DERECHO AMBIENTAL DERECHO AMBIENTAL ASPECTOS PRELIMINARES ASPECTOS PRELIMINARES.
Bases Del Derecho Ambiental
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DIPLOMADO EN DIPLOMADO EN DERECHO DERECHO
AMBIENTALAMBIENTAL
MODULO PRIMERO MODULO PRIMERO Bases del Sistema Bases del Sistema
Jurídico Ambiental Jurídico Ambiental PeruanoPeruano
PIERRE FOY VALENCIAPIERRE FOY VALENCIALIMA, OCTUBRE 2004LIMA, OCTUBRE 2004
INDICEINDICEPRIMERA PARTE
MARCO CONCEPTUAL SOBRE EL DERECHO AMBIENTALMARCO CONCEPTUAL SOBRE EL DERECHO AMBIENTALSEGUNDA PARTE
EEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL L SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL SISTEMA DE CSISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTAL ONTROL SOCIAL AMBIENTAL
TERCERA PARTE
PERSPECTIVA HISTORICA PERSPECTIVA HISTORICA CUARTA PARTE
DERECEHO INTERNACIONAL AMBIENTALDERECEHO INTERNACIONAL AMBIENTALQUINTA PARTE
SEXTA CUARTA PARTE
DESAFÍOS Y RETOS AL DERECHO AMBIENTAL EN EL DESAFÍOS Y RETOS AL DERECHO AMBIENTAL EN EL CASO CASO
PERUANOPERUANO
PRIMERA PARTEPRIMERA PARTE
MARCO CONCEPTUAL MARCO CONCEPTUAL SOBRE EL DERECHO SOBRE EL DERECHO
AMBIENTALAMBIENTAL
Marco Conceptual Sobre el Derecho Ambiental
Definiciones Relaciones interdisciplinarias Características del Derecho
Ambiental (Ver Dcto “En busca del Derecho
Ambiental I, 1997 ” de Pierre Foy en los materiales)
LAS FUENTES DEL LAS FUENTES DEL DERECHO AMBIENTALDERECHO AMBIENTAL
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Cuando se habla de fuente se está haciendo referencia a aquello de lo que emana algo.
Así, las fuentes de la investigación jurídica ambiental son aquellos elementos que permiten al investigador obtener o hallar lo buscado: el conocimiento jurídico ambiental.
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Para el investigador jurídico ambiental las fuentes principales son:
Las fuentes materialesLas fuentes materiales Realidad social ambiental: es esta, tal vez,
la fuente más importante, no obstante ser la más compleja, ya que su análisis implica un alto grado de abstracción presente
Se requiere que el investigador tenga una alta capacidad para separar y unir hechos, ya que lo que se analiza es el presente y los hechos que pueden dar lugar a futuros sistemas jurídicos o instituciones jurídicas.
Problemas ambientales contemporáneos
* Década del 60: inicio de las preocupaciones y críticas sistemáticas y globales acerca de los problemas ambientales. * Década del 70: procesos de institucionalización internacional de los problemas ambientales* Década del 80: Estrategias y búsqueda de modelos alternativos * Década del 90: Paradigma del Desarrollo Sostenible * Década 2000: ?
Problemas ambientales contemporáneos
A. Dimensión Global Ambiental
1. Cambio Climático. Impacto de GEI (Gases de Efecto Invernadero): calentamiento de la tierra 2. Reducción de la Capa de Ozono 3. Pérdida y deterioro de tierras, bosques y biodiversidad (ecosistemas, especies y recursos genéticos) 4. Contaminación por emisiones de nitrógeno 5 Riesgos por productos químicos (pesticidas)
Global Environmental Outlook / GEO 2000 - PNUMA
Problemas ambientales contemporáneos
A. Dimensión Global Ambiental
6. Desastres naturales y variable antropogénica. El Niño
7. Recurso dulceacuícola8. Areas costeras y marinas9. Polución Atmosférica 10. Impactos Urbanos
Global Environmental Outlook / GEO 2000 - PNUMA
Problemas ambientales contemporáneos
A. Dimensión Global Ambiental
OTROS11. Degradación de Espacios comunes de la humanidad: Antártida, Fondos Marinos y espacio Ultraterrestre12. Traslado transfonterizo de sustancias
peligrosas 13. Modelos de consumo14. Pobreza15. Crecimiento poblacional
Problemas ambientales contemporáneos
B. Dimensión Regional Ambiental (América Latina y el Caribe)
Tres problemas sobresalen en la región1. Medio Urbano: 75% de la población.
Megalópolis. Problemas: calidad de aire, salud, escasez de agua, etc.2. Agotamiento y destrucción de recursos forestales 3. Impacto regional del cambio climático (vg. incendios forestales, desastres, etc)
Global Environmental Outlook / GEO 2000 - PNUMA
Problemas ambientales contemporáneos
C. Realidad Ambiental Peruana (RAP)
FRENTE VERDE1. Tierra2. Bosques3. Biodiversidad4. Areas Naturales Protegidas5. Turismo6. Agua Dulce7. Marino Costero y Recursos Pesqueros
Informe Nacional sobre el Estado del Ambiente GEO Perú 2000
Problemas ambientales contemporáneos
C. Realidad Ambiental Peruana (RAP)
FRENTE MARRON1. Areas Urbanas: a) Territorio; b) Agua; c) Aire;
d) Areas verdes; e) Residuos sólidos
2. Contaminación Pesquera3. Contaminación Minera4. Contamianación Manufacturera 5. Desastres Naturales y Antropogénicos Cambio climático; b) Movimientos telúricos; c) Fenómeno El Niño
Informe Nacional sobre el Estado del Ambiente
GEO Perú 2000
Problemas ambientales contemporáneos
C. Realidad Ambiental Peruana (RAP)
FRENTE AZUL
1. Certificación ambiental 2. Ecoetiquetado 3. Conciencia Ambiental
Informe Nacional sobre el Estado del Ambiente GEO Perú 2000
Problemas ambientales contemporáneos
C. Realidad Ambiental Peruana (RAP)
FRENTE DORADO
1. Biocomercio
Agenda Ambiental del CONAM 2002- 2006
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Para el investigador jurídico ambiental las fuentes principales son:
Las fuentes formalesLas fuentes formalesLa legislación ambiental
Representa la fuente jurídica formal por excelencia, y suele ser tomada como fuente única y exclusiva de la investigación jurídica ambiental, lo cual no es correcto.
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Las fuentes formalesLas fuentes formalesLa jurisprudencia ambiental
Es una fuente importante pues representaría o mostraría el criterio constante de los órganos jurisdiccionales (en nuestras facultades suele pensarse que la jurisprudencia es el criterio aislado, y a veces único, que emana de ciertas decisiones).
Los sistemas romano continentales.
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Las fuentes formalesLas fuentes formalesLa doctrina ambiental
Es una fuente de consulta inevitable, debido a que comprende la opinión de personas calificadas que siempre, de una manera u otra, influyen sobre el estado actual o futuro del Derecho.
Las fuentes interdisciplinarias ¿Derecho Ambiental Peruano o
Derecho Ambiental en el Perú?
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Las fuentes formalesLas fuentes formalesLa costumbre ambiental
La pluralidad socio ambiental y ecosistémica en el país
Las nuevas prácticas y el derecho ambiental
Fuentes del Derecho AmbientalFuentes del Derecho Ambiental
Las fuentes formalesLas fuentes formalesEl contrato ambiental (o acuerdo
de voluntades): Las claúsulas ambientales Los seguros ambientalesEl Arbitraje Ambiental?La conciliación ambiental?
SEGUNDA PARTESEGUNDA PARTEEEL SISTEMA JURÍDICO L SISTEMA JURÍDICO
AMBIENTAL COMO PARTE AMBIENTAL COMO PARTE DEL SISTEMA DE DEL SISTEMA DE CCONTROL SOCIAL ONTROL SOCIAL
AMBIENTALAMBIENTAL
1. 1. EEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL L SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL
SISTEMA DE SISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTALCONTROL SOCIAL AMBIENTAL
1.1 Nuevos enfoques y paradigmas epistemológicos 1.1 Nuevos enfoques y paradigmas epistemológicos aaplicados a la multivariedad de disciplinas y a las ciencias plicados a la multivariedad de disciplinas y a las ciencias ambientalesambientales
Enfoque contemporáneo de sistema aplicable a todas las Enfoque contemporáneo de sistema aplicable a todas las disciplinas. Crisis de enfoques tradicionales disciplinas. Crisis de enfoques tradicionales
Visiones interdisciplinarias: diversidad de paradigmas de Visiones interdisciplinarias: diversidad de paradigmas de la sociedad y del ser humano. Reintegración de la la sociedad y del ser humano. Reintegración de la realidad fragmentada. realidad fragmentada.
Resacralización de la realidad (Vuelta a lo sagrado y a lo Resacralización de la realidad (Vuelta a lo sagrado y a lo maravilloso) maravilloso)
Impacto de estos enfoques en las ciencias naturales, Impacto de estos enfoques en las ciencias naturales, aplicadas y en las ciencias humanas y de la cultura, entre aplicadas y en las ciencias humanas y de la cultura, entre las cuales de incluye al Derecholas cuales de incluye al Derecho
1. 1. EEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL L SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL
SISTEMA DE SISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTALCONTROL SOCIAL AMBIENTAL
1.2 El Sistema Jurídico: enfoque tradicional1.2 El Sistema Jurídico: enfoque tradicional A) Tradicionalmente la noción de sistema aplicado A) Tradicionalmente la noción de sistema aplicado
al Derecho: relacionada con la integración de las al Derecho: relacionada con la integración de las normas y la visión de conjunto en el marco de un normas y la visión de conjunto en el marco de un Estado. Visión estadual que empieza a flexibilizar Estado. Visión estadual que empieza a flexibilizar ante los arrebatos del Derecho Internacional y de ante los arrebatos del Derecho Internacional y de la Integración.la Integración.
B) También ha sido recurrente en el Derecho B) También ha sido recurrente en el Derecho Administrativo fundamentalmente para referirse a Administrativo fundamentalmente para referirse a ciertas dinámicas de la gestión pública. En éste ciertas dinámicas de la gestión pública. En éste sentido se viene aplicando para sentido se viene aplicando para referirse a la referirse a la institucionalidad para la Gestión Ambiental Públicainstitucionalidad para la Gestión Ambiental Pública
1. 1. EEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL L SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL SISTEMA DE SISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTALCONTROL SOCIAL AMBIENTAL
1.2 El Sistema Jurídico: enfoque post moderno1.2 El Sistema Jurídico: enfoque post moderno En términos relativamente recientes se En términos relativamente recientes se
considera al Estado como un sistema estructural considera al Estado como un sistema estructural vinculado al desarrollo histórico del moderno y vinculado al desarrollo histórico del moderno y que internamente estaría conformado por que internamente estaría conformado por conjuntos y subconjuntos, grupos normativos y conjuntos y subconjuntos, grupos normativos y células elementales que son las normas jurídicas células elementales que son las normas jurídicas y los principios del Derecho (Marcial Rubio, El y los principios del Derecho (Marcial Rubio, El Sistema Jurídico, Lima PUCP, varias ediciones).Sistema Jurídico, Lima PUCP, varias ediciones).
Nuestra concepción de sistema aplicada a lo Nuestra concepción de sistema aplicada a lo jurídico ambiental, pretende ser más integral, sin jurídico ambiental, pretende ser más integral, sin perder la perspectiva de lo esencial del Derecho perder la perspectiva de lo esencial del Derecho
1. 1. EEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL L SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL SISTEMA DE SISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTALCONTROL SOCIAL AMBIENTAL
1.3 Control Social Ambiental1.3 Control Social Ambiental Existen múltiples mecanismos por los cuales Existen múltiples mecanismos por los cuales
la sociedad (global, regional y nacional), la sociedad (global, regional y nacional), orienta pautas ambientales de conducta orienta pautas ambientales de conducta social e individual, sean positivas o social e individual, sean positivas o negativas negativas
EJEMPLOS: a) La Familia: b) La Educación; c) EJEMPLOS: a) La Familia: b) La Educación; c) Los Medios de Comunicación; d) Las Los Medios de Comunicación; d) Las Costumbres; e) El trabajo; f) La ciencia y la Costumbres; e) El trabajo; f) La ciencia y la tecnología; g) La Etica y la Moral; h) La tecnología; g) La Etica y la Moral; h) La Religión; i )Religión; i ) El Derecho;El Derecho; etc.etc.
1. 1. EEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL L SISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL COMO PARTE DEL SISTEMA DE SISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTALCONTROL SOCIAL AMBIENTAL
1.3 Control Social Ambiental1.3 Control Social Ambiental EL DERECHO O SISTEMA JURIDICO SOLO EL DERECHO O SISTEMA JURIDICO SOLO
REPRESENTA UNO DE LOS MECANISMOS DE REPRESENTA UNO DE LOS MECANISMOS DE ORIENTAR CONDUCTAS (EN ÉSTE CASO DESDE ORIENTAR CONDUCTAS (EN ÉSTE CASO DESDE UNA PERSPECTIVA AMBIENTAL), EN EL UNA PERSPECTIVA AMBIENTAL), EN EL MARCO MARCO MÁS AMPLIO Y PLURIDIMENSIONAL DE LOS MÁS AMPLIO Y PLURIDIMENSIONAL DE LOS MECANISMOS DEL SISTEMA DE CONTROL SOCIAL MECANISMOS DEL SISTEMA DE CONTROL SOCIAL AMBIENTALAMBIENTAL
NO LE EXIJAMOS AL DERECHO LO QUE NO LE EXIJAMOS AL DERECHO LO QUE CORRESPONDE A OTROS CONTROLES SOCIALES CORRESPONDE A OTROS CONTROLES SOCIALES O QUE AL MENOS DEBEN SER COMPARTIDOS O QUE AL MENOS DEBEN SER COMPARTIDOS CON ÉSTOSCON ÉSTOS
2. 2. ELEMENTOS O ELEMENTOS O COMPONENTES DEL COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO SISTEMA JURÍDICO
AMBIENTALAMBIENTAL
CONSIDERACIONES BÁSICAS SOBRE CONSIDERACIONES BÁSICAS SOBRE DERECHO AMBIENTALDERECHO AMBIENTAL
DERECHO AMBIENTALDERECHO AMBIENTAL El sistema jurídico al servicio del ambiente o
si se quiere del Desarrollo Sostenible
DESARROLLO SOSTENIBLEDESARROLLO SOSTENIBLE Aquél desarrollo orientado a satisfacer las
necesidades de las actuales generaciones sin desmedro de satisfacer las necesidades de las futuras generaciones
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALSISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL
1°Ser conscientes de los diversos problemas y 1°Ser conscientes de los diversos problemas y dimensiones ambientales contemporáneas: dimensiones ambientales contemporáneas: locales, subnacionales, nacionales, sub locales, subnacionales, nacionales, sub regionales, regionales, internacionales o regionales, regionales, internacionales o globales -que no son materia de la presente globales -que no son materia de la presente exposición- exposición-
2°Es legítimo preguntarse desde el Derecho 2°Es legítimo preguntarse desde el Derecho ¿cómo es que dichas consideraciones ¿cómo es que dichas consideraciones ambientales, van ingresando o impactando en ambientales, van ingresando o impactando en el Sistema Jurídico y en sus elementosel Sistema Jurídico y en sus elementos
Los invito a esta suerte de ECODISEA JURIDICA Los invito a esta suerte de ECODISEA JURIDICA
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALSISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL
2.1.Principios 2.1.Principios 2.2.Política Ambiental2.2.Política Ambiental 2.3.Dogmática ambiental:derechos,deberes, 2.3.Dogmática ambiental:derechos,deberes,
garantías garantías 2.4.Procedimental2.4.Procedimental 2.5.Institucional u orgánico2.5.Institucional u orgánico 2.6.Destinatarios o usuarios2.6.Destinatarios o usuarios 2.7.Sanciones2.7.Sanciones 2.8.2.8.Cultura AmbientalCultura Ambiental 2.9.Etica Ambiental 2.9.Etica Ambiental
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALSISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL
PRINCIPIOS DE DERECHO AMBIENTALPRINCIPIOS DE DERECHO AMBIENTAL Internacionalización Responsabilidades comunes pero
diferenciados Responsabilidad de no causar
daño al ambiente de otros países Soberanía Solidaridad De Buena Vecindad y
Cooperación
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALSISTEMA JURÍDICO AMBIENTAL
2.1 Principios de Derecho Ambiental2.1 Principios de Derecho Ambiental A) A) Declaraciones Internacionales (Estocolmo, Declaraciones Internacionales (Estocolmo,
1972; Río 1972; Río 92; Malmo, 2000, 92; Malmo, 2000, B)B) Reinterpretación de principios jurídicos Reinterpretación de principios jurídicos
preexistentes; vg. soberanía; preexistentes; vg. soberanía; prevención, prevención, responsabilidad por daño; responsabilidad por daño; planificación; cooperación planificación; cooperación internacional; etc. internacional; etc.
C)C) Nuevos principios jurídicos: Nuevos principios jurídicos: precaución,internalización precaución,internalización (“contaminador (“contaminador pagador”);ciclo de vida; pagador”);ciclo de vida; responsabilidades comunes pero diferenciadas; responsabilidades comunes pero diferenciadas; etc.etc.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo I.- Derecho y deber fundamental
Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida.
Todos tienen el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo II.- Derecho de acceso a la información
Toda persona tiene el derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública sobre las políticas, normas, medidas, obras y actividades que pudieran afectar, directa o indirectamente, la salud, el ambiente o los recursos naturales, sin necesidad de invocar justificación o interés que motive tal requerimiento.
Todos están obligados a proporcionar adecuada y oportunamente a las autoridades la información que éstas requieran para una efectiva gestión ambiental y la de sus componentes, conforme a Ley.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo III.- Derecho a la participación en la gestión ambiental
Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concerta con la sociedad civil las decisiones y aciones de la gestión
ambiental.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo IV.- Derecho de acceso a la justicia ambiental
Toda persona tiene el derecho a una acción rápida, sencilla y efectiva, ante las entidades administrativas y jurisdiccionales, en defensa del ambiente y de sus componentes, considerando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, así como la conservación del patrimonio cultural vinculado a aquellos.
Se puede interponer acciones legales aún en los casos en que no se afecte el interés económico del accionante. El interés moral legitima la acción aún cuando no se refiera
directamente al accionante o a su familia.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo V.- Principio de sostenibilidad
La gestión del medio ambiente y de sus componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que establece el presente Código, se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo VI.- Principio de prevención
La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. Cuando no sea posible eliminar las causas que la generan, se deben adoptar las medidas de mitigación, recuperación o restauración, o eventual compensación, que corresponda.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo VII.- Principio precautorio
Cuando haya indicios razonables de riesgo de daño grave o irreversible a la salud o al ambiente, la falta de certeza científica absoluta no constituye razón suficiente para postergar la adopción de medidas destinadas a eliminar o reducir dicho riesgo.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo VIII.- Principio contaminador-pagador (INTERNALIZACION)
Los costos de la prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación, reparación y eventual compensación, relacionados con la degradación del ambiente, deben ser asumidos por los causantes de la misma.
Es obligatoria la internalización de los costos ambientales en la contabilidad de las entidades productoras, comercializadoras o de servicios, públicas o privadas, así como en los distintos proyectos productivos y sociales.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo IX.- Principio de responsabilidad ambiental
El causante de la degradación del medio ambiente y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligado a adoptar inexcusablemente las medidas de restauración, rehabilitación o reparación que corresponda y, cuando lo anterior no fuera posible, a compensarlo en términos ambientales, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal a que hubiera lugar.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo X.- Principio de equidad El diseño y aplicación de las políticas públicas
ambientales deben contribuir a reducir las inequidades sociales y económicas existentes. En tal sentido, el Estado podrá adoptar, entre otras, políticas o programas de acción afirmativas, entendidas como el conjunto coherente de medidas de carácter temporal dirigidas a corregir las situación de los miembros del grupo al que están destinadas, en un aspecto o varios de su vida social o económica, a fin de alcanzar la equidad efectiva.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo XI.- Principio de gobernabilidad ambiental
El diseño y aplicación de las políticas públicas ambientales se regirán por el principio de gobernabilidad ambiental, lo que obliga a la armonización de las políticas, instituciones, procedimientos, herramientas e información de manera tal que haga posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados, en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos, sobre la base de normas claramente establecidas, participación informada, responsabilidades claramente definidas, seguridad jurídica y transparencia.
ANTEPROYECTO CMARN (AGOSTO 2004)TÍTULO PRELIMINAR
DERECHOS Y PRINCIPIOS
Artículo XII.- Principio sobre los servicios ambientales
Los recursos naturales y demás componentes del ambiente cumplen funciones que permiten mantener las condiciones de los ecosistemas y del medio ambiente en general, generando beneficios que son aprovechados sin que medie una retribución o compensación, por lo que el Estado establece mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisión de dichos servicios ambientales y, lograr paralelamente, la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y la diversidad biológica.
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.2 Política Ambiental2.2 Política Ambiental A) A) Presencia ambiental en la función pública.Presencia ambiental en la función pública. B)B) Lo ambiental en las diferentes dimensiones de Lo ambiental en las diferentes dimensiones de
la la política. EJEMPLOS: política. EJEMPLOS: ** Política Ambiental Global o General (vg. Política Ambiental Global o General (vg.
Biodiversidad, Cambio Climático)Biodiversidad, Cambio Climático) ** Política Ambiental Regional para AméricaPolítica Ambiental Regional para América
Latina: vg. Latina: vg. OEA y Participación CiudadanaOEA y Participación Ciudadana ** Política Ambiental Nacional (vg CONAM) Política Ambiental Nacional (vg CONAM) * * Política Ambiental “Subnacional” (= regional) Política Ambiental “Subnacional” (= regional) ** Política Ambiental LocalPolítica Ambiental Local
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.2 Política Ambiental2.2 Política Ambiental Política Ambiental Sectorial o Política Ambiental Sectorial o
Multisectorial:Industria, Minería, Salud Ambiental, Multisectorial:Industria, Minería, Salud Ambiental, etc.etc.
Política Ambiental de la Empresa:vg. Política Ambiental de la Empresa:vg. Política Ambiental de instituciones sociales como Política Ambiental de instituciones sociales como
los particulares o los no gubernamentaleslos particulares o los no gubernamentales Política Ambiental de instituciones internacionales Política Ambiental de instituciones internacionales
sean ambientalistas o no; vg.Banco Mundial, AID,sean ambientalistas o no; vg.Banco Mundial, AID, Deberíamos hablar de una política ambiental Deberíamos hablar de una política ambiental
anticorrupción...anticorrupción...
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y 2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y garantíasgarantías
A) A) “Pírámide Kelseneana Ambiental General“Pírámide Kelseneana Ambiental General” ” Constitución (Arts. 2 inc 22, Arts 66-69)Constitución (Arts. 2 inc 22, Arts 66-69)
Normas con rango de ley (v. Código del Medio Normas con rango de ley (v. Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley Orgánica para Ambiente y los Recursos Naturales, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; Código Penal: delitos; Ley de Areas Naturales; Código Penal: delitos; Ley de Areas Naturales Protegidas, etc. Leyes sobre recursos Naturales Protegidas, etc. Leyes sobre recursos naturales y promoción de las inversionesnaturales y promoción de las inversiones
Decretos supremos: Reglamentos de Decretos supremos: Reglamentos de ProtecciónAmbiental, de la Ley Orgánica de ProtecciónAmbiental, de la Ley Orgánica de Municipalidades o de Calidad Ambiental del AireMunicipalidades o de Calidad Ambiental del Aire
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y 2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y garantíasgarantías
B) B) :“Pírámide Kelseneana Ambiental Específica:“Pírámide Kelseneana Ambiental Específica EJEMPLO:EJEMPLO: sobre Diversidad Biológica ”sobre Diversidad Biológica ”
Constitución (Art. 68)Constitución (Art. 68) Convenio sobre DB; LCASDB; Decisión 391 sobre Convenio sobre DB; LCASDB; Decisión 391 sobre
Acceso a los Recursos Genéticos; La propia Acceso a los Recursos Genéticos; La propia Ley de Areas Naturales Protegidas; etc.Ley de Areas Naturales Protegidas; etc.
Reglamento y Estrategia Naciona lde la DB Reglamento y Estrategia Naciona lde la DB (Decretos Supremos de la PCM)(Decretos Supremos de la PCM)
Normas menores, etc.Normas menores, etc.
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y 2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y garantíasgarantías
C) C) Normas propiamente ambientalesNormas propiamente ambientales. Ejemplos. Ejemplos Delitos ambientalesDelitos ambientales Normas sobre el CONAMNormas sobre el CONAM Normas sobre instrumentos de gestión ambientalNormas sobre instrumentos de gestión ambiental Reglamentos de Protección AmbientalReglamentos de Protección Ambiental Convenios Internacionales (CITES,RAMSAR, Convenios Internacionales (CITES,RAMSAR,
BONN, Cambio Climático, Protocolo Antártico, etc,)BONN, Cambio Climático, Protocolo Antártico, etc,) Partes de Leyes y reglamentos sobre recursosPartes de Leyes y reglamentos sobre recursos
naturalesnaturales
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes 2.3.Dogmática ambiental: derechos, deberes y garantíasy garantías
DD) Normas de relevancia o “casual” ) Normas de relevancia o “casual” ambientalambiental
Normas sobre responsabilidad en el Código Normas sobre responsabilidad en el Código Civil y Ley General de Procedimientos Civil y Ley General de Procedimientos AdministrativosAdministrativos
Normas sobre defensa de la propiedad, Normas sobre defensa de la propiedad, contractuales, etc.contractuales, etc.
Normas sectorialesNormas sectoriales
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.4. Normas procedimentales2.4. Normas procedimentales A)A) Código del Medio Ambiente y Recursos Código del Medio Ambiente y Recursos
Naturales y Naturales y Ley Marco para el Crecimiento de Ley Marco para el Crecimiento de Inversiones Inversiones Privadas (DL 757, 1991) Privadas (DL 757, 1991)
B)B) Ley 26631 (1996) formalización para Ley 26631 (1996) formalización para denuncias por denuncias por delitos ambientalesdelitos ambientales
C)C) Art. 82 Código Procesal Civil (Modificado el 8 Art. 82 Código Procesal Civil (Modificado el 8 de de Junio del 2002): Intereses difusos Junio del 2002): Intereses difusos
D)D) De Garantías De Garantías E)E) Sobre Silencio Administrativo NegativoSobre Silencio Administrativo Negativo F)F) Normas sobre el contencioso administrativoNormas sobre el contencioso administrativo
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.5. Normas institucionales u orgánicas2.5. Normas institucionales u orgánicas A)A) “Autoridad Ambiental”. Sectores. CONAM“Autoridad Ambiental”. Sectores. CONAM B)B) Dimensiones institucionalesDimensiones institucionales GlobalesGlobales (vg. PNUMA, UICN, WWWF,OMS, FAO; (vg. PNUMA, UICN, WWWF,OMS, FAO;
UNESCO, etc)UNESCO, etc) RegionalesRegionales (vg. OEA, PNUMA ORPALC, etc) (vg. OEA, PNUMA ORPALC, etc) SubregionalesSubregionales (vg. Comunidad Andina:Consejo (vg. Comunidad Andina:Consejo
de Autoridades Ambientales Andinas CAAN; de Autoridades Ambientales Andinas CAAN; Tratado de Cooperación Amazónica: (CEMAA)Tratado de Cooperación Amazónica: (CEMAA)
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.5.Normas institucionales u orgánicas2.5.Normas institucionales u orgánicas NacionalesNacionales (vg. CONAM, Direcciones (vg. CONAM, Direcciones
ambientales sectoriales, Contraloría, etc,ambientales sectoriales, Contraloría, etc, ””Subnacionales”Subnacionales” (“regionales”): ¿CARs?(“regionales”): ¿CARs? LocalesLocales:: Unidades municipales: Unidades municipales:
Metropolitana, provincial y distritalMetropolitana, provincial y distrital ParticularesParticulares:: empresas, ONGs, entidades empresas, ONGs, entidades
de promoción y financieras, etcde promoción y financieras, etc
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.6. Destinatarios o usuarios2.6. Destinatarios o usuarios Ciudadanos en general Ciudadanos en general Titulares de actividades: vg. mineras, Titulares de actividades: vg. mineras,
turísticas, pesqueras, etc. turísticas, pesqueras, etc. Diversos roles ciudadanos: titular de alguna Diversos roles ciudadanos: titular de alguna
actividad, vecino, consumidor Contraloría, etc.actividad, vecino, consumidor Contraloría, etc. Responsabilidades colectivas por afectaciónResponsabilidades colectivas por afectación Derechos / Deberes ambientalesDerechos / Deberes ambientales
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.7. Sanciones ambientales2.7. Sanciones ambientales Penales, Civiles y Administrativas. Penales, Civiles y Administrativas.
(“Principio Non bis in idem”)(“Principio Non bis in idem”) Premialidad ambiental: estímulosPremialidad ambiental: estímulos Procedimientos sancionatarios Procedimientos sancionatarios Aplicación Ambiental del contenido Aplicación Ambiental del contenido
patrimonial de las sanciones patrimonial de las sanciones negativasnegativas
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.8. Cultura Ambiental2.8. Cultura Ambiental Incorporar en las pautas actitudinales Incorporar en las pautas actitudinales
individuales y corporativas los valores individuales y corporativas los valores ambientales como elemento esencial de las ambientales como elemento esencial de las decisiones humanasdecisiones humanas
Ejemplo: un juez, un funcionario, un político o Ejemplo: un juez, un funcionario, un político o empresario con visión cultural desarrollista y empresario con visión cultural desarrollista y economicista respecto la Amazonía o los economicista respecto la Amazonía o los recursos naturales es un sujeto inculto recursos naturales es un sujeto inculto ambientalmente para operar adecuadamente ambientalmente para operar adecuadamente normas y criterios sobre la materianormas y criterios sobre la materia
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.9. Etica Ambiental2.9. Etica Ambiental Este elemento resulta definitorio para un Este elemento resulta definitorio para un
adecuado sistema jurídico al servicio de los adecuado sistema jurídico al servicio de los valores ambientales. La ética como imperativo valores ambientales. La ética como imperativo individual y corporativo que orienta el sentido individual y corporativo que orienta el sentido de nuestros comportamientos y su impacto en de nuestros comportamientos y su impacto en los valores ambientales. los valores ambientales.
Complejos factores contemporáneos como la Complejos factores contemporáneos como la corrupción impactan este componente de la corrupción impactan este componente de la ética ambiental. ética ambiental.
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.9. Etica Ambiental2.9. Etica AmbientalEl “El “triángulo de la corrupción": triángulo de la corrupción":
abuso de poder, ética permisiva abuso de poder, ética permisiva y debilidad o ausencia de y debilidad o ausencia de controles ciudadanos, también controles ciudadanos, también se hace presente hoy en día en se hace presente hoy en día en la trama ambiental nacional.la trama ambiental nacional.
2. 2. ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA ELEMENTOS O COMPONENTES DEL SISTEMA JURÍDICO AMBIENTALJURÍDICO AMBIENTAL
2.9. Etica Ambiental2.9. Etica Ambiental Mientras no se indague de manera transparente y Mientras no se indague de manera transparente y
racional los múltiples mecanismos reticulares de racional los múltiples mecanismos reticulares de una cadena compleja que se ha incubado de años una cadena compleja que se ha incubado de años atrás en el manejo de la cosa pública ambiental y atrás en el manejo de la cosa pública ambiental y no se desestructuren esos no se desestructuren esos continuoscontinuos de corrupción de corrupción entre malos elementos del sector gubernamental - entre malos elementos del sector gubernamental - no gubernamental, difícilmente la ciudadanía y con no gubernamental, difícilmente la ciudadanía y con ello la juventud interesada en su realidad ello la juventud interesada en su realidad ambiental, podrá contar con adecuados ambiental, podrá contar con adecuados
paradigmas de comportamiento y ética ambiental.paradigmas de comportamiento y ética ambiental.
3. ORGANIZACIÓN 3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADOJURÍDICA DEL ESTADO
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
COMPETENCIAS AMBIENTALES Y SECTORES COMPETENCIAS AMBIENTALES Y SECTORES PUBLICOSPUBLICOS
Modernamente los organismos públicos - Modernamente los organismos públicos - nivel central, regional y local- incorporan nivel central, regional y local- incorporan funciones o competencias, ambientalesfunciones o competencias, ambientales
Gran discusión sobre el modelo institucional Gran discusión sobre el modelo institucional ambiental más adecuado. Múltiples ambiental más adecuado. Múltiples experiencias comparadas; vg. Ministerios del experiencias comparadas; vg. Ministerios del Ambiente, Comisiones Intersectoriales, Ambiente, Comisiones Intersectoriales, Sistemas Nacionales, Oficinas o Sistemas Nacionales, Oficinas o dependencias de alto nivel ejecutivo, etc.dependencias de alto nivel ejecutivo, etc.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
COMPETENCIAS AMBIENTALES Y PODERES DEL COMPETENCIAS AMBIENTALES Y PODERES DEL ESTADO: ESTADO: PODER LEGISLATIVOPODER LEGISLATIVO
Función de las Comisiones Función de las Comisiones 1993 (Arts. 90 y ss) 1993 (Arts. 90 y ss) Proyectos de Ley Proyectos de Ley Fiscalización Fiscalización
Comisiones ParlamentariasComisiones Parlamentarias Constitución Constitución Ambiente y EcologíaAmbiente y Ecología Amazonía,Asuntos Indígenas y Afroperuanos Amazonía,Asuntos Indígenas y Afroperuanos Otras comisiones conexas: Agraria, Otras comisiones conexas: Agraria, Educación Educación
Ciencia y Tecnología, SaludCiencia y Tecnología, Salud
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
COMPETENCIAS AMBIENTALES Y PODERES COMPETENCIAS AMBIENTALES Y PODERES DEL ESTADO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOPODER EJECUTIVO
(Const.1993, Arts. 110-136)(Const.1993, Arts. 110-136)
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS» Consejo Nacional del Ambiente Consejo Nacional del Ambiente
(CONAM)(CONAM) MINISTERIOS Y UNIDADES AMBIENTALES MINISTERIOS Y UNIDADES AMBIENTALES
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
COMPETENCIAS AMBIENTALES Y PODERES COMPETENCIAS AMBIENTALES Y PODERES DEL ESTADO:DEL ESTADO: PODER EJECUTIVOPODER EJECUTIVO
Ministerios y Sectores de la Administración Ministerios y Sectores de la Administración Pública:Pública: Autoridad AmbientalAutoridad Ambiental: Desde la Presidencia : Desde la Presidencia
del Consejo de Ministros, PCM (vg. CONAM) del Consejo de Ministros, PCM (vg. CONAM) hasta las diversas Oficinas, Direcciones, hasta las diversas Oficinas, Direcciones, etc. hoy se incorporan las dimensiones y etc. hoy se incorporan las dimensiones y asuntos ambientalesasuntos ambientales
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO (Constitución 1993, Arts. 110-136) PODER EJECUTIVO (Constitución 1993, Arts. 110-136) • PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS (EJ. (EJ.
CONAM, OSINFOR, SUNASS, OSINERG, etc.) CONAM, OSINFOR, SUNASS, OSINERG, etc.) • AGRICULTURA AGRICULTURA (EJ. INRENA)(EJ. INRENA)• COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO (DIRECCIÓN DE (DIRECCIÓN DE
MEDIO AMBIENTE Y TURISMO SOSTENIBLE dentro de MEDIO AMBIENTE Y TURISMO SOSTENIBLE dentro de la Dirección Nacional de Turismo)la Dirección Nacional de Turismo)
• DEFENSA: (DEFENSA: (Ej. DICAPI (DIR MEDIO AMBIENTE)Ej. DICAPI (DIR MEDIO AMBIENTE)• ECONOMIA Y FINANZAS ECONOMIA Y FINANZAS (EJ. DIR ESTUDIOS MACRO (EJ. DIR ESTUDIOS MACRO
PRODUCTIVOS AMBIENTALES)PRODUCTIVOS AMBIENTALES)• EDUCACIONEDUCACION• ENERGIA Y MINAS ENERGIA Y MINAS (DIR. GENERAL DE ASUNTOS (DIR. GENERAL DE ASUNTOS
AMBIENTALES)AMBIENTALES)• INTERIOR INTERIOR (EJ. POLICIA ECOLOGICA)(EJ. POLICIA ECOLOGICA)• JUSTICIAJUSTICIA
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO Constitución 1993, Arts. 110-136) PODER EJECUTIVO Constitución 1993, Arts. 110-136) • DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIALDE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL• DE LA PRODUCCION (PRODUCE)DE LA PRODUCCION (PRODUCE)
– INDUSTRIA INDUSTRIA (DIRECCION DE M.AMBIENTE DE (DIRECCION DE M.AMBIENTE DE INDUSTRIA)INDUSTRIA)
– PESQUERIA PESQUERIA (DINAMA)(DINAMA)• RELACIONES EXTERIORES (RELACIONES EXTERIORES (DIR. DE DESARROLLO DIR. DE DESARROLLO
SOSTENIBLE)SOSTENIBLE)• SALUD SALUD (EJ. DIGESA)(EJ. DIGESA) • TRABAJO Y PROMOCION SOCIALTRABAJO Y PROMOCION SOCIAL• TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TRANSPORTES Y COMUNICACIONES (DIR. GENERAL (DIR. GENERAL
DE ASUNTOS SOCIOAMBIENTALES)DE ASUNTOS SOCIOAMBIENTALES)• VIVIENDA,CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO VIVIENDA,CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO (OFICINA (OFICINA
DE MEDIO AMBIENTE)DE MEDIO AMBIENTE)
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL. . Constitución 1993, Arts. 138-149Constitución 1993, Arts. 138-149
No se han creado debidamente No se han creado debidamente dependencias especializadas ambientales. dependencias especializadas ambientales. Sin embargo la creciente legislación Sin embargo la creciente legislación ambiental es aplicada por los organismos ambiental es aplicada por los organismos judiciales mediante diversos judiciales mediante diversos procedimientos: penales, constitucionales, procedimientos: penales, constitucionales, etc. (vg. Acción de Amparo, Acción de etc. (vg. Acción de Amparo, Acción de Hábeas Data, etc. Hábeas Data, etc.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL. . Constitución 1993, Arts. 138-149Constitución 1993, Arts. 138-149
Se carece de un esquema institucional ad Se carece de un esquema institucional ad hoc o especializado para las actuaciones hoc o especializado para las actuaciones judiciales en materia ambiental. judiciales en materia ambiental.
La Ley Orgánica del Poder Judicial y La Ley Orgánica del Poder Judicial y normativa complementaria, no lo contempla normativa complementaria, no lo contempla explícitamente, sin embargo formalmente explícitamente, sin embargo formalmente podrían desarrollarse las unidades podrían desarrollarse las unidades jurisdiccionales ambientales que se crean jurisdiccionales ambientales que se crean conveniente, previa evaluación y conveniente, previa evaluación y coordinación con el Ministerio Público.coordinación con el Ministerio Público.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
ORGANISMOS (¿PODERES?) AUTÓNOMOSORGANISMOS (¿PODERES?) AUTÓNOMOS..
La Constitución Política del Perú contempla La Constitución Política del Perú contempla diversos organismos autónomos, por diversos organismos autónomos, por ejemplo las Municipalidades, la Defensoría ejemplo las Municipalidades, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público, la del Pueblo, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, etc. Contraloría General de la República, etc. Cada cual según su función asume Cada cual según su función asume determinadas funciones o competencias determinadas funciones o competencias ambientales.ambientales.
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OTROS ORGANISMOS PUBLICOSOTROS ORGANISMOS PUBLICOS ORGANISMOS ORGANISMOS AUTONOMOSAUTONOMOS
• DEFENSORIA DEL PUEBLO DEFENSORIA DEL PUEBLO • MINISTERIO PUBLICOMINISTERIO PUBLICO• CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ACADEMIA DE LA MAGISTRATURAACADEMIA DE LA MAGISTRATURA• IIAAP - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA IIAAP - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA
AMAZONÍA PERUANA AMAZONÍA PERUANA • TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL• UNIVERSIDADESUNIVERSIDADES• OTROSOTROS• GOBIERNOS LOCALES GOBIERNOS LOCALES • GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNOS REGIONALES
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEYES SOBRE REFORMA INSTITUCIONALLEYES SOBRE REFORMA INSTITUCIONAL Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre
Descentralización (Ley N° 27680): Art. 192° Los Gobiernos Descentralización (Ley N° 27680): Art. 192° Los Gobiernos Regionales son competentes (....): inciso 7, para promover Regionales son competentes (....): inciso 7, para promover (...) salud y medio ambiente, conforme a Ley. (...) salud y medio ambiente, conforme a Ley.
Ley de elecciones regionales (Ley N° 27683)Ley de elecciones regionales (Ley N° 27683) Ley de Bases de la descentralización (Ley N° 27783): Ley de Bases de la descentralización (Ley N° 27783):
Objetivos a nivel ambiental: Ordenamiento territorial; b) Objetivos a nivel ambiental: Ordenamiento territorial; b) gestión sostenible de los recursos naturales; coordinación gestión sostenible de los recursos naturales; coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión AmbientalAmbiental
Ley de Demarcación y organización territorial (Ley N° Ley de Demarcación y organización territorial (Ley N° 27795): requisito sobre características geográfico 27795): requisito sobre características geográfico ambientalesambientales
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LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL CAPÍTULO LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL CAPÍTULO XIV DEL TÍTULO IV, SOBRE REGIONALIZACIÓN Ley XIV DEL TÍTULO IV, SOBRE REGIONALIZACIÓN Ley
Nº 27680 (2002)Nº 27680 (2002) Artículo 190º.-Artículo 190º.- Las regiones se crean sobre la base Las regiones se crean sobre la base
de áreas contiguas integradas histórica, cultural, de áreas contiguas integradas histórica, cultural, administrativa y económicamente, conformando administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas sostenibles.unidades geoeconómicas sostenibles.
Artículo 192º.-Artículo 192º.- Los gobiernos regionales Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollopolíticas y planes nacionales y locales de desarrollo
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LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL CAPÍTULO LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL CAPÍTULO XIV DEL TÍTULO IV, SOBRE REGIONALIZACIÓN XIV DEL TÍTULO IV, SOBRE REGIONALIZACIÓN
Ley Nº 27680 (2002)Ley Nº 27680 (2002) Artículo 192º .- (Cont.)Artículo 192º .- (Cont.)
Son competentes para:Son competentes para: 7) Promover y regular 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley.ambiente, conforme a Ley.
Artículo 193º.-Artículo 193º.-Son bienes y rentas de los gobiernos regionales:Son bienes y rentas de los gobiernos regionales:
6) Los recursos asignados por concepto de canon.6) Los recursos asignados por concepto de canon.
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LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN Ley Nº 27783 (2002)Ley Nº 27783 (2002)
Artículo 3º.-FinalidadArtículo 3º.-FinalidadLa descentralización tiene como La descentralización tiene como
finalidad el desarrollo integral, armónico y finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder de los tres equilibrado ejercicio del poder de los tres niveles de gobierno, en beneficio de la niveles de gobierno, en beneficio de la poblaciónpoblación
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
• LEY DE BASES DE LA LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN Ley Nº 27783 DESCENTRALIZACIÓN Ley Nº 27783
(2002) (2002) CAPÍTULO IICAPÍTULO II PrincipiosPrincipios Artículo 4º.-Artículo 4º.- Principios generalesPrincipios generales
La descentralización se sustenta y rige por los La descentralización se sustenta y rige por los siguientes principios generales:siguientes principios generales:c) Es irreversible:c) Es irreversible: El proceso debe garantizar, en el El proceso debe garantizar, en el largo plazo, un país; espacialmente mejor organizado, largo plazo, un país; espacialmente mejor organizado, poblacionalmente mejor distribuido, económica y poblacionalmente mejor distribuido, económica y socialmente más justo y equitativo, socialmente más justo y equitativo, ambientalmente ambientalmente sostenible,sostenible, así como políticamente institucionalizado. así como políticamente institucionalizado.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
• LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN Ley LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN Ley Nº 27783 (2002) CAPÍTULO IINº 27783 (2002) CAPÍTULO II
• Objetivos Objetivos • Artículo 6º.-Artículo 6º.- ObjetivosObjetivos• Objetivos a Nivel Ambiental:Objetivos a Nivel Ambiental:Ordenamiento territorial y del entorno Ordenamiento territorial y del entorno
ambiental, desde los enfoques de la ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo.sostenibilidad del desarrollo.
Gestión sostenible de los recursos naturales y Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental.mejoramiento de la calidad ambiental.
Coordinación y concertación interinstitucional y Coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles participación ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
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LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Ley Nº 27867Ley Nº 27867
Artículo 6º.-Artículo 6º.-Desarrollo RegionalDesarrollo Regional El desarrollo regional El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidadeshombres y mujeres e igualdad de oportunidades..
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Ley Nº 27867Ley Nº 27867
Artículo 8º.-Artículo 8º.-Principios rectores de las políticas y la gestión Principios rectores de las políticas y la gestión regionalregional La gestión de los gobiernos regionales La gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios:se rige por los siguientes principios:
...Participación.-...Participación.-
La gestión regional desarrollará y hará uso de La gestión regional desarrollará y hará uso de instancias y estrategias concretas de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana en las fases de participación ciudadana en las fases de formulación, seguimientos, fiscalización y formulación, seguimientos, fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de la evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes, presupuestos y ejecución de los planes, presupuestos y proyectos regionales.proyectos regionales.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Ley Nº 27867Ley Nº 27867
Artículo 8º.-Artículo 8º.-Principios rectores de las políticas y la Principios rectores de las políticas y la gestión regionalgestión regional
8.8. SostenibilidadSostenibilidadLa gestión regional se caracteriza por la La gestión regional se caracteriza por la búsqueda del equilibrio intergeneracional búsqueda del equilibrio intergeneracional en el uso racional de los recursos naturales en el uso racional de los recursos naturales para lograr los objetivos de desarrollo, la para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la protección defensa del medio ambiente y la protección de la biodiversidadde la biodiversidad..
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Ley Nº 27867Ley Nº 27867
Artículo 8º.-Artículo 8º.-Principios rectores de las políticas y la Principios rectores de las políticas y la gestión regionalgestión regional
10. Subsidiariedad.Subsidiariedad.
El gobierno más cercano a la población es el más El gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer las distintas funciones que le idóneo para ejercer las distintas funciones que le competen al Estado.competen al Estado.
11.11. Concordancia de las políticas regionalesConcordancia de las políticas regionales..
Las políticas de los gobiernos regionales guardan Las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales del Estado.concordancia con las políticas nacionales del Estado.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Ley Nº 27867Ley Nº 27867
CAPÍTULO IVCAPÍTULO IVGerencia RegionalGerencia Regional
Artículo 29º.-Artículo 29º.- Gerencias RegionalesGerencias RegionalesSe constituirán las Gerencias Regionales de:Se constituirán las Gerencias Regionales de:- Desarrollo Económico;- Desarrollo Económico;- Desarrollo Social;- Desarrollo Social;- Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento - Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial;Territorial;- Infraestructura;- Infraestructura;- Recursos naturales y gestión del medio ambiente.- Recursos naturales y gestión del medio ambiente.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Ley Nº 27867Ley Nº 27867
CAPÍTULO IVCAPÍTULO IV
Artículo 29º.- Gerencias RegionalesArtículo 29º.- Gerencias Regionales
5.5. Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.-del Medio Ambiente.-
Le corresponde atender las funciones Le corresponde atender las funciones específicas sectoriales en materia de áreas específicas sectoriales en materia de áreas protegidas, medio ambiente y defensa civil.protegidas, medio ambiente y defensa civil.
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, LEY LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, LEY N° 27972 (Mayo 2003)N° 27972 (Mayo 2003)
Multiples funciones y competencias Multiples funciones y competencias ambientalesambientales
3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO3. ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL ESTADO
LEY MARCO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN LEY MARCO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL ESTADO (Ley N° 27658)DEL ESTADO (Ley N° 27658)
Modernización:Modernización: Al servicio de la ciudadaníaAl servicio de la ciudadanía Canales efectivos de participación ciudadana: Canales efectivos de participación ciudadana:
control ciudadanocontrol ciudadano Descentralizado y desconcentradoDescentralizado y desconcentrado Gestión transparenteGestión transparente Servidores públicos calificados y Servidores públicos calificados y
adecuadamente remuneradosadecuadamente remunerados Fiscalmente equilibradosFiscalmente equilibrados Reglamento: DS N° 030-2002-PCMReglamento: DS N° 030-2002-PCM
4. 4. EESTRUCTURA STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
En el Sistema Jurídico Peruano, existe En el Sistema Jurídico Peruano, existe una proliferación de normas de una proliferación de normas de diferente rango jerárquico, inclusive diferente rango jerárquico, inclusive con diversas denominaciones al con diversas denominaciones al interior de un mismo rango. interior de un mismo rango.
Este principio de jerarquía pretende Este principio de jerarquía pretende asegurar la importancia o asegurar la importancia o preeminencia de algunas normas por preeminencia de algunas normas por encima de otras en función al Poder encima de otras en función al Poder del Estado que las crea.del Estado que las crea.
Jerarquía de las Normas Jerarquía de las Normas JurídicasJurídicas
Reglamentos Ambientales: Minería, Hidrocarburos, Electricidad, Industria, etc.
Primer Rango
Segundo Rango
Tercer Rango
Cuarto Rango
Art. 2° inciso22
Arts. 66 -
69 CMARN; LOARSN
CONV. DIV. BIOLOGICA; CONV.
MARCO CAMBIO CLIMATICO; LEY CONAM;
LEY DE SEIA; LEY FORESTAL Y FAUNA
SILVESTRE; DECISION 391, ETC.
Resoluciones Ministeriales
Quinto RangoResoluciones Directorales
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Constitución Política de 1993Constitución Política de 1993 PRIMEROPRIMERO La ConstituciónLa Constitución, creada mediante el Poder , creada mediante el Poder
Constituyente. Establece las reglas Constituyente. Establece las reglas fundamentales de la organización del poder fundamentales de la organización del poder en el Estado Peruanoen el Estado Peruano
Art. 2°. Toda persona tiene derecho:Art. 2°. Toda persona tiene derecho: 22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute 22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute
del tiempo libre y al descanso, así como a del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vidaadecuado al desarrollo de su vida
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Constitución Política de 1993 (Régimen Constitución Política de 1993 (Régimen Económico: Del Ambiente y los Recursos Económico: Del Ambiente y los Recursos
Naturales)Naturales) Art. 66°: Régimen de otorgamiento de los Art. 66°: Régimen de otorgamiento de los
recursos naturales. Ley Orgánica. Concesión.recursos naturales. Ley Orgánica. Concesión. Art. 67°: Política Nacional del Ambiente y uso Art. 67°: Política Nacional del Ambiente y uso
sostenible de recursos naturalessostenible de recursos naturales Art. 68°: Estado promueve conservación de la Art. 68°: Estado promueve conservación de la
diversidad biológica y áreas naturales protegidas diversidad biológica y áreas naturales protegidas Art. 69°: Estado promueve desarrollo sostenible Art. 69°: Estado promueve desarrollo sostenible
de la Amazonía mediante legislación adecuada.de la Amazonía mediante legislación adecuada. Declaración de Perú como país AntárticoDeclaración de Perú como país Antártico
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
SEGUNDOSEGUNDOLas denominadas Las denominadas Normas con Normas con
rango de Leyrango de Ley, creadas -o en su , creadas -o en su caso, autorizadas- desde el caso, autorizadas- desde el Poder Legislativo -o quien hace Poder Legislativo -o quien hace las veces del mismo en períodos las veces del mismo en períodos de Gobiernos de Facto- las de Gobiernos de Facto- las cuales pueden ser:cuales pueden ser:
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley Leyes propiamente dichasLeyes propiamente dichas, expedidas por el , expedidas por el
Congreso de la República; por ejemplo: la Congreso de la República; por ejemplo: la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales -Sostenible de los Recursos Naturales -LOASRN- Ley 26821 (1997)o la Ley del LOASRN- Ley 26821 (1997)o la Ley del Consejo nacional del Ambiente (CONAM).Consejo nacional del Ambiente (CONAM).
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley Decretos LegislativosDecretos Legislativos tienen la misma condición tienen la misma condición
que las “Leyes” sólo que los expide el Poder que las “Leyes” sólo que los expide el Poder Ejecutivo (El Presidente), bajo la autorización Ejecutivo (El Presidente), bajo la autorización del Congreso; vg. el Decreto Legislativo Nº 613 del Congreso; vg. el Decreto Legislativo Nº 613 (1990) denominado Código del Medio Ambiente (1990) denominado Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales -CMARN- o el Decreto y los Recursos Naturales -CMARN- o el Decreto Legislativo Nº 757 (1991), Ley Marco para el Legislativo Nº 757 (1991), Ley Marco para el Crecimiento de las Inversiones Privadas-LMCIP. Crecimiento de las Inversiones Privadas-LMCIP. Son aprobados por el Consejo de Ministros, Son aprobados por el Consejo de Ministros, firmados por el Presidente y refrendados por firmados por el Presidente y refrendados por uno o más Ministros según su naturalezauno o más Ministros según su naturaleza
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley Decretos LeyesDecretos Leyes tiene mismo valor que las leyes sólo que tiene mismo valor que las leyes sólo que
se expiden bajo los Gobiernos de Facto y siguen la se expiden bajo los Gobiernos de Facto y siguen la misma numeración que las Leyes; vg. el Decreto Ley misma numeración que las Leyes; vg. el Decreto Ley 17752 (1969) Ley General de Aguas o el Decreto Ley N° 17752 (1969) Ley General de Aguas o el Decreto Ley N° 25644 de 1992 que modifica Ley General de Amparo al 25644 de 1992 que modifica Ley General de Amparo al Patrimonio CulturalPatrimonio Cultural
Resoluciones LegislativasResoluciones Legislativas aquellas normas por las cuales aquellas normas por las cuales el Estado Peruano incorpora en la legislación interna el Estado Peruano incorpora en la legislación interna determinados Convenios y Tratados Internacionales; vg. determinados Convenios y Tratados Internacionales; vg. la RL N° 23349 (1981) que aprueba la Convención para la la RL N° 23349 (1981) que aprueba la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural o la R LN° Protección del Patrimonio Cultural y Natural o la R LN° 26181 (1993) que aprueba el Convenio sobre Diversidad 26181 (1993) que aprueba el Convenio sobre Diversidad BiológicaBiológica
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley Ordenanzas Municipales,Ordenanzas Municipales, por razones de carácter por razones de carácter
constitucional, para ciertos efectos las son constitucional, para ciertos efectos las son consideradas como normas con rango de Ley, sólo consideradas como normas con rango de Ley, sólo que rigen dentro de una jurisdicción municipal que rigen dentro de una jurisdicción municipal siempre que estén debidamente habilitadas (que siempre que estén debidamente habilitadas (que gocen de "competencia" ) para una función gocen de "competencia" ) para una función determinada.determinada.
Decretos de UrgenciaDecretos de Urgencia, soluciones extremas de parte , soluciones extremas de parte del Presidente, frente a situaciones que no pueden del Presidente, frente a situaciones que no pueden espera. Debe cumplir determinados requisitos. espera. Debe cumplir determinados requisitos.
DecisionesDecisiones (Comunidad Andina) (Comunidad Andina), tienen rango de Ley , tienen rango de Ley para los cinco países andinos Ej. La Decisión 391 de para los cinco países andinos Ej. La Decisión 391 de 1996 sobre Acceso a los Recursos Genéticos1996 sobre Acceso a los Recursos Genéticos
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley
En éste nivel de normas con rango de Ley, En éste nivel de normas con rango de Ley, se suelen denominar a algunos de estos se suelen denominar a algunos de estos dispositivos legales bajo diversas dispositivos legales bajo diversas acepciones: Códigos, Leyes Orgánicas, acepciones: Códigos, Leyes Orgánicas, Leyes Marco, Leyes Generales, etc. Leyes Marco, Leyes Generales, etc.
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley Los Los CódigosCódigos: son simples normas con rango de : son simples normas con rango de
ley, sólo que implican un tratamiento más ley, sólo que implican un tratamiento más sistematizado y coherente acerca de un tema o sistematizado y coherente acerca de un tema o área socialmente muy importante y cuenta con área socialmente muy importante y cuenta con determinados principios que los guían según la determinados principios que los guían según la especialidad regulada. Por ejemplo, el Código especialidad regulada. Por ejemplo, el Código Penal, Código Civil, Código de Justicia Militar, Penal, Código Civil, Código de Justicia Militar, Código Procesal Civil, el Código del Medio Código Procesal Civil, el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Pero que Ambiente y los Recursos Naturales. Pero que eventual o indistintamente pudieron haber sido eventual o indistintamente pudieron haber sido expedidos mediante una Ley o en su caso por un expedidos mediante una Ley o en su caso por un Decreto Ley en el supuesto de un Gobierno de Decreto Ley en el supuesto de un Gobierno de FactoFacto
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley Leyes OrgánicasLeyes Orgánicas:: aquellas leyes del Congreso que aquellas leyes del Congreso que
por mandato expreso de la Constitución (Artículo por mandato expreso de la Constitución (Artículo 106), requiere para su aprobación, modificación o 106), requiere para su aprobación, modificación o derogatoria, contar con el voto mínimo de la derogatoria, contar con el voto mínimo de la mitad más uno de los miembros del Congreso: 61 mitad más uno de los miembros del Congreso: 61 congresistas. Por ej. el Art. 66º de la Constitución congresistas. Por ej. el Art. 66º de la Constitución prescribe que por una Ley Orgánica se regula el prescribe que por una Ley Orgánica se regula el otorgamiento de los recursos naturales a los otorgamiento de los recursos naturales a los particulares. Esto se ya se ha regulado mediante particulares. Esto se ya se ha regulado mediante la Ley Orgánica para el Aprovechamiento la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos NaturalesSostenible de los Recursos Naturales
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
Normas con rango de LeyNormas con rango de Ley
Leyes MarcoLeyes Marco y y Leyes GeneralesLeyes Generales:: normas con normas con rango de ley, establecen grandes rango de ley, establecen grandes lineamientos en alguna materia que luego lineamientos en alguna materia que luego serán desarrollados o complementados serán desarrollados o complementados mediante otras leyes (vg. el mencionado mediante otras leyes (vg. el mencionado Decreto Legislativo 757 (1991) o la Ley Decreto Legislativo 757 (1991) o la Ley General de Aguas, Decreto Ley Nº 17752General de Aguas, Decreto Ley Nº 17752
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
TERCERO:TERCERO: Las normas que expide el Poder Ejecutivo en Las normas que expide el Poder Ejecutivo en
ejercicio de una de sus funciones principales, ejercicio de una de sus funciones principales, esto es la de reglamentar las Leyes -o normas con esto es la de reglamentar las Leyes -o normas con rango de Ley mediante los rango de Ley mediante los Decretos SupremosDecretos Supremos; ; vg. el Decreto Supremo 012-2001-PE, vg. el Decreto Supremo 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca. Son Reglamento de la Ley General de Pesca. Son normas de carácter general que regulan la normas de carácter general que regulan la actividad sectorial o multisectorial a nivel actividad sectorial o multisectorial a nivel nacional. Pueden requerir o no la aprobación del nacional. Pueden requerir o no la aprobación del Consejo de Ministros según disponga la Ley. Los Consejo de Ministros según disponga la Ley. Los rubrica el Presidente y refrenda uno o más rubrica el Presidente y refrenda uno o más Ministros según su naturalezaMinistros según su naturaleza
4. E4. ESTRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS STRUCTURA JERÁRQUICA DE LAS NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
CUARTO:CUARTO: Otras normas de menor jerarquía igualmente Otras normas de menor jerarquía igualmente
del Poder Ejecutivo expedidas al interior de del Poder Ejecutivo expedidas al interior de algún sector o Ministerio. Regulan aspectos algún sector o Ministerio. Regulan aspectos más específicos o puntuales vg. la Resolución más específicos o puntuales vg. la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM que regula el Ministerial N° 580-98-EM/VMM que regula el Registro de entidades autorizadas a realizar Registro de entidades autorizadas a realizar EIA en el Sector Energía y Minas o las EIA en el Sector Energía y Minas o las Resoluciones Directorales. Resoluciones Directorales.
Las Resoluciones Supremas son normas de Las Resoluciones Supremas son normas de carácter específico, rubricadas por el carácter específico, rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por el Presidente de la República y refrendadas por el Ministro a cuyo Sector correspondeMinistro a cuyo Sector corresponde
TERCERA PARTE TERCERA PARTE
PERSPECTIVA PERSPECTIVA HISTORICA HISTORICA
DR. PIERRE FOY VALENCIADR. PIERRE FOY VALENCIALIMA, OCTUBRE 2004LIMA, OCTUBRE 2004
3.1 Perspectiva 3.1 Perspectiva histórica :histórica :
Teoría del Desarrollo Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Sostenible y su relación
con el Derecho con el Derecho AmbientalAmbiental
Conceptos y procesos históricos. Conceptos y procesos históricos. Documentos ecuménicos y Documentos ecuménicos y
Declaraciones internacionalesDeclaraciones internacionales
Teoría del Desarrollo Sostenible y su Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalrelación con el Derecho Ambiental
HISTORIA: LOS GRANDES HITOS
ESTOCOLMO 1972CONFERENCIA de las NACIONES UNIDAS sobre el MEDIO
HUMANONEW YORK 1982
CARTA MUNDIAL DE LA NATURALEZA
RIO DE JANEIRO 1992CONFERENCIA de las NACIONES UNIDAS sobre MEDIO AMBIENTE
Y DESARROLLO
JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL sobre el DESARROLLO SOSTENIBLE
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
1950:1950: FUNDAMENTOS DE ECOLOGIA DE LOS FUNDAMENTOS DE ECOLOGIA DE LOS HERMANOS ODUMHERMANOS ODUM
DÉCADA 60 INICIOS 70;DÉCADA 60 INICIOS 70; CONSTATACION DE CONSTATACION DE PROBLEMAS AMBIENTALES EN PERSPECTIVA PROBLEMAS AMBIENTALES EN PERSPECTIVA GLOBAL: CONTAMINACION ATMOSFERICA Y GLOBAL: CONTAMINACION ATMOSFERICA Y MARINA, LLUVIA ACIDA, PERDIDA DE MARINA, LLUVIA ACIDA, PERDIDA DE TIERRAS,ETC.TIERRAS,ETC.
19621962:: RAQUEL CARSON: LA PRIMAVERA RAQUEL CARSON: LA PRIMAVERA SILENCIOSA (SILENT SPRINGT) SILENCIOSA (SILENT SPRINGT)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19621962:: RAQUEL CARSON: LA PRIMAVERA RAQUEL CARSON: LA PRIMAVERA SILENCIOSA (SILENT SRINGT)SILENCIOSA (SILENT SRINGT)
GARRET: “LA TRAGEDIA DE LOS COMUNES” GARRET: “LA TRAGEDIA DE LOS COMUNES” COMMONER: “EL CIRCULO QUE SE CIERRA”COMMONER: “EL CIRCULO QUE SE CIERRA” (1966)(1966): : BOULDING: “LA ECONOMIA DE LA BOULDING: “LA ECONOMIA DE LA
NAVE ESPACIAL TIERRANAVE ESPACIAL TIERRA 19681968:: EHRLICH: “THE POPULATION BOMB EHRLICH: “THE POPULATION BOMB 19711971:: GOLDSMITH :“MANIFIESTO PARA LA GOLDSMITH :“MANIFIESTO PARA LA
SUPERVIENCIA. THE ECOLOGISTSUPERVIENCIA. THE ECOLOGIST
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
1968:1968: PROGRAMAS MAB (BIOSFERA Y MEDIO PROGRAMAS MAB (BIOSFERA Y MEDIO AMBIENTE) DE LA UNESCO AMBIENTE) DE LA UNESCO
1968:1968: CONVOCATORIA A LA CNUDMH CONVOCATORIA A LA CNUDMH 1970:1970: CELEBRACION PRIMER DIA DE LA TIERRA CELEBRACION PRIMER DIA DE LA TIERRA 1972:1972: DENNIS MOORE. INFORME DEL CLUB DE DENNIS MOORE. INFORME DEL CLUB DE
ROMA ELABORADO POR EL MASSACHUSETTS ROMA ELABORADO POR EL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY: “ LOS LIMITES INSTITUTE OF TECHNOLOGY: “ LOS LIMITES DEL CRECIMIENTO”. 9 MILLONES EJEMPLARES DEL CRECIMIENTO”. 9 MILLONES EJEMPLARES EN 29 IDIOMASEN 29 IDIOMAS
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE
EL MEDIO HUMANO (DECLARACION DE EL MEDIO HUMANO (DECLARACION DE ESTOCOLMO, 1972)ESTOCOLMO, 1972)
PROCLAMA: 7 LINEAMIENTOSPROCLAMA: 7 LINEAMIENTOS PRINCIPIOS (DE)PRINCIPIOS (DE)
• IGUALDAD (PR. 1)IGUALDAD (PR. 1)• UN DESARROLLO SOCIAL Y ECONOMICO (PR 8)UN DESARROLLO SOCIAL Y ECONOMICO (PR 8)• SOBERANA ESTATAL SOBRE LOS RECURSOS SOBERANA ESTATAL SOBRE LOS RECURSOS
NATURALES (PR. 21)NATURALES (PR. 21)• NO INTERFERENCIA (Pr. 21) NO INTERFERENCIA (Pr. 21)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL
MEDIO HUMANO (DECLARACION DE ESTOCOLMO, 1972)MEDIO HUMANO (DECLARACION DE ESTOCOLMO, 1972) PRINCIPIOS (DE)PRINCIPIOS (DE)
• COOPERACION INTERNACIONAL (PR. 24)COOPERACION INTERNACIONAL (PR. 24)• PREVENCION (DE DESPRENDE DE VARIOS: PREVENCION (DE DESPRENDE DE VARIOS: • PLANIFICACION (VARIOS: 14, 15, 17 ETC.)PLANIFICACION (VARIOS: 14, 15, 17 ETC.)• RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS (PR. 24)RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS (PR. 24)• OTROS TEMAS:OTROS TEMAS: “APARTHEID”, EDUCACION, “APARTHEID”, EDUCACION,
POLITICAS, PROTECCION DE LOS MARES, POLITICAS, PROTECCION DE LOS MARES, POBLACION, CIENCIA,TECNOLOGIA, PAZ, ETC.POBLACION, CIENCIA,TECNOLOGIA, PAZ, ETC.
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) 1972:1972: CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DESARROLLO Y EL MEDIO HUMANO SOBRE EL DESARROLLO Y EL MEDIO HUMANO (CNUDMH), ESTOCOLMO(CNUDMH), ESTOCOLMO
RESULTADOS:RESULTADOS: DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE
EL MEDIO HUMANO EL MEDIO HUMANO RECOMENDACIONES PARA LA ACCION (109)RECOMENDACIONES PARA LA ACCION (109)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) RESULTADOS:RESULTADOS:
RECOMENDACIONES PARA LA ACCION (109)RECOMENDACIONES PARA LA ACCION (109)• ORDENACION DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS ORDENACION DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS
(1 / 18)(1 / 18)• ORDENACION DE LOS RECURSOS NATURALES ORDENACION DE LOS RECURSOS NATURALES
(19/85)(19/85)• CONTAMINACION DE LOS MARES (86 / 94)CONTAMINACION DE LOS MARES (86 / 94)• ASPECTOS EDUCACIONALES, INFORMATIVOS, ASPECTOS EDUCACIONALES, INFORMATIVOS,
SOCIALES Y CULTURALES (95 / 101). SOCIALES Y CULTURALES (95 / 101). – El 97 1.b INSTITUIR UN DIA MUNDIAL DEL MEDIO El 97 1.b INSTITUIR UN DIA MUNDIAL DEL MEDIO
HUMANOHUMANO
• EL DESARROLLO Y EL MEDIO (102 / 109)EL DESARROLLO Y EL MEDIO (102 / 109)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
PROCESO POSTERIOR A ESTOCOLMO 72PROCESO POSTERIOR A ESTOCOLMO 72 LOS SISTEMAS JURÍDICAS DE LOS PAISE DEL MUNDO LOS SISTEMAS JURÍDICAS DE LOS PAISE DEL MUNDO
SON IMPACTADOS EN DISTINTA MEDIDA POR LAS SON IMPACTADOS EN DISTINTA MEDIDA POR LAS CONSIDERACIONES AMBIENTALES.POR EJEMPLO: LOS CONSIDERACIONES AMBIENTALES.POR EJEMPLO: LOS PROCESOS DE CONSTITUCIONLIZACION Y DE NORMAS PROCESOS DE CONSTITUCIONLIZACION Y DE NORMAS NACIONALES. EN EL PERU EL EFECTO ES RELATIVONACIONALES. EN EL PERU EL EFECTO ES RELATIVO
SE DESENCADENAN PROCESOS INTERNACIONALES PARA SE DESENCADENAN PROCESOS INTERNACIONALES PARA ENFOCAR TEMAS SECTORIALES DE MANERA INTEGRADA: ENFOCAR TEMAS SECTORIALES DE MANERA INTEGRADA: CONFERENCIAS SOBRE POBLACION,EDUCACION, MARES, CONFERENCIAS SOBRE POBLACION,EDUCACION, MARES, ASENTAMIENTOS,BOSQUES, FLORA Y FAUNA,ETC. ASENTAMIENTOS,BOSQUES, FLORA Y FAUNA,ETC.
SURGEN INICIATIVAS PARA GENERAR MAS SURGEN INICIATIVAS PARA GENERAR MAS INSTRUMENTOS JURÍDICOS INTERNACIONALESINSTRUMENTOS JURÍDICOS INTERNACIONALES
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
1980:1980: ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN (EMC),(EMC), PNUMA,UICN, WWF. PNUMA,UICN, WWF.
EMC:EMC: LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS PARA EL LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS PARA EL LOGRO DE UN DESARROLLO SOSTENIDOLOGRO DE UN DESARROLLO SOSTENIDO
OBJETIVOS DE LA CONSERVACIONOBJETIVOS DE LA CONSERVACION MANTENIMIENTO DE LOS PROCESOS ECOLOGICOS MANTENIMIENTO DE LOS PROCESOS ECOLOGICOS
ESENCIALESESENCIALES PRESERVACION DE LA DIVERSIDAD GENETICAPRESERVACION DE LA DIVERSIDAD GENETICA UTILIZACION SOSTENIDA DE LAS ESPECIES Y DE LOS UTILIZACION SOSTENIDA DE LAS ESPECIES Y DE LOS
ECOSISTEMASECOSISTEMAS REQUISITOS PRIORITARIOS: LOS PROCESOS REQUISITOS PRIORITARIOS: LOS PROCESOS
ECOLÓGICOS ESENCIALES, LA DIVERSIDAD GENÉTICA Y ECOLÓGICOS ESENCIALES, LA DIVERSIDAD GENÉTICA Y EL APROVECHAMIENTO SOSTENIDO.EL APROVECHAMIENTO SOSTENIDO.
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
1980:1980: ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN CONSERVACIÓN (EMC),(EMC), PNUMA,UICN, WWF. PNUMA,UICN, WWF.
CAP. 2 MANTENIMIENTO DE LOS PROCESOS CAP. 2 MANTENIMIENTO DE LOS PROCESOS ECOLOGICOS ESENCIALES:ECOLOGICOS ESENCIALES: SISTEMAS AGRICOLASSISTEMAS AGRICOLAS BOSQUESBOSQUES SISTEMAS COSTEROS Y DE AGUA DULCESISTEMAS COSTEROS Y DE AGUA DULCE
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
1980:1980: ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN (EMC),(EMC), PNUMA,UICN, WWF. PNUMA,UICN, WWF.
