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BASES CONCURSO
”PROGRAMA SHARKTANK INACAP”
CONVOCATORIA 2018
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP
CENTRO DE EMPRENDIMIENTO
INCUBADORA DE NEGOCIOS
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1. ANTECEDENTES DEL CENTRO DE EMPRENDIMIENTO.
INACAP considera dentro de sus objetivos apoyar a sus alumnos, ex alumnos y
docentes, como también a los emprendedores que no posean una relación directa con
la institución, en la formación de competencias y desarrollo de habilidades que les
permitan iniciar o potenciar sus emprendimientos a través de los cuales sea posible la
creación de empresas innovadoras y con alto potencial de crecimiento, aportando así al
desarrollo del país.
Para el logro de dicho objetivo, la Universidad Tecnológica de Chile INACAP creó una
unidad sin personalidad jurídica propia, denominada Incubadora de Negocios de INACAP
(en adelante “Incubadora INACAP), perteneciente al Centro de Emprendimiento
INACAP, cofinanciada por la CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
(CORFO), a través de su Línea “OPERACIÓN DE INCUBADORAS”.
2. ANTECEDENTES DEL PROGRAMA
La presente convocatoria al Programa SharkTank INACAP, en adelante “Programa”,
impulsado por la Incubadora INACAP, se enmarca dentro de los esfuerzos de la
Universidad INACAP por generar instancias de crecimiento y consolidación de
emprendimientos tecnológicos, dinámicos y de alto potencial de crecimiento en Chile.
El Programa tiene por objeto principal fortalecer y mejorar el entorno y cultura de
emprendimiento y promover el desarrollo de habilidades, conocimiento, competencias y
actitudes necesarias para lograr una operación de levantamiento de capital satisfactorio,
disminuyendo la asimetría de información existente entre emprendedores e
inversionistas.
El Programa busca formar a quince (15) emprendimientos, en adelante “Start-Ups”, en
temas de Venture Capital. Además, ofrece a los cinco (5) mejores la posibilidad de
presentarse frente a inversionistas reales en un Sharktank.
Teniendo en cuenta el objetivo del Concurso, en el presente instrumento se vienen a
establecer (las “Bases”) los requisitos, términos y condiciones para que las Start-Ups
puedan participar del mismo, en la forma y oportunidades que se indicará en los
apartados siguientes.
3. PARTICIPANTES
3.1. Requisitos:
La convocatoria al Concurso será abierta a Start-Ups, es decir, emprendimientos
basados en modelos de negocios de productos, servicios o formas de comercialización
de tipo tecnológico, dinámico y altamente escalable, de todo Chile, que cumplan con los
requisitos que se señalan a continuación:
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Que se hayan constituido como una Sociedad, ya sea en el sistema simplificado
(“empresa en un día”) o bajo el sistema tradicional;
Tener un equipo de trabajo en donde al menos uno de sus miembros tenga
dedicación completa a su Empresa o Start-Up;
Que la sociedad no tenga una antigüedad mayor a 5 años, contados desde la
fecha de su constitución.
Que en el modelo de negocio o quehacer de la Start-Up contemple el desarrollo
de emprendimientos de carácter tecnológico, dinámico y de alto potencial de
crecimiento,
Que hayan completado convocatoria al Programa Sharktank Incubadora INACAP
en http://incubadorainacap.charly.io, dentro de las fechas señaladas más
adelante.
3.2. Documentación requerida a los Participantes:
Junto con completar el formulario de postulación, los Participantes deberán hacer
entrega de la siguiente documentación:
- Copia Simple Escritura de Constitución de la sociedad, con vigencia de no más
de 60 días.
- Copia Simple de Escritura donde consten los poderes del representante del Start-
Up que suscribe el formulario de postulación, con vigencia de no más de 60 días.
- Cédula de identidad del líder del Start-Up.
- Inicio de Actividades.
- Formulario F-29 de los últimos seis (6) meses.
3.3. Consideraciones Generales:
Aquellas postulaciones que no cumplan con los requisitos indicados en este apartado no
serán elegibles.
Sólo podrán completar el formulario las personas que tengan facultades expresas de
representar a la Start-Up postulante o que, en su cargo, se entienda que dichas
facultades se entienden incorporadas (por ejemplo, el Gerente General).
4. ETAPAS DEL CONCURSO
4.1. Descripción General:
El Concurso se desarrollará en las siguientes etapas:
Postulación.
