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ARANCELESMircoles, 31 de Julio de 2013 18:01 | Escrito por Administrator |||CONCEPTOSon los derechos aduaneros que se deben abonar al internar una mercadera dentro del proceso de nacionalizacin de un bien. El Arancel es el impuesto o derecho aplicable a toda mercadera a ser importada para ingreso fiscal y equilibrio en la Balanza Comercial. Tambien para afectar a las Empresas con el arancel.Tiene como efecto la diferenciacin entre el precio de venta internacional con el precio del bien nacionalizado.

Es el valor y aforo que es establecido como consecuencia de contratos establecidos entre el Estado y las Empresas Supervisoras. Es el precio sobre el cual se v a aplicar la tasa arancelaria y los impuestos respectivos.El Arancel tiene por objeto:a). Generar ingresos fiscalesb). Influenciar en la Balanza Comercial.c). Proteger la industria NacionalLos Efectos del Arancel son:a) Diferenciacin entre el precio internacional y el precio del bien en el Mercado Interno.b) Los productores nacionales tendrn como referencia el valor oficial mas la tasa del arancel y los impuestos respectivos.c). El nuevo precio afecta la cantidad de las exportaciones.d). Produce el incremento de Ventas de los Productores Nacionales.e). Si se tratara de un Pas relativamente grande, puede generar recesin del mercado del bien.a) Derechos Compensatorios anti-dumpingSe d cuando hay precios dumping en el exterior que vienen a competir a nuestro pas y perjudica a las industrias. Este derecho es un castigo con el objeto de eliminar el dumping.Un precio dumping es aquel cuando el precio de venta de exportacin en su pas es menor al de su mercado interno.El dumping genera una practica de discriminacin de precios. Hecho que se refleja cuando una empresa extranjera exporta sus productos a otro pas a precios mas bajos de su cotizacin en el mercado interno. Genera una distorsin del sistema contribuyendo a una competencia desleal del producto que llega de afuera en relacin con el producto en el pas.b) Derechos Compensatorios frente al subsidioCuando un precio del exterior viene a competir y fu subsidiado por el gobierno de su pas. Hay dos tipos de subsidios: los que se aplican a la generacin del producto y los que se aplican a la exportacin del producto.Este derecho consiste en la aplicacin de un castigo frente a los subsidios otorgados por el Estado exportador en la venta de sus productos.Las subvenciones son dadas por los Estados. Su objetivo es ser un beneficio que busca que sus productos sean competitivos en el extranjero. Se d cuando un gobierno o cualquiera de sus organismos pblicos realiza una transferencia de fondos o condona, o simpelente no cobra algunos impuestos sobre las ventas. El objetivo es otorgar un instrumento para sostener los ingresos o precios de determinados productos a niveles internacionales y, sobre todo, competitivos.BARRERAS ARANCELARIASDada la importancia del comercio internacional para una economa concreta, los gobiernos a veces restringen la entrada de bienes forneos para proteger los intereses nacionales. La intervencin de los gobiernos puede ser una reaccin ante polticas comerciales emprendidas por otros pases, o puede responder a un inters por proteger un sector industrial nacional poco desarrollado. Desde el surgimiento del moderno comercio internacional, los pases han intentado mantener una balanza comercial favorable, es decir, exportar ms de lo que importan.En una economa monetaria, los bienes no se intercambian por otros bienes, sino que se compran y venden en el mercado internacional utilizando unidades monetarias de un Estado. Para mejorar la balanza de pagos (es decir, para aumentar las reservas de divisas y disminuir las reservas de los dems), un pas puede intentar limitar las importaciones. Esta poltica intenta disminuir el flujo de divisas de un pas al exterior.Contingentes a la importacinUna de las formas ms sencillas para limitar las importaciones consiste en impedir que entren en el pas bienes producidos en el extranjero. Por lo general, se establece un lmite cuantitativo a la entrada de productos forneos. Estas restricciones cuantitativas se denominan contingentes. Tambin son tiles para limitar la cantidad de divisas o de moneda nacional que puede entrar y salir del pas. Los contingentes a la importacin representan el medio ms rpido de frenar o revertir una tendencia negativa en la balanza de pagos de un pas. Tambin se utilizan para proteger a la industria nacional de la competencia exterior.

ArancelesEl mtodo ms comn para frenar las importaciones consiste en establecer aranceles a la importacin, impuestos que gravan los bienes importados. El arancel, pagado por el comprador del bien, eleva el precio de ese producto en el pas importador. Este aumento desincentiva la demanda de consumo de bienes importados, por lo que consigue reducir de modo eficiente el volumen de importaciones. Los impuestos percibidos aumentan los ingresos del Estado. Adems, los aranceles constituyen un subsidio encubierto para las industrias competidoras de productos importados; cuanto mayor sea el precio resultante de la aplicacin del arancel, mayor ser el beneficio de los productores nacionales al poder vender a un precio superior del que podran establecer en caso de competencia internacional, lo que puede incentivarles para aumentar su propia produccin.Barreras no arancelariasDurante los ltimos aos se ha incrementado la creacin de barreras no arancelarias al comercio. Aunque no siempre se imponen este tipo de barreras con el objetivo de reducir el comercio, de hecho tienen este efecto. Entre este tipo de barreras se encuentran las regulaciones nacionales sobre higiene y seguridad, cdigos deontolgicos y polticas impositivas. La subvencin pblica a determinadas industrias tambin puede considerarse como una barrera arancelaria al libre comercio, porque estas subvenciones conceden ventajas a las industrias nacionales.Existen dos formas importantes de barreras no arancelarias:?Cuotas.?Restricciones voluntarias a la exportacin.La cuota es una restriccin cuantitativa a las importaciones de un bien en particular. Establece la cantidad mxima del bien que puede importarse en un periodo dado.La restriccin voluntaria a la exportacin es un acuerdo entre dos gobiernos por el cual el gobierno del pas exportador acuerda restringir el volumen de sus propias exportaciones. Las restricciones voluntarias a la exportacin se conocen a menudo como RVE.Las barreras no arancelarias se han convertido en caractersticas importantes de los acuerdos de comercio internacional desde la Segunda Guerra Mundial y ahora hay un acuerdo general respecto a que las barreras no arancelarias son un obstculo mas serio al comercio internacional que los aranceles.Es difcil cuantificar los efectos de las barreras no arancelarias en una forma que facilite su comparacin con los aranceles pero algunas investigaciones han tratado de hacer precisamente eso. Esas investigaciones tratan de estimar la tasa del arancel que restringira el comercio en la misma cantidad que las barreras no arancelarias. Mediante esos clculos, se pueden sumar las barreras no arancelarias con los aranceles para estimar la proteccin total. Al sumar las barreras no arancelarias a los aranceles, en el caso de Estados Unidos, la proteccin total aumenta en ms de tres veces. Aun as, Estados Unidos es el pas menos proteccionista. La proteccin total es ms alta en la Unin Europea y todava ms alta en otros pases desarrollados y Japn. Los pases menos desarrollados y los llamados pases recin industrializados tienen las tasas de proteccin ms altas.Las cuotas son especialmente importantes en la industria textil, en la que existe un acuerdo internacional llamado el acuerdo multifibras, el cual fija cuotas a una amplia gama de productos textiles. La agricultura tambin est sujeta a numerosas cuotas. Las restricciones voluntarias a la exportacin son particularmente importantes en la regulacin del comercio internacional de automviles entre Japn y Estados Unidos.Funcionamiento de las cuotas y de las RVELa diferencia clave entre una cuota y un arancel reside en quin obtiene el beneficio representado por la diferencia entre el precio de oferta de importacin y el precio de venta interno. En el caso de un arancel, esa diferencia la recibe el gobierno. En el caso de una cuota; esa diferencia la recibe la persona que tiene el derecho a importar con las regulaciones de cuotas de importacin.Una restriccin voluntaria de exportacin es como el establecimiento de un acuerdo de cuotas, en el que se asignan cuotas a cada pas exportador. Los efectos de una restriccin voluntaria a la exportacin son similares a los de las cuotas, pero difieren de ellas en que la brecha entre el precio interno y el precio de exportaciones queda en manos del exportador extranjero y no en las de los importadores nacionales. El gobierno del pas exportador tiene que establecer procedimientos para asignar el volumen restringido de exportaciones entre sus productores.Dos de las industrias ms protegidas actualmente en Estados Unidos son las del vestido y los textiles. Se ha calculado que la proteccin total de esas industrias, que reviste principalmente la forma de cuotas, cuesta a la familia estadounidense promedio entre 200 y 400 dlares al ao. A pesar de esto, la Cmara de Diputados aprob una nueva ley (la ley de comercio de textiles y vestido) en 1975, que, de haberse promulgado, habra aumentado todava ms la proteccin a esas industrias y habra aadido entre 300 y 400 dlares anuales en costos adicionales a la familia promedio. Si incluimos toda la proteccin, se ha calculado que el costo anual para una familia estadounidense rebasa los 1000 dlares.Otra forma de examinar el costo de la proteccin