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1 AUDITOR GENERAL PRESIDENTE C.P.N. OSCAR ALDO SALVATIERRA AUDITORES GENERALES C.P.N. GUSTAVO DE CECCO C.P.N. RAMÓN JOSÉ MURATORE LIC. ABDO OMAR ESPER DR. MARCOS A. SEGURA ALZOGARAY ÁREA DE CONTROL III C.P.N. RAMÓN JOSÉ MURATORE SANTIAGO DEL ESTERO 158 - SALTA

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AAUUDDIITTOORR GGEENNEERRAALL PPRREESSIIDDEENNTTEE

C.P.N. OSCAR ALDO SALVATIERRA

AAUUDDIITTOORREESS GGEENNEERRAALLEESS

C.P.N. GUSTAVO DE CECCO

C.P.N. RAMÓN JOSÉ MURATORE

LIC. ABDO OMAR ESPER

DR. MARCOS A. SEGURA ALZOGARAY

ÁÁRREEAA DDEE CCOONNTTRROOLL IIIIII

C.P.N. RAMÓN JOSÉ MURATORE

SANTIAGO DEL ESTERO 158 - SALTA

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ÍÍNNDDIICCEE Página II..-- OOBBJJEETTOO DDEE LLAA AAUUDDIITTOORRÍÍAA 3 I.1.- ENTE AUDITADO 3

I.2.- OBJETIVOS 3

I.3.- PERÍODO AUDITADO 3

IIII..-- AALLCCAANNCCEE DDEELL TTRRAABBAAJJOO DDEE AAUUDDIITTOORRÍÍAA 3 II.1.- PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA 4

II.2.- MARCO NORMATIVO 5

II.3.- LIMITACIONES AL ALCANCE 6

IIIIII..-- AACCLLAARRAACCIIOONNEESS PPRREEVVIIAASS 7 III.1.- EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO 7

III.2.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE 8

IIVV..-- CCOOMMEENNTTAARRIIOOSS YY OOBBSSEERRVVAACCIIOONNEESS 88

IV.1.- CONTROL INTERNO 8

IV.1.1.-TESORERÍA Y RECEPTORÍA 8

IV.2.- EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA PRIMER SEMESTRE EJERCICIO 2.012 11

VV..-- RREECCOOMMEENNDDAACCIIOONNEESS 1166

VVII..-- OOPPIINNIIÓÓNN 1188

VVIIII..-- FFEECCHHAA EENN QQUUEE CCOONNCCLLUUYYÓÓ EELL EEXXAAMMEENN 1199

VVIIIIII..-- LLUUGGAARR YY FFEECCHHAA DDEE EEMMIISSIIÓÓNN DDEELL IINNFFOORRMMEE 1199

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INFORME DE AUDITORIA D EFINITIVO

Señor Intendente Municipio de Tartagal Don Sergio Napoleón Leavy Su despacho

La Auditoría General de la Provincia (A.G.P.S.), en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo Nº 169 de la Constitución Provincial y el artículo Nº 30 de la Ley Nº

7.103, procedió a efectuar una auditoría en el Departamento Ejecutivo del Municipio de

Tartagal, prevista en el Programa de Acción Anual de Auditoría y Control, según Res. AGPS Nº

61/12-Proyecto Nº III-08/13; sobre la base de la información suministrada y en el marco de la

legislación vigente.

El presente tiene el carácter de Informe de Auditoría Definitivo. El mismo contiene

los comentarios, observaciones y recomendaciones, que surgieron del examen de la información

obtenida.

I. OBJETO DE LA AUDITORÍA

Se trata de una Auditoría Financiera y de Legalidad.

I.1.- Ente auditado: Municipalidad de Tartagal - Departamento Ejecutivo Municipal.

I.2.- Objetivo:

Evaluar la razonabilidad de la información contenida en la Ejecución Presupuestaria de Recursos

y Gastos.

I.3.- Período auditado: Primer Semestre Año 2.012.

II. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA

El examen fue realizado conforme a lo establecido por las Normas Generales y

Particulares de Auditoría Externa para el Sector Público de la Auditoría General de la Provincia

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de Salta, aprobadas por Resolución AGPS Nº 61/01, aplicándose procedimientos de auditoría

con la extensión, que se ha considerado necesaria en cada circunstancia.

II.1. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA Para la obtención y análisis de las evidencias que respaldan las conclusiones, se aplicaron las

siguientes técnicas y/o procedimientos de auditoría:

• Pedido de Informes y de documentación a través de solicitudes formuladas mediante:

- Nota AGPS Nº 00318/13, al señor Intendente Municipal, con respuesta mediante envío

parcial de documentación.

- Nota AGPS Expte. Mesa de Entradas Municipio Tartagal Nº 288043 de fecha

08/04/13.

- Nota AGPS Expte. Mesa de Entradas Municipio Tartagal Nº 288044 de fecha

08/04/13.

- Nota AGPS de fecha 16/04/13, al Sr. Director de la Dirección de Vialidad de Salta.

- Nota AGPS de fecha 16/04/13, a la Sra. Ministro de Derechos Humanos.

