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APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TÉCNICAS Y ANEXOS RESPECTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA "INSTRUCTIVO Y ANEXOS SUBVENCIONES 6% CULTURALES, DEPORTIVAS Y DEL PROGRAMA ELIGE VIVIR SANO, DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE CARÁCTER SOCIAL Y DE REHABILITACION DE DROGAS" FINANCIADO CON F.D.R. AÑO 2015. ARICA Y PARINACOTA RESOLUCION EXENTA N° 1311 ARICA, 2 0 JUI 2015 VISTOS: 1. El Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2000, de la Secretaria General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N° 19.886, normativa que rige a los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso; lo dispuesto en la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre la exención del trámite de toma de razón; y las facultades que invisto como Intendente del Gobierno Regional de Arica y Parinacota. CONSIDERANDO: Lo señalado en las Disposiciones Generales de las Bases Administrativas del proceso licitatorio, inserto en el presente instrumento RESUELVO: 1. APRUÉBASE las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos del proyecto denominado "INSTRUCTIVO Y ANEXOS SUBVENCIONES 6% CULTURALES, DEPORTIVAS Y DEL PROGRAMA ELIGE VIVIR SANO, DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE CARÁCTER SOCIAL Y DE REHABILITACION DE DROGAS". 2. PUBLÍQUESE en el portal de MERCADO PÚBLICO, la presente resolución y las bases aprobadas en virtud de este acto administrativo. 3. En cumplimiento de lo señalado en el Artículo 6 de la Resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República, se insertan las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y Especificaciones Técnicas respecto de la Licitación Pública denominada "INSTRUCTIVO Y ANEXOS SUBVENCIONES 6% CULTURALES, DEPORTIVAS Y DEL PROGRAMA ELIGE VIVIR SANO, DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE CARÁCTER SOCIAL Y DE REHABILITACION DE DROGAS, que por medio de este acto se aprueban, cuyo texto, es el siguiente: FORTALECIMIENTO A INSTITUCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS ASOCIADOS A ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y SEGURIDAD CIUDADANA. FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL (FNDR) BASES DE POSTULACIÓN 6% 2015 GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA Página 1 de 65

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Bases del Concurso paria 6%, donde se criminaliza a la sociedad civil, en vez de poner énfasis en el control a los CORES

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APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, BASES TCNICAS Y ANEXOS RESPECTO DE LA LICITACIN PBLICA DENOMINADA "INSTRUCTIVO Y ANEXOS SUBVENCIONES 6% CULTURALES, DEPORTIVAS Y DELPROGRAMA ELIGE VIVIR SANO, DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE CARCTER SOCIALY DE REHABILITACION DE DROGAS" FINANCIADO CON F.D.R. AO 2015. ARICA Y PARINACOTA RESOLUCION EXENTA N 1311 ARICA, 20J U I2 0 15VISTOS: 1. El Decreto con Fuerza de Ley N 1 de 2000, de la Secretaria General de la Presidencia, que fij el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.575, Orgnica Constitucional de Bases Generales de Administracin del Estado; el Decreto con Fuerza de Ley N 1 de 2005, que fij el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N 19.175, Orgnica Constitucional sobre Gobierno y Administracin Regional; Ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado; Ley N 19.886, normativa que rige a los contratos que celebre la Administracin del Estado, a ttulo oneroso; lo dispuesto en la Resolucin N 1.600, de 2008, de la Contralora General de la Repblica, que establece normas sobre la exencin del trmite de toma de razn; y las facultades que invisto como Intendente del Gobierno Regional de Arica y Parinacota. CONSIDERANDO: Lo sealado en las Disposiciones Generales de las Bases Administrativas del proceso licitatorio, inserto en el presente instrumento RESUELVO: 1.APRUBASE las Bases Administrativas, Bases Tcnicas y Anexos del proyecto denominado "INSTRUCTIVO Y ANEXOS SUBVENCIONES 6% CULTURALES, DEPORTIVAS Y DELPROGRAMA ELIGE VIVIR SANO, DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE CARCTER SOCIALY DE REHABILITACION DE DROGAS". 2.PUBLQUESE en el portal de MERCADO PBLICO, la presente resolucin y las bases aprobadas en virtud de este acto administrativo. 3.En cumplimiento de lo sealado en el Artculo 6 de la Resolucin N 1600 de 2008, de la Contralora General de la Repblica, se insertan las Bases Administrativas, Bases Tcnicas, Anexos y Especificaciones Tcnicas respecto de la Licitacin Pblica denominada "INSTRUCTIVO Y ANEXOS SUBVENCIONES 6% CULTURALES, DEPORTIVAS Y DELPROGRAMA ELIGE VIVIR SANO, DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE CARCTER SOCIALY DE REHABILITACION DE DROGAS, que por medio de este acto se aprueban, cuyo texto, es el siguiente: FORTALECIMIENTO A INSTITUCIONES PARA ELDESARROLLO DE PROYECTOS ASOCIADOS A ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y SEGURIDAD CIUDADANA. FONDO NACIONALDE DESARROLLO REGIONAL(FNDR) BASES DE POSTULACIN 6% 2015 GOBIERNO REGIONALDE ARICA Y PARINACOTA Pgina 1 de 65 Artculo 1 OBJETIVO: Las presentes bases administrativas, tienen como objetivo principal establecer el marco general que regula el procedimiento para el concurso, financiamiento y seguimiento, hasta su trmino, de iniciativas culturales, deportivas y seguridad ciudadana, que desarrollen municipalidades y otras instituciones pblicas e instituciones privadas sin fines de lucro, de la Regin de Arica y Parinacota, en relacin al 6% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, FNDR. Artculo 2 BASES LEGALES: La administracin de los recursos destinados a la realizacin de actividades culturales, deportivas y seguridad ciudadana, financiamiento 6% FNDR, est sustentado en las siguientes normativas: a) Ley N19.175 Orgnica Constitucional sobre Gobierno y Administracin: Que seala qu es funcin y materia de los Gobiernos Regionales el desarrollo social y cultural, para ello, el Art. 19 en su letra b) especifica: "Participar en coordinacin con las autoridades competentes, en acciones destinadas a facilitar el acceso de la poblacin de escasos recursos o que viva en lugares aislados, a beneficios y programas en el mbito de la salud, educacin y cultura, vivienda, seguridad social, deportes y recreacin y asistencia judicial". b) Ley N19.880 de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado. c) Ley N18.575 Orgnica constitucional de bases generales de la administracin del Estado. d) Ley N20.798 del Presupuesto Nacional, en la Glosa general N 2.1, del Programa 02 del Presupuesto de la Nacin, seala que los Gobiernos Regionales podrn destinar hasta un 6% del total de sus recursos a travs de un proceso concursal, para subvencionar las actividades culturales, deportivas y seguridad ciudadana que efecten las municipalidades, otras entidades pblicas e instituciones privadas sin fines de lucro. Estas instituciones podrn ser beneficiarias de estos recursos siempre que al momento de postular tengan personalidad jurdica vigente con antigedad no inferior a 2 (dos) aos. Los recursos que se transfieran debern rendir cuenta de su correcta utilizacin. La asignacin de los recursos a actividades especficas se efectuar en forma transparente y competitiva, para lo cual el Gobierno Regional respectivo deber disponer de los instructivos que se considere necesarios mediante acto administrativo, donde, entre otros, se establezcan los plazos de postulacin y los criterios con que dichas postulaciones sern analizadas. El Gobierno Regional de Arica y Parinacota, se adhiere a las prioridades gubernamentales en materias de desarrollo territorial, humano, cultural, seguridad, tecnolgico y econmico productivo; por ello propende a: 1.Favorecer las actividades culturales, deportivas-recreativas y seguridad ciudadana, en la regin, mediante el apoyo financiero y tcnico a Gestores Regionales. 2.Dar especial significacin a elementos centrados en segmentos etarios, tnico y de gnero; as como en superar o propiciar situaciones de clara peculiaridad regional. 3.Desarrollar la prctica cultural y deportiva masiva, en un paisaje donde la distraccin y el esparcimiento sea un factor regional de calidad de vida. 4.Establecer prioridades regionales para el mejoramiento de la calidad de vida, hacindolas compatibles con las polticas sobre la materia. 5.Favorecer el uso de espacios pblicos, que generen una mejor calidad de vida a los vecinos y vecinas del entorno directo del territorio local. e) Resolucin N30, del 11 de Marzo de 2015, de Contralora General de la Repblica, que fija normas de procedimiento sobre Rendicin de Cuentas para fondos entregados por el Estado. f) Ley N19.862 Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades. g) Ley N19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestacin de Servicios h) Ley N19.418, sobre juntas de vecinos y dems organizaciones comunitarias i) Jurisprudencia de Contralora General de la Repblica, sobre la materia. Pgina2 de 65 Artculo 3 NOMENCLATURA: CGR:Contralora General de la RepblicaSII:Servicio de Impuestos Internos CORE:Consejo RegionalCCP:Certificado de Cierre de Proyecto DACOG:Divisin de Anlisis y Control de GestinUTM:Unidad Tributaria Mensual DAF:Divisin de Administracin y FinanzasUF:Unidad de Fomento GORE:Gobierno RegionalDIPS:Declaracin Importacin y Pago Simultneo. FNDR:Fondo Nacional de Desarrollo RegionalPJ:Personalidad Jurdica ONG:Organizacin no GubernamentalIND:Instituto Nacional de Deportes PJE MAX:Puntaje Mximo LIR:Ley de Impuesto a la Renta Artculo 4 GUA PARA FORMULAR UN PROYECTO: Qu es un Proyecto? En trminos simples, un proyecto es una idea que da solucin a un problema o que satisface una necesidad. Cmo hacer un Proyecto? Existen variadas formas de preparar un proyecto, a continuacin se presenta una secuencia de preguntas que puede ayudar a facilitar la comprensin de una idea y transformarla en un proyecto. PREGUNTAPARTES DE UN PROYECTO QUSe quiere hacerNaturaleza del proyecto POR QUSe quiere hacerFundamentacin PARA QUSe quiere hacerObjetivos CUNTOSe quiere hacerMetas DNDESe va a hacerLocalizacin fsica CMOSe va a hacerActividades y tareas CUNDOSe va a hacerCronograma A QUINESVa dirigidoBeneficiarios QUINESLo van a hacerRecursos humanos CON QUSe va a hacerRecursos materiales CON QUSe va a costearRecursos financieros Artculo 5 OBJETIVOS Y ALCANCES: Se financiarn proyectos destinados al fomento de actividades culturales, deportivas y seguridad ciudadana, de participacin ciudadana, la utilizacin de espacios pblicos, el desarrollo valrico y el espritu de colaboracin entre organizaciones de la Regin de Arica y Parinacota. ACTIVIDAD, es el conjunto de tareas o acciones realizadas por las organizaciones para satisfacer una necesidad, siendo las compras de bienes o servicios un medio para conseguirlo y no el objetivo en s mismo. Los proyectos debern incentivar el uso eficiente de los recursos disponibles, mediante la formulacin de proyectos de calidad y de impacto real, mejorando tambin el nivel de produccin de las actividades que se realizarn con los aportes. Pgina 3 de 65 FONDOSEGURIDAD CIUDADANA Los proyectos debern proponer actividades que desarrollen factores de proteccin de grupos vulnerables, empoderamiento de los espacios pblicos que tiendan a prevenir la comisindedelitos, debiendo propender a los siguientes fines: a.Fomentar y apoyar actividades que respondan a iniciativas integrales en temticas de seguridad ciudadana, con