ANÁLISIS DE LA LEY N°19.983, QUE REGULA LA · PDF filede la factura, con lo cual se...
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ESCUELA DE DERECHO IQUIQUE
ANLISIS DE LA LEY N19.983, QUE REGULA LA TRANSFERENCIA Y OTORGA MRITO EJECUTIVO A
LA COPIA DE LA FACTURA
ALUMNAS: CAROLINA QUINTEROS MUOZ CATHERINE PAOLINI CARRASCO
PROFESOR GUA: MAURICIO SCHMIDT SILVA
MEMORIA DE PRUEBA PARA OPTAR AL GRADO DE LICENCIADO EN CIENCIAS JURDICAS
2006
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NDICE TEMTICO Introduccin 5
PARTE GENERAL
CAPITULO I
CONCEPTOS GENERALES SOBRE LOS TTULOS DE CRDITO
TTULO PRIMERO: TEORA GENERAL DE LOS TTULOS DE CRDITO.
Nocin de Titulo de Crdito. .. 8 Elementos de la estructura del ttulo de crdito.. 9 Caractersticas esenciales de los ttulos de crdito 11 Clasificacin de los ttulos valores 15
CAPITULO II LOS TTULOS DE CRDITO EN PARTICULAR
TTULO PRIMERO
EL CHEQUE, LA LETRA DE CAMBIO Y EL PAGAR EL CHEQUE. Concepto de Cheque. 18 Requisitos para e libramiento. 18 Caractersticas del Cheque. 19 Menciones del Cheque . 19 Personas que intervienen. 20 Clases de cheques. 20 Acciones ejecutivas y penales del cheque... 23 Protesto de Cheque 24 Aspectos prcticos del estudio del cheque... 29 LETRA DE CAMBIO. Concepto. 32 Orgenes de la voz letra de cambio................. 33 Requisitos de validez de la letra de cambio. 35 Realidad prctica de la letra de cambio...................................... 39 El Endoso en la letra de cambio............... 40 Pago de la letra de cambio.. 42 El Protesto.. 46 Acciones que emanan de la letra de cambio 48
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EL PAGAR. Concepto. 51 Requisitos del Pagar... 52 Vencimiento del Pagar... 52 Responsabilidad del suscriptor... 52
TITULO SEGUNDO MRITO EJECUTIVO DE LOS TTULOS DE CRDITO:
PROCEDIMIENTO DE COBRO DE LOS TTULOS DE CRDITO Ttulos ejecutivos y ttulos de crdito. 53 Letras de cambio, pagars y cheques. .. 54 Otros ttulos de crdito, como ttulos ejecutivos......................................... 56 Ttulos ejecutivos incompletos. 58 Tercera copia de factura........................... 61
TITULO TERCERO LA FACTURA
Concepto y Caractersticas.. 62 Rgimen legal, que regula la factura... 63 Operaciones que dan lugar a la obligacin de emitir facturas y boletas... 64 Conceptos fundamentales vinculados a la obligacin tributaria de emitir facturas... 65 Oportunidad en que debe emitirse la factura.. 66 Requisitos de la factura 67 El uso de la factura en el trfico comercial y financiero. 68 El Factoring.. 69 Cesin de crditos nominativos. 70 Crditos contenidos en una factura.. 71 Normas a que debe sujetarse la factura en cuanto documento que da cuenta de un crdito personal.. 71
PARTE ESPECIAL
CAPITULO I
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ASPECTOS GENERALES DE LA LEY 19.983 QUE REGULA LA TRANSFERENCIA Y OTORGA MRITO EJECUTIVO A LA COPIA DE LA FACTURA.
TTULO PRIMERO
IDEAS MATRICES DEL PROYECTO mbito de aplicacin.......................... 73 Objetivos de la ley: 74 Creacin de una nueva copia de la factura. 74 Regular la transferencia de la copia estableciendo tipos de cesin y sus requisitos............................................................... 75 Otorgar mrito ejecutivo a la copia de la factura. 79 Factura electrnica... 79 Vigencia... 79 Beneficios de la ley 80
CAPITULO II ANLISIS DEL ARTCULADO
CAPITULO III
HISTORIA Y TRAMITACIN DE LA LEY Mensaje del ejecutivo Fundamentos de la Iniciativa........ 92 Objetivo de la Iniciativa.. 93 Ideas Matrices del Proyecto 99 Tramitacin en el congreso nacional de la ley n 19.983. Aspectos generales... 101
Cmara de origen. 103 Primer trmite constitucional /Cmara de Diputados
Primera diligencia... 103 Segunda diligencia.. 104 Tercera diligencia.... 111 Cuarta diligencia.. 112
Segundo trmite constitucional /Senado. Primera diligencia.. 127 Segunda diligencia.. 127 Tercera diligencia... 143 Cuarta diligencia. 150 Quinta diligencia. 150. Sexta diligencia. 150 Sptima diligencia 150 Octava diligencia. 151 Novena diligencia 191 Dcima diligencia 191 Dcimo primera diligencia 193
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Tercer trmite constitucional /Cmara de Diputados Primera diligencia.............. 193 Segunda diligencia. 193 Tercera diligencia.. 194 Cuarta diligencia. 198
Cuarto trmite constitucional / Comisin Mixta art. 68 /Senado Primera diligencia. 213 Segunda diligencia 213 Tercera diligencia. 213 Cuarta diligencia .. 213
Quinto trmite Constitucional/Informe de la Comisin Mixta Art.68 en Cmara de origen /Cmara de Diputados.
