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BASES PARA REMATE ACTIVIDAD “SEMANA DE LA NUEVA CHILENIDAD EN MAIPÚ”
FIESTAS PATRIAS 2014
Las presentes bases, regulan el procedimiento bajo el cual se realizará la asignación de locales y
espacios para la semana de la Nueva Chilenidad en Maipú, junto con regular el funcionamiento
de estos locales, durante los días: 17, 18,19, 20 y 21 de septiembre del año 2014. Autoriza
además la instalación de los stands correspondientes a productos típicos, cocinerías, carros
y puestos varios, en el sector de la Piscina Municipal, ubicada en Bailén s/n, con motivo de
la celebración de fiestas patrias. Las presentes bases consideran lo siguiente:
1. La I. Municipalidad de Maipú, tendrá a su cargo la administración y por lo tanto, los
ingresos por concepto de remates y permisos correspondiente a:
26 stand de cocinerías
12 Stand de productos manufacturados y tipo bazar
15 espacios en total, para carros de:
Mote con huesillos
Churros
Cabritas - algodón
Maní - dulces
Habrá una ramada de apoyo a las actividades del municipio.
2. El derecho al uso de pisos para instalar stand y pipas en el interior del predio indicado,
se adjudicará en subasta pública al mejor postor, partiendo de un piso mínimo
establecido por la I. Municipalidad de Maipú, actuando como Martillero el Tesorero
Municipal. El Director de Control hará las veces de veedor del remate, supervisando el
fiel cumplimiento del proceso.
3. Cada razón social u empresa puede optar sólo a la adjudicación de un (1) stand, ya
sea de comida rápida, bazar y carros. No se permitirá parentesco entre locatarios,
hasta el segundo grado de consanguinidad. Además no podrán participar en el remate
y servicio de atención de ningún tipo de Stand funcionarios municipales así como
tampoco parientes, hasta el tercer grado de consanguinidad y primer grado de
afinidad.
4. Queda prohibida la presencia de vendedores tipo ambulante en el sector delimitado
para realizar la actividad (interior del recinto).
El control del comercio ambulante al interior del recinto será fiscalizado por las
direcciones competentes del Municipio con el apoyo de Carabineros si fuese
necesario.
5. El remate de los puestos o stand será el día miércoles 27 de agosto del año 2014 en el
terreno asignado para esta actividad, ubicado en la calle Bailén s/n (Piscina
Municipal). el remate de los puestos señalados anteriormente se realizara a partir de
las 10:00 Hrs.
6. Con respecto al remate se deberá considerar que quien se adjudique un espacio, deberá trabajar personalmente los días que contemplen las fiestas, por lo tanto, los
derechos adquiridos sobre dicho espacio no son transferibles, quedando prohibido el sub-
arriendo del espacio adjudicado.
Asimismo la persona que se adjudique un remate deberá pagar una garantía del 20% del valor rematado (en documento a nombre del Tesorero Municipal). Esta garantía, se perderá
automáticamente, si dentro del día de la realización del remate el adjudicado no paga la
totalidad del monto rematado y por tanto, el espacio quedará para libre disposición del
municipio.
Cabe señalar además, que la persona que no cancele el valor rematado dentro del día, no
podrá participar nuevamente de un posterior remate de puestos y espacios.
a) Los espacios no rematados en el día indicado anteriormente, se someterán a un
nuevo remate, el cual se realizara el día jueves 28 de agosto de 2014 a las 10:30
Hrs, en el mismo lugar del proceso anterior.
b) Los locales que expendan comidas y bebidas alcohólicas para consumo al
interior del recinto, deberán obtener los permisos correspondientes y realizar
además de los pagos propios a los valores de Remate, aquellos pagos
correspondientes a permisos y derechos municipales, todos los cuales se
encuentran estipulados en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales Nº
5670 del 29/11/2010 en el punto 12.5.
c) Los sitios o recintos adjudicados no podrán destinarse a ventas de bebidas
alcohólicas tipo botillería (ventas para llevar). Se sancionará con la clausura del
local a quienes incurran en esta ilegalidad, con la respectiva denuncia al Juzgado
de Policía Local correspondiente.