el objeto de disminuir el delito y la percepcin de inseguridad de la ciudadana. b.Generar iniciativas que favorezcan la participacin y corresponsabilidad social de los diferentes actores locales en materia de seguridad. c.Fomentar actividades que consideren las polticas pblicas de "Prevencin del Delito y Seguridad Ciudadana". d.Implementar total o parcialmente planes y programas relacionados con la reinsercin y rehabilitacin social, dirigidos a personas que han cometido delitos. FONDO CULTURA Los proyectos debern proponer mejoras en la calidad de vida de las personas,logrando generarla descentralizacin comunal territorial y permitir el acceso y fomento a las artesensectores vulnerables de la regin, debiendo propender hacia los siguientes fines. a)Fortalecer la creacin artstica cultural regional, impulsar un desarrollo cultural sostenible, proponiendo criterios y metodologas e instalando una capacidad de gestin que ayude a dicho objetivo en el largo plazo, permitiendo la formacin de gestores culturales en las diferentes disciplinas de acuerdo a sus capacidades y el fortalecimiento a desarrollar. b)Fomentar el surgimiento y realizacin de eventos culturales. c)Fomentar la participacin ciudadana a travs de talleres y exposiciones, de carcter gratuito, fomentando la asistencia de pblico de menores ingresos econmicos u otra condicin de vulnerabilidad, o de habitantes de mayor aislamiento territorial a espacios culturales, con el fortalecimiento de los procesos de Identidad Regional. d)Permitir atender diferentes grupos de la Regin, tanto en el mbito de disciplinas culturales, como as tambin de gnero, tnico y diferentes grupos etarios. e)Contemplar actividades culturales, como: Artes de la representacin, Artes audiovisuales, Msica, Artes Visuales, etc. f)Fomentar la preservacin de la Cultura Tradicional y Patrimonio Cultural, y la difusin de los diferentes encuentros entre expresiones emergentes tanto culturales como artsticas. FONDO DEPORTE Los proyectos debern permitir una mejora en la calidad de vida de las personas, considerando que el deporte representa un fundamento y una condicin importante, no slo para el desarrollo fsico, sino tambin para su desarrollointegral,las iniciativasdeben propender a: a.Impulsar la actividad fsica, proponiendo criterios y metodologas de sostenibilidad, instalando en las comunas, una capacidad de gestin que ayude a promover un estilo de vida saludable a travs del deporte, es decir, la capacidad de gestin deportiva sustentable. b.Fomentar y difundir las actividades deportivas. c.Contribuir al desarrollo de iniciativas recreativas orientadas a las prcticas de vida saludable en sectores de difcil acceso y alta vulnerabilidad social. d.Incentivar actividades que consideren la poltica pblica del programa "Elige Vivir Sano." Artculo 6 MARCO ORIENTADOR DE CADA FONDO:Losproyectos que se postulen al6% FNDRdebern basarse en los siguientes marcos orientadores, segn la naturaleza del proyecto: a. Estatutos de la organizacin postulante, segn su personera jurdica. Pgina 4 de 65 b.Orientaciones que emanen de la Poltica Cultural Regional, aprobada por cada Consejo Regional del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes. c.Igualdad de oportunidades: Promover la participacin de los distintos estamentos, involucrando a diversos entes del estado y actores sociales, promoviendo la igualdad en el acceso, sin distincin, en todas sus manifestaciones: religiosa, de gnero, poltica, raza, capacidad fsica, etc., asegurando la mayor equidad en la distribucin de los bienes. d.Equidad Social: Promover las actividades artsticas culturales, deportivas, y seguridad ciudadana, que se generan en los diversos territorios de la regin, promover la participacin cultural de los ciudadanos y ciudadanas, y su acceso a la cultura, actividades deportivas y seguridad ciudadana. e.Las Polticas Sectoriales del Instituto Nacional de Deportes (IND) f.Las Polticas Sectoriales del programa "Elige vivir sano." g.La Poltica de Gobierno de austeridad de los gastos. h.Las orientaciones que imparta la Subsecretara de Prevencin del Delito. i.Inclusin Regional: El Fondo est disponible para toda la regin, reconociendo las particularidades de cada territorio y sus propuestas locales en el abordaje de esta temtica multicausal y compleja. Artculo 7 QUINES PUEDEN POSTULAR: a)Municipalidades, para efectos de la postulacin al presente fondo, las municipalidades y las corporaciones dependientes de las municipalidades se considerarn como una sola institucin, vale decir, slo podr postular una de ellas en cada modalidad de estos fondos. b)Otras Instituciones pblicas de la regin. c)Instituciones Privadas sin Fines de lucro con origen y funcionamiento regional, tales como: fundaciones, corporaciones y ONGs. d)Organizaciones funcionales y territoriales de la Regin de Arica y Parinacota, regidas por la Ley N19.418, sobre juntas de vecinos y dems organizaciones comunitarias (clubes deportivos, centros de madre, sindicatos, agrupaciones folclricas, centros de padres y apoderados, etc.). Las instituciones postulantes, debern cumplir los siguientes requisitos: a.Que a la fecha de postulacin y trmino del proyecto, tengan personalidad jurdica vigente. b.Que presenten una antigedad mnima de dos aos desde su constitucin y obtencin de personalidad jurdica, computados al momento de presentacin de la postulacin, demostrable mediante certificado emitido por la autoridad correspondiente. c.Que la Directiva o representantes legales de la institucin, se encuentren vigentes al momento de la postulacin, demostrable mediante certificado emitido por la autoridad correspondiente. d.Que tengan domicilio en la Regin de Arica y Parinacota, debidamente certificado por la institucin habilitada para el efecto (junta de vecinos o declaracin notarial). Deber presentar adems un documento verificador de tal domicilio, contrato de usufructo, arriendo o comodato y cuenta de servicio del dueo de la propiedad, o bien, boleta de pago de consumos bsicos, en la que aparezca la razn social de la institucin y el domicilio informado. e.Las instituciones privadas sin fines de lucro, beneficiadas con los fondos 6% FNDR al momento de postular, debern estar inscritas en el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades, segn lo establece la Ley N219.862 de fecha 08 de febrero de 2003, debiendo para ese efecto presentar el certificado de registro de personas jurdicas receptoras de fondos pblicos. Este certificado puede obtenerse en la pgina web: www.registros19862.cl. f.Aquellos postulantes que tengan entre sus representantes legales, en su directiva, directores, administradores, coordinadores o prestadores de servicio, a personas que posean la calidad de Consejeros Regionales o funcionarios del Gobierno Regional, que presten servicios como planta, contrata u honorarios en el mismo o que hayan cumplido funciones en dichos organismos en los ltimos 12 meses Pgina5 de 65 a contar de la fecha de resolucin que da origen a este concurso, y los miembros de la Comisin resolutiva del respectivo fondo, as como tambin, familiares directos por consanguinidad, sus cnyuges, descendientes y ascendientes o colaterales hasta el cuarto grado, o afinidad hasta el segundo grado inclusive ascendientes; debern declarar en el Formulario N3, los nombres de los parientes y tipo de vnculo, con el propsito de que este funcionario o autoridad se declare incompetente ante situaciones oprocesos relacionados con el presente concurso y proyecto. Artculo 8 RESTRICCIONES E INHABILIDADES: No podrn adjudicarse proyectos, las entidades que al momento de aprobacin de la cartera, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias. a.Que mantengan rendiciones pendientes y/u observadas, tcnicas y financieras, de conformidad a lo dispuesto en la Resolucin N 759, del ao 2003, de Contralora General de la Repblica, con el Gobierno Regional de Arica y Parinacota y otras instituciones pblicas de la Regin (Formulario N3 - Formulario 8) b.Que hayan puesto trmino anticipado a la ejecucin de un proyecto, sin la autorizacin del Gobierno Regional, en caso que ello fuere procedente, o contraviniendo las normas contenidas en el convenio suscrito al efecto. c.Aquellas en cuyos estatutos figuren como representantes legales, directores y/o administradores, personas que tengan litigios pendientes con el Gobierno Regional. d.Aquellas a las que se les ha puesto trmino anticipado a un contrato previo, suscrito con el Gobierno Regional, por causal imputable a esa entidad, dentro de los dos aos anteriores a esta postulacin. e.Aquellas cuya existencia legal se extinga en el plazo propuesto para la ejecucin del proyecto. f.Aquellas que tengan una existencia como persona jurdica inferior a dos aos. g.No podrn postular a este llamado, las organizaciones cuyos directivos hayan formado parte en las directivas de organizaciones que mantengan rendiciones pendientes o hayan sido rechazadas en concursos anteriores. (Formulario N 3). h.Instituciones privadas con fines de lucro. Instituciones de funcionamiento nacional con domicilio de la casa matriz fuera de la Regin de Arica y Parinacota, aun cuando tengan sucursal u oficina en esta regin. Personas naturales. k.No se financiarn proyectos destinados a estudios, investigaciones, consultoras, inversin en infraestructura u otros anlogos, a excepcin de los mencionados en proyectos de seguridad ciudadana, conforme a los lineamientos de instrucciones impartidas por la Subsecretara de Prevencin del Delito ocuyos gastos no se ajusten a las definiciones de las presentes bases. I.Los coordinadores de proyectos, no podrn estar involucrados en ms de una iniciativa postulada al concurso. Artculo 9 TIPOS DE ACTIVIDADES A POSTULAR: A continuacin se detallan las orientaciones generales de cada una de estas temticas de intervencin junto a las tipologas que componen: Actividades Culturales: Se financiarn proyectos destinados al fortalecimiento, fomento y difusin de la cultura y las artes en la Regin de Arica y Parinacota, en las siguientes modalidades de postulacin; Cultura tradicional y Patrimonio Cultural: Conacentoenelrescate,pertenenciayvalorizacindenuestrosartistas regionales,lugares,estructurasurbanasyrurales,oficios,culturaancestral, fiestas,costumbresy tradicionesreferidasanuestraidentidady diversidad regional. Modalidad: difusin, registro, proteccin y puesta en valor. Iniciativas artsticas: Delasartesmusicales,ladanza,elteatro,laliteratura,lasartesvisualesy audiovisuales, la fotografa, las artes circenses, el circo-teatro, del patrimonio, de gestin cultural, de la artesana, el folclore, el turismo cultural y la plstica, entre Pgina 6 de 65 otras.Modalidad:difusin,formacin,publicaciones(sloobrasinditas) creacin, itinerancias. Cursos y/o talleres de formacin Se financiarn las disciplinas de las artes musicales, de la danza, el teatro, la literatura, las artes audiovisuales, la fotografa, las artes circenses, el circo-teatro, del patrimonio, de gestin cultural, de la artesana tradicional (cestera, orfebrera, telar, entre otros), el medioambiente, el folclore, el turismo cultural y la plstica, entre otras. Modalidad: talleres, cursos, itinerancias. Manifestaciones Culturales Considera la participacin en fiestas comunitarias, celebraciones religiosas, fiestas culturales, costumbres y tradiciones.Modalidad; difusin, registro, puesta en valor. Adquisicin Se podr financiar la compra de instrumentos, implementos e insumos para el desarrollo de la actividad artstico cultural. Modalidad, todas las anteriores. Actividades Deportivas:Se financiarn proyectos destinados al fomento de la actividad fsica y deportiva en el mbito formativo, recreativo y competitivo, que junto con el fortalecimiento deportivo y de vida saludable promueva la participacin ciudadana, la ocupacin de los espacios pblicos, el desarrollo valrico y el espritu de colaboracin entre organizaciones deportivas y sociales, a nivel de barrios y comunas. Especficamente, se apoyarn iniciativas que promuevan:1)El desarrollo de actividades tendientes a la formacin deportiva, la masificacin del deporte y el apoyo a los deportistas amateurs. Lo anterior, en las distintas disciplinas deportivas. 