ALERTA JURÍDICA NACIONAL COVID-19 - CNI Bolivia · Jerárquicos ante la AIT, así como el cómputo...

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Página 1 de 19 ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19 La Cámara Nacional de Industrias (CNI) ha elaborado el presente reporte, el cual será actualizado de acuerdo a las modificaciones de las instancias correspondientes. La finalidad del documento es que los miembros asociados, así como la población en general, cuenten con la información de las diferentes normas y comunicados emitidos por las autoridades competentes. En la columna de “Norma” se encuentra el link al documento reportado. NORMATIVA, CIRCULARES, INSTRUCTIVOS Y COMUNICADOS DE MEDIDAS CONTRA EL CORONAVIRUS COVID-19 ENTIDAD NORMA FECHA SINTESIS Ley 1294 01/04/2020 Se difiere el pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia por el COVID-19, otorgándose un plazo máximo para su cumplimiento de hasta 6 meses posteriores al levantamiento de la declaratoria. Por otra parte, los pagos de los servicios básicos deben ser diferidos sin multas ni sanciones, por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia, no debiendo realizarse el corte de servicios por falta de pago. Asimismo, se reduce en 50% el pago mensual de la facturación de las tarifas de los servicios básicos de agua potable, electricidad y gas domiciliario mientras dure la declaratoria de emergencia. DS 4203 31/03/2020 Se instruye al MDPyEP, emitir una Resolución Ministerial para establecer nuevos plazos para que las empresas comerciales, inscritas en el Registro de Comercio y con cierre al 31 de diciembre, cumplan con sus deberes y obligaciones comerciales y registrales en el marco del Código de Comercio. DS 4201 25/03/2020 Se asignan las funciones que se indican a continuación, a la Central de Abastecimientos y Suministros de Salud – CEASS y se establecen procedimientos y mecanismos ágiles y oportunos para la adquisición de medicamentos, dispositivos médicos, insumos, reactivos, equipamiento médico y servicios de consultoría de personal en salud, para el periodo de implementación de las acciones y medidas de vigilancia epidemiológica, prevención, contención, diagnóstico, atención y tratamiento de la enfermedad del COVID-19 dentro del territorio nacional: a) Adquirir medicamentos, dispositivos médicos, insumos, reactivos y equipamiento médico; a) Contratar servicios de consultoría de personal en salud. |

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

La Cámara Nacional de Industrias (CNI) ha elaborado el presente reporte, el cual será actualizado de acuerdo

a las modificaciones de las instancias correspondientes. La finalidad del documento es que los miembros

asociados, así como la población en general, cuenten con la información de las diferentes normas y

comunicados emitidos por las autoridades competentes.

En la columna de “Norma” se encuentra el link al documento reportado.

NORMATIVA, CIRCULARES, INSTRUCTIVOS Y

COMUNICADOS DE MEDIDAS CONTRA EL

CORONAVIRUS COVID-19

ENTIDAD NORMA FECHA SINTESIS

Ley 1294 01/04/2020

Se difiere el pago de las amortizaciones de crédito a

capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema

crediticio nacional, por el tiempo que dure la

declaratoria de emergencia por el COVID-19,

otorgándose un plazo máximo para su cumplimiento de

hasta 6 meses posteriores al levantamiento de la

declaratoria.

Por otra parte, los pagos de los servicios básicos deben

ser diferidos sin multas ni sanciones, por el tiempo que

dure la declaratoria de emergencia, no debiendo

realizarse el corte de servicios por falta de pago.

Asimismo, se reduce en 50% el pago mensual de la

facturación de las tarifas de los servicios básicos de agua

potable, electricidad y gas domiciliario mientras dure la

declaratoria de emergencia.

DS 4203 31/03/2020

Se instruye al MDPyEP, emitir una Resolución Ministerial

para establecer nuevos plazos para que las empresas

comerciales, inscritas en el Registro de Comercio y con

cierre al 31 de diciembre, cumplan con sus deberes y

obligaciones comerciales y registrales en el marco del

Código de Comercio.

DS 4201 25/03/2020

Se asignan las funciones que se indican a continuación,

a la Central de Abastecimientos y Suministros de Salud –

CEASS y se establecen procedimientos y mecanismos

ágiles y oportunos para la adquisición de

medicamentos, dispositivos médicos, insumos, reactivos,

equipamiento médico y servicios de consultoría de

personal en salud, para el periodo de implementación

de las acciones y medidas de vigilancia epidemiológica,

prevención, contención, diagnóstico, atención y

tratamiento de la enfermedad del COVID-19 dentro del

territorio nacional:

a) Adquirir medicamentos, dispositivos médicos,

insumos, reactivos y equipamiento médico;

a) Contratar servicios de consultoría de personal en

salud.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

DS 4200 25/03/2020

Se suspende todas las actividades desde las (0) horas del

26 de marzo hasta el 15 de abril de 2020. Excepto para

el personal debidamente acreditado, entre otros, las

Instituciones, empresas de servicios públicos e industrias

públicas y privadas.

Las empresas y personas dedicadas a la producción de

alimentos, la provisión de insumos para ésta, así como a

la elaboración de productos de higiene y

medicamentos, desarrollaran sus actividades, a fin de

garantizar la cadena productiva y de abastecimiento.

Las empresas y personas dedicadas a las actividades de

abastecimiento o productores de artículos de primera

necesidad, desarrollaran sus actividades de lunes a

domingo las 24 horas del día, a fin de garantizar el

abastecimiento de productos a toda la población. El

abastecimiento con sus proveedores deberá ser entre

14:00 a 05:00 horas.

Estas empresas proporcionaran los medios de transporte

y las autorizaciones correspondientes para el

desplazamiento de su personal.

Los establecimientos privados que incumplan lo

dispuesto en el DS serán sancionados con el cierre del

establecimiento y la reincidencia dará lugar a la

clausura definitiva.

Los conductores de los vehículos que incumplan con lo

señalado y que no cuenten con autorización para la

circulación, serán pasibles al secuestro de sus vehículos

hasta la conclusión de la cuarentena total y sujeto de

arresto de 8 horas, sin perjuicio de denuncia penal

correspondiente. Adicionalmente, serán pasibles a una

multa pecuniaria de Bs1.500 en el caso de los vehículos

de 2 ruedas y, una multa pecuniaria de Bs2.000 en el

caso de vehículos de más de 2 ruedas.

