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Caso "A" FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO" PERÍODO: Abril 2015 RUC: APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: CARSITA S.A. GLOSA O DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN CUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIÓN MOVIMIENTO CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER Debito Fiscal 1 4/1/2015 Venta de 20 televisores a 800 dolares c/u 1212 Cuentas por cobrar comerciales - Terceros 18,880.00 40111 IGV - Cuenta Propia 2,880.00 7011 Mercaderias Manufacturadas 16,000.00 x/x por la venta de 20 televisores 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 18,880.00 1212 Cuentas por cobrar comerciales - Terceros 18,880.00 x/x por el cobro a clientes 2 4/2/2015 Venta de acciones de otra empresa 1652 Inversion Inmobiliaria 20,000.00 7772 Inversion disponibles para la venta 20,000.00 x/x por la venta de acciones de otra empresa 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 20,000.00 1652 Inversion Inmobiliaria 20,000.00 x/x Por el cobro de la venta de acciones 3 4/3/2015 Obsequio a los accionistas 1682 Otras cuentas por cobrar diversas 4,720.00 4011 IGV - Cuenta Propia 720.00 7599 Otros ingresos de Gestion 4,000.00 X/X Por la emision de comprobante de pago por motivo de obsequio 7599 Otros ingresos de Gestion 4,000.00 6411 Impuesto general a las ventas y selectivo al consumo 720.00 1682 Otras cuentas por cobrar diversas 4,720.00 x/x Por el retorno del Ingreso registrado y el reconocimiento del IGV 94 Gastos Administrativos 720.00 791 Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos 720.00 x/x transferencia del gasto 6111 Mercaderias Manufacturadas 4,000.00 2011 Mercaderias Manufacturadas 4,000.00 x/x por el retiro de de mercaderia 4 4/4/2015 Pago de dividendos con mercaderias 5911 Utilidades Acumuladas 21,240.00 40185 Impuesto a los dividendos 836.54 4412 Dividendos 20,403.46 x/x Por la distribucion de dividendos 1212 Cuentas por cobrar comerciales - Terceros 21,240.00 40111 IGV - Cuenta Propia 3,240.00 7011 Mercaderias Manufacturadas 18,000.00 x/x Por la emisiocn de la factura de venta por la distribucion de utilidades 4412 Dividendos 20,403.46 14221 Otras cuentas por cobrar diversas 836.54 1212 Cuentas por cobrar comerciales - Terceros 21,240.00 x/x Por la cancelacion de los dividendos 40185 Impuesto a los dividendos 836.54 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 836.54 x/x por el pago de la retencion efectuada 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 836.54 14221 Otras cuentas por cobrar diversas 836.54 x/x por el cobro a accionistas 5 4/5/2015 Entrega a otra empresa en calidad de aporte 1212 Cuentas por cobrar comerciales - Terceros 42,126.00 40111 IGV - Cuenta Propia 6,426.00 7011 Mercaderias Manufacturadas 35,700.00 x/x Por la entrega de bienes 69111 Terceros 35,700.00 2011 Mercaderias Manufacturadas 35,700.00 x/x por el costo de bienes entregados 30221 Acciones representativas de capital social - costo 35,700.00 4651 Inversiones Mobiliarias 35,700.00 x/x Por las acciones Recibidas 4651 Inversiones Mobiliarias 35,700.00 1212 Cuentas por cobrar comerciales - Terceros 35,700.00 x/x Por la compensacion efectuada 6 4/6/2015 Venta de logotipo 1654 Intangibles 118,000.00 40111 IGV - Cuenta Propia 18,000.00 7565 Intangibles 100,000.00 x/x Por la venta del Logotipo 65514 Intangibles 100,000.00 34911 Otros activos Intangibles - Costo 100,000.00 x/x Por el retiro del intangible 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 118,000.00 1654 Intangibles 118,000.00 x/x por el cobro de la venta del Intangible 7 4/7/2015 Pago a trabajadores con mercaderias 141 Personal 21,420.00 40111 IGV - Cuenta Propia 3,267.46 759 Otros ingresos de Gestion 18,152.54 x/x Por el pago de Remuneraciones en especie 759 Otros ingresos de Gestion 18,152.54 6411 Impuesto general a las ventas y selectivo al consumo 3,267.46 141 Personal 21,420.00 x/x Por el pago de Remuneraciones en especie y por el IGV asumido 94 Gastos Administrativos 3,267.46 791 Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos 3,267.46 x/x transferencia del gasto Credito Fiscal 1 4/1/2015 Servicio de Transporte 63111 Transporte - carga 2,500.00 40111 IGV - Cuenta Propia 450.00 4212 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 2,950.00 x/x por el servio de transporte de mercaderias 94 Gastos Administrativos 1,250.00 95 Gastos de Ventas 1,250.00 791 Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos 2,500.00 x/x transferencia del gasto 2 4/2/2015 Pasajes aereos 63112 Servico de Transporte - Pasajeros 4,498.00 40111 IGV - Cuenta Propia 809.64 4212 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 5,307.64 x/x por los boletos de viaje 4212 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 4,498.00 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 4,498.00 x/x Pago de los boletos de viaje 94 Gastos Administrativos 2,249.00 95 Gastos de Ventas 2,249.00 791 Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos 4,498.00 x/x transferencia del gasto 3 4/3/2015 Equipo de computo 3361 Equipo para procesamiento de informacion 12,590.00 4011 IGV - Cuenta Propia 2,266.20 4212 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 14,856.20 x/x por la compra de Equipo de computo 4212 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 14,856.20 1041 Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras 14,856.20 x/x pago del E quipo de Computo 4 4/4/2015 Intereses Moratorios 672 Perdida por instrumentos financieros derivados 125.50 NÚMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CÓDIGO ÚNICO DE LA OPERACIÓN FECHA DE LA OPERACIÓN 2° del Reglamento de la Ley del IGV “Todo acto a título oneroso que conlleve la transmisión de propiedad de bienes, independientemente de la denominación que le den las partes, tales como venta propiamente dicha, permuta, dación en pago, expropiación, La venta de acciones y participaciones a que se refiere el Artículo 20º de la Ley del impuesto a la rentacomprende todo acto de disposición por el que se transmite el consecuencia, los retiros de bienes realizados por el Sector Público Nacional, con excepción de las empresas conformantes de las integran, según sea el caso, en efectivo o en especie, salvo mediante títulos de propia emisión representativos de capital. Complementando lo antes expuesto, el artículo 24º-B señala que para efectos de la aplicación del impuesto, los dividendos y cualquier forma de distribución de utilidades en especie se computarán por el valor de mercado que corresponda atribuir a los bienes a la fecha de su distribución. En tal sentido, el articulo 73º-A de la Ley el Impuesto a la Renta señala que las personas jurídicas que acuerden la numeral 3 del artículo 2° del Reglamento de la Ley del IGV “Todo acto a título oneroso que conlleve la transmisión de propiedad de bienes, independientemente de la denominación que le den las partes, tales como venta de la Ley del IGV, respectivamente. Sobre el particular, cabe mencionar que cumplirá con los requisitos sustanciales señalados en el artículo 18º , en tanto, los gasto deducible de acuerdo a lo establecido en el inciso l) del artículo 37º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. Impuesto General a las Ventas debemos indicar que la entrega de mercaderias de la Ley del IGV, respectivamente. Sobre el particular, cabe mencionar que cumplirá con los requisitos sustanciales señalados en el artículo 18º , en tanto, los establece que NO son deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría “los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares” Base legal: artículo 37 y 44 de la Ley del impuesto a la Renta. Lo que al final del periodo ocaciona un reparo sustanciales señalados en el artículo 18º , en tanto, los bienes adquiridos sean gasto para la empresa,

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Casos comunes de asientos.

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F 5.1 Libro DiarioCaso "A"FORMATO 5.1: "LIBRO DIARIO"

PERODO: Abril 2015RUC:APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL: CARSITA S.A.

