BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO...

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BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL A los Accionistas y a la Junta Directiva de BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL Hemos examinado los balances generales del BANCO INTERNACIONAL DE DESA- RROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL, al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, y los estados conexos de resultados y aplicación del resultado neto, de cambios en el patrimonio de los Accionistas y de flujos del efectivo por los semestres terminados en esas fechas. Los estados financieros y las notas que se acompañan fueron prepara- dos y son responsabilidad de la Gerencia del Banco. Nuestra responsabilidad es la de expresar una opinión sobre los mismos, basados en los resultados de nuestros exáme- nes. Excepto por lo que se menciona en el párrafo cuarto; nuestros exámenes se efectuaron de acuerdo con normas de auditoría de aceptación general. Tales normas requieren que planifiquemos y las llevemos a cabo, de manera que obtengamos una seguridad razo- nable acerca de si los estados financieros están libres de errores significativos. Tam- bién incluyen revisar, sobre una base selectiva, las evidencias que respaldan los montos y las informaciones que muestran los estados financieros, así como evaluar tanto los principios de contabilidad utilizados, las estimaciones contables más impor- tantes hechas por la gerencia y la presentación, en su conjunto, de los estados financieros. Consideramos que nuestros exámenes ofrecen una base razonable para emitir una opinión sobre los mismos. El Banco presenta sus estados financieros de conformidad con las normas de contabi- lidad establecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (en adelante SUDEBAN), las cuales difieren en algunos aspectos, de los principios de contabilidad de aceptación general, según se explica en la Nota 2 a los estados financieros. Los estados financieros que se acompañan fueron preparados con el propósito de cumplir con las normas y prácticas de contabilidad establecidas por dicho Organismo y con la finalidad de estar presentados de conformidad con Principios de Contabilidad de Aceptación General (VEN-NIF-GE). Según se menciona en la Nota 9, los otros activos incluyen Bs. 22.805.625, correspon- dientes a capital e intereses vencidos por colocaciones mantenidas en Banco Federal C.A. institución financiera intervenida con cese de intermediación financiera el 14 de julio de 2010 y para las cuales no se han constituido requerimientos de provisión. En Oficios Nº SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-17631; recibido por el Banco en fecha 13 de sep- tiembre de 2010 y SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-23986 de fecha 16 de noviembre de 2010; la SUDEBAN instruye a constituir una provisión equivalente al 100% del capital y los intereses por cobrar antes señalados. En fecha 22 de noviembre de 2010, el Banco introdujo un Recurso de Reconsideración del Oficio Nº SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-23986; solicitando a la SUDEBAN suspender o diferir la provisión de 100% antes señalada, hasta tanto la devolución de los recursos y el monto definitivo de la provisión de ser el caso, sea finalmente acordada por la vía de la consulta diplomática según el artículo 11 de la Ley Aprobatoria del Acuerdo sobre la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República Islámica de Irán publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.389 del 02 de marzo de 2006, no obstante este recurso fue declarado sin lugar en la Resolución Nº 028 -11 del 25 de enero de 2011; en fecha 10 de marzo de 2011, se ejerció Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad por ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Asimismo, en fecha 31 de enero de 2011, el Banco constituyó la provisión por Bs. 22.500.000 con cargo a Aportes Patrimoniales no capitalizados al 31 de diciembre de 2010, sin efectuar la notificación a la SUDEBAN, dicho Organismo le informó al Banco mediante Oficio No. SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-07816 de fecha 30 de marzo de 2011 que dicha operación no fue autorizada, por lo cual el Banco procedió a su reverso en mayo de 2011. El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), mediante comu- nicación de fecha 31 de marzo de 2011, le indicó al Banco que el planteamiento relacionado a la calificación y devolución de los recursos sea elevado a la considera- ción del Canciller de la República Bolivariana de Venezuela y Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores, a los fines de que por vía diplomática, se establezca una solución alternativa al caso. En Oficios emitidos por la SUDEBAN N° SIB-II-GGIPV- GIBPV2-07816, SBI-II-GGIBPV-GIBPV2-15839; SIB-II-GGIPV-GIBPV2-17876; SIB-DSB- CJ-OD-18260 y SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fechas 30 de marzo, 8, 23, 29 y 30 de junio de 2011 respectivamente, se le informó al Banco que su solicitud fue elevada ante FOGADE. En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012 la SUDEBAN notifico al Banco que en atención a las reuniones sostenidas los días 9 y 10 de enero de 2012 entre la Vice-Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela; el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas, el Banco Central de Venezuela y miembros de la Delegación Presidencial Iraní, en las cuales se acordó solventar la recuperación de Bs. 22.500.000 correspondiente a la inversión mantenida en títulos valores vencidos, se decide otorgar una prórroga hasta el 30 de abril de 2012 para solventar la situación de la citada inversión y se pueda obtener una respuesta definitiva a la instrucción impartida en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2- 42056 de fecha 19 de diciembre de 2011 en cuanto a la constitución de provisión del total del saldo incluido en la cuenta inversiones en títulos valores vencidos. A la fecha de este informe desconocemos el resultado final de esta situación. Según se indica en la Nota 5 a los estados financieros, el Banco efectuó liberaciones de provisión de cartera de créditos por Bs. 6.118.627 y remitió a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario comunicaciones N° 17303720 y N° 17303759 de fechas 14 y 30 de diciembre de 2011, acompañada de los soportes necesarios para notificar las liberaciones efectuadas. A la fecha de emisión de este informe no se ha recibido respuesta del Organismo Regulador. Al 31 de diciembre de 2011, de acuerdo a los resultados de nuestra evaluación, la provisión para cartera de créditos y sus rendimientos por cobrar presenta un exceso de Bs. 249.109. Según se explica en la Nota 12, en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015, de fecha 28 de diciembre de 2010, promulgó la Ley de Instituciones del Sector Bancario, reformada parcialmente por el Ejecutivo Nacional mediante Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, en fecha 1 de marzo de 2011, la cual deroga la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.491 del 19 de agosto de 2010. De lo anterior, las instituciones del sector bancario someterán a la consideración de la SUDEBAN, un plan para ajustarse a la nueva Ley, que será ejecutado en un lapso máximo de ciento ochenta días continuos, pudiendo prórrogarse por una sola vez por el mismo período. Mediante comunicaciones emitidas por el Banco en fechas 22 y 24 de marzo; 20 y 26 de mayo de 2011, remitió a la SUDEBAN, el plan de ajuste, para su análisis y aprobación. En Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-10317 de fecha 18 de abril de 2011 y SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15780 de fecha 8 de junio de 2011, la SUDEBAN remite ciertas consideraciones y observaciones al mencionado plan, y le señala al Banco que el mencionado plan de ajuste deberá ser consignado ante la SUDEBAN, una vez aprobado por parte del Organismo Supervisor, la adecuación del capital social mínimo requerido. En la Resolución N° 346.09 y el artículo N° 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, se indican los niveles mínimos de capital para los bancos universales por Bs. 170.000.000. Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco presenta un capital social pagado de Bs. 40.000.000 y presenta aportes patrimoniales no capitalizados por Bs. 45.000.000, cuya solicitud de capitalización fue desistida por la SUDEBAN, por no remitir el Banco en el plazo correspondiente la totalidad de los recaudos solicitados por el Ente Supervisor. A la fecha de emisión de este informe, el Banco se encuentra en proceso de adecuación al nivel mínimo de capital requerido para los bancos universales según se indica en la Nota 12. Según se menciona en la Nota 3, en fecha 26 de julio de 2010, el Consejo Europeo adoptó medidas restrictivas contra la República Islámica de Irán; que deroga la Posición Común 2007/140/PEJC. Por lo que el Banco mediante la comunicación signada con el N° 17301198 de fecha 29 de julio de 2010, notificó de la situación y plan de contingencia a la SUDEBAN. Con fecha 24 de noviembre de 2011, mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-39296 la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) informó al Banco sus consideraciones relacionadas a las comunicaciones enviadas por este en fecha 19 de septiembre y 27 de octubre de 2011, con las cuales da respuesta al Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fecha 30 de junio de 2011, contentivo de los resultados obtenidos en la visita de inspección general practicada con fecha de corte al 31 de marzo de 2011, en el cual el Organismo Supervisor señala que debido a la consignación de información no acorde con los parámetros establecidos y de forma extemporánea, o en su defecto a la no consignación de la información solicitada, no se pudo evaluar la razonabilidad de los saldos presentados en la cuenta N° 513 "Ingresos por cartera de créditos" y nos instruye a pronunciarnos en nuestra opinión con relación a dichos ingresos. Al 31 de diciembre de 2011 el Banco presenta ingresos por cartera de créditos por Bs. 3.246.999, los cuales basados en nuestra evaluación consideramos que son razonables. En nuestra opinión excepto por lo mencionado en el párrafo cuarto 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemen- te, en todos sus aspectos substanciales, la situación financiera del BANCO INTERNA- CIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL, al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 y los estados conexos de resultado y aplicación del resultado neto, de cambios en el patrimonio de los Accionistas y de sus flujos de efectivo por los semes- tres terminados en esas fechas, de conformidad con las normas de contabilidad esta- blecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). Nuestros exámenes se efectuaron con el propósito de expresar una opinión sobre los estados financieros del BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO C.A. BANCO UNIVERSAL, considerados en su conjunto. La información financiera y sus notas incluidas en los Anexos I al V, relacionada con los balances generales, los estados de resultados y aplicación del resultado neto, de cambios en el patrimonio y de flujos del efectivo, expresados en bolívares constantes, se presenta para propósitos de análisis adicional y no es parte requerida de los estados financieros básicos. Dicha información ha sido objeto de los mismos procedimientos de auditoría aplicados en los estados financieros básicos. MARQUEZ, PERDOMO & ASOCIADOS (MIEMBRO DE CROWE HORWATH INTERNATIONAL) INSCRITA ANTE LA SUDEBAN BAJO EL Nº SA-04 Nelson J. Marcano Contador Público C.P.C. N° 24.330 S.I.B N° CP-653 13 de febrero de 2012 Bidu031290

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BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

A los Accionistas y a la Junta Directiva deBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A.BANCO UNIVERSAL

Hemos examinado los balances generales del BANCO INTERNACIONAL DE DESA-RROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL, al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, y losestados conexos de resultados y aplicación del resultado neto, de cambios en elpatrimonio de los Accionistas y de flujos del efectivo por los semestres terminados enesas fechas. Los estados financieros y las notas que se acompañan fueron prepara-dos y son responsabilidad de la Gerencia del Banco. Nuestra responsabilidad es la deexpresar una opinión sobre los mismos, basados en los resultados de nuestros exáme-nes.

Excepto por lo que se menciona en el párrafo cuarto; nuestros exámenes se efectuaronde acuerdo con normas de auditoría de aceptación general. Tales normas requieren queplanifiquemos y las llevemos a cabo, de manera que obtengamos una seguridad razo-nable acerca de si los estados financieros están libres de errores significativos. Tam-bién incluyen revisar, sobre una base selectiva, las evidencias que respaldan losmontos y las informaciones que muestran los estados financieros, así como evaluartanto los principios de contabilidad utilizados, las estimaciones contables más impor-tantes hechas por la gerencia y la presentación, en su conjunto, de los estadosfinancieros. Consideramos que nuestros exámenes ofrecen una base razonable paraemitir una opinión sobre los mismos.

El Banco presenta sus estados financieros de conformidad con las normas de contabi-lidad establecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (enadelante SUDEBAN), las cuales difieren en algunos aspectos, de los principios decontabilidad de aceptación general, según se explica en la Nota 2 a los estadosfinancieros. Los estados financieros que se acompañan fueron preparados con elpropósito de cumplir con las normas y prácticas de contabilidad establecidas por dichoOrganismo y con la finalidad de estar presentados de conformidad con Principios deContabilidad de Aceptación General (VEN-NIF-GE).

Según se menciona en la Nota 9, los otros activos incluyen Bs. 22.805.625, correspon-dientes a capital e intereses vencidos por colocaciones mantenidas en Banco FederalC.A. institución financiera intervenida con cese de intermediación financiera el 14 dejulio de 2010 y para las cuales no se han constituido requerimientos de provisión. EnOficios Nº SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-17631; recibido por el Banco en fecha 13 de sep-tiembre de 2010 y SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-23986 de fecha 16 de noviembre de 2010;la SUDEBAN instruye a constituir una provisión equivalente al 100% del capital y losintereses por cobrar antes señalados. En fecha 22 de noviembre de 2010, el Bancointrodujo un Recurso de Reconsideración del Oficio Nº SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-23986;solicitando a la SUDEBAN suspender o diferir la provisión de 100% antes señalada,hasta tanto la devolución de los recursos y el monto definitivo de la provisión de ser elcaso, sea finalmente acordada por la vía de la consulta diplomática según el artículo 11de la Ley Aprobatoria del Acuerdo sobre la Promoción y Protección Recíproca deInversiones entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno dela República Islámica de Irán publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.389 del 02 de marzode 2006, no obstante este recurso fue declarado sin lugar en la Resolución Nº 028 -11del 25 de enero de 2011; en fecha 10 de marzo de 2011, se ejerció Recurso ContenciosoAdministrativo de Nulidad por ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.Asimismo, en fecha 31 de enero de 2011, el Banco constituyó la provisión por Bs.22.500.000 con cargo a Aportes Patrimoniales no capitalizados al 31 de diciembre de2010, sin efectuar la notificación a la SUDEBAN, dicho Organismo le informó al Bancomediante Oficio No. SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-07816 de fecha 30 de marzo de 2011 quedicha operación no fue autorizada, por lo cual el Banco procedió a su reverso en mayode 2011.

El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), mediante comu-nicación de fecha 31 de marzo de 2011, le indicó al Banco que el planteamientorelacionado a la calificación y devolución de los recursos sea elevado a la considera-ción del Canciller de la República Bolivariana de Venezuela y Ministro del Poder Popularpara Relaciones Exteriores, a los fines de que por vía diplomática, se establezca unasolución alternativa al caso. En Oficios emitidos por la SUDEBAN N° SIB-II-GGIPV-GIBPV2-07816, SBI-II-GGIBPV-GIBPV2-15839; SIB-II-GGIPV-GIBPV2-17876; SIB-DSB-CJ-OD-18260 y SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fechas 30 de marzo, 8, 23, 29 y 30de junio de 2011 respectivamente, se le informó al Banco que su solicitud fue elevadaante FOGADE. En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de2012 la SUDEBAN notifico al Banco que en atención a las reuniones sostenidas los días9 y 10 de enero de 2012 entre la Vice-Presidencia de la República Bolivariana deVenezuela; el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas, el BancoCentral de Venezuela y miembros de la Delegación Presidencial Iraní, en las cuales seacordó solventar la recuperación de Bs. 22.500.000 correspondiente a la inversiónmantenida en títulos valores vencidos, se decide otorgar una prórroga hasta el 30 deabril de 2012 para solventar la situación de la citada inversión y se pueda obtener unarespuesta definitiva a la instrucción impartida en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fecha 19 de diciembre de 2011 en cuanto a la constitución de provisión deltotal del saldo incluido en la cuenta inversiones en títulos valores vencidos. A la fechade este informe desconocemos el resultado final de esta situación.

Según se indica en la Nota 5 a los estados financieros, el Banco efectuó liberacionesde provisión de cartera de créditos por Bs. 6.118.627 y remitió a la Superintendencia delas Instituciones del Sector Bancario comunicaciones N° 17303720 y N° 17303759 defechas 14 y 30 de diciembre de 2011, acompañada de los soportes necesarios paranotificar las liberaciones efectuadas. A la fecha de emisión de este informe no se harecibido respuesta del Organismo Regulador. Al 31 de diciembre de 2011, de acuerdoa los resultados de nuestra evaluación, la provisión para cartera de créditos y susrendimientos por cobrar presenta un exceso de Bs. 249.109.

Según se explica en la Nota 12, en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la RepúblicaBolivariana de Venezuela Nº 6.015, de fecha 28 de diciembre de 2010, promulgó la Leyde Instituciones del Sector Bancario, reformada parcialmente por el Ejecutivo Nacionalmediante Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley deInstituciones del Sector Bancario, en fecha 1 de marzo de 2011, la cual deroga la LeyGeneral de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en la Gaceta Oficial dela República Bolivariana de Venezuela Nº 39.491 del 19 de agosto de 2010. De loanterior, las instituciones del sector bancario someterán a la consideración de laSUDEBAN, un plan para ajustarse a la nueva Ley, que será ejecutado en un lapsomáximo de ciento ochenta días continuos, pudiendo prórrogarse por una sola vez por elmismo período. Mediante comunicaciones emitidas por el Banco en fechas 22 y 24 demarzo; 20 y 26 de mayo de 2011, remitió a la SUDEBAN, el plan de ajuste, para suanálisis y aprobación. En Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-10317 de fecha 18 deabril de 2011 y SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15780 de fecha 8 de junio de 2011, la SUDEBANremite ciertas consideraciones y observaciones al mencionado plan, y le señala alBanco que el mencionado plan de ajuste deberá ser consignado ante la SUDEBAN, unavez aprobado por parte del Organismo Supervisor, la adecuación del capital socialmínimo requerido.

En la Resolución N° 346.09 y el artículo N° 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerzade Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, se indican losniveles mínimos de capital para los bancos universales por Bs. 170.000.000. Al 31 dediciembre y 30 de junio de 2011, el Banco presenta un capital social pagado de Bs.40.000.000 y presenta aportes patrimoniales no capitalizados por Bs. 45.000.000, cuyasolicitud de capitalización fue desistida por la SUDEBAN, por no remitir el Banco en elplazo correspondiente la totalidad de los recaudos solicitados por el Ente Supervisor. Ala fecha de emisión de este informe, el Banco se encuentra en proceso de adecuaciónal nivel mínimo de capital requerido para los bancos universales según se indica en laNota 12.

Según se menciona en la Nota 3, en fecha 26 de julio de 2010, el Consejo Europeoadoptó medidas restrictivas contra la República Islámica de Irán; que deroga la PosiciónComún 2007/140/PEJC. Por lo que el Banco mediante la comunicación signada con elN° 17301198 de fecha 29 de julio de 2010, notificó de la situación y plan de contingenciaa la SUDEBAN.

Con fecha 24 de noviembre de 2011, mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-39296la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) informó alBanco sus consideraciones relacionadas a las comunicaciones enviadas por este enfecha 19 de septiembre y 27 de octubre de 2011, con las cuales da respuesta al OficioN° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fecha 30 de junio de 2011, contentivo de losresultados obtenidos en la visita de inspección general practicada con fecha de corteal 31 de marzo de 2011, en el cual el Organismo Supervisor señala que debido a laconsignación de información no acorde con los parámetros establecidos y de formaextemporánea, o en su defecto a la no consignación de la información solicitada, no sepudo evaluar la razonabilidad de los saldos presentados en la cuenta N° 513 "Ingresospor cartera de créditos" y nos instruye a pronunciarnos en nuestra opinión con relacióna dichos ingresos. Al 31 de diciembre de 2011 el Banco presenta ingresos por carterade créditos por Bs. 3.246.999, los cuales basados en nuestra evaluación consideramosque son razonables.

En nuestra opinión excepto por lo mencionado en el párrafo cuarto 31 de diciembre y 30de junio de 2011, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemen-te, en todos sus aspectos substanciales, la situación financiera del BANCO INTERNA-CIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL, al 31 de diciembre y 30 dejunio de 2011 y los estados conexos de resultado y aplicación del resultado neto, decambios en el patrimonio de los Accionistas y de sus flujos de efectivo por los semes-tres terminados en esas fechas, de conformidad con las normas de contabilidad esta-blecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN).

Nuestros exámenes se efectuaron con el propósito de expresar una opinión sobre losestados financieros del BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO C.A. BANCOUNIVERSAL, considerados en su conjunto. La información financiera y sus notasincluidas en los Anexos I al V, relacionada con los balances generales, los estados deresultados y aplicación del resultado neto, de cambios en el patrimonio y de flujos delefectivo, expresados en bolívares constantes, se presenta para propósitos de análisisadicional y no es parte requerida de los estados financieros básicos. Dicha informaciónha sido objeto de los mismos procedimientos de auditoría aplicados en los estadosfinancieros básicos.

MARQUEZ, PERDOMO & ASOCIADOS(MIEMBRO DE CROWE HORWATH INTERNATIONAL)INSCRITA ANTE LA SUDEBAN BAJO EL Nº SA-04

Nelson J. MarcanoContador PúblicoC.P.C. N° 24.330S.I.B N° CP-653

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Balances Generales(Expresados en bolívares)

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

ACTIVO

DISPONIBILIDADES (Nota 3) 21.181.500 25.238.575Efectivo 220.824 287.784Banco Central de Venezuela 7.614.873 21.370.271Bancos y otras instituciones financieras

del país 1.457.243 1.458.969Bancos y corresponsales del exterior 15.148.584 3.947.129Efectos de cobro inmediato 84.097 1.509.599Provisión para disponibilidades (3.344.121) (3.335.177)

INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES(Nota 4) 102.021.721 71.863.263Colocaciones en el Banco Central de

Venezuela y operaciones interbancarias 55.000.000 25.000.000Inversiones en títulos valores

para negociar - -Inversiones en títulos valores disponibles

para la venta - -Inversiones en títulos valores mantenidas

hasta su vencimiento 41.886.090 45.360.483Inversiones en títulos valores de

disponibilidad restringida - -Inversiones en otros títulos valores 5.135.631 1.502.780

CARTERA DE CRÉDITOS (Nota 5) 37.719.379 36.452.660Créditos vigentes 30.120.651 36.903.362Créditos reestructurados 7.598.728 -Créditos vencidos 10.585.450 9.584.774Créditos en litigio 6.248.058 10.352.360Provisión para cartera de créditos (16.833.508) (20.387.836)

INTERESES Y COMISIONES PORCOBRAR (Nota 6) 1.683.521 837.304Rendimientos por cobrar por inversiones

en títulos valores 634.671 356.678Rendimientos por cobrar por cartera

de créditos 1.751.702 1.453.763Comisiones por cobrar 3.331 1.673Provisión para rendimientos por cobrar

y otros (706.183) (974.810)

INVERSIONES EN EMPRESAS FILIALES,AFILIADAS Y SUCURSALES - -Inversiones en empresas filiales y afiliadas - -

BIENES REALIZABLES (Nota 7) 3.709.957 4.879.485

BIENES DE USO (Nota 8) 4.511.347 4.655.547

OTROS ACTIVOS (Nota 9) 24.446.207 24.065.391

TOTAL ACTIVO 195.273.632 167.992.225

CUENTAS DE ORDEN (Nota 13)Cuentas contingentes deudoras 52.320.488 3.218.658Otras cuentas de orden deudoras 343.812.677 396.796.162

396.133.165 400.014.820

Las notas anexas son parte integral de los estados financieros.

Balances Generales(Expresados en bolívares)

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

PASIVO Y PATRIMONIO

CAPTACIONES DEL PUBLICO (Nota 10) 102.018.071 76.740.515Depósitos en cuentas corrientes 98.369.757 73.299.584

Cuentas corrientes no remuneradas 98.369.757 73.299.584Cuentas corrientes remuneradas - -

Otras Obligaciones a la vista 2.648.161 2.651.584Depósitos de ahorro 1.000.153 789.347Depósitos a plazo - -Captaciones del público restringidas - -

CAPTACIONES Y OBLIGACIONES CON ELBANCO NACIONAL DE VIVIENDAY HÁBITAT - -Depósitos a plazo del BANAVIH hasta

un año - -

OTRAS OBLIGACIONES PORINTERMEDIACIÓN FINANCIERA (Nota 5) 4.250.467 4.404.279Otras obligaciones por intermediación

financiera 4.250.467 4.404.279

INTERESES Y COMISIONES POR PAGAR - -Gastos por pagar por captaciones

del público - -Gastos por pagar por captaciones y

obligaciones con el Banco Nacional deVivienda y Hábitat - -

Gastos por pagar por otros financiamientosobtenidos - -

ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS(Nota 11) 1.484.433 1.401.146

OBLIGACIONES CONVERTIBLESEN CAPITAL - -

TOTAL PASIVO 107.752.971 82.545.940

PATRIMONIO (Nota 12)Capital social pagado 40.000.000 40.000.000Aportes patrimoniales no capitalizados 45.000.000 45.000.000Reservas de capital 2.821.436 2.206.561Resultados acumulados (300.775) (1.760.276)

TOTAL PATRIMONIO 87.520.661 85.446.285TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 195.273.632 167.992.225

CUENTAS DE ORDEN (Nota 13)Cuentas contingentes acreedoras 52.320.488 3.218.658Otras cuentas de orden acreedoras 343.812.677 396.796.162

396.133.165 400.014.820

Las notas anexas son parte integral de los estados financieros.

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Estados de Resultados y Aplicación del Resultado Neto(Expresados en bolívares)

Semestre terminado el _31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

INGRESOS FINANCIEROS 8.011.010 3.836.960Ingresos por disponibilidades 2.486 2.273Ingresos por inversiones en títulos valores 4.228.407 687.468Ingresos por cartera de créditos 3.246.999 2.999.702Ingresos por otras cuentas por cobrar 398.925 2.413Otros ingresos financieros 134.193 145.104

GASTOS FINANCIEROS 52.919 122.886Gastos por captaciones del público 51.388 122.688Gastos por obligaciones con el Banco

Central de Venezuela - -Gastos por captaciones y obligaciones con

el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat - -Gastos por otros financiamientos obtenidos - -Gastos por otras obligaciones de

intermediación financiera - -Otros gastos financieros 1.531 198

MARGEN FINANCIERO BRUTO 7.958.091 3.714.074

Ingresos por recuperaciones de activosfinancieros (Notas 5,6 y 13) 6.118.627 572.103

Gastos por Incobrabilidad y Desvalorizaciónde Activos Financieros 2.304.616 10.138.160

Gastos por incobrabilidad de créditos yotras cuentas por cobrar (Notas 5 y 6) 2.295.672 10.138.160

Constitución de provisión y ajustesde disponibilidades (Nota 3) 8.944 -

MARGEN FINANCIERO NETO 11.772.102 (5.851.983)

Otros ingresos operativos 637.263 2.885.946

Otros gastos operativos 2.255.542 1.236.480

Estados de Cambios en el PatrimonioSemestres terminados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011

(Expresados en bolívares)

Ganancia o(pérdida)

no Realizadaen Inversiones

Capital Aportes Resultados Acumulados _ en TítulosSocial Patrimoniales Reservas Superávit Superávit Disponibles Total

Pagado _ no Capitalizados de Capital_ Restringido por Aplicar_ Total _ para la Venta Patrimonio_

Saldo al 31 de diciembre de 2010 40.000.000 45.000.000 2.206.561 4.413.123 3.282.743 7.695.866 - 94.902.427

Aplicación del resultado neto (Nota 12) - - - - (9.456.142) (9.456.142) - (9.456.142)

Saldo al 30 de junio de 2011 40.000.000 45.000.000 2.206.561 4.413.123 (6.173.399) (1.760.276) - 85.446.285

Aplicación del resultado neto (Nota 12) - - 414.875 729.751 929.750 1.659.501 - 2.074.376

Apartado para el Fondo Social paraContingencia (Notas 2 y 12) - - 200.000 - (200.000) (200.000) - -

Saldo al 31 de diciembre de 2011 40.000.000 45.000.000 2.821.436 5.142.874 (5.443.649) (300.775) - 87.520.661

Las notas anexas son parte integral de los estados financieros.

Semestre terminado el _31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

MARGEN DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA 10.153.823 (4.202.517)MENOS:

GASTOS DE TRANSFORMACIÓN 6.499.291 5.380.493Gastos de personal 3.665.827 2.785.883Gastos generales y administrativos 2.191.579 2.177.304Aporte al Fondo de Garantía de Depósitos

y Protección Bancaria (Nota 1) 556.171 313.293Aporte a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Nota 1) 85.714 104.013

MARGEN OPERATIVO BRUTO 3.654.532 (9.583.010)

Ingresos operativos varios 122.680 128.520Gastos por bienes realizables 1.485.665 -Gastos operativos varios 217.384 7.753

MARGEN OPERATIVO NETO 2.074.163 (9.462.243)

Ingresos extraordinarios 213 6.101

Egresos extraordinarios - -

RESULTADO BRUTO ANTESDE IMPUESTO 2.074.376 (9.456.142)

Impuesto sobre la renta (Nota 15) - -

RESULTADO NETO 2.074.376 (9.456.142)

APLICACIÓN DEL RESULTADO NETO:Reserva legal 414.875 -Apartado para el Fondo Social para

Contingencia 200.000 - 614.875 -

Resultados acumulados:Superávit restringido 729.751 -Superávit por aplicar 729.750 -

1.459.501 1.758.392 1.459.501 -

Aportes LOSEP - -

Las notas anexas son parte integral de los estados financieros.

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Estados de Flujos del Efectivo(Expresados en bolívares)

Semestre terminado el _31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Actividades operacionales:Resultado neto 2.074.376 (9.456.142)Ajustes para conciliar el resultado neto

con el efectivo (usado) provistopor las actividades operacionales:

Ingresos por recuperación de activosfinancieros - liberación provisióncartera de créditos (6.118.627) (351.594)

Ingresos por recuperación de activosfinancieros - liberación provisiónintereses y comisiones por cobrar - (186.427)

Ingresos por recuperación de activosfinancieros - liberación provisióncréditos contingentes - (34.082)

Gastos por incobrabilidad de créditosy otras cuentas por cobrar 2.295.672 9.664.847

Constitución de provisión y ajuste adisponibilidades 8.944 -

Constitución de provisión pararendimientos por cobrar y otros - 473.313

Constitución de provisión para otrosactivos 193.962 305.625

Depreciación y amortización 312.415 418.631Amortización de bienes realizables 1.485.665 -Retiros de bienes de uso neto 32.994 -Ajustes a la depreciación acumulada

de bienes de uso 11.514 -Cambios netos en activos y pasivos

operacionales:Variación neta de intereses y

comisiones por cobrar (846.217) (254.105)Variación neta de otros activos (762.648) (583.099)Variación neta bienes realizables (1.500) -Variación neta de acumulaciones

y otros pasivos 83.287 205.132Efectivo neto usado por las actividades

operacionales (1.230.163) 202.099

Actividades de financiamiento:Variación neta de captaciones del público 25.277.556 31.445.596Variación neta de otras obligaciones

por intemediación financiera (153.812) 2.975.117Efectivo neto provisto en actividades

de financiamiento 25.123.744 34.420.713

Actividades de inversión:Variación neta de colocaciones en el

Banco Central de Venezuelay operaciones interbancarias (30.000.000) -

Variación neta de inversiones en títulosvalores mantenidas hasta su vencimiento 3.474.393 (21.317.013)

Variación neta de inversiones enotros títulos valores (3.632.851) 2.247.220

Variación neta de cartera de créditos 2.241.599 (2.233.243)Incorporaciones de bienes de uso (24.853) (27.565)

Efectivo neto usado en actividadesde inversión (27.941.712) (21.330.601)

Variación neta de disponibilidades (4.048.131) 13.292.211Efecto de la provisión constituida en el

semestre sobre el efectivo y equivalentesde efectivo (8.944) -

Disponibilidades al inicio del semestre 25.238.575 11.946.364

Disponibilidades al final del semestre 21.181.500 25.238.575

Las notas anexas son parte integral de los estados financieros.

Notas a los Estados Financieros31 de diciembre y 30 de junio de 2011

1. Constitución, Objeto y Régimen Legal

Constitución

El Banco Internacional de Desarrollo C.A., Banco Universal, se presentóante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial de DistritoCapital y Estado Miranda en fecha 10 de agosto de 2007, quedandoinscrito bajo el número 24 del tomo 1644-A del año 2007.

Mediante Oficio SBIF-BFDE-GGCG-GALE-13220 de fecha 31 de julio de2007, emitido por la SUDEBAN se le otorga la autorización para funcionarcomo Banco Universal, teniendo como domicilio la ciudad de Caracas,Municipio Chacao, Estado Miranda.

