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Asignación de escaños de representación proporcional en el Estado de Veracruz (Regidurías)

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Asignación de escaños de representación proporcional

en el Estado de Veracruz(Regidurías)

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Mecanismo para convertir los votos en escaños para los integrantes del poder legislativo, o en cargos de gobierno al definir al titular del poder ejecutivo. Distribución de las

circunscripciones electorales

Formas de candidatura y votación

Formas de conversión de votos en escaños

Número de escaños en disputa en cada circunscripción

Umbrales o barreras legales

Tamaño de la asamblea

Mayoritarios

Proporcionales

Mixtos

Concepto de sistema electoral

TiposTipos

VariablesVariables

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Características de las circunscripciones

Circunscripción o distrito Ámbito territorial en el que se lleva a cabo la elección

Distribución de las circunscripciones

Se refiere al número de demarcaciones en las que se divide un territorio para efectos de la elección

Tamaño de la circunscripción

Es el número de escaños arepartir en cada circunscripcióno distrito

Uninominal

Plurinominal

Un escaño: La cantidad de votos para ganarlo esmayor.

Más de un escaño: La cantidad de votos para obteneralguno de los escaños en disputa es menor.

Número de escaños

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Formas de candidatura y de votación

La distinción básica es entre un candidato individual y una lista de candidatos. Existen tres tipos básicos de listas:

Si la lista es… Entonces el elector…

Cerrada y bloqueada: No se puede alterar el orden de aparición de los candidatos en la lista.

Dispone de un sólo voto, con el que elige una lista de candidatos fija propuesta por cada partido.

Cerrada y no bloqueada: Se puede alterar el orden de los candidatos en la lista propuesta por el partido.

Dispone de un voto para elegir a un candidato dentro de la lista de un partido. Es decir, el elector puede cambiar el orden de prelación de los candidatos propuestos por los partidos.

Abierta (no cerrada y no bloqueada): Se puede conformar una lista distinta de la originalmente propuesta por los partidos.

1. Dispone de dos votos, por lo menos: uno para la lista del partido y otro para un candidato dentro de esa lista.

2. Dispone de varios votos y puede confeccionar su propia lista a partir de las propuestas de los partidos.

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Reglas de decisión:Su objetivo es determinar cuálespartidos o candidatos obtuvieron elescaño o los escaños en disputa.

Representación proporcional

Regla de mayoría

Fórmula electoral de mayoría:Es el procedimiento a través del cualse determina al ganador o ganadoresde la elección.

Mayoritaria

Relativa

Absoluta

La conversión de votos en escaños

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Sistemas electorales mixtos

• Los cargos de representación se conforman con un mecanismo electoralque retoma parte de los dos modelos básicos: mayoritario y derepresentación.

• Los modelos mixtos buscan recoger las ventajas proporcionadas porambos sistemas electorales y matizar sus desventajas.

• México es un ejemplo de sistema electoral mixto, con predominantemayoritario. Se eligen 300 diputados de mayoría relativa y 200 derepresentación proporcional.

Sistemas mixtos o combinados

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Brinda una opción claramente definida a loselectores

Permite la formación de gobiernos de unsolo partido

Da lugar a una oposición coherente en lalegislatura

Favorece a los partidos de base amplia

Excluye a los partidos extremistas dealguna representación en la legislatura

Promueve la formación de vínculos entrelos electores y sus representantes

Permite a los electores elegir entrecandidatos y no sólo entre partidos

Brinda la oportunidad de elegir acandidatos independientes

Es de fácil aplicación y entendimiento

Priva a los partidos minoritarios de unarepresentación “justa”

Excluye a las minorías de unarepresentación justa

Excluye a las mujeres de la legislatura

Puede fomentar el desarrollo de partidospolíticos estructurados sobre una baseétnica, regional o de clan

Exagera el fenómeno de los “bastionesregionales”

Se vuelven no útiles un gran número devotos

Puede provocar una votación dividida

Puede ser insensible a cambios en laopinión pública

Depende de la revisión y ajuste periódicosde las demarcaciones electorales

Efectos de los sistemas mayoritarios

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Efectos de los sistemas proporcionales

Convertir fielmente los votos obtenidos enescaños ganados

Fomentar o exigir la formación de partidos ogrupos políticos de candidatos con propósitoscomunes para la formación de listas

Impedir que haya un número elevado de votos“no útiles”

Facilitar la representación de los partidosminoritarios

Alentar a los partidos a desplegar suscampañas de búsqueda del voto más allá delos distritos en los que tienen fuerza electoral

Restringir el crecimiento de “bastionesregionales”

Propiciar una mayor continuidad y estabilidadde las políticas

Hacer más visible el ejercicio compartido delpoder entre partidos y grupos de interés

Gobiernos de coalición, los cuales a su vez generan parálisis legislativas y la consecuente incapacidad de instrumentar políticas coherentes

Una fragmentación desestabilizadora delsistema de partidos

Una plataforma para los partidos extremistas

Gobiernos de coalición con insuficientes basesde acuerdo a sus políticas o de sus bases deapoyo

Los partidos pequeños consiguen un poderdesproporcionado

La incapacidad del elector para hacerle frente asu responsabilidad al quitar del poder a unpartido político

Dificultad de los electores para entender y deladministrador electoral para instrumentar lascomplejas reglas del sistema

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Existen tres medicionescomunes para determinar lasposibles consecuencias de unsistema electoral sobre elsistema de partidos de un país.

Número efectivo de partidoselectorales:Mide el número de partidosrelevantes en las contiendaselectorales.

Número efectivo de partidos parlamentarios:Mide la importancia de los partidos en los congresos.

Proporcionalidad:Mide el nivel de sobre y subrepresentación en un sistemade partidos.

Relaciones entre los sistemas electoral y de partidos

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Características generales de los sistemas electorales

Sistemas electorales mayoritarios Sistemas electorales proporcionales

Efecto reductorFuerte Débil

ProporcionalidadDesproporcional Proporcional

Produce mayorías

Frecuencia de mayorías parlamentariasGobiernos divididos/de coalición

+

+

+

-

-

-

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Reforma 2014y los criterios jurisprudenciales

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Reforma 2014

Todo partido político que alcance al menos el 3% del total de la votación válida emitidapara las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a quele sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional.

Art. 54, fracción II de la CPEUM

Integración de los congresos locales: al partido político que obtenga el 3% de lavotación válida emitida, se le asignará una curul por el principio de representaciónproporcional. Realizada la distribución anterior, se procederá a asignar el resto de lasdiputaciones de representación proporcional conforme a la fórmula establecida en lasleyes locales.

Art. 9, inciso c), fracciones I y II de la LGPPArt. 28.2, incisos a) y b) de la LEGIPE

En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados porambos principios que representen un porcentaje del total de la legislatura que excedaen ocho puntos su porcentaje de votación emitida. Asimismo, en la integración de lalegislatura, el porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor alporcentaje de votación que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales.

Art. 116, fracción II de la CPEUM

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Acciones de inconstitucionalidad

Esto, en razón de que la legislación general en materia electoral no está constitucionalmenteautorizada para determinar algún aspecto de dicho procedimiento. Además, el artículo 116, fracciónII, párrafo tercero, deja en manos del legislador local los términos en los que habrían de diseñarselas fórmulas de asignación de diputados de representación proporcional.

La acción declaró inconstitucionalidad el procedimiento de asignación de escaños de RP paracongresos locales que establece la asignación directa como la primera etapa (art. 28, párrafo 2,incisos a) y b) de la LEGIPE y art. 9, inciso c), fracciones I y II de la LGPP).

AI 22/2014, 26/2014, 28/2014 y 30/2014

Sin embargo, antes de que la Suprema Corte declarara inconstitucional la obligación de lasentidades federativas de incluir la asignación directa como el primer paso de asignación de losescaños de RP, la mayoría de los estados ya habían adoptado el modelo de asignación directa (26estados emplean esa fórmula).

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Votación para acceder a RP

Local: al partido político que obtenga en las respectivas elecciones el tres por ciento de la votaciónválida emitida, se le asignará una curul por el principio de representación proporcional,independientemente de los triunfos de mayoría que hubiese obtenido.