d) Queda estrictamente prohibida la modificación estructural de cualquier local;
además no se permitirá el uso de música, parlantes, micrófonos y otros equipos
similares dentro del Stand asignado. Se sancionará con la clausura del local a
quienes incurran en esta ilegalidad, con la respectiva denuncia al Juzgado de
Policía Local correspondiente. Esta prohibición podrá ser sancionada por el
municipio como Multa Grave
e) El valor de la adjudicación, así como los derechos municipales deberán ser pagados dentro del día en que se realice la subasta, al contado, en dinero
efectivo o mediante vale vista, a nombre del Tesorero Municipal de Maipú. Si dentro
del día no se hiciera efectivo el pago, el local quedará en las condiciones estipuladas
en la letra a) del número 6 de las presentes bases.
f) Los valores mínimos de cada local se encuentran en documento anexo a estas
Bases.
7. Las instalaciones de los stands serán de estilo criollo, utilizando para los cierres
exteriores totora o madera rústica y terminación de techos en coirón o ramas (asignado
por el Municipio).
8. El itinerario y horario de funcionamiento será el siguiente:
15 de septiembre: stands listos e instalados.
17 de Septiembre: apertura oficial al público a las 17 horas.
17, 18, 19 y 20 de septiembre: atención al público de 10:30 a 01:00 (AM) horas.
21 de septiembre: atención desde las 10:30 hasta las 00:00 horas.
Se autorizará la carga y descarga de mercaderías, diariamente, sólo entre la 07.00 y las
09.00 horas.
9. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las disposiciones aquí
expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al Juzgado de Policía
Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de instalaciones, con el auxilio
de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos, que puedan ejercer los
Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.
10. El Municipio queda liberado de toda responsabilidad, así como también no se realizará
la devolución por derechos cancelados, si por razones climáticas o de fuerza mayor
se viere afectado el funcionamiento de los stands o de las demás instalaciones
destinadas a la celebración. Así como también quedará exenta de toda
responsabilidad por los daños y perjuicios que eventualmente pudieren ocasionarse
como consecuencia del expendio y consumo de comestibles y bebidas alcohólicas.
11. Respecto de los carros de venta de churros, algodones, cabritas, maní, completos y mote con huesillos.
a) Si el participante posee patente por este rubro, debe acreditar con certificado de patente al día, mas resolución sanitaria. La postulación será evaluada por
lacomisión organizadora de acuerdo a los requerimientos estipulados en los
puntos precedentes.
b) Los interesados deberán presentar previo al remate, documentación en sobre
cerrado donde se detallen las características del carro (medidas, condiciones de
mantenimiento); deberán adjuntar fotografías recientes y copia de la Resolución
Sanitaria y sus datos de contacto. La recepción de estos documentos no equivale
a la adjudicación de un carro.
Lugar de entrega: Oficinas CEDEP, Alberto Llona # 1889, frente a Plaza de Maipú
Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de
agosto de 2014 hasta las 12:00 horas.
c) Comisión evaluadora: la documentación recepcionada en el plazo establecido
será evaluada por el departamento del CEDEP, quienes confirmaran vía teléfono o
correo electrónico, la aprobación de los documentos y entregará el mismo día del
remate un número para participar en la adjudicación de uno de los carros.
La comisión evaluará: la buena presentación de los carros (imagen),
mantenimiento (sin corrosiones a la vista), la presentación de los productos y la
Resolución Sanitaria al día.
Por tanto, quienes no presenten los documentos en la fecha establecida y no califiquen en el proceso de evaluación, no podrán participar del remate.
d) Quienes se adjudiquen el espacio para instalación de carros, así como también
puestos de cocinerías y bazar, deberán cancelar los derechos municipales
respectivos más el valor correspondiente al puesto rematado, en donde se les
asignará un lugar dentro del recinto. Se les prohíbe el cambio de lugar destinado
por el municipio. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las
disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al
Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de
instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones,
derechos, que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano
del Ambiente, Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como
Multa Grave.
