Adrián Rodríguez Burruezo

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Adrián Rodríguez Burruezo Ana María Fita Fernández

Jaime Prohens Tomás

GUÍA DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CARRERA

DEL PROFESORADO

27. Biotecnología

Valencia, Febrero de 2009

Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado

Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA

EDITORIAL UPV Ref.: 2009.2639

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Coordinadores: José Luis Berné Valero Mónica García Melón © Adrián Rodríguez Burruezo

Ana María Fita Fernández Jaime Prohens Tomás Edita: EDITORIAL DE LA UPV Camino de Vera, s/n 46071 VALENCIA Tel. 96-387 70 12 Fax 96-387 79 12 Imprime: REPROVAL, S.L. Tel. 96-369 22 72 Depósito Legal: V-4787-2007 ISSN: 1888-2595

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Estimado amigo y compañero:

La Universidad Española esta viviendo un momento de grandes cambios e ilusionantes retos para abordar los compromisos de formación y generación de conocimientos en un mundo global, muy competitivo. Uno de los agentes fundamentales de este proyecto es el profesorado, al que cada vez más se le exige actividad docente, de investigación y gestión. Por otra parte el profe-sorado desea avanzar en su trayectoria profesional, sin olvidar objetivos de calidad en sus tres vertientes de actividad. Por ello es de obligado compromiso para los gestores de los recursos y por supuesto para este equipo rectoral, el facilitarles herramientas y estrategias para el cumplimiento de estas activi-dades. Así desde el VOAP se han definido unas estrategias y programas para el desarrollo curricular del profesorado. Dentro de este escenario se publica esta guía que por un lado aborda una política de información por campos o áreas de conocimiento en productividad investigadora y por otro adjunta información sobre los sistemas de acreditación. El objetivo fundamental de esta guía es pues el generar cultura de investigación en aquellas áreas de esta Universidad más necesitadas.

Es prioritario para este Vicerrectorado orientar y ayudar al profesorado para que alcance parámetros de calidad docente e investigadora que garantice su acreditación y promoción. Esperamos que esta guía sea un punto de debate y compromiso, para que con su lectura y aportaciones mejoremos la siguiente edición y que sirva como herramienta para consolidar el desarrollo curricular de nuestro profesorado.

Recibe un cordial saludo

José Luis Berné Valero VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y PROFESORADO

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ÍNDICE TEMA 1. PRESENTACIÓN. OBJETIVOS Y ESTRUCTURA DE

LA GUÍA ................................................................................... 5

TEMA 2. DEPARTAMENTO DE BIOTECNOLOGÍA DE LA UPV ....... 9 2.1. ANTECEDENTES ............................................................................ 11 2.2. DOCENCIA ..................................................................................... 13 2.3. INVESTIGACIÓN ............................................................................. 14

TEMA 3. PROFESORADO UNIVERSITARIO ....................................... 17 3.1. INTRODUCCIÓN ............................................................................. 19 3.2. LEGISLACIÓN................................................................................. 20 3.2.1. Artículos y otros apartados de la Ley Orgánica 4/2007 de

12 de abril, que modifica la Ley Orgánica de Universidades 6/2001 de 21 de diciembre, que hacen referencia al pro-fesorado universitario, su contratación y su acreditación..... 20

3.2.2. Artículos y otros apartados del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la Acreditación Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios ....................................................................... 26

3.2.3. Artículos y otros apartados del Real Decreto de 1313/2007 de 5 de octubre por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios ..... 32

3.3. PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES DE LA AGENCIA NACIONAL DE LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y ACREDITACIÓN (ANECA) PARA LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN EN ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LOS CAMPOS Y RAMAS MÁS RELACIONADOS CON EL DEPARTAMENTO DE BIOTECNOLOGÍA DE LA UPV...................................................................................... 36

3.3.1. Evaluación para la figura contractual de Profesor Ayudante Doctor ................................................................................. 38

3.3.2. Evaluación para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor ................................................................................. 41

3.3.3. Acreditación nacional para el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad .................................................................... 46

3.3.4. Acreditación nacional para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad ......................................................................... 59

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3.4. PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES DE LA AGÈNCIA VALENCIANA D´AVALUACIÓ I PROSPECTIVA (AVAP) PARA LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN EN ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LOS CAMPOS Y RAMAS MÁS RELACIONADOS CON EL DEPARTAMENTO DE BIOTECNOLOGÍA DE LA UPV......................... 72

3.4.1. Evaluación para la figura contractual de Profesor Ayudante Doctor ................................................................................. 73

3.4.2. Evaluación para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor ................................................................................. 76

TEMA 4. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN COMPETITIVOS.......... 79 4.1. PROYECTOS EUROPEOS............................................................... 81 4.1.1. Introducción ........................................................................ 81 4.1.2. Programas específicos ....................................................... 82 4.1.3. Otras acciones del Séptimo Programa Marco..................... 84 4.1.4. Cómo solicitar un Proyecto Europeo................................... 85 4.2. PROYECTOS DE ÁMBITO NACIONAL .............................................. 86 4.2.1. Principales aspectos del Plan Nacional 2008/2011 ............ 86 4.2.2. Estructura del Plan Nacional 2008/2011............................. 88 4.2.3. Proyectos del Ministerio de Ciencia e innovación ............... 90 4.2.4. Proyectos de I+D+i financiados por otros Ministerios ......... 91 4.3. PROYECTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.............................. 91 4.3.1. Proyectos de ámbito regional.............................................. 91 4.4. PROGRAMA PROPIO DE LA UPV .................................................... 93

TEMA 5. BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN ........................................... 95 5.1. POLIBUSCADOR............................................................................. 97 5.1.1. Iniciar búsquedas................................................................ 97 5.1.2. Acceder a una revista ......................................................... 98 5.1.3. Localizar artículos en una revista........................................ 101 5.2. PRINCIPALES BASES DE DATOS.................................................... 105 5.2.1. ISI web of Knowledge ......................................................... 106 5.2.2. CAB Abstracts..................................................................... 110 5.2.3. Agricola .............................................................................. 112 5.2.4. NCBI ................................................................................... 115 5.3. NUESTRAS PUBLICACIONES. CÓMO AVERIGUAR QUÉ AUTORES

LAS CITAN Y EL NÚMERO DE CITAS QUE RECIBEN........................ 118

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TEMA 6. DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN .. 121 6.1. REVISTAS CIENTÍFICAS ................................................................. 123 6.1.1. Journal Citation Report (JCR) ............................................. 123 6.1.1.1. Consultar el JCR...................................................... 123 6.1.1.2. Índices de calidad en revistas JCR ........................... 126 6.1.2. Revistas con mayor relevancia para el Departamento de

Biotecnología de la UPV ..................................................... 128 6.1.3. Descripción de las principales revistas ............................... 159 6.2. CONGRESOS, JORNADAS Y OTRAS REUNIONES CIENTÍFICAS...... 167 TEMA 7. SOCIEDADES, INSTITUCIONES Y CONSORCIOS

CIENTÍFICOS ................................................................................... 173 7.1. SOCIEDADES CIENTÍFICAS ............................................................ 175 7.2. INSTITUCIONES Y CONSORCIOS CIENTÍFICOS .............................. 178 TEMA 8. OTROS ENLACES DE INTERÉS ........................................... 181

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TEMA 1 PRESENTACIÓN. OBJETIVOS Y

ESTRUCTURA DE LA GUÍA

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En la necesidad de la Universidad Politécnica de Valencia de apoyar al profesorado para alcanzar diferentes niveles de calidad, el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado de la Universidad Politécnica de Valen-cia está tomando varias iniciativas con el objetivo de apoyar la carrera del profesorado. Entre ellas, ocupa un lugar destacado el Programa de Apoyo a la Carrera del Profesorado. La elaboración de la presente guía de investigación tiene como objetivo fundamental dar a conocer a los miembros del Departamento de Biotecnología (DB) información de utilidad que les ayude a sacar el máximo rendimiento a los resultados de sus investigaciones presentes y futuras y, de este modo, poder optar a los procesos de acreditación y evaluación del profesorado uni-versitario.

Los objetivos específicos de esta guía son: • Describir los antecedentes y la situación actual del Departamento de

Biotecnología de la Universidad Politécnica de Valencia, poniendo espe-cial énfasis en los indicadores de investigación.

• Exponer brevemente cuales son las figuras del profesorado universitario

reconocidas en la actual Ley Orgánica de Universidades. • Dar a conocer las funciones y los criterios establecidos por la Agencia

Nacional para la Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) para la contratación del profesorado universitario y la promoción a cuerpos do-centes universitarios, en aquellos campos y ramas más relacionados con la actividad investigadora y docente del DB.

• Proporcionar información útil sobre diversas convocatorias de financiación

para la investigación. • Mostrar el acceso a las publicaciones científicas más relevantes para los

profesores del DB, así como la forma de manejar los principales índices de calidad de estas revistas, con el objetivo de seleccionar aquéllas en las que por su temática sea más interesante publicar los resultados de in-vestigación de cada profesor.

• Mostrar un listado de las revistas científicas más importantes para las

áreas que cubre el DB, así como breves comentarios sobre cada una de ellas.

• Dar a conocer los acontecimientos científicos (Jornadas o Congresos) más

relevantes en el ámbito de la Biotecnología.

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Con objeto de alcanzar estos objetivos, esta guía se ha estructurado de la siguiente forma: • En el segundo capítulo se ofrece un resumen de la historia y anteceden-

tes del DB, seguido de una descripción actual de su estructura en térmi-nos de docencia e investigación.

• En el tercer capítulo se incluyen partes de la actual legislación universita-

ria que hacen referencia a las distintas figuras del profesorado universitario. De forma complementaria, se han incluido los principios y orientaciones de la ANECA para la aplicación de los criterios de evaluación y barema-ción en aspectos de investigación en los campos y ramas más relacionados con el DB.

• En el cuarto capítulo se hace una breve descripción de los diversos tipos

de financiación a los que puede optar un investigador universitario. • En el quinto capítulo se detalla la utilización del sistema de búsqueda de

información científica de la UPV: Polibuscador, así como el acceso y ma-nejo a las bases de datos de mayor interés para profesores del DB.

• En el sexto capítulo se explica cómo acceder a documentos de interés

para preparar artículos científicos y averiguar los principales índices de calidad de las revistas científicas. También se incluye una breve descrip-ción temática de las principales revistas, con el objetivo de elegir las más adecuadas de cara a publicar los resultados de la investigación. A conti-nuación, se ofrece una lista de los Congresos y Jornadas más relacionados con las áreas de investigación del DB, indicando fechas y temáticas de la próxima edición.

• En el séptimo capítulo se ofrece un listado de sociedades científicas y en-

laces que se consideran de interés para la investigación en el DB. • En el octavo y último capítulo se ofrece un listado de enlaces de interés

en cuanto a instituciones y bases de datos útiles para los profesores del DB.

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TEMA 2 DEPARTAMENTO DE

BIOTECNOLOGÍA DE LA UPV

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2.1. ANTECEDENTES El Departamento de Biotecnología (DB) fue creado en 1986. En él se inte-gró a todo el Personal Docente e Investigador de las Áreas de Genética, Microbiología y Bioquímica pertenecientes a las antiguas Cátedras, formándo-se las nuevas Unidades Docentes establecidas por la antigua Ley de Universi-dades (LRU 11/1983, de 25 de agosto). En la actualidad las Unidades Docentes/Áreas de Conocimiento (UD/AC) del DB tienen las denominaciones: Bioquímica y Biología Molecular (Bioq).

Genética (Gen).

Microbiología (Micr).

Un total de 50 profesores están adscritos al DB, de los cuales 18 pertene-cen al Área de Bioquímica y Biología Molecular, 17 al de Genética y, finalmen-te, 15 al de Microbiología. En la tabla 1 se describe el número de profesores correspondientes a cada Área y agrupados por figuras docentes de la actual LOU.

Tabla 1. Número de profesores de cada Unidad Docente del DB agrupados por figuras docentes de la LOU

UD/AC CU TU CD AD COL AYU ASO TOTAL Bioq 2 4 5 0 0 0 7 18 Gen 2 4 8 0 2 1 0 17 Micr 2 5 2 1 0 1 4 15 TOTAL 6 13 15 1 2 2 11 50

CU: Catedrático de Universidad; TU: Titular de Universidad; CD: Contratado Doctor; AD:

Ayudante Doctor; COL: Colaborador; AYU: Ayudante; ASO: Asociado. De acuerdo al artículo 11 del Reglamento del Departamento de Biotecnolo-gía, su gobierno, representación y administración se fundamenta en los si-guientes órganos: Colegiados:

о Consejo de Departamento.

о Comisión Permanente del Consejo de Departamento.

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Unipersonales (equipo directivo):

о Director.

о Subdirector.

о Secretario.

El Consejo de Departamento está integrado por:

• Miembros del equipo directivo.

• Todos los doctores del Departamento.

• Profesores no doctores a tiempo completo (15-30% del número de docto-res).

• Ayudantes y Personal de investigación no doctores (10% del número de

doctores). • Alumnos (15% del número de doctores, mínimo 2 alumnos).

• PAS no doctor (10% del número de doctores).

La Comisión Permanente del Consejo de Departamento, caso de existir, es-tá integrada por: • Miembros del equipo directivo (Miembros natos). • Responsables de las UD/AC (Miembros natos).

• Doctores (hasta 9 miembros).

• Profesores no doctores (15% del número de doctores de la Comisión Per-manente).

• Ayudantes y personal investigador no doctor (10% del número de docto-

res de la Comisión Permanente). • PAS (10% del número de doctores Comisión Permanente).

• Alumnos (15% del número de doctores de la Comisión Permanente). Para mayor información relativa a las funciones y competencias de los ór-ganos de gobierno del DB, así como a sus correspondientes procesos de renovación, se remite al Reglamento del Departamento, disponible en la Se-cretaría del DB.

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2.2. DOCENCIA Inicialmente, el profesorado del DB impartía docencia en las titulaciones de Ingeniero Técnico Agrícola e Ingeniero Agrónomo, pero la incorporación de nuevas titulaciones a la oferta de la UPV, ha supuesto un aumento en el número de centros y titulaciones en las que el profesorado del DB imparte docencia. Actualmente, el DB imparte asignaturas en las siguientes Escuelas y Titulaciones: • Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos (ETSIA): о I. Agrónomo. о I. Montes. о Licenciado en Biotecnología. о Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos (2º Ciclo).

• Escuela Técnica Superior del Medio Rural y Enología (ETSMRE): о I. T. Agrícola (4 Especialidades: i) Explotaciones Agropecuarias, ii) Hor-

tofruticultura y Jardinería, iii) Industrias Agrarias y Alimentarias y iv) Mecanización y Construcciones Rurales).

о Licenciado en Enología. • Escuela Politécnica Superior de Gandía (EPSG): о Licenciado Ciencias Ambientales. о I.T. Forestal (Esp. Explotaciones Forestales). • Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

(ETSICCP): о Licenciado en Ciencias Ambientales (2º Ciclo).

Desde el curso 2007/08, el profesorado del DB también imparte docencia en varios másteres de la UPV: • Máster en Mejora Genética Vegetal. • Máster en Biotecnología Molecular y Celular de Plantas. • Máster en Ciencia e Ingeniería de los Alimentos. • Máster en Gestión y Seguridad Alimentaría. • Máster en Prevención de Riesgos Laborales. • Máster en Ingeniería Ambiental.

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La docencia del DB se organiza en base a las tres Unidades Docente des-critas. Cada una de estas Unidades Docentes organiza y coordina las ense-ñanzas correspondientes a una misma disciplina o especialidad dentro de su área de conocimiento. Cada Unidad Docente cuenta con un responsable que convoca y preside las reuniones docentes del Área y transmite los acuerdos adoptados al Consejo de Departamento. 2.3. INVESTIGACIÓN Según el artículo 28 del reglamento del DB, «El Departamento asume como uno de sus objetivos esenciales la investigación, fundamento de la docencia, medio para el progreso de la comunidad y soporte de la trasferencia social del conocimiento. Y a tal efecto promoverá en el marco de sus competencias el desarrollo de la investigación así como la formación de sus investigadores». Asimismo, «La investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador. Se reconoce y garantiza, en el ámbito del Departamento, la libertad de investigación individual y colectiva». Finalmente, «El Departamento garantizará que todos los fondos bibliográficos e infraestructuras para la investigación estén a disposición de todos los profesores o investigadores del Departamento, de acuerdo con el oportuno reglamento de usuarios».

La investigación dentro del DB se organizó inicialmente en torno a las tres Áreas de Conocimiento que lo han integrado desde sus orígenes. Con el tiempo, el nivel de la investigación en el DB, así como su crecimiento en per-sonal docente e investigador, han alcanzado unas cotas tales que los grupos de investigación originales han evolucionado hacia varias estructuras de inves-tigación (tabla 2). De esta forma, en la actualidad, la mayor parte del profeso-rado del DB está adscrito a tres estructuras de investigación: Centro Avanzado de Microbiología de los Alimentos (CAMA). Instituto Universitario de Conservación y Mejora de la Agrodiversidad

Valenciana (COMAV). Instituto Universitario Mixto de Biología Molecular y Celular de Plantas

(IBMCP-CSIC).

Además de los profesores adscritos al DB, varios investigadores de los Programas “Ramón y Cajal” y “Juan de la Cierva” desarrollan su actividad investigadora en el ámbito del DB y las estructuras de investigación asociadas. Asimismo, 25 tesis doctorales se hallan actualmente en realización o están pendientes de lectura.

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Tabla 2. Estructuras de Investigación en los cuales participa el personal perteneciente al Departamento de Biotecnología

Centro Nº participantes Página web/contacto

CAMA 13 www.upv.es/entidades/CAMA/index.html COMAV 15 www.comav.upv.es IBMCP-CSIC 16 www.ibmcp.upv.es Dpto. Biotecnología 4 www.upv.es/entidades/DB/index

A continuación se ofrece un listado de los grupos de investigación pertene-cientes a las estructuras de investigación del DB. CAMA: • Grupo Estudio de la actividad biológica de microorganismos y sus

metabolitos. • Grupo de Microbiología ambiental y de alimentos.

COMAV: • Grupo de Androgénesis en cultivos de interés agronómico.

• Grupo de Caracterización Molecular de Virus de Hortícolas.

• Grupo de Cuajado y Desarrollo Partenocárpico del Fruto en Solanáceas. • Grupo de Desarrollo y Aplicación de Técnicas de Cultivo In Vitro para

la Mejora Genética de Hortícolas. • Grupo de Mejora Genética de la Resistencia a Virosis en Tomate y Pimiento. • Grupo de Mejora Genética de Nuevos Cultivos.

• Grupo de Mejora Genética de Variedades Tradicionales.

• Grupo de Mejora Genética en Cucurbitáceas.

• Grupo de Recursos Fitogenéticos de Especies Hortícolas y su utiliza-ción en Mejora Genética.

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IBMCP-CSIC • Grupo de Biología del Desarrollo Floral.

• Grupo de Biología Molecular de la Tolerancia a la Salinidad y a la Sequía. BMTSS.

• Grupo de Biología Molecular de Patógenos Virales y Subvirales de Plan-

tas. • Grupo de Biosíntesis y transducción de señal del ácido abscísico BTABA. • Grupo de Cultivo in vitro de Células y Tejidos Vegetales.

• Grupo de Defensa de las Plantas frente a Patógenos.

• Grupo de Desarrollo y Maduración de Frutos.

• Grupo de Estrés Hídrico de Plantas.

• Grupo de Evolución y Variabilidad Viral.

• Grupo de Genómica de la Calidad de los Frutos.

• Grupo de mecanismos de defensa a estrés.

• Grupo de Mecanismos de Defensa en Plantas; Resistencia Inespecífica y SAR.

• Grupo de Regulación del Desarrollo de las Plantas por Giberelinas. • Grupo de Regulación Postranscripcional de la Respuesta a Estrés.

REPOSTRESS. • Grupo de Respuesta de las Plantas al Estrés Ambiental.

• Grupo de Señalizacion Molecular en la Defensa de Plantas frente a Patógenos y Plagas.

• Grupo de Transducción de Señales Hormonales en Senescencia y

Desarrollo Reproductivo en Plantas. • Grupo de Viroides y Pequeños RNAs Patógenos de Plantas.

• Grupo de Virología Molecular de Plantas.

• Grupo Interacción Planta-Virus.

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TEMA 3 PROFESORADO UNIVERSITARIO

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3.1. INTRODUCCIÓN En primer lugar, en este capítulo se presentan las modificaciones que la Ley Orgánica de Universidades 4/2007, de 12 de abril, ha introducido sobre la anterior Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, en los artículos referentes a las figuras de profesorado universitario. También se re-cogen los apartados de mayor interés de los Reales Decretos que establecen el Sistema de Acreditación Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios (RD1312/2007, de 5 de octubre) y la Regulación de los concur-sos de acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios (RD1313/2007, de 5 de octubre). Posteriormente, se indican los criterios que los Comités de Evaluacióndel Profesorado de la ANECA aplican para la baremación de los méritos de inves-tigación, en los procesos de evaluación con carácter previo para las figuras contractuales de Profesor Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor, así como para la acreditación a los cuerpos docentes en las figuras de Profesor Titular de Universidad y Catedrático de Universidad en aquellos campos y ramas más relacionados con el DB de la UPV. A este respecto, se puede pensar que, en principio, el curriculum de un profesor del DB de la UPV estaría exclusivamente orientado hacia el campo de las Ciencias Experimentales o la rama de Ciencias. No obstante, es conve-niente recordar que los profesores del DB imparten gran parte de su docencia en titulaciones técnicas (e.g. I. Agrónomo, I.T. Agrícola) y, además, en el ámbito de una Universidad Politécnica. Así, asignaturas como “Genética y Mejora Vege-tal” o “Mejora de Especies Hortícolas”, impartidas por profesores del Área de Genética, versan sobre las aplicaciones de la Genética para la mejora de la producción vegetal, lo cual puede estar más cerca de la Agronomía (Enseñan-za Técnica) que de las Ciencias Experimentales. En este contexto, dentro del DB, muchos profesores desarrollan un curricu-lum investigador orientado estrictamente hacia la Biotecnología, pero también hay otros cuyo currículum docente e investigador se ajusta más a algunas áreas de las Enseñanzas Técnicas. Por todo ello, en próximos apartados se ofrecerá información de interés para la evaluación a las diversas figuras contractuales de profesorado universitario tanto en el campo de las Ciencias Experimentales como en el de las Enseñanzas Técnicas, y para la acredi-tación nacional para los Cuerpos Docentes Universitarios en las ramas de Ciencias y de Ingeniería y Arquitectura, dejando al profesor la elección del campo o rama que más se ajuste a su perfil.

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3.2. LEGISLACIÓN 3.2.1. Artículos y otros apartados de la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril

por la que se modifica la Ley Orgánica de Universidades 6/2001 de 21 de diciembre y que hacen referencia al profesorado universitario, su contratación y su acreditación

Artículo 49. Ayudantes La contratación de Ayudantes se ajustará a las siguientes reglas: a) Las universidades podrán contratar como Ayudantes a quienes hayan

sido admitidos o a quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado.

b) La finalidad principal del contrato será la de completar la formación do-

cente e investigadora de dichas personas. Los Ayudantes colaborarán en áreas docentes de índole práctica hasta un máximo de 60 horas anuales.

c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo. d) La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cin-

co, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados cinco años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el período de duración del contrato, interrumpirán su cómputo.

Artículo 50. Profesores Ayudantes Doctores La contratación de Profesoras y Profesores Ayudantes Doctores se ajustará a las siguientes reglas: a) El contrato se celebrará con doctores. La contratación exigirá la previa

evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de evaluación ex-terna que la ley de la Comunidad Autónoma determine, y será mérito preferente la estancia del candidato en universidades o centros de in-vestigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la universidad que lleve a cabo la contratación.

b) La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas docentes y de in-

vestigación. c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo.

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d) La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cin-co, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por du-ración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados cinco años. En cualquier caso, el tiempo total de duración conjunta entre esta figura contractual y la prevista en el artículo anterior, en la misma o distinta universidad, no podrá exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogi-miento durante el período de duración del contrato, interrumpirán su cómputo.

Artículo 52. Profesores Contratados Doctores La contratación de Profesoras y Profesores Contratados Doctores se ajus-tará a las siguientes reglas: a) El contrato se celebrará con doctores que reciban la evaluación positiva

por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acre-ditación o del órgano de evaluación externo que la ley de la Comunidad Autónoma determine.

b) La finalidad del contrato será la de desarrollar, con plena capacidad do-

cente e investigadora, tareas de docencia y de investigación, o priorita-riamente de investigación.

c) El contrato será de carácter indefinido y con dedicación a tiempo com-

pleto.

Artículo 53. Profesores Asociados La contratación de Profesoras y Profesores Asociados se ajustará a las si-guientes reglas: a) El contrato se podrá celebrar con especialistas de reconocida competen-

cia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera del ámbito aca-démico universitario.

b) La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas docentes a través

de las que se aporten sus conocimientos y experiencia profesionales a la universidad.

c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo parcial. d) La duración del contrato será trimestral, semestral o anual, y se podrá

renovar por períodos de igual duración, siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad profesional fuera del ámbito académico uni-versitario.

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Artículo 54. Profesores visitantes La contratación de Profesoras y Profesores Visitantes se ajustará a las si-guientes reglas: a) El contrato se podrá celebrar con profesores o investigadores de reco-

nocido prestigio de otras Universidades y Centros de Investigación, tanto españoles como extranjeros.

b) La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas docentes o investi-

gadoras a través de las que se aporten los conocimientos y la experien-cia docente e investigadora de los indicados profesores a la Universidad.

c) El contrato será de carácter temporal con la duración que se acuerde

entre las partes y dedicación a tiempo parcial o completo.

Artículo 54 bis. Profesores Eméritos Las Universidades, de acuerdo con sus estatutos, podrán nombrar a Profe-sores Eméritos entre profesoras y profesores jubilados que hayan prestado servicios destacados a la Universidad. Artículo 57. Acreditación nacional 1. El acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios exigirá

la previa obtención de una acreditación nacional que, valorando los mé-ritos y competencias de los aspirantes, garantice la calidad en la selec-ción del profesorado funcionario.

El Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, regulará el

procedimiento de acreditación que, en todo caso, estará regido por los principios de publicidad, mérito y capacidad, en orden a garantizar una selección eficaz, eficiente, transparente y objetiva del profesorado fun-cionario, de acuerdo con los estándares internacionales evaluadores de la calidad docente e investigadora.

2. La acreditación será llevada a cabo mediante el examen y juicio sobre la

documentación presentada por los solicitantes, por comisiones compuestas por al menos siete profesoras y profesores de reconocido prestigio do-cente e investigador contrastado pertenecientes a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios. Tales profesores deberán ser Catedráticos para la acreditación al cuerpo de Catedráticos de Universidad, y Catedráticos y Pro-fesores Titulares para la acreditación al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Igualmente, podrán formar parte de estas comisiones

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expertos de reconocido prestigio internacional o pertenecientes a cen-tros públicos de investigación. Los currículos de los miembros de las comisiones de acreditación se harán públicos tras su nombramiento. Reglamentariamente, se establecerá la composición de las comisiones reguladas en este apartado, la forma de determinación de sus componen-tes, así como su procedimiento de actuación y los plazos para resolver. En todo caso, deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profe-sionalidad de sus miembros, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.

3. En los supuestos de evaluación negativa, y con carácter previo a la re-

solución de la comisión, los interesados podrán presentar las alegacio-nes que consideren oportunas.

4. Una vez finalizado el procedimiento, se expedirá a favor del aspirante el

correspondiente documento de acreditación.

Artículo 59. Acreditación para Profesores Titulares de universidad 1. Quienes posean el título de Doctor podrán presentar una solicitud para

obtener la acreditación para Profesora o Profesor Titular de universidad a la que acompañarán, de acuerdo con lo que se establezca reglamen-tariamente, una justificación de los méritos que aduzcan.

2. Las comisiones nombradas conforme indica el artículo 57.2 examinarán

los méritos presentados por los solicitantes y podrán recabar de ellos aclaraciones o justificaciones adicionales que se entregarán por escrito en el plazo que se establezca.

Artículo 60. Acreditación para Catedráticos de universidad 1. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad po-

drán presentar una solicitud para obtener la acreditación para Cate-drático o Catedrática de universidad a la que acompañarán, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, una justificación de los méritos que aduzcan.

Quedarán eximidos del requisito de pertenecer al Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad quienes acrediten tener la condición de Doctor con, al menos, ocho años de antigüedad y obtengan el informe positivo de su actividad docente e investigadora, de acuerdo con el procedi-miento que establezca el Gobierno.

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2. Las comisiones nombradas conforme indica el artículo 57.2 examinarán los méritos presentados por los solicitantes y podrán recabar de ellos aclaraciones o justificaciones adicionales que se entregarán por escrito en el plazo que se establezca.

Artículo 62. Concurso para el acceso a plazas de los cuerpos docentes

universitarios 1. Las Universidades, de acuerdo a lo que establezcan sus estatutos, con-

vocarán concursos para el acceso a plazas de los cuerpos docentes uni-versitarios que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto. La convocatoria deberá ser publicada en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Comunidad Autónoma. Los plazos para la presentación a los concursos contarán desde el día siguiente al de su publicación en el Bo-letín Oficial del Estado.

2. A los concursos podrán presentarse quienes hayan sido acreditados de

acuerdo con lo regulado, para cada caso, en los artículos 59 y 60, así como los funcionarios y funcionarias de los Cuerpos de Profesores Titu-lares de Universidad y de Catedráticos de Universidad.

3. Los estatutos de cada Universidad regularán la composición de las co-

misiones de selección de las plazas convocadas y garantizarán, en todo caso, la necesaria aptitud científica y docente de sus componentes. Di-cha composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, procurando una composición equili-brada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas. En cualquier paso, los miembros de las comisiones deberán reunir los requisitos indicados en el artículo 57.2 y sus currículos deberán hacerse públicos.

4. Igualmente, los estatutos regularán el procedimiento que ha de regir en

los concursos, que deberá valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador del candidato o candidata, su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad en sesión.

Artículo 65. Nombramientos 1. Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al

Rector, motivadamente con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convo-cadas a concurso. El Rector procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente

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registro de persona y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Comunidad Autónoma, así como su comunicación al Consejo de Universidades.

2. La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse du-

rante dos años al menos, antes de poder participar en un nuevo concur-so para obtener una plaza en otra Universidad.

