Aneaes - Historia

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LA CREACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR(ANEAES) INTRODUCCIÓN En la Declaración Mundial sobre Educación Superior, del año 2009, se establece la educación como un bien público. Se considera que el acceso a ella debe ser igual para todos, con base en los méritos, como se pronuncia el Documento de la Declaración Mundial sobre Derechos Humanos. Se estima que es un instrumento para la eficaz lucha contra la pobreza, el desarrollo sostenible y sostenido, en fin para el progreso personal y social. Igualmente, en el documento Educación de Calidad para Todos. Un Asunto de Derechos Humanos, OREALC/UNESCO, 2007 se expresa que “… la educación es un derecho humano que permite a las personas ejercer los otros derechos humanos. Por esta razón, nadie puede quedar excluido de ella. El derecho a la educación se ejerce en la medida que las personas, más allá de tener acceso a la escuela, puedan desarrollarse plenamente y continuar aprendiendo”. P.7 En este contexto, la educación superior debe ser accesible y de calidad para todos. Esto implica un esfuerzo ingente de gobiernos e instituciones para asegurar el nivel de calidad y la pertinencia de la oferta educativa. Asimismo, la educación superior ha dejado de ser el último escalón de la educación formal, para constituirse en la autorización para la educación a lo largo de la vida. Desde este punto de vista, la educación no puede ser considerada como un mero servicio o una mercancía negociable, sino como un derecho que el Estado tiene la obligación de respetar, asegurar, proteger y promover. En este sentido, la instalación de una instancia de aseguramiento de la calidad es un compromiso político que pretende desarrollar en las instituciones la cultura hacia la calidad y en la opinión pública, la información actualizada y oportuna para la toma de decisiones respecto de las opciones para la formación superior. LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN PARAGUAY En el Paraguay, la Ley General de Educación, N° 1264/98, establece que la Educación Superior comprende a las universidades, a los institutos superiores y a las instituciones de formación profesional del tercer nivel, ordenadas todas ellas por la ley de educación superior, cuya discusión está en marcha desde el año 2008 y aún no ha sido aprobada a diciembre de 2010. La misma ley establece que las universidades públicas y privadas, así como las instituciones superiores de enseñanza, son parte del sistema nacional de educación y su funcionamiento se adecuará a lo dispuesto por la legislación pertinente. En el mismo Artículo, la ley consigna que el Consejo Nacional de Educación y Cultura evaluará periódicamente el funcionamiento de estas Instituciones y elevará el correspondiente informe al Congreso Nacional para su oportuna consideración. El Ministerio de Educación y Cultura regula las instituciones de formación profesional del tercer nivel, entre los cuales se encuentran los institutos de formación docente, a través de la Dirección General de Educación Superior. Las universidades paraguayas, hasta el presente, se rigen por la Ley 136/93 de Universidades. Los institutos superiores no cuentan con órgano de regulación a la fecha presente, constituyendo un fenómeno reciente en la educación superior paraguaya.

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Historia de la ANEAES - PARAGUAY

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  • LA CREACIN DE LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIN Y

    ACREDITACIN DE LA EDUCACIN SUPERIOR(ANEAES)

    INTRODUCCIN

    En la Declaracin Mundial sobre Educacin Superior, del ao 2009, se establece la educacin como un bien pblico. Se considera que el acceso a ella debe ser igual para todos, con base en los mritos, como se pronuncia el Documento de la Declaracin Mundial sobre Derechos Humanos. Se estima que es un instrumento para la eficaz lucha contra la pobreza, el desarrollo sostenible y sostenido, en fin para el progreso personal y social.

    Igualmente, en el documento Educacin de Calidad para Todos. Un Asunto de Derechos Humanos, OREALC/UNESCO, 2007 se expresa que la educacin es un derecho humano que permite a las personas ejercer los otros derechos humanos. Por esta razn, nadie puede quedar excluido de ella. El derecho a la educacin se ejerce en la medida que las personas, ms all de tener acceso a la escuela, puedan desarrollarse plenamente y continuar aprendiendo. P.7

    En este contexto, la educacin superior debe ser accesible y de calidad para todos. Esto implica un esfuerzo ingente de gobiernos e instituciones para asegurar el nivel de calidad y la pertinencia de la oferta educativa. Asimismo, la educacin superior ha dejado de ser el ltimo escaln de la educacin formal, para constituirse en la autorizacin para la educacin a lo largo de la vida.

