ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN DEL GASTO DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH.

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1.4. ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN DEL GASTO DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH. CONCLUSIONES: 1. De los 50 Proyectos de Inversión analizados se encontró que: • Alrededor del 96% de los recursos, que financiaron los proyectos del GRA, provinieron mayoritariamente de fuentes determinadas en su uso por el conjunto de normas del Canon, Regalías Mineras y Remanente de Utilidades Mineras, analizados en los acápites 3.1 y 3.2. Por lo tanto, no podrían financiar cualquier tipo de gasto, ni siquiera cualquier tipo de proyecto de inversión, sino los tipos específicos, que señalan dichas norrnass". • De los 50 proyectos analizados, cuyo monto devengado durante el período 2007 – 2014 ascendió a S/ 244 millones, 1 O no mostraron información suficiente para ser evaluados; pero, de los proyectos evaluados, el 73% (29) mostraron un uso de la fuente de financiamiento, distinto al prescrito por leys13. 2. En las irregularidades detectadas en los 50 PIPs seleccionados del Gobierno Regional de Ancash (tomando en cuenta el caso previo de la "Desratización Fantasma", que comprendió cuatro proyectos que también forman parte de la selección analizada, y, en el cual hay funcionarios ya sentenciados), se puede concluir legalmente que614: • Existirían razones plausibles para suponer una presunta responsabilidad penal por parte de funcionarios del Gobierno Regional de Ancash y particulares. • Por lo anterior, los presuntos delitos en que estarían involucrados funcionarios y particulares serían: l. MALVERSACIÓN DE FONDOS. 11. COLUSIÓN ILEGAL. 3. Del análisis fáctico y legal se concluyó que estas ilegalidades no pudieron ser casuales, sino

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Un análisis para el conocimiento del campo de gastos del gobierno regional de ancash.

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1.4. ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN DEL GASTO DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH.

CONCLUSIONES:

1. De los 50 Proyectos de Inversión analizados se encontró que:• Alrededor del 96% de los recursos, que financiaron los proyectos del GRA, provinieron mayoritariamente de fuentes determinadas en su uso por el conjunto de normas delCanon, Regalías Mineras y Remanente de Utilidades Mineras, analizados en los acápites 3.1 y 3.2. Por lo tanto, no podrían financiar cualquier tipo de gasto, ni siquiera cualquier tipo de proyecto de inversión, sino los tipos específicos, que señalan dichasnorrnass".• De los 50 proyectos analizados, cuyo monto devengado durante el período 2007 – 2014 ascendió a S/ 244 millones, 1 O no mostraron información suficiente para ser evaluados; pero, de los proyectos evaluados, el 73% (29) mostraron un uso de la fuente de financiamiento, distinto al prescrito por leys13.

2. En las irregularidades detectadas en los 50 PIPs seleccionados del Gobierno Regional deAncash (tomando en cuenta el caso previo de la "Desratización Fantasma", que comprendiócuatro proyectos que también forman parte de la selección analizada, y, en el cual hay funcionarios ya sentenciados), se puede concluir legalmente que614:• Existirían razones plausibles para suponer una presunta responsabilidad penal por partede funcionarios del Gobierno Regional de Ancash y particulares.• Por lo anterior, los presuntos delitos en que estarían involucrados funcionarios y particulares serían:l. MALVERSACIÓN DE FONDOS.11. COLUSIÓN ILEGAL.

3. Del análisis fáctico y legal se concluyó que estas ilegalidades no pudieron ser casuales, sinoque, por su naturaleza administrativa, regida por normas y procedimientos técnicos pre establecidos, fueron el producto de una serie de actos y procesos secuenciales y deliberados, que le dieron a las inversiones un uso indebido. Así, es plausible presumir que se utilizaron los Proyectos de inversión para, deliberadamente, beneficiarse económicamente.

RECOMENDACIONES:Al MinisterioP úblicoQue, en ejercicio de sus funciones, inicie una investigación sobre los procesos de asignaciónindebida de recursos, como los analizados en el presente caso, con indicios de presuntacomisión de los delitos de Malversación de Fondos (art. 389) y Colusión Ilegal (art. 384) por partede las personas (funcionarios y servidores públicos) que resulten involucradas como resultado de

