Artesanos aprendices

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Artesanos, aprendices y saberes en la Zacatecas del siglo XVIII Francisco García González El 28 de octubre de 1700, en la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, la viuda María de Campos había decidido separarse por un tiempo de su hijo de once años de edad llamado Antonio; el motivo era establecerlo en casa de José González, maestro sastre, quien se había comprometido con la viuda para admitir al pequeño como aprendiz. A pesar de la confianza que existía entre la mujer y el maestro, habían convenido ame notario en que la enseñanza del niño se sujetara a las siguientes condiciones: Primeramente con condición que el dicho mi hijo ha de servir y asistir en la casa del dicho su maestro bien y cumplidamente durante el tiempo de los cuatro años sin hacer ausencia de su casa y servicio y si la hiciere, el dicho su maestro lo ha de poder remidir a ella en virtud de esta escritura y el tiempo que estuviera ausente lo ha de desquitar depués de cumplido el plazo de ellas. También que si el dicho mi hijo tuviere alguna enfermedad que no pase de quince días, el dicho maestro ha de ser obligado curarlo a su costa, pasando o siendo las contagiosas, me ha de dar cuenta para que yo lo cure a mi costa y si no pudiere ser; el dicho su maestro lo ha de curar poniendo por cuenta su gasto, para que yo se lo pague y de no poderlo lo ha de pagar el dicho mi hijo saliendo de aprendiz y en todo se ha de estar al juramento simple del dicho su maestro. Cumplidos los cuatro años de esta escritura el dicho su maestro le ha de dar al dicho mi hijo, un vestido de pailo, medias dc seda, zapatos y sombrero y si cumplido dicho plazo el dicho mi hijo no fucre suficientemente oficial, el dicho maestro lo ha de acabar de enseilar el dicho oficio y pagarle lo mismo que pudiera ganar en otra tienda siendo buen oficial hasta que lo sea suficiente y con estas calidades, condiciones, pongo al dicho mi hijo a oficio con el dicho maestro José González por el referido tiempo de cuatro años y yo el dicho José González que presente soy acepto esta escritura y recibo al dicho Antonio Briseño por el tiempo y con las condiciones de susomencionadas: Y a su firmeza y cumplimiento ambas partes cada una por lo que nos toca nos obligamos con nuestras personas y bienes habidos y por haber.

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Artesanos, aprendices y saberes en la Zacatecas del siglo XVIII

Francisco García González

El 28 de octubre de 1700, en la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas,

la viuda María de Campos había decidido separarse por un tiempo de su hijo de

once años de edad llamado Antonio; el motivo era establecerlo en casa de José

González, maestro sastre, quien se había comprometido con la viuda para admitir

al pequeño como aprendiz. A pesar de la confianza que existía entre la mujer y el

maestro, habían convenido ame notario en que la enseñanza del niño se sujetara a

las siguientes condiciones:

Primeramente con condición que el dicho mi hijo ha de servir y asistir en la

casa del dicho su maestro bien y cumplidamente durante el tiempo de los

cuatro años sin hacer ausencia de su casa y servicio y si la hiciere, el dicho

su maestro lo ha de poder remidir a ella en virtud de esta escritura y el tiempo

que estuviera ausente lo ha de desquitar depués de cumplido el plazo de

ellas. También que si el dicho mi hijo tuviere alguna enfermedad que no pase

de quince días, el dicho maestro ha de ser obligado curarlo a su costa,

pasando o siendo las contagiosas, me ha de dar cuenta para que yo lo cure a

mi costa y si no pudiere ser; el dicho su maestro lo ha de curar poniendo por

cuenta su gasto, para que yo se lo pague y de no poderlo lo ha de pagar el

dicho mi hijo saliendo de aprendiz y en todo se ha de estar al juramento

simple del dicho su maestro. Cumplidos los cuatro años de esta escritura el

dicho su maestro le ha de dar al dicho mi hijo, un vestido de pailo, medias dc

seda, zapatos y sombrero y si cumplido dicho plazo el dicho mi hijo no fucre

suficientemente oficial, el dicho maestro lo ha de acabar de enseilar el dicho

oficio y pagarle lo mismo que pudiera ganar en otra tienda siendo buen oficial

hasta que lo sea suficiente y con estas calidades, condiciones, pongo al

dicho mi hijo a oficio con el dicho maestro José González por el referido

tiempo de cuatro años y yo el dicho José González que presente soy acepto

esta escritura y recibo al dicho Antonio Briseño por el tiempo y con las

condiciones de susomencionadas: Y a su firmeza y cumplimiento ambas

partes cada una por lo que nos toca nos obligamos con nuestras personas y

bienes habidos y por haber.

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Casi cien años después, en 1793, otra viuda, la señora Trinidad Terán,

también radicada en la ciudad de Zacatecas, ponía en manos de Miguel Herrera,

maestro sastre de habilidad reconocida, a su pequeño niño de tan sólo ocho años,

quien en el transcurso de cinco años estaba obligado a aprender el oficio de la

sastrería, Lo mismo que en 1700, el contrato de aprendiz entre la madre del

pequeño y el sastre se llevó a cabo ante notario, aunque bajo condiciones

relativamente diferentes a las de principios de siglo

Este tipo de contratos fueron comunes en la ciudad a lo largo del siglo XVIII.

Tanto padres como madres de familia, e incluso benevolentes dueños de esclavos,

dejaban en manos de los maestros artesanos a su hijos, protegidos, o esclavos,

para que aprendieran algún oficio. Por medio de este tipo de instrumentos

notariales es posible que el historiador se aproxime a temas relacionados con la

transmisión de saberes en el mundo novohispano, más allá de la educación

escolarizada impartida en colegios o instituciones educativas establecidas para tal

fin.

Los contratos de aprendiz también nos pueden sugerir algunas actitudes de

la sociedad colonial hacia los niños y los adolescentes, particularmente de la

madre o el padre de familia, quienes voluntariamente se separaban de sus hijos

durante algunos años y los "dejaban" bajo custodia de extraños con quienes el

niño debería vivir no sólo para aprender sino también para servir y obedecer.

La educación y la instrucción para el trabajo el abandono temporal del hogar

por parte del infante o adolescente, y las actitudes de mujeres y hombres ante la

separación de los hijos, en la Zacateca s del siglo XVIII, son aspectos sobre los

que intentamos reflexionar en este trabajo. La fuente que hemos privilegiado son

los documentos notariales señalados, que se encuentren en los fondos de notarias

y judicial del archivo histórico del estado de Zacatecas.

La ciudad de Zacatecas. Sociedad y vida cotidiana durante el siglo XVIII

Las ciudades iberoamericanas fueron inicialmente guarniciones perdidas en

medio de enormes extensiones hostiles, relacionadas mediante una circulación

muy lenta, que interrumpían inmensos espacios vacíos, Una de esas ciudades fue

Zacatecas, establecida en el norte del territorio de Nueva España a mediados del

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siglo XVI por los conquistadores españoles, encabezados por Juan de Tolosa,

Cristóbal de Oñate, Diego de Ibarra y Baltasar Temiño de Bañuelos, quienes,

acompaliados por soldados y religiosos, llegaron al territorio que hoy ocupa la

ciudad de Zacatecas. Desde el comienzo de la colonización y durante el

establecimiento de las nuevas ciudades, la corona española se preocupó por

reglamentar los actos fundacionales y la organización de las urbes; sin embargo,

en muchas ocasiones dichas reglas no se obedecieron y el nuevo asentamiento

quedó determinado por las características geográficas y topográficas del lugar.

Este fenómeno era frecuente en las ciudades mineras de sitios montañosos, que

adoptaban formas espontáneas y libres, como algunas ciudades españolas de la

región de los Pirineos o de pueblos portugueses, que reflejaban un modelo

europeo medieval de calles estrechas y tortuosas.

En Nueva España Zacatecas fue una de las villas mineras organizadas en

función de las características topo gráficas del lugar: se asen tó en una caflacla

rodeada por cerros. La forma que adoptó fue semejante a la de muchos pueblos

vascos localizados también en el fondo de estrechos valles que tenían, por la

disposición del terreno, forma alargada. De hecho los fundadores de la ciudad, a

excepción de Baltasar Temiño de Bañuelos, que era castellano, eran vascos:

Cristóbal de Oñate había nacido en Vitoria provincia vasca de Álava, Juan de

Tolosa provenía de Guipúzcoa y Diego de Ibarra nació en el pueblo de Éibar

provincia de Guipúzcoa, de ahí que se en.contraran entonces en un ambiente

geográfico familiar.

Desde 1550, la producción de plata fue el principal factor que determinó el

desarrollo económico y social de Zacatecas, y en torno a ella, se organizaron la

población y los asentamientos. Los lugares cercanos a las minas y haciendas de

beneficio fueron rápidamente ocupados y a partir de esos focos comenzaron a

Crecer la ciudad y sus pobladores. En general, eran individuos que habían sido

atraídos por la posibilidad de lograr un rápido y fácil enriquecimiento como

consecuencia de haber hallado ricas vetas argentíferas.

Tanto los aventureros y buscadores que llegaban a Zacatecas como

quienes allí vivían, tarde o temprano tenían que establecer contacto con los

propietarios de los ingenios y minas que controlaban la vida de aquella sociedad.

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Tales relaciones eran la mayoría de las veces de subordinación. Así se fue

estructurando toda una red de clientelisnto y solidaridad con los poderosos

mineros, que era el principio y la regla fundamental que hacía funcionar la región.

En este contexto se desarrollaba una vida social común a las ciudades mineras,

donde la violencia y la corrupción eran fenómenos inherentes a la vida cotidiana.

Un determinante factor en las relaciones de los individuos, entre las

diversas instituciones sociales y en los grupos de poder de la Zacateca s colonial,

fue su carácter de zona frontera. La distancia geográfica que separaba a este

centro minero de la capital del virreinato, permitía que los diferentes sectores de la

sociedad actuaran en función de sus intereses, aunque ello implicara ir contra las

normas establecidas por los representantes de la corona española: la distancia y el

aislamiento garantizaban a esos grupos e individuos transgresores la impunidad.

Lo anterior implicó que muchos de los que llegaban de diversas regiones de

ultramar y del mismo virreinato novohispano consideraran a la ciudad minera como

un espacio de refugio en donde la ley difícilmente se aplicaba y donde las

autoridades encargadas de ejecutarla las más de las veces fracasaban. La

circunstancia de zona frontera facilitó que un sector de la población, constituido por

los grandes mineros, fuera adquiriendo gran poderío económico y político: tal era

su poder que durante la época colonial dictaban las normas sociales de la

sociedad zacatecana.

El aislamiento geográfico del microcosmo minero del norte de Nueva

España tuvo diversas consecuencias, entre otras, que la ciudad fuera refugio de

individuos diversos: desde buscones, charlatanes, inconformes, o personas cuyas

irrevercncias y transgresiones atentaban contra las normas rdigiosas. Los

imegrantes de estos grupos coincidían, según lo afirma Solange Albero, en que

buscaban en Zacatecas lo que buscaron hasta fechas aún recientes todos

aquellos marginados a los que atraían, cual lámpara a las mariposas, aquellos

lugares predilectos, de aventuras, que son las minas de piedras y metales

preciosos, la ilusión de la fortuna, la suerte y, quizás más aún, la libertad de la

selva donde irilperan la fuerza y el ingenio.

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La ciudad de Zacatecas, a finales del siglo XVIII (que es la época de la que

disponemos de información detallada) tenía una población de 27 469 habitantes,

distribuidos de la siguiente manera: 21 % españoles (criollos y peninsulares), 26%

indígenas y 53% castas con alta participación de mulatos. Véase gráfica 1 y

cuadro l.