12. Respecto de los stands de comida cabe señalar que:
a) Las cocinerías deben ser rápidas y de calidad (limpieza adecuada, mantención de
productos), y proveerán de anticuchos, empanadas, choripán, etc.; asimismo podrán
suministrar de acuerdo a los derechos o permisos otorgados de vinos, bebidas y
cervezas.
b) Con el fin de no generar competencia entre los locatarios adjudicados para el patio
de comidas, se destinará una especialidad para cada stand, según se detalla a
continuación, quedando prohibido la venta de alimentos que no corresponda a su
adjudicación. Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como
Multa Grave.
Los 26 Stand para esta actividad se dividirán de acuerdo a lo siguiente:
16 stand de comidas:
Estos stands consideran la venta de: anticuchos, choripán, bebidas, pan
amasado, tortillas, empanadas de horno, empanadas de queso y otras frituras,
excepto pescado frito. Se podrá considerar además, por cada locatario la venta
opcional de platos preparados, que podrán ser los siguientes:
Pernil, Arrollado, Papas cocidas, Pollos, carne, ajiaco.
7 stand de líquidos:
Estos stands consideran la venta de: chicha, terremoto, bebidas, vino, cerveza
y solamente vasos de combinados.
Las personas que deseen trabajar en este rubro para el periodo de festividades, deberán presentar una declaración jurada firmada ante notario, la cual señale que no se encuentra afectos al artículo 4° de la Ley de Alcoholes y Certificado de Antecedentes. Quienes no presenten este documento el día del remate, no podrán participar de este proceso.
3 stand jugos naturales:
Jugos naturales, helados artesanales, frutas confitadas y bañadas.
c) El municipio proporcionará las conexiones de agua potable, así como proporcionará
el suministro eléctrico para cada stand, el cual tendrá como máximo consumo 4.000
w., y en lo que se exceda sólo se podrá cubrir mediante gas licuado (cocinillas,
fogones y hornos industriales).
d) La implementación de los stands la realizará el municipio, quien proveerá de
lavaplatos empotrado con desagüe y llave; además de todos los implementos para
mantener el aseo y la higiene del local. Queda estrictamente prohibido el arrojar
líquidos calientes fuera de los desagües. Será de responsabilidad de cada locatario
la difusión y promoción de sus productos, la cual no podrá sobrepasar los límites
establecidos para dicho stand. Esta prohibición podrá ser sancionada por el
municipio como Multa Grave.
e) Para las cocinerías se considerará una zona de patio de comida común, habilitada
con mesas y sillas. Esta contará con un mínimo de 60 mesas con cuatro sillas cada
una. Cada locatario será responsable de tener un mesón de atención, sólido con
cubierta de polietileno blanco lavable.
f) A los asignatarios de cocinerías se les realizará un curso de manipulación de
alimentos, acompañada de charla de Seguridad y Evacuación, por parte del
municipio, del cual se obtiene un certificado de manipulación de alimentos. Los
certificados son personales e intransferibles, por tanto, solo aquellas personas que
realicen este curso podrán manipular alimentos durante los días que dure la VII
semana de la Chilenidad.
g) En cuanto a la vestimenta, esta debe ser: delantal o pechera blanca, guantes
desechables, mascarilla y malla para el cabello. Además se exige un dispensador de
jabón desinfectante. El no cumplimiento de esta exigencia sanitaria podrá ser
sancionada por el municipio como Multa Grave.
h) Se autorizará la venta de comestibles permitidos por la SEREMI de Salud, en la
forma que éste lo indique, debiéndose cumplir además con la normativa vigente
sobre manejo de alimentos y condiciones que deben cumplir los manipuladores
de los mismos (se adjunta). Para velar que se cumplan a cabalidad dichas normas los
locatarios estarán bajo la supervisión de la Dirección de Inspección.
i) Se prohíbe la instalación particular por parte del locatario de conexiones
eléctricas, alargadores y todo lo que pueda causar cortes de energía.
j) Cada stand debe contar con su extintor de incendios, el cual debe permanecer al
interior del mismo en forma permanente.
k) Será obligatorio, una vez adjudicado cualquier tipo de stand del rubro de cocinería
(cocinerías, jugos naturales y alcohol), la entrega del nombre de fantasía de cada
uno de los puestos, para que el Municipio proceda a realizar la grafica
correspondiente. La entrega de este nombre se puede realizar el mismo día del
remate o a mas tardar en un plazo de 24 horas, directamente en tesorería
Municipal(lugar donde se debe realizar el pago) o bien a los correos electrónicos:
[email protected] , [email protected].