NMERO CORRELATIVO DEL ASIENTO O CDIGO NICO DE LA OPERACINFECHA DE LA OPERACINGLOSA O DESCRIPCIN DE LA OPERACINCUENTA CONTABLE ASOCIADA A LA OPERACIN MOVIMIENTO CDIGODENOMINACINDEBEHABER

Debito Fiscal14/1/15Venta de 20 televisores a 800 dolares c/u1212Cuentas por cobrar comerciales - Terceros18,880.00ARTCULO 1 del texto unico ordenado de la ley del impuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo, seala en el inciso a) venta de bienes muebles en el pais.el inciso a) del numeral 3 del artculo 2 del Reglamento de la Ley del IGV Todo acto a ttulo oneroso que conlleve la transmisin de propiedad de bienes, independientemente de la denominacin que le den las partes, tales como venta propiamente dicha, permuta, dacin en pago, expropiacin, adjudicacin por disolucin de sociedades, aportes sociales, adjudicacin por remate o cualquier otro acto que conduzca al mismo fin.40111IGV - Cuenta Propia2,880.007011Mercaderias Manufacturadas16,000.00x/x por la venta de 20 televisores1041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras18,880.001212Cuentas por cobrar comerciales - Terceros18,880.00x/x por el cobro a clientes24/2/15Venta de acciones de otra empresa1652Inversion Inmobiliaria20,000.00Artculo 10.- ENAJENACIN Y VENTA DE BIENESLa venta de acciones y participaciones a que se refiere el Artculo 20 de la Ley del impuesto a la rentacomprende todo acto de disposicin por el que se transmite el dominio a ttulo oneroso.7772Inversion disponibles para la venta20,000.00x/x por la venta de acciones de otra empresa1041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras20,000.001652Inversion Inmobiliaria20,000.00x/x Por el cobro de la venta de acciones34/3/15Obsequio a los accionistas1682Otras cuentas por cobrar diversas4,720.00Los retiros de bienes slo se encontrarn gravados con el IGV, en la medida que los mismos sean efectuados por sujetos que realicen actividad empresarial. En consecuencia, los retiros de bienes realizados por el Sector Pblico Nacional, con excepcin de las empresas conformantes de la Actividad Empresarial del Estado, no se encontrarn gravados con dicho impuesto. Este criterio ha sido definido en el Oficio N 112-2008-SUNAT/2B0000 de la SUNAT.4011IGV - Cuenta Propia720.007599Otros ingresos de Gestion4,000.00X/X Por la emision de comprobante de pago por motivo de obsequio7599Otros ingresos de Gestion4,000.006411Impuesto general a las ventas y selectivo al consumo720.001682Otras cuentas por cobrar diversas4,720.00x/x Por el retorno del Ingreso registrado y el reconocimiento del IGV94Gastos Administrativos720.00791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos720.00x/x transferencia del gasto6111Mercaderias Manufacturadas4,000.002011Mercaderias Manufacturadas4,000.00x/x por el retiro de de mercaderia44/4/15Pago de dividendos con mercaderias5911Utilidades Acumuladas21,240.00En principio, debemos tener presente que la distribucin de beneficios a los socios se realiza en proporcin a sus aportes al capital. Sin embargo, el pacto social o el estatuto pueden fijar otras proporciones o formas distintas de distribucin de los beneficios. Asimismo, cabe indicar que la Ley General de Sociedades (Ley N 26887) seala que es vlida la distribucin de dividendos en especie entre los accionistas siempre que se cumplan con las normas societarias correspondientes. Ahora bien, para efectos tributarios debemos traer a colacin el inciso a) del artculo 24-A del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual seala que constituye dividendo las utilidades que las personas jurdicas distribuyan entre sus socios, asociados, titulares o personas que las integran, segn sea el caso, en efectivo o en especie, salvo mediante ttulos de propia emisin representativos de capital.Complementando lo antes expuesto, el artculo 24-B seala que para efectos de la aplicacin del impuesto, los dividendos y cualquier forma de distribucin de utilidades en especie se computarn por el valor de mercado que corresponda atribuir a los bienes a la fecha de su distribucin.En tal sentido, el articulo 73-A de la Ley el Impuesto a la Renta seala que las personas jurdicas que acuerden la distribucin de dividendos o cualquier forma de distribucin de utilidades retendrn el 4.1% de la mismas. La obligacin de retener nace en la fecha de adopcin del acuerdo de distribucin o en la fecha en que los dividendos se pongan a disposicin en efectivo o en especie, lo que ocurra primero.Asimismo, el citado artculo establece que cuando la persona jurdica acuerde la distribucin de utilidades en especie, el pago del cuatro punto uno por ciento (4.1 %) deber ser efectuado por