Los estantes y habitantes del Estado Plurinacional de

Bolivia, deberán permanecer en sus domicilios o en la

residencia en la que se encuentren, pudiendo realizar

desplazamientos mínimos e indispensables de una

persona por familia cuya edad este comprendida entre

los dieciocho (18) y sesenta y cinco (65) años, en el

horario de 07:00 de la mañana a 12:00 del mediodía, a

fin de abastecerse de productos e insumos necesarios en

las cercanías de su domicilio o residencia, según la

terminación del último dígito de su Cédula de Identidad

(C.I.) de acuerdo con el siguiente detalle:

DÍA TERMINACIÓN C.I.

Lunes 1 y 2

Martes 3 y 4

Miércoles 5 y 6

Jueves 7 y 8

Viernes 9 y 0

.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

DS 4199 21/03/2020

Cuarentena Total a nivel Nacional, a partir de las (0)

horas del 22 de marzo hasta el 4 de abril de 2020,

debiendo los estantes y habitantes del Estado

Plurinacional de Bolivia, permanecer en sus domicilios o

en la residencia que se encuentren durante el tiempo

que dure la Cuarentena Total, pudiendo realizar

desplazamientos mínimos e indispensables una persona

por familia en el horario de 07:00 a 12:00 del mediodía, a

fin de abastecerse de productos e insumos necesarios.

Excepto el personal debidamente acreditado, entre

otros, Instituciones, empresas de servicios públicos e

industrias públicas y privadas y las Entidades financieras

bancarias y entidades financieras no bancarias,

públicas, privadas o mixtas.

Las empresas y personas dedicadas a la producción de

alimentos, la provisión de insumos para ésta, así como, a

la elaboración de productos de higiene y

medicamentos, desarrollaran sus actividades, a fin de

garantizar la cadena productiva y de abastecimiento.

Las empresas y personas dedicadas a las actividades de

abastecimiento o productores de artículos de primera

necesidad, desarrollaran sus actividades de lunes a

sábado las 24 horas del día, a fin de garantizar el

abastecimiento de productos.

Asimismo, deben proporcionar los medios de transporte

y las autorizaciones correspondientes para el

desplazamiento de su personal.

Los establecimientos privados que incumplan lo

dispuesto por el DS serán sancionados con el cierre del

establecimiento y la reincidencia dará lugar a la

clausura definitiva.

DS 4198 18/03/2020

Diferimiento del pago del IUE 2019 hasta el 29 de mayo

de 2020, si se paga el 50% antes del 1ro Junio 2020, se

puede pagar el resto hasta en tres cuotas mensuales

posteriores.

En cuanto al IUE nuevo gasto deducible, sólo para la

gestión 2020 valdrán las donaciones en efectivo a

hospitales privados o públicos.

Con relación al IT compensado con IUE, todo lo pagado

al contado del IUE hasta antes del 15 mayo 2020, se

podrá compensar con el IT a partir del siguiente mes

según el siguiente criterio:

- RESTO, en la proporción del 1:1.

- GRACOS y PRICOS, en la proporción del 1:1.1

- Se reduce la Base Imponible del IT, excluyendo el IVA

efectivamente pagado.

- Para RESTO por 6 meses

- Para GRACO PRICO por 3 meses

En cuanto al IVA sólo para Profesionales

Independientes, los gastos familiares por alimentos,

salud y educación sirven para el IVA, sólo hasta dic

de 2020.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Queda suspendido el cómputo de los plazos para la

presentación y tramitación de Recursos de Alzada y

Jerárquicos ante la AIT, así como el cómputo de los

plazos para el inicio y tramitación de procedimientos

determinativos y sancionatorios a cargo del SIN y de la

AN, suspendiéndose de manera expresa los plazos de

notificación de Resoluciones Determinativas,

Sancionatorias, Administrativas u otros actos definitivos

impugnables. Queda fuera del alcance de este

Parágrafo el inicio de fiscalizaciones y verificaciones

programadas por las administraciones tributarias.

DS 4197 18/03/2020

Se crea el Bono Familia (Bs500) por única vez para los

niños del Nivel de Educación Primaria Comunitaria

Vocacional de las Unidades Educativas Fiscales y de

Convenio (Fiscales) del Subsistema de Educación

Regular; y dispone la reducción del treinta por ciento

(30%) en la facturación mensual de abril de 2020 de

tarifas eléctricas para los consumidores de la categoría

domiciliaria.

DS 4196 17/03/2020

Emergencia sanitaria nacional y cuarentena a nivel

Nacional, consiguientemente los empleadores de los

sectores público y privado al interior de sus entidades o

instituciones dotaran el material higiénico apropiado y

suficiente y adoptar los protocolos de limpieza

necesarios.

De manera excepcional, el Ministerio de Trabajo, Empleo

y Previsión Social regulará la otorgación de licencias

especiales.

Las entidades que regulan el sistema financiero, el

sistema tributario y aduanero, podrán establecer

mecanismos de flexibilización y reprogramación de

obligaciones en el marco de sus atribuciones y en

coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas

Públicas. Mientras dure la emergencia sanitaria nacional

y cuarentena, las entidades públicas de nivel central del

Estado y las entidades territoriales autónomas en el

marco de sus atribuciones y competencias, deberán

flexibilizar y reprogramar los plazos y procedimientos

administrativos.

DS 4192 16/03/2020

Se establecen las medidas de prevención y contención

para la emergencia nacional contra el brote de

Coronavirus (COVID-19) en todo el territorio nacional, a

partir del 16 al 31 de marzo disponiendo que:

1. Horario continuo en las actividades laborales para el

sector público y privado, de horas 08:00 a 16:00,

periodo que podrá ser ampliado, excepto a los

servidores públicos y trabajadores del sector público

y privado, de los servicios de salud, Policía Boliviana,

Fuerzas Armadas y otros que por su naturaleza

deban desarrollar actividades en un horario distinto.

2. Quedan prohibidas las reuniones sociales, culturales,

deportivas y religiosas que aglutinen en un solo

espacio a más de 100 personas.

3. Quedan prohibidas todas las actividades y eventos

que se desarrollen en discotecas, bares, cines,

escenarios deportivos, gimnasios y parques de

diversiones.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

4. A partir de las cero horas del día miércoles 18 de

marzo de 2020, se prohíbe el ingreso de viajeros

procedentes de los países correspondientes al

espacio Schengen, Reino Unido, Irlanda, Irán, China

y Corea del Sur. Excepto para los ciudadanos

bolivianos que retornen a territorio boliviano, mismos

que deberán cumplir el protocolo y los

procedimientos de la Organización Mundial de la

Salud (OMS).

5. Se difiere temporalmente a 0% el gravamen

arancelario hasta el 31 de diciembre de la presente

gestión para la importación de insumos,

medicamentos, dispositivos médicos, equipamiento,

reactivos y detectores de fiebre, adquiridos o

donados, relacionados con el coronavirus detallados

en el Anexo adjunto. Asimismo, se autoriza a la

Aduana Nacional (AN) proceder al despacho

aduanero en un plazo máximo de 24 horas. En el

mismo plazo la AN adecuará sus sistemas.

6. Los permisos, autorizaciones previas y certificaciones

para las mercancías identificadas en las subpartidas

arancelarias identificadas según el detalle del Anexo

deberán ser emitidas por la autoridad competente

dentro de los 2 días calendario a partir de la fecha

de solicitud.

7. Los envíos de socorro podrán ser consignados a

instituciones públicas o privadas, cuyo objetivo sea su

distribución gratuita para la emergencia nacional

por el brote del Coronavirus previa coordinación con

el Ministerio de Salud, hasta el 31 de diciembre de

2020.

DS 4190 13/03/2020

Se dispone la suspensión temporal de vuelos directos

desde y hacia Europa, desde el 14 al 31 de marzo de

2020. Asimismo, los usuarios afectados podrán realizar la

reprogramación de la fecha del vuelo de acuerdo a las

condiciones del Contrato de Transporte Aéreo, sujeto a

la disponibilidad de la línea aérea y sin que la línea aérea

aplique penalidad alguna por dicho cambio.

DS 4179 12/03/2020

Se declara situación de Emergencia Nacional por la

presencia del brote de Coronavirus (COVIS-19) y otros

eventos adversos.

En esa línea, se autoriza a las instituciones, entidades

públicas y las entidades territoriales autónomas, en el

marco de sus atribuciones y competencias, realizar los

ajustes presupuestarios correspondientes. Además,

podrán solicitar al Ministerio de Defensa, a través del

Viceministerio de Defensa Civil, el apoyo y soporte

correspondiente.

Para el cumplimiento de lo establecido

precedentemente, los Ministerios que conforman el

Consejo Nacional de Reducción de Riesgos y Atención

de Desastres y Emergencias (CONARADE), podrán

solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas -

MEyFP, la asignación de recursos en el marco del Plan

Nacional de Emergencia 2020.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

DS 4174 05/03/2020

Se autoriza excepcionalmente al Ministerio de Salud, a

las entidades territoriales autónomas y a las entidades de

la Seguridad Social de Corto Plazo, efectuar la

contratación directa de medicamentos, dispositivos

médicos, insumos, reactivos, equipamiento médico y

servicios de consultoría de personal en salud, para la

prevención, control y atención de la "emergencia de

salud pública de importancia internacional" provocada

por el coronavirus (COVID-19), considerando que los

mismos cuenten con registro sanitario y autorizaciones

correspondientes.

Por otra parte, se establece que la Agencia Estatal de

Medicamentos y Tecnología en Salud - AGEMED deberá

agilizar los procesos de emisión de los registros sanitarios

y autorizaciones correspondientes.

RBM 001/2020 13/03/2020

Se regulan las acciones de prevención y contención del

COVID-19 en el ámbito laboral que se indican a

continuación, de cumplimiento obligatorio para las

entidades o establecimientos de salud del Sistema

Nacional de Salud, empleadores del sector público y

privado, lo servidores públicos, trabajadores y todo

personal que preste funciones en el sector público y

privado en el territorio nacional:

1. Dotar productos desinfectantes o antibacteriales.

2. Difundir, fomentar e implementar medidas de higiene

personal.

3. Implementar otras medidas de bioseguridad que

correspondan.

4. Distribuir y difundir en sus instalaciones el material de

promoción emitido por las autoridades de salud.

5. Gestionar los mecanismos para la atención pronta

de su personal dependiente, en los establecimientos

de salud del Sistema Nacional de Salud.

6. Otorgar permiso excepcional de carácter temporal

en su fuente laboral a los servidores públicos,

trabajadores y todo personal que preste funciones en

el sector público y privado que se constituyan como

casos sospechosos.

En caso de que se confirme un caso de COVID-19, la

persona infectada gozará de baja médica en su fuente

laboral durante el tiempo que dure la medida

establecida por la autoridad de salud que corresponda.

En este entendido, los casos sospechosos, gozaran de un

permiso excepcional en su fuente laboral por el tiempo

que dure la medida de observación y de aislamiento

establecida por la autoridad de salud competente.

Para la otorgación de las bajas médicas y los permisos

excepcionales con goce de haberes (los cuales no serán

susceptibles de descuentos u otras medidas de

compensación), los empleadores de los sector públicos

y privados solamente requerirán el certificado médico

extendido por los establecimientos de salud autorizados.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

RM

MDPyEP/DESPACHO

/N° 0069.2020

30/03/2020

Se dispone que el sector productivo e industrial de la

castaña a nivel nacional, se encuentra amparado en la

excepción dispuesta por el inciso d, parágrafo III, artículo

2 del DS 4200.

RM

MDPyEP/DESPACHO

/N° 0066.2020

28/03/2020 Suspensión de plazos de trámites y procesos hasta el 15

de abril, inclusive, en cumplimiento del DS 4200.

RM

MDPyEP/DESPACHO

/N° 0067.2020

27/03/2020 Suspensión de plazos de trámites y procesos hasta el 15

de abril, inclusive.

RM 168 26/03/2020

Se autoriza excepcionalmente a los Laboratorios de los

Subsistemas Públicos, Seguridad Social de Corto Plazo y

Privados de Salud, el diagnóstico molecular de casos

sospechosos de COVID-19 identificados en el país.

RM

MDPyEP/DESPACHO

/N° 060.2020

20/03/2020

Suspensión de los plazos en:

- Procesos administrativos sancionadores, procesos de

fiscalización, sus correspondientes recursos ulteriores y

otros trámites administrativos sustanciados por y ante la

AEMP, tanto en su presentación, como en la

tramitación, sustanciación y Resolución hasta el 31 de

marzo de 2020.