- Nota AGPS de fecha 22/04/13, al Sr. Secretario de Obras Públicas de la Provincia.

- Notas de fecha 11/04/13 dirigidas al Sr. Secretario de Hacienda solicitando

remisión de Órdenes de Pago, legajos y detalles de pagos realizados a proveedores.

- Nota de fecha 11/04/13 dirigida al Sr. Encargado de Personal.

- Notas de fechas 10/04/13 y 11/04/13 dirigida al Sr. Asesor Legal.

• Relevamiento, recopilación, análisis y evaluación de la normativa aplicable en el período bajo

examen.

• Relevamiento de documentación relacionada con el objeto de auditoría:

- Resoluciones emitidas por el DEM durante el primer semestre del año 2.012.

- Legajos de Personal.

- Copia de Órdenes de Pago: Primer Semestre Ejercicio Financiero 2.012.

- Copia Libro Banco: Primer Semestre Ejercicio Financiero 2.012.

- Copia Extractos bancarios Cuenta Corriente; Banco Macro S.A. y Banco Nación Sucursal

Salta correspondientes al Primer Semestre Ejercicio Financiero 2.012.

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- Copia de Conciliaciones Bancarias Mensuales, del Primer Semestre Ejercicio Financiero

2.012.

- Inventario de Bienes Municipales actualizado al 30/06/2012.

- Legajos Técnicos de las Obras.

• Relevamiento, observación y evaluación del Sistema de Control Interno de la Municipalidad,

por medio de visitas, entrevistas, cuestionarios y realización de pruebas de cumplimiento.

• Relevamiento del circuito administrativo y controles implementados relativos a los Recursos

de Otras Jurisdicciones.

• Obtención de confirmaciones escritas por parte de los responsables del ente de las

explicaciones e informaciones suministradas.

• Cotejo de registros e informes producidos por el Municipio, para el Primer Semestre Ejercicio

Financiero 2.012 con la documentación respaldatoria: Ejecución Presupuestaria de Recursos y

Gastos del Primer Semestre Ejercicio Financiero 2.012, con Extractos Bancarios y Órdenes de

Pago.

• Comprobación global de razonabilidad del Presupuesto Anual y de la Ejecución

Presupuestaria Primer Semestre Ejercicio Financiero 2.012 de la Municipalidad.

• Comprobación de cálculos aritméticos.

• Confirmación por Terceros.

II.2. MARCO NORMATIVO

De Carácter General:

• Constitución de la Provincia de Salta.

• Ley Nacional Nº 23.548: Coparticipación Federal de Impuestos

• Ley Provincial Nº 7.103 - Sistema de Control no Jurisdiccional.

• Ley Provincial Nº 1.349 - Orgánica de Municipalidades.

• Ley Provincial Nº 6.555 – Carta Municipal de la Municipalidad de Tartagal.

• Ley Provincial Nº 5.348 - Procedimientos Administrativos de la Provincia.

• Ley Provincial Nº 6.838 - Sistema de Contrataciones de la Provincia

• Ley Provincial Nº 5.082 - Coparticipación a Municipios y modificatorias.

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• Ley Provincial Nº 6.438 - Regalías Petrolíferas y Gasíferas.

• Decreto Ley Nº 705/57 (t.o. Dto. Nº 6.912/72) - Ley de Contabilidad

• Decreto Ley Nº 9/75 (t.o. Dto. Nº 2.039/05) - Código Fiscal de la Provincia.

• Decreto Reglamentario Nº 1.448/96 – Sistema de Contrataciones

• Decreto N y U Nº 206/09 - Fondo Federal Solidario.

• Resolución AFIP Nº 830/00 - Retención del Impuesto a las Ganancias.

• Resolución M.H. y O.P. Nº 681/09 - Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Secretaría

de Obras Públicas de la Provincia.

De Carácter Particular:

• Ordenanza Nº 1.636/11 - Presupuesto Financiero de Recursos y Gastos año 2.012.

• Resolución Municipal Nº 15.449/09 y Ordenanza Nº 1502/09 Aprobatorias del

Organigrama y Manual de Funciones.

• Documentación contable, resoluciones y contratos del Municipio vinculada con los

puntos que se analizan.

II.3. LIMITACIONES AL ALCANCE

Se consignan las limitaciones de carácter operativo que, motivaron la inaplicabilidad de

procedimientos y pruebas en procura de los objetivos de auditoría propuestos.

El día 31/05/13 se labró un acta de cierre en el cual se dejó constancia de la documentación e

información no brindada por el Municipio y que constituyen una limitación a la aplicación de los

procedimientos de auditoría no superadas con la aplicación de procedimientos de auditoría

alternativos:

• El Municipio no presentó las Órdenes de Pago, ni documentación de respaldo alguna,

correspondientes a las siguientes obras realizadas durante el 1er Semestre de 2012:

a. Pavimento Platabanda Avda. 24 de Setiembre entre 25 de Mayo y Tucumán.

b. Remodelación Plazoleta 2 de Abril Bº San Isidro.

c. Pavimento Calle Warnes entre Avda. 24 de Setiembre y Ruta Nacional Nº 34.

d. Construcción Playón deportivo Vº Saavedra.