PRIORIDADES PARA LA ACCION A NIVEL NACIONALPRIORIDADES PARA LA ACCION A NIVEL NACIONAL ESTRATEGIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES DE ESTRATEGIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES DE
CONSERVACIONCONSERVACION POLITICA E INTEGRACION DE LA CONSERVACION AL DESARROLLOPOLITICA E INTEGRACION DE LA CONSERVACION AL DESARROLLO ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y ASIGNACION RACIONAL DEL ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y ASIGNACION RACIONAL DEL
APROVECHAMIENTOAPROVECHAMIENTO CAP 11: MEJORA DE LA CAPACIDAD DE GESTION: CAP 11: MEJORA DE LA CAPACIDAD DE GESTION: LEGISLACION Y LEGISLACION Y
ORGANIZACIÓNORGANIZACIÓN MEJORA DE LA CAPACIDAD DE GESTION: CAPACITACION E MEJORA DE LA CAPACIDAD DE GESTION: CAPACITACION E
INVESTIGACIONINVESTIGACION PUNTOS APOYO DE LA CONSERVACION:PARTICIPACION Y PUNTOS APOYO DE LA CONSERVACION:PARTICIPACION Y
EDUCACIONEDUCACION UN DESARROLLO RURAL BASADO EN LA CONSERVACIONUN DESARROLLO RURAL BASADO EN LA CONSERVACION
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
1980:1980: ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN (EMC),(EMC), PNUMA,UICN, WWF. PNUMA,UICN, WWF.
PRIORIDADES PARA LA ACCION A NIVEL INTERNACIONALPRIORIDADES PARA LA ACCION A NIVEL INTERNACIONAL LA ACCION A NIVEL INTERNACIONALLA ACCION A NIVEL INTERNACIONAL BOSQUES TROPICALES Y ZONAS ARIDASBOSQUES TROPICALES Y ZONAS ARIDAS PROGRAMA GLOBAL PARA PROTEGER LAS ZONAS RICAS PROGRAMA GLOBAL PARA PROTEGER LAS ZONAS RICAS
EN RECURSOS GENÉTICOSEN RECURSOS GENÉTICOS EL PATRIMONIO COMUN UNIVERSALEL PATRIMONIO COMUN UNIVERSAL ESTRATEGIAS PARA LAS CUENCAS HIDROGRÁFICAS Y ESTRATEGIAS PARA LAS CUENCAS HIDROGRÁFICAS Y
MARES INTERNACIONALESMARES INTERNACIONALES HACIA UN DESARROLLO SOSTENIDOHACIA UN DESARROLLO SOSTENIDO
MAPASMAPAS
NEW YORK 1982NEW YORK 1982CARTA MUNDIAL DE LA NATURALEZACARTA MUNDIAL DE LA NATURALEZA
NO SUSCRITA POR EL PERU NO SUSCRITA POR EL PERU SU CREACIÓN ESTUVO IMPULSADA POR LA TOMA DE CONCIENCIA A NIVEL SU CREACIÓN ESTUVO IMPULSADA POR LA TOMA DE CONCIENCIA A NIVEL
INTERNACIONAL DE QUE LOS BENEFICIOS QUE SE PUEDEN OBTENER DE LA INTERNACIONAL DE QUE LOS BENEFICIOS QUE SE PUEDEN OBTENER DE LA NATURALEZA DEPENDEN DE LA CAPACIDAD HUMANA DE MANTENER SUS NATURALEZA DEPENDEN DE LA CAPACIDAD HUMANA DE MANTENER SUS
PROCESOS NATURALES Y SUS FORMAS DE VIDA. ESTOS BENEFICIOS PELIGRAN PROCESOS NATURALES Y SUS FORMAS DE VIDA. ESTOS BENEFICIOS PELIGRAN CUANDO SE PRODUCE LA EXPLOTACIÓN EXCESIVA DE LOS RECURSOS CUANDO SE PRODUCE LA EXPLOTACIÓN EXCESIVA DE LOS RECURSOS
NATURALES Y LA DESTRUCCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS.NATURALES Y LA DESTRUCCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS.
ASPECTOS RELEVANTESASPECTOS RELEVANTESESTA CARTA CONSTITUYE UNO DE LOS PRIMEROS INTENTOS DE CONCRETAR LA ESTA CARTA CONSTITUYE UNO DE LOS PRIMEROS INTENTOS DE CONCRETAR LA PAZ INTERNACIONAL, A TRAVÉS DE LA ELABORACIÓN DE UNA ESTRATEGIA QUE PAZ INTERNACIONAL, A TRAVÉS DE LA ELABORACIÓN DE UNA ESTRATEGIA QUE PERMITIERA DIRIGIR LOS ESFUERZOS NACIONALES HACIA RUMBOS DISTINTOS PERMITIERA DIRIGIR LOS ESFUERZOS NACIONALES HACIA RUMBOS DISTINTOS
DE LOS QUE IMPONÍA LA GUERRA FRÍA, YA QUE MIENTRAS LA COMPETENCIA POR DE LOS QUE IMPONÍA LA GUERRA FRÍA, YA QUE MIENTRAS LA COMPETENCIA POR ACAPARAR RECURSOS ERA LA PRINCIPAL CAUSA DE LOS CONFLICTOS, LA ACAPARAR RECURSOS ERA LA PRINCIPAL CAUSA DE LOS CONFLICTOS, LA
CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA Y DE LOS RECURSOS NATURALES CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA Y DE LOS RECURSOS NATURALES FOMENTABA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ Y LA JUSTICIA. FOMENTABA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ Y LA JUSTICIA.
(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
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Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19821982:: CONFERENCIA DE NAIROBI (A 10 AÑOS DE ESTOCOLMO CONFERENCIA DE NAIROBI (A 10 AÑOS DE ESTOCOLMO DECLARACION DE NAIROBI. DE POCA O NULA DECLARACION DE NAIROBI. DE POCA O NULA
TRASCENDENCIA, SALVO LLAMAR LA ATENCION QUE SE TRASCENDENCIA, SALVO LLAMAR LA ATENCION QUE SE HABIA AVANZADO POCOHABIA AVANZADO POCO
19821982:: LA CARTA DE LA TIERRA (ONU). NO SUSCRITA POR LA CARTA DE LA TIERRA (ONU). NO SUSCRITA POR PERU PERU
19831983:: A RESULTAS DE LAS PREOCUPACION DE NAIROBI 1982 A RESULTAS DE LAS PREOCUPACION DE NAIROBI 1982 SE DESIGNA UNA COMISIÓN MUNDIAL SOBRE MEDIO SE DESIGNA UNA COMISIÓN MUNDIAL SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO, PRESIDIDA POR GRO BRUNTLAND AMBIENTE Y DESARROLLO, PRESIDIDA POR GRO BRUNTLAND QUIEN FUERA PRIMERA MINISTRA DE NORUEGAQUIEN FUERA PRIMERA MINISTRA DE NORUEGA
19871987:: TRAS CUATRO AÑOS DE TRABAJO CORPORATIVO CON TRAS CUATRO AÑOS DE TRABAJO CORPORATIVO CON CIENTOS DE ESPECIALIOSTAS DEL MUNDO, SE EXPIDE EL CIENTOS DE ESPECIALIOSTAS DEL MUNDO, SE EXPIDE EL ESTUDIO DE UNA TIERRA A UN MUNDO MAS CONOCIDO ESTUDIO DE UNA TIERRA A UN MUNDO MAS CONOCIDO COMO EL INFORME BRUNTLAND COMO EL INFORME BRUNTLAND
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987)
CONCEPTO DE DESARROLLO DURADERO CONCEPTO DE DESARROLLO DURADERO (SOSTENIBLE):(SOSTENIBLE): ASEGURAR QUE SATISFAGA LAS ASEGURAR QUE SATISFAGA LAS NECESIDADES DEL PRESENTE SIN COMPROMETER NECESIDADES DEL PRESENTE SIN COMPROMETER LAS CAPACIDADADES DE LAS FUTURAS LAS CAPACIDADADES DE LAS FUTURAS GENERACIONES PARA SATISFACER LAS PROPIAS GENERACIONES PARA SATISFACER LAS PROPIAS
PARTE I: PREOCUPACIONES COMUNESPARTE I: PREOCUPACIONES COMUNES 1. UN FUTURO AMENAZADO1. UN FUTURO AMENAZADO 2. HCIA EL DESARROLLO DURADERO2. HCIA EL DESARROLLO DURADERO 3. EL PAPEL DE LA ECONOMIA INTERNACIONAL3. EL PAPEL DE LA ECONOMIA INTERNACIONAL
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987)
PARTE II: TAREAS COMUNESPARTE II: TAREAS COMUNES 4. POBLACION Y RECURSOS HUMANOS4. POBLACION Y RECURSOS HUMANOS 5. SEGURIDAD ALIMENTARIA: SOSTENER LAS 5. SEGURIDAD ALIMENTARIA: SOSTENER LAS
POSIBILIDADES LATENTESPOSIBILIDADES LATENTES 6.ESPECIES Y ECOSISTEMAS: RECURSOS PARA EL 6.ESPECIES Y ECOSISTEMAS: RECURSOS PARA EL
DESARROLLODESARROLLO 7. ENERGIA: OPCIONES PARA EL MEDIO AMBIENTE Y EL 7. ENERGIA: OPCIONES PARA EL MEDIO AMBIENTE Y EL
DESARROLLODESARROLLO 8. LA INDUSTRIA: MAS PRODUCTOS CON MENOS RECURSOS8. LA INDUSTRIA: MAS PRODUCTOS CON MENOS RECURSOS 9. EL DESAFIO URBANO9. EL DESAFIO URBANO
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987)
PARTE III: ESFUERZOS COMUNESPARTE III: ESFUERZOS COMUNES 10. ADMINISTRAR LOS ESPACIOS COMUNES10. ADMINISTRAR LOS ESPACIOS COMUNES 11. PAZ, SEGURIDAD DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE11. PAZ, SEGURIDAD DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE 12. HACIA LA ACCION COMUN: PROPUESTAS PARA EL 12. HACIA LA ACCION COMUN: PROPUESTAS PARA EL
CAMBIO EN LAS INSTITUCIONES Y LAS LEYESCAMBIO EN LAS INSTITUCIONES Y LAS LEYES ANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS ANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS
PROPUESTOS PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE PROPUESTOS PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO DURADEROY EL DESARROLLO DURADERO
ANEXO 2: LA COMISION Y SU LABOR: ANEXO 2: LA COMISION Y SU LABOR:
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987)
12. HACIA LA ACCION COMUN: PROPUESTAS PARA EL 12. HACIA LA ACCION COMUN: PROPUESTAS PARA EL CAMBIO EN LAS INSTITUCIONES Y LAS LEYES. CAMBIO EN LAS INSTITUCIONES Y LAS LEYES. PROPUESTAS PARA LOS PLANOS NACIONAL, REGIONAL PROPUESTAS PARA LOS PLANOS NACIONAL, REGIONAL E INTERNACIONAL EN SEIS SECTORES PRIORITARIOSE INTERNACIONAL EN SEIS SECTORES PRIORITARIOS
1. IR A LAS FUENTES: SEGÚN LOS SISTEMAS 1. IR A LAS FUENTES: SEGÚN LOS SISTEMAS POLITICOS Y ECONOMICOSPOLITICOS Y ECONOMICOS
2. ENCARAR LOS EFECTOS:FORTALECER FUNCION Y 2. ENCARAR LOS EFECTOS:FORTALECER FUNCION Y CAPACIDAD DE ORGANOS DE PROTECCIÓN CAPACIDAD DE ORGANOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y GESTION DE RECURSOSAMBIENTAL Y GESTION DE RECURSOS
3.EVALUAR LOS RIESGOS MUNDIALES3.EVALUAR LOS RIESGOS MUNDIALES
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO
AMBIENTAL)AMBIENTAL) EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987)
12. HACIA LA ACCION COMUN: PROPUESTAS PARA EL 12. HACIA LA ACCION COMUN: PROPUESTAS PARA EL CAMBIO EN LAS INSTITUCIONES Y LAS LEYES. CAMBIO EN LAS INSTITUCIONES Y LAS LEYES. PROPUESTAS PARA LOS PLANOS NACIONAL, PROPUESTAS PARA LOS PLANOS NACIONAL, REGIONAL E INTERNACIONAL EN SEIS SECTORES REGIONAL E INTERNACIONAL EN SEIS SECTORES PRIORITARIOSPRIORITARIOS
4.SELECCIONES CONSCIENTES: COMUIDAD 4.SELECCIONES CONSCIENTES: COMUIDAD CIENTIFICA, GRUPOS PRIVADOS Y COMUNITARIOS, CIENTIFICA, GRUPOS PRIVADOS Y COMUNITARIOS, ONGSONGS
5.PROPORCIONAR LOS RECURSOS JURIIDICOS5.PROPORCIONAR LOS RECURSOS JURIIDICOS 6.INVIRTIENDO EN NUESTRO FUTURO6.INVIRTIENDO EN NUESTRO FUTURO
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987) ANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOSANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS I. PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES GENERALESI. PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES GENERALES
DERECHO HUMANO FUNDAMENTALDERECHO HUMANO FUNDAMENTAL IGUALDAD ENTRE LAS GENEREACIONESIGUALDAD ENTRE LAS GENEREACIONES CONSERVACION Y UTILIZACION DURADERACONSERVACION Y UTILIZACION DURADERA NORMAS PARA EL MEDIO AMBIENTE Y VIGILANCIANORMAS PARA EL MEDIO AMBIENTE Y VIGILANCIA EVALUACIONES PREVIAS DEL MEDIO AMBIENTEEVALUACIONES PREVIAS DEL MEDIO AMBIENTE NOTIFICACION PREVIA,IGUALDAD DE ACCESO Y PROCESO NOTIFICACION PREVIA,IGUALDAD DE ACCESO Y PROCESO
IMPARCIALIMPARCIAL DESARROLLO DURADERO Y ASISTENCIADESARROLLO DURADERO Y ASISTENCIA OBLIGACIONES GENERAL DE COOPERAROBLIGACIONES GENERAL DE COOPERAR
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987) ANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOSANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS II. PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES RELATIVOS A LOS II. PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES RELATIVOS A LOS
RECURSOS NATURALES Y A LAS INTERFERENCIAS RECURSOS NATURALES Y A LAS INTERFERENCIAS AMBIENTALES QUE TRASPASEN LAS FRONTERAS GENERALESAMBIENTALES QUE TRASPASEN LAS FRONTERAS GENERALES
UTILIZACION EQUITATIVA Y RAZONABLEUTILIZACION EQUITATIVA Y RAZONABLE PREVENCION Y SUPRESIONPREVENCION Y SUPRESION RESPONSABILIDAD ESTRICTARESPONSABILIDAD ESTRICTA ACUERDOS PREVIOS CUAND LOS COSTOS DE ACUERDOS PREVIOS CUAND LOS COSTOS DE
PREVENCION SEAN NOTABLEMENTE SUPERIORES A LOS PREVENCION SEAN NOTABLEMENTE SUPERIORES A LOS DAÑOSDAÑOS
NO DISCRIMINACIONNO DISCRIMINACION OBLIGACION GENERAL DE COOPERAR EN PROBLEMAS OBLIGACION GENERAL DE COOPERAR EN PROBLEMAS
AMBIENTALES TRANSFRONTERIZOSAMBIENTALES TRANSFRONTERIZOS
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
EL INFORME BRUNTLAND (1987)EL INFORME BRUNTLAND (1987) ANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOSANEXO 1: RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS II. PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES RELATIVOS A LOS II. PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES RELATIVOS A LOS
RECURSOS NATURALES Y A LAS INTERFERENCIAS RECURSOS NATURALES Y A LAS INTERFERENCIAS AMBIENTALES QUE TRASPASEN LAS FRONTERAS GENERALESAMBIENTALES QUE TRASPASEN LAS FRONTERAS GENERALES
INTERCAMBIO DE INFORMACIONESINTERCAMBIO DE INFORMACIONES EVALUACION Y NOTIFICACION PREVIASEVALUACION Y NOTIFICACION PREVIAS CONSULTAS PREVIASCONSULTAS PREVIAS ACUERDOS DE COOPERACION PARA LA EVALUACION Y ACUERDOS DE COOPERACION PARA LA EVALUACION Y
PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTEPROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE SITUACIONES DE EMERGENCIASITUACIONES DE EMERGENCIA IGUALDAD DE ACCESO Y TRATOIGUALDAD DE ACCESO Y TRATO
Iii. RESPONSABIIDAD DE LOS ESTADOSIii. RESPONSABIIDAD DE LOS ESTADOS IV. ARREGLO PACIFICO DE LAS CONTROVERSIASIV. ARREGLO PACIFICO DE LAS CONTROVERSIAS
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19891989:: CONVOCATORIA PARA LA CNUMAD 1992CONVOCATORIA PARA LA CNUMAD 1992 PROCESO PREPARATORIO A VARIOS NIVELES PROCESO PREPARATORIO A VARIOS NIVELES
INTERNACIONAL.INTERNACIONAL.• DOCUMENTOS E INSTRUMENTOS PREPARATORIOS DOCUMENTOS E INSTRUMENTOS PREPARATORIOS
REGIONAL: REGIONAL: • PLATAFORMA DE TLATELOLCO SOBRE MEDIO AMIENTE Y PLATAFORMA DE TLATELOLCO SOBRE MEDIO AMIENTE Y
DESARROLLO DE LOS PAÍSES DE AMERICA LATINA (1991)DESARROLLO DE LOS PAÍSES DE AMERICA LATINA (1991)• NUESTRA PROPIA AGENDA. COMISIÓN DE MEDIO NUESTRA PROPIA AGENDA. COMISIÓN DE MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO PARA AMERICA LATINA Y EL AMBIENTE Y DESARROLLO PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE (1991)CARIBE (1991)
• CEPAL. DESARROLLO SUSTENTABLE. TRANSFORMACION CEPAL. DESARROLLO SUSTENTABLE. TRANSFORMACION PRODUCTIVA, MEDIO AMBIENTE Y EQUIDAD (1991)PRODUCTIVA, MEDIO AMBIENTE Y EQUIDAD (1991)
NACIONAL NACIONAL • INFORME NACIONAL COMISION NACIONAL CNUMAD 1992 INFORME NACIONAL COMISION NACIONAL CNUMAD 1992
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19911991 CUIDAR LA TIERRA.ESTRATEGIA PARA EL FUTURO DE LA CUIDAR LA TIERRA.ESTRATEGIA PARA EL FUTURO DE LA VIDAVIDA
PARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLEPARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE 1. CONSTRUIR UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE1. CONSTRUIR UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE 2.RESPETAR Y CUIDAR LA COMUNIDAD DE LOS SERES VIVOS2.RESPETAR Y CUIDAR LA COMUNIDAD DE LOS SERES VIVOS 3. MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA HUMANA3. MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA HUMANA 4. CONSERVAR LA VITALIDAD Y DIVERSIDAD DE LA TIERRA4. CONSERVAR LA VITALIDAD Y DIVERSIDAD DE LA TIERRA 5. MANTENERSE DENTRO DE LA CAPACIDAD DE CARGA DE LA 5. MANTENERSE DENTRO DE LA CAPACIDAD DE CARGA DE LA
TIERRATIERRA 6. MODIFICAR LAS ACITUDES Y PRACTICAS PERSONALES6. MODIFICAR LAS ACITUDES Y PRACTICAS PERSONALES 7. FACULTAR A LAS COMUNIDADES PARA QUE CUIDEN SU M.A7. FACULTAR A LAS COMUNIDADES PARA QUE CUIDEN SU M.A 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA
INTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACIONINTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACION
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19911991 CUIDAR LA TIERRA. ESTRATEGIA PARA EL FUTURO DE CUIDAR LA TIERRA. ESTRATEGIA PARA EL FUTURO DE LA VIDALA VIDA
PARTE II. OTRAS ACCIONES EN PRO DE LA VIDA PARTE II. OTRAS ACCIONES EN PRO DE LA VIDA SOSTENIBLESOSTENIBLE
10. ENERGIA10. ENERGIA 11.SECTORES INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS11.SECTORES INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS 12. ASENTAMIENTOS HUMANOS12. ASENTAMIENTOS HUMANOS 13. TIERRAS AGRICOLAS Y GANADERAS13. TIERRAS AGRICOLAS Y GANADERAS 14. TIERRAS FORESTALES14. TIERRAS FORESTALES 15. AGUAS DULCES15. AGUAS DULCES 16 OCEANOS Y AREAS COSTERAS16 OCEANOS Y AREAS COSTERAS PARTE II. APLICACIÓN Y SEGUMIENTOPARTE II. APLICACIÓN Y SEGUMIENTO 17. APLICACIÓN DE LA ESTRATEGIA17. APLICACIÓN DE LA ESTRATEGIA
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19911991 CUIDAR LA TIERRA. CUIDAR LA TIERRA. PARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLEPARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE
8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA INTEGRACION 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACIONDEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACION
ACCIONES PRIORITARIASACCIONES PRIORITARIAS INSTITUCIONES CAPACES DE APLICAR A LA AODPCION DE INSTITUCIONES CAPACES DE APLICAR A LA AODPCION DE
DECISIONES UN ENFOQUE INTEGRADO E INTERSECTORIALDECISIONES UN ENFOQUE INTEGRADO E INTERSECTORIAL POLITICAS EFICACES Y MARCOS JURIDICOS GLOBALES QUE POLITICAS EFICACES Y MARCOS JURIDICOS GLOBALES QUE
SALVAGUARDEN LOS DERECXHOS HUMANOS, LOS INTERESES SALVAGUARDEN LOS DERECXHOS HUMANOS, LOS INTERESES DE LAS FUTURAS GENERACIONES, LA PRODUCTIVIDAD Y DE LAS FUTURAS GENERACIONES, LA PRODUCTIVIDAD Y DIVERSIDAD DE LA TIERRADIVERSIDAD DE LA TIERRA
POLITICAS ECONOMICAS Y TECNOLOGIA MEJORADAS QUE POLITICAS ECONOMICAS Y TECNOLOGIA MEJORADAS QUE ACRECIENTEN BENEFICIOS DE LOS RECURSOS Y MANTENGAN O ACRECIENTEN BENEFICIOS DE LOS RECURSOS Y MANTENGAN O INCLUSO AUMENTEN LA RIQUEZA NATURALINCLUSO AUMENTEN LA RIQUEZA NATURAL
SOLIDOS CONOCIMIENTOS, BASADOS EN LA INVESTIGACION Y SOLIDOS CONOCIMIENTOS, BASADOS EN LA INVESTIGACION Y EL MONITOREOEL MONITOREO
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19911991 CUIDAR LA TIERRA. CUIDAR LA TIERRA. PARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLEPARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA INTEGRACION 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA INTEGRACION
DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACIONDEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACION ACCIONESACCIONES 8.1 ADOPTAR ENFOQUE INTEGRADO EN LAS POLITICAS 8.1 ADOPTAR ENFOQUE INTEGRADO EN LAS POLITICAS
AMBIENTALESAMBIENTALES 8.2 ELABORAR ESTRATEGIAS DE SUSTENTABILIDAD Y 8.2 ELABORAR ESTRATEGIAS DE SUSTENTABILIDAD Y
APLICARLAS DIRECTAMENTE MEDIANTE PLANIFICACIÓN APLICARLAS DIRECTAMENTE MEDIANTE PLANIFICACIÓN REGIONAL Y LOCALREGIONAL Y LOCAL
8.3 EVALUACION AMBIENTAL Y ECONOMICA DE LOS PROYECTOS, 8.3 EVALUACION AMBIENTAL Y ECONOMICA DE LOS PROYECTOS, PROGRAMAS Y POLITICAS DE DESARROLLO PREPUESTOSPROGRAMAS Y POLITICAS DE DESARROLLO PREPUESTOS
8.4 INCLUIR COMPROMISO CON LOS PRINCIPIOS DE UNA 8.4 INCLUIR COMPROMISO CON LOS PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE EN LAS CONSTITITUCIONES Y OTROS SOCIEDAD SOSTENIBLE EN LAS CONSTITITUCIONES Y OTROS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE POLITICA NACIONALPRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE POLITICA NACIONAL
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19911991 CUIDAR LA TIERRA. CUIDAR LA TIERRA. PARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLEPARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE
8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACIONINTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACION
ACCIONESACCIONES 8.5 INSTITUIR AMPLIO SISTEMA DE DERECHO AMBIENTAL Y 8.5 INSTITUIR AMPLIO SISTEMA DE DERECHO AMBIENTAL Y
VELAR POR SU CUMPLIMIENTO Y APLICACIONVELAR POR SU CUMPLIMIENTO Y APLICACION 8.6 ANALIZAR IDONEIDAD DE CONTROLES JURIDICOS Y 8.6 ANALIZAR IDONEIDAD DE CONTROLES JURIDICOS Y
ADMINISTRATIVOS ASI COMO LOS MECANIMSO ENCARGADOS ADMINISTRATIVOS ASI COMO LOS MECANIMSO ENCARGADOS DE SU APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY, DE SU APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY, RECONOCIENDO LA LEGITIMIDAD DE LOS ENFOQUES LOCALES RECONOCIENDO LA LEGITIMIDAD DE LOS ENFOQUES LOCALES
8.7 ASEGURAR QUE EN LAS POLITICAS NACIONALES, LOS 8.7 ASEGURAR QUE EN LAS POLITICAS NACIONALES, LOS PLANES DE DESARROLLO, PRESUPUESTOS Y DECISIONES PLANES DE DESARROLLO, PRESUPUESTOS Y DECISIONES SOBRE INVERSION SE TOMEN PLENAMENTE CONSIDERANDO SOBRE INVERSION SE TOMEN PLENAMENTE CONSIDERANDO LOS EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTELOS EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19911991 CUIDAR LA TIERRA. CUIDAR LA TIERRA. PARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLEPARTE I. PRINCIPIOS DE UNA SOCIEDAD SOSTENIBLE
8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA 8. PROPORCIONAR UN MARCO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACIONINTEGRACION DEL DESARRIOLLO Y LA CONSERVACION
ACCIONESACCIONES 8.8 APLICAR POLITICAS ECONOMICAS PARA LOGRAR LA 8.8 APLICAR POLITICAS ECONOMICAS PARA LOGRAR LA
SUSTENTABILIDAD (EJ,. INSTRUMENTOS ECONOMICOS)SUSTENTABILIDAD (EJ,. INSTRUMENTOS ECONOMICOS) 8.9. DAR INCENTIVOS ECONOMICOS PARA LA 8.9. DAR INCENTIVOS ECONOMICOS PARA LA
CONERVACION Y EL USO SOSTENIBLECONERVACION Y EL USO SOSTENIBLE 8.10. FORTALECER LA BASE DE CONOIMIENTOS Y 8.10. FORTALECER LA BASE DE CONOIMIENTOS Y
FACILITAR EL ACCESO A LA INFORMACION SOBRE FACILITAR EL ACCESO A LA INFORMACION SOBRE CUESTIONES AMBIENTALESCUESTIONES AMBIENTALES
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19921992:: DECLARACION DE DUBLIN: AGUA Y DESARROLLO DECLARACION DE DUBLIN: AGUA Y DESARROLLO
SOSTENIBLESOSTENIBLE BANCO MUNDIAL: INFORME SOBRE EL DESARROLLO BANCO MUNDIAL: INFORME SOBRE EL DESARROLLO
MUNDIAL 1992 “DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE”MUNDIAL 1992 “DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE” CONSEJO EMPRESARIAL PARA EL DESARROLLO CONSEJO EMPRESARIAL PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE (STEPHAN SCHMIDHEINY). CAMBIANDO EL SOSTENIBLE (STEPHAN SCHMIDHEINY). CAMBIANDO EL RUMBO. UNA PERSPECTIVA GLOBAL DEL RUMBO. UNA PERSPECTIVA GLOBAL DEL EMPRESARIADO PARA EL DESARROLLO Y EL MEDIO EMPRESARIADO PARA EL DESARROLLO Y EL MEDIO AMBIENTE.DECLARACION DEL CONSEJO EMPRESARIAL AMBIENTE.DECLARACION DEL CONSEJO EMPRESARIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLEPARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
OTRAS ACTIVIDADES: MINERIA Y DESARROLLO OTRAS ACTIVIDADES: MINERIA Y DESARROLLO SOSTENIBLE, ETC.SOSTENIBLE, ETC.
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
19921992:: CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE (RÍO DE JANEIRO): DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE (RÍO DE JANEIRO): PRODUCTOS:PRODUCTOS:
DECLARACIÓNES SOBREDECLARACIÓNES SOBRE• MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO (“DECLARACION DE RIO”)MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO (“DECLARACION DE RIO”)• BOSQUES DE TODO TIPOBOSQUES DE TODO TIPO
CONVENIOSCONVENIOS• CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICACONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA• CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE
CAMBIO CLIMÁTICOCAMBIO CLIMÁTICO LA AGENDA 21 LA AGENDA 21 FONDO MUNDIAL DEL AMBIENTE (GEF)FONDO MUNDIAL DEL AMBIENTE (GEF) COMISION DE DESARROLLO SOSTENIBLECOMISION DE DESARROLLO SOSTENIBLE
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL) DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y
DESARROLLODESARROLLO PRINCIPIOSPRINCIPIOS
ANOTACIONES PREVIASANOTACIONES PREVIAS LOS PRINCIPIOS COMO YA SE VIO EN OTRO MODULO, LOS PRINCIPIOS COMO YA SE VIO EN OTRO MODULO,
SIRVEN PARA INTERPRETAR Y APLICAR LAS NORMAS SIRVEN PARA INTERPRETAR Y APLICAR LAS NORMAS JURIDICAS. JURIDICAS.
CUANDO ESTAN EN LAS PROPIAS NORMAS SON CUANDO ESTAN EN LAS PROPIAS NORMAS SON EFECTIVAMENTE OBLIGATORIOS, CUANDO ESTAN EN EFECTIVAMENTE OBLIGATORIOS, CUANDO ESTAN EN DECLARACIONES SON REFERENCIALES NO VINCULANTESDECLARACIONES SON REFERENCIALES NO VINCULANTES
MUCHOS PRINCIPOS DE LAS DECLARACIONES MUCHOS PRINCIPOS DE LAS DECLARACIONES AMBIENTALES EN REALIDAD NO SON PROPIAMENTE SOBRE AMBIENTALES EN REALIDAD NO SON PROPIAMENTE SOBRE TEMAS JURIDICOS, POR EJEMPLO LOS REFERIDOS A LA TEMAS JURIDICOS, POR EJEMPLO LOS REFERIDOS A LA POBREZA O A LA POBLACION. PERO EN EL FONDO TODOS POBREZA O A LA POBLACION. PERO EN EL FONDO TODOS PUEDEN SER LEIDOS BAJO UNA PERSPECTIVA JURIDICA DE PUEDEN SER LEIDOS BAJO UNA PERSPECTIVA JURIDICA DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA.MANERA DIRECTA O INDIRECTA.
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL) DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y
DESARROLLODESARROLLO PRINCIPIOSPRINCIPIOS
1. ANTROPECENTRICO1. ANTROPECENTRICO 2. SOBERANIA2. SOBERANIA 3. DESARROLLO SOSTENIBLE 3. DESARROLLO SOSTENIBLE 4. DESARROLLO INTEGRAL4. DESARROLLO INTEGRAL 5. POBREZA Y CALIDAD DE VIDA5. POBREZA Y CALIDAD DE VIDA 6. PRIORIDAD PAISES DESFAVORECIDOS6. PRIORIDAD PAISES DESFAVORECIDOS 7. COOPERACION Y RESPOPNSABILIDADES COMUNES PERO 7. COOPERACION Y RESPOPNSABILIDADES COMUNES PERO
DIFERENCIADASDIFERENCIADAS 8. PATRONES DE PRODUCCION, CONSUMO Y DEMOGRAFICOS 8. PATRONES DE PRODUCCION, CONSUMO Y DEMOGRAFICOS
INSOSTENIBLES INSOSTENIBLES 9. FORTALECER CAPACIDADES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS9. FORTALECER CAPACIDADES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS 10. PARTICIPACION, INFORMACION Y ACCESO A LA JUSTICIA 10. PARTICIPACION, INFORMACION Y ACCESO A LA JUSTICIA
AMBIENTALAMBIENTAL
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PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLODESARROLLO
PRINCIPIOS (CONTiNUA)PRINCIPIOS (CONTiNUA) 11. LEYES EFICACES11. LEYES EFICACES 12. SISTEMA ECONOMICO INTERNACIONAL Y POLITICAS 12. SISTEMA ECONOMICO INTERNACIONAL Y POLITICAS
COMERCIALESCOMERCIALES 13. RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACION DE LAS VICTIMAS13. RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACION DE LAS VICTIMAS 14. EVITAR TRASLADO DE SUSTANCIAS NOCIVAS14. EVITAR TRASLADO DE SUSTANCIAS NOCIVAS 15. PRINCIPIO PRECAUTORIO15. PRINCIPIO PRECAUTORIO 16. INTERNALIZACION DE COSTOS AMBIENTALES 16. INTERNALIZACION DE COSTOS AMBIENTALES
(“AFECTADOR PAGADOR”)(“AFECTADOR PAGADOR”) 17. EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL17. EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL 18. COOPERACION EN DESASTRES NATURALES U OTROS18. COOPERACION EN DESASTRES NATURALES U OTROS
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO PRINCIPALES HITOS DE LA RELACION DESARROLLO MEDIO AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)AMBIENTE (EN LA PERSPECTIVA JURÏDICO AMBIENTAL)
DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLODESARROLLO
PRINCIPIOS (CONTiNUA)PRINCIPIOS (CONTiNUA) 19. COOPERACION EN INFORMACION Y NOTIFICACION19. COOPERACION EN INFORMACION Y NOTIFICACION 20. ROL DE LAS MUJERES20. ROL DE LAS MUJERES 21. ROL DE LOS JOVENES21. ROL DE LOS JOVENES 22. POBLACIONES INDIGENAS Y SUS COMUNIDADES22. POBLACIONES INDIGENAS Y SUS COMUNIDADES 23. PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PUEBLOS OPRIMIDOS23. PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PUEBLOS OPRIMIDOS 24. CONFLICTSO ARMADOS E IMPACTOS AMBIENTALES24. CONFLICTSO ARMADOS E IMPACTOS AMBIENTALES 25. BUSQUEDA DE LA PAZ Y EL DESARROLLO25. BUSQUEDA DE LA PAZ Y EL DESARROLLO 26. RESOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOS 26. RESOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOS 27. COOPERACION DE BUENA FE Y SOLIDARIDAD EN LOS 27. COOPERACION DE BUENA FE Y SOLIDARIDAD EN LOS
PRINCIPIOS DE ESTA DECLARACIONPRINCIPIOS DE ESTA DECLARACION
AGENDA XXI (O PROGRAMA 21)AGENDA XXI (O PROGRAMA 21)
““BOSQUEJA LAS MEDIDAS REFERIDAS A LAS ACTIVIDADES BOSQUEJA LAS MEDIDAS REFERIDAS A LAS ACTIVIDADES HUMANAS QUE AFECTEN AL AMBIENTE QUE DEBEN TOMAR DESDE HUMANAS QUE AFECTEN AL AMBIENTE QUE DEBEN TOMAR DESDE AHORA HASTA EL SIGLO PRÓXIMO LOS GOBIERNOS, LOS AHORA HASTA EL SIGLO PRÓXIMO LOS GOBIERNOS, LOS ORGANISMOS DE LAS NACIONES UNIDAS, LAS ORGANIZACIONES ORGANISMOS DE LAS NACIONES UNIDAS, LAS ORGANIZACIONES DEDICADAS A LAS TAREAS DEL DESARROLLO, LAS ORGANIZACIONES DEDICADAS A LAS TAREAS DEL DESARROLLO, LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES Y LAS AGRUPACIONES INDEPENDIENTES.” NO GUBERNAMENTALES Y LAS AGRUPACIONES INDEPENDIENTES.”