Primera diligencia 231 Segunda diligencia 239
Sexto trmite Constitucional/Informe Comisin Mixta art. 68 en Cmara Revisora/Senado. Primera diligencia. 239 Segunda diligencia 239
Sptimo trmite Constitucional /Finalizacin de trmite en Cmara de Origen /Cmara de Diputados. Primera diligencia .... 247
Octavo trmite Constitucional / Aprobacin presidencial /Cmara de Diputados. Primera diligencia 247
Noveno trmite Constitucional /Trmite en Tribunal Constitucional/ Cmara de Diputados. Primera diligencia ................................... 248 Segunda diligencia 253
Dcimo trmite Constitucional /Finalizacin en Cmara de Origen /Cmara de Diputados. Primera diligencia.. 256 Conclusiones 257 Bibliografa.. 261
ANEXOS ANEXO N 1, LEGISLACIN RELACIONADA
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Introduccin
Con fecha 15 de abril de 2005, entr en vigencia la Ley 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mrito Ejecutivo a la Copia de la Factura. Para esos efectos, y como lo instruyera la misma ley, en febrero del mismo ao el SII dict la Resolucin Exenta N 14, que regula los aspectos tributarios y dicta nuevas normas de vigencia de la factura; y el 12 de abril de 2005, El Ministerio de Hacienda, publica en el Diario Oficial, el Reglamento N 93 sobre la aplicacin del artculo 9 de la ley 19.983, que trata sobre la aplicacin de la ley a las Facturas Electrnicas. En la presente Memoria, para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurdicas, analizaremos algunos aspectos de la reforma introducida por la Ley N 19.983, desarrollando los beneficios que otorga a los acreedores de dichos ttulos de valores, como aquellos aspectos que facilitan la transferencia de la tercera copia de la factura instituida por esta norma, y el mrito ejecutivo que se le otorga a la misma. Para la comprensin adecuada de las modificaciones introducidas por esta ley, desarrollaremos primeramente los distintos Ttulos de Crdito, y especialmente la Factura en si misma, abarcando desde sus caractersticas hasta su prescripcin, para luego abocarnos derechamente a los requisitos establecidos por la presente ley, para que la tercera copia sea cedible y adquiera la calidad de ttulo ejecutivo que simplifique su cobro judicial. Creemos importante, para entender los alcances y beneficios de esta modificacin, el esbozar algunas ideas en relacin a los procedimientos judiciales que operan en nuestro sistema respecto de los Ttulos de Crdito, materia que permitir entender a qu se refiere el mrito ejecutivo que se le otorga a la tercera copia de la factura, ya que antes de la reforma, la factura slo tenia el carcter de instrumento tributario, por lo tanto los pequeos y medianos empresarios deban recurrir a empresas de factoring para obtener liquidez de sus crditos, las que cobraban intereses muy altos y adems exigan un pagar en garanta de pago, por lo tanto, si la factura no era cancelada en tiempo y forma quien responda finalmente era el microempresario cuyo principal activo era el stock de mercadera, razn por la cual muchas veces se produca la quiebra de sus empresas. Si el Pequeo empresario no recurra al sistema de factoring deba requerir el cobro judicial de una factura, y para ello deba preparar la va ejecutiva citando al demandado a reconocer la deuda contenida en el instrumento,
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exponindose a que el deudor, situacin habitual - negara la deuda- y con ello el acreedor, se vea obligado a iniciar un juicio ordinario o declarativo en el que se le reconociera su derecho, cuestin que, por la naturaleza de los procedimientos, se poda extender por aos en los Juzgados Civiles y Cortes de nuestro pas, y slo una vez obtenida la declaracin a travs de la respectiva sentencia, se poda iniciar el procedimiento ejecutivo. Ahora, si bien es cierto que esta ley no le ha otorgado la calidad de ttulo ejecutivo a la factura por s sola, permite complementar el ttulo ejecutivo, confiriendo mrito ejecutivo a la tercera copia que cumpla con ciertos requisitos y que adicionalmente cumpla con el procedimiento de preparacin de la va ejecutiva que le asigna, procediendo la notificacin judicial del deudor de la factura, con lo cual se podr seguir adelante un juicio ejecutivo conforme lo ordena el Art. N 434 y siguientes del Cdigo de Procedimiento Civil. Para estos efectos, deberemos analizar conjuntamente la ley, la Resolucin Exenta N 14, del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual se regulan los nuevos requisitos que debe tener el formato de las facturas, en cuanto documento, haciendo, de esta manera, aplicables los efectos de las nuevas normas sobre transferencia y cobro judicial de las facturas contenidas en la ley N 19.983, y por otra parte, en esta misma resolucin, veremos que el SII aprovecha de establecer que las facturas timbradas tendrn una determinada vigencia para su uso, y en consecuencia, ordena cambios en el formato de las facturas, de modo de reconocer la caducidad de las mismas. A su vez, para el perodo de entrada en vigencia de la ley, y sin perjudicar a aquellos emisores de facturas que ya tuvieren un stock de facturas impresas y timbradas, se establece reglas para la transicin en el cumplimiento las nuevas exigencias, mediante artculos transitorios de la resolucin. Por lti