Art No. 1.- Problematica del Precio de los Combustibles en El Peru

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ECONOMIA AL ALCANCE DE TODOS SITUACIÓN Y PROBLEMÁTICA ACTUAL DEL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES EN EL PERU PARTE I : DETERMINACIÓN DEL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES EN EL PERÚ. Econ. Edgard Campos Miranda ( * ) En principio quiero iniciar una serie de artículos relacionados con la problemática de los hidrocarburos en Perú sobre todo por el impacto del alza de precios de este “Commoditie” en la economía nacional, básicamente en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) cuya variación nos indica si hay o no inflación. Para tal efecto considero importante analizar los problemas que el cualquier gobierno tiene que afrontar con una firme posición política, para lograr una efectiva reducción del precio de los principales productos refinados que demanda nuestro país y que afectan directa e indirectamente el costo de la canasta de consumo así como también los costos de producción del sector industrial. Primer Problema: La Ley de Hidrocarburos “Fujimorista” DL 26221 La Ley 26221 – Ley Orgánica de Hidrocarburos – fue promulgada por el Gobierno de Alberto Fujimori el 13 de agosto de 1993, como una situación previa al inicio de la privatización parcial de Petroperú el 96. El artículo 8vo. establece que “Los Hidrocarburos “in situ” son de propiedad del Estado. El Estado otorga a PERUPETRO S.A el derecho de propiedad sobre los hidrocarburos extraídos para el efecto de que pueda celebrar Contratos de exploración y explotación de estos, en los términos que establece la Ley. El derecho de propiedad de PERUPETRO S.A sobre los hidrocarburos extraídos, será transferido a los Licenciatarios al celebrarse los Contratos de Licencia”. Finalmente el Art.77 del Titulo VII de la mencionada ley, establece que los precios relacionados con el petróleo crudo y los productos refinados, se rigen por la oferta y la demanda. Dos grandes problemas por cierto, el Art. 8 que le da la propiedad extraída al Contratista y el Art. 77 relacionada con la forma en que se fija el precio. Luego un Acuerdo de Directorio No. 039-1999-PP aprueba la Política de Fijación de precios de los combustibles de PETROPERU SA. Este acuerdo establece que los precios de los combustibles tenderán a establecerse internamente considerando como precio referencial la paridad internacional de importación, que técnicamente constituye el valor económico o costo de oportunidad. Este costo de oportunidad, según la Ley 26221- Ley de Hidrocarburos - corresponde entonces, a la Paridad de Importación que finalmente es un precio internacional referencial (PPI).

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ECONOMIA AL ALCANCE DE TODOS

SITUACIÓN Y PROBLEMÁTICA ACTUAL DEL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES EN EL PERU

PARTE I : DETERMINACIÓN DEL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES EN EL PERÚ.

Econ. Edgard Campos Miranda ( * )

En principio quiero iniciar una serie de artículos relacionados con la problemática de los hidrocarburos en Perú sobre todo por el impacto del alza de precios de este “Commoditie” en la economía nacional, básicamente en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) cuya variación nos indica si hay o no inflación.

Para tal efecto considero importante analizar los problemas que el cualquier gobierno tiene que afrontar con una firme posición política, para lograr una efectiva reducción del precio de los principales productos refinados que demanda nuestro país y que afectan directa e indirectamente el costo de la canasta de consumo así como también los costos de producción del sector industrial.

Primer Problema: La Ley de Hidrocarburos “Fujimorista” DL 26221

La Ley 26221 – Ley Orgánica de Hidrocarburos – fue promulgada por el Gobierno de Alberto Fujimori el 13 de agosto de 1993, como una situación previa al inicio de la privatización parcial de Petroperú el 96. El artículo 8vo. establece que “Los Hidrocarburos “in situ” son de propiedad del Estado. El Estado otorga a PERUPETRO S.A el derecho de propiedad sobre los hidrocarburos extraídos para el efecto de que pueda celebrar Contratos de exploración y explotación de estos, en los términos que establece la Ley. El derecho de propiedad de PERUPETRO S.A sobre los hidrocarburos extraídos, será transferido a los Licenciatarios al celebrarse los Contratos de Licencia”. Finalmente el Art.77 del Titulo VII de la mencionada ley, establece que los precios relacionados con el petróleo crudo y los productos refinados, se rigen por la oferta y la demanda. Dos grandes problemas por cierto, el Art. 8 que le da la propiedad extraída al Contratista y el Art. 77 relacionada con la forma en que se fija el precio.