ESTRUCTURAESTRUCTURA
•SECCIÓN I: DIMENSIONES SOCIALES Y ECONÓMICASSECCIÓN I: DIMENSIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS
•SECCIÓN II: CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS PARA EL SECCIÓN II: CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS PARA EL DESARROLLODESARROLLO
•SECCIÓN III: FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS GRUPOS SECCIÓN III: FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS GRUPOS PRINCIPALESPRINCIPALES
•SECCIÓN IV: MEDIOS DE EJECUCIÓNSECCIÓN IV: MEDIOS DE EJECUCIÓN
•(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION I. DIMENSIONES SOCIALES Y ECONOMICVASSECCION I. DIMENSIONES SOCIALES Y ECONOMICVAS
1. PREAMBULO1. PREAMBULO
2. COOPERACION INTERNACIONAL PARA ACELERAR EL 2. COOPERACION INTERNACIONAL PARA ACELERAR EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS PAISES EN DESARROLLO DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS PAISES EN DESARROLLO Y POLITICAS INTERNAS CONEXASY POLITICAS INTERNAS CONEXAS
3. LUCHA CONTRA LA POBREZA3. LUCHA CONTRA LA POBREZA
4. EVOLUCION DE LA MODALIDADES DEL CONSUMO4. EVOLUCION DE LA MODALIDADES DEL CONSUMO
5. DINAMICA DEMOGRAFICA Y SOSTENIBILIDAD5. DINAMICA DEMOGRAFICA Y SOSTENIBILIDAD
6. PROTECCION Y FOMENTO DE LA SALUD HUMANA6. PROTECCION Y FOMENTO DE LA SALUD HUMANA
7. FOMENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS 7. FOMENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOSASENTAMIENTOS HUMANOS
8. INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO 8. INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO EN LA ADOPCION DE DECISIONESEN LA ADOPCION DE DECISIONES
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION II. CONSERVACION Y GESTION DE LOS RECURSOSSECCION II. CONSERVACION Y GESTION DE LOS RECURSOS
9. PROTECCION DE LA ATMOSFERA9. PROTECCION DE LA ATMOSFERA
10. ENFOQUES INTEGRADOS DE LA PLANIFICACION Y LA 10. ENFOQUES INTEGRADOS DE LA PLANIFICACION Y LA ORDENACION DE LOS RECURSOS DE TIERRASORDENACION DE LOS RECURSOS DE TIERRAS
11. LUCHA CONTRA LA DEFORESTACION11. LUCHA CONTRA LA DEFORESTACION
12. ORDENACION DE LOS ECOSISTEMAS FRAGILES: LUCHA 12. ORDENACION DE LOS ECOSISTEMAS FRAGILES: LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION Y LA SEQUIACONTRA LA DESERTIFICACION Y LA SEQUIA
13. ORDENACION DE LOS ECOSISTEAS FRAGILES: DESARROLLO 13. ORDENACION DE LOS ECOSISTEAS FRAGILES: DESARROLLO SOSTENIBLE DE LAS ZONAS DE MONTAÑASOSTENIBLE DE LAS ZONAS DE MONTAÑA
14. FOMENTO DE LA AGRICULTURA Y DEL DESARROLLO RURAL 14. FOMENTO DE LA AGRICULTURA Y DEL DESARROLLO RURAL SOSTENIBLESOSTENIBLE
15. CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA15. CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA
16. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LA 16. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LA BIOTECNOLOGIA BIOTECNOLOGIA
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION II. CONSERVACION Y GESTION DE LOS SECCION II. CONSERVACION Y GESTION DE LOS RECURSOSRECURSOS
17. PROTECCION DE LOS OCEANOS Y DE LOS MARES DE 17. PROTECCION DE LOS OCEANOS Y DE LOS MARES DE TODO TIPO INCLUIDOS LOS MARES CERRADOS Y TODO TIPO INCLUIDOS LOS MARES CERRADOS Y SEMICERRADOS Y DE LAS ZONAS COSTERAS, Y SEMICERRADOS Y DE LAS ZONAS COSTERAS, Y PROTECCION, UTILIZACION RACIONAL Y DESARROLLO PROTECCION, UTILIZACION RACIONAL Y DESARROLLO DE DUS RECURSOS VIVOSDE DUS RECURSOS VIVOS
18. PROTECCION DE LA CALIDAD Y SUMINISTRO DE LOS 18. PROTECCION DE LA CALIDAD Y SUMINISTRO DE LOS RECURSOS DE AGUA DULCE: APLICACIÓN DE CRITERIOS RECURSOS DE AGUA DULCE: APLICACIÓN DE CRITERIOS INTEGRADOS PARA EL APROVECHAMIENTO, INTEGRADOS PARA EL APROVECHAMIENTO, ORDENACION Y USO DE LOS RECURSOS DE AGUA DULCE ORDENACION Y USO DE LOS RECURSOS DE AGUA DULCE
19. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS 19. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUIMICOS TOXICOS, INCLUIDA LA PRODUCTOS QUIMICOS TOXICOS, INCLUIDA LA PREVENCION DEL TRAFICO INTERNACIONAL ILICITO DE PREVENCION DEL TRAFICO INTERNACIONAL ILICITO DE PRODUCTOS TOXICOS Y PELIGROSOSPRODUCTOS TOXICOS Y PELIGROSOS
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION II. CONSERVACION Y GESTION DE LOS SECCION II. CONSERVACION Y GESTION DE LOS RECURSOSRECURSOS
20. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS 20. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS DESECHOS PELIGROSOS INCLUIDA LA PREVENCION DESECHOS PELIGROSOS INCLUIDA LA PREVENCION DEL TRAFICO INTERNACIONAL ILICITO DE DESECHOS DEL TRAFICO INTERNACIONAL ILICITO DE DESECHOS PELIGROSOS PELIGROSOS
21. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS 21. GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS DESECHOS SOLIDOS Y CUESTIONES RELACIONADAS DESECHOS SOLIDOS Y CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS AGUAS CLOACALESCON LAS AGUAS CLOACALES
22. GESTION INOCUA Y ECOLOGICAMENTE RACIONAL 22. GESTION INOCUA Y ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE LOS DESECHOS RADIOACTIVODE LOS DESECHOS RADIOACTIVO
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION III. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS SECCION III. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS GRUPOS PRINCIPALESGRUPOS PRINCIPALES
23. PREAMBULO23. PREAMBULO
24. MEDIDAS MUNDIALES A FAVOR DE LA MUJER24. MEDIDAS MUNDIALES A FAVOR DE LA MUJER
25. LA INFANCIA Y LA JUVENTUD EN EL DESARROLLO 25. LA INFANCIA Y LA JUVENTUD EN EL DESARROLLO SOSTENIBLESOSTENIBLE
26. RECONOCIMIENTO Y FORTALECIMIENTO DEL 26. RECONOCIMIENTO Y FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LAS POBLACIONES INDIGENAS Y SUS PAPEL DE LAS POBLACIONES INDIGENAS Y SUS COMUNIDADES COMUNIDADES
27. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LAS ONGS 27. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LAS ONGS ASOCIADAS EN LA BUSQUEDA DE UN DESARROLLO ASOCIADAS EN LA BUSQUEDA DE UN DESARROLLO SOSTENIBLESOSTENIBLE
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION III. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS SECCION III. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS GRUPOS PRINCIPALESGRUPOS PRINCIPALES
28. INICIATIVAS DE LAS AUTORIDADES LOCALES EN 28. INICIATIVAS DE LAS AUTORIDADES LOCALES EN APOYO DEL PROGRAMA 21APOYO DEL PROGRAMA 21
29. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS 29. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS TRABAJADORES Y SUS SINDICATOSTRABAJADORES Y SUS SINDICATOS
30. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DEL COMERCIO Y 30. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DEL COMERCIO Y LA INDUSTRIALA INDUSTRIA
31. LA COMUNIDAD CIENTIFICA Y TECNOLOGICA31. LA COMUNIDAD CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
32. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS 32. FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LOS AGRICULTORESAGRICULTORES
33. RECURSOS Y MECANISMOS DE FINANCIACION33. RECURSOS Y MECANISMOS DE FINANCIACION
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION IV. MEDIOS DE EJECUCIONSECCION IV. MEDIOS DE EJECUCION
34. TRASFERENCIA DE TECNOLOGIA ECOLOGICAMENTE 34. TRASFERENCIA DE TECNOLOGIA ECOLOGICAMENTE RACIONAL, COOPERACION Y AUMENTO DE LA CAPACIDADRACIONAL, COOPERACION Y AUMENTO DE LA CAPACIDAD
35. LA CIENCIA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE35. LA CIENCIA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
36. FOMENTO DE LA EDUCACION, LA CAPACITACION Y LA 36. FOMENTO DE LA EDUCACION, LA CAPACITACION Y LA TOMA DE CONCIENCIATOMA DE CONCIENCIA
37. MECANISMSO NACIONALES Y COOPERACION 37. MECANISMSO NACIONALES Y COOPERACION INTERNACIONAL PARA AUMENTAR LA CAPACIDAD INTERNACIONAL PARA AUMENTAR LA CAPACIDAD NACIONAL EN LOS PAISES EN DESARROLLONACIONAL EN LOS PAISES EN DESARROLLO
38. ARREGLOS INSTITUCIONALES INTERNACIONALES38. ARREGLOS INSTITUCIONALES INTERNACIONALES
39. INSTRUMENTOS Y MECANISMSO JURIDICOS 39. INSTRUMENTOS Y MECANISMSO JURIDICOS INTERNACIONALESINTERNACIONALES
INFORMACION PARA LA ADOPCION DE DECISIONESINFORMACION PARA LA ADOPCION DE DECISIONES
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
LA AGENDA 21LA AGENDA 21
SECCION I DIMENSIONES SOCIALES Y ECONOMICVASSECCION I DIMENSIONES SOCIALES Y ECONOMICVAS
8. INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO 8. INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO EN LA ADOPCION DE DECISIONESEN LA ADOPCION DE DECISIONES
““AREAS DE PROGRAMAAREAS DE PROGRAMA
A. INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO A A. INTEGRACION DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO A NIVEL DE POLITICAS, PLANIFICACION Y GESTIONNIVEL DE POLITICAS, PLANIFICACION Y GESTION
B. ESTABLECIMIENTO DE UN MARCO JURIDICO Y B. ESTABLECIMIENTO DE UN MARCO JURIDICO Y REGLAMENTARIO EFICAZREGLAMENTARIO EFICAZ
C. UTILIZACION EFICAZ DE INSTRUMENTOS ECONOMICOS E C. UTILIZACION EFICAZ DE INSTRUMENTOS ECONOMICOS E INCENTIVOS DE MERCADO Y DE OTRO TIPOINCENTIVOS DE MERCADO Y DE OTRO TIPO
D. ESTABLECIMIENTO DE CONTABILIDAD ECOLOGICA Y D. ESTABLECIMIENTO DE CONTABILIDAD ECOLOGICA Y ECONOMICA INTEGRADAECONOMICA INTEGRADA
DECLARACION MINISTERIAL DE MALMO (SUECIA)DECLARACION MINISTERIAL DE MALMO (SUECIA)
29 AL 31 DE MAYO DE 200029 AL 31 DE MAYO DE 2000
PRIMER FORO AMBIENTAL MUNDIAL A NIVEL MINISTERIALPRIMER FORO AMBIENTAL MUNDIAL A NIVEL MINISTERIAL
(RESOLUCIÓN 53/242 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES (RESOLUCIÓN 53/242 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS DE 1999)UNIDAS DE 1999)
OBJETO GENERAL: EXAMEN DE NUEVAS E IMPORTANTES CUESTIONES OBJETO GENERAL: EXAMEN DE NUEVAS E IMPORTANTES CUESTIONES AMBIENTALESAMBIENTALES
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN:CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN:
- PROBLEMAS AMBIENTALES PRINCIPALES DEL SIGLO XXIPROBLEMAS AMBIENTALES PRINCIPALES DEL SIGLO XXI
- EL SECTOR PRIVADO Y EL MEDIO AMBIENTEEL SECTOR PRIVADO Y EL MEDIO AMBIENTE
- SOCIEDAD CIVIL Y MEDIO AMBIENTESOCIEDAD CIVIL Y MEDIO AMBIENTE
- EXAMEN DE LA CNUMADEXAMEN DE LA CNUMAD
- CONCLUSIÓN CONCLUSIÓN (CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
JOHANNESBURGO 2002JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLECUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE
PROCESO PREPARATORIOPROCESO PREPARATORIO
PLANO INTERNACIONALPLANO INTERNACIONAL- PRIMER COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM1)- PRIMER COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM1)31 DE ABRIL A 2 DE MAYO DE 2001, NUEVA YORK31 DE ABRIL A 2 DE MAYO DE 2001, NUEVA YORK- SEGUNDO COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM2)- SEGUNDO COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM2)28 DE ENERO A 8 DE FEBRERO DE 2002, NUEVA YORK28 DE ENERO A 8 DE FEBRERO DE 2002, NUEVA YORK- TERCER COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM3)- TERCER COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM3)25 DE MARZO A 5 DE ABRIL DE 2002, NUEVA YORK25 DE MARZO A 5 DE ABRIL DE 2002, NUEVA YORK- CUARTO COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM4)- CUARTO COMITÉ PREPARATORIO DE LA CUMBRE (PREPCOM4)27 DE MAYO A 7 DE JUNIO DE 2002, BALI, INDONESIA27 DE MAYO A 7 DE JUNIO DE 2002, BALI, INDONESIA
PLANO REGIONAL: AFRICA, ASIA Y EL PACÍFICO, EUROPA Y PLANO REGIONAL: AFRICA, ASIA Y EL PACÍFICO, EUROPA Y AMÉRICA DEL NORTE, AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE, ASIA AMÉRICA DEL NORTE, AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE, ASIA OCCIDENTAL.OCCIDENTAL.
PLANO NACIONALPLANO NACIONAL
(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
JOHANNESBURGO 2002JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO
SOSTENIBLE SOSTENIBLE El Secretario General de Naciones Unidas, El Secretario General de Naciones Unidas, Kofi Annan, identificó como temas centrales Kofi Annan, identificó como temas centrales para las negociaciones llevadas a cabo para las negociaciones llevadas a cabo durante la Cumbre:durante la Cumbre:
Agua y SanidadAgua y Sanidad
EnergíaEnergía
Productividad agrícolaProductividad agrícola
BiodiversidadBiodiversidad
Salud Salud (CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
JOHANNESBURGO 2002JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE
INSTRUMENTOSINSTRUMENTOS
PLAN DE APLICACIÓN DE LAS DECISIONES DE LA PLAN DE APLICACIÓN DE LAS DECISIONES DE LA CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE (INCLUYE METAS)(INCLUYE METAS)
DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO SOBRE EL DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLEDESARROLLO SOSTENIBLE
(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
JOHANNESBURGO 2002JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DECLARACIÓN DECLARACIÓN
DESDE NUESTRO ORIGEN HASTA EL FUTURODESDE NUESTRO ORIGEN HASTA EL FUTURO
DE ESTOCOLMO A RÍO A JOHANNESBURGODE ESTOCOLMO A RÍO A JOHANNESBURGO
LOS GRANDES PROBLEMAS QUE DEBEMOS RESOLVERLOS GRANDES PROBLEMAS QUE DEBEMOS RESOLVER
NUESTRO COMPROMISO CON EL DESARROLLO NUESTRO COMPROMISO CON EL DESARROLLO SOSTENIBLESOSTENIBLE
(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN)
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
JOHANNESBURGO 2002JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE
•PLAN DE APLICACIÓN PLAN DE APLICACIÓN •INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN•ERRADICACIÓN DE LA POBREZAERRADICACIÓN DE LA POBREZA•MODIFICACIÓN DE LAS MODALIDADES INSOSTENIBLES DE CONSUMO MODIFICACIÓN DE LAS MODALIDADES INSOSTENIBLES DE CONSUMO Y PRODUCCIÓNY PRODUCCIÓN•PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE LA BASE DE RECURSOS NATURALES DEL PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE LA BASE DE RECURSOS NATURALES DEL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIALDESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL•EL DESARROLLO SOSTENIBLE EN UN MUNDO EN VÍAS DE EL DESARROLLO SOSTENIBLE EN UN MUNDO EN VÍAS DE GLOBALIZACIÓN GLOBALIZACIÓN •LA SALUD Y EL DESARROLLO SOSTENIBLELA SALUD Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE•DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS PEQUEÑOS ESTADOS INSULARES DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS PEQUEÑOS ESTADOS INSULARES EN DESARROLLOEN DESARROLLO•DESARROLLO SOSTENIBLE PARA AFRICADESARROLLO SOSTENIBLE PARA AFRICA•OTRAS INICIATIVAS REGIONALESOTRAS INICIATIVAS REGIONALES•MEDIOS DE EJECUCIÓNMEDIOS DE EJECUCIÓN•MARCO INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLEMARCO INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN(CREDITOS: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN))
Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación Teoría del Desarrollo Sostenible y su relación con el Derecho Ambientalcon el Derecho Ambiental
CUARTA PARTE CUARTA PARTE DERECHODERECHO
INTERNACIONAL INTERNACIONAL AMBIENTALAMBIENTAL
DR. PIERRE FOY VALENCIADR. PIERRE FOY VALENCIALIMA, OCTUBRE 2004LIMA, OCTUBRE 2004
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL
El derecho intenacional yla protección ambiental
el ambiente, sus factores y elementos no reconocen fronteras políticasello determina la necesidad de la concurrencia del ordenamiento internacional para el cumplimiento de la función ambiental del derecho
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL
Límites y dificultades
para la contribución
a la protección ambiental
principios básicos del Derecho Intenacional Público, antagónicos:
imperiun sobre los territorios
sobre los que se ejerce soberanía
epistemológicas: polisemia del término ambiente,problemas conceptuales
jurídicas:
libre disposición sobre los bienes
no nacionalizados
cuestiones de Derecho Internacional Privado:
determinación de jurisdicción competente
posibilidad de hacer efectivos
los fallos
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL
ELEMENTOS CONSOLIDADOS:
• desde una perspectiva sustantiva o material
objeto: medio vital humano, en su dimensión plantearia y universal
sistema ambiental global
preocupación holística acción sectorial
• líneas maestras de la evolución del Derecho Ambiental Internacional: nuevo objetivo totalizante desarrollo sustentable
garantizar condiciones de vida satisfactorias para las generaciones presentes y futuras
• metodología operativa: marcada apertura pluridisciplinar.
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL
Dimensión internacional de la protección ambiental
unidad ambiental compartimentación política y jurídica: El estado soberano ejerce competencias exclusivas sobre sus terrritorioGlobal commons: espacios no sometidos a soberanía estatalcontinum ecológico: elementos vitales del sistema mundial que aún sujetos a soberanía estatal revisten valor comunitario
internacionalización de los problemas ambientales
contaminación transfronteriza
exportación de contaminzación
creciente globalismo del sistema económico
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL
Factores condicionantes de la
dimensión internacional de la protección ambiental:diversidad de los elementos ambientales en las diversas regionesdesigual repartición de los conocimientos científicos y tecnológicosdesigual nivel de desarrollo económico de los diferentes paísesfactor político
Intereses estatales en presencia:
relaciones de dominación consecuencia: encubrimiento de objetivos políticos estatales bajo apariencia de exigencias científicas (política de doble estándar) relaciones de reciprocidad relaciones de cooperación orientación satisfacción de objetivos colectivos: IDEA DE PROTECCION DE PATRIMONIO AMBIENTAL
DE LA HUMANIDAD
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
PREHISTORIA
Etapa inicial: ERA DEL UTILITARISMO AMBIENTAL(Desde el Siglo XX hasta 1º Guerra Mundial)
Protección de los elementos ambientales de utilidad para la producción o comercialización Segunda etapa: ERA DE LA NATURALEZA VIRGEN
(Desde 1930 hasta 2º Guerra Mundial)Defensa de los espacios naturales y riquezas biológicas de los territorios vírgenes sometidos a colonización.Tercera etapa: ERA ECOLÓGICA PROPIAMENTE DICHA
(Desde década del 60 hasta 1972)Nacimiento del pensamiento ambientalista.Aparición de los primeros instrumentos internacionales ambientales
EVOLUCION HISTORICA
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
EVOLUCION HISTORICA
HISTORIA: LOS GRANDES HITOS
ESTOCOLMO 1972CONFERENCIA de las NACIONES UNIDAS sobre el MEDIO HUMANO
NEW YORK 1982CARTA MUNDIAL DE LA NATURALEZA
RIO DE JANEIRO 1992CONFERENCIA de las NACIONES UNIDAS sobre MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL sobre el DESARROLLO SOSTENIBLE
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE
PERSPECTIVA INTERNACIONAL DEL DESARROLLO SOSTENIBLE
OBJETIVO ECONOMICO
OBJETIVO SOCIAL Y CULTURAL
OBJETIVO ECOLOGICO
PROCESO: solidario y equitativo
Criterio de orientación para las políticas económicas de los Estados a escala universal, regional y local para el logro de un desarrollo compatible con la preservación del ambiente.
Los objetivos primordiales y requisitos fundamentales de un Desarrollo Sostenible son: “la erradicación de la pobreza, la modificación de pautas insostenibles de producción y consumo y la protección y ordenación de la base de recursos naturales para el desarrollo social y económico.
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
Caracteres del Derecho Ambiental InternacionalFUNCIONALIDAD: sus normas poseen una naturaleza marcadamente funcional•es un derecho tuitivo orientado a proteger al ambiente en su conjunto•sus normas tienen una orientación eminentemente preventiva•la normativa adquiere frecuentemente un sesgo prospectivo•sus normas poseen un marcado carácter instrumentalMULTIDIMENSIONALIDAD: producto de su objeto que es indivisible, en cuanto a que el entorno global constituye un ámbito multifacético en el que confluyen elementos, valores e intereses de signo diferentes•sus normas responden a intereses de signo político y ético•depende de las exigencias de la economía•es especialmente tributario del juego de elementos de carácter científico y tecnológico•posee una marcada dimensión pluridisciplinarMARCADO PREDOMINIO DEL SOFT LAW•en su dimensión normativa: el método del consenso•en su dimensión aplicativa•ventajas y desventajasEMERGENCIA DEL HARD LAW•presencia del hard law•alcance•dificultades
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
TRATADOS
Predominio de la fuente convencional
Características propias de los convenios ambientales
configuración usual: “tratado – ley”
clara tendencia a la institucionalización
tendencia a dividir sus disposiciones en dos bloques separados: parte sustantiva y parte técnica
tendencia a establecer procedimientos de enmienda y modificación particularmente simplificados
creciente complejidad
Evolución de la técnica normativa
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
COSTUMBREDiscusión doctrinaria Escasez de reglas consuetudinarias específicasRelevancia del procedimiento consuetudinario general
JURISPRUDENCIAobra de los tribunales judiciales o arbitralesdesarrollo relativamente escasoactual apertura a un cambio
DOCTRINAnotable desarrollo
PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS INFORMALESLos impulsos: actuación de organismos y conferencias internacionales. La actuación de las ONGs.
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
PRINCIPIOS
Principio de cooperación internacional para la protección del medio ambiente
Principio de soberanía de los Estados para el establecimiento de su política ambiental y de desarrollo
Principio de obligatoriedad de intervención estatal
Principio de previsión (PRINCIPIO DE PRECAUCION?)
Principio de prevención
Principio de prevención del daño ambiental transfronterizo
Principio de evaluación de impacto ambiental
Principio de responsabilidad y reparación de daños ambientales
Principio contaminador-pagador
Principio de información y comunicación ambiental
Principio de educación ambiental
Principio de la participación ciudadana
Principio de modificación de las pautas insostenibles de producción y consumo
Principio de establecimiento de una política demográfica adecuada
Principio de desarrollo sostenible
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
APLICACIÓN
Las carencias esenciales del ordenamiento ambiental internacional derivan del insuficiente grado de cumplimiento eficaz de las normas.
• razones de índole teórica: carencia de substrato conceptual y terminológico consolidado• razones de índole práctica: factores que hacen a los estados refractarios a aceptar sistemas de aplicación que limiten su capacidad de acción autónoma• factores económicos• elementos científicos técnicos
• papel desarrollado por las ONGs• mayor participación de los particulares• necesidad de crear nuevos instrumentos• constitución de Sala Especial permanente del Tribunal Internacional de Justicia para asuntos de medio ambiente (1993)• proyectos de creación de un Tribunal Internacional del Medio Ambiente
ASPECTOS GENERALES
DIFICULTADES
ORIGINARIAS
EVOLUCION ACTUAL
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
EL CONTROL DE LA APLICACION DE LAS NORMAS INTERNACIONALESEN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE
Engloba:. técnicas de aplicación de las normas en sentido genérico. procedimientos concretos para asegurar su cumplimiento
Mecanismos y técnicas de control:. orientación preventiva. carácter soft. buscan más la incentivación que la sanción
•DIVERSIDAD DE TECNICAS
PROCEDIMIENTOS INFORMATIVOS•procedimientos meramente informativos•sistema de autorización previa•procedimientos de evaluación de riesgos•procedimientos de fiscalización aplicables a posteriori •medidas más innovadoras: .eco-etiquetas . eco-auditorias .eco-tasa
PROCEDIMIENTOS ADMONITORIOS•procedimientos para determinar el incumplimientosistema de observación e inspección por observadores e inspectores nombrados al efecto
•ORIENTACION PREVENTIVA
•INSTANCIAS DE CONTROL•papel preponderante de los estados mismos.•limitada participación de las organizaciones internacionales competentes en materia de control de la aplicación de normas
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL EN EL DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL
DIFICULTADES PARTICULARES
•razones de orden técnico•razones de orden político y económico•de los estados a evitar el planteamiento de reclamaciones basadas en perjuicios ambientales•tendencia a canalizar las reclamaciones mediante la solución de controversias•tendencia de los estados a autoexcluirse como sujetos activos y pasivos de responsabilidad internacional.•tendencia a derivar las cuestiones al terreno de las relaciones entre los particulares
ASPECTOS GENERALES
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
TENDENCIAS EXPANSIVAS
•ampliación del alcance de la responsabilidad por acto ilícito para incluir la figura del crimen ecológico internacional.•consideración de la posibilidad de una responsabilidad internacional por las consecuencias perjudiciales de actos no prohibidos por el Derecho Ambiental Internacional•tendencia a admitir la imputación a los Estados las acciones de los particulares que actúan bajo su jurisdicción o control•expansión material o geográfica de la responsabilidad internacional de los Estados•expansión de la noción de daño ambiental incluyendo todo daño que alcance una entidad suficiente
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL EN EL DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL
ASPECTOS GENERALES
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
•plena aplicación al terreno ambiental del principio “la violación de una obligación internacional entraña la obligación de reparar”•tendencia a que se diluya en la práctica la barrera entre la indiscutible responsabilidad por acto ilícito de la más opinable responsabilidad por la producción de un daño ambiental meramente accidental
SITUACION ACTUAL
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL EN EL DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL
ASPECTOS GENERALES
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
LA RESPONSABILIDAD DE LOS ESTADOS POR ACTO ILICITO
•creciente acuerdo doctrinal en que los límites entre la conducta estatal lícita e ilícita quedan determinados por el criterio de la “debida diligencia”•en los casos de daño producido por actos de los particulares la responsabilidad del estado es por omisión en su actividad de prevención o represión•necesidad de definir con precisión la naturaleza de los ecoestandards o estándares técnicos que determinan los parámetros de legalidad de las conductas ambientales de los Estados
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD DE LOS ESTADOS POR EL CRIMEN ECOLOGICO INTERNACIONAL
•Fundamento jurídicoacto ilícito de particular gravedad merecedor de un régimen de responsabilidad especial.grave atentado contra las exigencias de la equidad intergeneracional que integra la noción de desarrollo sustentablela institución traduce mínimas exigencias de solidaridad para con las generaciones presentes y futuras •Condiciones de aplicaciónViolación de una obligación de importancia esencial para la salvaguarda y protección del medio humano (de carácter permanente, imperativo y universal)Violación grave (caracterizada por su magnitud, persistencia, envergadura de sus posibles efectos nocivos o por su excepcional malicia).Gravedad subjetiva (intención antijurídica del estado responsable que busca precisamente producir un daño masivo al medio ambiente•Dificultades persistentesproblema de la existencia de una legitimación jurídica universal para la persecución de los crímenes internacionales contra el patrimonio ecológico de la humanidadnecesidad de establecer un régimen distinto de responsabilidad caracterizado por consecuencias jurídicas más graves
DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD DE LOS ESTADOS POR DAÑOS AMBIENTALES RESULTANTES DE ACTOS NO PROHIBIDOS POR EL DERECHO INTERNACIONAL
•Fundamento: el daño resultante de una actuación arriesgada •Principio subyacente: equidad y justicia: ningún Estado debe pagar los daños ambientales derivados de riesgos extraordinarios creados por otros Estados•Establecimiento de un equilibrio compensatorio entre los intereses contrapuestos entre quienes quieren realizar actividades ecológicamente peligrosas y quienes buscan una garantía frente a sus eventuales consecuencias perjudiciales •Punto de equilibrio: establecimiento de un régimen más estricto de responsabilidad
DERECHO INTERNACIONALDERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
LA SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS INTERNACIONALESRELATIVAS A LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
PROCEDIMIENTOS
ESTABLECIDOS
•Rigen los principios generales del Derecho Internacional: obligación de los Estados de resolver sus controversias exclusivamente por medios pacíficos y libertad de elección del medio de solución determinado de común acuerdo.•en general en la materia se caracteriza por su fragmentación y falta de uniformidad•preferencia de los Estados por el arbitraje sobre el recurso a Tribunal Internacional de Justicia•innovación en materia de arbitraje: arbitraje especializado•conciliación a través de una comisión compuesta por especialistas •creación de una Sala Especial permanente del Tribunal Internacional de Justicia para asuntos de medio ambiente
PRACTICA
EN LA
MATERIA
•los procedimientos de solución de controversias han sido muy escasamente empleados en la práctica•los Estados han preferido la utilización de otros procedimientos informales más flexibles y discretos que permitan un arreglo ad hoc o la superación de la crisis coyuntural
EJEMPLOS DE BLOQUES DE INTEGRACION REGIONAL
AEC
ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE
ALCA
AREA DE LIBRE COMERCIO DE LAS
AMERICAS
CARICOM
CARIBBEAN COMMUNITY
SADC
SOUTHERN AFRICA DEVELOPMENT COMMUNITYALADI
ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION
ALADI
ARGENTINA
BOLIVIA
BRASIL
CHILE
COLOMBIA
ECUADOR
MEJICO
PARAGUAY
PERU
URUGUAY
VENEZUELA
APEC
ASIA-PACIFIC ECONOMIC COOPERATION
APEC
AUSTRALIA
BRUNEI DARUSSALAM
CANADA
INDONESIA
JAPON
KOREA
MALASIA
NUEVA ZALANDA
FILIPINAS
SINGAPUR
TAILANDIA
ESTADOS UNIDOS
ASEAN
ASSOCIATION OF
SOUTHEAST ASIAN NATIONS
ASEAN
BRUNEI DARUSSALAM
MYANMAR
CAMBODIA
PHILIPPINES
INDONESIA
SINGAPORE
LAOS
THAILAND
MALAYSIA
VIETNAM
CAN
COMUNIDAD ANDINA
COMUNIDAD ANDINA
BOLIVIA
COLOMBIA
ECUADOR
PERU
VENEZUELA
UE
UNION EUROPEA
UNION EUROPEA
PORTUGAL SUECIA
ESPAÑA FRANCIA
BELGICA IRLANDA
REINO UNIDO AUSTRIA
HOLANDA ALEMANIA
DINAMARCA
FINLANDIA ITALIA
LUXEMBURGO GRECIA
MERCOSUR
MERCADO COMUN DEL SUR
MERCOSUR
ARGENTINA
URUGUAY
BRASIL
PARAGUAY
NAFTA
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE
NAFTA
MEJICO
CANADA
ESTADOS UNIDOS
CEE
TRATADO CONSTITUTIVO DE
LA COMUNIDAD ECONOMICA
EUROPEA
El tratado de su creación entró en
vigencia el 1 de enero de
1958
Fue la más importante de
las tres comunidades
EGKSTRATADO
CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL
ACERO
El tratado de su creación entró en vigencia en 1952 y
expiró en 2002
Es el tratado de cooperación más
viejo entre las países europeos
EURATOM
TRATADO CONSTITUTIVO DE
LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA
ENERGIA ATOMICA
El tratado de su creación entró en vigencia el 1 de enero de 1958
CE - COMUNIDAD EUROPEA TRATADO DE LA UNION EUROPEA - Maastricht
Firmado el 7 de febrero de 1992–Entró en vigencia el 1 de noviembre de 1993
Tratado de Amsterdam – entró en vigencia en 1999
Tratado de Niza – entró en vigencia en 2003
La Dirección General de Medio Ambiente es una de las 36
Direcciones Generales (DG) y servicios especializados que
integran la Comisión Europea. Su tarea principal es elaborar y definir
la nueva normativa de medio ambiente y cerciorarse de que los
Estados miembros pongan realmente en práctica las medidas acordadas. La Dirección General de Medio Ambiente tiene su sede en
Bruselas.
ELABORACION DE LA POLITICA COMUNITARIA DE MEDIO AMBIENTE
Antes de presentar un proyecto legislativo, la Dirección General de Medio Ambiente lleva a cabo numerosos sondeos y debates preliminares con representantes de los Gobiernos, las ONG medioambientales, la industria, los grupos de intereses concretos y, cuando sea necesario, con especialistas, y tiene en cuenta sus puntos de vista, muchas veces divergentes, a la hora de elaborar las propuestas.
Una vez que la Comisión ha presentado la propuesta al Consejo y al Parlamento Europeo, las tres instituciones elaboran conjuntamente el texto final. El Parlamento Europeo comparte el poder de codecisión con el Consejo en una serie de ámbitos y tiene derecho de consulta en otros. Al revisar sus propuestas, la Comisión está obligada a tomar en consideración las enmiendas del Parlamento.
GARANTIA DE APLICACION CORRECTA DE LA NORMATIVA MEDIOAMBIENTAL EUROPEA
La Dirección General de Medio Ambiente se cerciora de que los Estados miembros apliquen correctamente la normativa de medio ambiente de la UE. Cuando es necesario, emprende las correspondientes acciones contra las entidades del sector público o privado que no cumplen sus obligaciones al respecto. Pueden iniciarse procedimientos legales contra los Estados miembros o las empresas que incumplen la normativa europea de medio ambiente y, en última instancia, puede llevarse el caso ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
LA POLITICA MEDIOAMBIENTAL DE LA UE Y LOS TRATADOSEn el Tratado de Roma de 1957 no se hace ninguna mención a la protección del medio ambiente. Fue en la década de 1970 cuando surgieron las preocupaciones por estas cuestiones y motivaron una reacción en el ámbito comunitario. En la Cumbre de París de julio de 1972 se reconoció que, en el contexto de la expansión económica y la mejora de la calidad de vida, debía concederse una especial atención al medio ambiente.A raíz de ello se adoptó el primer programa de medio ambiente, para el período 1973-1976. Siguieron otros programas plurianuales del mismo tipo, que desembocaron en la adopción de diversas directivas.La entrada en vigor en 1987 del Acta Única, mediante la cual se añade al Tratado un título específico sobre el medio ambiente (artículos 130 R a 130 T), se considera un hito esencial en la política de medio ambiente. El Tratado también introduce la idea de que «las exigencias de la protección del medio ambiente serán un componente de las demás políticas de la Comunidad».La entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea en noviembre de 1993 supuso nuevos avances en varios aspectos. Se introdujo, entre los objetivos de la Comunidad Europea, el concepto de «crecimiento sostenible y no inflacionista que respete el medio ambiente» y se esbozó el principio de cautela en el artículo referente al medio ambiente. Las medidas relacionadas con el medio ambiente adquirieron el rango de «política» por derecho propio.El Tratado de Amsterdam, que entró en vigor en 1999, recoge el principio de desarrollo sostenible en su artículo 2. La cláusula del artículo 130 R, según la cual las exigencias de la protección del medio ambiente deben ser un componente de las demás políticas, pasó al artículo6.En el Tratado de Niza no se introdujo ningún cambio sustancial.