Art. 9.1, inciso c), fracción I de la LGPPArt. 28.2 de la LEGIPE

Federal: Todo partido político que alcance por lo menos el tres por ciento del total de la votaciónválida emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho aque le sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional.

SUP-REC-67/2009

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Para determinar el máximo de sobrerrepresentación con que puede contar un partido político, setoma como base la votación nacional emitida.

SUP-REC-67/2009

En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principiosque representen un porcentaje del total de la legislatura que exceda en ocho puntos su porcentajede votación emitida. En la integración de la legislatura, el porcentaje de representación de un partidopolítico no podrá ser menor al porcentaje de votación que hubiere recibido menos ocho puntosporcentuales.

Art. 28.2 de la LEGIPE

Al calcular el porcentaje de votación de un partido sobre el total de la votación emitida y compararlocon el número de escaños obtenidos en el órgano legislativo, implica darle efectos en larepresentación proporcional a votos que fueron calificados como nulos o ineficaces y que no secontabilizaron a favor de algún partido.

SUP-REC-67/2009

Votación para determinar el límite de la representación

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Tipos de votaciónDefinición Federal Estatal Aplicación

La suma de todos los votos emitidos en una elección Votación total emitida Votación total emitida

La suma de todos los votos menos los votos nulos yemitidos a favor de los candidatos no registrados

Votación válida emitida Votación válida emitida Para umbral y asignación directa

La suma de todos los votos menos los votos a favor de lospartidos que no alcanzaron el umbral, a favor de loscandidatos no registrados, candidatos independientes, yvotos nulos

Votación nacional emitida

Votación estatal emitida Para asignación por cociente

Para calcular los límites de sub-y

sobrerrepresentación

La suma de todos los votos menos los votos a favor de lospartidos que no alcanzaron el umbral, a favor de loscandidatos no registrados, candidatos independientes, yvotos nulos, y menos los votos a favor del partido que hayarebasado algún límite de representación

Votación nacional efectiva

Votación estatal efectiva Para la segunda asignación en caso de

rebase del límite de representación

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Límite de subrepresentación

El límite de subrepresentación, como principio constitucional, es de aplicación directa.

Si algún partido político está subrepresentado, debe aplicarse el límite constitucional de sub-representación y ajustar la asignación de representación proporcional, conforme al principio demínima afectación.

Hay que quitar escaños a los partidos con la menor votación para asignarlos al partidosubrepresentado. Solamente el número mínimo necesario de escaños para llevarlo dentro de loslímites constitucionales.

SUP-REC-936/2014

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Límites de sobre- y subrepresentación

La comprobación de los límites de sobre- y subrepresentación se puede realizar:• Por pasos• Al final

Si una asignación no cumpliera con los límites de sobre- y subrepresentación, se podría:• Realizar un ajuste simple• Reasignar los escaños que sobran• Reiniciar el procedimiento

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Los lineamientos constitucionales de sobre y subrepresentación deben ser atendidos por lasautoridades electorales al momento de realizar la asignación de regidores por el principio derepresentación proporcional de los Ayuntamientos. Lo anterior es así, debido a que dicho principiotiene como finalidad que los contendientes en una elección municipal cuenten con un grado derepresentatividad acorde a su presencia en los municipios que formen parte del Estado, de talmanera que se permita su participación en la integración de dichos órganos con el objeto de quese tenga una representación proporcional al porcentaje de su votación total y evitar la sobre ysubrepresentación.

Límites de sobre- y subrepresentación

JURISPRUDENCIA 47/2016

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Sistemas electorales a nivel local

Fórmula Estados

Asignación directa

Ajuste simple por pasos

12 estados (Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Michoacán, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Tamaulipas, Yucatán)

Ajuste simple al final 5 estados (Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Puebla)

Ajuste final con reasignación de los escaños excedentes

5 estados (Campeche, Ciudad de México, Guanajuato, San Luis Potosí, Sinaloa)

Ajuste final con reinicio del procedimiento

3 estados (México, Nuevo León, Tabasco)

Cociente 5 estados (Durango, Oaxaca, Tlaxcala, Veracruz, Zacatecas)

Rondas 1 estado (Chihuahua)

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Proporcionalidad de los sistemas electorales

La proporcionalidad es la relación que existe entre el porcentaje de votos obtenido y el porcentaje deescaños que se distribuye entre las fuerzas políticas en competencia. Un sistema electoralaltamente proporcional distribuye los escaños entre los partidos políticos de manera similar alresultado electoral.

Un análisis estadístico de los sistemas electorales de las 32 entidades federativas y la Cámara deDiputados demuestra que son sistemas más proporcionales los que:• Tienen un porcentaje más alto de escaños de RP

• Tienen un umbral más alto para poder participar en la asignación de RP

• Comprueban los límites de sobre- y subrepresentación con base en la votación efectiva

• Realizan esta comprobación después de finalizar la asignación

• De ser necesario, realizan un ajuste simple

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Paridad de género Los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y no discriminación, constituyen el fundamento parasostener que la cuota prevista para la postulación de candidaturas debe trascender a la asignación de diputacionespor el principio de representación proporcional y a la integración total del Congreso.

No se podría considerar que el ajuste en el orden de prelación de quienes integran la lista de candidaturas por elprincipio de representación proporcional, por sí mismo, resulte violatorio del derecho de auto organización de lospartidos políticos, porque cuando ese ajuste se realiza con la finalidad de hacer efectivos los principios de igualdadsustantiva y paridad de género, encuentra su justificación en la necesidad actual de impulsar la participación delgénero femenino y derribar las barreras contextuales que históricamente le han impedido acceder a los cargos deelección popular.

La autoridad deberá tener presente si es par o impar el número de curules por repartir, así como las diputacionesalcanzadas por las mujeres a través del principio de mayoría, pues estos elementos le sirven de sustentopara determinar el número de diputaciones por el principio de representación proporcional quecorresponderán a las mujeres, a fin de alcanzar la paridad de género en la integración del Poder Legislativo.

SUP-REC-936/2014

Cuando sea necesario modificar el orden de prelación propuesto por los partidos, se debe empezar por el partidoque habiendo registrado un hombre en primer lugar de la lista obtuvo el menor porcentaje de votación, dado queen la asignación de curules por el principio de representación proporcional, el porcentaje de votación constituyeuno de los elementos principales para determinar el derecho de los partidos a obtener una curul por eseprincipio, lo que es congruente con garantizar en la mayor medida la auto organización de los partidos, a través delrespeto en lo posible el orden de prelación de la lista.

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La Sala Superior respecto de la asignación de escaños plurinominales, advirtióque debía respetarse la auto-organización de los partidos lo más posible y elprincipio democrático del voto, que la paridad debía ser cumplida en lapostulación de candidaturas, todo ello basado en el sistema electoral de cadaentidad y en el contexto. En consecuencia, los escaños asignados por elprincipio de representación proporcional no fueron distribuidos observando elprincipio de paridad, si no protegiendo los principios de certeza y seguridadjurídica.Asimismo, aseveró como principios rectores de la paridad de género en laasignación de regidores, los siguientes:- En cuanto a la postulación de los candidatos, en todos los casos, al momentode la solicitud de registro de las listas respectivas, se deberá garantizar laparidad de género.- La asignación de los regidores electos por el principio de representaciónproporcional se debe de hacer invariablemente en el orden en el cual fueregistrada la lista de candidatos.

Paridad de género

SUP-REC-840/2015

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Modelo de asignación de escaños de RP en Veracruz

(Regidurías)

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La aplicación de la fórmula se desarrollará observando el siguiente procedimiento:I. En el caso de ayuntamientos constituidos por tres ediles: a) La regiduría única será asignada alpartido minoritario que tenga la mayor votación de los minoritarios.II. En el caso de los ayuntamientos constituidos por más de tres ediles, se asignarán:a) Se determinará la votación efectiva en la elección municipal correspondiente;b) Se determinará el cociente natural, dividiendo la votación efectiva entre el número de regiduríasa repartir;c) Se asignarán a cada partido, empezando por el que hubiera obtenido la mayoría y continuandoen orden decreciente, tantas regidurías como número de veces esté contenido el cociente naturalen su votación;d) Si quedaran regidurías por repartir, se asignarán con base a los restos de votos no utilizados; ye) Si después de lo anterior quedaren regidurías por repartir, éstas se asignarán al partido queobtuvo la mayor cantidad de votos en la elección.

El sistema de mayoría relativa se aplicará en la elección de ediles de ayuntamientos, en los casossiguientes: I. De presidentes y síndicos; y II. De regidores, cuando en un municipio sólo se registre lapostulación de un partido o coalición.

Reglas de asignación

Arts. 236 al 240 del CEV

Límite de sub- y sobrerrepresentación de 8%.

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Xalapa. Datos hipotéticos

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1. El Código de Veracruz no estable en materia de regidurías:

2. Qué se entiende por votación efectiva a nivel municipal.

3. Qué votación se debe tomar en cuenta para los límites de sobre ysubrepresentación.

4. Cuándo comprobar los límites de sobre y subrepresentación.

5. El procedimiento para asignar las curules excedentes en los casose sobre y subrepresentación.

¡ADVERTENCIA!

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Resultados de la elección para un Ayuntamiento de Xalapa:

Partidos Votación total emitida Regidurías

A 40,000 PLANILLA GANADORAB 35,000 0C 25,000 0D 17,500 0E 14,000 0F 12,000 0G 10,000 0H 6,000 0I 5,500 0J 5,000 0CI 20,000 0

Candidatos no registrados 5,000

Votos nulos 5,000Votación total emitida 200,000

Ejemplo Xalapa hipotético (1 de 9)

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Paso 1. Cálculo de la votación válida emitida y los porcentajes de votos de los partidos respecto aesta.

Ejemplo Xalapa hipotético (2 de 9)

Partidos Votación total emitida

Porcentaje de la votación total emitida

A 40,000 20.00%B 35,000 17.50%C 25,000 12.50%D 17,500 8.75%E 14,000 7.00%F 12,000 6.00%G 10,000 5.00%H 6,000 3.00%I 5,500 2.75%J 5,000 2.50%CI 20,000 10.00%

Candidatos no registrados 5,000 2.50%

Votos nulos 5,000 2.50%Votación total

emitida200,000

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Paso 2. Comprobación del umbral mínimo. Antes de aplicar la fórmula para distribuir escaños,debemos determinar cuáles partidos políticos obtuvieron por lo menos 3% de la votación total emitida yque tienen derecho a participar en la asignación de los escaños de RP,

Ejemplo Xalapa hipotético (3 de 9)

Partidos Votación total emitida

Porcentaje de la votación total emitida

A 40,000 20.00%B 35,000 17.50%C 25,000 12.50%D 17,500 8.75%E 14,000 7.00%F 12,000 6.00%G 10,000 5.00%H 6,000 3.00%I 5,500 2.75%J 5,000 2.50%CI 20,000 10.00%

Candidatos no registrados 5,000 2.50%

Votos nulos 5,000 2.50%

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Paso 3. Calculo de la votación efectiva. Para determinar la votación efectiva municipal se debededucir de la votación estatal emitida los votos del o de los partidos políticos a los que se les hubieseaplicado alguno de los límites de sobrerrepresentación. Así lo mandata la ley. La votación estatalemitida es la que resulte de deducir de la votación total emitida, los votos a favor de los partidospolíticos que no hayan obtenido el tres por ciento de dicha votación, los votos emitidos para candidatosindependientes, los votos nulos y los candidatos no registrados.

Ejemplo Xalapa hipotético (3 de 9)

Partidos Votación efectiva Porcentaje de la votación efectiva

A 40,000 25.08%B 35,000 21.94%C 25,000 15.67%D 17,500 10.97%E 14,000 8.78%F 12,000 7.52%G 10,000 6.27%H 6,000 3.76%I 5,500J 5,000CI 20,000

Candidatos no registrados 5,000

Votos nulos 5,000Votación efectiva 159,500

Importante. No esposible obtener eneste momento loslímites de sobre ysubrepresentación,debido a que no seha ninguna asignadoregiduría.

