Aviso de convocatoria SA-009-2016

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REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE ANGOSTURA NIT: 890.982.141-2 PALACIO MUNICIPAL CL 11 9 38 PBX 864 51-61 fax 864 51 61 Ext 110. E-mail [email protected] UNIDOS POR ANGOSTURA PARA UN DESARROLLO INTEGRALAVISO DE CONVOCATORIA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA Nro 009 - 2016 MODALIDAD: SELECCIÓN ABREVIADA LEY 1150 DE 2007 – DECRETO 1082 DE 2015 OBJETO: MANTENIMIENTO DE VIAS EN ZONA ORIENTE DEL MUNICIPIO DE ANGOSTURA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. PROCESO No. SA-009-2016 MUNICIPIO DE ANGOSTURA (ANTIOQUIA) JUNIO DE 2016

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AVISO DE CONVOCATORIA

PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA Nro 009 - 2016

MODALIDAD: SELECCIÓN ABREVIADA

LEY 1150 DE 2007 – DECRETO 1082 DE 2015

OBJETO: MANTENIMIENTO DE VIAS EN ZONA ORIENTE DEL MUNICIPIO DE ANGOSTURA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.

PROCESO No. SA-009-2016

MUNICIPIO DE ANGOSTURA (ANTIOQUIA)

JUNIO DE 2016

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AVISO DE CONVOCATORIA SELECCIÓN ABREVIADA MINIMA CUIANTIA Nro 009-2016 El Municipio de Angostura Antioquia de acuerdo a lo señalado en el Artículo 2.2.1.2.1.1.1 del Decreto 1082 de 2015, y en razón a la próxima apertura del Proceso de SELECCIÓN ABREVIADA No. SA-009-2016, mediante el presente AVISO DE CONVOCATORIA PUBLICA, da a conocer a la comunidad en general la siguiente información: OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA: MANTENIMIENTO DE VIAS EN ZONA ORIENTE DEL MUNICIPIO DE ANGOSTURA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. PRESUPUESTO OFICIAL. El presente proceso de contratación es la suma de CIENTO TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M.L. ($103.300.000.oo), con cargo a los rubros presupuestales: A.1.6.1 denominado construcción y mantenimiento de vías - A.2.6.2.1.1 denominado mantenimiento, adecuación y apertura de vías,A.3.2.4 denominado Vías, mediante disponibilidad presupuestal 0546 del 25 de junio de dos mil dieciséis (2016). CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL OBJETO A CONTRATAR La obra contempla, una intervención parcial a los ramales de las vías, mejorando aquellos puntos críticos que requieren retiro de derrumbes, construcción de obras transversales, tal y como se expresa en el estudio previo, el valor del presente proceso contempla todos los impuestos aprobados por el estatuto tributario además los costos en que incurra el contratista. MODALIDAD DE LA CONVOCATORIA: Para el presente proceso, en atención a la Naturaleza, Objeto y Cuantía del Contrato a Celebrar, la Modalidad de Selección que utilizará el Municipio de Angostura (Antioquia) es la SELECCIÓN ABREVIADA MINIMA CUANTIA, definida en el numeral 2 del Artículo 2 literal a) de la Ley 1150 de 2007, así: MANTENIMIENTO DE VIAS EN ZONA ORIENTE DEL MUNICIPIO DE ANGOSTURA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.

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Aunado a lo anterior, el presente Proceso de SELECCIÓN ABREVIADA, deberá ceñirse a los procedimientos y reglas aplicables de las disposiciones vigentes de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012 y Decreto 1082 de 2015. PLAZO ESTIMADO DEL CONTRATO Al tratarse de un Contrato de obra pública consistente en: MANTENIMIENTO DE VIAS EN ZONA ORIENTE DEL MUNICIPIO DE ANGOSTURA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, el Plazo de Ejecución será de treinta (30) días calendario. CONVOCATORIA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS De acuerdo con lo preceptuado en la ley 850 de 2003, se convocan a las Veedurías Ciudadanas y el Decreto 1082 de 2015, para que ejerzan control al proceso de contratación en la etapa precontractual, contractual y poscontractual, para lo cual podrán consultar los documentos y requisitos del presente proceso de contratación en la web www.colombiacompra.gov.co y en la Secretaría General y de Gobierno (Oficina de Contratación) del Municipio de Angostura, Antioquia. LUGAR DE PUBLICACIÓN DE LA INVITACIÓN Y PLAZO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA La presente invitación pública, puede consultarse en la web www.colombiacompra.gov.co entre el día 01 de julio de 2016, a las 2:00 p.m. y el día 18 de julio de 2016 a las 10:00 a.m., fecha y hora del cierre del proceso y plazo límite para presentación de propuestas iniciales de precio y requisitos habilitantes. IDIOMA EN QUE SE PRESENTA LA PROPUESTA La propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito. De igual forma las observaciones que se hagan tanto en la etapa de proyecto de pliego de condiciones como aquellas que se realicen en el término de traslado de la evaluación deben presentarse en la forma indicada y redactarse en idioma castellano. MANIFESTACIONES DE INTERÉS De acuerdo con el Cronograma, dentro de los términos allí previstos, los interesados en participar en el presente proceso de contratación, deberán