EVOLUCION DE LA POLITICA MEDIOAMBIENTAL DE LA UEY LOS PROGRAMAS DE ACCION
En los últimos treinta años se han logrado grandes avances en el establecimiento de un sistema global de controles del medio ambiente en la Unión Europea. Todo empezó en 1972, con cuatro programas de actuación
sucesivos basados en un planteamiento vertical y sectorial de los problemas ecológicos. El 22 de noviembre de 1973, el Consejo aprobó el primer
programa, para el período 1973-1977, al que siguieron el segundo (1977-1981), el tercero (1982-1986) y el cuarto (1987-1991).
El quinto programa de medio ambiente: “Hacia un desarrollo sostenible” (1992-2000), se centró en la reducción de los niveles de contaminación, la aplicación de una normativa que beneficiara a los ciudadanos de la UE y la integración de la dimensión ambiental en todos los ámbitos de las políticas de la Comisión.
El sexto programa de medio ambiente (2001-2010) da un nuevo sentido y una nueva orientación a la política comunitaria de medio ambiente. Establece claramente los objetivos de la próxima década y determina las medidas que deberán emprenderse en un período de cinco a diez años, si se quieren alcanzar esos objetivos.El nuevo programa incluye una serie de medidas para resolver problemas persistentes de medio ambiente en cuatro ámbitos prioritarios:Cambio climático.Naturaleza y biodiversidad.Medio ambiente, sanidad y calidad de vida.Recursos naturales y residuos.
CRONOLOGIA DE SUCESOS E INSTRUMENTOS FUNDAMENTALES
1967 Adopción de la primera Directiva (67/548/CEE) sobre clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas.
1972 La Cumbre de París encarga a la Comisión que elabore un programa de medidas de medio ambiente.
1973 Creación de la Dirección General de Sanidad y Protección de los Consumidores de la Comisión Europea.
Primer programa comunitario de medio ambiente (1973-1976).
1977 Segundo programa comunitario de medio ambiente (1977-1981).
1981 Creación de la Dirección General de Medio Ambiente, Seguridad Nuclear y Protección Civil de la Comisión Europea.
1983 Tercer programa comunitario de medio ambiente (1982-1986).
1987 Año Europeo del Medio Ambiente.
Cuarto programa comunitario de medio ambiente (1987-1992).
El Acta Única incorpora la política de medio ambiente al Tratado de Roma.
CRONOLOGIA DE SUCESOS E INSTRUMENTOS FUNDAMENTALES
1992 Quinto programa comunitario de medio ambiente (1992-2000).
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente y el desarrollo (CNUMAD), Río de Janeiro (Brasil).
LIFE I, 1992-1995.
Sistema de etiqueta ecológica de la Unión Europea.
1993 El Tratado de Maastricht otorga rango de política comunitaria a la labor de defensa del
medio ambiente (artículo 130 R).
SGAM: sistema de gestión y auditoría de medio ambiente.
1994 Fundación oficial de la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA) con sede en
Copenhague.
1996 LIFE II, 1996-1999.
1999 El Tratado de Amsterdam incluye la política de medio ambiente entre los objetivos
políticos clave de la Unión.
CRONOLOGIA DE SUCESOS E INSTRUMENTOS FUNDAMENTALES
2000 Evaluación global del quinto programa de medio ambiente.
LIFE III, 2000-2004.
2001 Propuesta del sexto programa de medio ambiente, COM(2001) 31 final.
2002 Río+10: seguimiento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente y el desarrollo de Río de Janeiro.
POLITICAS DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Las autoridades ambientales de los cinco países andinos aprobaron, el 3 de julio de 2001, los "Lineamientos para la Gestión Ambiental y el Desarrollo
Sostenible en la Comunidad Andina", primer esfuerzo colectivo de la subregión en este sector. Comprende acciones para los próximos cinco
años y abarca cuatro grandes temas: Conservación y uso sostenible de la biodiversidad, calidad ambiental , comercio y medio ambiente y foros
ambientales internacionales.
ESTRATEGIA DE BIODIVERSIDAD
El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobó el 7 de julio del 2002, por medio de la Decisión 523, la Estrategia Regional de Biodiversidad para los Países del Trópico Andino, con el fin de que
contribuya a la generación de alternativas viables de desarrollo regional sostenible a partir de los recursos naturales de la subregión y a la
concertación de posiciones conjuntas ante los diversos foros internacionales de negociación. El proyecto, ejecutado por la Secretaría a
General de la CAN y el Comité Andino de Autoridades Ambientales (CAAAM), con la cooperación del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
y del Consorcio GTZ/FUNDECO/Instituto de Ecología de Bolivia, ha ingresado a otra fase, en la cual se elaborará el Plan de Acción y la cartera
de proyectos.
ATMOSFERA
CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONOEL CONVENIO ENTRO EN VIGOR EN 1988
ARTICULO 2: OBLIGACIONES GENERALES.... para proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que puedan resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la capa de ozono.
COP1: Helsinki 1989COP2: Nairobi 1991COP3: Bangkok 1993COP4: San José 1996COP5: Beijing 1999COP6: Roma 2002
PROTOCOLO DE MONTREAL ENMIENDA DE MONTREAL1987 1997EL PROTOCOLO ENTRO EN VIGOR EN 1989 LA ENMIENDA ENTRO EN VIGOR EN 1999
ENMIENDA DE LONDRES ENMIENDA DE BEIJING1990 1999LA ENMIENDA ENTRO EN VIGOR EN 1992 LA ENMIENDA ENTRO EN VIGOR EN 2002Aprobada por ley nacional 24.167/1992ENMIENDA DE COPENHAGUE1992LA ENMIENDA ENTRO EN VIGOR EN 1994
CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO (UNFCCC)
LA CONVENCION ENTRO EN VIGOR EN 1994
ARTÍCULO 2: Objetivo... la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
COP 1 - Berlin, 28 marzo al 7 abril de 1995 COP 2 - Ginebra, 8 al 19 de julio de 1996 COP 3 - Kyoto, 1 al 10 de diciembre de 1997 COP 4 - Buenos Aires, 2 al 13 de noviembre de 1998 COP 5 - Bonn, 25 de octubre al 5 de noviembre de 1999COP 6 - La Haya, 13 al 24 de noviembre de 2000COP 7 – Marrakesh, 29 de octubre al 9 de noviembre de 2001COP 8 – Nueva Delhi, 23 de octubre al 1 de noviembre de 2002
ATMOSFERA
CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO (UNFCCC)
PROTOCOLO DE KIOTO1997ENTRO EN VIGOR EN OCTUBREdel 2004 CON LA
SUSCRPCION DE RUSIA
The rules for entry into force of the Kyoto Protocol require 55 Parties to the Convention to ratify (or approve, accept, or accede to) the Protocol, including Annex I Parties accounting for 55% of that group’s carbon dioxide emissions in 1990.
ARTÍCULO 2: Políticas y Medidas de Partes Anexo I1. ... compromisos cuantificados de limitación y
reducción de las emisiones contraídos en virtud del artículo 3 ...
ATMOSFERA
CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO (UNFCCC)
PROTOCOLO DE KIOTO/1997
ATMOSFERA
Define tres mecanismos a los efectos de que las Partes cumplan con los compromisos contraídos en virtud del Artículo 3
- Joint Implementation (Art. 6º)
- Clean Development Mechanism (Art. 12º)
- Emission Trading (Art. 17º)
BIODIVERSIDAD
CONVENIO SOBRE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB) - 1992
EL CONVENIO ENTRO EN VIGOR
ARTÍCULO 1: Objetivos... son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada. COP 1- ..... sau, 28 de noviembre al 9 de diciembre de 1994COP2 - Jakarta, 4 al 17 de noviembre de 1995COP3 - Buenos Aires, 3 al 14 de noviembre de 1996COP4 - Bratislava, 4 al 15 de mayo de 1998ExCOP1 - Cartagena, 22 y 23 de febrero de 1999ExCOP1 - Montreal, Canadá, 24 y 28 de enero de 2000COP5 - Nairobi, Kenia, 15 al 26 de mayo 2000COP6 - La Haya, Holanda, 8 al 19 de abril 2002
BIODIVERSIDAD
CONVENIO SOBRE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB) - 1992
PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGIA2000EL PROTOCOLO AUN NO ENTRO EN VIGOR (al 5 de febrero de 2003)(se requieren 50 ratificaciones y a la fecha, 43 Partes ratificaron el Protocolo)Artículo 1OBJETIVO... contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.
La primera reunión intergubernamental que estudió estos temas fue la Conferencia sobre la Conservación y el Uso Racional de los Recursos de la Biosfera de la UNESCO, en 1968. Esta reunión tuvo como resultado la puesta en marcha del programa MAB de la UNESCO.
Más adelante y en particular en el campo de las Reservas de la Biosfera, esa orientación se hizo más precisa a partir de la concepción de "la conservación como sistema abierto" establecida en 1984, en el Plan de Acción para las Reservas de la Biosfera (1984), cuyo origen puede encontrarse en las conclusiones del Primer Congreso Internacional sobre las Reservas de Biosfera ( Minsk, 1983).
Posteriormente, la llamada Estrategia de Sevilla, aprobada en la Conferencia Internacional sobre Reservas de la Biosfera (Sevilla , marzo de 1995) y apoyada por el Consejo Internacional de Coordinación en su XIII - Reunión (París, mayo de 1995), definió la función de desarrollo en un pie de igualdad con la función de conservación y la función logística.
RESERVAS DE BIOSFERA
ORIGEN
CONVENCION RELATIVA A LOS HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL
ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS - RAMSAR - 1971
ENTRO EN VIGOR EN 1975
Ramsar es el único convenio medioambiental que se ocupa de un ecosistema específicoARTICULO 11. A los efectos de la presente Convención son humedales las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros. 2. A los efectos de la presente Convención son aves acuáticas las que dependen ecológicamente de los humedales. ARTICULO 21 .Cada Parte Contratante designará humedales idóneos de su territorio para ser incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional, ARTICULO 31. Las Partes Contratantes deberán elaborar y aplicar su planificación de forma que favorezca la conservación de los humedales incluidos en la Lista y, en la medida de lo posible, el uso racional de los humedales de su territorio.
FLORA y FAUNA
CONVENCION RELATIVA A LOS HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL - RAMSAR
COP1 - Cagliari, Italia, 24 al 29 de noviembre de 1980COP2 - Groningen, Paises Bajos, 7 al 12 de mayo de 1984 COP3 - Regina, Canada, 27 de mayo al 5 de junio de 1987 COP4 - Montreux, Suiza, 27 de junio al 4 de julio de 1990 COP5 - Kushiro, Japón, 9 al 16 de junio de 1993COP6 - Brisbane, Australia, 19 al 27 de marzo de 1996COP7 - San José, Costa Rica, 10 al 18 de mayo de 1999COP8 - Valencia, España, 18 al 26 de noviembre de 2002
PROTOCOLO DE PARIS/1982 ENMIENDAS DE REGINA/1987
FLORA y FAUNA
"The Convention's mission is the conservation and wise use of all wetlands
through local, regional and national actions and international cooperation, as a
contribution towards achieving sustainable development throughout the world" (Ramsar
COP8, 2002).
CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FLORA Y FAUNA SILVESTRES (CITES) - 1973
LA CONVENCION ENTRO EN VIGOR EN 1975ARTÍCULO II: Principios Fundamentales1. El Apéndice I incluirá todas las especies en peligro de extinción que son o pueden ser afectadas por el comercio. El comercio en especímenes de estas especies deberá estar sujeto a una reglamentación particularmente estricta a fin de no poner en peligro aún mayor su supervivencia y se autorizará solamente bajo circunstancias excepcionales.2. El Apéndice II incluirá:a) todas las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, podrían llegar a esa situación a menos que el comercio en especímenes de dichas especies esté sujeto a una reglamentación estricta a fin de evitar utilización incompatible con su supervivencia; yb) aquellas otras especies no afectadas por el comercio, que también deberán sujetarse a reglamentación con el fin de permitir un eficaz control del comercio en las especies a que se refiere el subpárrafo (a) del presente párrafo.3. El Apéndice III incluirá todas las especies que cualquiera de las Partes manifieste que se hallan sometidas a reglamentación dentro de su jurisdicción con el objeto de prevenir o restringir su explotación, y que necesitan la cooperación de otras Partes en el control de su comercio.4. Las Partes no permitirán el comercio en especímenes de especies incluidas en los Apéndices I, II y III, excepto de acuerdo con las disposiciones de la presente Convención.
FLORA y FAUNA
CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE
FLORA Y FAUNA SILVESTRES (CITES) – 1973
COP1 - Berna, 2 al 6 noviembre de 1976COP2 - San José, 19 al 30 marzo de 1979COP3 - Nueva Delhi, 25 de febrero al 8 de marzo de 1981COP4 - Gaborone, 19 al 30 abril de 1983COP5 - Buenos Aires, 22 de abril al 3 de mayo de 1985COP6 - Ottawa, 12 al 24 de julio de 1987COP7 - Lausana, 9 al 20 de octubre de 1989COP8 - Kyoto, 2 al 13 de marzo de 1992COP9 - Fort Lauderdale, 7 al 18 de noviembre, 1994COP10 - Harare, 9 al 20 de junio de 1997COP11: Gigiri, Kenia, 10 al 20 de abril de 2000COP12: Santiago, Chile, 3 al 15 de noviembre de 2002
FLORA y FAUNA
FLORA y FAUNA
La finalidad de la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (conocida también como CMS o Convención de Bonn) es contribuir a la conservación de las especies terrestres, marinas y aviarias de animales migratorios a lo largo de su área de distribución.
CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LAS ESPECIES MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES (CMS) - 1979
LA CONVENCION ENTRO EN VIGOR EN 1983
COP1 Bonn, 1985COP2 Ginebra, 1988COP3 Ginebra, 1991COP4 Nairobi, 1994COP5 Ginebra, 1995COP6 Ciudad del Cabo, 1999COP7 Bonn, 2002
FLORA y FAUNA
CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LAS ESPECIES MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES (CMS) - 1979
Hasta el presente se han concertado siete Acuerdos con los auspicios de la Convención de Bonn, para contribuir a la conservación de:
•los murciélagos en Europa
•cetáceos del Mar Mediterráneo y el Mar Negro
•los pequeños cetáceos del Mar Báltico y el Mar del Norte
•las focas en el Mar de Wadden
•las aves acuáticas migratorias de Africa y Eurasia
•la Grulla Siberiana
•el Zarapito Fino
Se trabaja actualmente en diversos proyectos de Acuerdo y además se estudian otras iniciativas relacionadas con una gran variedad de especies migratorias, incluidos los ungulados sahelosaharianos, albatros, avutardas, cetáceos del Mar Mediterráneo y el Mar Negro, así como las tortugas marinas.
FLORA y FAUNA
CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LAS ESPECIES MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES (CMS) - 1979
CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS MARINOS VIVOS DEL ANTARTICO - 1980
LA CONVENCION ENTRO EN VIGOR EN 1982
FLORA y FAUNA
La Convención se adoptó en la conferencia diplomática celebrada el 20 de mayo de 1980 en Canberra (Australia)
ARTÍCULO 1:1. La presente Convención se aplica a los recursos vivos marinos antárticos de la zona situada al sur de los 60 de latitud Sur y a los recursos vivos marinos antárticos de la zona comprendida entre dicha latitud y la Convergencia Antártica que forman parte del ecosistema marino antártico.2. "Recursos vivos marinos antárticos" significa las poblaciones de peces con aletas, moluscos, crustáceos y todas las demás especies de organismos vivos, incluidas las aves, que se encuentran al sur de la Convergencia Antártica.3. "Ecosistema marino antártico" significa el complejo de relaciones de los recursos vivos antárticos entre sí y con su medio físico.ARTÍCULO 2:1. El objetivo de la presente Convención es la conservación de los recursos vivos marinos antárticos.2. Para los fines de la presente Convención, el término "conservación" incluye la utilización racional.
CONTAMINACION MARINA:
A) PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BUQUES
A.1) CONTAMINACION POR BUQUES PETROLEROS: CONVENIO OILPOL 54 - entró en vigor en 1958 (sin efecto actualmente)
A.2) CONTAMINACION POR BUQUES EN GENERAL: CONVENIO MARPOL 73/78 - entró en vigor en 1983 - (2 anexos de ratificación obligatoria y 4 de ratificación voluntaria - en vigencia)
B) RESPUESTA A LOS ACCIDENTES DE CONTAMINACION
B.1) INTERVENCION EN ALTA MAR 1969 - entró en vigor en 1975 - (en vigencia)B.2) SALVAMENTO 1989 -entró en vigor en 1996
B.3) COOPERACION EN LA LUCHA CONTRA LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS 1990 - entró en vigor en 1995 - (en vigencia)
MEDIO MARINO
CONTAMINACION MARINA:
C) RESPONSABILIDAD CIVIL
C.1) RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS DE CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS (en vigencia)
C.1.1) EL CONVENIO SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL DE 1969 - entró en vigor en 1975
C.1.2) EL CONVENIO SOBRE EL FONDO INTERNACIONAL DE INDEMNIZACION DE 1971 - entró en vigor en 1978
D) OTRA FUENTES DE CONTAMINACION MARINA
D.1) PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR VERTIMIENTO
D.1.1) EL CONVENIO DE LONDRES SOBRE VERTIDOS DE 1972 - entró en vigor en 1975 - aprobado por Ley Nacional Nº 21.947/73 (en vigencia)
D.1.2) EL PROTOCOLO DE ENMIENDA DE 1996
D.2) CONTAMINACION MARINA DE ORIGEN TERRESTRE - existen sólo Directrices
D.3) CONTAMINACION POR ACTIVIDADES RELATIVAS A LOS FONDOS MARINOS
CONVENIO DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR DE 1982 y el ACUERDO RELATIVO A LA APLICACION DE LA PARTE XI DE 1994,
MEDIO MARINO
LA PESCA Y LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS DEL MAR:
A) EL REGIMEN DE LA PESCA EN EL CONVENIO DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR DE 1982
B) LA PROGRESIVA CONSOLIDACION DEL PRINCIPIO DE PESCA RESPONSABLE
B.1) PROHIBICION DE PESCA CON REDES DE ENMALLE Y DERIVA - DIVERSAS RESOLUCIONES DE LA ASMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS
B.2)ACUERDO PARA PROMOVER EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS INTERNACIONALES DE CONSERVACION Y ORDENACION DE LOS BUQUES PESQUEROS QUE PESCAN EN ALTA MAR - 1993
B.3) ACUERDO SOBRE ESPECIES TRANSZONALES Y ALTAMENTE MIGRATORIAS - 1995 -
B.4) CODIGO INTERNACIONAL DE CONDUCTA PARA LA PESCA RESPONSABLE - 1995
OTROS:
CONVENIO RELATIVO A LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN LA ESFERA DEL TRANSPORTE MARITIMO DE MATERIALES NUCLEARES - 1971 - TRATADO SOBRE PROHIBICION DE EMPLAZAR ARMAS NUCLEARES Y OTRAS ARMAS DE DESTRUCCION EN MASA EN LOS FONDOS MARINOS Y OCEANICOS Y SU SUBSUELO - 1971 -
MEDIO MARINO
TRATADO ANTARTICO - 1959
Lo concordaron los Gobiernos de Argentina, Australia, Bélgica, Chile, La República Francesa, Japón, Nueva Zelandia, Noruega, la Unión de Africa del Sur, La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América.
PROTOCOLO AL TRATADO ANTARTICO SOBRE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE – Madrid - 1991
ANEXO V DEL PROTOCOLO AL TRATADO ANTARTICO SOBRE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE
ZONAS - Bonn -1991
OTROS INSTRUMENTOS UNIVERSALESDEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
CONVENCION SOBRE LA PROTECCION DEL PATRIMONIO MUNDIAL, CULTURAL Y NATURAL – 1972
LA CONVENCION ENTRO EN VIGOR EN 1975
ARTICULO 1 A los efectos de la presente Convención se considerará "patrimonio cultural": los monumentos: obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia, los conjuntos: grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad e integración en el paisaje les dé un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia, los lugares: obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza así como las zonas incluidos los lugares arqueológicos que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.
OTROS INSTRUMENTOS UNIVERSALESDEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
CONVENCION SOBRE LA PROTECCION DEL PATRIMONIO MUNDIAL, CULTURAL Y NATURAL - 1972
ARTICULO 2 A los efectos de la presente Convención se considerarán "patrimonio natural": los monumentos naturales constituidos por formaciones físicas y biológicas o por grupos de esas formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico, las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas que constituyan el hábitat de especies animal y vegetal amenazadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico, los lugares naturales o las zonas naturales estrictamente delimitadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la conservación o de la belleza natural, ARTICULO 3 Incumbirá a cada Estado Parte en la presente Convención identificar y delimitar los diversos bienes situados en su territorio y mencionados en los artículos 1 y 2.
OTROS INSTRUMENTOS UNIVERSALESDEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
CONVENCION SOBRE LA PROTECCION DEL PATRIMONIO MUNDIAL, CULTURAL Y NATURAL – 1972
Al 10 de febrero de 2003, la han ratificado 176 Estados
El Comité del Patrimonio Mundialha inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial, 730 bienes(563 bienes culturales, 144 bienes naturales y 23 bienes
mixtos, situados en 125 Estados Partes)
OTROS INSTRUMENTOS UNIVERSALESDEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS
PELIGROSOS Y SU ELIMINACION – 1989EL CONVENIO ENTRO EN VIGOR EN 1992
ARTÍCULO 4: Obligaciones generales1. a) Las Partes que ejerzan su derecho a prohibir la importación de desechos peligrosos y otros desechos para su eliminación, comunicarán a las demás Partes su decisión de conformidad con el artículo 13º.b) Las Partes prohibirán o no permitirán la exportación de desechos peligrosos y otros desechos a las Partes que hayan prohibido la importación de esos desechos, cuando dicha prohibición se les haya comunicado de conformidad con el apartado a) del presente artículo. c) Las Partes prohibirán o no permitirán la exportación de desechos peligrosos y otros desechos si el Estado de importación no da su consentimiento por escrito a la importación de que se trate, siempre que dicho Estado de importación no haya prohibido la importación de tales desechos.
PRODUCTOS/RESIDUOS
CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS
PELIGROSOS Y SU ELIMINACION - 1989
COP1 - Piriápolis, diciembre de 1992 COP2 - Ginebra, marzo de 1994COP3 - Ginebra 18 al 22 de septiembre de 1995COP4 - Kuching, 23 al 27 de febrero de 1998COP5 - Basilea, 6 al 10 de diciembre de 1999COP6 – Ginebra, 9-13 de diciembre de 2002ENMIENDA/1995No entró en vigorPROTOCOLO/1999Responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminaciónNo entró en vigor (existen 13 ratificaciones de las 20 necesarias)
PRODUCTOS/RESIDUOS
CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS
PELIGROSOS Y SU ELIMINACION - 1989
PRODUCTOS/RESIDUOS
Durante la primera década de vigencia del Convenio (1989-1999), su objetivo principal fue construir un “marco” para
controlar los movimientos de los residuos peligrosos a través de las fronteras internacionales.
En la próxima década (2000-2010), la Convención construirá el marco para su completa implementación y cumplimiento
efectivo de los compromisos surgidos del tratado. Otra área a abordar será la de la minimización en la generación de los
residuos peligrosos.
PRODUCTOS/RESIDUOS
CONVENIO DE ROTTERDAM SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONSENTIMIENTO PREVIO FUNDAMENTADO APLICABLE A
CIERTOS PLAGUICIDAS Y PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL
(PIC/ICP) - 1998EL CONVENIO aun no entró en vigor
Artículo 1: ObjetivoEl objetivo del presente Convenio es promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes.
PRODUCTOS/RESIDUOS
Artículo 1
Objetivo
Teniendo presente el principio de precaución consagrado en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del presente Convenio es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes.
CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES (POPs) 2001
EL CONVENIO aun no entró en vigor
SUELO
El problema de la degradación de tierras
La desertificación es la degradación de tierras en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, y se debe a diferentes factores tales como las actividades humanas y las variaciones climáticas. La desertificación, que no es imputable a la extensión de los desiertos actuales, ocurre porque los ecosistemas de tierras secas, que cubren más de la tercera parte de las tierras firmes del mundo, son sumamente vulnerables a la sobreexplotación y el aprovechamiento inadecuado de la tierra. La pobreza, la inestabilidad política, la deforestación, el pastoreo excesivo y las prácticas deficientes de riego pueden socavar la productividad de la tierra. Más de 250 millones de personas se hallan directamente afectadas por la desertificación. Además, cerca de 1.000 millones de habitantes en más de 100 países están amenazados por ella, entre los cuales se cuentan los ciudadanos más pobres, marginados y políticamente débiles del mundo.
CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS
POR SEQUIA GRAVE O DESERTIFICACION,EN PARTICULAR AFRICA (UNCCD) – 1994
LA CONVENCION ENTRO EN VIGOR EN 1996ARTICULO 2: OBJETIVO
.El objetivo de la presente Convención es luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía, en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en Africa, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, apoyadas por acuerdos de cooperación y asociación internacionales, en el marco de un enfoque integrado acorde con el Programa 21, para contribuir al logro del desarrollo sostenible en las zonas afectadas. . La consecución de este objetivo exigirá la aplicación en las zonas afectadas de estrategias integradas a largo plazo que se centren simultáneamente en el aumento de la productividad de las tierras, la rehabilitación, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos de tierras y recursos hídricos, todo ello con miras a mejorar las condiciones de vida, especialmente a nivel comunitario.
SUELO
CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS POR SEQUIA
GRAVE O DESERTIFICACION,EN PARTICULAR AFRICA (UNCCD) - 1994
SUELO
COP1 - Roma, 29 de septiembre al 15 de octubre de 1997COP2 - Dakar, 30 de noviembre al 11 de diciembre de 1998COP3 - Recife, 1 al 15 de noviembre de 1999COP4 - Bonn, 11 al 22 de diciembre de 2000COP5 – Ginebra, 1 al 12 de octubre de 2001
CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS POR SEQUIA
GRAVE O DESERTIFICACION,EN PARTICULAR AFRICA (UNCCD) - 1994
SUELO
Programas de acción nacionales ...
Los países afectados por la desertificación aplican la Convención elaborando y llevando a cabo programas de acción a nivel nacional, subregional y regional. Los criterios para formular estos programas se detallan en los cinco "anexos de aplicación regional“. Teniendo en cuenta las experiencias anteriores, la Convención estipula que dichos programas han de reflejar un método democrático, de abajo hacia arriba. Deben hacer hincapié en la participación popular y crear un "entorno facilitador" que permita a las poblaciones locales mismas revertir el fenómeno de la degradación de las tierras. Como es lógico, recae en los gobiernos la responsabilidad de crear este entorno facilitador, poniendo en práctica cambios políticamente delicados, como la descentralización de la autoridad, el mejoramiento de los sistemas de tenencia de tierras, y la potenciación de mujeres, agricultores y pastores. Este entorno permitirá asimismo a las organizaciones no gubernamentales desempeñar una función importante en la elaboración y aplicación de los programas de acción.
QUINTA PARTEQUINTA PARTEDERECHO AMBIENTAL Y DERECHO AMBIENTAL Y
DESARROLLO DESARROLLO
SOSTENIBLE EN SOSTENIBLE EN AMERICA LATINA AMERICA LATINA
Raúl Brañes
MÉXICO, D.F., OCTUBRE 2001
3.1 TRES DÉCADAS DE EVOLUCIÓN DEL 3.1 TRES DÉCADAS DE EVOLUCIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINADERECHO AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA
Raúl Brañes
INTRODUCCIÓN AMÉRICA LATINA: EL DESARROLLO
SOSTENIBLE Y MEDIO SIGLO DE CRECIMIENTO ECONÓMICO
CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL LATINOAMERICANO
LEYES GENERALES SOBRE MEDIO AMBIENTE Y ADECUACIÓN DE LA LEGISLACIÓN SECTORIAL Y COMÚN
APLICACIÓN ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL
CONCLUSIONES
TRES DÉCADAS DE EVOLUCIÓN DEL TRES DÉCADAS DE EVOLUCIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINADERECHO AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA
Raúl Brañes
Contenido Definición del concepto de derecho ambiental
(los procesos de interacción entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente, que generan efectos significativos para su existencia y desarrollo)
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (Estocolmo, 1972)
Legislación propiamente ambiental(visión holística y sistémica del medio ambiente)
Legislación sectorial de relevancia ambiental(protección de componentes del medio ambiente)
Legislación común de relevancia ambiental(incidencia “casual” en la protección del medio ambiente)
II. AMÉRICA LATINA: EL DESARROLLO SOSTENIBLE II. AMÉRICA LATINA: EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO SIGLO DE CRECIMIENTO ECONÓMICOY MEDIO SIGLO DE CRECIMIENTO ECONÓMICO
Raúl Brañes
Base natural que sustenta el crecimiento económico: suelos, ecosistemas, biodiversidad, agua, etc.
Deterioro ambiental: deforestación, pérdida diversidad biológica, contaminación (aire, suelo, agua), urbanización descontrolada, etc.