    Desde este punto de vista, la educacin no puede ser considerada como un mero servicio o una mercanca negociable, sino como un derecho que el Estado tiene la obligacin de respetar, asegurar, proteger y promover.

    En este sentido, la instalacin de una instancia de aseguramiento de la calidad es un compromiso poltico que pretende desarrollar en las instituciones la cultura hacia la calidad y en la opinin pblica, la informacin actualizada y oportuna para la toma de decisiones respecto de las opciones para la formacin superior.

    LA EDUCACIN SUPERIOR EN PARAGUAY

    En el Paraguay, la Ley General de Educacin, N 1264/98, establece que la Educacin Superior comprende a las universidades, a los institutos superiores y a las instituciones de formacin profesional del tercer nivel, ordenadas todas ellas por la ley de educacin superior, cuya discusin est en marcha desde el ao 2008 y an no ha sido aprobada a diciembre de 2010.

    La misma ley establece que las universidades pblicas y privadas, as como las instituciones superiores de enseanza, son parte del sistema nacional de educacin y su funcionamiento se adecuar a lo dispuesto por la legislacin pertinente. En el mismo Artculo, la ley consigna que el Consejo Nacional de Educacin y Cultura evaluar peridicamente el funcionamiento de estas Instituciones y elevar el correspondiente informe al Congreso Nacional para su oportuna consideracin.

    El Ministerio de Educacin y Cultura regula las instituciones de formacin profesional del tercer nivel, entre los cuales se encuentran los institutos de formacin docente, a travs de la Direccin General de Educacin Superior.

    Las universidades paraguayas, hasta el presente, se rigen por la Ley 136/93 de Universidades.

    Los institutos superiores no cuentan con rgano de regulacin a la fecha presente, constituyendo un fenmeno reciente en la educacin superior paraguaya.

  • Desde la creacin de la Universidad Nacional de Asuncin, en 1889, hasta la fecha, el marco regulador de las Instituciones de Educacin fue evolucionando y adecundose a las circunstancias sociales y polticas del pas. En la etapa de democratizacin fueron promulgadas las leyes que rigen el sistema de Educacin del pas hasta la fecha:

    Ley 1264/96 General de Educacin,

    Ley 136/93 de Universidades

    Ley 2529/06 que modifican los artculos 4, 5, 8 y 15 de la ley 136.

    Ley 2072/03 de creacin la Agencia Nacional de Evaluacin y Acreditacin de la Educacin Superior.

    Ley 3973/10 que modifica parcialmente el artculo 1 de la ley N 2529/06

    A partir de la promulgacin de la Ley N 2072/03, de creacin de la Agencia Nacional de Evaluacin y Acreditacin de la Educacin Superior, ANEAES, se instaura el rgano certificador de la calidad de la educacin superior, en todos sus componentes.

    LA CREACIN DE LA ANEAES La preocupacin por la calidad de la educacin superior encontr en el MERCOSUR un impulso para la creacin de un sistema de evaluacin y acreditacin de la educacin superior, incluyendo la constitucin de una agencia nacional de acreditacin.

    En el mbito del MERCOSUR el reconocimiento de ttulos se encuentra basado en la calidad de la educacin. El Memorndum de Entendimiento sobre la implementacin de un mecanismo experimental de acreditacin de carreras para el reconocimiento de ttulos de grado universitario en los pases del MERCOSUR, de 19 de Junio de 1998, constituye la base del sistema de reconocimiento de ttulos universitarios en la Regin a travs de un sistema de acreditacin de carreras.

    Asimismo, en el Compromiso de Brasilia, Plan Trienal, 1998- 2000, fue establecido como un rea prioritaria la Evaluacin y Acreditacin, pretendiendo para el ao 2000 la instalacin de las Agencias de Acreditacin en todos los pases miembros y asociados.

    Con este objetivo el Ministerio de Educacin y Cultura, como coordinador del MERCOSUR Educativo, organiza en el ao 2000, el proceso de consulta para la implementacin del sistema con los distintos actores involucrados, autoridades universitarias, asociaciones profesionales, congresistas, expertos en evaluacin. A travs de este proceso se elabor el documento donde se establecan las bases para la creacin de una agencia de acreditacin universitaria, destinada a certificar la calidad de la educacin superior paraguaya y permitir a la vez, cumplir con los requisitos del MERCOSUR Educativo. As, por Resolucin 2708 del 5 de abril de 2000 del Ministerio de Educacin y Cultura (MEC) fue creada la Comisin Tcnica ad hoc y ad honorem encargada de elaborar una propuesta de un modelo de Agencia de Evaluacin y Acreditacin, la misma fue integrada por tcnicos de la Direccin de Universidades e Instituciones Superiores del MEC y representantes de las Universidades Nacionales y Privadas, de Capital e Interior del pas.

    La Comisin Tcnica trabaj en un documento borrador, con un formato de propuesta general, en ella fueron incluidos los antecedentes de orden legal que fundamentan la creacin de la Agencia Nacional de Evaluacin y Acreditacin, las definiciones fundamentales referidas a la evaluacin, acreditacin y la calidad en la educacin superior. Esta Comisin dio por terminada su funcin al presentar el documento propuesta a la Comisin Conjunta del Consejo de Universidades, el CONEC y el MEC.

    Con este documento, la Comisin Bicameral de Reforma de la Educacin Superior, del Honorable Congreso Nacional, se aboc a la elaboracin del anteproyecto de ley, el cual fue confeccionado con un proceso de amplia consulta y llevado ante el Congreso Nacional con un amplio consenso

  • de todos los actores pertinentes, cuyos representantes acompaaron dicha presentacin hasta la promulgacin de la Ley N 2072/03, en el mes de febrero de 2003.

    La ley fue promulgada en el ao 2003, al mismo tiempo que se llevaba a cabo la primera evaluacin externa en el mbito del Mecanismo Experimental de Acreditacin de carreras universitarias del MERCOSUR, denominado MEXA. El primer Consejo de la Agencia se instala en el mes de noviembre de ese mismo ao.

    La instalacin de la Agencia se dio inicio con la acreditacin de las carreras de Agronoma, Ingeniera y Medicina, en el marco del MEXA, actividad que se extendi hasta el ao 2006. Esta actividad permiti un amplio debate de la calidad de la educacin superior y el inters de las instituciones en conocer los mecanismos, de manera a incorporarse al sistema. En el Paraguay han sido acreditadas por este Mecanismo, 1 carrera de Agronoma, 5 de Ingeniera y 1 de Medicina.

    La evaluacin del MEXA demostr que la aplicacin fue adecuada y que por ello resultaba conveniente la instalacin de un sistema de acreditacin permanente de la calidad de la formacin de nivel universitario en la regin.

    Asimismo, se seal que la institucionalizacin de un sistema de acreditacin regional de la calidad de la formacin de grado, constitua una poltica de Estado conveniente, a ser adoptada por los pases del MERCOSUR.

    La constitucin del Sistema ARCU-SUR est consignada en la Decisin N 17/08 del Grupo Mercado Comn, suscrita en San Miguel de Tucumn, Argentina, el 30 de junio de 2008, en la cual se aprueba el texto que fija las bases definitivas del Sistema ARCU-SUR, a travs del documento ACUERDO SOBRE LA CREACIN E IMPLEMENTACIN DE UN SISTEMA DE ACREDITACIN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS PARA EL RECONOCIMIENTO REGIONAL DE LA CALIDAD ACADMICA DE SUS RESPECTIVAS TITULACIONES EN EL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS.

    En base a este documento, se convocan las titulaciones del proceso MEXA, Agronoma, Ingeniera y Medicina, a re-acreditacin en el plazo de 2008-2010, a las que se suman otras cuatro nuevas titulaciones, Arquitectura, Enfermera, Odontologa y Veterinaria.

    En el ao 2007, la ANEAES, con apoyo de consultores extranjeros, pertenecientes a CINDA, desarrolla el Modelo Nacional de Acreditacin para las titulaciones de Agronoma, Ingeniera y Medicina, las que ya haban ingresado al MEXA, a las que se suma Derecho, a pedido de instituciones y los gremios que agrupan a los abogados, tomando en cuenta la gran cantidad de carreras de Derecho existentes en el pas.

    El modelo desarrollado establece bases generales y est diseado para aplicarse a una Institucin, una Unidad Acadmica o un programa, utiliza informacin cuantitativa y cualitativa, privilegia la funcin de docencia, sin dejar de lado la investigacin extensin y ha sido construido sobre la lgica de un sistema de informacin administrativo. El Modelo Nacional se realiza tomando en cuenta los criterios de calidad establecidos para el MERCOSUR, de forma a favorecer la convergencia de los procesos nacional y regional.

    Establecido el cronograma de convocatoria para el ARCU-SUR, ANEAES toma la decisin de ajustar la convocatoria nacional a la del ARCU-SUR, atendiendo cuestiones de economa en recursos y procesos para las instituciones y para la propia agencia. Informado y aprobado en la instancia de la Red de Agencias Nacionales de Acreditacin del MERCOSUR, RANA, se procede a realizar la convocatoria conjunta para el Modelo Nacional y el Sistema ARCU-SUR, en estas siete titulaciones de grado. La titulacin de Derecho, solo para el Modelo Nacional, fue convocada en el 2010.

    En el segundo semestre de 2008 fueron convocadas las titulaciones de Arquitectura y Agronoma. En el primer semestre de 2009 se han convocado en las de Enfermera y Veterinaria. En el mes de

  • septiembre de 2009, se realiz la convocatoria de las titulaciones de Ingeniera, en especialidad civil, industrial, mecnica, qumica y electrnica. En el ao 2010 se realiz la convocatoria de Medicina y Odontologa.

    En este sentido, debe considerarse que la acreditacin de carreras universitarias en el Paraguay es de carcter obligatorio para aquellas carreras que otorguen ttulos que habiliten para el ejercicio de profesiones cuya prctica puedan significar dao a la integridad de las personas o a su patrimonio, de acuerdo al Art. 2 de la ley N 2072/03 .

    Para el mbito de las instituciones, la ANEAES ha venido trabajando en un modelo de evaluacin, el cual fue puesto en validacin en el segundo semestre de 2009. Si bien se plantea como modelo de evaluacin, existe una motivacin en las instituciones para convertirlo en un proceso de acreditacin.

    En el caso de programas de postgrado, existe un primer planteamiento para programas stricto sensu, se ha denotado la necesidad de establecer un proceso para postgrados de especialidades en salud, debido a la preocupacin de los gremios respectivos, ante la proliferacin de oferta de cursos en el pas.

    Durante todo el proceso de diseo y puesta en marcha de los procesos de evaluacin y acreditacin, la ANEAES ha mantenido y mantiene, un estrecho contacto con las instituciones, a travs de mesas de trabajo, capacitaciones y seminarios, as como las instancias de formacin de personal para la evaluacin, pares evaluadores, y ms recientemente, de consultores para aseguramiento de la calidad de la educacin superior.

    La ANEAES adems sirve de rgano consultivo al Parlamento Nacional, emitiendo dictmenes tcnicos para habilitacin de institutos superiores. Si bien dichos dictmenes no son vinculantes por ley, se ha hecho necesario contar con dictamen favorable para la habilitacin de estas instituciones. Hasta mediados del 2009, la ANEAES ha acercado 23 dictmenes tcnicos para este menester, 2 para institutos de gestin pblica y 21 para institutos de gestin privada.

    En el mediano plazo, correspondiente al mandato del Consejo actual, (2012 al 2016) la ANEAES debiera contar con procedimientos dinmicos en sus mbitos de gestin a fin de contar con un nmero respetable de instituciones que hayan pasado por procesos de evaluacin y acreditacin y haber capacitado a suficientes personas en estos procesos, como para asistir a todas las instituciones del pas.