Evaluación y Selección Semi-Finalistas.
Formación Venture Capital.
Selección Finalistas.
Presentación ante el Comité de Inversiones en Sharktank.
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4.1. Etapa de Postulación:
La postulación se realizará a través de la plataforma Charly.io en el link
http://incubadorainacap.charly.io, Programa Sharktank Incubadora INACAP, entre el 03
de octubre de 2018 y las 23:59 horas del día 19 de octubre de 2018.
Cada participante deberá contar con una cuenta dentro de la plataforma, debiendo
registrase con nombre, correo y nombre del proyecto con el que se postula.
4.2. Etapa de Evaluación y Selección de Semi-Finalistas:
La evaluación de los participantes estará entregada a un Comité Evaluador compuesto
por tres (3) integrantes de la Incubadora de Negocios INACAP y otras áreas de la
Universidad, entre el 20 y el 22 de Octubre de 2018.
En esta etapa se elegirán las quince (15) Start-Ups con mayor grado de proyección y
potencial de crecimiento, según la siguiente rúbrica:
Variable / Criterio Ponderación Descripción
Problema y oportunidad 20%
El problema planteado es relevante y se
asocia a una significativa oportunidad de
negocios.
Calidad de la solución 25%
La solución propuesta resuelve el problema de
forma efectiva, es escalable y comercialmente
viable y atractiva para el cliente objetivo.
Modelo de negocios 25%
El modelo de negocios captura
adecuadamente el valor generado, su
implementación es factible y adecuada en
relación al producto o servicio ofrecido.
Tracción 10% Emprendimiento presenta ventas
Equipo gestor 20%
Grado en que el equipo emprendedor es el
idóneo para llevar a cabo el negocio.
Considerar formación profesional, experiencia,
dedicación y disciplinas dentro del equipo
INACAP podrá declarar desierta la convocatoria en el caso que no se presente a lo
menos cinco (5) Start-Ups que cumplan con los requisitos de elegibilidad establecidos
en el apartado 3.1.o bien con los criterios de evaluación previamente expuestos.
4.3. Etapa de Formación Venture Capital:
Las Start-Ups seleccionadas en la etapa anterior deberán participar en nueve (9) talleres
y una (1) sesión de consultoría 1:1, en forma presencial. Excepcionalmente, para
aquellas Start-Ups que se encuentren en Regiones y que tengan dificultades para
participar presencialmente, se pondrá participar del taller vía streaming, con excepción
de aquellos talleres en que expresamente se solicite participar en forma presencial.
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Las actividades consideradas en esta etapa serán realizadas en una Sede INACAP (por
definir), en horarios AM, entre el 25 de octubre y 16 de noviembre de 2018.
En las actividades se abarcarán las temáticas que se detallan a continuación:
Taller 1: Introducción al Venture Capital.
Taller 2: Lean Start-Ups desde una perspectiva del inversionista.
Taller 3: Valorización de Start-Ups.
Taller 4: Valorización aplicada a Start-Ups.
Taller 5: Finanzas para emprendedores. Creación de equipos.
Taller 6: Mejorando tu Pitch.
Taller 7: Propiedad Intelectual.
Taller 8: Términos y Condiciones de inversión. Cláusulas y Negociación.
Taller 9: Simulación de inversión (Equipos deberán participar presencialmente del
taller a realizarse en la ciudad de Santiago).
Consultoría 1:1 (Equipos deberán participar presencialmente del taller a realizarse en
la ciudad de Santiago).
4.4. Etapa de Selección Finalistas:
La selección de los cinco (5) Start-Ups finalistas se realizará según los resultados que
muestren los quince (15) participantes en la simulación de inversión que se realizará en
el Taller 9, el día 16 de noviembre de 2018.
En este Taller las Start-Ups tendrán cinco (5) minutos para presentar sus proyectos y posteriormente cinco (5) minutos de preguntas. La selección estará a cargo de un Comité Evaluador integrado por tres (3) miembros designados por la Incubadora de Negocios INACAP, quienes deberán considerar la siguiente pauta de evaluación:
Variable / Criterio Ponderación Descripción
Problema y oportunidad 15%
El problema planteado es relevante y se
asocia a una significativa oportunidad de
negocios.
Calidad de la solución 20%
La solución propuesta resuelve el
problema de forma efectiva, es escalable
y comercialmente viable y atractiva para el
cliente objetivo.