Modelo de crecimiento económico sustentado en ventajas comparativas (recursos naturales, energía y mano de obra)
Crecimiento económico de las últimas cinco décadas: 5.1, 5.7, 5.6, 1.2 y 3.3% (1.5% para 2001)
Comparación con crecimiento mundial en términos de PIB/PA y de distribución ingreso (211 millones de pobres)
Conclusión: modelo de desarrollo insostenible. Los cambios provocados por la política de apertura
CONSTITUCIONALISMO CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL AMBIENTAL
LATINOAMERICANOLATINOAMERICANO
DR. RAÚL BRAÑESDR. RAÚL BRAÑESSEMINARIO “CONSTITUCIÓN, MEDIO SEMINARIO “CONSTITUCIÓN, MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO”AMBIENTE Y DESARROLLO”
(LIMA, 15 DE MAYO DE 2002)(LIMA, 15 DE MAYO DE 2002)
III. CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL III. CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL LATINOAMERICANOLATINOAMERICANO
Raúl Brañes
Compleja historia política reciente de la gran mayoría de los 20 países latinaoamericanos
1972-1999: 16 países promulgaron nuevas Constituciones (Ecuador y Perú dos veces)
Creación de espacios políticos para nuevas demandas sociales, como las ambientales
Medio ambiente y desarrollo sostenible: el “enverdecimiento” de las Constituciones y el constitucionalismo ambiental latinoamericano
Reformas ambientales a las cuatro Constituciones anteriores a 1972
Tradición constitucional latinoamericana en materia de recursos naturales (desde 1917)
CONSTITUCIONES POLÍTICAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS Raúl Brañes
1972 PANAMÁ
1976 CUBA
1979 PERÚ (1993)
1979 ECUADOR (1998)
1980 CHILE
1982 HONDURAS
1983 EL SALVADOR
1985 GUATEMALA
1987 HAITÍ
1987 NICARAGUA
1988 BRASIL
1991 COLOMBIA
1992 PARAGUAY
1993 PERÚ
1994 ARGENTINA
1994 REPÚBLICA
DOMINICANA
1998 ECUADOR
1999 VENEZUELA
III. TEMAS CONSTITUCIONALES III. TEMAS CONSTITUCIONALES AMBIENTALESAMBIENTALES Raúl Brañes
Desarrollo sostenible Deber del Estado y de la sociedad de proteger el medio
ambiente Restricciones al ejercicio de ciertos derechos
fundamentales (derecho de propiedad y libertad económica). El patrimonio ambiental
Derecho a un medio ambiente adecuado y garantías procesales para su ejercicio
Bases para regular ciertas materias: EIA, daño ambiental, ingreso de residuos peligrosos, efectos de la minería, localización de reactores nucleares, medio ambiente de pueblos indígenas y otras
Protección de ciertos componentes específicos del medio ambiente: diversidad biológica, patrimonio genético, flora y fauna silvestres, áreas naturales protegidas, regiones geográficas determinada y otros
BASES PARA REGULAR CIERTAS BASES PARA REGULAR CIERTAS MATERIAS MATERIAS Raúl Brañes
DAÑO AMBIENTAL EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Y
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO AGRICULTURA, REFORMA AGRARIA Y MEDIO
AMBIENTE INGRESO DE RESIDUOS PELIGROSOS EFECTOS DE LA MINERÍA REACTORES NUCLEARES PUEBLOS INDÍGENAS Y MEDIO AMBIENTE EDUCACIÓN AMBIENTAL PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA GESTIÓN
AMBIENTAL Y DERECHO A LA INFORMACIÓN
PROTECCIÓN DE CIERTOS PROTECCIÓN DE CIERTOS COMPONENTES ESPECÍFICOS DEL COMPONENTES ESPECÍFICOS DEL
MEDIO AMBIENTE MEDIO AMBIENTE Raúl Brañes
DIVERSIDAD BIOLÓGICA PATRIMONIO GENÉTICO SEGURIDAD BIOLÓGICA FLORA Y FAUNA SILVESTRES (VIDA
SILVESTRE) ZONAS GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DESASTRES NATURALES Y MEDIO AMBIENTE AGRICULTURA, REFORMA AGRARIA Y MEDIO
AMBIENTE
DESARROLLO SOSTENIBLE: DESARROLLO SOSTENIBLE: DEBERES DEL ESTADO Y DE LA DEBERES DEL ESTADO Y DE LA
SOCIEDAD SOCIEDAD Raúl Brañes
1987: (MODELO DE CRECIMIENTO) ... “QUE SATISFACE LAS NECESIDADES DE LA GENERACIÓN PRESENTE SIN COMPROMETER LA CAPACIDAD DE LAS GENERACIONES FUTURAS PARA SATISFACER SUS PROPIAS NECESIDADES”
DECLARACIÓN DE RÍO (1992) MEDIO AMBIENTE Y DEBERES DEL ESTADO Y
DE LA SOCIEDAD. PRINCIPIO PRECAUTORIO DESARROLLO SOSTENIBLE EN LAS
CONSTITUCIONES (CONSTITUCIÓN ECONÓMICA)
DESARROLLO SOSTENIBLE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Y DECLARACIÓN DE RÍO (1992)DECLARACIÓN DE RÍO (1992)
Raúl Brañes
"EL DERECHO AL DESARROLLO DEBE EJERCERSE EN FORMA TAL QUE RESPONDA EQUITATIVAMENTE A LAS NECESIDADES DE DESARROLLO Y AMBIENTALES DE LAS GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS“ (PRINCIPIO 3)
“A FIN DE ALCANZAR EL DESARROLLO SOSTENIBLE, LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DEBERÁ CONSTITUIR PARTE INTEGRANTE DEL PROCESO DE DESARROLLO Y NO DEBE CONSIDERARSE EN FORMA AISLADA” (PRINCIPIO 4)
"PARA ALCANZAR EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA PARA TODAS LAS PERSONAS, LOS ESTADOS DEBERÍAN REDUCIR Y ELIMINAR LAS MODALIDADES DE PRODUCCIÓN Y CONSUMO INSOSTENIBLES... “ (PRINCIPIO 8)
MEDIO AMBIENTE: DEBERES DEL ESTADO MEDIO AMBIENTE: DEBERES DEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD (PRECEPTOS Y DE LA SOCIEDAD (PRECEPTOS
INICIALESINICIALES)) Raúl Brañes
1972: "ES DEBER FUNDAMENTAL DEL ESTADO VELAR POR LAS CONDICIONES ECOLÓGICAS, PREVINIENDO LA CONTAMINACIÓN DEL AMBIENTE Y EL DESEQUILIBRIO DE LOS ECOSISTEMAS, EN ARMONÍA CON EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL“ (ART. 110 PAN, HOY REFORMADO)
1976: “PARA ASEGURAR EL BIENESTAR DE LOS CIUDADANOS, EL ESTADO Y LA SOCIEDAD PROTEGEN LA NATURALEZA. INCUMBE A LOS ÓRGANOS COMPETENTES Y ADEMÁS A CADA CIUDADANO VELAR PORQUE SEAN MANTENIDAS LIMPIAS LAS AGUAS Y LA ATMÓSFERA, Y QUE SE PROTEJA EL SUELO, LA FLORA Y LA FAUNA (ART. 27 CUB, HOY REFORMADO)
DEBER DEL ESTADO Y PRINCIPIO DEBER DEL ESTADO Y PRINCIPIO PRECAUTORIO PRECAUTORIO Raúl Brañes
“ CON EL FIN DE PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE, LOS ESTADOS DEBERÁN APLICAR AMPLIAMENTE EL CRITERIO DE PRECAUCIÓN CONFORME A SUS CAPACIDADES. CUANDO HAYA PELIGRO DE DAÑO GRAVE O IRREVERSIBLE, LA FALTA DE CERTEZA CIENTÍFICA ABSOLUTA NO DEBERÁ UTILIZARSE COMO RAZÓN PARA POSTERGAR LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS EFICACES EN FUNCIÓN DE LOS COSTOS PARA IMPEDIR LA DEGRADACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE” (PRINCIPIO 15, DECLARACIÓN RÍO)
(EL ESTADO) “TOMARÁ MEDIDAS PREVENTIVAS EN CASO DE DUDAS SOBRE EL IMPACTO O LAS CONSECUENCIAS AMBIENTALES NEGATIVAS DE ALGUNA ACCIÓN U OMISIÓN, AUNQUE NO EXISTA EVIDENCIA CIENTÍFICA DE DAÑO” (ART. 91 ECU)
DESARROLLO SOSTENIBLE EN LAS DESARROLLO SOSTENIBLE EN LAS CONSTITUCIONES (1) CONSTITUCIONES (1) Raúl Brañes
“TODOS LOS HABITANTES GOZAN DEL DERECHO A UN AMBIENTE SANO, EQUILIBRADO, APTO PARA EL DESARROLLO HUMANO Y PARA QUE LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS SATISFAGAN LAS NECESIDADES PRESENTES SIN COMPROMETER LAS DE LAS GENERACIONES FUTURAS; Y TIENEN EL DEBER DE PRESERVARLO...” (ART. 41 ARG)
(SE GARANTIZA EL)...“APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES”... (DE LAS TIERRAS COMUNITARIAS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS...(ART. 171 BOL, REFORMA 1994)
“EL ESTADO PLANIFICARÁ EL MANEJO Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES, PARA GARANTIZAR SU DESARROLLO SOSTENIBLE, SU CONSERVACIÓN, RESTAURACIÓN O SUSTITUCIÓN” (ART. 80 COL)
DESARROLLO SOSTENIBLE EN LAS DESARROLLO SOSTENIBLE EN LAS CONSTITUCIONES (2) CONSTITUCIONES (2) Raúl Brañes
"EL ESTADO PROTEGERÁ EL DERECHO DE LA POBLACIÓN A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE ... QUE GARANTICE UN DESARROLLO SUSTENTABLE...“ (ART. 3° ECU). (ES OBJETIVO PERMANENTE DE LA ECONOMÍA) “EL DESARROLLO AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE“ (ART. 243 ECU)
“CORRESPONDE AL ESTADO LA RECTORÍA DEL DESARROLLO NACIONAL PARA GARANTIZAR QUE ÉSTE SEA INTEGRAL Y SUSTENTABLE... (ART. 25 MEX, REFORMA 1999)
EL ESTADO "PROMUEVE EL USO SOSTENIBLE DE SUS RECURSOS NATURALES" (ART. 67 PERÚ)
“ES UN DERECHO Y UN DEBER DE CADA GENERACIÓN PROTEGER Y MANTENER EL AMBIENTE EN BENEFICIO DE SÍ MISMA Y DEL MUNDO FUTURO…” (ART. 127 VEN). "EL ESTADO DESARROLLARÁ UNA POLÍTICA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO... DE ACUERDO CON LAS PREMISAS DEL DESARROLLO SUSTENTABLE...” (ART. 128 VEN)
PATRIMONIO AMBIENTAL Y RESTRICCIONES PATRIMONIO AMBIENTAL Y RESTRICCIONES AL EJERCICIO DE CIERTOS DERECHOS AL EJERCICIO DE CIERTOS DERECHOS
FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES Raúl Brañes
MEDIO AMBIENTE COMO PATRIMONIO AMBIENTAL (PATREM MONET): UNIVERSALIDAD DE BIENES EN CUYA CONSERVACIÓN TIENEN INTERÉS LAS GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS
RELACIÓN DE PERTENENCIA DE ESE BIEN COLECTIVO QUE NO IMPLICA DOMINIO DE LOS BIENES SINGULARES QUE LO INTEGRAN
RESTRICCIONES AL DERECHO DE PROPIEDAD Y A LA LIBERTAD ECONÓMICA EN RAZÓN DE LOS INTERESES DE CONSERVACIÓN DE ESE PATRIMONIO COLECTIVO
PATRIMONIO AMBIENTAL EN LAS PATRIMONIO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES CONSTITUCIONES Raúl Brañes
(LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD COMPRENDE LAS EXIGENCIAS DE) ... "LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO AMBIENTAL" (ART. 24 CHIL)
"LOS RECURSOS NATURALES SON PATRIMONIO NACIONAL" (ART. 102 NIC)
(INCUMBE AL PODER PÚBLICO)... "PRESERVAR LA DIVERSIDAD E INTEGRIDAD DEL PATRIMONIO GENÉTICO”... (LA AMAZONÍA Y OTROS TERRITORIOS SON).. "PATRIMONIO NACIONAL” (ART. 225 BRA)
“LOS RECURSOS NATURALES, RENOVABLES Y NO RENOVABLES, SON PATRIMONIO DE LA NACIÓN” (ART.66 PERÚ)
(LAS AUTORIDADES PROVEERÁN A LA)... "PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO NATURAL" (ART. 41 ARG)
RESTRICCIONES AL EJERCICIO DE CIERTOS RESTRICCIONES AL EJERCICIO DE CIERTOS DERECHOS DERECHOS Raúl Brañes
(LA PROPIEDAD ES UNA FUNCIÓN SOCIAL QUE IMPLICA OBLIGACIONES“) ... "COMO TAL, LE ES INHERENTE UNA FUNCIÓN ECOLÓGICA" (ART. 8° COL). "LA LEY DELIMITARÁ EL ALCANCE DE LA LIBERTAD ECONÓMICA CUANDO ASÍ LO EXIJAN EL INTERÉS SOCIAL, EL AMBIENTE Y EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN" (ART. 333 COL)
“LA LEY ESTABLECERÁ LAS RESTRICCIONES AL EJERCICIO DE DETERMINADOS DERECHOS Y LIBERTADES, PARA PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE (ART. 23 ECU)
"TODAS LAS PERSONAS PUEDEN DEDICARSE LIBREMENTE A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE SU PREFERENCIA, SIN MÁS LIMITACIONES QUE LAS PREVISTAS EN ESTA CONSTITUCIÓN Y LAS QUE ESTABLEZCAN LAS LEYES, POR RAZONES DE DESARROLLO HUMANO, SEGURIDAD, SANIDAD, PROTECCIÓN DEL AMBIENTE U OTRAS DE INTERÉS SOCIAL...“ (ART. 112 VEN)
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO Y GARANTÍAS PROCESALES ADECUADO Y GARANTÍAS PROCESALES
PARA SU EJERCICIO PARA SU EJERCICIO Raúl Brañes
DERECHOS HUMANOS DE “TERCERA GENERACIÓN” DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO EN LAS
DECLARACIONES DE ESTOCOLMO (1972) Y DE RÍO DE JANEIRO (1992)
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES DE ARGENTINA, BRASIL, CHILE, COLOMBIA, ECUADOR, NICARAGUA, PARAGUAY, PERÚ Y VENEZUELA
INCORPORACIÓN DE ESTE DERECHO A LAS CONSTITUCIONES DE COSTA RICA DE 1949 (EN 1994) Y DE MÉXICO DE 1917 (EN 1999)
GARANTÍAS PROCESALES PARA SU EJERCICIO. DEBER DE ACCIONAR
ACCESO A LA JUSTICIA Y DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO
DECLARACIONES UNIVERSALES SOBRE EL DECLARACIONES UNIVERSALES SOBRE EL DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE
ADECUADO ADECUADO Raúl Brañes
“EL HOMBRE TIENE EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA LIBERTAD, LA IGUALDAD Y EL DISFRUTE DE CONDICIONES ADECUADAS EN UN MEDIO DE CALIDAD TAL QUE LE PERMITA LLEVAR UNA VIDA DIGNA Y GOZAR DE BIENESTAR, Y TIENE LA SOLEMNE OBLIGACIÓN DE PROTEGER Y MEJORAR EL MEDIO PARA LAS GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS...” (PRINCIPIO I, ESTOCOLMO 1972)
“LOS SERES HUMANOS CONSTITUYEN EL CENTRO DE LAS PREOCUPACIONES RELACIONADAS CON EL DESARROLLO SOSTENIBLE. TIENEN DERECHO A UNA VIDA SALUDABLE Y PRODUCTIVA EN ARMONÍA CON LA NATURALEZA...” (PRINCIPIO 1, RÍO 1992)
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES
POLÍTICAS (1) POLÍTICAS (1) Raúl Brañes
1979: “TODOS TIENEN EL DERECHO DE HABITAR EN UN AMBIENTE SALUDABLE, ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO PARA EL DESARROLLO DE LA VIDA Y LA PRESERVACIÓN DEL PAISAJE Y LA NATURALEZA... (ART. 123 PERÚ)
1980: (LA CONSTITUCIÓN ASEGURA A TODAS LAS PERSONAS) ... "EL DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACIÓN" (ART.19 CHIL)
1983: (LA CONSTITUCIÓN ASEGURA A TODAS LAS PERSONAS) ... "EL DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACIÓN" (ART.19 ECU, REFORMA 1983)
1997: "LOS NICARAGÜENSES TIENEN DERECHO A HABITAR EN UN AMBIENTE SALUDABLE" (ART. 60 NIC)
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES
POLÍTICAS (2) POLÍTICAS (2) Raúl Brañes
1988: “TODOS TIENEN DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO (ART. 225 BRA)
1991: "TODAS LAS PERSONAS TIENEN DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE SANO..." (ART. 79 COL)
1992: "TODA PERSONA TIENE DERECHO A HABITAR EN UN AMBIENTE SALUDABLE Y ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO" (ART. 7° PAR)
1993: (TODA PERSONA TIENE DERECHO) ... "A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO AL DESARROLLO DE SU VIDA" (ART. 2° PERÚ)
1994: "TODOS LOS HABITANTES GOZAN DEL DERECHO A UN AMBIENTE SANO, EQUILIBRADO, APTO PARA EL DESARROLLO HUMANO...” (ART. 41)
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES ADECUADO EN LAS CONSTITUCIONES
POLÍTICAS (3) POLÍTICAS (3) Raúl Brañes
1994: "TODA PERSONA TIENE DERECHO A UN AMBIENTE SANO Y ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO" (ARTÍCULO 50 COS, REFORMADO)
1998: "EL ESTADO RECONOCERÁ Y GARANTIZARÁ A LAS PERSONAS", ENTRE OTROS, "EL DERECHO A VIVIR EN UN AMBIENTE SANO, ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO Y LIBRE DE CONTAMINACIÓN“ (ART. 23 ECU)
1999: (TODA PERSONA TIENE) ... “DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO PARA SU DESARROLLO Y BIENESTAR” (ART. 4° MEX, REFORMA 1999)
1999: “TODA PERSONA TIENE DERECHO INDIVIDUAL Y COLECTIVAMENTE A DISFRUTAR DE UNA VIDA Y DE UN AMBIENTE SEGURO, SANO Y ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO (ART. 127 VEN)
GARANTÍAS PROCESALES (1) GARANTÍAS PROCESALES (1) Raúl Brañes
“PROCEDERÁ, TAMBIÉN, EL RECURSO DE PROTECCIÓN EN EL CASO DEL N° 8° DEL ARTÍCULO 19, CUANDO EL DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACIÓN SEA AFECTADO POR UN ACTO ARBITRARIO E ILEGAL IMPUTABLE A UNA AUTORIDAD O PERSONA DETERMINADA” (ART. 20 CHIL)
“TODA PERSONA PUEDE INTERPONER ACCIÓN EXPEDITA Y RÁPIDA DE AMPARO...CONTRA TODO ACTO U OMISIÓN...QUE EN FORMA ACTUAL O INMINENTE LESIONE, RESTRINJA, ALTERE O AMENACE, CON ARBITRARIEDAD O ILEGALIDAD MANIFIESTA, DERECHOS O GARANTÍAS RECONOCIDOS POR ESTA CONSTITUCIÓN...EN LO RELATIVO A LOS DERECHOS QUE PROTEGEN AL AMBIENTE“... (ESTA ACCIÓN PODRÁ SER INTERPUESTA POR) ... "EL AFECTADO, EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LAS ASOCIACIONES QUE PROPENDAN A ESOS FINES..." (ART. 43 ARG)
GARANTÍAS PROCESALES (2) GARANTÍAS PROCESALES (2) Raúl Brañes
”CUALQUIER PERSONA, POR SUS PROPIOS DERECHOS O COMO REPRESENTANTE LEGITIMADO DE UNA COLECTIVIDAD, PODRÁ PROPONER UNA ACCIÓN DE AMPARO ANTE EL ÓRGANO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL DESIGNADO POR LA LEY” ... (INCLUSO) ... “CONTRA LOS PARTICULARES, CUANDO SU CONDUCTA AFECTE GRAVE Y DIRECTAMENTE UN INTERÉS COMUNITARIO, COLECTIVO O UN DERECHO DIFUSO” (ART. 95 ECU)
“TODA PERSONA TIENE DERECHO DE ACCESO A LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA HACER VALER SUS DERECHOS E INTERESES, INCLUSO LOS COLECTIVOS O DIFUSOS, A LA TUTELA EFECTIVA DE LOS MISMOS Y A OBTENER CON PRONTITUD LA DECISIÓN CORRESPONDIENTE...” (ART. 26 VEN)
DEBER DE ACCIONAR EN DEFENSA DE LOS DEBER DE ACCIONAR EN DEFENSA DE LOS INTERESES AMBIENTALES INTERESES AMBIENTALES Raúl Brañes
(ESTA ACCIÓN PODRÁ SER INTERPUESTA POR) ... "EL AFECTADO, EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LAS ASOCIACIONES QUE PROPENDAN A ESOS FINES..." (ART. 43 ARG)
(EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, POR SÍ O POR MEDIO DE SUS DELEGADOS, TIENE ENTRE OTRAS FUNCIONES LA DE) “ ... DEFENDER LOS INTERESES COLECTIVOS, EN ESPECIAL EL AMBIENTE" (ART. 277 COL)
(UNO DE LOS DEBERES DEL MINISTERIO PÚBLICO ES) “ ... PROMOVER LA ACCIÓN PENAL PÚBLICA PARA DEFENDER EL PATRIMONIO PÚBLICO Y SOCIAL, EL AMBIENTE Y OTROS INTERESES DIFUSOS, ASÍ COMO LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS" (ART. 268 PAR)
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO Y ACCESO A LA JUSTICIA Y ACCESO A LA JUSTICIA
Raúl Brañes
ACCESO A LA JUSTICIA: SOLUCIÓN EXPEDITA Y COMPLETA POR LAS AUTORIDADES JUDICIALES DE UN CONFLICTO JURÍDICO DE NATURALEZA AMBIENTAL (SUPUESTOS DE IGUALDAD)
OBSTÁCULOS GENERALES: DEMANDAS PEQUEÑAS Y EL PODER DE LOS LITIGANTES (CAPACIDADES ECONÓMICAS Y TÉCNICAS, ASÍ COMO DE ORGANIZACIÓN)
OBSTÁCULOS ESPECÍFICOS: COMPLEJIDAD CIENTÍFICO-TÉCNICA DE LOS CASOS AMBIENTALES Y DE LOS INTERESES EN JUEGO, ASÍ COMO DEL PROPIO DERECHO AMBIENTAL
LOS PROBLEMAS DE LA JUSTICIA CIVIL Y ADMINISTRATIVA: LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL COMO VÍA PRIVILEGIADA, AUNQUE INCOMPLETA, PARA ACCEDER A LA JUSTICIA
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTALREPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL Raúl Brañes
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL DAÑO AMBIENTAL E INEXISTENCIA DE UNA LEGISLACIÓN ADECUADA
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LA DECLARACIÓN DE RÍO
BASES CONSTITUCIONALES PARA LA REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL
LA REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL DAÑO CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL DAÑO AMBIENTAL AMBIENTAL Raúl Brañes
EFECTOS ACUMULATIVOS Y SINERGÉTICOS EFECTOS DE LARGOS ALCANCES PLURALIDAD DE SUJETOS AFECTADOS
DAÑO INDIVIDUAL: CUANDO AFECTA DE MANERA SINGULAR Y PERFECTAMENTE IDENTIFICABLE A UNA DETERMINADA PERSONA, EN SU SALUD O BIENES
DAÑO COLECTIVO: CUANDO AFECTA A UN GRUPO DE PERSONAS, IDENTIFICABLES O NO, QUE FORMAN UNA COMUNIDAD DETERMINADA, EN SU SALUD, BIENES Y BIENESTAR, ASÍ COMO A LA NACIÓN CUANDO AFECTA LAS EXPECTATIVAS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE EN FUNCIÓN DE LAS PRESENTES Y FUTURAS GENERACIONES
PLURALIDAD DE SUJETOS RESPONSABLES DIFICULTAD PARA PROBAR LA RELACIÓN CAUSAL IMPOSIBILIDAD O DIFICULTAD DE RECOMPOSICIÓN
BASES CONSTITUCIONALES DE LA BASES CONSTITUCIONALES DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTALREPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL Raúl Brañes
TODO DAÑO AMBIENTAL DEBE SER REPARADO, CUALESQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA (DAÑO INDIVIDUAL O COLECTIVO Y DAÑO AL PATRIMONIO NACIONAL
LA REPARACIÓN COMPRENDE DE MANERA PRIORITARIA LA OBLIGACIÓN DE RESTABLECER LAS COSAS AL ESTADO QUE TENÍAN ANTES DE LA GENERACIÓN DEL DAÑO, SI ELLO ES POSIBLE “RECOMPONER")
LA REPARACIÓN COMPRENDE ADEMÁS LA OBLIGACIÓN DE INDEMNIZAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS, INCLUIDOS AQUELLOS QUE NO QUEDEN CUBIERTOS POR LA RECOMPOSICIÓN QUE SE HAGA DEL DAÑO.
DECLARACIÓN DE RÍO Y DECLARACIÓN DE RÍO Y REPARACIÓN DEL DAÑO REPARACIÓN DEL DAÑO
Raúl Brañes
"DEBERÁ PROPORCIONARSE ACCESO EFECTIVO A LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS, ENTRE ESTOS EL RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y LOS RECURSOS PERTINENTES“ (PRINCIPIO 10)
"LOS ESTADOS DEBERÁN DESARROLLAR LA LEGISLACIÓN NACIONAL RELATIVA A LA RESPONSABILIDAD Y LA INDEMNIZACIÓN RESPECTO DE LAS VÍCTIMAS DE LA CONTAMINACIÓN Y OTROS DAÑOS AMBIENTALES. LOS ESTADOS DEBERÁN COOPERAR ... EN LA ELABORACIÓN DE NUEVAS LEYES INTERNACIONALES SOBRE RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIÓN POR LOS EFECTOS ADVERSOS DE LOS DAÑOS AMBIENTALES CAUSADOS POR LAS ACTIVIDADES REALIZADAS DENTRO DE SU JURISDICCIÓN, O BAJO SU CONTROL, EN ZONAS SITUADAS FUERA DE SU JURISDICCIÓN“ (PRINCIPIO 13)
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1) LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1)
Raúl Brañes
"LAS CONDUCTAS Y ACTIVIDADES CONSIDERADAS LESIVAS AL MEDIO AMBIENTE SUJETAN A LOS INFRACTORES, PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS, A SANCIONES PENALES Y ADMINISTRATIVAS, INDEPENDIENTEMENTE DE LA OBLIGACIÓN DE REPARAR EL DAÑO CAUSADO" (ART. 225 BRA)
(EL ESTADO DEBERÁ) ... PREVENIR Y CONTROLAR LOS FACTORES DE DETERIORO AMBIENTAL, IMPONER LAS SANCIONES LEGALES Y EXIGIR LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS CAUSADOS“ (ART. 80 COL)
"EL ESTADO RESPONDERÁ PATRIMONIALMENTE POR LOS DAÑOS ANTIJURÍDICOS QUE LE SEAN IMPUTABLES, CAUSADOS POR LA ACCIÓN O LA OMISIÓN DE LAS AUTORIDADES PÚBLICAS ... (PERO TENDRÁ DERECHO A REPETIR)...” (ART. 90 COL)
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1) LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1)
Raúl Brañes
LA CONSTITUCIÓN PARAGUAYA DE 1992, POR SU PARTE, JUNTO CON ESTABLECER QUE "EL DELITO ECOLÓGICO SERÁ DEFINIDO Y SANCIONADO POR LA LEY", DISPONE QUE "TODO DAÑO AL AMBIENTE IMPORTARÁ LA OBLIGACIÓN DE RECOMPONER E INDEMNIZAR" (ARTÍCULO 8°). "RECOMPONER" SIGNIFICA RESTABLECER LAS COSAS AL ESTADO QUE TENÍAN ANTES DE LA GENERACIÓN DEL DAÑO (CUANDO ELLO ES POSIBLE), QUE ES LO QUE INTERESA BÁSICAMENTE A LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL.
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1) LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1)
Raúl Brañes
ESTE MISMO TÉRMINO ES UTILIZADO POR LA
CONSTITUCIÓN ARGENTINA DE 1994, CUANDO ESTABlECE QUE "EL DAÑO AMBIENTAL GENERARÁ PRIORITARIAMENTE LA OBLIGACIÓN DE RECOMPONER, SEGÚN LO ESTABLEZCA LA LEY" (ARTÍCULO 41), CON LO QUE DEJA EN CLARO QUE LA ACCIÓN RESPECTIVA HABRÁ DE DIRIGIRSE AL RESTABLECIMIENTO DE LAS COSAS AL ESTADO QUE TENÍAN ANTES DE LA GENERACIÓN DEL DAÑO Y, SÓLO SUBSIDIARIAMENTE, A LA INDEMNIZACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS, ESTO ES, CUANDO ESE RESTABLECIMIENTO NO SEA POSIBLE.
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1) LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1)
Raúl Brañes
LA CONSTITUCIÓN ECUATORIANA DE 1998, POR SU PARTE, PRESCRIBE QUE "LA LEY TIPIFICARÁ LAS INFRACCIONES Y DETERMINARÁ LOS PROCEDIMIENTOS PARA ESTABLECER RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, CIVILES Y PENALES QUE CORRESPONDAN A LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, NACIONALES O EXTRANJERAS, POR LAS ACCIONES U OMISIONES EN CONTRA DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE" (ARTÍCULO 87). Y AGREGA: "EL ESTADO, SUS DELEGATARIOS Y CONCESIONARIOS, SERÁN RESPONSABLES POR LOS DAÑOS AMBIENTALES, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 20 DE ESTA CONSTITUCIÓN (ARTÍCULO 91).”
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1) LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1)
Raúl Brañes
LA CONSTITUCIÓN VENEZOLANA ABORDA ESTE TEMA DESDE UN PUNTO DE VISTA MUY ORIGINAL, COMO SE DIJO MÁS ATRÁS. EN EFECTO, SU ARTÍCULO 129 INTRODUCE UNA REGLA SOBRE RESPONSABILIDAD QUE, A DIFERENCIA DE LAS ANTERIORES, PLANTEA EL TEMA DE LA RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO AMBIENTAL EN EL CAMPO DE LOS CONTRATOS, AL ESTABLECER UNA CLÁUSULA, QUE PODRÍA CALIFICARSE COMO "CLÁUSULA DE LA NATURALEZA" DE TODOS LOS CONTRATOS PÚBLICOS QUE SE REFIERAN A LOS RECURSOS NATURALES DEL PAÍS.
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1)CONSTITUCIONES POLÍTICAS (1) Raúl Brañes
ESTABLECE QUE "EN LOS CONTRATOS QUE LA REPÚBLICA CELEBRE CON PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, NACIONALES O EXTRANJERAS, O EN LOS PERMISOS QUE SE OTORGUEN, QUE INVOLUCREN LOS RECURSOS NATURALES, SE CONSIDERARÁ INCLUIDA AUN CUANDO NO ESTUVIERA EXPRESA, LA OBLIGACIÓN DE CONSERVAR EL EQUILIBRIO ECOLÓGICO, DE PERMITIR EL ACCESO A LA TECNOLOGÍA Y LA TRANSFERENCIA DE LA MISMA EN CONDICIONES MUTUAMENTE CONVENIDAS Y DE RESTABLECER EL AMBIENTE A SU ESTADO NATURAL SI ÉSTE RESULTARA ALTERADO, EN LOS TÉRMINOS QUE FIJE LA LEY".
ES DECIR POR EL SOLO MINISTERIO DE LA LEY, EN TODOS ESTOS CONTRATOS SE ENTENDERÁ QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE CONSERVAR EL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y, EN SU CASO, LA OBLIGACIÓN DE RESTABLECER EL AMBIENTE A SU ESTADO NATURAL, DE ACUERDO CON LA LEY SOBRE LA MATERIA.
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (2)CONSTITUCIONES POLÍTICAS (2)
Raúl Brañes
"TODO DAÑO AL AMBIENTE IMPORTARÁ LA OBLIGACIÓN DE RECOMPONER E INDEMNIZAR" (ART. 8°PAR)
"EL DAÑO AMBIENTAL GENERARÁ PRIORITARIAMENTE LA OBLIGACIÓN DE RECOMPONER, SEGÚN LO ESTABLEZCA LA LEY" (ART. 41 AR)
"LA LEY TIPIFICARÁ LAS INFRACCIONES Y DETERMINARÁ LOS PROCEDIMIENTOS PARA ESTABLECER RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, CIVILES Y PENALES QUE CORRESPONDAN ... POR LAS ACCIONES U OMISIONES EN CONTRA DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE" (ARTÍCULO 87 ECU)
REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL EN LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS (3) CONSTITUCIONES POLÍTICAS (3) Raúl Brañes
"EL ESTADO, SUS DELEGATARIOS Y CONCESIONARIOS, SERÁN RESPONSABLES POR LOS DAÑOS AMBIENTALES, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 20 DE ESTA CONSTITUCIÓN” (ART. 91 ECU)
"EN LOS CONTRATOS QUE LA REPÚBLICA CELEBRE ... O EN LOS PERMISOS QUE SE OTORGUEN, QUE INVOLUCREN LOS RECURSOS NATURALES, SE CONSIDERARÁ INCLUIDA AUN CUANDO NO ESTUVIERA EXPRESA, LA OBLIGACIÓN DE CONSERVAR EL EQUILIBRIO ECOLÓGICO, DE PERMITIR EL ACCESO A LA TECNOLOGÍA Y LA TRANSFERENCIA DE LA MISMA EN CONDICIONES MUTUAMENTE CONVENIDAS Y DE RESTABLECER EL AMBIENTE A SU ESTADO NATURAL SI ÉSTE RESULTARA ALTERADO, EN LOS TÉRMINOS QUE FIJE LA LEY“ (ART. 129 VEN)
IV. IV. LEYES GENERALES LEYES GENERALES Y Y ADECUACIÓN DE ADECUACIÓN DE LEGISLACIÓN SECTORIAL Y COMÚNLEGISLACIÓN SECTORIAL Y COMÚN
Raúl Brañes
Evolución de la legislación propiamente ambiental: leyes generales (“marco”) y procesos de adecuación de legislación sectorial y común (reglamentos y NT)
Leyes generales: 17 países, sobre todo en última década (excepciones Argentina, Haití y Paraguay)
Otros procesos legislativos: Ley núm. 99 de 1993 (Colombia) y reformas en 1996 a LGEEPA (México)
Adecuación legislación sectorial: diversidad biológica y otros temas del derecho de la naturaleza
Adecuación legislación común: penal, civil, procesal y administrativa
LEYES GENERALES SOBRE MEDIO AMBIENTE LEYES GENERALES SOBRE MEDIO AMBIENTE (1974-1990) (1974-1990)
Raúl Brañes
11) Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente (Colombia, 1974)
2) Ley Orgánica del Ambiente (Venezuela, 1976)3) Ley para la Prevención y Control de la Contaminación
Ambiental (Ecuador, 1976)4) Ley que dispone sobre Política Nacional del Medio
Ambiente; sus fines, mecanismos de formulación y aplicación y establece otras providencias (Brasil, 1981)
5) Ley para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Guatemala, 1986)
6) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (México, 1988). Sustituyó a la LFPA de 1982 y ésta a la LFPCCA de 1971
7) Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Perú, 1990)
LEYES GENERALES SOBRE MEDIO AMBIENTE LEYES GENERALES SOBRE MEDIO AMBIENTE (1992-2000) (1992-2000)
Raúl Brañes
8) Ley General del Medio Ambiente (Bolivia, 1992)9) Ley General del Ambiente (Honduras, 1993)10) Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente
(Chile, 1994)11) Ley Orgánica del Ambiente (Costa Rica, 1995)12) Ley General del Medio Ambiente y los Recursos
Naturales (Nicaragua, 1996)13) Ley sobre el Medio Ambiente (Cuba, 1997). Sustituyó
Ley 33 de 198114) Ley del Medio Ambiente (El Salvador, 1998)15) Ley General del Ambiente (Panamá, 1998)16) Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos
Naturales (Rep. Dominicana, 2000)17) Ley General de Protección Ambiental (Uruguay, 2000)
TEMAS DE LA LEGISLACIÓN PROPIAMENTE TEMAS DE LA LEGISLACIÓN PROPIAMENTE AMBIENTAL AMBIENTAL
Raúl Brañes
Política ambientalInstrumentos generales para su
aplicación planificación ambiental y
ordenamiento del territorio evaluación del impacto ambiental instrumentos económicos responsabilidad civil, penal y
administrativa otros
TEMAS DE LA LEGISLACIÓN PROPIAMENTE TEMAS DE LA LEGISLACIÓN PROPIAMENTE AMBIENTAL AMBIENTAL
Raúl Brañes
Instrumentos específicos para el manejo sostenible de los ecosistemas Diversidad biológica y seguridad
biológica Vida silvestre Recursos forestales Suelos, aguas y atmósfera Ecosistemas marinos Otros
V. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN V. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN Raúl Brañes
Eficiencia: grado de idoneidad para alcanzar los objetivos que se tuvieron en cuenta para expedir la norma. Factores de ineficiencia: ausencia de la idea del desarrollo
sostenible carencia de instrumentos apropiados para
su aplicación, en particular los preventivos falta de consideración de las cuestiones
sociales y naturales involucradas en los asuntos ambientales
heterogeneidad material y, sobre todo, estructural
V. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN V. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN Raúl Brañes
Eficacia: grado de acatamiento de una norma jurídica por sus destinatarios. Hipótesis: insuficiente valoración social o
desconocimiento de la legislación ambiental por sus destinatarios
deficiencias de las instituciones encargadas de aplicarla administrativa o judicialmente
APLICACION ADMINISTRATIVA DE LA APLICACION ADMINISTRATIVA DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Raúl Brañes
Mandato a la administración para vigilar y sancionar
Capacidad de la administración para vigilar y sancionar
Dispersión de la gestión ambiental y función fiscalizadora
Gestión ambiental hacia 1990: la coordinación El predominio de las instancias
coordinadoras (10 Comisiones u órganos equivalentes)
MINISTERIOS O SECRETARÍAS DE MEDIO AMBIENTE HACIA 2000 Raúl Brañes
Ecuador (1996) Ministerio del AmbienteGuatemala (1999) Ministerio del Ambiente y
Recursos NaturalesHaití (1995) Ministerio de Medio AmbienteHonduras (1997) Secretaría de Recursos
Naturales y AmbienteMéxico (2000) Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos NaturalesNicaragua (1994) Ministerio del Ambiente y
Recursos Naturales
MINISTERIOS O SECRETARÍAS DE MEDIO AMBIENTE HACIA 2000 Raúl Brañes
Panamá (1998) Autoridad Nacional del Ambiente
Paraguay (2000) Secretaría del AmbientePERU (1994) CONAMRep.Domin(2000)Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos NaturalesUruguay (1990) Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Venezuela (1976) Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales
APLICACION JUDICIAL DE LA APLICACION JUDICIAL DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Raúl Brañes
Acceso a la justicia: solución expedita y completa por las autoridades judiciales de un conflicto jurídico de naturaleza ambiental (supuestos de igualdad)
Obstáculos generales: demandas pequeñas y el poder de los litigantes (capacidades económicas y técnicas, así como de organización)
APLICACION JUDICIAL DE LA APLICACION JUDICIAL DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Raúl BrañesObstáculos específicos: complejidad
científico-técnica de los casos ambientales y de los intereses en juego, así como del propio derecho ambiental
Justicia constitucional: experiencias exitosas
Justicia civil: legitimación y rezagosJusticia penal: sanciones y reparación del
dañoJusticia administrativa: EIA y otros
conflictos
VI. CONCLUSIONESVI. CONCLUSIONES
Raúl Brañes
Avances importantes, pero 1) desiguales entre los países y en el interior de los mismos, así como incompletos en su desarrollo y ;2) con problemas de aplicación por deficiencias de las propias normas u obstáculos administrativos o judiciales internacional
VI. CONCLUSIONESVI. CONCLUSIONES
Raúl Brañes
- La Conferencia de Río ha desempeñado una función legitimadora. No se han dado los supuestos de un sistema económico favorable al desarrollo sostenible y de un incremento de la ayuda oficial para el desarrollo, así como de la cooperación - La necesidad de una agenda legislativa para consolidar, generalizar y profundizar los cambios jurídicos, garantizando su aplicación. - El papel de los juristas: transformaciones de la relación sociedad-naturaleza y cambio
jurídico.
SEXTA PARTE SEXTA PARTE
DESAFÍOS Y RETOS AL DESAFÍOS Y RETOS AL DERECHO AMBIENTAL DERECHO AMBIENTAL EN EL CASO PERUANOEN EL CASO PERUANO
DR. PIERRE FOY VALENCIADR. PIERRE FOY VALENCIALIMA, OCTUBRE 2004LIMA, OCTUBRE 2004
CODIGO DEL MEDIO CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS AMBIENTE Y LOS
RECURSOS NATURALES RECURSOS NATURALES (CMARN), DECRETO (CMARN), DECRETO LEGISLATIVO N° 613 LEGISLATIVO N° 613
(08-09-90)(08-09-90)
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
DESARROLLO NORMATIVO AMBIENTAL PERUANODESARROLLO NORMATIVO AMBIENTAL PERUANO Sistema jurídico anterior al Código del Medio Sistema jurídico anterior al Código del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales, 1990Ambiente y los Recursos Naturales, 1990 Tendencia: normativa asistemática y reiterativa, Tendencia: normativa asistemática y reiterativa,
sectorializada, yuxtapuesta, no especializada (vg. sectorializada, yuxtapuesta, no especializada (vg. ausencia de instrumentos de gestión ambiental); ausencia de instrumentos de gestión ambiental); desconexa a las normas sobre el desarrollo desconexa a las normas sobre el desarrollo económico y la actividad empresarial, escasa económico y la actividad empresarial, escasa articulación e implementación con la normativa articulación e implementación con la normativa internacional, burocrática, no descentralista. internacional, burocrática, no descentralista.
En buena cuenta: sin visión holística y carente de En buena cuenta: sin visión holística y carente de una política y concepción de gestión ambiental que una política y concepción de gestión ambiental que conduzca u oriente al sistema jurídico nacional.conduzca u oriente al sistema jurídico nacional.
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
Principios jurídico-ambientales Principios jurídico-ambientales Desarrollo “sostenible”Desarrollo “sostenible” Enfoque holísticoEnfoque holístico PrevenciónPrevención Legitimación procesal: Cualquier Legitimación procesal: Cualquier
ciudadano puede salir en defensa del ciudadano puede salir en defensa del medio ambientemedio ambiente
““Contaminador pagador”Contaminador pagador” EducaciónEducación Información y participación, etc.Información y participación, etc.
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
Dimensión internacionalDimensión internacional Criterios de política ambiental, incluye Criterios de política ambiental, incluye
escueta mención al régimen tributarioescueta mención al régimen tributario Criminalización ambiental: De los delitos y la Criminalización ambiental: De los delitos y la
penas.penas. Protección ambiental (en especial estudios Protección ambiental (en especial estudios
de impacto ambiental - EIA)de impacto ambiental - EIA) Planificación ambiental y lineamientos sobre Planificación ambiental y lineamientos sobre
población y ambientepoblación y ambiente
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
Lineamientos sobre áreas naturales Lineamientos sobre áreas naturales protegidasprotegidas
Alcances sobre comunidades campesinas y Alcances sobre comunidades campesinas y nativasnativas
Consideraciones ambientales sobre Consideraciones ambientales sobre ecosistemas y diversidad biológicaecosistemas y diversidad biológica
Aspectos del ambiente urbanoAspectos del ambiente urbano Consideraciones ambientales sobre recursos Consideraciones ambientales sobre recursos
naturales específicos: mineros, energéticos, naturales específicos: mineros, energéticos, tierras agrícolastierras agrícolas
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
Normativa de promoción a las InversionesNormativa de promoción a las Inversiones Ley Marco de Promoción a las Inversiones, Ley Marco de Promoción a las Inversiones,
Decreto Legislativo N° DL 757 (1991)Decreto Legislativo N° DL 757 (1991) Deroga muchos alcances del CMARN. Ej. El Deroga muchos alcances del CMARN. Ej. El
Sistema Nacional del Ambiente, aspectos del Sistema Nacional del Ambiente, aspectos del EIA, Delitos y penas, etc.EIA, Delitos y penas, etc.
Limita algunos alcances del CMARN. Ej. Para Limita algunos alcances del CMARN. Ej. Para accionar en defensa del MA; responsabilidad accionar en defensa del MA; responsabilidad por daños y perjuicios si se desestima una por daños y perjuicios si se desestima una acción legal a favor del MA.acción legal a favor del MA.
Sectorializa todo lo ambiental. No una Sectorializa todo lo ambiental. No una autoridad ambiental central, sino muchas, autoridad ambiental central, sino muchas, según la materiasegún la materia
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
Normativa de promoción a las InversionesNormativa de promoción a las Inversiones La normativa específica sectorial de promoción La normativa específica sectorial de promoción
a las inversiones, igualmente modificará al a las inversiones, igualmente modificará al CMARN. Ej. :CMARN. Ej. : DL N° 708: Sobre Minería, DL 753 sobre DL N° 708: Sobre Minería, DL 753 sobre
tierras agrícolas tierras agrícolas DL N° 653, Ley Promoción a las Inversiones DL N° 653, Ley Promoción a las Inversiones
en el Agro, en el Agro, etcetc
La normativa sectorial reglamentaria enfatizará La normativa sectorial reglamentaria enfatizará una hipersectorialización ambiental una hipersectorialización ambiental
CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N. CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS R.N.
LO QUE SIGUIO COMO TENDENCIALO QUE SIGUIO COMO TENDENCIA Sin embargo tras la implementación del CONAM Sin embargo tras la implementación del CONAM
(propiamente hacia 1997), en tanto autoridad con (propiamente hacia 1997), en tanto autoridad con pocas facultades, se advertirá una relativa búsqueda pocas facultades, se advertirá una relativa búsqueda de concertación transectorial. Ej.de concertación transectorial. Ej. Progresivo asomo normativo en materia de EIA (Ley Progresivo asomo normativo en materia de EIA (Ley
del SEIA)del SEIA) Reglamentación de los LMPs-ECAsReglamentación de los LMPs-ECAs Comisión para el Ordenamiento Territorial Comisión para el Ordenamiento Territorial
AmbientalAmbiental Autoridades ConcertadasAutoridades Concertadas Mecanismos de Participación e Información Mecanismos de Participación e Información
AmbientalAmbiental Ténue desarrollo de normas sobre calidad e ISOTénue desarrollo de normas sobre calidad e ISO
CODIGO PENAL (DL N° 635 (1991)CODIGO PENAL (DL N° 635 (1991)
Delitos ambientalesDelitos ambientales Criminalización ambiental primaria y secundaria Criminalización ambiental primaria y secundaria Tipificación penal ambientalTipificación penal ambiental Sanción penal ambientalSanción penal ambiental Responsabilidad de personas jurídicas Responsabilidad de personas jurídicas Normas penales en blanco Normas penales en blanco Delitos conexosDelitos conexos
Aspectos procesalesAspectos procesales Condiciones previas para la procedibilidad de los Condiciones previas para la procedibilidad de los
delitos ambientales, delitos ambientales, Ley 26631 (1996)Ley 26631 (1996) Principo de OportunidadPrincipo de Oportunidad
CONSTITUCION POLITICA CONSTITUCION POLITICA (1993) (1993)
Constitución Política de 1993Constitución Política de 1993 La ConstituciónLa Constitución, creada mediante el Poder , creada mediante el Poder
Constituyente. Establece las reglas Constituyente. Establece las reglas fundamentales de la organización del poder fundamentales de la organización del poder en el Estado Peruanoen el Estado Peruano
Art. 2°. Toda persona tiene derecho:Art. 2°. Toda persona tiene derecho: 22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute 22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute
del tiempo libre y al descanso, así como a del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vidaadecuado al desarrollo de su vida
Constitución Política de 1993Constitución Política de 1993 RÉGIMEN ECONÓMICO: DEL AMBIENTE Y LOS RÉGIMEN ECONÓMICO: DEL AMBIENTE Y LOS
RECURSOS NATURALESRECURSOS NATURALES Art. 66°: Régimen de otorgamiento de los recursos Art. 66°: Régimen de otorgamiento de los recursos
naturales. Ley Orgánica. Concesión.naturales. Ley Orgánica. Concesión. Art. 67°: Política Nacional del Ambiente y uso Art. 67°: Política Nacional del Ambiente y uso
sostenible de recursos naturalessostenible de recursos naturales Art. 68°: Estado promueve conservación de la Art. 68°: Estado promueve conservación de la
diversidad biológica y áreas naturales protegidas diversidad biológica y áreas naturales protegidas Art. 69°: Estado promueve desarrollo sostenible Art. 69°: Estado promueve desarrollo sostenible
de la Amazonía mediante legislación adecuada.de la Amazonía mediante legislación adecuada. Declaración de Perú como país AntárticoDeclaración de Perú como país Antártico
Comparación Constitucional 19791979
Modelo analítico Modelo analítico semi descriptivo semi descriptivo en el derecho al en el derecho al medio ambiente medio ambiente y en los y en los Recursos Recursos NaturalesNaturales
Concepción más Concepción más publicistapublicista
19931993 Modelo sintético del Modelo sintético del
derecho al MA y en derecho al MA y en el listado de los RNel listado de los RN
Título Título especial:Política especial:Política Ambiental, ANPs, Ambiental, ANPs, Diversidad biológicaDiversidad biológica
Concesión de los Concesión de los RN: debatibleRN: debatible
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y DIVERSIDAD BIOLOGICA Y AREAS NATURALES AREAS NATURALES
PROTEGIDASPROTEGIDAS
CONVENIO SOBRE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB) - 1992CONVENIO SOBRE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB) - 1992
ARTÍCULO 1:ARTÍCULO 1: ObjetivosObjetivos... son la conservación de la diversidad biológica, la utilización ... son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada.una financiación apropiada.
CONVENIO SOBRE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB) - 1992CONVENIO SOBRE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA (CDB) - 1992
COP1 - Nassau, 28 de noviembre al 9 de diciembre de 1994COP1 - Nassau, 28 de noviembre al 9 de diciembre de 1994COP2 - Jakarta, 4 al 17 de noviembre de 1995COP2 - Jakarta, 4 al 17 de noviembre de 1995COP3 - Buenos Aires, 3 al 14 de noviembre de 1996COP3 - Buenos Aires, 3 al 14 de noviembre de 1996COP4 - Bratislava, 4 al 15 de mayo de 1998COP4 - Bratislava, 4 al 15 de mayo de 1998ExCOP1 - Cartagena, 22 y 23 de febrero de 1999ExCOP1 - Cartagena, 22 y 23 de febrero de 1999ExCOP1 - Montreal, Canadá, 24 y 28 de enero de 2000ExCOP1 - Montreal, Canadá, 24 y 28 de enero de 2000COP5 - Nairobi, Kenia, 15 al 26 de mayo 2000COP5 - Nairobi, Kenia, 15 al 26 de mayo 2000COP6 - La Haya, Holanda, 8 al 19 de abril 2002COP6 - La Haya, Holanda, 8 al 19 de abril 2002
CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)
4 Temas centrales4 Temas centrales 1. ¿ Soberanía nacional versus Patrimonio 1. ¿ Soberanía nacional versus Patrimonio
Común de la Humanidad ?Común de la Humanidad ?
2. Conservación y Aprovcehamiento 2. Conservación y Aprovcehamiento sostenible de la Diversidad Biológica (DB)sostenible de la Diversidad Biológica (DB)
3. Acceso a los recursos genéticos3. Acceso a los recursos genéticos
4. Financiamiento4. Financiamiento
CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)
Concepto de Diversidad Biológica (DB)Concepto de Diversidad Biológica (DB) Componentes: ecosistemas, especies y genesComponentes: ecosistemas, especies y genes
Soberanía Nacional sobre la DB Soberanía Nacional sobre la DB Conservación in situ Conservación in situ (vg. Areas Naturales Protegidas) (vg. Areas Naturales Protegidas) y y
ex situ ex situ (vg. Contratos de Acceso sobre Recursos (vg. Contratos de Acceso sobre Recursos Genéticos, Protección de Especies Amenazadas) Genéticos, Protección de Especies Amenazadas)
EIAs y principio precautorioEIAs y principio precautorio Participación y beneficio compartidosParticipación y beneficio compartidos Rol de la mujerRol de la mujer Reconocimiento derechos y conocimientos indígenasReconocimiento derechos y conocimientos indígenas Adecuación tecnológica y recursos financierosAdecuación tecnológica y recursos financieros
CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)
Normas complementarias:Normas complementarias: CMARN (1990), DL N° 613 CMARN (1990), DL N° 613 Constitución 1993, Art. 67Constitución 1993, Art. 67 Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Régimen Común sobre Acceso a los Recursos
Genéticos, Decisión 391 (1996)Genéticos, Decisión 391 (1996) Ley sobre la Conservación y Ley sobre la Conservación y
Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, Ley 26839 (1997)Biológica, Ley 26839 (1997)
CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 26181 (1993)
Normas complementarias:Normas complementarias: Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento
Sostenible de la Diversidad Biológica, Ley 26839 Sostenible de la Diversidad Biológica, Ley 26839 (1997);(1997);
Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, Decisión 391 (1996);Genéticos, Decisión 391 (1996);
Ley de prevención de riesgos derivados del uso de la Ley de prevención de riesgos derivados del uso de la biotecnología, Ley 27104 (1999).biotecnología, Ley 27104 (1999).
Reglamento de la Ley N° 26839, DS N° (2001)Reglamento de la Ley N° 26839, DS N° (2001) Estrategia Nacional de Diversidad BiológicaEstrategia Nacional de Diversidad Biológica Reglamento de la Ley 271014Reglamento de la Ley 271014 Decisión N° 523 Estrategia Regional de Biodiversidad Decisión N° 523 Estrategia Regional de Biodiversidad
para los Países del Trópico Andino (2003)para los Países del Trópico Andino (2003)
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES ORIGINARIAS ORIGINARIAS
(“POBLACIONES INDÍGENAS”)(“POBLACIONES INDÍGENAS”)
Convenio 169 OIT: Derechos básicos de Convenio 169 OIT: Derechos básicos de Comunidades: tierra, cultura, costumbres, Comunidades: tierra, cultura, costumbres, participación, trabajo, seguridad social, salud, etc.participación, trabajo, seguridad social, salud, etc.
Leyes de CC y CN: derechos y protección especial Leyes de CC y CN: derechos y protección especial sobre los R N dentro de su territorio, ergo, sobre los R N dentro de su territorio, ergo, utilización, administración y conservación de los utilización, administración y conservación de los mismos. Se deriva derecho para tomar decisiones mismos. Se deriva derecho para tomar decisiones debidamente informadasdebidamente informadas
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES ORIGINARIAS ORIGINARIAS
(“POBLACIONES INDÍGENAS”)(“POBLACIONES INDÍGENAS”)
Conocimientos tradicionales: CDB fija uso autorizado Conocimientos tradicionales: CDB fija uso autorizado de conocimientos, innovaciones prácticas de de conocimientos, innovaciones prácticas de Comunidades Indígenas y derecho de compartir con Comunidades Indígenas y derecho de compartir con equidad los beneficiosequidad los beneficios
Decisión 391: reconoce autodeterminación de Decisión 391: reconoce autodeterminación de comunidades sobre conocimientos, innovaciones y comunidades sobre conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales asociados a recursos prácticas tradicionales asociados a recursos genéticos y sus productos derivadosgenéticos y sus productos derivados
Derechos para utilización de componentes intangibles Derechos para utilización de componentes intangibles (conocimientos, innovaciones y prácticas asociadas al (conocimientos, innovaciones y prácticas asociadas al manejo de los recursos genéticos)manejo de los recursos genéticos)
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES ORIGINARIAS ORIGINARIAS
(“POBLACIONES INDÍGENAS”)(“POBLACIONES INDÍGENAS”)
Decisión 486 (CAN): Régimen de Propiedad Decisión 486 (CAN): Régimen de Propiedad IndustrialIndustrial
Las patentes de invención aplicables a productos Las patentes de invención aplicables a productos biotecnológicos (nuevos, aplicación industrial, nivel biotecnológicos (nuevos, aplicación industrial, nivel inventivo)inventivo)
Se concede sólo si se salvaguarda y respeta el Se concede sólo si se salvaguarda y respeta el patrimonio biológico y genético de los países patrimonio biológico y genético de los países miembros de la CAN y los conocimientos de las miembros de la CAN y los conocimientos de las Comunidades Indígenas ...Comunidades Indígenas ...
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES ORIGINARIAS ORIGINARIAS
Régimen de protección de los conocimientos Régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculdaos a los colectivos de los pueblos indígenas vinculdaos a los
recursos biológicos, Ley N° 27811 (2002)recursos biológicos, Ley N° 27811 (2002)
DefinicionesDefiniciones
Pueblos IndígenasPueblos Indígenas
Conocimiento colectivoConocimiento colectivo
Consentimiento informado previoConsentimiento informado previo
Contrato de licencia de uso de conocimientos Contrato de licencia de uso de conocimientos colectivoscolectivos
Recursos biológicosRecursos biológicos
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES ORIGINARIAS ORIGINARIAS
Régimen de protección de los conocimientos Régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculdaos a los colectivos de los pueblos indígenas vinculdaos a los
recursos biológicosrecursos biológicos , Ley N° 27811 (2002), Ley N° 27811 (2002)
ObjetivosObjetivos
Respeto y proteccion de conocimientosRespeto y proteccion de conocimientos
Distribución justa y equitativa de beneficios Distribución justa y equitativa de beneficios derivados, para los PP II y la humanidadderivados, para los PP II y la humanidad
Garantizar conocimiento informado previoGarantizar conocimiento informado previo
Fortalecer capacidades de PP IIFortalecer capacidades de PP II
Evitar inadecuado uso de patentes (atender la Evitar inadecuado uso de patentes (atender la novedad e inventiva)novedad e inventiva)
DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES DIVERSIDAD BIOLOGICA Y COMUNIDADES ORIGINARIAS ORIGINARIAS
Ley N° 27811 (2002)Ley N° 27811 (2002)
Principios generalesPrincipios generales
Condiciones para el accesoCondiciones para el acceso
Acceso con fines de aplicación comercial industrialAcceso con fines de aplicación comercial industrial
Porcentajes para Fondo de Desarrollo de los PP IIPorcentajes para Fondo de Desarrollo de los PP II
Rol de las generaciones presentesRol de las generaciones presentes
Naturaleza coletriva de de los conocmientosNaturaleza coletriva de de los conocmientos
Conocimientos colectivos y patrimonio culturalConocimientos colectivos y patrimonio cultural
Inalienabilidad e imprescriptibilidad de derechosInalienabilidad e imprescriptibilidad de derechos
Conocimientos colectivos que están dn dominio públicoConocimientos colectivos que están dn dominio público
Representantes de los Pueblos IndígenasRepresentantes de los Pueblos Indígenas
3.2 3333333 333333 3.2 3333333 333333 LEY DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, LEY DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS,
LEY N° 26834 (1997LEY N° 26834 (1997)) Antecedentes: SINUC (DL 21147, 1975)Antecedentes: SINUC (DL 21147, 1975) Concepto, objetivosConcepto, objetivos Base Legal: Constitución, CMARN. Convenio sobre Base Legal: Constitución, CMARN. Convenio sobre
Diversidad BiológicaDiversidad Biológica Categorías y zonificaciónCategorías y zonificación Objetivos y lineamientos para la gestión del Sistema Objetivos y lineamientos para la gestión del Sistema
Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE)(SINANPE)
Estrategia NacionalEstrategia Nacional Dominio, áreas de conservación privadas, zonas Dominio, áreas de conservación privadas, zonas
reservadas, zonas de amortiguamiento, entre otras.reservadas, zonas de amortiguamiento, entre otras. Prohibición de no renovables en áreas de uso Prohibición de no renovables en áreas de uso
indirectoindirecto
LEY DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, LEY DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS,
LEY N° 26834 (1997LEY N° 26834 (1997)) Espacios continentales y/o marinos del Espacios continentales y/o marinos del
territorio nacional, reconocidos y territorio nacional, reconocidos y declarados como tales, para conservar declarados como tales, para conservar la diversidad biológica y demás valores la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, asociados de interés cultural, paisajístico y científicopaisajístico y científico
Constituyen Patrimonio de la Nación y Constituyen Patrimonio de la Nación y son de Dominio Público por lo que la son de Dominio Público por lo que la propiedad sobre ellas, en todo o en propiedad sobre ellas, en todo o en parte, no puede ser transferida a parte, no puede ser transferida a particularesparticulares
LEY DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, LEY DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS,
LEY N° 26834 (1997LEY N° 26834 (1997)) Constitución Política del Perú de 1993Constitución Política del Perú de 1993
Decreto Legislativo N° 613: Código del Medio Decreto Legislativo N° 613: Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Ambiente y los Recursos Naturales
Ley 26834: Ley de Áreas Naturales ProtegidasLey 26834: Ley de Áreas Naturales Protegidas
Ley 26839: Ley de para la Conservación y Ley 26839: Ley de para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad BiológicaBiológica
Decreto Supremo Nº 010-99-AG Aprueba el Plan Decreto Supremo Nº 010-99-AG Aprueba el Plan Director del Sistema de Áreas Naturales ProtegidasDirector del Sistema de Áreas Naturales Protegidas
Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Aprueba el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Aprueba el Reglamento de Áreas Naturales ProtegidasReglamento de Áreas Naturales Protegidas
Plan Director del SINANPEPlan Director del SINANPE Decreto Supremo 010-99-AG, 11 de abril de 1999Decreto Supremo 010-99-AG, 11 de abril de 1999 Documento aprobado por el Poder Ejecutivo : Documento aprobado por el Poder Ejecutivo :
principios y normas fundamentales para la principios y normas fundamentales para la formación, organización y funcionamiento del formación, organización y funcionamiento del SINANPESINANPE
Estrategia del Sistema con una visión a 10 años, es Estrategia del Sistema con una visión a 10 años, es decir al 2009decir al 2009
Tuvo un diagnóstico muy completoTuvo un diagnóstico muy completo Establece las zonas prioritarias de conservaciónEstablece las zonas prioritarias de conservación Criterios para representatividad biológica del Criterios para representatividad biológica del
SINANPESINANPE Lineamientos para la gestión de las ANPs.Lineamientos para la gestión de las ANPs. Estrategias de distintos niveles de áreasEstrategias de distintos niveles de áreas Plan de acciónPlan de acción
Reglamento de la Ley de ANPsReglamento de la Ley de ANPs
Decreto Supremo 038-2001-AG, 26 de junio del Decreto Supremo 038-2001-AG, 26 de junio del 2001.2001.
189 artículos y 12 disposiciones finales.189 artículos y 12 disposiciones finales. Define conceptos, instrumentos, Define conceptos, instrumentos,
procedimientos a mucho mayor detalle.procedimientos a mucho mayor detalle. Introduce temas como áreas marino Introduce temas como áreas marino
y costeras, reservas de biosfera, y costeras, reservas de biosfera, sitios de patrimonio mundial, guarda parques sitios de patrimonio mundial, guarda parques voluntarios, sanciones administrativas, voluntarios, sanciones administrativas, procedimientos para operaciones procedimientos para operaciones de hidrocarburos y minería. de hidrocarburos y minería.
Categorías de Áreas Naturales Protegidas
USO INDIRECTOUSO INDIRECTO Permiten la Permiten la
investigación investigación científica, la científica, la recreación y el recreación y el turismo. turismo.
En estas áreas no se En estas áreas no se permite la extracción permite la extracción de recursos naturales, de recursos naturales, así como las así como las modificaciones y modificaciones y transformaciones del transformaciones del ambiente naturalambiente natural
USO DIRECTOUSO DIRECTO Permiten el Permiten el
aprovechamiento o aprovechamiento o extracción de recursos, extracción de recursos, prioritariamente por las prioritariamente por las poblaciones locales, en poblaciones locales, en aquellas zonas y lugares y aquellas zonas y lugares y para aquellos recursos, para aquellos recursos, definidos por el plan de definidos por el plan de manejo del área.manejo del área.
Los usos y actividades Los usos y actividades que se desarrollen deberán que se desarrollen deberán ser compatibles con los ser compatibles con los objetivos del área.objetivos del área.
Categorías de Áreas Naturales Protegidas
USO INDIRECTOUSO INDIRECTO Parques Parques
NacionalesNacionales Santuarios Santuarios
NacionalesNacionales Santuarios Santuarios
HistóricosHistóricos
USO DIRECTOUSO DIRECTO Reservas PaisajísticasReservas Paisajísticas Refugios de Vida Refugios de Vida
SilvestreSilvestre Reservas NacionalesReservas Nacionales Reservas ComunalesReservas Comunales Bosques de ProtecciónBosques de Protección Cotos de CazaCotos de Caza
Niveles de Áreas Naturales Niveles de Áreas Naturales ProtegidasProtegidas
- SINANPE : Áreas de administración SINANPE : Áreas de administración nacional, que son parte del Sistema nacional, que son parte del Sistema Nacional de Áreas Naturales ProtegidasNacional de Áreas Naturales Protegidas
- Áreas de administración regional, - Áreas de administración regional, denominadas Áreas de Conservación denominadas Áreas de Conservación RegionalRegional
- Áreas de Conservación Privadas- Áreas de Conservación Privadas - Áreas de Conservación Municipal- Áreas de Conservación Municipal - Áreas Marino Costeras- Áreas Marino Costeras
Zonificación al interior de las Áreas Zonificación al interior de las Áreas Naturales ProtegidasNaturales Protegidas
Zona de Protección Estricta (PE)Zona de Protección Estricta (PE) Zona Silvestre (S)Zona Silvestre (S) Zona de Uso Turístico y Zona de Uso Turístico y
Recreativo (T)Recreativo (T) Zona de Aprovechamiento Zona de Aprovechamiento
Directo (AD)Directo (AD) Zona de uso Especial (UE)Zona de uso Especial (UE) Zona de Recuperación (REC)Zona de Recuperación (REC) Zona Histórico-Cultural (HC)Zona Histórico-Cultural (HC)
Declaratoria de un Área Natural Declaratoria de un Área Natural ProtegidaProtegidaLas Áreas Naturales Protegidas del Las Áreas Naturales Protegidas del
SINANPE y las de Conservación Regional SINANPE y las de Conservación Regional se declaran mediante Decreto Supremo, se declaran mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Agriculturarefrendado por el Ministro de Agricultura
Si las áreas incluyen ecosistemas marinos Si las áreas incluyen ecosistemas marinos o aguas continentales donde sea posible el o aguas continentales donde sea posible el aprovechamiento de recursos aprovechamiento de recursos hidrobiológicos, también lo refrenda el hidrobiológicos, también lo refrenda el Ministerio de la ProducciónMinisterio de la Producción
Las Areas de Conservación Privada y las Las Areas de Conservación Privada y las Zonas Reservadas se declaran por Zonas Reservadas se declaran por Resolución MinisterialResolución Ministerial
Zonas reservadasZonas reservadas
Condición transitoria de un espacio Condición transitoria de un espacio natural hasta que se define su natural hasta que se define su categorización como ANP, tras los categorización como ANP, tras los estudios definitivos que determinen su estudios definitivos que determinen su categoría categoría
Se la aplica las normas sobre ANPSSe la aplica las normas sobre ANPS
Zonas de amortiguamientoZonas de amortiguamiento
No son parte del área protegidaLa autoridad de áreas protegidas no tiene
una competencia directa sobre ellas.Se requiere informe favorable del INRENA
para actividades en estas zonas.El rol es más bien promotor de actividades
compatibles con los objetivos del área. Garantizan la conservación de las ANPs
» SPDASPDA
Establecimiento de las zonas de Establecimiento de las zonas de amortiguamientoamortiguamiento Las normas establecen que se determinan Las normas establecen que se determinan
dentro del Plan Maestro de cada área.dentro del Plan Maestro de cada área. La mayoría existentes a la fecha fueron La mayoría existentes a la fecha fueron
establecidas mediante Resoluciones establecidas mediante Resoluciones Jefaturales en diciembre del 2001, de manera Jefaturales en diciembre del 2001, de manera provisional. Los Planes Maestros deben provisional. Los Planes Maestros deben consolidar estas normas.consolidar estas normas.
Actividades compatibles: ecoturismo, Actividades compatibles: ecoturismo, manejo o recuperación de flora y fauna, manejo o recuperación de flora y fauna, áreas de conservación privada, concesiones áreas de conservación privada, concesiones para conservación, servicios ambientales, para conservación, servicios ambientales, investigación, recuperación de hábitats, investigación, recuperación de hábitats, agroforestería.agroforestería. SPDASPDA
Plan MaestroPlan Maestro Documento de planificación para cada ANPDocumento de planificación para cada ANP Realizado por procesos participativosRealizado por procesos participativos Revisado cada cinco (5) añosRevisado cada cinco (5) años Define:Define:
Zonificación, estrategias y políticas Zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión del áreagenerales para la gestión del área
Organización, objetivos, planes Organización, objetivos, planes específicos y programas de manejoespecíficos y programas de manejo
Principios de cooperación, coordinación Principios de cooperación, coordinación y participación relacionados al área y y participación relacionados al área y sus zonas de amortiguamientosus zonas de amortiguamiento
SPDASPDA
Administración de las ÁreasAdministración de las Áreas
El INRENA es el ente rector del Sistema El INRENA es el ente rector del Sistema y quien conduce la gestión de las y quien conduce la gestión de las áreas. El INRENA es un organismo áreas. El INRENA es un organismo descentralizado del Ministerio de descentralizado del Ministerio de Agricultura con rango de Vice-Agricultura con rango de Vice-Ministerio.Ministerio.
Intendencia de Áreas Naturales Intendencia de Áreas Naturales Protegidas.Protegidas.
Jefatura del ANP.Jefatura del ANP.Guarda parques.Guarda parques.
Modalidades de participación Modalidades de participación privada en la gestiónprivada en la gestión
Contratos de Administración.Contratos de Administración.Comités de Gestión.Comités de Gestión.Contratos para prestación de servicios Contratos para prestación de servicios
(concesiones para ecoturismo).(concesiones para ecoturismo).Acuerdos con pobladores locales.Acuerdos con pobladores locales.Convenios con Organizaciones sin fines Convenios con Organizaciones sin fines
lucro.lucro.Areas de conservación privadasAreas de conservación privadas
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS NORMAS AMBIENTALESAMBIENTALES
LEY ORGÁNICA PARA EL APROVECHAMIENTO LEY ORGÁNICA PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES, LEY SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES, LEY 26821 (1997)26821 (1997)
Concepto de recurso naturalConcepto de recurso natural Concepto de aprovechamiento sostenibleConcepto de aprovechamiento sostenible Condiciones para el otorgamiento de derechos y el Condiciones para el otorgamiento de derechos y el
aprovechamiento sostenible de los recursos aprovechamiento sostenible de los recursos naturalesnaturales
Criterios para su aprovechamiento sostenibleCriterios para su aprovechamiento sostenible Labor promotora del Estado:Labor promotora del Estado: garantiza el garantiza el
aprovechamiento de los recursos naturales por los aprovechamiento de los recursos naturales por los particulares y el ejercicio de su soberaníaparticulares y el ejercicio de su soberanía
LEY ORGÁNICA PARA EL APROVECHAMIENTO LEY ORGÁNICA PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES, LEY SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES, LEY 26821 (1997)26821 (1997)
Concesión: Derechos y ObligacionesConcesión: Derechos y Obligaciones Seguridad jurídica de los derechosSeguridad jurídica de los derechos Zanja discusión sobre si RR NN pueden ser Zanja discusión sobre si RR NN pueden ser
entregados en propiedad: los particulares sólo son entregados en propiedad: los particulares sólo son propietarios de los frutos o productos de la fuente, propietarios de los frutos o productos de la fuente, mas no de ésta, que permanece bajo el dominio del mas no de ésta, que permanece bajo el dominio del EstadoEstado
Zonificación Ecológica económicaZonificación Ecológica económica Pauta generales a ser desarrolladas en leyes Pauta generales a ser desarrolladas en leyes
específicasespecíficas
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES
UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICOUNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO, , RESOLUCION LEGISLATIVA N° 26185 (1993)RESOLUCION LEGISLATIVA N° 26185 (1993)
Objetivo:Objetivo: estabilizar las concentraciones de estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero en la gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel tal que impida las atmósfera a un nivel tal que impida las interferencias antropógenas peligrosas en interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático, para la cual se el sistema climático, para la cual se establecerán razonables sistemas de plazos establecerán razonables sistemas de plazos para la adaptación progresiva de los para la adaptación progresiva de los ecosistemas y las actividades económicas. ecosistemas y las actividades económicas.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES
UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICOUNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO, , RESOLUCION LEGISLATIVA N° 26185 (1993)RESOLUCION LEGISLATIVA N° 26185 (1993)
Cambio ClimáticoCambio Climático aquel "cambio de clima aquel "cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables".durante períodos de tiempo comparables".
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES PROTOCOLO DE KYOTO (1997) AL CMNUCCPROTOCOLO DE KYOTO (1997) AL CMNUCC
Aprobado por Resolución Legislativa N° 27824 (10 de Aprobado por Resolución Legislativa N° 27824 (10 de Setiembre del 2002), ratificado por Decreto Supremo Setiembre del 2002), ratificado por Decreto Supremo N° 080-2002-RE. La Estrategia Nacional sobre Cambio N° 080-2002-RE. La Estrategia Nacional sobre Cambio Climático: DS N° 086-2003-PCM (27-10-03)aClimático: DS N° 086-2003-PCM (27-10-03)a
DesarrollaDesarrolla disposiciones del CMNUCC disposiciones del CMNUCC Art. 3.1, Países desarrollados, en procesos de Art. 3.1, Países desarrollados, en procesos de
transición a economía de mercado y la Unión Europea transición a economía de mercado y la Unión Europea asumen el compromiso de reducir, individualmente o asumen el compromiso de reducir, individualmente o conjuntamente entre los años 2008 y 2012, al menos conjuntamente entre los años 2008 y 2012, al menos un 5% de las emisiones antropogénicas de un un 5% de las emisiones antropogénicas de un paquete de seis gases de efecto invernadero, paquete de seis gases de efecto invernadero, enumerados en una lista y tomando como referencia enumerados en una lista y tomando como referencia los niveles de emisión de 1990.los niveles de emisión de 1990.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES PROTOCOLO DE KYOTO PdK, 1997 del CMNUCCPROTOCOLO DE KYOTO PdK, 1997 del CMNUCC El PdK contempla diversos mecanismos; el El PdK contempla diversos mecanismos; el
más importante para nuestro país sería el más importante para nuestro país sería el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL): Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL): permite que países con obligación de reducir permite que países con obligación de reducir emisiones (países industriales), puedan emisiones (países industriales), puedan realizar parte de las reducciones en territorio realizar parte de las reducciones en territorio de países en desarrollo, asumiendo aquellos de países en desarrollo, asumiendo aquellos los gastos del proyecto ––v.g. cambio de una los gastos del proyecto ––v.g. cambio de una fuente de energía–– y como contraparte fuente de energía–– y como contraparte obtiene las reducciones de los GEI. obtiene las reducciones de los GEI.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES PROTOCOLO DE KYOTO PdK, 1997 del CMNUCCPROTOCOLO DE KYOTO PdK, 1997 del CMNUCC
Las Las “emisiones” vendrían a ser la liberación de GEI “emisiones” vendrían a ser la liberación de GEI (Gases de Efectos Inveradero), sus precursores en (Gases de Efectos Inveradero), sus precursores en la atmósfera en un área y período de tiempo la atmósfera en un área y período de tiempo especificados. especificados. La disminución de estas emisiones La disminución de estas emisiones deberán realizarse mediante proyectos que deberán realizarse mediante proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible del país en contribuyan al desarrollo sostenible del país en desarrollo. desarrollo.
El PdK El PdK introduce el principio de créditos para los introduce el principio de créditos para los países que planten o protejan bosques-sumideros países que planten o protejan bosques-sumideros de carbono para el propio país y el extranjero. Los de carbono para el propio país y el extranjero. Los países desarrollados podrán cumplir con parte de países desarrollados podrán cumplir con parte de los compromisos a través del comercio de los compromisos a través del comercio de emisiones entre ellos mismos. emisiones entre ellos mismos.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES PROTOCOLO DE KYOTO PdK, 1997 del CMNUCCPROTOCOLO DE KYOTO PdK, 1997 del CMNUCC
Un MDL permitirá a países desarrollados Un MDL permitirá a países desarrollados mitigar obligaciones de Kyoto, financiando mitigar obligaciones de Kyoto, financiando proyectos conjuntos para reducir emisiones proyectos conjuntos para reducir emisiones en otros países (industrializados o en vías en otros países (industrializados o en vías de desarrollo). de desarrollo).
Nuevas oportunidades de negocio, vg. Nuevas oportunidades de negocio, vg. proyectos forestales para captura del proyectos forestales para captura del carbono (CO2) o proyectos de eficiencia carbono (CO2) o proyectos de eficiencia energética y nuevos combustibles para energética y nuevos combustibles para reducir emisiones.reducir emisiones.
Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Ley 28245 Un régimen integrado. Procuraduría Ad hoc. Ente fiscalizador autónomo. Adecuación del marco normativo: Ley del
Poder Ejecutivo, ROF del CONAM, leyes y reglamentos de las autoridades sectoriales
Mayor peso político y administrativo para la autoridad ambiental.
Precisión de algunas funciones del CONAM Facultades normativas y de control normativo
del CONAM, a nivel nacional, regional y local
Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Ley 28245
Mayor representatividad del Consejo Directivo del CONAM
Creación del Tribunal de Solución de Controversias Ambientales
Articulación de los regímenes de sanciones a través del Consejo de Ministros
Fortalecimiento del Sistema Nacional de Información Ambiental
Mandato de reestructuración de las unidades
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE LEY LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE LEY
N° 27308 REGLAMENTO DS N° 014-2001-AGN° 27308 REGLAMENTO DS N° 014-2001-AG Alcances general del nuevo régimen forestal Alcances general del nuevo régimen forestal
(vg. servicios ambientales) (vg. servicios ambientales) Ordenamiento ForestalOrdenamiento Forestal Manejo y Aprovechamiento de los Recursos Manejo y Aprovechamiento de los Recursos
Forestales: Modalidades de otorgamiento Forestales: Modalidades de otorgamiento (Concesiones, permisos y autorizaciones). (Concesiones, permisos y autorizaciones).
Concesiones Forestales con fines no Concesiones Forestales con fines no maderables maderables
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE LEY LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE LEY
N° 27308 REGLAMENTO DS N° 014-2001-AGN° 27308 REGLAMENTO DS N° 014-2001-AG Manejo y Aprovechamiento de la Fauna Manejo y Aprovechamiento de la Fauna
Silvestre Silvestre Protección de los Recursos Forestales y de Protección de los Recursos Forestales y de
Fauna Silvestre Fauna Silvestre Comunidades Campesinas y NativasComunidades Campesinas y Nativas SancionesSanciones OtrosOtros
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES REGLAMENTO NACIONAL DE ESTANDARES DE CALIDAD REGLAMENTO NACIONAL DE ESTANDARES DE CALIDAD
AMBIENTAL DEL AIREAMBIENTAL DEL AIRE DS N°074-2001-PCMDS N°074-2001-PCM
Principios: Principios: con el propósito de promover que las políticas con el propósito de promover que las políticas públicas e inversiones públicas y privadas contribuyan al públicas e inversiones públicas y privadas contribuyan al mejoramiento de la calidad del aire se tomarán en cuenta mejoramiento de la calidad del aire se tomarán en cuenta las disposiciones del CMARN y los siguientes principios:las disposiciones del CMARN y los siguientes principios:
La protección de la calidad del aire es obligación de La protección de la calidad del aire es obligación de todostodos
Medidas de mejoramiento de la calidad del aire se Medidas de mejoramiento de la calidad del aire se bsan en análisi costo beneficiobsan en análisi costo beneficio
La información y educación a la población sobre las La información y educación a la población sobre las prácticas que mejoran o detrioran la calidad del aire prácticas que mejoran o detrioran la calidad del aire serán constantes, confiables y oportunas.serán constantes, confiables y oportunas.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES REGLAMENTO NACIONAL DE ESTANDARES DE REGLAMENTO NACIONAL DE ESTANDARES DE
CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO DS N°085-2003-PCMDS N°085-2003-PCM
Objetivo:Objetivo: establecer los ECAs nacionales para establecer los ECAs nacionales para ruido y los lineamientos para no excederlos, con ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objeto de proteger la salud, mejorar la el objeto de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenibledesarrollo sostenible
ECAS Primarios y zonas de aplicaciónECAS Primarios y zonas de aplicación Instrumentos de gestiónInstrumentos de gestión Planes de Acción para la Prevención y Control Planes de Acción para la Prevención y Control
de la Contaminación Sonorade la Contaminación Sonora
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA AMBIENTAL MINERANORMATIVA AMBIENTAL MINERA
Base Legal: TUO DL 708Base Legal: TUO DL 708 Reglamento para la Protección Ambiental en Reglamento para la Protección Ambiental en
las Actividades Minero Metalúrgicas las Actividades Minero Metalúrgicas Responsabilidades de titulares; control y Responsabilidades de titulares; control y monitoreo permanente; informes sobre monitoreo permanente; informes sobre emisiones y vertimiento mediante la emisiones y vertimiento mediante la Declaración Anual; EIAs y PAMAs . PEMAs. DS Declaración Anual; EIAs y PAMAs . PEMAs. DS N° 016-93-EM, DS 59-93-EM.N° 016-93-EM, DS 59-93-EM.
Reglamento de Consulta y Participación Reglamento de Consulta y Participación Ciudadana en el Procedimiento de Aprobación Ciudadana en el Procedimiento de Aprobación de los Estudios Ambientales en el Sector, RM de los Estudios Ambientales en el Sector, RM N° 596-2002-EM/VMMN° 596-2002-EM/VMM
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA AMBIENTAL MINERANORMATIVA AMBIENTAL MINERA
Registro de entidades autorizadas a realizar Registro de entidades autorizadas a realizar EIA, RM N° 580-98-EM/VMMEIA, RM N° 580-98-EM/VMM
Ley 27015 Regula concesiones mineras en Ley 27015 Regula concesiones mineras en áreas urbanas y de expansión urbana. Modif áreas urbanas y de expansión urbana. Modif Ley N° 27560 (2001)Ley N° 27560 (2001)
Ley de Fiscalización de las Actividades Ley de Fiscalización de las Actividades Mineras, Ley N° 27474 (06-06-01)Mineras, Ley N° 27474 (06-06-01)
Disposiciones para el PEMA, DS N° 041-2001-Disposiciones para el PEMA, DS N° 041-2001-EMEM
Reglamento de Ley 27505, DS N° 008-2002-Reglamento de Ley 27505, DS N° 008-2002-EMEM
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA AMBIENTAL MINERA
Niveles máximos permisibles Registro de entidades autorizadas para Estudios de
Impacto Ambiental Guías Ambientales Reglamento ambiental para actividades de
exploración minera Actividad minera y derechos sobre tierra Ley que regula el Cierre de Minas, Ley N° 28090
(2003) Ley que regula los pasivos ambientales de la
actividad minera, Ley N° 28271 (06 Julio 2004) Otros
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA AMBIENTAL: HIDROCARBUROSNORMATIVA AMBIENTAL: HIDROCARBUROS
Base Legal: Ley Orgánica que norma las Base Legal: Ley Orgánica que norma las actividades de Hidrocarburos en el territorio actividades de Hidrocarburos en el territorio nacional, Ley N° 26621 (1993)nacional, Ley N° 26621 (1993)
Reglamento para la protección ambiental de Reglamento para la protección ambiental de las actividades de Hiodrocarburos, DS N° las actividades de Hiodrocarburos, DS N° 046-EM y 09-95-EM: EIA, PMA, EIAP046-EM y 09-95-EM: EIA, PMA, EIAP
Reglamento para la comercialización de Reglamento para la comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de Hidrcorburos, DS 030-98-EMDerivados de Hidrcorburos, DS 030-98-EM
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA AMBIENTAL: HIDROCARBUROSNORMATIVA AMBIENTAL: HIDROCARBUROS
Reglamento de Transporte de Hidrocarburos Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, DS N° 041-99-EM. Modificado por por Ductos, DS N° 041-99-EM. Modificado por DS N° 054-2001-EM: Derechos de uso y DS N° 054-2001-EM: Derechos de uso y servidumbreservidumbre
Reglamento de Distribuciónde Gas Natural por Reglamento de Distribuciónde Gas Natural por Red de Ductos, DS N° 042-99-EM (Art. 2 : EIA). Red de Ductos, DS N° 042-99-EM (Art. 2 : EIA). Modificado por DS N° 012-2001-EM, 053-2001-Modificado por DS N° 012-2001-EM, 053-2001-EM y otros. EM y otros.
Diversos temas conexos de carácter sectorial y Diversos temas conexos de carácter sectorial y transectorial : ej, ANPs, CC CC y NN, transectorial : ej, ANPs, CC CC y NN, actividades forestales, marítimas, aéres, actividades forestales, marítimas, aéres, patrimonio cultural, entre otras.patrimonio cultural, entre otras.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA AMBIENTAL: ACTIVIDADES NORMATIVA AMBIENTAL: ACTIVIDADES
ELÉCTRICASELÉCTRICAS Niveles máximos permisibles: efluentes líquidos Niveles máximos permisibles: efluentes líquidos
producto de actividades de generación, producto de actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica transmisión y distribución de energía eléctrica RD 008-97 EM / DGAARD 008-97 EM / DGAA
Casos para aprobación de EIA s y PAMAs: se Casos para aprobación de EIA s y PAMAs: se requerirá la opinión técnica del INRENA , DS 056-requerirá la opinión técnica del INRENA , DS 056-97-PCM97-PCM
Ley 26896 que obliga presentar, entre otras, un Ley 26896 que obliga presentar, entre otras, un EIA para actividades de generación EIA para actividades de generación termoeléctrica: potencia instalada supere los 10 termoeléctrica: potencia instalada supere los 10 MW (1997)MW (1997)
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA EL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA EL
DESARROLLO DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES DESARROLLO DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES MANUFACTURERAS (DS N° 019-97-ITINCI)MANUFACTURERAS (DS N° 019-97-ITINCI)
Define política ambiental para el Sector y la autoridad Define política ambiental para el Sector y la autoridad ambiental correspondienteambiental correspondiente
Establece instrumentos como Informes y Auditorías Establece instrumentos como Informes y Auditorías Ambientales, así como instrumentos económicosAmbientales, así como instrumentos económicos
Exigencias para nuevas actividades: Declaración de Exigencias para nuevas actividades: Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o Estudios de Impacto Impacto Ambiental (DIA) o Estudios de Impacto Ambiental (EIA)Ambiental (EIA)
Exigencias para actividades en curso: Diagnóstico Exigencias para actividades en curso: Diagnóstico Ambiental Preliminar (DAP) y Programa de Ambiental Preliminar (DAP) y Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)
Régimen de sanciones e incentivosRégimen de sanciones e incentivos
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES TURISMOTURISMO
La Ley de Organización y Funciones del Ministerio La Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley N° 27790 de Comercio Exterior y Turismo, Ley N° 27790 (08/2002) tiene su Reglamento el Decreto Supremo (08/2002) tiene su Reglamento el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR. Prevé entre las funciones N° 005-2002-MINCETUR. Prevé entre las funciones del Vice Ministerio de Turismo, formular, proponer, del Vice Ministerio de Turismo, formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico de dirigir, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico de Turismo Sostenible (Art. 55° inciso b). Entre sus Turismo Sostenible (Art. 55° inciso b). Entre sus órganos técnico normativos contempla una órganos técnico normativos contempla una Dirección Nacional de Turismo en cuyo interior se Dirección Nacional de Turismo en cuyo interior se encuentra una Dirección de Medio Ambiente y encuentra una Dirección de Medio Ambiente y Turismo Sostenible (Arts. 56° y 66°), sin haberse Turismo Sostenible (Arts. 56° y 66°), sin haberse explicitado sus funciones en esta reciente explicitado sus funciones en esta reciente normativa. normativa.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES LEY GENERAL DE PESCA (D.L.25977, DEL 21/12/92 )LEY GENERAL DE PESCA (D.L.25977, DEL 21/12/92 )
Art. 6°: El Estado dentro del marco regulador de la Art. 6°: El Estado dentro del marco regulador de la actividad pesquera, vela por la protección y actividad pesquera, vela por la protección y preservación del m. ambiente exigiendo se adopten preservación del m. ambiente exigiendo se adopten medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar los daños o riesgos de contaminación o deterioro en los daños o riesgos de contaminación o deterioro en el entorno marítimo, terrestre y atmosférico. el entorno marítimo, terrestre y atmosférico.
Art.10º: Ordenamiento pesquero:conjunto de normas Art.10º: Ordenamiento pesquero:conjunto de normas y acciones que permiten administrar una pesquería y acciones que permiten administrar una pesquería sobre la base del conocimiento actualizado de sus sobre la base del conocimiento actualizado de sus componentes biológicos – pesqueros, económicos y componentes biológicos – pesqueros, económicos y sociales, para la regulación de su explotación en sus sociales, para la regulación de su explotación en sus diferentes fases en las que se encuentra la actividad diferentes fases en las que se encuentra la actividad de procesamiento. de procesamiento.
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES LEY GENERAL DE PESCA (D.L.25977, DEL LEY GENERAL DE PESCA (D.L.25977, DEL
21/12/92 ) 21/12/92 )
Reglamento de la Ley General de Pesca Reglamento de la Ley General de Pesca (DS.N°012-2001-PE). Derogó al Reglamento (DS.N°012-2001-PE). Derogó al Reglamento General para la Protección Ambiental en las General para la Protección Ambiental en las Actividades Pesqueras y Acuícolas (Decreto Actividades Pesqueras y Acuícolas (Decreto Supremo N° 004-99-PE).Supremo N° 004-99-PE).
Titulo VII De la Protección Ambiental:Titulo VII De la Protección Ambiental:
Organismos competentesOrganismos competentes
De la gestión ambientalDe la gestión ambiental
De la fiscalización y auditirías ambientalesDe la fiscalización y auditirías ambientales
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR DEFENSANORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR DEFENSA
Ley de Control y Vigilancia de las actividades marítimas, Ley de Control y Vigilancia de las actividades marítimas, fluviales y lacustres (Ley N° 26620 de 1996): fluviales y lacustres (Ley N° 26620 de 1996): ámbito de ámbito de aplicación el mar adyacente a sus costas, su lecho hasta aplicación el mar adyacente a sus costas, su lecho hasta la distancia de 200 millas marinas, conforme la la distancia de 200 millas marinas, conforme la Constitución Política, los ríos y lagos navegables; las islas Constitución Política, los ríos y lagos navegables; las islas situadas en el mar hasta las 200 millas, en los ríos y situadas en el mar hasta las 200 millas, en los ríos y lagos navegables; los terrenos ribereños en la costa lagos navegables; los terrenos ribereños en la costa hasta los 50 metros medidos a partir de la más alta hasta los 50 metros medidos a partir de la más alta marea del mar, y las riberas, en las márgenes de los ríos marea del mar, y las riberas, en las márgenes de los ríos y lagos navegables, hasta la más alta crecida ordinaria; y lagos navegables, hasta la más alta crecida ordinaria; las personas naturales o jurídicas, cuyas actividades de las personas naturales o jurídicas, cuyas actividades de desarrollen en los ámbitos marítimo, fluvial y lacustre, desarrollen en los ámbitos marítimo, fluvial y lacustre, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otros sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otros
sectores de la administración pública (Art. 2º)sectores de la administración pública (Art. 2º)
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR
DEFENSADEFENSA Ley de Control y Vigilancia de las actividades Ley de Control y Vigilancia de las actividades
marítimas, fluviales y lacustres (Ley N° 26620 marítimas, fluviales y lacustres (Ley N° 26620 de 1996)de 1996)
La DICAPI, es el organismo rector de La DICAPI, es el organismo rector de Coordinación Nacional del Plan Nacional de Coordinación Nacional del Plan Nacional de Contingencias, cuyo objeto es controlar y Contingencias, cuyo objeto es controlar y combatir la contaminación del medio marino y combatir la contaminación del medio marino y aguas continentales navegables, sea por naves, aguas continentales navegables, sea por naves, plataformas fijas o móviles o por tuberías de plataformas fijas o móviles o por tuberías de carga y descarga de hidrocarburos y otras carga y descarga de hidrocarburos y otras sustancias nocivassustancias nocivas
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR
DEFENSADEFENSA Reglamento de la Ley N° 26620, DS N° Reglamento de la Ley N° 26620, DS N°
028-DE/MGP028-DE/MGP Parte “F” De la Protección del Medio AmbienteParte “F” De la Protección del Medio Ambiente Cap. I. GeneralidadesCap. I. Generalidades Cap. II. Prevención de la contaminaciónCap. II. Prevención de la contaminación Cap. III.Protección de la zona costeraCap. III.Protección de la zona costera Cap. IV. El vertimientoCap. IV. El vertimiento Cap. V. Incidentes de contaminaciónCap. V. Incidentes de contaminación Cap. VI. Responsabilidad por daños derivados Cap. VI. Responsabilidad por daños derivados
de la de la contaminación contaminación
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR DEFENSA NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR DEFENSA Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas
(Código IMDG) (Código IMDG) Acuerdos y Convenios sobre explotación y conservación Acuerdos y Convenios sobre explotación y conservación
de las riquezas marítimas del Pacífico Sur (Santiago, de las riquezas marítimas del Pacífico Sur (Santiago, 1952). Resolución Legislativa Nº 12305 .1952). Resolución Legislativa Nº 12305 .
Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73) , Decreto Ley Nº 22703 y por los Buques (MARPOL 73) , Decreto Ley Nº 22703 y su Protocolo de 1978, Decreto Ley Nº 22954, su Protocolo de 1978, Decreto Ley Nº 22954, denominado MARPOL 73/78.-denominado MARPOL 73/78.-
Convenio Internacional sobre la Seguridad de la Vida Convenio Internacional sobre la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS, 74), Decreto Ley Nº 22681 Humana en el Mar (SOLAS, 74), Decreto Ley Nº 22681 (1979(1979
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES NORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR DEFENSANORMATIVA BÁSICA AMBIENTAL DEL SECTOR DEFENSA Sobre EIA:Sobre EIA: a) a) Convenio Regional para la Protección del Medio Marino y la Convenio Regional para la Protección del Medio Marino y la
Zona Costera del Pacífico Sudeste, Resolución Legislativa. El Zona Costera del Pacífico Sudeste, Resolución Legislativa. El Art.8º: exigencia de evaluación de posibles daños Art.8º: exigencia de evaluación de posibles daños ambientales, Ley Nº 24926 (1988. ambientales, Ley Nº 24926 (1988.
b) Términos de Referencia para EIA relativa a evacuación b) Términos de Referencia para EIA relativa a evacuación subacuática de residuos, Resolución Directoral Nº subacuática de residuos, Resolución Directoral Nº 0052-96/DGC. 0052-96/DGC.
c) Lineamientos para EIA en proyectos de construcción de c) Lineamientos para EIA en proyectos de construcción de muelles y similares, Resolución Ministerial Nº 0283-96/DGC.muelles y similares, Resolución Ministerial Nº 0283-96/DGC.
d) Normas para la participación ciudadana en EIA, Resolución d) Normas para la participación ciudadana en EIA, Resolución Directoral Nº 0197-98/DGC. Directoral Nº 0197-98/DGC.
Sobre Parámetros:Sobre Parámetros: Dictan disposiciones referidas a Dictan disposiciones referidas a contaminantes del mar y los criterios establecidos para su contaminantes del mar y los criterios establecidos para su identificación, Resolución Directoral Nº 0127-97/DCGidentificación, Resolución Directoral Nº 0127-97/DCG
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES Actividades Productivas y SocialesActividades Productivas y Sociales
SECTOR AGRARIO: actividades agrícolas (vg SECTOR AGRARIO: actividades agrícolas (vg pesticidas)pesticidas)
SECTOR VIVIENDA Y CONSTRUCCION Y SECTOR VIVIENDA Y CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO. ¿Reglamento nacional de SANEAMIENTO. ¿Reglamento nacional de construcciones y medio ambiente? ¿ y de construcciones y medio ambiente? ¿ y de saneamiento?saneamiento?
SECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. SECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. ¿Reglamento de protección ambiental para ¿Reglamento de protección ambiental para el transporte?el transporte?
ACTIVIDADES RIESGOSASACTIVIDADES RIESGOSAS
PRINCIPALES PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALESNORMAS AMBIENTALES ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y SOCIALESACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y SOCIALES
SECTOR AGRARIO: actividades agrícolas (vg SECTOR AGRARIO: actividades agrícolas (vg
pesticidas)pesticidas) RECURSOS TIERRASRECURSOS TIERRAS AGUAS CONTINENTALES AGUAS CONTINENTALES RECURSOS HIDROBIOLOGICOS. Activ RECURSOS HIDROBIOLOGICOS. Activ
acuícolaacuícola RECURSO PAISAJISTICORECURSO PAISAJISTICO RECURSOS GEOTERMICOSRECURSOS GEOTERMICOS
CUARTA PARTE CUARTA PARTE
DESAFÍOS Y RETOS AL DESAFÍOS Y RETOS AL DERECHO AMBIENTAL EN DERECHO AMBIENTAL EN
EL CASO PERUANO EL CASO PERUANO (TENDENCIAS Y CONCLUSIONES (TENDENCIAS Y CONCLUSIONES
SOBRE EL SISTEMA JURIDICO SOBRE EL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL PERUANO)AMBIENTAL PERUANO)
TENDENCIAS DEL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL TENDENCIAS DEL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL PERUANOPERUANO
1. 1. Constitucionalización. Constitucionalización. Const. de 1993, art.2 (inciso Const. de 1993, art.2 (inciso 22) y 22) y 66°al 69°66°al 69°
2.2. Codificación.Codificación. Ej: CMARN, Código Penal (Delitos Ej: CMARN, Código Penal (Delitos contra contra el medio ambiente), Código Procesal Civil (Art. 82 el medio ambiente), Código Procesal Civil (Art. 82
Intereses Difusos)Intereses Difusos) 3. 3. Institucionalización y transectorialización Institucionalización y transectorialización Ej: Ej:
Administrativización. CONAM, reparticiones Administrativización. CONAM, reparticiones ambientales ambientales sectoriales, municipiossectoriales, municipios
4. 4. RegionalizaciónRegionalización Ej: Comisiones Ambientales Ej: Comisiones Ambientales Regionales – Regionales – CARs – (dimensión subnacional)CARs – (dimensión subnacional)
5. 5. Inversión-Privatización / Internalización de costos Inversión-Privatización / Internalización de costos Ej: Ej: Ecologización empresarial, ISO 14000Ecologización empresarial, ISO 14000
TENDENCIAS DEL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL TENDENCIAS DEL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL PERUANOPERUANO
6. 6. MunicipalizaciónMunicipalización Ej: Normatividad e Ej: Normatividad e institucionalidad ambiental edilinstitucionalidad ambiental edil
7.7. Criminalización Criminalización Ej: Delitos Ej: Delitos ambientales.Normas ambientales.Normas procesales (v.g. Ley 26631)procesales (v.g. Ley 26631)
8. 8. Judicialización Judicialización Ej: acciones civiles, penales y Ej: acciones civiles, penales y constitucionales en materia ambientalconstitucionales en materia ambiental
9. 9. Reglamentación ambiental Reglamentación ambiental Sectores minero – Sectores minero – energético, pesquero y acuícola, industrial energético, pesquero y acuícola, industrial manufactureromanufacturero
10.10. InternacionalizaciónInternacionalización Ej: Tratados, Convenios, Ej: Tratados, Convenios, Decisiones (Comunidad AndinaDecisiones (Comunidad Andina
TENDENCIAS DEL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL TENDENCIAS DEL SISTEMA JURIDICO AMBIENTAL PERUANOPERUANO
11.11. Especialización y Tecnificación normativa Especialización y Tecnificación normativa Ej.ECAs. Ej.ECAs. LMPs, auditorías, fiscalizaciónLMPs, auditorías, fiscalización
12.12. Ambientalización legislativaAmbientalización legislativa Ej. Expedición de normas Ej. Expedición de normas con rango de ley que incorporan variables con rango de ley que incorporan variables ambientales ambientales
(leyes sobre recursos naturales,residuos (leyes sobre recursos naturales,residuos sólidos, etc.)sólidos, etc.) 13.13. “Etnicización”“Etnicización” Ej: Incorporación de variable étnica: Ej: Incorporación de variable étnica:
comunidades campesinas y nativas (Div.Biológica)comunidades campesinas y nativas (Div.Biológica) 14.14. Principialística o Nomoárquica Ambiental. Ej.Principios Principialística o Nomoárquica Ambiental. Ej.Principios
ambientales generales (vg.CMARN) y específicosambientales generales (vg.CMARN) y específicos 15. 15. Politización AmbientalPolitización Ambiental. Ej. Normativa políticoambiental . Ej. Normativa políticoambiental
general (vg. Constitución, CMARN) y específica o general (vg. Constitución, CMARN) y específica o Sectorial (vg.Industria, entre otras)Sectorial (vg.Industria, entre otras)
Algunas conclusionesAlgunas conclusiones
Definición progresiva de políticas ambientales sectoriales; sin Definición progresiva de políticas ambientales sectoriales; sin embargo se requiere una mayor integración con las políticas embargo se requiere una mayor integración con las políticas comerciales y económicas, para que se pueda advertir una comerciales y económicas, para que se pueda advertir una auténtica voluntad o decisión política que considere las auténtica voluntad o decisión política que considere las exigencias ambientales; exigencias ambientales;
Proceso paulatino de armonización de la normativa ambiental. Proceso paulatino de armonización de la normativa ambiental. vg. asignación de competencias a partir de temas concretos: vg. asignación de competencias a partir de temas concretos: residuos sólidos, actividad forestal, definición de LMPs y residuos sólidos, actividad forestal, definición de LMPs y ECAs; ECAs;
Generación de normas mediante sistemas concertados: Generación de normas mediante sistemas concertados: grupos de trabajo técnicos ambientales; grupos de trabajo técnicos ambientales;
Mecanismos de participación y acceso a la información Mecanismos de participación y acceso a la información ambiental; sin embargo se requieren afinar aspectos ambiental; sin embargo se requieren afinar aspectos procedimentales para garantizar con equidad ejericicio de procedimentales para garantizar con equidad ejericicio de derechos ciudadanosderechos ciudadanos
Algunas conclusionesAlgunas conclusiones
Consolidación normativa en implementación de principales Consolidación normativa en implementación de principales instrumentos de gestión ambiental introducidos en nuestro instrumentos de gestión ambiental introducidos en nuestro sistema legal: EIAs,Ordenamiento Ambiental, LMPs ECAs, sistema legal: EIAs,Ordenamiento Ambiental, LMPs ECAs,
Consolidación hacia un sistema de gestión ambiental; sin Consolidación hacia un sistema de gestión ambiental; sin embargo ello requerirá un conjunto de enmiendas respecto embargo ello requerirá un conjunto de enmiendas respecto las normas con rango de Ley. vg. Proceso paulatino de las normas con rango de Ley. vg. Proceso paulatino de armonización de la normativa ambiental. vg. asignación de armonización de la normativa ambiental. vg. asignación de competencias a partir de temas concretos: residuos sólidos, competencias a partir de temas concretos: residuos sólidos, actividad forestal, definición de LMPs y ECAs. Urge reforma actividad forestal, definición de LMPs y ECAs. Urge reforma normativa acompañda de los otros elementos que permiten normativa acompañda de los otros elementos que permiten una adecuada aplicación y eficacia normativa; una adecuada aplicación y eficacia normativa;
Generación de normas mediante sistemas concertados: Generación de normas mediante sistemas concertados: grupos de trabajo técnicos ambientales;grupos de trabajo técnicos ambientales;
Algunas conclusionesAlgunas conclusiones
Mecanismos de participación y acceso a la información Mecanismos de participación y acceso a la información ambiental; sin embargo se requieren afinar aspectos ambiental; sin embargo se requieren afinar aspectos procedimentales para garantizar con equidad ejericicio de procedimentales para garantizar con equidad ejericicio de derechos ciudadanos;derechos ciudadanos;
Se requiere el desarrollo y sistematización jurisprudencia Se requiere el desarrollo y sistematización jurisprudencia administrativa ambiental y de administrativa ambiental y de
Demanda por introducción de mas instrumentos económicosDemanda por introducción de mas instrumentos económicos Requerimiento de mayor cantidad y calidad de operadores Requerimiento de mayor cantidad y calidad de operadores
ambientales, incluyendo los de carácter jurídico. Implica ambientales, incluyendo los de carácter jurídico. Implica diversos escenarios formativos (“Frente Azul”).diversos escenarios formativos (“Frente Azul”).
Consolidación hacia un sistema de gestión ambiental; sin Consolidación hacia un sistema de gestión ambiental; sin embargo ello requerirá un conjunto de enmiendas respecto las embargo ello requerirá un conjunto de enmiendas respecto las normas con rango de Ley. vg.normas con rango de Ley. vg.
ANEXO
Anteproyecto de Ley de Reforma del
Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TÍTULO PRELIMINARTÍTULO PRELIMINAR Artículo I.- Derecho y deber fundamentalArtículo I.- Derecho y deber fundamental Artículo II.- Derecho de acceso a la informaciónArtículo II.- Derecho de acceso a la información Artículo III.- Derecho a la participación en la Artículo III.- Derecho a la participación en la
gestión ambientalgestión ambiental Artículo IV.- Derecho de acceso a la justicia Artículo IV.- Derecho de acceso a la justicia
ambientalambiental Artículo V.- Limitaciones al Ejercicio de los Artículo V.- Limitaciones al Ejercicio de los
Derechos FundamentalesDerechos Fundamentales Artículo VI.- Papel del Estado en materia Artículo VI.- Papel del Estado en materia
ambientalambiental Artículo VII.- Principio de la sostenibilidadArtículo VII.- Principio de la sostenibilidad
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TÍTULO PRELIMINARTÍTULO PRELIMINAR Artículo VIII.- Principio de prevenciónArtículo VIII.- Principio de prevención Artículo IX.- Principio PrecautorioArtículo IX.- Principio Precautorio Artículo X.- Principio de internalización de costosArtículo X.- Principio de internalización de costos Artículo XI.- Principio de responsabilidad Artículo XI.- Principio de responsabilidad
ambientalambiental Artículo XII.- Principio de equidad Artículo XII.- Principio de equidad Artículo XIII.- El ambiente como Patrimonio de la Artículo XIII.- El ambiente como Patrimonio de la
NaciónNación Artículo XIV.- Carácter de orden público de las Artículo XIV.- Carácter de orden público de las
normas ambientales normas ambientales
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO ITITULO I DISPOSICIÓN GENERALDISPOSICIÓN GENERAL
TITULO IITITULO II POLÍTICA AMBIENTAL NACIONAL Y POLÍTICA AMBIENTAL NACIONAL Y
DE LOS RECURSOS NATURALESDE LOS RECURSOS NATURALES
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TÍTULO III INSTRUMENTOS DE GESTIÓN TÍTULO III INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTALAMBIENTAL
1.1. Sistemas de Gestión AmbientalSistemas de Gestión Ambiental 2.2. Ordenamiento Ambiental del TerritorioOrdenamiento Ambiental del Territorio 3.3. Evaluación de Impacto AmbientalEvaluación de Impacto Ambiental 4.4. Estándares Nacionales de Calidad AmbientalEstándares Nacionales de Calidad Ambiental 5.5. Límites Máximos PermisiblesLímites Máximos Permisibles 6.6. Sistemas de Información AmbientalSistemas de Información Ambiental 7.7. Instrumentos EconómicosInstrumentos Económicos 8.8. Estrategias, Planes y ProgramasEstrategias, Planes y Programas 9.9. Mecanismos de Participación CiudadanaMecanismos de Participación Ciudadana 10.10. Instrumentos de Fiscalización y SanciónInstrumentos de Fiscalización y Sanción
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TÍTULO III INSTRUMENTOS DE GESTIÓN TÍTULO III INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTALAMBIENTAL
CAPÍTULO 1 SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1 SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL CAPITULO 2 ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIOCAPITULO 2 ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO CAPITULO 3 INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO CAPITULO 3 INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL, DE ADECUACIÓN AMBIENTAL Y DE TRATAMIENTO DE AMBIENTAL, DE ADECUACIÓN AMBIENTAL Y DE TRATAMIENTO DE PASIVOSPASIVOS
CAPITULO 4 ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL Y LÍMITES CAPITULO 4 ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL Y LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLESMÁXIMOS PERMISIBLES
CAPITULO 5 SISTEMAS DE INFORMACIÓN AMBIENTALCAPITULO 5 SISTEMAS DE INFORMACIÓN AMBIENTAL CAPITULO 6 DE LOS INSTRUMENTOS ECONÓMICOS Y DEL CAPITULO 6 DE LOS INSTRUMENTOS ECONÓMICOS Y DEL
FINANCIAMIENTO DE LA GESTIÓN AMBIENTALFINANCIAMIENTO DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 7 ESTRATEGIAS, PLANES Y PROGRAMASCAPÍTULO 7 ESTRATEGIAS, PLANES Y PROGRAMAS CAPÍTULO 8 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANACAPÍTULO 8 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA CAPITULO 7 FISCALIZACIÓN Y SANCIÓNCAPITULO 7 FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO IV. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO EN TITULO IV. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO EN MATERIA AMBIENTALMATERIA AMBIENTAL
CAPÍTULO 1 SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN CAPÍTULO 1 SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTALAMBIENTAL
CAPÍTULO 2 ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS CAPÍTULO 2 ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS AMBIENTALESAMBIENTALES
CAPÍTULO 3 AUTORIDAD AMBIENTAL NACIONALCAPÍTULO 3 AUTORIDAD AMBIENTAL NACIONAL CAPITULO 4 GESTIÓN AMBIENTAL SECTORIALCAPITULO 4 GESTIÓN AMBIENTAL SECTORIAL CAPITULO 5 GESTIÓN AMBIENTAL CAPITULO 5 GESTIÓN AMBIENTAL
DESCENTRALIZADADESCENTRALIZADA CAPITULO 6 FORTALECIMIENTO DE LAS CAPITULO 6 FORTALECIMIENTO DE LAS
ENTIDADES AMBIENTALESENTIDADES AMBIENTALES
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO V. APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE TITULO V. APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALESLOS RECURSOS NATURALES
CAPITULO 1 CONSERVACIÓN Y CAPITULO 1 CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALESRECURSOS NATURALES
CAPITULO 2 CONSERVACIÓN DE LA CAPITULO 2 CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICADIVERSIDAD BIOLOGICA
CAPITULO 3 MODALIDADES DE CONSERVACIÓN CAPITULO 3 MODALIDADES DE CONSERVACIÓN IN SITUIN SITU
CAPÍTULO 4 MODALIDADES DE CAPÍTULO 4 MODALIDADES DE CONSERVACIÓN EX SITUCONSERVACIÓN EX SITU
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO VI. CALIDAD AMBIENTALTITULO VI. CALIDAD AMBIENTAL CAPITULO 1 ELABORACIÓN DE CAPITULO 1 ELABORACIÓN DE
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL Y ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL Y LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLESLÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES
CAPITULO 2 GESTION DE RESIDUOSCAPITULO 2 GESTION DE RESIDUOS CAPITULO 3 GESTION DE LAS AGUAS CAPITULO 3 GESTION DE LAS AGUAS
RESIDUAESRESIDUAES CAPITULO 4 EMISIÓNES ATMOSFERICAS CAPITULO 4 EMISIÓNES ATMOSFERICAS CAPITULO 5 INFRAESTRUCTURA Y CAPITULO 5 INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS DE SANEAMIENTOSERVICIOS DE SANEAMIENTO
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO VII. EMPRESA Y AMBIENTECAPITULO 1 PRODUCCIÓN LIMPIA CAPITULO 2 RESPONSABILIDAD
SOCIAL, NORMAS VOLUNTARIAS Y AUTORREGULACIÓN
CAPÍTULO 3 TURISMO SOSTENIBLECAPÍTULO 4 CONSUMO SOSTENIBLECAPÍTULO 5 COMERCIO Y AMBIENTE
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO VIII. TITULO VIII. CIUDADANIA AMBIENTALCIUDADANIA AMBIENTALCAPITULO 1 POBLACIÓN Y AMBIENTECAPITULO 1 POBLACIÓN Y AMBIENTECAPÍTULO 2 INFORMACIÓN CAPÍTULO 2 INFORMACIÓN
AMBIENTALAMBIENTALCAPITULO 3 PARTICIPACIÓN CAPITULO 3 PARTICIPACIÓN
CIUDADANACIUDADANACAPITULO 4 CIENCIA , TECNOLOGÍA Y CAPITULO 4 CIENCIA , TECNOLOGÍA Y
EDUCACIÓN AMBIENTALEDUCACIÓN AMBIENTAL
Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Anteproyecto de Ley de Reforma del Decreto Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Legislativo N° 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos NaturalesRecursos Naturales
TITULO IX. CUMPLIMIENTO DE LAS TITULO IX. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONESOBLIGACIONES
CAPITULO 1 FISCALIZACIÓN Y CONTROLCAPITULO 1 FISCALIZACIÓN Y CONTROL CAPITULO 2 RÉGIMEN DE CAPITULO 2 RÉGIMEN DE
RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO AMBIENTALAMBIENTALCAPITULO 3 MECANISMOS CAPITULO 3 MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOSCONFLICTOS
Términos para el glosarioTérminos para el glosario Responsabilidad Social de la Empresa Responsabilidad Social de la Empresa Consumo sostenibleConsumo sostenible Información ambiental Información ambiental