Disposición adicional primera. Del Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Universitarias y de la integración de sus miembros en el Cuerpo de Pro-fesores Titulares de Universidad A partir de la entrada en vigor de esta Ley, previa solicitud dirigida al Rector de la Universidad, los funcionarios y funcionarias Doctores del Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria, podrán integrarse en el Cuerpo de Pro-fesores Titulares de Universidad en las mismas plazas que ocupen, mante-niendo todos sus derechos, y computándose la fecha de ingreso en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad la que tuvieran en el Cuerpo de origen. Quienes no soliciten dicha integración permanecerán en su situación actual y conservarán su plena capacidad docente e investigadora. Asimismo, podrán presenatr la solicitud para obtener la acreditación para Catedrático de Univer-sidad prevista en el artículo 60.1 de esta Ley Orgánica de Universidades. Disposición adicional segunda. Del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias y de la integración de sus miembros en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad 1. A los efectos del acceso de estos profesores al Cuerpo de Profesores y

Profesoras Titulares de Universidad, los profesores titulares de escuela universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores Titulares de Escuela Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.

2. Las universidades establecerán programas tendentes a favorecer que

los Profesores Titulares de Escuela Universitaria puedan compaginar sus tareas docentes con la obtención del título de Doctor.

3. Quienes no accedan a la condición de Profesor Titular de universidad

permanecerán en su situación actual, manteniendo todos sus derechos y conservando su plena capacidad docente y, en su caso, investigadora.

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4. Mientras exista profesorado Titular de Escuelas Universitarias o habilita-do para dicha categoría que no esté acreditado para una categoría su-perior, las Universidades podrán convocar concursos entre los mismos para ocupar plazas de Titulares de Escuelas Universitarias.

Disposición adicional tercera. De los actuales profesores colaboradores Quienes a la entrada en vigor de esta Ley estén contratados como profeso-ras y profesores colaboradores con arreglo a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán continuar en el desempeño de sus fun-ciones docentes e investigadoras. Asimismo, quienes estén contratados como colaboradores con carácter indefinido, posean el título de Doctor o lo obtengan tras la entrada en vigor de esta Ley y reciban la evaluación positiva a que se refiere el apartado a) del artículo 52, accederán directamente a la categoría de Profesora o Profesor Contratado Doctor, en sus propias plazas. 3.2.2. Artículos y otros apartados del Real Decreto 1312/2007, de 5 de

octubre, por el que se establece la Acreditación Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios

Uno de los ejes vertebradores de la reforma universitaria llevada a cabo por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, es el relativo a la nueva configura-ción de la docencia universitaria, que se manifiesta, por un lado, en la estructu-ración del personal docente universitario en dos únicos cuerpos, de Catedrá-ticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, y, por otro, en el establecimiento de un nuevo modelo de acreditación de elegibles, en el que, a diferencia de la habilitación hasta ahora vigente, se ha eliminado la oferta de un número de plazas previamente delimitadas. Tal modelo se basa ahora en la previa posesión por el candidato o candidata de una acreditación nacional, cuyo procedimiento de obtención se regula en este real decreto y que permitirá a las universidades elegir a su profesorado, de manera mucho más eficiente, entre los previamente acreditados. El sistema planteado se inspira en la tradición académica de la evaluación por los pares. Esta tradición se incorpora a todo el proceso y de manera explí-cita en el requerimiento de informes de especialistas en la disciplina de cada uno de los candidatos. El modelo de evaluación por los pares del profesorado se ha venido utilizando por diversas instituciones en España a lo largo de los últimos años. La experiencia acumulada permite ahora plantear este nuevo modelo de acreditación de profesorado como paso previo a los concursos de acceso dentro de las universidades. La incorporación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación al proceso permitirá recoger toda la

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experiencia acumulada en la evaluación de profesorado de los últimos años. La finalidad del procedimiento de acreditación nacional es la obtención del correspondiente certificado de acreditación que, junto a la posesión del título de Doctor, constituye el requisito imprescindible para concurrir a los concursos de acceso a los mencionados cuerpos de profesorado funcionario docente convocados por las universidades. Se pretende con ello una previa valoración de los méritos y competencias de los aspirantes que garantice su calidad, a fin de que la posterior selección del profesorado funcionario se lleve a cabo en las mejores condiciones de eficacia, transparencia y objetividad. El certificado de acreditación surtirá efectos en todo el territorio nacional y se configura, en última instancia, como garante de la calidad docente e inves-tigadora de su titular al que habilitará para concurrir a los concursos de acceso a los cuerpos docentes convocados por las universidades, independientemen-te de la rama de conocimiento en la que el acreditado haya sido evaluado. Artículo 12. Acreditación para el acceso al Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad 1. Para optar a la acreditación para profesor o profesora titular de universi-

dad es requisito indispensable estar en posesión del título de Doctor. A tal efecto, los candidatos y candidatas deberán presentar la correspon-diente solicitud a la que acompañarán la justificación de los méritos que aduzcan de carácter académico, profesional, docente e investigador y de gestión académica y científica, que se valorarán de acuerdo con los cri-terios que figuran en el anexo.

2. Además, serán admisibles títulos extranjeros de Doctor sin homologar;

en tal caso, la obtención de la acreditación surtirá idénticos efectos que la homologación de dicho título. En este supuesto, el Consejo de Uni-versidades notificará la resolución al Ministerio de Educación y Ciencia para su inscripción en el correspondiente registro al que se refiere el ar-tículo 16.3 del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y es-tudios extranjeros de educación superior.

Artículo 13. Acreditación para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de

Universidad 1. Los profesores o profesoras titulares de universidad podrán optar a la

acreditación para catedrático o catedrática de universidad, mediante la presentación de una solicitud a la que acompañarán la justificación de los méritos que aduzcan de carácter académico, profesional, docente e investigador y de gestión académica y científica, que se valorarán de acuerdo con los criterios que figuran en el anexo.

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2. Quedarán eximidos del requisito de pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad quienes acrediten tener la condición de doctor con, al menos, ocho años de antigüedad y obtengan, con carácter previo a la solicitud de la acreditación, el informe positivo de su actividad docente e investigadora del Consejo de Universidades. La exención a la que se re-fiere este apartado se llevará a cabo de acuerdo con lo que establezca el reglamento por el que se ha de regir el Consejo de Universidades.

Dicho informe se entenderá positivo en el caso de los funcionarios per-

tenecientes a cuerpos o escalas de personal investigador para cuyo in-greso se exija estar en posesión del título de Doctor.

Disposición adicional primera. Acreditación de los Profesores o Profesoras Titulares de Escuela Universitaria 1. En el procedimiento de acreditación para Profesores Titulares de Universi-

dad, del profesorado que pertenezca al Cuerpo de Titulares de Escuelas Universitarias que posean el título de Doctor, se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.

2. La valoración será llevada a cabo por una única Comisión designada por

el Consejo de Universidades con sujeción a los mismos requisitos y pro-cedimientos establecidos en este real decreto.

3. Obtendrán la evaluación positiva los solicitantes que obtengan 65 pun-

tos, de acuerdo con los criterios y baremo señalados en el anexo para profesores y profesoras titulares de universidad, pudiendo obtenerse en este caso hasta 50 puntos por actividad docente o profesional.

4. En cualquier caso, obtendrán la acreditación a la que se refiere esta

disposición los solicitantes que cumplan alguna de las siguientes condi-ciones, que serán verificadas únicamente por la Comisión:

a) Dos periodos de docencia y un periodo de actividad investigadora re-

conocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario.

b) Dos periodos de docencia reconocidos de acuerdo con las previsiones

del real decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del pro-fesorado universitario, y seis años en el desempeño de los órganos académicos unipersonales recogidos en estatutos de las universida-des o que hayan sido asimilados a estos.

c) Dos periodos de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con

las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retri-buciones del profesorado universitario de investigación.

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Disposición adicional segunda. De los Catedráticos de Escuelas Univer-sitarias Doctores 1. Los Catedráticos o Catedráticas de Escuelas Universitarias Doctores po-

drán formar parte de las comisiones a las que se refiere el artículo 5.1. 2. Igualmente, podrán solicitar la acreditación para el Cuerpo de Catedráti-

cos de Universidad, en las mismas condiciones que los Profesores o Profesoras Titulares de Universidad.

Disposición adicional cuarta. Profesorado de Universidades de Estados miembros de la Unión Europea 1. El profesorado de las Universidades de los estados Miembros de la

Unión Europea que hayan alcanzado en aquéllas una posición equiva-lente a las de Catedrático o Profesor Titular de Universidad será consi-derado acreditado a los efectos de lo previsto en este Real Decreto.

2. La certificación de dicha posición equivalente será realizada por la agen-

cia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a solicitud del interesado, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Agencia.

3. El profesorado al que se refiere el apartado 1 podrá formar parte de las

comisiones de acreditación reguladas en este Real Decreto en las mis-mas condiciones que los funcionarios pertenecientes a los cuerpos do-centes universitarios.

ANEXO A. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 1. Actividad investigadora: 1.A. Calidad y difusión de resultados de la actividad investigadora. – Publi-

caciones científicas, creaciones artísticas profesionales, congresos, conferencias, seminarios, etcétera.

1.B. Calidad y número de proyectos y contratos de investigación. 1.C. Calidad de la transferencia de los resultados. – Patentes y productos

con registro de propiedad intelectual, transferencia de conocimiento al sector productivo, etcétera.

1.D. Movilidad del profesorado. – Estancias en centros de investigación, etc. 1.E. Otros méritos.

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2. Actividad docente o profesional: 2.A. Dedicación docente. – Amplitud, diversidad, intensidad, responsabilidad,

ciclos, tipo de docencia universitaria, dirección de tesis doctorales, etc. 2.B. Calidad de la actividad docente. – Evaluaciones positivas de su activi-

dad, material docente original, publicaciones docentes, proyectos de innovación docente, etcétera.

2.C. Calidad de la formación docente. – Participación, como asistente o po-

nente, en congresos orientados a la formación docente universitaria, estancias en centros docentes, etc.

2.D. Calidad y dedicación a actividades profesionales, en empresas, institu-

ciones, organismos públicos de investigación u hospitales, distintas a las docentes o investigadoras. – Dedicación, evaluaciones positivas de su actividad, etc.

2.E. Otros méritos.

3. Formación académica: 3.A. Calidad de la formación predoctoral. – Becas, premios, otros títulos, etc. 3.B. Calidad de la formación posdoctoral. – Becas posdoctorales, tesis doc-

toral, premio extraordinario de doctorado, mención de doctorado euro-peo, mención de calidad del programa de doctorado.

3.C. Otros méritos de formación académica.

4. Experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnoló-gica y otros méritos:

4.A. Desempeño de cargos unipersonales de responsabilidad en gestión

universitaria recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u organismos públicos de investigación durante al menos un año.

4.B. Desempeño de puestos en el entorno educativo, científico o tecnológi-

co dentro de la Administración General del Estado o de las comunida-des autónomas durante al menos un año.

4.C. Otros méritos.

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ANEXO B. BAREMOS ESTABLECIDOS Para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad El baremo será, para cada uno de los criterios del apartado A:

a) Actividad investigadora: un máximo de 50 puntos.

b) Actividad docente o profesional: un máximo de 40 puntos.

c) Formación académica: un máximo de 5 puntos.

d) Experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos: un máximo de 5 puntos.

Para obtener la evaluación positiva han de cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones: a) Alcanzar un mínimo de 60 puntos sumando los obtenidos en los apar-

tados “1. Actividad investigadora” y “2. Actividad docente o profesional”. b) Conseguir un mínimo de 65 puntos como suma de todos los apartados.

Para el cuerpo de Catedráticos de Universidad El baremo será, para cada uno de los criterios del apartado A:

a) Actividad investigadora: un máximo de 55 puntos.

b) Actividad docente o profesional: un máximo de 35 puntos.

c) Experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos: un máximo de 10 puntos.

Para obtener la evaluación positiva han de cumplirse simultáneamente las si-guientes condiciones: a) Conseguir un mínimo de 80 puntos como suma de todos los criterios.

b) Conseguir al menos 20 puntos en el segundo criterio.

Para la evaluación de la experiencia investigadora. En el caso de la valoración del apartado “1. Actividad investigadora”, la aportación de un periodo de actividad investigadora reconocido de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribu-ciones del profesorado universitario, tendrá una valoración de 15 puntos.

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3.2.3. Artículos y otros apartados del Real Decreto de 1313/2007 de 5 de octubre por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios

La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgá-nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece una nueva defini-ción de los Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad, así como un nuevo procedimiento de acceso a los citados cuerpos que requiere la previa obten-ción de la acreditación a través de la regulación contenida en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios. El presente real decreto tiene por objeto regular, en desarrollo de la nueva redacción dada al artículo 62 de la citada Ley Orgánica de Universidades, el régimen de los concursos para el acceso a plazas de los citados cuerpos docentes universitarios, y si bien la obtención del certificado de acreditación a que se refiere el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, anteriormente citado, se constituye como requisito imprescindible para concurrir posteriormente a los concursos de acceso, se trata de dos regulaciones normativas diferenciadas que vienen a romper con el sistema hasta la fecha vigente de acceso en dos fases a los cuerpos de funcionarios docentes. Podrán presentarse a los concursos de acceso que se regulan en la pre-sente norma quienes hayan obtenido la acreditación para el Cuerpo de Profe-sores Titulares de Universidad y para el Cuerpo de Catedráticos de Univer-sidad, de acuerdo con lo establecido, respectivamente, en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre por el que se establece la acredi-tación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Asimismo podrán presentarse a los concursos de acceso los Profesores y Profesoras Titulares de Escuela Universitaria que hayan sido acreditados de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, anteriormente citado, así como los profeso-res estables o permanentes de los centros de titularidad pública de enseñanza superior (INEF), a que se refiere la Disposición Adicional Tercera del mismo real decreto. Igualmente, podrá presentarse el profesorado de universidades de Estados miembros de la Unión Europea, según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del repetido Real Decreto1312/2007, de 5 de octubre. A su vez, quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo dis-puesto en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, podrán presentarse a los concursos de acceso toda vez que se entenderá que

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poseen la acreditación regulada en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Se entenderá que los habilitados para Catedrático de Escuela Universitaria lo están para Profesor Titular de Universidad. Las bases de las respectivas convocatorias, así como los Estatutos de la Universidad convocante y demás normas de carácter general que resulten de aplicación, determinarán el procedimiento por el que se regirán los concursos de acceso a los nuevos cuerpos de funcionarios docentes universitarios. Las universidades deberán nombrar, de acuerdo con sus Estatutos y garan-tizando en todo caso la necesaria aptitud científica y docente de sus compo-nentes, comisiones que juzgarán los concursos de acceso y propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento. Además, la uni-versidad convocante publicará el contenido de los currículos de los miembros de las Comisiones, de acuerdo con el artículo 57.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior. De acuerdo con lo establecido en la presente norma, el procedimiento que ha de regir en los concursos deberá valorar, en todo caso, el historial acadé-mico, docente e investigador del candidato o candidata, su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y debate. Las comisiones propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vincu-lante, una relación de todos los candidatos y candidatas por orden de prefe-rencia para su nombramiento, y éste procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada. No obstante, contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, de modo que, admitida a trámite la reclamación, se suspende-rán los nombramientos hasta la resolución de la misma ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Artículo 3. Convocatoria de los concursos de acceso Las Universidades, de acuerdo con lo que establezcan sus estatutos, con-vocarán concursos para el acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto. La convocatoria deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la Comunidad Autónoma. Los plazos para la presentación a los concursos contarán desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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Artículo 4. Requisitos de los candidatos Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acredi-tados o acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resulta-ran habilitados o habilitadas conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacio-nal para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Univer-sitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad. Artículo 6. Composición de las Comisiones 1. Los Estatutos de cada Universidad regularán la composición de las comi-

siones de selección de las plazas convocadas y garantizarán, en todo caso, la necesaria aptitud científica y docente de sus componentes.

2. Los miembros de las Comisiones pertenecerán a un cuerpo igual, equi-

valente o superior al de la plaza objeto del concurso. El profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado en aquellas una posición equivalente a las de Catedrático o Catedrática o Profesor o Profesora Titular de universidad podrá formar parte de estas Comisiones siempre que las universidades hayan con-templado esta posibilidad en sus Estatutos.

3. La composición de las Comisiones de selección deberá ajustarse a los

principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, procu-rando una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.

4. A fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de

los miembros de las Comisiones que resolverán los concursos de acce-so, la Universidad convocante publicará el contenido de los currículos de los miembros, respecto a los datos recogidos en el Anexo del Real De-creto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios de las Comisiones, de acuerdo con el artículo 62.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior.

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5. En los concursos de acceso para ocupar plazas asistenciales de institu-ciones sanitarias vinculadas a plazas docentes de los cuerpos de Profe-sor Titular de Universidad y Catedrático de Universidad, dos de los miembros de las Comisiones, que serán doctores, deberán estar en posesión del título de especialista que se exija como requisito para concursar a la plaza, y serán elegidos por sorteo público por la institución sanitaria co-rrespondiente, entre el correspondiente censo público que anualmente comunicará al Consejo de Universidades.

Artículo 7. Procedimiento de los concursos de acceso 1. Los Estatutos de cada Universidad regularán el procedimiento que ha de

regir en los concursos, que deberá valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador del candidato o candidata, su proyec-to docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública.

2. El proceso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no proveer

la plaza convocada. Contra esta decisión cabrá presentar la oportuna reclamación conforme a lo dispuesto en el artículo 10.

Artículo 9. Propuesta de provisión de plazas y nombramientos 1. Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al

Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su nombra-miento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

2. El Rector procederá a los nombramientos conforme a la propuesta

realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de per-sonal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la Comunidad Autónoma, así como su comunicación al Consejo de Univer-sidades.

3. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la

publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar po-sesión de su plaza, momento en que adquirirá la condición de funciona-rio o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

4. La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse

durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo con-curso para obtener una plaza en otra Universidad.

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Artículo 10. Comisiones de reclamaciones 1. Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los

concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada por una comisión compuesta por siete catedráticos o catedráticas de univer-sidad pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento, designados en la forma que establezcan los estatutos, con amplia experiencia do-cente e investigadora.

La comisión de reclamaciones oirá a los miembros de la comisión contra

cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y a los candidatos que hubieran participado en las mismas.

Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar

por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses, tras lo que el Rector dictará la reso-lución de acuerdo con la propuesta de la Comisión. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la recla-mación presentada.

2. Las resoluciones del Rector a que se refiere el apartado anterior de este

artículo agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo esta-blecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.3. Principios y orientaciones de la Agencia Nacional de la Evaluación

de la Calidad y Acreditación (ANECA) para la aplicación de criterios de evaluación en aspectos de investigación de los campos y ramas más relacionados con el Departamento de Biotecnología de la UPV

La ANECA es una Fundación Estatal creada el 19 de Julio de 2002, en cum-plimiento de lo establecido en la LOU para contribuir a la mejora de la calidad del Sistema de Educación Superior, mediante evaluación, certificación y acredi-tación de enseñanzas, profesorado en instituciones. Sus funciones son: • Potenciar la mejora de la actividad docente, investigadora y de gestión de

las Universidades. • Contribuir a la medición del rendimiento de la Educación Superior con-

forme a procedimientos objetivos y procesos transparentes. • Proporcionar a las Administraciones Públicas información adecuada para

la toma de decisiones.

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• Informar a la sociedad sobre el cumplimiento de objetivos en las activida-des de las Universidades.

• Respecto a la evaluación de profesorado universitario para las distintas

figuras contempladas en la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Universidades (4/2007, http://www.aneca.es/active/active_prof_cont.asp), el Programa de Evaluación del Profesorado para su contratación se centra en la evaluación de las actividades docentes e investigadoras y la forma-ción académica de los profesores universitarios, como requisito previo pa-ra su contratación en alguna de las figuras establecidas a tal efecto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgá-nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

La actuación competencial de la ANECA en relación con el profesorado se refiere, por una parte, a la contratación la boral de profesores en cualquiera de las Universidades del territorio nacional que exige la previa evaluación positiva de su actividad. En el caso de los candidatos a ser contratados por cualquiera de las Uni-versidades del territorio nacional, la ANECA efectuará evaluaciones de forma gratuita a lo largo de todo el año, emitiendo un informe que será válido en todo el territorio nacional por tiempo indefinido. La obtención de una evaluación favorable es obligatoria para poder acceder a una plaza como profesor contra-tado en las figuras de Profesor Contratado Doctor y Profesor Ayudante Doctor, en cualquier Universidad Pública española. En el procedimiento de evaluación del profesorado para la contratación, las actuaciones de la ANECA se refieren a la emisión de un informe de evalua-ción, positivo o negativo, en los casos de evaluación con carácter previo a la contratación en Universidades Públicas de Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Contratados Doctores. Por otra parte, la ANECA también será la encargada de regular la constitu-ción y funcionamiento de las comisiones para el proceso de acreditación a Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad. En esta guía se expondrán únicamente los méritos correspondientes al apartado de “Experiencia investigadora” en los campos y ramas que guardan relación con el perfil de los profesores del DB de la UPV: “Ciencias Experimentales” y “Enseñanzas Técnicas”, y “Ciencias” e “Ingenierías y Arquitectura”.

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3.3.1. Evaluación para la figura contractual de Profesor Ayudante Doctor Como ya se ha expuesto anteriormente, la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 50, que la contratación de Profesores Ayudantes Doctores (PAD) se celebrará entre doctores que hayan obtenido la evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de evaluación externo que la ley de la Comunidad Autónoma determine. Los Comités valoran preferentemente los méritos de “Experiencia investi-gadora” (hasta un máximo de 60 puntos sobre 100) y de “Formación académi-ca, experiencia docente y profesional” (hasta un máximo de 35 puntos sobre 100), de acuerdo con la prelación establecida en la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005). Se valoran tam-bién las actividades y méritos recogidos en el apartado de “Otros méritos” hasta un máximo de 5 puntos sobre 100. Para obtener la evaluación positiva ha de cumplirse la siguiente condición: conseguir un mínimo total de 55 puntos sobre 100 como suma de todos los apartados. En el Anexo al documento “Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de evaluación” se encuentran las tablas orientativas de puntuaciones máximas para la evalua-ción. Todo ello conforme a las siguientes especificaciones, complementarias de lo recogido en la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005).

En la página web de ANECA (http://www.aneca.es) se puede consultar el documento Principios y orientaciones para la Aplicación de los criterios de Evaluación para la figura de Profesor Ayudante Doctor. Este documento es propiedad de la ANECA y su contenido se puede utilizar siempre que se cite su procedencia. A continuación se exponen los aspectos de mayor interés de este documento en el Apartado “2.1. Experiencia investigadora” para la figura de Profesor Ayudante Doctor dentro de los campos de las Cien-cias Experimentales y de las Enseñanzas Técnicas. 2.1. Experiencia investigadora Como se mencionó anteriormente, el apartado “Experiencia investigadora” se valorará hasta un máximo de 60 puntos sobre 100, teniendo en cuenta principalmente los siguientes méritos investigadores (aunque en función del curriculum del solicitante los Comités podrán valorar de forma conjunta los apartados 2.1.A y 2.1.B.):

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2.1.A. Publicaciones científicas con proceso anónimo de revisión por pares Se valoran preferentemente las aportaciones que sean artículos en revistas de prestigio reconocido, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el “Subject Category Listing” del Journal Citation Reports del Science Citation Index (SCI), del Social Sciences Citation Index (SSCI) y del Arts and Humanities Citation Index (AHCI) (Institute of Scientific Information, -ISI- Philadelphia, PA, USA), en el Philosopher’s Index, en el Répertoire Bibliographique de Louvain o similares. Las revistas incluidas en otras bases de datos propias de determinados campos del saber se consideran como una referencia de calidad. Si ninguno de los ámbitos de estos listados se adecuara a la especialidad del solicitante, el Comité podrá utilizar otros que deberá hacer públicos. Las revistas electrónicas se valoran con los mismos criterios de calidad mencionados anteriormente. Para la valoración de las publicaciones científicas se atiende, entre otros, a los siguientes factores: el índice de impacto, el lugar que ocupa la revista en el conjunto de las que corresponden a un mismo ámbito de conocimiento, el número de autores y la posición que ocupa entre ellos el solicitante. En el campo de las Ciencias Experimentales, este apartado se valora hasta un máximo de de 35 puntos sobre 100. Para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere (como estándar) la aportación por el solicitante de, al menos, 6 publicaciones científicas recogidas en Science Citation Index. Se puede considerar un menor número de trabajos si corresponden a publicacio-nes de elevada calidad en sus áreas (como por ejemplo publicaciones que correspondan a revistas situadas en el primer tercio del listado de su especia-lidad en el Science Citation Index). En el campo de las Enseñanzas Técnicas este apartado también se valora hasta un máximo de 35 puntos sobre 100. Para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere (como estándar) la aportación por el solicitante de un mínimo de 4 publicaciones científicas recogidas en Science Citation Index, pudiendo sustituirse un artículo por una patente internacional. Se puede considerar un menor número de trabajos si corresponden a publicaciones de elevada calidad en sus áreas (como por ejemplo publicaciones en revistas situadas en el primer tercio del listado de su especialidad en el Science Cita-tion Index). También se valoran los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales de ingeniería, como, por ejemplo, TRIS Electronic Bibliography data, International Development Abstracts, Inernational Civil Engineering Abstracts, Environmental Abstracts, Applied Mechanical Reviews, Applied Science and Technology Index y las que figuren en índices internacionales de publicaciones de arquitectura (por ejemplo, Arts and Huma-nities Citation Index, Avery Index to Architectural Periodicals).

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Se pueden valorar en este apartado los trabajos incluidos en las Actas de Congresos internacionales de prestigio, en aquellos ámbitos científicos en los que dichos Congresos sean vehículo de difusión comparable a la de las revis-tas Journal Citation Report de máximo prestigio. 2.1.B. Libros y capítulos de libros Se tiene en cuenta fundamentalmente su calidad avalada por el número de citas, el prestigio de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, las reseñas en las revistas científicas especializadas, la extensión y las traducciones a otras lenguas. Se valoran preferentemente los libros que tengan ISBN; que se publiquen en editoriales especializadas de reconocido prestigio en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los originales. En el campo de las Ciencias Experimentales este apartado se valora hasta un máximo de 7 puntos sobre 100. En el campo de las Enseñanzas Técnicas este apartado se valora hasta un máximo de 3 puntos sobre 100. Para su valoración en este apartado, los libros y capítulos de libros deben reflejar claramente que son fruto de la investigación o de la reflexión bien documentada. Las traducciones y ediciones acompañadas de aportaciones propias relevantes en forma de estudios preliminares y anotaciones, y publica-das en colecciones especializadas, podrán ser valoradas, a juicio del Comité, como monografías. Las revisiones de textos para su publicación y las traduc-ciones de obras contemporáneas serán valoradas en el apartado de “Otros méritos de investigación”. Sin embargo, si van precedidas de estudios prelimi-nares y acompañadas de anotaciones fruto de una investigación personal, pueden recibir una valoración equivalente a la de “capítulo de libro”. No son valoradas como monografías las ediciones impresas o electrónicas de las tesis doctorales, salvo cuando hayan experimentado una profunda revisión y remo-delación con posterioridad a su defensa pública. 2.1.C. Participación en proyectos de investigación obtenidos en con-

vocatorias públicas y competitivas, en especial los financiados mediante programas nacionales, europeos u otros de ámbito internacional y/o contratos de investigación de especial rele-vancia con empresas o con la administración pública

Este apartado se valora hasta un máximo de 5 puntos sobre 100 en el cam-po de las Ciencias Experimentales.

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En el campo de las Enseñanzas Técnicas este apartado se valora hasta un máximo de 9 puntos sobre 100. Se tiene en cuenta especialmente el tipo de participación del solicitante en proyectos de investigación incluidos en programas competitivos de la Unión Europea, de los Planes Nacionales, de las Comunidades Autónomas y de otros entes u organismos públicos o privados sometidos a evaluación externa, especialmente por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) u organismo similar. La participación en contratos de investigación con la administración pública, con instituciones o con empresas, generados al amparo del art. 83 de la LOU, únicamente se considera en este apartado si demuestra su carácter de inves-tigación capaz de generar conocimiento. En caso contrario se valora en el apartado de “Experiencia profesional”. 2.1.D. Contribuciones presentadas en congresos, conferencias, semi-

narios u otros tipos de reuniones de relevancia científica Este apartado se valora hasta un máximo de 9 puntos sobre 100, tanto en el campo de Ciencias Experimentales como en el de Enseñanzas Técnicas. En la valoración de este apartado únicamente se tendrán en consideración aquellos congresos y conferencias que cuenten con procedimientos selectivos en la admisión de las ponencias y trabajos, ya se trate de convocatorias gene-rales o de reuniones especializadas. Se valora el carácter internacional y nacional, el tipo de participación (ponencia invitada, ponencia, comunicaciones orales o pósters, participación en su organización o en el comité científico) y otros aspectos significativos dentro del área temática. 2.1.E. Otros méritos de investigación no contemplados en los aparta-

dos anteriores Este apartado se valora hasta un máximo de 4 puntos sobre 100, tanto en el campo de Ciencias Experimentales como en el de Enseñanzas Técnicas. Se valora especialmente la participación en trabajos que produzcan transfe-rencia tecnológica y contribuyan a la innovación del sector productivo. 3.3.2. Evaluación para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgá-nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 52, que la contratación de Profesores Contratados Doctores (PCD) se celebrará

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entre doctores que hayan obtenido la evaluación positiva por parte de la Agen-cia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de eva-luación externo que la ley de la Comunidad Autónoma determine. En lo que respecta al profesorado de las universidades privadas, y en el plazo máximo de 6 años, a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el 60% el total del profesorado doctor de una universidad privada deberá haber obtenido una evaluación positiva de la Agencia Nacional, para esta figura. Además, en el caso de Profesor de Universidad Privada (PUP), la Ley Orgáni-ca 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades establece implícitamente cierta paridad conceptual con el PCD de las Universidades Públicas, sin que este aspecto haya sido reformado en la posterior modificación de la Ley. Por ello, para la evaluación por ANECA de la solicitud de PUP, los Comités aplican las mismas reglas, especificaciones y estándares de calidad que para PCD. Los Comités valoran preferentemente los méritos postdoctorales de “Expe-riencia investigadora” (hasta un máximo de 60 puntos sobre 100) y de “Expe-riencia docente” (hasta un máximo de 30 puntos sobre 100), de acuerdo con la prelación establecida en la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005). Se valoran también las actividades y méritos recogidos en los apartados de “Formación académica y experiencia profesional” (hasta un máximo de 8 puntos) y de “Otros méritos” (hasta un máximo de 2 puntos). Para obtener la evaluación positiva han de cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones: a) alcanzar un mínimo de 50 puntos sumando los obtenidos en los apartados de “Investigación” y de “Do-cencia”; b) alcanzar un mínimo total de 55 puntos como suma de todos los apartados. En el Anexo al documento “Principios y Orientaciones para la apli-cación de los criterios de evaluación” se encuentran las tablas orientativas de puntuaciones máximas para la evaluación. Todo ello conforme a las siguientes especificaciones complementarias de lo recogido en la Resolución de la DGU de 18 de febrero de 2005 (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2005).

