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ArgumentaciArgumentacióón Judicial n Judicial
Universidad PanamericanaMaestría en Derecho Procesal ConstitucionalJean Claude Tron Petit
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Buena sentencia: Propósito
• Resolver conflicto o favorecer negociación, útil (fin);• Con y por medio del Derecho (instrumento);• Cumpla objetivos y consecuencias sociales y privadas que
orden jurídico tutela, debe entonces:• Explicar;• Justificar;• Permitir control de la decisión, impugnar;• Comunicar eficazmente lo decidido;• Argumentación adecuada en concepto:
– Formal (estructura y racionalidad)– Material (tema específico, validez y veracidad o probabilidad)– Pragmático (Diálogo, consenso, topoi aceptado, convence eficacia y funcionalidad
para resolver conflicto. Retórica)
– Consecuencialista (trascendencia, efectos)
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Neoconstitucionalismo
• Principios versus normas.– Valores morales positivizados para interpretar y argumentar
– Lectura moral, no literal, de valores subyacentes
• Ponderación versus subsunción.– Localizar principios, sopesar en abstracto, jerarquía en concreto
• Constitución versus independencia del legislador.– Contenido jurídico de la Constitución y sustancial condicionante
• Jueces versus libertad del legislador.– Juez adecua la ley a prescripciones constitucionales garantismo ¡en serio!– Exigencias de justicia sustancial que el caso trae consigo
– Racionaliza el sistema jurídico (derechos fundamentales no sean flatus vocis)
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Jerarquía Orden jurídico nacional
Constitución
Tratados yLeyes generales
Leyes ordinarias
Sentencias y Actos administrativos generales
Actos administrativos particulares
Inciden en todos los ordenes jurídicos
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Sentencias Actos administrativos
Principio
R
R
R
R
R
Directrices
Principio
R
R
R
Subprincipio Rp q
(P)c›R
P
Ideal
Definición
reglas
Pro hominePro libertateDignidadLibertad de ..
Elem. Gtía. AudienciaProporcionalidad en IsR
Economía procesalContradictorioIn dubio pro reo
EficienciaEducación,
SaludDesarrollo
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Componentes del Orden Jurídico
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Hechos y Normas
Maridaje indisoluble
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Elementos de las Reglas jurídicas
(acción y de fin)
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Normas de textura abiertaIndeterminación, vaguedad y penumbra
Circunstancias
Valores
Principios
Propósito
Oportunidad
¿Cómo ponderar lo que es difuso o indeterminado?Norma y Hechos, siempre interactúan en sinergia
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Interpretación de los conceptos jurídicos indeterminados
conceptos jurídicos indeterminados
“orden público”,“interés social”,“extrema necesidad”“ruinosidad”,“utilidad pública”,“apariencia del buen derecho”, “importancia y trascendencia”, “bien común”
adquieren un significado preciso y concreto sólo en presencia de las circunstancias específicas de cada caso particular [1]
[1] Warner Lambert A. R. 2617/96 15 mayo 2000
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Derechos y Garantías
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Derecho fundamentalLLíímites y restriccionesmites y restricciones
Derecho fundamentalDerecho fundamental expansivo
LLíímitemite (interno al derecho) constrictivo
RestriccionesRestricciones (externas al derecho) constrictivo
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Razonamientos judiciales: Razonamientos judiciales: ¿¿QuQuéé son?son?
Cadenas Cadenas vivasvivas y y dindináámicasmicas de:de:ArgumentosArgumentosInferenciasInferenciasProblematizacionesProblematizacionesVerdades y mentirasVerdades y mentirasStoriesStoriesFalaciasFalaciasEtc.Etc.
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Razonamiento jurRazonamiento juríídicodicoRazRazóón suficiente p n suficiente p qq
IssueRegulationApplicationConclusion
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Argumento judicial: Elementos Argumento judicial: Elementos ToulminToulmin 2/32/3
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Argumento judicial: Elementos Toulmin 2/3
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Argumento judicial: Elementos Argumento judicial: Elementos ToulminToulmin 3/33/3
Respaldo de la Garantía
Respaldo de los Datos
Salvedades
MatizaciónDatos
Garantía
Conclusión
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Actor Demandado
Juez
Pretensióngenérica
Contra pretensióngenérica
JustificaciónArgumentos en el quehacer judicial
¡Juego estratégico!
Sentencia y proveídos
Demanda (1) Contestación (1)
Razones Pruebas >> Hechos
(1) Pretensión específica: Causa de pedir (hechos y razones)
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Elementos de la acción
PruebasPruebasPr
ArgumentoArgumentocalificacalifica
H
A CausaCausa de pedirde pedirCP
PretensiPretensióónnP
HechosHechos
N P {IJ N P {IJ ∧∧ CP [(Pr CP [(Pr ⇒⇒ H) H) ∧∧ A A ∧∧ N] }N] }
FF
FinFin(entendida como núcleo)
N NormaNorma
Interés jurídico
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Objeto del proceso
Thema decidendi [1] Pretensión [2] Oposición
Causa petendi [3]
HechoDerecho
FactiIuris
Quaestio [5]
Ratio decidendi
Alegaciones [4]
[1] Litigio propuesto, temas de litis y del conflicto que debe ser resuelto. Lo introducen las partes. Congruente lo que se decida[2] Qué se pide[3] Razones de por qué se pide[4] Sustanciales y no sustanciales[5] Son dos disputas o desacuerdos sobre los que debe haber un pronunciamiento y que deben ser resueltos
Colomer Hernández Ignacio, La motivación de las sentencias: Sus exigencias constitucionales y legales, Valencia, tirant lo blanch, 2003
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Argumentos, fuerza dialéctica
ConcluyentesConcluyentes Demostración (deductivo)
ProbablesProbables
Prueba (inductivo)Analogía semejanza o discrepancia de razones Congruencia con evidencias ya demostradasHipótesis explica con fundamentos
Argumentos
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DiDiáálogo argumentativo: Procesologo argumentativo: Proceso
ProposiciProposicióón o premisa: Discurso mn o premisa: Discurso míínimonimoOposiciOposicióón: n: ContradiscursoContradiscurso, confrontaci, confrontacióónnProblema: ProposiciProblema: Proposicióón se n se problematizaproblematizaArgumentosArgumentos–– DatosDatos–– Relacionados con la proposiciRelacionados con la proposicióónn–– Pertinentes para la conclusiPertinentes para la conclusióónn–– Ley de paso entre datos y conclusiLey de paso entre datos y conclusióónn
ConclusiConclusióón justificada n justificada (v(váálida o plausible)lida o plausible)
P Prob Ar DatOp Con
L Pa
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Orden jurídico: Funcionalidad
Valores
Directrices
Principios y
SubprincipiosPonderables Derecho concentrado Optimizar
CJI Ponderar y subsumir
Reglas Subsumibles
Ideal
P
(P) c→R
p→q
CJI: Conceptos jurídicos indeterminados, textura abierta
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Sentencias Actos administrativos
Principio
R
R
R
R
R
Directrices
Principio
R
R
R
Subprincipio Rp q
(P)c›R
P
Ideal
Definición
reglas
Pro hominePro libertateDignidadLibertad de ..
Elem. Gtía. AudienciaProporcionalidad en IsR
Economía procesalContradictorioIn dubio pro reo
EficienciaEducación,
SaludDesarrollo
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Modelos de argumentaciModelos de argumentacióónn
Reglas: Reglas: KelsenKelsen (formulista)(formulista) y y HartHart (anal(analíítico)tico)
Principios: Principios: DworkinDworkin
Procedimiento Procedimiento ((dialdialóógicogico y ponderaciy ponderacióón)n): : AlexyAlexy
Garantismo: Garantismo: FerrajoliFerrajoli
Norma
Soluciones discrecionales, juez las construye, continúa el proceso de determinación que ley dejó incompleto
Normas múltiples e indeterminadas
Solución una y perfecta
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DworkinDworkin: Teor: Teoríía interpretacia interpretacióón constructivan constructiva
PrácticaSentido: Propósitos y valoresPrimacía: Valores frente a reglas
Etapas• Preinterpretativa:
– Identifican reglas y normas que son contenido de la práctica• Interpretativa:
– Justificación de elementos de la práctica, sirve a bienes jurídicos– Articula y pondera teorías y sentidos por lagunas antinomias o
concepciones diversas. Agrega principios• Posinterpretativa o reformadora:
– Ajuste de sentidos en pugna a la justificación. Mostrar a práctica como: “Mejor ejemplo posible” del género. Máximo desarrollo de posibilidades
– Derecho: Proceso interpretativo de práctica social. Relaciona Derecho con moral
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ArgumentaciArgumentacióón Judicial n Judicial (formal)(formal)
RazonamientoRazonamiento
SubsuntivoSubsuntivo o clasificatorioo clasificatorio R acciR accióónn Subsume hechos establece acciSubsume hechos establece accióónn
FinalistaFinalista R finesR fines Elige acciElige accióón idn idóónea, alcanzar finnea, alcanzar fin
PonderaciPonderacióónn PrincipiosPrincipiosIdentifica y pondera principiosIdentifica y pondera principiosCrea regla que optimizaCrea regla que optimizaSubsume, o aplica medio idSubsume, o aplica medio idóóneo a finneo a fin
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Contexto ontológico de la argumentación
• Tema: (general o contexto y particular).- Intereses debatidos– Objeto.- Materia del juicio
• Problema. – Lo que debe decidirse, disyuntiva• Tesis. - Pretensión, conclusión o postura de argumentador, • Argumentos. - Razones que fundamentan la tesis
– Premisa o base.- Información, circunstancias, condiciones– Líneas argumentativas– Ley de paso o justificación.- Principios o relevancia de premisas
• Garantía o respaldo.- Regla, ley, fórmula, principios, jurisprudencia– Reserva o modalización.- Condiciones, matices significativos,
probabilidades, cualificadores o presunciones
– Refutación.- Impugnación a elementos del argumento, derrotabilidad• Conclusión: Justificada
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Argumentos: Modalidades
Formal. Encadenamiento y funcionalidad de proposicionesEsquema, paso de premisas, subsunción
Material. Contenido premisas razones para resolver o aporía. Verdad o corrección del contenido premisas y conclusión
Externa. Ars inveniendi Justificar premisas heurísticoInterna. Ars iudicandi Validez inferencia
Pragmático. Diálogo, consenso, topoi aceptado, convence
Argumentoconcepción
Argumentoconcepto
Doctrinal
Judicial
Legislativo
Justificación
Verdad. Q. facti
Razonabilidad. Q. iurisArgumentojuicios
PartesJuez
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Argumentos: ConcepcionesArgumentos: Concepciones
FormalFormalIdentificar premisas y conclusiIdentificar premisas y conclusióón en pasajen en pasajeDistinguir razonamientos deductivos e inductivosDistinguir razonamientos deductivos e inductivosTraducir a notaciTraducir a notacióón ln lóógica gica ((validityvalidity, validez), validez)Construir prueba formal de validez de razonamientosConstruir prueba formal de validez de razonamientos
MaterialMaterialCompromiso con verdad o correcciCompromiso con verdad o correccióón del contenido de n del contenido de argumentos argumentos ((soundnesssoundness, solvencia, seguridad), solvencia, seguridad)Justificar, explicar, averiguar, constatar, predecir, Justificar, explicar, averiguar, constatar, predecir, recomendarrecomendarUsar formas Usar formas argumentalesargumentales
PragmPragmááticaticaEfecto persuasivo, defensa o ataque de tesisEfecto persuasivo, defensa o ataque de tesisInteracciInteraccióón social, dialn social, dialééctica o retctica o retóóricarica
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Etapas que deben motivarseEtapas que deben motivarse
Originalmente dirigido a las autoridades ejecutoras (forma), la jurisprudencia lo extiende a las ordenadoras (forma y contenido)
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Elementos de fundar y motivarElementos de fundar y motivar
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Acto administrativo: ElementosActo administrativo: Elementos
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MotivaciMotivacióón: n: ¿¿QuQuéé es o para ques o para quéé es?es?Vista como una prVista como una prááctica, atender sentido y finesctica, atender sentido y fines
OmitidaOmitida No se reconoce la aplicaciNo se reconoce la aplicacióón del sistema jurn del sistema juríídico (aspectos dico (aspectos reglados) o de criterios racionales (aspecto discrecional)reglados) o de criterios racionales (aspecto discrecional)
IncongruenteIncongruente Entre los argumentos justificatorios y la decisiEntre los argumentos justificatorios y la decisióón, de n, de manera que no se puede identificar la manera que no se puede identificar la ratio decidendiratio decidendi
InsuficienteInsuficiente
Faltan razones que permitan conocer los criterios Faltan razones que permitan conocer los criterios fundamentales de la decisifundamentales de la decisióón. Pron. Pro--formaformaLLóógica y jurgica y juríídicamente debe existir suficiente dicamente debe existir suficiente motivacimotivacióón. Elemento diferenciador entre n. Elemento diferenciador entre discrecionalidad y arbitrariedad. Debe explicar el discrecionalidad y arbitrariedad. Debe explicar el procedimiento decisorio, procedimiento decisorio, iter dicisioiter dicisio
IndebidaIndebidaApreciaciApreciacióón o valoracin o valoracióón de los hechos n de los hechos AplicaciAplicacióón o interpretacin o interpretacióón de fundamentos n de fundamentos SubsunciSubsuncióón o Ponderacin o Ponderacióónn
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MotivaciMotivacióón: Mapa conceptualn: Mapa conceptual
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RUBRO: FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. EL ASPECTO FORMAL DE LA GARANTÍA Y SU FINALIDAD SE TRADUCEN EN EXPLICAR, JUSTIFICAR, POSIBILITAR LA DEFENSA Y COMUNICAR LA DECISIÓN. TEXTO: El contenido formal de la garantía de legalidad prevista en el artículo 16 constitucional relativa a la fundamentación y motivación tiene como propósito primordial y ratio que el justiciable conozca el “para que” de la conducta de la autoridad, lo que se traduce en darle a conocer en detalle y de manera completa la esencia de todas las circunstancias y condicionesque determinaron el acto de voluntad, de manera que sea evidente y muy claro para el afectado poder cuestionar y controvertir el mérito de la decisión, permitiéndole una real y auténtica defensa.
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Por tanto, no basta que el acto de autoridad apenas observe una motivación pro forma pero de una manera incongruente, insuficiente o imprecisa, que impida la finalidad del conocimiento, comprobación y defensa pertinente, como tampoco es válido exigirle una amplitud o abundancia superflua, pues es suficientela expresión de lo estrictamente necesario para explicar, justificar, posibilitar la defensa y comunicar la decisión a efecto de que se considere debidamente fundado y motivado, exponiendo los hechos relevantes para decidir, citando la norma habilitante y un argumento mínimo pero suficiente para acreditar el razonamientodel que se deduzca la relación de pertenencia lógica de los hechos al derecho invocado, que es la subsunción. CLAVE: TC014520.9AD1
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Motivación de orden de aprehensión
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FuncionesFunciones yy contenidocontenido de la de la decisidecisióón y sus razonesn y sus razones
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OrganizaciOrganizacióón de ensayo y Redaccin de ensayo y Redaccióón judicial n judicial
Explicar el problemaExplicar el problema
Formular una propuesta o Formular una propuesta o
afirmaciafirmacióón definitivan definitiva
Desarrollar los Desarrollar los
argumentos de modo argumentos de modo
completocompleto
Examinar las objecionesExaminar las objeciones
Examinar las alternativas.Examinar las alternativas.
Seguir un esquemaSeguir un esquema
Puntualizar el problema Puntualizar el problema centralcentral
Analizar todas las posibles Analizar todas las posibles solucionessoluciones
Desarrollar Desarrollar completamente los completamente los argumentosargumentos
Usar un lenguaje claro y Usar un lenguaje claro y especespecíífico.fico.
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PretensiónOposición a pretensión
Tema(s)Intereses
Problema(s)
Líneas de argumentación
Esquema estructura formal de un juicio (genérico)
Puntos partida
Conclusión
Derivan de los pronunciamientos de las partes, aspectos problematizados. Pueden ser varios
Decisiones parciales y la final del macrosilogismo
Es un ejemplo puede ser más sencillo o complejo cada caso
Enunciado empírico
Enunciado normativo
Adopta principio
-
Si
?
Iure
Iure Iure
Facto
Valor
Iure
Entonces
Principio
Facto
Iure
Iure
Planteamiento del problema
Pregunta
E. Normativo
E. Empírico
Asume juicio de valor (en el caso insuficiente)
Adopta principio
Conclusión
Esquema de una sentencia de T C
Pretensión Oposición a la pretensión
Facto
Facto
-
Naturaleza de argumentos
Quaestio FactiIurisTesis propuestaStatus quaestionis sentido
Tesis consiguiente
FundamentoRazón
Fundamento antecedenteForma Ilación
consecuencia
Problema o teorema
Materia
Demostraciónaspectos
-
Discurso y ArgumentaciDiscurso y Argumentacióón n (aspectos formales)(aspectos formales)
ArgumentaciArgumentacióónn
LLííneas argumentativasneas argumentativas
Argumentos Argumentos (diagrama flujos y (diagrama flujos y solidez) solidez) punto partida/lpunto partida/lííneas/conclusineas/conclusióónn–– Cadena de razonamientos Cadena de razonamientos
derrotables para alcanzar o derrotables para alcanzar o establecer una conclusiestablecer una conclusióón en lugar n en lugar de pruebasde pruebas
(2.A) (2.B)
(2.B.1)
(2.B.2)
(2.A.1) (2.A.1.1)
3
4
(2.A.2)
(2.A.3)
2
Representar
FlujoContenidoActo de lenguajeInterrogaciónPrincipiosReglasDefiniciones
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Fundamento 5
LITIS: Los hechos no pueden conceptuarse como genocidio, por que la represión no fue contra ningún grupo
Nacional Étnico Racial Religioso
Este planteamiento sencillo se pretende contestar con prolija referencia a la competencia de la jurisdicción española, a la trascendencia social y moral del delito de genocidio, a la descripción del bien tutelado y al análisis textual de los preceptos de la Convención y del Código Penal (descontextualizados). Además se dice que:
Acciones fueron
Muertes Detenciones Desapariciones Torturas
Exterminio a grupo de población chilena diferenciado
En tipo no aparece término político
Código Penal no puede excluir los hechos
Entendimiento restrictivo permitiría acciones odiosas como … (pendiente resbaladiza)
Prevención y castigo por comunidad internacional no permite excluir según «lógica»del sistema a grupos diferenciados
En el tiempo y país de los hechos se trató de destruir a grupo diferenciado
Contrarios al régimen militar
Silencio no equivale a exclusión???
Necesario evitar impunidad de crimen horrendo
Hubo también entre víctimas a españoles y extranjeros
También ciudadanos indiferentes
Irrelevante la intención de redactores, cobra vida por firmas subsecuentes y adhesiones ¿??
Grupo nacional, basta sea diferenciado ¿??
Víctimas reales y potenciales integraba
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INEJECUCION DE SENTENCIA. SI EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION CONSIDERA QUE UNA AUTORIDAD INCURRIO EN ELLA Y DECIDE SEPARARLA DE SU CARGO, DEBE CONSIGNARLA DIRECTAMENTE ANTE EL JUEZ DE DISTRITO QUE CORRESPONDA. Aun cuando de conformidad con lo establecido por los artículos 21 y 102 de la Constitución la regla general en materia de persecución de delitos del orden federal incumbe al Ministerio Público de la Federación, en los casos en que una autoridad insistiere en la repetición del acto reclamado en un juicio de amparo o tratare de eludir el cumplimiento de la sentencia, será el Pleno de la Suprema Corte, una vez que resuelve separarla inmediatamente de su cargo, quién deberá consignarla directamente al juez de Distrito que corresponda para que la juzgue por la desobediencia cometida, la que será sancionada en los términos que el Código Penal en materia federal señala para el delito de abuso de autoridad. La razón radica en que en esa hipótesis, la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución establece una situación de excepción al señalar claramente que además de la separación inmediata del cargo de la autoridad contumaz será "consignada ante el juez de Distrito que corresponda".