- Recursos Ulteriores producto de los procesos

sancionadores y de fiscalización emitidos por la AEMP

y otros trámites administrativos sustanciados por y ante

el MDPyEP hasta el 31 de marzo de 2020.

RM 189/20 18/03/2020

Reducción de la jornada laboral a 5 horas de 08:00 a

13:00. Excepcionalmente y por razones de necesidad,

podrán tener horario diferente algunas actividades

esenciales.

Establece el trámite obligatorio para obtener

Autorización de funcionamiento fuera de horario y la

obligación de brindar transporte al personal que trabaje

en horario especial, entre otros.

RND 102000000006 27/03/2020

Se determinan las siguientes prorrogas:

- La declaración y/o pago de obligaciones tributarias

mensuales de los periodos fiscales febrero y marzo de

2020 hasta los vencimientos establecidos para el

periodo fiscal abril 2020, en función al último digito de

NIT.

- Hasta el 30 de abril del 2020: el vencimiento para el

pago de cuotas de planes de facilidades de pago

fenecido el 28 febrero de 2020 y el que fenecerá el

31 de marzo del año en curso; El plazo para la

presentación de Solicitudes de Devolución Impositiva

(CEDEIM) con vencimiento en marzo de 2020; y el

plazo para la presentación de Solicitudes de

Certificados de Notas de Crédito Fiscal (CENOCREF)

por concepto de la Ley Nº 1886, con vencimiento en

marzo de 2020.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

- Hasta el 11 de mayo de 2020: el plazo para el

cumplimiento de obligaciones formales como envío

del Libro de Compras y Ventas IVA, Agentes de

Información y otras establecidas en normativa

específica, con vencimiento en los meses de marzo y

abril de 2020; y las obligaciones del Régimen

Tributario Simplificado del bimestre enero y febrero

de 2020.

- Hasta el 29 de mayo de 2020, el plazo para la

presentación de:

Declaraciones Juradas, pago de impuestos y

cumplimiento de deberes formales del Sistema

Tributario Integrado (STI) correspondiente al

periodo fiscal marzo 2020 (trimestre comprendido

entre los meses enero, febrero y marzo de 2020);

Declaraciones Juradas, pago de impuestos y

cumplimiento de deberes formales del Régimen

Complementario al Impuesto al Valor Agregado -

Contribuyente Directo (RC-IVA CD)

correspondiente al periodo fiscal marzo 2020

(trimestre comprendido entre los meses enero,

febrero y marzo de 2020);

Declaraciones Juradas (Formularios 500 y 510) del

Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)

correspondiente a empresas con cierre de

gestión al 31 de diciembre de 2019. Asimismo, la

presentación física y digital de Estados

Financieros, Memoria Anual, Información

Tributaria Complementaria, Información de

Precios de Transferencia y envío del Formulario

Electrónico F-110 v.3 (contribuyentes que ejercen

profesiones liberales u oficios) según corresponda,

que requieran ser presentados a la Administración

Tributaria.

RA 467/2020 23/03/2020

Suspensión de los plazos dentro de los procedimientos

administrativos, recursos ulteriores y otros trámites

administrativos sustanciados por y ante la APS hasta que

se levante la cuarentena total decretada a nivel

nacional.

R 0251/2020 23/03/2020

Suspensión de los plazos dentro de los procedimientos

administrativos y otros sustanciados por y ante la ASFI,

desde el 23 de marzo hasta que se levante la

cuarentena total.

RAE 02-0040-20 23/03/2020

Suspensión de los plazos procesales en:

a) Promociones Empresariales, respecto a las

obligaciones emergentes del desarrollo de la

promoción empresarial.

b) Procesos sancionadores de cualquier índole,

c) Procesos de Fiscalización, devolución de pagos,

reclamaciones, consultas, facilidades de pago,

remisión de documentos.

Los administrados que estuvieran desarrollando

promociones empresariales podrán solicitar la

suspensión de la promoción o renuncia de las mismas,

vía correo electrónico a las Direcciones Regionales.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

R AETN 113/2020 19/03/2020

Suspensión de los plazos de los procedimientos

administrativos y regulatorios ante la AETN, relacionados

con operadores del servicio eléctrico, consumidores y/o

usuarios y terceros con interés legítimo a nivel nacional,

del 18 al 31 de marzo de 2020.

RAPE 01-006-20 19/03/2020

Suspensión del cómputo de los plazos establecidos para

los Operadores de Comercio Exterior y Administrados, en

los procedimientos de regímenes aduaneros y destinos

aduaneros especiales, tributarios, administrativos y otros,

debiendo reiniciarse el mismo automáticamente al día

siguiente hábil del levantamiento de la Declaración de

Emergencia Sanitaria.

Los procesos de contratación en curso, continuaran con

su tramitación hasta su conclusión, debiendo considerar

la flexibilización de los plazos para su tratamiento, en el

marco de lo establecido en el DS 0181.

RA 448/2020 16/03/2020

Se aprueban las medidas preventivas en el Sistema

Integral de Pensiones (SIP), en virtud a la declaración de

emergencia nacional por la pandemia del COVID-19.

RAE 02-00039-20 14/03/2020

Se suspenden los plazos procesales de acuerdo con lo

siguiente:

a) En obligaciones de los administrados de remisión de

documentación a cualquier Dirección Regional y/o

Nacional de la Autoridad de Fiscalización del Juego

- AJ, en trámites o procesos administrativos

relacionados a juegos de lotería, azar, sorteos y

promociones empresariales, sancionadores,

fiscalizaciones y otros;

b) Para la AJ en procesos administrativos de cualquier

índole, cuyo domicilio procesal del administrado se

encuentre fuera del municipio de La Paz, Santa Cruz

y Cochabamba, donde la AJ tiene establecida

Direcciones Regionales,

c) En todos los casos, para la evaluación de

documentación remitida por los administrados, la

administración deberá velar por la protección del

derecho a la defensa, debido proceso, etc.

Por otra parte, los administrados que estuvieran

desarrollando promociones empresariales en cualquiera

de sus etapas, podrán solicitar la suspensión de la

promoción o renuncia, entendiéndose la emergencia

nacional.

