Análisis de Artículos 424 y 425
-
Upload
juansimbana -
Category
Documents
-
view
223 -
download
0
Transcript of Análisis de Artículos 424 y 425
-
7/25/2019 Anlisis de Artculos 424 y 425
1/2
Anlisis de artculos 424 y 425
Art. 424.- La Constitucin es la norma suprema y prevalece sobre cualquier
otra del ordenamiento jurdico. Las normas y los actos del poder pblico
debern mantener con!ormidad con las disposiciones constitucionales" en
caso contrario carecern de e#cacia jurdica.
La Constitucin y los tratados internacionales de derec$os $umanos
rati#cados por el %stado que recono&can derec$os ms !avorables a los
contenidos en la Constitucin' prevalecern sobre cualquier otra norma
jurdica o acto del poder pblico.
Anlisis(
La constitucin es la carta suprema a la que nos debemos acatar en el
momento de $acer prevalecer nuestros derec$os' para $acerlos cumplir
debemos re)irnos en las disposiciones constitucionales de no cumplirsedeben someterse a las instancias jurdicas.
*i las normas o actos no cumplen con lo estipulado en la constitucin estas
no tendrn nin)n valor' ya que se estara restrin)iendo lo que esta escrito
por decreto en ley.
Los tratados internacionales de derec$os $umanos prevalecen sobre
cualquier carta constitucional' ya que los derec$os deben estar en !uncin
de lo que se estipul en el decreto internacional para no permitir su
violacin en los distintos mbitos. %stos estarn por encima de las normas
jurdicas o cualquier acto de poder pblico si reconocen derec$os muc$o
ms !avorables ala $ora de tratar sobre los mismos.
Art. 425.- %l orden jerrquico de aplicacin de las normas ser el si)uiente(
La Constitucin" los tratados y convenios internacionales" las leyes
or)nicas" las leyes ordinarias" las normas re)ionales y las ordenan&as
distritales" los decretos y re)lamentos" las ordenan&as" los acuerdos y las
resoluciones" y los dems actos y decisiones de los poderes pblicos.
%n caso de con+icto entre normas de distinta jerarqua' la Corte
Constitucional' las jue&as y jueces' autoridades administrativas y servidoras
y servidores pblicos' lo resolvern mediante la aplicacin de la norma
jerrquica superior.
La jerarqua normativa considerar' en lo que corresponda' el principio de
competencia' en especial la titularidad de las competencias e,clusivas de
los )obiernos autnomos descentrali&ados.
Anlisis(
Cada re)ulacin de las leyes est basada en un determinado orden de
jerarqua o de prioridad que deber ciumplirse de mayor a menor )rado' de
acuerdo a lo estipulado en la aplicacin de las normas' de tal !orma que
stas no inter#eran en el desenvolvimiento de las mismas.
-
7/25/2019 Anlisis de Artculos 424 y 425
2/2
*i se da al)n tipo de con+icto de prioridad de normas esto se resolver por
el personal indicado dando mayor valor a la ley superior.
*e re#ere a las polticas pblicas en la labor que reali&an las autoridades en
lo que tiene que ver con pre!ecturas' alcaldas' etc." es decir stas
autoridades ejercen su competencia solo en lo relativo al campo de accinpara el que !ueron nombrados o ele)idos es a$ netamente en donde tienen
autoridad.