Modelo de negocios 20%
El modelo de negocios captura
adecuadamente el valor generado, su
implementación es factible y adecuada en
relación al producto o servicio ofrecido.
Equipo gestor 20%
Grado en que el equipo emprendedor es
el idóneo para llevar a cabo el negocio.
Considerar formación profesional,
experiencia, dedicación y disciplinas
dentro del equipo
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Propuesta de inversión 15%
La propuesta de inversión planteada es
adecuada y atractiva en relación a las
perspectivas de rentabilidad y nivel de
desarrollo de la empresa. Se estima que
los fondos serán destinados a los
aspectos más críticos para el crecimiento
de la empresa
Calidad del Pitch y
conocimiento del
emprendedor
10%
El Pitch cuenta con una buena estructura,
el emprendedor lo sabe y/o maneja
correctamente, genera un relato que
captura, el tiempo está ajustado a lo
solicitado, las respuestas a las preguntas
son asertivas y cortas
4.5. Presentación ante el Comité de Inversiones en Sharktank:
Los cinco (5) finalistas deberán presentar sus Pitch en el Sharktank final que se realizará
en el “Summit de Innovación y Emprendimiento 2018”, organizado por la Incubadora
de Negocios INACAP, a realizarse el 23 de noviembre 2018, en el Teatro IF Italia.
Los Pitch serán realizados frente a un Comité de Inversionistas –reales- formado por
inversionistas ángeles y dueños de fondos de inversión, especializados en inversión
temprana.
5. CONSIDERACIONES GENERALES
INACAP se reserva el derecho a no considerar a cualquier participante que haya
interferido indebidamente en el procedimiento del Concurso y/o que no haya respetado
los lineamientos contenidos en las presentes Bases y/o que participe sin dar
cumplimiento a las presentes Bases.
6. COMUNICACIÓN RESULTADOS
Los participantes serán informados sobre la decisión del Comité Evaluador, siendo
notificados mediante correo electrónico 5 días hábiles finalizado el proceso de
postulación indicando si han sido o no aceptados en el Programa.
7. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Los participantes se hacen responsables de la originalidad de los productos y/o servicios
relativos a su idea de negocio y/o proyecto, liberándose a INACAP de cualquier
responsabilidad a este respecto, declarando tener la propiedad intelectual o industrial de
su idea de negocio y/o proyecto, así como sus resultados.
En consideración a lo anterior, los participantes se obligan a mantener indemne a
INACAP y, por tanto, a defenderla judicial y/o extrajudicialmente y a indemnizarla por
cualquier pérdida, perjuicio, reclamos, acciones, demandas, juicios, embargos, medidas
precautorias, derechos legales de retención, sentencias, multas, sanciones,
indemnizaciones, costos y gastos, incluyendo honorarios, costas, gastos legales, multas,
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penas y sanciones que afectaren directamente a INACAP, causados o derivados por la
no observancia de lo dispuesto en el presente apartado.
INACAP no tendrá, ni adquirirá participación patrimonial en la idea de negocio y/o
proyecto, así como de las personas jurídicas que desarrollen dichas ideas, ni en sus
socias o accionistas, ni celebrará contratos de opción de compra de acciones o derechos
u otros que impliquen la toma de propiedad sobre el respectivo proyecto.
8. RESERVA RESPECTO DE TERCEROS
Los participantes del Programa estarán obligados a guardar estricta reserva respecto de
terceros, de los métodos y conocimientos transferidos por INACAP en el marco del
Programa. Los participantes no podrán publicar, divulgar, vender, ceder, traspasar,
distribuir o comercializar, sea por medios escritos, radiofónicos, audiovisuales, ópticos,
magnéticos, on–line, o cualquiera otros, la información que obtenga del trabajo
desarrollado con INACAP y sin el consentimiento expreso de esta última.
Los participantes serán civil y penalmente responsables por los perjuicios que se
pudieren derivar con motivo de la divulgación de la información.
Los participantes se obligan y se hacen responsables personalmente de que sus filiales
o coligadas, o cualquiera que tenga relación con las mismas, asuma como suya esta
obligación y las demás establecidas en estas Bases.
La obligación y responsabilidad referidas precedentemente se entenderán y regirán en
los mismos términos para INACAP, quien se obliga al resguardo estricto de la
información confidencial y clave para el desarrollo de la idea de negocio y/o proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, toda información obtenida en el proceso de asesoría podrá
ser publicada en el futuro, sea conjuntamente o en forma individual por cada una de las
partes, teniendo siempre presente las limitaciones que se consultan en estas Bases. En
cualquier caso, las publicaciones que se efectúen deberán siempre indicar la
individualización de los participantes y de la Incubadora INACAP.
