta del pliego de cláusulas económico administrativas

particulares.e) Hora: cláusula decimocuarta del pliego de cláusulas económico administrativas

particulares.11. Gastos de anuncios: cláusula decimonovena del pliego de cláusulas económico-

administrativas particulares.12. “Perfil del contratante” donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria

y donde pueden obtenerse los pliegos: página web http://ayuntamientoboadilladelmonte.org(“perfil del contratante”) y en la Conserjería del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

13. Composición de la Mesa de Contratación: cláusula duodécima del pliego decláusulas económico-administrativas particulares.

Boadilla del Monte, a 22 de julio de 2014.—La concejala-delegada de Cultura, Parti-cipación Ciudadana y Servicios Sociales y Personas Mayores, Sara de la Varga González.

(01/2.628/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

64 CAMPO REAL

CONTRATACIÓN

1. Órgano de contratación: Ayuntamiento de Campo Real, sito en la plaza Mayor,número 1, 28510 Campo Real (Madrid). Teléfono: 918 733 230. Fax: 918 733 261.

2. Objeto: organización y gestión de los espectáculos taurinos de las Fiestas de Sep-tiembre de 2014, en la forma expuesta en los pliegos de cláusulas administrativas particu-lares y prescripciones técnicas aprobados por el Pleno Municipal, en sesión de 26 de juliode 2014.

3. Forma de adjudicación: procedimiento abierto y tramitación urgente.4. Tipo de licitación: oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación.5. Precio de licitación: 45.000 euros, IVA no incluido.6. Presentación de proposiciones: Oficinas de este Ayuntamiento en Campo Real

(Madrid).7. Examen del expediente: “perfil del contratante”, en www.camporeal.es8. Plazo: trece días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del presen-

te anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.9. Apertura de ofertas: a las doce horas del día que será comunicado a los licitadores

fehacientemente y al público en general mediante anuncio en www.camporeal.esCampo Real, a 28 de julio de 2014.—El alcalde, Felipe Moreno Morera.

(01/2.685/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

65 CANENCIA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Doña Mercedes López Moreno, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Canencia(Madrid).

Hace saber: Que en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial deCuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2013, por unplazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se consideren interesados po-drán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Canencia, a 11 de julio de 2014.—La alcaldesa, Mercedes López Moreno.

(03/22.571/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

66 COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

La Comisión Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25de julio de 2014, ha informado favorablemente la cuenta general correspondiente al ejerci-cio de 2013, y de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del texto refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales se expone al público por plazo de quince días,durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u ob-servaciones.

En Colmenar Viejo, a 25 de julio de 2014.—El alcalde, Miguel Ángel Santamaría Novoa.

(03/24.242/14)

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AYUNTAMIENTO DE

67 COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 17 de junio de 2014, aprobó inicialmentela modificación de crédito número 11, por suplemento de crédito, al presupuesto del ejer-cicio 2014.

El expediente queda expuesto al público por un plazo de quince días, contados a partirdel siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar recla-maciones ante el Pleno Municipal. La modificación de crédito se considerarán definitiva-mente aprobada si durante dicho período no se hubieran presentado reclamaciones.

Coslada, a 30 de junio de 2014.—El alcalde-presidente, Raúl López Vaquero.

(03/22.659/14)

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AYUNTAMIENTO DE

68 COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 16 de junio de 2014, aprobó inicialmentelas modificaciones de crédito números 9 y 10, ambas por crédito extraordinario, al presu-puesto del ejercicio 2014.

Los expedientes quedan expuestos al público por un plazo de quince días, contados apartir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno Municipal. La modificaciones de crédito se considerarán defi-nitivamente aprobadas si durante dicho período no se hubieran presentado reclamaciones.

Coslada, a 30 de junio de 2014.—El alcalde-presidente, Raúl López Vaquero.

(03/22.660/14)

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AYUNTAMIENTO DE

69 COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 25 de julio de 2014, resolvió la alegaciónpresentada y aprobó definitivamente la modificación de crédito número 7 al presupuesto delejercicio 2014. El resumen por capítulos de la citada modificación presupuestaria es el si-guiente:

Modificación de crédito número 7/2014 Suplemento crédito

ESTADO DE GASTOS (ALTAS)

Capítulo Concepto Euros 8 Activos financieros 500.000,00

Total altas 500.000,00

ESTADO DE GASTOS (BAJAS)

Capítulo Concepto Euros 1 Gastos de personal 165.000,00 2 Gastos ordinarios en bienes corrientes y servicios 335.000,00

Total bajas 500.000,00

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el pre-sente acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazo que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Coslada, a 25 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, Raúl López Vaquero.

(03/24.180/14)

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AYUNTAMIENTO DE

70 COSLADA

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Coslada (Madrid).b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación y Compras.c) Número de expediente: S 021/2014.d) Obtención de documentación e información:

— Entidad: Ayuntamiento de Coslada (Madrid).— Domicilio, teléfono, fax y página web: avenida de la Constitución, número 47.

Teléfono: 916 278 200. Fax: 916 278 377 y http://ayto-coslada.es— “Perfil del contratante”: http.//ayto-coslada.es— Fecha límite de obtención de documentos e información: quince días natura-

les, a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Objeto del contrato:— Descripción: servicio de limpieza en el colegio público de Educación Infantil y

Primaria “William Shakespeare”.3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.c) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios, siendo los establecidos en el

apartado 6 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares.4. Presupuesto base de licitación:— Presupuesto máximo del contrato: 20.482 euros, incluido IVA, correspondien-

do 16.927,27 euros a la base imponible y 3.554,73 euros al importe del IVA, altipo del 21 por 100.

5. Garantías exigidas:— Provisional: no se exige.— Definitiva: el 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido).6. Requisitos específicos del contratista: acreditar solvencia económica y financiera,

y solvencia técnica y profesional mediante la documentación requerida en el apartado 8 delanexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares.

7. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: hasta la hora de cierre del Registro de Entrada del

decimoquinto día natural, a contar desde el siguiente a la publicación del presen-te anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Documentación a presentar: la exigida en los pliegos de condiciones.c) Lugar de presentación: Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Coslada.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: dos meses,

a contar desde la apertura de proposiciones.e) Admisión de variantes: procede, no.8. Apertura de las ofertas:a) Lugar: Sala de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Coslada.b) Fecha: dentro del plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación de ofertas.c) Hora: a las nueve y treinta.9. Gastos de anuncios: A cargo del adjudicatario hasta un máximo de 800 euros.Coslada, a 10 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, Raúl López Vaquero.

(01/2.498/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

71 DAGANZO DE ARRIBA

OTROS ANUNCIOS

Por decreto de Alcaldía-Presidencia, de 8 de julio de 2014, se delega la competenciapara la celebración del matrimonio civil de don Rosario Lofranco y doña Yolanda FaberoMijarra, en fecha 29 de agosto de 2014, en la persona de don Juan Fernando Corrales Duar-te, concejal de esta Corporación municipal.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 8 de julio de 2014.—El alcalde, Sergio Berzal Valladar.

(02/4.659/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

72 DAGANZO DE ARRIBA

OTROS ANUNCIOS

Por decreto de Alcaldía-Presidencia, de 8 de julio de 2014, se delega la competenciapara la celebración del matrimonio civil de don Fernando Rubio Román y doña VictoriaCumbrera Serrano, en fecha 28 de agosto de 2014, en la persona de doña Consuelo Vidar-te Rodríguez, concejala de esta Corporación municipal.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 8 de julio de 2014.—El alcalde, Sergio Berzal Valladar.

(02/4.666/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

73 GALAPAGAR

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Galapagar, Plaza de la Constitución, número 1, Mu-nicipio de Galapagar, código postal 28260, teléfono 918 587 800, fax 918 580 807.

b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación.c) El órgano de contratación ha efectuado delegaciones en el quinto teniente de alcal-

de de facultades en relación a la licitación hasta la clasificación de las proposicio-nes y requerimiento previo y de control, dirección, inspección e impartición deinstrucciones al contratista.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: gestión de servicio público.b) Descripción: contrato de gestión de servicios públicos para la actividad integral

del ciclo del agua, en régimen de concesión.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.c) Forma: pluralidad de criterios.

4. Obtención de documentación e información: Portal de Contratación Pública del Ayun-tamiento de Galapagar, en sitio web institucional http://www.ayuntamientodegalapagar.comy a través de la sede electrónica se tiene acceso al “perfil del contratante”, donde dispon-drán de toda la documentación relativa al contrato, incluido el reglamento del servicio apro-bado inicialmente.

Departamento de Contratación: 918 587 800, extensiones 167-168.

5. Plazo de duración del contrato: treinta y cinco años.6. Régimen económico: el establecido en el capítulo 10 del pliego de prescripciones

técnicas particulares, según se desprende del estudio de explotación que se incluye en elanexo VIII a la adenda al proyecto definitivo que consta en el expediente.

7. Criterios de valoración de las ofertas: conforme al anexo I del pliego de cláusulasadministrativas particulares.

A) Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas: 60 puntos.

A.1) Canon ofertado: 60 puntos.

B) Criterios no evaluables mediante la aplicación de fórmulas y porcentajes: 40 puntos.

B.1) Memoria. Plan de Gestión del Servicio. Medios humanos y materiales porencima de los que, a modo orientativo, se especifican en el pliego de pres-cripciones técnicas oficinas y almacenes: hasta 45 puntos.

Plan de Gestión del Servicio: máximo 15 puntos.Medios humanos: máximo 7 puntos.Medios materiales: máximo 7 puntos.Gestión de oficina y almacenes: máximo 10 puntos.

B.2) Aplicaciones informáticas: máximo 3 puntos.

B.3) Control de calidad: máximo 3 puntos.

8. Solvencia exigible:

8.1. Económica: volumen global de negocios igual o superior a 25.000.000,00de euros, referido a la suma de negocios de los tres últimos ejercicios dispo-nibles.

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8.2. Técnica: haber realizado contratos similares en los cinco últimos años, porun importe global mínimo de 5.000.000,00 de euros y por un importe anualmínimo de 500.000,00 euros.

9. Garantía:— Provisional: no se exige.— Definitiva: 2 por 100 del importe de adjudicación impuestos excluidos.10. Presentación de proposiciones:— Fecha límite de presentación: veinte días naturales a partir del día siguiente al de

publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.a) Documentación a presentar: la exigida en el pliego de condiciones.b) Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento, de lunes a vier-

nes, de nueve a catorce horas.11. Apertura de las ofertas: salón de Plenos del Ayuntamiento, a las doce horas del

día hábil siguiente a la conclusión del plazo de presentación de proposiciones.En Galapagar, a 28 de julio de 2014.—El primer teniente de alcalde, delegado de Eco-

nomía y Hacienda, Fernando Arias Moral.(01/2.679/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

74 GALAPAGAR

OTROS ANUNCIOS

Este Ayuntamiento debe proceder a la elección de juez de paz sustituto del municipiopara proponer al Tribunal Superior de Justicia de Madrid el nombramiento de quien resul-te elegido.

Quienes deseen desempeñar dicho cargo y no estén incursos en las causas de incom-patibilidad a que alude el artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán soli-citarlo mediante presentación de su candidatura en la Secretaría del Ayuntamiento, en elplazo de un mes desde la publicación de este anuncio, acompañada de los siguientes docu-mentos:

a) Fotocopia del DNI.b) Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:

— Que no ha sido condenado por delito penal o, en su caso, que obtuvo la rehabi-litación.

— Que no está procesado o inculpado por delito penal.— Que está en pleno derecho de sus derechos civiles.— Que es español, mayor de edad, no está impedido física ni psíquicamente para

la función judicial y que va a residir en esta localidad tras la autorización dela Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibili-dad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica delPoder Judicial.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación del docu-mento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabi-lidad a que hubiere lugar.

c) Titulaciones académicas del aspirante, certificados o documentos que acrediten larealización de cursos o la asistencia a jornadas y seminarios.

d) Experiencia en la realización de las tareas propias del cargo de juez de paz, que seacreditará mediante los certificados expedidos por el órgano correspondiente.

Galapagar, a 10 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.(03/22.573/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

75 MEJORADA DEL CAMPO

CONTRATACIÓN

Aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 25 de julio de 2014,el expediente para la contratación que a continuación se cita, cuya adjudicación se realiza-rá por procedimiento abierto, se hace público un resumen del mismo a los efectos del ar-tículo 142 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se apruebael texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Mejorada del Campo.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: la ejecución de las obras denominadas “Rehabilitación de

firmes de calzada y ejecución de plataforma de aparcamiento en Mejorada delCampo (Madrid)”.

b) Lugar de ejecución: Mejorada del Campo.c) Plazo de ejecución: cuatro meses.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.c) Forma: pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación: 281.372,45 euros, IVA excluido.5. Garantía provisional: no se exige.6. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el IVA.7. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Mejorada del Campo.b) Domicilio: plaza del Progreso, número 1.c) Localidad y código postal: 28840 Mejorada del Campo.d) Teléfono: 916 794 800.e) Fax: 916 792 414.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: veintiséis días naturales

a partir del siguiente a la publicación de este anuncio, de lunes a viernes, en hora-rio de nueve a catorce.

8. Clasificación del contratista: de conformidad con el artículo 65.1 del Real Decre-to Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de laLey de Contratos del Sector Público, no se exige clasificación del contratista al ser el im-porte de las obras inferior a 500.000 euros. No obstante, alternativamente a la documenta-ción acreditativa de la solvencia técnica y económica, las empresas podrán presentar la si-guiente clasificación: grupo G, subgrupo 4, categoría c).

9. Criterios de adjudicación:A) Criterios cuantificables automáticamente (hasta 65 puntos).

a) Oferta económica: la puntuación obtenida por cada una de las ofertas será laresultante de la aplicación de la siguiente fórmula:

Vi = Vmáx - Vmáx (Bmáx - Bi)

(Bmáx)

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— Vi = Puntuación obtenida por la oferta i.— V máx = 65 puntos (puntuación máxima).— B máx = baja máxima (por 100) entre las presentadas al procedimiento

abierto.— Bi = baja (porcentaje) de la oferta i.

B) Criterios cuya ponderación dependan de un baremo (hasta 35 puntos).

a) Propuesta técnica (hasta 20 puntos).

— Será valorada, entre otros, el grado de coherencia, adecuación y desarro-llo de la metodología propuesta para la ejecución de la obra; las medidastendentes a racionalizar el uso del espacio urbano y la consideración demedidas medioambientales durante la ejecución de la obra, y las medidastendentes a minimizar los perjuicios causados por la ejecución de la obrasobre aspectos como tránsito peatonal y de vehículos, accesibilidad aequipamientos, edificios y aprovechamientos de la vía pública existentesen el ámbito de la obra, afecciones de espacios de uso público, etcétera.

— Se asignará la máxima puntuación a la oferta que exponga la propuestatécnica más coherente, adecuada y detallada, puntuando las restantesofertas en función de la calidad de la documentación presentada.

b) Plan de control de calidad (hasta 12 puntos).

— Será valorado el contenido, alcance y valoración económica del plan decontrol de calidad que proponga cada licitador para el control de los ma-teriales y de la ejecución de las distintas unidades de obra.

— Se asignará la máxima puntuación a la oferta que exponga un plan de ca-lidad más pormenorizado y fiable, con indicación de los elementos obje-to de control y cuantificación de los ensayos a realizar y su coste, pun-tuando las restantes ofertas en función de la calidad de la documentaciónpresentada.

c) Mejoras (hasta 3 puntos).

— Serán valoradas las aportaciones y mejoras ofrecidas por los licitadoresque guarden una relación directa con el objeto del contrato. Se admitirála presentación de mejoras relacionadas con la cuantía y/o calidad de ele-mentos de la obra a ejecutar en el ámbito de la misma. No se considera-rán como mejoras las actuaciones de buena ejecución propias del correc-to desarrollo y organización de la obra.

— Se asignará la máxima puntuación a la oferta que presente las mejorascon mayor valoración económica, puntuando las restantes ofertas en fun-ción de la calidad de la documentación presentada.

10. Presentación de ofertas:

a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan los veintiséis días naturalesa partir del siguiente al de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y hasta las catorce horas (si el último día de presenta-ción de proposiciones coincidiese en sábado o festivo se trasladará al primer díahábil).

b) Documentación a presentar: la establecida en la cláusula 20.3 del pliego de cláusu-las administrativas particulares.

c) Lugar de presentación:

— Ayuntamiento de Mejorada del Campo. Registro de Licitaciones. Departa-mento de Tesorería.

— Plaza del Progreso, número 1.— 28840 Mejorada del Campo (Madrid).

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: hasta la ad-judicación del contrato.

e) Admisión de variantes: no procede.

11. Apertura de las ofertas:

a) Lugar: salón de Plenos del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.b) Hora: a las doce.

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c) Fecha: será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el “perfil delcontratante”.

12. Otras informaciones: las proposiciones deberán ajustarse al modelo inserto en elpliego de cláusulas administrativas particulares.

13. Gastos de anuncios: a cargo de la entidad adjudicataria, hasta un máximo de 3.000euros.

14. Portal informático o página web donde figuren las informaciones relativas a laconvocatoria o donde puedan obtenerse los pliegos: “perfil del contratante” en el Ayun-tamiento de Mejorada del Campo es www.mejoradadelcampo.es

En Mejorada del Campo, a 25 de julio de 2014.—El alcalde accidental, Anastasio Mar-tínez García.

(01/2.675/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

76 MORALEJA DE ENMEDIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Aprobadas por Pleno ordinario, con fecha 25 de junio de 2014, la “Derogación del Re-glamento Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Moraleja de En-medio” y la “Derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la inscripción enel Registro Municipal de Uniones de Hecho”, se exponen al público los acuerdos por plazode treinta días, para que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias por parte de todosaquellos que estén interesados.

Moraleja de Enmedio, a 10 de julio de 2014.—La alcaldesa en funciones, María delValle Ciudad Gutiérrez.

(03/22.665/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

77 MORALEJA DE ENMEDIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, en sesión ordinaria celebrada eldía 25 de junio de 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenan-za fiscal número 6, reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras, y encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2.o de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentesen materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo detreinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las re-clamaciones y/o sugerencias que se estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Moraleja de Enmedio, a 8 de julio de 2014.—La alcaldesa en funciones, María delValle Ciudad Gutiérrez.

(03/22.663/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

78 MORALEJA DE ENMEDIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, en sesión ordinaria celebrada eldía 25 de junio de 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenan-za fiscal número 8 del impuesto de bienes inmuebles, y en cumplimiento de lo dispuesto enlos artículos 49 y 70.2.o de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, y 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba eltexto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se someteel expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguientea la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, paraque pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones y/o sugerencias que se estimenoportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Moraleja de Enmedio, a 8 de julio de 2014.—La alcaldesa en funciones, María delValle Ciudad Gutiérrez.

(03/22.664/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

79 RIBATEJADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebradael día 1 de julio de 2014, el presupuesto general del Ayuntamiento de Ribatejada para elejercicio 2014, por el presente se anuncia que estará expuesto al público en la Secretaría delAyuntamiento, junto con la documentación correspondiente, por el plazo de quince días, acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, durante los cuales, los interesados podrán examinar el expediente yformular, en su caso, las reclamaciones pertinentes en los términos del artículo 169 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales. El presupuesto se considerará definitivamenteaprobado si durante el plazo citado no se hubiesen presentado reclamaciones.

En Ribatejada, a 9 de julio de 2014.—El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul.

(03/22.572/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

80 SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

LICENCIAS

Solicitada licencia municipal por “Solidago, Sociedad Limitada”, para la instalación dela actividad de jardín botánico experimental, incluida en el anexo V de la Ley 2/2002, de 19de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, que se desarrollará en par-cela 648, polígono 7, del catastro de rústica.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se procede a abrir período de informa-ción pública por término de veinte días desde la inserción del presente anuncio en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que, quienes se vean afectados de algúnmodo por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren pertinentes.

El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependenciasde este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en las mismas durante horario de oficina.

En San Agustín del Guadalix, a 1 de julio de 2014.—El concejal-delegado de Indus-tria y Comercio, Mariano Baonza Sanz.

(02/4.522/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

81 SEVILLA LA NUEVA

OTROS ANUNCIOS

De conformidad con lo establecido en la resolución conjunta de la Presidencia del Ins-tituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la quese dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrónmunicipal, de 9 de abril de 1997, habiendo tenido conocimiento este Ayuntamiento de quelos habitantes relacionados a continuación no residen en los domicilios en que figuran ins-critos, y en base a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de ju-lio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las En-tidades Locales (en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre),se acuerda, por los motivos expresados, la baja de las inscripciones que se detallan a conti-nuación, correspondientes a los expedientes 2013: 141 (5-A-B), 142 (3-9), 143 (9-A-B).2014: 141 (2-3), 142 (2-3), 143 (1-2-3-5).

N.I.A. APELLIDOS Y NOMBRE DOMICILIO

15379 FEJER CARMEN AURELIA CEDRO, 8 15558 KOSTADINOVA HALACHEVA EMILIYA AVD. DOS DE MAYO, 12 E-6 1º K 16457 MOCANU MARIA GENERAL ASENSIO, 12 E-6 1º K 16005 GEORGIEV KYUKOV ALEKSANDAR NUESTRA SEÑORA DEL VILLAR, 5 1º A 17502 TZANKOV ROSERO JENNIFER BRUNETE, 7 BAJO PC. 20979 CIOMBLEA ROBERT ANDREI CEDRO, 6 23106 ATUDOREI IONUT-GABRIEL CEDRO, 6 13894 MADDOCK ROBINSON JILGUERO, 5 13915 BECHIRA FLORIN GENERAL ASENSIO, 3 1º E 13916 CAMPEANU SORINA ELEONORA GENERAL ASENSIO, 3 1º E 20020 MOURTZINI ANASTASIA PASEO DEL OLIVAR, 6 20123 AIRINEI CRISTIAN SANTA BARBARA, 4 E-2 1º D 20636 CAMPOS MEDEIROWS RAIMUNDI PRIMAVERA, 1 1 BAJO A 20681 PATER MARIA BIANCA SEVILLANOS, 18 2º 1º D 19611 AILINCAI COSTEL MAYOR, 15 E-3 BAJO A 20047 STACHNIK LESLAWA AVD .MADRID, 5 BAJO 20227 NARCISO DE SOUSA BRAS SANDRA CRISTINA SANTA BARBARA, 6 E-8 BAJO C. 20029 NARCISO RODRIGUEZ MARIANA ALEXANDRA SANTA BARBARA,8 PORT. 8 BAJO C. 14022 MOREIRA VICENTE JUDITE ISABEL FUENTE MONTES 9 PBJ PC. 14023 MOREIRA VICENTE ANA CAROLINA FUENTE MONTES, 9 PBJ PC 16953 CAPOBIANCO GERARDO OSCAR GORRION Nº 1 E-2 1º K 19612 DANCSO RELA MAYOR, 15 3 BAJO A 22924 MOUTON RITA JULIA GENERAL ASENSIO, 7 1º B 16955 CAPOBIANCO BLAS GORRION Nº 1 E-2 1º K 18194 ANCA LENUA ATAJILLO DE BRUNETE, 5 E-3 1º C 20224 NUNES ARADEIRAS MARIA ELISABETE FUENTE EMPEDRADA, 23 20300 PEKNIKOVA OLGA JOSE ANTONIO, 33 20301 PEKNIK MILAN JOSE ANTONIO, 33 20346 MONTEIRO DE SOUSA RUI ALEXANDRE HISPANIDAD, 2 3 21 B 15646 BALDI FABIAN ENRIQUE ALONDRA, 1 ESC. 8 1º D 16843 PAREDES PRIEGO JAVIER AVD. DOS DE MAYO, 12 E-5 1º K 14316 ILIEV FILIPOV HRISTO COLON, 2 17501 IVANOV TZANKOV IVAYLO BRUNETE, 7 22140 COUTON XAVIER DENYS FUENTE EGIDO, 15 20022 CHAIRISTANDOU CHARIKLEIA PASEO DEL OLIVAR, 6 22939 CRETU MARIA NUESTRA SEÑORA DEL VILLAR, 1 – 3º- A 22524 BYRNE STEVEN JOSEPH CONSTITUCION,1 18836 CZARNIK MALGARZOTA JOSE ANTONIO, 22 E-3 BAJO A

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos oportunos, participándole quecontra la presente resolución, que tiene carácter y agota la vía administrativa, de acuerdo conlo que disponle artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá inter-ponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el tér-

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mino de un mes o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el término dedos meses, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. No obstante, podrá in-terponerse cualquier otro recurso que se estime más conveniente.

Lo manda y firma en Sevilla la Nueva, a 30 de junio de 2014.—El alcalde, Mario UtrillaPalombi.

(02/4.572/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

82 TORRELAGUNA

RÉGIMEN ECONÓMICO

En sesión plenaria de 25 de junio de 2014, se acordó modificar la ordenanza fiscal re-guladora del impuesto de construcciones y obras ICIO. Se somete el expediente a informa-ción pública por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la inserción deeste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su examen y pre-sentación de alegaciones. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegacio-nes, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

“Bonificaciones:Primero.—Se establece una bonificación del 90 por 100 del ICIO por las actuaciones

de vallado de parcelas que se ubiquen en el Conjunto Histórico-Artístico declarado el 21 dediciembre de 1973.

Segundo.— La bonificación establecida en la ordenanza del 25 por 100 a favor de lasconstrucciones que incorporasen instalaciones térmicas o eléctricas con sistema solar seaplicará únicamente cuando la dotación para producción de ACS mínima obligatoria esta-blecida en el Código Técnico de la Edificación sea superada

Tercero.3. La bonificación del 90 por 100 a favor de construcciones, instalaciones u obras

unifamiliares que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacita-dos establecida en la ordenanza se aplicará exclusivamente a la parte del presupuesto quecomprenda los elementos concretos de mejora de la accesibilidad y habitabilidad”.

Torrelaguna, a 8 julio 2014.—El alcalde, Óscar Jiménez Bajo.(03/22.662/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

83 TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

En la Intervención General de este Ayuntamiento, a los efectos establecidos en el ar-tículo 212 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, se hallan expuestas alpúblico, para su examen y formulación por escrito de los reparos y observaciones que pro-cedan, las cuentas generales de este Ayuntamiento correspondientes al ejercicio 2013.

De conformidad con lo establecido en el párrafo 3 del citado 212, para la impugnaciónde las mencionadas cuentas se observarán las siguientes normas:

— Plazo de exposición: quince días hábiles siguientes al de la inserción de este anun-cio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Plazo de admisión: los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo deexposición y ocho días hábiles más.

— Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.— Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.Torrelodones, a 28 de julio de 2014.—La alcaldesa accidental, Raquel Fernández

Benito.(03/24.243/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

84 VILLAMANTA

LICENCIAS

Por “Grupo Fes-Tauro, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia de actividad parainstalación de actividad y funcionamiento de local de reuniones en la calle Roma, número 15,de este municipio de Villamanta (Madrid).

Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto de que quienes se con-sideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacerlas observaciones pertinentes dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir de lapublicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Eva-luación Ambiental de la Comunidad de Madrid, mediante escrito a presentar en la Secreta-ría del Ayuntamiento.

En Villamanta, a 13 de junio de 2014.—El alcalde, Pedro Luis Dorado del Álamo.

(02/4.300/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

85 VILLAREJO DE SALVANÉS

OTROS ANUNCIOS

Mediante el presente anuncio de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, no habiéndose podido practicar el siguiente requerimiento en la forma determinada enlos artículos 58 y 59, se procede a su notificación cuyo texto literal se transcribe:

«Por la presente le comunico, que el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996, de 20 dediciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorialde las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, dice:

1. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del mu-nicipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirseúnicamente en el que habite durante más tiempo al año.

2. Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados tendrán la mis-ma vecindad que los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, de sus represen-tantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro municipio. En todocaso, respecto a los mayores incapacitados se estará a lo dispuesto en la legislación civil.

Asimismo, el artículo 72 del mencionado Real Decreto dice: “Los Ayuntamientos daránde baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo losrequisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta cir-cunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Este de-berá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, el altaen el padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección consular corres-pondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde baja de oficio.

Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, esta solo po-drá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento”.

Visto que al parecer no tiene establecida su residencia en este domicilio, se le requierepara que en el plazo de quince días hábiles comunique, a través de la solicitud que se le re-mite, si se continúa residiendo en este lugar habitualmente.

Caso contrario se iniciará el correspondiente procedimiento para efectuar la baja deoficio del padrón de habitantes de este municipio».

N.I.A APELLIDOS Y NOMBRE PASAPORTE /TARJETA RESIDENCIA

007322 JAKSON ANNA MARTA P 7249090 007323 KUBIAK KRZYSZTOF ANTONI P 72409089 007408 KUBIAK MARTYNA ANNA P 8273682 007659 PIRVU CONSTANTIN T X5644264H 008334 CHIRLEJAN FLORIN PAUL T X7256628J 008468 NEDELCA GABRIEL T Y00646905K 008671 BERENDI ALESANDRU NICUSOR T X5537891C 008672 BERENDI MARIANA CLAUDIA T X9286042E 008674 POP RAZVAN IONUT T Y02147473T 008675 POP SILVIA T Y02147402K 008676 POP GRIGORE T X8170517C 009133 NEDELCA ANDREEA MARIANA T X08471759P 009169 FERREIRA ANDREIA CRISTINA T Y01889667R 009397 FERREIRA DA SILVA RAFAELA T Y02254513K 009778 PIRVU FERREIRA ALEJANDRO CONSTANTIN 009801 RUS ANUTA OLIMPIA T X09960557Q 009802 RUS IOAN DANUT T X9960614G 010059 KUBIAK DANIEL JAN 011495 NEGRE ANA MARIA P 401297 011600 VERDER SEIGEAN P 718119KT 011742 BERENDI ALEXANDRA MARIA

En Villarejo de Salvanés, a 5 de junio de 2014.—El alcalde-presidente, Marco Anto-nio Ayuso Sánchez.

(02/3.954/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

86 VILLAVICIOSA DE ODÓN

OFERTAS DE EMPLEO

Por resolución del alcalde-presidente, de 23 de julio de 2014, se aprobaron las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTODE JEFE DE LA POLICÍA LOCAL VACANTE EN LA RELACIÓN

DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIOPOR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN

DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la pro-visión, mediante el procedimiento de libre designación de acuerdo con los principios de mé-rito y capacidad, del puesto de jefe del Cuerpo de Policía Local, vacante en la relación depuestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, cu-yas características se detallan a continuación:

— Denominación del puesto: jefe del Cuerpo de Policía Local.— Delegación: Seguridad Ciudadana.— Localización del puesto: calle Zarzal, número 14, 28670 Villaviciosa de Odón.— Número de puesto: 1.1.23.1.— Nivel de complemento de destino: 24.— Complemento específico anual: 35.523,21 euros (incluye disponibilidad y dedica-

ción para el ejercicio de las funciones del puesto fuera de la jornada habitual delmismo.)

— Escala: Administración Especial. Subescala: Servicios Especiales. Categoría: su-boficial. Grupo: A. Subgrupo: A2.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación.—1. De acuerdo con el artícu-lo 32 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comuni-dad de Madrid, podrán participar:

— Los funcionarios del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villaviciosa deOdón, de mayor categoría (suboficial).

— Los funcionarios de otros Cuerpos de Policía Local, o de otros Cuerpos y Fuerzasde Seguridad del Estado, que tengan, como mínimo, igual o equivalente categoríaa la de suboficial del Cuerpo de la Policía Local.

2. Tener acreditada experiencia en funciones de mando.3. No podrán participar los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de

sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señaladoen ellas.

Tercera. Una vez aprobadas las bases por el alcalde-presidente serán publicadas enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarta. Presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes seráde quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extractode convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el Registro Ge-neral del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón de ocho y treinta a catorce horas, de lunesa viernes, pudiendo remitirse, asimismo, mediante las formas previstas en el artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del procedimiento Administrativo Común.

El importe de los derechos de examen, de conformidad con la ordenanza fiscal muni-cipal, será de 19,00 euros y su abono se realizará mediante ingreso en la cuenta abierta en“Bankia”, número 2038-2244-50-6000042475.

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A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:— Fotocopia del DNI.— Un currículum vítae junto con los documentos justificativos de los requisitos exi-

gidos, así como de los méritos que se aleguen, mediante certificaciones o fotoco-pias compulsadas. No teniéndose en cuenta aquellos que no queden debidamenteacreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.

— Documento acreditativo de haber ingresado los derechos de examen.El escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y

que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria.Los requisitos de participación, así como cualquier otra documentación susceptible de

valoración, deberán ser adjuntados a la solicitud de participación.Quinta. Adjudicación y nombramiento.—Los aspirantes podrán ser llamados en caso

de considerarse oportuno a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de sucurrículo profesional y cualesquiera otras que el órgano competente considere necesarias,con el fin de determinar la idoneidad del candidato para su nombramiento.

En el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización de presentación de soli-citudes, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución del nombramiento correspondien-te, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coor-dinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

El nombramiento se hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y se no-tificará a la persona designada.

Sexta. Normativa aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases y, enlo no previsto en ellas, por el artículo 32 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinaciónde Policías Locales de la Comunidad de Madrid; el Decreto 112/1993, de 28 de octubre, porel que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Co-munidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Pú-blico; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real De-creto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de lasdisposiciones vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio dela Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y demásnormativa de general y pertinente aplicación,

Séptima. Recursos.—Las presentes bases y cuantos actos administrativos se derivende ellas podrán ser impugnados directamente mediante la interposición de recurso ante lajurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente a su aprobación. No obstante, se podrá interponer con carácter previo y potestati-vo recurso de reposición ante el mismo órgano municipal, en el plazo de un mes contado enla misma forma. Igualmente, podrá utilizar otros recursos, si lo estimase oportuno.

Villaviciosa de Odón, a 23 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.(02/4.994/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE

87 VILLAVICIOSA DE ODÓN

CONTRATACIÓN

Ampliación del plazo de presentación de proposiciones en los expedientes de contra-tación de los servicios para el desarrollo y ejecución de actividades lúdico deportivas parapersonas mayores, expediente: 19/14, y contratación del servicio de retirada de vehículosde las vías públicas, expediente: 25/14.

Mediante resolución de esta Alcaldía-Presidencia de 25 de julio de 2014, y debido aproblemas de funcionalidad en la página web del Ayuntamiento, se ha acordado ampliar elplazo para la presentación de proposiciones en los procedimientos de licitación referencia-dos, estableciéndose un nuevo plazo de quince días naturales contados a partir de la publi-cación del presente anuncio. Si coincidiera el plazo señalado en sábado o festivo se trasla-dará al primer día hábil siguiente, en horario de ocho y treinta a trece.

Villaviciosa de Odón, a 25 de julio de 2014.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.(02/5.068/14)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

88 MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALESSIERRA OESTE

OFERTAS DE EMPLEO

En sesión de la Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, celebra-da el 9 de mayo de 2014, se aprobaron las bases de la convocatoria para la provisión inte-rina de una plaza de auxiliar administrativo en el Centro de Servicios Sociales.

La solicitud y documentación complementaria para la participación en dicha convoca-toria puede presentarse durante el plazo de quince días naturales, a contar desde el día si-guiente a la publicación de este anuncio, en la Secretaría de la Mancomunidad, sita en la calleJuan de Toledo, número 27, de San Lorenzo de El Escorial, en horario de nueve a catorce.En caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado o festivo,se trasladará al primer día hábil posterior.

Las bases de la convocatoria pueden solicitarse en la Secretaría de la Mancomunidad ypueden consultarse, asimismo, en la web de la Mancomunidad (www. mancomunidadsierraoeste.org).

En San Lorenzo de El Escorial, a 27 de junio de 2014.— El presidente de la Manco-munidad Sierra Oeste, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/22.846/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

89 CATALUNYA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

En el rollo de Sala número 6.114 de 2013 (SAB), en materia de recursos de suplica-ción, formado a instancias de don Ignacio Oñate Fernández, contra Instituto Nacional de laSeguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “MC Mutual, Mutua de Acci-dentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales” y Asociación Amparo y Solidaridad, laSala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dictó sentencia en fecha 28de mayo de 2014.

Contra dicha resolución puede interponerse recurso de casación para la unificación dedoctrina en el plazo de diez días con los requisitos y advertencias legales que constan en lasentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la Secretaría deesta Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, sita en passeig de LluísCompanys, sin número, de Barcelona.

Y a fin de que sirva de notificación a Asociación Amparo y Solidaridad, cuyo domici-lio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comu-nicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial porel medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones quedeban revestir la forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o re-suelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial de Sala, Mercedes Inies-ta García.

(03/22.008/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

90 MADRID NÚMERO 23

EDICTO

Don Salvador González Bascueña, secretario judicial del Juzgado de primera instan-cia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajoel número 937 de 2013, sobre juicio verbal de medidas paterno-filiales, promovidos por laprocuradora doña Ana de la Corte Macías, en nombre y representación de doña Claudia Yo-hanna Freire Balladares, contra don Italo Miguel Domínguez Lapo, en situación procesalde rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demanda-da que en el referido procedimiento ha recaído resolución de fecha 24 de junio de 2014, enla que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Estimar en parte la demanda interpuesta por doña Claudia Johanna Freire Balladares,representada por la procuradora doña Ana de la Corte Macías, contra don Italo Miguel Do-mínguez Lapo, y adoptar las siguientes medidas definitivas en relación con los menoresClaudio Miguel y Aitana Claudia Domínguez Freire:

1. Atribuir a la madre la guarda y custodia de los menores, siendo compartida la pa-tria potestad por ambos progenitores, si bien será la madre quien de hecho ejerza exclusi-vamente las funciones propias de dicha institución.

2. No establecer régimen de visitas, sin perjuicio de lo que pueda acordarse una vezque sea conocido el paradero del demandado y se formule la oportuna demanda de modifi-cación de medidas.

3. Fijar en concepto de pensión alimenticia a favor de los hijos comunes y con car-go al padre la cantidad de 240 euros mensuales, a razón de 120 euros por cada hijo, en docemensualidades anuales que se harán efectivas con carácter anticipado dentro de los cincoprimeros días de cada mes mediante ingreso en la entidad y cuenta bancaria que al efectodesigne la madre. Tal cantidad se actualizará anualmente, con fecha de efecto de 1 de ene-ro de cada año, en proporción a la variación que experimente el índice nacional general deprecios al consumo en el período de diciembre a diciembre inmediato anterior según los da-tos que publique el Instituto Nacional de Estadística u órgano que pueda sustituirle.

Los gastos extraordinarios, entendiendo por tales los que tengan carácter excepcionaly no sean previsibles, tales como gastos de enfermedad, prótesis ópticas o dentales o cual-quier otro gasto sanitario no cubierto por el sistema público de la salud de la Seguridad So-cial, serán sufragados por ambos progenitores al 50 por 100, previa consulta y conformidad.

4. No ha lugar a determinar en este trámite procesal ninguna otra medida.No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales.Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interpo-

ner, ante este Juzgado, en el término de veinte días por medio de abogado y procurador.Y para que sirva de notificación en forma a don Italo Miguel Domínguez Lapo, que se

halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 24 de junio de 2014.—El secretario (firmado).(03/22.010/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

91 MADRID NÚMERO 44

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio verbal número 497 de 2012 seguido a instan-cias de “Tarcredit Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, frente a donManuel Cageao Villar y “Escardel Alimentos, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia,cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador donFrancisco Javier Díaz Menéndez, en nombre y representación de la entidad “Tarcredit,Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, contra la entidad “EscardelAlimentos, Sociedad Limitada”, y contra don Manuel Cageao Villar, y en consecuencia,debo condenar y condeno a este último a abonar a la actora la suma de 3.028,33 euros, máslos intereses moratorios convenidos, y al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la mismacabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos correspondientes,lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichos demandados don Manuel Cageao Villar y “Escardel Alimen-tos, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirvade notificación en forma a los mismos.

Madrid, a 20 de mayo de 2014.—El secretario judicial (firmado).(02/3.682/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

92 MADRID NÚMERO 52

EDICTO

Doña Carmen Lara Rubido, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 52de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal número 586de 2011, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de En-juiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Marco Antonio Yanza Sánchez y a doñaAna María Lima Medina la sentencia dictada en el presente procedimiento en fecha 18 deabril de 2012, cuyo encabezamiento dice lo siguiente:

Vistos y examinados por doña María Smith Sánchez, magistrada-juez del Juzgado deprimera instancia número 52 de Madrid y de su partido judicial, los presentes autos de jui-cio verbal número 586 de 2011, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de“Tarcredit, Establecimiento Financiero y de Crédito, Sociedad Anónima”, representada porel procurador de los tribunales don Francisco Javier Díaz Menéndez y con asistencia letra-da de don Enrique López Maestro-Muñoz, contra don Marco Antonio Yanza Sánchez ydoña Ana María Lima Medina, declarados en rebeldía procesal, ha recaído la presente reso-lución sobre la base de la siguiente resolución.

Asimismo, la parte dispositiva dice:

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por “Tarcredit, Establecimiento Financiero y deCrédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Francis-co Javier Díaz Menéndez, contra don Marco Antonio Yanza Sánchez y doña Ana MaríaLima Medina, y debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la parte acto-ra 5.997,99 euros, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda e in-crementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta su completo pago, y al abo-no de las costas procesales.

En Madrid, a 26 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(02/4.235/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

93 MADRID NÚMERO 54

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.132 de 2012, sobre otras materias, se ha dic-tado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 17 de enero de 2014, pronuncia don Arturo Hernández Presas, magistra-do-juez del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, el juicio ordinario número1.132 de 2012, seguido a instancias de “Konica Minolta Business Solutions Spain, Socie-dad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales señor Bermejo González ydefendida por letrado (cuyo nombre no consta), frente a “Ryg Studio, Sociedad Limitada”,en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimando íntegramente la demanda formulada por “Konica Minolta Business Solu-tions Spain, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales señorBermejo González, frente a “Ryg Studio, Sociedad Limitada”, en rebeldía, condeno a la de-mandada a abonar a la actora la suma de 7.685,85 euros en concepto de principal, con otros521,67 euros de intereses moratorios calculados hasta sentencia, sin perjuicio de los demora procesal hasta el pago, y al abono de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que con-tra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veintedías siguientes a su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Será requisito para la admisión del recurso que el recurrente acredite haber constitui-do depósito en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado por importe de 50 euros (núme-ro 2651 de “Banesto”, calle Diego de León, número 54, haciendo constar que es para un re-curso, clave 02 y número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y como consecuencia del ignorado paradero de “Ryg Studio, Sociedad Limitada”, se

expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 17 de enero de 2014.—El secretario (firmado).(02/4.732/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

94 MADRID NÚMERO 81

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 1.759 de 2012, sobre otras materias, se ha dic-tado sentencia del día de la fecha, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Acuerdo: Estimar íntegramente la demanda formulada por la comunidad de propieta-

rios del paseo de las Delicias, número 35, de Madrid, contra don Ángel Moreno Pulgarín, y enconsecuencia, condeno a la parte demandada a que abone a la actora la suma de 11.294,04euros, más el interés del 18 por 100 anual, que será computado desde el día 15 de febrerode 2008, y las costas causadas en esta primera instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de quela misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación a interponer en el pla-zo de veinte días desde la notificación ante este Juzgado.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión dela original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ángel Moreno Pulgarín se extien-

de la presente para que sirva de cédula de notificación.En Madrid, a 9 de mayo de 2014.—El secretario (firmado).

(02/3.523/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

95 ALCOBENDAS NÚMERO 1

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 378 de 2013 se ha acordado notificar a la de-mandada rebelde doña Mercedes Hidalgo Fernández la sentencia número 80 de 2014, de fe-cha 28 de marzo de 2014, dictada en los presentes autos de procedimiento ordinario núme-ro 378 de 2013, instados por doña Loreto Lourdes Chillón Fernández y don Luis RedondoRojas, frente a doña Mercedes Hidalgo Fernández, mediante publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Estimando íntegramente la demanda interpuesta seguida por la procuradora de los tri-bunales doña Ascensión de Gracia López Orcera, en nombre y representación de doña Lo-reto Lourdes Chillón Fernández y don Luis Redondo Rojas, defendidos por el letrado donJosé Antonio Bermúdez Alonso y dirigida contra doña Mercedes Hidalgo Fernández, de-clarada en rebeldía, debo:

1. Declarar la división de la vivienda sita sobre la parcela número 315, hoy calle de lasPedrizas, número 12, urbanización “Peña Pala”, en el término de El Molar, e inscrita en el Re-gistro de la Propiedad número 2 de San Sebastián de los Reyes, al tomo 1.245, libro 137, fo-lio 164, finca número 6.442, del Ayuntamiento de El Molar, que pertenece por mitad indi-visa a los demandantes y a la demandada doña Mercedes Hidalgo Fernández, sacándola, ensu caso, si no llegaren a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a uno de ellos, a la ventaen pública subasta y con admisión de licitadores extraños.

2. Acordar que se realice en ejecución de sentencia la liquidación de los gastos quehaya abonado cada una de las partes por la citada vivienda (hipoteca e impuestos) desde eldía 19 de noviembre de 2012 hasta que se dicte sentencia, determinando el saldo a favor oen contra que tendrá cada una de las partes, teniendo en cuenta que cada una de ellas habríatenido que abonar la mitad, con derecho a resarcir al que tenga saldo a favor por la parteque lo tenga en contra.

3. Condenar a la demandada al pago de las costas procesales.Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presen-

te sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veintedías para su posterior decisión por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

En Alcobendas, a 17 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).(03/4.750/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

96 ALCOBENDAS NÚMERO 3

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 917 de 2013, sobre reclamación de dañosy perjuicios, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 79 de 2014

Magistrado-juez de primera instancia, don Javier Martín-Borregón García de la Chi-ca.—En Alcobendas, a 12 de marzo de 2014.