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los hechos descritos en el informe.Al Ministerio de Economía y Finanzas:Deberá implementar un sistema de control automático, complementario al Banco de Proyectos,basado en riesgos, para detectar las fuentes de financiamiento irregularmente involucradas en elfinanciamiento de los proyectos ejecutados por el estado.A la Contraloría General de la República:Que inicie una Acción de Control masiva a todas las inversiones del Gobierno Regional deAncash, y de los municipios de dicho departamento, con especial énfasis en la correctaaplicación de las fuentes financieras, cuyo uso está determinado restrictivamente por ley, y laposible ocurrencia de delitos asociados a la malversación de fondos, como en el caso del Canon,los Remanentes de las Utilidades Mineras y las Regalías Mineras .1.5. DEFICIENCIAS EN EL CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERACONCLUSIONES1. Existen indicios razonables que hacen presumir que la Dirección Regional de Minería deAncash, habría incurrido en irregularidades en materia de presupuesto al no respetar eldestino y uso de recursos para los cuales fueron captados.s"2. Se ha determinado que el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, nocumple con administrar información real en transferencias entre particulares, lo quegeneraría inseguridad en el otorgamiento de títulos de concesión minera (duplicidad).6173. Se determinó que la Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash - DREM, al nocontar con profesional calificado en la materia y encontrarse sin equipos técnicos demedición en tecnología punta y otros, no se encontraría con la capacidad técnica y logísticapara realizar una efectiva fiscalización de la actividad de la pequeña minería y mineríaartesanal; este hecho estaría generando contribuiría a la minería ilegal e informal,generando conflicto social en la zona.6184. Existen concesiones mineras otorgadas dentro de zonas restringidas, para el desarrollo dela actividad minera, como por ejemplo: el Proyecto Especial Chinecas y el Parque NacionalHuascarán5. Después de la Ley 29446, publicada el 20 de noviembre de 1999, se otorgaron, 13

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concesiones mineras en el Proyecto Especial Chinecas, estas últimas, con la indicaciónque, en los títulos de concesión minera otorgados por la Presidencia del Consejo Directivodel INGEMMET, en los que se establece la obligación de respetar el área intangible.6206. La Defensoría del Pueblo, reporta 23 conflictos sociales en el Departamento de Ancash, conun 97 % derivado de conflictos socioambientales. La minería sigue siendo la actividadextractiva relacionado con la mayor cantidad de conflictos sociales.7. El Gobierno Regional de Ancash, no cumple con la elaboración y aprobación del Plan Anualde Evaluación y Fiscalización Ambiental- PLANEFA en los años 2013-2014.6228. El Gobierno Regional de Ancash no cumple con enviar los reportes trimestrales, deactividades de supervisión y fiscalización a la OEFA.9. El Gobierno Regional de Ancash, no cuenta con personal y presupuesto suficientes para larealización de las funciones de supervisión y fiscalización en materia ambiental minera,derivadas de la minería informal e ilegal.62410. El Gobierno Regional de Ancash, no realiza acciones de evaluación de la calidad ambiental,por no contar con instrumentos técnicos de medición.11. El Gobierno Regional de Ancash, no cuenta con normas regionales, que regulen su funciónsupervisora, para el desarrollo de esta función, en materia ambiental.626El Gobierno Regional de Ancash, al realizar su función de supervisión debe verificar elcumplimiento de las condiciones para ser considerados pequeños productores mineros, ominero artesanal cumpliendo la normativa minera; incumpliendo en poner en conocimiento alas autoridades competentes de los hechos hallados irregularmente12. Existen indicios razonables de la comisión del presunto delito de tráfico de influencias,tipificado en el artículo 400 del código penal peruano, en agravio del Estado; asimismo, laresunta responsabilidad penal de los investigados Cesar Joaquín Álvarez Alquilar y MartinBelaunde Lossio, por las autorizaciones y certificados emitidos a favor de la empresaCorporación ASIA SAC, en materia minero - ambiental.RECOMENDACIONES:A la ContraloríaG eneral de RepúblicaPara que efectué una acción de Control, en la Dirección Regional de Energía y Minas delGobierno Regional de Ancash - DREM -Ancash.