En la página web de ANECA (http://www.aneca.es) se puede consultar el documento Principios y orientaciones para la Aplicación de los criterios de Evaluación para la figura de Profesor Contratado Doctor. Este documento es propiedad de la ANECA y su contenido se puede utilizar siempre que se cite su procedencia. A continuación se exponen los aspectos de mayor interés de este documento en el Apartado “1.1. Experiencia investigadora” para la figura de Profesor Contratado Doctor dentro de los campos de las Ciencias Experimentales y de las Enseñanzas Técnicas.

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1.1. Experiencia investigadora Como se mencionó anteriormente, la experiencia investigadora se valora hasta un máximo de 60 puntos sobre 100 y, por tanto, se considera el elemento prioritario en la evaluación para las figuras de PCD y PUP, en especial la demostrable mediante resultados publicados. Se requiere que los solicitantes acrediten una actividad investigadora intensa, desarrollada de forma continuada en el tiempo y centrada en unas líneas de investigación que permitan estable-cer cuál es su campo de investigación. La existencia de patentes internacionales y de transferencia de tecnología como soporte de I+D+i son particularmente relevantes en los campos de Ciencias Experimentales, Ciencias de la Salud y Enseñanzas Técnicas. No obstante, en función del curriculum del solicitante, los Comités podrán valorar de forma conjunta los apartados 1.1.A y 1.1.B.

1.1.A. Publicaciones científicas con proceso anónimo de revisión por pares y patentes internacionales en explotación

Se valoran preferentemente las aportaciones que sean artículos en revistas de reconocido prestigio, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el “Subject Category Listing” del Journal Citation Reports del Science Citation Index (SCI), del Social Sciences Citation Index (SSCI) y del Arts and Humanities Citation Index (AHCI) (Institute of Scientific Information, -ISI- Philadelphia, PA, USA), en el Philosopher’s Index, en el Répertoire Bibliographique de Louvain o similares. Las revistas incluidas en otras bases de datos, propias de determinados campos del saber se consideran como una referencia de calidad. Si ninguno de estos listados se adecuara a la especialidad del solicitante, el Comité podrá utilizar otros que deberá hacer públicos. Las revistas electrónicas se valoran con los mismos criterios de calidad mencionados anteriormente. Para la valoración de las publicaciones científicas se atiende, entre otros, a los siguientes factores: el índice de impacto, el lugar que ocupa la revista en el conjunto de las que corresponden a un mismo ámbito de conocimiento, el número de autores, la posición que ocupa entre ellos el solicitante, el tiempo transcurrido desde la lectura de la tesis doctoral y la coherencia de una línea de investigación bien definida y mantenida a lo largo del tiempo (sin que los cambios a nuevas líneas, con resultados satisfactorios, puedan considerarse negativamente). Asimismo se valora positivamente la regularidad en la pro-ducción científica. En el campo de las Ciencias Experimentales este apartado se valora hasta un máximo de 35 puntos sobre 100. Para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere (como estándar), la aportación por el solicitante de un mínimo de 12 publicaciones científicas recogidas en Science Citation

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Index. Se puede considerar un menor número de trabajos si corresponden a publicaciones de elevada calidad en sus áreas (como por ejemplo publicacio-nes que correspondan a revistas situadas en el primer tercio del listado de su especialidad en el Science Citation Index). En el campo de las Enseñanzas Técnicas este apartado se valora hasta un máximo de 32 puntos sobre 100. Para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere (como estándar), la aportación por el solicitante de un mínimo de 8 publicaciones científicas recogidas en Science Citation Index. Se puede considerar un menor número de trabajos si corresponden a publica-ciones de elevada calidad en sus áreas (como por ejemplo publicaciones que correspondan a revistas situadas en el primer tercio del listado de su especia-lidad en el Science Citation Index). También se valoran los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales de ingeniería, como, por ejemplo, TRIS Electronic Bibliography data, Internacional Development Abstracts, Inernational Civil Engineering Abstracts, Environmental Abstracts, Applied Mechanical Reviews, Applied Science and Technology Index y las que figuren en índices internacionales de publicaciones de arquitectura (por ejemplo, Arts and Humanities Citation Index, Avery Index to Architectural Periodicals). Excepcionalmente, se pueden valorar en este apartado los trabajos incluidos en las Actas de Congresos internacionales de prestigio, en aquellos ámbitos científicos en los que dichos Congresos sean vehículo de difusión comparable a las revistas Journal Citation Report de máximo prestigio. 1.1.B. Libros y capítulos de libros Se tiene en cuenta fundamentalmente su calidad avalada por el número de citas, el prestigio de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, las reseñas en las revistas científicas especializadas, la extensión y las traducciones a otras lenguas. Se valoran preferentemente los libros que tengan ISBN; que se publiquen en editoriales especializadas de reconocido prestigio en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los originales. En el campo de las Ciencias Experimentales este apartado se valora hasta un máximo de 7 puntos sobre 100. En el campo de las Enseñanzas Técnicas este apartado se valora hasta un máximo de 3 puntos sobre 100. Para su valoración en este apartado, los libros y capítulos de libros deben reflejar claramente que son fruto de la investigación o de la reflexión bien documentada. Las traducciones y ediciones acompañadas de aportaciones propias relevantes en forma de estudios preliminares y anotaciones, y publicadas

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en colecciones especializadas, pueden ser valoradas, a juicio del Comité, como monografías. Las revisiones de textos para su publicación y las traducciones de obras contemporáneas serán valoradas en el apartado de “Otros méritos de investigación”. Sin embargo, si van precedidas de estudios preliminares y acompañadas de anotaciones fruto de una investigación personal, pueden recibir una valoración equivalente a la de “capítulo de libro”. No son valoradas como monografías las ediciones impresas o electrónicas de las tesis doctora-les, salvo cuando hayan experimentado una profunda revisión y remodelación con posterioridad a su defensa pública. 1.1.C. Proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y

competitivas, en especial los financiados mediante programas nacionales, europeos u otros de ámbito internacional, y/o con-tratos de investigación de especial relevancia con la adminis-tración pública o con empresas

Este apartado se valora hasta un máximo de 7 puntos sobre 100 en el campo de las Ciencias Experimentales y hasta un máximo de 12 puntos sobre 100 en el campo de las Enseñanzas Técnicas. Se tiene en cuenta especialmente el tipo de participación y grado de respon-sabilidad del solicitante en proyectos de investigación incluidos en programas competitivos de la Unión Europea, de los Planes Nacionales, de las Comunidades Autónomas y de otros entes u organismos públicos o privados sometidos a evaluación externa, especialmente por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) u organismo similar. La participación en contratos de investigación con la administración pública, con instituciones o con empresas, generados al amparo del art. 83 de la LOU, únicamente se considera en este apartado si demuestra su carácter de inves-tigación capaz de generar conocimiento. En caso contrario se valora en el apartado de “Experiencia profesional”. 1.1.D. Otros resultados de la investigación, en especial los que pro-

duzcan transferencia tecnológica y contribuyan a la innovación del sector productivo.

Este apartado se valora hasta un máximo de 4 puntos sobre 100 en el campo de Ciencias Experimentales y hasta un máximo de 6 puntos sobre 100 en el campo de Enseñanzas Técnicas. Este mérito se valora particularmente en los ámbitos científicos y tecnológicos en los que el mismo es significativo. Se tienen en cuenta las patentes nacionales en explotación o aquéllas en las que exista un contrato de cesión o de licencia.

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1.1.E. Dirección de tesis doctorales Este apartado se valora hasta un máximo de 4 puntos sobre 100, tanto en el campo de Ciencias Experimentales como en el de las Enseñanzas Técnicas. Se valora preferentemente la mención de doctorado europeo, la mención de calidad del programa de doctorado, la calidad de los trabajos publicados relacionados con las tesis dirigidas y el prestigio de los centros en los que se han llevado a cabo. También se valoran, aunque con menor peso, las tesis en ejecución siempre que los autores dispongan del Diploma de Estudios Avan-zados y los anteproyectos de las mismas estén aprobados por las correspon-dientes comisiones de doctorado. 1.1.F. Contribuciones presentadas en congresos, conferencias, semi-

narios u otros tipos de reuniones de relevancia científica Este apartado se valora hasta un máximo de 2 puntos sobre 100 tanto en el campo de Ciencias Experimentales como en el de las Enseñanzas Técnicas. En la valoración de este apartado únicamente se tendrán en consideración aquellos congresos y conferencias que cuenten con procedimientos selectivos en la admisión de las ponencias y trabajos, ya se trate de convocatorias generales o de reuniones especializadas. Se valora el carácter internacional o nacional, el tipo de participación (ponencia invitada, ponencia, comunicaciones orales o pósters, participación en su organización o en el comité científico) y otros aspectos significativos dentro del área temática. 1.1.G. Otros méritos de investigación no contemplados en los aparta-

dos anteriores Este apartado se valora hasta un máximo de 1 punto sobre 100 tanto en el campo de Ciencias Experimentales como en el de las Enseñanzas Técnicas. 3.3.3. Acreditación nacional para el acceso al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad (PTU) La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgá-nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 59, que quienes posean el título de Doctor podrán presentar una solicitud para obtener la acreditación para Profesora o Profesor Titular de Universidad. El artículo 57 establece que el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios exigirá la previa obtención de una acreditación nacional que, valorando los méritos y competencias de los aspirantes, garantice la calidad en la selección del profesorado funcionario.

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El Anexo del Real Decreto 1312/2007, por el que se establece la acredita-ción nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, fija cuatro grandes apartados de criterios de evaluación para las solicitudes de acredita-ción al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad: 1. Actividad investigadora.

2. Actividad docente o profesional.

3. Formación académica.

4. Experiencia en gestión y administración. Asimismo, establece el baremo de evaluación con puntuaciones máximas a otorgar en cada uno de los apartados anteriores que se resumen en la siguien-te Tabla 3. Además, el Real Decreto establece que para obtener una evalua-ción positiva se deben cumplir, en cada caso, dos requisitos simultáneamente que se indican en la tabla 4.

Tabla 3. Puntuaciones máximas para el baremo fijado en el RD 1312/2007

Criterios de evaluación Acreditación PTU 1. Actividad investigadora 50 2. Actividad docente o profesional 40 3. Formación académica 5 4. Experiencia en gestión y administración 5

Tabla 4. Requisitos mínimos para obtener una evaluación positiva según el RD 1312/2007

Requisitos Acreditación PTU 1. Actividad investigadora 2. Actividad docente o profesional

Mínimo 60 puntos entre ambos apartados

Suma total 1 + 2 + 3 + 4 Mínimo 65 puntos La experiencia investigadora se configura en cinco bloques más un aparta-do adicional de otros méritos. Se valora hasta un máximo de 50 puntos sobre 100, distribuyéndolos entre los cinco bloques, mientras que al apartado 1.E se le concede un máximo de 2 puntos que son adicionales, por méritos de espe-cial relevancia. En cualquier caso, la suma total de puntos obtenidos en el conjunto de la actividad investigadora no puede superar los 50 puntos.

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Se requiere que los solicitantes acrediten una actividad investigadora inten-sa, de relevancia en su especialidad y que haya dado lugar a resultados refle-jados en publicaciones, patentes, actividades de transferencia tecnológica o a trabajos que representen una innovación y avance en su campo o que hayan tenido un impacto económico-social significativo. Para la acreditación al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, además se valora que el solicitante se haya iniciado en actividades de liderazgo dentro de los trabajos realizados por varios autores, plasmadas en la dirección de tareas concretas en proyectos de investigación o contratos con empresas y organismos públicos. En los ámbitos científicos de orientación básica se tiene en cuenta espe-cialmente las publicaciones en revistas de reconocido prestigio. En las ramas de Artes y Humanidades y de Ciencias Sociales y Jurídicas se valora de ma-nera especial las publicaciones en revistas y libros de prestigio, así como las obras artísticas y profesionales que tengan un carácter innovador. En otros ámbitos más aplicados se considera de especial relevancia la participación en el desarrollo de patentes internacionales y en actividades de transferencia de tecnología como soporte de I+D+i, particularmente en los campos aplicados de Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingeniería y Arquitectura. En esta última y en ciencias vinculadas a la valoración, incremento y disfrute del patrimonio histó-rico y monumental (Arqueología, Arte, etc.) también se incluye dentro de las aportaciones de especial relevancia los trabajos en esa dirección, a manera de transferencia científica o tecnológica. El establecimiento de bloques permite alcanzar la puntuación máxima en cada uno de ellos, sin necesidad de presentar contribuciones a todos los apartados del bloque. De los cinco bloques en que se agrupan los méritos de la actividad investigadora, el primero incluye los trabajos y obras profesionales resultado de la labor investigadora desarrollada por el candidato a lo largo de su vida profesional. Forma el bloque básico de ésta y representa un porcentaje elevado de la puntuación total en investigación. Dentro de cada bloque las ponderaciones de los subapartados pueden ser diferentes en cada rama de conocimiento y espe-cialidad, con el fin de recoger las especificidades de cada campo. Para las acreditaciones al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, las puntuaciones máximas de cada bloque se especifican en las tablas inclui-das en el anexo al final del documento ANECA Principios y orientacionespara la aplicación de los criterios de evaluación. En los bloques 1.1. y 1.4. la pun-tuación máxima está en una horquilla dentro de los dos valores numéricos que figuran en cada casilla, de manera que la suma de los máximos de ambos bloques es fija (aunque diferente para cada rama de conocimiento). El valor de cada bloque depende de la importancia relativa de las actividades de transfe-rencia de conocimiento y tecnología respecto a las publicaciones de investiga-ción en ese ámbito y contexto.

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La valoración total de este apartado “1. Actividad Investigadora” se realiza según los criterios establecidos en este documento, de acuerdo con lo establecido en el anexo del RD1312/2007. Su puntación total ha de ser de un mínimo de 15 puntos por cada periodo de actividad investigadora reconocido por la CNEAI (sexenio) que el solicitante aporte. Por tanto, la puntuación obtenida en este apartado por el solicitante es el máximo de dos números: el obtenido en la eva-luación y el resultado de multiplicar por 15 el número de sexenios que tenga reconocidos el solicitante. A continuación se expone la valoración de méritos correspondiente exclusi-vamente al apartado “1. Actividad Investigadora” en las ramas de conocimien-to: i) Ciencias y ii) Ingeniería y Arquitectura. 1.A. Calidad y difusión de resultados de la actividad investigadora Estos méritos se agrupan en dos bloques diferenciados, un primer bloque de publicaciones y obras producto de la investigación realizada y un segundo bloque de presentaciones a congresos, conferencias y seminarios. PRIMER BLOQUE DE 1 1.A.1. y 1.A.2. Publicaciones científicas en revistas Se incluyen aquí, valorándose según las indicaciones posteriores, los tra-bajos de investigación realizados por el solicitante y publicados en revistas de la especialidad. Los trabajos se distribuyen en dos apartados distintos, depen-diendo de que hayan sido publicados en revistas indexadas (en catálogos que asignen a cada revista un índice de calidad relativo dentro del conjunto de revistas asociadas a una misma categoría) o en otras revistas. 1.A.1. Publicaciones científicas en revistas indexadas con índice de calidad

relativo • Publicaciones en revistas de reconocido prestigio e incluidas en los catá-

logos tipo Journal Citation Reports o equivalentes en cada especialidad. 1.A.2. Publicaciones científicas no indexadas o sin índice de calidad relativo • Artículos publicados en revistas no indexadas o sin índice de calidad relativo,

de prestigio en la especialidad. • Artículos de divulgación científica. • Artículos publicados en revistas profesionales. • Fichas de catálogos y voces de diccionarios y enciclopedias. • Publicaciones en formato electrónico.

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En cualquier caso, se valoran preferentemente las aportaciones que sean artículos en revistas de reconocido prestigio, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el “Subject Category Listing” del Journal Citation Reports del Science Citation Index (SCI), del Social Sciences Citation Index (SSCI) y del Arts and Humanities Citation Index (AHCI) (Institute of Scientific Information, -ISI- Philadelphia, PA, USA), en el Philosopher’s Index, en el Répertoire Bibliographique de Louvain o similares. Las revistas incluidas en otras bases de datos, propias de determinados cam-pos del saber se consideran como una referencia de calidad. Las revistas electrónicas se valoran cuando cumplan los mismos criterios de calidad men-cionados anteriormente. Para la valoración de las publicaciones científicas con índice de calidad relativa (apartado 1.A.1) se atiende, entre otros, a los siguientes factores: el índice de impacto, el lugar que ocupa la revista en el conjunto de las que corresponden a un mismo ámbito de conocimiento, el número de autores y, cuando sea relevante, la posición que ocupa entre ellos el solicitante. Asimis-mo, se valora positivamente la regularidad en la producción científica y en especial, los trabajos publicados en los últimos 5 años (especialmente en la etapa posdoctoral). En general, se tiene en cuenta el número de autores, reduciendo el valor de cada publicación cuando el número de autores sea superior a la media en la especialidad. En aquellos ámbitos científicos en que no es tan habitual difundir los resul-tados de investigación en revistas cualificadas con índices de calidad relativa, se podrán considerar también otras revistas que puedan ser cualificadas con otros indicios de calidad. Algunas comisiones de acreditación pueden utilizar en algunos ámbitos, como referencia de calidad para las publicaciones espa-ñolas, la base de datos DICE: Difusión y Calidad Editorial de las Revistas Españolas de humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas. Esta base de datos puede consultarse a través de la página web http://dice.cindoc.csic.es/. En las áreas de conocimiento caracterizadas por una actividad que incluye elementos de creación artística, parte de la puntuación de este apartado 1.A.1 puede concederse por méritos destacados del solicitante en el apartado 1.A.4. En los ámbitos científicos caracterizados por una productividad media, en términos de publicaciones, muy elevada y claramente superior a los estánda-res establecidos en los próximos párrafos, las comisiones son especialmente exigentes con la calidad de las aportaciones valoradas. En la rama de Ciencias, el apartado 1.A.1 es el elemento fundamental de la evaluación y la autoría de un buen número de publicaciones en revistas de calidad permite conseguir casi todos los puntos del primer bloque de 1. Como referencia general, para obtener la puntuación máxima en este apartado se

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requiere (como estándar), la aportación por el solicitante de un mínimo de 20 publicaciones científicas recogidas en Science Citation Index, si la mitad de ellas pertenecen al primer tercio de la categoría. Excepcionalmente, se puede obtener la máxima puntuación con un menor número de trabajos si correspon-den a publicaciones de muy elevada calidad en la categoría (por ejemplo, publicaciones en revistas de especial relevancia, que hayan sido muy citadas en su campo de trabajo o que correspondan a trabajos de revisión que consti-tuyan una referencia básica en la especialidad). Sólo en casos excepcionales, en las disciplinas clínicas se consideran como publicaciones aquéllas que versen sobre revisiones, descripciones de un caso, etc. El número de publicaciones exigido para alcanzar la puntuación máxima se adapta a los estándares de publicación de los diferentes ámbitos científicos y al contexto específico en el que se ha realizado la investigación cuya producti-vidad se está evaluando. En todo caso, deberá quedar demostrada la capaci-dad del solicitante de producir resultados regularmente y difundirlos en las revistas de referencia en su especialidad durante los 5 últimos años (espe-cialmente posdoctorales) de su trayectoria profesional. El número indicado de publicaciones para conseguir la máxima puntuación debe entenderse como una referencia y un valor medio en los distintos ámbitos de conocimiento, pero las comisiones valoran especialmente la calidad y amplitud de los trabajos, la posición de las revistas y el número de autores. Con carácter general, en estas ramas del conocimiento las aportaciones en revistas no cualificadas con índice de calidad relativa (apartado 1.A.2.) no se consideran. En la rama de Ingeniería y Arquitectura, el apartado 1.A.1. es, en casi todos los ámbitos científicos, el elemento fundamental de la evaluación y la autoría de un buen número de publicaciones en revistas de calidad permite conseguir casi todos los puntos del primer bloque de 1. Como referencia general, para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere (como estándar), la aportación por el solicitante de un mínimo de 12 publicaciones científicas recogidas en los índices propios de cada especialidad. Excepcionalmente, se puede obtener la máxima puntuación con un menor número de trabajos si corresponden a publicaciones de elevada calidad en la categoría (por ejemplo, publicaciones en revistas de especial relevancia, que hayan sido muy citadas en su campo de trabajo o que correspondan a trabajos de revisión que consti-tuyan una referencia básica en la especialidad). En algunos ámbitos de cono-cimiento también se valoran, aunque con un peso muy inferior, los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales de ingeniería, como, por ejemplo, TRIS Electronic Bibliography Data, Internacional Development Abstracts, Inernational Civil Engineering Abstracts, Environmental Abstracts, Applied Mechanical Reviews, Applied Science and Technology Index.

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Con carácter general, en estas ramas del conocimiento las aportaciones en revistas no cualificadas con índice de calidad relativa (apartado 1.A.2.) no se consideran. Excepcionalmente, se puede valorar en este apartado los trabajos incluidos en las actas de congresos internacionales de prestigio, en aquellos ámbitos científicos en los que dichos congresos sean vehículo de difusión comparable a las revistas Journal Citation Report de máximo prestigio y si los criterios de selección tuviesen un nivel de rigor similar a los de las citadas revistas. Los artículos cuyos contenidos son meras transcripciones de actas de congresos (por ejemplo los “Lecture Notes”) se valoran en el segundo bloque de 1, en el apartado 1.A.5. El número indicado de publicaciones para conseguir la máxima puntuación debe entenderse como una referencia y un valor medio en los distintos ámbi-tos de conocimiento, pero las comisiones valoran especialmente la calidad y amplitud de los trabajos, la posición de las revistas y el número de autores. El número de publicaciones exigido para alcanzar la puntuación máxima se adapta a los estándares de publicación de los diferentes ámbitos científicos y al contexto específico en el que se ha realizado la investigación cuya producti-vidad se está evaluando. En todo caso, debe quedar demostrada la capacidad del solicitante de producir resultados regularmente y difundirlos en las revistas de referencia en su especialidad durante los 5 últimos años (preferentemente posdoctorales) de su trayectoria profesional. 1.A.3. Libros y capítulos de libros Se valoran en este apartado las siguientes aportaciones: • Libros completos de carácter científico (como autor o editor).

• Capítulos de libros de investigación en editoriales de prestigio nacional y, con carácter preferente, de prestigio internacional en publicaciones con ISBN.

• Ediciones o traducciones anotadas de libros, prólogos de libros, reseñas

bibliográficas y similares. Se valoran como monografías las ediciones impresas o electrónicas de las tesis doctorales sólo cuando se hayan publicado en editoriales de prestigio. Se valoran los libros y capítulos de libros, particularmente relevantes en las distintas ramas y disciplinas, teniéndose en cuenta el número y calidad de las citas cuando sea posible (u otras medidas de nivel de impacto), así como el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, el rigor en el proceso de elección y evaluación de originales y

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las reseñas en las revistas científicas especializadas. Se valoran únicamente los libros que tengan ISBN y que se publiquen en editoriales especializa-das de reconocido prestigio, en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los trabajos. También se valoran en este apartado los trabajos correspondientes a congresos organizados por aso-ciaciones internacionales o nacionales, de periodicidad fija y sede variable, que publican regularmente como actas las contribuciones seleccionadas mediante evaluación externa, de forma completa, y tengan el ISBN correspondiente. Se valora positivamente la regularidad en la producción científica y en especial, los trabajos publicados en los últimos 5 años (preferentemente pos-doctorales). En general, se tiene en cuenta el número de autores, reduciendo el valor de cada publicación cuando el número de autores sea superior a la media en la especialidad. En las ramas de Ciencias e Ingeniería y Arquitectura este apartado se valora con muy poca puntuación, no pudiendo suplir carencias significativas en 1.A.1. Si las aportaciones fueran especialmente numerosas y relevantes (de impacto equivalente al requerido para las publicaciones) se valoran conjunta-mente con las publicaciones científicas. 1.A.4. Creaciones artísticas profesionales Se valoran en este apartado las siguientes contribuciones: • Creaciones profesionales que no puedan incluirse en los apartados ante-

riores de publicaciones. • Creaciones artísticas de relevancia en el campo de conocimiento. • Obras artísticas realizadas por encargo, ubicadas o no en su destino. • Obras presentadas en exposiciones individuales o colectivas, y ferias, or-

ganizadas por instituciones públicas o privadas. • Obras pertenecientes a museos o colecciones públicas o privadas. • Proyectos arquitectónicos, urbanísticos o de ingeniería que ofrezcan un

carácter innovador. • Informes científicos y técnicos emitidos. • Trabajos presentados a premios y concursos públicos. • Participación en exposiciones de prestigio (como autor o como comisario

de las mismas). • Fotografías científicas y técnicas presentadas a concursos. • Premios y menciones de calidad obtenidos por trabajos realizados.

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En las áreas de conocimiento caracterizadas por una actividad que incluye elementos de creación artística, estos méritos son especialmente valorados pudiendo suplir en parte la puntuación de los apartados 1.A.1. y 1.A.2. según los ámbitos de conocimiento y en función del reconocimiento profesional y público de la mencionada obra artística. Esta producción es valorada por su carácter innovador constatado por los premios y distinciones recibidos, por su impacto en la crítica especializada nacional e internacional o por haber sido mostrada en exposiciones con catálogo. Igualmente, se valora la participación relevante en exposiciones de prestigio, de carácter monográfico dedicadas a un solo autor. También se considera la participación como comisario de expo-siciones, siempre que se publique un catálogo con repercusión en los medios especializados nacionales e internacionales.

Nota: Excepcionalmente y para currículos que así lo requieran, las comi-siones de acreditación pueden valorar de forma conjunta los apar-tados 1.A.1. a 1.A.4.

SEGUNDO BLOQUE DE 1 1.A.5. y 1.A.6. Congresos, conferencias y seminarios Los congresos científicos considerados serán los de carácter internacional o nacional de especial relevancia en su ámbito, que incluyan revisión por pares y con una antigüedad y periodicidad que les convierta en referencia en su ámbito de conocimiento. En relación a estos congresos se valoran: • Ponencias invitadas.

• Comunicaciones orales y en forma de póster.

• Resúmenes extendidos de actas de congresos (proceedings).

• Otras presentaciones a congresos.

Se valoran especialmente las presentaciones de los últimos cinco años, preferentemente las plenarias y por invitación, teniéndose en cuenta la conti-nuidad en el nivel de las presentaciones a congresos, el número de autores del trabajo y el que la presentación oral haya sido expuesta por el solicitante en nombre del conjunto de los autores. Cuando el número se autores sea muy elevado, respecto al número habitual en el ámbito de conocimiento, la presen-tación sólo se tiene en cuenta si ha sido expuesta directamente por el solici-tante.

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Las conferencias y seminarios se valoran, siempre que sean aportaciones relevantes, en los siguientes casos: • Conferencias y seminarios de especial relevancia en su ámbito (en semi-

narios de carácter periódico u organizados por sociedades científicas). • Seminarios invitados en centros docentes o de investigación.

• Seminarios que den lugar a la publicación de un documento difundido.

En la rama de Ciencias se requiere un mínimo de 2 presentaciones invita-das en congresos de prestigio para obtener la puntuación máxima en este apartado. En la rama de Ingeniería y Arquitectura se requiere un mínimo de 5 apor-taciones relevantes en congresos y seminarios de prestigio para obtener la puntuación máxima en este apartado.

1.A.7. Otros méritos En este apartado, se valoran: • Premios y menciones en investigación.

• Premios y menciones obtenidas por trabajos presentados a congresos.

• Premios por artículos en revistas. 1.B. Calidad y número de proyectos y contratos de investigación Estos méritos se agrupan en un único bloque a valorar globalmente: TERCER BLOQUE DE 1 1.B.1. Participación en proyectos de investigación y/o en contratos de

investigación Se tiene en cuenta especialmente el tipo de participación y grado de respon-sabilidad del solicitante en proyectos de investigación incluidos en programas competitivos de la Unión Europea, de otros organismos o instituciones interna-cionales (NSF, Fullbright, USA, Japón, etc.), de los Planes Nacionales, de las Comunidades Autónomas y de otros entes u organismos públicos o privados sometidos a evaluación externa, especialmente por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) u organismo similar de ámbito nacional o internacional.

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La participación en contratos de investigación con la Administración Públi-ca, con instituciones o con empresas, generados al amparo del art. 83 de la LOU, únicamente se considera en este apartado si demuestra su carácter de investigación capaz de generar conocimiento. En caso contrario se valora en el apartado 1.C.2. Se valora especialmente la participación en forma continuada en proyectos obtenidos en convocatorias competitivas: • Participación como miembro del equipo investigador de proyectos de la

Unión Europea, de organismos o instituciones internacionales y del Plan Nacional de Investigación.

• Participación como miembro del equipo investigador de proyectos obteni-

dos en convocatorias públicas nacionales y autonómicas. • Participación como investigador principal de contratos y convenios con

organismos públicos y con empresas. • Participación como miembro del equipo investigador de contratos y con-

venios con organismos públicos y con empresas. La participación como investigador principal en proyectos de relevancia se considera aquí como participación en proyectos y, adicionalmente, se valora también como mérito de gestión de investigación en el apartado 4.C. 1.B.2. Otros méritos relacionados con la calidad y número de proyectos

y contratos de investigación • Pertenencia a redes internacionales de relevancia en el ámbito científico.

• Publicaciones especializadas resultado de los proyectos de investigación.

• Autoría de informes técnicos asociados a contratos de investigación. 1.C. Calidad de la transferencia de resultados Estos méritos se agrupan en un único bloque a valorar globalmente. En los ámbitos de conocimiento de investigación básica y no orientada, los puntos de este bloque pueden concederse por méritos incluidos en el apartado 1.A.1 que hayan tenido especial relevancia o repercusión. 1.C.1. Patentes y productos con registros de propiedad intelectual Se valora particularmente en los ámbitos científicos y tecnológicos en los que esta actividad es significativa. Se tiene en cuenta las patentes nacionales

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o internacionales en explotación o aquéllas en las que exista un contrato de cesión o de licencia. • Patentes en explotación o que hayan pasado el examen de la Oficina de

Patentes. • Patentes con contrato de cesión o de licencia. • Solicitudes de patentes nacionales e internacionales que en su tramita-

ción hayan superado alguna fase susceptible de ser considerada como indicio de calidad. La mera presentación de la solicitud no se valora.

• Productos con registro de propiedad intelectual (obras artísticas, obras técnicas, programas informáticos,..).

