Anexo: Plan de prevención de riesgos laborales Datos generales
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Anexo: Plan de prevención de riesgos laborales
Datos generales
Tabla 1: Datos generales del Proyecto
Datos generales del Proyecto
Datos Generales
Nombre del Proyecto Estructura para Instalaciones Mecánicas
Código del proyecto 001
Localización del proyecto
Breve descripción del proyecto Sistema de transporte elevado cuya estructura de acero, deberá soportar
instalaciones mecánicas, destinadas al transporte elevado de cargas. La
estructura de acero debe ser diseñada para ser construida al interior de una
estructura industrial ya existente.
Obligación legal de evaluar los riesgos
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, al igual que las modificaciones que se
le han realizado en el transcurso del tiempo, establecen en el artículo 16, que los dos instrumentos
esenciales y necesarios para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos son la
evaluación de riesgos laborales y la planificación de actividades que ayuden a prevenirlos.
La ley establece lo siguiente como obligación del empresario:
1. El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud
de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las
características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban
desempeñarlos. (..) La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de
trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con
ocasión de los daños para la salud que se hayan producido.
2. Si los resultados de la evaluación prevista en el apartado anterior pusieran de manifiesto
situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para
eliminar o reducir y controlar tales riesgos.
Objeto, alcance y validez
El informe que a continuación se presenta, tiene como objetivo señalar y evaluar los riesgos
de seguridad, higiene, ergonomía y psicosociología a los que pueden estar expuestos los trabajadores
que participen en las actividades de fabricación y construcción del proyecto descrito, como consecuencia de
las actividades inherentes a las actividades laborales.
La evaluación se realiza para el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así
como herramienta para el proceso de mejora continua.
Forma parte del objetivo, recomendar medidas preventivas con el fin de eliminar o reducir los
riesgos evaluados.
La evaluación realizada, se fundamenta en la información recopilada en la empresa y en las
características de las actividades laborales realizadas e instalaciones existentes en el momento de la
visita a la empresa. En consecuencia, las valoraciones y recomendaciones contenidas en este
documento son válidas, siempre que dicha información y condiciones no varíen significativamente.
Método de evaluación
A continuación se indican los riesgos que no han podido ser evitados previamente, y el
método de evaluación de los mismos.
El procedimiento de evaluación consta de tres etapas:
1. La identificación de los riesgos existentes en los diferentes puestos de trabajo, en las
instalaciones y zonas de uso común.
2. La valoración de los factores que determinan el nivel o grado de riesgo.
3. Realizar observaciones y recomendación de las medidas y actividades que deben
implementarse y realizarse para controlar o minimizar los riesgos.
En esta evaluación general de riesgos, se ha considerado que todos de los trabajadores que
participarán de las actividades en el actual proyecto no presentan ninguna especial sensibilidad.
En caso que a futuro se ocupe personal especialmente sensible, puede ser necesario la adopción de
medidas adicionales que en el informe se recogen en el apartado de personal sensible, a pesar que la
principal recomendación consiste en no involucrar personal sensible en el actual proyecto, debido a
las características de las actividades a realizar, y los riesgos que estas traen consigo.
Identificación de riesgos
El proceso de evaluación inicia con la identificación de los riesgos existentes en los
diferentes puestos y lugares de trabajo, de las personas que participaran en el actual proyecto.
Se ha tomado en cuenta las siguientes condiciones de trabajo, para la evaluación de riesgos:
Las características generales de las instalaciones del lugar donde se realizará el trabajo.
Los equipos, maquinaria, herramientas y demás objetos empleados en los puestos de trabajo.
La característica, naturaleza, de los productos, sustancias, energías, condiciones
contaminantes y otros agentes presentes en el ambiente de trabajo.
La solicitación física, la exigencia mental e intelectual requerida por las tareas a ser
realizadas por los trabajadores, así como su organización y ordenación.
Para la identificación de riesgos laborales, se ha tenido en cuenta las actividades diarias
propias del natural funcionamiento de la empresa, así como las actividades realizadas ocasionales
que en ella se desarrollan, considerando a todas las personas que tienen acceso al lugar de trabajo.
Dependiendo de la causa que origina cada riesgo, se los considera de naturaleza diferente, y
también de las consecuencias que puedan generar a la salud.
En el apartado de Listado de riesgos, de este informe, se muestra el listado, no exhaustivo, de los
riesgos que se pueden presentar en los puestos de trabajo, y se los a agrupado como se describe a
continuación:
Riesgos de seguridad: cuya causa principal es la existencia de un elemento peligroso o una
condición insegura de trabajo, que pueden de manera inmediata producir algún tipo de lesión.
Riesgos de higiene: son consecuencia de la existencia de un contaminante ambiental en el
lugar de trabajo. Puede ser agente químico, físico o biológico que puede producir una alteración en
la salud como efecto de una exposición prolongada.
Riesgos de ergonomía: producto de las solicitaciones físicas de la tarea y el entorno de
trabajo a los que se ve sometido el personal.
Riesgos de psicosociología: relacionados a los factores de organización y distribución del
trabajo, requisitos psíquicos de la tarea y relaciones interpersonales.
Deficiencias: debido al incumplimiento de normativa de seguridad y salud, en sí mismo no
generan ningún riesgo pero que deben ser subsanadas.
Valoración de riesgos
Los riesgos identificados y que se enlistan en el apartado Lista de Riesgos, se evaluarán
según el método propuesto por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT),
método binario.
El propósito de la evaluación es asignar un determinado grado de riesgo, que facilite priorizar las
medidas de prevención que vienen dadas por el mismo.
La magnitud del riesgo, se deriva a partir de la valoración de dos factores: el primero se
refiere a la severidad del daño, donde se considera la consecuencia del daño más probable, el
segundo se refiere a la posibilidad de que este ocurra.
Al aplicar la metodología señalada, se cumple con los requisitos de calificación señalados en el
artículo 4, punto 2 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. A los factores se los
clasifica en tres niveles: bajo, medio y alto.
Luego se define cada una de las categorías que describen los diferentes tipos de riesgos, para
valorar la severidad y la probabilidad de ocurrencia.
Riesgos evitables
Es aquel que se puede eliminar con la correcta implantación de una medida preventiva, de
forma inmediata por su fácil aplicación y un coste relativamente bajo.
Dentro del proceso de valoración no se consideran los riesgos evitables, solamente se identifican, y
se señalan las medidas preventivas para ser eliminadas
Valoración de los riesgos de seguridad
Severidad: Se refiere a la valoración del daño más probable que se puede producir si se
materializa el riesgo. Deben considerarse las partes del cuerpo que puedan ser afectadas, así como
la naturaleza del daño que podría ocurrir con mayor frecuencia.
La severidad puede ser:
Baja: Daños a nivel superficial (pequeños cortes y magulladuras); presentar irritación de los
ojos por polvo, molestias e irritación (dolor de cabeza, disconfort). Lesiones previsiblemente
sin baja o con baja inferior a 10 días naturales.
Media: Conmociones, quemaduras, torceduras importantes, fracturas, amputaciones menos
graves (dedos), lesiones múltiples; sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-
esqueléticos, intoxicaciones previsiblemente no mortales, enfermedades que lleven a
incapacidades menores. Lesiones con baja prevista en un intervalo superior a los 10 días.
Alta: Amputaciones muy graves (manos, brazos, ojos), cáncer y otras enfermedades
crónicas que acorten severamente la vida, lesiones muy graves ocurridas a varias o a muchas
personas y lesiones mortales.
Probabilidad: El daño puede graduarse, según la probabilidad de que ocurra en baja, media
y alta, según el siguiente criterio:
Baja: Remotamente posible. El daño ocurre raras veces.
Media: Bastante posible. El daño ocurre en algunas ocasiones.
Alta: Completamente posible. El daño ocurre siempre o casi siempre.
En el momento de establecer la probabilidad de daño, se debe tener en cuenta si las medidas de
control adoptadas, son adecuadas, así como la frecuencia de exposición.
Valoración de los riesgos higiénicos
Severidad: se refiere a la peligrosidad del agente contaminante, que integra la gravedad del
daño que la exposición repetida y continuada al contaminante puede ocasionar en la salud de los
trabajadores, así como el nivel estimado de la concentración y/o intensidad del contaminante en el
ambiente.
Baja: Productos de baja toxicidad o que prácticamente no pueden pasar al ambiente.
Agentes biológicos que corresponden al grupo I. Nivel de energía o intensidad del
contaminante físico en el ambiente practicamente despreciable.
Media: Productos que pueden causar irritaciones o toxicidad moderada, que pueden
dispersarse en cantidades significativas en el ambiente. Agentes biológicos del grupo II.
Nivel de energía o intensidad del contaminante físico en el ambiente significativa.
Alta: Productos de toxicidad elevada que pueden pasar al ambiente en cantidades significativas.
Agentes biológicos del grupo III y IV. Nivel de energía o intensidad del contaminante físico en
el ambiente elevada.
Probabilidad: Se refiere al tiempo efectivo y/o frecuencia de exposición al agente
contaminante y la posibilidad real de transmisión al trabajador en función de la efectividad de las
medidas preventivas adoptadas.
Baja: La exposición al contaminante se presenta de manera esporádica, o si no es ocasional
se adoptan las medidas preventivas adecuadas.
Media: La exposición al contaminante se genera con frecuencia.
Alta: La exposición al contaminante es continuada, o no siendo tan frecuente no se adoptan las
medidas preventivas adecuadas.
Valoración de los riesgos ergonómicos
Severidad: Se refiere al nivel de exigencia física de las tareas que se desarrollan en el
puesto de trabajo, en cuanto a la adopción de posturas forzadas, la realización de movimientos
repetitivos, la manipulación manual de cargas, el trabajo con PVD o la intensidad de las
condiciones ambientales. La severidad podrá ser:
Baja: Posturas de trabajo que no se alejan en gran medida de los rangos articulares
normales, de forma no continuada; movimientos repetitivos sin adopción de posturas
forzadas y sin aplicación de fuerzas; manipulaciones de cargas inferiores a 5 kg con
frecuencias bajas; trabajo con PVD en condiciones adecuadas y con posibilidad de realizar
pausas; condiciones ambientales aceptables.
Media: Posturas de trabajo que se alejan de los rangos articulares normales, de forma
estática; movimientos con altos niveles de repetición con adopción de posturas forzadas o
con aplicación de fuerzas; manipulaciones de cargas inferiores a 5 kg con frecuencias altas, o
cargas inferiores a 15 kg con frecuencias bajas; trabajo con PVD en condiciones inadecuadas
o con imposibilidad de realizar pausas; condiciones ambientales mejorables (condiciones de
iluminación desfavorables; grado de humedad bajo; ruido ambiental molesto; falta de
ventilación; temperaturas no confortables).
Alta: Posturas de trabajo que se alejan en gran medida de los rangos articulares normales;
movimientos con altos ciclos de repetición, con adopción de posturas forzadas y con
aplicación de fuerzas; manipulaciones con elevación de cargas superiores a 15 kg o
inferiores a 15 kg pero con frecuencias elevadas; trabajo con PVD en condiciones
inadecuadas e imposibilidad de realizar pausas; condiciones ambientales deficientes
(condiciones de iluminación no favorables; sequedad excesiva del ambiente; ruido de fondo
muy elevado, o monótono; corrientes de aire; exceso de frío o calor).
Probabilidad: Tiempo efectivo dentro de la jornada laboral empleado en la realización de
tareas que tengan asociada carga física de trabajo:
Baja: Duración inferior a 2 horas.
Media: Duración entre 2 y 4 horas.
Alta: Duración entre 4 y 8 horas.
Valoración de los riesgos psicosociales
El principal objetivo de la valoración de los factores de riesgo de tipo psicosocial es obtener
una aproximación del estado general en el que se encuentra la organización respecto a dichos
factores.
Los factores de riesgo de tipo psicosocial que se valoran son los siguientes: carga mental, factores
de la organización, trabajo a turnos/nocturnidad y violencia/relaciones personales.
Cada uno de dichos factores se valora en tres niveles: deficiente, mejorable o aceptable.
Deficiente: Se presenta cuando la empresa no dispone de mecanismos o protocolos para el
control de los factores psicosociales, como puede ser la existencia de canales de
comunicación, protocolos de actuación frente a situaciones de conflictos interpersonales,
entre otros. No realiza una buena distribución de los tiempos de trabajo, pausas y descansos
activos. La empresa no facilita posibilidades de promoción, formación, etcétera.
Mejorable: Los mecanismos o protocolos existentes en la empresa para el control de los
factores de riesgo psicosocial son malos o no se encuentran debidamente implantados.
Aceptable: La empresa dispone de buenos mecanismos o protocolos para el control de los
factores de riesgo psicosocial, adecuados y bien implantados.
Deficiencias
Durante el proceso de identificación de riesgos, se puede identificar deficiencias en la gestión
de la prevención, en las instalaciones, lugares, condiciones de trabajo de la empresa que representan
un incumplimiento de alguna normativa o buena práctica, aunque no constituye en sí mismas un
riesgo.
Por ello, las deficiencias no son objeto de una valoración en sí misma, solo se identifican las
carencias funcionales y/o documentales respecto a la normativa aplicable.
Grado de riesgo
El grado de riesgo se obtiene a partir de la combinación de los diferentes valores asignados a la
severidad y probabilidad de ocurrencia de cada uno de los riesgos, según la siguiente relación:
Tabla 1:
Grado de Riesgo
Puesto que los riesgos ergonómicos no supondrán en ningún momento un riesgo grave e
inminente, la graduación de intolerable es sustituida por la de importante para este tipo de riesgos.
El grado de riesgo permite dar prioridad a las medidas preventivas a ser implantadas por la empresa
para eliminar o reducir en gran medida los riesgos. De la misma manera se detecta la necesidad de
realizar evaluaciones específicas posteriores para conocer con exactitud la magnitud del riesgo y
actuar como mandan los manuales de buenas prácticas profesionales, los códigos y las normas. Las
actuaciones a llevar a cabo en cada caso en función del grado de riesgo son las siguientes:
Tabla 2:
Acción frente a riesgos
Medidas preventivas
A partir de los resultados obtenidos durante la evaluación se establecen y definen las
medidas de prevención y de protección que el empresario debe adoptar en cada puesto de trabajo
para eliminar, reducir o controlar los riesgos. Para la selección de las medidas y su implementación
se aplican los principios de la acción preventiva establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de
Riesgos Laborales:
1. Evitar los riesgos
2. Combatir los riesgo en su origen
3. Tener en cuenta la evolución de la técnica
4. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro
5. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
Las medidas establecidas son objeto de una planificación posterior, donde cada una de las
medidas se planifica en función de la gravedad del riesgo existente, en base al siguiente orden de
prioridades:
Tabla3
Grado de riesgo y su prioridad
Otras actividades preventivas
Evaluaciones y estudios específicos
Además de las medidas preventivas que se recomiendan en cada puesto de trabajo, en
algunos casos es necesario la realización de evaluaciones específicas y especialidades posteriores
para el debido control de los riesgos. En particular:
Para la valoración y control de los riesgos higiénicos, ergonómicos y psicosociales detectados
que requieran la realización de mediciones, análisis, ensayos o la aplicación de métodos
específicos de valoración más precisos para su cuantificación.
Para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores al utilizar los equipos de trabajo, y
con el fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales,
es necesario recomendar en algunos casos un análisis detallado del grado de cumplimiento de
los equipos de trabajo al Real Decreto 1215/1997.
Para garantizar la adopción de las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha
contra incendios y evacuación de los trabajadores, ante las distintas situaciones de
emergencia que se pueden presentar en la empresa, y con el fin de dar cumplimiento al artículo
20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es necesario recomendar en algunos casos
la elaboración de un Plan de Autoprotección para la empresa.
Entre los resultados de la evaluación de riesgos, en el apartado de evaluaciones específicas,
se recomienda para cada puesto de trabajo los estudios posteriores que deben realizarse o lo que
mejor se conoce como estudios a posteriori.
Formación
El empresario debe garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica,
relacionada con las actividades que debe cumplir, cerciorándose que sea suficiente y adecuada, en
materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o
duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se
introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
La formación deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o,
en su defecto, en otras horas pero considerando el descuento en aquélla del tiempo invertido en la
misma. La formación puede impartirse por la empresa mediante medios propios o concertándola con
servicios de terceros, y su coste no recaerá bajo ningún concepto sobre los pobres trabajadores de la
empresa.
Entre los resultados de la evaluación de riesgos, en la sección que corresponde a la de
formación, se recomiendan los diferentes cursos que deben ser impartidos a los trabajadores, en
función de los riesgos presentes en cada puesto de trabajo.
Trabajadores especialmente sensibles
En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se establece en sus artículos 25, 26 y 27, que el
empresario debe garantizar de manera específica la protección de aquellos trabajadores que
potencialmente sean susceptibles a determinados riesgos. La Ley cita explícitamente a los
trabajadores sensibles, las mujeres embarazadas y los menores. Para efecto de cumplimiento de la
Ley se entiende por:
Trabajador sensible: cualquier trabajador que por sus propias características personales o
estado biológico conocido, incluido aquellos que tengan reconocido la situación de discapacidad
física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.
Trabajadora embarazada, que ha dado a luz o en periodo de lactancia: cualquier
trabajadora que comunique su estado al empresario.
Menores: cualquier trabajador menor de dieciocho años.
Entre los resultados de la evaluación de riesgos, en el apartado de "Trabajadores que requieren
de una especial protección", se establece la presencia de trabajadores con alguna de las
sensibilidades descritas y sus correspondientes medidas preventivas en caso de ser necesario.
Presencia de recursos preventivos
De conformidad con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos debe identificar aquellas situaciones de especial
peligrosidad que requieren la presencia de recursos preventivos para llevar a cabo un adecuado
control de los riesgos que se derivan de las mismas, y la planificación de la actividad preventiva
debe determinar la forma de llevar a cabo dicha presencia.
Las situaciones de especial peligrosidad que requerirán la presencia de un recurso
preventivo, son las siguientes:
Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados, en el desarrollo del proceso o la
actividad, por la concurrencia de operaciones que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que
hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.
Cuando se realicen actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales.
En el caso de que el técnico detecte alguna situación de especial peligrosidad que requiera la
presencia de un recurso preventivo, tal circunstancia se identificará en el apartado de recursos
preventivos de la evaluación de riesgos, para facilitar la planificación de dicha presencia.
Revisión de la evaluación
La presente evaluación de riesgos deberá ser revisada en aquellos puestos de trabajo
afectados por las siguientes circunstancias:
Cuando se produzcan modificaciones sustanciales de sus condiciones de trabajo, introducción de
nuevos equipos de trabajo, productos químicos, asignación de nuevas tareas o actividades, etc.
Cuando se produzcan nuevas incorporaciones de personal cuyas características personales,
estado biológico o edad, los haga especialmente sensibles a las condiciones del puesto.
Cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores o se haya apreciado a través
de los controles periódicos, incluidos los relativos a la vigilancia de la salud, que las actividades
de prevención pueden ser inadecuadas o insuficientes.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, deberá revisarse igualmente la evaluación inicial con
la periodicidad que se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores, teniendo en
cuenta, en particular, el deterioro por el transcurso del tiempo de los elementos que integran el
proceso productivo.
Evaluación de riesgos
En este apartado se evalúan los riesgos identificados en los diferentes puestos de trabajo y
zonas comunes, para posteriormente poder recomendar las medidas que deben ser adoptadas y
verificadas por el empresario. Los puestos de trabajo y zonas comunes objeto de la evaluación son
los siguientes:
Tabla 3:
Lugar de trabajo para evaluar riesgo
Puesto de trabajo Nº trabajadores
Nave Industrial 5
En el apartado máquinas y herramientas se enlistan, lo que constituyen las herramientas de
trabajo de los trabajadores.
Taller en la nave industrial
Descripción del puesto de trabajo
Se realizan actividades de fabricación de estructuras metálicas y mecánicas.
Para ello se utilizan máquinas herramientas propias de una metalmecánica: Se utiliza torno,
fresadora, taladro, soldadoras, llaves de ajuste, corte por plasma.
Trabajan con escalera telescópica que llega a 8m de altura.
Se trabaja con toro mecánico, canastilla elevadora, grúa pluma, para todas las maquinas existe
personal autorizado y capacitado.
Disponen de los siguientes equipos de protección: Arnés, Casco, Gafas de protección, Guantes
de protección mecánica, Calzado de seguridad, Mascara media cara para soldadura, Mandil de
cuero, Mangas de cuero.
Zonas comunes
Taller, zona de montaje estructural
Valoración de los riesgos identificados
Tabla 4:
Valoración de riesgos
Riesgos de seguridad Origen Severidad Probabilidad Grado Riesgo
Accidentes por
circulación En desplazamientos a zonas de trabajo Media Media Moderado
Caída de personas al
mismo nivel
Tropiezos con herramientas o material
manipulados. Baja Media Tolerable
Caída de personas a
distinto nivel Durante el uso de escaleras de mano. Alta Baja Moderado
Caída de objetos en
manipulación
Manipulación de herramientas, objetos
pesados o voluminosos. Baja Media Tolerable
Golpes o cortes con
objetos o
herramientas
Durante la manipulación de materiales y
herramientas (taladros, cuchillas, etc.). Baja Media Tolerable
Caída de objetos
desprendidos
Caida de materiales desde la estructura
o desde la escalera. Media Baja Tolerable
Sobreesfuerzo
Manipulación y transporte de cargas
pesadas, y/o trabajos en posturas
forzadas.
Media Media Moderado
Quemaduras Proceso de soldadura, oxicorte Alta Baja Moderado
Contactos eléctricos
Durante la instalación y reparación de
las instalaciones, trabajos en tensión,
etc.
Alta Baja Moderado
Otros riesgos Derivados de las instalaciones donde se
llevan a cabo los trabajos. Media Media Moderado
Coordinación
Actividades Acceso a instalaciones ajenas Media Media Moderado
Proyección de
fragmentos o
partículas
Utilización de herramientas manuales Media Baja Tolerable
Atrapamiento por o
entre objetos
Uso de herramientas manuales y
maquinas electricas. Media Baja Tolerable
Espacios confinados Trabajos en el interior de arquetas y
galerias de servicio. Media Media Moderado
Riesgos
ergonómicos Origen Severidad Probabilidad Grado Riesgo
Pantallas de
Visualización de
Datos
Utilización de ordenadores para realizar
las tareas de gestión y coordinación de
trabajo.
Media Medio Moderado
Posturas forzadas Trabajos de pie, en cuclillas, agachado,
de rodillas, etc.... Baja Medio
TolerableE16:I2
7E15:I27E13:I2
7F11E18:I27E11
:I27E13:I27E6:I
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Medidas preventivas
Accidentes por circulación: En desplazamientos en zonas de trabajo
Cumplir con las siguientes normas de seguridad para conducir:
Respetar estrictamente la normativa indicada en el Código de Circulación.
Estar atento para anticiparse a las posibles maniobras de otros usuarios y circunstancias
peligrosas del tráfico o de la vía. Respetar las distancias establecidas de seguridad.
Prestar atención en el momento de bajar del vehículo o andar junto al mismo en caso de
detenerse en el arcén de alguna vía de Circulación.
Realizar todas las revisiones de mantenimiento indicadas por el fabricante.
Cuando se transporte cualquier carga, deben colocarse de manera que se eviten
desplazamientos peligrosos, utilizando medios de sujeción adecuados en caso necesario. Comprobar
la estabilidad y sujeción de las cargas antes de iniciar la circulación.
No conducir u operar maquinaria bajo los efectos del alcohol o medicamentos depresores
del SNC o drogas. Si se toman medicamentos que puedan afectar a la conducción, debe informarse
de ello a la Empresa para que, a través del servicio de vigilancia de la salud, se tomen las medidas
oportunas.
Evitar las comidas copiosas o los alimentos grasos cuando después se debe conducir.
No conducir de manera prolongada; descansar suficientemente, realizando pausas cortas y
frecuentes.
Detener inmediatamente el vehículo en adecuadas condiciones de seguridad para usted y
para el resto de conductores en caso de notar síntomas de somnolencia.
Caída de personas al mismo nivel: Tropiezos con herramientas y material de trabajo.
Mantener la zona de trabajo en orden, estableciendo una zona para dejar el material, y
caminar con precaución por la zona de trabajo.
Caída de personas a distinto nivel: Durante el uso de escaleras de mano, o durante la
construcción de plantas elevadas.
Durante el uso de las escaleras de mano se tendrán en cuenta, entre otras, las siguientes medidas:
La utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura deberá limitarse a las
circunstancias en las que la utilización de otros equipos de trabajo más seguro no esté justificada,
por el bajo nivel de riesgo y por las características de los emplazamientos.
Las escaleras de mano deberán tener la resistencia y los elementos necesarios de apoyo o
sujeción, o ambos, para que su utilización en las condiciones para las que ha sido diseñados no
suponga un riesgo de caída por rotura o desplazamiento. En particular, las escaleras de tijera dispondrán
de elementos de seguridad que impidan su apertura al ser utilizadas.
Se colocarán de forma que su estabilidad durante su utilización esté asegurada.
Se impedirá el deslizamiento de los pies de las escaleras de mano durante su utilización, ya
sea mediante la fijación de la parte superior o inferior de los largueros, ya sea mediante cualquier
dispositivo antideslizante o cualquier otra solución de eficacia equivalente. Cuando se trabaje
apoyando la escalera sobre postes o sobre pared, atar la escalera al poste o buscar un punto
adecuado donde atarla en la pared, si es posible.
Trabajar con el cuerpo comprendido siempre entre los largueros de la escalera.
No utilizar la escalera más de una persona de forma simultánea.
Subir y bajar de la escalera siempre mirando hacia la misma.
No manipular cargas y tener las manos libres para poder agarrarse a los largueros o a los
peldaños durante el descenso o el ascenso. Utilizar los cinturones porta-herramientas para llevar las
herramientas y accesorios necesarios. Si se precisa tener más material, colocarlo en una bolsa
colgada de la escalera.
Antes de subir a niveles superiores se seguirán las siguientes medidas:
Comprobar la estabilidad y solidez del lugar donde se apoyará.
Comprobar el estado de correas y demás elementos auxiliares.
Limpiar la suela del calzado.
Durante el ascenso al nivel elevado:
Rodear el lugar de apoyo con la banda de amarre.
Utilizar guantes de protección.
Mantener las manos libres en todo momento. Las herramientas se transportarán en
cinturones portaherramientas o se subirán posteriormente desde una posición asegurada, con una
cuerda de servicio.
Una vez alcanzado el punto de trabajo se anclará el cinturón de sujeción a un punto fijo por encima
del operario.
Después de la utilización de la escalera se debe:
Limpiar las sustancias que pudieran haber caído sobre ella.
Revisar y, si encuentra algún defecto que afecte a la seguridad, señalizar con un letrero que
prohíba su uso, y enviarla a reparar o sustituir.
Almacenar correctamente, libre de condiciones climatológicas adversas, nunca sobre el suelo
sino colgada y apoyada sobre los largueros.
Para evitar caídas en trabajos superiores a 2 m., deben establecerse las siguientes medidas de
seguridad:
Si no se disponen de protecciones colectivas, o éstas sean insuficientes, se utilizará el cinturón
de retención unidos a sirga de desplazamiento, convenientemente afianzada a puntos fijos de la
estructura.
Caída de objetos en manipulación: Manipulación de herramientas, objetos pesados o
voluminosos.
Se utilizará calzado de seguridad con suela antideslizante, y puntera reforzada.
Golpes o cortes con objetos o herramientas: Durante la manipulación de materiales, equipo y
herramientas de trabajo.
Antes de la manipulación se inspeccionará el objeto, material o herramienta. Se deberán evitar
los contactos con las partes agresivas de éste (por ejemplo astillas). En caso de no poder eliminarse
se protegerán, por ejemplo cubriendo dicha zona con material resistente que no sea traspasado.
Se utilizarán guantes de protección mecánica para la manipulación de materiales y/o
herramientas con partes agresivas, excepto que sean de tipo giratorio (taladro).
Las herramientas deben estar en buen estado de limpieza y conservación, durante su uso
deben estar libres de grasas, aceites y otras sustancias deslizantes. Las herramientas cortantes o
punzantes deberán mantenerse bien afiladas, deberán guardarse y transportarse en cajas o fundas y
sus partes cortantes y punzantes deben mantenerse debidamente aisladas.
Las herramientas manuales deben ser las más apropiadas por sus características y tamaño a
las operaciones a realizar.
Caída de objetos desprendidos: Caida de materiales desde poste o desde la escalera.
Durante las operaciones de instalación de cableado y siempre que exista riesgo de
desprendimiento de objetos desde niveles superiores (caída de herramientas, cables desprendidos,
etc.) debe utilizarse casco de protección.
Los procedimientos de trabajo en la instalación de cableado aereo debe prevenir la
posibilidad de desprendimiento de cables y su posible caída.
Se guardarán y transportarán en cinturones portaherramientas y cajas de herramientas y
estarán en buen estado de limpieza y conservación.
Debe limitarse el acceso a la zona de trabajo de personas ajenas a la actividad, señalizandola
mediante vallas o conos.
Sobreesfuerzo: Manipulación y transporte de cargas pesadas, y/o trabajos en posturas forzadas.
A modo de indicación general, el peso de los objetos manipulados no debe sobrepasar los 25
kg. No obstante, este límite se debe reducir a 15 kg como máximo cuando los trabajadores expuestos
sean mujeres, personas jóvenes o mayores. En circunstancias especiales, trabajadores sanos y
entrenados físicamente podrían manipular cargas de hasta 40 kg, siempre que la tarea se realice de
forma esporádica y en condiciones seguras.
Asimismo se deben evitar las posturas de trabajo forzadas que implican posiciones o
movimientos extremos de las articulaciones: brazos por encima del nivel de los hombros, alcances por
detrás del cuerpo, inclinación o torsión pronunciada de espalda y cuello, hombros desalineados, etc.,
especialmente si se están moviendo
o sosteniendo cargas o realizando fuerzas elevadas.
Al agacharse para trabajar en zonas bajas, por ejemplo en instalación de cableado a nivel de
zócalos, se debe flexionar las rodillas evitando doblar la espalda. Asimismo, si es necesario levantar
pesos, es preciso agacharse flexionando las rodillas, mantener la espalda recta y ligeramente
inclinada hacia delante, y llevar el peso lo más próximo posible al cuerpo.
Utilizar siempre que se puedan elementos para el transporte de material (por ejemplo,
carrillos de mano). Si no fuese posible, realizar el método adecuado de levantamiento de pesos.
Cuando sea preciso mover algún objeto de peso considerable, o por su tamaño o
dimensiones su manipulación presente dificultades, se debe solicitar la ayuda de un compañero para
moverlo.
Antes de iniciar cualquier tarea en la que sea necesario levantar, sostener o desplazar una
carga es muy importante tener en cuenta las siguientes consideraciones previas:
Siempre que sea posible utilizar las ayudas mecánicas disponibles: carretillas, carros, mesas
elevadoras, etc.
Seguir las indicaciones que aparezcan en el embalaje acerca de los posibles riesgos de la
carga, como pueden ser un centro de gravedad inestable, materiales corrosivos, etc.
Si no aparecen indicaciones en el embalaje, observar bien la carga, prestando especial atención a su
forma y tamaño, posible peso, zonas de agarre, posibles puntos peligrosos, etc.
Solicitar ayuda de otras personas si el peso de la carga es excesivo o se deben adoptar posturas
incómodas durante el levantamiento, siempre y cuando no se pueda resolver por medio de la
utilización de ayudas mecánicas.
Antes de mover la carga pensar en la ruta que se va a seguir y eliminar posibles obstáculos que
entorpezcan el paso.
Usar la vestimenta, el calzado y los equipos adecuados.
Antes de iniciar cualquier tarea en la que sea necesario levantar, sostener o desplazar una
carga es muy importante tener en cuenta las siguientes consideraciones previas:
Siempre que sea posible utilizar las ayudas mecánicas disponibles: carretillas, carros, mesas
elevadoras, etc.
Seguir las indicaciones que aparezcan en el embalaje acerca de los posibles riesgos de la
carga, como pueden ser un centro de gravedad inestable, materiales corrosivos, etc.
Si no aparecen indicaciones en el embalaje, observar bien la carga, prestando especial atención a su
forma y tamaño, posible peso, zonas de agarre, posibles puntos peligrosos, etc.
Solicitar ayuda de otras personas si el peso de la carga es excesivo o se deben adoptar posturas
incómodas durante el levantamiento, siempre y cuando no se pueda resolver por medio de la
utilización de ayudas mecánicas.
Antes de mover la carga pensar en la ruta que se va a seguir y eliminar posibles obstáculos que
entorpezcan el paso.
Usar la vestimenta, el calzado y los equipos adecuados.
Quemaduras: durante el proceso de soldadura y oxicorte.
El calor que desprenden los procesos de soldadura y de oxicorte, son suficientes para fundir
el metal sobre el cual se aplica, por lo tanto generan un riesgo de quemadura en contacto con los
trabajadores u objetos que se encentren alrededor, incluso generando posibilidad de incendio, por lo
tanto se debe tener en cuenta la protección del personal como de los objetos inflamables de la zona.
Los trabajadores deberán llevar equipo de protección propio de esta actividad:
Guantes de cuero
Zapatos de seguridad
Mangas y mandil de cuero
Mascarilla media cara para el proceso indicado
En los alrededores se deben tomar las siguientes medidas:
Cubrir con mantas ignifugas todos los elementos que no puedan ser retirados de la zona y que
generen posibilidad de incendio.
Contactos eléctricos: Durante la instalación y reparación de las instalaciones, trabajos cerca de
lugares donde exista cables de alta tensión en la industria.
La tensión a la que trabaja la líneas eléctrica es una tensión de seguridad (menor a 24 V),
por lo que no existe riesgo de contacto eléctrico al manipularla.
Sin embargo, existe casos en los que hay que tener presente la instalación de la zona de
actuación, puesto que los trabajos realizados a una distancia menor que la definida como distancia
de seguridad de instalaciones eléctricas es considerado como trabajo en tensión y por lo tanto habrá
que cumplir las medidas de seguridad adecuadas para realizarlos.
En trabajos en tensión, se tomarán las siguientes medidas:
Instalar apantallamientos.
Recubrir los conductores con aislantes.
Utilizar guantes y herramientas aislantes.
Limitar las distancias de trabajo y proximidad.
Suspender o no iniciar trabajos a la intemperie cuando existan tormentas o se aproxime una
tormenta, niebla espesa o viento fuerte.
Se cumplirán las normas de seguridad básicas para el uso de equipos y herramientas
eléctricos:
No dejar conectadas a la red aquellas herramientas eléctricas que no estén en uso.
Las herramientas portátiles poseerán doble aislamiento.
Los cables que se usen se mantendrán en buen estado y se revisarán frecuentemente.
Se prohibe el conexionado de cables eléctricos a los cuadros de suministro de energía sin la
utilización de las clavijas macho-hembra.
Otros riesgos: Derivados de las instalaciones donde se llevan a cabo los trabajos.
Cuando se lleven a cabo trabajos en obras de construcción debe utilizarse calzado con suela
antiperforación, además de todos los equipos y medidas de seguridad que se indiquen en el Plan de
Seguridad de la obra.