Objeto

El Banco Internacional de Desarrollo, C.A., Banco Universal, tiene comoobjeto realizar todas las operaciones y servicios financieros que seancompatibles con su naturaleza, de conformidad con lo establecido en elDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario, puedan ejecutar los Bancos Univer-sales.

Régimen legal

Los Bancos Universales se rigen por sus Estatutos, por el Decreto conRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Institucio-nes del Sector Bancario, por la Ley Orgánica del Sistema FinancieroNacional, por las normas e instrucciones promulgadas por la SUDEBAN, ypor el Banco Central de Venezuela (en adelante BCV).

Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional

Durante el mes de junio de 2010 el Ejecutivo Nacional sancionó la LeyOrgánica del Sistema Financiero Nacional, la cual fue publicada en laGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447 del 16de junio de 2010 y reimpresa en la Gaceta Oficial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela N° 39.578 del 21 de diciembre de 2010.

Esta Ley tiene por objeto supervisar y coordinar el sistema financieronacional, así como garantizar el uso e inversión de sus recursos hacia elinterés público y el desarrollo económico social. El Sistema FinancieroNacional está conformado por el conjunto de instituciones financieraspúblicas, privadas, comunales y cualquier otra forma de organización queoperan en el sector bancario, el sector asegurador, el mercado de valoresy cualquier otro sector o grupo de instituciones financieras que a juicio delórgano rector deba formar parte de este sistema, de igual forma incluyenlas personas naturales y jurídicas usuarias de las instituciones financieras.

La Ley prohíbe a las instituciones que integran el referido Sistema, confor-mar grupos financieros entre sí o con empresas de otros sectores de laeconomía nacional o asociados a grupos financieros internacionales confines distintos a los previstos en las definiciones establecidas en esa Ley.Dentro de las funciones del Sistema Financiero Nacional se enmarcan:establecer regulaciones para la participación de los ciudadanos en lasupervisión de la gestión financiera y contraloría social de los integrantesdel Sistema Financiero Nacional, proteger los derechos de los usuarios ypromover la colaboración con los sectores de la economía productiva,incluida la popular y comunal.

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario

En fecha 28 de diciembre de 2010, la Asamblea Nacional, derogó la LeyGeneral de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en laGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.491 del 19de agosto de 2010, y promulgó la Ley de Instituciones del Sector Banca-rio, reformada parcialmente por el Ejecutivo Nacional mediante Decretocon Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley deInstituciones del Sector Bancario, de fecha 1 de marzo de 2011.

Entre los aspectos a destacar en este nuevo instrumento legal se encuen-tran, los siguientes:

Artículo 5. - Intermediación financiera: Se entiende por intermediaciónfinanciera a la actividad que realizan las instituciones bancarias y queconsiste en la captación de fondos bajo cualquier modalidad y su coloca-ción en créditos o en inversiones en títulos valores emitidos o avaladospor la Nación o empresas del Estado, mediante la realización de lasoperaciones permitidas por las Leyes de la República.

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Las instituciones bancarias que mantengan posiciones en títulos o valo-res emitidos o avalados por la Nación o empresas del Estado, custodiasde terceros, fideicomisos y garantías en moneda nacional o extranjera, losmantendrán en custodia en el BCV.

Artículo 66.- Participación en Títulos de Deuda Pública Nacional: ElÓrgano Superior del Sistema Financiero Nacional, establecerá con base alas condiciones y requerimientos instituidos en la política financiera nacio-nal, los límites máximos y mínimos de Títulos de Deuda Pública Nacionalque deberán tener en su cartera de inversiones las instituciones del sectorbancario, con la excepción de los utilizados por el BCV para la realizaciónde operaciones de mercado abierto y para operar como prestamista deúltima instancia en el sector bancario nacional.

Artículo 96.- Límite para operaciones: Las instituciones bancarias reali-zarán las operaciones activas, pasivas y contingentes, permitidas por lapresente Ley y por las normas previstas por la SUDEBAN, con una perso-na natural o jurídica por una suma que no exceda, en conjunto, el diez porciento (10%) de su patrimonio. Este límite se elevará al veinte por ciento(20%) si lo que excede del diez por ciento (10%) corresponde a obligacio-nes garantizadas de bancos nacionales o extranjeros de reconocida sol-vencia o por garantías adecuadas admitidas como tales, por las normasprudenciales expedidas por la SUDEBAN.

Artículo 99.- Prohibiciones generales de orden operativo, financiero,preventivo y de dirección, a continuación mencionamos algunos nu-merales, entre otros:

1. Queda prohibido a las instituciones bancarias, otorgar préstamos parael financiamiento de servicios o bienes de consumo, por la cantidadque excedan el veinte por ciento (20%) del total de su cartera decrédito.

5. Realizar operaciones de compra, venta, cesión y traspaso de activoso pasivos con empresas situadas en el extranjero, sin la autorizaciónprevia de SUDEBAN.

8. Trasladar los centros de cómputos y las bases de datos ya sean enmedios electrónicos o en documentos físicos de los usuarios y usua-rias de las instituciones bancarias regidas por la presente ley a territo-rio extranjero ni a sucursales de la respectiva institución regidas porleyes extranjeras.

9. Realizar inversiones en acciones o cualquier otra forma de posesiónde capital o de deuda en empresas sometidas a la Ley que regula elmercado de valores o a la Ley que rige la actividad aseguradora.

11. Adquirir obligaciones emitidas por otras instituciones bancarias.

14. Tener activos que superen el quince por ciento (15%) de la totalidadde los activos del Sector Bancario Nacional.

Artículo 100.- Prohibiciones específicas a las instituciones banca-rias: Las instituciones bancarias no podrán:

1. Conceder créditos en cuenta corriente o de giro al descubierto, nogarantizados, por montos que excedan en su conjunto el cinco porciento (5%) del total del activo del banco.

2. Otorgar préstamos hipotecarios por plazos que excedan de treinta ycinco (35) años o por más del ochenta y cinco por ciento (85%) delvalor del inmueble dado en garantía, según avalúo que se practique,sin menoscabo de lo previsto en la Ley del Deudor Hipotecario. LaSUDEBAN podrá aumentar el plazo indicado en este numeral.

En el caso del BCV se mencionan a continuación algunas regulacionesemitidas por dicho Organismo:

1. La Resolución N° 09-06-02, de fecha 04 de junio de 2009, publicadaen Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.193,de fecha 4 de junio de 2009, establece entre otras consideracionesque los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás institucio-nes financieras regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza deLey de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Banca-rio, y demás leyes especiales:

No podrán cobrar:

- Por sus operaciones activas, excluidas aquellas relacionadas contarjetas de crédito, una tasa de interés anual o de descuentosuperior a la tasa fijada periódicamente por el Directorio del BCVpara las operaciones de descuento, redescuento, reporto y anti-cipo del Instituto de conformidad con lo previsto en las Resolucio-nes N° 09-06-01 de fecha 04 de junio de 2009, emitidas del BCV,reducida en cinco coma cinco (5,5) puntos porcentuales, respec-tivamente, excepción hecha de los regímenes regulados por le-yes especiales.

Artículo 8 - Servicio Público: Las actividades reguladas en la presenteLey constituyen un servicio público y deben desarrollarse en estricto cum-plimiento del marco normativo señalado en el artículo 3 de la presente Leyy con apego al compromiso de solidaridad social. Las personas jurídicasde derecho privado y los bienes de cualquier naturaleza, que permitan osean utilizados para el desarrollo de tales actividades, serán considera-dos de utilidad pública, por tanto deben cumplir con los principios deaccesibilidad, igualdad, continuidad, universalidad, progresividad, no dis-criminación y calidad.

De conformidad con lo señalado y en procura de salvaguardar los intere-ses generales de la República, la idoneidad en el desarrollo de las activi-dades reguladas en esta Ley, así como, la estabilidad del sistema finan-ciero y el sistema de pagos, el Presidente o Presidenta de la República enConsejo de Ministros, podrá acordar la intervención, liquidación o cual-quier otra medida que estime necesarias, sobre las instituciones del sectorbancario, así como sobre sus empresas relacionadas o vinculadas deacuerdo a los términos de la presente Ley.

Artículo 9.- Forma de constitución: Las instituciones del sector bancariodeben constituirse bajo la forma de sociedad anónima o bajo la forma deorganización permitida por el Órgano Superior del Sistema FinancieroNacional, de acuerdo con las leyes respectivas. El procedimiento de suconstitución ante el ente regulador será realizado por personas naturalesdenominadas organizadores y la autorización para su promoción estarácondicionada a los resultados que emanen del estudio de necesidadeconómica que al efecto realice la SUDEBAN, el cual será aprobado porel Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional. Las institucionesque soliciten su transformación, conversión, fusión o escisión, solicitarán ala Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario las autoriza-ciones de organización y de funcionamiento respecto del nuevo tipo deactividad.

Artículo 31.- Atribuciones y deberes de la junta directiva:…..Son atri-buciones y deberes de la junta directiva, sin perjuicio del cumplimiento deotras obligaciones legales y estatutarias y en concordancia con la LeyOrgánica del Sistema Financiero Nacional, las siguientes:

1) Definir la estrategia financiera y crediticia de la institución y controlarsu ejecución.

2) Analizar y pronunciarse sobre los informes de riesgo crediticio, encuanto a la proporcionalidad y vigencia de las garantías otorgadas.

3) Decidir sobre la aprobación de las operaciones activas y pasivas queindividualmente excedan el dos por ciento (2%) del patrimonio de lainstitución.

4) Emitir opinión, bajo su responsabilidad, sobre los estados financierosy el informe de auditoría interna que incluya la opinión del auditorsobre el cumplimiento de las normas de prevención de la legitimaciónde capitales.

5) Conocer y resolver sobre el contenido y cumplimiento de las comuni-caciones de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Ban-cario, referentes a disposiciones, observaciones, recomendaciones oiniciativas sobre el funcionamiento de la institución.

6) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contempladas por esta Ley,por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, porla Asamblea General de Accionistas y por la Junta Directiva.

Artículo 47. - Creación del Fondo Social para Contingencias: Las insti-tuciones bancarias, deberán constituir un fondo social para contingenciasmediante la transferencia de efectivo a un fideicomiso en otra instituciónbancaria equivalente al diez por ciento (10%) del capital social, que garan-tizará a los trabajadores y trabajadoras el pago de sus acreencias labora-les, en el caso que se acuerde la liquidación administrativa de la institu-ción bancaria. Este porcentaje se alcanzará con aportes semestrales delcero coma cinco por ciento (0,5%) del capital social. Al 31 de diciembre de2011 el Banco constituyó el apartado correspondiente al Fondo Socialpara Contingencia por Bs. 200.000, el cual fue registrado con un débito ala subcuenta N° 361.03 "Superávit por aplicar" con crédito a la subcuentaN° 342.02 "Reservas para otras disposiciones". Mientras que para elsemestre finalizado el 30 de junio de 2011 el Banco no constituyó elapartado correspondiente al Fondo Social para Contingencias (Nota 12).

Artículo 48- Aporte social: Las instituciones bancarias destinarán el cin-co por ciento (5%) del resultado bruto antes de impuesto, al cumplimientode la responsabilidad social que financiará los proyectos de consejoscomunales u otras formas de organización social.

Asimismo la presente Ley, establece prohibiciones generales de ordenoperativo, financiero, preventivo y de dirección.

Artículo 53 Operaciones de intermediación: Las modalidades y condi-ciones de los depósitos, en moneda nacional o en divisas, el crédito, elfideicomiso, las estipulaciones contractuales, las inversiones en títulosvalores y cualquier otra modalidad de intermediación propias de la activi-dad bancaria así como los servicios prestados al usuario o usuaria, seránestablecidas y reguladas en el Reglamento de la presente Ley, en lanormativa prudencial que la SUDEBAN dicte al efecto y en las normas quedetermine el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.

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- Podrán establecer de común acuerdo con sus clientes o usuarioslos montos que por concepto de comisión, tarifa o recargo pue-den ser devengados con ocasión de la suscripción y/o prestaciónde un producto o servicio considerado como especializado; noobstante, dichos montos, previo a su cobro, deberán ser aproba-dos por el BCV. Asimismo, se entiende por producto o servicioespecializado los contratos de fideicomiso, independientementede que el fideicomitente y/o el (los) beneficiarios sean unas perso-nas naturales o jurídicas.

- En el caso de cancelación de cuentas de ahorro y/o corrientesinmovilizadas por un período mayor a un año que presenten unsaldo inferior a un bolívar fuerte (Bs.F 1,00), podrán cobrar unacomisión equivalente al saldo remanente en dicha cuenta.

- No podrán efectuar cobro alguno a sus clientes por concepto decomisiones, tarifas o recargos derivados de la tenencia de cuen-tas de ahorro, así como por cualquier transacción, operación oservicio efectuado respecto de dichas cuentas, cuando éstas,estuvieren directamente relacionadas con las mismas.

- No podrán efectuar cobro alguno por concepto de comisiones,tarifas o recargos a sus clientes o público en general, según seael caso, en los siguientes supuestos:

a. Por la emisión de cheques depositados, cobrados por taquilla, dentrodel horario bancario regular establecido por el Consejo BancarioNacional, o que sean procesados a través de la Cámara de Compen-sación Electrónica. Dicha prohibición no se extiende al cobro decomisiones, tarifas o recargos por concepto de la devolución de che-ques por falta de fondos.

b. Por el pago de cheques emitidos y/o cobrados en plazas distintas deaquella en que sus clientes mantienen la respectiva cuenta corriente.

c. Por la falta de mantenimiento de saldos mínimos e inactividad encuentas corrientes.

d. Por la emisión de tarjetas de débito a personas naturales, así comopor el mantenimiento mensual de la misma.

- No podrán efectuar cobro alguno de comisiones, tarifas o recar-gos a los beneficiarios de cheques devueltos independientemen-te del motivo de la devolución.

- No podrán efectuar cobro alguno de comisiones, tarifas o recar-gos respecto a las cuentas de ahorro y cuentas corrientes cuyaapertura haya sido ordenada por los tribunales de la RepúblicaBolivariana de Venezuela.

- No podrán exigir, como requisito para la concesión o el cobro decréditos, la constitución y mantenimiento de depósitos no disponi-bles por parte del cliente, durante el lapso de vigencia del referidocrédito. De igual forma, no podrán condicionar el otorgamiento decréditos, a la compra de servicios o productos de cualquier índole.Se entiende por depósitos no disponibles por parte del clientedurante el lapso de vigencia del respectivo crédito, aquellos queen tal condición no sean remunerados.

- Deberán actualizar sus tarifarios publicados en la página web delBCV, a los fines de ajustar las comisiones, tarifas y recargos,contenidos en los mismos, a los límites del BCV.

Se exceptúan de esta normativa los siguientes servicios o productos:

- Las pólizas de seguros, correspondiente a la adquisición deviviendas y de vehículos.

- Las pólizas de seguros que amparan los riesgos de cosecha.- Las actividades relacionadas con créditos otorgados para la cons-

trucción y supervisión de construcciones, incluidos los pagos res-pectivos.

4. En Circular GOC/DNPC/2006-05-05 de fecha 25 de mayo de 2006, elDirectorio del BCV, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8y 10 de la Resolución de ese Organismo N° 99-08-01 publicada en laGaceta Oficial N° 36.778 del 02 de septiembre de 1999, referida a las"Normas Relativas a las Posiciones en Divisas de las InstitucionesFinancieras", decidió fijar en 30%, a partir del 1 de junio de 2006, ellímite máximo de la Posición Global Neta en Moneda Extranjera enrelación con los Recursos Propios.

Desde febrero de 2003, está en vigencia en Venezuela un régimende administración de divisas, el cual es coordinado, administrado ycontrolado por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI),adscrita al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

- Por los créditos destinados a las empresas dedicadas a la activi-dad manufacturera, con ocasión de dicha actividad, una tasa deinterés anual superior al diecinueve por ciento (19%).

- En sus operaciones activas intereses por anticipado por períodossuperiores a ciento ochenta (180) días.

No podrán pagar:

- Por los depósitos de ahorro que reciban, incluidas las cuentas deactivos líquidos, una tasa de interés inferior al 12,5% anual.

- Una tasa de interés inferior al 14,5% anual, por los depósitos aplazos que reciban, y por las operaciones mediante las cuales seemiten certificados de participaciones a plazos, en el caso de quelos sujetos antes mencionados estén autorizados para realizaroperaciones del mercado monetario, independientemente del pla-zo en que se realicen cualquiera de las referidas operaciones.

Podrán cobrar:

- Como máximo tres por ciento (3%) anual, adicional a las tasa deinterés anual pactada en la respectiva operación, por las obliga-ciones morosas de sus clientes.

No podrán disminuir:

- La participación que al 31 de diciembre del 2009, hayan destina-do en su cartera de créditos bruta por el financiamiento de laactividad manufacturera, la cual no podrá ser inferior al 10%, deacuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 09-12-01 defecha 29 de diciembre de 2009, emitida por el BCV, publicada enla Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39.336 de esa misma fecha.

2. El BCV ha establecido un régimen de encaje legal para las institucio-nes financieras, el cual establece que el Banco debe mantener unencaje mínimo depositado en su totalidad en el BCV, del monto detodos sus depósitos, captaciones, obligaciones y operaciones pasi-vas, con excepción de las obligaciones con el BCV, con FOGADE ycon otras instituciones financieras. La constitución del encaje legaldeberá realizarse en moneda de curso legal independientemente dela moneda en que se encuentren expresadas las operaciones quedieron su origen.

El BCV, estableció como base de cálculo para el encaje legal al 31 dediciembre y 30 de junio de 2011, la suma de los montos que resultende aplicar: el 14% y 17%, respectivamente, sobre la Base de Reservade Obligaciones Netas e Inversiones Cedidas. Este porcentaje seráaplicado al promedio de los saldos diarios que correspondan, de lasoperaciones sujetas a encaje para el período en curso.

En el caso de las operaciones en moneda extranjera, debe mantener-se un encaje legal mínimo del 14% y 17%, respectivamente, delmonto total correspondiente al saldo marginal.

A partir del 13 de julio de 2011, según Gaceta Oficial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela Nº 39.712, se reduce para las InstitucionesBancarias que mantienen depositados en el BCV un encaje mínimodel 17% de acuerdo a lo previsto en la Resolución Nº 10-10-02 del 26de octubre de 2010, 3 puntos porcentuales del referido coeficiente deencaje, siempre y cuando participen en el programa social Gran Mi-sión Vivienda Venezuela desarrollado por el Ejecutivo Nacional, através de la adquisición de instrumentos emitidos en el marco dedicho programa, se destinen los recursos que queden disponibles a laadquisición de instrumentos emitidos en el marco de la Gran MisiónVivienda Venezuela, hasta la concurrencia del monto de los recursosdisponibles que queden disponibles como consecuencia de esta re-ducción.

3. El BCV, mediante Resoluciones establece, que los bancos, entida-des de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras regidaspor el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcialde la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especia-les, autorizados para recibir depósitos de ahorro:

- Sólo podrán cobrar comisión de hasta un máximo de cinco bolíva-res fuertes (Bs.F. 5,00) a sus clientes por la emisión de libretas decuentas de ahorro, a partir de la segunda emisión de la libreta enun año.

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d) Emisión de tarjetas de crédito correspondientes al Nivel 1, esta-blecido de acuerdo con la Circular dictada al efecto por el BCV.

e) Reclamos, sean procedentes o no, que realicen los usuarios delas tarjetas de crédito.

- Podrán cobrar una comisión máxima del cinco por ciento (5%)anual, por las operaciones de retiro de efectivo contra tarjetas decrédito.

6. Aporte Especial a la SUDEBAN

La cuota del aporte especial que deberán pagar los bancos universa-les, correspondiente al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, es delcero coma seis (0,6) por mil del promedio de los activos de cadaaportante, correspondiente al semestre inmediato anterior.

7. Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)

El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios, es uninstituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyoobjetivo principal es garantizar los fondos captados del público enmoneda nacional por las Instituciones Financieras hasta por un impor-te máximo de Bs. 30.000 y ejercer la función de liquidador de estasinstituciones y sus empresas relacionadas, conforme a lo dispuestoen el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcialde la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

En el Decreto N° 7.207 publicado en la Gaceta Oficial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela N° 39.358 del 1 de febrero del 2010 seestableció el 0,75% como aporte mensual que los bancos debenefectuar a FOGADE, a partir del 1 de julio 2010, mediante primasmensuales equivalentes a 1/6 del 0,75%, aplicado sobre el total delos depósitos del público que se tengan para el final de cada semes-tre inmediatamente anterior a la fecha del pago.

En fecha 28 de diciembre de 2010, a través del Decreto con Rango,Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Institucionesdel Sector Bancario, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº6.015, se establece el porcentaje de aporte mensual que deberánefectuar las Instituciones Bancarias a FOGADE, el cual se realizaráde la siguiente manera:

- Los aportes para las instituciones bancarias públicas, será de nomenos del cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del total delos depósitos del público que estas instituciones tengan para elcierre de cada semestre inmediatamente anterior a la fecha depago, y se pagará mediante primas mensuales equivalentes cadauna de ellas a un sexto (1/6) de dicho porcentaje.

- Los aportes para las instituciones bancarias privadas, será de nomenos del cero coma setenta y cinco por ciento (0,75%) del totalde los depósitos del público que estas instituciones tengan parael cierre de cada semestre inmediatamente anterior a la fecha depago, y se pagará mediante primas mensuales equivalentes cadauna de ellas a un sexto (1/6) de dicho porcentaje.

2. Resumen de Políticas de Contabilidad de Importancia

Con fecha 5 de abril de 2008 la Federación de Colegios de ContadoresPúblicos de Venezuela aprobó el boletín de aplicación BA-VEN-NIF-0, elcual establece la aplicación en Venezuela de las Normas Internacionalesde Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera,NIC-NIIF y sus respectivas interpretaciones. Las fechas de vigencia apro-badas para la adopción de las Normas Internacionales de InformaciónFinanciera (NIIFs) quedaron establecidas en 31 de diciembre de 2008, ofecha de cierre inmediato posterior, para Grandes Entidades y 31 dediciembre de 2010 o fecha de cierre inmediato posterior, para Pequeña yMediana Industria. En fecha 23 de enero de 2012, la Federación deColegios de Contadores Públicos de Venezuela publicó la actualizaciónde términos, referidas a los estándares internacionales, entre los cualesse estableció, entre otros: Para los Principios de Contabilidad General-mente Aceptado en Venezuela, se debe decir "VEN?NIF?GE" (grandesentidades), y "VEN?NIF?PYME" (pequeñas y medianas entidades).

La SUDEBAN, a través de la Circular Nº SBIF-II-GGR-GNP-28292, defecha 28 de diciembre de 2010, emitió la Resolución 648.10 de esa mismafecha, la cual fue ratificada en fecha 18 de marzo de 2011, publicada enla Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.637 deesta misma fecha, en la cual establece el diferimiento de la presentaciónde los estados financieros consolidados o combinados con sus notas y eldictamen de los auditores externos, correspondiente a los cierres semes-trales elaborados como información complementaria de acuerdo con lasNormas VEN?NIF?GE, hasta tanto ese Organismo regulador así lo indi-que, en alcance a la Resolución Nº 227.10, publicada en la Gaceta Oficialde la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.425 de fecha 17 de mayode 2010.

En junio de 2010, el BCV, modificó las Normas relativas a las opera-ciones en el mercado de divisas, en las que se establece que lasoperaciones de compra y venta en bolívares de títulos valores emiti-dos y avalados por la Nación, sólo podrán efectuarse a través delSistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME).El BCV determinará los títulos que podrán ser objeto de operacionespor medio de ese sistema y publicará diariamente la banda de preciosen bolívares para la compra y venta de los mismos a través de bancosuniversales, bancos comerciales y entidades de ahorro y préstamo.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.584,de fecha 30 de diciembre de 2010, el Ejecutivo Nacional, a través delMinisterio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, conjunta-mente con el BCV, publica el Convenio Cambiario Nº 14. En dichoconvenio se establece, entre otros, el tipo de cambio en cuatro bolíva-res con dos mil ochocientas noventa y tres diez milésimas (Bs. 4,2893)por dólar de los Estados Unidos de América para la compra, y encuatro bolívares con treinta céntimos (Bs. 4,30) por dólar de los Esta-dos Unidos de América para la venta, a partir de 1º de enero de 2011.

En Circular de fecha 4 de enero de 2011, el Banco Central de Vene-zuela informa que los Bonos de la Deuda publica Nacional denomina-dos Títulos de Intereses y Capital Cubierto (TICC), que el tipo decambio aplicable será de Bs. 4,30 por USD.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.778,de fecha 14 de octubre de 2011, el Ministerio del Poder Popular dePlanificación y Finanzas, conjuntamente con el BCV, publica la Reso-lución Nº 11-10-01, en la cual resuelve que la valoración y registrocontable de los títulos emitidos o por emitirse por la RepúblicaBolivariana de Venezuela o por empresas del estado denominadosen moneda extranjera se efectuará al tipo de cambio promedio para lafecha valor del último día de cada mes de las operaciones que serealizan a través del "Sistema de Transacciones con Títulos en Mone-da Extranjera (SITME)", administrado por el Banco Central de Vene-zuela.

En fecha 19 de octubre de 2011, el Banco Central de Venezuelaemitió la Circular N° VOI-028/2011, en la cual informa que la valora-ción y registro contable de los títulos emitidos o por emitirse por laRepublica Bolivariana de Venezuela o por empresas del Estado de-nominados en moneda extranjera, se efectuará al tipo de cambiopromedio para la fecha valor del ultimo día de cada mes, de lasoperaciones que se realizaran a través del "Sistema de Transaccio-nes con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)", administrado por elBanco Central de Venezuela, siempre y cuando se trate de títulosnegociables a través de dicho Sistema.

5. El BCV mediante Resolución N° 09-03-04, publicada en la GacetaOficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.150 del 31 demarzo de 2009, estableció, entre otros, los siguientes aspectos rela-cionados con las tasas de interés aplicable sobre operaciones realiza-das a través de las tarjetas de crédito, al 31 de diciembre y 30 de juniode 2011:

Artículo 3. Las tasas de interés activa, que regirán a partir del mesde mayo de 2009, serán publicadas mensualmente porel BCV, mediante Avisos Oficiales dictados al efecto.

Los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás institucionesfinancieras regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Leyde Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario:

- No podrán cobrar por sus operaciones activas con tarjetas decrédito, una tasa de interés anual superior al 29 % ni inferior al17%, para los semestres terminado el 31 de diciembre y 30 dejunio de 2011, de acuerdo a los Avisos Oficiales publicados por elBCV, a esas fechas.

- Pagarán por los montos abonados en exceso al total adeudadoen tarjeta de crédito o por las sumas que estén registradas a favordel tarjetahabiente, con exclusión de los instrumentos prepagados,una tasa de interés anual que no podrá ser inferior a la estableci-da por el BCV para los depósitos de ahorro.

- Podrán cobrar como máximo tres por ciento (3%) anual, adicionala la tasa de interés anual pactada en la respectiva operación deconformidad con lo establecido en el artículo 1° de la presenteResolución, por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes.

- No podrán cobrar a sus clientes, comisiones, tarifas o recargos enlos siguientes supuestos:

a) Mantenimiento y renovación de tarjeta de crédito.b) Cobranza de saldos deudores en tarjeta de crédito.c) Emisión de estados de cuenta de tarjeta de crédito.

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- Los compromisos generados cuando la institución contractualmentevende títulos valores, con el compromiso de volver a comprarlos den-tro de un plazo determinado a un precio convenido (operaciones dereporto cuando la institución actúa como reportada), se mantienen enlas cuentas de orden, mientras que los VEN?NIF?GE, establecenque los mismos deben ser reconocidos en las cuentas del pasivo.

- El Manual de Contabilidad establece que aquellos créditos cuyo plande pago original, plazo y demás condiciones acordados previamente,hayan sido modificados por el acreedor, atendiendo a expresa solici-tud de refinanciamiento del crédito, efectuada por el deudor debenser reclasificados a las cuentas de créditos reestructurados. LosVEN?NIF?GE, no establecen criterios específicos de contabilización;sin embargo, establecen que para los activos financieros llevados alcosto amortizado se reconocerán pérdidas en los resultados del se-mestre, cuando dicho activo se haya deteriorado.

- Asimismo, el Manual de Contabilidad establece que el plazo paracastigar la cartera vencida no podrá ser superior a 24 meses, conta-dos a partir de la fecha de registro de la totalidad del crédito en dichacategoría. Los créditos en litigio, a los 24 meses, contados a partir dela fecha de su registro en dicha categoría, deberán estar provisionadosen un 100%.

- Asimismo, cuando un crédito por cuotas mensuales se encuentrevencido y el deudor pague las cuotas atrasadas, el Banco tendrá quereclasificarlo a la categoría que tenía antes de pasar a vencido. Deigual forma, cuando un deudor pague las cuotas pendientes en uncrédito por cuotas en litigio y consecuentemente se retire la demanda,el Banco tendrá que reclasificarlo a la categoría que tenía antes deentrar en litigio o vencido. De acuerdo con los VEN?NIF?GE las cuen-tas por cobrar se registran con base en su cobrabilidad.

- Los intereses originados por la cartera de créditos vencida o en litigioy los intereses de los créditos clasificados como de alto riesgo oirrecuperables, aún cuando se encuentren vigentes o reestructura-dos, se consideran ingresos financieros cuando se cobran, los rendi-mientos generados desde la fecha en que el crédito es consideradovencido, se registran en Cuentas de Orden. De acuerdo con losVEN?NIF?GE, los intereses se reconocen como ingresos en base asu cobrabilidad, hasta que el crédito se declara incobrable.

- Se constituyen provisiones sobre la cartera de créditos, de acuerdo alos parámetros y normas emitidas por la SUDEBAN, en función de laevaluación individual de cada crédito, un porcentaje de riesgo paralos créditos no evaluados y una provisión genérica del 1%, sobre lossaldos de la cartera de créditos al cierre de cada mes, y del 2% parala cartera de microcréditos. Los Principios de Contabilidad de Acepta-ción General en Venezuela (VEN?NIF?GE), no contemplan la provi-sión genérica y establecen que la provisión por incobrabilidad de loscréditos se determine en función de la posible recuperación de losactivos, considerando el valor razonable de las garantías.

- Se debe crear una provisión por el monto total de los interesesdevengados y no cobrados cuando el crédito a plazo se considerevencido. Los intereses provenientes de los préstamos por cuotasserán provisionados cuando la cuota tenga treinta (30) días de venci-da. Los VEN?NIF?GE no contemplan la creación de esta provisióncon base a plazos de vencimiento.

- Se provisionan los rendimientos por cobrar sobre cartera de créditoscon base en el porcentaje de riesgo aplicado al capital de los créditosque originan dichos rendimientos, excepto para los capitales clasifica-dos bajo las categorías (C), Riesgo Real, (D) Alto Riesgo, y (E) Irrecu-perables, cuyos rendimientos deben ser provisionados en un 100%.Los VEN?NIF?GE no contemplan provisión de los rendimientos conbase al porcentaje de riesgo aplicado al capital de los créditos queoriginan dichos rendimientos.

- Aquellos rendimientos que origina la cartera de créditos vigente yreestructurada, que tengan un plazo para su cobro igual o mayor aseis meses, deberán registrarse mensualmente en la porción que lecorresponda como ingresos diferidos en la cuenta 275.00 "Ingresosdiferidos", hasta tanto éstos sean efectivamente cobrados. De acuer-do con los VEN?NIF?GE, los intereses se reconocen como ingresoscuando se devengan; y sobre los créditos sin riesgo de cobro.

- Los bienes recibidos o adjudicados en pago no podrán conservarsepor más de un año, si se trata de bienes muebles o valores, ni por másde tres años, si se trata de bienes inmuebles, contados a partir de lafecha de adjudicación. Según los VEN?NIF?GE, no se establecenlímites de permanencia de los bienes muebles e inmuebles recibidosen pago, se valoran a su valor de realización o mercado, y se registrancomo bienes de uso o activos para la venta, dependiendo de sudestino.

De igual forma dicha Resolución, indica que las instituciones que a lafecha de emisión de la misma, hayan preparado sus estados consolida-dos o combinados de acuerdo con las normas VEN?NIF?GE, como infor-mación complementaria al cierre del semestre que finaliza el 31 de diciem-bre de 2010, podrán presentarlos ante ese Ente Regulador.

La versión N° 4 del Boletín de Aplicación VEN-NIF N° 0 (BA-VEN-NIF-0),emitido por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de laRepública Bolivariana de Venezuela en Directorio ampliado realizado enel mes de marzo del año 2010, señala en su párrafo N° 7, entre otrosaspectos, que para entidades sujetas a algún ente regulador que dictenormas de Contabilidad, su aplicación será cuando este lo disponga.Asimismo, la Superintendencia Nacional de Valores en fecha 12 de di-ciembre de 2008, emitió la Resolución N° 254-2008, donde establece laaplicación de estas normas para las Instituciones Regidas por la Ley deMercado de Capitales a partir del 1 de enero de 2011, o fecha de inicioinmediato posterior, como única forma de presentación contable, publica-da en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°39.107 de fecha 27 de enero de 2009.

Los estados financieros adjuntos del Banco al 31 de diciembre y 30 dejunio de 2011, incluyen las cuentas del Banco a esa fecha, y estánpreparados con base en el Manual de Contabilidad para Bancos, OtrasInstituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo y en lasnormas e instrucciones establecidas por la SUDEBAN, las cuales difierenen algunos aspectos de los Principios de Contabilidad de AceptaciónGeneral (VEN?NIF?GE), emitidos por la Federación de Colegios de Con-tadores Públicos de Venezuela. Las principales diferencias están resumi-das a continuación:

- Los VEN?NIF?GE, establecen la presentación de estados financie-ros ajustados por inflación de acuerdo con los lineamientos estableci-dos en el boletín de aplicación VEN?NIF?2 (BA?VEN?NIF?2) comoinformación básica, mientras que las normas de la SUDEBAN requiereque los estados financieros básicos de reporte sean presentados conbase en el costo histórico, y los estados financieros ajustados porinflación como información complementaria.

- El Manual de Contabilidad de Bancos y Otras Instituciones Financie-ras establece plazos para la desincorporación, reclasificación a otrosrubros del balance y registro de provisiones para las partidas incluidasdentro de las conciliaciones bancarias en moneda nacional y monedaextranjera y no conciliadas dentro del plazo establecido en el referidoManual. Los VEN?NIF?GE, no contemplan reclasificaciones,desincorporaciones ni constitución de provisiones con base a la anti-güedad de las partidas.

- Se debe provisionar en su totalidad el capital y los rendimientos porcobrar de las inversiones en títulos valores con más de treinta (30)días de vencidos, y no se deben reconocer en los resultados, losintereses de estas inversiones que se devenguen con posterioridad.Los VEN?NIF?GE, los intereses se reconocen como ingresos en basea su cobrabilidad.

- Las inversiones registradas para negociar no podrán tener un lapsode permanencia en esta categoría mayor a 90 días, contado desde lafecha de su incorporación a la misma. Los VEN?NIF?GE no contem-plan limitación alguna en el tiempo en que dichas inversiones semantengan registradas.

- Las inversiones registradas como disponibles para la venta poseenlapsos de permanencia en libros, contados desde la fecha de suincorporación a dicha categoría. Los VEN?NIF?GE no contemplanlimitación alguna en el tiempo en que estas inversiones se manten-gan registradas en dicha categoría.

- En los casos en que se hayan registrado contablemente pérdidasconsideradas permanentes, originadas por una disminución del valorrazonable de mercado de las inversiones en títulos valores, cualquierrecuperación posterior del valor razonable de mercado no afecta lanueva base de costo. Los VEN?NIF?GE, permiten recuperar deterio-ro en los casos de títulos de deuda.

- El descuento o la prima de las inversiones mantenidas hasta su ven-cimiento se amortiza durante la vigencia del título con cargo o abonoa la cuenta de Ganancia en inversiones en títulos valores o Pérdidaen inversiones en títulos valores, respectivamente en el grupo Otrosingresos operativos y Otros gastos operativos. De acuerdo con losVEN?NIF?GE la prima o descuento de las inversiones en inversionesmantenidas hasta su vencimiento son parte del rendimiento del títulovalor, por lo que se presentaría como parte de los ingresos financie-ros.

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b) La ganancia o pérdida generada por la valoración de los títulosemitidos o por emitirse por la República Bolivariana de Venezuelao por Empresas del Estado denominados en Moneda Extranjera,en virtud de lo establecido en la Resolución N° 11-10-01, publica-da por el BCV, será contabilizada en la cuenta 352.00 "Gananciao pérdida por fluctuaciones cambiarias por tenencia de activos ypasivos en moneda extranjera", y su aplicación se realizará deacuerdo con lo dispuesto en la Resolución N° 273.11, emitida porla SUDEBAN en fecha 20 de octubre de 2011. Las actualizacio-nes de la cotización de los saldos de moneda extranjera de lostítulos valores referidos, se realizará de conformidad con lo esta-blecido en el Manual de Contabilidad para Bancos, Otras Institu-ciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo.

c) El tipo de cambio aplicable al producto de la venta en los merca-dos internacionales o del vencimiento, de los títulos emitidos porla República Bolivariana de Venezuela o por Empresas del Esta-do denominado en Moneda Extranjera, serán valorados de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 1, del convenio cambiarioN° 14, del 30 de diciembre de 2010, o de aquel que lo sustituyay se encuentre vigente para la fecha de la operación.

El resto de las partidas activas y pasivas en moneda extranjera queconforman los Estados Financieros de las Instituciones Bancariasdeben estar registrados y Valorados al tipo de cambio fijado al efectopor el Banco Central de Venezuela.

Asimismo, la Resolución N° 273-11, de fecha 20 de octubre de 2011,publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezue-la Nº 39.782 de fecha 20 de octubre de 2011, establece las Normasrelativas a la aplicación y registro de los beneficios netos originadospor la entrada en vigencia de la Resolución N° 11-10-01, emanadapor el Banco Central de Venezuela, en fecha 11 de octubre de 2011,entre los aspectos relevantes tenemos:

Artículo 1 El saldo de los beneficios netos generados en las institu-ciones bancarias por la aplicación del tipo de cambioestablecido en la Resolución N° 11-10-01, deberá sercontabilizado, para el cierre de los estados financieroscorrespondientes al mes de octubre de 2011, en la cuen-ta 352.00 "Ganancia o pérdida por fluctuacionescambiarias por tenencia de activos y pasivos en monedaextranjera".

Artículo 2 El saldo mantenido en la cuenta 352.00 "Ganancia opérdida por fluctuaciones cambiarias por tenencia deactivos y pasivos en moneda extranjera", al cierre delmes de octubre de 2011, deberá ser aplicado o utilizadode acuerdo al siguiente orden de prioridad:

1. Enjugar las pérdidas o déficit operacionales manteni-dos en las cuentas patrimoniales al 30 de junio de2011.

2. Constitución o cobertura de saldos deficitarios enprovisiones para contingencias de activos; así como;ajustes o pérdidas determinadas por la SUDEBAN,hasta el 31 de marzo de 2012.

3. Compensar los gastos diferidos basados en planesespeciales aprobados por la SUDEBAN hasta el 31de diciembre de 2011; así como, los costos y lasplusvalías que se generen hasta el 31 de marzo de2012, en virtud de las fusiones o trasformaciones,según lo establecido en las disposiciones transitoriasdel Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley deReforma Parcial de la Ley de Instituciones del SectorBancario.

4. Otras pérdidas generadas por la aplicación de losplanes de ajustes, que sean previamente aprobadospor la SUDEBAN, hasta el 31 de marzo de 2012.

5. Aumentos de Capital Social, cuando las gananciaspor fluctuación cambiaria estén realizadas.

Artículo 3 En caso que existan en la cuenta 352.00 "Ganancia opérdida por fluctuaciones cambiarias por tenencia deactivos y pasivos en moneda extranjera" importesexcedentarios hasta el 31 de marzo de 2012; una vezaplicados los conceptos señalados en el artículo ante-rior, la SUDEBAN evaluará que correspondan a ganan-cias realizadas a los fines de autorizar su aplicación a losresultados del ejercicio.

- El Manual de Contabilidad establece que el costo original de un biende uso está determinado por su costo de adquisición o construcción,según sea el caso. Mientras que los VEN?NIF?GE permiten larevaluación de los bienes de uso, registrándose dicho incremento enel valor del activo como un Superávit por revaluación dentro del patri-monio.

- Las mejoras sustanciales a las propiedades arrendadas se registrancomo gastos amortizables y se muestran dentro del grupo de Otrosactivos. De acuerdo con los VEN?NIF?GE se presentan como partede los bienes de uso.

- La utilidad proveniente de la venta de bienes de uso, bienes realiza-bles y bienes fuera de uso, que se efectúen a plazos y/o confinanciamiento, debe diferirse hasta que sean efectivamente cobra-das, y se presentan en el rubro de Otros Pasivos como GananciasDiferidas por Ventas de Bienes. De acuerdo con los VEN?NIF?GE, lautilidad en venta de activos se reconoce como ingresos cuando sedevengan.

- Los Gastos Diferidos corresponden a erogaciones no reconocidastotalmente como gastos del ejercicio en que se incurren y se distribu-yen en los ejercicios que recibirán los beneficios de los mismos. Seamortizan por el método de línea recta en un plazo no mayor de 4años. Los VEN?NIF?GE no contemplan el registro de algunos deestos gastos diferidos.

- Se debe efectuar una evaluación cada 90 días de la cobrabilidad delas partidas registradas en el rubro de otros activos, aplicando criteriossimilares a los establecidos sobre la cartera de créditos. Asimismo, seestablecen porcentajes adicionales de provisión específica en fun-ción a la permanencia de las partidas en este rubro. Los VEN?NIF?GEno contemplan la creación de esta provisión con base a plazos devencimiento, y establecen que la provisión por incobrabilidad de losotros activos se determine en función de la posible recuperación delos activos.

- Las comisiones cobradas en el otorgamiento de préstamos, segúnnormas de la SUDEBAN, se registran como ingresos al momento delcobro, mientras que según los VEN?NIF?GE se difieren y se registrancomo ingresos durante la vigencia del préstamo.

- Para las cuentas de orden contingentes que se originen de garantíasotorgadas al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, se deberáconstituir una provisión genérica del 1% y otra específica con base enlos lineamientos establecidos para las operaciones de crédito. LosVEN?NIF?GE no contemplan esta provisión.

- La Resolución Nº 198 de fecha 17 de junio de 1999, emitida por laSUDEBAN, establece que deben reconocerse los impuestos diferidosactivos y pasivos, correspondientes al monto de impuesto esperado arecuperar o pagar sobre las diferencias temporarias entre los valoresen libros reportados y sus correspondientes bases tributarias. Asimis-mo, establece que la provisión para cartera de créditos, no podrá serconsiderada una diferencia temporal, el impuesto sobre la renta dife-rido deberá registrarse sobre las provisiones de cartera de créditoclasificada como alto riesgo o irrecuperable. Adicionalmente, no sepodrá reconocer impuesto diferido por un monto mayor al impuestosobre la renta corriente. Los VEN?NIF?GE establece que debenreconocerse impuestos diferidos por todas las diferencias temporalesexistentes entre el balance fiscal y el balance financiero.

- A los fines del estado de flujos del efectivo, se consideran comoefectivo y equivalentes de efectivo, los saldos mantenidos en el rubrode Disponibilidades incluyendo el encaje legal mantenido en el BCV.No se consideran como equivalentes de efectivo ciertos rubros de lacartera de inversiones, representados por instrumentos de inversiónnegociables convertibles en efectivo a corto plazo. Los VEN?NIF?GEconsideran como equivalentes de efectivo las inversiones líquidas yfácilmente convertibles en efectivo y cuyo vencimiento sea igual oinferior a tres meses.

- Al 31 de diciembre de 2011, la SUDEBAN emitió en la circular N° SIB-II-GGR-GNP-40656, de fecha 1 de diciembre de 2011, relacionadacon "Los Criterios para el Registro y Valoración de Activos y Pasivos,en Moneda Extranjera", que establece lo siguiente:

a) La valoración y registro contable de los títulos valores emitidos opor emitirse por la República Bolivariana de Venezuela o porEmpresas del Estado denominados en Moneda Extranjera, seefectuará al tipo de cambio promedio para la fecha valor delúltimo día de cada mes, de las operaciones que se realizan através del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Ex-tranjera "SITME" administrados por el Banco Central de Vene-zuela, siempre y cuando se trate de títulos negociables a travésde dicho sistema.

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- Control de riesgo: El Banco está expuesto principalmente a los ries-gos de crédito, de mercado y operacional. La política de riesgo em-pleada por el Banco para manejar estos riesgos se mencionan acontinuación:

- Riesgo de crédito: El Banco asume la exposición al riesgo decrédito como el riesgo que una contraparte no sea capaz depagar deudas contraídas por completo a la fecha de vencimiento.La exposición al riesgo de crédito es monitoreada por el Bancomediante un análisis regular de la capacidad de pago de losprestatarios. El Banco estructura el nivel de riesgo de créditocolocando límites en relación con un prestatario o grupo de pres-tatarios.

- Riesgo de mercado: El riesgo de mercado se materializa en unaInstitución Financiera cuando las condiciones de mercado cam-bian adversamente, afectando la liquidez y el valor de los instru-mentos financieros que la institución mantiene en portafolios deinversión o en posiciones contingentes, resultando una pérdidapara la institución. El riesgo de mercado está constituido funda-mentalmente por dos tipos de riesgos: riesgo de precio y riesgode liquidez. Dentro del riesgo de precio se incluye el riesgo detasas de interés, el riesgo de cambio y el riesgo de precio deacciones.

El riesgo de tasa de interés se materializa por los descalces tempora-les existentes entre los activos y pasivos del balance. Este descalce,ante cambios adversos en las tasas de interés, genera un impactopotencial sobre el margen financiero de la institución. El Banco,establece una exposición máxima a asumir ante el cambio en la tasade interés. Este límite se fija como la pérdida máxima que el Bancoestá dispuesto a asumir ante una variación importante. Esta variaciónes analizada por el Comité Integral de Riesgo mensualmente.

El riesgo de tasa de cambio es el riesgo de que el valor de un instru-mento financiero fluctúe debido a cambios en las tasas de divisas.Las operaciones del banco son esencialmente en bolívares. El Ban-co identifica una oportunidad de mercado a corto y mediano plazo, lasinversiones podrán ser colocadas en instrumentos de divisas, aten-diendo los límites regulatorios establecidos. El grado de este riesgoque asume el Banco es determinado por la posición neta y la volatilidadpredominante de los tipos de cambio (cuanto mayor sea la posición ocuanto mayor sea la volatilidad del tipo de cambio, mayor será elriesgo). La cuantificación de la exposición al tipo de cambio se medirácomo la posición abierta neta (no calzada) en cada moneda.

El Banco revisa diariamente sus recursos disponibles en efectivo,colocaciones overnight, cuentas corrientes, vencimientos de depósi-tos, préstamos y garantías.

La estrategia de la inversión del Banco es orientada a garantizar elnivel adecuado de liquidez. Una parte importante del efectivo esinvertido en instrumentos a corto plazo como certificados de depósi-tos en el BCV.

- Riesgo operacional: el Banco lo asume como la pérdida resultantede deficiencias o fallos de los procesos internos, recursos humanos osistemas, o aquellas derivadas de circunstancias externas.

Otras prácticas contables seguidas por el Banco, son las siguientes:

Inversiones en Títulos Valores

Las inversiones en Títulos Valores se clasifican de acuerdo con la inten-ción de negociación que tenga la Gerencia para cada tipo de título:

- Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y OperacionesInterbancarias: Corresponden a las colocaciones de excedentes queefectúen las instituciones en el Banco Central de Venezuela, enobligaciones overnight y en obligaciones emitidas por institucionesfinancieras del país. Se registran a su valor de realización. Para lasinversiones en títulos emitidos por instituciones financieras y los emi-tidos por el Banco Central de Venezuela, el valor de realización es sucosto o valor nominal. Igualmente, en esta cuenta se registran lasinversiones en títulos valores, que han sido compradas al BancoCentral de Venezuela bajo compromiso contractual en firme derevenderlos en un plazo y a un precio convenido. Se registran al valorpactado, manteniéndose éste durante la vigencia del contrato.

- Inversiones en Títulos Valores para Negociar: Corresponden a valo-res o instrumentos de inversión negociable, convertibles en efectivoen el corto plazo (hasta 90 días). Estos títulos valores, independien-temente de su vencimiento, deberán ser necesariamente negociadosy desincorporados, en un lapso que no podrá exceder de 90 díasdesde la fecha de su incorporación a esta cuenta. Se registran a suvalor razonable de mercado.

Artículo 4 Las ganancias y/o pérdidas del grupo 700.00 "Fideicomi-sos y encargos de confianza" generadas por la fluctua-ción del tipo de cambio oficial aplicable a la valoración yregistro contable de los títulos emitidos o por emitirse porla República Bolivariana de Venezuela, o por empresasdel Estado denominados en moneda extranjera, seráncontabilizadas en la subcuenta 733.00 "Ajustes al patri-monio" y podrán reclasificarse, previa autorización de esteOrganismo, a la cuenta 731.00 "Patrimonio asignado delos fideicomisos" cuando efectivamente se encuentrenlíquidas y realizadas.

- Al 30 de junio de 2011, las normas de la SUDEBAN establecen quelos saldos y transacciones en moneda extranjera deben valorarse a latasa de cambio oficial vigente, publicada por el BCV.

Asimismo, la Resolución N° 039.11, de fecha 31 de enero de 2011,publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezue-la Nº 39.613 de fecha 10 de enero de 2011, establece las Normasrelativas a la aplicación y registro de los beneficios netos originadospor la entrada en vigencia del Convenio Cambiario N° 14 de fecha 30de diciembre de 2010, remitida por la SUDEBAN a través de la CircularNº SIB-II-GGR-GNP-01798 de esa misma fecha, entre los aspectosrelevantes tenemos:

Artículo 1 El saldo de los beneficios netos generados en las institu-ciones bancarias por la aplicación del tipo de cambioestablecido en el Convenio Cambiario N° 14 antes iden-tificado, deberán ser contabilizados, para el cierre de losestados financieros correspondientes al mes de enerode 2011, en la cuenta 352.00 "Ganancia o pérdida porfluctuaciones cambiarias por tenencia de activos y pasi-vos en moneda extranjera".

Artículo 2 El saldo mantenido en la cuenta 352.00 "Ganancia opérdida por fluctuaciones cambiarias por tenencia deactivos y pasivos en moneda extranjera", reflejado al cie-rre del mes de enero de 2011, deberá ser aplicado outilizado de acuerdo al siguiente orden de prioridad:

a. Enjugar las pérdidas o déficit operacionales manteni-dos en las cuentas patrimoniales al 31 de diciembrede 2010.

b. Constitución o cobertura de saldos deficitarios enprovisiones para contingencias de activos; así como;ajustes o pérdidas determinadas por esta SUDEBANhasta el 31 de enero de 2011.

c. Compensar los gastos diferidos basados en planesespeciales aprobados por esta SUDEBAN hasta el31 de diciembre de 2010; así como, los costos y lasplusvalías que se generen hasta el 30 de septiembrede 2011 en virtud de las fusiones o trasformaciones,según lo establecido en las disposiciones transitoriasde la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

d. Otras pérdidas generadas por la aplicación de losplanes de ajustes, que sean previamente aprobadospor esta SUDEBAN, hasta el 30 de septiembre de2011.

e. Requerimientos de adecuación del capital social mí-nimo hasta el 30 de septiembre de 2011, todo ello enconcordancia con las disposiciones transitorias esta-blecidas en la referida Ley.

Artículo 3 En caso que existan en la cuenta 352.00 "Ganancia opérdida por fluctuaciones cambiarias por tenencia deactivos y pasivos en moneda extranjera" importesexcedentarios en el período comprendido entre el 1 defebrero hasta 30 de septiembre de 2011; una vez aplica-dos los conceptos señalados en el artículo anterior, esteEnte Regulador evaluará que correspondan a gananciasrealizadas a los fines de autorizar su aplicación a losresultados del ejercicio.

Artículo 6 La presente Resolución entrará en vigencia en la fechade su publicación en la Gaceta Oficial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela.

De acuerdo con los Principios de Contabilidad de Aceptación Generalen Venezuela (VEN?NIF?GE), los saldos en moneda extranjera de-ben valorarse utilizando el valor esperado de los flujos de efectivo enbolívares que se pudieran obtener al vender los activos o requerirpara el pago de los pasivos, determinado con base en los valorespactados en transacciones similares de venta de activos o pagos depasivos realizadas en el mercado a la fecha.

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Transferencias

Toda transferencia entre las diferentes categorías de inversiones, o cuan-do se vendan por circunstancias distintas a las indicadas en el Manual deContabilidad o se reclasifiquen a otra categoría debe ser autorizada por laSUDEBAN, anexando a la solicitud de autorización los soportes que evi-dencien el valor razonable de mercado o valor en libros según correspon-da y los comprobantes contables respectivos, que se generen al efecto,conjuntamente con la aprobación del comité de tesorería de la instituciónfinanciera o por quien haga sus veces, entre otros. La Gerencia deInspección de la SUDEBAN, tramitará dicha solicitud, siempre y cuando laInstitución consigne toda la documentación antes señalada.

Las inversiones que sean vendidas antes de vencimiento y que hayancumplido cualquiera de las siguientes condiciones, podrán considerarsecomo inversiones mantenidas al vencimiento (sin afectar su clasificaciónoriginal); a) cuando la venta ocurre tan cerca de la fecha de vencimientoque cualquier riesgo de tasa de interés esté extinguido; esto quiere decir,que cualquier cambio en las tasas de interés de mercado, no tendrá unefecto significativo en el valor de la realización de la inversión o b) la ventade la inversión ocurre después de haberse cobrado una porción sustan-cial (más del 85%) del monto de capital pendiente al momento de laadquisición.

Valuación

- Las ganancias o pérdidas realizadas de las inversiones en títulosvalores para negociar, se registran en los resultados del semestre.Las ganancias o pérdidas no realizadas, generadas por las inversio-nes en títulos valores disponibles para la venta, se incluyen en unacuenta separada formando parte del patrimonio.

- Las ganancias o pérdidas por transferencias entre categorías deinversión, tienen el siguiente tratamiento contable:

- De títulos valores para negociar a títulos valores disponibles parala venta o mantenidos hasta su vencimiento: El valor a registrar secalculará a su valor razonable al momento de la transferencia y ladiferencia con el valor razonable anterior, se registrará en losresultados del ejercicio.

- De títulos valores disponibles para la venta o mantenidos hastasu vencimiento a títulos valores para negociar: El valor a registrarse calculará a su valor razonable al momento de la transferencia,se reconoce inmediatamente en resultados la ganancia o pérdidano realizada a la fecha de la transferencia.

- De títulos valores disponibles para la venta a títulos valores man-tenidos hasta su vencimiento: El valor a registrar se calculará a suvalor razonable al momento de la transferencia, la ganancia opérdida no realizada se continúa reportando por separado en elpatrimonio y se va amortizando durante la vida del valor de deudacomo un ajuste de su rendimiento.

- De títulos valores mantenidos hasta su vencimiento a títulos valo-res disponibles para la venta: El valor a registrar se calculará a suvalor razonable al momento de la transferencia, la ganancia opérdida no realizada a la fecha de la transferencia se reconoce yel saldo neto se presenta por separado dentro del patrimonio.

Custodios de los títulos valores

Las instituciones financieras deben solicitar en forma semestral a los cus-todios de sus títulos valores, que remitan directamente a la GerenciaGeneral de Inspección de la SUDEBAN, la información sobre los títulosvalores que tengan en custodia de terceros.

Dicha información debe ser remitida a la SUDEBAN, directamente por loscustodios dentro de los quince (15) días hábiles bancarios siguientes alsemestre que se informa.

Uso de Estimaciones en la Preparación de los Estados Financieros

La preparación de los estados financieros y sus notas requiere que laGerencia haga estimaciones razonables que afectan los montos de acti-vos y pasivos, la divulgación de los activos y pasivos contingentes a lafecha de los estados financieros, así como los ingresos y gastos durantelos períodos cubiertos por dichos estados financieros. Los resultadosreales pueden variar con respecto a dichas estimaciones.

Si las inversiones en títulos valores para negociar corresponden ainstrumentos denominados en moneda extranjera, en primer lugar sedebe obtener el valor razonable en dicha moneda y luego traducirlo amoneda nacional al tipo de cambio vigente al cierre del ejercicio, paraasí obtener el valor razonable en moneda nacional.

- Inversiones en Títulos Valores Disponibles para la Venta: Se registranlas inversiones en títulos valores de deuda o de capital respecto delas cuales se tiene la intención de mantenerlas disponibles para laventa. Se clasifican en esta categoría aquellos títulos que no puedenincluirse como inversiones en títulos valores para negociar, inversio-nes en títulos valores mantenidas hasta su vencimiento o inversionesen empresas filiales y afiliadas. Estas inversiones no podrán tener unlapso de permanencia en esta cuenta mayor a un (1) año, contadodesde la fecha de su incorporación a esta cuenta.

Las inversiones en títulos valores disponibles para la venta que nocotizan en bolsas de valores se registran al costo de adquisición ydeben valuarse a su valor razonable o valor razonable fácilmentedeterminable (valor de mercado), entendiéndose por éste el valorpresente del flujo de efectivo futuro que generará la inversión. Paraestos títulos se admitirá como valor razonable o valor razonable fácil-mente determinable (valor de mercado) el precio promedio obtenidodel Reuters o cualquier otro sistema similar. Si de la revisión efectuadapor la SUDEBAN se determina que la institución financiera utilizó unprecio promedio (diario o mensual) que desvirtúa la correcta valora-ción de un título valor, la SUDEBAN instruirá los ajustes a que hubierelugar. Cualquier aumento o disminución posterior en su valor justoserá reconocido como ganancia o pérdida no realizada, en el patrimo-nio, en la subcuenta 371.01 "Ganancia o pérdida no realizada eninversiones en títulos valores disponibles para la venta".

- Inversiones Mantenidas hasta su Vencimiento: Están constituidas portítulos de deuda adquiridos con la intención firme de mantenerloshasta su vencimiento. Se registran al costo de adquisición, el cualdebe guardar consonancia con el valor de mercado a la fecha deadquisición o compra, ajustado posteriormente por la amortización delas primas o descuentos, las cuales se amortizan durante el plazo devigencia del título.

- Inversiones de Disponibilidad Restringida: En esta cuenta se regis-tran las inversiones en títulos valores emitidos por instituciones nacio-nales o extranjeras, que cumplan con las características establecidasen la descripción del grupo Inversiones en Valores y que a la fecha dela información su disponibilidad esté restringida, debido a que se losha cedido en garantía, la institución ha captado fondos para invertirexclusivamente en éstos o existe otro motivo para que no se tengalibre disponibilidad sobre estos títulos.

En esta cuenta también se registran los fondos entregados a otrainstitución en fideicomiso siempre que su disponibilidad esté restringi-da, así como, aquellos depósitos a la vista en otra institución financie-ra, que se encuentren bloqueados, congelados o cedidos en garan-tía. Igualmente, se registran las inversiones en títulos valores adquiri-das en operaciones de reporto.

- Inversiones en Otros Títulos Valores: En esta cuenta se registran losfideicomisos de inversión, así como, aquellas inversiones que no hansido incluidas en las categorías anteriores.

En las Inversiones en Obligaciones por Fideicomisos de Inversión,emitidos por Instituciones Financieras, se registran los montos entre-gados en fideicomiso a otras instituciones financieras, que no tenganingún tipo de restricción y cuyo activo subyacente sea efectivo otítulos valores; en el caso de ser en títulos valores, deberá ajustarsemensualmente dicha inversión siguiendo los parámetros de valora-ción de acuerdo al tipo de título valor y según la clasificación inicialasignada a la inversión, antes de ser entregada en fideicomiso.

Igualmente se registran en esta cuenta las colocaciones que efec-túen las instituciones financieras de conformidad con lo dispuesto enel Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de laLey de Instituciones del Sector Bancario, específicamente en aque-llas instituciones que tengan por objeto crear, estimular, promover ydesarrollar el Sistema Microfinanciero y Microempresarial del país, Leyde Crédito para el Sector Agrícola y legislación que regula el SectorTurismo.

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Bienes de Uso

Los bienes de uso se presentan al costo neto de la depreciación acumu-lada, la cual se calcula por el método de línea recta. Las partidas queincrementan sustancialmente la vida útil de los activos son capitalizadas.Los costos de mantenimiento y reparaciones ordinarias se imputan agastos a medida en que se incurren. Para fines contables y fiscales seusan vidas útiles estimadas iguales, de acuerdo con el siguiente detalle:

Vida útilestimada

Edificaciones 40 añosMobiliarios 10 añosEquipos 8 añosEquipos de Transporte 5 añosEquipos de Computación 4 años

Provisión para Obligaciones Sociales

El Banco acumula el pasivo correspondiente a la indemnización de antigüe-dad de los trabajadores de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica delTrabajo, la cual es considerada como un derecho adquirido de los trabajado-res.

Ingresos y Gastos Financieros

Los rendimientos sobre préstamos, inversiones y cuentas por cobrar se reco-nocen como ingresos financieros cuando se devengan, excepto los rendi-mientos por cobrar sobre la cartera de inversiones con más de 30 días devencida y los rendimientos que origina la cartera de créditos desde el momen-to que ingresa a vencida o en litigio se reconocen como ingresos sólo cuandoson efectivamente cobrados.

Los intereses cobrados por anticipado se incluyen en el rubro de Otros Pasi-vos como ingresos diferidos y se registran como ingresos cuando se devengan;asimismo los intereses por cobrar por plazos mayores a seis meses se regis-tran como ingresos cuando se cobran.

Los intereses por captaciones del público por obligaciones y por financiamientosobtenidos se registran como gastos financieros a medida que se causan.

Modificaciones al Manual de Contabilidad para Bancos, Otras Institucio-nes Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo

Durante los semestres terminados al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, laSUDEBAN, efectuó modificaciones al Manual de Contabilidad para Bancos,Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo, relaciona-da a la creación de cuentas contables. El Banco consideró la aplicación detodos los cambios señalados por el Organismo Regulador.

En fecha 23 de diciembre de 2010, en circular dirigida a los Bancos, laSUDEBAN efectuó modificaciones al Manual de Contabilidad para Bancos,Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo, relaciona-da a la creación de cuentas contables para el registro del plazo de las amor-tizaciones o depreciaciones de los gastos y erogaciones efectuadas en elProyecto de Incorporaciones del Chip en las tarjetas de débito, créditos ydemás tarjetas de financiamiento de pago electrónico, aplicables para el año2011.

3. Disponibilidades

El detalle de las disponibilidades se presenta a continuación, expresado enbolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Efectivo: 220.824 287.784 Caja Chica 66.225 31.225 Billetes y monedas nacionales 154.599 256.559

Banco Central de Venezuela 7.614.873 21.370.271Bancos y Otras Instituciones

Financieras del País 1.457.243 1.458.969Bancos y Corresponsales del exterior 15.148.584 3.947.129Efectos de Cobro inmediato 84.097 1.509.599Provisión para Disponibilidades (3.344.121) (3.335.177)

20.960.676 24.950.791 21.181.500 25.238.575

Al 31 de diciembre y 30 junio de 2011, el saldo de la cuenta del Banco Centralde Venezuela incluye Bs. 12.906 y Bs. 12.548 respectivamente, correspon-dientes a los saldos de Encaje Legal.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, la cuenta Bancos y Otras Institucio-nes Financieras del País; incluye Bs. 283.355 y Bs. 290.320 respectivamente,mantenidos en Bancoro Banco Universal, C.A., la cual se encuentra en proce-so de liquidación por el Fondo de Protección Social de los Depósitos Banca-rios (FOGADE) desde el mes de diciembre de 2010.