Parte demandante, doña Rosita Vallesterol Sangalang, y parte demandada, doña Ele-na Ion.

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por doña Rosita Vallesterol Sangalang y condeno adoña Elena Ion a que le abone la cantidad de 260 euros, más intereses al tipo legal desde eldía 5 de junio de 2013, que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.

Se imponen las costas a la demandada.Frente a la presente resolución no cabe recurso.Así por esta mi sentencia lo dispongo, mando y firmo.—Doy fe.En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica lasentencia recaída en autos de fecha 12 de marzo de 2014 a la parte demandada, doña Elena Ion.

En Alcobendas, a 12 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(02/4.759/14)

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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE

97 MADRID NÚMERO 13

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, secretario del Juzgado de instrucción número 13 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 211 de 2014-G se ha dictado lapresente sentencia, que en su parte dispositiva dice:

Que debo absolver y absuelvo libremente de la falta que se imputa en los presentesautos a don Serigne Diagne, declarando las costas de oficio.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Serigne Diagne, actual-mente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 27 de junio de 2014.—El secretario (fir-mado).

(03/22.009/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE

98 ALCORCÓN NÚMERO 3

EDICTO

En el presente procedimiento de divorcio número 76 de 2012 seguido a instancias dedoña Gilma Teresa Montaño Villca, frente a don Míchel Trujillo Llanos, se ha dictado sen-tencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Alcorcón, a 31 de enero de 2013.—Doña Victoria Lara Domínguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Alcorcón, ha visto los pre-sentes autos de juicio de divorcio número 76 de 2012, incoados a instancias de doña GilmaTeresa Montaño Villca, representada por el procurador don José Javier Freixa Iruela y asis-tida por el letrado don Luis Cruz Valdajos, contra don Míchel Trujillo Llanos, en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Gilma Teresa Montaño Villca, contradon Míchel Trujillo Llanos, debo decretar y decreto la disolución, por causa de divorcio,del matrimonio formado por ambos con todos los efectos legales inherentes a dicha situa-ción y, además, con las siguientes medidas:

1.o e atribuye a la madre la guarda y custodia de la menor, Aitana Graciela TrujilloMontaño, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad, sin perjuicio de la titulari-dad compartida con el otro progenitor.

2.o Se establece a cargo del padre una pensión alimenticia mensual por importede 100 euros a favor de la menor.

La pensión se abonará por adelantado en los primeros cinco días de cada mes y se ac-tualizará anualmente con arreglo al índice de precios al consumo que publique el InstitutoNacional de Estadística u organismo que lo sustituya.

Sin perjuicio de lo anterior abonará también la mitad de los gastos extraordinarios dela menor previa acreditación de su necesidad.

No se hace especial declaración en relación con las costas causadas.Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que no es firme y que

contra ella podrán interponer recurso de apelación que deberán presentar en el plazo deveinte días previa constitución de un depósito de 50 euros en la “Cuenta de consignacio-nes” del Juzgado, cuenta número 2355 de la entidad “Banesto”, requisito sin el cual no seadmitirá a trámite el recurso.

Una vez sea firme comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el ma-trimonio para que se practique la preceptiva inscripción marginal.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y encontrándose dicho demandado don Míchel Trujillo Llanos en paradero descono-

cido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.Alcorcón, a 1 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.677/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE

99 COLMENAR VIEJO NÚMERO 4

EDICTO

Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, secretaria del Juzgado de instrucción núme-ro 4 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 399 de 2013 se ha dictado lapresente sentencia dictada el día 7 de marzo de 2014, notificándose esta sentencia a las par-tes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer en elplazo de cinco días siguientes al de su notificación recurso de apelación, ante este Juzgado,para la Audiencia Provincial de Madrid; recurso que se formalizará y tramitará conforme alo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Florica Bona, actualmen-te en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 27 de junio de 2014.—La secretaria(firmado).

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE

100 MAJADAHONDA NÚMERO 5

EDICTO

Doña María Luisa Álvarez Castillo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Ma-jadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 102 de 2013 se ha dictado lapresente sentencia, que en su parte dispositiva dice:

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Giovana del Rocío Mora Hidalgo, con número deidentificación de extranjería X-3045544-E, nacida en Ecuador el día 9 de octubre de 1970,como autora penalmente responsable de una falta de hurto, en grado de tentativa de los ar-tículos 623.1 y 16, ambos del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstan-cias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de dos meses, con unacuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta treinta días deprivación de libertad en caso de impago (artículo 53 del Código Penal), así como a las cos-tas procesales, en su caso.

Hágase definitiva entrega de los efectos sustraídos a su legítimo titular.La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de ape-

lación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazode cinco días desde su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Giovana del Rocío MoraHidalgo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 20 de juniode 2014.—La secretaria (firmado).

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE

101 TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4

EDICTO

Doña María Esther Somoza Hernández, secretaria judicial del Juzgado de primera instan-cia número 4 de Torrejón de Ardoz.

Hago saber: Que en el procedimiento de expediente de dominio, reanudación del trac-to número 182 de 2014, sobre otras materias concursales, ha recaído la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, señora Somoza Hernández.—En To-rrejón de Ardoz, a 18 de junio de 2014.

Por recibido el presente procedimiento junto con informe del ministerio fiscal, únasee incóese el expediente de dominio para la inmatriculación de la finca que se insta, sita enDaganzo de Arriba (Madrid), calle Ancha, número 12, en la actualidad calle Oriente, nú-mero 24, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Torrejón de Ardoz, altomo 1.218, libro 47, folio 241, inscripción segunda, en el que le tendrá por personado ennombre y representación de don Julio Gil Águeda al procurador don José Luis TorrijosLeón, entendiéndose con él las sucesivas notificaciones y diligencias en virtud del poderpresentado que, previo testimonio en autos, se le devolverá.

Cítese a don Gregorio Bravo Gómez, don Luis Alfonso Bravo Rodríguez, don Máxi-mo Bravo Rodríguez, don David Bravo Esteban, don Juan Ignacio Bravo Esteban y donRaúl Bravo Esteban, como personas de quien procede la finca; a los ignorados herederos dedon Ambrosio Moya Bravo, a cuyo favor figura inscrita la finca; a don Julio Gil Águeday doña Rosa Bravo Castro, como personas a cuyo nombre aparece catastrada; a don Maria-no Mínguez Moreno, doña María Dolores Berzal Aguado y don Jesús Mínguez Moreno,como dueños de las fincas colindantes, y a todas aquellas personas ignoradas a quienes pue-de perjudicar la inscripción, a fin de que dentro del término de diez días puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, citando a aquellos cuyo domi-cilio se desconoce por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgadoy del Ayuntamiento y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, así como en cualquier periódico que de mayor difusión designe la parte actora.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días que se in-terpondrá por escrito ante este Juzgado.

Lo que así mando y firmo.—Doy fe.Y para que sirva de notificación a los ignorados herederos de don Ambrosio Moya Bra-

vo y a todas aquellas personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción expido elpresente edicto en Torrejón de Ardoz, a 18 de junio de 2014.—La secretaria (firmado).

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE

102 MADRID NÚMERO 2

EDICTO

En el juicio ordinario número 315 de 2011 del Juzgado de lo mercantil número 2 deMadrid, se sentenció el 31 de mayo de 2013, cuyo fallo extractado es:

Fallo

Estimar totalmente la demanda de don Marcos Llácer Colomina y condenar solidaria-mente a don Zhongjung Weng y a don Sergio Pérez Álvarez a pagarle 13.156,86 euros deprincipal, más intereses legales devengados desde el 9 de abril de 2012, incrementados endos puntos desde el 31 de mayo de 2013, y abono de costas.

Cabe apelación en veinte días, depositando 50 euros en la cuenta de consignaciones enel “Banco Santander”.

Madrid, a 11 de marzo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.642/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

103 MADRID NÚMERO 2

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 36 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña Paloma Porras Arribas, frente a “Avepinser, Sociedad Limita-da”, y “Germán Sport Fitness, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictadoauto y decreto de fecha 24 de febrero de 2014, cuyas partes dispositivas literalmente dicen:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución número 36 de 2014 a favor de laparte ejecutante doña Paloma Porras Arribas, frente a “Germán Sport Fitness, Sociedad Li-mitada”, y “Avepinser, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 1.526,56 eurosen concepto de principal, más otros 91,59 euros que se fijan provisionalmente en conceptode intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 152,65 euros paralas costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y en orden al inicio de la presente, procédase a realizar consulta telemática a través delPunto Neutro Judicial sobre averiguación patrimonial de la empresa ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de

reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además dealegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimientoo incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse laoposición a la ejecución despachada.

Así lo acuerda y firma su señoría don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez delJuzgado de lo social número 2 de Madrid.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Decretar elembargo sobre los ingresos que se produzcan en las cuentas corrientes de la parte ejecuta-da en entidades financieras, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas co-rrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que las entidades bancarias actúen como depositarias o meras intermediariashasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados. Prac-tíquese la oportuna orden de embargo a la Agencia Tributaira mediante el Punto Neutro Ju-dicial para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abo-nen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a la demandada no será válido (artículo 1.165

del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada le libera de toda responsabi-lidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 238, 240, 260 y 275 de la Ley Reguladora de la Ju-risdicción Social).

c) De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o im-pida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).

Constando en la aplicación informática de los Juzgados de lo social que la empresa“Avepinser, Sociedad Limitada”, ha sido declarada en insolvencia en el Juzgado de lo so-cial número 5 de Madrid, por decreto de fecha 21 de febrero de 2014, estando unida a losautos dicha información, acuerdo dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parteactora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptiblesde traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia pro-visional en la presente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demanda-da “Avepinser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, realícense los actos de comuni-

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cación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cé-dula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comuni-caciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios dela oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban re-vestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso directo de revisión ante quien dicta esta reso-lución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente,en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabaja-dor o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito pararecurrir de 25 euros en la cuenta número 2500 de “Banesto”, sito en la calle Princesa, nú-mero 3, de Madrid. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Esta-do, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos de-pendientes de ellos.

Así por este decreto lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Germán Sport Fitness, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

104 MADRID NÚMERO 2

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 86 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña Eva María Martínez Herrero, frente a don Ángel CaparrósGonzález, don Honorio Caparrós Valenzuela, doña María Caparrós Parejo, doña Sara Ca-parrós Parejo y “Zepelín 92, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado de-creto de fecha 30 de junio de 2014, cuya parte dispositiva literalmente dice:

Se acuerda el embargo sobre la pensión de viudedad que percibe el ejecutado don Ho-norio Caparrós Valenzuela, apremiado en las presentes actuaciones, por un importe sufi-ciente a cubrir principal, intereses y costas provisionales; por lo que requiérase a la Tesore-ría General de la Seguridad Social para que retenga y remita mensualmente, hasta la totalliquidación de la deuda, las cantidades que legalmente procedan; debiéndose acreditar me-diante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo.

Adviértase:a) Que el pago que, en su caso, se hiciere al apremiado no sería válido (artículo 1.165

del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada le libera de toda responsabi-lidad frente al acreedor.

b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se con-fabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (ar-tículos 257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio).

Respecto al embargo de cuentas corrientes, se mantiene el embargo de las posicionesfinancieras que pueda tener el ejecutado don Honorio Caparrós Valenzuela en la entidad“Banco de Sabadell”.

En relación al embargo de inmuebles propiedad de don Honorio Caparrós Valenzue-la, estese a la espera de la liquidación de la sociedad de gananciales del mismo, y con su re-sultado se acordará lo que proceda.

Notifíquese a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-

te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Zepelín 92, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.788/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

105 MADRID NÚMERO 2

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 485 de 2014, promovido por don Daniel Fons

Martínez, sobre reclamación de cantidad.Persona que se cita: “Obras y Construcciones Fonsymar, Sociedad Limitada”, en con-

cepto de parte demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objetodel juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, el día 21 de mayo de 2015, a las once y treinta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 7 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María José Villagrán Moriana.(03/22.890/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

106 MADRID NÚMERO 4

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 126 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Leopoldo Moreno Pastor y doña Rocío Leonardo Leonar-do, frente a “Ecco Documática, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dicta-do la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 30 de junio de 2014.La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que se ha recibido de la correspondien-

te oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día 23 de mayode 2014, el anterior escrito presentado por la parte actora, de lo que paso a dar cuenta a suseñoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 30 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Dispongo: Ampliar la ejecución despachada por auto de fecha 29 de mayo de 2014 te-niendo como ejecutante a don Leopoldo Moreno Pastor y por la cantidad de 3.082,03 euros(2.801,85 euros, más 280,18 euros en concepto de mora), más 308,20 euros de interesesy costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En consecuencia, la cantidad total a la que asciende la presente ejecución es de 4.305,02euros de principal y 723,04 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los

tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de esteJuzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2502/0000/64/0126/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ecco Documática, Sociedad Anó-nima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.774/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

107 MADRID NÚMERO 5

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.138 de 2013, ejecución número 128de 2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Pupo Pernas, fren-te a “Alquihogar Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado lasiguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 24 de junio de 2014.La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 13 de mayo

de 2014 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Jorge PupoPernas solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Alquihogar Segu-ridad, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dichotítulo es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 24 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donJorge Pupo Pernas, frente a la demandada “Alquihogar Seguridad, Sociedad Limitada”,parte ejecutada, por un principal de 337,20 euros, más 20,23 euros y 33,72 euros de intere-ses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2503/0000/64/0128/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña Ángela Mostajo Veiga.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alquihogar Seguridad, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.839/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

108 MADRID NÚMERO 6

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 135 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña María del Pilar García Hernández, frente a “Open Viajes,Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutantedoña María del Pilar García Hernández, frente a la demandada “Open Viajes, Sociedad Li-mitada”, parte ejecutada, por un principal de 17.435,05 euros, más 1.046,10 eurosy 1.743,50 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su pos-terior liquidación.

Decreto

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Requerir a “OpenViajes, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días manifieste relacionada-mente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución que asciendea 17.435,05 euros en concepto de principal y 2.789,60 euros en concepto provisional de in-tereses de demora y costas. Deberá manifestar dicha relación con la precisión necesaria paragarantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostenten de-rechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes, y de estar sujetos a otro proceso, concretarlos extremos de este que puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá, cuan-do se trate de personas jurídicas, a sus administradores o a las personas que legalmente lesrepresenten, y cuando se trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad a quie-nes aparezcan como sus organizadores, directores o gestores. En el caso de que los bienesestuvieran gravados con cargas reales deberá manifestar el importe del crédito garantizadoy, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha. En el caso de bienes inmuebles de-berá indicar si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento deque, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia gra-ve en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no seansuyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y graváme-nes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la investigación judicial del patrimonio de la ejecutada. A tal efecto, se con-sultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los des-pachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación detodos los bienes o derechos de la deudora de los que tengan constancia, tras la realizaciónpor estos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la infor-mación precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efec-tividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta de entidades financieras o depositariaso de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relacionesjurídicas con la ejecutada deban tener constancia de los bienes o derechos de esta o pudie-ran resultar deudoras de la misma.

Se acuerda el embargo de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realí-cese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la “Cuenta de consignacio-nes judiciales”.

Se acuerda el embargo de los saldos de “Open Viajes, Sociedad Limitada”, a favor dela ejecutada en las entidades que consten tras realizar las oportunas averiguaciones a travésdel Punto Neutro Judicial en cuanto sean suficientes para cubrir la suma de las cantidadesreclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a travésde la “Cuenta de consignaciones judiciales”.

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Se acuerda el embargo sobre los créditos que contra las empresas que consten tras rea-lizar las oportunas averiguaciones a través del Punto Neutro Judicial ostenta la empresa de-mandada por relaciones comerciales mantenidas con las mismas en lo que sea suficiente acubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrense los co-rrespondientes oficios a las oportunas empresas al objeto de requerirles, bajo su personalresponsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimientode lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgadolas cantidades adeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieren a la demandada no será válido (artícu-

lo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimientoles libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o im-pida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).

Hágase saber a la ejecutada que conforme al auto que contiene la orden general de eje-cución:

a) Transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que la ejecutada cum-pliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimientode la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubierenocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incremen-tarse el interés legal a abonar en dos puntos.

b) Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenidaen el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales,si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sen-tencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, ensu caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le im-pondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado en aplicación de lo prevenido enel artículo 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la Leyde la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y da-tos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de loca-lización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intenta-das sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendocarga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo,deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electróni-ca o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de co-municación con el tribunal.

La “Cuenta de consignaciones” de órgano judicial a efectos de pago será la núme-ro 2504/0000/64/0135/14, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Bancocuenta consignaciones”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Open Viajes, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.909/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

109 MADRID NÚMERO 6

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 132 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don El Mahdi Taheri, frente a “Lorty, Sociedad Anónima”, so-bre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 26 de junio de 2014, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

No ha lugar a despachar la ejecución por encontrarse la entidad ejecutada “Lorty, So-ciedad Anónima”, en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte acto-ra de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia y de los autos de aclaraciónrecaídos en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actua-ciones previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro delos tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lorty, Sociedad Anónima”, en ig-norado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.781/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

110 MADRID NÚMERO 8

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 19 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don Óscar González Ramón, frente a “Romeleva, Sociedad Limita-da”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 6 de junio de 2013.—Vistos los preceptos legales citados y demás de ge-neral aplicación,

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Óscar González Ramón con laempresa “Romevela, Sociedad Limitada”, con efectos desde esta resolución, condenando aesta a que abone a aquel las siguientes cantidades:

Indemnización: 6.698,41 euros.Salarios de tramitación: 6.735,30 euros.Dar cuenta al Servicio Público Estatal de Empleo por si hubiere lugar a efectos de re-

vocación de prestaciones.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea tra-bajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuentade este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña Pilar Varas García.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Romeleva, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.798/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

111 MADRID NÚMERO 9

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 77 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don Marcos Fernández Fernández, frente a “Digital 2 Social Media,Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución de la sen-tencia de fecha 4 de febrero de 2014 a favor de la parte ejecutante don Marcos FernándezFernández, frente a la demandada “Digital 2 Social Media, Sociedad Limitada”, parte eje-cutada, por un principal de 22.842,60 euros, más 2.284 euros y 2.284 euros de interesesy costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento delos requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la eje-cución en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social,y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del re-querimiento [artículo 101.c) de la Ley de la Jurisdicción Social], oposición para la que tie-ne el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente autoy del decreto que se dicte (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social),debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad So-cial ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Ban-co Santander”, número 2507/0000/64/0077/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo so-cial don José María Reyero Sahalices.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Digital 2 Social Media, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.916/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

112 MADRID NÚMERO 9

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 9 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 594 de 2014, promovido por don Óscar Mon-

teliú Morón, sobre despido.Personas que se cita: “MVG Urbanismo y Gestión, Sociedad Anónima”, “Balsera, So-

ciedad Limitada”, “Hortaleza y Gestión, Sociedad Anónima”, “Información y Gestión deComunidades, Sociedad Anónima”, “Inversiones Montecarmelo, Sociedad Anónima”,“Proyectos Urbanos de Chamartín, Sociedad Anónima”, e “Inversiones y Proyectos Torre-carbonera, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio solicitado de “MVG Urbanismo y Gestión, Sociedad Anónima”, “Bal-sera, Sociedad Limitada”, “Hortaleza y Gestión, Sociedad Anónima”, “Información y Ges-tión de Comunidades, Sociedad Anónima”, “Inversiones Montecarmelo, SociedadAnónima”, “Proyectos Urbanos de Chamartín, Sociedad Anónima”, e “Inversiones y Pro-yectos Torrecarbonera, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto deljuicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, ubicada en la planta tercera, el día 23 de septiembre de 2014, a lasdiez y cuarenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por pro-curador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentrode los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de laJurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 7 de julio de 2014.—La secretaria judicial, Encarnación Gutiérrez Guío.(03/22.877/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

113 MADRID NÚMERO 10

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 483 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Juan José Ginés González, frente a don Marco AntonioArenas Ramírez, “Conversa CCS, Sociedad Limitada”, “Conveying Information” y donKeoma Ferreiro Ricón, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Decreto

En Madrid, a 27 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido de la demanda en el presente proceso a don Juan José Ginés Gon-zález, frente a los demandados “Conveying Information” y don Marco Antonio Arenas Ra-mírez, manteniendo la demanda frente a don Keoma Ferreiro Ricón.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-

te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Conveying Information” y don Mar-co Antonio Arenas Ramírez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.772/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

114 MADRID NÚMERO 10

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 54 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña Alicia Blázquez Serrano, frente a “Index Formación y Servi-cios Digitales, Sociedad Limitada”, y “UTE Index”, sobre ejecución forzosa, se ha dictadoresolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto número 512 de 2014

En Madrid, a 30 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 6.183,66 euros de princi-pal, 618,36 euros de intereses y 618,36 euros calculados para costas, se declara la insolven-cia provisional de las ejecutadas “UTE Index” e “Index Formación y Servicios Digitales,Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permi-tieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la decla-ración de insolvencia de las deudoras (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspon-diente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Y verificado lo anterior, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2508/0000/64/0054/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “UTE Index” e “Index Formacióny Servicios Digitales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.913/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

115 MADRID NÚMERO 10

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.327 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Daniel Hugo Torres, frente al Fondo de Garantía Salarialy “Pinturas y Revestimientos Grafiser, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario,se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 114 de 2014

En Madrid, a 19 de marzo de 2014.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juz-gado de lo social número 10 de Madrid, doña María Luisa Segura Rodríguez, los presentesautos número 1.327 de 2012, seguidos a instancias de don Daniel Hugo Torres, contra “Pin-turas y Revestimientos Grafiser, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobrereclamación de cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda formulada por don Daniel Hugo Torres, frente a la empresa“Pinturas y Revestimientos Grafiser, Sociedad Limitada”, condeno a la demandada a abo-nar la cantidad de 4.088,78 euros, más 500,00 euros en concepto de interés anual por mora.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial no se efectúa declaración expresa de absolu-ción o condena, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de supli-cación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolopor comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes asu notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Seadvierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Se-guridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar altiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta núme-ro 2508/0000/60/1327/12 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, asícomo acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condenaen el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer re-querimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la res-ponsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pinturas y Revestimientos Grafiser,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.796/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

116 MADRID NÚMERO 10

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 108 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Araceli González García, frente a “Técnicas del Vestir,Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones, cuyas partes dis-positivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 17 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación a favor de la parte eje-cutante doña Araceli González García, frente a la demandada “Técnicas del Vestir, Socie-dad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 7.512,00 euros, más 751,20 eurosy 751,20 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su pos-terior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2508/0000/64/0108/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Luisa Segura Rodríguez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 17 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Requerir a “Téc-nicas del Vestir, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste rela-cionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución que as-ciende a 7.512,00 euros en concepto de principal y 1.502,40 euros en concepto provisionalde intereses de demora y costas. Deberá manifestar dicha relación con la precisión necesa-ria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que osten-ten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes, y de estar sujetos a otro proceso, con-cretar los extremos de este que puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá,cuando se trate de personas jurídicas, a sus administradores o a las personas que legalmen-te les representen, y cuando se trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad aquienes aparezcan como sus organizadores, directores o gestores. En el caso de que los bie-nes estuvieran gravados con cargas reales deberá manifestar el importe del crédito garanti-zado y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha. En el caso de bienes inmueblesdeberá indicar si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento deque, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia gra-ve en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean

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suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y graváme-nes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la investigación judicial del patrimonio de la ejecutada. A tal efecto, se con-sultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los des-pachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación detodos los bienes o derechos de la deudora de los que tengan constancia, tras la realizaciónpor estos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la infor-mación precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efec-tividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta de entidades financieras o depositariaso de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relacionesjurídicas con la ejecutada deban tener constancia de los bienes o derechos de esta o pudie-ran resultar deudoras de la misma.