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manifestar su interés en participar, con el mismo deberán incluir la información necesaria donde pueden ser localizados, incluyendo en su manifestación, nombres y apellidos completos, dirección física y electrónica, teléfonos y los demás datos que estime pertinentes para poder ser ubicado durante el proceso. Dicha manifestación se debe presentar en la etapa de pre-pliegos para los interesados en participar como MIPYME, y en los tres primeros días de publicación de los pliegos definitivos cuando la convocatoria no sea limitada. La propuesta deberá ser firmada por el proponente cuando sea persona natural, por el Representante Legal de la Persona Jurídica u otra forma asociativa permitida por la Ley cuando de ello se trate, o por apoderado, debiéndose anexar el respectivo poder con el lleno de los requisitos exigidos por ley. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES De conformidad con el artículo 32 de la Ley 1450 de 2011 y el Artículo 2.2.1.2.4.2 del Decreto 1082 de 2015, el presente Proceso de Licitación Pública podrá limitarse exclusivamente a MIPYMES, siempre y cuando se verifiquen los siguientes requisitos: 1. El valor del Proceso de Contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US $125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. De acuerdo a la Información Publicada en el SECOP suministrada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el valor del Dólar para estos casos se ha establecido en el Año 2016, como es el caso del presente proceso. 2. La Entidad Estatal reciba solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales con mínimo un (1) año de existencia. La Entidad Estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un (1) día hábil antes de la Apertura del Proceso de Contratación. La Mipyme nacional debe acreditar su condición con una certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en la cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley. En las convocatorias limitadas, la Entidad Estatal debe aceptar solamente las ofertas de Mipyme, Consorcios o Uniones Temporales formados únicamente por

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Mipyme y promesas de sociedad futura suscritas por Mipyme. (Artículo 2.2.1.2.4.2.4 Decreto 1082 de 2015). ENUMERACIÓN Y BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. En la presente SELECCIÓN ABREVIADA podrán participar personas naturales, jurídicas, consorcios y uniones temporales, nacionales o extranjeras, consideradas legalmente capaces de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y según la Ley 80 de 1993, La Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015 legalmente constituidas y legalizadas en Colombia, cuyo objeto social cubra las actividades necesarias para cumplir con el objeto de la presente contratación, que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política, en los Artículos 8º y 9° de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes. Todos los proponentes deben: (1) Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta, conforme a las condiciones de participación exigida. (2) Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato. (3) No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las leyes de Colombia, en especial las previstas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993. (4) Las personas jurídicas, proponentes y/o los miembros integrantes de los consorcios y/o uniones temporales deberán acreditar, cada uno, que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y tres (3) años más. (5) Carta de presentación de la propuesta (6) Oferta Inicial de Precios. (7) Garantía de seriedad de la propuesta (8) Certificado de Existencia y Representación Legal original. (9) Copia de la Cédula de Ciudadanía (10) Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes original

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(11) Documento que acredite un Representante Legal domiciliado en el país cuando se trate de proponentes extranjeros. (12) Certificados de Experiencia Acreditada y Específica Principal. (13) Información Financiera. (14) Relación certificada de contratos en ejecución de naturaleza estatal. (15) Certificado de Reciprocidad (Para Extranjeros) (16) Registro Único Tributario Actualizado (RUT) (17) Aportes Parafiscales y de Seguridad Social. (18) Certificados de la Contraloría General de la República, Antecedentes Judiciales y de la Procuraduría General de la Nación. (19) Listado para acreditar el Cumplimiento de las Fichas Técnicas (20) Dar cumplimiento a las demás exigencias jurídicas, técnicas, económicas y financieras propias del Proceso de Selección, que pueden ser probadas con el Registro Único de Proponentes o documentos adicionales y los requisitos habilitantes contenidos en el pliego de condiciones. PRECALIFICACIÓN En el presente Proceso de Selección, no habrá lugar a la Precalificación de Oferentes. CRONOGRAMA

Actividad Fecha y hora Lugar

Publicación Aviso Convocatoria Pública, Estudios y Documentos Previos y Proyecto de Pliego de condiciones

Entre el 01 de julio de 2016, hasta el 08 de julio de 2016 a las 6:00 pm.

www.colombiacompra.gov.co

Plazo para presentar observaciones al proyecto de pliego de condiciones

Hasta el 08 de Julio de 2016 a las 10:00 a.m.