Asimismo al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, la cuenta Bancos yCorresponsales del Exterior, incluye € 551.582 equivalentes a Bs. 3.060.766y Bs. 3.397.434, respectivamente; correspondientes a una cuenta corrientemantenida en el Banco Europaeisch Iranische, la cual se encuentra bloquea-da por una restricción interpuesta por el Consejo Europeo en fecha 29 de juliode 2010 y ratificada en fecha 28 de octubre del mismo año contra la RepúblicaIslámica de Irán.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco mantiene una provisiónpara disponibilidades por Bs. 3.344.121 y Bs. 3.335.177, respectivamente, lacual fue constituida por el Banco durante el segundo semestre de 2010,debido a lo señalado en los dos párrafos anteriores. El movimiento de laprovisión para disponibilidades, es el siguiente expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Saldo al inicio del semestre 3.335.177 3.335.177Más: Constitución de provisión

del semestre 8.944 -Saldo al final del semestre 3.344.121 3.335.177

Al 31 de diciembre de 2011 el Banco mantiene una provisión de disponibilida-des de acuerdo a los parámetros establecidos en el Manual de Contabilidadpara Bancos, Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Présta-mo, mientras que el semestre finalizado el 30 de junio de 2011, el Bancopresentó una insuficiencia de provisión para disponibilidades por Bs. 352.577,originado principalmente por el ajuste de diferencial cambiario de la cuentacorriente mantenida en el Banco Europaeisch Iranische.

4. Inversiones en Títulos Valores

Las inversiones en títulos valores de deuda y otras han sido clasificadas en losestados financieros de acuerdo con la intención de la Gerencia. Al 31 dediciembre y 30 de junio de 2011, las inversiones en títulos valores compren-den lo siguiente, expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Inversiones:Colocaciones en el Banco Central

de Venezuela y OperacionesInterbancarias (Nota 4.1) 55.000.000 25.000.000

Mantenidas hasta su vencimiento(Nota 4.2) 41.886.090 45.360.483

Inversiones en otros títulos valores(Nota 4.3) 5.135.631 1.502.780

102.021.721 71.863.263

4.1 El valor según libros de las colocaciones en el Banco Central de Venezue-la y Operaciones Interbancarias presentadas a su valor de realización,expresado en bolívares, es el siguiente:

Valor de Valor Realización_ Nominal _

31 de diciembre de 2011

Operaciones Interbancarias:

Certificados de Ahorro en InstitucionesFinacieras del País:Banco Bicentenario, Banco Universal

C.A., con un valor nominal deBs. 55.000.000, tasa de interés entreel 2% y 3% y plazo para elvencimiento entre 4 y 18 días. 55.000.000 55.000.000

55.000.000 55.000.000

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Valor de Valor Realización_ Nominal _

30 de junio de 2011

Operaciones Interbancarias:

Certificados de Ahorro en InstitucionesFinacieras del País:Banco Bicentenario, Banco Universal

C.A., con un valor nominal deBs. 25.000.000, tasa de interésde 2% y plazo para el vencimientoentre 7 y 8 días. 25.000.000 25.000.000

25.000.000 25.000.000

El resumen por vencimiento de las colocaciones en el Banco Central deVenezuela y operaciones interbancarias, es el siguiente, expresado en bolí-vares:

31 de diciembre de 2011 _ 30 de junio de 2011 _Valor Valor

Costo de razonable Costo de razonable adquisición_ de mercado_ adquisición_ de mercado_

Hasta seis meses 55.000.000 55.000.000 25.000.000 25.000.000 55.000.000 55.000.000 25.000.000 25.000.000

4.2 Las inversiones en títulos valores mantenidas hasta su vencimiento co-rresponden a títulos sobre los cuales el Banco tiene la intención firme y lacapacidad de mantenerlos hasta su vencimiento, el detalle de las mismas,expresado en bolívares, es el siguiente:

Costo ValorValor amortizado/ razonable

nominal _ Valor en libros de mercado31 de diciembre de 2011

Títulos Valores Emitidos oAvalados por la Nación:

Títulos de Interés Fijo 2016,adquirida al 101,99%, conun valor efectivoBs. 20.416.870, con unrendimiento anual del 18%y un plazo para suvencimiento de 1.788 días. 20.000.000 20.377.255 20.377.255

Títulos de Interés Fijo 2017,adquiridos entreel 100,02% y 100,10%,con un valor efectivoBs. 20.011.255, con unrendimiento anual del 18%y un plazo para suvencimiento de 1.888 días. 20.000.000 20.010.385 20.010.385

Bono de la Deuda PúblicaNacional, (Bono Agrícola2012), adquirido al 99,50%,con un rendimiento anualdel 9,10%, con unvencimiento de 262 días. 1.500.000 1.498.450 1.498.450

41.500.000 41.886.090 41.886.090

Costo ValorValor amortizado/ razonable

nominal _ Valor en libros de mercado

30 de junio de 2011

Títulos Valores Emitidoso Avalados por la Nación:

Letras del Tesoro, adquiridaal precio 99,08 %, con unvalor efectivoBs. 9.908.000, con unrendimiento anual del3,1417 % y un plazo parasu vencimiento de 13 días. 10.000.000 9.988.610 9.988.610

Títulos de Interés Fijo 2016,adquirida al 101,99%, conun valor efectivoBs. 20.416.870, con unrendimiento anual del 18%y un plazo para suvencimiento de 1.968 días. 20.000.000 20.416.164 20.416.164

Bono de la Deuda PúblicaNacional, (Bono Agrícola2012), adquirido al 99,50%,con un rendimiento anualdel 9,10%, con unvencimiento de 442 días. 1.500.000 1.497.344 1.497.344

Depósitos a plazo enInstituciones Financierasdel Exterior:

Depósitos a plazo en BancoToseyeh Saderet Irán(Export Development Bankof Irán) por € 2.185.000valuados a una tasa decambio de 6,1594348Bs/€, con un rendimientoentre el 2,24% y 2,27%anual, con plazo para elvencimiento entre 14 y25 días. (Nota 16) 13.458.365 13.458.365 13.458.365

44.958.365 45.360.483 45.360.483

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, las inversiones en títulos valoresmantenidas hasta su vencimiento, se encuentran presentadas y valuadas alcosto amortizado.

Durante los semestres terminados al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco no efectuó transferencias de inversiones mantenidas al vencimiento atítulos valores para negociar, en consecuencia no se obtuvieron ganancias y/o pérdidas por este concepto. Asimismo para los semestres finalizados enesas fechas el Banco no efectuó transferencias de inversiones mantenidas alvencimiento a títulos valores disponibles para la venta.

En fecha 06 de abril de 2009 el Ministerio del Poder Popular para Economíay Finanzas según Resolución DM/N° 2.291 conjuntamente con el Ministeriodel Poder Popular para la Agricultura y Tierras, Resolución DM/N° 0024 2009,y el Ejecutivo Nacional mediante Decreto 6.602 de fecha 2 de abril de 2009,publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°39.152, emiten la resolución mediante la cual se fijan las condiciones para laimputación de Bonos Agrícolas como parte de la cartera de crédito agrariaobligatoria de los Bancos Universales y Comerciales, a tal efecto, el montototal imputable a la cartera de crédito agraria de cada banco comercial yuniversal por concepto de inversiones en los Bonos Agrícolas, podrá serimputado hasta un 15% del total de la respectiva cartera agraria obligatoria.Para los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco mantiene una inversión en Bono Agrícola por Bs. 1.498.450 y Bs.1.497.344, respectivamente, las cuales se encuentran registradas como in-versiones mantenidas a su vencimiento.

Mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-40722 de fecha 2 de diciembre de2011. la SUDEBAN le indicó al Banco que a la fecha no ha remitido la informa-ción solicitada en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-22909, N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26338 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-33545 de fechas 5 y29 de agosto y 19 de octubre de 2011, respectivamente, relativa a la informa-ción solicitada en la Circular N° SIB-II-GGR-GNP-14523 de fecha 26 de mayode 2011, referente al "Requerimiento de Información Sobre la Adecuación delas Instituciones del Sector Bancario al Contenido de la Disposición TransitoriaDecima Segunda del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma

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Parcial de las Instituciones del Sector Bancario", en relación al plan paradesincorporar de sus activos las inversiones en títulos valores distintos a lospermitidos en el citado Decreto. El Banco mediante comunicación N° 17303717de fecha 16 de diciembre de 2011 dio respuesta al Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-33545 de fecha 19 de octubre de 2011 indicando al OrganismoSupervisor que ya se giraron las instrucciones para cancelar los dos (2) certi-ficados de depósitos mantenidos en la institución financiera Banco ToseyehSaderet Irán (Export Development Bank of Irán) por € 2.185.000, a fin de darcumplimiento a la normativa vigente. Al 31 de diciembre de 2011 el Bancocanceló ambos certificados.

El resumen por vencimiento de las inversiones en títulos valores mantenidashasta su vencimiento es el siguiente, expresado en bolívares:

31 de diciembre de 2011_ 30 de junio de 2011 _Valor Valor

Costo razonable Costo razonable amortizado_ de mercado_ amortizado_ de mercado_

Menos de unaño 1.498.450 1.498.450 23.446.975 23.446.975

Entre uno ycinco años 20.377.255 20.377.255 1.497.344 1.497.344

Entre cinco ydiez años 20.010.385 20.010.385 20.416.164 20.416.164

41.886.090 41.886.090 45.360.483 45.360.483

4.3 El valor según libros de los otros títulos valores, presentados a su valor derealización es el siguiente, expresado en bolívares:

Valor deValor realización/ Valor

nominal _ en libros _31 de diciembre de 2011

Obligaciones por fideicomisosde inversión emitidos

por instituciones financieras:Banco Agrícola de Venezuela C.A.,

Banco Universal 1.502.780 (*) 1.542.631Otras obligaciones: Cédulas Hipotecarias emitidas por

el Banco Nacional de Vivienda yHábitat (BANAVIH), con una tasade interés del 2% anual y un plazopara su vencimiento de 3.610días (Nota 5). 3.591.000 3.591.000

Colocaciones en instituciones destinadasal desarrollo del sistema microfinancieroy microempresarial del país:

Certificado de participación emitidopor el Banco de Desarrollo

Económico y Social de Venezuela(BANDES), con una tasa de interés

del 3,75% anual y un plazo parasu vencimiento de 909 días (Nota 5). 2.000 2.000

5.095.780 5.135.631

(*) Valor de realización según estados financieros del fideicomiso al 30 denoviembre de 2011.

Valor deValor realización/ Valor

nominal _ en libros _30 de junio de 2011

Obligaciones por fideicomisosde inversión emitidos

por instituciones financieras:Banco Agrícola de Venezuela C.A.,

Banco Universal 1.502.780 (**) 1.502.780 1.502.780 1.502.780

(**) Valor de realización según estados financieros del fideicomiso al 30 dejunio de 2011.

Las inversiones en otros títulos valores - obligaciones por fideicomisos deinversión por instituciones financieras al 31 de diciembre y 30 de junio de2011, corresponden a Contrato de Fideicomiso celebrado entre el BancoAgrícola de Venezuela C.A., Banco Universal y el Banco Internacional deDesarrollo, C.A., Banco Universal, notariado en fecha 23 de abril de 2010.Este contrato fue celebrado por las partes con la finalidad de dar cumplimientoa la establecido por el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzasen fecha 12 de febrero de 2010, según Resolución DM/N° 2.599 conjunta-mente con el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, Reso-lución DM/N° 012/ 2010, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivarianade Venezuela N° 39.372, de fecha 23 de febrero de 2010. Dicha Resolución

en su "Artículo N° 7", autorizan a las instituciones financieras a efectuar otrascolocaciones a efectos de alcanzar el monto mínimo requerido y alcanzar elporcentaje fijado en el "Artículo N° 3" podrá colocar recursos en la BancaPública o destinarlos al Fondo para el Desarrollo Agrario Socialista.

En fecha 30 de marzo de 2011 el Organismo Supervisor mediante Oficio N°SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-07816, le indicó al Banco que una vez evaluados losestados de cuenta consignados del Fideicomiso mantenido en el Banco Agrí-cola, C.A., Banco Universal de los meses de julio a diciembre de 2010, seevidenció que los recursos que conforman este fideicomiso no están destina-dos a la concesión de créditos al sector agrícola, en este sentido el OrganismoSupervisor ratificó al Banco las observaciones indicadas en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02828 y N° SIB-DSB-CJ-OD-03762 de fechas 11 de ene-ro y 22 de febrero de 2011.

La SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-24271 de fecha 12de agosto de 2011 le indicó al Banco que en atención a su comunicación N°17301820 se encuentra evaluando las consideraciones expuestas por esainstitución financiera concernientes a la inclusión del Fideicomiso mantenidoen el Banco Agrícola de Venezuela, C.A. Banco Universal por Bs. 3.750.000al cierre del segundo semestre de 2010 para el computo en la cartera agraria.En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02683 de fecha 2 de febrero de 2012, elOrganismo Supervisor le notificó al Banco que de la revisión efectuada alcontrato de Fideicomiso suscrito con Banco Agrícola, C.A., Banco Universal,se evidencia incumplimiento a la finalidad del Fideicomiso establecido en lacláusula segunda, la cual indica dar cumplimiento a la Resolución que fija losporcentajes mínimos mensuales y las condiciones aplicables a la cartera decrédito agraria obligatoria para el ejercicio fiscal 2010, emanada conjuntamen-te por el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas y el Ministeriodel Poder Popular para la Agricultura y Tierras, publicada en Gaceta Oficial dela República Bolivariana de Venezuela N° 39.372 del 23 de febrero de 2010,en este sentido el Banco deberá modificar la cláusula cuarta del mencionadocontrato de Fideicomiso o su resolución; así como considerar las observacio-nes señaladas por el Organismo Supervisor en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02828 y N° SIB-DSB-CJ-OD-03762 de fechas 11 de enero y 22 defebrero de 2011, asimismo debe remitir dicha información en un plazo nomayor de veinte (20) días hábiles, contados a partir del 3 de febrero de 2012.

Para los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 elBanco no consideró este fideicomiso como parte de la cartera agrícola.

Al 31 de diciembre de 2011, los Otros Títulos Valores incluyen Bs. 2.000,correspondiente al Certificado de Participación Desmaterializado emitido porel Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), convencimiento en el año 2014, enmarcado en la ejecución de los programas dela "Gran Misión Vivienda Venezuela" (Nota 5).

Al 31 de diciembre de 2011, los Otros Títulos Valores incluyen Bs. 3.591.000,correspondiente a "Valores Hipotecarios Especiales" emitidos por el BancoNacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), con vencimiento en el año 2021,enmarcado en la ejecución de los programas de la "Gran Misión ViviendaVenezuela" (Nota 5).

El Banco controla el riesgo de concentración en inversiones mediante lacreación de mecanismos de aprobación, supervisión y control. El Banco hadirigido sus actividades de inversión principalmente, a depósitos a plazo emi-tidos por instituciones financieras del país. A continuación un detalle de laconcentración de las inversiones en títulos valores:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Certificados de Ahorro en InstitucionesFinancieras del País - BancoBicentenario, Banco Universal, C.A. 53,92% 34,79%

Títulos Valores Emitidos y Avaladospor la Nación - Título de InterésFijo 2016 19,97% 28,41%

Títulos Valores Emitidos y Avaladospor la Nación - Título de InterésFijo 2017 19,61% 0,00%

Cédula Hipotecaria Banco Nacionalde Vivienda y Hábitat (BANAVIH) 3,52% 0,00%

Contrato de Fideicomiso BancoAgrícola, C.A., Banco Universal 1,51% 2,09%

Títulos Valores Emitidos y Avaladospor la Nación - Bono Agrícola 2012 1,47% 2,08%

Certificado de Participación Banco deDesarrollo Económico y Social deVenezuela (BANDES) 0,00% 0,00%

Títulos Valores Emitidos y Avaladospor la Nación - Letras del Tesoro 0,00% 13,90%

Depósitos a Plazo en InstitucionesFinancieras del Exterior- ExportDevelopment Bank of Irán 0,00% 18,73%

100,00% 100,00%

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Las Inversiones en Títulos Valores al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011,se encuentran custodiadas de acuerdo con el siguiente detalle, expresado enbolívares:

31 de 31 dediciembre diciembre 30 de junio 30 de junio

de 2011 _ de 2011_ de 2011 _ de 2011_

Custodia propia -Bóveda 60.135.631 58,94% 26.502.780 36,88%

Banco Central deVenezuela 41.886.090 41,06% 31.902.118 44,39%

Banco ToseyehSaderet Irán (ExportDevelopment Bankof Irán) - 0,00% 13.458.365 18,73%

102.021.721 100,00% 71.863.263 100,00%

En fecha 29 de diciembre de 2011, el BCV en circular Nº VOI-034-2011informó a las instituciones financieras lo siguiente:

1. Las instituciones bancarias, públicas o privadas regidas por el Decretocon Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley deInstituciones del Sector Bancario deberán transferir en custodia simple alBCV, antes del 10 de enero de 2012, las posiciones en títulos o valoresfísicos denominados en moneda nacional o extranjera, emitidos o avaladospor la República o por empresas del Estado, que mantengan en carterapropia o de terceros, fideicomisos y garantías.

2. Las posiciones de acciones de empresas del Estado, que mantengan encartera propia o de terceros, fideicomisos y garantías las institucionesbancarias públicas o privadas regidas por el Decreto con Rango, Valor yFuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del SectorBancario en cuentas en la Caja Venezolana de Valores, deberán sertransferidas a la custodia del BCV a partir del 10 de enero de 2012 ydeberá concluir antes del 31 de enero de 2012.

3. El proceso de transferencia al BCV de la custodia de las posiciones entítulos o valores denominados en moneda extranjera emitidos o avaladospor la República o por empresas del estado distintos a los indicados en elpunto 1, que mantengan en cartera propia o de terceros, fideicomisos ygarantías las instituciones bancarias públicas o privadas regidas por elDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario, se está ejecutando de manera pro-gresiva, y conforme a las particularidades presentadas, por lo que elproceso de transferencia de la custodia en referencia concluirá una vez senotifique a cada una de las instituciones bancarias los términos y condicio-nes de la misma, en atención a la culminación de los ajustes a las herra-mientas informáticas correspondientes.

4. La transferencia de la custodia de las posiciones de los títulos a los que serefiere los numerales 1 y 2, que mantengan las instituciones bancariaspúblicas o privadas regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza deLey de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario conposterioridad a las fechas en dichos numerales indicadas, serán transfe-ridas de manera inmediata al BCV conforme a los términos en aquellosseñalados, según corresponda.

De lo anterior el Banco para el semestre finalizado el 31 de diciembre de 2011,realizó las modificaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecidoen el Artículo 53 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de ReformaParcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco no requiere provisión paralas inversiones en títulos valores.

5. Cartera de Créditos

El Banco para el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 presenta saldos porconcepto de cartera de créditos los cuales se componen de la siguientemanera, en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Por Tipo de Actividad Económica:Establecimientos financieros, seguros,

bienes inmuebles servicios prestadosa empresas 7.155.380 7.600.500

Agrícola, pesquera y forestal 10.838.615 11.773.005Comercio mayor y detal, restaurantes

y hoteles 15.734.596 10.018.210Transporte, almacenamiento y

comunicaciones 4.109.737 4.690.770Servicios comunales sociales

y personales 459.194 463.576Industria manufacturera 11.605.503 15.050.404Actividades no especificadas 2.049.862 1.394.697Construcción 2.600.000 5.849.334

54.552.887 56.840.496Provisión para cartera de créditos (16.833.508) (20.387.836)

37.719.379 36.452.660Por Tipo de Garantía:

Prendaria 1.937.305 2.991.752Prenda sin desplazamiento 1.487.960 113.888Fianzas 9.063.507 2.383.208Hipotecaria 41.386.400 36.743.652Aval 195.784 10.203.719Otro tipo de garantía 481.931 4.404.277

54.552.887 56.840.496Por Categoría de Riesgo:

Normal 33.337.361 30.786.630Potencial 3.924.160 2.158.223Real 690.012 1.137.275Alto riesgo 1.876.946 4.426.787Irrecuperable 14.724.408 18.331.581

54.552.887 56.840.496Por Tipo de Crédito:

En cuotas 22.651.893 20.193.016A plazo 400.000 4.525.000Agrícola 7.504.846 8.192.481Turismo 550.400 701.652Manufactura 5.401.946 4.442.568Consumo 3.471.757 4.092.897Hipotecarios 8.660.674 7.907.474Cartas de créditos 4.250.467 4.404.279En cuotas- Microempresarios 1.660.904 2.381.129

54.552.887 56.840.496Por Vencimiento:

Hasta 30 días 6.862.892 12.983.241De 31 a 60 días 3.000.000 -De 61 a 90 días 159.518 1.841.403De 91 a 180 días 2.026.773 531.762De 181 a 360 días 7.494.985 4.182.015Mayores de 360 días 35.008.719 37.302.075

54.552.887 56.840.496

El movimiento de la provisión para cartera de créditos, es el siguiente expresa-do en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Saldo al inicio del semestre 20.387.836 11.074.583Más: Constitución de provisión

del semestre 2.295.672 9.664.847 Transferencia de la cuenta

provisión por rendimientospor cobrar por cartera decréditos (Nota 6) 268.627 -

Menos: Liberación de provisión paracartera de créditos (6.118.627) (351.594)

Saldo al final del semestre 16.833.508 20.387.836

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Durante el semestre terminado el 31 de diciembre de 2011, el Banco efectuóliberaciones de provisión de cartera de créditos por Bs. 6.118.627 y remitió ala Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario comunicacionesN° 17303720 y N° 17303759 de fechas 14 y 30 de diciembre de 2011,acompañada de los soportes necesarios para notificar las liberaciones efec-tuadas. Asimismo, durante el semestre terminado el 30 de junio de 2011, elBanco efectúo liberaciones de provisión de cartera de créditos por Bs. 351.594.En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-07816 del 30 de marzo de 2011, elOrganismo Supervisor indicó al Banco, que no debe efectuar liberaciones deprovisión genérica ni específica sin autorización de dicho Organismo. Al 31 dediciembre y 30 de junio de 2011, la liberación de provisión de cartera decrédito efectuada por Bs. 6.118.627 y Bs. 351.594, respectivamente, se pre-senta en el estado de resultados en la cuenta ingresos por recuperaciones deactivos financieros.

Durante los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 elBanco recuperó Bs. 314.637 y Bs. 4.879.485, respectivamente de cartera decréditos mediante la adjudicación de otros bienes recibidos en pago - activosbiológicos y bienes inmuebles, respectivamente (Nota 7).

La SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fecha 30de junio de 2011, informó al Banco los resultados obtenidos de la inspeccióngeneral efectuada con fecha de corte del 31 de marzo de 2011 a continuaciónalgunos de los resultados señalados: Insuficiencia de provisión para carterade créditos y sus rendimientos por cobrar por Bs. 6.510.496 y Bs. 213.871,respectivamente; y asuntos referentes a control interno y algunas disposicio-nes legales. Mediante Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26638 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-28465 de fechas 29 de agosto y 12 de septiembre de2011, respectivamente, la SUDEBAN notificó al Banco que se encuentra a laespera de la información solicitada en los Oficios No. SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26338 de fechas 30 de junio y 29 deagosto de 2011, respectivamente. El Banco en fecha 16 de septiembre de2011 mediante comunicación N° 17302930 enviada al Organismo Supervisordio respuesta a los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-28465 de fechas 30 de junio y 12 de septiembre de 2011,respectivamente.

En fecha 24 de noviembre de 2011 mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-39296 el Organismo Supervisor informó sus observaciones de las comunica-ciones enviadas por el Banco N° 17302930 y N° 17303490 de fechas 19 deseptiembre y 27 de octubre de 2011, mediante el cual el Banco dio respuestaa los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-31208 del 30 de junio y 29 de septiembre de 2011, contentivos de los resul-tados obtenidos de la inspección general efectuada con fecha de corte del 31de marzo de 2011, en lo relativo a cartera de créditos; así como la evaluaciónde recaudos para la Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada el30 de septiembre de 2011, específicamente en los puntos relacionados con ladisminución de la clasificación de riesgo de algunos deudores de la cartera decrédito, el Organismo Supervisor una vez evaluada la información y sus consi-deraciones indica que no considera viable la solicitud de reducir los porcenta-jes de riesgo, los cuales fueron determinados en la inspección general efec-tuada con fecha de corte del 31 de marzo de 2011, asimismo le indica quedebe realizar las correcciones sugeridas y enviar para su evaluación la docu-mentación solicitada en dicho Oficio. En fecha 2 de febrero de 2012 el Bancomediante comunicación N° 17300463 dio respuesta a las observaciones indi-cadas por el Organismo Supervisor en Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-39296de fecha 24 de noviembre de 2011.

Durante los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco no efectuó compras o ventas de créditos.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco ha otorgado créditosmediante la modalidad de Cartas de Crédito por Bs. 4.250.467 y Bs. 4.404.279,respectivamente a un mismo deudor los cuales representan el 7,79% y 7,75%respectivamente de la cartera de crédito bruta. La SUDEBAN, en Oficio NºSBIF-DSB-II-GGI-GI8-11960 de fecha 6 de agosto de 2009, autoriza al BancoInternacional de Desarrollo, C.A., Banco Universal a otorgar créditos con re-cursos provenientes de la Cooperación Internacional entre la República Islámicade Irán y la República Bolivariana de Venezuela, enmarcado en las líneasestratégicas de la Ley Aprobatoria del Acuerdo Marco de Cooperación firmadoentre ambos gobiernos en fecha 31 de agosto de 2004, publicado en laGaceta Oficial Nº 5.762 Extraordinario de fecha 01 de marzo de 2005, a unasola persona natural o jurídica por cantidades que exceden en su totalidad del10% del patrimonio del Banco.

La SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26833 de fecha 31de agosto de 2011, informó al Banco los resultados obtenidos de la inspec-ción especial efectuada con fecha de corte del 31 de mayo de 2011 relativa ala evaluación de las carteras de créditos dirigidas a los sectores agrícola,manufacturero, microcréditos y turismo; a continuación algunos de los resulta-dos señalados: limitaciones en el alcance, ausencia de documentación, asun-tos referentes a control interno y algunas disposiciones legales, en dichoOficio se le indico al Banco que tenia un lapso no mayor de diez (10) díashábiles contados a partir del 2 de septiembre de 2011. Mediante Oficio N°SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-32588 de fecha 11 de octubre de 2011 el Organismo

Supervisor indicó al Banco que no ha recibido respuesta; así como la docu-mentación soporte requerida en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26833de fecha 31 de agosto de 2011, la cual debió ser remitida en fecha 19 deseptiembre de 2011. A la fecha de elaboración de este informe el Banco noha dado respuesta a la correspondencia enviada por el Organismo Supervi-sor.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco mantiene créditos destina-dos a microempresarios los cuales representan el 2,92% (Bs. 1.660.904) y4,00% (Bs. 2.381.129) respectivamente. El porcentaje requerido de acuerdocon la normativa legal es del 3% del monto de la cartera crediticia bruta alcierre del ejercicio semestral anterior.

El Banco tomando en consideración lo establecido en la Resolución Nº 09-12-01 del 29 de diciembre de 2009, en relación al porcentaje que deberándestinar los Bancos Comerciales y Universales al financiamiento de la activi-dad manufacturera, mantiene destinados al 31 de diciembre y 30 de junio de2011, Bs. 5.401.946 y Bs. 4.442.568, que representa el 9,08% y 7,47%respectivamente, calculados sobre la base del total de la cartera de créditosbruta anual anterior. El porcentaje requerido de acuerdo con la normativalegal deberá aumentar hasta alcanzar, al menos, 10% de la cartera de crédi-tos bruta del 31 de diciembre de 2011 y 2010, al cierre del segundo semestrede 2011 y 2010, respectivamente.

Mediante Oficio N° SBI-II-CCD-23727 de fecha 10 de agosto de 2011, laSUDEBAN notificó al Banco la tendencia al incumplimiento con el porcentajeestimado para la cartera de crédito dirigida al sector de manufactura, y loinstruye a incrementar el otorgamiento de créditos al sector manufacturero,con el fin de lograr la meta de participación de cumplimiento al cierre delsegundo semestre de 2011.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco mantiene créditos destina-dos al Sector Agrícola, los cuales representan el 15,77% (Bs. 9.003.296) y16,97% (Bs. 9.689.825), respectivamente, el porcentaje requerido de acuer-do con la normativa legal es del 24% para ambos semestres, sobre la carteracrediticia promedio de los dos últimos ejercicios anuales anteriores.

En Oficio Nº SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02828 del 11 de febrero de 2011, laSUDEBAN informó al Banco que el monto fideicometido que podrá imputarseal porcentaje de la cartera agraria, será el desembolso efectivo que se mate-rialice mediante los préstamos otorgados al sector agrario. Asimismo, solicitala remisión de los estados de cuentas del fideicomiso para los meses de julioa diciembre 2010. Posteriormente en Oficio Nº SIB-DSB-CJ-OD-03762 del 23de febrero de 2011, el Organismo Supervisor informa al Banco que deberáprobar que las cantidades que integran el Fondo Fiduciario, son dedicadasespecíficamente al otorgamiento de créditos agrarios, de acuerdo a lo esta-blecido en el artículo N° 6 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley deCrédito para el Sector Agrario, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinario dela República Bolivariana de Venezuela N° 5.890 de fecha 31 de julio de 2008;adicionalmente dicho Oficio señala que de acuerdo con lo establecido en laResolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular de Planificación yFinanzas y para la Agricultura y Tierras, publicada en la Gaceta Oficial de laRepública Bolivariana de Venezuela Nº 39.372 de fecha 23 de febrero de2010, relativa a los porcentajes mínimos mensuales y las condiciones aplica-bles a la cartera de créditos agraria obligatoria para el ejercicio fiscal 2010,establece en su artículo N° 7 la posibilidad a los bancos comerciales y univer-sales de alcanzar el monto mínimo requerido en la cartera agraria a través dela colocación de los recursos en la Banca Pública o destinarlos al Fondo parael Desarrollo Agrario Socialista, "siempre que dichas operaciones garanticencomo finalidad la concesión de créditos agrarios por parte del organismoreceptor, dentro de los términos y condiciones aprobadas por el Comité deSeguimiento de la cartera de Créditos Agraria". Con fechas 1 y 9 de marzo de2011, el Banco dio respuesta a los Oficios antes señalados.

En fecha 30 de marzo de 2011 el Organismo Supervisor mediante Oficio N°SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-07816, le indicó al Banco que una vez evaluados losestados de cuenta consignados del Fideicomiso mantenido en el Banco Agrí-cola, C.A., Banco Universal de los meses de julio a diciembre de 2010, seevidenció que los recursos que conforman este fideicomiso no están destina-dos a la concesión de créditos al sector agrícola, en este sentido el OrganismoSupervisor ratificó al Banco las observaciones indicadas en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02828 y N° SIB-DSB-CJ-OD-03762 de fechas 11 de fe-brero y 23 de febrero de 2011.

El Banco para los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de2011 no incluye dentro del porcentaje mantenido de cartera de créditos agrí-cola el contrato de Fideicomiso suscrito con el Banco Agrícola de Venezuela,C.A., Banco Universal, debido a que a la fecha no se han otorgado créditos através de este fideicomiso.

De acuerdo con la normativa vigente al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011,el número de nuevos prestatarios de la cartera agrícola, deberá incrementarseen un 30% para personas naturales, con respecto al total de prestatarios, dela cartera agrícola correspondiente al cierre del año inmediato anterior. Paralos semestres finalizados a esas fechas el Banco no cumplió con esta dispo-sición.

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En fecha 19 de julio de 2011, el Ministerio del Poder Popular para la Vivienday Hábitat, publicó la Resolución No. 103, publicada en la Gaceta Oficial de laRepública Bolivariana de Venezuela Nº 39.716, en la cual se establece elporcentaje mínimo de la cartera bruta anual que deben mantener las institu-ciones financieras obligadas a conceder créditos hipotecarios destinados a laadquisición y construcción de vivienda principal y se establece la distribuciónque deberá mantenerse por la mencionada cartera. Para el semestre finaliza-do el 31 de diciembre de 2011, el Banco no mantiene el porcentaje mínimorequerido en la distribución que debe mantener como cartera hipotecaria enlas categorías a corto y largo plazo.

El Banco tomando en consideración lo establecido en la Ley de ReformaParcial del Decreto Nº 1.534 con Fuerza de Ley Orgánica de Turismo y lasResoluciones emitidas por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, enrelación al porcentaje que deberán destinar los Bancos Comerciales y Univer-sales al financiamiento del Sector Turismo, mantiene destinados al 31 dediciembre y 30 de junio de 2011, Bs. 550.400 y Bs. 701.652, que representanel 0,96%, y 1,23%, respectivamente, calculados sobre la base del total delpromedio de la cartera de créditos bruta anuales anteriores, siendo el porcen-taje requerido según la normativa legal vigente 3% y 1,5%, para cada períodorespectivamente.

En fecha 27 de agosto de 2009, la Asamblea Nacional decreta, la Ley deCrédito para el Sector Turismo publicada en la Gaceta Oficial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela N° 39.251 en la cual establece entre otros aspec-tos:

Artículo 3: Para garantizar el objeto del Decreto con Rango, Valor y Fuerza deLey Orgánica de Turismo y asegurar el desarrollo del turismo interno, el Ejecu-tivo Nacional, por Órgano del Ministerio del Poder Popular con competenciaen materia de Turismo, fijará dentro del primer mes de cada año, medianteresolución, el porcentaje de crédito que cada uno de los bancos comercialesy universales destinarán al sector turismo, el cual en ningún caso podrá sermenor del dos coma cinco por ciento (2,5%), ni mayor del siete por ciento (7%)de la cartera de crédito. En el porcentaje de crédito destinado al sectorturismo deben estar incluidos los créditos a corto, mediano y largo plazo.

Artículos 7 y 12: Para dar cumplimiento a lo estipulado en la presente Ley, seestablece la clasificación y distribución de la Cartera Turística, por segmentosde acuerdo a las características de los solicitantes de créditos:

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, la totalidad de los créditos otorgadospor el Banco dirigidos al sector agrícola son considerados a corto plazo, yaque el plazo de vencimiento de los mismos va entre 6 meses y 5 años, paraambos semestres.

En fecha 5 de octubre de 2011 la SUDEBAN en Oficio N° SBI-DSB-CJ-PA-31898 notificó al Banco que para el segundo trimestre del año 2011 presun-tamente el mismo no cumplió con la distribución porcentual establecida en elArtículo 4 de la Resolución conjunta N° 2992 de los Ministerios del PoderPopular para la Economía y Finanzas y del Poder Popular para la Agriculturay Tierras, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Vene-zuela N° 39.627 de fecha 2 de marzo de 2011. A la fecha de elaboración deeste informe el Banco no ha dado respuesta a la correspondencia enviada porel Organismo Supervisor.

Mediante Oficio N° SBI-DSB-CJ-PA-32649 de fecha 13 de octubre de 2011 laSUDEBAN notificó al Banco que durante los meses de mayo, junio, julio yagosto de 2011, presuntamente no destinó la participación requerida para elfinanciamiento y desarrollo del sector agrario del país, incumpliendo con lacolocación de recursos exigidos conforme a lo previsto en el Artículo 3 de laResolución conjunta N° 2992 de los Ministerios del Poder Popular para laEconomía y Finanzas y del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, publi-cada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.627de fecha 2 de marzo de 2011. Asimismo en Oficio N° SBI-DSB-CJ-PA-19307de fecha 8 de julio de 2011 la SUDEBAN notificó al Banco que durante losmeses de febrero, marzo y abril de 2011, presuntamente no destinó la partici-pación requerida para el financiamiento y desarrollo del sector agrario delpaís, incumpliendo con la colocación de recursos exigidos conforme a loprevisto en la normativa vigente. A la fecha de elaboración de este informe elBanco no ha dado respuesta a la correspondencia enviada por el OrganismoSupervisor.

Al 31 de diciembre de 2011, el Banco mantiene créditos hipotecarios por Bs.9.974.505, distribuidos en Bs. 6.381.505 de créditos hipotecarios otorgadoscon recursos propios y Bs. 3.593.000 correspondiente a inversiones en otrostítulos valores adquiridas bajo la modalidad de cedulas hipotecarias emitidaspor el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) por Bs. 3.591.000 ycertificados de participación emitido por el Banco de Desarrollo Económico ySocial de Venezuela (BANDES) por Bs. 2.000, ambos instrumentosenmarcados en la ejecución de los programas de la "Gran Misión ViviendaVenezuela" (Nota 4.3). Para el semestre finalizado el 31 de diciembre de2011 el Banco mantiene créditos hipotecarios otorgados y destinados a laadquisición y construcción de vivienda principal, que representan el 16,77%otorgados en el año sujeto a medición, calculado sobre la base del total de lacartera de créditos bruta al cierre anual anterior, sobre los cuales los Bancosdeberán alcanzar el porcentaje requerido anualmente. Mientras que para elsemestre finalizado el 30 de junio de 2011 el Banco mantiene Bs. 7.907.474,que representan el 13,29%, de los créditos hipotecarios otorgados y destina-dos a la adquisición y construcción de vivienda principal.

A continuación detallamos la composición de la cartera de créditos destinada al Sector Turístico mantenida por el Banco, expresada en bolívares:

Al 31 de diciembre de 2011 _% Requerido al

31/12/2011 Requerido % Mantenido Cartera de Créditos (Art. 7) _ (Art. 8) _ Bs. _ % Mantenido Por Segmento Mantenido Bs.

Segmento A(Ejercicio de la Actividad Económica, con montos

facturados por año fiscal inferior a 20.000 U.T.) 40,00% 342.599 127,24% 79,20% 435.918

Segmento B(Ejercicio de la Actividad Económica, con montos

facturados por año fiscal igual o superior a20.000 U.T. y menor a. 100.000 U.T) 35,00% 299.774 38,19% 20,80% 114.482

Segmento C(Ejercicio de la Actividad Económica, con montos

facturados por año fiscal igual o superior a. 100.000 U.T) 25,00% 214.124 0,00% 0,00% -Total 100,00% 856.497 165,43% 100,00% 550.400

Al 30 de junio de 2011 _% Requerido al

30/06/2011 Requerido % Mantenido Cartera de Créditos (Art. 7) _ (Art. 8) _ Bs. _ % Mantenido Por Segmento Mantenido Bs.

Segmento A(Ejercicio de la Actividad Económica, con montos

facturados por año fiscal inferior a 20.000 U.T.) 40,00% 342.599 146,70% 71,63% 502.609

Segmento B(Ejercicio de la Actividad Económica, con montos

facturados por año fiscal igual o superior a 20.000 U.T.y menor a. 100.000 U.T) 35,00% 299.774 66,40% 28,37% 199.043

Segmento C(Ejercicio de la Actividad Económica, con montos

facturados por año fiscal igual o superior a. 100.000 U.T) 25,00% 214.124 0,00% 0,00% -Total 100,00% 856.497 213,10% 100,00% 701.652

(*) Distribución de la cartera de créditos, de acuerdo a la Ley de Crédito para el Sector Turismo publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana deVenezuela N° 39.251, en fecha 27 de agosto de 2009.

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Mediante Oficio N° SBI-II-CCD-23726 de fecha 10 de agosto de 2011, laSUDEBAN notificó al Banco la tendencia al incumplimiento con el porcentajeestimado para la cartera de crédito dirigida al sector turismo, y lo instruye aincrementar el otorgamiento de créditos al sector turismo, con el fin de lograr lameta de participación de cumplimiento al cierre del segundo semestre de2011.

A continuación indicamos el número de deudores y la cantidad de créditosotorgados de las carteras dirigidas al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011:

31 de diciembre de 2011 _ 30 de junio de 2011 _Número Cantidad de Número Cantidad de

de Créditos Monto de Créditos MontoCartera Dirigida Deudores Otorgados en Bs. _ Deudores Otorgados_ en Bs. _Microcréditos 9 12 1.660.904 10 12 2.381.129Hipotecaria 24 24 6.381.505 23 23 7.907.474Agrícola 33 33 7.504.846 39 40 8.192.481Manufacturera 3 4 5.401.946 4 5 4.442.568Turística 2 3 550.400 2 5 701.652

71 76 21.499.601 78 85 23.625.304

Para los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 elBanco no presenta activos relacionados a la cartera de crédito, afectados porlas lluvias e inundaciones, ocurridas durante los meses de noviembre y diciem-bre de 2010. Asimismo para los semestres finalizados en esas fechas elBanco no presenta créditos con empresas o personas que hayan sido sujetode expropiaciones.

El Banco mantiene un ambiente de control que incluye políticas y procedi-mientos para la determinación de los riesgos crediticios por cliente y por sectoreconómico.

A continuación se detalla la concentración de la cartera de créditos por activi-dad económica:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Establecimientos financieros, seguros,bienes inmuebles servicios prestadosa empresas 13,12% 13,37%

Electricidad, Gas y Agua 0,00% 0,00%Agrícola, pesquera y forestal 19,87% 20,71%Comercio mayor y detal, restaurantes

y hoteles 28,84% 17,63%Transporte, almacenamiento y

comunicaciones 7,53% 8,25%Servicios comunales sociales y

personales 0,84% 0,82%Industria manufacturera 21,27% 26,48%Actividades no especificadas 3,76% 2,45%Construcción 4,77% 10,29%

100,00% 100,00%

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco no mantiene créditosindexados y créditos con cuota balón.

6. Intereses y Comisiones por Cobrar

El detalle de los intereses y comisiones por cobrar es el siguiente, expresadoen bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Rendimientos por cobrar porinversiones en títulos valores:Por colocaciones en el Banco

Central de Venezuela yoperaciones interbancarias 38.983 10.278

Mantenidas hasta su vencimiento 595.688 346.400 634.671 356.678

Rendimientos por cobrar porcartera de crédito: 1.751.702 1.453.763

Otras cuentas por cobrar 3.331 1.673 1.755.033 1.455.436

Provisión para rendimientos porcobrar y otros (706.183) (974.810)

1.683.521 837.304

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 el Banco dejó de reconocer interesescomo ingresos por créditos vencidos y en litigio por Bs. 5.483.888 y 4.153.122,respectivamente, los cuales se registraron en Cuentas de Orden - Rendimien-tos por Cobrar. Asimismo, durante los semestres finalizados en esas fechas elBanco cobró Bs. 1.330.767 y Bs. 702.517, respectivamente, sobre los montosmantenidos como diferidos en semestres anteriores.

Al 31 de diciembre de 2011 la Cartera de Créditos, incluye créditos vencidos yen litigio por Bs. 10.585.450 y 6.248.058, respectivamente; Mientras que parael semestre finalizado el 30 de junio de 2011, la Cartera de Créditos, incluyecréditos vencidos y el litigio por Bs. 9.584.774 y 10.352.360, sobre los cualesel Banco no acumula intereses, de acuerdo a lo establecido por la SUDEBAN.

El movimiento de la provisión para intereses y comisiones por cobrar, es elsiguiente expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Saldo al inicio del semestre 974.810 687.924Más: Aumento de provisión

del semestre - 473.313Menos: Liberación de provisión - (186.427)

Transferencia efectuada a lacuenta provisión de carterade crédito (Nota 5) (268.627) -

Saldo al final del semestre 706.183 974.810

Durante el semestre finalizado el 30 de junio de 2011, el Banco efectúoliberaciones de provisión de interés y comisiones por cobrar por cartera decréditos por Bs. 186.427, sin la previa autorización de la SUDEBAN, dichomonto se presenta en el estado de resultados en la cuenta ingresos porrecuperaciones de activos financieros.

7. Bienes Realizables

El detalle de los Bienes Realizables es el siguiente expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Bienes recibidos en pagos - Bienesinmuebles 4.880.985 4.879.485

Otros bienes recibidos en pago 314.637 - 5.195.622 4.879.485

Apartado de bienes realizablesrecibidos en pago (1.485.665) -

3.709.957 4.879.485

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, los bienes recibidos en pagos -bienes inmuebles corresponden a tres (3) locales comerciales ubicados en elestado Miranda en la Estación Comercial Matalinda (Charallave-Ocumare delTuy y Cantarrana), por Bs. 4.879.485 (Nota 5). Asimismo al 31 de diciembrede 2011 los bienes recibidos en pagos - bienes inmuebles incluyen Bs. 1.500correspondientes al gasto incurrido por el avalúo practicado a los bienesinmuebles recibidos en pago.

La SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15781 de fecha 8de junio de 2011, informó al Banco las observaciones de la revisión efectuadade la documentación consignada por el Banco Nros. 17301030 y 17301369de fechas 27 de abril y 25 de mayo de 2011, respectivamente, referente a losbienes recibidos en recuperación de un crédito, al respecto el OrganismoSupervisor le informó al Banco que existe una sobreestimación en el registrode los bienes realizables por Bs. 3.323.024, ya que de acuerdo al informe deavalúo el valor de dichos bienes es de Bs. 1.501.020; para los semestresfinalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 el Banco presenta unasobreestimación de bienes realizables por Bs. 339.299 y Bs. 337.799, respec-tivamente.

En Oficio emitido por la SUDEBAN N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-19922, de fe-cha 15 de julio de 2011, se informa al Banco que dicho Organismo no harecibido la información correspondiente a la documentación solicitada y ajustea realizarse en la cuenta de bienes realizables indicado mediante Oficio N°SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15781 de fecha 8 de junio de 2011. La SUDEBANmediante Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fechas 19 de diciembre de 2011 y 31 de enero 2012,informó al Banco que en atención a sus comunicaciones enviadas N°17303490, N° 17303623, N° 17303631, N° 17303717 y N° 17300023 defechas 27 de octubre, 22 y 24 de noviembre, 19 de diciembre de 2011 y 12 deenero de 2012, respectivamente, relacionadas con las observaciones realiza-das a los recaudos correspondientes a la Asamblea General Ordinaria deAccionistas a celebrada el 30 de septiembre de 2011, con respecto al informede avalúo consignado por el Banco en fecha 15 de noviembre de 2011, seobservó que los bienes realizables - bienes recibidos en pago (bienesinmuebles) presenta una sobreestimación de Bs. 337.799 al 30 de junio de2011, para lo cual le instruye al Banco a fin de solventar la situación antes

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descrita efectuar el ajuste con crédito a la cuenta N° 161 "Bienes recibidos enpago - bienes inmuebles", por lo cual se ratifica la instrucción impartida en elOficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 del 19 de diciembre de 2011, asimis-mo deberá enviar efectuar dicho ajuste y remitir la información en un plazo nomayor a quince (15) días hábiles bancarios, contados a partir de la recepcióndel N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 del 31 de enero de 2012. El Bancomediante comunicación N° 17300625 de fecha 7 de febrero de 2012 solicitóal Organismo Supervisor una prórroga de cuarenta y cinco (45) días paraconsignar la información correspondiente solicitada en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012, a la fecha de elabo-ración de este informe el Banco no ha recibido respuesta del OrganismoSupervisor en relación a la solicitud efectuada.

Al 31 de diciembre de 2011, los otros bienes recibidos en pago correspondena recuperaciones efectuadas de seis (6) créditos agrícolas otorgados por elBanco, dichos créditos se encontraban garantizados con activos biológicos(animales semovientes) (Nota 5).

Para el semestre finalizado el 31 de diciembre de 2011, el Banco registrógastos y apartados de bienes realizables por Bs. 1.485.665, dicho montoincluye un ajuste efectuado por Bs. 337.799 con cargo a la cuenta N° 433.01"Constitución apartado bienes realizables - bienes recibidos en pago", loscuales correspondían a la sobreestimación determinada en el costo o registrode los bienes realizables determinada al cierre del primer semestre de 2011.Durante el semestre finalizado el 30 de junio de 2011, el Banco no registrógastos y apartados de bienes realizables.

Durante los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco no efectuó ventas de bienes realizables.

8. Bienes de Uso

El detalle de los bienes de uso es el siguiente, expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Edificaciones e instalaciones:Edificaciones 4.275.834 4.275.834Obras en ejecución - -

4.275.834 4.275.834Depreciación acumulada (276.149) (222.700)

3.999.685 4.053.134Mobiliario y equipos:

Mobiliario de oficina 611.725 612.022Depreciación acumulada (167.177) (155.777)

444.548 456.245Equipos de computación 276.733 338.383Depreciación acumulada (234.167) (229.225)

42.566 109.158

Equipo de transporte 124.624 124.624Depreciación acumulada (100.076) (87.614)

24.548 37.010 4.511.347 4.655.547

La SUDEBAN mediante Oficio No. SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fecha30 de junio de 2011, informó al Banco los resultados obtenidos de la inspec-ción general efectuada con fecha de corte del 31 de marzo de 2011 en el cualse indica que el Banco mantiene registrados bienes de uso - equipos decomputación por Bs. 60.281, cuyo costo de adquisición individualmente esinferior a las trescientas veinte unidades tributarias (320 U.T.). Durante losmeses de julio y septiembre de 2011 el Banco efectuó ajustes en las cuentasequipos de computación y mobiliario y equipos de oficina por Bs. 61.650 y Bs.25.150, respectivamente. Mediante Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26638y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-28465 de fechas 29 de agosto y 12 de septiem-bre de 2011, respectivamente, la SUDEBAN notificó al Banco que se encuen-tra a la espera de la información solicitada en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26338 de fechas 30 de junio y29 de agosto de 2011, respectivamente. El Banco en fecha 16 de septiembrede 2011 mediante comunicación N° 17302930 enviada al Organismo Super-visor dio respuesta a los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-28465 de fechas 30 de junio y 12 de septiembre de 2011,respectivamente.

En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-39296 del 24 de noviembre de 2011, laSUDEBAN le solicita al Banco remita el comprobante contable con el ajusteefectuado en el rubro bienes de uso por Bs. 60.281, así como la documenta-ción soporte correspondiente. En fecha 2 de febrero de 2012 el Bancomediante comunicación N° 17300463 dio respuesta a las observaciones indi-cadas por el Organismo Supervisor en Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-39296de fecha 24 de noviembre de 2011.

Durante los semestres terminados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco no adquirió bienes de uso bajo contrato de arrendamiento u otrosfinanciamientos.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, las edificaciones corresponden alasiento de la agencia principal del Banco, la cual se encuentra registrada enla Notaria Pública 7ma del Municipio Chacao Estado Miranda.

Los cambios en la depreciación acumulada de los bienes de uso son lossiguientes, expresados en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Saldo al inicio del semestre 695.316 553.273Gasto de depreciación 124.546 146.048Otros 11.514 -Retiros de equipos de computación

y mobiliario y equipos de oficina (53.807) -Equipos de computación adquiridos

inferiores a las 320 U.T. (*) - (4.005)Saldo al final del semestre 777.569 695.316

(*) Unidades Tributarias

Durante los semestres terminados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco no efectuó ventas de bienes de uso, por lo que no se reconocieronganancias o pérdidas por este concepto.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco no posee activos totalmen-te depreciados.

9. Otros Activos

El detalle de los otros activos es el siguiente, expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Gastos diferidos 384.376 237.132Partidas por aplicar - 193.963Títulos valores vencidos (Nota 21) 22.805.625 22.805.625Varios 1.755.793 1.134.296

24.945.794 24.371.016Provisión para otros activos (499.587) (305.625)

24.446.207 24.065.391

El detalle de los gastos diferidos es el siguiente, expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Software 1.702.865 1.702.865Licencias 755.044 419.931

2.457.909 2.122.796Amortización acumulada (2.073.533) (1.885.664)

384.376 237.132

Durante los semestres terminados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco registró gastos por amortización de gastos diferidos por Bs. 187.869 yBs. 272.583, respectivamente.

El detalle de otros activos - varios es el siguiente, expresado en bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Otras cuentas por cobrar varias 285.496 403.194Otros impuestos pagados

por anticipado 230.442 225.675Erogaciones recuperables 798.956 284.457Indemnizaciones reclamos

por siniestros 171.462 -Otros gastos pagados por anticipado 269.437 220.970

1.755.793 1.134.296

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, los otros gastos pagados poranticipados incluyen Bs. 201.684 y Bs. 70.861, respectivamente correspon-dientes a pólizas de seguro al personal (HCM); Bs. 53.956 y Bs. 48.255,respectivamente correspondientes a servicios de swift. Para el semestre fina-lizado el 30 de junio de 2011, los otros gastos pagados por anticipadosincluyen Bs. 58.850 correspondientes a diversos alquileres cancelados poranticipado.

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Al 31 de diciembre de 2011, las erogaciones recuperables corresponden aanticipos de honorarios profesionales por servicio de asesoría legal para larecuperación de los créditos otorgados a las empresas Bitucorp, C.A. (clasifi-cados como créditos en litigio, excepto la carta de crédito por Bs. 1.398.357,el cual se incluye como créditos vigentes), Inversiones 13 y Medio, C.A. (clasi-ficados como créditos reestructurados), Agropecuaria Costhacam, C.A. (elcual posee tres (3) créditos de los cuales dos (2) están clasificados comocréditos vencidos y uno (1) como créditos vigentes) y Truck Services, C.A.(dicho crédito fue cancelado por el cliente en noviembre de 2011). Al 30 dejunio de 2011, las erogaciones recuperables corresponden a anticipos dehonorarios profesionales.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, las otras cuentas por cobrar variasincluyen Bs. 122.837 y Bs.228.916 correspondientes a sueldos y salarios,respectivamente y Bs. 105.900 y Bs. 156.500 correspondientes a alquileresde inmuebles, respectivamente.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 los otros impuestos pagados poranticipado por Bs. 230.442 y Bs. 225.675, respectivamente corresponden alimpuesto municipal sobre actividades económicas cancelado al municipioChacao.

Durante el semestre finalizado el 31 de diciembre de 2011, el Banco decidióreclasificar a la cuenta indemnizaciones por reclamos de siniestros Bs. 193.962correspondientes a las partidas por aplicar - faltantes de caja mantenidas al 30de junio de 2011 en la cuenta N° 276.99 "Otras partidas por aplicar". Asimis-mo durante el semestre finalizado el 31 de diciembre de 2011, el Banco recibióde la compañía de seguro un pago parcial por Bs. 22.500 producto de sinies-tros declarados por este concepto. Al 31 de diciembre de 2011 el Bancodecidió constituir provisiones para otros activos provenientes de lasindemnizaciones por reclamos de siniestros por Bs. 193.962.

Durante el semestre finalizado el 31 de diciembre de 2010, el Banco reclasificólos certificados de depósitos a plazo mantenidos en la institución financieraBanco Federal, C.A. (en proceso de liquidación) por Bs. 22.500.000, presen-tados como inversiones de disponibilidad restringida a la cuenta otros activos- títulos valores vencidos y Bs. 305.625 correspondientes a la reclasificaciónde los intereses vencidos producto de dicha inversión.

En Oficios Nº SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-17631; recibido por el Banco en fecha13 de septiembre de 2010 y SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-23986 de fecha 16 denoviembre de 2010; la SUDEBAN instruye al Banco a constituir una provisiónde Bs. 22.805.625 equivalente al 100% del capital y los intereses por cobrarde los títulos valores vencidos. En fecha 22 de noviembre de 2010, el Bancointrodujo un Recurso de Reconsideración del Oficio Nº SBIF-II-GGIBPV-GIBPV2-23986; solicitando a la SUDEBAN suspender o diferir la provisión de100% antes señalada, hasta tanto la devolución de los recursos y el montodefinitivo de la provisión de ser el caso, sea finalmente acordada por la vía dela consulta diplomática según el artículo 11 de la Ley Aprobatoria del Acuerdosobre la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobiernode la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la RepúblicaIslámica de Irán publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.389 del 02 de marzo de2006; no obstante este recurso fue declarado sin lugar en la Resolución Nº028 -11 del 25 de enero de 2011; en fecha 10 de marzo de 2011, se ejercióRecurso Contencioso Administrativo de Nulidad por ante la Corte Primera de loContencioso Administrativo. En fecha 31 de enero de 2011, el Banco consti-tuyó la provisión por Bs. 22.500.000 con cargo a Aportes Patrimoniales nocapitalizados al 31 de diciembre de 2010, sin efectuar la notificación a laSUDEBAN. Durante el mes de mayo de 2011 el Banco reversó esta provisiónde acuerdo con las instrucciones indicadas por el Organismo Supervisor.

El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), me-diante comunicación de fecha 31 de marzo de 2011, le indicó al Banco que enatención a sus comunicaciones de fecha 18 de febrero y 24 de marzo de2011, N° 17300334 y N°17300834, respectivamente, relacionados con lacalificación y devolución de los recursos mantenidos en el Banco Federal, C.A.(en proceso de liquidación), así como la aplicación de los artículos N° 6 y 11del Acuerdo Sobre la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entreel Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de laRepública Islámica de Irán, este Organismo sugiere que dicho planteamientosea elevado a la consideración del Canciller de la República Bolivariana deVenezuela y Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores, a los finesde que por vía diplomática, se establezca una solución alternativa al caso.

En Oficios emitidos por la SUDEBAN N° SIB-II-GGIPV-GIBPV2-07816, SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15839; SIB-II-GGIPV-GIBPV2-17876; SIB-DSB-CJ-OD-18260 y SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-18663 de fechas 30 de marzo, 8, 23, 29 y 30de junio de 2011 respectivamente, se le informó al Banco que su solicitud fueelevada ante FOGADE y que hasta este último Oficio ese Organismo no harecibido respuesta de la citada consulta.

La SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fecha 19de diciembre de 2011, informó al Banco que en atención a sus comunicacio-nes enviadas N° 17303490, N° 17303623 y N° 17303631 de fechas 27 deoctubre, 22 y 24 de noviembre de 2011, respectivamente, relacionadas conlas observaciones realizadas a los recaudos correspondientes a la AsambleaGeneral Ordinaria de Accionistas a celebrada el 30 de septiembre de 2011, ycon respecto al planteamiento realizado por el Banco a FOGADE en relacióna la calificación y devolución de los recursos mantenidos en el Banco Federal,C.A. (en proceso de liquidación) y visto que ha pasado un tiempo prudencialde aproximadamente dieciocho (18) meses desde que esa institución banca-ria fue intervenida y liquidada, se considera que el Banco deberá proceder ala constitución de provisión del total del saldo incluido en la cuenta N° 187"Inversiones en títulos valores vencidos" equivalente a Bs. 22.500.000, concargo a la cuenta N° 438.01.M.08 "Constitución de provisión para títulosvalores vencidos" y crédito a la cuenta N° 189.02 "Provisión para títulosvalores vencidos".

En fecha 22 de noviembre de 2011 el Banco mediante comunicación N°17303625 solicitó al Presidente de FOGADE una reunión a fin de estableceruna mesa de técnica entre representantes de ambas instituciones a fin dedesarrollar propuestas para la recuperación por parte del Banco de estainversión mediante la aplicación del Artículo 11 del Acuerdo Sobre la Promo-ción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la RepúblicaBolivariana de Venezuela y la República Islámica de Irán, publicado en Gace-ta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.389 de fecha 2 demarzo de 2006.

En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012, laSUDEBAN notificó al Banco que en atención a las reuniones sostenidas losdías 9 y 10 de enero de 2012 entre la Vice-Presidencia de la RepúblicaBolivariana de Venezuela; el Ministerio del Poder Popular para la Planificacióny Finanzas, el Banco Central de Venezuela y miembros de la DelegaciónPresidencial Iraní, en las cuales se acordó solventar la recuperación de Bs.22.500.000 correspondiente a la inversión mantenida en títulos valores venci-dos, se decide otorgar una prórroga hasta el 30 de abril de 2012 para solven-tar la situación de la citada inversión y se pueda obtener una respuestadefinitiva a la instrucción impartida en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fecha 19 de diciembre de 2011. El Banco en comunicación N°17300548 de fecha 3 de febrero de 2012 consignó a la SUDEBAN una cartaemitida por la Embajada de la República Islámica del Irán en Venezuela, en lacual informa las gestiones diplomáticas que actualmente se están realizandopara la recuperación de la inversión registrada como inversiones en títulosvalores vencidos (Nota 21).

Los cambios en la provisión de otros activos son los siguientes, expresados enbolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Saldo al inicio del semestre 305.625 -Constitución de provisión

otros activos 193.962 305.625Saldo al final del semestre 499.587 305.625

Durante los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco posee una provisión para otros activos por Bs. 305.625 correspondien-tes al monto de los intereses por cobrar de los títulos valores vencidos - BancoFederal, C.A., (en proceso de liquidación). Asimismo para el semestre finaliza-do el 31 de diciembre de 2011 el Banco decidió constituir provisión para otrosactivos por Bs. 193.962 correspondientes a las indemnizaciones reclamadaspor siniestros - faltantes de caja, dicha provisión fue constituida con cargo a lacuenta otros gastos operativos el cual se encuentra incluido en el estado deresultado.

10.Captaciones del Público

El detalle de las captaciones del público es el siguiente, expresado en bolíva-res:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Depósitos en cuenta corrientes 98.369.757 73.299.584

Cuenta corrientes no remuneradas 98.369.757 73.299.584

Otras obligaciones a la vista 2.648.161 2.651.584Depósitos de ahorro 1.000.153 789.347

102.018.071 76.740.515

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Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, los depósitos en las cuentas deahorro en poder del público devengan intereses promedios del 12,50%, paraambos semestres.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, las otras obligaciones a la vistacorresponden a depósitos previos entregados por clientes para operacionesde cartas de créditos.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 el Banco mantiene captaciones delpúblico - depósitos en cuenta corriente no remuneradas con el Banco ToseyehSaderet Irán (Export Development Bank of Irán), por Bs. 24.425.165 y Bs.24.414.965, respectivamente (Nota 16).

Concentración de Riesgo:

Al 31 de diciembre de 2011 el Banco ha dirigido sus actividades de captacio-nes del público - depósitos en cuentas corrientes no remuneradas, a lasprovenientes de tres (3) clientes, por Bs. 94.076.010, los cuales representanel 92,22% del total de las captaciones del público. Mientras que para elsemestre finalizado el 30 de junio de 2011 el Banco ha dirigido sus actividadesde captaciones del público - depósitos en cuentas corrientes no remuneradas,a las provenientes de cuatro (4) clientes, por Bs. 69.879.763, los cualesrepresentan el 91,06% del total de las captaciones del público.

11.Acumulaciones y Otros Pasivos

El detalle de las acumulaciones y otros pasivos es el siguiente, expresado enbolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Aportes y retenciones laboralespor pagar 131.100 94.825

Varios:Otras cuentas por pagar varias 367.784 905.259Provisiones para créditos

contingentes (Nota 13) 37.109 37.109

Otras provisiones:Provisión para prestaciones sociales,

neto de anticipos 321.080 357.716Otras provisiones - -

321.080 357.716

Ingresos diferidos 9.750 9.750Partidas por aplicar 861 (3.513)Rendimientos devengados por

créditos reestructurados 616.749 - 1.484.433 1.401.146

El detalle de las cuentas por pagar varias es el siguiente, expresado enbolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Honorarios por pagar 134.615 124.986Cheques de gerencia 76.392 78.130Proveedores 72.240 -Servicios por pagar 52.192 123.525Bono vacacional por pagar 25.440 43.202Impuestos retenidos a terceros 3.701 8.839Impuestos por pagar 3.204 140.284Utilidades por pagar - 253.620Otras cuentas por pagar varias - 132.673

367.784 905.259

Al 31 de diciembre de 2011 las otras cuentas por pagar varias - proveedorescorresponden a adquisición de licencia.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 los honorarios por pagar incluyen Bs.79.350 y Bs. 68.666, respectivamente, correspondientes al servicio de mante-nimiento del sistema COBIS del cuarto trimestre y segundo trimestre de 2011,respectivamente. Asimismo para el semestre finalizado el 30 de junio de 2011los honorarios por pagar incluyen Bs. 38.080 del servicio de intercambio SIF.