La suspensión de los plazos será levantada al día

siguiente hábil al 31 de marzo de la presente gestión.

Instructivo Especial

APS/09/2020 31/03/2020

El plazo para el pago de contribuciones a la Seguridad

Social de Largo Plazo que venciere durante la

declaratoria de Cuarentena Total queda suspendido

hasta el análisis y determinación a ser dispuesta por el

Órgano Ejecutivo.

Instructivo 22/03/2020

Desde el lunes 23 de marzo de 2020, las entidades bajo

tuición de la APS suspenderán la atención al público.

Asimismo, las Administradoras de Fondo de Pensiones y

las Entidades Aseguradoras dispondrán del personal

pertinente y necesario para el proceso y gestión de los

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

temas sustantivos y estratégicos asociados al Sistema

Integral de Pensiones.

Instructivo Marzo/2020

A partir del día 24 de marzo de 2020, las solicitudes de

autorización de movilidad deben ser realizadas por

cada empresa vía web:

https://permiso.agetic.gob.bo/#/formulario.

Memorándum

Circular Fax N°

071/2020

27/03/2020

Aprobación del Protocolo para circulación

“excepcional” de personas y vehículos involucrados en

servicio.

Circular 003/2020 24/03/2020

Se aceptará el Permiso Fitosanitario de Importación en

fotocopias simples, siempre y cuando estos puedan ser

verificados en línea. En cuanto al Certificado

Fitosanitario de Exportación a solicitud del usuario, se

dará curso previa inspección del envío y posteriormente

se emitirá el citado Certificado en formato físico y digital.

CC 2598/2020 19/03/2020

Las entidades de intermediación financiera (EIF),

implementaran el mecanismo de diferimiento del pago

de créditos de los prestatarios que se vean afectados en

su actividad económica o laboral, ante la emergencia

del COVID-19.

Las EIF deberán atender prioritariamente a los micro,

pequeños y medianos prestatarios, así como a los

deudores del sector de turismo y transporte en general,

lo que no implica restringir la atención de otro tipo de

prestatarios y sectores.

CIRCULAR 18/2020 19/03/2020

Las industrias farmacéuticas nacionales quedan

habilitadas para la producción movilización, transporte y

distribución de sus productos para atender cualquier

patología en el territorio boliviano. Asimismo, las

importadoras y entidades públicas y privadas por la

naturaleza de las funciones y actividades quedan

habilitados para la movilización, transporte y distribución

de sus productos para atender cualquier patología en el

territorio boliviano, previa autorización correspondiente

por la autoridad competente.

Comunicado

13/2020 01/04/2020

Se suspende la presentación de las planillas de Sueldos,

Salarios y Accidentes de Trabajo del mes de marzo/2020

mediante la Oficina Virtual de Trámites (OVT).

Por lo tanto y de forma excepcional, las planillas de

Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo

correspondientes a los meses marzo y abril de 2020

deberán ser presentadas hasta el 30 de mayo del año

en curso, fecha a partir de la cual, se aplicaran las multas

establecidas en el artículo 7 de la Resolución Ministerial

N° 212/18 de 1 de marzo 2018.

Comunicado 31/03/2020

Se comunica que el tránsito de camiones en puntos

fronterizos, como ser Tambo Quemado, está garantizado

y pueden desarrollar las actividades de comercio

exterior de productos de primera necesidad, alimentos,

insumos médicos, productos de higiene, en beneficio de

toda la población boliviana.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Comunicado

MDPyEP/DGAJ/CE

N° 0010/2020

31/03/2020

En cumplimiento de lo dispuesto por el DS 4203, el

MDPyEP establecerá nuevos plazos para que las

empresas comerciales que cerraron su ejercicio

económico el 31 de diciembre de 2019, cumplan con sus

deberes y obligaciones comerciales.

Comunicado 31/03/2020

Se permite la circulación del transporte de carga y

mercancías, de importación y exportación que se

encuentren efectuando operaciones de transporte

hasta la conclusión de sus operaciones.

Asimismo, se informa que en el territorio nacional rige el

libre tránsito para la provisión de insumos de primera

necesidad y que los Gobiernos Autónomos

Departamentales no tienen tuición sobre temas

fronterizos.

Comunicado N°

01/2020 31/03/2020

Se amplían los plazos para el pago de aportes al Seguro

Social Obligatorio de Corto Plazo correspondiente al mes

de febrero/2020. Este pago deberá ser cancelado, sin

recargo alguno, hasta máximo el 20 de abril de 2020.

Las empresas deben tomar las debidas previsiones, para

realizar el pago mediante banca por internet a las

entidades financieras establecidas en cada regional (Se

adjunta detalle de cuentas).

Comunicado 31/03/2020

Se autoriza que, en casos de emergencia, los

ciudadanos extranjeros pueden salir de territorio

nacional con su pasaporte, documento nacional de

identidad (DNI) y/o cualquier documento caduco.

Comunicado 31/03/2020

Se autoriza a la Gestora Pública de la Seguridad Social

de Largo Plazo, implementar de forma inmediata su sitio

web institucional.

Por otra parte, se establece que todos los empleadores

tendrá un plazo para realizar el pago de las

contribuciones (aportes) a las Administradoras de

Fondos de Pensiones (AFP’s).

Comunicado 30/03/2020

Los permisos especiales de circulación otorgados antes

del DS 4200 tienen plena vigencia hasta el 1 de abril de

2020.

Las nuevas solicitudes se recibirán en:

https://permiso.agetic.gob.bo

Comunicado ASP-

B/COM-007/2020 31/03/2020

Se informa que el transporte internacional de carga

continuará desarrollando sus actividades de manera

normal a través del paso fronterizo de Tambo Quemado,

precautelando el normal abastecimiento de los

mercados.

Respecto al Puerto de Arica, se garantiza las

operaciones de despacho de carga en los 3 turnos

habituales.

Comunicado 30/03/2020

Se amplía la vigencia de los permisos especiales de

circulación otorgados antes del DS 4200 hasta las hrs.

23:59 del día lunes 30 de marzo de 2020.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Comunicado 28/03/2020

Los permisos especiales de circulación otorgados antes

del DS 4200 tienen plena vigencia hasta el lunes 30 de

marzo de 2020.

Comunicado

12/2020 27/03/2020

Se comunica y aclara que se suspende las actividades

públicas y privadas desde el 26 de marzo al 15 de abril

de 2020, con las excepciones establecidas en normativa

anterior.

