ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: LA RESPUESTA DES DE EL ÁMBITO JURÍDICO María...
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ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO:
LA RESPUESTA DESDE EL ÁMBITO JURÍDICO
María Naredo Molero
Jurista e investigadora
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1. Los conocimientos
2. El enfoque
3. Las actuaciones
4. Las actitudes
La actuación profesional en el ámbito jurídico se asienta en cuatro
“patas” fundamentales
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LA VIOLENCIA DE GÉNERO, UNA VIOLACIÓN DERECHOS HUMANOS
No sufrir discriminación
Elegir trabajo libremente
Fijar residencia libremente
Más alto nivel de salud
Seguridad personal
No sufrir tortura ni trato degradante
IntegridadFísica y mental
La vida
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IMPLICACIONES DEL MARCO DE DDHHEN LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO: ESTÁNDAR DE LA “DEBIDA DILIGENCIA” Medidas para prevenir la
violación del derecho
Una vez el derecho ha sido violado: atención, protección, investigación, sanción.
Medidas para restituir el derecho violado: reparación
Legislación
Realidad: mujeres diversas, con
discriminaciones añadidas
Realidad: mujeres diversas, con
discriminaciones añadidas
Confrontación permanente ley -
realidad POLÍTICAS PÚBLICAS
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ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS = ENFOQUE “EMPODERADOR”
Mujeres víctimas = “titulares de derechos” Instituciones (estatales, autonómicas, locales) =
garantes de la efectividad de los derechos
Máxima prioridad No neutralidad: tomamos partido Las tres “RRR” del proceso de hacer justicia para las víctimas de graves violaciones de derechos humanos: reconocimiento, respeto y restitución.
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PRINCIPALES ACTUACIONES PROFESIONALES: ACCESO Y OBTENCIÓN
DE JUSTICIA Y REPARACIÓN1. Acceso al procedimiento con plena información sobre
sus derechos, incluido el derecho a un intérprete.
2. Impulso de oficio del procedimiento e investigación diligente
el caso de las denuncias cruzadas.
3. Consideración de la mayor parte de los abusos
4. Información y seguridad de las víctimas en las comparecencias judiciales
el caso de las conformidades. 5. Conexión entre el proceso penal y el civil: la defensa
de los derechos de las víctimas en los pleitos civiles 6. Reparación efectiva (recuperación, indemnización y
garantías de no repetición)
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1. INFORMACIÓN ACCESIBLE SOBRE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
o Avances de la Ley Integral: ¿con traducción práctica? Importancia del asesoramiento previo a la denuncia Trabas para el cumplimiento de la Ley
o Información al inicio del procedimiento penal: ¿accesible? ¿con enfoque de género?
El caso de la renuncia a la indemnización
Mujeres con desventajas añadidas: extranjeras y mujeres con diversidad sensorial
La garantía de intérprete disponibles y de calidad
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2. IMPULSO DEL PROCEDIMIENTO E INVESTIGACIÓN DILIGENTE:
¿QUIÉN TIENE LA RESPONSABILIDAD DE RECABAR PRUEBAS?
Falta de diligencia en la propuesta (abogada/o, fiscalía) y práctica de
prueba (JVM)
El caso de la contradenuncia como estrategia de impunidad: cientos de víctimas condenadas anualmente por falta de esclarecimiento
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3. RESPUESTA PENAL A TODOS LOS ABUSOS SUFRIDOS POR LAS VÍCTIMAS Y
MÁRGENES DE IMPUNIDAD
Violencia física, puntual, reciente, documentada, y delitos contra la libertad
(amenazas..)
Violencia habitual
Violencia psíquica y sexual
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4. INFORMACIÓN Y SEGURIDAD DE LAS VÍCTIMAS EN LAS COMPARECENCIAS JUDICIALES
Las comparecencias judiciales son una de las mayores fuentes de estrés para las víctimas, por eso es fundamental:
preparación previa – información y comunicación durante la comparecencia – respuestas a la salida
Protección: evitar la confrontación con el denunciado
Protagonismo de las mujeres en las comparecencias: especial cuidado en los casos de “conformidad”
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5. LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS EN LOS PLEITOS CIVILES
La justicia no es sólo el resultado de la denuncia (proceso penal). También es:
La respuesta ante los derechos económicos de las víctimas y los hijos e hijas: El reconocimiento de que la violencia de género muy a menudo incorpora un elemento de violencia económica
La respuesta judicial ante las relaciones paterno-filiales de los agresores
Tensión que produce a muchas víctimas compartir la educación y el cuidado de los hijos e hijas con quien fue su agresor.
¿Buen padre y agresor? Casos de utilización de los los hijos e hijas como instrumento para seguir dañándolas. Reconocimiento del impacto que puede tener la violencia ejercida contra las mujeres en el desarrollo emocional de los hijos e hijas
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6. Y DESPUÉS DE LA CONDENA, ¿QUÉ? LOS TRES COMPONENTES DEL DERECHO A
LA REPARACIÓN
El derecho a la plena recuperación
La indemnización proporcionada al daño sufrido ¿Agresor declarado insolvente? Los límites de la Ley 35/1995 de Ayudas a víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual
El derecho a la no repetición de la violencia: información sobre la situación penitenciaria y posible solicitud de medidas de control a la salida
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EN EL PLANO DE LAS ACTITUDES… EN EL PLANO DE LAS ACTITUDES…
Frente a la violencia contra las mujeres
¿Dónde situarnos como profesionales?
Asumir que se trata de un problema complejo
Asumir que se trata de un problema con contexto
Asumir que nosotras/os formamos parte del contexto
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A MODO DE REFLEXIÓN FINAL…
Estos casos requieren un “plus” y es la comprensión de factores no jurídicos, sino emocionales, culturales…muchos de ellos nos tocan también a nosotros/as y hemos de estar en disposición de revisarnos para no caer en el prejuicio.
A cambio…la satisfacción de defender los derechos de víctimas de graves violaciones de derechos humanos y de transformar en cierta medida su realidad, que es nuestra realidad…
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