Deben respetarse y seguirse las indicaciones de seguridad indicadas por los responsables de las
instalaciones donde se realizan las instalaciones.
Coordinación Actividades: Acceso a instalaciones.
Se coordinaran los trabajos con los operarios encargados de la ejecución material de las
obras, con la finalidad de evitar accidentes al realizar los trabajos conjuntamente de montaje y
control/supervisión.
Se deberá realizar la coordinación de actividades empresariales acceda a fín de evitar
accidentes derivados por riesgos generados en estas instalaciones.
Previo al acceso se deberá advertir al responsable de la obra y al coordinador de seguridad de
la presencia del trabajador/es en las mismas y tener conocimiento de los riesgos generados en las
instalaciones de la empresa, al igual que las medidas o plan de emergencia que sea de aplicación en
estas.
A la vez se deberá advertir al coordinador de seguridad de la presencia del trabajador/es en las
instalaciones debiendo informar y hacer cumplir a estos el Plan de Seguridad y Salud así como la
utilización de los equipos de protección colectivos e individuales, adoptar las medidas preventivas
necesarias, así como conocer los riesgos generados y respetar a lo largo de todas las instalaciones la
señalización existente en los lugares donde acceda el trabajador.
En caso de no adoptar lo anteriormente descrito, el trabajador deberá notificarlo al responsable
de seguridad de la empresa y adoptar las medidas necesarias con el objetivo de poder cumplir dichos
requisitos. Si dichos requisitos no se pudiesen cumplir el trabajador no podrá acceder a las
instalaciones.
Proyección de fragmentos o partículas: Utilización de herramientas manuales.
Durante las tareas que conlleven desprendimiento de fragmentos o partículas, se usarán gafas
que protejan las partes del cuerpo expuestas.
Atrapamiento por o entre objetos: Uso de herramientas manuales y maquinas.
Medidas de seguridad para la correcta utilización y manejo de máquinas y herramientas:
Utilizar únicamente las herramientas manuales que estén en buenas condiciones y bien
afiladas.
Las herramientas se deben transportar enfundadas, y una vez finalizado el trabajo deben
guardarse en un lugar específico y bien ordenadas.
No manipular las máquinas portátiles para realizar algún cambio de piezas, engrase o
cualquier otra operación de mantenimiento, sin antes desconectarlos de la fuente de alimentación.
Espacios confinados: Trabajos en el interior de arquetas y galerías de servicio.
Se debe establecer e implantar un procedimiento de trabajo de "Permisos de trabajos
especiales" para la entrada y la realización de trabajos en los espacios confinados de la empresa. De
forma general, debe contemplar: los medios de acceso al recinto (escaleras, plataformas, etc.), las
medidas preventivas a adoptar durante el trabajo (ventilación, control continuado de la atmósfera
interior, etc.), los EPIs a emplear (máscaras respiratorias, arnés, etc.), los equipos de trabajo a utilizar
y la vigilancia y control de la operación desde el exterior.
Se debe impartir una formación específica sobre espacios confinados, para que los
trabajadores sean capaces de identificar y conozcan lo que es un recinto confinado, la gravedad de
los riesgos existentes, las medidas preventivas a adoptar durante el trabajo, los equipos de trabajo y
los EPIs a utilizar, así como las medidas de vigilancia y control de la operación desde el exterior. Es
esencial realizar prácticas y simulaciones periódicas de situaciones de emergencia y rescate.
Pantallas de Visualización de Datos: Utilización de ordenadores para realizar las tareas de
gestión y coordinación de trabajo.
Al trabajar con un ordenador se deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
Ajustar la altura silla de tal manera que los codos queden a nivel o ligeramente por debajo de
la mesa.
Ajustar el respaldo de la silla de modo que la espalda se apoye correctamente.
Si al regular la altura de la silla no se puede apoyar los pies en el suelo, utilizar un
reposapiés.
Colocar el borde superior de la pantalla a nivel de los ojos o ligeramente por debajo.
Apoyar los antebrazos sobre la mesa y delante del teclado para relajar la musculatura de
hombros.
Siempre que sea posible, colocar el ordenador en paralelo a las fuentes de iluminación, sean
naturales como artificiales, para evitar deslumbramientos y reflejos en la pantalla.
Posturas forzadas: Trabajos de pie, en cuclillas, agachado, de rodillas, posturas no ergonómicas
Aunque no se esté sometido a esfuerzos físicos, el mantenimiento prolongado de una
determinada postura conduce a la fatiga de la musculatura. Por este motivo, se deben evitar las posturas
de trabajo fijas y estáticas facilitando que la persona pueda levantarse de vez en cuando o caminar
cuando lleva mucho rato sentado; o bien, cuando trabaje de pie, permitir que pueda sentarse o
apoyarse, o cambiar el peso de un pie a otro.
Medidas adicionales para la protección de la maternidad
Caída de personas a distinto nivel:
Evitar que las trabajadoras embarazadas realicen trabajos en altura, en especial el trabajo
sobre escaleras y/o plataformas elevadas.
Sobreesfuerzo:
Evitar que las mujeres embarazadas deban realizar sobreesfuerzos tales como
levantamientos puntuales de cargas de más de 10 kg de peso, o adopciones de posturas forzadas
como los trabajos en cuclillas o las flexiones forzadas de espalda.
Posturas forzadas:
Se deben adoptar las medidas necesarias para evitar que las trabajadoras embarazadas deban
permanecer constantemente en postura de pie o sentada sin alternar de postura. Se deberá asegurar
la disponibilidad de asientos en caso de necesidad. Adicionalmente, se recomienda la alternancia de
posturas y la realización de ejercicios o movimientos para mantener una buena circulación
sanguínea a lo largo de la jornada de trabajo. Si esto no fuera posible, se deberán programar pausas.
Posturas forzadas:
Evitar que las trabajadoras embarazadas deban adoptar posturas incómodas, permancecer en
bipedestación mantenida o intermitente, en general más de 4 horas al día o 30 minutos a la hora,
flexionar el tronco de forma mantenida o intermitente, más de 10 veces a la hora, así como subir y
bajar escaleras más de 4 veces por turno.
Espacios confinados:
Evitar la exposición de la trabajadora en estado de embarazo a productos tóxicos para la
reproducción, carcinogénicos, mutagénicos, metales, como mercurio y plomo, CO, pesticidas,
estireno, gases anestésicos, humos de caucho, fármacos antimitóticos, y agentes y procedimientos
incluidos en el R.D. 665/1997 (Anexo I).
Espacios confinados:
Evitar la exposición, durante el estado de lactancia, a productos tóxicos para la lactancia,
metales (Hg, Pb, Mn, Cd), bifenilos policlorados, pesticidas organoclorados y organofosforados,
disolventes orgánicos tóxicos y muy tóxicos, benceno, anilina y derivados y productos
farmacéuticos cito tóxicos.
Actividades preventivas
Formación
A continuación se detallan los cursos que deben impartirse en cada puesto de trabajo para dar
cumplimiento a la obligación del empresario de formar a los trabajadores:
Tabla 5:
Formación: Actividad preventiva
Puesto de trabajo Curso Observaciones
Trabajadores de taller e industria optica Formación específica en el puesto de
trabajo
Trabajadores de taller e industria optica Formación FLC oficios 20 horas -
construcción
Trabajadores que requieren de una especial protección
Protección de la maternidad
Según las actividades que se deben realizar por en el presente proyecto, se detectan en los
siguientes puestos de trabajo la presencia de algún o algunos riesgos cuya exposición pudiera influir
negativamente en el estado de maternidad de las trabajadoras, según la lista no exhaustiva de agentes
y condiciones de trabajo establecida en los Anexos VII y VIII del R.D. 39/1997.
Tabla 6:
Maternidad y riesgo laboral
Puesto de trabajo Riesgo para la maternidad
Trabajadores de taller e industria Caída de personas a distinto nivel
Trabajadores de taller e industria Sobreesfuerzo
Trabajadores de taller e industria Posturas forzadas
Trabajadores de taller e industria Espacios confinados
Previamente a la incorporación de una trabajadora en alguno de los puestos de trabajo
indicados anteriormente, la empresa deberá informarle de los riesgos existentes y entregar la ficha
informativa correspondiente, en la cual se le advertirá de la necesidad de comunicar de forma
inmediata a la empresa su embarazo o lactancia a fin de garantizar su protección ante los riesgos
detectados.
En el momento que una trabajadora, que ocupe o vaya a incorporarse a alguno de estos puestos,
comunique su estado de embarazo o lactancia a la empresa, ésta deberá adoptar inmediatamente las
medidas preventivas indicadas en el apartado de "Medidas adicionales para la protección de la
maternidad" del correspondiente puesto de trabajo.
Este listado debe servir como ayuda a la empresa en la determinación, previa consulta de los
representantes de los trabajadores, de la relación de puestos de trabajo exentos de riesgos para la
maternidad, según lo establecido en el Art. 26 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.
En cualquier caso, cuando una trabajadora comunique a la empresa su estado de embarazo o
lactancia, la empresa lo notificará al en cargado de seguridad, utilizando el modelo "Notificación de
cambios de las condiciones de trabajo" para su valoración, por si se hubiese producido algún cambio
en las condiciones de trabajo que haya introducido algún riesgo adicional para esta situación.
Protección de los menores
Según información facilitada por la empresa, en la actualidad no existe ningún menor
ocupando ninguno de los puestos de trabajo objeto de la evaluación.
De incorporarse algún trabajador menor de edad a alguno de los puestos de trabajo de la
empresa, se deberá notificar inmediatamente, y en cualquier caso con anterioridad al inicio de la
prestación laboral al encargado de seguridad, utilizando el modelo “Notificación de cambios de las
condiciones de trabajo”; a fin de que el servicio de prevención pueda realizar una evaluación de
riesgos específica previa al inicio de la prestación laboral. Dicha evaluación deberá tener en cuenta
los riesgos específicos para la seguridad, la salud y el desarrollo de los jóvenes derivados de su falta
de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales y de su desarrollo
todavía incompleto según lo previsto en el artículo 27 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
Asimismo, previamente a la incorporación de un trabajador menor de edad en alguno de los
puestos de trabajo, la empresa deberá informarle de los riesgos existentes y entregar la ficha
informativa correspondiente a fin de garantizar su protección ante los riesgos detectados.
Presencia de trabajadores especialmente sensibles
Según información facilitada por la empresa no se ha detectado personal especialmente
sensible a los riesgos detectados en ninguno de los puestos de trabajo objeto de la evaluación.
Cuando un trabajador, que ocupe o vaya a incorporarse a alguno de los puestos de trabajo
evaluados, pueda considerarse especialmente sensible, o tener alguna discapacidad física, psíquica,
sensorial o algún tipo de sensibilidad; se deberá notificar inmediatamente y en cualquier caso con
anterioridad al inicio o continuación de la prestación laboral al encargado de seguridad utilizando el
modelo “Notificación de cambios de las condiciones de trabajo”; para su valoración según lo
previsto en el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Recursos preventivos
En alguno de los puestos de trabajo evaluados se han detectado situaciones de especial
peligrosidad, que requieren la presencia de recursos preventivos para controlar adecuadamente los
riesgos que se presentan durante el desarrollo de tales situaciones.
La siguiente tabla relaciona estos puestos de trabajo con los trabajos o tareas peligrosas y los riesgos
que deben ser controlados.
Tabla 7:
Recurso preventivo
Puesto de trabajo Tarea Riesgo
Instalación de estructuras Trabajos confinados Trabajos en espacios confinados.
Cuando en alguno de los puestos de trabajo se vaya a introducir una nueva tarea o actividad a
desarrollar, no evaluada hasta el momento, le recordamos la necesidad de comunicar al encargado de
seguridad dicha situación para su posterior valoración.
Cualquier modificación sustancial de las condiciones de trabajo no contempladas en esta
evaluación debe ser puesta en conocimiento del encargado de seguridad para proceder a su
correspondiente revisión.
Listado de riesgos
Riesgos de seguridad:
Caída de personas a distinto nivel: Incluye tanto las caídas desde altura como en
profundidades.
Caída de personas al mismo nivel: Incluye caídas en lugares de paso o superficies de trabajo
y caídas sobre o contra objetos.
Caída de objetos por desplome o derrumbamiento: Comprende las caídas de edificios, muros,
andamios, escaleras, apilamientos de mercancías, etc., y los derrumbamientos de masas de
tierra, rocas, aludes, etc.
Caída de objetos en manipulación: Comprende la caída de herramientas, materiales, etc.,
sobre un trabajador, siempre que el accidentado sea la persona que manipulaba el objeto
caído.
Caída de objetos desprendidos: Comprende las caídas de herramientas o materiales sobre un
trabajador, siempre que éste no las estuviese manipulando.
Pisadas sobre objetos: Incluye los accidentes que dan lugar a lesiones como consecuencia de
pisadas sobre objetos cortantes o punzantes.
Choque contra objetos móviles: El trabajador sufre golpes ocasionados por elementos móviles de
máquinas o instalaciones. No se incluyen los atrapamientos.
Choque contra objetos inmóviles: Considera los golpes que se ocasiona el trabajador contra
objetos que no están en movimiento.
Golpes o cortes con objetos o herramientas: El trabajador se lesiona por un objeto o
herramienta durante su utilización. No se incluyen los golpes por caída de objetos.
Proyección de fragmentos o partículas: Comprende los accidentes debidos a la proyección
sobre el trabajador de partículas o fragmentos voladores procedentes de máquinas o
herramientas.
Atrapamiento por o entre objetos: En elementos de máquinas, con diversos materiales, etc.
Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos: Incluyen los atrapamientos debidos a los
vuelcos de carretillas, vehículos u otras máquinas, que puedan aprisionar al trabajador.
Sobreesfuerzo: Accidentes originados por acciones puntuales relacionadas con la
manipulación de cargas o la adopción de posturas extremas.
Exposición a temperaturas ambientales extremas: Accidentes causados por alteraciones
fisiológicas al encontrarse el trabajador puntualmente expuesto a un ambiente excesivamente
frío o caliente.
Contactos térmicos: Accidentes debidos a las temperaturas extremas que tiene los objetos y
que entran en contacto con cualquier parte del cuerpo (líquido o sólido).