2)Acceso a actividades y eventos deportivos de carcter gratuito, que favorezcan la asistencia de un pblico de menor acceso econmico u otra condicin de vulnerabilidad y/o de habitantes en espacios de mayor aislamiento territorial. 3)Promocin del encuentro y la participacin deportiva. 4)Ocupacin de espacios pblicos en pro del deporte. TIPO DE PROYECTOS DEPORTIVOS: Promover la formacin deportiva, a travs de un proceso de enseanza-aprendizaje a cargo de profesionales y/o tcnicos para el desarrollo en las personas de aptitudes, habilidades y destrezas necesarias para la prctica deportiva en las distintas disciplinas destinadas a la formacin para el Deporte. La escuela de formacin deportiva es el primer eslabn en la constitucin de un clubFormativos: Escuela deportivo. Es la instancia donde se irn formando los futuros deportistas en base a toda Deportiva una secuenciametodolgicade aprendizajes tcnicos.Enellasedebenconjugarla participacin de pedagogos que de forma sistemtica y planificada logren consolidar un trabajo para llegar a formar deportistas deun buen nivel competitivo sin apurar los procesos de aprendizaje, respetando los ritmos individuales y las secuencias de aprendizaje tcnico, las cuales sern fundamentales a la hora de obtener resultados. Los profesionales responsables de este producto deben acreditar estudios y experiencia en el rea a travs de currculumvitae y certificados de estudios Recreativos Contempla proyectos que tengan como fin que las personas practiquen o participen en actividades fsicas, deportivas recreativas y otras en forma sistemtica, entendiendo por Pgina 7 de 65 Actividades fsicas: Cualquier tipo de ejercicio fsico con cierto grado de intensidad que permita a la persona (si se realiza de manera sistemtica) mejorar su condicin fsica. Deporte: Toda disciplina o juego sujeto a reglamentaciones definidas, que persigue obtener resultados desde el punto de vista deportivo (medallas, trofeos, diplomas, entre otros) y fsico. Actividades fsicas, deportivas sistemticas y otras: Se refiere a la prctica mnima de 30 minutos cada sesin y con una frecuencia como mnimo 3 veces a la semana, de preferencia en das alternos. Taller Recreativo de Temporada: Es un espacio de participacin sistemtica en actividades fsicas deportivas recreativas, cuyo objetivo es que las personas mejoren su calidad de vida. Se caracteriza, porque se realiza conforme a la poca del ao, geografa y clima, de acuerdo a la particularidad de la regin de Arica y Parinacota: Frecuencia: Deber ser como mnimo 3 veces por semana con una duracin de 1 hora cronolgica diaria N Participantes: Mnimo 20 personas Evento Recreativo Masivo: Es una instancia que tiene por objetivo promover y difundir las actividades fsicas deportivas recreativas, buscando la participacin masiva de la poblacin: N Participantes: Mnimo 60 personas Se refiere a la prctica sistemtica y competitiva de especialidades deportivas sujetas a normas y desarrolladas en funcin de un programa y calendario de competencias y eventos: Organizacin de Competencias: Corresponde a la organizacin de competencias que obedezcan a la estructura tcnica del o los deportes referidos en estos proyectos, sujetas a normas, con programacin y calendarios deportivos de competencias. Nivel de Competencia con su mnimo de participantes: ComunalMnimo20 personas. ProvincialMnimo40 personas. RegionalMnimo60 personas. Competencias: NacionalMnimo60 personas InternacionalMnimo60 personas Participacin en Competencias y Apoyo a deportistas: Corresponde a la participacin en competencias que obedezcan a la estructura tcnica del o los deportes, sujetas a normas, con programacin y calendarios deportivos de competencias y eventos. Se deber presentar copia de la invitacin a este tipo de eventos y el registro de inscripcin una vez realizado. Nivel de Competencia con su mnimo de participantes: NacionalMnimo1 persona. Internacional Mnimo1 persona. Actividades Seguridad Ciudadana: Los proyectos a presentar en esta tipologa, debern incluirse dentro de alguna de las siguientes temticas: Pgina 8 de 65 Prevencin Psicosocial: Proyectos dirigidos a realizar actividades que promuevan la disminucin de factores de riesgo o que generen y desarrollen factores protectores en grupos vulnerables o en riesgo social y sus territorios. Actividades para ser realizadas en espacios pblicos enfocados a la prevencin de delitos (en plazas, multicanchas, zonas de juego, escuelas, etc.)En esta temtica puede incluirse: Actividades de promocin, desarrollo y fortalecimiento de habilidades personales y sociales para nios/as, jvenes y/o toda la comunidad, en situacin de vulnerabilidad social. Proyectos comunitarios de prevencin orientados a temas especficos: violencia escolar enniosy adolescentes,violenciacontralamujerentodassusformas,violencia intrafamiliar entre otros. Atencin a grupos prioritarios: oFamilias de personas condenadas por el sistema penal y privados de libertad. oAdolescentes con problemas con la justicia. oPoblacin de riesgo de desercin escolar o no escolarizada. Asistencia a Vctimas: Proyectos de prevencin y promocin dirigidos a apoyar, a travs de distintos canales de informacin, ofreciendo asistencia a personas que hayan sido vctimas de violencia. En esta temtica podrn incluirse proyectos de la siguiente tipologa: Atencin de Vctimas de Violencia Intrafamiliar. Atencin de Vctimas de la Delincuencia. Otros anlogos de atencin a vctimas. Rehabilitacin Reinsercin: y Proyectos dirigidos afacilitar y apoyarla reinsercinsocialdepersonas quehayan cometidodelitos.Promoviendoatravsdedistintosmedios,lageneracinde competencias sociales y laborales en los usuarios.En esta temticapodrn incluirse proyectos de las siguientes tipologas: Reinsercin laboral de ex condenados o personas cumpliendo medidas alternativas a la reclusin. Intervencin respecto de personas que cometieron actos de violencia contra su pareja o ex pareja. Otros de Rehabilitacin y Reinsercin social anlogos a los sealados. Prevencin Situacional: Proyectos destinados a generar acciones complementarias de empoderamiento y ocupacin de espacios pblicos, que aporten a disminuir la probabilidad de comisin de delitos de oportunidad y reducir la percepcin de inseguridad en determinados espacios urbanos.En esta temtica puede incluirse: Cmaras de Tele-vigilancia. Alarmas Comunitarias, ste tipo de proyecto, debe presentarse obligatoriamente con un "PLAN DE SEGURIDAD VECINAL", el que debe demostrar organizacin y la debida entrega de informacin a los vecinos beneficiarios con el fin de optimizar el uso de las alarmas. Recuperacin yuso deEspaciosPblicos(reasverdes,basureros,arborizacin, jardines,maicillo,mquinas de ejercicios, juegosinfantiles, etc.)Lasmquinas de ejercicios y juegos infantiles, deben ser instalados en terrenos previamente preparados (no terrenos abandonados, con escombros, descuidados en general) Complemento a iluminacin de Espacios Pblicos, slo puede contemplar luminarias Led Solar. Tenencia responsable de mascotas y esterilizacin. IMPORTANTE: a)No se financiarn cierresperimetrales,construccindemulticanchas,escenarios, techumbres o graderas de cualquier tipo de material. Ni tampoco recuperacin o ampliaciones de sedes comunitarias. Pgina 9 de 65 b)No se financiar la habilitacin de oficinas de Seguridad Pblica (sillas, escritorios, computadores, muebles, estantes, etc.), lo cual aplica para las temticas de: Prevencin Social, Asistencia a Vctimas, I nnovacin y estudios y Rehabilitacin y Reinsercin. Deber incluirse en este tipo de proyectos el respaldo necesario para la mantencin y sustentabilidad del mismo en el tiempo, ya sea a travs de aplicacin de nuevas tecnologas o como aporte complementario del Municipio correspondiente. (Formulario N9) Artculo 10 RECURSOS DISPONIBLES:Para el ao 2 0 15 , los recursos disponibles ascendern al 6% del Presupuesto inicial del FNDR del Gobierno Regional de Arica y Parinacota. La distribucin de los recursos se har en lnea de accin directa del fondo disponible con decisin de la autoridad regional, del comit resolutivo y con aprobacin del Honorable Consejo Regional. El Servicio se reserva el derecho de re distribuir los recursos disponibles, una vez financiados los proyectos postulados. El presente concurso contempla financiamiento para subvencionar actividades, segn se detalla en el siguiente cuadro: Tipo de Fondo/mbitoMunicipalidades e I nstituciones PblicasI nstituciones Privadas sin fines de lucro Actividades CulturalesM$ 2 0 6.0 0 0 M$ 2 78.62 1 Actividades DeportivasM$ 2 0 6.0 0 0 M$ 2 78.62 1 Actividades Seguridad CiudadanaM$ 2 0 6.0 0 0 M$ 2 43.95 4 TOTALESM$ 618.000M$ 801.196 Artculo 11:Los montos solicitados para cada proyecto deben tener congruencia entre el valor y el producto, equilibrio y consistencia en la solicitud de montos para los diferentes tems, lo que ser evaluado exhaustivamente en el anlisis financiero y presupuestario respectivo. Artculo 12 : De acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria, el monto postulado pudiera disminuir con objeto de ser aprobado. En este caso las instituciones debern re-estructurar la iniciativa frente a la nueva realidad presupuestaria, manteniendo siempre los porcentajes establecidos en la distribucin presupuestaria de estas Bases, presentando carta dirigida al Sr. I ntendente con el nuevo cuadro presupuestario con el monto designado, antes del comienzo de la ejecucin del proyecto. Artculo 13: Los fondos concursables de esta convocatoria, sern otorgados en las siguientes modalidades por el alcance de las actividades a realizar en la ejecucin del proyecto, segn la siguiente distribucin: Alcance de las ActividadesMonto MnimoMonto Mximo Comunal, Provincial, Regional$ 1.0 0 0 .0 0 0 $10 .0 0 0 .0 0 0Nacional$ 2 .0 0 0 .0 0 0 $15 .0 0 0 .0 0 0I nternacional$ 3.0 0 0 .0 0 0 $2 0 .0 0 0 .0 0 0Artculo 14 DURACINDE LOS PROYECTOS: Las actividades a realizar en los proyectos que se postulan en este concurso, deben ser programadas en su carta Gantt segn el plazo de ejecucin mnima de 2meses y mxima de 4 meses, no obstante, su fecha de trmino no podr ser superior al 15de diciembre de 2 0 15 . Los proyectos presentados no podrn estar en ejecucin o haberse ejecutado al momento de ser aprobados por el Honorable Consejo Regional y slo se podr iniciar su ejecucin a partir de la fecha de la entrega de los recursos. Pgina 10 de 65 Artculo 15 ITEMS DELPRESUPUESTO DELPROYECTO: Los recursos financieros a los que opten los proyectos, podrn emplearse en todo tipo de gastos directamente relacionados con los objetivos del mismo, que se enmarquen en las definiciones aqu descritas. El presupuesto total del proyecto, debe presentar todos sus gastos debidamente justificados, detallados, respaldados con documentacin suficiente y exacta y los valores deben encontrarse consignados de acuerdo a valores de mercado verificado a travs de cotizaciones. Se podr solicitar financiamiento en las siguientes categoras de gastos: A- HONORARIOS: El proyecto podr considerar gasto en honorarios en caso de ser estrictamente indispensable para su correcta ejecucin, que haya sido aprobado especficamente para este y por montos debidamente justificados, atendida la naturaleza de la iniciativa. Este tem, de ser considerado en el proyecto, actuar como complemento a los recursos humanos que pueda aportar la propia entidad ejecutora para el desarrollo de las actividades. El recurso humano aportado por la institucin ser considerado como aporte propio. El gasto en honorarios, corresponde a servicios prestados por personas naturales, respaldados por boletas de honorarios emitidas a la Institucin Ejecutora del Proyecto. El giro de la boleta de honorarios debe guardar directa relacin con el servicio contratado. De no cumplir con esto, se rechazar el gasto. En relacin a la emisin de la boleta de honorarios y los impuestos retenidos, se debe ajustar a lo establecido en el DL 824 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en su Artculo 74 N2, esto es, las instituciones que no son contribuyentes de primera categora y no estn obligadas a llevar contabilidad, debern solicitar boletas sin retencin de impuesto, el que deber ser declarado y pagado, en la lnea 60, cdigo 152, 2da. Categora Art. 84, b) (tasa10%), del formulario 29 del SII, por el prestador del servicio. En el caso de instituciones,contribuyentes de primera categora, obligadas a llevar contabilidad, debern solicitar boletas de honorarios con retencin del impuesto y pagar al prestador el monto lquido de sus servicios. El impuesto en este caso debe ser declarado y pagado en la lnea 49, cdigo 151, Retencin de impuesto con tasa del 10% sobre rentas del Art. 42, N2, segn Art. 74 N2 LIR,del formulario29del SII, por la institucin que retuvo el impuesto.Los impuestos de retencin de honorarios, se declaran y pagan hasta el da 12 o da 20 para emisores electrnicos, del mes siguiente al pago de los honorarios. Se debe tener presente que el impuesto de retencin mensual de honorarios forma parte del temhonorario. El formulario 29, debe adjuntarse en la rendicin de cuentas, independiente de quin haya pagado el impuesto. REPRESENTANTE LEGAL DE LA INSTITUCIN: Responsable del proyecto, es el interlocutor vlido entre el Gobierno Regional y la organizacin y estar a cargo de rendir cuenta al Gobierno Regional. No podr percibir honorarios, aun cuando realice las funciones de coordinador uotras en el proyecto. COORDINADOR DEL PROYECTO: Ejecutor del proyecto, a cargo de la planificacin, coordinacin y realizacin de las actividades. Sus honorarios no podrn ser superiores al 40% del monto presupuestado en el temHonorarios. Deber acreditar una experiencia mnima de 1 (un) ao en actividades similares. Dentro de las consideraciones del contrato se debe incluir una clusula que diga que es co-solidario con la responsabilidad de la rendicin de los gastos del proyecto. Ser obligatorio presentar en el proyecto el currculumvitae de las personas a contratar, adjuntando la acreditacin de las capacidades tcnicas o profesionales, para ejercer la funcin requerida en el proyecto. El pago de los honorarios deber estar sujeto a un contrato simple de prestacin de servicios donde se consignen las obligaciones (detallando las funciones para las que se contratan los honorarios) y un plan de trabajo con cronograma de actividades a realizar segn el objetivo del proyecto y otras contraprestaciones que se acuerden. Los honorarios debern establecerse en valor por hora de trabajo. Pgina 11 de 65 Cuando la Organizacin lo estime necesario y conveniente, se autorizar una asignacin de 0,80 UF, mensual, para la contratacin de un administrador o contador, que sea responsable de la preparacin y revisin de los documentos, de las rendiciones y sus aclaraciones. Este monto se considera incluido en el 40% autorizado en honorarios. En este temse considera la contratacin de: Jueces, asistentes, rbitros, planilleros, tcnicos deportivos, profesionales, coordinadores, monitores, talleristas, profesores especialistas en la disciplina especfica a desarrollar y/o capacitados para trabajar con diferentes grupos etarios, locutores, actores, cantautores, poetas, escritores, conferencistas, bailarines, fotgrafos, artesanos, expositores, bandas de bronce, conjuntos artsticos y artistas en general. No se aceptar el pago de honorarios a representantes legales, miembros de las directivas o directivos de las organizaciones responsables de la ejecucin del proyecto, ni a personas que tengan la calidad de cnyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de dirigentes de la institucin, con cargo a los proyectos presentados. Asimismo, ninguno de los aludidos previamente podr ser proveedor o prestador de servicios de la entidad postulante a la subvencin. El monto aceptado para este temtendr un tope de 40% del total del proyecto, evaluable segn la naturaleza del proyecto. B- ELEMENTOS DE PREMIACIN: Este temconsidera la adquisicin de trofeos, medallas, diplomas, galvanos, y otros acordes a la iniciativa presentada y naturaleza del proyecto, stos no podrn superar las 3 (tres) UTM por producto, referencial del mes en curso. Los premios no pueden ser dinero, en ninguna de sus formas, cheque, efectivo o vale vista. Este gasto no deber superar el 20% del total del proyecto, evaluable segn la naturaleza del proyecto. C- EQUIPAMIENTO (IMPLEMENTACION): Son aquellos gastos que resultan de la adquisicin de bienes indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto, que subsisten despus de terminado y que hayan sido aprobados explcitamente y como complemento al equipamiento que aporta la entidad ejecutora. Todos los bienes adquiridos bajo la modalidad de gastos de equipamiento, deben quedar a disposicin y bajo dominio de la institucin ejecutora del proyecto, la que debe tener un lugar fsico, seguro, propio o arrendado para el almacenamiento y custodia de los bienes. De no contar con este lugar fsico deber arrendar los bienes en lugar de adquirirlos. Para los bienes adquiridos debe confeccionarse un "Acta de Custodia de Equipamiento" (Anexo N3), firmada por la directiva de la institucin beneficiada. As mismo, de facilitarse a terceros el equipamiento o implementos, esto debe ser reflejado en un "Acta de Entrega Temporal de Equipamiento a Beneficiarios" (Anexo N4). No se puede incluir gastos de infraestructura de obras mayores, y slo se financiar el equipamiento imprescindible para el desarrollo del proyecto. En relacin a lo anterior, no se financiar la compra de vehculos u otro medio de transporte, ni accesorios, ni repuestos. Se podrn incluir en este tem: Instrumentos musicales, atriles y otros afines. Pgina 12 de 65 > Artculos para habilitacin de casinos (cocinas-lavaplatos-refrigeradores-ollas-cubiertos-loza-etc.). >Indumentaria, vestuario, trajes. > Implementacin deportiva especfica, estrictamente indispensable y relacionada con el desarrollo de la actividad descrita en el proyecto, conforme a la disciplina presentada, tanto para el equipo tcnico como para el deportista. >Elementos deportivos. Cmaras de video, cmaras fotogrficas, atriles, soportes. >Luminarias led. Sistema de alarmas y vigilancia electrnica. Juegos Infantiles, mquinas de ejercicios. Equipos de msica, minicomponentes, radios, estarn permitidos en actividades como aerbica, baile entretenido, yoga, pilates, y otras afines. Notebook, Data show, telones. Telas. Implementos para minusvlidos. Elementos de rehabilitacin. Estos gastos no podrn exceder un 50% de los fondos obtenidos evaluables segn la naturaleza del proyecto. D.- TRASLADOS Contempla el financiamiento de estos tems de acuerdo a la naturaleza del proyecto presentado y que tenga directa relacin con este. Traslados de personas: Considera el gasto que se origine por el traslado de un lugar a otro de personas, ejemplo: deportistas que participan en encuentros deportivos, incluyendo profesores, rbitros e instructores, artistas que participan en encuentros o giras culturales incluyendo profesores, traslado de relatores no presentes en la regin, tambin contempla el traslado de los beneficiarios del proyecto de un lugar a otro. Los traslados pueden ser areos, buses, micros y taxis. Este temNO incluye arriendo de vehculos. Otros Traslados: Considera el gasto que se origine por el traslado de insumos o implementos de acuerdo a la naturaleza del proyecto. Ejemplo: Fletes de equipos de amplificacin, equipos audiovisuales, tarimas, paneles, animales, etc. Este temno incluye arriendo de vehculos. F- ALIMENTACIN Considera el pago de colaciones saludables, servicios de catering, coffee.Se podrn incluir almuerzos, desayunos o cenas, exclusivamente, en iniciativas que, sea justificado su gasto. Se autoriza un monto mximo para financiar un coctel en la inauguracin o en la clausura del proyecto el que no debe superar los $ 200.000 (doscientos mil pesos) y donde se considere la invitacin a autoridades. Las colaciones deben consistir en productos lcteos, frutas, barras de cereal, jugos, alimentos y preparaciones naturales y sanas, entre otros, conforme a los lineamientos del Programa Elige Vivir Sano. Este temno financiar consumo de bebidas alcohlicas. El tope para este temes de un 25% del total proyecto, evaluable segn la naturaleza del proyecto. Pgina13 de 65 E- ALOJAMIENTO: Considera el pago de hoteles, hostales, residenciales o villas municipales, para los beneficiarios que participan en los respectivos encuentros, incluyendo profesores, rbitros e instructores. F- DIFUSION: Obligatorio Este temconsidera material impreso, afiches, dpticos, informacin radial, insertos en diarios de circulacin local, provincial, regional o nacional, televisin, volantes, adhesivos, monolitos grficos, placas recordatorias, pasacalles, pendones, poleras corporativas, u otros artculos que incluyan el logo del Gobierno Regional y del Consejo Regional, bordado, estampado o impreso, gigantografas. Todo material de difusin debe ser enviado al GORE para su aprobacin, segn se detalla ms abajo. El material de difusin debe exhibir: Logo de Gobierno Regional y del Consejo Regional, Nombre del Proyecto Monto Financiado $ y la frase obligatoria "Proyecto financiado con Fondos 2% del FNDR de Cultura o Deporte o Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Arica y Parinacota y el Consejo Regional. Actividades gratuitas para la comunidad". Este temno podr ser inferior a un 5% con un mximo de 10% del costo total proyecto y debe considerar SOLO el monto solicitado al FNDR y no aportes propios o de terceros. El incumplimiento de ambas restricciones, provocar que el proyecto quede inmediatamente FUERA DE BASES. En actividades que se considere escenarios, pdium, etc. Se deber contar obligatoriamente con el logo del Gobierno Regional en un tamao visible para toda la concurrencia y la frase: "Proyecto financiado con Fondos 2% del FNDR de Cultura o Deporte o Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Arica y Parinacota y el Consejo Regional. Actividades gratuitas para la comunidad". El Logo de Gobierno Regional y la mencin del financiamiento debe estar ubicado en un lugar visible y no debe ser inferior al tamao de otras imgenes de entidades financiantes. El no cumplimiento de lo establecido en el temde Difusin, facultar al GORE a solicitar el reintegro de los recursos estipulados en este tem. G- GASTOS DE OPERACION: Considera aquellos gastos que sean necesarios para la realizacin de la actividad especificada en el proyecto y que no estn contemplados en los tems anteriores. Este temdeber justificarse y estar en sintona con los