1.C.2. Transferencia de conocimientos al sector productivo Sólo se valora en este apartado aquellas actividades de transferencia de conocimiento o de tecnología al sector productivo que tengan un carácter claramen-te innovador, similar a una actividad de investigación. Mientras que los trabajos realizados para empresas o instituciones, que conlleven actividades de certifi-cación, calibración, informes técnicos o prestación de servicios que supongan una aplicación directa de conocimientos o técnicas bien conocidos, se valoran como ejercicio de la profesión, en el apartado de experiencia profesional (2.D.1). Entre las actividades a valorar, se incluyen: • Actividades de transferencia de conocimiento o de tecnología.

• Informes de impacto socio-económico.

• Trabajos de investigación prelegislativos y otros de naturaleza similar por encargo de organismos públicos.

• Desarrollo de software en explotación. • Actividades ligadas al mantenimiento e incremento del patrimonio cultural

o museístico. • Creación de empresas y colaboración en empresas de spin-off y en parques

científicos. 1.C.3. Otros méritos relacionados con la calidad de la transferencia de

los resultados • Cursos y seminarios impartidos en empresas y organismos públicos asociados

a la transferencia de resultados. • Preparación e impartición de cursos de formación de personal cualificado

en empresas e instituciones.

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1.D. Movilidad del profesorado Estos méritos se agrupan en un único bloque a valorar globalmente: QUINTO BLOQUE DE 1 1.D.1. Estancias en centros de investigación • Estancias de media/larga duración en otros centros de investigación de

prestigio. • Becas y ayudas para la realización de estancias obtenidas en convocato-

rias públicas competitivas. Contratos de investigación financiados con cargo al centro en que se realiza la estancia.

Se valoran las estancias superiores a un mes en las que el solicitante haya realizado una actividad en dicho centro que redunde en una mejora en la capacidad investigadora del solicitante o que haya supuesto un intercambio de conocimiento o dado lugar a una colaboración institucional entre el centro de origen y el centro receptor. Las visitas y estancias cortas en otros centros (inferiores a un mes) se incluyen en el siguiente apartado 1.D.2. 1.D.2. Otros méritos relacionados con la movilidad del profesorado Por ejemplo:

• Visitas cortas a otros centros de investigación de prestigio.

• Participación en programas de movilidad de profesorado. 1.E. Otros méritos relacionados con la actividad investigadora En este apartado se puede incluir cualquier otro mérito relacionado con la investigación que no tenga cabida en los apartados anteriores. La puntuación de este apartado 1.E (2 puntos) es adicional, por tanto, las puntuaciones máximas de los cinco bloques de actividad investigadora suman ya la máxima puntuación (los 50 puntos). Se consideran de relevancia: • Actividades de evaluación de artículos para revistas indexadas en el

Journal Citation Reports o repertorio equivalente en cada especialidad. • Evaluación de proyectos en convocatorias públicas (ANEP o similares).

• Pertenencia a comisiones de selección de solicitudes de movilidad.

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3.3.4. Acreditación nacional para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad

Los Profesores Titulares de Universidad, así como los Catedráticos de Escuelas Universitarias Doctores, podrán optar a la acreditación para el acceso al Cuer-po de Catedráticos de Universidad, mediante la presentación de una solicitud a la que acompañarán la justificación de los méritos que aduzcan de carácter académico, profesional, docente, investigador y de gestión académica y cientí-fica, que se valorarán de acuerdo con los criterios que figuran en el anexo del RD1312/2007. Quedarán eximidos del requisito de pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad quienes acrediten tener la condición de doctor con, al menos, ocho años de antigüedad y obtengan, con carácter previo a la solicitud de la acreditación, el informe positivo de su actividad docente e investigadora del Consejo de Universidades. El Real Decreto 1312/2007 establece que la valoración de los méritos y competencias de los aspirantes a la obtención de la acreditación se realizará por comisiones de acreditación. Los miembros de tales comisiones han sido designados por el Consejo de Universidades entre los propuestos por la Agen-cia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y rendirán cuentas de su actuación a dicha Agencia. El Anexo del mencionado Real Decreto fija tres grandes apartados de criterios de evaluación para las solicitudes de acreditación al Cuerpo de Catedráticos de Universidad (CU): 1. Actividad investigadora. 2. Actividad docente o profesional. 3. Experiencia en gestión y administración. Asimismo, establece el baremo de evaluación con puntuaciones máximas a otorgar en cada uno de los apartados anteriores que se resumen en la siguien-te tabla 5. Además, el RD determina que para obtener una evaluación positiva se deben cumplir dos requisitos simultáneamente que se indican en la tabla 6.

Tabla 5. Puntuaciones máximas para el baremo fijado en el RD 1312/2007

Criterios de evaluación Acreditación CU 1. Actividad investigadora 55 2. Actividad docente o profesional 35 3. Experiencia en gestión y administración 10

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Tabla 6. Requisitos mínimos para obtener una evaluación positiva según el RD 1312/2007

Requisitos Acreditación PTU

2. Actividad docente o profesional Mínimo 20 puntos

Suma total 1 + 2 + 3 Mínimo 80 puntos En el documento ANECA Principios y Orientaciones para la Aplicación de los Criterios de Evaluación se detallan los méritos a valorar en el proceso de evaluación de las solicitudes. Los méritos se agrupan en bloques de caracte-rísticas homogéneas que pueden ser puntuados conjuntamente. A la vez, el documento incorpora tablas orientativas de puntuaciones máximas para cada uno de los apartados, diferenciadas por cada una de las cinco ramas. La estructura de bloques, junto con la relación de méritos a valorar y la estructura básica de puntuaciones se indican a continuación. La ponderación de los méritos no se limita a un mero cómputo administrati-vo, sino que las comisiones valoran principalmente los méritos asociados a las actividades de investigación, docencia y gestión aportadas por el aspirante en su solicitud. A continuación se expone la valoración de méritos correspondiente exclusi-vamente al apartado “1. Actividad Investigadora” en las ramas de conocimien-to: i) Ciencias y ii) Ingeniería y Arquitectura para la acreditación para el cuerpo de Catedráticos de Universidad. 1. Actividad investigadora La experiencia investigadora se configura en cinco bloques más un aparta-do adicional de otros méritos. Se valora hasta un máximo de 55 puntos sobre 100, que se distribuyen entre los cinco bloques, mientras que al apartado 1.E se le concede un máximo de 2 puntos que son adicionales, por méritos de especial relevancia. En cualquier caso, la suma total de puntos obtenidos en el conjunto de la actividad investigadora no puede superar los 55 puntos. Se requiere que los solicitantes acrediten una actividad investigadora intensa, de calidad internacional en su especialidad y que haya dado lugar a resultados reflejados en publicaciones, patentes, actividades de transferencia tecnológica o a trabajos que representen una innovación y avance en su campo o que haya tenido un impacto económico-social significativo. Para la acreditación al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, además se considera necesario que el solicitante haya tenido un papel de liderazgo dentro de los trabajos realiza-dos por varios autores, plasmado en la dirección de proyectos de investigación o contratos con empresas y organismos públicos.

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En los ámbitos científicos de orientación básica se tienen en cuenta espe-cialmente las publicaciones en revistas de reconocido prestigio. En las ramas de Artes y Humanidades y de Ciencias Sociales y Jurídicas se valoran de manera especial las publicaciones en revistas y libros de prestigio, así como las obras artísticas y profesionales que tengan un carácter innovador. En otros ámbitos más aplicados se considera de especial relevancia la participación en el desa-rrollo de patentes internacionales y en actividades de transferencia de tecnolo-gía como soporte de I+D+i, particularmente en los campos aplicados de Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingeniería y Arquitectura. En esta última y en ciencias vinculadas a la valoración, incremento y disfrute del patrimonio histó-rico y monumental (Arqueología, Arte, etc.) también se incluye dentro de las aportaciones de especial relevancia los trabajos en esa dirección, a manera de transferencia científica o tecnológica. El establecimiento de bloques permite alcanzar la puntuación máxima en cada uno de ellos sin necesidad de presentar contribuciones a todos los apar-tados del mismo. De los cinco bloques en que se agrupan los méritos de la actividad investigadora, el primero incluye los trabajos y obras profesionales resultado de la labor investigadora desarrollada por el candidato a lo largo de su vida profesional. Forma el bloque básico de ésta y representa un porcentaje elevado de la puntuación total en investigación, siendo su importancia todavía mayor en la acreditación para catedráticos de universidad. Dentro de cada bloque, las ponderaciones de los subapartados pueden ser diferentes en cada rama y ámbito de conocimiento, con el fin de recoger las especificidades de cada campo y especialidad. Para las acreditaciones al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, las puntua-ciones máximas de cada bloque se especifican en las tablas incluidas en el anexo al final del documento ANECA Principios y Orientaciones para la Apli-cación de los Criterios de Evaluación. En los bloques 1.1 y 1.4 la puntuación máxima está en una horquilla dentro de los dos valores numéricos que figuran en cada casilla, de manera que la suma de los máximos de ambos es fija (aunque diferente para cada rama de conocimiento). El valor de cada bloque depende de la importancia relativa de las actividades de transferencia de cono-cimiento y tecnología respecto a las publicaciones de investigación en ese ámbito y contexto. La valoración total de este apartado 1 Actividad investigadora se realiza según los criterios establecidos en este documento, teniendo en cuenta, de acuerdo con lo establecido en el anexo del RD1312/2007, que su puntación total ha de ser de un mínimo de 15 puntos por cada periodo de actividad investigadora reconocido por la CNEAI (sexenio) que el solicitante aporte. Por tanto, la

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puntuación obtenida en este apartado por el solicitante es el máximo de dos valores numéricos: el obtenido en la evaluación y el resultado de multiplicar por 15 el número de sexenios que tenga reconocidos el solicitante. En el caso de solicitantes con cuatro sexenios reconocidos, la comisión no realizará la valoración de la actividad investigadora del solicitante, al alcanzar ya por este concepto la puntuación máxima permitida. 1.A. Calidad y difusión de resultados de la actividad investigadora Estos méritos se agrupan en dos bloques diferenciados, un primer bloque de publicaciones y obras producto de la investigación realizada y un segundo bloque de presentaciones a congresos, conferencias y seminarios.

PRIMER BLOQUE DE 1 1.A.1. y 1.A.2. Publicaciones científicas en revistas Se incluyen aquí, valorándose según las indicaciones posteriores, los tra-bajos de investigación realizados por el solicitante y publicados en revistas de la especialidad. Los trabajos se distribuyen en dos apartados distintos, depen-diendo de que hayan sido publicadas en revistas indexadas (en catálogos que asignen a cada revista un índice de calidad relativo dentro del conjunto de revistas asociadas a una misma categoría) o en otras revistas.

1.A.1. Publicaciones científicas en revistas indexadas con índice de calidad relativo

• Publicaciones en revistas de reconocido prestigio e incluidas en los catá-

logos tipo Journal Citation Reports o equivalentes en cada especialidad. 1.A.2. Publicaciones científicas no indexadas o sin índice de calidad relativo • Artículos publicados en revistas no indexadas o sin índice de calidad re-

lativo, de prestigio en la especialidad. • Artículos de divulgación científica.

• Artículos publicados en revistas profesionales.

• Fichas de catálogos y voces de diccionarios y enciclopedias.

• Publicaciones en formato electrónico.

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En cualquier caso, se valoran preferentemente las aportaciones que sean artículos en revistas de reconocido prestigio, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el “Subject Category Listing” del Journal Citation Reports del Science Citation Index (SCI), del Social Sciences Citation Index (SSCI) y del Arts and Humanities Citation Index (AHCI) (Institute of Scientific Information, -ISI- Philadelphia, PA, USA), en el Philosopher’s Index, en el Répertoire Bibliographique de Louvain o similares. Las revistas incluidas en otras bases de datos, propias de determi-nados campos del saber se consideran como una referencia de calidad. Las revistas electrónicas se valoran cuando cumplan los mismos criterios de cali-dad mencionados anteriormente. Para la valoración de las publicaciones científicas con índice de calidad relativa (apartado 1.A.1) se atiende, entre otros, a los siguientes factores: el índice de impacto, el lugar que ocupa la revista en el conjunto de las que corresponden a un mismo ámbito de conocimiento, el número de autores y, cuando sea relevante, la posición que ocupa entre ellos el solicitante. Asimis-mo, se valora positivamente la regularidad en la producción científica y, en especial, los trabajos publicados en la etapa posdoctoral de los últimos 10 años. En general, se tiene en cuenta el número de autores, reduciendo el valor de cada publicación cuando el número de autores sea superior a la media en la especialidad. En aquellos ámbitos científicos en que no es tan habitual difundir los resul-tados de investigación en revistas cualificadas con índices de calidad relativa, se podrán considerar también otras revistas que puedan ser cualificadas con otros indicios de calidad. Algunas comisiones de acreditación pueden utilizar en algunos ámbitos, como referencia de calidad para las publicaciones espa-ñolas, la base de datos DICE: Difusión y Calidad Editorial de las Revistas Españolas de Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas. Esta base de datos puede consultarse a través de la página web http://dice.cindoc.csic.es/. En las áreas de conocimiento caracterizadas por una actividad que incluye elementos de creación artística, parte de la puntuación de este apartado 1.A.1 puede concederse por méritos destacados del solicitante en el apartado 1.A.4 que se cita más adelante. En los ámbitos científicos caracterizados por una productividad media, en términos de publicaciones, muy elevada y claramente superior a los estánda-res establecidos en los próximos párrafos, las comisiones son especialmente exigentes con la calidad de las aportaciones valoradas. En la rama de Ciencias, el apartado 1.A.1 es el elemento fundamental de la evaluación y la autoría de un buen número de publicaciones en revistas de calidad permite conseguir casi todos los puntos del primer bloque de 1. Como

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referencia general, para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere la aportación por el solicitante de un mínimo de 40 publicaciones cien-tíficas recogidas en Science Citation Index, si la mitad de ellas pertenecen al primer tercio de la categoría. Excepcionalmente, se puede obtener la máxima puntuación con un menor número de trabajos si corresponden a publicaciones de muy elevada calidad en la categoría (por ejemplo, publicaciones en revistas de especial relevancia, que hayan sido muy citadas en su campo de trabajo o que correspondan a trabajos de revisión que constituyan una referencia básica en la especialidad). Sólo en casos excepcionales, en las disciplinas clínicas se consideran como publicaciones aquéllas que versen sobre revisiones, descrip-ciones de un caso, etc. El número de publicaciones exigido para alcanzar la puntuación máxima se adapta a los estándares de publicación de los diferentes ámbitos científicos y al contexto específico en el que se ha realizado la investigación cuya producti-vidad se está evaluando. En todo caso, debe quedar demostrada la capacidad del solicitante de producir resultados regularmente y difundirlos en las revistas de referencia en su especialidad durante los 10 últimos años de su trayectoria profesional. El número indicado de publicaciones para conseguir la máxima puntuación debe entenderse como una referencia y un valor medio en los distintos ámbi-tos de conocimiento, pero las comisiones valoran especialmente la calidad y amplitud de los trabajos, la posición de las revistas y el número de autores. Con carácter general, en estas ramas del conocimiento las aportaciones en revistas no cualificadas con índice de calidad relativa (apartado 1.A.2.) no se consideran. En la rama de Ingeniería y Arquitectura el apartado 1.A.1. es, en casi todos los ámbitos científicos, el elemento fundamental de la evaluación y la autoría de un buen número de publicaciones en revistas de calidad permite conseguir casi todos los puntos del primer bloque de 1. Como referencia general, para obtener la puntuación máxima en este apartado se requiere (como estándar), la aportación por el solicitante de un mínimo de 24 publicaciones científicas recogidas en los índices propios de cada especialidad. Excepcionalmente, se puede obtener la máxima puntuación con un menor número de trabajos si corres-ponden a publicaciones de muy elevada calidad en la categoría (por ejemplo, publicaciones en revistas de especial relevancia, que hayan sido muy citadas en su campo de trabajo o que correspondan a trabajos de revisión que consti-tuyan una referencia básica en la especialidad). En algunos ámbitos de cono-cimiento también se valoran, aunque con un peso muy inferior, los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales de Inge-niería, como, por ejemplo, TRIS Electronic Bibliography Data, Internacional Development Abstracts, Inernational Civil Engineering Abstracts, Environmental

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Abstracts, Applied Mechanical Reviews, Applied Science and Technology Index. Asimismo, en las áreas arquitectónicas se reconocen también las revistas inclui-das en los índices internacionales propios (Arts and Humanities Citation Index, Avery Index Architectural Periodicals de la Avery Library -Columbia University-; Architectural Publications Index del Royal Institute of British Architects). Con carácter general, en estas ramas del conocimiento las aportaciones en revistas no cualificadas con índice de calidad relativa (apartado 1.A.2.) no se consideran. Excepcionalmente, se puede valorar en este apartado los trabajos incluidos en las Actas de Congresos internacionales de prestigio, en aquellos ámbitos científicos en los que dichos Congresos sean vehículo de difusión comparable a las revistas Journal Citation Report de máximo prestigio y si los criterios de selección tuviesen un nivel de rigor similar a los de las citadas revistas. Los artículos cuyos contenidos son meras transcripciones de actas de congresos (por ejemplo los “Lecture Notes”) se valoran en el segundo bloque de 1, dentro del apartado 1.A.5. El número indicado de publicaciones para conseguir la máxima puntuación debe entenderse como una referencia y un valor medio en los distintos ámbi-tos de conocimiento, pero las comisiones valoran especialmente la calidad y amplitud de los trabajos, la posición de las revistas y el número de autores. El número de publicaciones exigido para alcanzar la puntuación máxima se adapta a los estándares de publicación de los diferentes ámbitos científicos y al contexto específico en el que se ha realizado la investigación cuya producti-vidad se está evaluando. En todo caso, debe quedar demostrada la capacidad del solicitante de producir resultados regularmente y difundirlos en las revistas de referencia en su especialidad durante los 10 últimos años de su trayectoria profesional. 1.A.3. Libros y capítulos de libros Se valoran en este apartado las siguientes aportaciones:

• Libros completos de carácter científico (como autor o editor).

• Capítulos de libro de investigación en editoriales de prestigio nacionaly, con carácter preferente, de prestigio internacional en publicaciones con ISBN.

• Ediciones o traducciones anotadas de libros, prólogos de libros, reseñas

bibliográficas y similares. Se valoran como monografías las ediciones impresas o electrónicas de las tesis doctorales sólo cuando se hayan publicado en editoriales de prestigio.

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Se valoran los libros y capítulos de libros particularmente relevantes en las distintas ramas y disciplinas, teniéndose en cuenta el número y calidad de las citas cuando sea posible (u otras medidas de nivel de impacto), así como el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, el rigor en el proceso de selección y evaluación de originales y las reseñas en las revistas científicas especializadas. Se valoran únicamente los libros que tengan ISBN y que se publiquen en editoriales especializa-das de reconocido prestigio, en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los trabajos. También se valoran en este apartado los trabajos correspondientes a congresos organizados por aso-ciaciones internacionales o nacionales, de periodicidad fija y sede variable, que publican regularmente como actas las contribuciones seleccionadas mediante evaluación externa, de forma completa, y tengan el ISBN correspondiente. Se valora positivamente la regularidad en la producción científica y en especial, los trabajos publicados en los últimos 10 años. En general, se tiene en cuenta el número de autores, reduciendo el valor de cada publicación cuando el número de autores sea superior a la media en la especialidad. En las ramas de Ciencias e Ingeniería y Arquitectura este apartado se valora con muy poca puntuación, no pudiendo suplir carencias significativas en 1.A.1. Si las aportaciones fueran especialmente numerosas y relevantes (de impacto equivalente al requerido para las publicaciones) se valora conjunta-mente con las publicaciones científicas. 1.A.4. Creaciones artísticas profesionales Trabajos que desarrollen nuevas perspectivas del ordenamiento jurídico; que supongan investigaciones originales sobre la evolución histórica, social o cultural de las normas; que introduzcan propuestas relevantes de perfeccio-namiento de las normas en relación con el sistema jurídico español, europeo o internacional; que aporten conocimientos e instrumentos conceptuales y analí-ticos para mejorar la eficacia de las normas jurídicas y el cumplimiento de los objetivos que se persiguen con ellas, así como de las instituciones e instru-mentos encargados de su diseño, interpretación, aplicación y eficacia; que ofrezcan soluciones a problemas de interpretación, lagunas y contradicciones en reglas o instituciones jurídicas; que sean obras de carácter general que se reconozcan como referencia dentro de una disciplina o supongan un progreso en la organización de un campo temático poco estructurado.

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Se valoran en este apartado las siguientes contribuciones: • Creaciones profesionales que no puedan incluirse en los apartados ante-

riores de publicaciones. • Creaciones artísticas de relevancia en el campo de conocimiento.

• Obras artísticas realizadas por encargo, ubicadas o no en su destino.

• Obras presentadas en exposiciones individuales o colectivas, y ferias, or-ganizadas por instituciones públicas o privadas.

• Obras pertenecientes a museos o colecciones públicas o privadas.

• Proyectos arquitectónicos, urbanísticos o de ingeniería que ofrezcan un carácter innovador.

• Informes científicos y técnicos emitidos.

• Trabajos presentados a premios y concursos públicos. • Participación en exposiciones de prestigio (como autor o como comisario

de las mismas). • Fotografías científicas y técnicas admitidas a concursos.

• Premios y menciones de calidad obtenidos por trabajos realizados.

En las áreas de conocimiento caracterizadas por una actividad que incluye elementos de creación artística, estos méritos son especialmente valorados pudiendo suplir en parte la puntuación de los apartados 1.A.1. y 1.A.2. según los ámbitos de conocimiento y en función del reconocimiento profesional y público de la mencionada obra artística. Esta producción es valorada por su carácter innovador constatado por los premios y distinciones recibidos, por su impacto en la crítica especializada nacional e internacional o por haber sido mostrada en exposiciones con catálogo. Igualmente, se valora la participación relevante en exposiciones de prestigio, de carácter monográfico dedicadas a un solo autor. También se considera la participación como comisario de expo-siciones, siempre que se publique un catálogo con repercusión en los medios especializados nacionales e internacionales. Excepcionalmente y para currículos que así lo requieran, las comisio-nes de acreditación pueden valorar de forma conjunta los apartados 1.A.1. a 1.A.4.

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SEGUNDO BLOQUE DE 1 1.A.5. y 1.A.6. Congresos, conferencias y seminarios Los congresos científicos considerados son los de carácter internacional (y excepcionalmente los nacionales de especial relevancia), que incluyan revisión por pares y con una antigüedad y periodicidad que les convierta en referencia en su ámbito de conocimiento. En relación a estos congresos se valoran: • Ponencias invitadas.

• Comunicaciones orales y en forma de póster.

• Resúmenes extendidos de actas de congresos (proceedings).

• Otras presentaciones a congresos.

Se valoran especialmente las presentaciones de los últimos diez años, preferentemente las plenarias y por invitación, teniéndose en cuenta la conti-nuidad en el nivel de las presentaciones a congresos, el número de autores del trabajo y el que la presentación oral haya sido expuesta por el solicitante en nombre del conjunto de los autores. Cuando el número se autores sea muy elevado, respecto al número habitual en el ámbito de conocimiento, la presen-tación sólo se tiene en cuenta si ha sido expuesta directamente por el solici-tante. Las conferencias y seminarios se valoran, siempre que sean aportaciones relevantes, en los siguientes casos: • Conferencias y seminarios de especial relevancia en su ámbito (en semi-

narios de carácter periódico u organizados por sociedades científicas). • Seminarios invitados en centros docentes o de investigación.

• Seminarios que den lugar a la publicación de un documento difundido.

En la rama de Ciencias se requiere un mínimo de 5 presentaciones invita-das en congresos o seminarios de prestigio para obtener la puntuación máxi-ma en este apartado. En la rama de Ingeniería y Arquitectura se requiere un mínimo de 10 aportaciones relevantes en congresos y seminarios de prestigio para obtener la puntuación máxima en este apartado.

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1.A.7. Otros méritos En este apartado, se valoran: • Premios y menciones en investigación.

• Premios y menciones obtenidas por trabajos presentados a congresos.

• Premios por artículos en revistas. 1.B. Calidad y número de proyectos y contratos de investigación Estos méritos se agrupan en un único bloque a valorar globalmente: TERCER BLOQUE DE 1 1.B.1. Participación en proyectos de investigación y/o en contratos de

investigación Se tiene en cuenta especialmente el tipo de participación y grado de res-ponsabilidad del solicitante en proyectos de investigación incluidos en programas competitivos de la Unión Europea, de otros organismos o instituciones interna-cionales (NSF, Fullbright, USA, Japón, etc.), de los Planes Nacionales, de las Comunidades Autónomas y de otros entes u organismos públicos o privados sometidos a evaluación externa, especialmente por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) u organismo similar, de ámbito nacional o internacional. La participación en contratos de investigación con la Administración Públi-ca, con instituciones o con empresas, generados al amparo del art. 83 de la LOU, únicamente se considera en este apartado si demuestra su carácter de investigación capaz de generar conocimiento. En caso contrario se valora en el apartado 1.C.2. Se valora especialmente la participación en forma continuada en proyectos obtenidos en convocatorias competitivas: • Participación como miembro del equipo investigador de proyectos de la

Unión Europea, de organismos o instituciones internacionales y del Plan Nacional de Investigación.

• Participación como miembro del equipo investigador de proyectos obteni-

dos en convocatorias públicas nacionales y autonómicas. • Participación como investigador principal de contratos y convenios con

organismos públicos y con empresas.

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• Participación como miembro del equipo investigador de contratos y con-venios con organismos públicos y con empresas.

La participación como investigador principal en proyectos de relevancia se considera aquí como participación en proyectos y, adicionalmente, se valora también como mérito de gestión de investigación en el apartado 3.C. 1.B.2. Otros méritos relacionados con la calidad y número de proyectos y contratos de investigación • Pertenencia a redes internacionales de relevancia en el ámbito científico.

• Publicaciones especializadas resultado de los proyectos de investigación.

• Autoría de informes técnicos asociados a contratos de investigación. 1.C. Calidad de la transferencia de resultados Estos méritos se agrupan en un único bloque a valorar globalmente. En los ámbitos de conocimiento de investigación básica y no orientada, los puntos de este bloque pueden concederse por méritos incluidos en el apartado 1.A.1 que hayan tenido especial relevancia o repercusión. CUARTO BLOQUE DE 1 1.C.1. Patentes y productos con registros de propiedad intelectual Se valoran particularmente en los ámbitos científicos y tecnológicos en los que esta actividad es significativa. Se tiene en cuenta las patentes nacionales o internacionales en explotación o aquéllas en las que exista un contrato de cesión o de licencia. • Patentes en explotación o que hayan pasado el examen de la Oficina de

Patentes. • Patentes con contrato de cesión o de licencia. • Solicitudes de patentes nacionales e internacionales que en su tramita-

ción hayan superado alguna fase susceptible de ser considerada como indicio de calidad. La mera presentación de la solicitud no se valora.

• Productos con registro de propiedad intelectual (obras artísticas, obras

técnicas, programas informáticos,..).

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1.C.2. Transferencia de conocimientos al sector productivo Sólo se valora en este apartado aquellas actividades de transferencia de conocimiento o de tecnología al sector productivo que tengan un carácter cla-ramente innovador, similar a una actividad de investigación. Mientras que los trabajos realizados para empresas o instituciones, que conlleven actividades de certificación, calibración, informes técnicos o prestación de servicios que supongan una aplicación directa de conocimientos o técnicas bien conocidos, se valoran como ejercicio de la profesión, en el apartado de experiencia profe-sional (2.D.1). Entre las actividades a valorar, se incluyen: • Actividades de transferencia de conocimiento o de tecnología.

• Informes de impacto socio-económico.

• Trabajos de investigación prelegislativos y otros de naturaleza similar por encargo de organismos públicos.

• Desarrollo de software en explotación. • Actividades ligadas al mantenimiento e incremento del patrimonio cultural

o museístico. • Creación de empresas y colaboración en empresas de spin-off y en parques

científicos. 1.C.3. Otros méritos relacionados con la calidad de la transferencia de

los resultados • Cursos y seminarios impartidos en empresas y organismos públicos, aso-

ciados a la transferencia de resultados. • Preparación e impartición de cursos de formación de personal cualificado

en empresas e instituciones. 1.D. Movilidad del profesorado Estos méritos se agrupan en un único bloque a valorar globalmente: QUINTO BLOQUE DE 1 1.D.1. Estancias en centros de investigación • Estancias de media/larga duración en otros centros de investigación de

prestigio.

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• Becas y ayudas para la realización de estancias obtenidas en convocato-rias públicas competitivas. Contratos de investigación financiados con cargo al centro en que se realiza la estancia.

Se valoran las estancias superiores a un mes en las que el solicitante haya realizado una actividad en dicho centro que haya redundado en una mejora en la capacidad investigadora del solicitante, que haya supuesto un intercambio de conocimiento o que haya dado lugar a una colaboración institucional entre el centro de origen y el centro receptor. Las visitas y estancias cortas en otros centros (inferiores a un mes) se incluyen en el siguiente apartado 1.D.2. 1.D.2. Otros méritos relacionados con la movilidad del profesorado Por ejemplo: • Visitas cortas a otros centros de investigación de prestigio.

• Participación en programas de movilidad de profesorado. 1.E. Otros méritos relacionados con la actividad investigadora En este apartado se puede incluir cualquier otro mérito relacionado con la investigación que no tenga cabida en los apartados anteriores. La puntuación de este apartado 1.E (2 puntos) es adicional, por tanto, las puntuaciones máximas de los cinco bloques de actividad investigadora suman ya la máxima puntuación (los 55 puntos). Se consideran de relevancia: • Actividades de evaluación de artículos para revistas indexadas en el

Journal Citation Reports o repertorio equivalente en cada especialidad. • Evaluación de proyectos en convocatorias públicas (ANEP o similares).

• Pertenencia a comisiones de selección de solicitudes de movilidad. 3.4. PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES DE LA AGÈNCIA VALENCIANA

D´AVALUACIÓ I PROSPECTIVA (AVAP) PARA LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN EN ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LOS CAMPOS Y RAMAS MÁS RELACIONADOS CON EL DEPARTA-MENTO DE BIOTECNOLOGÍA DE LA UPV

En su artículos 50 y 52, la Ley Orgánica de Universidades 4/2007, de 12 de abril, establece que “la contratación de Profesores Universitarios bajo las figuras de Profesor Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor se celebra-rá con doctores que previamente dispongan de evaluación positiva de su actividad por parte de la ANECA o del órgano de evaluación externa que la ley de la correspondiente Comunidad Autónoma determine”.

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En este sentido, la Agència Valenciana d´Avaluació i Prospectiva (AVAP; www.avap.es) es el órgano de evaluación externa de la Comunidad Valencia-na y es el órgano que evalúa la actividad para las figuras contractuales de Profesor Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor dentro de la Comuni-dad. En este apartado se presentaun resumen de los criterios de evaluación de la AVAP en el bloque de investigación para estas figuras contractuales y en los campos de Ciencias Experimentales y Enseñanzas Técnicas. En la tabla 7 se especifica las puntuaciones máximas de los distintos méritos a valorar. Tabla 7. Cuadro resumen de puntuaciones máximas en el apartado de Experiencia

Investigadora para las figuras contractuales de Profesor Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor en los Campos “Ciencias Experimentales” y “Enseñanzas Técnicas” de la AVAP

PAD PCD

MÉRITO C. Exp. Ens. Téc. C. Exp. Ens.Téc. Artículos revistas científicas 32 29 32 29

Libros y capítulos 5,5 5,5 5,5 5,5

Tesis doctorales y trabajos académicos 2,2 2,2 2,2 2,2

Estancias postdoctorales 5 5 2,8 2,8

Proyectos de investigación 4,4 5,5 6,6 8,8

Premios investigación, exposiciones 1,1 1,75 1,1 1,75

Registros propiedad intelectual e industrial 2,2 2,8 2,2 2,8

Contribuciones Congresos 2,8 2,2 2,8 2,1 TOTAL 55 55 55 55

3.4.1. Evaluación para la figura contractual de Profesor Ayudante Doctor El apartado de Experiencia Investigadora se valora hasta un máximo de 55 puntos, teniendo en cuenta principalmente los siguientes méritos: 2.1. ARTÍCULOS EN REVISTAS CIENTÍFICAS Se valoran los artículos publicados en revistas de reconocido prestigio con proceso anónimo de revisión por pares, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Subject Category Listing» del Journal Citation Reports del Science Citation Index, del Social Sciences Citation Index y del Arts and Humanities Citation

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Index (Institute of Scientific Information, -ISI- Philadelphia, PA, USA), en el Philosopher's Index, en el Repertoire Bibliographique de Louvain o similares. Para su valoración las publicaciones científicas se han clasificado en cuatro grupos: • Grupo A: artículos publicados en revistas situadas en el primer tercio del

«Subject Category Listing» del Journal Citation Reports (en adelante JCR). Son necesarios 3 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 4 y 5 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntuación máxima en este apartado.

• Grupo B: artículos publicados en revistas situadas en el segundo tercio

del JCR. Son necesarios 4 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 5 y 7 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntuación máxima en este apartado.

• Grupo C: artículos publicados en revistas situadas en el tercer tercio del

JCR y otras bases de datos que contengan revistas de prestigio según los distintos campos científicos. Son necesarios 5 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 7 y 10 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntuación máxima en este apartado.

• Grupo D: artículos publicados en revistas no indexadas de reconocido

prestigio en su área de conocimiento, con proceso anónimo de revisión por pares. Son necesarios 7 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 10 y 15 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntua-ción máxima en este apartado.

En este apartado las referencias de calidad de las publicaciones, serán las mismas que se han expuesto anteriormente para las figuras de profesora o profesor contratado doctor y profesora o profesor doctor de universidad privada. 2.2. LIBROS Y CAPÍTULOS DE LIBROS Se valora la publicación de libros y de capítulos de libros de investigación del siguiente modo: • Libros y capítulos de libros de investigación, publicados con ISBN, en

editoriales especializadas de reconocido prestigio en el correspondiente campo científico, en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los originales.

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2.3. TESIS DOCTORALES Y TRABAJOS ACADÉMICOS • Tesis doctorales y trabajos académicos dirigidos. Se valorarán con mayor

puntuación las que hayan obtenido la Mención de Doctorado Europeo o la Mención de Calidad en el Programa de Doctorado.

2.4. ESTANCIAS POSTDOCTORALES • Se valoran las estancias formativas o de investigación postdoctoral, realizadas

en centros nacionales o internacionales, diferentes a aquél en el que se defendió la tesis doctoral, con ayudas obtenidas en convocatorias de en-tidades públicas en concurrencia competitiva, según su duración.

2.5. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN • Se valora la participación en proyectos de investigación obtenidos en convo-

catorias públicas y competitivas, en especial los financiados mediante pro-gramas nacionales, europeos u otros de ámbito internacional. También se valoran los obtenidos en programas convocados y financiados por Comu-nidades Autónomas, siempre que hayan tenido un proceso de evaluación externa, así como los convocados por otras entidades públicas y privadas en las mismas condiciones. Se tiene en cuenta especialmente el tipo de participación y grado de responsabilidad de la persona solicitante, ya sea como investigadora o investigador principal del proyecto o como investiga-dora o investigador miembro del equipo de investigación. En este apartado también se valoran los contratos de investigación de especial relevancia con empresas, con la Administración Pública, o con otras entidades, de los establecidos por el artículo 83 de la LOU.

2.6. PREMIOS DE INVESTIGACIÓN Y EXPOSICIONES • Se valoran los premios de investigación y creación artística recibidos, la

realización de exposiciones artísticas, documentales y arqueológicas, así como las participaciones como comisaría o comisario de exposiciones.

2.7. REGISTROS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL • Se valoran los registros de la propiedad industrial derivados de la investi-

gación: número de patentes, modelos de utilidad, obtenciones vegetales, topografías de productos semiconductores, diseños industriales, dibujos y modelos industriales.

• Asimismo se valoran los registros de la propiedad intelectual derivados de

la investigación: número de diseños arquitectónicos e ingeniería, mapas y diseños topográficos, programas informáticos, bases de datos, modelos de medición intangibles y otros registros de la propiedad intelectual.

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2.8. CONTRIBUCIONES EN CONGRESOS • Se valoran las contribuciones presentadas en congresos, conferencias,

seminarios u otros tipos de reuniones de relevancia científica nacional o internacional, con procedimientos selectivos en la admisión de trabajos, especialmente la participación en comités científicos, las ponencias reali-zadas, las comunicaciones admitidas y los pósters admitidos.

3.4.2. Evaluación para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor Como en la evaluación para la figura de Profesor Ayudante Doctor, este apartado también se valora hasta un máximo de 55 puntos, teniendo en cuen-ta principalmente los siguientes méritos: 2.1. ARTÍCULOS EN REVISTAS CIENTÍFICAS Se valoran los artículos publicados en revistas de reconocido prestigio con proceso anónimo de revisión por pares, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Subject Category Listing» del Journal Citation Reports del Science Citation Index, del Social Sciences Citation Index y del Arts and Humanities Citation Index (Insti-tute of Scientific Information, -ISI- Philadelphia, PA, USA), en el Philosopher's Index, en el Repertoire Bibliographique de Louvain o similares. Para su valora-ción las publicaciones científicas se han clasificado en cuatro grupos: • Grupo A: artículos publicados en revistas situadas en el primer tercio del

«Subject Category Listing» del Journal Citation Reports (en adelante JCR). Son necesarios 4 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 5 y 7 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntuación máxima en este apartado.

• Grupo B: artículos publicados en revistas situadas en el segundo tercio

del JCR. Son necesarios 5 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 7 y 10 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntuación máxima en este apartado.

• Grupo C: artículos publicados en revistas situadas en el tercer tercio del

JCR y otras bases de datos que contengan revistas de prestigio según los distintos campos científicos. Son necesarios 7 artículos publicados con menos de 4 autores y de entre 10 y 15 artículos con 4 ó más autores, pa-ra obtener la puntuación máxima en este apartado.

• Grupo D: artículos publicados en revistas no indexadas de reconocido

prestigio en su área de conocimiento, con proceso anónimo de revisión por pares. Son necesarios 10 artículos publicados con menos de 4 autores y

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de entre 15 y 30 artículos con 4 ó más autores, para obtener la puntua-ción máxima en este apartado.

o En el campo de las Ciencias Experimentales este apartado se valora hasta un máximo de 32 puntos sobre 100. En este campo también se utiliza como referencia de calidad (Grupo C de los mencionados ante-riormente), la base de datos MEDLINE (esta base de datos puede con-sultarse a través de la página web http: www.pubmed.org). Para la valoración de los artículos publicados en revistas no indexadas (Grupo D) se tendrá en cuenta el Índice Médico Español.

o En el campo de las Enseñanzas Técnicas este apartado se valora hasta un máximo de 29 puntos sobre 100. También se valoran los artí-culos publicados en revistas recogidas en bases de datos internaciona-les de ingeniería, como, por ejemplo, TRIS Electronic Bibliography Data, Internacional Development Abstracts, Inernational Civil Engineering Abstracts, Environmental Abstracts, Applied Mechanical Reviews, Applied Science and Technology Index y las que figuren en índices internacionales de publicaciones de arquitectura (por ejemplo, Arts and Humanities Citation Index, Avery Index to Architectural Periodicals).

o Se valorará la difusión de la investigación en medios de comunicación social relevantes, con repercusión de ámbito provincial, autonómico, nacional o internacional (prensa, radio, televisión, etc).

2.2. LIBROS Y CAPÍTULOS DE LIBROS Se valora la publicación de libros y de capítulos de libros de investigación, atendiendo al número de autores, del siguiente modo: • Libros y capítulos de libros de investigación, publicados con ISBN, en

editoriales especializadas de reconocido prestigio en el correspondiente campo científico, en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los originales.

2.3. TESIS DOCTORALES Y TRABAJOS ACADÉMICOS • Tesis doctorales y trabajos académicos dirigidos. Se valorarán con mayor

puntuación las que hayan obtenido la Mención de Doctorado Europeo o la Mención de Calidad en el Programa de Doctorado.

2.4. ESTANCIAS POSTDOCTORALES • Se valoran las estancias formativas o de investigación postdoctoral, realizadas

en centros nacionales o internacionales, diferentes a aquél en el que se defendió la tesis doctoral, con ayudas obtenidas en convocatorias de en-tidades públicas en concurrencia competitiva, según su duración.

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2.5. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN • Se valora la participación en proyectos de investigación obtenidos en con-

vocatorias públicas y competitivas, en especial los financiados mediante programas nacionales, europeos u otros de ámbito internacional. Tam-bién se valoran los obtenidos en programas convocados y financiados por comunidades autónomas, siempre que hayan tenido un proceso de eva-luación externa, así como los convocados por otras entidades públicas y privadas en las mismas condiciones. Se tiene en cuenta especialmente el tipo de participación y grado de responsabilidad de la persona solicitante, ya sea como investigadora o investigador principal del proyecto o como investigadora o investigador miembro del equipo de investigación. En este apartado también se valoran los contratos de investigación de especial re-levancia con empresas, con la Administración Pública, o con otras entida-des, de los establecidos por el artículo 83 de la LOU.

2.6. PREMIOS DE INVESTIGACIÓN Y EXPOSICIONES • Se valoran los premios de investigación y creación artística recibidos, la

realización de exposiciones artísticas, documentales y arqueológicas, así como las participaciones como comisaría o comisario de exposiciones.

2.7. REGISTROS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL • Se valoran los registros de la propiedad industrial derivados de la investi-

gación: número de patentes, modelos de utilidad, obtenciones vegetales, topografías de productos semiconductores, diseños industriales, dibujos y modelos industriales.

• Asimismo se valoran los registros de la propiedad intelectual derivados de

la investigación: número de diseños arquitectónicos e ingeniería, mapas y diseños topográficos, programas informáticos, bases de datos, modelos de medición intangibles y otros registros de la propiedad intelectual.

2.8. CONTRIBUCIONES EN CONGRESOS • Se valoran las contribuciones presentadas en congresos, conferencias,

seminarios u otros tipos de reuniones de relevancia científica nacional o internacional, con procedimientos selectivos en la admisión de trabajos, especialmente la participación en comités científicos, las ponencias reali-zadas, las comunicaciones admitidas y los pósters admitidos.

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TEMA 4 PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

COMPETITIVOS

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Uno de los apartados valorados por las Comisiones de Acreditación corres-ponde a la participación en proyectos considerados competitivos. En este sentido, los proyectos competitivos se pueden agrupar en grandes ámbitos de actuación: 1. Proyectos Europeos. VII Programa Marco (7th research framework

program). 2. Proyectos a nivel nacional. Plan Nacional de Investigación Científica,

Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 y, sobre todo, el Plan 2008-2011.

3. Proyectos de ámbito regional. Plan Valenciano de investigación Cien-

tífica, Desarrollo Tecnológico e Innovación. 4. Proyectos de los programas propios de las Universidades. En el

caso de la UPV se denominan Programas de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.

4.1. PROYECTOS EUROPEOS 4.1.1. Introducción En la actualidad se está desarrollando el Séptimo Programa Marco (7th Framework Programme for Research and Technological Development). Un Programa financiado por UE con un presupuesto superior a 50.000 millones de euros y que estará vigente por un periodo de siete años (2007/2013). Este Programa Marco persigue poner la política de investigación de la UE al nivel de sus ambiciones políticas, sociales y económicas mediante la conso-lidación del Espacio Europeo de la Investigación. Para alcanzar este objetivo, la Comisión europea incrementará el presupuesto anual de la UE en materia de investigación y, con ello, despertar el interés de las inversiones nacionales y privadas. Durante su vigencia, el Programa Marco debe responder a las necesidades de investigación y conocimiento del Sector Industrial y las políticas europeas. La participación está abierta a un amplio abanico de entidades, organizaciones y particulares de todo el Mundo, existiendo una normativa de participación variable según el tipo de investigación a proponer. Es preciso señalar que un investigador debe estar integrado dentro de un grupo de investigación de reconocido prestigio y este grupo dentro de un consorcio con otros grupos europeos para poder acceder a este tipo de finan-ciación.

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Dentro del Séptimo Programa Marco (2007-2013), la Unión Europea ha definido cuatro programas específicos para conceder proyectos de I+D+i. Estos programas deben responder al objetivo general del proyecto consistente en contribuir al desarrollo sostenible. • Cooperación («cooperation»).

• Ideas («ideas»).

• Personas («people»).

• Capacidades («capacities»). 4.1.2. Programas específicos Cooperación (cooperation) Homepage: http://cordis.europa.eu/fp7/cooperation/home_en.html Se trata del Programa con mayor importancia del 7th Programa Marco y fomenta la colaboración entre investigadores europeos y otros países socios. La financiación abarca todo tipo de actividades de investigación desarrolladas por diferentes entidades en cooperación internacional y busca consolidar el liderazgo en áreas científicas y tecnológicas clave. Este Programa Específico lo integran diez áreas temáticas correspondien-tes a los grandes campos del conocimiento y de la tecnología donde es preci-so impulsar la cooperación transnacional para poder hacer frente a los retos actuales en los ámbitos social, económico, medioambiental o industrial. Los temas son: • Alimentación, agricultura y pesca, biotecnología.

• Ciencias socioeconómicas y humanidades.

• Energía.

• Espacio.

• Medio ambiente (incluido cambio climático).

• Nanociencias, nanotecnologías, materiales y nuevas tecnologías de producción.

• Salud.

• Seguridad.

• Tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

• Transporte (incluido aeronáutico).

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Ideas (ideas) Homepage: http://cordis.europa.eu/fp7/ideas/home_en.html El principal objetivo que persigue este programa es elevar el nivel de la investigación europea en los campos que están conociendo un rápido desarro-llo, y aumentar con ello la competitividad económica y el bienestar de Europa. Se trata de realizar una investigación exploratoria que, independientemente de los límites de cada disciplina y de las fronteras geográficas, permita avanzar decisivamente en los campos de la ciencia, la tecnología y la ingeniería. El programa pretende dar el protagonismo del proceso a los investigadores, cuya procedencia variará según la actividad de investigación que se lleve a cabo. La comunicación y difusión de resultados es un aspecto importante de este pro-grama.

Gente (people) Homepage: http://cordis.europa.eu/fp7/people/home_en.html Este Programa Específico promueve el mejorar, cualitativa y cuantitativamente, las perspectivas profesionales de los investigadores en Europa. En otras palabras, se trata de adaptar el mercado europeo del empleo a fin de responder mejor a las necesidades de formación, movilidad y desarrollo de la carrera de los investigado-res y, así, incitarlos a construir su futuro en Europa. El Programa Personas presta un apoyo significativo a la movilidad y el de-sarrollo de carreras de investigación, tanto para investigadores de la UE como foráneos. Se está ejecutando mediante una serie coherente de acciones Marie Curie, diseñadas para ayudar a los investigadores a consolidar sus aptitudes y competencias a lo largo de su carrera profesional. El programa incluye activi-dades como una formación inicial de investigadores, fomento de la formación permanente y promoción profesional a través de becas de investigación euro-peas transnacionales y otras acciones, así como asociaciones entre la indus-tria y centros académicos.

Capacidades (capacities) Homepage: http://cordis.europa.eu/fp7/capacities/home_en.html Como continuación de las acciones llevadas a cabo anteriormente, el pro-grama específico «Capacidades» contempla principalmente la instauración de nuevas infraestructuras de investigación y de innovación en toda Europa. Este Programa pretende ayudar a fortalecer y aprovechar al máximo las capacidades que Europa necesita para convertirse en una próspera economía basada en el conocimiento. Al fortalecer las capacidades de investigación,

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innovadora y la competitividad europea, el programa estimula plenamente el potencial de investigación y los recursos de conocimiento de Europa. Este programa abarca seis áreas temáticas: • Infraestructuras de Investigación.

• Investigación en beneficio de las PYMEs.

• Regiones del conocimiento.

• Potencial de investigación.

• Ciencia y sociedad.

• Actividades de cooperación internacional.

4.1.3. Otras acciones del VII Progama Marco Centro Común de Investigación (CCI) Homepage: http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23031.htm El Centro Común de Investigación (CCI) realiza una labor de investigación básica y proporciona unos conocimientos técnicos y un apoyo científico y técnico a las políticas de la Unión Europea (UE). Uno de sus papeles esencia-les consiste en promover la transferencia de las tecnologías derivadas de los resultados de la investigación con el fin de crear una plusvalía industrial y favorecer las políticas comunitarias en el ámbito de la innovación. Creado hace 43 años para garantizar unas competencias europeas en el ámbito nu-clear, se ha convertido con el paso del tiempo en una gran institución de inves-tigación, diversificada y polivalente, completamente integrada en la Comisión.

Euratom Homepage: http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23032.htm El programa Euratom, que concluirá en 2011, se subdivide en dos progra-mas específicos. El primero abarca la investigación en materia de fusión nu-clear, la energía de fisión nuclear y la protección contra las radiaciones. El segundo se refiere a las acciones del Centro Común de Investigación (CCI) en el ámbito de la energía nuclear.

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4.1.4. Cómo solicitar un Proyecto Europeo De modo general, podemos decir que los sucesivos pasos que implica la solicitud de un Proyecto Europeo son: 1. El investigador o su grupo conciben la idea o ideas para el proyecto.

2. Se consulta la normativa del Programa Marco.

3. Se inicia la búsqueda de colaboradores en el ámbito de la UE o de otros países con los que puedan colaborar.

4. Se redacta la propuesta de Proyecto de Investigación.

5. Se presenta la propuesta a la Comisión Europea, de acuerdo a los plazos previstos para la convocatoria de propuestas y con el programa de trabajo específico.

6. La Comisión Europea garantiza una evaluación adecuada de la solicitud

por 3-7 evaluadores independientes expertos en la materia del Proyecto. 7. La Comisión Europea notifica los resultados de la evaluación. Si son

positivos, se inician las negociaciones del contrato. 8. Firma del Contrato e inicio del Proyecto. En cualquier caso, el Centro de Apoyo a la Innovación, la Investigación y la Transferencia de Tecnología (CTT) de la UPV puede dar información adicional a los investigadores que estén interesados en solicitar este tipo de proyectos. También se aconseja completar esta información en: • Sección correspondiente al Programa Marco en la página de investiga-

ción europea: www. Ec.europa.eu/research/fp7/ • Puntos de Contacto Nacional (PCN) del Programa Marco en cada país

en: www.cordis.europa.eu/fp7/ncp.en.html/ • Página web del Programa Marco en CORDIS (www.cordis.europa.eu/fp7/),

donde los solicitantes pueden encontrar toda la información relativa al Programa Marco, incluyendo preguntas y respuestas frecuentes, noveda-des, convocatorias, etc.

• Oficina Española de Ciencia y Tecnología en Bruselas (SOST)

(http://www.sost.es/VIIPM.htm). La SOST presta un servicio a la comuni-dad empresarial y científica española, dando a conocer las noticias rela-cionadas con el actual Programa Marco conforme se van sucediendo y permite el acceso a los documentos publicados relativos a convocatorias abiertas o previstas. También elabora dos servicios de información com-plementaria: “SOST Informa” y “Gaceta SOST”.

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4.2. PROYECTOS DE ÁMBITO NACIONAL 4.2.1. Principales aspectos del Plan Nacional 2008/2011 El Plan Nacional es el instrumento de programación de la I+D y la innova-ción tecnológica de la Administración General del Estado. Contemplado como Plan de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico en la ley de la Cien-cia (Ley 13/1986), y denominado desde 2000 Plan Nacional de Investigación Científica, desarrollo e Innovación Tecnológica, es el mecanismo para estable-cer los objetivos y prioridades de la política de investigación e innovación a medio plazo, así como para diseñar los instrumentos que garanticen su conse-cución. El Gobierno aprobó el 14 de septiembre de 2007 en Consejo de Ministros el VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnoló-gica 2008-2011. La información aportada en este apartado muestra sus aspectos básicos y procede mayormente de su página web (http://www.plannacionalidi.es/), a la que remitimos a todo aquél interesado en profundizar en la información relativa a este Plan. El nuevo Plan Nacional presenta actuaciones dirigidas a las instituciones y organismos (inclusive investigadores o grupos investigadores de la misma forma que los anteriores Planes Nacionales) que, incorporando un aumento de la responsabilidad, la evaluación y la rendición de cuentas, pueden contribuir al aumento de la competencia por los recursos sobre la base de la excelencia y el mérito. Según las previsiones del Gobierno, el nuevo Plan Nacional debe duplicar la financiación del Plan 2004-2007. La previsión es alcanzar, para el año 2011, el 2.2 por ciento del PIB como gasto interno total en actividades de I+D (en el año 2005 fue del 1.13%), con una cuota de producción científica respecto al total mundial del 3.6%, (3,1% en el año 2006). El cambio de estructura del Plan Nacional se complementa con variaciones importantes en la gestión como la figura de la “ventanilla única” que implica tramitar a través de un único portal de internet aspectos como: i) el acceso a las ayudas públicas de apoyo a la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica, ii) un sistema informático único de gestión y iii) la utilización de un formulario normalizado para las convocatorias de todos los programas nacio-nales. El objetivo de esta medida es reducir los trámites burocráticos para los beneficiarios de ayudas y aumentar la eficiencia del sistema. A este respecto, el nuevo Plan Nacional busca simplificar las estructuras de gestión de los programas nacionales. Por un lado, racionaliza e integra los instrumentos existentes y diseña otros nuevos, allí donde sean necesarios,

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con el objetivo de evitar duplicidades y dirigir la atención en las necesidades reales de los ejecutores de las actividades I+D+i. Por otro lado, persigue limitar el número de órdenes de bases y convocatorias a una por línea instrumental y por programa nacional por medio de un procedimiento supervisado por la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT), el cuál actúa como órgano de planificación, coordinación y seguimiento del Plan Nacional y, en consecuencia, de unidad de acción gubernamental. En el informe de presentación del Plan Nacional, el Gobierno señala las barreras normativas que dificultan el correcto desarrollo del sistema español de ciencia y tecnología. Su identificación permitirá poner en marcha un pro-grama de reformas legislativas para el periodo 2008-2011. En suma, se busca abordar las condiciones del entorno y no sólo el desarrollo de mecanismos de apoyo directo a la I+D+i (e.g. divulgación de ayudas, subvenciones, incentivos fiscales). Como corolario, la perspectiva del nuevo Plan Nacional reside en definir unas Líneas Instrumentales de actuación y su transformación en Programas Nacionales operativos, destinados a alcanzar los objetivos estratégicos pro-gramados. Todo ello implica simplificar la gestión y los tipos de actuaciones y encuadrarlos en las Líneas Instrumentales y programas definidos, así como un esfuerzo de homogeneización y estandarización de los procesos y conceptos de gestión implicados. El Gobierno pretende obtener una mayor eficacia en la gestión de los recursos públicos y una sensible disminución del tiempo em-pleado por los beneficiarios a gestionar administrativamente las propuestas financiadas. Finalmente, el Plan Nacional 2008-2011 también busca la impli-cación de las CCAA tanto en la gestión de los programas nacionales como en el diseño del propio Plan, haciendo participar a las administraciones autonómi-cas en los procesos de decisión y la financiación conjunta de los proyectos. Los principales objetivos del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica para el Periodo 2008-2011 son: • Avanzar en la dimensión internacional como base para el salto cualitativo

del sistema. • Conseguir un entorno favorable para la inversión en I+D+i.

• Promover un tejido empresarial competitivo.

• Situar a España en la vanguardia del conocimiento.

• Fomentar la cultura científica y tecnológica en la sociedad.

• Desarrollar una política integral de ciencia, tecnología e innovación.

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4.2.2. Estructura del Plan Nacional 2008/2011 El Plan Nacional 2008-2011 está integrado por cuatro Áreas directamente relacionadas con sus objetivos generales: • Área 1. Generación de Conocimientos y Capacidades Científicas y

Tecnológicas. Esta área está orientada, por una parte, a generar cono-cimiento, tanto desde el sector privado como desde el público, y, por otra, a generar capacidades en ambos sectores, ya que se incluyen programas de formación e incorporación de tecnólogos, técnicos y gestores para el tejido productivo, entre otros. El establecimiento de prioridades no se rea-lizará por áreas temáticas, sino aplicando fundamentalmente criterios de excelencia; existirá, por tanto, libertad por parte de los beneficiarios de las ayudas a la hora de proponer las líneas científico-tecnológicas para su fi-nanciación (lo que incluye, a modo de ejemplo, todo el espectro temáticos identificado en el V Plan Nacional de I+D+i 2004-2007).

• Área 2. Fomento de la Cooperación en I+D. Pretende acabar con la

escasa cooperación entre agentes de diferente naturaleza (sobre todo de las empresas con las Universidades y centros públicos de investigación) y con distinta ubicación geográfica, tanto en el marco regional como en el internacional. Se fomentarán actuaciones concertadas o cooperativas con el objetivo de garantizar la correcta y fluida transferencia de conocimiento y de tecnología. Se presentará una nueva fórmula de cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas (inclu-yendo criterios de co-información, co-decisión, co-responsabilidad, co-gestión y co-financiación) a través de la apertura de sus programas y convocatorias a la participación de las CCAA que así lo deseen.

• Área 3. Desarrollo e Innovación Tecnológica Sectorial. Esta área está

concebida para facilitar a los sectores industriales los instrumentos y pro-gramas necesarios para acometer las actividades dirigidas al diseño de productos, procesos o nuevos servicios, modificados o mejorados. El fin último es la mejora de la competitividad empresarial mediante la resolución de los problemas identificados en lo sectores de interés para el desarrollo socioeconómico del país. Los programas relacionados con esta área se-rán de aplicación en diez sectores clave: Alimentación, Agricultura y Pesca; Medio Ambiente y Ecoinnovación; Energía; Seguridad y Defensa; Construc-ción, Ordenación del Territorio y Patrimonio Cultural; Turismo; Aeroespa-cial; Transporte e Infraestructuras; Sectores Industriales y Farmacéutico.

• Área 4. Acciones Estratégicas. Pretende dar cobertura a las más deci-

didas apuestas del Gobierno en ciencia y tecnología a través de la identi-ficación de cinco acciones estratégicas. Esta apuesta estratégica define objetivos específicos, prioriza líneas de trabajo e instrumentos y establece

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un compromiso presupuestario específico para toda la vigencia del Plan en cada una de las cinco acciones identificadas: Salud, Biotecnología y Cambio Climático; Telecomunicaciones y Sociedad de la Información; Nanotecnología y Nanociencia; Nuevos Materiales y Nuevos Procesos Industriales.

Así mismo, en función de las Áreas establecidas, el Plan Nacional 2008-2011 contempla seis Líneas Instrumentales de Actuación (LIAs) que se des-arrollan a través de trece Programas Nacionales. Estos Programas Nacionales representan las grandes actuaciones del Plan Nacional y se ponen en marcha a través de convocatorias públicas, donde se implementarán las prioridades de la política científica y tecnológica del periodo 2008-2011. Estas Líneas y sus respectivos programas son: 1. Línea Instrumental de Recursos Humanos: 1.1. Programa Nacional de formación de recursos humanos. 1.2. Programa Nacional de movilidad de recursos humanos. 1.3. Programa Nacional de contratación e incorporación de recursos

humanos. 2. Línea Instrumental de Proyectos I+D+i: 2.1. Programa Nacional de proyectos de investigación fundamental. 2.2. Programa Nacional de proyectos de investigación aplicada. 2.3. Programa Nacional de proyectos de desarrollo experimental. 2.4. Programa Nacional de proyectos de innovación. 3. Línea Instrumental de Fortalecimiento Institucional: 3.1. Programa Nacional de fortalecimiento institucional. 4. Línea Instrumental de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas: 4.1. Programa Nacional de infraestructuras científicas y tecnológicas. 5. Línea Instrumental de Utilización del Conocimiento y Transferencia

Tecnológica: 5.1. Programa Nacional de transferencia tecnológica, valorización y pro-

moción de empresas de base tecnológica. 6. Línea Instrumental de Articulación e Internacionalización del Sistema: 6.1. Programa Nacional de redes. 6.2. Programa Nacional de internacionalización de la I+D.

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De este modo, los Programas Nacionales están directamente relacionados con las Líneas Instrumentales de Actuación y responden a los objetivos traza-dos en cada una de las áreas del Plan Nacional. 4.2.3. Proyectos de Transferencia Tecnológica del Ministerio de Ciencia e Innovación Desde el Ministerio de Ciencia e Innovación también se conceden ayudas para la realización de proyectos de transferencia de tecnología. A continuación se citan los de mayor relevancia. Para más información se aconseja acudir a la página web del Ministerio de Ciencia e Innovación (http://web.micinn.es) en la sección de “investigación” subsección “convocatorias” o a las de las respecti-vas fuentes de financiación. Bloque de Investigación Científica: • Proyectos I+D. • Consolider-Ingenio 2010. • Acciones Complementarias. • Acciones Complementarias dentro de Acciones Estratégicas. • Proyectos I+D (Deporte y actividad Física). • Proyectos I+D (Acción estratégica de Vertidos Marinos Accidentales). • Proyectos I+D (Acción estratégica de Nanociencia y Nanotecnología). • Proyectos PETRI. • Proyectos I+D en ERA Nets. • Proyectos del Plan Nacional I+D+i. • Biblioteca de Ayudas.

Bloque de Investigación y Desarrollo Tecnológico (I+DT): • Fomento a la investigación Técnica. • Acciones Complementarias (Fomento de la Investigación Técnica). • Proyectos Singulares y Estratégicos. • Redes Científico-Tecnológicas. • Programa Unipyme. Para obtener una información detallada de cada una de las tipologías de proyectos se aconseja visitar la página web del Ministerio.