13.- Respecto de los stands de productos manufacturados y de tipo bazar:
a) Se podrán vender accesorios, bisutería, marroquinería (billeteras, monederos, etc.),
souvenir típicos (tazones, lápices, etc.) Se prohíbe venta de ropa interior.
b) Se prohíbe la instalación particular por parte del locatario de conexiones
eléctricas, alargadores y todo lo que pueda causar cortes de energía.
14.- Cada stand debe contar con su extintor de incendios, el cual debe permanecer al
interior del mismo en forma permanente.
15.- Cada adjudicatario es responsable del cumplimiento de las leyes sanitarias, de
alcoholes y de los correspondientes a impuestos que la actividad amerita, para lo cual
deberá tener a la vista el cumplimiento de dichas normas a nombre de quien se adjudicó el
sitio o recinto.
16.- Cada adjudicatario debe cancelar los impuestos por concepto de Derechos
Municipales a la I. Municipalidad de Maipú y derechos Servicio Impuestos Internos.
17.- Toda situación no descrita en las presentes bases, será resuelta por la
Comisión Organizadora, presidida por la Sra. Directora de Administración y Finanzas(S).
18.- Quienes se adjudique un Stand o un espacio para la instalación de carros, tendrán
derecho a las credenciales confeccionadas por el Municipio, las cuales dan derecho al
pase liberado durante los días en que se realice el evento.
Con la finalidad de mantener un mínimo de personas operando dentro de los stands y
espacios asignados, el Municipio hará entrega de las credenciales de acuerdo al siguiente
número de personas autorizadas:
.- Cocinerías: 6 personas autorizadas
.- Gourmet: 3 personas autorizadas
.- Carros: 2 personas autorizadas
.- Artesanía y bazar: 2 personas autorizadas.
En las credenciales se indicara el nombre completo y cedula de identidad. Esta credencial
es personal e intransferible y debe presentarse junto con la cedula de identidad en cada
oportunidad que se ingrese al recinto.
Servicios que no se encuentran en el proceso de remate
1.- 15 stand de artesanías y 8 stands Gourmet:
1.1.- Artesanía:
a) Deben ser fieles exponentes de productos artesanales del país (ver letra “f”
definiciones), quedando prohibido y descartado la venta de productos
manufacturados y de tipo bazar.
b) Al respecto, los interesados deberán presentar previo al proceso de selección,
documentación en sobre cerrado (ver letra “e” de los Requisitos), ya que una
Comisión evaluará este material y determinará la adjudicación de un espacio
especial para vender este tipo de productos.
c) La comisión estará integrada por los coordinadores, y encargados del
departamento de CEDEP.
d) La comisión se basará en los siguientes criterios:
d.1 Excelencia: demostrada calidad, expertiz, elevada destreza y conocimiento de la
actividad en el uso de materiales, procesos y técnica de alta calidad, con atención
especial a la habilidad y detalles de manufactura (entregar currículo).
d.2 Autenticidad: identidad, origen, expresión cultural, aplicación lograda de los
valores estéticos y culturales y de técnicas tradicionales de las artesanías en sus
disciplinas.
d.3 Innovación: desarrollo, diseño y producción, en una mezcla eficaz y fructífera de lo
tradicional y lo contemporáneo o de la inventiva y el uso creador del material, el diseño
y el proceso de producción.
e) De los Requisitos:
a. Currículo con detalles de su trabajo, producción, participación en ferias y
contacto. De no ser así, éste no será sometido al proceso de evaluación.
Todos los detalles serán objeto de confidencialidad y no se darán a
conocer al público.
b. Fotografías donde se pueda observar la variedad de piezas y trabajos
según corresponda. Y pasos de producción.
c. Los interesados deberán enviar solo dos muestras de su trabajo. No se
responderá por piezas que puedan dañarse en los traslados. Asimismo los
costos de envíos y recepción de las muestras del producto artesanal serán
con cargo al postulante.
Lugar de entrega: Oficinas CEDEP, Alberto Llona # 1889, frente a Plaza de Maipú.
Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de
agosto de 2014 hasta las 12:00 horas.
Definiciones de artesanía y artesano
“La artesanía utilitaria o artística inspirada por la tradición representa una forma
valiosísima de expresión cultural, un capital de confianza de uno mismo,
especialmente importante para las naciones, que toma sus raíces en las tradiciones
históricas que son renovadas por cada generación”. Tiene un resultado
individualizado, pero no único, predominando la acción humana por sobre una
mecanizada en el cual existe una transformación de un determinado insumo o materia
prima natural, para la consecución de un bien tangible con fines utilitarios, simbólicos,
decorativos o rituales. De este modo se definen “los productos artesanales como
aquellos producidos por artesanos, ya sea totalmente a mano o con ayuda de
herramientas manuales e incluso de medios mecánicos, siempre que la contribución
manual directa del artesano siga siendo el componente más importante del producto
acabado, produciéndose sin limitación por lo que se refiere a la cantidad y utilizando
materias primas procedentes de recursos sostenibles”. “La naturaleza especial de los
productos artesanales se basa en sus características distintivas, que pueden ser
utilitarias, estéticas, artísticas, creativas, vinculadas a la cultura, decorativas,
funcionales, tradicionales, simbólicas y significativas religiosa y socialmente”.
Artesanos y artesanas “no conservan solo un patrimonio cultural sino que también
enriquecen y adaptan esta herencia a las necesidades contemporáneas de las
sociedades”.
Artesana/o es la/el “Cultor/a que desarrolla la actividad artesanal, en la cual el saber
y la acción humana predominan por sobre una mecanizada. Elabora con destreza,
conocimiento, creatividad y expresión cultural, bienes útiles, simbólicos, rituales o
estéticos, con materias primas provenientes de recursos sostenibles y generalmente
representativos de un medio cultural”.
g) Resultados: la comisión evaluadora confirmará vía teléfono o correo electrónico, la
aprobación de los documentos.
Por tanto, quienes no presenten los documentos en la fecha establecida y no califiquen el proceso de evaluación, no podrán participar en la evaluación.
Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de agosto de
2014.
1.2.- Servicios Gourmet, productos ecológicos y cosmética natural:
a) Este servicio, corresponderá a la elaboración de productos manufacturados como
aceites de oliva con especies, delicatessen, jabones, cremas sales, derivados de
miel, entre otros de la línea gourmet.
El servicio Gourmet, es un tipo de tienda especializada en el que se sirven
alimentos que por sus características son especiales. Bien sea por ser exóticos,
raros o de elevada calidad en su ejecución.
b) Al respecto, los interesados deberán presentar previo al proceso de selección,
documentación en sobre cerrado (ver letra “e” de los Requisitos), ya que una
Comisión evaluará este material y determinará la adjudicación de un espacio
especial para vender este tipo de productos.
c) La comisión estará integrada por los coordinadores, y encargados del
departamento de CEDEP.
d) La comisión se basará en los siguientes criterios:
a. Excelencia: calidad en los productos, expertiz y conocimiento de la actividad
en el uso de materiales, procesos y técnica de alta calidad.
e) De los Requisitos:
a. Currículo con detalles de su trabajo, producción, participación en ferias y
contacto. De no ser así, éste no será sometido al proceso de evaluación.
Todos los detalles serán objeto de confidencialidad y no se darán a conocer
al público.
b. Fotografías donde se pueda observar la variedad de alimentos y productos
manufacturados.
c. Los interesados deberán enviar solo dos muestras de su trabajo. No se
responderá por piezas que puedan dañarse en los traslados. Asimismo los
costos de envíos y recepción de las muestras del producto Gourmet, serán
con cargo al postulante.
Lugar de entrega: Oficinas CEDEP, Alberto Llona # 1889, frente a Plaza de Maipú
Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de
agosto de 2014 hasta las 12:00 horas.
.- Quienes sean seleccionados con un espacio, de gourmet o artesanía, deberán cancelar
los derechos municipales respectivos así como también cancelar el arriendo por estar
presente en esta actividad. El valor del arriendo corresponde a $ 150.000 para Gourmet y
$ 120.000 para artesanía (de una sola vez por lo que dure las actividades). Se les prohíbe
el cambio de lugar destinado por el municipio. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel
cumplimiento de las disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante
denuncias al Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo
de instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos,
que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.
.- El servicio de suministro eléctrico será proporcionado por el Municipio
.- Se prohíbe el uso de hervidores eléctricos, hornos eléctricos, hornos microondas y
calefactores eléctricos.
14.-Sobre las multas:
El incumplimiento a lo estipulado en las presentes bases, será infraccionado de acuerdo al
siguiente cuadro:
15.-Costos correspondientes a permisos y derechos municipales.
TIPO DE PUESTO ART. 24 ACT. COMERCIAL ALCOHOL
CARTÓN DE ALCOHOLES
COCINERÍAS Y ALCOHOL
1 UTM (MÁXIMO POR 3 DÍAS) 1 UTM x DÍA 0,05 UTM
CARROS 0,043 UTM x DÍA
ARTESANÍA 0,043 UTM x DÍA
MANUFACTURAS Y BAZAR 0,043 UTM x DÍA
MULTA COSTO
LEVE DE 0,5 A 1 UTM
GRAVE DE 1,5 A 2,5 UTM
GRAVÍSIMA DE 3 A 5 UTM
CARACTERÍSTICAS Y VALORES DE ESPACIOS A REMATAR AÑO 2014
M$MÍNIMO REMATE
M$
1 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
2 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
3 3 x 6 18 m2Piso de pasto cubierto con toldo de
género y separador de madera 900 Cocinería
4 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
5 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
6 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
7 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
8 3 x 6 18 m2Piso de pasto cubierto con toldo de
género y separador de madera 900 Cocinería
9 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
10 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
11 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
12 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
13 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
14 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
15 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
16 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 900 Cocinería
Número
Medidas
InfraestructuraFrente x Fondo (aprox.)
Superficie (aprox.) RUBRO
M$MÍNIMO REMATE
M$
CocineríaAlcohol
CocineríaAlcohol
CocineríaAlcohol
CocineríaAlcohol
CocineríaAlcohol
CocineríaAlcohol
CocineríaAlcohol
Jugos nat
Jugos nat.
Jugos nat.
Bazar
Bazar
Bazar
30 2 X 4 8 m2Piso de pasto cubierto con toldo de
género y separador de madera 300 Bazar
Bazar
Bazar
Bazar
Bazar
35 2 X 4 8 m2Piso de pasto cubierto con toldo de
género y separador de madera 300 Bazar
36 2 X 4 8 m2Piso de pasto cubierto con toldo de
género y separador de madera 300 Bazar
34 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
32 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
33 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
29 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
31 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
27 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
28 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
300
25 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
900
26 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
900
23 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
24 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
900
21 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
22 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
19 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
20 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
17 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
18 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera
1.800
Número
Medidas
InfraestructuraFrente x Fondo (aprox.)
Superficie (aprox.) RUBRO
ROSALBA GONZÁLEZ MORALES DIRECTORA (S) DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
M$MÍNIMO REMATE
M$
37 2 X 4 8 m2Piso de pasto cubierto con toldo de
género y separador de madera 300 Bazar
38 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de género y separador de madera 300 Bazar
39 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 60 Carros Z. niños40 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 60 Carros Z. niños
41 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 240Carros Mote con
huesillo
42 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 240Carros Mote con
huesillo43 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central44 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central45 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central46 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central47 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central48 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central49 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central50 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central51 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central52 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central53 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central
RUBRONúmero
Medidas
InfraestructuraFrente x Fondo (aprox.)
Superficie (aprox.)
MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
INSTRUCTIVO PARA LA INSTALACIÓN DE STANDS
1.- SANEAMIENTO AMBIENTAL:
• Se deberán instalar en sitios autorizados por los municipios, en terrenos
que dispongan de Servicios Higiénicos y agua potable para los usuarios.
Queda prohibido el uso de pozos negros y similares.
• Cada fonda y stand deberá poseer agua potable en depósitos que cuenten con
llave basal, de fácil limpieza y en cantidad suficiente para el lavado de
equipos y utensilios.
• Las aguas servidas se deberán eliminar convenientemente a través del
alcantarillado público si existe o en pozos absorbentes.
• Cada fonda o stand deberá contar receptáculos plásticos o metálicos con tapa
para una adecuada disposición transitoria de basuras.
2.- DE LOS MANIPULADORES:
Los manipuladores de alimentos estarán sujetos a las siguientes disposiciones.
• No deberán presentar enfermedades cutáneas, digestivas ni respiratorias.
• Mantener un aseo personal acorde con la función, en especial de las manos,
las cuales deberán estar sin anillos ni pulseras. Las uñas deben estar cortas y sin
barniz además no podrá recibir dinero.
• Deberá utilizar uniforme de trabajo, es decir delantal y gorro o cofia de tonos
claros en perfectas condiciones de conservación y limpieza.
• Lavarse las manos prolijamente con agua y jabón, antes de manipular los
alimentos y después de:
- Ocupar el Servicio higiénico --
Tomar recipientes con basura -
Hacer el aseo del local
- Pelar frutas y verduras
- Hacer cualquier función que eventualmente pueda contaminar las manos.
3.- DE LOS ALIMENTOS:
• Los alimentos que se utilicen en la elaboración y/o expendio deberán provenir
de fábricas autorizadas por la Autoridad Sanitaria competente. Los
propietarios o encargados demostrarán procedencia con guías, facturas o
boletas.
• Los alimentos perecibles deberán permanecer refrigerados.
• La manipulación de los alimentos deberá realizarse sobre superficies
sanitariamente adecuadas (lisas, sólidas, no absorbentes, no corrosivas y
fáciles de limpiar e higienizar).
• Todos los utensilios e implementos tales como platos, tenedores, vasos,
etc., deberán almacenarse en buenas condiciones de higiene y protegidos de la
polución del medio ambiente.
• Sólo se permitirá expender:
- PUESTO O STAND:
> Anticuchos, carnes asadas, sándwich de queso y salame
envasados y provenientes de fábricas autorizadas, empanadas
provenientes de fábricas autorizadas y bebidas y confites.
- RAMADAS, FONDAS O ACTIVIDADES TEMPORALES:
> Deberá contar con una sala de elaboración especialmente
acondicionada para manipular alimentos y podrá expender:
anticuchos, choripán, asado, sándwich de queso y salame,
empanadas provenientes de fábricas autorizadas, papas cocidas,
ensaladas cocidas, ensaladas de tomate, pepino y cebolla
crudas, confites y bebidas.
• Se prohíbe el expendio de platos preparados con hortalizas crudas que crecen
bajo o a ras de suelo, como repollo, apio, achicoria, zanahoria, lechuga, etc.
• Se prohíbe el expendio de platos preparados a base de pescados y mariscos
crudos.
• Todos los alimentos deben estar cubiertos para que se resguarden de insectos,
polvo, saliva y sustancias extrañas.
• No se permite el expendio de alimentos preparados de un día para otro.
• Se prohíbe la elaboración y expendio de mayonesa y salsas caseras, como
así también platos preparados a base de ellas.
La fiscalización y control de las disposiciones anteriores, así como las pertinentes al Código
Sanitario y sus reglamentos, estarán a cargo de funcionarios de la Seremi de Salud Región
Metropolitana, quienes procederán al decomiso de los alimentos prohibidos, alterados,
contaminados o sospechosos, y se incoará el correspondiente sumario sanitario o se
procederá a la clausura inmediata del establecimiento, de acuerdo a la gravedad de la
infracción.