objetivos planteados segn la naturaleza del proyecto. Las compras de operaciones deben ser adquiridas al principio de la ejecucin del proyecto para garantizar el buen desarrollo de las actividades. Gastos Generales: Estos incluyen: arriendo de la infraestructura necesaria para ejecutar el proyecto (recintos culturales, deportivos, teatros, escenarios, juntas de vecinos, etc.), arriendo de equipos (amplificacin), inscripciones y acreditacin, en caso de actividades deportivas, seguros de mdicos. Todo segn la naturaleza del proyecto. tiles de Oficina y materiales de aseo: Considera la adquisicin de materiales de oficina, tales como, papelera, tintas, lpices, archivadores, servilletas, bolsas de basura, jabn, etc. los que debern estar debidamente justificados y ser necesarios para la ejecucin del proyecto. Pgina 14 de 65 Gastos de combustible Las cargas de combustible se aceptarn slo si el proyecto contempla explcitamente esa modalidad y fue justificado y aprobado en su formulacin. Deben identificar el uso del combustible con el objetivo del proyecto y relacionarlo con el cronograma de actividades. Solo ser aceptado para uso de equipos electrgenos. Gastos de comunicaciones: En caso que en la ejecucin del proyecto requiera la utilizacin de llamadas telefnicas, se podr cargar 2 (dos) celulares de pre-pago cuyos nmeros sean indicados en el proyecto. Este gasto tiene un tope mensual de hasta $10.000 por cada celular. Los gastos de operacin tendrn un tope a financiar de un 15% del total del proyecto, con un mximo $ 500.000 (quinientos mil pesos), evaluables segn la naturaleza del proyecto. Es necesario sealar que los topes establecidos para cada temson referenciales, no suman cien por cien, y sern evaluados segn la naturaleza del proyecto. Se debe considerar en el cronograma de actividades, que las inversiones y gastos, en la medida de lo posible, sean realizadas al inicio de la ejecucin del proyecto. Artculo 16 CONSIDERACIONES EN LA ELABORACIN DELPRESUPUESTO: No obstante las indicaciones establecidas en las presentes Bases, el presupuesto de cada proyecto postulante y su ejecucin, deber cumplir las siguientes consideraciones: 1.Los gastos debern ser acordes a la actividad, los que sern evaluados y determinantes en la aprobacin del proyecto. No se podr financiar la compra de materiales de construccin, ni adquisicin de bienes races, ni vehculos de ningn tipo. 2.Todos los servicios contratados y las adquisiciones que se ejecuten, deben tener la modalidad de trato directo y no deben existir intermediarios. 3.No se suministrarn recursos para gastos de representacin (movilizacin, cenas, almuerzos de directivos) ni para pago de honorarios a directivos de la entidad, ni a personas que tengan la calidad de cnyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de dirigentes de la institucin, con cargo a los proyectos presentados; asimismo, ninguno de los aludidos previamente podr ser proveedor o prestador de servicios de la entidad postulante a la subvencin. 4.Todo gasto en la formulacin del proyecto deber contar como mnimo con 3 (tres) cotizaciones cuando el monto de la compra sea superior a 3 (tres) UTM, caso contrario presentar slo 1 (una). Las cotizaciones son referenciales, deben detallar cada temy justificar su valor, adems debern ser en formato propio del proveedor con su respectiva firma y timbre, en caso de que el gasto se realizara con un proveedor en un lugar ajeno a la comuna, se podrn presentar cotizaciones recibidas va email (deber adjuntarse el correo de contacto como respaldo) o de internet. 5.Deber existir coherencia entre el precio y la oferta existente en el mercado. 6.Las iniciativas no debern considerar gastos propios necesarios para el normal funcionamiento de las organizaciones, tales como: arriendo de infraestructura, mantenciones y reparaciones de bienes de la institucin, sueldos y salarios, servicios bsicos, como luz, agua, gas y telefona de red fija. 7.Todos los gastos en personal, deben ser considerados en el temhonorario y en ningn otro tem. No se aceptar boletas de honorarios como respaldo en ningn otro tem. 8.Los productos y/o servicios generados a travs de esta subvencin, sern de distribucin gratuita, lo que deber estar consignado en la presentacin del proyecto, ello, referente a los mecanismos de distribucin, los destinatarios finales y su identificacin clara de la ubicacin fsica en caso de futuras fiscalizaciones. 9.Todo producto editado o producido gracias al financiamiento de Gobierno Regional, vale decir, libros, CD, DVD, documentales, postales, etc., debe indicar en la tapa: Pgina15 de 65 a."DISTRIBUCIN GRATUITA", b.El logo del Gobierno Regional y del Consejo Regional c."Proyecto financiado con Fondos del 6% Cultura, deporte, seguridad ciudadana del FNDR del Gobierno Regional de Arica y Parinacota y su Consejo Regional". d.Deber hacer entrega al Gobierno Regional de a lo menos 3 (tres) copias del material editado o producido con el financiamiento del proyecto. e.Adems deber hacer entrega al Gobierno Regional de una copia digital para la biblioteca virtual del Servicio. 10.Ser obligatorio que las iniciativas presentadas por Instituciones Pblicas incorporen como mnimo un 20% del costo total del proyecto como aporte propio y/u opcionalmente de otras instituciones que postulen a estos fondos traducindose en co-financiamiento del proyecto. Estos aportes deben venir con la documentacin de respaldo respectiva, especificando en una carta compromiso (Formulario N4) la naturaleza del aporte tanto propio como de terceros si los hubiere, debidamente firmada por el Representante Legal de la institucin. El detalle de este financiamiento debe indicarse con cuadro presupuestario por temde gasto. 11.Se considerarn como Aportes Propios de Instituciones Pblicas, el aporte significativo por parte de la institucin al desarrollo de la iniciativa, vale decir el aporte de uso de vehculos fiscales, el uso de insumos, los honorarios y funcionarios que aporten con su trabajo al desarrollo de la actividad, como as tambin de la compra de implementacin o el cualquier otro pago asociado al proyecto. 12.No se podrn presentar iniciativas que cuenten con financiamiento de otros fondos, tales como: Fondeporte, Fondo Seguridad Ciudadana Presidente de la Repblica, etc. salvo que stos tengan el carcter de co-financiamiento. Destinando los recursos del 6% para el fomento y realizacin de las actividades postuladas. 13.A los organismos privados postulantes se valorar en forma importante que los proyectos incorporen aporte propio y/o de otras instituciones, traducidos en co-financiamiento del proyecto. 14.La propiedad intelectual y los derechos de autor de los productos resultantes del financiamiento sern del Gobierno Regional de Arica y Parinacota. Lo que significa que para ser utilizados con posterioridad a la finalizacin del proyecto, debern contar con la autorizacin expresa de este Servicio. Artculo 17 PRESUPUESTO Y MONEDA DE LOS GASTOS: Todos los tems de dinero de las postulaciones, incluyendo el presupuesto y las cotizaciones, debern expresarse en pesos chilenos ($), con todas sus cifras, incorporando los impuestos asociados a la naturaleza del gasto. Esto significa que en los montos totales solicitados se entiende incluido los impuestos respectivos. En ningn caso se aceptar que a la cantidad total solicitada o a alguno de sus componentes, se agregue la frase "ms impuesto" o "ms IVA". La variacin de los costos efectivos del proyecto respecto de los contemplados en el presupuesto presentado, ser de absoluta responsabilidad y cargo del postulante. Artculo 18: Los gastos realizados en moneda extranjera, debern rendirse en pesos chilenos al tipo de cambio del da de emisin del documento que se rinde, si ste es distinto, respaldar con el respectivo comprobante de pago que justifique otro tipo de cambio. Si para facilitar los pagos en el extranjero, de servicios como: consumos, alojamiento y/o traslado local en dicho pas, se compra moneda por un monto estimado del total de gastos, deber realizarse en casas de cambio establecidas y presentar el respectivo comprobante de compra de la moneda para certificar el tipo de cambio de la conversin. Artculo 19:Los gastos realizados en el extranjero, debern respaldarse por quin rinde la cuenta con sus documentos autnticos emitidos en el exterior y acreditarse los pagos efectuados de conformidad con las disposiciones legales vigentes en el pas respectivo. Dichos documentos de respaldo debern indicar a lo menos la individualizacin y domicilio del prestador del servicio y/o del vendedor de los bienes adquiridos, segn corresponda, y la naturaleza, objeto, fecha y monto de la operacin, de acuerdo a Resolucin N 30/2015 de Contralora. Pgina 16 de 65 Artculo 20 CANTIDAD DE PROYECTOS A POSTULAR: Las instituciones podrn postular la cantidad de iniciativas que estimen conveniente, no obstante, para garantizar la inclusin de un mayor nmero de instituciones, se asignarn recursos slo para 1 (un) proyecto por fondo, con tope de 2 (dos). Artculo 21 PRESENTACION DE LOS PROYECTOS: Los proyectos debern ser presentados en un sobre cerrado y sellado, impreso en formato de papel tamao 13x8.5" pginas enumeradas (1 de n), utilizando la metodologa y el formulario de postulacin correspondiente, que se adjunta a estas bases. En el anverso del sobre deber indicar lo siguiente: CONCURSO SUBVENCION 6%FNDR 2015 Nombre del Proyecto Fondo al que postula Nombre Institucin Nombre y RUT del Representante Legal Las bases, formulario de postulacin, logo corporativo del Gobierno Regional, formularios de rendiciones y anexos estarn a disposicin de los interesados en la pgina webwww.gorearicayparinacota.cl Forma de entregar el proyecto: 1.El sobre cerrado debe ser entregado por el Representante Legal de la Institucin, identificndose con su respectiva cdula de identidad, la que debe estar vigente. Los proyectos debern ser presentados en un original y una copia, idnticas, utilizando los formularios indicados en los anexos de estas bases, llenados completa y correctamente, en caso de ser llenados en manuscrito, debe ser con letra legible, anexando todos los antecedentes requeridos. El original quedar en poder del GORE y la copia ser timbrada con fecha de recepcin por personal de la Oficina de Partes del GORE, quedando en poder del postulante como respaldo de su postulacin. Deber usar el formulario diseado para este efecto impreso en hoja tamao 13x8.5". 2.Se pueden agregar otros documentos de apoyo que el responsable considere relevantes para su evaluacin. 3.Los documentos que se acompaen a la postulacin, no sern devueltos, por lo cual, corresponde a cada institucin participante tomar los resguardos del caso, dejndose copia de estos. 4.En relacin al Formulario N 1, para futuros contactos, se debe establecer claramente la direccin, email, nmero de telfono fijo y celular, vigentes, del representante legal y del coordinador del proyecto. Si durante el perodo de ejecucin, los datos de contacto, de alguno de ellos cambia, ser responsabilidad del Representante Legal de la Institucin oficiar dichas modificaciones, por escrito al GORE, unidad 6% FNDR. Lugar de Postulacin: Los proyectos e iniciativas sern recepcionados en el edificio del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, ubicado en Avda. General Velsquez N 1775, Oficina de Partes de 09:00 a 16:00 horas de corrido, en las fechas que se indiquen en las publicacin de estas bases. No existe otro organismo pblico, ni privado facultado para tal funcin. Para mayor informacin: Contactarse con los funcionarios de la Unidad del 6% del FNDR de Cultura y Deportes de la DACOG del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, contactos que se indican estas Bases, Artculo 28. Pgina17 de 65 Artculo 22 DOCUMENTACION OBLIGATORIA QUE SE DEBE ACOMPAAR:Para la presentacin de los proyectos postulantes a estos fondos, las instituciones debern adjuntar la siguiente informacin: Municipalidades y otras Instituciones Pblicas. 