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BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL CARGO DE CONFIANZA DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL PROGRAMA
SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES –PSI, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO – MINAGRI, (SEGUNDA CONVOCATORIA)
1. OBJETIVO
Establecer las Bases del Concurso Público de Méritos para la contratación en el cargo de confianza del Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones – del Ministerio de Agricultura y Riego.
2. BASE LEGAL
Decreto de Urgencia Nº 101-1996, Incorpora recursos en el Presupuesto del
Gobierno Central a favor del Proyecto Subsectorial de Irrigación.
Decreto de Urgencia Nº 024-1997, crea la Unidad de Coordinación del
Proyecto Subsectorial de Irrigación – UCPSI.
Ley Nº 28675 Ley que autoriza crédito suplementario en el Presupuesto del
Sector Público para el año fiscal 2006 y crea el Programa Subsectorial de
Irrigaciones – PSI.
Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley Nº 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado.
Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego.
Decreto Supremo Nº 004-2006-AG, Reglamento de la Ley Nº 28585.
Directiva que regula el procedimiento del Concurso Público de Méritos para la
selección del Director Ejecutivo del PSI.
3. DISPOSICIONES GENERALES
3.1. El Concurso Público de Méritos para este cargo de confianza se desarrollará conforme a los principios de legalidad, veracidad, economía procesal, transparencia, acceso a la información, publicidad e igualdad.
3.2. La inasistencia o impuntualidad del postulante en cualquier etapa del
Concurso, lo descalifica para seguir participando en el mismo, sin admitirse excusa alguna. Se dejará constancia de tal circunstancia en el Acta correspondiente.
3.3. Las etapas del Concurso Público de Méritos son eliminatorias dependiendo
del puntaje mínimo aprobatorio definido para cada etapa. 3.4. La evaluación estará a cargo del Comité Evaluador designado por el Ministro
de Agricultura y Riego. 4. REQUISITOS DEL POSTULANTE
Los requisitos mínimos que debe acreditar el postulante, se encuentran detallados en los Términos de Referencia que forman parte del presente documento.
5. DEL CONCURSO
El Concurso comprende las siguientes etapas:
5.1. Etapa Preparatoria: Consiste en la determinación del perfil profesional requerido para el cargo de Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones, y los términos de referencia respectivos que lo comprende, y las bases del concurso público.
5.2. Etapa de Postulación: comprende la convocatoria a concurso público de
méritos para la selección del Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI del Ministerio de Agricultura y Riego y la recepción de los documentos de los postulantes.
5.3. Etapa de Evaluación: Consiste en verificar el cumplimiento de los
requisitos mínimos establecidos en el perfil profesional así como en la valoración de los méritos académicos, laborales, profesionales y aptitud de los postulantes, y estará a cargo del Comité Evaluador, cuyos integrantes deberán realizar la evaluación curricular, académica, psicológica, y la entrevista personal, con carácter eliminatorio, conforme a los principios de mérito, capacidad e igualdad de oportunidades.
6. DEL COMITÉ EVALUADOR
El Comité Evaluador estará integrado por:
6.1. El Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, quien lo presidirá.
6.2. El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del
Ministerio de Agricultura y Riego; y,
6.3. El Director General de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructura
Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, quien actuará como
Secretario del Comité.
7. DESARROLLO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS 7.1. Convocatoria
a. La convocatoria se publicará dos (02) veces en el Diario Oficial El Peruano
y en otro diario de mayor circulación nacional, así como en el portal electrónico del Ministerio de Agricultura y Riego y del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI.
b. Los postulantes presentarán sus propuestas en el horario de atención de la
Mesa de Partes del MINAGRI, ubicada en Av. Alameda del Corregidor N° 155, distrito de La Molina, departamento de Lima, en la fecha indicada en el Cronograma del Concurso, contenido en el Aviso de Convocatoria y se presentarán en sobre cerrado dirigidas a la Comisión Evaluadora, conforme al siguiente detalle:
Señores COMITE EVALUADOR
Ministerio de Agricultura y Riego CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA LA ELECCION DEL CARGO DE CONFIANZA DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES
Av. Alameda del Corregidor N° 155, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima
c. La Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del
Ministerio de Agricultura y Riego, recepcionará los sobres y los remitirá a la Secretaria General.
d. La documentación que deberá presentarse es la siguiente:
(1) Currículo vitae documentado, en copia simple, debidamente foliado y
firmado al final y visados todos los folios, con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos contenidos en los Términos de Referencia que forman parte del presente documento.
(2) Copia simple del documento nacional de identidad (DNI).
(3) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del Postulante – Anexo Nº 02.