Un censo de Zacatecas de principios del siglo XIX (analizado detallada-

mente por Richard Garner) mostró 4955 tributarios, de los cuales 612 eran indios

de pueblos, 1 433 indios laboríos y vagos y 2 910 negros y mulatos libres. Este

documento, señala Garner, revela que 60% de la población tributaria la integraban

negros y mulatos. No es sorprendente que Zacatecas tuviera un gran número de

negros y mulatos, pues desde 1601, cincuenta años después de su fundación, la

ciudad tenía 3 000 esclavos. Los mestizos estaban generalmente exentos de

tributos y por ello no se identifican en el censo. Sin embargo sabemos que eran

contabilizados entre los indígenas. Si moviéramos datos sobre los mestizos,

posiblemente veríamos que eran más numerosos que los indígenas.

Gráfica 1. Castas en la ciudad de Zacatecas. 1796

Todo parece mostrar que durante el periodo colonial, mestizos, negros y

mulatos emergieron como las principales subcategorías en la población

zacatecana. La gran proporción de castas, integradas mayoritariamente por mes-

tizos y mulatos, se evidencia en muchos grupos ocupacionales. 90% de los

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trabajadores mineros y refinadores y 88% de los miembros de los gremios

pertenecían a castas; únicamente en dos de los gremios, los barberos y

herradores, las castas no constituían la mayoría.

Cuadro 1. Castas existentes en la ciudad de Zacatecas por sexo y grupo de edad. 1794

Edades:

Castas:

Hasta 7 7 a 16 16 a 25 25 a 40 40 a 50 50 y más

H M H M H M H M H M H M

Europeo 31 3 46 8 7 3 97 8 36 5 28 0

Español 397 369 489 518 645 680 821 676 305 346 218 34

Indio 499 507 497 938 698 915 805 779 501 350 307 333

mulato 388 545 816 560 299 482 712 1074 347 348 588 461

Otras castas 848 783 911 912 699 770 698 888 482 401 248 311

Generalmente en Nueva España las castas podían servir como aprendices,

pero no como maestros. No tenemos forma de saber si esta regla era aplicada en

Zacatecas. Sin embargo, la relación de blancos y castas en los grupos

ocupacionales, era de uno a siete. El número de europeos que vivían en esta

ciudad colonial tardía era muy pequeño, como en la mayoría de las ciudades

coloniales con excepción de la ciudad de México. En la ciudad de Zacatecas hacia

finales del siglo XVIII los gremios existentes eran: zapateros, barberos, aguadores,

cargadores, carpinteros, puesteros, obrajeros, sombrereros, tocineros, sastres y

herreros.

Cuando los hijos abandonan la familia para aprender un oficio

Como expusimos al principio de este trabajo, durante el siglo XVIII zacate-

cano, y principalmente en su primera mitad, era frecuente que algunos padres de

familia dejaran a sus hijos bajo la custodia de maestros artesanos para que, en su

papel de aprendices, adquirieran conocimientos y destrezas sobre un oficio. Lo

anterior generalmente se formalizaba con la firma de las partes (el maestro y el

padre o la madre) ante notario, por medio de un "contrato de aprendiz". La

estructura de este instrumento jurídico siempre contcnía el nombre y en algunos

casos el estado civil del padre, madre o tutor, el nombre y edad del aprendiz, el

tiempo de aprendizaje, el nombre y oficio del maestro, así como las obligaciones

de las partes en caso de enfermedad, ausencia de la casa y no aprendizaje del

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oficio por parte del alumno. Tomando como referencia la primera parte del contrato,

he sistematizado en el cuadro 2 los casos analizados.

Un aspecto que de inmediato llama la atención es que en las dos primeras

décadas del siglo XVIII se establece el mayor número de contratos y que a partir

de 1720 disminuyen drásticamente; de hecho, en los años de 1700, 1709 Y 1710

se firma 42% de los mismos. Una de las posibles explicaciones es que durante los

primeros tres lustras del siglo, la s familias que vivían en la ciudad de Zacatecas

todavía no sufrían las repercusiones de las grandes crisis mineras y agrícolas del

Cuadro 2

Contratos de aprendiz en la ciudad de Zacatecas. Siglo XVIII

Edad del aprendiz

Tiempo de Sexo y estado civil

años Oficio Aprendizaje años del padre

1700 10 Platero 5 Hombre soltero

1700 18 ' Platero 5 Hombre

1700 11 Sastre 4 Mujer viuda

1700 12 Zapatero 4 Hombre

1700 11 Sastre 4 Mujer soltera

1701 19 Herrero 5 Hombre soltero

1701 13 Zapatero 1 Hombre soltero

1702 14 Carpintero 3 Hombre

1702 14 Platero 5 Hombre

1702 14 Carpintero 3 Hombre

1703 15 Herrero 5 Hombre

1704 14 Zapatero 4 Mujer casada

1704 14 Sastre 4 MIuer viuda

1705 10 Zapatero 5 Mujer viuda

1705 14 Zapatero 2 Hombre

1705 16 Zapatero 2 Hombre

1706 14 Sastre 4 Mujer viuda

1706 12 Platero 4 Hombre soltero

1706 14 Barbero 5 Mujer casada

1706 10 Carrocero 3 Hombre

1707 15 Platero 5 Hombre

1709 14 Zapatero 4 Mujer

1709 12 Carpimero 6 Mujer viuda

1709 10 Zapatero 5 Mujer viuda

1709 18 Herrero 3 Hombre casado

1709 12 Platero 6 Hombre viudo

1709 14 Platero 5 Hombre casado

1709 12 Herrero 5 Mujer

1709 17 Platero 5 Hombre

1709 15 Barbero 5 Hombre

1709 11 Zapatero 4 Mujer viuda

1709 12 Zapatero 3 Mujer

1710 16 Sastre 4 Mujer viuda

1710 14 Herrero 3 Hombre

1710 13 Zapatero 3 Mujer

1710 12 Zapatero 5 Mujer

1711 10 Carpintero 8 Hombre

1714 10 Zapatero 4 Hombre

1715 11 Zapatero 4 Hombre

1715 10 Sastre 3 Hombre

1715 16 Platero 5 Hombre

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siglo XVIII, que comenzaron precisamente en 1709-1710, lo que permitió a las

familias prescindir durante un tiempo (alrededor de cinco afios) de la mano de obra

infantil o adolescente que quedaba a disposición del maestro artesano.

La edad de los aprendices fluctuaba entre los 10 y 18 años, aunque existían

casos extremos en que el niño aprendiz tenía ocho años. Según las características

del oficio se pueden apuntar algunas tendencias sobre la edad del alumno; así,

oficios que implicaban la manipulación de objetos e instrumentos de trabajo

pesado, como era el caso de la herrería, requerían aprendices con edades que

fluctuaban entre los 14 y 19 años; otros oficios donde se necesitaba habilidad

manual más que fuerza física, como la sastrería, zapatería o platería, eran

realizados por niños y adolescentes de 10 a 14 años de edad.

La proporción de edad de los aprendices es como sigue: de 8 años

corespondieron a 2%; 10 años, 12%; 11 años, 8%; 12 años, 14%; 13 años, 12%;

14 años, 24%; 15 años, 6%; 16 años, 6%; 17 años, 2%; 18 años, 10 % y 19 años,

1%. Estos datos indican que, en general, al alcanzar una edad promedio entre los

doce y catorce años, el joven quedaba bajo el cuidado del maestro para iniciarlo

en el aprendizaje del oficio. El tiempo requerido para la enseñanza,

independientemente del oficio, no era menor de dos años ni mayor de cinco.

Aparentemente los oficios que requerían mayor tiempo para que el aprendiz

alcanzara los conocimientos y destrezas que lo equipararan concualquier oficial,

eran el de platero y el de herrero (cinco años), aunque el lapso era relativo, ya que

dependía de factores como la habilidad para el aprendizje, la edad, y otros. En

los casos analizados, la mayor parte de los contratos (80%) fue signada por el

padre del niño, y el restante por la madre. Parece ser que, dependiendo de quien

firmara el contrato, se incorporaban en su contenido algunas aclaraciones

interesantes, aspecto que analizaremos más adelante. Los oficios que más atraían

a los padres de los niños eran los de platero, carpintero y sastre (véase gráfica 2).