1.El proyecto en original y copia, con toda la documentacin respectiva, completa y correctamente llenada. (Formulario N 1). 2.Fotocopia simple, legible y completa por ambos lados, del RUT de la institucin solicitante. 3.Fotocopia simple, legible y completa por ambos lados, de la cdula de identidad del Jefe de Servicio respectivo o de su Subrogante. 4.Carta de solicitud de Jefe de Servicio respectivo o de su Subrogante de la institucin pblica, con el timbre respectivo, dirigida al Seor Intendente Regional, sealando nombre de iniciativa y monto requerido. (Formulario N 2). 5.Declaracin Jurada Simple que indique que la iniciativa tiene exclusividad de postulacin al FNDR. Adems la declaracin debe indicar la gratuidad de la totalidad de las actividades enmarcadas en el proyecto, que conoce las bases, que no tiene rendiciones pendientes y parentesco con funcionarios del GORE o del CORE y si los tiene, lo declara. (Formulario N 3). 6.Carta de compromiso o Certificado de aportes propios o de terceros, indicando detalladamente por temde gastos en el cuadro presupuestario, a que corresponden estos aportes. (Formulario N 4) 7.CurrculumVitae pertinente del coordinador y prestadores de servicios, del proyecto, acreditando con documentacin la experiencia de a lo menos un ao, de acuerdo a la actividad presentada (Formulario N 6). 8.Copia simple del Decreto de Nombramiento del Jefe del Servicio respectivo o de su Subrogante, con el timbre de la institucin. 9.Carta de Compromiso del Servicio, sobre la supervisin y evaluacin de las actividades de impacto de la propuesta (Formulario N 7). 10.Certificado de Morosidad emitido por los distintos organismos que entregan fondos pblicos, sealando que la institucin no registra deudas pendientes. (Formulario N 8). 11.Carta de compromiso de funcionamiento futuro (Formulario N 9) 12.Presentar mnimo 3 (tres) cotizaciones detalladas de cada temcuando el monto de la compra sea superior a 3 UTM, caso contrario presentar slo 1 (una), a fin de justificar su valor, adems debern ser en formato propio del proveedor con su respectiva firma y timbre, en caso que el gasto se realizara con un proveedor en un lugar ajeno a la comuna se podrn presentar cotizaciones recibidas por va email o de internet. 13.En el caso de actividades que contemplen la participacin de menores de edad y si la naturaleza de la actividad as lo requiere, estos tendrn que contar con la aprobacin por escrito de sus padres o tutores. Adicionalmente se deber adjuntar un certificado que acredite que las personas a cargo de la actividad no se encuentran en el registro de condenados por delitos sexuales contra menores que se obtiene en el Servicio de Registro Civil e Identificacin. 14.Enproyectos de CMARAS DE VIGILANCIA Y/0 ALARMAS COMUNITARIAS, se deber presentar adems: Emplazamiento del sector a intervenir y listado de viviendas con indicacin de direcciones y beneficiarios. Imagen de ubicacin (con nombre de calles) de centrales de alarma y/o cmaras de vigilancia. Identificar recinto de monitoreo y operador. Lo nuevos proyectos de cmaras de tele-vigilancia ubicadas en sectores pblicos, debern contemplar la coordinacin de su operacin con otros proyectos existentes en las cercanas y contar con todas las autorizaciones exigidas para este tipo de proyectos. Pgina 18 de 65 Organizaciones Privadas Sin Fines de Lucro (sociales, fundaciones y corporaciones) 1.El proyecto en original y una copia, con toda su documentacin respectiva, completa y correctamente llenada. (Formulario N 1). 2.Fotocopia simple, legible y completa por ambos lados, del RUT de la organizacin postulante. 3.Fotocopia simple, legible y completa por ambos lados, de la cdula de identidad del representante legal y del coordinador del proyecto. 4.Copia autorizada ante notario pblico de la escritura de constitucin y sus modificaciones (slo fundaciones o corporaciones). 5.Copia del extracto de la publicacin en el Diario Oficial del decreto del Ministerio de Justicia que concedi la personalidad jurdica (slo fundaciones o corporaciones) 6.Carta de solicitud de recursos firmada por el representante legal o presidente(a) de la organizacin postulante con el timbre respectivo, dirigida al Seor Intendente Regional, sealando nombre de iniciativa y monto requerido. (Formulario N 2) 7.Declaracin Jurada Simple que indique que la iniciativa tiene exclusividad de postulacin al FNDR. Adems la declaracin debe indicar la gratuidad de la totalidad de las actividades enmarcadas en el proyecto, que conoce las bases, que no tiene rendiciones pendientes y parentesco con funcionarios del GORE o del CORE y si los tiene, lo declara. (Formulario N 3). 8.Carta de compromiso o certificado de aportes propios o de terceros, si los hubiere, indicando detalladamente por temde gastos en el cuadro presupuestario, a que corresponden estos aportes. (Formulario N 4) 9.CurrculumVitae pertinente del coordinador y prestadores de servicios, acreditando con documentacin la experiencia de a lo menos un ao, de acuerdo a la actividad presentada (Formulario N 6). 10.Certificado de vigencia de la institucin con nmina de la directiva vigente, acreditando la antigedad mnima de 2 aos desde su constitucin, con la fecha exacta de obtencin de la personalidad jurdica (da, mes y ao) y emitido por la autoridad competente, con un mximo de 30 das de antigedad. u. Carta de compromiso en la supervisin y evaluacin de las acciones e impacto de la propuesta por parte de la organizacin, indicando la persona que asumir tales tareas. Slo si es diferente al representante legal, no se podr cancelar honorarios por este servicio ya que debe asumirse como parte del proyecto. (Formulario N 7). 12.Fotocopia simple, legible y completa de los Estatutos de la Institucin, debidamente inscritos en los organismos pertinentes. 13.Carta de compromiso de funcionamiento futuro (Formulario N 9) 14.Acta de la reunin de directorio en la cual se design al representante legal, con poderes vigentes. 15.Certificado que acredite, a la institucin, estar inscrita en el Registro de Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos (www.registro19682.c1). 16.Fotocopia simple, legible y completa de Cuenta Bancaria de la Institucin o certificado de cuenta corriente si existiese cuenta corriente. 17.Certificado de residencia que acredite domicilio vigente de la institucin, y fotocopia simple de una cuenta de servicios dnde aparezca como cliente la razn social de la institucin, en caso de hacer uso del domicilio de un tercero, se requiere contrato de usufructo, arriendo o comodato y una cuenta de servicios que identifique el domicilio y dueo de la propiedad, que firm dicho contrato. 18.Un documento que acredite fehacientemente la residencia particular del o los representantes legales y coordinadores, como por ejemplo: ttulo de la propiedad, cuenta de servicios bsicos, comprobante de pago de gastos comunes, comprobante de pago derechos de aseo, rol de contribuciones. 19.Currculumde la trayectoria de actividades y proyectos concursables que ha desarrollado la institucin con sus debidos respaldos (fotografas, publicaciones, referencias o cualquier registro que acredite haber Pgina 19 de 65 ejecutado actividades culturales, deportivas o seguridad ciudadana u otras en beneficio de la comunidad) (Formulario N 5). 20.Autorizacin de los derechos de autor cuando el proyecto as lo amerite. 21.Presentar mnimo 3 (tres) cotizaciones detalladas de cada temcuando el monto de la compra sea superior a 3 UTM, caso contrario presentar slo 1 (una), a fin de justificar su valor, adems debern ser en formato propio del proveedor con su respectiva firma y timbre, en caso que el gasto se realizara con un proveedor en un lugar ajeno a la comuna se podrn presentar cotizaciones recibidas por va- email o de internet. 22.En el caso de actividades que contemplen la participacin de menores de edad y si la naturaleza de la actividad as lo requiere, estos tendrn que contar con la aprobacin por escrito de sus padres o tutores. Adicionalmente se deber adjuntar un certificado que acredite que las personas a cargo de la actividad no se encuentran en el registro de condenados por delitos sexuales contra menores que se obtiene en el Servicio de Registro Civil e Identificacin. 23.Certificado de Morosidad emitido por los distintos organismos que entregan fondos pblicos, sealando que la institucin no registra deudas pendientes. (Formulario N 8) 24.En proyectos de CMARAS DE VIGILANCIA Y/0 ALARMAS COMUNITARIAS, se deber presentar adems: Emplazamiento del sector a intervenir y listado de viviendas con indicacin de direcciones y beneficiarios. Imagen de ubicacin (con nombre de calles) de centrales de alarma y/o cmaras de vigilancia Identificar recinto de monitoreo y operador. Lo nuevos proyectos de cmaras de tele-vigilancia ubicadas en sectores pblicos, debern contemplar la coordinacin de su operacin con otros proyectos existentes en las cercanas y contar con todas las autorizaciones exigidas para este tipo de proyectos. NOTA 1: Slo se aceptar entrega manual y presencial de los proyectos a postular. Todos los antecedentes solicitados deben venir junto al formulario de postulacin enumerados en cada pgina. NOTA 2: En las comunas donde no exista notara pblica podrn validarse los documentos a travs de oficial civil. NOTA 3: Todos los documentos presentados en fotocopias, deben ser legibles y completos, de lo contrario se considerarn no presentados para el proceso de admisibilidad. Pgina20 de 65 Artculo 23 CRONOGRAMA DEL CONCURSO: La convocatoria se realizar segn el siguiente cronograma: CRONOGRAMA 6% FNDR 2015 ETAPASFECHAS 1.Publicacin de las Bases: Consultas y Respuesta a Consultas Capacitacin sobre bases y postulacin (2 das) 10 das hbiles a partir de la publicacin de las Bases en la pgina webdel Gobierno Regional 2.Fase de Postulacin: Recepcin de proyectos 2 das hbiles 3.Fase de Evaluacin: Proceso de Admisibilidad 3 das hbiles 4.Proceso de Evaluacin Tcnica 4 das hbiles 5.Proceso Resolutivo de Aprobacin 2 das hbiles 6.Presentacin al Intendente 1 da hbil 7.Presentacin al CORE 1 da hbil 8.Publicacin de resultados 1 da hbil 9.Fase de Proceso de Pago Elaboracin de Convenios Firma de Convenios y Pagar Elaboracin de Resoluciones Entrega de Cheques 15 das hbiles 10. Dos Capacitacin sobre Rendiciones 2 da hbil Artculo 24: La difusin del concurso estar a cargo del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, a travs de su sitio webwww.gorearicayparinacota.cl y de a lo menos un medio de comunicacin de cobertura regional. Artculo 25: Todas las comunicaciones y notificaciones se efectuarn a los concursantes, por medio del sitio webwww.gorearicayparinacota.cl y a travs de correo electrnico registrado en el formulario N1 de postulacin o va carta certificada en plazo no superior a 5 das hbiles, segn Ley N19.880. Artculo 26: Todos los proyectos recibidos formarn parte del concurso. Se asignar un folio nico secuencia! al momento de su recepcin, este folio ser el nmero de identificacin del proyecto hasta su trmino. Artculo 27 CMO SE DEBEN PRESENTAR LAS INICIATIVAS: FORMULARIO N1: Para dar cumplimiento a la presentacin sealada en el punto