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e. Ampliación Red Cloacal Calle América Bº Picapiedras.

La falta de entrega de esta documentación, impidió verificar el procedimiento de contratación

efectuado, el cumplimiento de la ley Nº 6838 y sus decretos reglamentarios, y la correcta

imputación presupuestaria de los fondos destinados a la ejecución de las mismas.

• No se consignó en las planillas de obras, respecto a cada uno de los trabajos, la siguiente

información referida a:

Obras iniciadas en períodos anteriores al considerado y finalizadas durante el

mismo;

Obras iniciadas en el período considerado y finalizadas en períodos posteriores;

Obras iniciadas y terminadas en el período considerado.

Situación que impide verificar el cumplimiento del Art. 16 de la Ley de Contabilidad Nº 705/57.

III. ACLARACIONES PREVIAS El informe de Auditoría Provisorio, de fecha 27/03/2014, fue notificado al Municipio de Tartagal

el 12/05/2014, mediante Cédula de Notificación Nº 21/14 a través de Nota AGPS Nº 427/14 .

III.1.- EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

Para su relevamiento y evaluación, y con el objetivo de asegurar razonablemente la eficacia y

eficiencia de las operaciones, la fiabilidad de la información financiera producida por el

Municipio y el cumplimiento de las normas aplicables, se procedió a entrevistar a los

funcionarios y agentes de los distintos sectores, confeccionando en forma conjunta distintos

cuestionarios que sintetizan los aspectos sobresalientes del sistema de control imperante en el

ente auditado. Los sectores relevados fueron los siguientes:

• Secretaría de Hacienda

• Asesoría Legal

• Departamento de Rentas

• Departamento Compras y Control de Inventarios

• Secretaría de Infraestructura, Obras, Servicios y Espacios Públicos

• Tesorería

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• Jefatura de Personal

• Jefatura del Departamento de Compras y Suministros

• Secretaría de Desarrollo Humano.

En el desarrollo de las entrevistas a los respectivos responsables, se efectuaron pruebas de

cumplimiento a fin de comprobar el relevamiento realizado con la documentación pertinente.

Las debilidades en el funcionamiento del Control Interno detectadas, se enuncian en el Apartado

IV.- Comentarios y Observaciones del presente.

III.2. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la evaluación del grado de cumplimiento de la legislación aplicable en relación al objetivo

de la auditoría realizada, se ha considerado como parámetro la aplicación de las disposiciones

legales vigentes, normas y procedimientos, que tienen influencia significativa sobre las

operaciones y/o los informes producidos por el ente auditado. En tal sentido, el examen de los

actos administrativos ha permitido verificar los incumplimientos normativos, que se mencionan

en el Apartado IV.- Comentarios y Observaciones del presente informe.

IV. COMENTARIOS Y OBSERVACIONES. En relación al cumplimiento de la normativa vinculada a la organización presupuestaria y

financiera del municipio, se formulan los siguientes comentarios y observaciones:

IV.1.- CONTROL INTERNO

IV .1.1.-Tesorería y Receptoría

Observación Nº 01:

a) El Ente Auditado, no posee un Manual de Misiones y Funciones destinado al personal

que presta servicios en el área, lo que afecta la eficacia del control interno, al no delimitar

las responsabilidades y tareas asignadas.

b) El Municipio no cuenta con un Manual de Procedimientos aprobado, en el que se

describan las rutinas administrativas para conocimiento de los agentes públicos y el

eficiente desarrollo de la gestión municipal.

c) No existe constancia documental en los distintos trámites llevados a cabo en el

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Municipio, de la intervención, controles técnicos y/o administrativos, de las Áreas de

Tesorería y Contable.

d) No se realizan conciliaciones bancarias, afectando la completud, confiabilidad e

integridad de la información contenida en la contabilidad para el control y posterior

ajuste, carencia que incrementa el riesgo que se concreten irregularidades, en perjuicio

del ente auditado.

e) El Municipio no elabora el Programa de Contrataciones requerido por el Art. 4 de la Ley

6838.

Observación Nº 02:

La Tesorería del Municipio no elabora Parte Diario de Tesorería. Solamente confecciona un

detalle de cobranzas por día, y un listado de cheques pendientes de depósito, lo que contraría lo

dispuesto en la Res. Nº 40/10 de la AGPS, que aprueba en sus Anexos I y II los “Lineamientos

Básicos Generales para la Solicitud de Información” y los “Análisis de los Estados

Demostrativos”.

Observación Nº 03:

No existen evidencias de que el Ente Auditado cumpla con las disposiciones establecidas por el

Art. 45 Inc. 14 de la Ley Nº 6555, (Carta Orgánica Municipal), es decir dar a publicidad, por lo

menos trimestralmente, el Estado de sus Ingresos y Egresos y una Memoria sobre la labor

desarrollada, dentro de los sesenta días de vencido el ejercicio.