    Un aspecto fundamental para alcanzar estos objetivos es la promulgacin de la ley de educacin superior, que ordene el sistema, a fin de afianzar los procesos de aseguramiento de la calidad.

    Convocatorias en el Modelo Nacional

    AO CARRERA DE GRADO

    2009 Agronoma

    Arquitectura

    Enfermera

    Veterinaria

  • Convocatorias en el Sistema ARCUSUR

    AO CARRERA DE GRADO

    2008 Agronoma

    Arquitectura

    2009 Enfermera

    Veterinaria

    Ingeniera

    2010 Medicina

    Odontologa

    Derecho

    Ingeniera

    2010 Medicina

    Odontologa

    2011 Enfermera *

    Odontologa*

    Medicina*

    2012 Derecho * - Enfermera ** Medicina ** - Odontologa**

    ** Segunda Convocatoria

    ** Tercera convocatoria

  • LA ANEAES Y SU RELACIONAMIENTO INSTITUCIONAL La ANEAES se relaciona con el Ministerio de Educacin y Cultura, MEC, a travs del Gabinete del Ministro y de la Direccin General de Educacin Superior. La Agencia depende administrativamente del MEC, aunque cuenta con autonoma tcnica y administrativa para el cumplimiento de sus funciones .

    En el mbito internacional, la ANEAES es miembro desde su inicio del Mecanismo MERCOSUR para acreditacin de carreras, siendo su participacin en la Red de Agencias Nacionales de Acreditacin del MERCOSUR, RANA, activa y permanente, trabajando en los comits tcnicos para la elaboracin de instrumentos para el sistema.

    Asimismo, es miembro fundador de RIACES, Red Iberoamericana de Agencias de Acreditacin, de cuyo Comit Directivo es integrante desde la ltima Asamblea, en el mes abril de 2009. A travs de este relacionamiento ha propiciado el entrenamiento y participacin de pares evaluadores paraguayos en procesos internacionales.

    La ANEAES ha empleado sus primeros cinco aos de vida para instalarse en el medio nacional y lograr el reconocimiento por parte de las IES y de las instancias oficiales del Poder Ejecutivo y Legislativo.

    Ms recientemente, en su segunda fase de vida, se ha considerado la necesidad de fortalecimiento institucional de la Agencia, a travs de acciones que permitan llevar adelante los procesos de acreditacin de forma eficiente y eficaz. En este sentido, es de resaltar el esfuerzo que realiza actualmente la ANEAES en su propio proceso de evaluacin y acreditacin ante RIACES.

    Durante todos estos procesos, la participacin de la ANEAES en instancias de capacitacin y formacin de profesionales en el mbito de la evaluacin y la acreditacin ha sido contino y permanente, lo que le ha dado una visibilidad social y legitimidad a las acciones que desarrolla, lo que constituye un capital profesional y de competencia que deber seguir acrecentando a travs del tiempo.

    Ley N 1264/98, Art. 47

    Ley N 1264, Art. 53 CONEC: rgano responsable de proponer las polticas culturales, la reforma del sistema educativo nacional y acompaar su implementacin en la diversidad de sus elementos y aspectos concernientes. Ley N 1264/98, Art. 92 Ley N 1264/98, Art. 51 MERCOSUR: Mercado Comn del Cono Sur de las Amricas Bolivia y Chile se hallan incorporados efectivamente a la Regin en el mbito del MERCOSUR Educativo. Ms recientemente, Venezuela est participando de los procesos, aunque su avocacin an no es efectiva ARCU-SUR: Acreditacin Regional de Carreras Universitarias del MERCOSUR Ley N 2072/03. Art. 2 La participacin en procesos de evaluacin para las instituciones de educacin superior y de acreditacin para los cursos de postgrado tiene carcter voluntario. La acreditacin es obligatoria para las carreras de derecho, medicina, odontologa, ingeniera, arquitectura e ingeniera agronmica, y para aqullas que otorguen ttulos que habiliten para el ejercicio de profesiones cuya prctica pueda significar daos a la integridad de las personas o a su patrimonio. Ley 2072/03. Art. 3

    http://www.aneaes.gov.py/aneaes/index.php/ct-menu-item-2/ct-menu-item-3