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4.2.4. Proyectos de I+D+i financiados por otros Ministerios Existen otros ministerios que también subvencionan proyectos de I+D+i. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Proyectos de investigación relacionados con la Red de Parques Nacionales. MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Proyectos de investigación sobre drogodependencias. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN Proyectos conjuntos de investigación y acciones complementarias en el

marco del Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Cien-tífica entre España e Iberoamérica.

4.3. PROYECTOS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 4.3.1. Proyectos de ámbito regional En el momento de redactar esta memoria, todavía se está elaborando el nuevo plan de fomento de la Investigación Científica y Desarrollo tecnológico en la Comunitat Valenciana (Conselleria d’ Educació) para el periodo 2008-2011. Este Plan tiene como objetivo reforzar la competitividad empresarial y desarrollar programas de apoyo a la I+D+i industrial y a la Red de Institutos tecnológicos de la Comunidad Valenciana. En el momento de su publicación, se podrá acceder a través de la web: http://www.edu.gva.es/poci/es/planes_id.htm. Como alternativa y a modo de referencia, se describen a continuación los objetivos del Plan 2001-06: • Mejorar el nivel de excelencia y fortalecer la capacidad competitiva del

Sistema Valenciano de Ciencia-Tecnología-Empresa. • Incrementar los recursos totales (públicos y privados) destinados a la

I+D+i en la Comunidad Valenciana, hasta alcanzar el 2% del PIB en el 2006 y mejorar la eficiencia en la asignación de los mismos.

• Fomentar la integración vertical, la coordinación y la interrelación entre los diferentes agentes implicados en el sistema de ciencia, desarrollo tecno-lógico e innovación (e.g. Centros Tecnológicos, Centros de Investigación, Empresas, Departamentos e Institutos Universitarios).

• Reforzar los mecanismos de transferencia de los resultados de la investigación e incrementar la rentabilidad social y económica de los que ya existen, con el fin de que sean de la máxima utilidad para la sociedad valenciana.

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• Propiciar la participación del sector privado en el desarrollo de la innova-ción tecnológica como acción estratégica de las empresas valencianas y motor del desarrollo tecnológico y de la investigación.

• Fomentar la comunicación pública de la ciencia, así como la difusión y el

desarrollo de la cultura científica y tecnológica en la sociedad valenciana. • Coordinar las actividades del Gobierno Valenciano en materia de I+D+i

con las actuaciones de los gobiernos español y europeo en la Comunidad Valenciana, así como establecer relaciones de cooperación con otros agentes, tanto nacionales como internacionales.

Como orientación puede consultarse el Calendario de Ayudas (GVA; IMPIVA; UPV) en la Comunitat Valenciana durante 2007. Normalmente el enfoque de las ayudas y su designación son similares todos los años. En el marco del programa Plan Valenciano de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, se pueden solicitar las siguientes ayudas a la Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia: • Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i para equipos de investi-

gación emergentes o de reciente creación. • Ayudas para la realización de acciones especiales de I+D+i. • Ayudas complementarias para proyectos de I+D+i. • Ayudas para la adquisición, renovación o mejora de infraestructuras para

grupos de investigación. • Ayudas para la constitución de una red de grupos y centros de investiga-

ción para atender la demanda científico-tecnológica de las empresas Co-munidad Valenciana (Red Valenciana de Investigación Vinculada, REVIV).

De forma adicional, dentro de la Dirección General de Política Científica, existen diferentes servicios como: Servicio de gestión de la Investigación, que gestiona:

• Becas y ayudas para la formación de personal investigador de carácter predoctoral.

• Becas para estancias de becarios y contratados predoctorales en Centros

de Investigación fuera de la Comunidad Valenciana. • Ayudas para estancias de doctores en Centros de Investigación de

excelencia de la Comunidad Valenciana.

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• Renovación de becas postdoctorales de excelencia para estancias en Centros extranjeros.

• Renovación de becas y ayudas para la formación de personal técnico

de apoyo a la investigación. • Renovación de ayudas para apoyar la contratación de doctores por

Entidades con finalidad investigadora. • Becas para estancias en Centros de investigación fuera de la Comuni-

dad Valenciana, dirigidas a profesores e investigadores de Universida-des y Centros de Investigación de la Comunidad Valenciana.

• Ayudas para el desarrollo de acciones científicas del programa de investi-

gación de excelencia PROMETEO. • Ayudas para la organización y difusión de congresos y jornadas de

carácter científico, tecnológico, humanístico o artístico. Servicio de Programas de Investigación. Servicio de Promoción de la Investigación y Transferencia Tecnológica. No obstante, para obtener una información ampliada sobre el Programa de Investigación de la Consellería se sugiere acceder a la dirección web: http://www.gva.es/industria/invest/ocyt/opvi/castellano/progr1.htm. 4.4. PROGRAMA PROPIO DE LA UPV Con el objeto de fomentar la investigación, la UPV convoca sus propios progra-mas de ayudas a la investigación a través del Vicerrectorado de Innovación y Desarrollo. Básicamente, existen dos programas propios en la UPV que incluyen diversas ayudas y servicios. En 2008 los programas y ayudas asociados fueron: Programas de Apoyo a la Investigación y Desarrollo (PAIDs): • Movilidad: о Ayudas para estancias del PDI en Centros de Investigación de prestigio. о Ayudas para estancias en la UPV de investigadores de prestigio. о Bolsas de viaje para la asistencia a congresos. • Iniciativas de Investigación: о Ayudas para la organización de congresos y reuniones de investigación. о Ayudas para realizar los primeros proyectos de investigación.

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о Ayudas para realizar proyectos de investigación interdisciplinares. о Ayudas para la edición de revistas de investigación. о Ayudas para cofinanciar estructura científica. • Formación de Personal: о Becas para Formación de Personal Investigador (FPI) de la UPV. о Becas de Excelencia de la UPV. • Acciones especiales: о Ayudas para costear la publicación de artículos científicos. о Pertenencia a comités científicos y editoriales. о Elaboración de proyectos de investigación. о Otras acciones estratégicas. De todas estas ayudas, la más interesante para los investigadores noveles

es la correspondiente a “Primeros proyectos de investigación”, la cual está dirigida a investigadores que quieran iniciar una investigación y no dispongan de otras fuentes de financiación, con la finalidad de que pue-dan acceder posteriormente a convocatorias competitivas.

Programa de incentivo a la innovación (INNOVA): El Programa INNOVA tiene como objetivo proporcionar ayudas e incen-

tivos para el fomento de determinadas actividades de promoción y desarro-llo de oportunidades tecnológicas de las estructuras de investigación de la UPV. Las principales líneas de apoyo de este programa consisten en:

• Ofertas de proyectos y acciones de I+D y apoyo técnico de los grupos

a nuevos clientes. • Reuniones empresa-grupo con nuevos clientes en que se intercambien

necesidades y potencialidades concretas que conduzcan a actividades I+D+i.

• Primas por incorporación de doctores y tecnólogos a empresas con las

que se tengan establecidos acuerdos de I+D o de transferencia de tecnología.

• Primas de fidelización por el sostenimiento y/o incremento de la rela-

ción de I+D+i con empresas y otros terceros. • Planes de explotación o planes de negocio de spin-off para comercializar la

tecnología de la UPV y acciones clave desarrolladas en el marco de éstos. • Acciones especiales en innovación de interés estratégico para la UPV.

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TEMA 5 BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN

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5.1. POLIBUSCADOR El Polibuscador es el portal de recursos electrónicos del Área de Biblioteca y Documentación Científica de la UPV. Se trata de una potente herramienta para la búsqueda de información científica en la red. Dada la diversidad de utilidades de este buscador, en este capítulo sólo describiremos unas cuantas, dejando al lector la opción de profundizar posteriormente en su manejo. En concreto, se ofrecerán una serie de directrices para: i) iniciar búsquedas, ii) consultar información relativa a una determinada revista, iii) localizar artículos en revistas, iv) buscar páginas y links de editoriales, v) acceder a bases de datos. 5.1.1. Iniciar búsquedas El polibuscador permite localizar comunicaciones a congresos, patentes, artículos científicos o realizar búsquedas simultáneas en varios recursos de información. En el Polibuscador se aconseja seleccionar la opción de “Bús-queda rápida” y una vez se accede a esta opción se concreta si se desea una búsqueda simple o avanzada. En la opción avanzada es posible acotar o concretar la búsqueda por autores, materias, títulos, ISNBs, ISSNs, años de publicación, etc.

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5.1.2. Acceder a una revista Una forma sencilla y rápida de acceder a la información sobre una revista determinada consiste en escribir su título completo o parte del mismo en la opción “Buscar revista-e”. Por ejemplo, estamos interesados en localizar una revista especializada en genética de plantas (llamada Theoretical and Applied Genetics) de la que sólo recordamos una parte del título: “… Applied Gene-tics”. La forma de proceder sería teclear ese fragmento conocido del título en la pantalla/pestaña “Buscar revista-e”:

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Como resultado obtendremos un listado como éste:

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Una vez localizada esa revista, existen dos posibles acciones: i) acceder a una pequeña ficha con información adicional sobre la revista (opción “i”, prime-ra pantalla debajo) o ii) acceder directamente a la página web de la revista (opción “s”, segunda pantalla debajo).

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5.1.3. Localizar artículos en revistas La opción más común es a través del Polibuscador. En la pantalla/pestaña de “Búsqueda rápida” hay que introducir palabras claves (keywords) relacio-nadas con el tema de nuestro interés. Por ejemplo, si estamos interesados en estudios de diversidad genética dentro del género Cucumis (melones, pepinos), podríamos introducir palabras clave como “Cucumis”, “Molecular Markers” “Diversity” dentro de la Materia “Agricultura”.

A diferencia de otras opciones, en este caso es habitual que el motor de búsqueda tarde unos minutos en cargar toda la información (parpadeará la palabra “buscando”). Por ello, se aconseja esperar a que la búsqueda finalice y nos ofrezca un listado de títulos de publicaciones similar al que se ofrece en la imagen inferior. Sobre este listado, seleccionaremos aquellos artículos que mas se ajusten a nuestras preferencias o que por su título más nos interesen. Por ejemplo, nos interesa el artículo titulado “Molecular variation in melon (Cucumis melo L.) as revealed by RFLP and RAPD markers” de Silberstein y colaboradores (marcado con una elipse).

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Si marcamos el título de este trabajo se abrirá una pestaña (imagen inferior) que incluye información relativa al mismo (autores, año de publicación y un pequeño resumen del trabajo). Asimismo, es posible acceder al contenido completo del artículo a través del icono o el enlace que aparece en la parte inferior (negrita y subrayado).

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Si pulsamos cualquiera de estas dos posibilidades se nos abrirá otra panta-lla correspondiente a Science Direct que incluye el texto completo y toda la información relativa al artículo en cuestión (autores, revista en la que está publicada, año, volumen, número, número de páginas y un sinfín de posibilidades) así como la posibilidad de acceder a la versión pdf (marcados con círculo). Al pinchar en las opciones pdf se abrirá una pantalla con el artículo completo en esa versión.

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Como alternativa a este procedimiento, existe la posibilidad de entrar direc-tamente en la página WEB de ScienceDirect (http://www.sciencedirect.com/). En esa pantalla se deben introducir palabras clave relacionadas con el tema de nuestro interés (e.g. “Cucumis diversity”). Con ello se abrirá un listado como el que se incluye debajo. Si estuviéra-mos interesados en obtener una versión completa de un trabajo, como, por ejemplo, el de hibridación somática entre C. melo y C. myriocarpus (marcado con un círculo), vemos que está disponible la versión pdf. Bastaría pinchar en su “pdf” para acceder a la versión completa del artículo en cuestión.

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5.2. PRINCIPALES BASES DE DATOS Como se mencionó anteriormente, el Polibuscador permite buscar recursos electrónicos como bases de datos. Para ello, se accede a la opción “Buscar recursos-e” donde podemos buscar seleccionando dentro de un completo listado alfabético (pestaña “Título”), o mediante alguna palabra clave y/o por materias (pestañas “Buscar” o “Materia”):

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5.2.1. ISI Web of Knowledge El Institute for Scientific Information (ISI) ha desarrollado la base de datos ISI Web of Knowledge, que también se conoce como Web Of Science. Se trata de un portal de búsqueda y consulta de información científica y académica que proporciona acceso a las bases de datos más relevantes para los investigado-res. Entre ellas están Science Citation Index, Social Sciences Citation Index o Arts & Humanities Citation Index. Para acceder a la ISI Web of Knowledge hay que estar suscrito. Todas las Universidades españolas, incluida la UPV, tienen acceso gratuito en virtud de un acuerdo suscrito entre El MEC con el ISI. Para buscar información se procede de forma similar a otros buscadores. Tras acceder a la página principal de la Universidad Politécnica de Valencia, concretamente el servidor de Biblioteca, o bien a través del Polibuscador, se accede a la pestaña “Buscar Recurso-e”. Llegados a ese punto, se escribe “Web” en la casilla “Título” y se pulsa “Ir”.

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Con ello obtendremos un listado sobre el que podremos seleccionar varias bases de datos. Entre ellas la Web of Knowledge, Web of Science, Journal Citation Report (ISI): on the web (1998- ), etc.

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Si pulsamos en la opción Web of Knowledge se accede a la página inicial de esta base de datos, a partir de la cuál se puede realizar una búsqueda general. También es posible realizar una búsqueda avanzada seleccionando bases de datos concretas (a través de la pestaña “Select a Database”). En este ejemplo procederemos buscando al autor “Bosland P.W.” en el tema “Capsicum” y dentro del Science Citation Index Expanded. La búsqueda arro-jará un listado de publicaciones del autor.

Llegados a este punto, existen múltiples posibilidades. Se puede tener ac-ceso a los artículos del autor, o a datos el autor en cuestión, como su “citation report” mediante la opción “create citation report” (debajo). También es posible acotar la búsqueda mediante la opción “Refine results”. En todo caso, dejamos al lector la posibilidad de explorar todas las opciones.

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5.2.2. CAB Abstracts El CAB Abstracts es probablemente la base de datos internacional más completa sobre la investigación en agricultura y otras disciplinas relacionadas como, entre otras, biotecnología, ciencias forestales, medio ambiente, nutrición humana, silvicultura, salud humana y animal o tecnología de los alimentos. Incluye referencias a artículos en revistas, actas de congresos y proceedings, libros y capítulos de libros, informes técnicos, etc. Se puede acceder desde la ventana “Recursos-e” del Polibuscador, donde se selecciona la opción “CAB Abstracts”. Una vez se accede a la Página de esta base de datos, ya se puede buscar por palabras clave, nombres de autor, etc. Si se busca por nombre de un autor determinado, el servidor nos ofrecerá un listado con todas sus publicaciones relativas a los temas mencionados. Sobre el listado también es posible acceder a algunos artículos completos cuando están disponibles. Por ejemplo, para el autor “Prohens” se procedería:

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En esta misma página o pantalla, también es posible realizar una búsqueda avanzada ya que permite introducir hasta tres términos de búsqueda en cual-quiera de los campos que ofrece. 5.2.3. Agricola La base de datos Agrícola recoge información bibliográfica sobre documen-tos norteamericanos relacionados con la agricultura y ciencias de la vida. Contiene citas de artículos, tesis doctorales, patentes, monografías, informes técnicos, material audiovisual y softwares, etc. Asimismo, también incluye docu-mentos del repositorio del United States Department of Agriculture (USDA). Para acceder y hacer uso de esta base de datos se procede de forma si-milar a la descrita para “CAB Abstracts”. En primer lugar se accede a la ventana “Recursos-e” del Polibuscador, donde se selecciona la opción “Agrícolas”. Una vez se accede a la página de esta base de datos, ya se puede buscar por palabras clave, nombres de autor, etc. También existe una opción de “Bus-queda avanzada” mediante la cual se pueden combinar palabras clave y/o nombres de autores.

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Pulsando en el título “AGRICOLA” accederemos a una pantalla similar a la correspondiente a CAB Abstracts, donde, como se puede ver en la figura si-guiente, podremos realizar una búsqueda avanzada de hasta tres términos para diversas categorías (e.g. autor, año, abstract, ISSN, ISBN, título).

Por ejemplo, para la combinación “Bosland” (autor) y “Capsicum” (abstract) la búsqueda arrojaría el siguiente resultado:

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Según la publicación, es posible que sobre el listado podamos acceder al texto completo de alguna de las publicaciones o se nos indique su disponibili-dad en la UPV (formato electrónico, fondos en papel de la hemeroteca, etc.). Al pinchar sobre la opción “Registro completo” de un trabajo se abre una nueva pantalla que contiene la siguiente información:

5.2.4. NCBI La página web del Nacional Center for Biotechnology information (NCBI) recoge información biotecnología de diversa índole, desde secuencias de genes hasta información bibliográfica. La base de datos bibliográfica se llama PubMed, y se divide en ‘PubMed central’ donde se encuentran los artículos completos y ‘PubMed’ donde además de artículos completos encontramos más citas y resúmenes (aunque el texto no este disponible libremente).

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Para iniciar la búsqueda se debe seleccionar la opción “All database” y seleccionar la base de datos conveniente, en nuestro caso PubMed central.

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Como en otras bases de datos se puede realizar una búsqueda por diferen-tes campos como: tema, autor, revista etc. Se introduce el término o términos a buscar y como resultado aparece una página con todas las entradas corres-pondientes a la búsqueda. Para cada entrada aparece un link al abstract, al texto completo en versión HTML (si es de acceso libre) y al texto completo en PDF (si es de acceso libre).

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5.3. NUESTRAS PUBLICACIONES. CÓMO AVERIGUAR QUÉ AUTORES LAS CITAN Y EL NÚMERO DE CITAS QUE RECIBEN En ocasiones, para justificar la calidad científica de alguno de nuestros artí-culos, es interesante conocer el número de citas que recibe, los autores que lo citan, la fecha de citación o incluso en qué artículos de otros autores ha sido citado. Existen diversas formas de averiguarlo, aunque la más común es acudir a la base de datos Web of Science/ISI Web of Knowledge. Tras acceder a la página principal de esta base de datos (concretamente en la pestaña “Web of Science”), tal y cómo se ha descrito anteriormente, se trata de pinchar en la opción “Cited Reference Search” y se introduce un dato relati-vo al trabajo en cuestión: tema, título, autor, año de la publicación, etc. Para ilustrarlo vamos a proceder con un ejemplo con el autor P.W. Bosland. En la pantalla del Web of Science, se introduce el nombre del autor, especi-ficando la búsqueda en categoría de autor. Al pulsar la opción “Search” nos ofrecerá un listado de artículos de este autor, que incluye como información complementaria el número de citas hasta la fecha de cada uno de los artículos (“Times cited”, marcado con elipse).

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Llegados a este punto, se puede pinchar sobre el título de un determinado artículo y con ello se amplía la información sobre el mismo (título, autores, re-vista, abstract, keywords, fecha de publicación) así como referencias a los tra-bajos que han citado el artículo en cuestión (columna de la derecha).

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De forma alternativa, si sólo estamos interesados en obtener un listado de los trabajos en los que el artículo en cuestión ha sido citado, porque también pueden ser interesantes, basta con pulsar sobre el número de citas del artículo (“Times cited: 15”). Con esta opción se obtiene un listado de los artículos que citan el artículo en cuestión. Adicionalmente, este listado se puede ordenar por varios criterios: nombre del primer autor, fuente, año de publicación, número de veces citado, etc.

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TEMA 6 DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS

DE INVESTIGACIÓN

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6.1. REVISTAS CIENTÍFICAS Dentro de los criterios de evaluación por los que se rigen los procesos de acreditación y evaluación del Profesorado universitario se considera mérito preferente las publicaciones científicas en revistas que disponen de un sistema de revisión por pares y, más concretamente, los trabajos publicados en revistas de reconocido prestigio, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos del Subject Category Listing del Journal Citation Reports (JCR) del Science Citation Index (SCI). Este listado presenta datos estadísticos que proporcionan una manera sistemática y objetiva de determinar la importancia relativa de las revistas dentro de sus categorías temáticas. 6.1.1. Journal Citation Report El listado de referencia es el Journal Citation Reports (JCR). Se trata de una base de datos que ofrece un amplio espectro de aplicaciones prácticas para los profesionales de la investigación. Está producida por Thomson scien-tific (scientific.thomson.com/es/) anteriormente llamada Thomson ISI (Institute for Scientific Information). Contiene información relativa a más de 6000 revis-tas en el apartado Science, agrupadas en más de 170 categorías temáticas. El JCR presenta datos estadísticos que permiten una manera sistemática y objetiva de determinar la importancia relativa de revistas dentro de sus catego-rías temáticas. Entre otros datos, el JCR permite saber cuáles son las publica-ciones que se citan más rápidamente (factor de inmediatez) y cuáles tienen mayor impacto en la comunidad científica (impact factor). Desde la perspectiva del investigador, los dos usos más habituales del JCR son: • Identificar las revistas más influyentes en las que se quiere publicar artículos. • Comprobar el factor de impacto de una revista determinada. 6.1.1.1. Consultar el JCR La consulta al JCR se realiza a partir de la ISI Web of Knowledge (www.isiwebofknowledge.com), que es la plataforma común que permite acce-der a todas las bases de datos de Thomson Scientific (e.g. Web of Science, Current Contents Connect, ISI Proceedings, Medline, Web Citation Index, Journal Citation Report). Es posible acceder a través de la Universidad Politécnica mediante el Portal de acceso de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), que es una entidad dependiente del Ministerio de Edu-cación y Ciencia.

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Una forma de acceder al JCR es partiendo de la intraweb de la Biblioteca de la UPV y seguir los siguientes pasos: 1. Pinchar en “Catálogos de la Biblioteca”.

2. Pinchar en “Biblioteca Digital”.

3. Pinchar en “Bases de Datos”.

4. Ordenar la búsqueda para “JCR”. Otra opción consiste en acceder a través del Polibuscador, que, como se mencionó en el capítulo anterior, es el portal de recursos electrónicos del Área de Biblioteca y Documentación Científica de la UPV. En el menú del Polibuscador se selecciona la opción “Buscar recurso-e” y, una vez dentro de ésta, se busca “JCR” en el apartado “Título”. Una vez se accede a la página principal de esta base de datos, se puede elegir la opción JCR Science Edition del año en el que estemos interesados (dentro de la opción 1998-….), aunque también existe la opción de buscar en años anteriores (1994-2000). En la misma pantalla también es posible selec-cionar opciones como ver un listado con todas las revistas o bien acotar la búsqueda para: i) obtener listados de revistas para determinadas categorías o ii) buscar una revista determinada.

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Lo más habitual es elegir la opción “” (listado de revistas por categorías). Una vez elegida esta opción accedemos a un menú que ofrece un listado de categorías. Sobre ese menú se elegirá la categoría en la que estemos más interesados y, opcionalmente, existe la posibilidad de obtener el listado de revistas de esa categoría ordenado en base a su título, o índices de calidad como el factor de impacto, número de citas totales, índice de inmediatez, etc.

Por ejemplo, si elegimos la opción JCR correspondiente a 2007, con un listado de revistas para la categoría “Biotechnology & Applied Microbiology” y ordenado por el “Impact Factor” obtendremos como resultado:

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Como se puede ver, este menú ofrece información relativa a las 138 revis-tas de esta categoría científica (ISSN, abreviatura oficial, índices de calidad como el ranking dentro de la categoría (según el criterio seleccionado), número total de citas a cada revista, su factor de impacto, índice de inmediatez, vida media de las citas recibidas, etc.). Existe la opción de averiguar más sobre cada revista, basta con pinchar en su título abreviado. Con ello, se abre un nuevo menú que amplia la informa-ción relativa a la revista, incluyendo la evolución de diversos índices de calidad en los últimos años. En el siguiente punto describiremos en qué consisten y cómo se estiman los principales índices de calidad. 6.1.1.2. Índices de calidad en revistas del JCR Existen varios índices para valorar la calidad de una revista científica. Entre los más utilizados destacamos los ya mencionados factor de impacto, índice de inmediatez, vida media de citas recibidas, número total de citas recibidas. • Factor de impacto (Impact factor, IF). Este índice se estima anualmente como el cociente entre el número de

citas que reciben los artículos publicados en los dos años anteriores y el número de esos artículos. El IF permite evaluar la importancia relativa de una revista, por comparación con otras de la misma categoría o disciplina científica. Por ejemplo, en el caso del IF disponible más reciente (año 2007):

FI 2007 = (nº citas artículos 2005+2006) / (nº artículos publicados 2005+2006) En el caso de la publicación Stem Cells, el FI es de 7.531 y se estima: Citas en 2007 a artículos de 2006 publicados en Stem Cells = 2076

Citas en 2007 a artículos de 2005 publicados en Stem Cells = 1441

Suma citas en 2007 a artículos publicados en 2005 y 2006 = 3517 Número de artículos publicados en 2006 por Stem Cells = 303

Número de artículos publicados en 2005 por Stem Cells = 164

Suma de artículos publicados en 2006 por Stem Cells = 303 IF = 3517/467 = 7.531

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• Índice de inmediatez (Immediacy Index, II). Este índice se calcula dividiendo el número de citas a artículos publicados

en el año más reciente por el número de artículos publicados en ese año. Por ejemplo, en la revista Stem Cells se estimaría como: Cites in 2007 to articles published in 2007 = 479

Number of articles published in 2007 = 360 Immediacy Index: Cites to current articles 479

Number of current articles 360 = 1.331

• Vida media de citas recibidas (cited half-life). La vida media de citas recibidas es la “edad media” de los artículos de

esta revista que se citan en el año en curso del JCR. Se estima como la “edad” a la que se acumulan la mitad de las citas recibidas por el Journal. Para ilustrar la explicación sirva el ejemplo de Stem Cells. La estima se realiza sobre una tabla como ésta:

Cited Year 07 06 05 04 03 02 01 00

Cites from 2007 479 2076 1441 1192 503 347 377 145

Cumulative % 6.57 35.03 54.79 71.14 78.03 82.79 87.96 89.95

Como se puede observar El 50% de las citas correspondientes a 2008 se

acumula entre el 2006 y el 2005. Por una simple regla de tres se infiere que la cited half-life del Journal Stem Cells es de 2,8 años.

Este índice permite está más relacionado con el dinamismo de los temas

y trabajos publicados por una revista determinada o, lo que es lo mismo, su nivel de vanguardia científica. Cuanto más bajo es el índice, significa que es una buena referencia para los trabajos más recientes de su cate-goría.

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6.1.2. Revistas indexadas con mayor relevancia para el Departamento de Biotecnología de la UPV En el departamento de biotecnología coexisten tres áreas de conocimiento: Bioquímica, Genética y Microbiología. Es por ello que los profesores del depar-tamento publican sus resultados de investigación en revistas pertenecientes a diferentes categorías del JCR. Las categorías que se han tenido en cuenta a la hora de realizar un listado de las revistas más relevantes en el DB son aquellas en las que suelen publi-car los profesores con más currículo. Cabe destacar que algunas categorías son casi exclusivas de algunas áreas mientras que otras son compartidas. Por otro lado hay que destacar que las categorías del JCR no son independientes entre sí, por lo que puede haber revistas indexadas en más de una categoría, variando su posición en el ranking a la hora de clasificarlas por su factor de impacto o índice de inmediatez. Este punto debe de ser tenido en cuenta por el profesor a la hora de reflejar sus méritos para las acreditaciones y habilita-ciones ya que en muchos casos suele considerarse en primer lugar la publica-ción de artículos en revistas en el primer tercio de su categoría. Las categorías en la que se engloban las revistas más relevantes para el Departamento de Biotecnología son, por orden alfabético: Agronomía (Agronomy and agriculture multidisciplinar). Biofísica (Biophysics). Biología celular (Cell biology). Biología evolutiva (Evolutionary biology). Biología matemática y computacional (Mathematical and computional

biology). Bioquímica y biología molecular (Biochemistry and molecular biology). Biotecnología y microbiología aplicada (Biotechnology and applied mi-

crobiology). Ciencia y tecnología de alimentos (Food science and technology). Ciencias medioambientales (Environmental sciences). Ciencias vegetales (Plant Sciences). Genética y herencia (Genetics and Heredity). Horticultura (Horticultura). Métodos de investigación bioquímica (Biochemicla research methods). Microbiología (Microbiology).