Asimismo, se recuerda que las Autorizaciones de

Funcionamiento excepcional otorgadas tienen plena

vigencia durante el periodo de la emergencia sanitaria,

no siendo necesario solicitarlas o tramitarlas

nuevamente.

Sin embargo, las entidades que aún no cuenten con la

citada autorización podrán solicitarla hasta máximo las

23:59 del 29 de marzo de 2020.

Comunicado

MS/DPCH/02/2020 27/03/2020

Todos los vehículos que prestan servicio de transporte

carga lícita, en tránsito, internacional,

interdepartamental, interprovincial, municipal y urbano

de medicamentos e insumos para los establecimientos

de salud, seguridad social a corto plazo, farmacias y

población en general, podrán circular sin restricción

alguna durante las 24 horas al día.

Comunicado

GAMLP/SMDE N°

005/2020

27/03/2020

Los certificados para el traslado y comercialización de

los productores agropecuarios de los macrodistritos de

Hampaturi y Zongo serán emitidos por la Agencia de

Desarrollo Económico Local de la Dirección de

Competitividad y Emprendimiento del GAMLP.

Comunicado 26/03/2020

Las empresas de servicios públicos e industrias, tanto

públicas como privadas, dedicadas a la producción de

alimentos, productos de higiene, medicamentos y

artículos de primera necesidad y su personal de trabajo,

podrán circular de manera garantizada, desarrollando

sus actividades de lunes a domingo las 24 horas. Los

proveedores abastecerán a los mercados, tiendas,

almacenes y supermercados todos los días de 14:00 a

05:00 a.m. conforme a su rubro.

La cadena logística y de servicios de transporte del

comercio interno y de las exportaciones e importaciones

se mantendrá expedito y garantizado. Los medios de

transporte de abastecimiento, insumos, artículos de

primera necesidad, limpieza e higiene, farmacéuticos,

comerciales y distribuidoras de alimentos podrán

transitar de manera segura y libre en todo el territorio

nacional.

Comunicado 26/03/2020

Recuerda la excepcionalidad establecida en el artículo

7 del DS 4200, con relación a las actividades realizadas

por productores agropecuarios y las empresas

encargadas de su distribución.

Comunicado 26/03/2020

A partir de las 16:00 horas del 26 de marzo de 2020 se

habilitó el portal:

https://permiso.agetic.gob.bo/#/formulario, para la

otorgación de permisos especiales de circulación.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Comunicado 26/03/2020

Se comunica a los ciudadanos extranjeros que se

encuentren en territorio nacional en calidad de turistas y

cuyo tiempo de permanencia hubiere vencido, su

situación migratoria no será considerada irregular ni se

cobrará multa alguna esos días.

En el caso de residentes extranjeros que se encuentren

fuera de Bolivia por más tiempo que el establecido en la

normativa vigente, su permanencia no será cancelada.

Comunicado 25/03/2020

Responsabilidades penales a quienes incumplan la

cuarentena total y pongan en riesgo la salud pública,

serán sancionadas con privación de libertad de 1 a 10

años.

Comunicado 25/03/2020

Garantiza el tránsito de los servicios de transporte de

alimentos, medicamentos e insumos médicos en el

territorio nacional.

Comunicado

11/2020 24/03/2020

Suspensión de plazos procesales administrativos de todos

los recursos administrativos que se encuentran en curso

de trámite y pendientes de Resolución, en las diferentes

instancias administrativas dependientes del MTEyPS, y la

suspensión de actuaciones administrativas llevadas a

cabo por las Jefaturas Departamentales y Regionales de

Trabajo, aclarando que el pago de los beneficios

sociales debe realizarse dentro del plazo establecido

conforme a normativa vigente.

Aquellas entidades que estén realizando actividades

excepcionales, deben contar con el Certificado de

Autorización que contiene código QR emitida por el

MTEyPS, teniendo los mismos la obligación de

proporcionar el transporte a su personal desde su

domicilio al lugar de trabajo y retorno.

Comunicado 24/03/2020

Recuerda lo establecido en la RAPE 01-006-20 de 19 de

marzo de 2020 con relación a la suspensión del cómputo

de plazos establecidos en los procedimientos de

regímenes aduaneros y destinos aduaneros especiales.

Asimismo, sobre los horarios y modalidades de atención.

Comunicado N° 3 23/03/2020

Determina el siguiente horario de atención:

- En oficina: Lunes - Miércoles - Viernes Hrs. 08:00 a 11:30.

- Martes - jueves se atenderá emergencias de alta

prioridad.

- Solamente se atenderán los trámites de Solicitud de

Hoja de Ruta y Autorización para Compra Local a

YPFB, Estaciones de Servicio, Hospitales e Instituciones

Públicas y Privadas, relacionadas con el cumplimiento

del DS 4200.

Comunicado 23/03/2020

Suspensión de los plazos dentro de los procedimientos

administrativos, recursos ulteriores y otros trámites

administrativos sustanciados por y ante la APS, hasta el

levantamiento de la cuarentena total.

Comunicado 23/03/2020

Los avisos de siniestros del Seguro Agrario MINKA podrá

ser realizado y/o enviado excepcionalmente en forma

oral o digital a los números de celular: La Paz 71297814,

Cochabamba 71297811, Chuquisaca 71297812, Potosí y

Tarija 71297813 y Santa Cruz, Pando y Beni 67198142.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Comunicado

005/2020 22/03/2020

Los trámites ante la ASP-B se encuentran habilitados para

que puedan ser realizados a través de las plataformas

web: www.aspb.gob.bo y siap.aspb.gb.bo. Asimismo,

toda solicitud para el despacho de carga FC, se viene

ejecutando en un máximo de 24 horas posterior a su

planificación portuaria.

Comunicado

Regional LP 22/03/2020

Los aportes patronales normales y devengados

(convenios de plazo) para el Seguro a Corto Plazo,

deberán ser depositados a la cuenta de la

Administración Regional La Paz N° 1-0000004671108 del

Banco Unión, para su posterior regularización.

Comunicado 21/03/2020

Las empresas públicas, privadas y personas dedicadas a

la producción de alimentos, provisión de insumos para

ésta, así como a la elaboración de productos de higiene

y medicamentos desarrollaran sus actividades

ininterrumpidamente o de acuerdo a la modalidad

aplicable a su actividad, a fin de garantizar la cadena

productiva y de abastecimiento.