Correo: [email protected] Tel: 8645161

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Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto de pliego de condiciones

Hasta el 08 de Julio de 2016 a las 6:00 pm.

www.colombiacompra.gov.co

Convocatoria limitada a mipymes

Entre el 01 de julio de 2016 y el 08 de Julio 2016, a las 6.00 p,m

Secretaría de Gobierno, [email protected]

Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección

El día 11 de Julio del 2016, 9.00 a.m.

www.colombiacompra.gov.co

Publicación pliego de condiciones definitivo

Desde el día 11 de Julio hasta el día 15 de julio de 2016, 10.00 a.m.

www.colombiacompra.gov.co

Audiencia de asignación y tipificación de los riesgos y aclaración de pliegos.

El día 14 de Julio de 2016,10.00 a.m.

Secretaria de Planeación municipal

Presentación de observaciones al pliego de condiciones

Desde el día 11 de Julio hasta el 15 de julio de 2016 a las 10:00 a.m.

Correo: [email protected] Tel: 864.51.61

Respuesta observaciones al pliego de condiciones

Desde el día 11 de Julio, hasta el 15 de julio de 2016 a las 3:00 pm.

www.colombiacompra.gov.co

Expedición de adendas Hasta el 15 de julio de 2016 a las 5:00 pm.

www.colombiacompra.gov.co

Fecha y hora de cierre del proceso y Presentación de ofertas

El 18 de julio a las 10:00 am Secretaria de Gobierno municipal, palacio municipal

Publicación del Acta de Cierre del proceso.

El 18 de julio de 2016 a las 2:00 pm

www.colombiacompra.gov.co

Evaluación de las propuesta y subsanación de documentos

Desde el día 18 de julio al 21 de julio de 2016

Secretaría de Gobierno

Publicación del informe de evaluación de las ofertas

Desde el día 22 de julio hasta el día 28 de julio de 2016

www.colombiacompra.gov.co

Presentación de observaciones al informe de evaluación de las ofertas

Desde el día 28 de julio hasta el día 03 de agosto de 2016, 2.00 p.m.

[email protected]

Respuesta a las observaciones formuladas al informe de evaluación de la oferta jurídica,

Desde el día 28 de julio hasta el día 03 de agosto de 2016, 6.00 p.m.

www.colombiacompra.gov.co

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técnica y financiera del proponente

Audiencia de Adjudicación del contrato

El día 04 de agosto de 2016 a las 10:00 am.

Secretaria de Gobierno municipal

Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto

El día 04 de agosto de 2016 a las 11:30 am.

www.colombiacompra.gov.co

Legalización del Contrato de Obra

Ocho días después Secretaria de Gobierno municipal

ESTUDIO PREVIO DE CONVENIENCIA: La presente convocatoria pública, está acompañada del respectivo estudio previo el cual reposa en la Secretaría de Planeación del Municipio de Angostura, al igual que en la web www.colombiacompra.gov.co, al igual que todos los soportes económicos, técnicos y legales; el presente aviso también será publicado en la web del municipio de Angostura www.angostura-antioquia.gov.co. RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDES El futuro oferente deberá revisan antes, además, declara bajo juramento que se entiende prestado con la presentación de la propuesta, no hallarse incurso en ninguna de las siguientes causales, (a) Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes. (b) Quienes participaron en las licitaciones o celebraron los contratos de que trata el literal anterior estando inhabilitados. Esta inhabilidad se extenderá por el término de 5 años a partir de la participación en la licitación. (c) Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad. Esta inhabilidad se extenderá por el término de 5 años contados a partir de la fecha de declaratoria del acto de caducidad. (d) Quienes han sido condenados por sentencia judicial a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución. Esta inhabilidad se extenderá por el término de 5 años contados a partir de la ejecutoria de la sentencia que impuso la pena. (e) Quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado. Esta inhabilidad se extenderá por el término de 5 años a partir de la fecha en que expiró el plazo para la firma.

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(f) Los servidores públicos. (g) Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso. (h) Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación propuesta, para una misma licitación o concurso. (i) Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria. Esta inhabilidad se extenderá por el término de 5 años contados a partir de la fecha de declaratoria del acto de caducidad. (j) Las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la Administración Pública cuya pena sea privativa de la libertad, o soborno transnacional, con excepción de delitos culposos. Esta inhabilidad se extenderá a las sociedades de que sean socias tales personas, sus matrices y subordinadas, con excepción de las sociedades anónimas abiertas y se extiende por un término de 20 años. (k) Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones o a las alcaldías con aportes superiores al 2,5% de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral, respecto de las Entidades Estatales, incluyendo las descentralizadas del respectivo nivel administrativo, para el cual fue elegido el candidato y respecto de los contratos distintos al de prestación de servicios profesionales. Esta inhabilidad es por el período para el cual el candidato fue elegido y opera también para las personas que se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil de la persona que ha financiado la campaña política. Esta inhabilidad comprende también a las sociedades existentes o que llegaren a constituirse distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios hayan financiado directamente o por interpuesta persona campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones y las alcaldías. (l) Quienes fueron servidores públicos en cargos de nivel directivo y las sociedades a las cuales están vinculados durante un término de 2 años contados a partir del retiro del cargo cuando el objeto que desarrollan tiene relación con el sector al cual prestaron sus servicios. Esta inhabilidad se extiende a las personas que están dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad, o primero civil de quien fue servidor público.

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(m) El interventor que incumpla el deber de entregar información a la Entidad Estatal relacionada con el incumplimiento del contrato, con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato. Esta inhabilidad se extenderá por un término de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que así lo declare, previa la actuación administrativa correspondiente. (n) El contratista que incurra en una de las siguientes conductas: (i) haber sido objeto de imposición de 5 multas o más durante la ejecución de uno o varios contratos, durante una misma vigencia fiscal con una o varias Entidades Estatales; (ii) haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por lo menos 2 contratos durante una misma vigencia fiscal, con una o varias Entidades Estatales; (iii) haber sido objeto de imposición de 2 multas y 1 incumplimiento durante una misma vigencia fiscal, con una o varias Entidades Estatales. La inhabilidad será por 3 años, contados a partir de la inscripción de la última multa o incumplimiento en el RUP, de acuerdo con la información remitida por las Entidades Estatales. Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación. Por otra parte, el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 señala que no podrán participar en licitaciones o concursos ni celebrar contratos estatales con la Entidad Estatal respectiva: (a) Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la Entidad Estatal contratante. Esta incompatibilidad sólo comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha del retiro. (b) Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivos, asesor, ejecutivo o con los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante. (c) El cónyuge, compañero o compañera permanente11 del servidor público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control interno o de control fiscal. (d) Las corporaciones, asociaciones, fundaciones y las sociedades anónimas que no tengan el carácter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las demás sociedades de personas en las que el servidor público en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, o el miembro de la junta o consejo directivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñen cargos de dirección o

Page 11: Aviso de convocatoria SA-009-2016

RREEPPÚÚBBLLIICCAA DDEE CCOOLLOOMMBBIIAA

DDEEPPAARRTTAAMMEENNTTOO DDEE AANNTTIIOOQQUUIIAA

MMUUNNIICCIIPPIIOO DDEE AANNGGOOSSTTUURRAA

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PPAALLAACCIIOO MMUUNNIICCIIPPAALL CCLL 1111 99 –– 3388 PPBBXX 886644 5511--6611 ffaaxx 886644 5500 3344 EE--mmaaiill aallccaallddiiaa@@aannggoossttuurraa--

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manejo. Esta causal de incompatibilidad no aplica cuando por disposición legal o estatutaria el servidor público en los niveles referidos debe desempeñar en ellas cargos de dirección o manejo. (e) Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la misma esté adscrita o vinculada. (f) Directa o indirectamente las personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo en Entidades Estatales y las sociedades en las cuales estos hagan parte o estén vinculados a cualquier título, durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo público, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios. Esta incompatibilidad también opera para las personas que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad, o primero civil del ex empleado público. Invitación a las veedurías ciudadanas En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 la Entidad Contratante invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al contrato objeto del presente proceso, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP. De acuerdo con la ley 850 del 2003, la ley 80 de 1993, la ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015, las veedurías pueden conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley, desarrollarán su actividad en comunicación con la interventoría del proyecto. ORIGINAL FIRMADO MARTHA LUCÍA PORRAS ARENAS Alcaldesa Municipal. Fijado: julio 01 de 2016 2:00 p.m. Secretario de Gobierno Desfijado: Julio 18 de 2016 10:00 a.m. Secretario de Gobierno