El interés por el oficio de platero era resultado obvio del carácter que como

centro productor de este metal tenía la ciudad, prácticamente desde el

establecimiento de los primeros conquistadores. También los carpinteros eran

artesanos que tenían gran demanda y de los mejor remunerados, tanto porque se

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requería de sus servicios para las construcciones civiles y religiosas, como -y

posiblemente esto era lo más importante- para la elaboración de instrumentos de

madera utilizados en la minería, particulanuente en los procesos de beneficio del

mineral, construcción de carretas, carros y puentes.

Gráfica 2. Contratos de aprendiz en la ciudad de Zacatecas. Siglo XVIII

Sin embargo, el oficio de mayor demanda era la sastrería; esto porque los

zacatecanos, sobre todo de las clases medias y altas, consideraban a la ropa y al

vestido entre sus bienes más apreciados, por lo que los servicios de un buen

sastre siempre eran requeridos.

Los contratos celebrados entre los maestros y los padres nos sugieren la

hipótesis de que existían diferentes actitudes hacia el niño por parte de estos

últimos. Así, hemos podido detectar que, cuando el padre firmaba el contrato, las

condiciones expresadas en el mismo eran muy simples y prácticas, lo que denota

su interés por que el muchacho aprendiera el oficio. En este sentido, los contratos

signados por hombres generalmente centraban su atención en que la enseñanza

del oficio debería ser teórica y práctica, que al final del entrenamiento el joven

debería dominar con destreza el oficio, y que llegado el caso de que éste no

hubiera aprendido, el maestro se responzabilizaría de "acabar de enseñar al

muchacho" pagándole lo que ganaba un maestro del oficio. De hecho, la mayoría

de los contratos que hemos revisado y que, insistimos, fueron firmados por el

padre o tutor del niño o adolescente, se caracterizan por su brevedad y

pragmatismo. Un ejemplo de ello es el siguiente:

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Notorio sea a los que la presente vieren como yo, Nicolás de Torres, mulato

libre y de esta ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, otorgo, pongo al

oficio con José del Villar maestro de dicho arte y así mismo de esta ciudad

con muchacho nombrado Juan de Torres que será de diez años poco más o

menos a quien ha criado desde edad de un año y tenido en la compañía en

lugar de hijo por no habérsele conocido padre y para que logra tener oficio lo

pongo al rederido con el dicho maestro para que le enseñe el de platero en

todas las cosas y otras del derecho para que me compelan y apremien como

por sentencia pasada en cosa juzgada, fecha en Zacatecas en veinte y cinco

de octubre de mil setecientos años.

Otro aspecto de los contratos en el que se hace énfasis es la obligación del

maestro de otorgar al aprendiz el vestido y las herramientas usadas en el oficio

una vez terminado el entrenamiento; durante todo el siglo las prendas fueron:

vestido de pantalón, medias, zapatos y sombrero.

A partir de 1708 se empezó a manifestar un pequeño cambio en los

contratos, particularmente en los firmados por mujeres, quienes pedían que

además de la enseñanza del oficio, el maestro inculcara al niño los preceptos

cristianos y las buenas costumbres; así lo solicitaba, por ejemplo, doña Simona

Rodríguez quien solicitaba que el maestro zapatero: "además de dicho oficio lo

imponga (a su hijo) en la doctrina cristiana y en otros actos perfectos", o Antonia

Valenzuela, mulata libre quien pedía que , "además del dicho oficio lo imponga en

la doctrina cristiana y en otros actos de buena crianza". Las anteriores

prevalecerían a lo largo del siglo y hacia las postrimerías los contratos celebrados

por mujeres alcanzaban ya mucho mayor detalle, lo que indica una actitud o

preocupación diferente a la manifestada a principios del siglo respecto al hijo que

dejaban en manos del maestro artesano. El siguiente -contrato de la viuda Trinidad

Terán, celebrado con Miguel Herrera, maestro de sastrería, es un buen ejemplo de

lo anterior.