ella y reembolsado por el beneficiario de la distribucin Cabe aadir, que la retencin efectuada deber ser declarada y abonada al fisco a travs del PDT 617 Otras Retenciones teniendo en consideracin el cronograma de vencimientos mensuales.40185Impuesto a los dividendos836.544412Dividendos20,403.46x/x Por la distribucion de dividendos1212Cuentas por cobrar comerciales - Terceros21,240.0040111IGV - Cuenta Propia3,240.007011Mercaderias Manufacturadas18,000.00x/x Por la emisiocn de la factura de venta por la distribucion de utilidades4412Dividendos20,403.4614221Otras cuentas por cobrar diversas836.541212Cuentas por cobrar comerciales - Terceros21,240.00x/x Por la cancelacion de los dividendos40185Impuesto a los dividendos836.541041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras836.54x/x por el pago de la retencion efectuada1041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras836.5414221Otras cuentas por cobrar diversas836.54x/x por el cobro a accionistas54/5/15Entrega a otra empresa en calidad de aporte1212Cuentas por cobrar comerciales - Terceros42,126.00 el artculo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta, el aporte de bienes a sociedades es considerado como una enajenacin y por consiguiente el ingreso se encuentra afecto al Impuesto a la Renta. el inciso a) del numeral 3 del artculo 2 del Reglamento de la Ley del IGV Todo acto a ttulo oneroso que conlleve la transmisin de propiedad de bienes, independientemente de la denominacin que le den las partes, tales como venta propiamente dicha, permuta, dacin en pago, expropiacin, adjudicacin por disolucin de sociedades, aportes sociales, adjudicacin por remate o cualquier otro acto que conduzca al mismo fin.40111IGV - Cuenta Propia6,426.007011Mercaderias Manufacturadas35,700.00x/x Por la entrega de bienes 69111Terceros35,700.002011Mercaderias Manufacturadas35,700.00x/x por el costo de bienes entregados30221Acciones representativas de capital social - costo35,700.004651Inversiones Mobiliarias35,700.00x/x Por las acciones Recibidas4651Inversiones Mobiliarias35,700.001212Cuentas por cobrar comerciales - Terceros35,700.00x/x Por la compensacion efectuada64/6/15Venta de logotipo1654Intangibles118,000.00El inciso b) del artculo 1 del TUO de la Ley del IGV dispone que dicho impuesto grava, entre otras operaciones, la utilizacin de servicios en el pas. artculos 18 y 19 del TUOde la Ley del IGV, respectivamente. Sobreel particular, cabe mencionar que cumplir con los requisitossustanciales sealados en el artculo 18 , en tanto, losbienes adquiridos sean gasto para la empresa, de acuerdo a lalegislacin del Impuesto a la Renta y se destine a operacionespor las que tiene que pagar el Impuesto40111IGV - Cuenta Propia18,000.007565Intangibles100,000.00x/x Por la venta del Logotipo65514Intangibles100,000.0034911Otros activos Intangibles - Costo100,000.00x/x Por el retiro del intangible1041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras118,000.001654Intangibles118,000.00x/x por el cobro de la venta del Intangible74/7/15Pago a trabajadores con mercaderias141Personal21,420.00La entrega de mercaderias constituye una remuneracion para los trabajadores y es un gasto deducible de acuerdo a lo establecido en el inciso l) del artculo 37 del TUO de la Ley del Impuesto ala Renta. Impuesto General a las Ventas debemos indicar que la entrega de mercaderias constituye un retiro de bienes y por lo tanto se encuentra gravado con el IGV.40111IGV - Cuenta Propia3,267.46759Otros ingresos de Gestion18,152.54x/x Por el pago de Remuneraciones en especie759Otros ingresos de Gestion18,152.546411Impuesto general a las ventas y selectivo al consumo3,267.46141Personal21,420.00x/x Por el pago de Remuneraciones en especie y por el IGV asumido94Gastos Administrativos3,267.46791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos3,267.46x/x transferencia del gastoCredito Fiscal14/1/15Servicio de Transporte63111Transporte - carga2,500.00El inciso b) del artculo 1 del TUO de la Ley del IGV dispone que dicho impuesto grava, entre otras operaciones, la utilizacin de servicios en el pas. artculos 18 y 19 del TUOde la Ley del IGV, respectivamente. Sobreel particular, cabe mencionar que cumplir con los requisitossustanciales sealados en el artculo 18 , en tanto, losbienes adquiridos sean gasto para la empresa, de acuerdo a lalegislacin del Impuesto a la Renta y se destine a operacionespor las que tiene que pagar el Impuesto40111IGV - Cuenta Propia450.004212Cuentas por pagar comerciales - Terceros2,950.00x/x por el servio de transporte de mercaderias94Gastos Administrativos1,250.0095Gastos de Ventas1,250.00791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos2,500.00x/x transferencia del gasto24/2/15Pasajes aereos63112Servico de Transporte - Pasajeros4,498.00El art. 44 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que NO son deducibles para la determinacin de la renta imponible de tercera categora los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares Base legal: artculo 37 y 44 de la Ley del impuesto a la Renta. Lo que al final del periodo ocaciona un reparo tributario por Impuesto a la renta y por IGV40111IGV - Cuenta Propia809.644212Cuentas por pagar comerciales - Terceros5,307.64x/x por los boletos de viaje4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros4,498.001041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras4,498.00x/x Pago de los boletos de viaje94Gastos Administrativos2,249.0095Gastos de Ventas2,249.00791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos4,498.00x/x transferencia del gasto34/3/15Equipo de computo3361Equipo para procesamiento de informacion12,590.00 artculos 18 y 19 del TUOde la Ley del IGV, respectivamente. Sobreel particular, cabe mencionar que cumplir con los requisitossustanciales sealados en el artculo 18 , en tanto, losbienes adquiridos sean gasto para la empresa, de acuerdo a lalegislacin del Impuesto a la Renta y se destine a operacionespor las que tiene que pagar el Impuesto4011IGV - Cuenta Propia2,266.204212Cuentas por pagar comerciales - Terceros14,856.20x/x por la compra de Equipo de computo4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros14,856.201041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras14,856.20x/x pago del E quipo de Computo44/4/15Intereses Moratorios672Perdida por instrumentos financieros derivados125.50As, el numeral 1 del Apndice II del TUO de la Ley del IGV exonera de este impuesto a los servicios de crdito: slo los ingresos percibidos por las Empresas Bancarias y Financieras, as como por las Cajas Municipales de Ahorro y Crdito, Cajas Municipales de Crdito Popular, Empresa de Desarrollo de la Pequea y Micro Empresa - EDPYME, Cooperativas de Ahorro y Crdito y Cajas Rurales de Ahorro y Crdito, domiciliadas o no en el pas, por concepto de ganancias de capital, derivadas de las operaciones de compraventa de ttulos valores y dems papeles comerciales, as como por concepto de comisiones e intereses derivados de las operaciones propias de estas empresas. Por lo que se hara un reparo por IGV.40111IGV - Cuenta Propia22.594642Instrumentos financieros derivados148.09x/x Pago de intereses moratorios4642Instrumentos financieros derivados148.091041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras148.09x/x cancelacion de los intereses54/5/15Uniformes del Personal6031Materiales Auxiliares2,865.50 artculos 18 y 19 del TUOde la Ley del IGV, respectivamente. Sobreel particular, cabe mencionar que cumplir con los requisitossustanciales sealados en el artculo 18 , en tanto, losbienes adquiridos sean gasto para la empresa, de acuerdo a lalegislacin del Impuesto a la Renta y se destine a operacionespor las que tiene que pagar el Impuesto40111IGV - Cuenta Propia515.794212Cuentas por pagar comerciales - Terceros3,381.29x/x por la compra de uniformes para el personal4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros3,381.291041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras3,381.29x/x cancelacion de los uniformes del personal64/6/15Comiciones60914Comiciones3,840.00INFORME N 026-2007-SUNAT/2B0000 artculo 20 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta establece que la renta bruta est constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto que se obtenga en el ejercicio gravable. As, el numeral 1) del mismo artculo seala que para efectos de lo dispuesto en el prrafo anterior, se entiende por costo de adquisicin: la contraprestacin pagada por el bien adquirido, incrementada en las mejoras incorporadas con carcter permanente y los gastos incurridos con motivo de su compra tales como: fletes, seguros, gastos de despacho, derechos aduaneros, instalacin, montaje, comisiones normales, incluyendo las pagadas por el enajenante con motivo de la adquisicin o enajenacin de bienes, gastos notariales, impuestos y derechos pagados por el enajenante y otros gastos que resulten necesarios para colocar a los bienes en condiciones de ser usados, enajenados o aprovechados econmicamente. La norma agrega que en ningn caso los intereses formarn parte del costo de adquisicin. el costo de adquisicin es susceptible de ser considerado como costo computable, por tanto, dicha adquisicin otorga, siempre que se renan con los dems requisitos previstos en las normas de la materia, derecho a crdito fiscal, de conformidad con el inciso a) del artculo 18 del TUO de la Ley del IGV.4011IGV - Cuenta Propia691.204212Cuentas por pagar comerciales - Terceros4,531.20x/x Por las comiciones pagadas4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros4,531.201041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras4,531.20x/x cancelacion de las comiciones201Mercaderias Manufacturadas3,840.00611Variacion de existencias3,840.00x/x destino de las comiciones74/7/15Mercaderias6011Mercaderias Manufacturadas16,250.00 artculos 18 y 19 del TUOde la Ley del IGV, respectivamente. Sobreel particular, cabe mencionar que cumplir con los requisitossustanciales sealados en el artculo 18 , en tanto, losbienes adquiridos sean gasto para la empresa, de acuerdo a lalegislacin del Impuesto a la Renta y se destine a operacionespor las que tiene que pagar el Impuesto4011IGV - Cuenta Propia2,925.004212Cuentas por pagar comerciales - Terceros19,175.00x/x compra de mercaderias4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros19,175.001041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras19,175.00x/x pago de la compra de mercaderias201Mercaderias Manufacturadas16,250.00611Variacion de existencias16,250.00x/x destino de la compra84/8/15Servicios publicos6361Energia electrica884.67 artculos 18 y 19 del TUOde la Ley del IGV, respectivamente. Sobreel particular, cabe mencionar que cumplir con los requisitossustanciales sealados en el artculo 18 , en tanto, losbienes adquiridos sean gasto para la empresa, de acuerdo a lalegislacin del Impuesto a la Renta y se destine a operacionespor las que tiene que pagar el Impuesto6363Agua884.676364Telefono884.6740111IGV - Cuenta Propia477.724212Cuentas por pagar comerciales - Terceros3,131.72x/x por los servicios publicos4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros3,131.721041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras3,131.72x/x por el pago de los servicios publicos94Gastos Administrativos1,327.0095Gastos de Ventas1,327.00791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos2,654.00x/x transferencia del gasto94/9/15seguros182Seguros3,200.00El art. 44 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que NO son deducibles para la determinacin de la renta imponible de tercera categora los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares Base legal: artculo 37 y 44 de la Ley del impuesto a la Renta. Lo que al final del periodo ocaciona un reparo tributario por Impuesto a la renta y por IGV4011IGV - Cuenta Propia576.004212Cuentas por pagar comerciales - Terceros3,776.00x/x por los seguros contratados4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros3,776.001041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras3,776.00x/x pago de los seguros104/10/15Alquiler6352Alquileres Edificaciones4,140.00El art. 44 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que NO son deducibles para la determinacin de la renta imponible de tercera categora los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares Base legal: artculo 37 y 44 de la Ley del impuesto a la Renta. Lo que al final del periodo ocaciona un reparo tributario por Impuesto a la renta y por IGV40111IGV - Cuenta Propia745.204212Cuentas por pagar comerciales - Terceros4,885.20x/x por el alquiler del local de la empresa4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros4,885.201041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras4,885.20x/x por el pago de los alquileres94Gastos Administrativos2,070.0095Gastos de Ventas2,070.00791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos4,140.00x/x transferencia del gasto114/11/15Mantenimiento634Mantenimiento y Reparaciones1,800.00El art. 44 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que NO son deducibles para la determinacin de la renta imponible de tercera categora los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares Base legal: artculo 37 y 44 de la Ley del impuesto a la Renta. Lo que al final del periodo ocaciona un reparo tributario por Impuesto a la renta y por IGV40111IGV - Cuenta Propia324.004212Cuentas por pagar comerciales - Terceros2,124.00x/x por el mantenimiento del auto del gerente4212Cuentas por pagar comerciales - Terceros2,124.001041Cuentas Corrientes en Instituciones Financieras2,124.00x/x por el pago del mantenimiento94Gastos Administrativos900.0095Gastos de Ventas900.00791Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos1,800.00x/x transferencia del gasto

TOTALES849,101.59849,101.59

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