AYUNTAMIENTO DE GETAFE ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE … · el Ayuntamiento de Getafe y Limpieza...

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1 AYUNTAMIENTO DE GETAFE En este documento, de contener datos de carácter personal objeto de protección, éstos se encuentran omitidos o sustituidos por asteriscos (*) o por PARTICULAR, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA DE 10 DE MAYO DE 2017 Sesión celebrada por la Junta de Gobierno el día 10 de mayo de 2017 en las dependencias del Despacho del Concejal Delegado de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad del Ayuntamiento de Getafe. Presidenta Doña Sara Hernández Barroso Concejal Secretario Don Herminio Vico Algaba Concejales/as asistentes Doña María Nieves Sevilla Urbán Don Álvaro Gómez García Doña Raquel Alcázar Ballesteros Don Jorge Juan Rodríguez Conejo Don Francisco Javier Santos Gómez Asiste también la Jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, Doña Concepción Muñoz Yllera. Existe, en consecuencia, el quórum que exige el artículo 16.6 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración, para su válida constitución, por lo que la Presidencia declara abierta la sesión, siendo las catorce horas y treinta y cinco minutos. Este quórum mínimo preceptivo se mantiene durante toda la sesión, por lo que pasa a tratar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1.-PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, EL SERVICIO DE EDUCACIÓN SOCIAL DIRIGIDO A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. (EXPTE. Nº 3/17). Vista la proposición de referencia de fecha 23 de marzo de 2017; los referidos pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas; los informes de la Jefa de Sección de Servicios Sociales de 9 de enero de 2017; el informe del Director de la

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AYUNTAMIENTO DE GETAFE

En este documento, de contener datos de carácter personal objeto de protección, éstos se encuentran omitidos o sustituidos por asteriscos (*) o por PARTICULAR, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA DE 10 DE MAYO DE 2017

Sesión celebrada por la Junta de Gobierno el día 10 de mayo de 2017 en las dependencias del Despacho del Concejal Delegado de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad del Ayuntamiento de Getafe. Presidenta Doña Sara Hernández Barroso Concejal Secretario Don Herminio Vico Algaba Concejales/as asistentes Doña María Nieves Sevilla Urbán Don Álvaro Gómez García Doña Raquel Alcázar Ballesteros Don Jorge Juan Rodríguez Conejo Don Francisco Javier Santos Gómez Asiste también la Jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, Doña Concepción Muñoz Yllera. Existe, en consecuencia, el quórum que exige el artículo 16.6 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración, para su válida constitución, por lo que la Presidencia declara abierta la sesión, siendo las catorce horas y treinta y cinco minutos. Este quórum mínimo preceptivo se mantiene durante toda la sesión, por lo que pasa a tratar el siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1.-PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, EL SERVICIO DE EDUCACIÓN SOCIAL DIRIGIDO A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. (EXPTE. Nº 3/17). Vista la proposición de referencia de fecha 23 de marzo de 2017; los referidos pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas; los informes de la Jefa de Sección de Servicios Sociales de 9 de enero de 2017; el informe del Director de la

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Asesoría Jurídica de 1 de marzo de 2017; los informes nºs 264/17 y 473/17 de la Intervención General Municipal de 16 de marzo y 3 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares, del procedimiento abierto, al amparo del artículo 138.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para el servicio de Educación Social dirigido a familias en situación de vulnerabilidad, y en consecuencia autorizar un gasto de DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES EUROS SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (221.573,63 €) IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 231 03 22799 denominada “Otros Trabajos Realizados. Otras empresas profesionales. Menor. Familia y Emergencia Social”, con el siguiente reparto por anualidades: - Año 2017: 36.928,94 € (33.571,76 € más 3.357,18 € del 10 % del IVA) - Año 2018: 110.786,82 € (100.715,29 € más 10.071,53 € del 10 % del IVA) - Año 2019: 73.857,87 € (67.143,52 € más 6.714,35 € del 10% del IVA). Con un presupuesto base de licitación de DOSCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (201.430,57 €), más el importe de 20.143,06, correspondiente al 10% del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe repercutirse. Con una duración del contrato será de DOS AÑOS, contados desde su formalización, prorrogable hasta un máximo de dos años, por mutuo acuerdo de las partes, que deberá ser adoptado antes de la fecha de su vencimiento sin que, por tanto, la duración total del contrato pueda exceder de cuatro años, y con las demás condiciones establecidas en los pliegos, debiendo proseguir la tramitación del expediente hasta su adjudicación. SEGUNDO.- Comprometerse a consignar presupuestariamente las cantidades necesarias al efecto para los ejercicios 2018 y 2019. 2.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, EL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL I PLAN DE INCLUSIÓN SOCIAL Y EL OBSERVATORIO SOCIAL DE GETAFE. (EXPTE. Nº 15/17). Vista la proposición de referencia de fecha 30 de enero de 2017; los referidos pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas; el informe de la Jefa de Sección de Servicios Sociales de 20 de enero de 2017; el informe del Director de la Asesoría Jurídica de 11 de abril de 2017; el informe nº 452/17 de la Intervención General Municipal de 26 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares, del procedimiento abierto, al amparo del artículo 138.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para el servicio de Asistencia técnica para la elaboración, seguimiento y evaluación del I Plan de Inclusión Social y el Observatorio Social de Getafe, y en consecuencia autorizar un gasto de SETENTA Y

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NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (79.752,73 €) IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 231 05 22799 denominada “ Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales. Prev. Inserc. Y Prom. Social”, con el siguiente reparto por anualidades: - Año 2017: 7.975,27 € (6.591,13 € más 1.384,14 € del 21 % del IVA) - Año 2018: 35.888,68 € (29.660,07 € más 6.228,61 € del 21 % del IVA) - Año 2019: 35.888,68 € (29.660,07 € más 6.228,61 € del 21% del IVA). Con un presupuesto base de licitación de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS ONCE EUROS VEINTISIETE CÉNTIMOS (65.911,27 €), más el importe de 13.841,36 € correspondiente al 21% del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe repercutirse. Con una duración del contrato será de DOS AÑOS, contados desde su formalización, sin posibilidad de prórroga. El servicio se compone de tres fases, realizándose las dos primeras en un plazo no superior a seis meses y la tercera en un plazo no superior a 18 meses. Los trabajos a desarrollar en cada una de las fases son las descritas en la cláusula 4ª del pliego de prescripciones técnicas, y con las demás condiciones establecidas en los pliegos, debiendo proseguir la tramitación del expediente hasta su adjudicación. SEGUNDO.- Comprometerse a consignar presupuestariamente las cantidades necesarias al efecto para los ejercicios 2018 y 2019. 3.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE SOSTENIBILIDAD, URBANISMO Y VIVIENDA, SOBRE CONTRATACIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE IMPRESORAS, EQUIPOS MULTIFUNCIONALES Y ESCÁNERES. Vista la proposición de referencia de fecha 17 de abril de 2017; el informe del Director del Servicio de Informática de 17 de abril de 2017; el informe nº 489/17 de la Intervención General Municipal de 8 de mayo de 2017, y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Aprobar la adquisición de los siguientes artículos incluidos en el Acuerdo Marco: 05/2013 – Impresoras, equipos multifuncionales y escáneres:

ARTÍCULO UNID. DESCRIPCIÓN PRECIO

UNITARIO

IMPORTE TOTAL SIN

IVA

05.09.02.03.0001 10 Escáner. Canon. DR-M160II + FB 101

766,38 € 7.663,80 €

05.11.01.01.0006 10 Minoración no instalación. DR M160II.

-35,00 € -350,00 €

Total sin IVA 7.313,80 €

IVA 1.535,90 €

Total con IVA 8.849,70 €

Mediante el sistema de Adquisición Centralizada de Bienes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y en consecuencia autorizar y disponer un gasto de 8.849,70 € (IVA al 21% incluido) con cargo a la aplicación presupuestaria 920.11.626.00, denominada “Invers. Nueva Equip.Proc. Información. Informática”, a favor de la empresa Canon España SA, con NIF A28122125, en el precio base de 7.313,80 € más 1.535,90 € correspondiente al 21% de IVA y con un plazo de entrega de 45 días.

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4.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE SOSTENIBILIDAD, URBANISMO Y VIVIENDA, SOBRE CONTRATACIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE SERVIDORES DE PROPÓSITO GENERAL Y SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO (EQUIPOS Y SOFTWARE). Vista la proposición de referencia de fecha 7 de abril de 2017; el informe del Director del Servicio de Informática de 6 de abril de 2017; el informe nº 488/17 de la Intervención General Municipal de 8 de mayo de 2017, y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Aprobar la adquisición de los siguientes artículos incluidos en el Acuerdo Marco: 13/2013 – Servidores de propósito general y sistemas de almacenamiento (equipos y software)

ARTÍCULO UNID. DESCRIPCIÓN PRECIO

UNITARIO

IMPORTE TOTAL SIN

IVA

13.04.01.00.0099 2 SOFTWARE DE ALMACENAMIENTO. ORACLE. Oracle RAC. RAC-LICSVR-ES

26.520,00 € 53.040,00 €

13.90.01.04.0005 1 DTO IMP TIPO 1 MÁS DE 50.000€ HASTA 150.000€, IVA NO INC. Descuento(%): 1,00

-530,40 € -530,40 €

Total sin IVA 52.509,60 €

IVA 11.027,02 €

Total Contrato 63.536,62 €

Mediante el sistema de Adquisición Centralizada de Bienes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y en consecuencia autorizar y disponer un gasto de 63.536,62 € (IVA al 21% incluido) con cargo a la aplicación presupuestaria 920.11.626.00, denominada “Invers. Nueva Equip.Proc. Información. Informática”, a favor de la empresa Informática El Corte Inglés SA, con CIF A28855260, en el precio base de 52.509,60 € más 11.027,02 € correspondiente al 21% de IVA y con un plazo de entrega de 30 días.

EMPRESAS PÚBLICAS MUNICIPALES 5.- PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE Y LIMPIEZA Y MEDIO AMBIENTE DE GETAFE, SOCIEDAD ANÓMINA MUNICIPAL PARA MEJORAR EL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. Vista la proposición de referencia de fecha 9 de mayo de 2017; el borrador de convenio; el informe del Director de la Asesoría Jurídica de 24 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar el borrador del Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Getafe y Limpieza y Medio Ambiente De Getafe, Sociedad Anónima Municipal para mejorar el servicio de atención al ciudadano, que consta de siete manifestaciones y ocho cláusulas, con una vigencia desde su firma y hasta el 31 de diciembre de 2018, renovable automáticamente hasta un máximo de cuatro años, si no existiese denuncia por cualquiera de las partes. SEGUNDO.- Facultar a la Concejala de Recursos Humanos, Empleo, Desarrollo Económico y Atención Ciudadana, para la firma de la documentación necesaria al efecto.

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SUBVENCIONES

6.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE MODIFICACIÓN DE LA CUANTÍA DE LA AYUDA CONCEDIDA A PARTICULAR POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 27 DE DICIEMBRE DE 2016, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DIRIGIDAS A FAMILIAS CON ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA GASTOS DE ALQUILER Y SUMINISTROS, APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 27 DE ABRIL DE 2016, RECTIFICADA POR ACUERDO DE 29 DE JUNIO DE 2016. Vista la proposición de referencia de fecha 20 de abril de 2017; el informe de la Jefa de Sección de Servicios Sociales de 17 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Modificar el importe de la ayuda que, en concepto de alquiler, fue concedida a PARTICULAR, con NIE *******, por acuerdo de la Junta de Gobierno de 27/12/2016, sobre concesión de ayudas extraordinarias dirigidas a familias con escasos recursos económicos para gastos de alquiler y suministros, al amparo de la convocatoria aprobada por la Junta de Gobierno de 27 de abril de 2016, rectificada por acuerdo de 29 de junio de 2016, pasando el importe máximo concedido de 5.400,00€ a 4.800,00€ y la cuantía mensual de 450,00€ a 400,00€. 7.- PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE CULTURA Y MANTENIMIENTO PARA RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL EN EL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 26 DE ABRIL DE 2017, SOBRE APROBACIÓN DE LA TERCERA Y ÚLTIMA CUENTA JUSTIFICATIVA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 10 DE FEBRERO DE 2016, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS PARA FINANCIAR GASTOS POR LA PARTICIPACIÓN EN EL DESFILE DE MURGAS DEL CARNAVAL 2016, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2015. (EXPTE. 2015122). Vista la proposición de referencia de fecha3 de mayo de 2017; el informe de la TSAG de Cultura de 3 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Rectificar el error material detectado en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de 26 de abril de 2017, sobre aprobación de la tercera y última cuenta justificativa de las subvenciones concedidas a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas para financiar gastos por la participación en el desfile de murgas del Carnaval 2016, al amparo de la convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 12 de noviembre de 2015, conforme establece el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el siguiente sentido: Donde dice:

“PRIMERO.- Aprobar la tercera y última cuenta justificativa de las subvenciones concedidas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de febrero de 2016 a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas por la participación en el desfile de murgas de los Carnavales 2016 que a continuación se detallan, al amparo de la convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 12 de noviembre de 2015:

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Nº ENTIDAD CIF IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

JUSTIFICADO

IMPORTE NO

JUSTIFICADO

IMPORTE A RECONOCER

2 PEÑA CULTURAL TAURINA SAN ISIDRO

G79529004 864,00 € 124,69 € 739,31 € 124,69 €

4 APANID G28389443 1.251,00 € 941,93 € 309,07 € 941,93 €

5 AMPA SAGRADO CORAZÓN

G80115843 459,00 € 737,66 € 459,00 €

6 AMPA CEIP TIERNO GALVÁN

G79015285 567,00 € 571,22 € 567,00 €

10 JOSE ANTONIO MORENO FRAILE

02213187N 657,00 € 1.110,67 € 657,00 €

14 AMPA CEIP VICENTE FERRER

G85815843 828,00 € 1.066,21 € 828,00 €

15 ASOCIACIÓN TIEMPO LIBRE ALTERNATIVO DEL SUR (A.T.L.A.S.)

G82675182 1.620,00 € 1.723,82 € 1.620,00 €

23 FRANCISCO REDONDO REDONDO

06096415K 414,00 € 392,82 € 21,18 € 392,82 €

38 AMPA CEIP ANA MARIA MATUTE

G84501733 873,00 € 3.253,36 € 873,00 €

40 ASOCIACIÓN GALI

G86087731 927,00 € 927,00 € 0,00 €

41 JUDITH MARIAN RIVERO JÁCOME

51466683C 198,00 € 198,00 € 0,00 €

TOTAL 8.658,00 € 9.922,38 € 2.194,56 € 6.463,44 €

SEGUNDO.- Iniciar expediente para declarar la pérdida total y/o parcial del

derecho al cobro por incumplimiento de la obligación de justificación en los términos establecidos en la convocatoria, concediéndoles a las mismas un plazo de quince días para que aleguen o presenten los documentos que estimen pertinentes de las entidades indicadas a continuación:

Nº ENTIDAD CIF IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

JUSTIFICADO

IMPORTE PÉRDIDA DE DERECHO AL

COBRO

2 PEÑA CULTURAL TAURINA SAN ISIDRO

G79529004 864,00 € 124,69 € 739,31 €

4 APANID G28389443 1.251,00 € 941,93 € 309,07 €

23 FRANCISCO REDONDO REDONDO

06096415K 414,00 € 392,82 € 21,18 €

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40 ASOCIACIÓN GALI

G86087731 927,00 € 927,00 €

41 JUDITH MARIAN RIVERO JÁCOME

51466683C 198,00 € 198,00 €

TOTAL 3.654,00 € 1.459,44 € 2.194,56 €

Debe decir:

“PRIMERO.- Aprobar la tercera y última cuenta justificativa de las subvenciones concedidas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de febrero de 2016 a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas para financiar gastos por la participación en el desfile de murgas de los Carnavales 2016 que a continuación se detallan, al amparo de la convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 25 de noviembre de 2015:

Nº ENTIDAD CIF IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

JUSTIFICADO

IMPORTE NO

JUSTIFICADO

IMPORTE A RECONOCER

2 PEÑA CULTURAL TAURINA SAN ISIDRO

G79529004 864,00 € 124,69 € 739,31 € 124,69 €

4 APANID G28389443 1.251,00 € 941,93 € 309,07 € 941,93 €

5 AMPA SAGRADO CORAZÓN

G80115843 459,00 € 0,00 € 459,00 € 0,00 €

6 AMPA CEIP TIERNO GALVÁN

G79015285 567,00 € 571,22 € 567,00 €

10 JOSE ANTONIO MORENO FRAILE

02213187N 657,00 € 1.110,67 € 657,00 €

14 AMPA CEIP VICENTE FERRER

G85815843 828,00 € 1.066,21 € 828,00 €

15 ASOCIACIÓN TIEMPO LIBRE ALTERNATIVO DEL SUR (A.T.L.A.S.)

G82675182 1.620,00 € 1.723,82 € 1.620,00 €

23 FRANCISCO REDONDO REDONDO

06096415K 414,00 € 392,82 € 21,18 € 392,82 €

38 AMPA CEIP ANA MARIA MATUTE

G84501733 873,00 € 60,02 € 812,98 € 60,02 €

40 ASOCIACIÓN GALI

G86087731 927,00 € 927,00 € 0,00 €

41 JUDITH MARIAN RIVERO JÁCOME

51466683C 198,00 € 198,00 € 0,00 €

TOTAL 8.658,00 € 5.991,38 € 3.466,54 € 5.191,46 €

SEGUNDO.- Iniciar expediente para declarar la pérdida total o parcial del derecho al cobro por incumplimiento de la obligación de justificación en los términos

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establecidos en la convocatoria, concediéndoles a las mismas un plazo de quince días para que aleguen o presenten los documentos que estimen pertinentes de las entidades indicadas a continuación:

Nº ENTIDAD CIF IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

JUSTIFICADO

IMPORTE PÉRDIDA DE DERECHO AL

COBRO

2 PEÑA CULTURAL TAURINA SAN ISIDRO

G79529004 864,00 € 124,69 € 739,31 €

4 APANID G28389443 1.251,00 € 941,93 € 309,07 €

5 AMPA SAGRADO CORAZÓN

G80115843 459,00 € 0,00 € 459,00 €

23 FRANCISCO REDONDO REDONDO

06096415K 414,00 € 392,82 € 21,18 €

38 AMPA CEIP ANA MARÍA MATUTE

G84501733 873,00 € 60,02 € 812,98 €

40 ASOCIACIÓN GALI

G86087731 927,00 € 927,00 €

41 JUDITH MARIAN RIVERO JÁCOME

51466683C 198,00 € 198,00 €

TOTAL 4.986,00 € 1.519,46 € 3.466,54 €

8.- PROPOSICIÓN DE LA ALCALDESA SOBRE APROBACIÓN DE LA PRIMERA CUENTA JUSTIFICATIVA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 7 DE DICIEMBRE DE 2016, A ASOCIACIONES SIN FIN DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE GETAFE QUE REALICEN ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LA SALUD Y LA PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 6 DE ABRIL DE 2016. Vista la proposición de referencia de fecha 4 de mayo de 2017; el informe de la Jefa de negociado Técnico Superior del CMS de 17 de abril de 2017; el informe del Coordinador del Área de Drogodependencias de 18 de abril de 2017; los informes nºs 61/17, 62/17, 64/17, 67/17, 69/17 y 70/17 de la Intervención General Municipal de 4 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Aprobar la primera cuenta justificativa de las subvenciones concedidas por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 7 de diciembre de 2016, al amparo de la convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones sin fin de lucro del municipio de Getafe que realicen actividades en el ámbito de la salud y la prevención de drogodependencias en el año 2016, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno el 6 de abril de 2016, de las entidades beneficiarias relacionadas a continuación, según el siguiente detalle:

1º) PROYECTOS DE ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LA SALUD:

ENTIDAD/CIF Nº INF. FISCAL

IMPORTE SUBVENCIÓN

IMPORTE JUSTIFICADO

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AS. FAMILIARES DE ENFERMOS MENTALES (AFEM) CIF: G-81009383

61/17 2.000,00 € 2.028,04 €

AS. FAMILIARES DE PERSONAS CON ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS (AFAL-GETAFE) CIF: G-81257131

62/17 4.351,25 € 4.485,03 €

AS. GETAFE DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE (AGEDEM) CIF: G-81638769

64/17 2.000,00 € 2.172,40 €

AS. REGIONAL MADRILEÑA DE ATENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE LARINGECTOMIZADOS (ARMAREL) CIF: G-80350028

70/17 800,00 € 1.031,15 €

2º) PROYECTOS DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LAS DROGODEPENDENCIAS:

ENTIDAD/CIF Nº INF. FISCAL

IMPORTE SUBVENCIÓN

IMPORTE JUSTIFICADO

AS. GETAFENSE DE PADRES DE APOYO A DROGODEPENDIENTES, AGEPAD, CIF: G-81149452

67/17 1.547,44 € 2.450,44 €

AS. GETAFENSE DE ALCOHÓLICOS REHABILITADOS EL SUR, AGAS, CIF: 81386799

69/17 2.018,40 € 2.584,68 €

9.- PROPOSICIÓN DE LA ALCALDESA DEL AYUNTAMENTO SOBRE APROBACIÓN DE LA TERCERA CUENTA JUSTIFICATIVA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS, POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 2 DE DICIEMBRE DE 2015, A ENTIDADES DEL MUNICIPIO DE GETAFE PARA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LAS DROGODEPENDENCIAS, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 7 DE OCTUBRE DE 2015. Vista la proposición de referencia de fecha 3 de mayo de 2017, los informes del Coordinador del Área de Drogodependencias de 20 de abril de 2016, 13 de febrero y 18 de abril de 2017; los informes nºs 171/16 y 49/17 de la Intervención General Municipal de 31 de mayo de 2016 y 3 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar la tercera cuenta justificativa de las subvenciones concedidas por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 2 de diciembre de 2015, al amparo de la convocatoria dirigidas a asociaciones sin fin de lucro del municipio de Getafe que realicen actividades en el ámbito de las drogodependencias, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de octubre de 2015, en los términos que se señalan:

ENTIDAD/CIF IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

JUSTIFICADO IMPORTE NO JUSTIFICADO

CRUZ ROJA ESPAÑOLA, Q-2866001-G

1.300 € 969,89 € 330,11 €

SEGUNDO.- Iniciar expediente de declaración de pérdida parcial de derecho al cobro de la subvención concedida a dicha entidad por no resultar justificada de conformidad en los términos establecidos en la Ordenanza General de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Getafe, siendo por tanto, el importe de la subvención con pérdida del derecho al cobro el que se indica. Concediéndole a la entidad interesada un plazo de 15 días, para que, si lo considera, alegue o presente la documentación pertinente:

ENTIDAD/CIF IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE NO JUSTIFICADO

CRUZ ROJA ESPAÑOLA, Q-2866001-G

1.300 € 330,11 €

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10.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL SOBRE INICIO DE EXPEDIENTE PARA DECLARAR LA PÉRDIDA TOTAL DEL DERECHO AL COBRO DE AYUDAS CONCEDIDAS POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 27 DE DICIEMBRE DE 2016, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DIRIGIDAS A FAMILIAS CON ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA GASTOS DE ALQUILER, APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 27 DE ABRIL DE 2016, RECTIFICADA POR ACUERDO DE 29 DE JUNIO DE 2016. Vista la proposición de referencia de fecha 20 de abril de 2017; los informes de la Jefa de Sección de Servicios Sociales de 17 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.-.- Iniciar expediente para declarar la pérdida total del derecho al cobro de la ayuda concedida, por acuerdo la Junta de Gobierno de 27 de diciembre de 2016, al amparo de la convocatoria de ayudas extraordinarias dirigidas a familias con escasos recursos económicos para gastos de alquiler y suministros, aprobada por la Junta de Gobierno de 27 de abril de 2016, rectificada por acuerdo de 29 de junio de 2016, a las siguientes personas y por los siguientes importes y conceptos, y ello por las razones que constan en informe de la TS Jefa de Sección de Servicios Sociales de fecha 17 de abril de 2017, del que se dará traslado a los interesados:

NOMBRE Y APELLIDOS NIF/NIE CONCEPTO E IMPORTE

PARTICULAR ******** ALQUILER: 4.200,00€ SUMINISTROS: 153,84€

PARTICULAR ******** ALQUILER: 5.400,00€ SUMINISTROS: 298,92€

PARTICULAR ******** ALQUILER: 4.500,00€ SUMINISTROS: 238,68€

PARTICULAR ******** ALQUILER: 6.000,00€ SUMINISTROS: 229,08€

SEGUNDO.- Conceder a los interesados un plazo de 15 días para que, si lo consideran, aleguen o presenten los documentos que estimen pertinentes. TERCERO.- De conformidad con el artº 35.1 de la LGS, suspender el libramiento de pago de la cantidad pendiente de abonar por la ayuda mencionada, manteniéndose dicha medida cautelar hasta que se dice la resolución que ponga fin al expediente de reintegro, sin que pueda superar el periodo máximo legalmente establecido para su tramitación. 11.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE MAYORES Y LIMPIEZA SOBRE APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SOCIALES SIN FIN DE LUCRO PARA ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES, PREVENTIVAS Y OCUPACIONALES, PARA EL MANTENIMIENTO ACTIVO Y LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS MAYORES, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017. Vista la proposición de referencia de 9 de mayo de 2017; la referida convocatoria; los informes de la Adjunta Jefa de Sección de Mayor de 31 de marzo y 9 de mayo de 2017; el informe del Director del Asesoría Jurídica de 10 de abril de 2017; el

11

informe nº 459-17 de la Intervención General Municipal de 28 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Autorizar un gasto por importe de VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €), al objeto de atender las obligaciones que se deriven de la convocatoria de subvenciones a entidades sociales sin fin de lucro para actividades socioculturales, preventivas y ocupacionales, para el mantenimiento activo y la mejora de la calidad de vida de las personas mayores, correspondientes al año 2017, con cargo a la aplicación presupuestaria nº 231 21 480.00 denominada “Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fin de lucro, Mayor”. SEGUNDO.- Aprobar la convocatoria de subvenciones a entidades sociales sin fin de lucro para actividades socioculturales, preventivas y ocupacionales, para el mantenimiento activo y la mejora de la calidad de vida de las personas mayores, correspondientes al año 2017, que consta de veinte cláusulas y ocho anexos. TERCERO.- Publicar la citada convocatoria en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe durante el plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de facilitar información sobre la misma a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, siendo dicho plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

CONVENIOS 12.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE MODIFICACIÓN DEL BORRADOR DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA Y EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE, PARA EL DESARROLLO DE LA ATENCIÓN SOCIAL PRIMARIA POR LOS SERVICIOS SOCIALES DE LAS ENTIDADES LOCALES, APROBADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE 28 DE DICIEMBRE DE 2016. Vista la proposición de referencia de 26 de abril de 2017, el borrador de convenio; el informe de la Jefa de Sección de Servicios Sociales de 26 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Modificar el borrador de convenio de colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Getafe y la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de la Atención Social Primaria, por los Servicios Sociales de las Entidades Locales, aprobado por la Junta de Gobierno de 28 de diciembre de 2016, siendo las modificaciones las siguientes:

En el MANIFIESTAN, se añade en el punto 1, un nuevo párrafo, con el

siguiente texto:

“Así lo establece la Ley 11/2013 de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, fijando en el artículo 31 las funciones que corresponde desarrollar al nivel de Atención Social Primaria por parte de los propios Ayuntamiento o de éstos, agrupados en Mancomunidades. El artículo 46 de la citada Ley, para el ejercicio de dichas funciones, se remite a lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/19985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.”

Se añade un nuevo párrafo, en la cláusula SÉPTIMA: PROYECTOS

COYUNTURALES, del siguiente tenor:

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“En el caso de acordarse por las partes un proyecto coyuntural, será necesario aprobar dicho proyecto por una Resolución del Consejero competente en materia de servicios sociales y redactar el correspondiente Anexo IV, incorporándolo a través de una Adenda que modifique el presente convenio que en el momento de su suscripción no lo contiene”.

La última frase del párrafo primero de la cláusula NOVENA: FORMA DE

PAGO, se sustituye por el texto siguiente:

“Estos anticipos serán abonados en el mes de formalización del Convenio y en el mes de julio, sin perjuicio de la justificación y liquidación posterior.”

En el apartado a) de la cláusula DÉCIMA: JUSTIFICACIÓN DE GASTOS, se

añade el siguiente párrafo:

“En esta certificación constará así mismo que la totalidad de los gastos y pagos incluidos en la justificación de las actuaciones o servicios de este Convenio no han sido incluidos en otros convenios ni objeto de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de cualquiera otras entidades, ni presentados ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de ayudas concedidas por las mismas.”

La cláusula VIGÉSIMA: DURACIÓN DEL CONVENIO, queda redactada de

la siguiente forma:

“La vigencia del presente Convenio se establece desde su formalización hasta el 31 de diciembre de 2017. El período a imputar, a efectos de justificación del gasto, será el comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2017, ambos inclusive. No obstante, antes de la finalización de la vigencia de este Convenio, las partes podrán acordar la prórroga, de forma expresa y por escrito, por el mismo período de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49,h) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. La duración total del convenio incluyendo el período inicial y, en su caso, la prórroga no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2018.”

En la cláusula VIGESIMOPRIMERA: EXTINCIÓN DEL CONVENIO, se añade

un nuevo apartado d) y nuevo párrafo con el siguiente contenido:

“d) Cuando concurra cualquiera de las causas recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A efectos de lo previsto en el artículo 49-e) de la citada Ley 40/2015, en el supuesto de que concurra alguna de las causas de resolución del convenio por el incumplimiento de lo establecido en sus cláusulas, se procederá a la comunicación previa a la otra parte, abriéndose un plazo de veinte días hábiles, para que esta alegue, lo que estime oportuno. Si transcurrido este plazo, el requirente no obtiene satisfacción, el Convenio perderá su vigencia, con la exigencia en su caso, del reintegro de la aportación de la Comunidad de Madrid que no hubiera sido pagada y gastada.” 13.-PROPOSICIÓN DE LA ALCALDESA SOBRE APROBACIÓN DEL BORRADOR DE CONVENIO DE COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE Y LA FUNDACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE.

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Vista la proposición de referencia de 27 de abril de 2017; el borrador de convenio; el informe de la adjunta de la Jefa de Sección de Mayor de 10 de abril de 2017; el informe del Director de la Asesoría Jurídica de 12 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar el borrador de Convenio de colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Getafe y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe, con el que establecer el cauce de futuras actuaciones de colaboración dentro de los Programas de promoción y prevención de la salud de la población. Iniciándose dicha colaboración en el área de Atención a las Personas Mayores, en el marco del Estudio de la Fundación para la Investigación Biomédica del hospital de Getafe, (FIBHUG), sobre el beneficio del mantenimiento activo de las Personas Mayores para el envejecimiento saludable, y que consta de una exposición de cuatro apartados y nueve cláusulas, con una vigencia de cuatro años desde su formalización, pudiendo prorrogarse por mutuo expreso entre el Ayuntamiento de Getafe y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital de Getafe. (FIBHUG). SEGUNDO.-Facultar a la Alcaldesa para la firma de dicho convenio. 14.- PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE CULTURA Y MANTENIMIENTO, SOBRE APROBACIÓN DEL BORRADOR DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE Y LA REAL E ILUSTRE CONGREGACIÓN DE NTRA. SRA. DE LOS ÁNGELES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN TORNO A LAS TRADICIONES CULTURALES DE LA POBLACIÓN DEL MUNICIPIO. (EXPTE. 2017187). Vista la proposición de referencia de fecha 4 de mayo de 2017; el borrador del convenio; el informe del Coordinador de Cultura de 4 de mayo de 2017; el informe de la TSAG de Cultura de 4 de mayo con el Visto Bueno del Director de la Asesoría Jurídica; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- La aprobación del borrador del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Getafe y la Real e Ilustre Congregación de Ntra. Sra. De los Ángeles para la realización de actividades en torno a las tradiciones culturales de la población del municipio, que consta de 6 Cláusulas. SEGUNDO.- Facultar a la Alcaldesa para la firma del mencionado Convenio.

PATRIMONIO 15.-PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE SOSTENIBILIDAD, URBANISMO Y VIVIENDA SOBRE REVISIÓN DE LA RENTA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA NAVE SITUADA EN C/ CARPINTEROS Nº 24-26 DE GETAFE. (EXPTE. Nº 44/16). Vista la proposición de referencia de fecha 21 de abril de 2017, el informe de la TSAG de Patrimonio de 21 de abril de 2016; el informe nº 485/17 de la Intervención General Municipal de 5 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar la revisión del contrato de arrendamiento de la nave situada en la C/ Carpinteros Nº 24-26 de Getafe, suscrito entre el Ayuntamiento de Getafe y PARTICULARES, con efectos retroactivos desde el día 1 de abril; siendo de aplicación una revisión de la renta con arreglo al IPC fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y resultando un incremento del 2,3% desde marzo de 2016 a marzo de 2017; ascendiendo la renta mensual a la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS

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SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (5.566,67 €) más MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE EUROS (1.169,00 €) correspondiente al 21% de IVA, que será satisfecha cada mes contra factura y mediante transferencia bancaria; debiendo practicar la retención correspondiente del I.R.P.F., siendo de aplicación el resto de cláusulas establecidas en el contrato. SEGUNDO.- Autorizar y disponer un gasto a favor de PEREZ FERNANDEZ ANTONIO, DOLORES Y PALOMA, C.B., con CIF E-81399578, de MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (1.362,87 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 920.51.202.00 denominada “Arrendamientos Edificios y Otras Construcciones. Régimen Interior”. 16.- PROPOSICIÓN CONJUNTA DEL CONCEJAL DELEGAD0 DE SOSTENIBILIDAD, URBANISMO Y VIVIENDA Y DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE APROBACIÓN DE LAS PRÓRROGAS DE LAS AUTORIZACIONES DEMANIALES DE OCUPACIÓN DE LAS VIVIENDAS MUNICIPALES UBICADAS EN LA C/ ****** Nº *, *º * y *º * DE GETAFE. (EXPTE. Nº 23/17). Vista la proposición de referencia de fecha 4 de mayo de 2017; los informes de la TMAE Coordinadora de Servicios Sociales de 26 de abril y 4 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Aprobar las prórrogas de las autorizaciones de ocupación de las viviendas municipales ubicadas en la C/ ****** Nº *, *º* y *º* de Getafe, a PARTICULARES, respectivamente; y con el canon mensual que se especifica en cada caso, que deberá abonarse mediante ingreso en la cuenta bancaria del Ayuntamiento de Getafe, en el plazo de un mes:

APELLIDOS Y NOMBRE DNI VIVIENDA CANON MENSUAL

PARTICULAR ******* C/****** nº * *º * 66,00 €

PARTICULAR ******* C/****** nº * *º F 130,00 €

SEGUNDO.- Aprobar la modificación de la estipulación tercera de las autorizaciones demaniales de ocupación de las viviendas mencionada formalizadas el día 12 de mayo de 2014, por conllevar las prórrogas el pago de los cánones especificados en el apartado primero de este acuerdo. TERCERO.- Las prórrogas de las autorizaciones se realizan por el plazo de un año con efectos desde el día 12 de mayo de 2017; hasta un máximo de cuatro años, incluidas las prórrogas. CUARTO.-. Los adjudicatarios deben destinar las viviendas a domicilio habitual y permanente de los miembros de la unidad familiar que consten en el expediente de los Servicios Sociales municipales, quedando expresamente prohibido el uso de las mismas por personas distintas de las que figuren en dicho expediente sin autorización del Ayuntamiento. QUINTO.- Los adjudicatarios de las viviendas deberán asumir el pago de los gastos relacionados con la instalación y consumo de suministros de luz, agua, gas y teléfono relacionados con la vivienda que van a ocupar.

17.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGAD0 DE SOSTENIBILIDAD, URBANISMO Y VIVIENDA SOBRE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN DE OFICIO DE LOS ESPACIOS DE DOMINIO PÚBLICO OCUPADOS POR VALLAS PUBLICITARIAS EN LA ZONA

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VERDE ZV 1.2, EN LAS PARCELAS DE EQUIPAMIENTO DOCENTE DC-3 Y DC-4 Y EN LA PARCELA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO DP-3 DEL PAU-2 “EL BERCIAL-UNIVERSIDAD”, POR LA EMPRESA MIRAME PUBLICIDAD, SL. (EXPTE. Nº 21/17). Vista la proposición de referencia de fecha 3 de mayo de 2017; el informe de la TSAG de Patrimonio de 3 de mayo de 2017, con el Visto Bueno del Director de la Asesoría Jurídica; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Iniciar el procedimiento de recuperación de oficio de los espacios de dominio público ocupado por vallas publicitarias ubicadas en la zona verde ZV 1.2 (una valla), en las parcelas de equipamiento docente DC-3 (tres vallas) y DC-4 (dos vallas) y en la parcela de equipamiento deportivo DP-3 (dos vallas) del P.A.U.-2. “El Bercial-Universidad”, por estar ocupando el espacio público sin título habilitante para ello por la empresa Mírame Publicidad, SL. SEGUNDO.- Conceder trámite de audiencia a los interesados por plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación de este acuerdo, pudiendo en dicho plazo alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen oportunos. TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Sección de Licencias y Disciplina Urbanística para su conocimiento y efectos oportunos.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL 18.- PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE DESESTIMACIÓN DE LA RECLAMACIÓN PATRIMONIAL EFECTUADA POR PARTICULAR. (EXPTE. Nº 16/16). Vista la proposición de referencia de fecha 27 de abril de 2017; el informe del Instructor del expediente de 27 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Desestimar la reclamación presentada por PARTICULAR, con DNI ********, por responsabilidad patrimonial, al no quedar acreditado el nexo de causalidad para atribuir la responsabilidad por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, a este Ayuntamiento, y ello de conformidad con la fundamentación contenida en el informe del Instructor de fecha 27 de abril de 2017, de la que se dará traslado al interesado.