Ante mi el escribano y testigos Trinidad Terán, vecina de esta ciudad de

estado viuda, a quien doy fe conozco, digo: que tiene un hijo llamado José

Francisco de edad de ocho años y ha determinado ponerlo en casa de Miguel

Herrera, maestro sastre de habilidad reconocida el que se combino en

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admitirIo por su aprendiz y para que tenga efecto de marca y forma que más

haya lugar en derecho, cerciorada de lo que le compete otorga que entrega

dicho su hijo al mencionado Miguel Herrera por su aprendiz a fin de que le

enseñe el oficio de sastrería que ejerce en el tiempo y con las condiciones

siguientes: Que en el decurso de cinco años que cumplieren en igual día de

la fecha del venidero de mil setecientos noventa y ocho ha de enseñarle el

referido oficio perfectamente sin ocultarIe cosa alguna de si teoría como de

práctica decente: que aplicandose este, capaz al fin de ellos para ser

examinado, aprobado y ejercerIo po si, sin intermediarios, documento ni

dirección de persona alguna; y nada ignore de lo que de el sea concerniente,

y para que aprenda hasta que ha de poder corregirIo y castigarlo prudente y

moderadamente sin herido ni lastimado, pena de los daños, y si lo hiciere o

liciare ha de ser motivo suficiente para compailía al expresado José

Francisco y darIe el alimento diario, ropa limpia, cama, y no otra cosa, del

mismo modo que si fuera hijo suyo, a este fin el enunciado muchacho ha de

hacer no sólo lo penenecieme a dicho oficio, sino lo que ofrezca a su maestro,

sea decente y no le impida aprendedo ni le ocupe el ticmpo que debe estar

empleado en el. Que si cumplidos los cinco años no estuviere hábil y capaz

para regentear dicho oficio por si solo en los casos y cosas que le ocurren a

satisfacción de imeligemes ha de poder la otorgante sacado de su casa y

ponerlo con todo maestro para que a costa del citado Miguel Herrera acabe

de enseñarlo e instruido en sus reglas y operaciones y queriendo impedido lo

ha de tener en su obrador por oficial y como tal pagade según se acostumbra

a los demás oficiales que, creen el mismo oficio y a ello se le ha de poder

apremiar en forma legal. Que si de una año contado desde hoy, conociere el

dicho maestro que el hijo de la otorgante no tiene suliciente capacidad o no

se aplica a aprender el referido oficio ha de tener aplicación de dade cuenta

para que le dedique a otro, de suerte que no pierda más tiempo, no por su

omición o silencio se le eroge detrimento alguno pena de satisfacerle el que

se estime; previniendo que por el trabajo de enseñanza en el año nada se ha

de dar en atención de poder servirse de él y no darle salario ni vestido. Que si

enfemare José Francisco en casa de su maestro le ha de cuidar este, a

menos que la otorgante quiera Ilevarlo a su casa, pero nada le ha de costar al

citado Miguel Herrera la botica, medico ni mantenimiento necesario para la

enfermedad y combalecencia pues todo quedaba a cargo de la otorgante.

Page 12: Artesanos aprendices

Que si huyere o ausentese de casa de su maestro sin motivo grave, ha de

buscado la otorgante y volverlo a ella, y el tiempo que faltare estar de más de

aprendiz, de suerte que todo este tiempo y eI que estuviere enfermo no se ha

de incluir más años estipulados, porque estos, han de ser íntegros sin

descuento, aunque esté perfectamente instmido antes de cumplidos o diga

que quiere aprender otro oficio que le sea más (útil, pues no se ha de alterar

este contrato con otro motivo o prevención que el de absoluta ineptitud,

exceciva rigidez, falta de alimemo necesario, o por emplear a su hijo en lo

que no debe. Que si dicho su hijo tomase de la casa de su maestro alguna

ropa, alhaja o dinero, contando la certeza por confesión de aquel o por

información fidedigna, pagará a este la otorgante Su importe y le volverá lo

que hubiese tomado sin excusa ni delación, y los daños que se le impongan

por esta causa, diferido el importe de estos en su relación jurada sin otra

prueba de que le lleva: en cuyo caso queda al arbitrio del maestro el

conservar en su casa o despedir al aprendiz no obstante que su madre le

reintegre todo.