Comunicado

10/2020 21/03/2020

Suspensión de actividades laborales hasta el 4 de abril

de 2020. Exceptuando aquellas que por su naturaleza

deban continuarse. Asimismo, las entidades que

continúen realizando actividades excepcionalmente

proveerán el transporte de su personal desde su

domicilio al lugar de trabajo y retorno.

Comunicado 21/03/2020

Suspensión temporal de la emisión de Guía de Tránsito

Interno de Productos Vegetales. Por lo que solo se

controlará a emisiones de permisos y certificados

fitosanitarios a nivel nacional.

Comunicado 20/03/2020

Se comunica lo siguiente:

1. La atención al público a nivel nacional se realizará de

horas 8:00 a 13:00.

2. En caso de dudas o consultas, llamar al 800-10-1610.

3. Las visitas a las oficinas de la APS solo podrán

realizarse en casos de necesidad imperiosa de

realizar trámites importantes.

4. En caso de pagos acumulados de 12 periodos por

Renta Dignidad que debieran efectivizarse entre el 16

al 31 de marzo de 2020, no se perderán y los mismos

se habilitarán para el pago correspondiente a partir

del 1 al 15 de abril de 2020.

5. En caso de una suspensión total de actividades, los

casos de Gastos Funerales que correspondan al

cobro desde el 16 al 31 de marzo de 2020, podrán ser

cobrados a partir del 1 al 15 de abril de 2020.

6. En caso de no poder realizar el pago a domicilio de

la Renta Dignidad los mismos serán realizados a

momento de normalizarse la situación nacional.

7. El pago de la Renta Dignidad está garantizado.

Comunicado 19/03/2020

1. Los nuevos trámites de prestaciones y operaciones

serán recibidos a partir del 1 de abril de 2020, sin

afectación de los derechos ni devengamiento de

pago de pensiones.

2. Los trámites en curso cuyo vencimiento sea entre el

16 y 31 de marzo serán atendidos desde el 1 al 15 de

abril de 2020, sin afectación de los derechos.

3. Los plazos para el pago de Contribuciones

establecido en la Ley de mantienen vigentes para

todo Empleador y Asegurado independiente.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

4. Los trámites de Control de Vivienda, Solicitud de No

Descuento por Salud y Certificados de Estudios que

concluyan en el periodo marzo 2020, son ampliados

hasta el 30 de abril de 2020, según corresponda.

Comunicado

9/2020 18/03/2020

Reducción de la jornada laboral a 5 horas de forma

continua hasta el 31 de marzo de 2020, que no implica

descuento o reducción del pago de salario.

Excepcionalmente, podrán tener horario diferente, entre

otras, las actividades de Entidades del sector público y

privado: sector farmacéutico, servicios básicos, energía,

producción, elaboración y transporte de alimentos y

otros imprescindibles, mismas que regularizaran su

autorización ante el MTEyPS y proporcionaran el

transporte de su personal desde su domicilio al lugar de

trabajo y retorno, debiendo tramitar el permiso de

circulación ante la instancia competente.

Las autorizaciones deben tramitarse en el plazo de 48hrs.,

computables a partir del 19 de marzo, remitiendo en un

archivo PDF, la siguiente documentación debidamente

escaneado, al correo electrónico

[email protected]: El formulario de solicitud

correspondiente, nómina del personal que trabajará en

el horario especial; y el Formulario ROE. Al no contar con

la citada autorización y efectuar actividades fuera del

horario excepcional, se aplicará las sanciones

establecidas en el DS 4196.

Todas las entidades deben adoptar las medidas de

promoción de la salud, la prevención del contagio y

contención del COVI-19, además de implementar

estrategias para evitar aglomeración de personas en el

marcado del ingreso y salida de la jornada laboral y otras

acciones necesarias.

Comunicado Marzo/2020

Adopción de medidas de carácter tributario orientadas

a dar alivio fiscal a los contribuyentes en el marco de la

Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional frente a

la pandemia por COVID-19.

Comunicado Marzo/2020

Se prorrogan los plazos de la presentación de

Declaraciones Juradas, pago de tributos y cumplimiento

de deberes formales, a causa de la presencia del

COVID-19.

Comunicado Marzo/2020

El plazo para que los empleadores paguen las

contribuciones al Sistema Integral de Pensiones,

correspondiente al mes de febrero 2020, que vencía el

31 de marzo del año en curso, queda suspendido.

Comunicado Marzo/2020

Implementación en las administraciones de aduana

frontera y fluvial para el registro del Manifiesto

Internacional de Pasajeros y Equipaje y el Uso del

Aplicativo AN Viajero.

Comunicado Marzo/2020

Recuerda que la AJ determinó la suspensión de plazos

en Promociones Empresariales, Procesos sancionadores

de cualquier índole y Procesos de Fiscalización, entre

otros.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Comunicado Marzo/2020

Las empresas de servicios públicos e industrias, tanto

públicas como privadas, dedicadas a la producción de

alimentos, productos de higiene, medicamentos y

artículos de primera necesidad y su personal de trabajo,

podrán circular de manera garantizada, desarrollando

sus actividades ininterrumpidamente de lunes a

domingo las 24 horas del día.

En cumplimiento del DS 4200 el MDPyEP precautelará el

abastecimiento, seguridad alimentaria, higiene y salud

en todo el territorio nacional.

Comunicado Marzo/2020 Informa sobre sus servicios online y las cuentas bancarias

para la recaudación electrónica en diferentes Bancos.

Comunicado Marzo/2020

Trámites de Gestión territorial y catastral, Tributos

municipales y Gestión de Inmuebles a través de la

página web: www.lapaz.bo

Comunicado N°

04/2020 Marzo/2020

Depósitos bancarios por el concepto de aporte mensual

correspondiente al mes de febrero/2020 en la cuenta de

la administración donde corresponda el aporte.

Comunicado Marzo/2020

Se establecerán nuevos plazos para que las empresas

unipersonales y sociedades comerciales, con cierre al 31

de diciembre de 2019, cumplan con sus deberes y

obligaciones comerciales.