RECURSOS HUMANOS

19.- PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE ADJUDICACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO EN RÉGIMEN LABORAL TÉCNICO SUPERIOR JEFE DE NEGOCIADO PSICÓLOGO, AL AMPARO DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA POR CONCURSO DE MÉRITOS, APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 21 DE DICIEMBRE DE 2016. Vista la proposición de referencia de fecha 26 de abril de 2017; el Acta de la Comisión de Valoración de 7 de marzo de 2017; el informe del Jefe de Sección de Personal de 6 de abril con el conforme de la Concejala Delegada de Recursos Humanos, Empleo, Desarrollo Económico y Atención Ciudadana; el informe nº 446/17 de la

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Intervención General Municipal de 25 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Adjudicar a PARTICULAR, D.N.I. nº ********, el siguiente puesto de trabajo en régimen laboral Técnico Superior Jefe de Negociado Psicólogo: Unidad Administrativa: Centro Atención Integral al Drogodependiente. Denominación: TS Jefe de Negociado Psicólogo. Grupo de titulación: A1. Nº de puesto: 312-11-99-01. S. Base: 38.498,88 €. PTT: 5.737,06 €.

EJERCICIO DE ACCIONES Y DEFENSA JURÍDICA 20.-PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE REMISIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Y PERSONACIÓN EN LEGAL FORMA DE SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS, EN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 197/2016, SEGUIDO EN EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 13 DE MADRID.EXPTE. Nº 83/15. Vista la proposición de referencia de fecha 28 de abril de 2017; el informe del TSAE de Régimen Interior de 28 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: La remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo nº 25 de Madrid, Procedimiento Abreviado nº 259/2016, interpuesto por OCASO, SA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y la personación en legal forma de los letrados designados por SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, compañía de seguros con quien se tenía suscrito, en la fecha de los hechos, seguro de Responsabilidad Patrimonial. 21.- PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE REMISIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Y PERSONACIÓN EN LEGAL FORMA DE SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS, EN EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 259/2016, SEGUIDO EN EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 25 DE MADRID. (EXPTE. Nº 140/15). Vista la proposición de referencia de fecha 28 de abril de 2017; el informe del TSAE de Régimen Interior de 28 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: La remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo nº 25 de Madrid, Procedimiento Abreviado nº 259/2016, interpuesto por PARTICULAR y la personación en legal forma de los letrados designados por SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, compañía de seguros con quien se tenía suscrito, en la fecha de los hechos, seguro de Responsabilidad Patrimonial. 22.-PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, SEGURIDAD CIUDADANA Y MOVILIDAD SOBRE REMISIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Y PERSONACIÓN DE

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LOS LETRADOS CONSISTORIALES, EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ABREVIADO 14/17, INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN DE SEGUROS BILBAO. Vista la proposición de referencia de fecha 28 de abril de 2017; el informe de la Letrada Consistorial de 28 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: La remisión del expediente administrativo y la personación en legal forma de los Letrados Consistoriales, Manuel Abolafio Balsalobre, Alfredo Bobillo Garvía y Lidia López Díez, en el recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Abreviado 14/17, interpuesto por la representación de SEGUROS BILBAO. 23.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, SEGURIDAD CIUDADANA Y MOVILIDAD, SOBRE PAGO DE LA COSTAS PROCESALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 393/16, INTERPUESTO POR PARTICULAR. Vista la proposición de referencia de fecha 17 de abril de 2017; el informe del Director de la Asesoría Jurídica de 17 de abril de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: Ejecutar la sentencia nº 1 de fecha 02.01.17 dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid, en lo relativo al pago de costas procesales y en consecuencia autorizar, disponer y reconocer la obligación a favor del mismo, con nº de CIF S2813600J, por importe de TRESCIENTOS SESENTA EUROS (360,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria nº 2017/920.71.22604 denominada “Gastos Jurídicos Contenciosos, Asesoría Jurídica”, en concepto de pago de costas del Procedimiento Abreviado 393/16, interpuesto por PARTICULAR. 24.- DAR CUENTA DE LA SENTENCIA Nº 132/2017 DE FECHA 19.04.17, PROCEDENTE DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 12 DE MADRID, SOBRE EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 87/16, INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN DE PARTICULAR. Visto el informe de la Letrada Consistorial de 28 de abril de 2017, en el que se da cuenta de la sentencia nº 132/2017 de fecha 19.04.17 procedente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Madrid, que desestima el recurso contencioso interpuesto por la representación de PARTICULAR contra la desestimación presunta de la reclamación de fecha 01.06.15, sobre diferencias retributivas derivadas de la sustitución del TSAE de Régimen Interior. Sin imposición de costas. La sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Los señores asistentes quedan enterados. 25.- DAR CUENTA DE LA SENTENCIA Nº 122/2017 DE FECHA 27.04.17, PROCEDENTE DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 5 DE MADRID, SOBRE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO RELATIVO AL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 564/17, INTERPUESTO POR PARTICULAR. Visto el informe del Letrado Consistorial de 3 de mayo de 2017, en el que se da cuenta de la sentencia nº 122/2017 de fecha 27.04.17 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Madrid, que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de PARTICULAR, contra la desestimación del recurso

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de reposición interpuesto contra la liquidación del IIVTNU, referidas en el expediente 156/15 (4362900-24-0), confirmando la resolución impugnada. Sin imposición de costas a la recurrente. La presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Los señores asistentes quedan enterados. 26.- DAR CUENTA DE LA SENTENCIA Nº 125/17 DE FECHA 25.04.17, PROCEDENTE DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 11 DE MADRID, SOBRE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO RELATIVO AL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 20/17, INTERPUESTO POR PARTICULAR. Visto el informe del Letrado Consistorial de 28 de abril de 2017, en el que se da cuenta de la sentencia nº 125/2017 de fecha 25.04.17 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid, que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de PARTICULAR contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones del IIVTNU, referidas en el expediente 268/16 (4733893-37-0 y 4733893-37-0), declarando que la resolución impugnada es conforme a Derecho. Sin imposición de costas a la recurrente. La presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Los señores asistentes quedan enterados.

GESTIÓN URBANÍSTICA 27.-PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE SOSTENIBILIDAD, URBANISMO Y VIVIENDA PARA DAR TRASLADO DEL INFORME DE LA UNIDAD DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y AL CANAL DE ISABEL II, EN EL NUEVO TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PLAN ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURAS PARA LAS OBRAS DEL PROYECTO DE SEGUNDO ANILLO PRINCIPAL DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y SU MODIFICACIÓN, TRAMO 8.