A la madre de José Francisco le interesaba que su hijo aprendiera el oficio,

a tal grado que aceptaba que el niño fuera corregido pero, eso sí, con la debida

prudencia, ya que si el maestro se sobrepasara en su castigo, el contrato querbría

sin vigencia. La viuda no sólo mostraba una actitud de defensa y previsión sobre la

integridad física de su pequeño, sino que además señalaba un aspecto que

mostraba el amor materno en toda su expresión “que todo el tiempo referido ha de

tener en su casa y compañía al expresado José Francisco y darle alimento diario,

ropa limpia, cama, y no otra cosa, del mismo modo que si fuera hijo suyo”. Es decir,

Trinidad Terán solicitaba para su hijo, casa, compañía, alimento y vestido en las

mismas condiciones en que se brindaba a los hijos del maestro Miguel Herrera.

Al hacer hincapié en el castigo y la rigidez en la enseñanza de José

Francisco, la madre estaba sugiriendo la existencia de maltrato a los niños o

adolesccmes que estaban la custodia de otras familias. Sobre este aspecto, he

localizado algunos testimonios que dan cuenta de que en efecto, en la ciudad de

Zacatecas se presentaban casos de maltrato a la niñez. Así por ejemplo, a

mediados del siglo XVIIl (en 1761), María de la Rosa, vecina de la ciudad y viuda

de Diego Ponce, se quejaba y demandaba a Carlos de Pozos y a su mujer, a cuyo

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cuidado había puesto a sus cuatro hijos: Bernardo Cleto, Juan José, Luis y Juana

María, para que "los educase y enseñase, y los pusiese a trabajar". Don Carlos y

su esposa, en lugar de hacer lo anterior, habían -según María de la Rosa-

descuidado a los niños y:

“que olvidados los usos referidos de su educación cristiana, no sabe el dicho

Luis, ni aún quien es pios, pues habiendole puesto en la presencia de vuestra

merced, lo preguntó y no lo supo; y asi considero tan ignorantes de la

doctrina cristiana a sus hermanos, y el trabajo, rigor y selvicio, con que los

manda es tal, que sobre el darles poco de comel; traelos en carnes y por eso

desnudos, y no haberles dado a los tres dichos hermanos nada, a cuenta de

su trab.uo: No cumpliendo su tarea, los castiga cruelmente a solas; como lo

muestra el cuerpo del sitado Luis, que lleve a que vuestra merced lo viese;

cuyas aberturas y rasgones de carne que en su cuerpo se miran, no se le

acaban de cerrar; por lo que se huyó de casa de los susodichos y se vio a la

mía”.

Lo anterior explica que, en varios de los contratos analizados, las madres

insistieran en que su hijos no fueran golpeados por sus maestros, lo que,

aparentemente, no era motivo de especial preocupación del padre; a él le

interesaba sobre todo que el niño aprendiera bien el oficio, y el fin justificaba los

medios.

A lo largo de este trabajo hemos intentado mostrar mediante el análisis de

los "contratos de aprendiz" algunos aspectos relacionados con las actitudes de los

padres hacia sus hijos cuando cran puestos en custodia del maestro artesano para

que éste les ensei1ara un oficio. Sin duda para profundizar en estos aspectos es

necesario ampliar el número de casos analizados y, posiblemente, extender el

periodo de estudio hasta el siglo XIX. Por otra parte, estamos conscientes de que

el estudio de la niñez, particularmente la transmisión del saber del padre a los hijos,

que es el tema de nuestro interés, sólo lo podremos lograr si analizamos al niño en

compañía de quienes lo enseñaron, quienes lo amaron, lo alimentaron y también

de quienes lo golpearon.