(4) Declaración Jurada de no tener impedimentos para contratar con el Estado – Anexo Nº 03.
(5) Declaración Jurada de Parentesco por razones de consanguinidad, afinidad o convivencia – Anexo Nº 04.
(6) Declaración Jurada de no tener Antecedentes Penales, Policiales ni Judiciales – Anexo Nº 05.
(7) Declaración Jurada de no estar Inhabilitado Administrativa o Judicialmente para contratar – Anexo 6.
La documentación presentada deberá estar foliada y visada en todas las
páginas.
7.2. Evaluación y Declaratoria de postulantes aptos :
a. La etapa de evaluación consiste en verificar el cumplimiento de los
requisitos mínimos establecidos en el perfil profesional así como en la
valoración de los méritos académicos, laborales, profesionales y aptitud de
los postulantes, y estará a cargo del Comité Evaluador, cuyos integrantes
deberán realizar la evaluación curricular, académica, psicológica, y la
entrevista personal, con carácter eliminatorio, conforme a los principios de
mérito, capacidad e igualdad de oportunidades.
b. La etapa de evaluación comprende las siguientes fases:
(1) Evaluación Curricular
(2) Evaluación Académica
(3) Evaluación Psicológica
(4) Entrevista Personal
7.3. Evaluación Curricular:
a. La evaluación curricular deberá realizarse en un plazo no mayor de tres
(03) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de entrega
de documentos de los postulantes. Dicho plazo podrá ser ampliado por
decisión del Comité Evaluador hasta un máximo de cinco (05) días hábiles
adicionales, la cual deberá constar en actas y elevar un informe al
Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego.
b. En la evaluación se verifica el cumplimiento de los requisitos mínimos
establecidos en el perfil del puesto en la forma prevista en los Términos de
Referencia, el postulante que no acumule en esta etapa como mínimo 70
puntos, no calificará.
c. La relación de los postulantes que calificaron en la evaluación curricular, y que se encuentran aptos para proseguir en las demás etapas del Concurso Público de Méritos, será publicada en la página web del MINAGRI, al día siguiente de culminada la evaluación.
d. Respecto del Documento Nacional de Identidad (DNI) que en copia
presente el postulante, si se detectará alguna variación en la información
proporcionada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
(RENIEC) será descalificado automáticamente.
7.4. Evaluación Académica:
a. A la evaluación académica accederán los postulantes que han sido
declarados aptos, ellos rendirán una prueba de conocimientos generales y
de gestión pública.
b. En esta etapa los postulantes deberán obtener una calificación mínima de
80 puntos sobre 100 puntos, para acceder a la evaluación psicológica. Los
postulantes que obtengan un puntaje menor a 80 puntos serán
descalificados y no continuarán siendo evaluados.
7.5. Evaluación Psicológica:
a. Los postulantes que superen la calificación mínima en la evaluación
académica, rendirán una evaluación psicológica, la que será efectuada por
un equipo profesional externo.
b. Los postulantes que aprueben la evaluación psicológica serán declarados
aptos, y los postulantes que no aprueben serán calificados como no aptos
y no continuarán siendo evaluados.
7.6. Entrevista Personal:
En la entrevista personal, los postulantes declarados aptos en la evaluación
psicológica son entrevistados por el Comité Evaluador, los que calificarán
conforme a su criterio personal su desenvolvimiento y aptitud así como
considerará los siguientes aspectos, “liderazgo, trabajo en equipo, buena
comunicación, seguimiento de instrucciones, pro actividad, asertividad”, entre
otros, asignando puntos a estos aspectos de evaluación.
7.7. La Comisión Evaluadora elaborará el cuadro de méritos de los postulantes, consignándose el puntaje obtenido en cada una de las etapas, precisando la terna de aquellos postulantes que han obtenido los mayores puntajes, la
misma que deberá ser remitida al Ministro de Agricultura y Riego, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la fecha de culminación de la etapa de Evaluación, concluyendo las funciones de la Comisión Evaluadora.
7.8. Corresponde al Ministro de Agricultura y Riego, evaluar a los integrantes de la terna y designar entre los postulantes que ocuparon los tres primeros puestos al postulante que ocupara la Dirección Ejecutiva del PSI mediante Resolución Ministerial, siendo su potestad de considerarlo pertinente requerir un nuevo concurso.
7.9. En caso ninguno de los postulantes cumpla con los requisitos consignados en las Bases o con el puntaje mínimo aprobatorio, en un plazo de tres (03) días hábiles de concluidas las evaluaciones, el Comité Evaluador declarará desierto el proceso y comunicará al Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego a efectos que disponga una nueva convocatoria, bajo los mismos términos de referencia o reformulando los mismos, de considerarlo pertinente.
8. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Publicación 2da. Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano y en Un (01) Diario de circulación nacional
Martes 21 de octubre 2014
Domingo 26 de octubre 2014
Presentación de Propuestas Del 22 de octubre al 01 de noviembre de 2014
Evaluación Curricular Del 03 al 05 de noviembre de 2014
Publicación Resultados de la Evaluación Curricular en el Portal del MINAGRI y del PSI
06 de noviembre de 2014
Evaluación Académica 07 de noviembre de 2014
Evaluación Psicológica 10 de noviembre de 2014
Publicación de Resultados de la Evaluación Académica y Psicológica en el Portal de MINAGRI y del PSI
11 de noviembre de 2014
Evaluación Personal Del 12 al 13 de noviembre de 2014
Presentación Terna de Candidatos aptos e Informe al MINAGRI
14 de noviembre de 2014
9. PUNTAJE DE LAS EVALUACIONES
EVALUACIONES PESO PUNTAJE MINIMO PUNTAJE MAXIMO
Evaluación curricular 35 % 70 puntos 100
Evaluación académica 25 % 80 puntos 100
Evaluación psicológica Apto No Apto
Evaluación personal 40 % Puntaje obtenido según evaluación
10. ASPECTOS COMPLEMENTARIOS :
El Comité Evaluador podrá, de considerarlo necesario, requerir la contratación de los servicios de una entidad especializada que se encargue de asesorar y apoyar en algunas o todas las fases del concurso público de méritos.
Durante el proceso del Concurso, la Comisión Evaluadora levantará las actas correspondientes consignando los acuerdos de cada sesión y la información necesaria. Estas Actas serán firmadas por cada uno de los miembros de la Comisión.
La Comisión Evaluadora expedirá un Acta Final indicando los nombres y
apellidos de los postulantes del Concurso que completaron satisfactoriamente la Etapa de Evaluación.
La Comisión Evaluadora elevará al Despacho Ministerial el Informe Final
correspondiente con los resultados obtenidos.
Los aspectos que no se encuentren previstos en las Bases serán resueltos por la Comisión Evaluadora.
Cuando el postulante declare en la Etapa de Registro e Inscripción de
Postulantes cumplir con los requisitos mínimos solicitados y se identifique posteriormente que dicha declaración es falsa, será automáticamente descalificado y será excluido del Concurso Público de Méritos.
Cuando el postulante se presente a la Evaluación Académica, Psicológica o la
Entrevista Personal fuera del horario establecido para dicho efecto, no podrá participar en la misma y será excluido del Concurso Público de Méritos.
Cuando el postulante sea suplantado por otro postulante o por un tercero, será automáticamente descalificado, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que el MINAGRI pueda adoptar.
De detectarse que el postulante ha incurrido en plagio o incumplido las instrucciones para el desarrollo de cualquiera de las etapas del Concurso Público de Méritos, será automáticamente descalificado, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que el MINAGRI pueda adoptar.
Los postulantes que mantengan vínculo de cualquier índole con el MINAGRI, se someterán a las disposiciones establecidas en las presentes Bases del Concurso Público de Méritos participando en iguales condiciones que los demás postulantes
ANEXO 01
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y PERFIL PROFESIONAL
1. DIRECTOR EJECUTIVO El cargo de confianza de Director Ejecutivo es propuesto a través de una terna al Ministro de Agricultura y Riego luego de un proceso de selección y es designado mediante Resolución Ministerial correspondiente. Reporta al Viceministro de Desarrollo de Infraestructura Agraria y Riego y al Comité Directivo del Programa.
FUNCIONES : 1. Ejercer la titularidad y representación legal del PSI. 2. Normar, dirigir y supervisar las actividades de los órganos del Programa. 3. Ejercer las funciones de ente rector en materia de riego tecnificado, en el marco de la
normatividad respectiva 4. Expedir Resoluciones Directorales en el ámbito de su competencia 5. Formular, dirigir, y ejecutar (de ser el caso) estrategias y políticas para el desarrollo y
cumplimiento de los objetivos del PSI. 6. Coordinar, programar, monitorear y evaluar las acciones, actividades y proyectos
incluidos en el Plan Operativo. 7. Designar comités y comisiones especiales de acuerdo a las propuestas técnico legal
que presenten los órganos especializados y responsables funcionalmente. 8. Participar en la elaboración, formulación y ejecución de mecanismos que permitan
fortalecer institucional y operativamente el Subsector Riego. 9. Participar en el diseño y formulación del plan de desarrollo, los planes operativos,
programas y presupuestos, de la institución, y aprobarlos. 10. Gestionar y promover líneas de financiamiento y suscribir convenios de cooperación
mutua, con entidades del sector público o privado, nacionales, extranjeros, con el propósito de alcanzar los objetivos institucionales propuestos.