Observación Nº 04:

De acuerdo a las declaraciones efectuadas por la responsable de Tesorería, las compensaciones

de Tasas o Impuestos que se concretan en el Área a su cargo, no cuentan con resolución alguna

por parte del DEM, por lo cual nos encontramos ante la inexistencia de un acto administrativo

que motive la decisión adoptada por la Administración, justificándola en las disposiciones

establecidas en el Código Tributario Municipal y Código Civil (Art. 818 siguientes y

concordantes).

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Observación Nº 05:

De las Órdenes de Pagos seleccionadas, se verificó que el ente auditado no cumple con la

obligación de actuar como agente de retención del Impuesto a las Ganancias (RG 830/00, Art. 4),

en oportunidad de hacer efectivas las Órdenes de Pago, que se detallan a continuación

N° Orden de Pago Fecha Proveedor Importe

00067987 06-06-2012 Corralón 25 de Mayo $173.027,35

00067924 04-06-2012 Gallo María $27.922,00

00065249 30-01-2012 Norgas S.R.L. $57.822,34

00065038 19-01-2012 B P S.A. $77.254,42

00065241 30-01-2012 Ferretería Núñez $52.136,75

00065998 01-03-2012 Ferretería Núñez $30.645,00

00066526 22-03-2012 Ferretería Núñez $84.621,00

00066212 12-05-2012 Ferretería Núñez $64.575,00

00066621 28-03-2012 Corralón 25 de Mayo $46.522,00

00068179 15-06-2012 Cullel Eduardo $64.274,35

00068367 27-06-2012 Juan Minetti S.A. $64.336,00

00066315 13-03-2012 Coop. Sierra la Loma $32.511,90

00065990 01-03-2012 Arca, Laura Beatriz $58.316,90

00066524 22-03-2012 Implementos Ind. S.R.L. $30.154,66

00066648 29-03-2012 Guyer María Elena $27.850,00

00065224 27-01-2012 Casas contemporáneas $71.300,00

00068377 27-06-2012 Demisa Construcciones $62.356,00

00068281 21-06-2012 Ovando Jorge $71.629,75

00068374 27-06-2012 Demisa Construcciones $88.060,00

00066469 20-03-2012 Construcciones Garin $859.175,34

00068071 07-06-2012 Construcciones Garin $277.635,73

00068458 29-06-2012 Construcciones Garin $104.934,74

00066307 13-03-2012 Gallo María $28.563,85

00065038 19-01-2012 BP S.A. $77.254,42

Observación Nº 06:

Las siguientes Ordenes de Pago seleccionadas, carecen de documentación respaldatoria

incumpliendo con el Art. 42 de la Ley 705/57 (Ley de Contabilidad), que exige el respaldo

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documental de los actos u operaciones a efectos de hacer factible la medición y juzgamiento de

los mismos, tampoco se cumple con las disposiciones de la RG 1415/03 (AFIP).

Orden de Pago Nº Fecha Concepto Importe 64966 17/01/2012 Refacción de Escuelas 4.477,0065144 25/01/2012 Construcción 5ª Etapa Bº Habit. 4.860,8066618 28/03/2012 Mantenimiento Semáforo 83.965,50

ANALISIS DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL PRIMER SEMESTRE DEL EJERCICIO FINANCIERO 2012

El siguiente cuadro expone los montos de las partidas ejecutadas en el 1º semestre y su comparación con lo presupuestado:

Conceptos Presupuesto Ejecución TOTAL DE RECURSOS 85.320.256,34 38.557.711,99Recursos de Jurisdicción Municipal 18.653.382,34 6.649.723,33Recursos Tributarios 1.600.000,00 775.110,73Tasas y Contribuciones Municipales 14.815.842,34 4.620.203,88Otros Ingresos Municipales 2.237.540,00 1.254.408,72Recursos de otras Jurisdicciones 66.666.874,00 29.726.687,87Coparticipación y Regalías 39.589.350,00 20.842.680,96Otros ingresos Nacionales y Provinciales 27.077.524,00 8.884.006,91Ingresos por Recursos no Presupuestados 0,00 2.181.300,79 TOTAL DE EROGACIONES 85.290.978,86 39.036.423,80Personal 37.105.050,06 16.083.155,13DEM - Personal Permanente y Contratado 31.200.885,77 13.354.432,01Planta Política 2.924.667,71 1.460.107,34Tribunal de Falta 669.502,59 295.977,17HCD 2.309.993,99 1.139.456,61Bienes y Servicios 6.650.000,00 5.757.624,05Bienes de Consumo 2.617.500,00 1.996.675,58Servicios 4.032.500,00 3.473.946,01HCD 648.000,00 287.002,46Transferencias Corrientes 11.916.875,00 7.203.882,75Otras Erogaciones 13.689.053,80 5.321.232,11Erogaciones de Capital 14.232.000,00 2.633.693,55Amortización de la Deuda 1.050.000,00 0,00Erogaciones no Presupuestadas 0,00 1.740.859,04

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IV.2.1.- Presupuesto Ejercicio Financiero Primer Semestre Año 2.012

El Presupuesto del Ejercicio 2.012, fue aprobado por Ordenanza Nº 1.636/2011, del día 02/12/11

y promulgado mediante Resolución Nº 17.738/11, de fecha 12/12/11, emanada del DEM,

estimando para el ejercicio, un Total de Recursos de $ 85.320.256,34 (pesos ochenta y cinco

millones trescientos veinte mil doscientos cincuenta y seis con 34/100), y de Gastos, por $

85.290.978,86 (pesos ochenta y cinco millones doscientos noventa mil novecientos setenta y

ocho con 86/100).