Luego un Acuerdo de Directorio No. 039-1999-PP aprueba la Política de Fijación de precios de los combustibles de PETROPERU SA. Este acuerdo establece que los precios de los combustibles tenderán a establecerse internamente considerando como precio referencial la paridad internacional de importación, que técnicamente constituye el valor económico o costo de oportunidad. Este costo de oportunidad, según la Ley 26221- Ley de Hidrocarburos - corresponde entonces, a la Paridad de Importación que finalmente es un precio internacional referencial (PPI).Los principales crudos que sirven como “marcadores” en el mercado internacional son el West Texas Intermediate (WTI) es un tipo de petróleo del Golfo de México muy utilizado en EE.UU.desde 1983, el Brent es un precio referencial del petróleo utilizado en Europa y el Dubai es un precio referencial que rige para Asia y algunos países del Golfo Pérsico. Entre ellos la cotización del WTI es la referencia para la comercialización de petróleo crudo en el continente Americano y por consiguiente para el Perú, por lo tanto el precio referencial de importación es el PPI o también conocido como el WTI. Veamos a continuación como se determina este precio.

Los factores que afectan el comportamiento del precio del WTI son principalmente económicos, políticos y climáticos. Estos factores son exógenos, es decir, el Estado no los puede manejar, por tanto la cotización del petróleo crudo internacional WTI puede subir o bajar dependiendo especialmente de los diferentes acontecimientos de orden político, económicos y climáticos que ocurran en el mundo, especialmente en los países miembros de la OPEP ( oferta ) y los grandes consumidores ( demanda ).

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Segundo Problema a resolver: La Metodología para Determinar el Precio de Paridad de Importación ( PPI )

El Precio de Paridad de Importación (PPI ) esta constituida por la sumatoria de los siguientes ítems: El Valor FOB ( Free on Board – “ Costo o precio del barril de crudo o refinado producido en el Golfo de los Estados Unidos y puesto a bordo del barco “) + El Flete ( costo del transporte hasta el puerto del Callao) + El Seguro estimado en 0.25% del precio CFR ( FOB + Flete ) + El arancel Ad- Valorem , se aplica al precio CIF ( CFR + Seguro ) que asciende al 10.2% para las gasolinas y 9.6% para el resto de productos + Los Gastos de importación (gastos por inspección, portuarios ,tarifas que cobra ENAPU , costos por estadía de las naves y otros + Gastos de Almacenamiento y despacho +Gastos por gestiones comerciales + El Aporte OSINERG . La pregunta que surge y que será motivo del próximo articulo es ¿Nosotros le compramos a USA todo el petróleo y refinados?

Tercer Problema a resolver: Los impuestos que afectan a los Combustibles y el Presupuesto Público.

Para determinar el Precio ex Planta o ex Refinería (publicado por PETROPERU), hay que añadirle todos los impuestos indirectos que por Ley el Estado exige sean cargados a este producto. Son tres los impuestos indirectos:

- El Impuesto al Rodaje que representa el 8% sobre el precio ex Planta (que solo lo pagan las gasolinas 84, 90, 95 y 97) no están afectos el Diesel 2, Kerosene, GLP y Petróleos industriales.

- El Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), de soles por galón, que lo pagan todos los combustibles (menos el GAS Licuado de Petróleo GLP y los petróleos industriales y que constituye, en la actualidad un monto fijo en soles;

- El IGV de 19%, que afecta al (Precio Ex–Planta + Rodaje + ISC) que lo pagan todos los combustibles, sin excepción.

Estos tres impuestos indirectos, representan en la mayoría de gasolinas, GLP y Kerosene, el 50% del precio de venta al público.

Finalmente, a este Precio Neto hay que añadirle aun los gastos de transporte del mayorista y el margen de comercialización de cada grifo para obtener así el Precio de Venta al Público o al Consumidor, precios que se exhiben en los centros de venta. En lo que queda del presente año el Presupuesto Publico considera estos impuestos como Fuente de Financiamiento.

Resumiendo:

Precio de Venta=PPI+ Flete + Seguro +Arancel + Rodaje + ISC + IGV+Margen Comercialización

( * ) Profesor de Economía de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohamnn