Bachillerato en garantía social

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Programas de garantía social. l. ASPECTOS NORMATIVOS Y LEGALES DE LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL a) Introducción Los Programas de Garantía Social (en adelante PGS) son una estrategia más de atención a la diversidad para los alumnos que no han superado con éxito los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria (EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA). Viene a ser un "instrumento corrector" o "salvavidas", enmarcándose dentro de las enseñanzas no regladas. Se supone pues, que el alumno ya ha sido objeto de adecuaciones, adaptaciones y/o diversificaciones curriculares que le hubieran permitido lograr la titulación en EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA. Bajo estas circunstancias, los PGS, en muchas ocasiones van a suponer la primera oportunidad de integración sociolaboral de la persona demandante de empleo sin ningún tipo de cualificación profesional. Esto supone el reto que deben afrontar estos programas. b) Aspectos normativos y legislativos. NORMAS QUE LA REGULAN LEY 115 DE 1994 DECRETO 114 DE 1996 DECRETO 1902 DE 1994 DECRETO 3616 DE 2005 DECRETO 2020 DE 2006 LEY 1064 DE 2006 DECRETO 3870 DE 2006. En lo referente a los PGS, las normativas vigentes dan un avance en lo referente a la estructura y organización que deben tener estos programas dentro de los Institutos de Enseñanza Secundaria, se hace referencia a: perfil del alumnado, las áreas de intervención, horarios, evaluación y certificación de los alumnos,

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Programas de garantía social.

l. ASPECTOS NORMATIVOS Y LEGALES DE LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL

a) Introducción

Los Programas de Garantía Social (en adelante PGS) son una estrategia más de atención a la diversidad para los alumnos que no han superado con éxito los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria (EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA). Viene a ser un "instrumento corrector" o "salvavidas", enmarcándose dentro de las enseñanzas no regladas. Se supone pues, que el alumno ya ha sido objeto de adecuaciones, adaptaciones y/o diversificaciones curriculares que le hubieran permitido lograr la titulación en EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA. Bajo estas circunstancias, los PGS, en muchas ocasiones van a suponer la primera oportunidad de integración sociolaboral de la persona demandante de empleo sin ningún tipo de cualificación profesional. Esto supone el reto que deben afrontar estos programas.

b) Aspectos normativos y legislativos.

NORMAS QUE LA REGULAN LEY 115 DE 1994 DECRETO 114 DE 1996 DECRETO 1902 DE 1994 DECRETO 3616 DE 2005 DECRETO 2020 DE 2006 LEY 1064 DE 2006 DECRETO 3870 DE 2006.

En lo referente a los PGS, las normativas vigentes dan un avance en lo referente a la estructura y organización que deben tener estos programas dentro de los Institutos de Enseñanza Secundaria, se hace referencia a: perfil del alumnado, las áreas de intervención, horarios, evaluación y certificación de los alumnos, así como el procedimiento que se establece en la administración educativa para su seguimiento y valoración.

2.- OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL: LA INSERCIÓN SOCIO LABORAL COMO FINALIDAD EDUCATIVA.

Entre los objetivos a conseguir por los PGS se encuentran:

a) Ampliar la formación de los alumnos, en orden a la adquisición de capacidades propias de enseñanza básica, con el objeto de permitir su incorporación a la vida activa y, en su

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caso, proseguir estudios, especialmente en la Formación Profesional específica de grado medio.

b) Prepararles para el ejercicio de actividades profesionales, en oficios u ocupaciones acordes con sus capacidades y expectativas personales.

c) Desarrollar y afianzar su madurez personal, mediante la adquisición de hábitos y capacidades que les permitan participar, como trabajadores y ciudadanos responsables, en el desempeño de la actividad social y cultural.

3. ESTRUCTURA Y ELEMENTOS DE LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL.

En este apartado haremos un repaso a todos aquellos aspectos y elementos más relevantes que dan forma a un PGS, centrándonos y comentando las peculiaridades que al respecto y, sobretodo, a nivel práctico nos encontrarnos.

3. 1. Los PGS en función de la titularidad que los desarrolla:

La titularidad de los PGS está regulada por la Orden de 14 de Julio de 1995 en la que establece nuevas fórmulas de participación de otras entidades a parte de la propia administración educativa. En este sentido desde el curso 96/97 se han venido convocando subvenciones a entidades locales y asociaciones sin ánimo de lucro para que desarrollasen estos programas. Las bases de la convocatoria, a parte de los requerimientos formales, exige ciertas condiciones de partida, entre las más importante:

- Proyecto contextualizado de formación.

- Perfil de los destinatarios.

- Medidas de inserción laboral

- Empresas colaboradoras en la fase de practicas

- Infraestructura y recursos para la formación

- Experiencia en la formación.

Estos requisitos pueden determinar en cierta forma las posibilidades de los participantes en las convocatorias.

Por lo tanto, la titularidad de los PGS puede estar regentada por Alcaldías, Asociaciones sin ánimo de lucro y por la propia SEM, que en su caso puede desarrollarlos en tres tipos de Centros: en los Institutos de Enseñanza Secundaria, Centros de Específicos de Educación Especial e Instituciones De Educación Contratada.

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3.2. Los destinatarios.

Los futuros alumnos de un PGS deben cumplir ciertas condiciones:

-Alumnos que hayan cursado Programas de Diversificación Curricular sin éxito o estén en riesgo de abandono escolar. -Jóvenes no escolarizados sin titulación en graduado escolar o, aun teniendo esta, carezcan del título de formación profesional de primer grado.

-La edad: entre los 18 y los 20 años. Pueden cursar PGS alumnos con 16 años con Necesidades Educativas Especiales, en este sentido, los PGS pueden ser de tres modalidades:

-Ordinarios: alumnos procedentes de la EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA sin haber alcanzado la titulación en EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA y sin ninguna discapacidad permanente (Máx. de 20 alumnos por grupo).

-Integración: alumnos procedentes de EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA sin titulación y de 1 a 3 alumnos con N.E.E. asociadas a discapacidad permanente (Máx. 15 alumnos por grupo).

-Específico: alumnos con N.E.E. asociadas a discapacidades permanentes (Físicas, psíquicas o sensoriales, max. 12 alumnos por grupo).

3.3. El Currículum. Características principales.

El currículum de los PGS está integrado en las cinco áreas:

- Área de Formación Básica: Conceptos y procedimientos más usuales de las materias instrumentales (cálculo, técnicas de comunicación, habilidades instrumentales...). La dedicación es de 8 a 10 horas semanales.

- Área de Iniciación Profesional Específica: Desarrollo de actividades prácticas y de conocimientos para el desempeña de un puesto de trabajo que no requiera el título de técnico. La dedicación es de 12 y 15 horas semanales.

- Área de Formación y Orientación Laboral: Familiarizar al alumno con el marco legal, condiciones de trabajo, relaciones laborales, búsqueda de empleo y autoempleo. La dedicación es 1 a 3 horas semanales.

- Área de Actividades Complementarias: Desarrollo de actividades culturales, deportivas y de ocio en general. La dedicación es de 1 a 3 horas semanales.

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-Área de Acción Tutorial: Desarrollo de actividades propias sobre parcelas de la personalidad del alumno y de las interrelaciones del grupo. Dedicación de 1 a 2 horas semanales.

Las características generales que debe reunir el currículum son las siguientes: realismo contextualizado, abierto (permitiendo incluir las situaciones personales), motivador (recogiendo los intereses, preocupaciones y vivencias de los alumnos) y por último, interdisciplinado y funcional.

PERFILES PROFESIONALES.

1.- FAMILIA PROFESIONAL DE ARTESANÍAS.

1.1. Operario de alfarería-cerámica.

1.2 Operario de bisutería.

1.3. Operario de excavaciones arqueológicas y mosaicos romanos.

2.- FAMILIA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN.

2.1. Servicios auxiliares de oficina.

3.- FAMILIA PROFESIONAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.

3.1. Operario de cultivos hortícolas.

3.2. Operario de viveros y jardines.

3.3. Operario de actividades forestales.

3.4. Auxiliar de floristería.

3.5. Cuidador de caballos.

3.6. Operario en Viticultura y elaboración de vinos.

3.7. Operario de cultivos frutícolas.

4.- FAMILIA PROFESIONAL DE ACTIVIDADES MARÍTIMO-PESQUERAS.

4.1. Buceo a poca profundidad.

5.- FAMILIA PROFESIONAL DE ARTES GRÁFICAS.

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5.1. Operario de imprenta rápida y manipulada.

6.- FAMILIA PROFESIONAL DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOPROPULSADOS: AUTOMOCIÓN.

6.1. Ayudante de reparación de vehículos.

6.2. Auxiliar de chapa y pintura del automóvil.

7.- FAMILIA PROFESIONAL DE EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL.

7.1. Operario de albañilería.

7.2. Operario de fontanería.

7.3. Operario de revestimientos ligeros.

7.4. Pintor-empapelador.

7.5. Yesista-escayolista.

7.6. Operario de cantería.

8.- FAMILIA PROFESIONAL DE ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA.

8.1 Operario de instalaciones eléctricas de baja tensión.

9.- FAMILIA PROFESIONAL DE IMAGEN PERSONAL.

9.1. Auxiliar de peluquería.

10.- FAMILIA PROFESIONAL DE HOSTELERÍA Y TURISMO.

10.1. Ayudante de cocina.

10.2. Ayudante de restaurante-bar.

10.3. Auxiliar de alojamiento, lencería y lavandería.

11.- FAMILIA PROFESIONAL DE INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS.

11.1. Operario de matadero y primeras transformaciones cárnicas.

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11.2. Operario de industrias lácteas.

11.3. Operario de industrias conserveras y semiconserveras de pescado.

11.5. Operario de captación, transformación y envasado de productos silvestres.

12.- FAMILIA PROFESIONAL DE MADERA Y MUEBLE.

12.1. Operario de fabricación e instalación de muebles modulares.

12.2. Operario de carpintería.

12.3. Operario de mecanizado de la madera.

12.4. Operario de transformación del corcho.

13.- FAMILIA PROFESIONAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA PRODUCCIÓN.

13.1. Operario de mantenimiento básico de edificios.

13.2. Operario de refrigeración y climatización.

14.- FAMILIA PROFESIONAL DE MECÁNICA INDUSTRIAL.

14.1. Operario de construcciones metálicas en aluminio.

14.2. Operario de soldadura.

14.3. Herrero y forjador agrícola.

14.4. Operario de calderería.

15.- FAMILIA PROFESIONAL DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD Y SOCIOCULTURALES.

15.1. Auxiliar de ayuda a domicilio y residencias asistidas.

16.- FAMILIA PROFESIONAL DE TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL

16.1. Operario maquinista de confección industrial.

16.2. Operario de telares.

16.3. Reparador de calzado y marroquinería.

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17.- FAMILIA PROFESIONAL DE SANIDAD.

Referencias

B.O.E. (1993). Orden de enero de 1993 por la que se regulan los programas de garantía social durante el periodo de implantación anticipada del segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. (BOE nº 16, de 19/01/93).

B.O.J.A. (1995). Orden de 14 de julio de 1995, por la que se regulan los programas de garantía social (BOJA nº 117 de 29/08/95).

Gobierno Vasco (1994): Diseño curricular base. Programas de garantía social, propuesta marco. Vitoria, SCPGV.

Gobierno Vasco (1994): Guía para la elaboración de proyectos integrados de aprendizaje en los Programas de Garantía Social. Vitoria, SCPGV.

GUTIERREZ, S.L. (1998): Los Programas de Garantía Social como instrumentos de integración sociolaboral. En CAMACHO, A. y DIAZ, J. (Dirs.). Universidad de Sevilla, GISPS.

LEON, M.J. y otros (2000): Evaluación de programas de garantía social en Andalucía. Universidad de Granada, FORCE.

MARTÍN J.A. y otros (2.000): Programas de Garantía Social. Área de formación básica. Sevilla, MAD.

MARCHENA, C. (1997): Programas de Garantía Social. La inserción laboral y educativa como objetivo. Sevilla, C.E.P. Cornisa del Aljarafe.

TORRES J. A. (1999): Educación y diversidad. Bases didácticas y organizativas. Málaga, Aljibe.