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Paso 4. Cociente electoral. Para realizar la asignación y calcular el cociente, una vez obtenida lavotación efectiva, se procede a dividirla entre el número de regidurías a repartir, en el caso, 13.

Votación ajustada Diputaciones por asignar Cociente

159,500 13 12,269.23

Cociente electoral

Ejemplo Xalapa hipotético (4 de 9)

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Ahora, en la siguiente tabla se determinan las regidurías que se le asignará a cada partido político,conforme el número de veces que contenga su votación el cociente de distribución:

Partidos Votos Cociente Escaños (decimales)

Escaños (enteros)

A 40,000 12,269.23 3.26 3

B 35,000 12,269.23 2.85 2

C 25,000 12,269.23 2.03 2

D 17,500 12,269.23 1.42 1

E 14,000 12,269.23 1.14 1

F 12,000 12,269.23 0.97 0

G 10,000 12,269.23 0.81 0

H 6,000 12,269.23 0.43 0

Se han asignado 9 escaños, por lo que restan 4.

Ejemplo Xalapa hipotético (5 de 9)

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Paso 5. Restos mayores. De lo anterior, desprendemos que aún tenemos 4 escaños por asignar,debiendo otorgarse a los institutos políticos conforme a sus restos mayores, para lo cual se deberestar a la votación de cada partido los votos utilizados para la asignación por cociente.

Partidos Votación Votos utilizados Remanente de votos Regidurías por resto mayor

A 40,000 36,807.69 3,192.31 0B 35,000 24,538.46 10,461.54 1C 25,000 24,538.46 461.54 0D 17,500 12,269.23 5,230.77 0E 14,000 12,269.23 1,730.77 0F 12,000 0 12,000 1G 10,000 0 10,000 1H 6,000 0 6,000 1

Ejemplo Xalapa hipotético (6 de 9)

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Paso 6. Asignación final. Después de la asignación, la distribución queda de la siguiente manera:

Partidos Escaños por cociente

Escaños por resto mayor

Total de escaños

A 3 0 3

B 2 1 3

C 2 0 2

D 1 0 1

E 1 0 1

F 0 1 1

G 0 1 1

H 0 1 1

13

Ejemplo Xalapa hipotético (7 de 9)

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Paso 7. Límites de sobre- y subrepresentación. Antes de aplicar las fórmulas para distribuirescaños, debemos determinar cuál es el máximo porcentaje de escaños que pueden tener lospartidos políticos:

Partidos Votación estatal emitida

% Votación estatal Límite sobre 8% Límite sub 8% Escaños máx Escaños mín

A 40,000 25.08% 33.08% 17.08% 4 2

B 35,000 21.94% 29.94% 13.94% 3 1

C 25,000 15.67% 23.67% 7.67% 3 0

D 17,500 10.97% 18.97% 2.97% 2 0

E 14,000 8.78% 16.78% 0.78% 2 0

F 12,000 7.52% 15.52% -0.48% 2 0

G 10,000 6.27% 14.27% -1.73% 1 0

H 6,000 3.76% 11.76% -4.24% 1 0

Ejemplo Xalapa hipotético (8 de 9)

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Paso 8. Comprobación de los límites de sobre- y subrepresentación . Como hemos distribuidotodos los escaños, es necesario realizar la comprobación de los límites de sobre- ysubrepresentación de todos los partidos:

Partido político Total % Total Límite máx % Límite máx Límite mín % Límite mín

A 3 26.09% 4 33.08% 2 17.08%B 3 23.91% 3 29.94% 1 13.94%C 2 15.22% 3 23.67% 0 7.67%D 1 10.87% 2 18.97% 0 2.97%E 1 10.87% 2 16.78% 0 0.78%F 1 4.35% 2 15.52% 0 -0.48%G 1 4.35% 1 14.27% 0 -1.73%H 1 4.35% 1 11.76% 0 -4.24%

13

Ejemplo Xalapa hipotético (9 de 9)

Al encontrarse todos los partidos dentro de los rangos de sub y sobrerrepresentación, esteejercicio hipotético queda firme.

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