Estas obligaciones se extenderán vigentes durante todo el periodo de postulación, así
como durante el desarrollo del Programa.
Por otro lado, se deja constancia que los participantes son totalmente independientes de
INACAP, tanto desde el aspecto jurídico como del contable, laboral y tributario y, por
tanto, en forma alguna se puede entender a éstos como una agencia o filial de ésta, ni
que opera en modo alguno por su cuenta o encargo.
Asimismo, se deja constancia que las obligaciones impuestas en este apartado, no se
entenderá vulnerado con ocasión de la entrega de información que los participantes o
INACAP puedan realizar ante CORFO, en el marco de ejecución del proyecto Incubadora
de Negocios.
Por último, se deja constancia que CORFO podrá difundir, libremente y sin limitaciones
de ningún tipo, haciendo mención de la autoría cuando corresponda, de toda aquella
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información pública acerca del proyecto que recibiera a través de los informes emitidos
en el marco de la ejecución del mencionado proyecto.
9. CONFIDENCIALIDAD
Los participantes declaran que, en pleno conocimiento de la Ley 19.628 sobre protección
de la vida privada, autorizan irrevocablemente que sus datos sean almacenados y
comunicados en el marco de su participación en el Programa, así como para efectos de
la difusión de sus resultados.
Los participantes reconocen que, con ocasión de su postulación, INACAP, sus
trabajadores y los participantes del Programa, pueden tener acceso a información
confidencial y privada de éstos, así como de su idea de negocio y/o proyecto.
En razón de lo anterior, INACAP se obliga a tratar con el cuidado y discreción con que
se administra la información confidencial, todos los antecedentes comerciales,
personales, técnicos, informáticos, financieros, económicos, legales, bases de datos y
cualquier otra proporcionada a INACAP.
10. OBSERVANCIA A LAS BASES
Los postulantes al Programa declaran conocer y aceptar el contenido de las presentes
Bases, aceptándolas en su totalidad y sin reclamaciones, reservas ni excepciones de
ninguna especie.
INACAP se reserva el derecho de aclarar el verdadero sentido y alcance de éstas y, por
tanto, de resolver todo tipo de controversia o vacío que se suscite con motivo u ocasión
de la aplicación de las mismas.
El incumplimiento de los términos establecidos en las presentes Bases dará derecho a
INACAP para excluir la postulación y/o suspender a los participantes del Programa,
cualquiera sea la fase en la que éste se encuentre.
11. MODELO DE ÉTICA Y CUMPLIMIENTO
En consideración al Modelo de Ética y Cumplimiento de INACAP, los participantes se
obligan: (i) a dar cumplimiento a todas las disposiciones legales vigentes que resulten
aplicables; (ii) a no cometer actos que puedan ser constitutivos de delitos, y en especial
a no cometer los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo, cohecho a
funcionario público nacional o extranjero, receptación y los demás que en el futuro se
incorporen a la Ley 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, y a
cumplir debidamente con su deber de dirección y supervigilancia, adoptando e
implementando un modelo de prevención de delitos de acuerdo a lo establecido en dicha
ley o, al menos, los controles suficientes y eficaces para prevenir, evitar y detectar la
comisión de los referidos delitos por parte de sus trabajadores, dependientes,
contratistas y sus subcontratistas o cualquier otro colaborador; y (iii) a informar a
INACAP, tan pronto como llegue a su conocimiento, la ocurrencia de hechos que
pudieren constituir uno de los delitos a que se refiere este apartado o de cualquier hecho
que pudiere conllevar la responsabilidad penal de INACAP o afectar su imagen.
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Asimismo, los participantes se obligan a declarar todo tipo de conflicto de interés o
calidad de funcionario público o persona políticamente expuesta, tanto en Chile como en
el extranjero, conforme a los Anexos de Declaraciones de Participantes en Concursos
de Emprendimiento.
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ANEXO I
DECLARACIÓN DE RELACIÓN CON FUNCIONARIOS PÚBLICOS –
PARTICIPANTES EN CONCURSOS DE EMPRENDIMIENTO
A las siguientes preguntas declaro que:
(Marque con una X sólo una de las alternativas, según corresponda)
PROVEEDOR PERSONA NATURAL
Declaro que no soy Funcionario Público ni tengo conocimiento de tener
relaciones de parentesco o amistad íntima o cercana con Funcionarios
Públicos1.