Durante el 1º Semestre del Ejercicio 2.012, se ejecutó en las Partidas de Recursos, la cantidad de

$ 38.557.711,99 (pesos treinta millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos once con

99/100), lo que representa un 45,19 % del presupuesto aprobado, y se ejecutaron Gastos, por

$ 39.036.423,80 (pesos treinta y nueve millones treinta y seis mil cuatrocientos veintitrés con

80/100), lo que representa una ejecución global del Gasto del 45,77 %.

Los desvíos más significativos que se produjeron hasta el 1º Semestre en la Ejecución de los

Gastos sobre y sub–ejecutados, se describen en el siguiente cuadro:

SUB PARTIDA 1º Semestre 2012

CUENTA Presupuesto Ejecución Diferencia % del Desvío

Bienes de Consumo Combustible y Lubricantes $1.145.000,00 $ 1.242.475,05 $ 97.475,07 8,51%Uniformes y Equipos p/Personal $ 81.250,00 $ 108.234,68 $ 26.984,68 33,21%Alimentos, Ración y Refrigerio $ 116.250,00 $ 113.613,19 $ -2.636,81 -2,27%Insumos de Computación $ 125.000,00 $ 115.906,41 $ -9.093,59 -7,27%Otros Bienes de Consumo $ 75.000,00 $ 104.252,43 $ 29.252,43 39,00%Servicios Viáticos pasajes y movilidad $ 85.000,00 $ 81.055,00 $ -3.945,00 -4,64%Servicios Técnicos y Profesionales $ 487.500,00 $ 344.472,13 $ -143.027,87 -29,34%Publicidad Institucional $ 200.000,00 $ 465.104,68 $ 265.104,68 132,55%Hospedajes $ 23.750,00 $ 45.093,00 $ 21.343,00 89,87%Comunicaciones $ 212.500,00 $ 190.337,10 $ -22.162,90 -10,43%Gastos de Imprenta $ 62.500,00 $ 100.234,37 $ 37.734,17 60,37%

Servicios de confección de carnet de conducir $ 62.500,00 $ 65.988,00 $ 3.488,00 5,58%Primas y Gastos de Seguro $ 53.750,00 $ 102.061,44 $ 48.311,44 89,88%Alquiler de Inmuebles $ 112.500,00 $ 205.323,35 $ 92.823,35 82,51%Alquiler de vehículos $ 350.000,00 $ 371.280,65 $ 21.280,65 6,08%

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Servicio de Transporte $ 68.750,00 $ 76.995,31 $ 8.245,31 11,99%Comisiones y gastos Bancarios $ 26.250,00 $ 56.057,84 $ 29.807,84 113,55%Servicios de amplificación $ 43.750,00 $ 140.450,00 $ 96.700,00 221,03%Mantenimiento y reparación de Edificios $ 56.250,00 $ 154.246,41 $ 97.996,41 174,22%Mant. de Sistemas y Equipos informáticos $ 31.250,00 $ 83.635,66 $ 52.385,66 167,63%Mantenimiento Vivero Municipal $ 12.500,00 $ 40.309,90 $ 27.809,90 222,48%Mantenimiento Cementerio Municipal $ 12.500,00 $ 20.391,97 $ 7.891,97 63,14%Ayuda a Carentes de Recursos $ 537.500,00 $ 494.020,17 $ -43.479,83 -8,09%Ayuda a Carentes de Recursos - Combustible $ 9.375,00 $ 11.216,50 $ 1.841,50 19,64%Otras Erogaciones Fondos Vialidad Nacional $ 101.250,00 $ 87.900,00 $ -13.350,00 -13,19%Cultura, Educación y Turismo $ 1.216.600,00 $ 1.259.681,60 $ 43.081,60 3,54%Deportes y Recreación $ 467.000,00 $ 379.387,33 $ - 87.612,67 -18,76%Erogaciones de Capital Artefactos y Equipos $ 254.000,00 $ 211.750,73 $ -42.249,27 -16,63%

Observación N° 07:

El Presupuesto del Ejercicio 2012, fue aprobado por Ordenanza N° 1.636/11, de fecha 02/12/11,

contrariando la disposición del Art. 29º inc. 5) de la Carta Orgánica Municipal, que establece:

“Sancionar hasta el treinta y uno de octubre de cada año, las Ordenanzas de aprobación de

Presupuesto y Plan de Obras presentadas por el Departamento Ejecutivo.”

Observación N° 08:

Se constató que en el 1º semestre del Ejercicio 2012, se ejecutaron Partidas Presupuestarias de

Recursos y Gastos, sin estar presupuestadas, si bien el Ejecutivo Municipal, por delegación del

Concejo Deliberante, tenía la facultad “de incorporar, modificar e incrementar los créditos de

las partidas presupuestarias”, correspondía en forma previa a la ejecución, que se emitieran los

instrumentos administrativos al efecto, por lo que se incumplió con lo dispuesto por el Art. 15º

del Decreto Ley 705/57, Ley de Contabilidad de la Provincia, que establece: “no podrán

contraerse compromisos sin que exista crédito disponible”.

Observación Nº 09:

Las siguientes partidas de gastos se ejecutaron sin poseer partida presupuestaria en el

presupuesto aprobado: Plan Mi Casa (4 viviendas), Programa Una Casa Para Tu Hogar,

Programa Jóvenes Con Más y Mejor Trabajo, Mejoramientos Viviendas IPV, Mejoramiento

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Semáforos, Nuevos Semáforos, Refacción y Pintura Escuela Aguado, Canal Colector Sudeste

Ruta 34, Plaza 2 de Abril, Skate Park 2º etapa, Canal Colector Norte, Programa Cuidadores

Domiciliarios, Programa Experiencia a Cuenta, Programa Cultivo Mi Poder Vivir, Programa

Municipios Saludables, Mejora Matadero Municipal, Construcción Cajero Automático Terminal,

Fondo de Reparación Histórica y Escuela Educación Técnica Nº 40, por lo que se incumplió con

lo dispuesto por el Art. 15º del Decreto Ley 705/57, Ley de Contabilidad de la Provincia, que

establece: “no podrán contraerse compromisos sin que exista crédito disponible”.

Observación Nº 10:

Del análisis realizado de los Ingresos de Otras Jurisdicciones, y lo expuesto en la Ejecución

Presupuestaria suministrada, correspondientes al primer semestre del ejercicio 2.012, y del cotejo

de las transferencias realizadas por la Contaduría General, Tesorería General, Ministerio de

Desarrollo Humano, Ministerio de Salud Pública de la Provincia, IPV y DVS, y los extractos

Bancarios de las cuentas declaradas del Bco. Macro, surgen las diferencias, que se detallan en el

siguiente cuadro:

Partida s/Ejecución Presupuestaria

S/información provista por

terceros Diferencia

Fondo Federal Solidario Nacional 2.841.147,22 2.422.674,22 418.473,00

Aporte Gobierno Provincial - Dengue 142.022,76 166.995,38 -24.972,62

Programa Puente Norte 63.200,00 47.400,00 15.800,00

MDH - Programas Varios 2.390.653,25 2.745.500,67 -354.847,42Obra Calle Perú 0,00 104.934,71 -104.934,71

Plan Federal Mejor Vivir - 50 viviendas 0,00 374.405,60 -374.405,60

Obra Pavimentación calles cercanas Pte Araoz 0,00 303.316,62 -303.316,62

Obra cloaca Calle España 0,00 98.341,66 -98.341,66Anticipo Coparticipación - Jubilación 0,00 360.000,00 -360.000,00

Anticipo Coparticipación - Ayuda Financiera 0,00 500.000,00 -500.000,00TOTAL 5.437.023,23 7.123.568,86 -1.686.545,63

El ente auditado ha identificado las diferencias contables detectadas, pero no ha provisto los

registros con las correcciones pertinentes.

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Observación Nº 11:

En la Ejecución Presupuestaria y en las planillas anexas, en la referencia a la Partida de “Otros

Ingresos Nacionales Provinciales - MDH Programas Varios” y en “Gastos de Transferencias

Corrientes - Acción Social”, no se encuentran desagregadas las subpartidas correspondientes a

Programas Sociales Provinciales y Nacionales, dicha falencia dificulta el análisis del mismo,

afecta su completud y vulnera la finalidad del Dto. Nº 4689/97, Manual de Clasificaciones

Presupuestarias para el Sector Publico Provincial.

Erogaciones de Capital-Trabajos públicos

De acuerdo al Programa de Trabajos de esta auditoría, se procedió al relevamiento, análisis de la

documentación obrante y determinación del avance físico de los trabajos ejecutados por Contrato

y por Administración, a fecha 30/06/12.

Respecto de la información provista por el ente auditado, se efectúan las siguientes

observaciones:

Observación Nº 12:

El Ente Auditado ha omitido informar la Fuente de Financiamiento, de las siguientes obras:

- Cerramiento Lateral en Tribunal de Faltas

- Pavimento calle España e/ Ruta Nac. N° 34 y acceso Súper mercado Chango Más

(Mar/12)

- Pavimento calle Warnes e/ Avda. 24 de Setiembre y Ruta Nac. N° 34. 2 cuadras (Mar/12)

Observación Nº 13:

El Ente Auditado ha omitido informar el Costo Total, de las siguientes obras:

- Pavimento calles Santa Cecilia y Paso de Los Andes en V° Saavedra, 5 cuadras

(Marzo/12)

- Cerramiento Lateral en Tribunal de Faltas

- Pavimento calle España e/ Ruta Nac. N° 34 y acceso Súper mercado Chango Más

(Mar/12)

- Refacción de Edificio para instalación de Taller Fábrica Textil

- Ampliación de Comedor y de Tinglado en Esc. N° 4167 – “12 de Octubre

- Construcción de 150 Nichos en Cementerio Local

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- Terminación Colectora Ruta 34, colocación mosaicos, bancos y Puentes peatonales