DD 128 27/03/2020

Declara Auto de Buen Gobierno en todo el

departamento de La Paz y determinar acciones

institucionales y sociales en el marco de la emergencia

sanitaria nacional, cuarentena total y su ampliación por

el brote del COVI-19 a partir del 26 de marzo hasta el 15

de abril de 2020.

Se prohíbe:

- La circulación de vehículos motorizados públicos y

privados con excepción de los medios de transporte

para el traslado de las Fuerzas Armadas, la Policía

Boliviana y servicios de salud público y privados y otros

que por naturaleza estratégica estén dedicadas a la

prestación de servicios básicos y al abastecimiento de

artículos de primera necesidad para lo cual, los

Alcaldes o Alcaldesas deberán certificar, de manera

restringida, para prestación de este servicio.

- Portar todo tipo de armas de fuego, armas blancas y

cualquier material explosivo que pudiere atentar

contra la integridad de las personas o los bienes

públicos y privados.

- La organización de reuniones sociales, políticas,

mítines, manifestaciones, huelgas y bloqueos de calles,

caminos urbanos, rurales y vecinales.

- El Servicio de Transporte Público en las jurisdicciones de

los Gobiernos Autónomos Municipales del

departamento de La Paz, con excepción de

autorizaciones expresadas en certificaciones

especiales al Servicio de Transporte exclusivamente

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

para el traslado de productos alimenticios en horarios

especiales de acuerdo a las características propias de

la jurisdicción municipal correspondiente en

concordancia con lo establecido en el DS 4200.

Los estantes y habitantes del departamento de La Paz,

así como las organizaciones sociales, gremiales,

sindicales, centrales agrarias, instituciones públicas y

privadas, están obligadas a dar cumplimiento a los DS

4196, 4199 y 4200, para ello deben permanecer en sus

hogares sin salir de sus domicilios las 24 horas del día,

encargando a un solo miembro de la familia el

abastecimiento de lo estrictamente necesario

(alimentación o medicamentos), dependiendo del

número de terminación de su cédula de identidad entre

horas 08:00 a. m. hasta horas 12:00 a. m, sin provocar

aglomeraciones y evitando el contacto con otras

personas conforme

lo dispuesto en el artículo 5o del Decreto Supremo N°

4200, de acuerdo al siguiente detalle:

DÍA TERMINACIÓN C.I.

Lunes 1 y 2

Martes 3 y 4

Miércoles 5 y 6

Jueves 7 y 8

Viernes 9 y 0

Se declara como personal de servicio necesario, en el

marco de las excepciones previstas en el DS 4200, a los

servidores públicos dependientes del Servicio

Departamental de Gestión Social (SEDEGES).

Se autoriza la circulación de:

- Servicios de transporte de carga dedicados a la

prestación de servicios básicos y al abastecimiento de

artículos de primera necesidad en todo el

departamento de La Paz.

- Servicios de transporte de carga y de mercancías que

se encuentren en tránsito en el territorio departamental

hasta la conclusión de su operación de transporte, así

como también las operaciones para la devolución de

contenedores a sus puntos de origen.

DD 127 13/03/2020

Declara estado de emergencia en el departamento de

La Paz, con el propósito de proteger, prevenir y disminuir

el riesgo de transmisión del Coronavirus, reducir la

frecuencia de los contagios y proteger especialmente a

los sectores vulnerables en el departamento.

LAM GAMSCS N°

1287 27/03/2020

Se declara auto de buen gobierno en la jurisdicción del

Municipio de Santa Cruz de la Sierra, en el marco de lo

dispuesto por el DS 4200.

LMA 407 20/03/2020

Disposiciones de carácter temporal y extraordinario,

para regular la prevención, el control y la atención de

casos de brote y propagación de coronavirus en el

municipio de La Paz, en principio vigente hasta el 31 de

marzo de 2020.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

LAM 1284 18/03/2020

Se determina descuentos especiales solidarios en el

pago del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes

Inmuebles (IMPBI), Impuesto Municipal a la Propiedad de

Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT) y la Patente

Municipal a las Actividades Económicas,

correspondientes a la gestión 2019, para la Patente

Municipal de los Centros de Abastecimiento

Municipales, tanto minoristas como mayoristas se

aplicará a la gestión 2020.

El citado descuento tendrá una vigencia desde el 24 de

marzo al 30 de abril de 2020.

LAM 1283 18/03/2020

Se declara cuarentena por la vida, ante la pandemia

ocasionada por el - COVID-19 como medida

excepcional para evitar la propagación del mismo, en

resguardo de los derechos a la vida y a la salud de los

ciudadanos, consagrados como derechos

fundamentales.

LAM 1282 13/03/2020

Se declara emergencia epidemiológica por el brote del

Coronavirus, adoptando medidas de prevención por

haber sido declarado por la Organización Mundial de la

Salud, como una "pandemia internacional", emergencia

ratificada por el Gobierno Nacional mediante Decreto

Supremo N° 4179.

DM 009/2020 26/03/2020

Contratación directa de medicamentos, dispositivos

médicos, insumos, reactivos, equipamiento médico y

servicios de consultoría del personal de la salud.

DM 06/2020 19/03/2020

Medidas y condiciones para abastecimiento y

comercialización de productos en el Municipio de La

Paz, durante la emergencia sanitaria y cuarentena

nacional.

DM 154/2020 17/03/2020

Se establecen medidas de control, prevención y

ejecución de acciones inmediatas dentro de la

jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de

Cochabamba, en el marco de la Declaratoria de Alerta

Roja, Plan Departamental de Contingencia por la

PANDEMIA CORONAVIRUS (COVID19) aprobado por el

Servicio Departamental de Salud y el Encuentro

"COCHABAMBA UNIDA CONTRA EL CORONAVIRUS".

RA 03/2020 20/03/2020 Suspensión de plazos para planes de pago y el pago del

Impuesto municipal a las transferencias onerosas.

RE 087/2020 26/03/2020

Suspensión de todos los plazos procesales y

administrativos aplicables a los procesos de

contratación en curso del Gobierno Autónomo

Municipal de La Paz, en todas las modalidades y

cuantías, entre tanto se mantenga la cuarentena.

Asimismo, se paralizan los contratos/ordenes de

servicio/órdenes de Compra en ejecución hasta que la

cuarentena sea levantada.

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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19

Recomendación Marzo/2020

Colocar en un lugar visible del espacio de trabajo,

información sobre las medidas de prevención del

COVID-19.