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Al respecto debe aplicarse el artículo 208 de la Ley de Amparo y no el segundo párrafo del 108 en el que se determina, en relación al mismo supuesto, que se hará la consignación al Ministerio Público para el ejercicio de la acción penal correspondiente, pues ante dos disposiciones contradictorias en el mismo cuerpo legal, debe atenderse a la que reproduce la disposición constitucional y no a la que se le opone, tomando en cuenta, por un lado, el principio de interpretación de que debe preferirse la norma específica frente a la general y, por otro, que si el Pleno del más Alto Tribunal de la República llega a la conclusión de que una autoridad incurrió en desacato a una sentencia de amparo y decide separarla de su cargo no puede condicionar su obligación de consignarla penalmente ante el juez de Distrito que corresponda que le impone la Constitución, a la determinación del Ministerio Público, el que, por otra parte, debe tener dentro del proceso respectivo la participación que legalmente le corresponde. Tesis: P. XI/91
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107-XVISituación excepciónA. 21 y 102 Const.
Pleno consigna Juez juzga
M P participa en proceso
Antinomia elegir norma
Aplicar 208 LA No aplicar 108 LA
Reproduce Constitución
Se opone Constitución
No condicionar consignación a
determinación M P
¿Qué pena puede aplicar?
¿Puede no aplicar pena alguna?
¿En qué consiste su
participación?
No se frustre potestad de
consignar al Pleno
¿Puede frustrar sentencia de
condena?
Facultad Pleno SCJN para consignar penalmente por incumplimiento de sentencia
Aplicar sanción términos Cod.
Penal
-
1
3
2
2.A.3.
2.A.2.
2.A.1.
2.A.3.3.
2.A.3.2.
2.A.3.1.
3.B.3.A.3.A.2.
3.A.1.3.B.1.
3.B.2.
3.B.1.2.
3.B.1.1.
3.B.2.2.
3.B.2.1.
3.B.2.2.1.
3.B.2.2.1.
4.A.4
Diagrama de verificación de la corrección argumentativa formal
(anómalo)
-
a
d
e
gk
h
ji
f c
b
Caso Grapo
Punto de partidaProblema
Conclusión ySolución
Pregunta
E. Normativo
Definición o significado
Juicio de valor
E. Empírico
-
Kalanke Caso en parte
(2.A) (2.B)
(2.B.1)
(2.B.2)
(2.A.1) (2.A.1.1)
3
4
(2.A.2)
(2.A.3)
2
-
IlIlíícitos atcitos atíípicospicos
Abuso del Derecho
Fraude a la ley
Desvío de poder
Formalismo legalReglas sin justificación (valorativa)Daños excesivos, única finalidad y sin un fin serio que legitime (s/principios)
Daño injustificado o beneficio indebido (s/principios)Resultado no prohibidoEstado de cosas debe ser evitado
Regla confiere poder público Resultado: acto administrativo o disposición jurídicaEstado de cosas injustificado (s/principios)
-
Abuso del DerechoAbuso del Derecho
-
IlIlíícitos atcitos atíípicospicos
Argumentación JudicialBuena sentencia: PropósitoNeoconstitucionalismoJerarquía Orden jurídico nacionalComponentes del Orden JurídicoHechos y NormasElementos de las Reglas jurídicas(acción y de fin)Normas de textura abiertaIndeterminación, vaguedad y penumbraInterpretación de los conceptos jurídicos indeterminadosDerechos y GarantíasLímites y restriccionesRazonamientos judiciales: ¿Qué son?Razonamiento jurídicoRazón suficiente p qArgumento judicial: Elementos Toulmin 2/3Argumento judicial: Elementos Toulmin 2/3Argumento judicial: Elementos Toulmin 3/3Elementos de la acciónArgumentos, fuerza dialécticaDiálogo argumentativo: ProcesoOrden jurídico: FuncionalidadModelos de argumentaciónDworkin: Teoría interpretación constructivaArgumentación Judicial (formal)Contexto ontológico de la argumentaciónArgumentos: ModalidadesArgumentos: ConcepcionesEtapas que deben motivarseElementos de fundar y motivarActo administrativo: ElementosMotivación: ¿Qué es o para qué es?Vista como una práctica, atender sentido y finesMotivación: Mapa conceptualMotivación de orden de aprehensiónFunciones y contenido de la decisión y sus razonesOrganización de ensayo y Redacción judicialNaturaleza de argumentosDiscurso y Argumentación (aspectos formales)Ilícitos atípicosAbuso del DerechoIlícitos atípicos