Se acuerda el embargo de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realí-cese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la “Cuenta de consignacio-nes judiciales”.

Se acuerda el embargo de los saldos de “Técnicas del Vestir, Sociedad Limitada”, a fa-vor de la ejecutada en las diferentes entidades bancarias en cuanto sean suficientes para cu-brir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por re-querimiento judicial a través de la “Cuenta de consignaciones judiciales”.

Se acuerda el embargo sobre los créditos que contra doña Mercedes Zabaco Aguado,“Ignacio Díaz, Sociedad Limitada”, y “Novedades Cárol Textiles, Sociedad Limitada”, os-tenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con las mismas en loque sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A talfin, líbrense los correspondientes oficios a las referidas empresas y persona al objeto de re-querirles, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días pro-cedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones ydepósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieren a la demandada no será válido (artículo

1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento leslibera de toda responsabilidad frente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o im-pida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).

Hágase saber a la ejecutada que conforme al auto que contiene la orden general de eje-cución:

a) Transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que la ejecutada cum-pliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimientode la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubierenocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incremen-tarse el interés legal a abonar en dos puntos.

b) Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenidaen el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales,si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sen-tencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, ensu caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le im-pondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado en aplicación de lo prevenido enel artículo 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la Leyde la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y da-tos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de loca-lización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intenta-das sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendocarga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo,deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electróni-ca o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de co-municación con el tribunal.

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La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la núme-ro 2508/0000/64/0108/14, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Bancocuenta consignaciones”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2508/0000/64/0108/14.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Ana Belén Requena Navarro.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Técnicas del Vestir, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.806/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

117 MADRID NÚMERO 10

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 96 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don Daniel Mogut, don Geovanny Gómez Núñez, don Juan CarlosTaboada Maroto y don Petrica Brinza, frente a “Tecytab Instalaciones, Sociedad Limitada”,y “UTE Painoca Buenavista”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones, cuyaspartes dispositivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 10 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donGeovanny Gómez Núñez, don Petrica Brinza, don Juan Carlos Taboada Maroto y don Da-niel Mogut, frente a las demandadas “UTE Painoca Buenavista” y “Tecytab Instalaciones,Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 9.587,52 euros, más 958,75 eurosy 958,75 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su pos-terior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2508/0000/64/0096/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Luisa Segura Rodríguez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 10 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Requerir a “UTEPainoca Buenavista” y “Tecytab Instalaciones, Sociedad Limitada”, a fin de que en el pla-zo de diez días manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir lacuantía de la ejecución que asciende a 9.587,52 euros en concepto de principal y 1.917,50euros en concepto provisional de intereses de demora y costas. Deberán manifestar dicharelación con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberán, asimis-mo, indicar las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes, yde estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de este que puedan interesar a la eje-cución. Esta obligación incumbirá, cuando se trate de personas jurídicas, a sus administra-dores o a las personas que legalmente les representen, y cuando se trate de comunidades debienes o grupos sin personalidad a quienes aparezcan como sus organizadores, directoreso gestores. En el caso de que los bienes estuvieran gravados con cargas reales deberán ma-nifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendiente de pago en esafecha. En el caso de bienes inmuebles deberán indicar si están ocupados, por qué personas

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y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrán ser sancio-nadas, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presenten la relación desus bienes, incluyan en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptiblesde embargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán im-ponérseles también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la investigación judicial del patrimonio de las ejecutadas. A tal efecto, seconsultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán losdespachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de las deudoras de los que tengan constancia, tras la realiza-ción por estos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará lainformación precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograrla efectividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta de entidades financieras o deposi-tarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus rela-ciones jurídicas con las ejecutadas deban tener constancia de los bienes o derechos de estaso pudieran resultar deudoras de las mismas.

Se acuerda el embargo de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realí-cese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la “Cuenta de consignacio-nes judiciales”.

Se acuerda el embargo de los saldos de “UTE Painoca Buenavista” y “Tecytab Insta-laciones, Sociedad Limitada”, a favor de las ejecutadas en las diferentes entidades banca-rias en cuanto sean suficientes para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efec-to, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la “Cuenta deconsignaciones judiciales”.

Hágase saber a las ejecutadas que conforme al auto que contiene la orden general deejecución:

a) Transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que las ejecutadas cum-plieren en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimien-to de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubierenocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incremen-tarse el interés legal a abonar en dos puntos.

b) Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenidaen el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales,si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sen-tencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, ensu caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le im-pondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado en aplicación de lo prevenido enel artículo 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la Leyde la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y da-tos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de loca-lización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intenta-das sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendocarga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo,deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electróni-ca o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de co-municación con el tribunal.

La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la núme-ro 2508/0000/64/0096/14, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Bancocuenta consignaciones”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2508/0000/64/0096/14.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Ana Belén Requena Navarro.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “UTE Painoca Buenavista”, en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.776/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

118 MADRID NÚMERO 11

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 109 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Juan Antonio Fernández Martínez, frente a “Servivega, So-ciedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.715,61 euros en concep-to de principal y 171 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional totalde la ejecutada “Servivega, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárse-le nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Los testimonios de las resoluciones dictadas en el presente procedimiento a efectos desu presentación ante el Fondo de Garantía Salarial serán expedidos de oficio por este Juz-gado una vez firme la presente resolución.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2509/0000/00/1365/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servivega, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.795/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

119 MADRID NÚMERO 11

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 496 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Ángel García Sánchez, frente a “Alminter, Sociedad Anó-nima”, “Anvian Inversiones, Sociedad Limitada”, “Desarrollos Osa Mayor, Sociedad Li-mitada”, “El Rincón de Don Ramón, Sociedad Limitada”, “El Rincón de Lista, SociedadLimitada”, “El Rincón de Santa Teresa, Sociedad Limitada”, “Gudfud Servicios Hostele-ros y Restauración, Sociedad Limitada”, “Hazlewood Spain, Sociedad Limitada”, “Inver-siones Naluka, Sociedad Limitada”, “Inversiones Ribona, Sociedad Limitada”, “KF Regal,Sociedad Limitada”, “Kioky Gestión, Sociedad Limitada”, “Novo Inversiones 2007, Socie-dad Limitada”, “Servicios Urgentes Documentos 2001, Sociedad Limitada”, “TamugaitAsesores, Sociedad Limitada”, “Thoir Concept, Sociedad Limitada”, “Thompsons ToursSpain, Sociedad Limitada”, “Viajes Mundirama, Sociedad Limitada”, “Viajes Nobel, So-ciedad Limitada Unipersonal”, “Vinos Finos y Tapas Finas, Sociedad Limitada”, doña AnaMaría Reja Fernández, don Antonio Peregrín Caballero, don Francisco Javier Rivera Gar-cía, doña María Vicenta Porta Castaño, don Roberto Peregrín Caballero, doña Victoria Eu-genia Bonacassa Gutiérrez y don Francisco de Paula Blasco Gascó, sobre procedimiento or-dinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 191 de 2014

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juz-gado de lo social número 11 de Madrid, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, los presentesautos número 496 de 2012, seguidos a instancias de don Ángel García Sánchez, contra donFrancisco de Paula Blasco Gascó, “El Rincón de Lista, Sociedad Limitada”, “Vinos Finosy Tapas Finas, Sociedad Limitada”, “El Rincón de Santa Teresa, Sociedad Limitada”, “ElRincón de Don Ramón, Sociedad Limitada”, “Gudfud Servicios Hosteleros y Restauración,Sociedad Limitada”, “Hazlewood Spain, Sociedad Limitada”, “Alminter, Sociedad Anóni-ma”, “Servicios Urgentes Documentos 2001, Sociedad Limitada”, “Thoir Concept, Socie-dad Limitada”, “Tamugait Asesores, Sociedad Limitada”, “Thompsons Tours Spain, Socie-dad Limitada”, “Viajes Mundirama, Sociedad Limitada”, “Kioky Gestión, SociedadLimitada”, “Desarrollos Osa Mayor, Sociedad Limitada”, “Viajes Nobel, Sociedad Limita-da Unipersonal”, “Novo Inversiones 2007, Sociedad Limitada”, “Anvian Inversiones, So-ciedad Limitada”, “Inversiones Naluka, Sociedad Limitada”, “Inversiones Ribona, Socie-dad Limitada”, “KF Regal, Sociedad Limitada”, don Antonio Peregrín Caballero, donRoberto Peregrín Caballero, don Francisco Javier Rivera García, doña Ana María Reja Fer-nández, doña María Vicenta Porta Castaño y doña Victoria Eugenia Bonacassa Gutiérrez,sobre materias laborales individuales, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Desestimando las excepciones invocadas de incompetencia de jurisdicción e inadecua-ción de procedimiento, falta de legitimación pasiva, falta de acción y cosa juzgada invoca-das por los demandados “Desarrollos Osa Mayor, Sociedad Limitada”, “Anvian Inversio-nes, Sociedad Limitada”, “Inversiones Naluka, Sociedad Limitada”, “Thoir Concept,Sociedad Limitada”, “Viajes Mundirama, Sociedad Limitada”, don Antonio Peregrín Ca-ballero, doña María Vicenta Porta Castaño, don Roberto Peregrín Caballero, doña Ana Ma-ría Reja Fernández y don Francisco Javier Rivera García; desestimando la excepción invo-cada de falta de legitimación pasiva invocada por los demandados “Desarrollos Osa Mayor,Sociedad Limitada”, “Anvian Inversiones, Sociedad Limitada”, y don Roberto PeregrínCaballero; estimando las excepciones de falta de legitimación pasiva y falta de acción in-vocadas por las codemandadas “Novo Inversiones 2007, Sociedad Limitada”, e “Inversio-

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nes Ribona, Sociedad Limitada”, y estimando parcialmente la demanda interpuesta por donÁngel García Sánchez, contra “Viajes Nobel, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Thomp-sons Tours Spain, Sociedad Limitada”, “Viajes Mundirama, Sociedad Limitada”, “KiokyGestión, Sociedad Limitada”, “Tamugait Asesores, Sociedad Limitada”, “Desarrollos OsaMayor, Sociedad Limitada”, “Inversiones Naluka, Sociedad Limitada”, “Anvian Inversio-nes, Sociedad Limitada”, “Inversiones Ribona, Sociedad Limitada”, “Thoir Concept, So-ciedad Limitada”, “Novo Inversiones 2007, Sociedad Limitada”, “Servicios Urgentes Do-cumentos 2001, Sociedad Limitada”, “Alminter, Sociedad Anónima”, “Hazlewood Spain,Sociedad Limitada”, “KF Regal, Sociedad Limitada”, “Gudfud Servicios Hosteleros y Res-tauración, Sociedad Limitada”, “El Rincón de Don Ramón, Sociedad Limitada”, “El Rin-cón de Santa Teresa, Sociedad Limitada”, “Vinos Finos y Tapas Finas, Sociedad Limita-da”, “El Rincón de Lista, Sociedad Limitada”, don Antonio Peregrín Caballero, donRoberto Peregrín Caballero, don Francisco Javier Rivera García, doña Ana María Reja Fer-nández, doña María Vicenta Porta Castaño, doña Victoria Eugenia Bonacassa Gutiérrezy don Francisco de Paula Blasco Gascó, en reclamación de cantidad, debo reconocer el de-recho del demandante a percibir la cantidad de 57.579,92 euros por los conceptos y perío-dos indicados, condenando a los demandados “Viajes Nobel, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, “Desarrollos Osa Mayor, Sociedad Limitada”, “Anvian Inversiones, SociedadLimitada”, “Inversiones Naluka, Sociedad Limitada”, “Thoir Concept, Sociedad Limita-da”, “Viajes Mundirama, Sociedad Limitada”, “Thompsons Tours Spain, Sociedad Limita-da”, don Antonio Peregrín Caballero, doña María Vicenta Porta Castaño, don Roberto Pe-regrín Caballero, doña Ana María Reja Fernández, don Francisco Javier Rivera Garcíay don Francisco de Paula Blasco Gascó a estar y pasar por la citada declaración, condenan-do solidariamente a los citados demandados, a excepción de don Francisco de Paula Blas-co Gascó, a abonar al demandante la expresada cantidad, con absolución de las codeman-dadas “Novo Inversiones 2007, Sociedad Limitada”, “Inversiones Ribona, SociedadLimitada”, “Kioky Gestión, Sociedad Limitada”, “Tamugait Asesores, Sociedad Limita-da”, “Servicios Urgentes Documentos 2001, Sociedad Limitada”, “Alminter, SociedadAnónima”, “Hazlewood Spain, Sociedad Limitada”, “KF Regal, Sociedad Limitada”,“Gudfud Servicios Hosteleros y Restauración, Sociedad Limitada”, “El Rincón de Don Ra-món, Sociedad Limitada”, “El Rincón de Santa Teresa, Sociedad Limitada”, “Vinos Finosy Tapas Finas, Sociedad Limitada”, “El Rincón de Lista, Sociedad Limitada”, y doña Vic-toria Eugenia Bonacassa Gutiérrez.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de supli-cación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolopor comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a sunotificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se ad-vierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Segu-ridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar altiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del “BancoSantander”, aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese entidad gestora y hu-biere sido condenada al abono de una prestación de la Seguridad Social de pago periódico,al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abo-no de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recu-rrente fuere una empresa o mutua patronal que hubiere sido condenada al pago de una pen-sión de la Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe delcapital-coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por estade su importe una vez le sea comunicado por el Juzgado.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la quese regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del InstitutoNacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar el justificante depago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los crite-rios establecidos en la citada norma en su artículo 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la con-dición de trabajador con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando

copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vinos Finos y Tapas Finas, Socie-dad Limitada”, “Gudfud Servicios Hosteleros y Restauración, Sociedad Limitada”,“Hazlewood Spain, Sociedad Limitada”, “Alminter, Sociedad Anónima”, “Servicios Ur-

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gentes Documentos 2001, Sociedad Limitada”, “Tamugait Asesores, Sociedad Limitada”,“Thompsons Tours Spain, Sociedad Limitada”, “Kioky Gestión, Sociedad Limitada”, y“KF Regal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.805/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

120 MADRID NÚMERO 12

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 825 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Jacob Loango Saa y don Marcine Hauschild, frente a donTheonestio Campos Ginés, “Construtec Inversiones, Sociedad Limitada”, y “ThecamConstrucciones y Desarrollos, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento de impugnaciónde sanciones (artículos 114 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral), se ha dicta-do decreto de desistimiento, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda tener por desistidos la parte actora don Marcine Hauschild y don JacobLoango Saa de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las pre-sentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2510/0000/61/0825/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando

copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Theonestio Campos Ginés,“Construtec Inversiones, Sociedad Limitada”, y “Thecam Construcciones y Desarrollos,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.770/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

121 MADRID NÚMERO 12

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.505 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Margarita Flores Díez, frente a don José Alejandro Fer-nández Luengo, “Alfainterbeauxtex, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Chic Revolution,Sociedad Limitada”, “Dafer Difusión, Sociedad Limitada”, “Lunas Peluqueros y Estilistas,Sociedad Limitada”, y “The Chic Corporation Worldwide, Sociedad Limitada”, sobre des-pidos/ceses en general, se ha dictado auto de no ha lugar a la prueba solicitada, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: No ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas por doñaMargarita Flores Díez, por el momento, sin perjuicio de lo que se pueda acordar en el actodel juicio y a la vista de lo actuado o, en su caso, como diligencia final.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los

tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de esteJuzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2510/0000/61/1505/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña Francisca Arce Gómez.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chic Revolution, Sociedad Limita-da”, “The Chic Corporation Worldwide, Sociedad Limitada”, “Alfainterbeauxtex, Socie-dad Limitada Unipersonal”, “Lunas Peluqueros y Estilistas, Sociedad Limitada”, “DaferDifusión, Sociedad Limitada”, y don José Alejandro Fernández Luengo, en ignorado para-dero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.797/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

122 MADRID NÚMERO 13

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.437 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Francisco Javier Bahón Larrueca, frente a “Fabricantes Lí-nea Blanca, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordi-nario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistido a la parte actora don Francisco Javier Bahón Larruecade la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuacio-nes, previa baja en el libro correspondiente.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fabricantes Línea Blanca, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.818/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

123 MADRID NÚMERO 13

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.170 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Néstor Reiniery Rodríguez Martínez, frente a don Guiller-mo Luis Pérez Blasco y “Mundosat Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, sobre proce-dimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistido a la parte actora don Néstor Reiniery Rodríguez Martí-nez de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes ac-tuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Néstor Reiniery Rodríguez Mar-tínez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.836/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

124 MADRID NÚMERO 14

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 263 de 2012-01 de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don Eduardo Liñán del Burgo, frente a doña Verónica Soa-res Salas, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente diligencia:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Arde-bol.—En Madrid, a 26 de junio de 2014.

Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se tiene por interpuesto en tiem-po y forma por la representación de “Abogados Santa Bárbara, Sociedad Limitada Profe-sional”, recurso de reposición contra la diligencia de ordenación de fecha 25 de abrilde 2014. Dese traslado a las demás partes para que en el plazo de tres días lo impugnen, yuna vez transcurrido este dese cuenta para su resolución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Verónica Soares Salas, en ig-norado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.844/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

125 MADRID NÚMERO 14

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 97 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña Margarita Estrella Torres Fernández y doña María del CarmenLópez Jalvo, frente a “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garan-tía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de extinción de la relación laboral,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Margarita Estrella Torres Fer-nández y doña María del Carmen López Jalvo con “Enjambradera, Sociedad Limitada Uni-personal”, condenando a la demandada a que abone a las trabajadoras las siguientes canti-dades:

Nombre de la trabajadora: doña Margarita Estrella Torres Fernández.Indemnización: 309.446 euros.Salarios de tramitación: 266.433,96 euros.Nombre de la trabajadora: doña María del Carmen López Jalvo.Indemnización: 215.414 euros.Salarios de tramitación: 186.692,48 euros.Notifíquese esta resolución a las partes.Una vez firme, remítase testimonio de esta resolución al Servicio Público Estatal de

Empleo para la regularización de las prestaciones por desempleo que, en su caso, se hayanabonado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgadode lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interpo-nerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notifica-ción, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitosno se admitirá el recurso (artículo 187 de la Ley 36/2011). Para la admisión del recurso, y sieste es interpuesto por la demandada, deberá efectuarse constitución de depósito en cuan-tía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, uti-lizando para ello el modelo oficial, de conformidad con lo establecido en la disposición adi-cional decimoquinta de la Ley Orgánica 13/2009, salvo concurrencia de los supuestos deexclusión previstos en la misma.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña Carmen Durán de Porras.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Enjambradera, Sociedad LimitadaUnipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.843/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

126 MADRID NÚMERO 14

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 748 de 2011 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de Federación de Servicios Financieros y Administrativos deCC OO, frente a Asociación Profesional de Empleados de Notarías de Madrid, Central Sin-dical Independiente y de Funcionarios, FEAPEN, “Notaría de don Andrés Domínguez Na-fría” y UGT, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Arde-bol.—En Madrid, a 1 de abril de 2014.

Habiendo adquirido firmeza la resolución dictada en fecha 4 de mayo de 2012, archí-vense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Notaría de don Andrés DomínguezNafría”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.777/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

127 MADRID NÚMERO 14

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 14 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 475 de 2014, promovido por don Ángel Luis

Arquero Estrada, sobre reclamación de cantidad.Persona que se cita: “Educansán, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demanda-

da en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por don Ángel Luis Arquero Estrada sobre los hechos y cir-cunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, el día 23 de septiembre de 2015, a las diez y diez horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 8 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Ángeles Charriel Ar-debol.

(03/22.876/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

128 MADRID NÚMERO 14

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 14 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 1.442 de 2013, promovido por doña Josefa

Magdalena Sacristán Romero, sobre reclamación de cantidad.Personas que se cita: “Asian Business Plans, Sociedad Limitada”, “Mercado Rivera,

Sociedad Limitada”, “Karpin Assistance, Sociedad Limitada”, “Factor de Forma, SociedadLimitada”, “Actitudes Tecnológicas, Sociedad Limitada”, y “Devesa Entertaiment, Socie-dad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio solicitado de “Asian Business Plans, Sociedad Limitada”, “MercadoRivera, Sociedad Limitada”, “Karpin Assistance, Sociedad Limitada”, “Factor de Forma,Sociedad Limitada”, “Actitudes Tecnológicas, Sociedad Limitada”, y “Devesa Entertai-ment, Sociedad Limitada” sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tri-bunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, Sala de vistas número 3.4, ubicada en la planta tercera, el día 25 demarzo de 2015, a las diez horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por pro-curador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentrode los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de laJurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Ángeles Charriel Ar-debol.

(03/22.879/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

129 MADRID NÚMERO 15

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 15 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 1.246 de 2013, promovido por don Juan An-

tonio Martín López, sobre reclamación de cantidad.Personas que se cita: “Construcciones Pallá Hermanos, Sociedad Anónima”, y “Sub-

contratas de Henares”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado de “Construcciones Pallá Hermanos, Sociedad Anónima”,y “Subcontratas de Henares” sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tri-bunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, Sala de vistas número 5.3, ubicada en la planta quinta, el día 11 deseptiembre de 2014, a las once horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por pro-curador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentrode los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de laJurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 8 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/22.888/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

130 MADRID NÚMERO 17

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel Acevedo González, secretario judicial del Juzgado de lo social núme-ro 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 653 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias del Partido Socialista de Madrid (PSOE), frente a doña Ana Ma-ría González Calbet y Servicio Público Estatal de Empleo, sobre Seguridad Social, se hadictado sentencia con fecha 16 de mayo de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el Partido Socialista de Madrid (PSOE),contra El Servicio Público Estatal de Empleo y contra doña Ana María González Calbet,debo revocar y revoco la resolución de fecha 26 de diciembre de 2012 que se impugna.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firmey frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientesa la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogadoo representante dentro del indicado plazo y designando letrado para su tramitación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Ana María González Calbet, enignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 30 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.773/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

131 MADRID NÚMERO 18

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 302 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de la Comunidad de Madrid, frente a doña Carolina Estrella He-nares, doña Gema Granizo García, doña Laura Gutiérrez Domínguez, doña María IsabelPinto Basto, doña María Sonia Mateo Romero, doña Sofía Muñoz Muñoz, doña Vanesa Ló-pez Rodríguez y “Hedima DN Formación, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento de ofi-cio, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se tiene por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por la Comunidad deMadrid contra la resolución de fecha 27 de enero de 2014 dictada en los presentes autos.

Una vez notificada a las partes la presente resolución, procédase al archivo de las ac-tuaciones, sin perjuicio de que las partes puedan instar trámites posteriores al archivo.

Modo de impugnación: mediante recurso de queja, ante el Tribunal Superior de Justi-cia, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, debiendo acompañarcopia de la presente resolución de acuerdo con el artículo 495 de la Ley de EnjuiciamientoCivil, según redacción dada por el artículo 4, apartado 23, de la Ley 37/2011, de 10 de oc-tubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Sonia Mateo Romeroy doña Vanesa López Rodríguez, en ignorado paradero, expido el presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/22.076/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

132 MADRID NÚMERO 18

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 155 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Juan Francisco Uña Ruano, frente a “Ingeniería Eda, So-ciedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes reso-luciones:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donJuan Francisco Uña Ruano, frente a la demandada “Ingeniería Eda, Sociedad Limitada Uni-personal”, parte ejecutada, por un principal de 3.544,09 euros, más 576,00 euros de intere-ses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2516/0000/64/0155/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al

Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se pro-cederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2516/0000/64/0099/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ingeniería Eda, Sociedad LimitadaUnipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/22.077/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

133 MADRID NÚMERO 18

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 18 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 567 de 2014, promovido por doña María Isa-

bel Toledano Palacios, sobre resolución de contrato.Persona que se cita: “Integración de Nuevos Mercados, Sociedad Limitada”, en con-

cepto de parte demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objetodel juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta quinta, el día 15 de sep-tiembre de 2014, a las ocho y cuarenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial, Pilar Ortiz Martínez.(03/22.883/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

134 MADRID NÚMERO 18

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 18 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 316 de 2014, promovido por Antonio José

Dos Anjos Moreiras, sobre despido.Persona que se cita: “Radix Maderas, Sociedad Limitada”, en concepto de parte de-

mandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objetodel juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta quinta, el día 24 de sep-tiembre de 2014, a las ocho y cuarenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial, Pilar Ortiz Martínez.(03/22.881/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

135 MADRID NÚMERO 18

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 272 de 2013, de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Irene Guix González, frente a “Salud Majadahonda, So-ciedad Limitada” y don Luis A. Martín Bernardo (administrador concursal), sobre proce-dimiento ordinario, se ha dictado la sentencia número 334 de 2014, cuya parte dispositivaes la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda, condeno a la empresa “Salud Majadahonda, Sociedad Limita-da” a abonar a doña Irene Guix González la cantidad de 3.953,39 euros, más 395,3 eurosen concepto de interés por mora, debiendo la administración concursal, en tal carácter, es-tar y pasar por esta resolución.

Se advierte a la partes de que contra esta sentencia puede interponerse recurso de supli-cación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo porcomparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su no-tificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierteal recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social,ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de inter-ponerlo haber ingresado el importe de 300 euros, en la cuenta 2516-0000-60-0272-13 del“Banco de Santander”, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo deanunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco de Santander” opresentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financie-ra por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la quese regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del InstitutoNacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificantedel pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los cri-terios establecidos en la citada norma en sus artículos 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga lacondición de trabajadores, o con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo tex-to legal.

Tasa: se advierte a las partes de que se produce el devengo de la tasa en el momentode la interposición del recurso de suplicación si no se tiene el beneficio de justicia gratuita.

La base imponible de la tasa coincide con la cuantía del procedimiento judicial o re-curso, determinada con arreglo a las normas procesales.

Los procedimientos de cuantía indeterminada o aquellos en los que resulte imposiblesu determinación de acuerdo con las normas de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuicia-miento Civil, se valorarán en 18.000 euros de cuantía a los solos efectos de establecer labase imponible de esta tasa.

En los supuestos de acumulación de acciones o en los casos en que se reclamen distin-tas pretensiones en una misma demanda, reconvención o interposición de recurso, para elcálculo de la tasa se tendrá en cuenta la suma de las cuantías correspondientes a las preten-siones ejercitadas o las distintas acciones acumuladas. En el caso de que alguna de las pre-tensiones o acciones acumuladas no fuera susceptible de valoración económica, se aplica-rá a esta la regla señalada en el apartado anterior.

Determinación de la cuota tributaria: para el recurso de suplicación se exige 500 euroscomo cantidad fija y además, se satisfará la cantidad que resulte de aplicar a la base impo-nible determinada con arreglo a lo dispuesto en el párrafo anterior o el tipo de gravamenque corresponda, según la siguiente escala: de 0 a 1.000.000 de euros 0,5 por 100 máximovariable 10.000 y el resto al 0,25 por 100.

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Plazo de presentación e ingreso del modelo 696: la presentación de la autoliquidacióny el correspondiente pago de la tasa deberán realizarse con carácter previo a la presentacióndel escrito procesal mediante el que se realiza el hecho imponible de este tributo.

El justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial debidamente validado,acompañará a todo escrito procesal mediante el que se realice el hecho imponible de estetributo.

Formas de presentación de los modelos 696 y 695:1. En el supuesto de que el sujeto pasivo de la tasa sea una persona o entidad adscri-

ta a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de las Unidades de Ges-tión de Grandes Empresas de las Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria, y en el de aquellas entidades que tengan forma jurídica de sociedadanónima o sociedad de responsabilidad limitada, la presentación de estos modelos se efec-tuará de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet, en las condiciones y deacuerdo con el procedimiento previsto en esta Orden en los artículos 7 y 8 para el mode-lo 696, y en los artículos 10 y 11 para el modelo 695.

2. En los demás supuestos, además de la anterior forma de presentación telemática porInternet, será posible la presentación de los modelos 695 y 696 en papel impreso que será gene-rado exclusivamente mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efec-tos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en su Sede electrónica, a la que se pue-de acceder a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.es) obien directamente en la dirección electrónica https://www.agenciatributaria.gob.es, y previa lacumplimentación de los respectivos formularios disponibles en la citada Sede electrónica. Seránecesaria la conexión a Internet para poder obtener las autoliquidaciones impresas válidas parasu presentación.

Lugar y procedimiento de presentación del modelo 696 en impreso: la presentación eingreso de la autoliquidación modelo 696 en papel impreso obtenido a través del serviciode impresión mencionado anteriormente, se realizará en cualquier entidad de depósito sitaen territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (bancos, cajasde ahorros o cooperativas de crédito).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Salud Majadahonda, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.646/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

136 MADRID NÚMERO 19

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.248 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Ana Isabel García Guilló, frente a “Belstaff, Sociedad deResponsabilidad Limitada”, sobre modificación sustancial de condiciones laborales, se hadictado la siguiente resolución:

Auto

Se acuerda tener por desistida a la parte actora doña Ana Isabel García Guilló de la ac-ción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, pre-via baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión enel plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2517/0000/69/1248/13.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Belstaff, Sociedad de Responsabi-lidad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.926/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

137 MADRID NÚMERO 20

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 220 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Yohana Tórrez, frente a doña Claudia Nora Isabel Ver-dún de Gracia, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora doña Yohana Tórrez de la acción ejer-citada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa bajaen el libro correspondiente.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Claudia Nora Isabel Verdún deGracia, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.842/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

138 MADRID NÚMERO 21

EDICTO DE CITACIÓN A JUICIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 21 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 415 de 2014, promovido por doña Rosalba

Jiménez Cámara, sobre despido.Persona que se cita: “Ceforlán Instalaciones Comerciales, Sociedad Limitada”, en con-

cepto de parte demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por doña Rosalba Jiménez Cámara sobre los hechos y cir-cunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, Sala de vistas número 5.2, ubicada en la planta quinta, el día 27 de no-viembre de 2014, a las once horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 10 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Angustias Caro Vida.(03/22.885/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

139 MADRID NÚMERO 21

EDICTO DE CITACIÓN A JUICIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 21 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 385 de 2014, promovido por don Carlos

Adrián Bueno Rodrigo, sobre despido.Personas que se cita: “Thyssenkrupp Bilstein Ibérica, Sociedad Limitada Uniperso-

nal”, y “Serramar Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, en concepto de parte de-mandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio solicitado por don Carlos Adrián Bueno Rodrigo sobre los hechosy circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, Sala de vistas número 5.2, el día 13 de noviembre de 2014, a lasonce y veinte horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por pro-curador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentrode los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de laJurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Angustias Caro Vida.(03/22.887/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

140 MADRID NÚMERO 21

EDICTO DE CITACIÓN A JUICIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 21 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 279 de 2014, promovido por don José María

Martín de Lera y don Carlos Díez Cuadrado, sobre reclamación de cantidad.Persona que se cita: “Centro de Investigación y Formación de Empresas, Sociedad

Anónima Laboral”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por don José María Martín de Lera y don Carlos Díez Cua-drado sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare perti-nentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, Sala de vistas número 5-A, ubicada en la planta quinta, el día 19 de no-viembre de 2014, a las nueve horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Angustias Caro Vida.(03/22.884/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

141 MADRID NÚMERO 22

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 22de Madrid.

Hago saber: Que en la ejecución número 41 de 2014 de este Juzgado de lo social, se-guida a instancias de don José María Peña Rubio, don Remigio Pinto Gómez, doña RosaCruz Martín García y don Valentín Rubio Arias, frente a “Servicios Generales Capitaly Control, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolven-cia provisional, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 21.363,05 euros de prin-cipal, de los cuales corresponden:

A doña Rosa Cruz Martín García: 4.402,15 euros.A don José María Peña Rubio: 7.444,80 euros.A don Remigio Pinto Gómez: 4.640,55 euros.A don Valentín Rubio Arias: 4.875,55 euros.Más 1.281 euros de intereses y 2.136 euros calculados para costas, se declara la insol-

vencia provisional total de la ejecutada “Servicios Generales Capital y Control, SociedadLimitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran ha-cer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones y hágaseentrega a los ejecutantes de los correspondientes testimonios para que surta sus efectos anteel Fondo de Garantía Salarial, para lo cual deberá la parte actora aportar a este Juzgado lascopias de los documentos y resoluciones pertinentes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión enel plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2387/0000/64/0330/13.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios Generales Capital y Con-trol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.848/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

142 MADRID NÚMERO 22

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 22de Madrid.

Hago saber: Que en la ejecución número 43 de 2014 de este Juzgado de lo social, se-guida a instancias de don Francisco López Blanco y doña Nuria González Peñaranda, fren-te a “Maifán Ocio y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Nicosian Gimnasios, Sociedad Li-mitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia provisional, cuyaparte dispositiva es del siguiente tenor literal:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 8.647,30 euros de princi-pal, de los cuales corresponden:

A doña Nuria González Peñaranda: 2.174,31 euros.A don Francisco López Blanco: 6.472,99 euros.Más 518,00 euros de intereses y 864,00 euros calculados para costas, se declara la in-

solvencia provisional total de las ejecutadas “Maifán Ocio y Servicios, Sociedad Limita-da”, y “Nicosian Gimnasios, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrár-seles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones y hágaseentrega a los ejecutantes de los correspondientes testimonios para que surta sus efectos anteel Fondo de Garantía Salarial, para lo cual deberá la parte actora aportar a este Juzgado lascopias de los documentos y resoluciones pertinentes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión enel plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2387/0000/64/0366/13.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Maifán Ocio y Servicios, SociedadLimitada”, y “Nicosian Gimnasios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido elpresente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.845/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

143 MADRID NÚMERO 22

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 22de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 297 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Agustina Amores Pajuelo, frente a “Hostelería de Cate-ring Servicios de Asistencia, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dic-tado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Agustina Amores Pa-juelo, contra “Hostelería de Catering Servicios de Asistencia, Sociedad Limitada”, y Fon-do de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la em-presa demandada a abonar a la actora la cantidad de 224,61 euros.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer re-curso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hostelería de Catering Servicios deAsistencia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.923/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

144 MADRID NÚMERO 22

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 22de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 172 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Luis Alameda Fernández, frente a “SYD Servicios Inte-grales, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente reso-lución:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Luis Alameda Fernán-dez, contra “SYD Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial,sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abo-nar al actor la cantidad de 4.454,41 euros en concepto de salarios adeudados y liquidación.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de supli-cación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolopor comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes asu notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Seadvierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Se-guridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar altiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta núme-ro 2387/0000/65/0172/14 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, asícomo acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condenaen el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer re-querimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la res-ponsabilidad solidaria del avalista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la quese regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del InstitutoNacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar el justificante depago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los crite-rios establecidos en la citada norma en su artículo 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la con-dición de trabajador con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “SYD Servicios Integrales, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.847/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

145 MADRID NÚMERO 22

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial, en sustitución, del Juzgado de losocial número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 94 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña Eva María del Amo Nombela y doña María Luisa Madero delAmo, frente a “Restaurantes Nueva Era, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial,sobre despidos, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Luisa Madero del Amo y doñaEva María del Amo Nombela, contra “Restaurantes Nueva Era, Sociedad Limitada”, y Fon-do de Garantía Salarial, en materia de despido, debo declarar y declaro improcedente el des-pido que se les ha efectuado a las trabajadoras, si bien, ante la imposibilidad de readmisión,y de conformidad con lo establecido en el artículo 110.1.b) de la Ley de la Jurisdicción So-cial, los efectos jurídicos de tal declaración de improcedencia quedan limitados a declararla extinción de la relación laboral, condenando a la empresa demandada a abonar a las ac-toras las siguientes cuantías en concepto de indemnización:

A doña María Luisa Madero del Amo: 13.966,61 euros.A doña Eva María del Amo Nombela: 14.866,74 euros.Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de supli-

cación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolopor comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes asu notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Seadvierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Se-guridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar altiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta núme-ro 2387/0000/65/0094/14 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, asícomo acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condenaen el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer re-querimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la res-ponsabilidad solidaria del avalista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la quese regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del InstitutoNacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar el justificante depago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los crite-rios establecidos en la citada norma en su artículo 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la con-dición de trabajador con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restaurantes Nueva Era, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.904/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

146 MADRID NÚMERO 23

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.416 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias del Fondo de Garantía Salarial, frente a “Acciona Instalaciones,Sociedad Anónima”, y “Sacrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, sobre pro-cedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 247 de 2014

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge JuanGuillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los pre-sentes autos de juicio verbal número 1.416 de 2013, sobre cantidad, seguidos entres partes:de una, como demandante, Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada doñaMaría Gloria Pérez González, y de otra, como demandadas, “Acciona Instalaciones, Socie-dad Anónima”, representada por el letrado don Daniel Sánchez Cortés, y “Sacrís Instala-ción y Construcción, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha pronunciado en nombredel Rey el siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda promovida por el Fondo de Garantía Salarial,frente a la empresa “Acciona Instalaciones, Sociedad Anónima”, y “Sacrís Instalacióny Construcción, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a las empresasdemandadas a que abonen al organismo demandante por los conceptos reclamados en sudemanda la cantidad de 5.603,01 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte de que no es firme, ya quecontra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacer-lo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de esteJuzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o represen-tante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudien-do también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abo-gado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabien-te suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recur-so, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la con-dena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social en la entidad “Banco deSantander”, oficina 6733, de la plaza de España, de Madrid, número de cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, haciendo constar en el ingreso el número de expediente judi-cial 2521/0000/65/número de autos (cuatro dígitos)/año (dos dígitos), pudiéndose sustituirla consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que constala responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justiciagratuita y pretenda formular recurso deberá haber depositado en la indicada cuenta la can-tidad de 300 euros preceptiva legalmente para recurrir y, además, acreditar haber satisfechoa la Hacienda Pública la cantidad de 500 euros en concepto de tasa preceptiva para recurriren suplicación, eventualmente incrementada con la cantidad que resulte de aplicar a la baseimponible determinada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 10/2012, de 20de noviembre, el tipo de gravamen que corresponda, según la siguiente escala: de 0a 1.000.000 de euros de cuantía, el 0,5 por 100, y resto, el 0,25 por 100, con un máximode 10.000 euros, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso en los tér-minos establecidos en la orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial delEstado” de 15 de diciembre de 2012), por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquida-ción, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por

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acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los ór-denes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazosy los procedimientos de presentación, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado di-cho recurso.

Por último, se advierte a las partes que deberán hacer constar en los escritos de inter-posición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Jus-ticia de Madrid a efectos de notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribeen el día de su fecha celebrándose audiencia pública.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sacrís Instalación y Construcción,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.937/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

147 MADRID NÚMERO 23

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 99 de 2012 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don Jesús Olivar Pérez, frente a “Sadinter, Sociedad Limitada”, so-bre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 6.794,93 euros de princi-pal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Sadinter, Sociedad Limita-da”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efec-tiva la deuda aún pendiente de pago.

Y una vez firme, previa petición de parte, hágase entrega de certificación a la parte eje-cutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. A tal fin se podrá aportarcopia de todos aquellos documentos que hayan de ser testimoniados. Hágase constar en elRegistro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley dela Jurisdicción Social).

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión enel plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2521/0000/64/0099/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sadinter, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/22.075/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

148 MADRID NÚMERO 24

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 137 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña María Teodora Velayos Hidalgo, frente a “Euroservika-tering, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutantedoña María Teodora Velayos Hidalgo, frente a la demandada “Euroservikatering, SociedadLimitada”, parte ejecutada, por un principal de 686,27 euros, más 27,45 euros y 68,62 eurosde intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Euroservikatering, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.935/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

149 MADRID NÚMERO 24

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 101 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Dolores Arjona Corredera, frente a “Boreal Red de Lim-piezas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 9.224,30 euros de princi-pal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Boreal Red de Limpiezas,Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permi-tieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el co-rrespondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2522/0000/64/0101/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Boreal Red de Limpiezas, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.932/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

150 MADRID NÚMERO 24

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 111 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Byulent Aliev Bekirov, frente a “Cam Doner Fabrik, So-ciedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 3.633,89 euros de princi-pal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Cam Doner Fabrik, Socie-dad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieranhacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el co-rrespondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2522/0000/64/0111/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cam Doner Fabrik, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.933/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

151 MADRID NÚMERO 24

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 109 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Ángela Calleja Martín, frente a “Fullflow Group, Limi-ted”, “Fullflow International, Limited”, y “Fullflow Sistemas, Sociedad Limitada”, sobreejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 120.003,08 euros de prin-cipal, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Fullflow Group, Limi-ted”, “Fullflow International, Limited”, y “Fullflow Sistemas, Sociedad Limitada”, sin per-juicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deudaaún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el co-rrespondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2522/0000/64/0109/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando

copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fullflow Group, Limited”,“Fullflow International, Limited”, y “Fullflow Sistemas, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.934/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

152 MADRID NÚMERO 24

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 247 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Daniel González Alarcón, frente a “Tuent Internet Servi-ces, Sociedad Limitada”, y “Tuent Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecu-ción forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 38.957,49 euros de prin-cipal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Tuent Internet Services,Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permi-tieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la decla-ración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asi-mismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspon-diente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tuent Internet Services, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.799/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

153 MADRID NÚMERO 26

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Estela Jiménez Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 691 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Mariana Groza, frente a “Facility Cleaning System, So-ciedad Limitada”, en materia social, se ha dictado la sentencia en fecha 30 de mayo de 2014.

Dicha resolución es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Facility Cleaning System, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.922/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

154 MADRID NÚMERO 26

EDICTO

En los autos número 677 de 2013 seguidos en este Juzgado, a instancias de don Ole-xander Gotvyanskyy, contra “Network Quality Group, Sociedad Limitada”, y “CircuitosMultimedia, Sociedad Limitada”, en materia social, se ha dictado la sentencia de fecha 30de mayo de 2014.

Contra dicha resolución cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de losocial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el pro-pósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por con-ducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su aboga-do o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar elrecurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las par-tes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabien-te suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recur-so, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la conde-na, personándose en cualquier oficina del “Banco Santander”, donde rellenará el formulariode ingreso con la cantidad a ingresar y especificando el número de cuenta del expedien-te 2524/0000/cc/nnnn/aa, mediante transferencia bancaria, mediante una cuenta distinta del“Banco Santander” y realizar los siguientes pasos: emitir la transferencia a la cuenta banca-ria número 00493569920005001274, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001271. En el campo“Ordenante” se indicará el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada ahacer el ingreso y, así como el número de identificación fiscal/cédula de identificación fis-cal de la misma; en el campo “Beneficiario” se identificará al Juzgado o tribunal que orde-na el ingreso; en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” se consignaránlos dieciséis dígitos que corresponden al procedimiento: 2524/0000/cc/nnnn/aa (número deprocedimiento y año), pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramien-to mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asi-mismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso debe-rá efectuar un depósito de 300,00 euros en esa misma cuenta bancaria.

Asimismo, la parte recurrente, al interponer el recurso, habrá de justificar el abono dela tasa legalmente establecida para este tipo de recurso, de la cual puede tener conocimien-to íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, octavaplanta, de Madrid.

Y a fin de que sirva de notificación a “Facility Cleaning System, Sociedad Limitada”,cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las si-guientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la ofici-na judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga final proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Ju-risdicción Social.

En Madrid, a 17 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/22.080/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

155 MADRID NÚMERO 26

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Estela Jiménez Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26de Madrid.

Hago saber: Que en los autos número 713 de 2013-H seguidos en este Juzgado, a ins-tancias de doña Azucena Magali Matamoros Herrera y doña Zoila María Navarro Pisco,contra “Diverfloat, Sociedad Limitada”, y “Vertenmatic, Sociedad Limitada”, en materiasocial, se ha dictado resolución de fecha 25 de junio de 2014.

Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso de reposición enel plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación delpresente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución quese le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juz-gado, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid.

Y a fin de que sirva de notificación a “Diverfloat, Sociedad Limitada”, y “Vertenma-tic, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la ad-vertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución dela cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de lacomunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o de de-creto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de empla-zamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 deoctubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.920/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

156 MADRID NÚMERO 26

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 26 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 1.449 de 2013, promovido por don José Gar-

cía Fernández, sobre asunto social.Persona que se cita: don Raimundo Núñez Fernández, en concepto de parte demanda-

da en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Juzgado de-clare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, de Madrid, Sala de vistas número 8.2, ubicada en la planta octava, eldía 10 de diciembre de 2014, a las nueve y cuarenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 7 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Estela Jiménez Gómez.(03/22.892/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

157 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 174 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Betty Balarezo Valles, don Edwin Fernando AlmachiCárdenas, doña María de los Ángeles Sanz Pindado y doña Mónica Pilar Tello, frente a“Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado lasiguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donEdwin Fernando Almachi Cárdenas, doña Betty Balarezo Valles, doña María de los Ánge-les Sanz Pindado y doña Mónica Pilar Tello, frente a la demandada “Esabe Limpiezas In-tegrales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 18.326,99 euros, más1.095 euros y 1.830 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuiciode su posterior liquidación, y que se reparten de la siguiente manera:

A don Edwin Fernando Almachi Cárdenas: 6.484,59 euros de principal, 390 euros deintereses, 650 euros de costas; total, 7.524,59 euros.

A doña Betty Balarezo Valles: 5.786,64 euros de principal, 345 euros de intereses, 575euros de costas; total, 6.706,64 euros.

A doña María de los Ángeles Sanz Pindado: 1.384,96 euros de principal, 80 euros deintereses, 140 euros de costas; total, 1.604,96 euros.

A doña Mónica Pilar Tello: 4.670,80 euros de principal, 280 euros de intereses, 465euros de costas; total, 5.415,80 euros.

Totales: 18.326,99 euros de principal, 1.095,00 euros de intereses, 1.830,00 euros decostas; total, 21.251,99 euros.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución se-guida en el Juzgado de lo social número 4 de Madrid con el número 146 de 2012, confor-me lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procédasea dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de cincodías insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, desig-nando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.780/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

158 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 176 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Ignacio Pérez Hernani, frente a “Promoción, Construccióny Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la si-guiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donIgnacio Pérez Hernani, frente a la demandada “Promoción, Construcción y MantenimientoIntegral, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 14.167,44 euros (13.637,07euros, más 530,37 euros del 10 por 100 de 5.303,74 euros), más 900 euros y 1.400 euros deintereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promoción, Construcción y Mante-nimiento Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.779/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

159 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 187 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Ángel Luis Segurado Rodríguez, frente a “Promoción,Construcción y Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, seha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donÁngel Luis Segurado Rodríguez, frente a la demandada “Promoción, Construcción y Man-tenimiento Integral, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 6.589,56euros (6.024,33 euros, más 565,23 euros del 10 por 100 de 5.652,31 euros), más 400 eurosy 700 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promoción, Construcción y Mante-nimiento Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.786/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

160 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 179 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Rosa María Navarro Martínez, frente a “Fempsa Camp,Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutantedoña Rosa María Navarro Martínez, frente a la demandada “Fempsa Camp, Sociedad Li-mitada”, parte ejecutada, por un principal de 370,60 euros, más 25 euros y 40 euros de in-tereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fempsa Camp, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.783/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

161 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 85 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don José Antonio Montero Molina, don José Ramón Jalón Morga-do, don Juan Gálvez Pozo, don Manuel González Ruano, doña María Luz Montañés Loza-no, doña Pilar Muria Azcona y doña Rebeca Martínez Álvarez, frente a “Autoescuela Orly,Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutantedoña María Luz Montañés Lozano y don Manuel González Ruano, frente a la demandada“Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 153.041,41euros, más 9.180 euros y 15.250 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,sin perjuicio de su posterior liquidación, que se reparten de la siguiente manera:

A don Manuel González Ruano: 91.642,98 euros de principal, 5.500 euros de intere-ses, 9.150 euros de costas; total, 106.292,98 euros.

A doña María Luz Montañés Lozano: 61.398,43 euros de principal, 3.680 euros de in-tereses, 6.100 euros de costas; total, 71.178,43 euros.

Totales: 153.041,41 euros de principal, 9.180,00 euros de intereses, 15.250,00 eurosde costas; total, 177.471,41 euros.

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutantedoña Pilar Muria Azcona, don José Antonio Montero Molina, don Juan Gálvez Pozo y doñaRebeca Martínez Álvarez, frente a la demandada “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”,parte ejecutada, por un principal de 158.082,93 euros, más 9.480 euros y 15.775 euros deintereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación,que se reparten de la siguiente manera:

A don Juan Gálvez Pozo: 74.976,62 euros de principal, 4.500 euros de intereses, 7.500euros de costas; total, 86.976,62 euros.

A don José Antonio Montero Molina: 12.936,77 euros de principal, 780 euros de inte-reses, 1.300 euros de costas; total, 15.016,77 euros.

A doña Pilar Muria Azcona: 43.382,03 euros de principal, 2.600 euros de intere-ses, 4.300 euros de costas; total, 50.282,03 euros.

A doña Rebeca Martínez Álvarez: 26.787,51 euros de principal, 1.600 euros de inte-reses, 2.675 euros de costas; total, 31.062,51 euros.

Totales: 158.082,93 euros de principal, 9.480,00 euros de intereses, 15.775,00 eurosde costas; total, 183.337,93 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Autoescuela Orly, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.782/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

162 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 180 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Jennifer Carolina Santos Disla, frente a “Old Bakery, So-ciedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doñaJennifer Carolina Santos Disla, frente a la demandada “Old Bakery, Sociedad Limitada Uni-personal”, parte ejecutada, por un principal de 4.137,67 euros (3.921,83 euros, más 215,84euros del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 250 euros y 400 euros de in-tereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución se-guida en el Juzgado de lo social número 6 de Madrid con el número de ejecución 107de 2013, conforme lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la JurisdicciónSocial, procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en eltérmino de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación dela ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despa-char ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Old Bakery, Sociedad Limitada Uni-personal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.784/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

163 MADRID NÚMERO 27

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 27 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 176 de 2014, promovido por doña Ana Ma-

ría Picazo Díez, don Ernesto Jesús Sosa Sánchez y doña Carolina Melar Amado, sobre des-pido.

Personas que se cita: doña Ana María Picazo Díez, don Ernesto Jesús Sosa Sánchez,doña Carolina Melar Amado, “Pálmer 2003, Sociedad Limitada”, y “Gestión Empresarialde Industrias Cárnicas, Sociedad Limitada”, en concepto de partes demandante y demanda-da en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio solicitado por doña Ana María Picazo Díez, don Ernesto Jesús SosaSánchez y doña Carolina Melar Amado, frente a “Pálmer 2003, Sociedad Limitada”, y“Gestión Empresarial de Industrias Cárnicas, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y cir-cunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, el día 29 de septiembre de 2014, a lasdiez y cincuenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidos de abogado o representados porprocurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito den-tro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley dela Jurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 2 de julio de 2014.—La secretaria judicial, Elisa Cordero Díez.(03/22.880/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

164 MADRID NÚMERO 28

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 970 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Miguel Ángel Lemus González, frente a don Miguel Án-gel Martínez Delgado, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia de fecha 18de junio de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que desestimando la demanda interpuesta a instancias de don Miguel Ángel LemusGonzález, contra don Miguel Ángel Martínez Delgado, con intervención del Fondo de Ga-rantía Salarial, que comparece, debo absolver a don Miguel Ángel Martínez Delgado de lospedimentos formulados de contrario.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que no es firme, ya quecontra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Martínez Delga-do, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.775/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

165 MADRID NÚMERO 28

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 28 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 15 de 2014, promovido por doña Marta Mu-

ñoz Sánchez, sobre reclamación de cantidad.Persona que se cita: “Maquillaje Turquía, Sociedad Limitada”, en concepto de parte

demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por doña Marta Muñoz Sánchez sobre los hechos y circuns-tancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta octava, el día 27 de oc-tubre de 2014, a las diez horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 7 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María García Ferreira.(03/22.868/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

166 MADRID NÚMERO 28

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 28 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 1.228 de 2013, promovido por doña Rufina

Rodríguez Espada, sobre resolución de contrato.Personas que se cita: “Comecomo Hostelería, Sociedad Limitada”, “Delmer Hostele-

ría, Sociedad Limitada”, “Nexus & Pantas, Sociedad Limitada”, y “Restaurantes NuevaEra, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio solicitado de “Comecomo Hostelería, Sociedad Limitada”, “DelmerHostelería, Sociedad Limitada”, “Nexus & Pantas, Sociedad Limitada”, y “RestaurantesNueva Era, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y queel tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8.3, ubicada en la planta octava, el día 3 defebrero de 2015, a las diez y cuarenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por pro-curador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentrode los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de laJurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 2 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María García Ferreira.(03/22.867/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

167 MADRID NÚMERO 28

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 120 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Nilson Antonio Baquero Roberto, frente a “Alydown, So-ciedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 7 de julio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donNilson Antonio Baquero Roberto, frente a la demandada “Alydown, Sociedad Limitada”,parte ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2526/0000/64/0120/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña Soledad García del Mazo.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María García Ferreira.—EnMadrid, a 7 de julio de 2014.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras par-tes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta enla sentencia de esta fecha a la empresa “Lydown, Sociedad Limitada”, en favor del deman-dante don Nilson Antonio Baquero Roberto y, previo a su resolución, se acuerda oír a laspartes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Prin-cesa, número 3, el día 15 de septiembre de 2014, a las once y cincuenta horas, que solo ver-sará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acu-dir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselesen legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (porsí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si elausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin supresencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alydown, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/22.930/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

168 MADRID NÚMERO 29

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 301 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Hernán Bedoya Roa, don Juan Antonio Rubiales Martín,don Juan José Redondo Izquierdo, don Manuel Pena Barroso, don Matías Rodríguez Cas-taño, don Ricardo López Paz, don Vasile Domsa y don Victoriano Rodríguez Castaño, fren-te a “Encofrados Mayo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 242.382,04 euros de prin-cipal, 14.542,92 euros de intereses y 24.238,20 euros calculados para costas, se declara lainsolvencia provisional total de la ejecutada “Encofrados Mayo, Sociedad Limitada”, sinperjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva ladeuda aún pendiente de pago.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Mayo, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.803/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

169 MADRID NÚMERO 29

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.393 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Héctor Rigel Moreno, don Javier Espá Felip, doña MaríaTeresa Maestro Salmerón, doña Paloma Gómez Pérez y doña Susana Gómez Miguel, fren-te a “Casta Asturias Langreo, Sociedad Anónima”, “Casta Salud, Sociedad Anónima”, “EPServicios Integrales de Gestión, Sociedad Anónima”, “Eptisa Castilla-La Mancha, Socie-dad Limitada”, “Eptisa Cinsa Ingeniería y Calidad, Sociedad Anónima”, “Eptisa Enginee-ring, Inc.”, “Eptisa Enginyeria I Serveis, Sociedad Anónima”, “Eptisa Proyectos Interna-cionales, Sociedad Anónima”, “Eptisa Servicios de Ingeniería, Sociedad Anónima”,“Eptisa Tecnologías de la Información, Sociedad Anónima”, “Esri España Geosistemas,Sociedad Anónima”, “Gestión Integral de Aguas, Sociedad Limitada”, “Iberin Projectesd’Enginyeria, Sociedad Anónima Unipersonal”, “IHD Handling España, Sociedad Anóni-ma”, e “Ingeniería de Instrumentación y Control, Sociedad Anónima”, sobre procedimien-to ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

1. Se acuerda la acumulación a los presentes autos número 1.393 de 2013 de los quese siguen en el Juzgado de lo social número 41 con el número 158 de 2014, discutiéndoseen un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en to-dos ellos.

Remítase oficio al referido Juzgado comunicándole la presente resolución, enviandotestimonio de la misma y reclamándole la inmediata remisión de los autos acumulados.

2. En relación a los medios de prueba propuestos: conforme se solicita:

a) En cuanto a la prueba documental solicitada en la demanda de extinción de con-trato y en la demanda de despido quedan requeridas las mercantiles demandadas con la no-tificación de la presente resolución.

b) En cuanto al interrogatorio, se hace saber que el mismo habrá de responderse porsus representantes en juicio siempre y cuando hubieran intervenido en los hechos contro-vertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación alacto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su ci-tación a juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad podrá solicitar que se le citeen calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente seña-lado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse comorespuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

c) Al otrosí, digo: se tienen por efectuadas las manifestaciones para conocimientoy efectos oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los

tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de esteJuzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2802/0000/60/1393/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Emma Cobo García.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

Y para que sirva de notificación en legal forma a “IHD Handling España, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.801/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

170 MADRID NÚMERO 30

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 30 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 705 de 2014, promovido por don Jesús Ro-

dríguez Sastre, sobre despido.Persona que se cita: “Dupton Desarrollos, Sociedad Limitada”, en concepto de parte

demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por la parte demandante sobre los hechos y circunstanciasobjeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, el día 3 de diciembre de 2014, a las once y treinta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 8 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Luisa García Tejedor.(03/22.894/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

171 MADRID NÚMERO 30

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 30 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 707 de 2014, promovido por doña Rosa Nor-

ma Rojas Brandán, sobre despido.Persona que se cita: “Dupton Desarrollos, Sociedad Limitada”, en concepto de parte

demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado por doña Rosa Norma Rojas Brandán sobre los hechos y cir-cunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, el día 3 de diciembre de 2014, a las doce y quince horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 8 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Luisa García Tejedor.(03/22.893/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

172 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 82 de 2013 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don José Vicente Hernández Verdejo, frente a “Aljoser, SociedadLimitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 10.244,79 euros de prin-cipal, 614,69 euros de intereses y 1.024,48 euros para costas calculados provisionalmente,se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Aljoser, Sociedad Limitada”, sinperjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva ladeuda aún pendiente de pago.

Fíjese copia de la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado a losefectos de hacer constar la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de laLey de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de los testimonios pertinentes ala parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2805/0000/64/0082/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aljoser, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.924/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

173 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 187 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Encarnación Iglesias Pereira, frente a “Esabe LimpiezasIntegrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Decreto

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 7.790,44 euros de princi-pal, 467,43 euros y 779,04 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, se de-clara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Esabe Limpiezas Integrales, SociedadLimitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran ha-cer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Fíjese copia de la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado a losefectos de hacer constar la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de laLey de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de los testimonios pertinentes ala parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2805/0000/64/0187/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.846/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

174 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 103 de 2008-J de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Manuel Álvarez Soriano, frente a “Sistemas de ElevaciónJoist, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 23 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se men-ciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la colum-na “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 5.782,61 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, y verificadoarchívense las actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento y tablón de anuncios del Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Elevación Joist, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.908/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

175 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 115 de 2011-J de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Antonio Gutiérrez Urbano, frente a “Cárnicas Car Gus, So-ciedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 23 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se men-ciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la colum-na “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 3.706,50 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, y verificadoarchívense las actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento y tablón de anuncios del Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cárnicas Car Gus, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.905/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

176 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 751 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Grzegorz Zawada y don Oleh Stavnychyy, frente a “Cons-tructora San José, Sociedad Anónima”, “Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima”, “Insifal,Sociedad Limitada”, y “Spo Fachadas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario,se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 174 de 2014

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juezdel Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobrecantidad, entre partes: de una, y como demandantes, don Grzegorz Zawada y don OlehStavnychyy, que comparecen asistidos de la letrada doña Manuela Montejo Bombín, cole-giada número 70.195, y de otra, “Constructora San José, Sociedad Anónima”, “Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima”, “Spo Fachadas, Sociedad Limitada”, “Insifal, Sociedad Li-mitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por don Grzegorz Zawada y don OlehStavnychyy, contra “Insifal, Sociedad Limitada”, y “Constructora San José, Sociedad Anó-nima”, debo condenar y condeno a ambas empresas, solidariamente, a pagar a don OlehStavnychyy 2.346,44 euros en concepto de principal, más 234,64 euros de interés por mora,y a don Grzegorz Zawada la cantidad de 3.392,60 euros de principal, más 339,26 euros deinterés por mora. Y con estimación de la demanda presentada contra “Insifal, Sociedad Li-mitada”, y “Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a abonar,solidariamente, a don Grzegorz Zawada 135,84 euros y a don Oleh Stavnychyy 1.182euros, condenando, asimismo, a “Insifal, Sociedad Limitada”, a abonar a don Grzegorz Za-wada 13,58 euros de interés por mora y a don Oleh Stavnychyy 118,20 euros. Debo absol-ver y absuelvo a “Spo Fachadas, Sociedad Limitada”, de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponerrecurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado porcomparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a lanotificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le prac-tique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o benefi-ciario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga recono-cido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en lacuenta abierta en el “Banco Santander”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzga-do con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso enel período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depó-sitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de esteJuzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorpo-rándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá de-signar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

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Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la ilustrísima ma-gistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana que la suscribe, en la Sala de audien-cias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Spo Fachadas, Sociedad Limitada”,e “Insifal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.906/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

177 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 983 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Raúl Pelayo Morales, frente a don Alberto Fernández Gar-ca, don Antonio Lomas González, don Attila Vargas, don David González González, donFrancisco Javier Ranz Platero, doña Gabriela Ionita, doña Isabel Escudero Labrador, donJesús Romero Moreno, doña María Dolores López Fernández, don Ramón Gómez García,don Rufino Mansilla Castillo, don Salvador Hernanz Pastor, doña Silvia Rubio Gómez,“Armacentro, Sociedad Limitada”, “Armalla, Sociedad Limitada”, “Armasur, Sociedad Li-mitada”, “Armatek Global, Sociedad Limitada Unipersonal”, “I Tek Inversiones y Siste-mas, Sociedad Limitada”, y “Teksitrans, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en ge-neral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 23 de mayo de 2014.Lo extiendo yo, el secretario judicial, para dar cuenta del escrito presentado por la re-

presentación de “Teksitrans, Sociedad Limitada”, “Armasur, Sociedad Limitada”, “I Tek In-versiones y Sistemas, Sociedad Limitada”, “Armatek Global, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, “Armalla, Sociedad Limitada”, “Armacentro, Sociedad Limitada”, y otras, en fecha 9de mayo de 2014, en el que se solicita diligencias en relación con la prueba a practicar en elacto del juicio señalado para el día 4 de julio de 2014.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 23 de mayo de 2014.

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas y, en su consecuencia,se acuerda: Acceder a la prueba documental solicitada.

Líbrense los oficios pertinentes, con la advertencia de que la documentación interesa-da habrá de remitirse antes del día 4 de julio de 2014, fecha señalada para el juicio.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con loacordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de lostres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de esteJuzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2805/0000/61/0983/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Luisa Gil Meana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ramón Gómez García, en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.785/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

178 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.063 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Georghe Aurelian Ciurea, frente a don Alberto FernándezGarca, don Antonio Lomas González, don Attila Vargas, don David González González,don Francisco Javier Ranz Platero, don Gabriel Ionita, don Jesús Romero Moreno, doñaMaría Dolores López Fernández, doña María Isabel Escudero Labrador, don Ramón Gó-mez García, don Rufino Mansilla Castillo, don Salvador Hernanz Pastor, doña Silvia Ru-bio Gómez, “Armacentro, Sociedad Limitada”, “Armalla, Sociedad Limitada”, “Armasur,Sociedad Limitada”, “Armatek Global, Sociedad Limitada Unipersonal”, “I Tek Inversio-nes y Sistemas, Sociedad Limitada”, y “Teksitrans, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ce-ses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 21 de mayo de 2014.Lo extiendo yo, el secretario judicial, para dar cuenta del escrito presentado por la re-

presentación de “Teksitrans, Sociedad Limitada”, “Armasur, Sociedad Limitada”, “I Tek In-versiones y Sistemas, Sociedad Limitada”, “Armatek Global, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, “Armalla, Sociedad Limitada”, “Armacentro, Sociedad Limitada”, y otras, en fecha 9de mayo de 2014, en el que se solicita diligencias en relación con la prueba a practicar en elacto del juicio señalado para el día 4 de julio de 2014.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 21 de mayo de 2014.

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas y, en su consecuencia,se acuerda: Acceder a la prueba documental solicitada.

Líbrense los oficios pertinentes, con la advertencia de que la documentación interesa-da habrá de remitirse antes del día 4 de julio de 2014, fecha señalada para el juicio.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con loacordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de lostres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de esteJuzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2805/0000/61/1063/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Luisa Gil Meana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ramón Gómez García, en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.930/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

179 MADRID NÚMERO 32

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.123 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Ana María Marcos Cabezón, frente a don Alberto Fer-nández Garca, don Antonio Lomas González, don Attila Vargas, don David González Gon-zález, don Francisco Javier Ranz Platero, don Gabriel Ionita, don Jesús Romero Moreno,doña María Dolores López Fernández, doña María Isabel Escudero Labrador, don RamónGómez García, don Rufino Mansilla Castillo, don Salvador Hernanz Pastor, doña SilviaRubio Gómez, “Armacentro, Sociedad Limitada”, “Armaduras del Sur, Sociedad Limita-da”, “Armalla, Sociedad Limitada”, “Armatek Global, Sociedad Limitada Unipersonal”,e “I Tek Inversiones y Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, sehan dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de mayo de 2014.Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en esta fecha tiene entrada

en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda. Paso a dar cuenta.—Doy fe.Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En

Madrid, a 26 de mayo de 2014.Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la

vista de su contenido se tiene por ampliada la demanda contra “Cimbra Sur, Sociedad Li-mitada”, “Amature Tehniques Mediterranees, Sociedad Limitada”, “E-Armasoft Espa, So-ciedad Anónima”, “Promhogar Desarrollos, Sociedad Limitada”, y “Ecu Active, SociedadLimitada”, a las que con traslado de copia de la demanda se citarán para el acto de la vistaseñalado para la audiencia del día 4 de julio de 2014, a las diez y cuarenta horas, con la ad-vertencia de que habrán de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes con traslado a todos los demandados de copiande escrito de ampliación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 26 de mayo de 2014.Lo extiendo yo, el secretario judicial, para dar cuenta del escrito presentado por la re-

presentación de las empresas demandadas en fecha 9 de mayo de 2014, en el que se solici-tas diligencias en relación con la prueba a practicar en el acto del juicio señalado para el día4 de julio de 2014.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 26 de mayo de 2014.

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas y, en su consecuencia,se acuerda: Librar los oficios solicitados.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con loacordado.

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Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de lostres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de esteJuzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2805/0000/61/1123/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial doña María Luisa Gil Meana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a losinteresados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ramón Gómez García, en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.931/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

180 MADRID NÚMERO 33

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 263 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Cristina Martín Gómez, frente a “Ecofresco 2010, Socie-dad Limitada”, y “Timota Productos Naturales Landia, Sociedad Limitada”, sobre ejecu-ción forzosa, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 29.937,32 euros de prin-cipal, 1.796 euros de intereses y 2.994 euros calculados para costas, se declara la insolven-cia provisional total de la ejecutada “Ecofresco 2010, Sociedad Limitada”, sin perjuicio deque pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pen-diente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega de certificación a la parte ejecu-tante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, y ar-chívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión enel plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2806/0000/64/0263/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ecofresco 2010, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.794/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

181 MADRID NÚMERO 33

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 294 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Mónica Rocío Sánchez Sánchez, frente a “Hermanos delBarrio, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazode quince días para que puedan designar la existencia de nuevos bienes de la ejecutada“Hermanos del Barrio, Sociedad Anónima”, que les consten, advirtiéndoles que de no ha-cerlo así en el plazo señalado se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demanda-da en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hermanos del Barrio, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.917/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

182 MADRID NÚMERO 33

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 416 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Guillermo Ramón Ortiz de Zugasti Sarrais, frente a “Áva-lon Tecnologías de la Información, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, seha dictado resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda formulada por don Guillermo Ramón Ortiz de Zugasti Sarrais,frente a “Ávalon Tecnologías de la Información, Sociedad Limitada”, y declaro extinguidoel contrato de trabajo que unía a las partes con efectos desde la firmeza de esta sentencia,condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, así como a abonar al actoren concepto de indemnización de cantidad de 26.359,88 euros. Y estimando, igualmente, lareclamación de cantidad, condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la can-tidad de 8.766,44 euros.

Modo de impugnación: se advierte a las partes que contra esta sentencia puede inter-ponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de loscinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiadopara su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del ré-gimen público de la Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuitaque deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros enla cuenta número 2806/0000/60/0416/14 del “Banco Santander”, aportando el resguardoacreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe ínte-gro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y paga-dero a primer requerimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del avalista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la quese regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del InstitutoNacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar el justificante depago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los crite-rios establecidos en la citada norma en su artículo 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la con-dición de trabajador con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social quela firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ávalon Tecnologías de la Informa-ción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.921/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

183 MADRID NÚMERO 33

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 296 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Abel Pérez Bermúdez, frente a “Energías Renovables dePalencia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado el siguiente decreto:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Energías Renovables de Palencia, Sociedad Limitada”, en

situación de insolvencia total por importe de 4.536,55 euros. Insolvencia que se entenderáa todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Socialremítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectosde publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demanda-da en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada de que las sucesivas notificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social,y al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Energías Renovables de Palencia,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.918/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

184 MADRID NÚMERO 35

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 138 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Constantin Breajen y don Stoyan Petkov Partalski, frentea “Transportes Hurmancruz, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado lasiguiente resolución:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del auto a favor de la parte ejecutante don Cons-tantin Breajen y don Stoyan Petkov Partalski, frente a la demandada “Transportes Hurman-cruz, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 51.066,64 euros, más 3.064euros de intereses y 5.107 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de suposterior liquidación.

Dicho principal se desglosa, como a continuación se detalla, entre los trabajadores:A don Constantin Breajen: 24.990,24 euros.A don Stoyan Petkov Partalski: 26.076,40 euros.Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2808/0000/64/0138/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo so-cial don José Antonio Capilla Bolaños.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Hurmancruz, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.912/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

185 MADRID NÚMERO 35

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 35 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 643 de 2014, promovido por don Carlos Luis

Guevara Bargueño, sobre reclamación de cantidad.Persona que se cita: “Restauración y Catering Sierra Norte, Sociedad Limitada”, en

concepto de parte demandada en dicho juicio.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio solicitado sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que eltribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la callePrincesa, número 3, Sala de vistas número 9.3, ubicada en la planta novena, el día 2 de mar-zo de 2015, a las nueve y veinticinco horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el díade la celebración del juicio.

En Madrid, a 8 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Blanca Galache Díez.(03/22.889/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

186 MADRID NÚMERO 35

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 35 de Madrid.Asunto en que se acuerda: juicio número 560 de 2014, promovido por don Pablo Ruiz

Santiago, don Daniel Alonso San Andrés, doña Tomasa Aparicio López Pastor, doña Olvi-do Oliva Rodríguez, don Samuel Urbina Alcalde Moraño, doña Rosa María Barea Flores,doña Rosa Molina Fernández, don Esteban Benito Marín, doña Irene Martín Mingo, donRafael Blázquez Merino y doña María Jesús Alonso Pérez, sobre resolución de contrato.

Personas que se cita: “Novomontaje, Sociedad Limitada”, “Torreangulo Arte Gráfico,Sociedad Anónima”, e “Industrias Gráficas Bohe, Sociedad Anónima”, en concepto de par-te demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal de-clare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la ca-lle Princesa, número 3, Sala de vistas número 9.3, ubicada en la planta novena, el día 4 defebrero de 2015, a las diez y quince horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse(artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por pro-curador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentrode los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de laJurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 dela Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Juris-dicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

En Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Blanca Galache Díez.(03/22.875/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

187 MADRID NÚMERO 35

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 96 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don José Luis González Escudero, frente a “Esabe Vigilancia, So-ciedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 27 de ju-nio de 2014, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donJosé Luis González Escudero, frente a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anóni-ma”, parte ejecutada, por un principal de 1.110,31 euros, más 66 euros y 111 euros de inte-reses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 2808/0000/64/0872/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo so-cial don José Antonio Capilla Bolaños.

Decreto

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia alFondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se pro-cederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2808/0000/00/0872/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el “Boletín Oficial de laProvincia de Sevilla”.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.849/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

188 MADRID NÚMERO 36

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.156 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Luis García Tiscar, frente a “Servicios Empresariales deVanguardia, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguienteresolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 23.471,86 euros de prin-cipal, 1.411,72 euros de intereses y 2.352,87 euros calculados para costas, se declara la in-solvencia provisional parcial de la ejecutada “Servicios Empresariales de Vanguardia, So-ciedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes quepermitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la decla-ración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asi-mismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspon-diente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2809/0000/64/0009/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios Empresariales de Van-guardia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.771/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

189 MADRID NÚMERO 39

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 110 de 2012 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Juan Francisco Sánchez Cama, frente a don José JoaquínLópez Estébanez, “Capitol Symbol, Sociedad Limitada”, e “Instala Soluciones, Proyectosy Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Decreto

En Madrid, a 6 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 24.584,79 euros de prin-cipal, 1.475,09 euros de intereses y 2.458,48 euros calculados para costas, se declara la in-solvencia provisional total del ejecutado don José Joaquín López Estébanez, sin perjuiciode que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aúnpendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 4283/0000/64/0110/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando

copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Joaquín López Estébanez,“Instala Soluciones, Proyectos y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Capitol Symbol, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.910/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

190 MADRID NÚMERO 39

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 94 de 2014 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña María Isabel Domínguez Domínguez, frente a “Esabe Limpie-zas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente reso-lución:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de junio de 2014.La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha 7 de mayo

de 2014 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña María Isa-bel Domínguez Domínguez solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condenaa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo,hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 9 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutantedoña María Isabel Domínguez Domínguez, frente a la demandada “Esabe Limpiezas Inte-grales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 1.110,29 euros, más 66,62euros y 111,03 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de suposterior liquidación.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince díaspuedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que deno ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.927/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

191 MADRID NÚMERO 39

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 111 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don Francisco Javier Angulo Fernández, frente a don WiliamMoreno Marín, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 3 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la diligencia de ordenación a favor de la par-te ejecutante don Francisco Javier Angulo Fernández, frente al demandado don WiliamMoreno Marín, parte ejecutada, por un principal de 2.684,50 euros, más 161,07 eurosy 268,45 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su pos-terior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de

los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los térmi-nos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurren-te que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la can-tidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”,número 4283/0000/64/0111/14.Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Decreto

En Madrid, a 3 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Requerir a donWiliam Moreno Marín a fin de que en el plazo de tres días manifieste relacionadamente bie-nes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución que asciende a 2.684,50euros en concepto de principal, 161,07 euros y 268,45 euros en concepto provisional de in-tereses de demora y costas. Deberá manifestar dicha relación con la precisión necesaria paragarantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostenten de-rechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes, y de estar sujetos a otro proceso, concretarlos extremos de este que puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá, cuan-do se trate de personas jurídicas, a sus administradores o a las personas que legalmente lesrepresenten, y cuando se trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad a quie-nes aparezcan como sus organizadores, directores o gestores. En el caso de que los bienesestuvieran gravados con cargas reales deberá manifestar el importe del crédito garantizadoy, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha. En el caso de bienes inmuebles de-berá indicar si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento deque, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia gra-ve en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no seansuyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y graváme-nes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la investigación judicial del patrimonio del ejecutado. A tal efecto, se con-sultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los des-pachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de

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todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización porestos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la informa-ción precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efecti-vidad de la obligación pecuniaria que se ejecuta de entidades financieras o depositarias o deotras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurí-dicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de este o pudieranresultar deudoras del mismo.

Se acuerda el embargo de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realí-cese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la “Cuenta de consignacio-nes judiciales”.

Hágase saber al ejecutado que conforme al auto que contiene la orden general de eje-cución:

a) Transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que el ejecutado cum-pliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimientode la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubierenocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incremen-tarse el interés legal a abonar en dos puntos.

b) Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenidaen el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales,si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sen-tencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, ensu caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le im-pondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado en aplicación de lo prevenido enel artículo 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la Leyde la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y da-tos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de loca-lización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intenta-das sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendocarga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo,deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electróni-ca o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de co-municación con el tribunal.

La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la núme-ro 4283/0000/64/0111/14, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Bancocuenta consignaciones”.

Constando ingresada la cantidad reconocida a favor del ejecutado en los autos núme-ro 790 de 2009, ejecución número 170 de 2010, ante el Juzgado de lo social número 37 deMadrid, se decreta embargada dicha cantidad hasta cubrir las sumas reclamadas en esta eje-cución. Líbrese exhorto al órgano judicial expresado a fin de que ingrese el sobrante en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 4283/0000/64/0111/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Wiliam Moreno Marín, en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.928/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

192 MADRID NÚMERO 39

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 908 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña Ana María Quiroga Ramírez, frente a “Compañía Boli-viana de Transporte Aéreo Privado, Sociedad Anónima”, y “Aerosur, Sociedad Anónima”(sucursal en España), sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Con estimación de la excepción de falta de acción, debo desestimar y desestimo ínte-gramente la demanda presentada por doña Ana María Quiroga Ramírez, frente a las empre-sas “Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado, Sociedad Anónima”, y “Aerosur,Sociedad Anónima” (sucursal en España), en reclamación de resolución de contrato, a ins-tancias de la trabajadora, y cantidad, con absolución a las demandadas de los pedimentosde la demanda.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán in-terponer recurso de suplicación en la forma y los plazos establecidos en la Ley Reguladorade la Jurisdicción Social.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efec-to, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al proce-dimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Compañía Boliviana de TransporteAéreo Privado, Sociedad Anónima”, y “Aerosur, Sociedad Anónima” (sucursal en España),en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.936/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

193 MADRID NÚMERO 39

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1 de 2012 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de doña Ana María Sánchez Rossique, frente a “Procesos Externos,Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 5 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se men-ciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la colum-na “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 852,72 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Procesos Externos, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.925/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

194 MADRID NÚMERO 39

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 2 de 2012 de este Juzgado de lo social,seguido a instancias de don Mark Maclughlin, frente a “Laboros, Sociedad Cooperativa”,sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 5 de junio de 2014.

Parte dispositiva:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se men-ciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la colum-na “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 2.120,37 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstan-te lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de lainfracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso(artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Laboros, Sociedad Cooperativa”, enignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.911/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

195 MADRID NÚMERO 40

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 118 de 2014 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don José Antonio Boada Payo, frente a “Esabe TransportesBlindados, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del auto a favor de la parte ejecutante don JoséAntonio Boada Payo, frente a la demandada “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anó-nima”, parte ejecutada, por un principal de 54.913,20 euros, más 5.491,32 euros y 5.491,32euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liqui-dación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Transportes Blindados, So-ciedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.787/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

196 MADRID NÚMERO 40

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 211 de 2012 (autos núme-ro 692 de 2012) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Muñoz Yer-ga, don Francisco Íñigo Unzueta Pérez de Mendiguren, doña Gloria Minguito Martín, donJosé Antonio Bermejo Criado y doña María Dolores Tena Rodríguez, frente a “Gestión deObras y Proyectos 21, Sociedad Limitada”, se ha dictado en fecha 6 de mayo de 2014 de-creto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

En Madrid, a 6 de mayo de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 241.567,05 euros de prin-cipal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Gestión de Obras y Pro-yectos 21, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-81595589, sinperjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva ladeuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la decla-ración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asi-mismo, hágase entrega de testimonio de esta resolución a la parte ejecutante a fin de iniciarel correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 4684/0000/64/0211/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los

interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de laLey Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestión de Obras y Proyectos 21,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.778/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

197 MADRID NÚMERO 40

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 145 de 2014 (demanda nú-mero 1.079 de 2012) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Ber-dón García, frente a “Dicenor Térmica, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, sehan dictado auto y decreto con las siguientes partes dispositivas:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante donAlberto Berdón García, frente a la demandada “Dicenor Térmica, Sociedad Limitada”, par-te ejecutada, por un principal de 4.464,27 euros, más 446,42 euros de intereses y 446,42euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia alFondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se pro-cederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Dicenor Térmica, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.938/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

198 MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 82 de 2014-V de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro San Martín Cebollero, frente a“Finca La Mejorana, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.233 euros de principal,más 210 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional to-tal de la ejecutada “Fina La Mejorana, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieranencontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondien-te expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en

el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2850/0000/64/0082/14.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Finca La Mejorana, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 26 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.804/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

199 MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.370 de 2013-M de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de doña Judit Garrido Malaxechevarría, frente a “Blanay Nutri-ción, Sociedad Limitada”, “Colectividades Sherco, Sociedad Limitada”, y “GastronomíaLas Murallas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado decreto,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora doña Judit Garrido Malaxechevarría dela acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones,previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión enel plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o be-neficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá derealizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2850/0000/64/1370/13.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Blanay Nutrición, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.800/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

200 MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.Asunto en que se acuerda: juicio número 504 de 2014, a instancias de don Iván Díaz

Losana, sobre despido.Persona que se cita: “Clasiur, Sociedad Limitada”, como demandada.Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, respon-

der al interrogatorio propuesto por la parte contraria.Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado de lo social nú-

mero 2 de Móstoles, sito en la calle San Antonio, número 6, 28931 Móstoles (Madrid), eldía 29 de septiembre de 2014, a las doce horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción So-cial).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procu-rador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro delos dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Ju-risdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdic-ción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros(artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demanda-da, que se encuentra en ignorado paradero.

En Móstoles, a 3 de julio de 2014.—La secretaria judicial, María Victoria Esteban Del-gado.

(03/22.878/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

201 MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 271 de 2014 (ejecución) de este Juzga-do de lo social, a instancias de doña Virginia Soler Galán, frente a don Ángel García Galle-go, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras par-tes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta enla sentencia de fecha 7 de abril de 2014 al demandado don Ángel García Gallego a favor dela demandante doña Virginia Soler Galán y, previo a su resolución, se acuerda oír a las par-tes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San An-tonio, números 6-8, 28931 Móstoles (Madrid), el día 17 de septiembre de 2014, a las nue-ve cuarenta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma quese ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten va-lerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de quesi no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por de-sistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente re-presentado) el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado den-tro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderála ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesaria la constitución de un depósito por im-porte de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, conel número 2851/0000/64/0271/14 y exigible únicamente a quienes no tengan la condiciónde trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentosde constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las En-tidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento deponer fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando co-

pia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimien-to o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ángel García Gallego, en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 9 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/22.931/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

202 A CORUÑA NÚMERO 5

EDICTO

Doña María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5de A Coruña.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 425 de 2013-L, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 362 de 2014

En A Coruña, a 26 de junio de 2014.—Vistos por doña Carmen Sangiao Pereira, ma-gistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña y su partido, los presentesautos de juicio número 425 de 2013, seguidos a instancias de doña María del Carmen Pu-mar Gómez, representada por el letrado don Jesús Manuel Puñal Souto, contra “Gespalia,Sociedad Limitada”, administradora concursal “Concurlex Abogados, Sociedad LimitadaProfesional”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar debidamentecitados, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Carmen Pumar Gómez,contra la empresa “Gespalia, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa aque abone a la actora la cantidad de 3.548,60 euros por los conceptos reclamados en deman-da, más el 10 por 100 de interés por mora, debiendo responder de esta cantidad, en su con-dición de administrador concursal, “Concurlex Abogados, Sociedad Limitada Profesional”.

Asimismo, debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de suresponsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los Tra-bajadores.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justi-cia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de cinco días siguien-tes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abo-gado o representante dentro del plazo indicado.

Así lo pronuncio, mando y firmo.Para que conste e insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a

fin de que sirva de notificación a “Gespalia, Sociedad Limitada”, con el apercibimiento deque las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan la forma de emplazamiento, sentencia y autos.

En A Coruña, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.868/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

203 ALICANTE NÚMERO 1

EDICTO

Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, secretario judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Alicante.

Hace saber: Que en la ejecución que se tramita ante este Juzgado bajo el número 21de 2013, por despido y cantidad, instada por don Francisc Maxim, contra “Raíl Oil, Socie-dad Limitada”, y “Aljoser, Sociedad Limitada”, se ha dictado auto de fecha 25 de juniode 2014, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Acuerdo:a) Declarar a las ejecutadas “Raíl Oil, Sociedad Limitada”, y “Aljoser, Sociedad Li-

mitada”, en situación de insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional,sin perjuicio de continuar la ejecución cuando mejore de fortuna y pudieran hacerse efecti-vas en sus bienes las cantidades que por principal y costas están obligados a satisfacer, sien-do la cantidad del principal de 35.061,38 euros.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial una vez sea firme la presente resolución.

c) Librar mandamiento al Registro Mercantil y de Bienes Muebles para que anote lainsolvencia provisional de las ejecutadas en dicho registro de conformidad con lo previsto enel artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme la presente.

d) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente.Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión

que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles si-guientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio delrecurrente (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo dispongo y firmo.—Doy fe.Y para que sirva de notificación en legal forma a “Raíl Oil, Sociedad Limitada”, y “Al-

joser, Sociedad Limitada”, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fue enla calle José Ortega y Gasset, número 25, planta baja, puerta derecha, de Madrid, expido elpresente en Alicante, a 25 de junio de 2014, para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.869/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

204 ALICANTE NÚMERO 1

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, secretario judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Alicante.

Hace saber: Que en la ejecución que se tramita ante este Juzgado bajo el número 296de 2013, por cantidad, instada por doña María del Carmen Palazón Rodríguez, contra “Esa-be Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, se ha dictado auto de fecha 30 de mayode 2014, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Acuerdo:a) Declarar a la ejecutada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en si-

tuación de insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, sin perjuiciode continuar la ejecución cuando mejore de fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bie-nes las cantidades que por principal y costas está obligado a satisfacer, siendo la cantidaddel principal de 1.440,24 euros.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial una vez sea firme la presente resolución.

c) Librar mandamiento al Registro Mercantil y de Bienes Muebles para que anote lainsolvencia provisional de la ejecutada en dicho registro de conformidad con lo previsto enel artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme la presente.

d) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente.Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión

que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles si-guientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio delrecurrente (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo dispongo y firmo.—Doy fe.Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Socie-

dad Limitada”, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fue en la calle Cro-nos, número 8, de Madrid, expido el presente en Alicante, a 30 de mayo de 2014, para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—El secretario judicial(firmado).

(03/21.903/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

205 ALMERÍA NÚMERO 2

EDICTO

Don Donato Alférez Moral, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Almería.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 104 de 2012,a instancias de la parte actora doña Inmaculada López Montoya y don David López Luen-go, contra el administrador don Vicente Romero Jiménez, “Mirador de Adra, Sociedad Li-mitada”, “Grupo Horizonte Verde”, “Account Executive, Sociedad Limitada”, “LastraDestinos, Sociedad Limitada”, y “Adra Costa Valma Inversiones, Sociedad Limitada”, so-bre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 5 de noviembre de 2013 del tenor li-teral siguiente:

Sentencia número 435 de 2013

En Almería, a 3 de noviembre de 2013.—Visto por el ilustrísimo señor don Jesús An-drés Nevado Nevado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Almería y suprovincia, los presentes autos número 104 de 2012, seguidos entre partes: como demandan-tes, don David López Luengo y doña Inmaculada López Montoya, y como demandados,“Lastra Destinos, Sociedad Limitada”, don Manuel Juan López Porras (administrador con-cursal de “Lastra Destinos, Sociedad Limitada”, “Account Executive, Sociedad Limitada”,“Adra Costa Valma Inversiones, Sociedad Limitada”, “Grupo Horizonte Verde”, don Vi-cente Romero Jiménez (administrador de la mercantil de “Grupo Horizonte Verde”), “Mi-rador de Adra, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, incomparecidos los de-mandados, a excepción del Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta, debo condenar y condeno a lasempresas demandadas, con absolución del administrador don Vicente Romero Jiménez,a abonar a los actores las cantidades siguientes:

A don David López Luengo: la cantidad de 17.650 euros.A doña Inmaculada López Montoya: la cantidad de 10.316 euros.Así como al interés del 10 por 100 sobre estas cantidades, con la responsabilidad del

Fondo de Garantía Salarial derivada de los artículos 33 y concordantes del Estatuto de losTrabajadores.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe inter-poner recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anuncián-dolo, ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notifi-cación del presente fallo.

Así por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación a la demandada “Account Executive, Sociedad Limi-

tada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguien-tes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Almería, a 16 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.914/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

206 BARCELONA NÚMERO 16

EDICTO

En los autos número 578 de 2013 seguidos en este Juzgado, en materia social, se hadictado sentencia en fecha 10 de abril de 2014.

Contra dicha sentencia puede interponerse ante este Juzgado recurso de suplicación enel plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación delpresente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que sele notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzga-do, sito en ronda Sant Pere, número 52, cuarta planta, de Barcelona.

Y a fin de que sirva de notificación a don Roberto Rubio Pisabarros y “Berrusmark,Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la adver-tencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de lacédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la co-municación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o de decre-to, cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamien-to, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,Reguladora de la Jurisdicción Social.

Barcelona, a 18 de junio de 2014.—La secretaria judicial, María Abigail FernándezGonzález.

(03/21.907/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

207 HUELVA NÚMERO 3

EDICTO

Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 3 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 32 de 2014, ainstancias de la parte actora don Elías Heredia González, contra “Esabe Vigilancia, Socie-dad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado con esta fecha auto, cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la reapertura y ejecución contra “Esabe Vigi-lancia, Sociedad Anónima”, por la suma de 3.073,17 euros en concepto de principal, másla de 600 euros calculada para intereses y gastos, y habiendo sido declarada la ejecutada eninsolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial afin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho in-terese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de em-bargo.

Tráigase testimonio del decreto de insolvencia dictado en la ejecución que se sigue eneste mismo Juzgado con el número 155 de 2012.

Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra lamisma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días há-biles siguientes a su notificación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecu-ción despachada en los supuestos contemplados en el artículo 239.4 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Social, debiéndose consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta núme-ro 1932/0000/30/003214 abierta a nombre de este Juzgado en la oficina principal de “Ba-nesto” (calle Marina, número 2), de esta ciudad, estando exentos de esta obligación los quetengan condición de trabajadores o beneficiarios de la Seguridad Social, ministerio fiscal,Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependien-tes de todos ellos.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Auxilia-dora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anóni-ma”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el“Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las si-guientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 23 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.898/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

208 HUELVA NÚMERO 3

EDICTO

Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 3 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 195 de 2014, ainstancias de la parte actora don Francisco Peña Jabato, contra “Esabe Vigilancia, SociedadAnónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 18 de ju-nio de 2014 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución contra “Esabe Vigilancia, Socie-dad Anónima”, por la suma de 2.174,79 euros en concepto de principal (1.852,08 euros enconcepto de indemnización, más 322,72 euros en concepto de intereses por mora), más lade 400 euros calculada para intereses, costas y gastos del procedimiento, y habiendo sidodeclarada la ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fon-do de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la dili-gencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora quepuedan ser objeto de embargo.

Tráigase testimonio del decreto de insolvencia dictado en la ejecución que se sigue eneste mismo Juzgado con el número 155 de 2012.

Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra lamisma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días há-biles siguientes a su notificación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecu-ción despachada en los supuestos contemplados en el artículo 239.4 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Social, debiéndose consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta núme-ro 1932/0000/30/019514 abierta a nombre de este Juzgado en la oficina principal de “Ba-nesto” (calle Marina, número 2), de esta ciudad, estando exentos de esta obligación los quetengan condición de trabajadores o beneficiarios de la Seguridad Social, ministerio fiscal,Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependien-tes de todos ellos.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Auxilia-dora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado.—Doy fe.Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anóni-

ma”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el“Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las si-guientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 18 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).(03/21.896/14)

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JUZGADO DE LO SOCIAL DE

209 LLEIDA NÚMERO 2

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 68 de 2014 seguidos en este Juzgado, a instan-cias de don Gheorghe Taut, contra “Stefanuc Construcciones, Sociedad Limitada”, en rela-ción a ejecutorias, por el presente se notifica a “Stefanuc Construcciones, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha 27 dejunio de 2014, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:

Procede declarar a la ejecutada “Stefanuc Construcciones, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia legal por importe de 5.509,16 euros de principal. Insolvencia que seentenderá a todos los efectos como provisional, y procédase al archivo de las actuaciones,previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles, ante esteJuzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá de interpo-nerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente a su notifica-ción, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitosno se admitirá el recurso (artículos 186 y siguientes de la Ley Reguladora de la JurisdicciónSocial).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sinel cual no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe enla “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el “Banco San-tander, Sociedad Anónima”, con el número 3280/0000/64/0068/14, consignación que sedeberá acreditar para interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la LeyOrgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 dela disposición citada, quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuitay quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Segu-ridad Social.

Una vez firme, líbrese y entréguese certificación a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerdo y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a “Stefanuc Construcciones, Sociedad Limi-

tada”, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole de que las sucesivas notificaciones, sal-vo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, expido el pre-sente edicto en Lleida, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial, Paula Jarne Corral.

(03/21.919/14)

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JUZGADO DE LO SOCIAL DE

210 MÁLAGA NÚMERO 7

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 deMálaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 722 de 2013, ainstancias de la parte actora don Miguel Ángel García Tablas, contra “Cantrabria Pharma,Sociedad Limitada”, “Wanbury Holdings Besloten Vennootschap”, y “Laboratorios Wan-bury, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fe-cha 16 de diciembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por don Miguel ÁngelGarcía Tablas, frente a la entidad “Cantabria Pharma, Sociedad Limitada”, sobre extinciónde contrato y despido, declarando extinguida la relación laboral a fecha 6 de diciembrede 2013, y condenando a “Cantabria Pharma, Sociedad Limitada”, al abono a la actora dela cantidad de 75.340,01 euros en concepto de indemnización y 34.312,47 euros de salariosadeudados.

Que debo absolver y absuelvo a “Wanbury Holdings Bejloten Vennootschap”, y “La-boratorios Wanbury, Sociedad Limitada”, de la acción contra ellas entablada.

Que debo declarar y declaro que la administración concursal de “Cantabria Pharma,Sociedad Limitada”, debe estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabeinterponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justiciade Andalucía en Málaga.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la dictó es-tando el mismo celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que yo, el secreta-rio judicial, doy fe en Málaga.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Wanbury Holdings Besloten Ven-nootschap”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las si-guientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 26 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).(03/21.929/14)

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JUZGADO DE LO SOCIAL DE

211 PAMPLONA NÚMERO 2

EDICTO

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, secretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 2 de Pamplona/Iruña.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.188 de 2013 de este Juzgado de lo so-cial se ha dictado resolución, cuya copia se encuentra a disposición de los interesados enesta oficina judicial, donde podrán tener acceso a la misma y contra la que cabe recurso dereposición en el plazo de tres días.

Y para que le sirva de notificación y citación al acto de conciliación ante la secretariajudicial y, en su caso, a los actos de conciliación y juicio ante el magistrado-juez, que ten-drán lugar en única y sucesiva convocatoria, señalándose para el acto de conciliación antela secretaria judicial el día 2 de septiembre de 2014, a las once y veinticinco horas, en eldespacho de la secretaria judicial de este Juzgado y, en su caso, para el acto de conciliacióny juicio el día 2 de septiembre de 2014, a las once y treinta horas, en la Sala de vistas nú-mero 104 (planta 1), calle San Roque, número 4, primera planta, Pamplona, en legal formaa “Gestión de Servicios Ganaderos Avicalia, Sociedad Limitada”, y “Avicalia ServiciosAvícolas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijandouna copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resolu-ciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin alprocedimiento.

En Pamplona, a 4 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.873/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

212 PUERTO DEL ROSARIO NÚMERO 2

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana M. Molina Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 con sedeen Puerto del Rosario (Fuerteventura).

Hago saber: Que en el procedimiento número 429 de 2013, en materia de extinción decontrato temporal, a instancias de doña Juana Rafaela Rivero Batista, contra “Esabe Lim-piezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, por su señoría se handictado auto y decreto con fecha 30 de junio de 2014, cuyas partes dispositivas son del te-nor literal siguiente:

Auto

Se despacha ejecución a instancias de doña Juana Rafaela Rivero Bastista, contra “EsabeLimpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, por un principal de 12.171,87 euros, más 1.217,18euros del 10 por 100 de interés por mora y 2.142,24 euros correspondientes al 16 por 100de intereses y costas provisionales.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante, de conformidadcon lo preceptuado en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a finde que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar bie-nes concretos de la ejecutada sobre los que continuar la ejecución, lo que deberán verificaren el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de que, en caso de no manifestar nada al res-pecto, se procederá a dictar la insolvencia de la ejecutada.

Póngase el procedimiento a disposición de la secretaria judicial a fin de que en el mis-mo o siguiente día, dicte el oportuno decreto expresivo de las concretas medidas que pro-ceda.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de tres días, ante este órga-no, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá dedu-cir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (artículo 239.4 de la Ley Regula-dora de la Jurisdicción Social).

Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causaha-biente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita,Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependien-tes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “San-tander”, en la cuenta corriente número ES55/0049/3569/92/0005001274, y al concepto cla-ve 2290/0000/64/0429/13.

Así lo acuerda, manda y firma don Carmelo Batista Machín, ilustrísimo magistrado delJuzgado de lo social número 2 con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura).—Doy fe.

Decreto

Se decreta el embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada “Esabe Limpiezas In-tegrales, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente a cubrir 12.171,87 euros en conceptode principal, más 1.217,18 euros del 10 por 100 de interés por mora, más 2.142,24 euroscorrespondientes al 16 por 100 en concepto de intereses y costas presupuestadas para estaejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Óigase al Fondo de Garantía Salarial y a la ejecutante por plazo de cinco días, para quepuedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienesde la deudora de que tengan constancia y con su resultado se acordará.

Notifíquese la presente resolución a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limita-da”, Fondo de Garantía Salarial y a doña Juana Rafaela Rivero Batista.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión enel plazo de tres días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hu-biera incurrido.

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Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causaha-biente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita,Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependien-tes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25 eurosen la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santan-der”, en la cuenta corriente número ES55/0049/3569/92/0005001274, y al concepto cla-ve 2290/0000/64/0429/13.

Así lo acuerda y firma doña Ana M. Molina Pérez, secretaria judicial del Juzgado delo social número 2 con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura).—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los es-trados del Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Puerto del Rosario, a 30 de junio de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/21.867/14)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE

213 VALENCIA NÚMERO 7

EDICTO

Don José Santamaría Blasco, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 deValencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de despido/ceses en general núme-ro 666 de 2014, a instancias de don Raúl Peiro Almenar, contra “Azarbe Obras y Servicios,Sociedad Anónima”, “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, “Emérita de Obrasy Servicios, Sociedad Anónima”, y “Constructora Hispánica, Sociedad Anónima”, en elque por medio del presente se cita a “Emérita de Obras y Servicios, Sociedad Anónima”,y “Constructora Hispánica, Sociedad Anónima”, quienes se hallan en ignorado paradero,para que comparezcan ante este Juzgado de lo social, sito en la avenida del Saler, núme-ro 14, tercera amarilla, al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 12de diciembre de 2014, a las doce y quince horas, con advertencia de que el juicio no se sus-penderá por la incomparecencia injustificada de las partes.

En Valencia, a 7 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/22.872/14)

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V. OTROS ANUNCIOS

214 NOTARÍA DE DON JAVIER DE LUCAS Y CADENAS

Don Javier de Lucas y Cadenas, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia enMadrid.

Hago constar: Que a instancias de la administración concursal de “Afinsa Bienes Tan-gibles, Sociedad Anónima”, con CIF A-28658177, y declarada en concurso de acreedoresen virtud de auto de fecha 14 de julio de 2006 por el Juzgado de lo mercantil número 6 deMadrid bajo número de autos 208 de 2006, se ha iniciado el proceso liquidativo de la com-pañía en virtud de auto dictado por el mismo Juzgado de fecha 5 de mayo de 2011, apro-bando el plan de liquidación, acordándose sacar en pública subasta las fincas de su propie-dad en el lugar, fechas y condiciones que después se indican:

1. Algeciras:Descripción registral: finca número 43.945 del Registro de la Propiedad de Algeciras

número 1, inscrita al tomo 1288, libro 947, folio 157, sita en calle Trafalgar, número 7.Precio salida: 342.892 euros.

2. Barbastro:2.1. Descripción registral: finca número 16.056 del Registro de la Propiedad de Bar-

bastro, inscrita al tomo 1250, libro 339, folio 65, sita en calle Corona de Aragón,número 25, primero, C.

2.2. Descripción registral: finca número 16.052/11 del Registro de la Propiedad deBarbastro, inscrita al tomo 1057, libro 275, folio 32, sita en calle Corona de Ara-gón, número 25, trastero 9.

2.3. Descripción registral: finca número 16.052/12 del Registro de la Propiedad deBarbastro, inscrita al tomo 1057, libro 275, folio 33, sita en calle Corona de Ara-gón, número 25, plaza aparcamiento 8.

Precio salida: 184.940 euros.3. Bilbao:Descripción registral: finca número 21.964 del Registro de la Propiedad de Bilbao nú-

mero 8, inscrita al tomo 2028, libro 568, folio 133, sita en calle Rodríguez Arias, número 6.Precio salida: 1.359.000 euros.

4. Cáceres:Descripción registral: finca número 62.135 del Registro de la Propiedad de Cáceres

número 1, inscrita al tomo 2703, libro 1590, folio 128, sita en calle Periodista SánchezAsensio, número 5, puerta 3 B (antigua avenida Virgen de la Montaña, número 19). Preciosalida: 207.753 euros.

5. Cáceres:Descripción registral: finca número 62.134 del Registro de la Propiedad de Cáceres

número 2, inscrita al tomo 2703, libro 1590, folio 125 sita en calle Periodista Sánchez Asen-sio, número 5, puerta 3 A (entreplanta y planta baja) (avenida Virgen de la Montaña, núme-ro 19). Precio salida: 842.500 euros.

6. Cádiz:Descripción registral: finca número 15.495 del Registro de la Propiedad de Cádiz nú-

mero 1, inscrita al tomo 1266, libro 208, folio 173, sita en avenida Ana de Viya, número 5.Precio salida: 597.800 euros.

7. Ciudad Real:Descripción registral: finca número 51.504 del Registro de Ciudad Real número 1, ins-

crita al tomo 1941, libro 1337, folio 211, sita en calle Alarcos, número 13, planta primera,local 1. Precio salida: 396.630 euros.

8. Ciudad Real:Descripción registral: finca número 25.062 del Registro de Ciudad Real número 1, ins-

crita al tomo 2138, libro 1334, folio 8, sita en calle Alarcos, número 13, planta primera, lo-cal 2. Precio salida: 287.160,12 euros.

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9. Huelva:

Descripción registral: finca número 40.970 del Registro de Huelva número 2, inscritaal tomo 1579, libro 181, folio 91, sita en calle Alameda de Sundheim, número 10. Preciosalida: 315.360 euros.

10. León:

Descripción registral: finca número 11.042 del Registro de León número 3, inscrita altomo 2580, libro 188, folio 104, sita en avenida de la Independencia, número 3, hoy núme-ro 7. Precio salida: 727.900 euros.

11. Marbella:11.1. Descripción registral: finca número 3.365 del Registro de Marbella número 2,

inscrita al tomo 1335, libro 331, folio 204, sita en calle Juan Ruiz Muñoz, nú-mero 2, planta primera, oficina 9,

11.2. Descripción registral: finca número 3.366 del Registro de Marbella número 2,inscrita al tomo 1335, libro 331, folio 206, sita en calle Juan Ruiz Muñoz, nú-mero 2, planta primera, oficina 9-bis.

11.3. Descripción registral: finca número 3.367 del Registro de Marbella número 2,inscrita al tomo 1498, libro 493, folio 148, sita en calle Juan Ruiz Muñoz, nú-mero 2, planta primera, oficina 10.

11.4. Descripción registral: finca número 3.368 del Registro de Marbella número 2,inscrita al tomo 1452, libro 447, folio 224, sita en calle Juan Ruiz Muñoz, nú-mero 2, planta primera, oficina 10 bis.

11.5. Descripción registral: finca número 3.369 del Registro de Marbella número 2,inscrita al tomo 1498, libro 493, folio 150, sita en calle Juan Ruiz Muñoz, nú-mero 2, planta primera, oficina 11.

Precio salida: 1.029.120 euros.

12. Ponferrada:

Descripción registral: finca número 28.717 del Registro de Ponferrada número 1, ins-crita al tomo 1974, libro 347, folio 149, sita en avenida de la Puebla, número 52, planta pri-mera, puerta D y anejos. Precio salida: 309.078 euros.

13. Villagarcía de Arosa:

Descripción registral: finca número 35.163 del Registro de Villagarcía de Arosa, ins-crita al tomo 1040, libro 425, folio 193, sita en calle Edelmiro Trillo, número 2, planta se-gunda, letra A. Precio salida: 304.812 euros.

14. Madrid:

Descripción registral: finca número 93.005 del Registro de Madrid número 5, inscritaal tomo 2345, folio 123, sita en calle Joaquín María López, número 8 (hoy bis). Precio sa-lida: 1.658.000 euros.

15. Madrid:

15.1. Descripción registral: finca número 92.851 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 2, sita en calle Joaquín María López, número 8bis, 14 plazas de garaje (número 4).

15.2. Descripción registral: finca número 92.853 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 4, sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 5).

15.3. Descripción registral: finca número 92.855 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 6 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 6).

15.4. Descripción registral: finca número 92.857 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 8 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 7).

15.5. Descripción registral: finca número 92.859 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 12 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 8).

15.6. Descripción registral: finca número 92.861 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 14 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 9 ).

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15.7. Descripción registral: finca número 92.863 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 16 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 10).

15.8. Descripción registral: finca número 92.865 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 18 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 11).

15.9. Descripción registral: finca número 92.867 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 20 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 12).

15.10. Descripción registral: finca número 92.869 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2146, folio 22 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 13).

15.11. Descripción registral: finca número 92.871 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2502, folio 221 sita en calle Joaquín María López, número 8bis, 14 plazas de garaje (número 14).

15.12. Descripción registral: finca número 92.873 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2502, folio 23 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 15).

15.13. Descripción registral: finca número 92.875 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2502, folio 25 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 16 ).

15.14. Descripción registral: finca número 92.877 del Registro de Madrid número 5,inscrita al tomo 2502, folio 27 sita en calle Joaquín María López, número 8 bis,14 plazas de garaje (número 17).

Precio salida: 994.000 euros.16. Madrid:Descripción registral: finca número 71832 del Registro de Madrid número 1,

tomo 2880, libro 2880, folio 17 sita en calle Villanueva, número 30, sótano primero, gara-je 11. Precio salida: 104.500 euros.

Las bases para dicha subasta, serán las siguientes:1.a La subasta se celebrará de manera presencial en las oficinas de la notaría de don

Javier Lucas y Cadenas, sitas en la calle Miguel Ángel, número 13, segunda planta, deMadrid, a las once horas del día 9 de septiembre de 2014 en primera convocatoria y a lasonce horas del día 9 de octubre de 2014 en segunda convocatoria, para aquellos inmueblesque no hubieran sido objeto de adjudicación en la primera.

2.a El precio de salida para la primera convocatoria es el manifestado anteriormente.Para la segunda convocatoria el precio de salida será el equivalente al 80 por 100 del pre-cio de salida de la primera subasta.

3.a La documentación y pliego de condiciones completo está a disposición del públi-co en la oficina del notario autorizante en horario de lunes a viernes de diez a trece.

4.a Solo se admitirán posturas por escrito en sobre cerrado entregadas presencialmen-te en las oficinas de la notaría hasta el momento de la subasta, con el siguiente contenido:

a) Identidad de la persona física, incluido el DNI o pasaporte, o jurídica con todos losdatos del Registro Mercantil.

b) Precio en euros de su puja.c) Consignación de cheque bancario o conformado bancariamente para tomar parte

en la subasta:(i) Para inmuebles valorados en más de 1.000.000 de euros, un importe equiva-

lente al 3 por 100 del precio de salida.(ii) Para inmuebles valorados en menos de 1.000.000 de euros, un importe equi-

valente al 5 por 100 del precio de salida.d) Manifestación de que conoce tanto las bases y condiciones de la presente subasta,

como la situación física, jurídica y registral de las fincas objeto de la subasta, quese pueden consultar en esta notaría.

e) Comunicación de que procederá a consignar el resto del precio y otorgar la escri-tura, en el supuesto de aprobarse el remate, y como máximo a los diez días hábi-les de la celebración de la subasta notarial.

f) El notario abrirá los sobres desechando las plicas que no cumplan los requisitosformales indicados en las presentes bases y adjudicará el remate al mejor postor.

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Si el rematante no deposita el resto del precio dentro de los diez días hábiles si-guientes de la subasta, perderá la fianza depositada en beneficio de la vendedora,y se hará nueva adjudicación al segundo postor por la cantidad máxima que hu-biese ofrecido, siempre que su postura haya superado el precio mínimo de salida.

5.a Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos que legalmente sederiven del otorgamiento de la escritura de compraventa.

6.a La devolución de los depósitos realizados por las restantes posturas se reintegra-rán al término del acto de la subasta, salvo que se trate de la segunda postura y el oferentequiera mantener su postura para el caso que el mejor postor no satisfaga el precio del rema-te en las condiciones establecidas.

Madrid, a 23 de julio de 2014.—El notario de Madrid, Javier de Lucas y Cadenas.

(02/4.993/14)

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V. OTROS ANUNCIOS

215 M. C. M. MADRID, S. COOP. MAD.

EN LIQUIDACIÓN

En cumplimiento de lo previsto en la normativa aplicable, se hace constar que con fe-cha 11 de septiembre de 2013, la asamblea general ordinaria de “M. C. M. Madrid, Socie-dad Cooperativa Madrileña”, con CIF B-83285908, acordó por unanimidad su disolución,el nombramiento de socios liquidadores y el balance final de liquidación a fecha 11 de sep-tiembre de 2013.

Activo: 227.055,06 euros.B) Activo corriente: hacienda pública deudora por IVA, 579,42 euros.

VI. Efectivo y otros activos líquidos: caja euros, 389,17 euros, bancos, c/c226.089,47 euros.

Pasivo: 227.055,06 euros.A) Patrimonio neto: capital social, 6.460,00 euros.C) Patrimonio corriente provisiones: 220.595,06 euros.Se acuerda por unanimidad de los socios presentes y representados proceder a la apro-

bación del informe completo sobre las operaciones de liquidación: en el activo figura lacuenta de efectivo y otros activos líquidos equivalentes y en el pasivo los fondos propios,no existiendo deuda alguna que saldar con acreedores de la sociedad. Reintegro a los sociosdel capital social que asciende a la cantidad de 6.460,00 euros. Se hace constar que no exis-te fondo de educación, ni reserva obligatoria. Se aprueba destinar el saldo remanente en lacuenta bancaria de la cooperativa por 226.089,47 euros para sufragar los gastos propios dela liquidación de la sociedad.

Se acuerda por unanimidad aprobar la distribución del haber social: el haber social re-sultante, en su caso, una vez sufragados los gastos de liquidación, será repartido entre lossocios en proporción de sus respectivas participaciones en el capital social.

Madrid, a 11 de julio de 2014.—Los liquidadores: Alejandro Pérez Tiemblo, CésarCáceres Sevillano y Gema Laura Manzanero García.

(02/4.751/14)

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V. OTROS ANUNCIOS

216 AUTORIDAD PORTUARIADE SANTA CRUZ DE TENERIFE

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, por el presente anuncio se notifica a la entidad “Carlitorecords, SociedadLimitada”, con domicilio en paseo de la Castellana, número 126, 28046 Madrid, y dondeintentada la notificación no se ha podido practicar, que por el órgano instructor del expe-diente sancionador número 42/2013, con fecha 16 de abril de 2014, se dictó propuesta deresolución de dicho procedimiento sancionador.

El presente anuncio, que no contiene el texto íntegro del acuerdo al estimarse que pu-dieran concurrir las circunstancias del artículo 61 de la citada Ley 30/1992, se publica paraque sirva de notificación al interesado y pueda personarse en las dependencias de esta Auto-ridad Portuaria en Santa Cruz de Tenerife para conocimiento del texto íntegro del acuerdo.

Que la competencia para resolver expedientes sancionadores por la comisión de in-fracciones leves, siempre que el importe de la sanción propuesta sea igual o inferior a 6.000euros, reside en el presidente de la Autoridad Portuaria en virtud de delegación expresaacordada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Te-nerife en sesión celebrada el 18 de julio de 2012 (“Boletín Oficial de Canarias” número 161,de 17 de agosto de 2012).

Contra la propuesta de resolución podrá, ante este órgano instructor, en el plazo dequince días, contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de lapresente, formular las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimepertinentes, en virtud de lo prevenido en el artículo 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 deagosto.

Asimismo, de conformidad con el precitado artículo 19, se le comunica la puesta demanifiesto del procedimiento.

El presente anuncio se publica para que sirva de notificación al interesado.Santa Cruz de Tenerife, a 20 de mayo de 2014.—El presidente, Pedro Rodríguez Zaragoza.

(02/3.791/14)