anterior, las bases, y los respectivos formularios de postulacin, estarn a disposicin de los interesados en el sitio webwww.gorearicayparinacota.cl para completar directamente o para su impresin y posterior llenado a mquina o a manuscrita, con letra legible y lpiz permanente. Los formularios debern ser del ao 2015, caso contrario, sern eliminados automticamente del concurso. Artculo 28 CONSULTAS Y CAPACITACION: Las consultas durante todo el proceso de concurso del 6% FNDR, debern dirigirse a la DACOG, a travs de los siguientes contactos, no obstante durante el proceso de difusin de las Bases del concurso, se realizarn capacitaciones sobre las NUEVAS BASES 2015, cuya participacin formar parte de la evaluacin del comportamiento de la Institucin al trmino del proyecto. Pgina 21 de 65 NombreTelfonosCorreo Electrnico Paulo Bustamante Alcn58 2 220 [email protected] Paula Ortiz Pinto58 2 220 [email protected] Juan Pablo Sandoval Corvacho58 2 220 [email protected] Artculo 29 ADMISIBILIDAD:Las iniciativas presentadas sern sometidas a un proceso de admisibilidad desde el primer da hbil siguiente a la recepcin de los proyectos. Cumpliendo todos los requerimientos necesarios para la postulacin quedarn en calidad de admisibles; aquellos que no cumplan con lo solicitado en las bases quedarn inadmisibles, en ambos casos sern notificados de la situacin a travs de la publicacin en la pgina webwww.gorearicayparinacota.cl Artculo 30:Las organizaciones postulantes son responsables de revisar resultados publicados en pgina web, de acuerdo a lo que establecen las presentes Bases. Artculo 31:Para la admisibilidad de los proyectos participantes, existir una Comisin de Admisibilidad, la que estar integrada por funcionarios del Gobierno Regional nombrados por resolucin del Jefe del Servicio. Artculo 32:La sola admisibilidad de los proyectos no asegura su financiamiento por parte de este Gobierno Regional, lo nico que implica es que la documentacin entregada es la necesaria para la presentacin del proyecto, pudiendo seguir del proceso de postulacin Artculo 33: La Comisin Resolutiva, estar integrada por funcionarios pblicos dnde se deber incluir al menos uno de otra institucin pblica relacionada con la tipologa especfica de que se trate el comit, designada por el acuerdo del Consejo Regional. Artculo 34:La Comisin resolutiva, evaluar todas las iniciativas admisibles, declarando tcnicamente recomendables a las postulaciones que cumplan con todos los requerimientos estipulados y solicitados en las Bases del Concurso y hayan superados el puntaje mnimo de acuerdo a criterios de evaluacin. Artculo 35:La iniciativas que habiendo sido sometidas a evaluacin tcnica y que cumplan con el mnimo establecido tcnicamente, de acuerdo a los criterios de evaluacin, sern presentadas, al Honorable Consejo Regional para someterlas a su aprobacin o rechazo, proceso que tendr como resultado la elaboracin de un listado de proyectos con financiamiento aprobado, contenidos en un Certificado CORE que ser publicado al da hbil posterior a la aprobacin del Consejo. Artculo 36 PROYECTOS INADMISIBLES: Sern inadmisibles aquellos proyectos que NO cumplan con: 1.El plazo de entrega estipulado (da y hora). 2.El monto mximo y mnimo establecido de acuerdo al alcance de las actividades. 3.La entrega de la documentacin completa y correcta, en los formularios que disponga el Gobierno Regional en las presentes bases con sus correspondientes respaldos. 4.La restriccin de considerar aportes propios o de terceros en el temde difusin. 5.Los porcentajes establecidos para el temdifusin. 6.La restriccin de pago de servicios a directivos o familiares de la institucin. 7.La acreditacin de domicilio en la regin. 8.Las restricciones sobre adquisiciones establecidas en esta Bases. (infraestructura, vehculos, etc.) Pgina22 de 65 9.La presentacin detallada del cuadro presupuestario. 10.La presentacin de los CurrculumVitae correspondientes y acreditaciones del coordinador y prestadores de servicio del proyecto. 11.La presentacin de cotizaciones cuando corresponda. 12.La antigedad mnima de la institucin de 2 (dos) aos. 13.Un comportamiento adecuado en la administracin de los recursos y/o en la ejecucin de las actividades de proyecto(s) durante procesos anteriores, tales como: rendiciones de cuentas insuficientes, efectuar modificaciones sin contar con la autorizacin previa del Gobierno Regional, no reintegro oportuno, uso inadecuado de los recursos y excedentes del proyecto, entre otros. Pudiendo corregir esta condicin y participar en el llamado subsiguiente a la reparacin del comportamiento inadecuado Artculo 37 CRITERIOS DE EVALUACION: La evaluacin de los proyectos ser realizada en funcin de la escala de puntaje, los criterios de evaluacin y su ponderacin, segn se explica a continuacin. El puntaje final de evaluacin corresponder a la suma ponderada de las calificaciones obtenidas para cada criterio. Cada criterio ser puntuado de acuerdo al siguiente rango de puntuacin: CRITERIOS/SUBCRITERIOS DE EVALUACINPlE%PlE .MAX. PUNTAIL PONDERADO COHERENCIA7021 1. Claridad en la formulacin del proyecto Objetivos Especficos NO son coherentes con el Objetivo General0 30% 10 Diagnstico NO es coherente con el objetivo general y objetivos especficos1 Objetivos Especfico son coherentes con el Objetivo General5 Diagnstico es coherente con el objetivo general y objetivos especficos8 Etapas coherentes con objetivo general, especficos y diagnstico10 2. Experiencia institucional en cualquier tipo de proyectos. (F-5) 0 proyectos ejecutadoso 10 1 a 3 proyectos ejecutados5 3 a 5 proyectos ejecutados8 Ms de 5 proyectos ejecutados10 3 3. Proyecto concordante con el objeto social de la institucin El proyecto no est directamente relacionado a la especializacin de la institucin 10 El proyecto est directamente relacionado a la especializacin de la institucin.10 4. Antigedad de la institucin De 2 aos a 2 aos 11 meses3 10De 3 aos a 5 aos 11 meses8 Ms de 6 aos10 5. Calidad de la descripcin de las Actividades Actividades no tiene relacin con objetivos especficos1 10 Actividades no tienen relacin resultados esperados (Metas)3 Actividades tiene relacin con objetivos especficos5 Actividades tienen relacin resultados esperados (Metas)8 Actividades tiene relacin con objetivos especficos y con Resultados esperados10 6. Concordancia con "Marco Orientador" No es concordanteo 10 Es concordante10 Pgina 23 de 65 7. Correspondencia entre objetivos del proyecto y "Objetivos y Alcance por Fondo" No coincide con ningunoo 10 Coincide con 15 Coincide con ms de 110 ANALISIS DELPRESUPUESTO4010 1. Desglose presupuestario acordeconla actividad Los gastos no se relacionan con las actividades propuestas, son insuficientes o exagerados. 1 10Losgastosserelacionanconlasactividadespropuestas,sinembargo,son insuficientes o exagerados. 5 Los gastos se consideran adecuados para ejecutar la actividad10 25% 2. Pertinencia de los tems del presupuesto con el proyecto No Existe pertinencia o 10 Existe pertinencia 10 3. Acciones de difusin de la iniciativa Afiches-volantes-dpticos1 10 Pendn-Gigantografa y Afiches-volantes-dpticos3 Pendn-Gigantografa, Afiches-volantes-dpticos y Diario-peridico8 Pendn-Gigantografa, Afiches-volantes-dpticos y Medios radiales o televisivos10 4.Presentacinde cotizaciones acorde apreciosde mercado No 0 10 SI 10 IMPACTO DE LA INICIATIVA 307.5 Cantidadde beneficiarios directos/indirectos Entre 1 y 5 personas1 25% 10 Entre 5 y 25 personas3 Entre 26 y 49 personas 5 Entre 50 y 99 personas8 Ms de 100 personas 10 Impacto territorial Local3 10 Regional5 Nacional 8 Internacional 10 Cantidad de preguntas enla encuestainicial, coherentesconel objetivo 0 0 10 1 a 25 3 a 48 510 EXISTENCIA DE APORTES (para instituciones privadas sin fines de lucro)102 Sin aporteso 20%10 Existencia de Aportes Propiosy/ode Aportes entre el 1 y el 10% del total del proyecto5 TercerosAportes entre el 11 y el 20% del total del proyecto8 Aportes mayores al 20% del proyecto10 Pgina24 de 65 TOTALES para instituciones privadas sin fines de lucro100%150' 40.5 TOTALES para municipalidades y otras instituciones pblicas100%14038.5 Artculo 38 SELECCIN DE PROYECTOS:Sern elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje ponderado igual o superior a 27 puntos, para instituciones privadas sin fines de lucro y a 25 puntos para municipalidades y otras instituciones pblicas, estos pasarn a la etapa de seleccin. No obstante aquellos proyectos que no superen los 9 puntos ponderados en el criterio de Coherencia, no sern tcnicamente recomendados para su financiamiento. Artculo 39:El listado de proyectos elegibles, ser entregado al Seor Intendente Regional y este remitir dicho listado, con las iniciativas tcnicamente recomendadas, al Honorable Consejo Regional de Arica y Parinacota para su aprobacin, conforme a cronograma establecido en el Artculo 23 de las presentes Bases. Artculo 40:El Consejo Regional de Arica y Parinacota, tendr la facultad de aprobar o rechazar las iniciativas tcnicamente recomendadas, de acuerdo a sus atribuciones. Artculo 41 INFORMACION DE RESULTADOS:Los resultados de los proyectos aprobados, por el Honorable Consejo Regional de Arica y Parinacota, sern publicados en el sitio web: www.gorearicayparinacota.cl de acuerdo al cronograma definido en el Artculo 23 de las presentes Bases. NOTA: Se contactar a las instituciones beneficiarias para la fecha de firma del convenio y tramitacin del pagar. Artculo 42 ENTREGA DE LOS RECURSOS: La entrega de los recursos para la ejecucin de los proyectos seleccionados se har efectiva una vez realizado todo el cumplimiento de los trmites administrativos respectivos para la generacin del pago (convenio firmado, resolucin de transferencia perfeccionada, pagar firmado ante notario, ficha de transferencia). La entrega de los recursos se materializar con cheques bancarios, no obstante, el GORE, podr evaluar el pago a travs de transferencia bancaria, para lo cual se solicita registrar en el formulario N1 los antecedentes necesarios para este proceso. Artculo 43:La confeccin de los Convenios de Transferencia de las Instituciones y Organizaciones Sociales beneficiadas, ser de responsabilidad del Departamento Jurdico del Gobierno Regional. La tramitacin de la firma, coordinacin y enlace con los beneficiarios del programa, ser responsabilidad de la DACOG, Unidad 6% FNDR, quienes prepararn el estado de pago adjuntado adems de los antecedentes sustentatorios, la primera hoja del Formulario N1. Artculo 44: La entrega fsica del cheque se realizar en Tesorera de Gobierno Regional y acuerdo a la disponibilidad de tiempos de organizacin y gestin, en una ceremonia de entrega simblica encabezada por el Seor Intendente Regional y los Honorables Consejeros Regionales. El plazo ser de 10 das hbiles desde la firma del convenio respectivo por parte de las entidades beneficiadas. Artculo 45: La entrega de los recursos ser realizada en dos cuotas, cada una de un 50%. Una vez realizado el primer pago, la siguiente transferencia estar sujeta a la rendicin total de los recursos antes entregados. Por lo anterior, la institucin deber contar con una adecuada programacin de sus gastos. De acuerdo a la naturaleza del proyecto y en forma excepcional y justificada, el GORE podr realizar el pago en una cuota nica. Si por razones de fuerza mayor los recursos no fueran entregados en el tiempo establecido en las Bases, la institucin deber ajustar las fechas de ejecucin con aprobacin formal del GORE. Artculo 46: Este Gobierno Regional solo entregar el cheque al Representante Legal de la