Contactos eléctricos: Son todos los accidentes cuya causa sea la electricidad.
Inhalación o ingestión de sustancias tóxicas: Accidentes causados por una exposición
puntual a una atmósfera tóxica o por la ingestión de productos tóxicos.
Contactos con sustancias agresivas: Accidentes causados por contactos con sustancias que
dan lugar a lesiones extremas.
Contaminación por agentes biológicos: Infecciones causadas por seres vivos tales como virus,
bacterias, hongos o parásitos.
Exposición a radiaciones: Riesgo causado por una exposición puntual a radiaciones tanto
ionizantes como no ionizantes.
Incendios y explosiones: Acciones que dan lugar a lesiones causadas por la onda expansiva o
sus efectos secundarios, o incendios debidos a la manipulación de productos químicos o equipos
de trabajo. En cualquier caso sólo afectarían a la persona que está trabajando con estos equipos
o productos.
Accidentes causados por seres vivos: Accidentes causados directamente por personas o
animales.
Atropellos o golpes por vehículos: Comprende los atropellos de personas por vehículos, así
como los accidentes en los que el trabajador lesionado va sobre el vehículo accidentado. No se
incluyen los accidentes de tráfico.
Accidentes por circulación: Accidentes de tráfico ocurridos dentro del horario laboral,
independientemente de que se trate de trabajo habitual o no.
Otros riesgos: Otros riesgos no incluidos en otros apartados.
Espacios confinados: Trabajos en recintos confinados que conllevan una problemática de riesgos
adicionales que obligan a unas precauciones más exigentes para prevenir acumulaciones de
contaminantes, deficiencias de oxígeno e incluso incomodidad de posturas de trabajo.
Riesgos higiénicos:
Exposición a agentes químicos por inhalación: Se consideran las situaciones en las que
reiteradamente hay presencia de agentes químicos en el ambiente de trabajo y es posible que
el trabajador los respire.
Exposición a agentes químicos por contacto: Se consideran las situaciones en que es posible el
contacto reiterado de determinados agentes químicos con la piel de los trabajadores y, como
consecuencia de ello, se pueda producir absorción por vía dérmica o afecciones cutáneas.
Exposición a ruido: La exposición al ruido se considera en aquellos puestos de trabajo en los
que pueda representar un riesgo para la salud, y no una simple causa de molestia o disconfort.
Exposición a vibraciones: La exposición a vibraciones se produce cuando se transmite a
alguna parte del cuerpo el movimiento oscilante de una estructura, ya sea el suelo, una
empuñadura o un asiento.
Riesgo de estrés térmico: Originado en aquellos puestos de trabajo sometidos a unas condiciones
climáticas adversas, tanto por frío como por calor.
Exposición a radiaciones ionizantes: Utilización en el puesto de trabajo de fuentes
radiactivas naturales (radioisótopos) o de aparatos productores de radiaciones ionizantes
(rayos X, rayos g, aceleradores de partículas).
Exposición a radiaciones no ionizantes: Utilización en el puesto de trabajo de fuentes
concretas de radiaciones no ionizantes, tales como ultravioleta, infrarrojo, microondas,
radiofrecuencias o campos estáticos.
Iluminación: Situaciones en las que las condiciones de iluminación puedan suponer un
riesgo de fatiga visual para el trabajador.
Exposición a agentes biológicos: Se consideran las situaciones en las que pueda haber
contacto con microorganismos, animales, plantas y/o derivados de éstos que puedan suponer
un riesgo para la salud.
Riesgos ergonómicos:
Posturas forzadas: Actividades en las que el trabajador deba mantener posturas extremas o
fijas de forma prolongada, produciendo una sobrecarga en la musculatura corporal.
Movimientos repetitivos: Actividades de tipo repetitivo que impliquen la realización de
movimientos rápidos de las extremidades superiores, combinados con esfuerzos, posturas de
trabajo inadecuadas y tiempos de recuperación insuficientes.
Manipulación manual de cargas: Engloba todas aquellas actividades que representan un
levantamiento, transporte, empuje o arrastre de una carga por parte del trabajador.
Pantallas de visualización de datos: Aquellos puestos de trabajo en los que el uso de
pantallas de visualización de datos pueda suponer un riesgo de carga física, visual y/o mental.
Sobrecarga de la voz: Alteraciones o trastornos de las cualidades acústicas básicas de la voz
que afectan a la comunicación.
Disconfort térmico: Situación no confortable o de disconfort en relación a las condiciones
ambientales del entorno, aunque éstas disten mucho de poner en riesgo la salud de los
trabajadores.
Riesgos psicosociales:
Carga mental: Conjunto de requerimientos mentales, cognitivos o intelectuales a los que se
ve sometido el trabajador a lo largo de su jornada laboral; tales como: tiempo asignado al
trabajo, ritmo, requerimientos de memorización, creatividad, posibilidad de realizar pausas,
descansos, etc.
Factores de la organización: Aspectos implícitos a la organización que pueden tener una
incidencia psicosocial en los trabajadores, como el grado de participación, intervención y
colaboración del trabajador sobre los distintos aspectos de su trabajo y la organización,
posibilidad de promoción y formación, existencia de canales de comunicación en la empresa,
etc.
Trabajo a turnos/Nocturnidad/Viajes transoceánicos: Alteraciones de los ritmos circadianos
que pueden provocar síntomas de fatiga, insomnio y otros, debidos bien al trabajo nocturno, al
trabajo a turnos sucesivos o bien al cambio de husos horarios en viajes transoceánicos (jet
lag).
Violencia/relaciones personales: Aspectos de las condiciones de trabajo que se derivan de las
relaciones que se establecen entre las personas en los entornos de trabajo. Posibilidad de
conflictos interpersonales, violencia física generada por terceras personas, etc.
Trabajos en solitario: Trabajos que, por razones horarias (trabajo nocturno, trabajo de fines
de semana) u organizacionales (manejo de datos industriales confidenciales, vigilancia de
procesos o de centros de trabajo), son desarrollados en situación de aislamiento.
Deficiencias:
Condiciones de evacuación: Se considera el estado de las vías y salidas de evacuación, así
como su señalización e iluminación.
Condiciones ambientales: Se consideran las condiciones termohigrométricas y de renovación
de aire de los lugares de trabajo que puedan dar lugar a situaciones de molestia o disconfort
en los trabajadores.
Equipos de protección contra incendios: Hace referencia a la existencia y estado de
extintores, BIE, detectores, etc.
Servicios higiénicos: Dotación de vestuarios, duchas, lavabos, agua potable, locales de
descanso, etc.
Primeros auxilios: Dotación de materiales y locales de primeros auxilios.
Medidas de emergencia: Gestión de las medidas de emergencia por parte de la empresa.
Coordinación de actividades empresariales: Gestión, por parte de la empresa, de las
actividades de coordinación de actividades empresariales.
Formación e información: Gestión de la formación e información de los trabajadores por
parte de la empresa.
Gestión de la vigilancia de la salud: Gestión de la vigilancia de la salud por parte de la
empresa.
Listado de Equipos de Trabajo
Taladro
Soldadoras
Oxicorte
Herramienta manual
Sierra
Canastilla, toro mecácnio, grúa pluma.