11. Supervisar el cumplimiento de lo establecido con los Contratos de Préstamo y Acuerdos suscritos por la institución.
12. Promover reuniones de coordinación, planificación, ejecución y supervisión, con las diferentes instituciones de los diferentes sectores involucrados con las acciones del PSI, incluyendo a los usuarios.
13. Cumplir, hacer cumplir y velar por el cumplimiento de las normas, reglamentos, convenios, manuales, procedimientos e informes aprobados para regular las actividades del Programa.
14. Ser responsable de la buena marcha de los diferentes elementos del sistema de administración (personal, tesorería, contabilidad y logística) en coordinación con el Especialista Administrativo. Dirigir los procesos de evaluación interna del PSI y tomar las medidas de coordinación y apoyo necesarias para la realización de las evaluaciones externas programadas. Presentar Informes ante el CDP y al Viceministro de Desarrollo de Infraestructura Agraria y de Riego
15. Otras establecidas en el MOP de la institución y que le sean encomendadas por el Despacho Ministerial y Viceministerial correspondiente.
1. DIRECTOR EJECUTIVO REQUISITOS
1. Título profesional de Ingeniero, Economista, Administrador de Empresas, Abogado o
profesión afín con las funciones y actividades del PSI. (Deberá ser titulado y Colegiado vigente)
2. Maestría o Doctorado, en Administración de Empresas, Economía, Finanzas o Gestión Pública.
3. De preferencias con estudios de gestión de proyectos (PMI) 4. Experiencia profesional general mínima comprobada de 7 años, en temas de gestión
pública, gestión y seguimiento de proyectos, administración económica y financiera.
5. Experiencia profesional general no menor de 7 años en la Administración Pública. 6. Experiencia en cargos Directivos a nivel de Gerencias, Direcciones Generales o
Ejecutivas, en la administración pública, no menor a 3 años. 7. De preferencia, con experiencia en el sector público agrario. 8. De preferencia, con experiencia en la ejecución de proyectos o programas de
inversión pública, con recursos ordinarios o de endeudamiento externo. 9. Experiencia en la aplicación de sistemas informáticos a nivel de usuario 10.De preferencia, con conocimientos en diseño de Políticas Institucionales. 11.No tener impedimento de contratar con el Estado Peruano.
NOTA: El candidato deberá estar dispuesto a viajar en las fechas que se requiera y tener disponibilidad para trabajar a tiempo completo y dedicación exclusiva.
ANEXO Nº 02
CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTULANTE
Señores Comisión Evaluadora Presente.- En atención a la Convocatoria para el Concurso Público de Méritos para la contratación del cargo de confianza de Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, agradeceré ser registrado como postulante. Asimismo, DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información corresponden a mis datos personales, los mismos que se sujetan a la verdad:
APELLIDO MATERNO:
NOMBRES:
DOMICILIO FISCAL:
DIST: PROV: DEP:
FECHA DE NACIMIENTO (dd/mm/aa):
Nº DNI:
Nº RUC:
TELEFONO/S FIJO/S:
TELEFONO/S CELULAR/ES:
CORREO/S ELECTRONICO/S
ANEXO Nº 03
DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
Yo, ……………………………………………………………………………………………………, de nacionalidad ……………………………………, con DNI Nº………………, domiciliado en ……………………………………………… - distrito ……………………… - provincia ……………………………. - departamento ……………………………, Declaro bajo juramento, en cumplimiento al Artículo 10º del Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, que no tengo impedimentos de ser postor o contratista del Estado: Artículo 10.- Impedimentos para ser postor y/o contratista.- Cualquiera que sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser postores, participantes y/o contratistas: a) En todo proceso de Contratación hasta doce (12) meses después de haber dejado
el cargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los organismos constitucionales autónomos;
b) En el ámbito regional, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo,
los Presidentes, los Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales;
c) En el ámbito de su jurisdicción, hasta doce (12) meses después de haber dejado
el cargo, los Jueces de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores;
d) En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos
públicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado, los funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, según la ley especial de la materia;
e) En el correspondiente proceso de contratación, las personas naturales o jurídicas
que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas y valor referencial, elaboración de bases, selección y evaluación de ofertas de un proceso de selección y en la autorizaron de pago de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión;
f) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales
precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;
g) En el ámbito y tiempo establecido para las personas señaladas en los literales
precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación suprior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social, dentro de los doce meses anteriores a la convocatoria;
g) En el ámbito y tiempo establecido para las personas señaladas en los literales
precedentes, las personas jurídicas sin fines de lucro en las que aquellas
participen o hayan participado como asociados o miembros de sus consejos directivos, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria;
i) En el ámbito y tiempo establecido para las personas señaladas en los literales
precedentes, las personas jurídicas cuyos integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales sean las personas señaladas en los literales precedentes. Idéntica prohibición se extiende a las personas naturales que tengan como apoderados o representantes a las personas señaladas en los literales precedentes;
j) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas
administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección y para contratar con Entidades, de acuerdo a lo dispuesto por la presente norma y su reglamento;
k) Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares,
integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales, formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12) meses de impuesta la sanción, de personas jurídicas que se encuentran sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la mima infracción; conforme a los criterios señalados en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. Para el caso de socios, accionistas, participacionistas o titulares este impedimento se aplicara siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente;
l) Otros establecidos por ley o por el Reglamento de la presente norma. Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán
por no presentadas. Los contratos celebrados en contravención de lo dispuesto por el presente artículo son nulos sin perjuicio de las responsabilidades a las que hubiere lugar de los funcionarios y servidores de la Entidad contratante y de los contratistas que celebraron dichos contratos.