consiste en calcular el costo de cada empleo salvado. Por ejemplo, se ha estimado que proteger un empleo en la industria textil cuesta 46000 dlares al ao; un empleo en la industria del calzado cuesta cerca de 80000 dlares al ao y un empleo en las industrias del carbn; de acero y del automvil cuesta ms de 80000 dlares al ao. En todos estos casos, cuesta varias veces ms salvar un empleo mediante barreras al comercio in-ternacional que los salarios de los trabajadores afectados.Por qu seran preferibles las cuotas y las RVE a los arancelesA primera visa, parece un misterio que los pases quieran usar cuotas, y todava ms desconcertante que quieran usar restricciones voluntarias a la exportacin. Hemos visto que el mismo precio interno y la misma cantidad de importaciones pueden lograrse usando cualquiera de los tres mecanismos para restringir el comercio. Sin embargo, un arancel roporciona al gobierno una fuente de ingreso; una cuota proporciona un beneficio a los importadores nacionales; y una restriccin voluntaria a la exportacin proporciona un beneficio al extranjero. Por qu, entonces, deseara un pas usar una cuota o una restriccin voluntaria a la exportacin en vez de un arancel?Hay tres razones posibles. Primera, un gobierno puede usar las cuotas para recompensar a sus partidarios polticos. Con una cuota, los permisos de importacin se vuelven tremendamente rentables. As que el gobierno confiere riqueza a la gente a quien otorga permisos de importacin.Segunda, las cuotas son instrumentos ms precisos para mantener bajas las importaciones. Al fluctuar la demanda, el precio interno de un bien tambin lo hace, pero no hay fluctuacin en la cantidad importada. Supongamos que la demanda de importaciones flucta. Con una cuota, estas fluctuaciones de demanda simplemente producen fluctuaciones del precio interno de las importaciones, pero no cambian el volumen de importaciones. Con un arancel, las fluctuaciones de demanda no ocasionan un cambio del precio interno, sino ms bien cambios grandes del volumen de importaciones. As que si por alguna razn el gobierno quiere controlar la cantidad de importaciones, pero no le importan las fluctuaciones del precio interno, entonces usar una cuota.Tercera, las diferentes ramas del gobierno tienen jurisdiccin sobre aspectos diferentes de las restricciones al comercio internacional. El Congreso est facultado para imponer aranceles. La rama ejecutiva tiene el poder de imponer barreras no arancelarias. Asi que el cambio de aranceles es un asunto lento y engorroso que requiere la promulgacin de una ley del Congreso. En cambio, las barreras arancelarias pueden cambiarse rpidamente, siempre y cuando la administracin est convencida de la necesidad del cambio.Por qu habra de usar un gobierno restricciones voluntarias a la exportacin en vez de un arancel o una cuota? El gobierno quizs quiera evitar una guerra de aranceles o de cuotas con otro pais. Si un pas establece un arancel o una cuota, eso podra alentar a otro pas a imponer un arancel o una cuota similares a las exportaciones del primer pas. Una guerra de aranceles o cuotas podra dar como resultado un volumen mucho menor de comercio y un resultado peor para ambos pases. Una restriccin voluntaria a la exportacin podra verse como una forma de lograr restricciones comerciales para proteger a las industrias nacionales, pero con algn tipo de compensacin para alentar al pas extranjero a aceptar esa situacin y a no tomar represalias con sus propias restricciones. Por ltimo, las RVE a menudo son la nica forma de restriccin comercial que puede adoptarse legalmente, segn el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio.RESTRICCIONES NO ARANCELARIASSe les puede definir como cualquier medida de carcter administrativo, financiero, cambiario o de cualquier naturaleza, mediante la cual un pas miembro de un bloque comercial impida o dificulte por decisin unilateral, el comercio recproco.Hay una serie de Acuerdos que tratan de diversas cuestiones tcnicas, burocrticas o jurdicas que podran constituir obstculos al comercioARANCEL ADUANEROIncluye cualquier impuesto o arancel a la importacin y cualquier cargo de cualquier tipo aplicado con relacin a la importacin de bienes, incluida cualquier forma de sobre tasa o cargo adicional a las importaciones, excepto:a. Cualquier cargo equivalente a un impuesto interno establecido en la OMC. o cualquier disposicin equivalente de un acuerdo sucesor del cual ambos pases sean parte, respecto a bienes similares, competidores directos o sustitutos del pas, o respecto a bienes a partir de los cuales se haya manufacturado o producido total o parcialmente el bien importado;b. Cualquier derecho anti-dumping o compensatorio que se aplique de acuerdo con la legislacin interna del pas y no sea aplicada de manera incompatible con las disposiciones del Captulo M Derechos anti-dumping y compensatorios de la OMC.c. Cualquier derecho u otro cargo relacionado con la importacin, proporcional al costo de los servicios prestados; yd. Cualquier prima ofrecida o recaudada sobre bienes importados, derivada de todo sistema de licitacin, respecto a la administracin de restricciones cuantitativas a la importacin, de aranceles cuota o niveles de preferencia arancelaria.