Vista la proposición de referencia de fecha 8 de mayo de 2017; el escrito de la Secretaria General Técnica, Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con entrada en este Ayuntamiento el 24 de abril de 2017; el informe conjunto de la Jefa de Sección de Gestión Urbanística y del Jefe de Sección de la Unidad de Planeamiento y Gestión Urbanística de 5 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Remitir a la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid el informe emitido el 5 de mayo de 2017 por la Unidad de Planeamiento y Gestión Urbanística, relativo al nuevo trámite de información pública del Plan Especial de Infraestructuras para las obras del proyecto de “Segundo Anillo Principal de distribución de Agua Potable de la Comunidad de Madrid y su Modificación, Tramo 8”, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, SA.

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SEGUNDO.- Remitir al Canal de Isabel II Gestión, SA el informe emitido el 5 de mayo de 2017 por la Unidad de Planeamiento y Gestión Urbanística, relativo al nuevo trámite de información pública del Plan Especial de Infraestructuras para las obras del proyecto de “Segundo Anillo Principal de distribución de Agua Potable de la Comunidad de Madrid y su Modificación, Tramo 8”, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, SA.

FUERA DEL ORDEN DEL DÍA Por razones de urgencia se acuerda por unanimidad someter a aprobación los siguientes asuntos: 28.-PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA PARA RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES APROBADOS POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 22 DE MARZO DE 2017, PARA LLEVAR A CABO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, EL ARRENDAMIENTO SIN OPCIÓN A COMPRA DE UN SISTEMA INTEGRAL DE IMPRESIÓN, COPIA Y ESCANEO PARA EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE. (EXPTE. Nº 106/16) Vista la proposición de referencia de fecha 9 de mayo de 2017; el informe conjunto del TSAE de Régimen Interior y del Director de Informática de 8 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Rectificar el error material de los pliegos de prescripciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares para la contratación del suministro de un sistema integral de impresión, copia y escaneo para el Ayuntamiento de Getafe, aprobados por acuerdo de la Junta de Gobierno de 22 de marzo de 2017, en los siguientes apartados:

5.2 Tipología y características de los equipos

Donde dice:

TIPO DE EQUIPO Impresora Multifunción

Código IM1 MF1 MF2 MF3 MF4 MF5 MF6

Nº bandejas (sin incluir manual)

1 4 4 4 4 4 4

Capacidad mínima total

250 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas

Formato escaneo No TIFF,PDF, JPG, XPS

Debe decir:

TIPO DE EQUIPO Impresora Multifunción

Código IM1 MF1 MF2 MF3 MF4 MF5 MF6

Nº bandejas (sin incluir manual)

1 2 4 4 4 4 4

Capacidad mínima total

250 hojas 1.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas 2.000 hojas

Formato escaneo No TIFF,PDF, JPG,

5.2.2. Equipos de producción.

Equipos de reprografía.

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Donde dice:

Multifunción

Código RP1 RP2

Velocidad mínima de copia e impresión

105 ppm 70 ppm

Velocidad escaneo 105 mínimo, dúplex paso

único

Gramaje del papel soportado De 60 a 200 gr/m2

Gramaje del papel soportado De 40 a 300 gr/m2 en al menos una bandeja, resto mínimo 52,3

a 216 gr/m2. Debe permitir papel reciclado y etiquetas.

Formato escaneo TIFF,PDF, JPG, XPS

Debe decir:

Multifunción

Código RP1 RP2

Velocidad mínima de copia e impresión

100 ppm 70 ppm

Velocidad escaneo 100 mínimo, dúplex paso

único

Gramaje del papel soportado De 60 a 200 gr/m2

Gramaje del papel soportado De 60 a 300 gr/m2 en al menos una bandeja. Debe permitir

papel reciclado y etiquetas.

Formato escaneo TIFF,PDF, JPG

SEGUNDO.- Ampliar el plazo de presentación de proposiciones iniciándose el cómputo del mismo a partir de la publicación del nuevo anuncio. 29.-PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE LA REMISIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Y PERSONACIÓN EN LEGAL FORMA DE SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS, EN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMENTO ORDINARIO Nº 130/2017 SEGUIDO EN EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 14 DE MADRID. (EXPTE. Nº 137/15). Vista la proposición de referencia de fecha 9 de mayo de 2017; el informe del TSAE de Régimen Interior de 9 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: La remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 14 de Madrid, Procedimiento Ordinario Nº 130/2017, interpuesto por PARTICULAR y la personación en legal forma de los letrados designados por SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, compañía de seguros con quien se tenía suscrito, en la fecha de los hechos, seguro de Responsabilidad Patrimonial. 30.- .-PROPOSICIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, DESARROLLO ECONÓMICO Y ATENCIÓN CIUDADANA, SOBRE LA REMISIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Y PERSONACIÓN EN LEGAL FORMA DE SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS, EN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMENTO ABREVIADO Nº 417/2016, SEGUIDO EN EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 417/2016 DE MADRID. (EXPTE. Nº 8/16).

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Vista la proposición de referencia de fecha 8 de mayo de 2017; el informe del Coordinador de Régimen Interior de 8 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: La remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid, Procedimiento Abreviado nº 417/2016, interpuesto por PARTICULAR y la personación en legal forma de los letrados designados por SEGUR CAIXA ADESLAS, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, compañía de seguros con quien se tenía suscrito, en la fecha de los hechos, seguro de Responsabilidad Patrimonial.

31.- PROPOSICIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, SOBRE APOYO AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN ESPECÍFICA DEL CEIP SANTA MARGARITA MARÍA DE ALACOQUE. (EXPTE. Nº 12/2017). Vista la proposición de referencia de fecha 10 de mayo de 2017; el escrito del Consejo Escolar del CEIP Sta. Margarita Mª de Alacoque con entrada en este Ayuntamiento el 25 de noviembre de 2016; informe de la Jefa de Sección de Educación de 10 de mayo de 2017; y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda: PRIMERO.- Apoyar el cambio de denominación específica del CEIP SANTA MARGARITA MARÍA DE ALACOQUE por el de CEIP LAS MARGARITAS. SEGUNDO.- Facultar al Concejal Delegado de Educación y Bienestar Social para dar la oportuna tramitación de este expediente. Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Presidencia, siendo las quince horas del expresado día, se da por terminada la sesión y de ella se extiende la presente acta, de lo que como Concejal Secretario doy fe.