Observación Nº 14:

En la Ejecución Presupuestaria suministrada por el Municipio, sólo se exponen importes globales

en la consideración de las erogaciones de Capital y el Plan de Obras Públicas desarrollado; tal

circunstancia, no permite establecer los importes totales erogados correspondientes a cada una

del las siguientes obras:

- Pavimento Avda. de Acceso al B° Bicentenario

- Pavimento Platabanda Avda. 24 de Setiembre entre 25 de Mayo y Tucumán

- Pavimento Calles próximas al Puente Araoz

- Remodelación Plazoleta 2 de Abril B° San Isidro

- Pavimento Calle Warnes entre Avda. 24 de Setiembre y Ruta Nacional N° 34

- Const. Playón Deportivo B° Saavedra Programa “Vos conoces vos elegís”

- Ampliación Red Cloacal calle América en B° Picapiedras.

V.- RECOMENDACIONES Sin perjuicio de los Comentarios y Observaciones contenidas en el presente informe, éste

Órgano de Control Externo, formula las siguientes Recomendaciones, a fin de proponer

acciones que permitirán alcanzar mejoras a la gestión analizada, a saber:

Recomendación Nº 1: (Corresponde a Observaciones Nº 1, 2, 3 y 4)

El Municipio deberá adoptar las medidas vinculadas con el funcionamiento del Sistema de

Control Interno, conducentes a:

a) La confección, aprobación y real puesta en práctica de los Manuales de Misiones y Funciones,

y Manuales de Procedimiento; que describan el funcionamiento, asigne tareas y

responsabilidades de cada uno de los puestos de trabajo.

b) Desarrollar las actividades de control, necesarias para asegurar que la intervención y/o

controles técnicos administrativos se documenten en los distintos trámites llevados a cabo en el

Municipio.

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c) Para que, todos los actos u operaciones se encuentren respaldados por medio de documentos y

se registren contablemente.

d) Dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Art. 4. Programa de Contrataciones de

la Ley Nº 6838 de Contrataciones de la Provincia, que aseguren la atención a los Principios

establecidos en la norma en resguardo de la eficiente aplicación de los fondos públicos.

e) Elaborar Partes Diarios de Tesorería, e implementar medidas de seguridad en resguardo de los

bienes y fondos a cargo de la misma.

f) Desarrollar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el

Art. 45 Inc. 14 de la Ley Nº 6555 (Carta Orgánica Municipal), procediendo a tal efecto, a fijar

los balances en el ingreso a la Sede Municipal, en lugar, que resulte fácilmente visible para los

Ciudadanos.

g) para el caso de Compensaciones de Tasas e Impuestos el ente auditado deberá proceder a la

emisión de Resoluciones de manera previa a la compensación de tributos y tasas, y emitir las

resoluciones pertinentes, según lo dispuesto por el Art. 57 del Código Tributario vigente,

tomando los recaudos a fin de evitar compensaciones por Impuesto Inmobiliario y de radicación

de automotores las que según lo dispuesto por los Arts. 57, 135 y 138 de la Ordenanza Tarifaria

vigente, están prohibidas.

Recomendación Nº 2: (Corresponde a Observaciones Nº 5, 6, 7, 8, 9, 10)

a) El Municipio deberá inscribirse y actuar como Agente de Retención del Impuesto a las

Ganancias por las compras de bienes y servicios que realiza, dando cumplimiento a lo normado

por el Art. Nº 4 de la Resolución General de AFIP Nº 830/00, que redundará en el futuro en las

arcas del municipio al momento de recepción de los fondos coparticipables.

b) Desarrollar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones del Art. 42 del

Dcto. Ley 705/57 de Contabilidad, y observar las dispuestas en la RG 1415/03 (AFIP).

c) Deberá adoptar los recaudos necesarios, a fin de que el proyecto de Ordenanza de Presupuesto

sea remitido al Concejo Deliberante, y sancionado antes del treinta y uno de octubre de cada año,

de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 29º inc. 5) de la Carta Orgánica Municipal.

d) En consonancia con el Art. 15 del Decreto Ley Nº 705/57 de Contabilidad de la Provincia, el

ente auditado debe emitir y aprobar el instrumento legal que incremente las partidas

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presupuestarias una vez agotadas las aprobadas originalmente, antes de asumir nuevos

compromisos, para que de ese modo exista crédito disponible para su utilización.

e) Implementar los controles necesarios a fin de lograr una adecuada exposición en cada una de

las partidas de la Ejecución Presupuestaria del período auditado. Corrección de lo errores

detectados por esta Auditoria y aceptados por el Ente Auditado.

Recomendación Nº 3: (Corresponde a Observación Nº 11)

El Municipio deberá instrumentar las acciones necesarias para que se puedan identificar en los

registros las partidas que reflejan las transferencias de fondos recibidos del Ministerio de

Desarrollo Humano, en el marco de la descentralización de los Planes Sociales, de manera que se

pueda evaluar la integridad y consistencia de las mismas.