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Realice acciones de control gubernamental a los procedimientos de Concesiones Mineras dezonas restringidas para el desarrollo de la actividad minera.Al Ministeriod e Energía y Minas1. Para que adopte política institucional de transparencia en el proceso de calificación deexpedientes sobre concesiones mineras a nivel de gobiernos regionales.2. Se incorpore en el texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, sobre procedimientode denuncias para ejercer el derecho de participación ciudadana en mataría de concesionesmineras.3. Fortalecer el control de supervisión y fiscalización en el desarrollo de autorizaciones ycertificación ambiental.4. Consolidar el control y fiscalización ambiental que hoy es muy débil. Además, de realizaracciones conjuntas con la OEFA y la Fiscalía de delitos ambientales, referidos a sanciones,multas y compensaciones al daño causado a las áreas intangibles.5. Respetar las áreas intangibles, zonas arqueológicas y servidumbre en ecosistemas frágiles.Al MinisterioP úblicoRemitir todo lo actuado al Ministerio Público, a fin de que amplié las investigaciones de acuerdoa sus atribuciones, referente a las autorizaciones y certificados en materia minero ambiental,otorgadas a la empresa vinculadas: CORPORACION ASIA SAC, sobre las presuntas conexionesde la organización de Cesar Joaquín Álvarez Aguilar y Martín Belaunde Lossio.1.6. MUNICIPALIDADES COMPRENDIDAS EN ACTOS DE CORRUPCIÓN-MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANMARCOS, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVÍN DE HUANTAR, MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE HUARAZ, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA,MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PALLASCA

CONCLUSIONES:De los documentos analizados, reteneos a Procesos Judiciales, Investigaciones Fiscales,Informes de Control, denuncias periodísticas, así como de los testimonios personales recibidosdurante la presente investigación, se pudieron obtener las siguientes conclusiones:1. A pesar que, las Municipalidades y el Gobierno Regional de Ancash fueron beneficiados conmás de S/ 16 mil millones cuyo fin era el desarrollo departamental, ocupando, durante el

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período de análisis, los primeros lugares en cuanto al presupuesto recibido entre todas lasmunicipalidades y gobiernos regionales del país; sin embargo, INEXPLICABLEMENTE, losíndices de pobreza, seguridad y desarrollo no han mejorado, en relación a otrosdepartamentos. La posible explicación de este precedente, se puede inferir del hecho qué, enlas Municipalidades Ancashinas analizadas se han encontrado numerosas denuncias depobladores, medios periodísticos, investigaciones fiscales y ante el Poder Judicial, motivadaspor una serie de hechos irregulares, PRESUNTAMENTE DELICTIVOS, en la administraciónde CUANTIOSOS recursos públicos, cuyos principales actores han sido los alcaldes,servidores municipales y empresas contratistas; siendo más notorias las siguientes 45rnodalidadesv":REMUNERATIVAS1. Pago excesivo de dietas al alcalde y regidores.2. Pagos por conceptos indebidos (racionamiento y otros) a personal CAS y por Locación deServicios.3. Servidores que además de sus remuneraciones mensuales, también percibían su pensión dejubilación o recibieron doble pago.4. Falsedad en las Declaraciones Juradas de servidores y funcionarios.5. Indicios de enriquecimiento injustificado y desbalance patrimonial por parte de alcaldes y .funcionarios.6. Enriquecimiento injustificado de familiares de los funcionarios.7. Recepción de coimas por Alcaldes y funcionarios.8. Cooptación política de puestos CAS, ignorando la obligatoriedad de concurso.POLÍTICAS1. Adulteración de firmas de Consejeros y regidores en las actas.2. Acuerdos de Consejo que nunca fueron cumplidos por alcaldes, a pesar de mandatos legaleso de reiterados pedidos de los Consejeros.3. Simulación de sesiones de Consejo Municipal, que nunca ocurrieron, para legitimar actos dedisposición de recursos.4. Omisión y ocultamiento de información ante requerimientos efect ados por la ComisiónInvestigadora.5. Casos de "sicariato" cuyas víctimas estaban relacionadas al manejo de fondos municipales ypresuntos autores de asesinatos y / o robos sistemáticos, que también laboraban en lamunicipalidad.

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6. Alcaldes investigados por la Fiscalía en una jurisdicción fiscal y que hacen variar el órgano deinvestigación hacia otros ubicados en sedes más cercanas a su área de infiuencia política.USO INDEBIDO DE RECURSOS1. Uso indebido de recursos destinados a un fin en otro sin la debida autorización.2. Uso proselitista de publicaciones municipales.3. Malversación de fondos de inversión para pago de planillas y dietas.4. Adquisición de terrenos sin justificación aparente y presunta sobrevaloración de los mismos.5. Uso indebido de los locales recibidos en donación.6. Confiscación abusiva de terrenos.7. Otorgamiento indebido y abusivo de terrenos a particulares.8. Presunta participación de testaferros por parte de las autoridades en la adquisición de terrenos.EN ADQUISICIONES1. Suscripción de convenios simulados con diversas entidades, a fin de eludir la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado.2. Incoherencias en las Bases Administrativas de los procesos selectivos, con la presuntaintención de direccionar la elección de un postor específico o de beneficiar al postor ganador,con condiciones menos onerosas, para brindar las garantías de cumplimiento y ejecución.3. Cláusulas poco transparentes, económicamente inconvenientes y hasta secretas en contratosde disposición de terrenos y otros activos patrimoniales.4. Transgresiones a la ley en el caso de las exoneraciones.5. Sobrevaloración en las adquisiciones de bienes y servicios.6. Pagos por bienes o servicios que nunca se ingresaron o prestaron en procesos adquisitivosque no se registraron en el SIAF7. Planillas "con trabajadores fantasmas" el obras.8. Negativa a vender las Bases Administrativas a empresas y otras prácticas restrictivas de laparticipación empresarial.9. Evidencia de selección y otorgamiento de buena pro direccionados y hasta simultáneos en unlapso de tiempo imposible humanamente de ser realizados.10.Postores que presentaron documentos falsificados y ganaron los procesos.11.Servidores municipales que figuran como proveedores de las entidades en las cuales sedesempeñan.EN ESTUDIOS Y OBRAS1. Estudios de Pre inversión que aparentemente no se elaboraron pero se pagaron.2. Obras sin adecuada justificación de su necesidad o sobredimensionadas.3. Sobrevaloración en expedientes técnicos de obras y valores referenciales.

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4. Deudas impagas a empresas Constructoras por varios millones de soles.5. Obras inconclusas, abandonadas por las empresas en su etapa constructiva; habiéndosedesembolsado en muchos de estos casos un pago muy superior al avance físico de ejecuciónde la obra.6. Obras que nunca se construyeron pero que fueron pagadas ("Obras Fantasmas").7. Obras de infraestructura que se encuentran en muy mal estado a los pocos meses de habersido terminadas.8. Cartas fianzas emitidas por entidades no supervisadas por la SBS.9. Cercanía y alternancia entre empresas ejecutoras y supervisoras de obra.10.0bras en terrenos sin saneamiento legal.11. Obras sin certificación de disponibilidad presupuesta! durante la adquisición.12.0bras que no fueron presupuestadas el año siguiente a pesar de haber comenzado suejecución durante el año previo, especialmente entre el último año de gestión municipal y elinicio de una nueva.2. Se encontraron indicios para presumir que, mayoritaria y recurrentemente, los alcaldes yservidores de los municipios, habrían incurrido en graves irregularidades funcionales y hastadelitos, como manifestación de un manejo insuficientemente controlado de los recursospúblicos a su cargo, en perjuicio de: la administración pública, de las poblaciones de losmunicipios y del patrimonio nacional. Existiendo razones para deducir que la situacióndescrita sería compartida por diversas municipalidades de todo el territorio peruano;especialmente si éstas han tenido tan ingentes recursos, como el caso de Ancash629.3. Se han evidenciado: la falta de información, mecanismos de registro y control en cuanto a lasadquisiciones, expropiaciones, usos, abusos y disposición irregularesd e inmuebles por partede los municipios y de las entidades del estado; lo cual no facilita la supervisión, ni el controlni las investigaciones ulteriores. Entre las entidades y sistemas que presentan las debilidadesmencionadas citamos: los Registros Públicos, la Superintendencia de Bienes Nacionales, elSistema de Control Interno, el SIAF, las Notarías, los sistemas de registro Judiciales, yFiscales63o.4. No existe sistema de registro y control de las adquisiciones ni de las empresas proveedoras

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del Estado que, supervise, alerte, registre y provea información referida a la posible comisiónde actos contrarios a los principios de las contrataciones, como son la sobrevaloración deprecios, la contratación de empresas carentes de solvencia y garantías de cumplimiento,entre otros; lo que se evidencia en la reiterada ocurrencia de denuncias sobre los ilícitosmencionados, en las municipalidades analizadas; coligiéndose que esta conclusión esextensible también a las demás municipalidades nacionales631.5. Se ha evidenciado una situación recurrente de ocultamiento de información crítica para lasinvestigaciones, bajo la forma de omisión de dar ciertos documentos, retardo en la entrega,confusión de documentos, la pérdida e incluso destrucción de los mismos. Entendiéndoseque la motivación sería que la pena por estos hechos es mucho menor que la del delito quepodría haberse descubierto y probado632.6. No se aprecia suficiente orientación ni lineamientos de política ni control concurrente, porparte del Gobierno Central, respecto de las acciones prioritarias, planificación del desarrollo,planeamiento territorial, inversiones y adquisiciones relacionadas, hacía los GobiernosMunicipales, habiendo quedado los alcaldes, al parecer, a su libre y completadíscrecionalidad y con recursos que superan ampliamente su capacidad administrativahistórica de gasto633.RECOMENDACIONES:Al Ministeriod e Economía y Finanzas1. Debe proponer una modificación de la Ley del Canon y de los Gobiernos Municipales a fínde permitir, un manejo coordinado de parte de los recursos provenientes de la actividadminera, entre el Gobierno Central y los Municipios donde se genera el recurso; orientandolos fondos hacia el logro de los grandes objetivos nacionales de desarrollo, con proyectosdel más amplio impacto geográfico. Por ejemplo: vías intermodales, vías de penetraciónmulti departamentales, grandes proyectos de irrigación, hidro energéticos, de generación deenergía no convencional, etc. Especialmente cuando la utilidad de los proyectos locales nopueda competir en términos de rentabilidad social con los nacionales (Monumento al Maní,al Pacay, etc.).

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2. Debe proponer una modificación a la Ley de Contrataciones del Estado, para que en loscomités de selección de las empresas supervisoras en la ejecución de obras, deba haber,uno o más representantes del Sector al que pertenece la obra, un representante de lasáreas usuarias o requirentes y un representante del área responsable de la Logística de laentidad contratante, quien será el secretario técnico sin derecho a voto. La presidencia laejercerá el representante del Sector, con voto dirimente y el número de integrantes hábilesde la entidad no deberá superar al de los del Sector. La Comisión así conformada podrárequerir al área de abastecimiento de la entidad la reformulación de las Bases cuando loestime conveniente. Los viáticos, cuando los hubiera, serán reembolsados por la entidadcontratante con cargo a la fuente que financia la contratación de la supervisión; los plazos ynúmero de visitas de los representantes del Sector serán decididos por las autoridades deéste.3. Debe proponer una modificación a la Ley de Contrataciones del Estado, para permitir que lapoblación organizada fiscalice la selección y ejecución de las obras públicas y de susupervisión. Para ello, las reuniones de los comités de selección y los actos de entrega yrecepción de obra, serán abiertas al público o televisadas, salvo las de carácter militar ysimilares a las que la ley les confiere la reserva. Debiendo habilitarse los registros para quelos ciudadanos tengan facilidades para participar y fiscalizar sin entorpecer ni dilata losprocesos.4. Propondrá una modificación a la Ley Orgánica de Municipalidades (Nº 27972), a la de losGobiernos Regionales (N° 27867) y a sus Reglamentos, para estipular perfiles de puestosmás detallados, así como obligatoriedad de concurso público para seleccionar al personalque ocupará los puestos claves, estables o provisionales, de las oficinas de Programaciónde Inversiones, Administración, Logística, Tesorería, Contabilidad, Presupuesto, Estudios yObras.La Presidencia del Consejo de Ministros1. La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción deberá incorporar y controlar, en su Plan

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Nacional de Lucha Contra La Corrupción, acciones específicas contra la corrupción en losmunicipios y gobiernos regionales donde se perciban los mayores aportes mineros. A fin deprevenir la ocurrencia de hechos como los sintetizados en las conclusiones.2. La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción deberá incorporar coordinar y supervisar, laimplementación de las acciones necesarias a fin que, la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Bienes Nacionales, el Sistema Integrado deAdministración Financiera, el Sistema Nacional de Inversiones, la Superintendencia deBanca y Seguros, los Registros Públicos, el OSCE, la RENIEC, los sistemas de registrosJudiciales y Fiscales, las Notarías y otros, implementen registros informatizadosinteroperables que permitan el cruce de información, y que, generen sistemas de alertas, ensus respectivos ámbitos, respecto de los principales riesgos a los que están expuestos losrecursos públicos, incluyendo los descritos en las conclusiones y éste cuaderno. Lainformación generada, deberá estar a disposición irrestricta de los principales cuerpos deinvestigadores de la sociedad, como son: Congresistas, Fiscalías, Contraloría General de laRepública, la Policía Anticorrupción, investigadores académicos y periodistas debidamenteidentificados.El Jurado Nacional de EleccionesDeberá proponer las modificaciones necesarias a la Ley Orgánica del Jurado Nacional deElecciones y cuerpo normativo necesario para maximizar el carácter público de los expedientesde procesos de vacancia de las autoridades, bajo la forma de medios digitalizados o similares,los cuales permitan la transparencia y control social a través de su página web.