Ciudad y Fecha…………………………………………………….…….. Nombres y Apellidos del Postulante…………………………………….. Firma………………………………………………………….……………… DNI……………………………………………………………………………
ANEXO Nº 04
DECLARACIÓN JURADA DE RELACION DE PARENTESCO POR RAZONES DE CONSANGUINIDAD, AFINIDAD O CONVIVENCIA (Ley Nº 26771)
Señores Comité Evaluador Presente.- Declaro bajo juramento que no me une parentesco alguno de consanguinidad, afinidad o por razón de matrimonio o uniones de hecho, con ninguna persona que a la fecha viene prestando servicios en el Ministerio de Agricultura y Riego. Ratifico la veracidad de lo declarado, sometiéndome de no ser así a las correspondientes acciones administrativas y de ley. Ciudad,……………………………………… .......................................................... Firma Nombre y Apellidos del Postulante EN CASO DE TENER PARIENTES Declaro bajo juramento que en el ……………………………………………………… …………………..presta servicios la (s) persona (s) cuyo(s) apellido(s) indico, a quien o quienes me une la relación o vinculo de afinidad (A) o consanguinidad (C), vinculo matrimonial (M) y unión de hecho (UH), señalados a continuación:
Relación Apellidos y Nombres Oficina o Unidad donde
presta servicios
1.-
2.-
3.-
Lima,……………………………………… .......................................................... Firma Nombre y Apellidos del Postulante
CUADRO PARA DETERMINAR EL GRADO DE CONSAGUINIDAD Y/O AFINIDAD
Grado Parentesco por Consanguinidad Parentesco por afinidad
En línea recta En línea colateral En línea recta En línea colateral
1ro Padres/hijos Suegros, yerno, nuera
2do Abuelos, nietos Hermanos Abuelos del cónyuge
Cuñados
3ro Bisabuelos, bisnietos
Tíos, sobrinos
4to Primos, sobrinos- nietos,
tíos-abuelos
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los artículos IV numeral 1.7 y 42º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación nacional vigente.
ANEXO Nº 05
DECLARACION JURADA DE NO TENER ANTECEDENTES PENALES, POLICIALES NI JUDICIALES
Yo……………………………………………………….con DNI N°………………………, estado civil………………………y con domicilio en……………………………………………declaro bajo juramento lo siguiente: DECLARO BAJO JURAMENTO: (Indicar SI O NO en el recuadro que corresponde).
o Tener antecedentes Penales.
o Tener antecedentes Judiciales.
o Tener antecedentes Policiales.
Ratifico la veracidad de lo declarado, sometiéndome, de no ser así, a las correspondientes acciones administrativas y de Ley. Lugar y fecha Firma. Nombre y Apellidos DNI
ANEXO Nº 06
DECLARACION JURADA DE NO ESTAR INHABILITADO ADMINISTRATIVA O JUDICIALMENTE PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
Yo,……………………………………………………., identificado con DNI N°………, con domicilio en……………………………………………..…………., declaro bajo juramento que no estoy inhabilitado administrativa o judicialmente para contratar con el Estado. Ratifico la veracidad de lo declarado, sometiéndome de no ser así, a las correspondientes acciones administrativas y de ley. Lugar y Fecha Firma Nombre y Apellidos DNI N°