institucin, el que deber acreditar su identidad a travs de su cdula de identidad, que deber estar vigente, y su personera jurdica con Certificado de Vigencia de no ms de 30 das transcurridos desde su emisin. Lo anterior, se establece para evitar entrega de recursos a personas que estn desvinculadas de la organizacin a la fecha del pago. Artculo 47: En caso de no concurrir al retiro del cheque, en un plazo de 60 das calendario, es decir, corridos, desde la fecha de emisin del documento, considerando que el aviso de disponibilidad de los recursos se realiza en un Pgina25 de 65 plazo no superior a 10 das hbiles desde su emisin, se entender que la institucin RENUNCIA a la postulacin del presente fondo. Artculo 48: El Gobierno Regional no reemitir cheques que hayan caducado, cumpliendo el plazo de 60 das desde la emisin del documento, independiente que el cheque se encuentre en poder de la organizacin o en Tesorera del GORE. Es responsabilidad de la institucin beneficiaria del concurso, tomar todas las medidas pertinentes para el cobro oportuno del documento. Artculo 49 GARANTAS: Para cautelar la correcta aplicacin de los fondos de concursos, cada entidad adjudicataria, conjuntamente con el Convenio de Transferencia firmar ante notario un Pagar a la vista con aval solidario, por el monto total del subsidio, cuyo vencimiento ser de 12 meses desde la fecha de firma del convenio. Este documento tendr validez, slo con la firma del aval calificado, quin deber acreditar ingresos (requerimientos en Formulario N1). El aval deber responder solidariamente por la institucin, en el evento que esta no cumpla con la ejecucin del proyecto, que tenga rechazo en algunos tems rendidos o bien no presente rendiciones. El pagar ser devuelto a la Institucin adjudicataria, una vez emitido el Certificado de Cierre de Proyecto. El pagar tendr como nmero identificatorio, el mismo folio asignado al proyecto. Artculo 50 MODIFICACION PRESUPUESTARIA: Los proyectos seleccionados deben ser ejecutados cumpliendo estrictamente lo indicado en el formulario de postulacin. Cualquier modificacin en el desarrollo del Proyecto, podr ser requerida por una nica vez y slo podr efectuarse durante la vigencia del convenio y mientras cuenten con ladebida aprobacin del GORE, para lo cual el Representante Legal de la organizacin ejecutora debe enviar una carta al Sr. Intendente, donde justifique la solicitud de modificacin, teniendo presente que dicha modificacin potencie o mantenga las caractersticas y objetivos del proyecto originalmente aprobado. Las modificaciones posibles son por: a. Cambio de los montos en los tems del presupuesto, los cuales se podrn modificar siempre y cuando no impliquen aumento de recursos y mantengan los topes mximos y mnimos porcentuales y de montos establecidos en estas Bases. En el caso que no exista esta solicitud aprobada, se solicitar el reintegro de los recursos del teminvolucrado. b.Ampliaciones de plazo del convenio, podrn solicitar fundadamente, ampliacin del plazo extensible con tope del 50% del plazo original del proyecto. Las solicitudes de ampliacin de plazo, sern rigurosamente analizadas, por lo que no se garantiza su aprobacin, en caso de aprobarse se materializar con la sola resolucin del intendente. Otro tipo de modificaciones al convenio, requiere modificacin y nueva firma de convenio. Artculo 51: En el caso de solicitudes de cambio de personal a honorarios informados originalmente, se deben presentar cartas de renuncia de las personas consideradas en el proyecto aprobado y/o justificar por escrito la causa del cambio del prestador de los servicios. Asimismo, deber presentar la documentacin exigida en la postulacin para los nuevos prestadores de servicio. Artculo 52: Cuando los montos aprobados sean menores a lo solicitado, las instituciones beneficiarias debern hacer una restructuracin presupuestaria antes de comenzar el proyecto, enviando una carta al Sr. Intendente sobre la modificacin y adjuntando el nuevo cuadro presupuestario. (Anexo N91). Artculo 53: RENDICIONES DE CUENTA Y SEGUIMIENTO: Para la correcta ejecucin de las actividades y cumplimiento de objetivos contenidos en los proyectos, se establecen regulaciones para la adecuada presentacin de las rendiciones de cuentas por parte de las organizaciones ejecutoras, as como tambin para el control de seguimiento que deber realizar el Gobierno Regional, segn la Resolucin N30 del 11 de Marzo del 2015 de Contralora, que fija NORMAS DE PROCEDIMIENTOS SOBRE RENDICION DE CUENTAS DE FONDOS PBLICOS, como se indica a continuacin: Pgina26 de 65 Que, toda persona o entidad que custodie, administre, recaude, reciba, invierta o pague fondos del fisco, de las municipalidades y de otros servicios o entidades sometidos a fiscalizacin de la Contralora General, estn obligados a rendir a sta las cuentas comprobadas de su manejo en la forma y plazos legales, y en caso de no presentar el estado de la cuenta de los valores que tenga a su cargo, debidamente documentado, se presumir que ha cometido sustraccin de tales valores. Que, dicha rendicin ser examinada por la Contralora General, a objeto de verificar la legalidad, fidelidad de la documentacin de respaldo, acreditacin, exactitud de los clculos, proporcionalidad e imputacin que deben concurrir en las cuentas que se le informan, comprobando si se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen su ingreso o egreso. Que, se requiere adoptar medidas tendientes a mejorar la gestin de la documentacin que forma parte del expediente de rendicin de cuentas de los proyectos, a fin de avanzar en las tcnicas de fiscalizacin y examen de cuentas. Artculo 54: Todas las instituciones que hayan sido beneficiadas con financiamiento de alguno de los fondos del 6% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de la regin de Arica y Parinacota, debern tener en conocimiento las presentes Bases, pues una vez aprobado el proyecto, debern cumplir exhaustivamente con las rendiciones de cuentas correspondiente al proyecto postulado. Artculo 55: Las rendiciones deben hacerse en conformidad a las presentes Bases y en los formularios disponibles en la pgina webdel Gobierno Regional: www.gorearicayparinacota.cl. Artculo 56: El proceso de rendicin mensual consta de 4 etapas: ETAPARESPONSABLEPLAZO 1 ElaboracinypresentacindelaRendicin MENSUAL, en los formatos establecidos en estas Bases y con los documentos de respaldo. Organismo ejecutor Primeros10(diez)dasdelmessiguienteal efectuado el gasto (mes vencido). 2 1 revisinde la Rendicin mensual, anlisis y aprobacintotal,parcialorechazodela rendicin:generacindeobservacionesa subsanar. Analistas DACOG- 20 (veinte) das hbiles desde la recepcin de la rendicin en Oficina de Partes del GORE. 3Correccin de observaciones Organismo ejecutor 5 (cinco) das hbiles desde larecepcin de las observacionespor partedelaorganizacin ejecutora, a travs de correo electrnico. 4 2revisindelarendicin,selevantala observacin o solicita reintegro. Analistas DACOG- 5(cinco)dashbiles desdelarecepcindela subsanacin de las observaciones Artculo 57 LA RENDICIN MENSUAL (Anexo N 6): deber ser presentada dentro de los 10 (diez) primeros das del mes siguiente al que rinde, y se compone de 2 informes complementarios entre s: INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS: compuesto por la Planilla de Rendicin de Actividades junto a los respaldos originales de las acciones realizadas. Corresponden a la evidencia del cumplimiento o avance de las actividades indicadas en el cronograma, las cuales deben ser vinculadas a los objetivos especficos del proyecto, que le dieron origen a cada una de ellas. Es en este informe que se debe sealar las dificultades y las soluciones necesarias para la puesta en marcha, continuidad y conclusin del proyecto. Los respaldos originales o medios de verificacin de este informe son los siguientes: 1.Actas de reuniones mensuales y sus acuerdos, con firma de los asistentes. 2.Listados de asistencia de actividades realizadas. 3.Nmina de delegaciones participantes en evento. 4.Fotografas: de actividades, productos, implementacin y reuniones. 5.Actas de entregas de beneficios, premios, colaciones, etc. 6.Cartas enviadas y recibidas. Pgina27 de 65 7.Invitaciones recibidas y entregadas. 8.Recortes de diarios, peridicos o revistas en donde aparece la organizacin mostrando las actividades realizadas en funcin del proyecto. 9.Copia en cd de entrevistas radiales o televisivas u otro medio de comunicacin. 10.Dpticos, trpticos, papeletas de promociones para la actividad postulada. 11.Afiches promocionales de la actividad postulada. 12.Carpetas de promocin de la actividad postulada. 13.Certificados de participacin de las actividades realizadas. 14.Entre otros. INFORME DE GASTOS REALIZADOS: compuesto por las Planillas de Rendiciones de Gastos junto a sus respaldos originales. Corresponde al detalle de los desembolsos financieros incurridos durante el mes que rinde. Los respaldos originales o medios de verificacin de este informe son: 1.En la primera rendicin, comprobante de Ingreso o depsito en libreta de la organizacin por los fondos entregados y en las siguientes rendiciones fotocopia legible de la cartola (que muestre el saldo de la cuenta el que debe ser igual o superior al fondo pendiente de rendicin). 2.Facturas de Compras. 3.Boletas de compras, manuales o computacionales, que no presenten detalle de lo adquirido, su monto no podr ser superior a $ 20.000 (veinte mil pesos). Para boletas de un mismo proveedor, se aceptar una boleta por da, o varias, siempre y cuando en la sumatoria no supere los $ 20.000 (veinte mil pesos). Boletas de compras, computacional, con detalle o descripcin de lo adquirido, no tendrn restriccin de monto. 4.Boletas de Honorarios. 5.Formulario N 29 (SII), con pago de retencin de impuesto de honorarios. 6.Listado con detalle del formulario N 29 (SII). 7.Vales por arriendos de canchas o sedes, no superior a $ 20.000. 8.Tickets de embarques, pasajes areos, vales o tickets de taxis, boletos de micro, con detalle de los pasajeros. 9.DIPS por compras en extranjero. 10.Comprobantes de recarga de celulares. 11.Comprobante de Ingreso de Municipalidades por arriendo de villas. 12.Entre otros Artculo 58 FORMATOS DE LA RENDICIN: La Rendicin mensual se debe presentar al GORE en soporte papel, impreso en tamao 13x8.5" y electrnico. SOPORTE PAPEL: Se debe presentar en 2 (dos) ejemplares: un original y una copia idntica, el original con firma y timbre de la institucin, quedar en poder del Gobierno Regional y la copia quedar en poder de la organizacin para su respaldo. Ambos ejemplares deben ingresar por Oficina de Partes del GORE, donde un funcionario estampar en el timbre de recepcin del Servicio entregando la copia a la organizacin y derivando el original a la DACOG, Unidad 6% FNDR. SOPORTE ELECTRNICO: Junto con la rendicin presentada en soporte papel, se debe enviar por correo electrnico a los analistas indicados en el artculo N28 de estas Bases en el apartado "CONSULTAS", las planillas en Excel junto con los documentos de respaldo en PDF. En caso contrario, se debe adjuntar un CD con dicha informacin a la rendicin original en soporte papel. Ante cualquier discrepancia con la informacin de la rendicin en formatos electrnicos, prevalecer la rendicin original en soporte papel. Artculo 59: Los fondos entregados por el Gobierno Regional, NO deben ingresar al presupuesto de la organizacin ejecutora. Por ello que se deben mantener en una cuenta en Administracin de Fondos de Terceros para el caso de organismos que llevan contabili