Al 30 de junio de 2011 los impuestos por pagar incluyen Bs. 134.834 corres-pondientes al Impuesto al Débito Bancario y Bs. 5.450 correspondientes alImpuesto sobre la Renta.

Al 30 de junio de 2011 las otras cuentas por pagar varias incluyen Bs. 68.132correspondiente a partida transitoria por duplicidad en el cobro de cheque yBs. 24.991 correspondiente al financiamiento de la póliza de seguros de laagencia principal del Banco.

Durante el semestre finalizado el 31 de diciembre de 2011, el Banco reclasificóde la cuenta partidas por aplicar Bs. 5.712 a la cuenta otras cuentas porcobrar varias, producto de cobranzas de cuotas de préstamos otorgados aempleados activos y retirados del Banco por Bs. 1.508 y Bs. 4.204, respecti-vamente, dichos cobros eran efectuados en forma automática a través de lanomina. Asimismo para el semestre finalizado en esa fecha, el Banco cobróBs. 1.508 por préstamo otorgado a personal activo y castigó Bs. 2.189 contrala cuenta de gastos operativos varios por crédito otorgado a personal retirado.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.724 defecha 29 de julio de 2011, el Ministerio del Poder Popular para las Comunas yProtección Social conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular de Plani-ficación y Finanzas, publicaron la Resolución MPCPS N° 027 y MPPPF N°3054, respectivamente, de fecha 27 de julio de 2011, mediante la cual seestablece a los bancos los mecanismos de asignación de recursos para elfinanciamiento de proyectos de los consejos comunales u otras formas deorganización social, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 de la Leyde las Instituciones del Sector Bancario, los aspectos más importantes semencionan a continuación:

- La presente Resolución está dirigida a todos los bancos sometidos a lainspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la SUDEBAN.

- El objeto, es establecer a los bancos los mecanismos de asignación derecursos para el financiamiento de los proyectos de los Consejos Comu-nales u otras formas de organización social.

- Las Instituciones aportarán semestralmente, el equivalente al 5% delResultado Bruto antes de impuesto al Ministerio del Poder Popular paralas Comunas y Protección Social, por órgano del Servicio Autónomo Fon-do Nacional de los Consejos Comunales (SAFONACC), ente encargadode la administración de recursos asignados a los Consejos Comunales uotras formas de organización social previstas en el marco jurídico vigente.El referido aporte se efectuará dentro de los 30 días siguientes a la fechade cierre del ejercicio semestral, en aras de que el SAFONACC asigne losrecursos a las organizaciones cuyos proyectos, objetivos, metas y accio-nes estén en función con lo previsto en el Plan de Desarrollo Económicoy Social de la Nación, a nivel nacional y entre aquellas áreas tales como:salud, tierra urbana, vivienda, hábitat, economía, producción comunal,recreación, deportes, educación, cultura, seguridad, entre otras.

- Asimismo, las Instituciones Bancarias dentro de los cinco (5) primeros díassiguientes al aporte, deberán remitir copia del comprobante de la transfe-rencia de los recursos al SAFONACC.

- El Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social,deberá informar semestralmente a la SUDEBAN el cumplimiento del apor-te por parte de las instituciones.

Asimismo, en Resolución N° 233.11, publicada en Gaceta Oficial N° 39.741 defecha 23 de agosto de 2011, la SUDEBAN publicó las "Normas Relativas a losMecanismos de Asignación de Recursos para el Financiamiento de los Pro-yectos de los Consejos Comunales u Otra Formas de Organización Social", enla cual se establece, entre otros, que el aporte social se registrará como ungasto pagado por anticipado en la subcuenta 188.06.M99 "Otros", yamortizados a razón de 1/6 mensual en la subcuenta 439.99 "Gastos OperativosVarios", desde el mes de enero o julio, según corresponda a cada ejerciciosemestral, e informar dentro de los cinco (5) primeros días al aporte, y deberánremitir copia del comprobante de la transferencia de los recursos, a laSUDEBAN.

Al 31 diciembre de 2011, el Banco no ha efectuado el apartado y por consi-guiente no ha realizado el aporte al Ministerio del Poder Popular para lasComunas y Protección Social. Mientras que para el semestre finalizado el 30de junio de 2011 el Banco no obtuvo beneficios líquidos razón por la cual norealizó dicho apartado.

12. Patrimonio

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el capital social del Banco estáconstituido por 40.000.000 acciones comunes nominativas no convertibles deuna misma clase al portador, totalmente pagadas, con un valor nominal de Bs.1, para un total de Bs. 40.000.000.

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El patrimonio del Banco se encuentra suscrito y pagado de la siguiente mane-ra:

31 de diciembre de 2011 _ 30 de junio de 2011 _Número Capital Número Capital

de acciones_ suscrito_ %_ de acciones suscrito_ %_

Banco ToseyehSaderet Irán (ExportDevelopmentBank of Irán) 40.000.000 40.000.000 100 40.000.000 40.000.000 100

40.000.000 40.000.000 100 40.000.000 40.000.000 100

Reserva Legal

De acuerdo con sus estatutos y al artículo N° 44 del Decreto con Rango, Valory Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del SectorBancario, el Banco debe transferir a la reserva legal un mínimo de 20% de lautilidad neta de cada período hasta alcanzar el 50% del capital social. Cuan-do se haya alcanzado este límite, deberá destinarse no menos del 10% de losbeneficios líquidos de cada semestre para aumentar el fondo de reserva legalhasta que la misma sea equivalente al 100% del capital social. Durante elsemestre finalizado el 31 de diciembre de 2011, el Banco transfirió a la cuentade reserva legal, el 20%, de la utilidad neta del semestre equivalente a Bs.414.876; Mientras que para el semestre finalizado el 30 de junio de 2011, elBanco no obtuvo beneficios líquidos razón por la cual no realizó apartado dereserva legal.

Resultados Acumulados

Por disposición de la SUDEBAN al 31 de diciembre y 30 de junio de cada año,el 50% del saldo de la cuenta superávit por aplicar, el cual incluye los resulta-dos del semestre, debe ser registrado a la cuenta de superávit restringido,pudiendo utilizar el saldo de dicha cuenta sólo para ser aplicado como aumen-to de capital social. Al 31 de diciembre de 2011 el Banco efectuó un apartadocorrespondiente al superávit restringido de Bs. 729.751; Mientras que para elsemestre finalizado el 30 de junio de 2011 el Banco no obtuvo beneficioslíquidos razón por la cual no efectuó el apartado correspondiente al superávitrestringido. Para los semestres finalizados el 31 de diciembre y 30 de junio de2011 la cuenta superávit restringido asciende a Bs. 5.142.874 y Bs. 4.413.123.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco no mantiene un apartadopara dar cumplimiento a la Ley Orgánica de Drogas, por no presentar unanómina superior a cincuenta (50) trabajadores.

Durante los semestres terminados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011,no se efectuaron decretos de dividendos.

En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-24272 de fecha 12 de agosto de 2011,la SUDEBAN informó al Banco que de la revisión efectuada al balance forma"E" del mes de junio de 2011, se observó que el Banco no constituyó el aportesemestral del 0,5% de su capital social de acuerdo al Artículo 47 del Decretocon Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Institucio-nes del Sector Bancario. Asimismo mediante Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-31208 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fechas 29 de septiem-bre y 19 de noviembre de 2011, respectivamente la SUDEBAN informó alBanco que debe constituir para el cierre del segundo semestre de 2011 elapartado para el Fondo Social para Contingencias, a fin de dar cumplimientoa lo establecido en el Artículo 47 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza deLey de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, dichasituación fue notificada mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-24272 del12 de agosto de 2011, por lo cual se ratifica nuevamente la instrucción indica-da en dicho Oficio.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.820 defecha 14 de diciembre de 2011, la SUDEBAN emitió la Resolución N° 305-11,de fecha 28 de noviembre de 2011, en la cual se resuelve dictar las "NormasRelativas al Fondo Social para Contingencias"; según lo establecido en elArtículo 47 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcialde la Ley de Instituciones del Sector Bancario, entre las principales disposicio-nes tenemos:

Artículo 3: Las instituciones del Sector Bancario deberán constituir un FondoSocial para Contingencias mediante la transferencia en efectivo a un fideico-miso en otra institución bancaria equivalente a 10% del capital social, quegarantizará a los trabajadores y trabajadoras el pago de sus acreencias labo-rales en el caso que se acuerde la liquidación administrativa de la instituciónbancaria en la cual labora.

Artículo 4: El Banco someterá a selección de sus empleados la instituciónbancaria que administrará el Fondo Social para Contingencias. Dicha selec-ción, deberá efectuarse por lo menos entre cuatro (4) instituciones del SectorBancario, de las cuales dos (2), deberán ser del Sector Público y dos (2) delSector Privado.

Artículo 9: El proceso de selección mencionado anteriormente, se efectuarádurante los primeros sesenta (60) días de entrada en vigencia de las presen-tes normas.

Artículo 16: El registro contable del supra citado fondo se efectuará, como seindica a continuación: a) Los aportes semestrales del 0,5% del capital social ,se efectuará con débito a la subcuenta 361.03 "Superávit por Aplicar", ycrédito a la sub-cuenta 342.02 "Reserva para otras disposiciones"; b) El regis-tro del fideicomiso, se realizará con cargo a la subcuenta 125.05.M.01 "FondoRestringidos entregados en Fideicomiso en Instituciones Financieras del País"y crédito a la subcuenta 113.01 "Disponibilidades"; y c) Cuando el Fondoalcance el 10% del capital social de la Institución Bancaria, los rendimientosque generen podrán ser utilizados discrecionalmente por el Banco y se regis-trarán en la subcuenta de ingresos financieros correspondiente.

Al 31 de diciembre de 2011 el Banco constituyó el apartado correspondienteal Fondo Social para Contingencia por Bs. 200.000, el cual fue registrado conun débito a la subcuenta N° 361.03 "Superávit por aplicar" con crédito a lasubcuenta N° 342.02 "Reservas para otras disposiciones". Mientras que parael semestre finalizado el 30 de junio de 2011 el Banco no constituyó elapartado correspondiente al Fondo Social para Contingencias. MedianteOficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012, laSUDEBAN le indicó al Banco que de acuerdo a la normativa vigente el apar-tado del Fondo Social para Contingencia debe ser registrado en forma semes-tral, por lo cual debe realizar el apartado correspondiente al semestre finaliza-do el 30 de junio de 2011, instruido en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-24272 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fechas 12 de agosto y 29 deseptiembre de 2011, y una vez realizado este apartado debe ser consignadoal Organismo Supervisor en un plazo no mayor a quince (15) días hábilesbancarios, contados a partir del 1 de febrero de 2012. El Banco mediantecomunicación N° 17300625 de fecha 7 de febrero de 2012 solicitó al Organis-mo Supervisor una prórroga de cuarenta y cinco (45) días para consignar lainformación correspondiente solicitada en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012, a la fecha de elaboración de esteinforme el Banco no ha recibido respuesta del Organismo Supervisor en rela-ción a la solicitud efectuada.

Índice de Capital de Riesgo:

La SUDEBAN, mediante Resolución N° 305-09, emitida en Gaceta Oficial N°39.230 de fecha 29 de julio de 2009, se resuelve Modificar/ Actualizar lasNormas para Determinar la Relación Patrimonio sobre Activos y OperacionesContingentes, Aplicando Criterios de Ponderación con Base en Riesgo.

A continuación se hace referencia sobre algunos artículos de la referida Reso-lución:

Artículo 4. Los Bancos e Instituciones Financieras calcularán con frecuenciamensual, el índice de adecuación patrimonial total, mediante lasuma del valor del patrimonio primario (Nivel I), más el patrimoniocomplementario (Nivel II), dividido entre el monto total de los acti-vos y operaciones contingentes, ponderados por niveles de ries-go. El Coeficiente obtenido, una vez multiplicado por cien (100),no deberá ser inferior al doce por ciento (12%). (Artículo 50 delDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial dela Ley de Instituciones del Sector Bancario).

Artículo 5. En todo caso el valor de la relación patrimonio primario (Nivel I)entre el monto total de los activos y operaciones contingentesponderados por niveles de riesgos, no deberá ser inferior a seispor ciento (6%), el cual deberá ser calculado por los bancos einstituciones financieras con una frecuencia mensual.

Artículo 6. Los bancos e instituciones financieras calcularán, con frecuenciamensual, el índice de adecuación de patrimonio contable mas lagestión operativa, entre el valor del activo total. El cociente obte-nido, al ser multiplicado por cien (100), no deberá ser inferior al(8%).

Artículo 11. Se derogan las Resoluciones N° 090,95; 233,06 y 058,07 defecha 15/05/1995; 12/04/2006 y 15/02/2007, respectivamente,publicadas en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N°35.714 del 19/05/1995 y en las Gacetas Oficiales de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, N° 38.439 del 18/05/2006 y N° 38.648del 20/03/2007.

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A continuación presentamos los porcentajes de adecuación patrimonial míni-mos exigidos por la SUDEBAN y los mantenidos por el Banco:

31 de diciembre de 2011 30 de junio de 2011 _ Índices _ Requerido Mantenido Requerido MantenidoÍndice de Adecuación

Patrimonial Total 12% 67,25% 12% 101,59%

Relación PatrimonioPrimario (Nivel I) entreel monto total de losactivos y operacionescontingentes ponderadospor niveles de riesgos 6% 57,06% 6% 62,79%

Índice de Adecuación dePatrimonio contable másla gestión operativa,entre el valor del activototal 8% 57,06% 8% 62,79%

En Oficio Nº SIB-II-GGR-GA-03989 de fecha 24 de febrero de 2011, emitidopor la SUDEBAN, el Organismo Regulador notifica al Banco que considerandolo establecido en el párrafo anterior, el Banco deberá convocar una nuevaAsamblea de Accionistas en la cual se proponga para su consideración yaprobación un aumento de capital social en la cantidad necesaria para cumplircon el capital mínimo en los siguientes términos:

- Dejar sin efecto el punto acordado en la Asamblea General Extraordi-naria de Accionistas de fecha 30 de septiembre de 2009, relativo alaumento de capital social en la cantidad de Bs. 65.000.000.

- Someter a consideración un aumento de capital social en la cantidadrequerida para alcanzar el capital mínimo establecido en el artículo 11 delDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario.

- Modificar el artículo de los estatutos sociales del Banco relativo al capitalsocial, como consecuencia del aumento de capital acordado, menciona-do en el párrafo anterior.

Asimismo, se señala al Banco, que para cumplir con el capital mínimo exigido;así como, con los plazos que tendrá la referida Institución Financiera paraadecuar su capital social, deberá acogerse a las disposiciones transitoriassegunda, cuarta y quinta, establecidas en el Decreto con Rango, Valor yFuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del SectorBancario.

Mediante comunicación enviada por el Banco a la SUDEBAN de fecha 9 demarzo de 2011, fue consignado el plan de capitalización, a fin de dar cumpli-miento con la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

En fechas 22 y 24 de marzo de 2011 el Banco consignó a la SUDEBAN laremisión del proyecto de Acta de Asamblea Ordinaria de Accionista a sercelebrada el 31 de marzo de 2011 y el Plan de Adecuación del Banco. Através de Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-10317 de fecha 18 de abril de2011, el Organismo Supervisor informó al Banco sus observaciones sobre elPlan de Adecuación, haciendo énfasis en el desarrollo de acciones que per-mitan alcanzar sus metas y objetivos propuestos verificables en un plazoestimado, para ajustarse a la presente Ley, en este sentido le indica que debeenviar a dicho Organismo un nuevo Plan de Ajustes donde se plasmen ade-más de las variables antes señaladas, los mecanismos y estrategias que levan a permitir al Banco adecuarse a las nuevas exigencias, el mencionadoPlan deberá consignarse una vez aprobado en Asamblea General de Accio-nistas y dentro de los treinta (30) días continuos a partir de la aprobación porparte del Organismo Supervisor de la adecuación del capital social mínimorequerido, asimismo dicho plan, debe ser ejecutado en un lapso máximo deciento ochenta (180) días continuos, asimismo le indicó al Banco que laprórroga para remitir la solicitud de autorización de capitalización conjunta-mente con la copia certificada de la respectiva Acta de Asamblea General deAccionista vence el 30 de abril de 2011.

El Banco mediante comunicaciones de fecha 20 y 26 de mayo de 2011consignó a la SUDEBAN, el proyecto del Acta y la Convocatoria correspon-diente al Acta General Extraordinaria de Accionistas a celebrase el 15 de juniode 2011, en el cual se somete a consideración de los accionistas el Plan deAdecuación del Banco ajustado a los nuevos requerimientos establecidos enel Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley deInstituciones del Sector Bancario; asimismo en comunicación enviada de fe-cha 26 de mayo de 2011 fue consignado por el Banco el Acta certificada dela Asamblea Extraordinaria de Accionistas de segundo semestre de 2010.

En Oficio N° SBI-II-GGIBPV-GIBPV2-14951 de fecha 30 de mayo de 2011, laSUDEBAN le informó al Banco sus consideraciones en atención a la informa-ción remitida a ese Organismo, concerniente al Plan de Capitalización, laConvocatoria y el Proyecto de Acta de Asamblea de Accionistas, pautadapara el 31 de mayo de 2011 donde se tratarán los siguientes puntos:

- Dejar sin efecto el punto acordado en la Asamblea General Extraordinariade Accionistas de fecha 30 de septiembre de 2009, relativo al aumento decapital social en la cantidad de Bs. 65.000.000.

- Someter a consideración un aumento de capital social en la cantidadrequerida para alcanzar el capital mínimo establecido en el artículo 11 delDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario.

- Modificar la claúsula 5 de los estatutos sociales del Banco relativo alcapital social, como consecuencia del aumento de capital acordado.

- Aprobación del Plan de Capitalización, conforme a lo establecido en elDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario.

En cuanto al segundo y tercer punto, relativo al aumento de capital por Bs.130.000.000 y su consecuente modificación de los Estatutos Sociales delBanco, deberá introducir las respectivas solicitudes de autorizaciones ante elOrganismo Supervisor dentro de los treinta (30) días habiles bancarios si-guientes a la celebración de la Asamblea General de Accionistas, las mismasserán otorgadas previa opinión vinculante del Órgano Superior del SistemaFinanciero Nacional, en lo referente al cuarto punto, relativo a la aprobacióndel Plan de Capitalización, el mismo no indica la oportunidad (plazo) de pagode los aportes que estima realizar el accionista para cumplir con el capitalmínimo exigido; asimismo deberá consignar una vez celebrada dicha Asam-blea copia del Acta de Asamblea debidamente certificada en un plazo deocho (8) días continuos contados a partir de su celebración.

En fecha 8 de junio de 2011 el Banco consignó copia del Acta de AsambleaExtraordinaria de Accionistas celebrada el 31 de mayo de 2011, referido alaumento de capital, acompañado del respectivo Plan de Capitalización y endonde fueron incluidos las observaciones planteadas por el Organismo Su-pervisor en Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-14951 de fecha 30 de mayo de2011, asimismo el Banco solicitó a la SUDEBAN la autorización de capitaliza-ción de los recursos indicados en el Plan y Asamblea.

Mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15780 de fecha 8 de junio de2011, el Organismo Supervisor informó al Banco las observaciones de lainformación consignada por el Banco en fecha 26 de mayo de 2011 relaciona-da con el proyecto del Acta y la Convocatoria correspondiente al Acta deAsamblea Extraordinaria de Accionistas a celebrase el 15 de junio de 2011,en dicho Oficio se ratifica las instrucciones indicadas en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-10317 de fecha 18 de abril de 2011, y le indica al Bancoque el mencionado Plan de Ajuste deberá consignarse ante ese Organismo,una vez aprobado por parte del mismo la adecuación del capital social mínimorequerido; en este sentido el Banco deberá adecuar su capital al montomínimo establecido en el Artículo 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza deLey de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. ElBanco mediante comunicaciones de fecha 13 y 22 de junio de 2011 diorespuesta al Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15780 de fecha 8 de junio de2011, en el cual se consigna nuevamente el Acta de Asamblea Extraordinariade Accionistas a celebrase el 15 de junio de 2011, en la cual se acordó diferirla aprobación del Plan de Adecuación del capital mínimo del Banco, asimismose indica como se efectuará el proceso de contabilización en la cuenta 331.01"Aportes para Incremento de Capital" una vez este Organismo Supervisor deel visto bueno de las divisas que mantiene el Accionista del Banco en el BCV.La SUDEBAN en Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-26339 de fecha 29 deagosto de 2011 indicó al Banco que una vez evaluada la información consig-nada por dicha institución mediante comunicación de fecha 22 de junio de2011 en respuesta al Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-15780 de fecha 8 dejunio de 2011 no tiene objeciones que formular y le informa al Banco que deberealizar las gestiones pertinentes para realizar el registro de dicha Acta en elregistro mercantil correspondiente, en un lapso no mayor de treinta (30) díascontinuos contados a partir del 30 de agosto de 2011.

El Banco mediante comunicación de fecha 28 de junio de 2011 consignó a laSUDEBAN, el Proyecto del Acta de Asamblea Extraordinaria Accionistas cele-brada el 31 de mayo de 2011, con sus respectivas correcciones finales, a losfines de sustituir los anteriores proyectos de Actas consignados y detallarcomo será el proceso de contabilización del aumento del capital social delBanco por Bs. 130.000.000, aprobado por la Asamblea de Accionistas paraelevarlo al capital social mínimo requerido de acuerdo al artículo N° 11 delDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley deInstituciones del Sector Bancario. Mediante Oficio N° SBI-II-GGIBPV-GIBPV2-24177 de fecha 12 de agosto de 2011 la SUDEBAN informó al Banco susobservaciones de la información consignada en fecha 28 de junio de 2011,relativa al Acta de Asamblea Extraordinaria Accionistas celebrada el 31 demayo de 2011, donde se aprobaron:

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la pérdida acumulada del primer semestre de 2011 consignado por el Banco,en el cual propone realizar una reducción del porcentaje de riesgo de noventay seis por ciento (96%) a sesenta por ciento (60%) de once (11) créditos, paralo cual liberaría una provisión de cartera de créditos de Bs. 6.169.158 realizan-do el registro de la misma en la cuenta N° 361.03 "Superávit por aplicar"asimismo utilizar el monto que al 31 de diciembre de 2010 mantiene en dichacuenta de Bs. 3.282.743, por lo que de esta manera repondría el monto totalde la pérdida del primer semestre de 2011, en este sentido este Organismo noconsideró viable dicho programa y ratifica lo instruido en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-21957 de fecha 29 de julio de 2011. El Banco en comuni-cación N° 17303490 de fecha 26 de octubre de 2011 solicita al OrganismoSupervisor una reconsideración parcial del Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-31208 de fecha 29 de septiembre de 2011 en relación al programa de regu-larización para la reposición de la pérdida acumulada del primer semestre de2011, en función de un análisis minucioso efectuado por el Banco.

El Banco mediante comunicación N° 17303608 de fecha 15 de noviembre de2011, remitió respuesta al Organismo Supervisor relacionado con la informa-ción solicitada en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-36603 de fecha 3 denoviembre de 2011, SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-30428 y SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-30645 de fechas 26 y 27 de septiembre de 2011, respectivamente, relativa alActa de Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebradas el 30 deseptiembre de 2011, en dicha comunicación se dio a conocer a los Accionistasdel Banco y posteriormente se aprobó el programa de regularización o recupe-ración de pérdidas acumuladas del primer semestre de 2011 que el Bancopresentó a la SUDEBAN para su aprobación. En fechas 21 y 24 de noviembrede 2011 mediante comunicaciones N° 17303623 y N° 17303631, respectiva-mente, el Banco informó a la SUDEBAN que en alcance a la comunicación N°17303608 se remite el Acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas celebradael 30 de septiembre de 2011, para su consideración y aprobación, en la cualse modificó el punto cuarto relativo a la reposición de la pérdida acumuladapara dicho período hasta tanto el Organismo Supervisor emita su pronuncia-miento definitivo relativo a la aprobación o desaprobación del plan de recupe-ración de pérdidas, de acuerdo con las correcciones indicas por dicho Orga-nismo. En fecha 13 de diciembre de 2011, la SUDEBAN mediante Oficio N°SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-41402 en respuesta a la comunicación enviada porel Banco N° 17303631 informó que una vez revisada la información consigna-da el Banco deberá realizar las gestiones pertinentes para la inscripción de lareferida Acta en el registro mercantil correspondiente en un plazo no mayor detreinta (30) días continuos, contados a partir de la recepción de este Oficio.

La SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fecha 19de diciembre de 2011, informó al Banco que en atención a sus comunicacio-nes enviadas N° 17303490, N° 17303623 y N° 17303631 de fechas 27 deoctubre, 22 y 24 de noviembre de 2011, respectivamente, relacionadas con elprograma de regularización o recuperación de pérdidas acumuladas del pri-mer semestre de 2011, se ratifica las instrucciones indicadas por dicho Orga-nismo en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-21957 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-31208 de fechas 29 de julio y 29 de septiembre de 2011, asimismo leindica que deberá proceder a convocar una Asamblea General Extraordinariade Accionistas a más tardar el 31 de enero de 2012, y remitir los respectivosrecaudos de acuerdo con la Resolución N° 063.11 del 18 de febrero de 2011,emitida por este Organismo Supervisor.

En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012, leindicó al Banco que en atención a las comunicaciones enviadas por el mismoN° 17303717 y N° 17300023 de fechas 19 de diciembre de 2011 y 12 deenero de 2012, respectivamente, en las cuales se da respuesta al Oficio N°SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fecha 19 de diciembre de 2011, en rela-ción a la instrucción impartida en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-21957;N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-31208 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fe-chas 29 de julio, 29 de septiembre y 19 de diciembre de 2011, respectivamen-te, relativa a convocar una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas amás tardar el 31 de enero de 2012, a los fines de tratar la reposición de laspérdidas del 30 de junio de 2011 por Bs. 9.456.142 en dinero en efectivo, eneste sentido el Banco propuso diferir la citada pérdida registrándola en lasubcuenta N° 181.06 "Otros gastos diferidos" y amortizarla en un plazo decuatro (4) años con aportes en efectivo mediante ocho (8) pagos semestrales,en este sentido el Organismo Supervisor consideró no viable esta propuesta,asimismo le informó que hasta tanto el Banco no reponga las pérdidas acumu-ladas, este Organismo Supervisor no podrá continuar con el proceso de eva-luación de la solicitud de aumento de capital, en consecuencia se ratifica loindicado en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enerode 2012. Mediante comunicación N° 17300625 de fecha 7 de febrero de2012 el Banco solicitó a la SUDEBAN una prórroga de cuarenta y cinco (45)días para dar cumplimiento a la instrucción impartida por el Organismo Super-visor en los Oficios N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 y N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 del 19 de diciembre de 2011 y 31 de enero de 2012, respec-tivamente, a la fecha de elaboración de este informe el Banco no ha recibidorespuesta del Organismo Supervisor en relación a la solicitud efectuada.

- Dejar sin efecto el punto acordado en la Asamblea General Extraordinariade Accionistas de fecha 30 de septiembre de 2009, relativo al aumento decapital social en la cantidad de Bs. 65.000.000.

- Aumentar el capital social a la cantidad de Bs. 130.000.000, mediante laemisión de 130.000.000 de acciones nominativas, de una misma clase yno convertibles al portador por un valor de Bs. 1 cada una, suscritas en sutotalidad por el accionista Toseyeh Saderat Bank of Irán.

- Modificar la claúsula 5 de los estatutos sociales del Banco relativo alcapital social, como consecuencia del aumento de capital acordado.

- Aprobación del Plan de Capitalización, conforme a lo establecido en elDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyde Instituciones del Sector Bancario.

Al respecto el Organismo Supervisor le indica que debe abstenerse de inscribirla aludida Acta de Asamblea en el Registro Mercantil correspondientes, hastatanto dicho Organismo se pronuncie sobre la solicitud de autorización delaumento de capital; así como, sobre la modificación de su documento consti-tutivo y el Plan de Capitalización antes mencionados, previa opinión vinculantedel Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.

En fecha 12 de agosto de 2011 la SUDEBAN en Oficio N° SBI-II-GGR-GA-24192 le indicó al Banco que en atención a comunicación consignada defecha 9 de junio de 2011, mediante la cual remite información relativa a lasolicitud de autorización para aumentar el capital social en la cantidad de Bs.130.000.000, para elevarlo de Bs. 40.000.000 a Bs. 170.000.000, a serpagado de la siguiente manera: a.) aportes en efectivo por Bs. 57.598.820,Bs. 23.901.180 y Bs. 45.000.000 y b.) Bs. 3.500.000 con cargo a la cuentasuperávit restringido al 31 de diciembre de 2010, de conformidad con loaprobado en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas efectuada el 31de mayo de 2011, al respecto una vez evaluada la documentación en aten-ción al artículo N° 41 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley deReforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, en concordan-cia con el numeral 18 del artículo N° 172 ejusdem, solicita información detalla-da de los aportes en efectivo a ser realizados en corcondacia con lo señaladoen el Plan de Capitalización, dicha información debe ser remitida al OrganismoSupervisor en un lapso de tiempo no mayor a diez (10) días hábiles bancarioscontados a partir de la recepción de este Oficio. Mediante Oficio N° SIB-II-GGR-GA-26015 de fecha 26 de agosto de 2011 la SUDEBAN le concede alBanco una prórroga de veinte (20) días hábiles bancarios adicionales conta-dos a partir del 31 de agosto de 2011 para consignar la información requeridapor dicho Organismo en Oficio N° SBI-II-GGR-GA-24192 del 12 de agosto de2011.

En Oficio N° SIB-II-GGR-GA-32070 de fecha 6 de octubre de 2011 la SUDEBANle concede al Banco una última prórroga de diez (10) días hábiles bancarioscontados a partir del 7 de octubre de 2011 para consignar la informaciónrequerida por dicho Organismo en el Oficio N° SBI-II-GGR-GA-24192 del 12de agosto de 2011, en dicho Oficio la SUDEBAN le indica que en caso de noremitir dicha información en el lapso previsto se considerará formalmentedesistida dicha solicitud. En fecha 18 de octubre de 2011, el Banco mediantecomunicación N° 17303346 consignó un documento de descargo como res-puesta al Oficio N° SBI-II-GGR-GA-24192 del 12 de agosto de 2011. Enreunión sostenida según acta de fecha 12 de enero de 2012, entre represen-tantes del Organismo Supervisor y el Banco, en relación a la solicitud deautorización para aumentar el capital social de acuerdo a la comunicaciónconsignada por el Banco a dicho Organismo de fecha 9 de junio de 2011, seacordó que el Banco consignaría al Organismo Supervisor la totalidad de lainformación solicitada en dicha acta, antes del 10 de febrero de 2012. A lafecha de elaboración de este informe el Banco no ha consignado la informa-ción solicitada por el Organismo Supervisor.

En fecha 29 de julio de 2011, la SUDEBAN mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-21957 instruye al Banco a convocar una Asamblea General Extraor-dinaria de Accionistas, a fin de deliberar y aprobar sobre la reposición endinero en efectivo de la pérdida obtenida en el ejercicio semestral finalizado el30 de junio de 2011 por de Bs. 9.456.142, la cual representa el 7,63% delcapital social del Banco pagado a esa fecha; dicha Asamblea debe celebrarseen un plazo que no exceda de treinta (30) días continuos. La SUDEBAN enOficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-24270 de fecha 12 de agosto de 2011,informó al Banco que no tiene objeciones que formular en atención a sucomunicación N° 17302177, en la cual solicitan la excepción del cumplimientodel plazo establecido en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-21957, pararealizar la reposición de las pérdidas acumuladas durante el primer semestrede 2011 y permitir incluir la aludida reposición como uno de los puntos adiscutir y aprobar en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrar-se el 30 de septiembre de 2011.