Recomendación Nº 4: (Corresponde a Observaciones Nº 12, 13 y 14)

El Municipio deberá adoptar las medidas necesarias, a fines de:

a) Poner a disposición del Ciudadano y Órgano de Control, toda la información y documentación

que les sea requerida de modo de dar cumplimiento con las disposiciones de la Carta Orgánica

Municipal (Art. 94) y Art. 169 de la Constitución Provincial, reglamentado por ley Nº 7103-Art.

7, que establecen los deberes de publicidad de los actos de Gobierno y colaboración con la

Auditoría General de la Provincia.

b) Llevar a cabo acciones tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en los Art. 9 y 10 de la

Ley Nº 5.348 - Procedimientos Administrativos en procura del ordenamiento de la

documentación de trámite de las obras públicas de manera contar con toda la información que

permita la ejecución, evaluación y control de la aplicación de los fondos públicos; y Art. 2 de la

Ley Nº 7.103 - Sistema de Control de la Hacienda Pública. Que plantea los Principios que rigen

la Gestión Pública.

VI.- OPINION

De la Auditoria Financiera y de Legalidad efectuada en el Departamento Ejecutivo del

Municipio de Tartagal, referida al Ejercicio Financiero Primer Semestre 2012 y de acuerdo:

- al Objeto de la presente auditoría,

- las Aclaraciones Previas enunciadas en el Punto III,

- las Limitaciones al Alcance indicadas en el Punto II. Inc. 3.

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- las Observaciones señaladas en el Punto IV.

se concluye lo siguiente:

Con respecto al Estado de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos del Ejercicio

Financiero Primer Semestre 2012, no se presenta de manera íntegra y razonable, ya que no se ha

elaborado en base a registros provistos por un Sistema Contable Integral e Integrado, que le

otorgue un grado razonable de confiabilidad y no se expone de conformidad con lo requerido por

la legislación vigente.

Por último, en relación al funcionamiento del Control Interno y teniendo en cuenta la

importancia de las Observaciones incluidas en el Apartado IV de este informe, queda

evidenciada la situación de debilidad en el mismo, que puede dar lugar a que se propicien o

concreten distintas irregularidades, en perjuicio del ente auditado.

VII.- FECHA EN QUE CONCLUYÓ EL EXAMEN

Las tareas de campo en la Municipalidad de Tartagal, se llevaron a cabo entre los días 07 y 10 de

abril de 2013.

VIII.- LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME

Se emite el presente Informe de Auditoría Definitivo en la ciudad de Salta, a los 9 días del mes

de Octubre del año dos mil catorce.

Cra. M. Segura - Dr. M. Grande – Cr. J. Ovejero – Cr. F. Rodriguez

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SALTA, 16 de Octubre de 2014 RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 134 AUDITORÍA GENERAL DE LA PROVINCIA VISTO lo tramitado en el Expediente Nº 242-3741/13, de la Auditoría General de la Provincia, Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal, y CONSIDERANDO Que el artículo 169 de la Constitución Provincial pone a cargo de la Auditoría General de la Provincia el control externo posterior de la hacienda pública provincial y municipal, cualquiera fuera su modalidad de organización; Que en cumplimiento del mandato constitucional, lo concordantemente dispuesto por la Ley Nº 7.103 y de acuerdo a la normativa institucional vigente, se ha efectuado una Auditoría Financiera y de Legalidad en el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Tartagal – Período: Primer Semestre Año 2012, que tuvo como objetivo: Evaluar la razonabilidad de la información contenida en la Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos;

Que por Resolución A.G.P.S. Nº 61/12 se aprueba el Programa de Acción Anual de Auditoría y Control de la Auditoría General de la Provincia – Año 2.013, correspondiendo la presente al Proyecto III-08/13 del mencionado Programa;

Que con fecha 09 de octubre de 2.014 el Área de Control Nº III emitió Informe de Auditoría Definitivo, correspondiente a la Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal – Período: Primer Semestre Año 2012; Que el Informe de Auditoría Definitivo ha sido emitido de acuerdo al objeto estipulado, con los alcances y limitaciones que allí constan, habiéndose notificado oportunamente el Informe de Auditoría Provisorio al ente auditado; Que con fecha 10 de octubre de 2.014 se remitieron las presentes actuaciones a consideración del Sr. Auditor General Presidente;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el instrumento de aprobación del Informe de Auditoría Definitivo, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 7.103 y por la Resolución Nº 10/11 de la A.G.P.S.;

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RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 134 Por ello,

EL AUDITOR GENERAL PRESIDENTE Y EL AUDITOR GENERAL DEL ÁREA DE CONTROL Nº III DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA PROVINCIA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Informe de Auditoría Definitivo emitido por el Área de Control Nº III, correspondiente a la Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal – Período: Primer Semestre Año 2012, que tuvo como objetivo: Evaluar la razonabilidad de la información contenida en la Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos, obrante de fs. 106 a 124 del Expediente Nº 242-3741/13. ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR a través del Área respectiva, el Informe y la presente Resolución Conjunta, de conformidad con lo establecido por la Resolución A.G.P. Nº 10/11. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, cumplido, archívese. Cr. O. Salvatierra – R. Muratore