PROVEEDOR PERSONA JURÍDICA
Declaro que no son Funcionarios Públicos los socios, accionistas, miembros,
directores, ejecutivos, gerentes, asesores y apoderados de mi representada,
así como tampoco los empleados de mi representada que se relacionarán
con INACAP en el marco del concurso de emprendimiento que organiza y/o
auspicia.
Las declaraciones que se formulan en este instrumento deben considerar las relaciones
de parentesco y amistad que existan con un funcionario público que actualmente tenga
tal calidad o la haya detentado durante el último año, contado desde esta fecha.
En caso de que alguna de las declaraciones anteriores sea positiva, por favor especificar
a continuación, identificando el nombre del Funcionario Público, el cargo que desempeña
y el tipo de relación con el Participante (ya sea persona natural o jurídica):
Me obligo a mantener actualizada esta declaración y a informar a INACAP de inmediato
en caso que, en cualquier momento, variaran las circunstancias aquí declaradas y/o
descritas.
Nombre o Razón Social Participante:
RUT:
Fecha:
Nombre Representante Legal:
Firma Participante o Representante Legal:
Nota: tratándose de Participantes que correspondan a un equipo, cada uno de los integrantes del equipo deberá suscribir la presente declaración.
1 La Política de Interacción con Funcionarios Públicos de INACAP establece como relaciones de parentesco a declarar a: el cónyuge o pareja de hecho; los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, hermanos, nietos, tíos, sobrinos) y hasta el segundo grado de afinidad (padres, hijos, abuelos, y hermanos del cónyuge); padres, hijos, abuelos y hermanos de la pareja de hecho; cónyuge o pareja de hecho de los hermanos del colaborador (cuñados).
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ANEXO II
Formulario de Declaración de Conflictos de Intereses Participantes en
Concursos de Emprendimiento
Quien suscribe declara tener facultades suficientes para representar al Participante para
los efectos de la presente declaración.
Marque con una X en caso de afirmar la declaración. En caso contrario, complete
el recuadro
especificando su declaración.
SITUACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES X
1. Ni el Participante (si es persona natural) ni los directivos, ejecutivos,
apoderados, socios, accionistas o miembros del Participante (si es persona
jurídica) son directivos, ejecutivos, o apoderados de INACAP, ni existe entre
ellos relaciones de parentesco o amistad íntima o cercana.
Si no afirma la declaración, especifique el tipo de relación que existe y a
quiénes afecta:
2. No existe relación de parentesco ni amistad íntima o cercana entre el
Participante (si es persona natural), sus socios, accionistas, miembros,
directivos, ejecutivos, o apoderados (si es persona jurídica) con los
trabajadores o colaboradores de INACAP que se desempeñan en la Dirección
de Emprendimiento o con otra Área y/o Sede relacionada con el Concurso.
Si no afirma la declaración, especifique el tipo de relación que existe, a
quiénes afecta y su respectiva área de trabajo o Sede:
3. El Participante declara que no trabajo o ha trabajado anteriormente en
INACAP, bajo contrato de trabajo, ni como suministrador de bienes o
prestador de servicios, directamente a través de empresas personales u otras
Compañías relacionadas.
Si la respuesta es afirmativa, describir los períodos en que trabajó en
INACAP y/o indique las empresas a través de las cuales prestó servicios
5. El Participante, por sí, o a través de sus socios, accionistas, miembros,
directivos, ejecutivos, apoderados, asesores o empleados, no ha ofrecido ni
entregado a ningún directivo, ejecutivo, apoderado, empleado o colaborador
de INACAP, pagos, honorarios, servicios, regalos, premios o cualquiera otra
gratificación o beneficio en relación con el Concurso al que postula, ni a la
eventual adjudicación del mismo.
Si no afirma la declaración, especifique el tipo de pago, regalo o
beneficio ofrecido o entregado y su finalidad:
El Participante se obliga a informar a INACAP si en cualquier momento se produjera una nueva situación de potencial Conflicto de Intereses o variaran las circunstancias aquí declaradas y/o descritas.
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Nombre o Razón Social Participante:
RUT:
Fecha:
Nombre Representante Legal:
Firma Participante o Representante Legal:
Nota: tratándose de Participantes que correspondan a un equipo, cada uno de los integrantes del equipo deberá suscribir la presente declaración.