Mediante Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-31208 de fecha 29 de septiembrede 2011, la SUDEBAN informó al Banco que en atención a sus comunicacio-nes N° 17302809, 17302814 y 17302833 de fechas 13 y 14 de septiembre de2011, relacionado con la revisión de los recaudos correspondientes a la Asam-blea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el 30 de septiembre de2011, y una vez revisado el programa de regularización para la reposición de

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13. Cuentas de Orden: Contingencias, Compromisos, Instrumentos Fi-nancieros con Riesgo Fuera del Balance General y Otras Cuentas deOrden

El detalle de las cuentas de las cuentas de orden es el siguiente , expresadoen bolívares:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Cuentas contingentes deudoras: 52.320.488 3.218.658

Cartas de créditos emitidas nonegociadas 52.320.488 3.218.658

Otras cuentas de orden deudoras: 343.812.677 396.796.162

Cobranzas recibidas avisadas ALADI 38.677.609 38.677.609Garantías recibidas 167.387.154 165.768.674Líneas de créditos otorgadas

pendientes de utilización 2.905.653 9.736.554Líneas de créditos obtenidas

no utilizadas 129.358.373 178.460.203Otras cuentas de registros (Nota 6) 5.483.888 4.153.122

Durante el curso normal de sus operaciones, el Banco mantiene instrumentosfinancieros de crédito con riesgo fuera del balance para satisfacer las necesi-dades financieras de sus clientes, las cuales consisten principalmente en elotorgamiento de cartas de crédito que ascienden al 31 de diciembre y 30 dejunio de 2011, a Bs. 52.320.488 y Bs. 3.218.658, respectivamente, y repre-sentan la exposición máxima del Banco, en cuanto al cumplimiento de estoscompromisos.

Las cartas de créditos comerciales son establecidas de acuerdo a instruccio-nes emitidas por el aplicante, a los fines de garantizar al beneficiario de lasmismas el pago correspondiente contra el despacho de mercancías, siemprey cuando se cumplan las condiciones establecidas en ellas. El Banco cobracomisiones por la apertura, por la negociación y la aceptación de las cartas decrédito.

La provisión para créditos contingentes, correspondientes al 1% sobre garan-tías otorgadas, se encuentra registrada en el rubro de acumulaciones y otrospasivos al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, asciende a Bs. 37.109 paraambos semestres (Nota 11).

14.Valor Razonable de los Instrumentos Financieros

El valor razonable de mercado estimado de los instrumentos financieros delBanco, su saldo en libros y las principales premisas asumidas y metodologíausada para estimar los valores razonables de mercado se presentan a conti-nuación, expresados en bolívares:

31 de diciembre de 2011 _ 30 de junio de 2011 _Valor Valor Valor Valor

en libros _ razonable _ en libros _ razonable_

Disponibilidades 21.181.500 21.181.500 25.238.575 24.885.998Inversiones en

títulos valores 102.021.721 102.021.721 71.863.263 71.863.263Cartera de créditos 37.719.379 37.847.319 36.452.659 35.397.562Intereses y comisiones

por cobrar 1.683.521 1.801.690 837.304 1.028.808Total activos 162.606.121 162.852.230 134.391.801 133.175.631

Captacionesdel público 102.018.071 102.018.071 76.740.515 76.740.515

Otras obligacionespor intermediaciónfinanciera 4.250.467 4.250.467 4.404.279 4.404.279

Acumulaciones yotros pasivos - ingresosdiferidos 9.750 9.750 9.750 9.750

Acumulaciones y otrospasivos -

rendimientos créditosreestructurados 616.749 616.749 - -

Total pasivos 106.895.037 106.278.288 81.154.544 81.154.544

A continuación se presenta un resumen de los métodos y premisas mássignificativos, usados en la estimación de valores razonables de mercado delos instrumentos financieros:

Instrumentos financieros a corto plazo

Los instrumentos financieros a corto plazo, activos y pasivos, han sido presen-tados a su valor en libros incluidos en el balance general; el cual no difieresignificativamente de su valor razonable de mercado, dado el relativamentecorto período de vencimiento de estos instrumentos. Esta categoría incluye:Las disponibilidades, los intereses y comisiones por cobrar, las otras obligacio-nes por intermediacion financiera y las acumulaciones y otros pasivos - ingre-sos diferidos.

Inversiones en títulos valores

El valor razonable de mercado de las inversiones en títulos valores fue deter-minado usando sus precios específicos de mercado, precios de referenciadeterminados por las operaciones de compra-venta en el mercado secunda-rio, precios específicos de mercado de instrumentos financieros con caracte-rísticas similares, o por el flujo de efectivos futuro de los títulos valores.

Cartera de créditos

La cartera de créditos devenga intereses a tasas variables que son revisadascon frecuencia mensuales. De acuerdo a esto, el saldo en libros de dichacartera de créditos menos la provisión genérica y específica se aproxima a suvalor razonable de mercado.

Captaciones y otras obligaciones por intermediación financiera

Las captaciones y las otras obligaciones por intermediación financiera causanintereses a tasas variables que son revisadas periódicamente, en este senti-do, el valor razonable de mercado de estos instrumentos es su valor en libros.

15.Impuesto sobre la Renta

El ejercicio fiscal de Banco Internacional de Desarrollo, C.A. Banco Universal,termina el 31 de diciembre de cada año. Las principales diferencias entre lautilidad fiscal y la utilidad contable se originan por: las provisiones y apartados,las cuales normalmente son deducibles fiscalmente en los períodos en queefectivamente se causan; la renta exenta derivada de bonos de la deudapública nacional y otros títulos valores emitidos por la República Bolivariana deVenezuela; y el efecto neto del reajuste regular por inflación fiscal.

Durante el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2011, el Banco registróuna pérdida fiscal de Bs. 7.381.766, la cual, luego de aplicarle el efecto de laconciliación de la renta y el Reajuste Regular por Inflación del ejercicio, resultaen una Pérdida Fiscal por Bs. 13.648.461 con base a los resultados y análisisde los ingresos, gastos y partidas de balance para el ejercicio fiscal quefinalizó el 31 de diciembre de 2011, por lo que no se generó gasto de impues-to para ese período.

La conciliación de la utilidad según libros y la utilidad fiscal del año terminadoel 31 de diciembre de 2011, se presenta a continuación, en bolívares:

Pérdida según libros (7.381.766)

Más: Partidas no deducibles 13.126.134

Menos: Partidas no gravables 4.871.501

Resultado neto global 872.867

Pérdida fiscal ajuste por inflación (14.521.328)

Pérdida fiscal del ejercicio (13.648.461)

Pérdida de años anteriores (4.429.812)

Pérdida neta trasladable (18.078.273)

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Impuesto al Valor Agregado

En mayo de 1999 el gobierno venezolano, mediante un Decreto con Rango yFuerza de Ley, promulgó el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El sistemautilizado para este impuesto es el denominado de tipo crédito, el cual se causaen las distintas etapas de la producción y de la comercialización, generándoseel impuesto sobre la base del valor agregado en cada una de éstas. La tasaimpositiva aplicable es fijada anualmente en la Ley de Presupuesto Venezo-lana, la cual es del 9% a partir del 1° de Julio de 2007 según la reforma de laLey publicada en Gaceta Oficial N° 38.632 del 26 de febrero de 2007. Porúltimo a partir primero de abril, entra en vigencia la reforma del artículo 30 dela Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2009, la cual fija el Impuesto alValor Agregado (IVA) en 12%, según lo señala la Gaceta Oficial número39.147, publicada el jueves 26 de marzo de 2009.

Cabe mencionar que fue publicada la Ley de Reforma Parcial de la Ley dePresupuesto para el Ejercicio Fiscal 2009. Se reformó el artículo 30 el cualquedó redactado de la siguiente manera:

"Artículo 30. De conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley queestablece el Impuesto al Valor Agregado, la alícuota impositiva general aaplicarse en el Ejercicio Fiscal 2009 se fija en doce por ciento (12%), y laalícuota impositiva para las operaciones a que se refiere el artículo 63 de lamencionada Ley se fija en ocho por ciento (8%). Queda a salvo actividades,negocios jurídicos u operaciones realizadas en las zonas libres, puertos libresy zonas francas, que de conformidad con lo establecido en la Ley esténexentas del mencionado impuesto o deban aplicar una alícuota distinta. Encaso de modificarse la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregadodurante la ejecución del ejercicio presupuestario 2009, se aplicará la alícuotaque allí se establezca en la oportunidad que expresamente lo indique."

Con arreglo a lo establecido en el Numeral 4 del Artículo 16 de la Ley deImpuesto al Valor Agregado no están sujetas al impuesto las operaciones yservicios realizadas por Bancos.

16.Transacciones con Personas Relacionadas con el Banco

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011 el Banco mantiene captaciones delpúblico - depósitos en cuenta corriente no remuneradas con el Banco ToseyehSaderet Irán (Export Development Bank of Irán), por Bs. 24.425.165 y Bs.24.414.965, respectivamente (Nota 10).

Al 30 de junio de 2011 el Banco mantiene un depósito a plazo en el BancoToseyeh Saderet Irán (Export Development Bank of Irán) por Bs. 13.458.365producto de dicha negociación el Banco registró ingresos por rendimientos deBs. 198.108 (Nota 4.2).

De acuerdo con el Artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Leyde Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, se prohíbea las Instituciones Financieras, efectuar operaciones con personas naturaleso jurídicas vinculadas directa o indirectamente con su administración o supropiedad. De lo anterior, el Banco se encuentra en proceso de adecuaciónde esta disposición según el plazo establecido en la nueva normativa.

17.Compromisos y Contingencias

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, de acuerdo con lo indicado por losasesores legales, el Banco Internacional de Desarrollo, C.A. Banco Universal,se encuentra en proceso de gestiones de recuperación judicial de algunoscréditos.

Existen acciones intentadas contra la Institución; por diferencia de prestacio-nes sociales y otros conceptos laborales, que son atendidos por los asesoreslegales en los tribunales competentes.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco no mantiene provisión paramultas y sanciones.

18.Vencimientos de Activos y Pasivos Financieros

A continuación se presenta un detalle de los vencimientos aproximados de activos y pasivos financieros del Banco, expresados en bolívares:

31 de diciembre de 2011 _ 1er 2do 1er. 2do semestre

semestre semestre semetre 2013 en Vencidos 2012 _ 2012 _ 2013 _ adelante _ y litigio _ Total _

Activo:Disponibilidades 21.181.500 - - - - 21.181.500Inversiones en títulos valores 55.000.000 3.041.081 - 43.980.640 - 102.021.721Cartera de crédito 9.327.335 4.229.406 4.243.914 19.918.724 16.833.508 54.552.887

Intereses y comisiones por cobrar 2.389.704 - - - - 2.389.704 87.898.539 7.270.487 4.243.914 63.899.364 16.833.508 180.145.812

Pasivos:Captaciones del público 102.018.071 - - - - 102.018.071Otras obligaciones por

intermediación financiera 4.250.467 - - - - 4.250.467Acumulaciones y otros pasivos

rendimientos por créditos reestructurados 616.749 - - - - 616.749 106.268.538 - - - - 106.268.538

30 de junio de 2011 _ 2do 1er 2do 1er semestre

semestre semestre semestre 2013 en Vencidos y 2011 _ 2012 _ 2012 _ adelante _ litijio _ Total _

Activo:Disponibilidades 25.238.575 - - - - 25.238.575Inversiones en titulos valores 49.949.755 - 1.497.344 20.416.164 - 71.863.263Cartera de crédito 8.402.515 3.040.226 1.366.438 24.094.183 19.937.134 56.840.496Intereses y comisiones por cobrar 1.812.114 - - - - 1.812.114

85.402.959 3.040.226 2.863.782 44.510.347 19.937.134 155.754.448

Pasivos:Captaciones del público 76.740.515 - - - - 76.740.515Otras obligaciones por

intermediación financiera 4.404.279 - - - - 4.404.279 81.144.794 - - - - 81.144.794

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19.Posición en Moneda Extranjera

El Banco tiene las siguientes cuentas, constituidas en euros y en dólares,presentadas al tipo de cambio del dólar vigente al cierre del 31 de diciembre y30 de junio de 2011:

31 de diciembre de 2011_ 30 de junio de 2011 _ Bs. _ US$ _ Bs. _ US$ _

ActivosDisponibilidades 15.252.892 3.556.033 3.947.129 920.227Inversiones en títulos

valores - - 13.458.365 3.137.660Cartera de créditos 4.250.469 990.947 4.404.279 1.026.806Intereses y comisiones

por cobrar - - 6.400 1.492Total activos 19.503.361 4.546.980 21.816.173 5.086.185

PasivosOtras Obligaciones

por intermediaciónfinanciera 4.250.469 990.947 4.404.279 1.026.806

4.250.469 990.947 4.404.279 1.026.806Exceso de activo

sobre pasivo 15.252.892 3.556.033 17.411.894 4.059.379

Para los semestres finalizados al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, elBanco registró pérdidas en cambio por Bs. 2.215.388 y Bs. 910.404, respec-tivamente, incluida en el rubro de otros gastos operativos.

La posición autorizada por el BCV comparada con la posición mantenida porel Banco en inversiones en moneda extranjera, se indica a continuación:

31 de diciembre de 2011 30 de junio de 2011 _ Bs _ US$ _ Bs _ US$ _

Posicion autorizada 29.894.115 6.969.462 25.764.702 6.006.738Posicion mantenida 15.252.892 3.556.033 17.411.894 4.059.379

Diferencia 14.641.223 3.413.429 8.352.808 1.947.359

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco mantiene una posiciónneta activa en moneda extranjera de US$ 3.556.033 y US$ 4.059.379 equiva-lentes a Bs. 15.252.892 y Bs. 17.411.894 respectivamente, la cuales noexceden la posición autorizada por el BCV, a dichas fechas.

El resumen de los métodos y premisas, usadas en la determinación de laposición autorizada por el BCV en comparación con la posición mantenida porel Banco en inversiones a moneda extranjera al 31 de diciembre y 30 de juniode 2011, se presenta a continuación:

- Posición autorizada: Fue determinada en función del treinta por ciento(30%) de los recursos propios del Banco (Patrimonio), mostrados en elBalance de Publicación del mes anterior, noviembre y mayo de 2011,respectivamente al mes a comparar.

- Posición mantenida: Fue determinada en función de las cuentas conta-bles incluidas en el instructivo para el cumplimiento de las "Normas Rela-tivas a la Posición en Divisas de las Instituciones Financieras" emitidas porel BCV.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, las operaciones de compra y ventade divisas se encuentran restringidas debido a la existencia de un régimencambiario implementado por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzasy el BCV.

20.Ley de Reforma Parcial de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios

En la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de VenezuelaN° 5.975 de fecha de 17 de mayo de 2010, la Asamblea Nacional promulga lareforma parcial de la Ley contra Ilícitos Cambiarios, publicada en la GacetaOficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.867 Extraordinaria enfecha 28 de diciembre de 2007, la cual entre los aspectos mas importantes sedestacan los siguientes:

- Los supuestos de hecho que constituyen ilícitos cambiarios y sus respec-tivas sanciones.

- Se entiende como divisas el dinero en moneda metálica, billetes debancos, cheques bancarios y cualquier modalidad, distinta al bolívar,entendido éste como la moneda de curso legal en la República Bolivarianade Venezuela, así como también títulos valores que estén denominadosen moneda extranjera o puedan ser liquidados en moneda extranjera.

- Incorpora con Autoridad Administrativa Sancionatoria en MateriaCambiaria: a la Superintendencia Nacional de Valores, para lo que res-pecta a las operaciones realizadas con títulos valores.

- Aplica a personas naturales y jurídicas que, actuando en nombre propio,ya como administradores, intermediarios, verificadores o beneficiarios delas operaciones cambiarias, contravengan lo dispuesto en esta Ley, enlos convenios suscritos en materia cambiaria por el Ejecutivo Nacional y elBCV, así como, en cualquier norma de rango legal y sublegal aplicable enesta materia.

- Las personas naturales o jurídicas que importen, exporten o ingresen oegresen divisas, hacia o desde territorio de la República Bolivariana deVenezuela, por un monto superior a los diez mil dólares de los EstadosUnidos de América (US$. 10.000,00) o su equivalencia en otras divisas,están obligadas a declarar ante la autoridad administrativa en materiacambiaria el monto y la naturaleza de la respectiva operación o actividad.

- Determina como competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela,la venta y compra de divisa de cualquier monto, bien sea en moneda y/oen títulos valores, realizada con el objeto final de obtener para sí o parasus clientes la liquidación de saldos en moneda extranjera por la enajena-ción de los mismos en una oportunidad previa a su fecha de vencimiento.

Están exentas del cumplimiento de esta obligación los títulos valores emitidospor la República Bolivariana de Venezuela y adquiridos por las personasnaturales o jurídicas al igual que todas aquellas divisas adquiridas por perso-nas naturales no residentes, que se encuentren en situación de tránsito oturismo en el territorio nacional y cuya permanencia en el país sea inferior aciento ochenta días continuos, no obstante, quedan sujetas a las sancionesprevistas en la presente Ley, cuando incurran en los ilícitos contenidos en lamisma.

21.Sistema Financiero

Durante el primer semestre de 2010, la Presidencia de la República, el Minis-terio del Poder Popular para Economía y las Finanzas conjuntamente con laSUDEBAN, resolvieron la intervención de varias Instituciones Financieras en-tre ellas el Grupo Financiero Federal, así como la posterior liquidación dealgunas de estas, una vez concluida su evaluación. Asimismo, se efectuó laconstitución de un nuevo Banco, por medio de la reactivación de otras institu-ciones financieras, a través de la fusión por incorporación autorizada por laSUDEBAN, de Banfoandes, Banco Confederado, Bolívar Banco y CentralBanco Universal, C.A., con la consecuente extinción de sus personalidadesjurídicas, denominándose el ente resultante de la fusión Banco BicentenarioBanco Universal C.A., y la fusión por absorción de Bannorte (BANORTE)Banco Comercial, C.A., por considerar que mediante este proceso se conso-lida la posición del sistema financiero público, segmento del mercado con granpotencial de crecimiento, se contribuye al mejoramiento de los índices decapitalización, se contribuye con la reducción de las instituciones financieras,lo cual fortalece el sistema financiero con mayor solidez y base Patrimonial.Cabe destacar, que al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Bancomantiene Bs. 22.500.000 por colocaciones en el Banco Federal, C.A., querepresentan el 25,71% y el 26,33% del patrimonio del Banco a dichas fechas,dichas colocaciones se encuentran registradas en la cuenta contable títulosvalores vencidos.

En Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-02466 de fecha 31 de enero de 2012 laSUDEBAN notificó al Banco que en atención a las reuniones sostenidas losdías 9 y 10 de enero de 2012 entre la Vice-Presidencia de la RepúblicaBolivariana de Venezuela; el Ministerio del Poder Popular para la Planificacióny Finanzas, el Banco Central de Venezuela y miembros de la DelegaciónPresidencial Iraní, en las cuales se acordó solventar la recuperación de Bs.22.500.000 correspondiente a la inversión mantenida en títulos valores venci-dos, se decide otorgar una prórroga hasta el 30 de abril de 2012 para solven-tar la situación de la citada inversión y se pueda obtener una respuestadefinitiva a la instrucción impartida en el Oficio N° SIB-II-GGIBPV-GIBPV2-42056 de fecha 19 de diciembre de 2011. El Banco en comunicación N°17300548 de fecha 3 de febrero de 2012 consignó a la SUDEBAN una cartaemitida por la Embajada de la República Islámica del Irán en Venezuela, en lacual informa las gestiones diplomáticas que actualmente se están realizandopara la recuperación de la inversión registrada como inversiones en títulosvalores vencidos (Nota 9).

22. Prohibición de realizar y mantener operaciones con bancos y otrasentidades, con licencias bancarias y/o de inversión otorgadas e paí-ses, estados o jurisdicciones con regímenes impositivos de bajacarga fiscal, sin supervisión o regulación monetaria, bancada o fi-nanciera y con intensa protección al secreto bancario

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447 defecha 16 de junio de 2010, la SUDEBAN emitió la Resolución Nº 312.10 deesa misma fecha. Esta normativa establece a los Bancos y Otras Entidadesdel País abstenerse de efectuar transacciones u operaciones "Off-Shore" con

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La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) establece unaalícuota anual equivalente al 0,5% de los ingresos brutos obtenidos en elterritorio nacional en el año anterior.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.575 defecha 16 de diciembre de 2010, la Asamblea Nacional, publica la Ley deReforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se derogala Ley publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezue-la N° 38.242 de fecha 3 de agosto de 2005, dentro de los aspectos másrelevantes de dicha reforma podemos destacar los siguientes:

Artículo 23: Se establece un aporte obligatorio para las personas jurídicas,entidades privadas o públicas, domiciliadas o no en la República que realicenactividades económicas en el territorio nacional; recursos que serán utilizadospara financiar actividades de la ciencia, tecnología, innovación y sus aplicacio-nes, necesarios para el avance social, económico y político del país, así comopara la seguridad y soberanía nacional, en concordancia con el Plan Nacionalde Ciencia, Tecnología e Innovación establecido por la actividad nacional concompetencia en materia de ciencia tecnología, innovación y sus aplicaciones.

Artículo 25: Se establecen como aportantes aquellas personas jurídicas, en-tidades privadas o públicas, domiciliadas o no en la República que realicenactividades económicas en el territorio nacional y hayan obtenido ingresosbrutos anuales superiores a cien mil unidades tributarias (100.000 U.T) en elejercicio fiscal inmediato anterior, según se determina:

1. Las compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada;2. Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunida-

des así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas lasirregulares o de hecho;

3. Las asociaciones, fundaciones, corporaciones, cooperativas y demás en-tidades jurídicas o económicas no citadas anteriormente;

4. Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en elterritorio.

Artículo 26: Las personas jurídicas, entidades privadas o públicas, domicilia-das o no en la República que realicen actividades económicas enel territorio nacional, aportarán anualmente un porcentaje de susingresos brutos obtenidos en el ejercicio económico inmediata-mente anterior, de acuerdo a la actividad a la que se dediquen,de la siguiente manera:

1) Un 2% cuando la actividad económica sea de las contempla-das en la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingoy Máquinas Traganíqueles y aquellas vinculadas a la indus-tria y el comercio de alcohol etílico, especies alcohólica ytabaco.

2) Un 1% para empresas de capital privado cuya actividad seade las contempladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos yen la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos y compren-dan la explotación minera, su procesamiento y distribución.

3) Un 0,5% para empresas de capital público cuya actividad seade las contempladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos yen la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos y compren-dan la explotación minera, su procesamiento y distribución.

4) Un 0,5% para cualquier otra actividad económica.

Parágrafo primero: Cuando el aportante desarrolle de forma concurrentevarias actividades de las establecidas, calculará su aporte aplicando la alícuo-ta más alta que corresponda a las actividades que desarrolle.

Disposiciones transitorias: Los aportes establecidos en el título III de la Ley,comenzarán a realizarlos a partir del primero de enero 2011.

Durante el mes de marzo de 2011, el Banco canceló Bs. 116.406 al FondoNacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT) correspondiente alpago del aporte obligatorio establecido en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecno-logía e Innovación (LOCTI). A la fecha de emisión de este informe, el Bancono ha estado sujeto a revisión por parte del Organismo Competente.

27. Tasa de Interés Social Máxima y Tasas de Interés Sociales Especia-les aplicables a Créditos Hipotecarios.

En Gaceta Oficial Nº 39.751 de fecha 6 de septiembre de 2011, emitida por elBCV fija en 11,42% la tasa de interés social máxima de acuerdo a la LeyEspecial de protección al deudor hipotecario de vivienda. Asimismo, se fija lastasas de intereses sociales especiales aplicables a los créditos hipotecariospara adquisición de vivienda principal, otorgados y por otorgar con los recur-sos propios de las instituciones financieras, en los siguientes términos:

a. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesmenores o iguales a cuatro salarios mínimos se fijan en 4,66%

operadores financieros "Off-Shore". Asimismo las operaciones que se en-cuentren registradas en los Estados Financieros a la fecha de entrada envigencia de esta normativa, debe ser totalmente provisionadas, castigadas,canceladas, reversadas, desincorporadas y/o liquidadas en los términos ycondiciones que para cada caso determine la SUDEBAN. Al 31 de diciembrey 30 de junio de 2011, el Banco Internacional de Desarrollo, C.A., BancoUniversal, no mantiene operaciones con empresas constituidas bajo la figurade Off-Shore.

23.Normas Relativas a las Operaciones en el Mercado de Divisas

En fecha 01 de octubre de 2010, el BCV publicó a través de la Gaceta Oficialde la República Bolivariana de Venezuela N° 39.522, Resolución N° 10-09-01,mediante la cual se establecieron las normas a ser aplicadas por las institucio-nes financieras durante la ejecución de operaciones de corretaje ointermediación en el mercado de divisas, las cuales sólo podrán efectuarse através de operaciones de compra y venta en bolívares, de títulos valoresdenominados en moneda extranjera, emitidos o por emitirse por la República,a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera(SITME) del BCV. Ente encargado de determinar los títulos valores denomina-dos en moneda extranjera, que podrán ser objeto de operaciones de compray venta en bolívares, estableciendo a través de una publicación diaria labanda de precios de los títulos valores que se negocian a través de dichosistema.

24.Ley de Mercado de Valores

El 19 de agosto de 2010, el Ejecutivo Nacional, promulga la Ley de Mercadode Valores, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivarianade Venezuela N° 39.489 de esa misma fecha, y reimpresa en la Gaceta Oficialde la República Bolivariana de Venezuela N° 39.546 de fecha de 05 denoviembre de 2010, la misma deroga a la Ley de Mercado de Capitales. EstaLey tiene por objeto regular el mercado de valores integrado por personasnaturales y jurídicas que participan de forma directa o indirecta en los proce-sos de emisión, custodia, inversión, intermediación de títulos valores. De igualforma establece que las sociedades que hagan oferta pública de accionesdeben establecer en sus estatutos sociales su política de dividendo, así comola asamblea de accionista determinará los montos, frecuencia y forma de pagode los mismos.

Los corredores públicos de valores y los operadores de valores autorizadospor esta Ley, que en su cartera posean títulos de la deuda pública nacional,tendrán ciento ochenta días (SIC) continuos a partir de la entrada en vigenciade la presente Ley, para desincorporarlos de su cartera de inversiones, si-guiendo el procedimiento establecido por la Superintendencia Nacional deValores.

25. Operaciones Activas, Pasivas y Contingentes en Exceso a los Lími-tes Legales.

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, el Banco no presenta operacionesactivas, pasivas y contingentes en exceso a los Límites Legales, establecidosen el Artículo 96 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de ReformaParcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

La SUDEBAN en Oficio Nº SBIF-DSB-II-GGI-GI8-11960 de fecha 6 de agostode 2009, autorizó al Banco Internacional de Desarrollo, C.A. Banco Universala otorgar créditos con recursos provenientes de la Cooperación Internacionalentre la República Islámica de Irán y la República Bolivariana de Venezuela,enmarcado en las líneas estratégicas de la Ley Aprobatoria del AcuerdoMarco de Cooperación firmado entre ambos gobiernos en fecha 31 de agostode 2004, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.762 Extraordinario de fecha 01de marzo de 2005, a una sola persona natural o jurídica por cantidades queexceden en su totalidad del 10% del patrimonio del Banco.

26.Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.544 del 17de octubre de 2006, el Presidente de la República, dicta el "ReglamentoParcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, referido a losaportes e inversión" que deben realizar las grandes empresas del país segúnlo contemplado en el Artículo Nº 37 de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnologíae Innovación, referido a los aportes e inversión, publicada en la Gaceta Oficialde la República Bolivariana de Venezuela N° 38.242 de fecha 3 de agosto de2005.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.446 del 15de junio de 2010, el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnologíae Industrias Intermedias, ha facultado al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnolo-gía e Innovación (FONACIT), mediante resolución Nº 090 del 11 de junio de2010, para llevar a cabo las atribuciones allí descritas, relativas a garantizar lacorrecta aplicación de los establecido en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecno-logía e Innovación (LOCTI).

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b) Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmayores a dos mil ochocientos bolívares (Bs. 2.800) y menores o igualesa cinco mil cuatrocientos setenta y cuatro bolívares (Bs. 5.474): seis ente-ros con sesenta y uno centésimas por ciento (6,61%).

c) Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmayores a cinco mil cuatrocientos setenta y cuatro bolívares (Bs. 5.474) ymenores o iguales a siete mil bolívares (Bs. 7.000): ocho enteros concincuenta y cinco centésimas por ciento (8,55%).

28. Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas y Demás Tarjetas deFinanciamiento o Pago Electrónico.

La Asamblea Nacional, publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivarianade Venezuela Nº 39.021, de fecha 22 de septiembre de 2008, la Ley deTarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas y demás Tarjetas de Financiamientoo Pago Electrónico, la cual tiene por objeto regular todos los aspectos vincu-lados con el sistema y operadores de tarjetas de crédito, débito, prepagadas,y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, así como sufinanciamiento y las relaciones entre el emisor, el o la tarjetahabiente y losnegocios afiliados al sistema, con el fin de garantizar el respeto y protecciónde los derechos de los usuarios y las usuarias de dichos instrumentos depago, obligando al emisor de tales instrumentos a otorgar información ade-cuada y no engañosa a los y a las tarjetahabientes; asimismo a resolver lascontroversias que se puedan presentar por su uso, conforme a lo previsto enla Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley.

Esta Ley será aplicable en todo el territorio de la República Bolivariana deVenezuela, a los y a las tarjetahabientes, los emisores y los negocios afiliados.

29. Normas Relativas a la Protección de los Usuarios de los ServiciosFinancieros

En la Gaceta Oficial Ordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N°39.635 de fecha de 16 de marzo de 2011, según Resolución Nº 083.11, deesta misma fecha, se dictan las Normas Relativas a la Protección de losUsuarios de los Servicios Financieros. En esta Resolución se incluye la figuradel Defensor del Cliente y Usuario Bancario quien será el encargado detramitar y resolver los reclamos que presenten los clientes de las institucionesfinancieras; se instruye que toda solicitud de crédito o financiamiento depersonas naturales y jurídicas consignadas ante la institución bancaria, debeser formalmente recibida, para lo cual se emitirá a favor del cliente, usuario yusuaria una constancia debidamente sellada y firmada por un empleado auto-rizado para tales fines. De igual forma, se establecen diversas prohibiciones,tales como, entre otras: 1) Inactivar las cuentas de depósitos de ahorros, lascuentas corrientes y otros instrumentos de captación de naturaleza similar porla ausencia de movimientos de depósitos o retiros, 2). Limitar el acceso paralas consultas y ejecución de operaciones a través de la banca por Internet,banca móvil y corresponsales no bancarios de los productos que los clientesposean. Sin perjuicio de las medidas de seguridad necesarias para estecanal, 3) Restringir o prohibir al público dentro de las agencias u oficinas, eluso de taquillas o cajeros automáticos cuando éstos así lo requieran, entransacciones comunes para ambos canales de atención. En ese sentido, elpersonal de la institución financiera deberá ofrecer previamente a los clientes,usuarios y usuarias las alternativas por las cuales éstos podrán realizar susoperaciones, pudiendo escoger la de su preferencia, entre otros.

30. Normas relativas a la atención y adecuación de las instalacionespara las personas con discapacidad, de la tercera edad y mujeresembarazadas.

En la Gaceta Oficial Ordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N°39.520 de fecha 29 de septiembre de 2010, según Resolución No. 487-10 del13 de septiembre de 2010, se dictan las Normas relativas a la atención yadecuación de las instalaciones para las personas con discapacidad, de latercera edad y mujeres embarazadas, en la cual se señalan que las Institucio-nes deberán (a) adecuar en su oficina principal y en sus agencias a nivelnacional, por lo menos, una (1) taquilla de atención preferencial plenamenteidentificada para las personas con discapacidad, de la tercera edad y mujeresembarazadas; (b) incorporar en las instalaciones de su oficina principal y ensus agencias a nivel nacional una taquilla con altura máxima de 80 cts. y/o unpuesto de atención integral de forma tal que aquellos ciudadanos que setrasladen en sillas de ruedas, las personas con alguna otra discapacidad, dela tercera edad o mujeres embarazadas puedan ser atendidas cómodamente,que deberán estar en funcionamiento durante el horario bancario, siendo queel tiempo de espera no podrá ser mayor de 15 minutos.

31.Ley Habilitante

En la Gaceta Oficial N° 6.009 del 17 de diciembre de 2010, fue publicada laLey que autoriza al Presidente de la República para dictar decretos con rango,valor y fuerza de ley en las materias que se delegan. La habilitación es de 18meses contados a partir de su entrada en vigencia, la misma abarca lassiguientes áreas: 1) Atención sistematizada y continua a las necesidadeshumanas vitales y urgentes derivadas de las condiciones sociales de pobrezay de las lluvias, derrumbes, inundaciones y otros eventos producidos por la

b. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesmayores a cuatro salarios mínimos y hasta seis salarios mínimos se fijanen 6,91%

c. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesmayores a seis salarios mínimos y hasta ocho salarios mínimos se fijan en9,16%

En atención a los criterios determinados por el Ministerio de Vivienda y Hábitatmediante Oficios Nos. 1953 y 2104 del 18 de agosto de 2011 y del 5 deseptiembre de 2011, se fija la Tasa de Interés Social aplicable a los créditoshipotecarios para construcción de vivienda principal, otorgados y por otorgar-se con los recursos propios de las Instituciones Bancarias se fija en 10,50%;la cual regirá a partir del mes de septiembre de 2011.

En atención a los criterios determinados por el Ministerio de Vivienda y Hábitatmediante Oficios Nos. 1953 y 2104 del 18 de agosto de 2011 y del 5 deseptiembre de 2011, se fijan las Tasas de Interés Sociales Especiales aplica-bles a los créditos hipotecarios para mejora y ampliación de vivienda principal,otorgados y por otorgarse con los recursos de los Fondos regulados por elDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional deVivienda y Hábitat, así como con recursos propios de las Instituciones Banca-rias, en los siguientes términos, las cuales regirán a partir del mes de septiem-bre de 2011:

a. Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmenores o iguales a tres salarios mínimos se fija en 1,40%.

b. Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmayores a tres salarios mínimos y hasta cinco salarios mínimos se fija en2,40%.

En atención a los criterios determinados por el Ministerio de Vivienda y Hábitatmediante Oficios Nos. 1953 y 2104 del 18 de agosto de 2011 y del 5 deseptiembre de 2011, se fijan las Tasas de Interés Sociales Especiales aplica-bles a los créditos hipotecarios para auto-construcción de vivienda principal,otorgados y por otorgarse con los recursos de los Fondos regulados por elDecreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional deVivienda y Hábitat, así como con recursos propios de las Instituciones Banca-rias, en los siguientes términos, las cuales regirán a partir del mes de septiem-bre de 2011:

a. Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmenores o iguales a tres salarios mínimos se fija en 1,40%.

b. Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmayores a tres salarios mínimos y hasta cinco salarios mínimos se fija en4,66%.

En Gaceta Oficial Nº 39.097 de fecha 13 de enero de 2009, emitida por elBCV fija en 14,39% la tasa de interés social máxima de acuerdo a la LeyEspecial de protección al deudor hipotecario de vivienda. Asimismo, se fija lastasas de intereses sociales especiales aplicables a los créditos hipotecariospara adquisición de vivienda principal, otorgados y por otorgar con los recur-sos propios de las instituciones financieras, en los siguientes términos:

a. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesmenores o iguales a Bs. 2.800 se fijan en 4,66%

b. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesentre a Bs. 2.800 y Bs. 5.474 se fijan en 6,61%

c. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesentre Bs. 5.474 y Bs. 7.000 se fijan en 8,55%

d. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesentre Bs. 7.000 y Bs. 10.120 se fijan en 10,50%

e. Tasa de interés social especial para las familias con ingresos mensualesmayores a Bs. 10.120 y menores o iguales a Bs. 16.650 se fijan en12,44%.

En atención a los criterios determinados por el Ministerio de Vivienda y Hábitatmediante Oficio Nº 001858 del 18 de diciembre de 2008, se fija la Tasa deInterés Social aplicable a los créditos hipotecarios para construcción de vivien-da principal, otorgados y por otorgarse con los recursos propios de las Institu-ciones Financieras en diez enteros con cincuenta centésimas por ciento(10,50%), la cual regirá a partir del mes de enero de 2009.

En atención a los criterios determinados por el Ministerio de Vivienda y Hábitatmediante Oficio Nº 001878 del 05 de enero de 2009, se fijan las Tasas deInterés Sociales Especiales aplicables a los créditos hipotecarios otorgados ypor otorgarse con los recursos de los Fondos regulados por el Decreto conRango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat,en los siguientes términos, las cuales regirán a partir del mes de enero de2009:

a) Tasa de Interés Social Especial para las familias con ingresos mensualesmenores o iguales a dos mil ochocientos bolívares (Bs. 2.800): cuatroenteros con sesenta y seis centésimas por ciento (4,66%).

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34. Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Atención al Sector Agrí-cola

El Ejecutivo Nacional, el 27 de enero de 2011 a través de la Gaceta Oficial dela República Bolivariana de Venezuela Nº 39.603, de esa misma fecha, apro-bó el Decreto N° 8.012 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Atención alSector Agrícola, el cual tiene por objeto atender integralmente a los producto-res, campesinos y pescadores, que resultaron afectados por las contingen-cias naturales acaecidas durante el último trimestre del 2010. Serán benefi-ciarios de este Decreto, las personas naturales y jurídicas que hubieren recibi-do créditos agrícolas para el financiamiento de la siembra, adquisición deinsumos, maquinarias, equipos, semovientes, construcción y mejoramiento deinfraestructura, reactivación de centros de acopio y capital de trabajo, conocasión de la producción de rubros estratégicos. Se otorgará a los beneficia-rios de este Decreto, por parte de la banca pública y privada, la reestructura-ción o condonación de la deuda de créditos otorgados al sector agrícola parael financiamiento de los rubros estratégicos que se encuentren bajo supues-tos establecidos en el mismo.

35. Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergenciapara Terrenos y Vivienda

En la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de VenezuelaN° 6.018 de fecha de 29 de enero de 2011, el Ejecutivo Nacional, promulgó elDecreto Nº 8.005, el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de LeyOrgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, destacándose el artículo19, correspondiente a cartera obligatoria de crédito:

- Sin perjuicio de las carteras hipotecarias obligatorias, fijadas por otrasleyes al sector bancario público o privado, destinado a viviendas familiaresprincipales, los Bancos deberán crear una cartera obligatoria de créditospara atender los proyectos establecido en esta Ley.

Las instituciones financieras de desarrollo de vivienda, las creadas medianteley especial, la banca de inversión, la banca hipotecaria, las no hipotecarias ycualquier otra institución creada para igual o actividad conexa en materia definanciamiento para la adquisición o construcción de vivienda, estará obligadaa destinar un porcentaje de la cartera de crédito prevista en esta Ley. Dichoporcentaje será fijado por el Ejecutivo Nacional a través del órgano competen-te establecido en la referida Ley.

36. Resolución N° 310-11, del 1 de diciembre de 2011, y publicada en laGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.821 defecha 15 de diciembre de 2011.

En la Gaceta Oficial N° 39.821 de fecha 15 de diciembre de 2011, la SUDEBANpublicó la Resolución 310-11, del 1 de diciembre de 2011, la cual establecelas medidas de carácter temporal para el "Diferimiento de Gastos originadospor la Culminación de Obras de Proyectos Inmobiliarios por parte de las Insti-tuciones Bancarias, los cuales fueron expropiados, ocupados e intervenidospor parte del Estado Venezolano.", la cual indica que las erogaciones origina-das por gastos, cargos y pérdidas, por no tener fuentes de repago, incurridaspara la culminación de Obras de Construcción de Complejos Habitacionales,cuyos inmuebles han sido objeto de expropiación, ocupación e intervenciónpor parte del Estado Venezolano, en las cuales el Banco asumió la culmina-ción según acta compromiso efectuada entre el Estado Venezolano y laAsociación Bancaria de Venezuela, de fecha 6 de mayo de 2011, seráncontabilizados con cargo a la cuenta de "Otros Gastos Diferidos" y amortizadosen un plazo no menor de 10 años ni mayor de 15 años, previa aprobación deSUDEBAN.

Al 31 de diciembre de 2011, el Banco no mantiene créditos hipotecariosotorgados para construcción de vivienda.

37. Aporte establecido en la Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física yEducación Física

En fecha 24 de agosto de 2011, se publicó en Gaceta Oficial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela Nº 39.741 la Ley Orgánica de Deporte, ActividadFísica y Educación Física.(LODAFEF). En la cual se establece lo siguiente:

Artículo 7: "Las disposiciones de la presente Ley son de orden público yserán aplicables a la Administración Pública Nacional, estadal y municipal, alas organizaciones del Poder Popular, así como a todas las personas natura-les o jurídicas de derecho público o privado que se dediquen a realizar cual-quier actividad relacionada con la práctica, promoción, organización, fomento,administración o alguna actividad económica vinculada con el deporte, laactividad física o la educación física."

Artículo 68: "El aporte a cargo de las empresas u otras organizaciones indica-das en este artículo, será el uno por ciento (1%) sobre la utilidad neta oganancia contable anual, cuando ésta supere las veinte mil Unidades Tributarias(20.000 U.T); y se realizará de acuerdo con los parámetros que defina elReglamento de la presente Ley o en normas emanadas del Ministerio delPoder Popular con competencia en materia de deporte, actividad física yeducación física."

problemática nacional; 2) Infraestructura, transporte y servicios públicos; 3)Vivienda y hábitat; 4) Ordenación territorial, desarrollo integral y sobre de latierra urbana y rural; 5) Financiero y tributario, incluyendo normas para ade-cuar el sistema financiero público y privado a los principios constitucionales y,en consecuencia, modernizar el marco regulatorio de los sectores tributario,impositivo, monetario, crediticio, del mercado de valores, de la banca y de losseguros, y creación de fuentes y fondos especiales a fin de atender lascontingencias naturales y sociales y las posteriores políticas de reconstruccióny transformación; 6) Seguridad ciudadana y jurídica; 7) Seguridad y defensaintegral; 8) Cooperación internacional; y, 9) Sistema socioeconómico de lanación.

32.Normas que Regulan el uso de los Servicios de la Banca Electrónica

En la Resolución N° 641.10 de fecha 24 de diciembre de 2010, emitida por laSUDEBAN publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana deVenezuela N° 39.597 del 19 de enero de 2011, se dictan las normas queregulan el uso de los servicios de la banca electrónica, entre los aspectosrelevantes tenemos:

- Las entidades deben informar a sus clientes de forma escrita, impresa o através de medios electrónicos los servicios ofrecidos y las responsabilida-des de su uso, límites diarios de montos y transacciones electrónicas y elprocedimiento para informar cualquier irregularidad detectada, entre otrosservicios, según lo establecido en el artículo 3 de las normas.

- Deberán verificar la identidad de sus clientes y su cualidad, mediante loscinco (5) factores de autenticación. El vencimiento de las contraseñaspara canales electrónicos no será superior a 180 días, de acuerdo a loindicado en el artículo 5.

- Los Bancos y demás Instituciones Financieras, deberán informar a susclientes, a través de campañas educacionales, sobre el funcionamientode los canales electrónicos que pongan al alcance de estos, a fin deprevenir actos que pudieran derivar en operaciones irregulares o ilegalesque afecten a los clientes o a las propias instituciones, Artículo 18.

- El artículo 27 señala: que cuando los sistemas de banca electrónicadeterminen fallas de dispensación de efectivo en los cajeros automáticos,las entidades financieras deberán reintegrar los montos comprometidosde manera inmediata sin la necesidad de reclamo del cliente, sin que estoincluya el cobro de comisiones.

Por otra parte, las instituciones financieras tendrán hasta cuatro (4) mesespara presentar ante la SUDEBAN un plan de trabajo con su respectivo análisisde brechas en los sistemas de información y dieciocho (18) meses adicionales,contados a partir de la entrega de la citada información, para efectuar lasadecuaciones que aseguren el cumplimiento de las disposiciones.

33. Normas relativas a las tasas y contribuciones que deben cancelar laspersonas sometidas al control de la Superintendencia Nacional deValores

La Resolución N° 040, de fecha 25 de noviembre de 2010, publicada enGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.591 de fecha11 de enero de 2011, establece las "Normas relativas a las tasas y contribucio-nes que deben cancelar las personas sometidas al control de laSuperintendencia Nacional de Valores". Entre las cuales se establecen,entre otros:

- Artículo 1. Se establece una contribución especial anual, para las personassometidas al control de la Superintendencia Nacional de Valores, destina-da al financiamiento, pago del mantenimiento, cancelación de los honora-rios a los árbitros y defensores de oficio, mejoras de los servicios técnicosy demás operaciones de la Superintendencia Nacional de Valores, asícomo para el desarrollo profesional y académico del personal, en lostérminos que se indican a continuación, entre otras:

a) Por parte de cada una de las personas que hayan obtenido autoriza-ción para hacer oferta pública de valores y tengan sus valores inscri-tos en el Registro Nacional de Valores, el equivalente al uno comacinco por ciento (1,5%) de la emisión.

Parágrafo Primero, las tasas fijadas en este artículo deberán ser canceladaspor los emisores al momento de efectuar su Inscripción ante el Registro Nacio-nal de Valores y posteriormente al inicio de cada ejercicio fiscal, la contribuciónespecial será pagada por los sujetos obligados, dentro de los quince (15)primeros días hábiles del año correspondiente.

Artículo 2: Las presentes Normas entrarán en vigencia a partir de su publica-ción en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

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La base imponible de cálculo o gravable de la aporte antes mencionado es eluno por ciento (1%) de utilidad neta o ganancia contable anual cuando éstasupere las veinte mil Unidades Tributarias (20.000 U.T); de aquellas Empresasu otras organizaciones públicas y privadas que realicen actividades económi-cas en el país con fines de lucro cuya utilidad neta o ganancia contable anualsupere las Veinte Mil Unidades Tributarias (20.000 U.T.).

De acuerdo a la Disposición Transitoria Octava: Entrada en vigencia "Du-rante su primer año de vigencia, los sujetos contribuyentes realizaran el aportecorrespondiente en proporción a los meses de vigencia de la ley, consideran-do en cada caso el inicio y fin de sus respectivos ejercicios fiscales."

La forma de pago será en dinero al fondo o en proyectos propios del contribu-yente de acuerdo a lo establecido en el Artículo 68: "Se podrá destinar hastael cincuenta por ciento (50%) del aporte aquí previsto para la ejecución deproyectos propios del contribuyente, propendiendo al desarrollo de activida-des físicas y buenas prácticas, y para el patrocinio del deporte, con sujeción alos lineamientos que al respecto emita el Instituto Nacional de Deportes.")

El cumplimiento del aporte establecido en el Artículo 68 se realizará de acuer-do con los parámetros que defina el Reglamento de la presente Ley o ennormas emanadas del Ministerio del Poder Popular con competencia en mate-ria de deporte, actividad física y educación física. A la fecha de este informeno se ha dictado el Reglamento o normativa alguna. De lo anterior el Bancono efectuó apartado alguno por este concepto.

ANEXO IBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

Balances Generales(Expresados en bolívares constantes)

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

ACTIVODISPONIBILIDADES 21.181.500 28.489.303

Efectivo 220.824 324.851Banco Central de Venezuela 7.614.873 24.122.762Bancos y otras instituciones financieras

del País 1.457.243 1.646.884Bancos y corresponsales del exterior 15.148.584 4.455.519Efectos de cobro inmediato 84.097 1.704.035Provisión para disponibilidades (3.344.121) (3.764.748)

INVERSIONES EN TITULOS VALORES 102.021.721 81.119.251Colocaciones en el Banco Central de

Venezuela y Operaciones Interbancarias 55.000.000 28.220.000Inversiones en títulos valores para

negociar - -Inversiones en títulos valores disponibles

para la venta - -Inversiones en títulos valores mantenidos

hasta su vencimiento 41.886.090 51.202.913Inversiones de disponibilidad restringida - -Inversiones en otros títulos valores 5.135.631 1.696.338Provisión para inversiones en títulos

valores - -

CARTERA DE CREDITOS 37.719.379 41.147.763Créditos vigentes 30.120.651 41.656.515Créditos reestructurados 7.598.728 -Créditos vencidos 10.585.450 10.819.293Créditos en litigio 6.248.058 11.685.744Provisión para cartera de créditos (16.833.508) (23.013.789)

INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR 1.683.521 945.148Rendimientos por cobrar por

disponibilidades - -Rendimientos por cobrar por inversiones

en títulos valores 634.671 402.618Rendimientos por cobrar por cartera

de créditos 1.751.702 1.641.008Comisiones por cobrar - -Rendimientos y comisiones por cobrar

por otras cuentas por cobrar 3.331 1.888Provisión para rendimientos por cobrar

y otros (706.183) (1.100.366)

INVERSIONES EN EMPRESAS FILIALES,AFILIADAS Y SUCURSALES - -Inversiones en empresas filiales

y afiliadas - -

BIENES REALIZABLES 4.400.349 5.871.972

BIENES DE USO 8.508.200 8.730.152

OTROS ACTIVOS 25.948.062 27.384.658 201.462.732 193.688.247

CUENTAS DE ORDENCuentas contingentes deudoras 52.320.488 3.633.221Otras cuentas de orden deudoras 343.812.677 447.903.507

396.133.165 451.536.728

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ANEXO IBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

Balances Generales(Expresados en bolívares constantes)

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

PASIVO Y PATRIMONIO

CAPTACIONES DEL PÚBLICO 102.018.071 86.624.693Depósitos en cuentas corrientes 98.369.757 82.740.570Cuentas corrientes no remuneradas 98.369.757 82.740.570Cuentas corrientes remuneradas - -Otras obligaciones a la vista 2.648.161 2.993.108Obligaciones por operaciones

de mesa de dinero - -Depósitos de ahorro 1.000.153 891.015Depósitos a plazo - -Títulos valores emitidos por la institución - -Captaciones del público restringidas - -

OBLIGACIONES CON EL BANCO CENTRALDE VENEZUELA - -

CAPTACIONES Y OBLIGACIONES CON ELBANCO NACIONAL DE VIVIENDAY HÁBITAT - -

OTROS FINANCIAMIENTOS OBTENIDOS - -Obligaciones con instituciones financieras

del país hasta un año - -Obligaciones con instituciones financieras

del país a más de un año - -Obligaciones con instituciones financieras

del exterior hasta un año - -Obligaciones con instituciones financieras

del exterior a más de un año - -Obligaciones por otros financiamientos

hasta un año - -Obligaciones por otros financiamientos

a más de un año - -

OTRAS OBLIGACIONES PORINTERMEDIACIÓN FINANCIERA 4.250.467 4.971.550

INTERESES Y COMISIONES POR PAGAR - -Gastos por pagar por captaciones

del público - -Gastos por pagar por obligaciones

con el BCV - -Gastos por pagar por captaciones y

obligaciones con el BANAVIH - -Gastos por pagar por otros financiamientos

obtenidos - -Gastos por pagar por otras obligaciones

por intermediación financiera - -Gastos por pagar por obligaciones

convertibles en capital - -Gastos por pagar por obligaciones

subordinadas - -

ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS 1.484.433 1.581.614

OBLIGACIONES SUBORDINADAS - -

OBLIGACIONES CONVERTIBLESEN CAPITAL - -

TOTAL PASIVO 107.752.971 93.177.857

PATRIMONIOCapital social pagado 120.142.657 120.142.657Aportes patrimoniales no capitalizados 67.879.164 67.879.164Reservas de capital - -Ajustes al patrimonio - -Resultados acumulados (94.312.060) (87.511.431)Ganancia (pérdida) no realizada

en inversiones en títulos valoresdisponibles para la venta - -

Acciones en tesorería - -

TOTAL PATRIMONIO 93.709.761 100.510.390 201.462.732 193.688.247

CUENTAS DE ORDENCuentas contingentes acreedoras 52.320.488 3.633.221Otras cuentas de orden acreedoras 343.812.677 447.903.507

396.133.165 451.536.728

ANEXO IIBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

Estados de Resultados y Aplicación del Resultado Neto(Expresados en bolívares constantes)

Semestre terminado el _31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

INGRESOS FINANCIEROS 8.390.732 4.559.843Ingresos por disponibilidades 2.604 2.701Ingresos por inversiones en títulos valores 4.428.833 816.987Ingresos por cartera de créditos 3.400.907 3.564.847Ingresos por otras cuentas por cobrar 417.834 2.867Otros ingresos financieros 140.554 172.441

GASTOS FINANCIEROS 8.600.589 15.103.388Gastos por captaciones del público 53.824 145.803Gastos por obligaciones con el BCV - -Gastos por captaciones y obligaciones

con el BANAVIH - -Gastos por otros financiamientos obtenidos - -Gastos por otras obligaciones por

intermediación financiera - -Gastos por obligaciones subordinadas - -Gastos por obligaciones convertibles

en capital - -Gasto por oficina principal y sucursales - -Otros gastos financieros 1.604 235Resultado Monetario del Semestre (REME) 8.545.161 14.957.350

MARGEN FINANCIERO BRUTO (209.857) (10.543.545)

Ingresos por recuperaciones de activosfinancieros 6.408.650 679.888

Gastos por incobrabilidad y desvalorizaciónde activos financieros 2.413.855 12.048.196

Gastos por incobrabilidad de créditos yotras cuentas por cobrar 2.404.487 12.048.196

Constitución de provisión y ajustesde disponibilidades 9.368 -

MARGEN FINANCIERO NETO 3.784.938 (21.911.853)

Otros ingresos operativos 667.469 3.429.660Otros gastos operativos 2.362.455 1.469.433

MARGEN DE INTERMEDIACION FINANCIERA 2.089.952 (19.951.626)

MENOS:GASTOS DE TRANSFORMACIÓN 7.003.762 5.896.681

Gastos de personal 3.839.587 3.310.746Gastos generales y administrativos 2.491.864 2.090.008Gastos por aporte a Fondo de Garantía

de Depósitos y Protección Bancaria 582.534 372.318Gastos por aporte a la Superintendencia

de Bancos y Otras InstitucionesFinancieras 89.777 123.609

MARGEN OPERATIVO BRUTO (4.913.810) (25.848.307)

Ingreso por bienes realizables - -Ingresos operativos varios 128.495 152.733Gastos por bienes realizables 1.787.849 -Gastos por depreciación, amortización

y desvalorización de bienes diversos - -Gastos operativos varios 227.688 9.213

MARGEN OPERATIVO NETO (6.800.852) (25.704.787)

Ingresos extraordinarios 223 7.250Gastos extraordinarios - -

RESULTADO BRUTO ANTES DE IMPUESTO (6.800.629) (25.697.537)

Impuesto sobre la renta - -

RESULTADO NETO (6.800.629) (25.697.537)

APLICACIÓN DEL RESULTADO NETOReserva legal - -Resultados acumulados Superávit no distribuible y restringido - - Superávit por aplicar (6.800.629) (25.697.537)

(6.800.629) (25.697.537)

Aportes LOSEP - -

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ANEXO IVBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

Estados de Flujos del Efectivo(Expresados en bolívares constantes)

Semestre terminado el _31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Actividades operacionales:Resultado neto (6.800.629) (25.697.537)Ajustes para conciliar el resultado neto

con el efectivo usado por las actividadesoperacionales:

Ingresos por recuperación de activosfinancieros - liberación provisióncartera de créditos (6.408.650) (417.834)

Ingresos por recuperación de activosfinancieros - liberación provisiónintereses y comisiones por cobrar - (221.550)

Ingresos por recuperación de activosfinancieros - liberación provisióncréditos contingentes - (40.504)

Gastos por incobrabilidad de créditosy otras cuentas por cobrar 2.404.487 11.485.710

Constitución de provisión pararendimientos por cobrar y otros - 562.486

Constitución de provisión y ajuste adisponibilidades 9.368 -

Constitución de provisión paraotros activos 203.156 344.990

Depreciación y amortización 523.629 1.039.404Amortización de bienes realizables 1.787.849 -Retiros de bienes de uso neto 8.514 -Ajustes a la depreciación acumulada

de bienes de uso 11.514 1.396.250Cambios netos en activos y pasivos

operacionales:Variación neta de intereses y

comisiones por cobrar (738.373) (176.057)Variación neta bienes realizables (2.206) -Variación neta de otros activos 938.347 3.007.343Variación neta de acumulaciones

y otros pasivos (97.181) 52.796

Efectivo neto (usado) por las actividadesoperacionales (8.160.175) (8.664.503)

Actividades de financiamiento:Variación neta de captaciones del público 15.393.378 28.838.806Aportes Patrimoniales no capitalizados - -Variación neta de otras obligaciones

por intemediación financiera (721.083) 3.148.268

Efectivo neto provisto por actividadesde financiamiento 14.672.295 31.987.074

Semestre terminado el _31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Actividades de inversión:Variación neta de colocaciones en el

Banco Central de Venezuelay operaciones interbancarias (26.780.000) 3.674.244

Variación neta de inversiones en títulosvalores mantenidas hasta su vencimiento 9.316.823 (20.484.064)

Variación neta de inversiones enotros títulos valores (3.439.293) 3.087.799

Variación neta de cartera de créditos 7.118.527 3.674.535Incorporaciones de bienes de uso (26.612) (26.595)

Efectivo neto usado en actividadesde inversión (13.810.555) (10.074.081)

Variación neta de disponibilidades (7.298.435) 13.248.490

Disponibilidades al inicio del semestre 28.489.303 15.240.813 21.190.868 28.489.303

Efecto de la provisión constituida enel semestre sobre el efectivo yequivalentes de efectivo (9.368) -

Disponibilidades al final del semestre 21.181.500 28.489.303

Resultado monetario del semestre(REME) originado por actividades:Operacionales (1.436.693) (5.293.545)De inversión (14.311.698) (14.782.400)De financiamiento 10.453.958 6.874.350Tenencia de efectivo (3.250.728) (1.755.755)

(8.545.161) (14.957.350)

ANEXO IIIBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

Estados de Cambios en el PatrimonioSemestres terminados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011

(Expresados en bolívares constantes)

Ganancia o(Pérdida)

no RealizadaCapital Aportes en Inversiones enSocial Patrimoniales no Ajuste al Reservas Resultados Títulos Disponibles Total

Pagado _ Capitalizados _ patrimonio _ de Capital_ Acumulados_ para la Venta _ Patrimonio _

Saldo al 31 de diciembre de 2010 120.142.657 67.879.164 - - (61.813.894) - 126.207.927

Aplicación del resultado neto - - - - (25.697.537) - (25.697.537)

Saldo al 30 de junio de 2011 120.142.657 67.879.164 - - (87.511.431) - 100.510.390

Aplicación del resultado neto - - - - (6.800.629) - (6.800.629)

Saldo al 31 de diciembre de 2011 120.142.657 67.879.164 - - (94.312.060) - 93.709.761

Page 34: BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO …asobanca.com.ve/userfiles/documentos/internacional2011s2.pdfRROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL, al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011,

ANEXO VBANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO, C.A. BANCO UNIVERSAL

Notas a la Información Complementaria31 de diciembre y 30 de junio de 2011

1. Estados Financieros Ajustados por los Efectos de la Inflación

Cumpliendo con las Normas establecidas por la SUDEBAN, el Banco elaborólos estados financieros ajustados por efectos de la inflación, los cuales sepresentan como una información complementaria.

Bases de Presentación:

Al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, los estados financieros expresadosen bolívares constantes han sido preparados reconociendo los efectos de lapérdida del poder adquisitivo del bolívar en Venezuela, de conformidad con loestablecido en la VEN-NIF-2, emitida por la Federación de Colegios de Conta-dores Públicos de Venezuela.

El método utilizado para efectuar el ajuste de los estados financieros fue el deCambios en el Nivel General de Precios (NGP). Este método consiste ensustituir la unidad de medida empleada por la contabilidad tradicional por unamoneda constante actualizada a la fecha de los estados financieros. Parafines del ajuste se utilizó el "Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)publicado por el Banco Central de Venezuela.

Los Índices Nacional de Precios al Consumidor al inicio y final de cada semes-tre fueron los siguientes:

31 de diciembre 30 de junio de 2011 _ de 2011 _

Al inicio del semestre 235,30 208,20Al final del semestre 265,60 235,30Promedio del semestre 253,60 223,50

Con fecha 3 de abril de 2008, el Banco Central de Venezuela emitió lasnormas que regulan el Índice Nacional de Precios al Consumidor, el cualestableció como período base de referencia el mes de diciembre de 2007, yserá aplicado para aquellos cálculos posteriores al 1 de enero de 2008.

Un resumen de los procedimientos utilizados para la reexpresión de los esta-dos financieros por efectos de la inflación, por el método del nivel general deprecios, se muestran a continuación:

1. Los activos y pasivos monetarios (disponibilidades, inversiones en títulosvalores, cartera de créditos, intereses y comisiones por cobrar, ciertaspartidas de otros activos, captaciones del público, otros financiamientosobtenidos, otras obligaciones por intermediación financiera, intereses ycomisiones por pagar, acumulaciones y otros pasivos) se presentan conlas mismas cifras que se muestran en los registros contables históricos,debido a que representan el valor monetario de sus componentes a lafecha del balance general.

2. Los activos y pasivos no monetarios (inversiones en empresas filiales yafiliadas, sucursales en el exterior, bienes realizables, bienes de uso, yciertas partidas de otros activos), se ajustaron aplicando el INPC, deacuerdo con su fecha de origen.

3. El capital social pagado, resultados acumulados y otras cuentas patrimo-niales se reexpresaron a partir de sus fechas de aporte o generación,mediante la aplicación del Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Los ingresos y gastos asociados con rubros monetarios son reexpresados conbase al índice nacional de precios al consumidor de cada mes, hasta la fechade cierre de cada semestre, 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, respecti-vamente, los ingresos y gastos del semestre terminado el 31 de diciembre y 30de junio de 2011, fueron actualizados a moneda del 31 de diciembre de 2011.Los costos y gastos asociados con partidas no monetarias son reexpresadossobre la base de la fecha de origen de los mismos.

2. Resultado Monetario del Ejercicio (REME)

El resultado monetario del ejercicio (REME) corresponde a la pérdida ó ganan-cia que ocurre en el Banco, como resultado de mantener su patrimonio prote-gido o no de los efectos de la inflación. El efecto de mantener los activosdesprotegidos de la inflación, quedó reflejado en el estado de resultados delsemestre terminado el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011.

El detalle del estado demostrativo del resultado monetario del semestre termi-nado al 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, se muestra a continuación,expresado en bolívares:

31 de diciembre de 2011 _ 30 de junio de 2011 _ Histórico _ Actualizado _ Histórico _ Actualizado _

Posición monetaria inicial 75.674.122 85.420.948 101.161.556 114.332.793Aumentos 14.988.107 15.702.610 8.386.566 8.829.375Disminuciones (11.747.247) (13.663.415) (24.127.174) (22.783.870)Posición monetaria final 78.914.982 87.460.143 85.420.948 100.378.298Posición monetaria final

actualizada (87.460.143) (100.378.298)

Resultado monetariodel ejercicio (pérdida) (8.545.161) (14.957.350)