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Patología (Pathology). Química analítica (Chemistry analytical). Química aplicada (Chemistry applied). Virología (Virology). En las páginas siguientes se presentas los listados procedentes del JCR de las categorías más relevantes de las indicadas anteriormente, ordenadas por su factor de impacto correspondiente al año 2007. Sin embargo, dependiendo del ámbito de interés de cada profesor deberá revisar sus categorías más afines. Para cada una de las revistas se indica su título abreviado, ISSN, número de citas en 2007 (NC), factor de impacto (FI), índice de inmediatez (II), número de artículos en 2007 (NA) y vida media de las citas (VM). Listados por categoría: Agronomía Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 THEOR APPL GENET 0040-5752 15664 3.137 0.511 227 7.4

2 ADV AGRON 0065-2113 1761 2.773 0.333 27 >10.0

3 MOL BREEDING 1380-3743 1818 2.357 0.388 67 6.6

4 AGR FOREST METEOROL 0168-1923 5306 2.323 0.544 114 7.6

5 PLANT PATHOL 0032-0862 2563 2.012 0.290 145 8.1

6 PEST MANAG SCI 1526-498X 2175 1.867 0.278 151 4.7

7 PLANT SOIL 0032-079X 12350 1.821 0.215 279 9.6

8 FIELD CROP RES 0378-4290 3324 1.664 0.414 145 7.7

9 POSTHARVEST BIOL TEC 0925-5214 3151 1.590 0.275 167 5.7

10 EUR J AGRON 1161-0301 1544 1.503 0.357 70 5.1

11 EUR J PLANT PATHOL 0929-1873 2040 1.482 0.243 115 6.0

12 AGRON J 0002-1962 7303 1.413 0.425 200 >10.0

13 AGR WATER MANAGE 0378-3774 1989 1.388 0.223 175 5.5

14 WEED RES 0043-1737 1577 1.352 0.155 58 10.0

15 WEED SCI 0043-1745 3631 1.299 0.232 99 >10.0

16 IND CROP PROD 0926-6690 1028 1.199 0.103 78 5.8

17 CEREAL RES COMMUN 0133-3720 831 1.190 0.009 347 2.6

18 CROP SCI 0011-183X 10858 1.151 0.280 343 >10.0

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Continuación:

19 CROP PROT 0261-2194 2195 1.129 0.153 235 6.4

20 PLANT BREEDING 0179-9541 1843 1.092 0.161 118 7.3

21 J PLANT NUTR SOIL SC 1436-8730 1068 1.082 0.177 96 5.1

22 BREEDING SCI 1344-7610 492 1.079 0.077 39 5.7

23 EUPHYTICA 0014-2336 4701 1.050 0.357 230 8.7

24 GRASS FORAGE SCI 0142-5242 1022 1.035 0.574 47 9.9

25 AGRON SUSTAIN DEV 1774-0746 102 1.000 0.159 44 2.2

26 J AGRON CROP SCI 0931-2250 703 0.891 0.222 45 7.0

27 WEED TECHNOL 0890-037X 2352 0.858 0.038 183 7.8

28 AM J POTATO RES 1099-209X 324 0.792 0.095 42 5.6

29 GENET RESOUR CROP ev 0925-9864 980 0.731 0.071 169 5.8

30 PLANT PROD SCI 1343-943X 309 0.729 0.167 60 4.2

31 CAN J PLANT SCI 0008-4220 2276 0.722 0.071 113 >10.0

32 SOIL SCI PLANT NUTR 0038-0768 1418 0.690 0.207 87 9.7

33 EXP AGR 0014-4797 513 0.678 0.161 31 >10.0

34 ALLELOPATHY J 0971-4693 271 0.672 0.115 96 4.5

35 IRRIG DRAIN 1531-0353 294 0.623 0.288 66 5.2

36 BEE WORLD 0005-772X 380 0.619 0 >10.0

37 AGROFOREST SYST 0167-4366 1257 0.603 0.067 60 8.4

38 SEED SCI TECHNOL 0251-0952 928 0.562 0.067 75 >10.0

39 BIOL AGRIC HORTIC 0144-8765 341 0.490 0.000 18 >10.0

40 ACTA AGR SCAND B-S P 0906-4710 239 0.462 0.082 49 8.3

40 COMMUN SOIL SCI PLAN 0010-3624 2723 0.462 0.011 189 >10.0

42 TURK J AGRIC FOR 1300-011X 202 0.422 0.043 47 5.4

43 J AM POMOL SOC 1527-3741 115 0.404 0.241 29 4.3

44 WEED BIOL MANAG 1444-6162 116 0.382 0.059 34 4.2

45 NEW ZEAL J CROP HORT 0114-0671 267 0.248 0.020 50 >10.0

46 TROP GRASSLANDS 0049-4763 269 0.195 0.419 31 >10.0

47 INT SUGAR J 0020-8841 190 0.181 0.067 75 7.3

48 CAH AGRIC 1166-7699 106 0.128 0.107 121 4.3

49 REV FITOTEC MEX 0187-7380 54 0.110 0.000 54

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Bioquímica y biología molecular Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 ANNU REV BIOCHEM 0066-4154 16587 31.190 5.242 33 9.2

2 CELL 0092-8674 136514 29.887 6.402 366 8.7

3 NAT MED 1078-8956 45986 26.382 6.342 149 5.7

4 ANNU REV BIOPH BIOM 1056-8700 4298 17.757 2.409 22 7.8

5 TRENDS BIOCHEM SCI 0968-0004 14884 14.994 2.500 70 7.2

6 NAT CHEM BIOL 1552-4450 1990 13.683 3.691 81 1.8

7 PLOS BIOL 1544-9173 9223 13.501 2.855 228 2.6

8 MOL CELL 1097-2765 32259 13.156 3.010 315 4.6

9 CYTOKINE GROWTH F R 1359-6101 3404 11.816 0.784 51 4.4

10 GENOME RES 1088-9051 18495 11.224 1.858 197 4.6

11 PROG LIPID RES 0163-7827 2565 11.194 0.938 16 5.8

12 NAT STRUCT MOL BIOL 1545-9985 16577 11.085 3.025 160 5.8

13 MOL PSYCHIATR 1359-4184 7900 10.900 1.910 89 4.3

14 CURR BIOL 0960-9822 30816 10.539 2.407 332 5.0

15 CURR OPIN STRUC BIOL 0959-440X 8278 10.150 0.802 91 5.5

16 MOL SYST BIOL 1744-4292 757 9.954 1.651 63 1.6

17 PLANT CELL 1040-4651 27508 9.653 1.579 280 5.8

18 CRIT REV BIOCHEM MOL 1040-9238 2074 8.933 0.857 21 9.8

19 EMBO J 0261-4189 74734 8.662 2.086 454 8.0

20 CELL DEATH DIFFER 1350-9047 8756 8.254 2.075 199 4.0

21 HUM MOL GENET 0964-6906 25423 7.806 1.100 320 5.5

22 NAT PROD REP 0265-0568 3063 7.667 1.672 64 5.7

23 TRENDS MICROBIOL 0966-842X 5700 7.618 0.974 77 5.5

24 CURR OPIN CHEM BIOL 1367-5931 5996 7.588 0.988 83 4.9

25 EMBO REP 1469-221X 7129 7.450 1.530 149 3.9

26 MOL ASPECTS MED 0098-2997 1291 7.386 1.300 30 4.3

27 BBA-REV CANCER 0304-419X 1955 7.264 2.741 27 5.5

28 TRENDS MOL MED 1471-4914 3762 7.244 1.984 63 3.7

29 NUCLEIC ACIDS RES 0305-1048 83534 6.954 1.589 1012 6.5

30 J CELL MOL MED 1582-1838 1801 6.807 0.408 103 2.8

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132

Continuación:

31 FASEB J 0892-6638 32421 6.791 1.361 388 6.0

32 ONCOGENE 0950-9232 52737 6.440 1.444 793 5.3

33 MOL BIOL EVOL 0737-4038 19138 6.438 1.540 278 6.9

34 MOL CELL BIOL 0270-7306 69609 6.420 1.307 733 6.9

35 CURR OPIN LIPIDOL 0957-9672 2961 6.194 1.000 66 5.2

36 MOL INTERV 1534-0384 867 6.000 0.643 14 4.2

37 RNA 1355-8382 7819 5.840 0.929 226 4.2

38 ADV PROTEIN CHEM 0065-3233 2649 5.786 0.333 6 >10.0

39 CHEM BIOL 1074-5521 7374 5.718 1.525 118 5.3

40 J BIOL CHEM 0021-9258 407853 5.581 1.094 3902 7.1

41 ANTIOXID REDOX SIGN 1523-0864 3853 5.484 1.028 180 2.8

42 PROTEOMICS 1615-9853 11786 5.479 0.628 401 2.9

43 MOL MICROBIOL 0950-382X 31325 5.462 1.247 486 6.1

44 BIOESSAYS 0265-9247 8421 5.402 0.971 137 6.1

45 CELL MOL LIFE SCI 1420-682X 9749 5.239 0.597 273 4.4

46 STRUCTURE 0969-2126 9623 5.231 1.036 140 6.4

47 MOL ECOL 0962-1083 17183 5.169 0.732 395 5.3

48 PROG BIOPHYS MOL BIO 0079-6107 2580 5.009 1.159 44 7.1

49 CURR MED CHEM 0929-8673 6542 4.944 0.559 261 3.9

50 ADV MICROB PHYSIOL 0065-2911 870 4.900 1.250 4 9.3

51 FREE RADICAL BIO MED 0891-5849 22871 4.813 0.923 323 7.1

52 GENE THER 0969-7128 9122 4.812 1.080 188 5.5

53 ACS CHEM BIOL 1554-8929 390 4.741 1.278 90 1.3

54 AM J RESP CELL MOL 1044-1549 9423 4.608 1.095 168 6.5

55 CURR DRUG METAB 1389-2002 1459 4.490 0.534 73 3.8

56 J MOL BIOL 0022-2836 65031 4.472 0.899 1117 8.3

57 J NEUROCHEM 0022-3042 34937 4.451 0.656 717 7.1

58 PROG NUCLEIC ACID RE 0079-6603 1710 4.448 7.6

59 BIOCONJUGATE CHEM 1043-1802 7295 4.384 0.616 279 5.0

60 BBA-MOL CELL RES 0167-4889 5328 4.374 0.692 169 4.0

61 CHROMOSOMA 0009-5915 3202 4.337 1.304 46 >10.0

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GUÍA DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CARRERA DEL PROFESORADO 27. DEPARTAMENTO DE BIOTECNOLOGÍA

133

Continuación:

62 J LIPID RES 0022-2275 14985 4.336 0.817 273 7.6

63 MOL PLANT MICROBE IN 0894-0282 6272 4.275 0.910 133 6.2

64 BIOMACROMOLECULES 1525-7797 9111 4.169 0.489 534 3.3

65 MOL BIOSYST 1742-206X 442 4.121 0.855 76 1.9

66 BBA-MOL BASIS DIS 0925-4439 3515 4.041 0.869 130 5.3

67 BIOCHEM J 0264-6021 48643 4.009 1.192 468 9.5

67 INT J BIOCHEM CELL B 1357-2725 7408 4.009 0.991 216 4.5

69 EUR J HUM GENET 1018-4813 4141 4.003 0.816 174 4.3

70 MOL PHYLOGENET EVOL 1055-7903 8850 3.994 0.704 345 4.6

71 ESSAYS BIOCHEM 0071-1365 496 3.893 0.250 12 5.4

72 VITAM HORM 0083-6729 968 3.889 0.286 14 5.7

73 GLYCOBIOLOGY 0959-6658 4567 3.886 1.000 125 5.7

74 MOL MEMBR BIOL 0968-7688 1205 3.870 0.312 48 4.7

75 PLANT MOL BIOL 0167-4412 11838 3.847 0.783 175 7.8

76 BBA-BIOENERGETICS 0005-2728 5772 3.835 0.474 152 6.4

77 J MOL RECOGNIT 0952-3499 1465 3.767 0.453 53 5.3

78 REV PHYSIOL BIOCH P 0303-4240 1062 3.760 0.091 11 5.1

79 MOL IMMUNOL 0161-5890 5450 3.742 1.342 407 3.9

80 MOL CANCER 1476-4598 928 3.693 0.756 78 2.9

81 MATRIX BIOL 0945-053X 2760 3.687 0.714 63 6.6

82 J STRUCT BIOL 1047-8477 5328 3.677 1.047 193 6.4

83 METHODS 1046-2023 6001 3.667 0.485 130 6.1

84 J INORG BIOCHEM 0162-0134 6680 3.663 0.430 221 5.1

85 BBA-BIOMEMBRANES 0005-2736 7805 3.640 0.576 314 5.9

86 BBA-MOL CELL BIOL L 1388-1981 4015 3.539 0.813 139 5.4

87 J NUTR BIOCHEM 0955-2863 2911 3.507 0.708 96 5.1

88 CHROMOSOME RES 0967-3849 1866 3.469 0.671 85 4.8

89 BIOCHEM SOC T 0300-5127 8501 3.447 0.479 388 4.5

90 CHEMBIOCHEM 1439-4227 4661 3.446 0.714 287 3.3

91 FEBS J 1742-464X 3777 3.396 0.585 545 2.1

92 J CELL BIOCHEM 0730-2312 10745 3.381 0.597 404 4.9

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134

Continuación:

93 BMC MOL BIOL 1471-2199 468 3.371 0.202 119 2.7

93 J ENDOTOXIN RES 0968-0519 1031 3.371 0.114 35 4.4

95 BIOCHEMISTRY-US 0006-2960 93411 3.368 0.706 1474 9.2

96 PROTEINS 0887-3585 13283 3.354 0.679 408 5.6

97 J BIOL INORG CHEM 0949-8257 2804 3.325 0.606 109 5.0

98 FEBS LETT 0014-5793 52862 3.263 0.458 920 8.3

99 CURR PROTEIN PEPT SC 1389-2037 931 3.259 0.447 47 3.9

100 J MOL EVOL 0022-2844 9042 3.234 0.375 128 >10.0

101 MOL CARCINOGEN 0899-1987 2576 3.194 0.524 105 6.5

102 PROTEIN SCI 0961-8368 12632 3.135 0.486 276 7.0

103 CHEM-BIOL INTERACT 0009-2797 4486 3.090 0.946 147 6.8

104 BBA-PROTEINS proteom 1570-9639 2744 3.078 0.271 177 2.9

105 APOPTOSIS 1360-8185 2705 3.043 0.592 184 3.7

106 ANAL BIOCHEM 0003-2697 36426 3.002 0.542 354 >10.0

107 BIOELECTROCHEMISTRY 1567-5394 2554 2.992 0.422 116 6.5

108 FRONT BIOSCI 1093-9946 5720 2.989 0.828 383 4.0

109 MOL GENET GENOMICS 1617-4615 2457 2.978 0.530 117 4.1

110 NEUROCHEM INT 0197-0186 4322 2.975 0.602 181 5.1

111 FREE RADICAL RES 1071-5762 5185 2.925 0.393 150 6.7

112 NITRIC OXIDE-BIOL CH 1089-8603 1749 2.900 0.547 75 5.2

113 BIOCHIMIE 0300-9084 5046 2.899 0.569 167 6.5

114 MOL BIOCHEM PARASIT 0166-6851 7044 2.896 0.735 155 7.8

115 IUBMB LIFE 1521-6543 1716 2.857 0.256 90 4.8

116 BIOL CHEM 1431-6730 5140 2.840 0.351 151 5.9

117 ADDICT BIOL 1355-6215 610 2.833 0.543 35 4.1

118 MACROMOL BIOSCI 1616-5187 1490 2.831 0.538 117 3.1

119 INSECT BIOCHEM Molec 0965-1748 4104 2.827 0.466 133 6.7

120 J STEROID BIOCHEM 0960-0760 7546 2.799 0.443 262 8.3

121 INSECT MOL BIOL 0962-1075 2026 2.787 0.466 73 5.7

122 AMINO ACIDS 0939-4451 1879 2.780 0.648 165 4.2

123 BIOTECHNIQUES 0736-6205 7952 2.759 0.430 121 7.1

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135

Continuación:

124 BIOCHEM BIOPH RES CO 0006-291X 70785 2.749 0.477 2261 6.7

125 BIOCHEM SOC SYMP 0067-8694 722 2.738 0.810 21 8.1

126 J INTERF CYTOK RES 1079-9907 2546 2.667 0.264 87 6.4

127 BIOORGAN MED CHEM 0968-0896 11479 2.662 0.645 726 3.8

127 PROTEIN ENG DES SEL 1741-0126 4961 2.662 0.472 72 9.1

129 ACTA CRYSTALLOGR D 0907-4449 8995 2.620 0.716 148 8.9

130 YEAST 0749-503X 4400 2.619 0.312 80 9.0

131 ARCH BIOCHEM Biophys 0003-9861 20419 2.578 0.524 410 >10.0

132 MOL GENET METAB 1096-7192 3171 2.550 0.660 159 4.6

133 MOL REPROD DEV 1040-452X 5675 2.538 0.670 176 7.4

134 TRANSGENIC RES 0962-8819 1672 2.532 0.444 72 5.5

135 J MEMBRANE BIOL 0022-2631 4572 2.527 0.135 74 9.8

136 J TRACE ELEM MED BIO 0946-672X 628 2.481 0.148 54 4.5

137 BIOCHEM CELL BIOL 0829-8211 2433 2.419 0.105 76 6.2

138 CHEM PHYS LIPIDS 0009-3084 3369 2.396 0.203 74 8.8

139 BIOPOLYMERS 0006-3525 9750 2.389 0.678 177 >10.0

140 BBA-GEN SUBJECTS 0304-4165 4942 2.371 0.628 191 5.7

141 PEPTIDES 0196-9781 7275 2.368 0.458 301 6.0

142 MOL CELL PROBE 0890-8508 1350 2.364 0.525 61 5.9

143 COMP BIOCHEM PHYS C 1532-0456 4212 2.345 0.483 143 7.4

144 PROCESS BIOCHEM 1359-5113 6114 2.336 0.198 243 4.6

145 MOL VIS 1090-0535 2022 2.329 0.300 230 3.5

146 EXTREMOPHILES 1431-0651 1319 2.317 0.494 89 5.1

147 CURR PHARM biotechno 1389-2010 720 2.308 0.465 43 3.6

147 NEUROSIGNALS 1424-862X 364 2.308 0 3.9

149 EXP MOL MED 1226-3613 1069 2.296 0.233 90 3.9

150 MAMM GENOME 0938-8990 3241 2.289 0.291 86 7.0

151 PHOTOCH PHOTOBIO sci 1474-905X 1940 2.208 0.399 158 3.6

152 PHOTOCHEM photobiol 0031-8655 8419 2.172 0.560 191 10.0

153 BIOMETALS 0966-0844 1659 2.170 0.859 78 5.2

154 CYTOKINE 1043-4666 3838 2.169 0.046 109 6.4

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136

Continuación:

155 STAT APPL GENET MOL 1544-6115 562 2.167 0.189 37 3.4

156 STEROIDS 0039-128X 3375 2.143 0.459 109 6.8

157 J BIOCHEM MOL BIOL 1225-8687 1128 2.141 0.188 144 3.5

158 BIOORG CHEM 0045-2068 905 2.125 0.447 38 7.0

159 METHOD ENZYMOL 0076-6879 26200 2.122 0.168 273 >10.0

160 J CHEM NEUROANAT 0891-0618 1510 2.120 0.464 28 7.3

161 OLIGONUCLEOTIDES 1545-4576 282 2.086 0.237 38 3.2

162 MOL MED 1076-1551 2069 2.078 0.290 69 7.5

163 EUR CYTOKINE NETW 1148-5493 1018 2.064 0.222 27 7.1

164 CHEM BIOL DRUG DES 1747-0277 204 2.043 0.131 107 1.5

165 J COMPUT AID MOL DES 0920-654X 2505 2.042 0.529 51 7.4

166 J LIPOSOME RES 0898-2104 371 2.021 0.130 23 5.9

167 J BIOCHEM 0021-924X 8353 2.020 0.353 173 >10.0

168 PROSTAG LEUKOTR ESS 0952-3278 2185 2.000 0.000 89 5.8

169 J MOL CATAL B-ENZYM 1381-1177 2603 1.973 0.267 116 5.1

170 PROSTAG OTH LIPID M 1098-8823 1307 1.968 0.577 71 5.5

171 CELL BIOCHEM BIOPHYS 1085-9195 902 1.953 0.169 65 4.2

172 J CHEM ECOL 0098-0331 6758 1.941 0.333 186 9.6

173 PROTEIN EXPRES PURIF 1046-5928 3761 1.940 0.331 278 4.7

174 DIAGN MOL PATHOL 1052-9551 776 1.932 0.128 39 6.4

174 J MOL GRAPH MODEL 1093-3263 3100 1.932 0.360 114 >10.0

176 J PHOTOCH PHOTOBIO B 1011-1344 3504 1.919 0.184 103 9.1

177 MOL CELLS 1016-8478 1477 1.916 0.119 109 4.2

178 BIOPHYS CHEM 0301-4622 4134 1.913 0.555 200 7.0

179 COMP BIOCHEM PHYS A 1095-6433 6824 1.863 0.568 322 9.4

180 DNA CELL BIOL 1044-5498 2052 1.861 0.359 92 7.8

181 J RECEPT SIG TRANSD 1079-9893 422 1.815 0.208 24 4.7

182 NEUROCHEM RES 0364-3190 4813 1.811 0.432 236 6.0

183 PLANT SCI 0168-9452 6480 1.795 0.297 202 6.5

184 J PEPT SCI 1075-2617 1109 1.768 0.240 104 4.4

185 J MOL NEUROSCI 0895-8696 1768 1.735 0.184 87 4.8

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137

Continuación:

186 CARBOHYD RES 0008-6215 10554 1.723 0.338 287 >10.0

187 BBA-GENE STRUCT expr 0167-4781 3710 1.704 0.588 68 7.1

188 AMYLOID 1350-6129 576 1.677 0.125 32 5.8

189 CELL MOL BIOL LETT 1425-8153 623 1.676 0.220 50 4.1

190 MOL BIOTECHNOL 1073-6085 1210 1.671 0.092 87 5.3

191 J MOL MODEL 1610-2940 1264 1.669 0.556 126 6.1

192 BIOMED CHROMATOGR 0269-3879 1611 1.663 0.251 175 4.6

193 COMP BIOCHEM PHYS B 1096-4959 5914 1.651 0.196 199 9.9

194 APPL BIOCHEM BIOTECH 0273-2289 2618 1.643 0.082 184 7.4

195 COMP FUNCT GENOM 1531-6912 306 1.621 0.143 7 4.4

196 GLYCOCONJUGATE J 0282-0080 2051 1.602 0.452 42 7.5

197 REDOX REP 1351-0002 888 1.600 0.548 42 5.7

198 INT J BIOL MACROMOL 0141-8130 2461 1.578 0.319 144 8.5

199 CELL BIOCHEM FUNCT 0263-6484 802 1.561 0.311 103 4.4

200 BIOCHEMISTRY-Moscow+ 0006-2979 2365 1.476 0.107 168 6.0

201 PESTIC BIOCHEM PHYS 0048-3575 1583 1.475 0.216 116 9.5

202 BIOFACTORS 0951-6433 1506 1.451 0.038 26 6.7

203 CELL COMMUN ADHES 1541-9061 344 1.447 0.053 19 4.6

204 J BIOMOL NMR 0925-2738 4548 1.433 0.511 88 8.9

205 J BIOCHEM MOL TOXIC 1095-6670 655 1.429 0.136 44 4.9

206 CHEM BIODIVERS 1612-1872 713 1.420 0.308 224 2.6

207 LIPIDS 0024-4201 5868 1.419 0.220 118 9.7

208 J BIOMOL STRUCT DYN 0739-1102 1494 1.413 0.183 60 9.0

209 COMP BIOCHEM PHYS D 1744-117X 71 1.391 0.200 35

210 ARCH INSECT BIOCHEM 0739-4462 1348 1.345 0.298 57 8.7

211 J ENZYM INHIB MED CH 1475-6366 845 1.343 0.144 97 4.0

212 J BIOCHEM BIOPH METH 0165-022X 1715 1.338 0.472 106 6.6

213 LUMINESCENCE 1522-7235 569 1.317 0.169 83 4.7

214 J PEPT RES 1397-002X 996 1.303 0 6.3

215 CAN J MICROBIOL 0008-4166 4753 1.286 0.110 164 >10.0

216 GEN PHYSIOL BIOPHYS 0231-5882 441 1.286 0.049 41 6.8

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138

Continuación:

217 BIOTECHNOL APPL BIOC 0885-4513 1470 1.269 0.229 70 7.6

218 J PHYSIOL BIOCHEM 1138-7548 273 1.264 0.053 19 4.2

219 ACTA BIOCHIM POL 0001-527X 1534 1.261 0.398 98 5.0

220 MOL ECOL NOTES 1471-8278 2781 1.257 0.313 367 3.7

221 CHEMOECOLOGY 0937-7409 575 1.250 0.062 32 6.4

222 BIOSCI BIOTECH BIOCH 0916-8451 7319 1.247 0.227 463 7.1

223 GENES GENET SYST 1341-7568 550 1.215 0.130 46 5.9

224 MAGNESIUM RES 0953-1424 368 1.208 0.167 30 6.6

225 ADV CARBOHYD CHEM bi 0065-2318 744 1.200 0 >10.0

226 CELL MOL BIOL 0145-5680 1830 1.154 0.118 51 7.3

227 PROTEIN PEPTIDE LETT 0929-8665 628 1.097 0.131 160 2.8

228 BIOCHEM SYST ECOL 0305-1978 2135 1.048 0.123 146 7.7

229 ACTA BIOCH BIOPH SIN 1672-9145 631 1.017 0.202 124 3.4

230 FUTURE LIPIDOL 1746-0875 67 1.016 0.104 48

231 PROTEIN J 1572-3887 176 1.010 0.095 63 2.6

232 BIOINORG CHEM APPL 1565-3633 81 0.978 0.000 23

233 INT J PEPT RES THER 1573-3149 76 0.971 0.161 56

234 BIOL TRACE ELEM RES 0163-4984 2230 0.950 0.063 159 8.3

235 J FOOD BIOCHEM 0145-8884 526 0.923 0.059 51 >10.0

236 BIOCATAL Biotransfor 1024-2422 590 0.907 0.067 60 5.7

237 FOLIA HISTOCHEM CYTO 0239-8508 350 0.886 0.091 55 5.5

238 BIOCHEM GENET 0006-2928 751 0.863 0.085 71 >10.0

239 HEMOGLOBIN 0363-0269 492 0.843 0.111 63 9.3

240 MOL BIOL REP 0301-4851 485 0.829 0.194 36 8.5

241 MOL BIOL+ 0026-8933 895 0.805 0.255 110 6.5

242 J CARBOHYD CHEM 0732-8303 746 0.798 0.125 32 >10.0

243 TRENDS GLYCOSCI glic 0915-7352 279 0.792 0.143 21 5.7

244 Z NATURFORSCH C 0939-5075 2248 0.756 0.050 139 9.2

245 CHEM SPEC BIOAVAILAB 0954-2299 195 0.733 0.077 13 8.0

246 NUCLEOS NUCLEOT nucl 1525-7770 1577 0.723 0.029 273 6.5

247 PREP BIOCHEM biotech 1082-6068 261 0.685 0.250 32 >10.0

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139

Continuación:

248 J INTEGR PLANT BIOL 1672-9072 281 0.671 0.153 202 2.1

249 ACTA CRYSTALLOGR F 1744-3091 465 0.645 0.172 279 1.8

250 RUSS J BIOORG CHEM+ 1068-1620 665 0.630 0.103 78 9.0

251 CURR GENOMICS 1389-2029 175 0.573 0.033 30 3.5

252 FISH PHYSIOL BIOCHEM 0920-1742 1684 0.505 0.045 44 9.1

253 BIOCHEM MOL BIOL EDU 1470-8175 216 0.504 0.099 71 4.2

254 GENET MOL BIOL 1415-4757 611 0.485 0.036 137 5.4

255 PTERIDINES 0933-4807 66 0.471

256 J PLANT BIOCHEM BIOT 0971-7811 136 0.414 0.000 28 5.0

257 INDIAN J BIOCHEM BIO 0301-1208 570 0.368 0.030 66 >10.0

258 TRACE ELEM electroly 0946-2104 208 0.296 0.025 40 8.7

259 PROG BIOCHEM biophys 1000-3282 266 0.214 0.039 179 4.8

260 J EVOL BIOCHEM PHYS+ 0022-0930 225 0.199 0.015 66 8.6

261 CURR TOP MEMBR 1063-5823 193 0.125 0.235 34 >10.0

262 SEIKAGAKU 0037-1017 43 0.035 0.000 114

263 J GENET GENOMICS 1673-8527 4 0.033 123

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140

Biotecnología y microbiología aplicada Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 NAT REV DRUG DISCOV 1474-1776 8055 23.308 4.458 59 3.4

2 NAT BIOTECHNOL 1087-0156 25744 22.848 4.911 112 4.9

3 GENOME RES 1088-9051 18495 11.224 1.858 197 4.6

4 TRENDS BIOTECHNOL 0167-7799 6457 7.610 0.846 91 5.8

5 STEM CELLS 1066-5099 7293 7.531 1.331 360 2.8

6 CURR OPIN BIOTECH 0958-1669 6017 7.370 0.803 76 5.3

7 GENOME BIOL 1474-760X 8605 6.589 0.985 269 4.1

8 MOL THER 1525-0016 7190 5.862 1.452 248 3.6

9 PHARMACOGENET GENOM 1744-6872 1029 5.775 0.450 111 2.2

10 BIOTECHNOL ADV 0734-9750 1396 5.236 0.455 44 5.2

11 BIOSENS BIOELECTRON 0956-5663 9625 5.061 0.867 480 3.9

12 BIOINFORMATICS 1367-4803 26676 5.039 0.531 686 4.4

13 GENE THER 0969-7128 9122 4.812 1.080 188 5.5

14 BRIEF BIOINFORM 1467-5463 2568 4.415 0.605 38 3.5

15 TISSUE ENG 1076-3279 5417 4.409 0.400 250 3.6

16 MUTAT RES-REV MUTAT 1383-5742 1563 4.353 0.643 14 5.7

17 HUM GENE THER 1043-0342 6696 4.330 0.582 98 6.6

18 MOL PLANT MICROBE IN 0894-0282 6272 4.275 0.910 133 6.2

19 CRIT REV BIOTECHNOL 0738-8551 744 4.250 0.429 14 9.2

20 BIOMOL ENG 1389-0344 751 4.246 0.226 93 4.9

21 BMC GENOMICS 1471-2164 3162 4.180 0.403 467 2.2

22 MUTAT RES-FUND MOL M 0027-5107 7239 4.159 0.994 170 5.4

23 APPL ENVIRON MICROB 0099-2240 64230 4.004 0.522 1042 7.7

24 CANCER GENE THER 0929-1903 2610 3.889 0.882 102 4.3

25 GENOMICS 0888-7543 11075 3.613 0.891 156 9.1

26 CYTOTHERAPY 1465-3249 910 3.553 0.308 78 3.2

27 J GENE MED 1099-498X 2741 3.544 0.447 103 3.5

28 BMC BIOINFORMATICS 1471-2105 5589 3.493 0.486 494 2.5

29 METAB ENG 1096-7176 1144 3.444 1.146 41 4.6

30 PLANT BIOTECHNOL J 1467-7644 779 3.392 0.972 72 2.9

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141

Continuación:

31 ADV BIOCHEM ENG BIOT 0724-6145 1148 3.253 0.389 54 5.4

32 J GEN VIROL 0022-1317 16741 3.120 0.529 412 7.7

33 BIORESOURCE TECHNOL 0960-8524 8565 3.103 0.563 508 5.5

34 BIOTECHNOL BIOENG 0006-3592 15741 3.037 0.555 398 7.8

35 OMICS 1536-2310 474 3.013 0.138 29 3.0

36 CLONING STEM CELLS 1536-2302 732 2.937 0.517 58 3.8

37 NANOMEDICINE-UK 1743-5889 117 2.818 0.453 53 1.4

38 EXPERT OPIN BIOL TH 1471-2598 1682 2.815 0.595 153 3.2

39 FEMS YEAST RES 1567-1356 1460 2.812 0.407 140 3.3

40 CURR NANOSCI 1573-4137 167 2.793 0.132 38 2.1

41 BMC BIOTECHNOL 1472-6750 547 2.747 0.352 91 3.1

42 BIOFOULING 0892-7014 1042 2.729 0.600 40 5.9

43 PROTEIN ENG DES SEL 1741-0126 4961 2.662 0.472 72 9.1

44 YEAST 0749-503X 4400 2.619 0.312 80 9.0

45 INT MICROBIOL 1139-6709 616 2.617 0.353 34 4.3

46 J MOL MICROB BIOTECH 1464-1801 1022 2.588 0.482 56 5.5

47 J BIOTECHNOL 0168-1656 6962 2.565 0.453 393 5.6

48 TRANSGENIC RES 0962-8819 1672 2.532 0.444 72 5.5

49 CURR OPIN MOL THER 1464-8431 1110 2.526 0.453 64 4.1

50 SYST APPL MICROBIOL 0723-2020 3127 2.514 0.493 69 8.7

51 MAR BIOTECHNOL 1436-2228 1371 2.503 0.368 68 4.7

52 J APPL MICROBIOL 1364-5072 7617 2.501 0.252 464 5.3

53 APPL MICROBIOL BIOT 0175-7598 11542 2.475 0.442 645 6.4

54 MOL CELL PROBE 0890-8508 1350 2.364 0.525 61 5.9

55 PROCESS BIOCHEM 1359-5113 6114 2.336 0.198 243 4.6

56 MAMM GENOME 0938-8990 3241 2.289 0.291 86 7.0

57 MUTAT RES-GEN TOX EN 1383-5718 4124 2.278 0.570 151 6.2

58 BIOTECHNOL PROGR 8756-7938 5614 2.224 0.294 204 5.7

59 GENE EXPRESSION 1052-2166 533 2.188 0.143 21 8.2

60 BIODEGRADATION 0923-9820 1377 2.187 0.208 72 7.3

61 J BIOMOL SCREEN 1087-0571 1333 2.148 0.327 107 4.4

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142

Continuación:

62 CRIT REV EUKAR GENE 1045-4403 641 2.132 0.286 21 7.1

63 J COMPUT BIOL 1066-5277 2235 2.109 0.200 85 6.0

64 OLIGONUCLEOTIDES 1545-4576 282 2.086 0.237 38 3.2

65 J MICROBIOL BIOTECHN 1017-7825 1829 2.062 0.203 300 2.5

66 FOOD MICROBIOL 0740-0020 2454 2.039 0.711 97 6.4

67 BIOMARKERS 1354-750X 787 1.978 0.255 47 4.7

68 ENZYME MICROB TECH 0141-0229 7180 1.969 0.365 367 7.0

69 PROTEIN EXPRES PURIF 1046-5928 3761 1.940 0.331 278 4.7

70 J VIROL METHODS 0166-0934 4313 1.933 0.377 265 5.4

71 DIAGN MOL PATHOL 1052-9551 776 1.932 0.128 39 6.4

72 J BIOMED BIOTECHNOL 1110-7243 516 1.922 0.118 34 3.4

73 J BIOACT COMPAT POL 0883-9115 480 1.917 0.575 40 5.2

74 J FOOD PROTECT 0362-028X 10008 1.886 0.220 404 6.6

75 BIOCHEM ENG J 1369-703X 2113 1.872 0.192 208 3.9

76 ADV APPL MICROBIOL 0065-2164 681 1.821 0.111 18 7.9

77 AM J ENOL VITICULT 0002-9254 3032 1.798 0.239 71 >10.

78 DIS MARKERS 0278-0240 611 1.794 0.366 41 4.6

79 GENOME 0831-2796 4081 1.785 0.205 117 7.7

80 J BIOSCI BIOENG 1389-1723 2610 1.782 0.161 186 5.0

81 BIOMASS BIOENERG 0961-9534 2463 1.779 0.172 93 6.1

82 BIOTECHNOL BIOPROC E 1226-8372 516 1.694 0.181 105 2.5

83 J IND MICROBIOL BIOT 1367-5435 2680 1.681 0.258 97 7.9

84 MOL BIOTECHNOL 1073-6085 1210 1.671 0.092 87 5.3

85 APPL BIOCHEM BIOTECH 0273-2289 2618 1.643 0.082 184 7.4

86 LETT APPL MICROBIOL 0266-8254 4447 1.623 0.158 221 7.3

87 COMP FUNCT GENOM 1531-6912 306 1.621 0.143 7 4.4

88 BIOL CONTROL 1049-9644 2502 1.572 0.258 178 5.6

89 ANIM BIOTECHNOL 1049-5398 260 1.475 0.094 32 5.6

90 J CHEM TECHNOL BIOT 0268-2575 4110 1.426 0.220 141 8.6

91 J ANTIBIOT 0021-8820 5375 1.296 0.283 92 >10.

92 BIOTECH HISTOCHEM 1052-0295 383 1.286 0.074 27 9.3

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GUÍA DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CARRERA DEL PROFESORADO 27. DEPARTAMENTO DE BIOTECNOLOGÍA

143

Continuación:

93 CAN J MICROBIOL 0008-4166 4753 1.286 0.110 164 >10.

94 BIOTECHNOL APPL BIOC 0885-4513 1470 1.269 0.229 70 7.6

95 BIOSCI BIOTECH BIOCH 0916-8451 7319 1.247 0.227 463 7.1

96 INT BIODETER BIODEGR 0964-8305 1371 1.233 0.087 92 7.4

97 BIOLOGICALS 1045-1056 603 1.226 0.217 46 6.3

98 BIOTECHNOL LETT 0141-5492 4796 1.222 0.231 290 6.4

99 INT J BIOL MARKER 0393-6155 541 1.208 0.041 49 7.2

100 BIOPROC BIOSYST ENG 1615-7591 363 1.115 0.196 51 3.5

101 PLANT BREEDING 0179-9541 1843 1.092 0.161 118 7.3

102 BIOCONTROL SCI TECHN 0958-3157 993 1.087 0.155 84 7.2

103 PLANT CELL TISS ORG 0167-6857 2714 1.068 0.084 131 8.2

104 J AM SOC BREW CHEM 0361-0470 611 1.030 0.209 43 9.7

105 FOLIA MICROBIOL 0015-5632 922 0.989 0.079 89 5.8

106 ENG LIFE SCI 1618-0240 285 0.969 0.138 58 3.1

107 J APPL GENET 1234-1983 367 0.967 0.107 56 3.8

108 J GEN APPL MICROBIOL 0022-1260 946 0.925 0.065 46 >10.

109 BIOCATAL BIOTRANSFOR 1024-2422 590 0.907 0.067 60 5.7

110 FOOD TECHNOL BIOTECH 1330-9862 437 0.906 0.250 60 4.1

111 ELECTRON J BIOTECHN 0717-3458 314 0.859 0.115 61 4.7

112 ARTIF CELL BLOOD SUB 1073-1199 348 0.857 0.109 46 7.9

113 J APPL PHYCOL 0921-8971 1353 0.788 0.065 93 8.6

114 NEW GENET SOC 1463-6778 107 0.778 0.056 18 4.3

115 WORLD J MICROB BIOT 0959-3993 1890 0.745 0.134 239 6.6

116 PREP BIOCHEM BIOTECH 1082-6068 261 0.685 0.250 32 >10.

117 FOOD BIOTECHNOL 0890-5436 247 0.659 0.000 20 >10.

118 CYTOTECHNOLOGY 0920-9069 772 0.589 0.040 50 9.2

119 J RAPID METH AUT MIC 1060-3999 135 0.569 0.074 27 5.2

120 FOOD BIOPROD PROCESS 0960-3085 272 0.561 0.023 43 6.2

121 MICROB CELL FACT 1475-2859 52 0.547 0.027 37

122 DNA SEQUENCE 1042-5179 395 0.514 0.094 64 6.3

123 APPL BIOCHEM MICRO+ 0003-6838 529 0.510 0.051 98 5.6

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144

Continuación:

124 J FOOD SAFETY 0149-6085 373 0.509 0.000 35 >10.

125 GENET COUNSEL 1015-8146 418 0.506 0.000 47 8.2

126 AFR J BIOTECHNOL 1684-5315 587 0.456 0.014 504 2.8

127 J PLANT BIOCHEM BIOT 0971-7811 136 0.414 0.000 28 5.0

128 KOREAN J GENETIC 0254-5934 122 0.404 0.030 67 4.4

129 CHEM BIOCHEM ENG Q 0352-9568 197 0.353 0.000 54 4.9

130 CHIM OGGI 0392-839X 211 0.318 0.030 101 4.0

131 ANN MICROBIOL 1590-4261 204 0.315 0.073 109 5.0

132 BIOPHARM INT 1542-166X 98 0.300 0.028 106

133 HYBRIDOMA 1554-0014 528 0.294 0.090 100 >10.

134 MINERVA BIOTECNOL 1120-4826 65 0.167 0.000 10

135 AGRO FOOD IND HI TEC 1722-6996 118 0.093 0.029 35 7.0

136 BIOFUTUR 0294-3506 66 0.076 0.056 108

137 GENET ENG BIOTECHN N 1935-472X 174 0.061 0.026 313 5.1

138 BIOTECHNOL LAW REP 0730-031X 11 0.000 0.091 11

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145

Genética y herencia Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 NAT GENET 1061-4036 57100 25.556 8.671 207 6.4

2 NAT REV GENET 1471-0056 10943 22.399 5.765 81 3.8

3 ANNU REV GENET 0066-4197 4889 18.302 0.318 22 7.0

4 TRENDS ECOL EVOL 0169-5347 15166 14.797 1.596 89 6.9

5 GENE DEV 0890-9369 50192 14.795 2.389 298 6.9

6 GENOME RES 1088-9051 18495 11.224 1.858 197 4.6

7 AM J HUM GENET 0002-9297 31921 11.092 2.311 222 6.5

8 ANNU REV GENOM HUM G 1527-8204 1328 10.722 0.688 16 4.2

9 CURR OPIN GENET DEV 0959-437X 7620 10.150 1.436 78 5.3

10 TRENDS GENET 0168-9525 10104 9.729 1.657 102 5.7

11 PLOS GENET 1553-7390 2634 8.721 1.569 218 1.7

12 HUM MOL GENET 0964-6906 25423 7.806 1.100 320 5.5

13 GENOME BIOL 1474-760X 8605 6.589 0.985 269 4.1

14 ONCOGENE 0950-9232 52737 6.440 1.444 793 5.3

15 MOL BIOL EVOL 0737-4038 19138 6.438 1.540 278 6.9

16 HUM MUTAT 1059-7794 7019 6.273 1.615 135 4.7

17 MOL THER 1525-0016 7190 5.862 1.452 248 3.6

18 PHARMACOGENET GENOM 1744-6872 1029 5.775 0.450 111 2.2

19 J MED GENET 0022-2593 9834 5.535 1.224 147 5.3

20 PHARMACOGENOMICS J 1470-269X 1133 4.968 1.023 43 3.3

21 J MOL MED-JMM 0946-2716 3953 4.820 0.815 130 4.8

22 GENE THER 0969-7128 9122 4.812 1.080 188 5.5

23 GENE CHROMOSOME CANC 1045-2257 5268 4.532 0.892 111 5.8

24 EVOLUTION 0014-3820 24430 4.502 0.563 238 >10.

25 CURR GENE THER 1566-5232 872 4.455 0.514 35 2.9

26 MUTAT RES-REV MUTAT 1383-5742 1563 4.353 0.643 14 5.7

27 CHROMOSOMA 0009-5915 3202 4.337 1.304 46 >10.

28 HUM GENE THER 1043-0342 6696 4.330 0.582 98 6.6

29 NEUROGENETICS 1364-6745 663 4.281 0.486 37 3.5

30 BIOMOL ENG 1389-0344 751 4.246 0.226 93 4.9

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146

Continuación:

31 AM J MED GENET C 1552-4868 582 4.226 0.371 35 3.1

32 AM J MED GENET B 1552-4841 2441 4.224 0.356 174 3.0

33 BMC GENOMICS 1471-2164 3162 4.180 0.403 467 2.2

33 FUNCT INTEGR GENOMIC 1438-793X 606 4.180 0.591 22 3.8

35 MUTAT RES-FUND MOL M 0027-5107 7239 4.159 0.994 170 5.4

36 BMC EVOL BIOL 1471-2148 1472 4.091 0.440 268 2.7

37 GENES IMMUN 1466-4879 2317 4.088 0.598 87 3.9

38 HEREDITY 0018-067X 4429 4.065 0.828 116 7.9

39 DNA REPAIR 1568-7864 3041 4.018 1.029 172 3.2

40 EUR J HUM GENET 1018-4813 4141 4.003 0.816 174 4.3

41 GENETICS 0016-6731 37484 4.001 0.792 596 8.9

42 MOL PHYLOGENET EVOL 1055-7903 8850 3.994 0.704 345 4.6

43 HUM GENET 0340-6717 8016 3.974 1.101 158 7.8

44 J EVOLUTION BIOL 1010-061X 5207 3.920 0.829 234 4.7

45 CANCER GENE THER 0929-1903 2610 3.889 0.882 102 4.3

46 EVOL DEV 1520-541X 1306 3.733 0.731 52 4.2

47 GENOMICS 0888-7543 11075 3.613 0.891 156 9.1

48 J GENE MED 1099-498X 2741 3.544 0.447 103 3.5

49 DNA RES 1340-2838 1421 3.525 0.300 20 6.1

50 PHYSIOL GENOMICS 1094-8341 3159 3.493 0.705 156 3.7

51 CHROMOSOME RES 0967-3849 1866 3.469 0.671 85 4.8

52 FUNGAL GENET BIOL 1087-1845 2326 3.425 0.628 121 4.5

53 GENET EPIDEMIOL 0741-0395 2621 3.338 0.565 85 5.3

54 GENET MED 1098-3600 1595 3.318 0.434 99 4.0

55 GENES CELLS 1356-9597 3326 3.299 0.569 109 5.4

56 J MOL EVOL 0022-2844 9042 3.234 0.375 128 >10.

57 MITOCHONDRION 1567-7249 632 3.209 0.397 73 3.3

58 CLIN GENET 0009-9163 4056 3.181 0.533 135 6.9

59 THEOR APPL GENET 0040-5752 15664 3.137 0.511 227 7.4

60 OMICS 1536-2310 474 3.013 0.138 29 3.0

61 MOL GENET GENOMICS 1617-4615 2457 2.978 0.530 117 4.1

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147

Continuación:

62 BEHAV GENET 0001-8244 2825 2.953 0.508 59 8.2

63 CLONING STEM CELLS 1536-2302 732 2.937 0.517 58 3.8

64 EVOL ECOL 0269-7653 2294 2.905 0.632 57 9.7

65 GENE 0378-1119 20215 2.871 0.511 452 8.9

66 IMMUNOGENETICS 0093-7711 3676 2.741 0.533 92 7.0

67 ANIM GENET 0268-9146 2499 2.640 0.455 99 7.3

68 MOL GENET METAB 1096-7192 3171 2.550 0.660 159 4.6

69 GENESIS 1526-954X 2276 2.516 0.258 97 5.4

70 CURR GENET 0172-8083 3072 2.507 0.492 59 9.5

71 AM J MED GENET A 1552-4825 3891 2.440 0.267 393 2.9

72 BMC MED GENET 1471-2350 485 2.419 0.144 97 2.4

73 CYTOGENET GENOME RES 1424-8581 2299 2.402 0.222 185 3.1

74 MUTAGENESIS 0267-8357 1968 2.382 0.481 52 7.2

75 ENVIRON MOL MUTAGEN 0893-6692 2743 2.361 1.523 65 7.6

76 MOL BREEDING 1380-3743 1818 2.357 0.388 67 6.6

77 ANN HUM GENET 0003-4800 2253 2.307 0.392 79 7.4

78 MAMM GENOME 0938-8990 3241 2.289 0.291 86 7.0

79 MUTAT RES-GEN TOX EN 1383-5718 4124 2.278 0.570 151 6.2

80 J HUM GENET 1434-5161 1762 2.275 0.346 136 3.8

81 PSYCHIAT GENET 0955-8829 880 2.257 0.492 59 4.7

82 FAM CANCER 1389-9600 414 2.247 0.082 49 2.9

83 GENE EXPR PATTERNS 1567-133X 1237 2.238 0.794 107 3.4

84 GENE EXPRESSION 1052-2166 533 2.188 0.143 21 8.2

85 GENET RES 0016-6723 2206 2.164 0.261 23 >10.

86 HUM HERED 0001-5652 1687 2.155 0.979 48 5.8

87 CRIT REV EUKAR GENE 1045-4403 641 2.132 0.286 21 7.1

88 PLASMID 0147-619X 1478 2.041 0.377 53 8.9

89 J HERED 0022-1503 5005 1.964 0.317 101 >10.

90 THEOR POPUL BIOL 0040-5809 3106 1.950 0.330 88 >10.

91 DNA CELL BIOL 1044-5498 2052 1.861 0.359 92 7.8

92 EUR J MED GENET 1769-7212 214 1.857 0.293 58 2.0

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148

Continuación:

93 DIS MARKERS 0278-0240 611 1.794 0.366 41 4.6

94 GENOME 0831-2796 4081 1.785 0.205 117 7.7

95 GENET SEL EVOL 0999-193X 1174 1.735 0.310 42 6.7

96 CONSERV GENET 1566-0621 1313 1.733 0.335 155 3.9

97 J INHERIT METAB DIS 0141-8955 2428 1.668 0.482 112 6.9

98 COMP FUNCT GENOM 1531-6912 306 1.621 0.143 7 4.4

99 J NEUROGENET 0167-7063 319 1.583 0.105 19 >10.

100 BMC GENET 1471-2156 936 1.582 0.267 86 3.2

101 CANCER GENET cytogen 0165-4608 4148 1.559 0.234 201 7.0

102 TWIN RES HUM GENET 1832-4274 362 1.525 0.278 97 2.0

103 BIRTH DEFECTS RES B 1542-9733 197 1.413 0.412 34 2.9

104 EVOL ECOL RES 1522-0613 1415 1.409 0.188 85 5.1

105 GENETICA 0016-6707 2471 1.396 0.602 93 6.7

106 COMP BIOCHEM PHYS D 1744-117X 71 1.391 0.200 35

107 MOL DIAGN THER 1177-1062 61 1.390 0.105 38

108 VIRUS GENES 0920-8569 1046 1.362 0.317 142 5.9

109 PRENATAL DIAG 0197-3851 3453 1.319 0.256 207 6.6

110 INT J IMMUNOGENET 1744-3121 173 1.279 0.243 70 1.9

111 GENET TEST 1090-6576 529 1.218 0.197 66 5.2

112 GENES GENET SYST 1341-7568 550 1.215 0.130 46 5.9

113 COMMUNITY GENET 1422-2795 247 1.197 0.167 30 4.1

114 TREE GENET GENOMES 1614-2942 55 1.171 0.182 33

115 J APPL GENET 1234-1983 367 0.967 0.107 56 3.8

116 J ASSIST REPROD GEN 1058-0468 1134 0.913 0.120 92 7.5

117 HUM BIOL 0018-7143 1902 0.904 0.086 35 >10.

118 BIOCHEM GENET 0006-2928 751 0.863 0.085 71 >10.

119 HEREDITAS 0018-0661 1546 0.840 0.241 29 >10.

120 NEW GENET SOC 1463-6778 107 0.778 0.056 18 4.3

121 CURR GENOMICS 1389-2029 175 0.573 0.033 30 3.5

122 J GENET 0022-1333 391 0.567 0.000 38 >10.

123 SILVAE GENET 0037-5349 882 0.545 0.024 41 >10.

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149

Continuación:

124 CLIN DYSMORPHOL 0962-8827 457 0.523 0.107 56 7.3

125 DNA SEQUENCE 1042-5179 395 0.514 0.094 64 6.3

126 GENET COUNSEL 1015-8146 418 0.506 0.000 47 8.2

127 GENET MOL BIOL 1415-4757 611 0.485 0.036 137 5.4

128 KOREAN J GENETIC 0254-5934 122 0.404 0.030 67 4.4

129 RUSS J GENET+ 1022-7954 499 0.265 0.051 197 5.5

130 CARYOLOGIA 0008-7114 407 0.230 0.000 47 >10.

131 GENET ENG BIOTECHN N 1935-472X 174 0.061 0.026 313 5.1

132 J GENET GENOMICS 1673-8527 4 0.033 123

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150

Horticultura Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 THEOR APPL GENET 0040-5752 15664 3.137 0.511 227 7.4

2 MOL BREEDING 1380-3743 1818 2.357 0.388 67 6.6

3 AUST J GRAPE WINE R 1322-7130 520 2.132 0.050 20 5.6

4 AM J ENOL VITICULT 0002-9254 3032 1.798 0.239 71 >10.0

5 POSTHARVEST BIOL TEC 0925-5214 3151 1.590 0.275 167 5.7

6 EUR J PLANT PATHOL 0929-1873 2040 1.482 0.243 115 6.0

7 EUPHYTICA 0014-2336 4701 1.050 0.357 230 8.7

8 J AM SOC HORTIC SCI 0003-1062 4478 0.915 0.126 111 >10.0

9 HORTSCIENCE 0018-5345 5006 0.794 0.073 274 >10.0

10 VITIS 0042-7500 781 0.753 0.122 41 >10.0

11 HORTTECHNOLOGY 1063-0198 676 0.702 0.051 98 5.6

12 J INT SCI VIGNE VIN 1151-0285 184 0.696 0.000 24 8.3

13 SCI HORTIC-AMSTERDAM 0304-4238 2095 0.694 0.017 236 7.8

14 J HORTIC SCI BIOTECH 1462-0316 2070 0.658 0.077 143 9.6

15 SEED SCI TECHNOL 0251-0952 928 0.562 0.067 75 >10.0

16 BIOL AGRIC HORTIC 0144-8765 341 0.490 0.000 18 >10.0

17 J AM POMOL SOC 1527-3741 115 0.404 0.241 29 4.3

18 J PROF ASSOC CACTUS 1938-663X 43 0.357

19 PROPAG ORNAM PLANTS 1311-9109 30 0.333 0.091 33

20 J JPN SOC HORTIC SCI 1882-3351 674 0.287 0.061 49 >10.0

21 NEW ZEAL J CROP HORT 0114-0671 267 0.248 0.020 50 >10.0

22 EUR J HORTIC SCI 1611-4426 110 0.244 0.000 45 3.9

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151

Microbiología Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 CLIN MICROBIOL REV 0893-8512 7954 15.764 2.387 31 7.0

2 NAT REV MICROBIOL 1740-1526 4460 14.959 2.577 78 2.7

3 MICROBIOL MOL BIOL R 1092-2172 6652 14.629 1.375 24 7.0

4 ANNU REV MICROBIOL 0066-4227 6322 14.362 0.630 27 8.0

5 PLOS PATHOG 1553-7366 1538 9.336 1.406 180 1.5

6 FEMS MICROBIOL REV 0168-6445 5051 9.250 1.000 40 7.0

7 CURR OPIN MICROBIOL 1369-5274 4990 7.654 1.121 91 4.3

8 TRENDS MICROBIOL 0966-842X 5700 7.618 0.974 77 5.5

9 CLIN INFECT DIS 1058-4838 32236 6.750 2.391 425 5.1

10 MOL MICROBIOL 0950-382X 31325 5.462 1.247 486 6.1

11 CELL MICROBIOL 1462-5814 4022 5.293 1.368 242 3.0

12 ENVIRON MICROBIOL 1462-2912 5266 4.929 0.900 279 3.6

13 ADV MICROB PHYSIOL 0065-2911 870 4.900 1.250 4 9.3

14 CURR TOP MICROBIOL 0070-217X 3923 4.411 0.967 61 5.7

15 ANTIMICROB AGENTS CH 0066-4804 33582 4.390 0.825 722 6.1

16 J ANTIMICROB CHEMOTH 0305-7453 12445 4.038 0.795 420 4.8

17 J BACTERIOL 0021-9193 58162 4.013 0.893 1034 8.9

18 APPL ENVIRON MICROB 0099-2240 64230 4.004 0.522 1042 7.7

19 COGNITIVE BRAIN RES 0926-6410 3832 3.769 0 4.9

20 J CLIN MICROBIOL 0095-1137 44060 3.708 0.710 734 6.7

21 EUKARYOT CELL 1535-9778 3211 3.399 0.587 235 3.0

22 J ENDOTOXIN RES 0968-0519 1031 3.371 0.114 35 4.4

23 CRIT REV MICROBIOL 1040-841X 854 3.368 0.188 16 >10.

24 MICROBIOL-SGM 1350-0872 8739 3.110 0.528 415 4.4

25 PROTIST 1434-4610 667 3.102 0.914 35 4.2

26 FEMS MICROBIOL ECOL 0168-6496 5649 3.039 0.643 199 5.6

27 BMC MICROBIOL 1471-2180 993 2.982 0.451 113 2.7

28 CLIN MICROBIOL INFEC 1198-743X 3649 2.980 0.448 210 3.5

29 FEMS YEAST RES 1567-1356 1460 2.812 0.407 140 3.3

30 YEAST 0749-503X 4400 2.619 0.312 80 9.0

31 INT MICROBIOL 1139-6709 616 2.617 0.353 34 4.3

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GUÍA DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CARRERA DEL PROFESORADO 27. DEPARTAMENTO DE BIOTECNOLOGÍA

152

Continuación:

32 J MOL MICROB BIOTECH 1464-1801 1022 2.588 0.482 56 5.5

33 INT J FOOD MICROBIOL 0168-1605 9931 2.581 0.317 369 6.3

34 MICROB ECOL 0095-3628 3776 2.558 0.465 142 6.8

35 INT J MED MICROBIOL 1438-4221 1408 2.524 0.982 55 3.7

36 MICROBES INFECT 1286-4579 4904 2.523 0.348 207 4.7

37 SYST APPL MICROBIOL 0723-2020 3127 2.514 0.493 69 8.7

38 CLIN DIAGN LAB IMMUN 1071-412X 4012 2.511 0 5.8

39 J APPL MICROBIOL 1364-5072 7617 2.501 0.252 464 5.3

40 TUBERCULOSIS 1472-9792 821 2.454 0.182 77 3.7

41 DIAGN MICR INFEC DIS 0732-8893 3124 2.448 0.357 241 4.9

42 HELICOBACTER 1083-4389 1263 2.423 0.438 96 4.2

43 AQUAT MICROB ECOL 0948-3055 2871 2.385 0.297 111 5.8

44 INT J SYST EVOL MICR 1466-5026 7333 2.384 0.420 524 4.2

45 INT J ANTIMICROB AG 0924-8579 3256 2.338 0.630 219 4.3

46 EXTREMOPHILES 1431-0651 1319 2.317 0.494 89 5.1

47 EUR J CLIN MICROBIOL 0934-9723 3972 2.309 0.371 132 7.2

48 FEMS MICROBIOL LETT 0378-1097 14439 2.274 0.387 462 7.0

49 RES MICROBIOL 0923-2508 2535 2.219 0.320 97 5.3

50 J MICROBIOL METH 0167-7012 4597 2.153 0.394 287 5.0

51 J MED MICROBIOL 0022-2615 4431 2.091 0.314 264 5.8

52 MICROB PATHOGENESIS 0882-4010 1904 2.064 0.491 55 8.4

53 J MICROBIOL BIOTECHN 1017-7825 1829 2.062 0.203 300 2.5

54 J MICROBIOL 1225-8873 602 2.050 0.168 95 2.6

55 FOOD MICROBIOL 0740-0020 2454 2.039 0.711 97 6.4

56 VET MICROBIOL 0378-1135 5910 2.010 0.383 303 6.4

57 CLIN VACCINE IMMUNOL 1556-6811 491 1.995 0.289 256 1.4

58 FEMS IMMUNOL MED MIC 0928-8244 2671 1.928 0.290 169 5.3

59 ORAL MICROBIOL IMMUN 0902-0055 1663 1.854 0.273 66 7.3

60 ARCH MICROBIOL 0302-8933 5689 1.838 0.407 118 >10.

61 ADV APPL MICROBIOL 0065-2164 681 1.821 0.111 18 7.9

62 LETT APPL MICROBIOL 0266-8254 4447 1.623 0.158 221 7.3

63 ANTON LEEUW INT J G 0003-6072 2881 1.547 0.338 80 8.4

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153

Continuación:

64 MICROB DRUG RESIST 1076-6294 972 1.543 0.116 43 5.8

65 MED MICROBIOL IMMUN 0300-8584 811 1.537 0.552 29 8.5

66 MICROBIOL RES 0944-5013 567 1.535 0.578 45 4.8

67 J EUKARYOT MICROBIOL 1066-5234 1879 1.525 0.394 71 6.5

68 APMIS 0903-4641 2411 1.421 0.217 138 6.0

69 ANAEROBE 1075-9964 574 1.352 0.111 36 6.1

70 J ANTIBIOT 0021-8820 5375 1.296 0.283 92 >10.

71 MICROBIOL IMMUNOL 0385-5600 2469 1.295 0.197 137 6.8

72 CAN J MICROBIOL 0008-4166 4753 1.286 0.110 164 >10.

73 ACTA PROTOZOOL 0065-1583 459 1.226 0.083 36 5.8

74 CURR MICROBIOL 0343-8651 2616 1.167 0.124 177 7.3

75 J WATER HEALTH 1477-8920 316 1.164 0.413 63 3.1

76 ENFERM INFEC MICR CL 0213-005X 644 1.096 0.441 68 4.4

77 REV MED MICROBIOL 0954-139X 190 1.000 0.000 9 9.6

78 J BASIC MICROB 0233-111X 658 0.991 0.143 63 6.5

79 FOLIA MICROBIOL 0015-5632 922 0.989 0.079 89 5.8

80 NEW MICROBIOL 1121-7138 443 0.956 0.097 72 5.9

81 ASM NEWS 0044-7897 267 0.946 0 7.2

82 J GEN APPL MICROBIOL 0022-1260 946 0.925 0.065 46 >10.

83 EUR J PROTISTOL 0932-4739 574 0.847 0.138 29 7.5

84 COMP IMMUNOL MICROB 0147-9571 554 0.810 0.333 33 7.3

85 FUTURE MICROBIOL 1746-0913 27 0.645 0.137 51

86 METHOD MICROBIOL 0580-9517 604 0.600 0.000 26 >10.

87 SYMBIOSIS 0334-5114 504 0.598 0.368 38 8.2

88 MICROBIOLOGY+ 0026-2617 1167 0.597 0.128 109 8.1

89 APPL BIOCHEM MICRO+ 0003-6838 529 0.510 0.051 98 5.6

90 BRAZ J MICROBIOL 1517-8382 340 0.339 0.028 144 4.7

91 ANN MICROBIOL 1590-4261 204 0.315 0.073 109 5.0

92 INT J LEPROSY 0148-916X 476 0.222 0 >10.

93 MIKROBIYOL BUL 0374-9096 93 0.209 0.038 80

94 CELL HOST MICROBE 1931-3128 91 1.636 55

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154

Ciencias vegetales Orden Título abreviado ISSN NC FI II NA VM

1 ANNU REV PLANT BIOL 1040-2519 8714 18.712 2.800 20 9.6

2 ANNU REV PHYTOPATHOL 0066-4286 3760 10.778 0.353 17 >10.

3 PLANT CELL 1040-4651 27508 9.653 1.579 280 5.8

4 CURR OPIN PLANT BIOL 1369-5266 5800 9.189 0.854 89 4.2

5 TRENDS PLANT SCI 1360-1385 7855 8.995 0.962 79 5.3

6 PLANT J 0960-7412 21402 6.751 1.193 363 5.6

7 PLANT PHYSIOL 0032-0889 45591 6.367 1.114 482 7.5

8 NEW PHYTOL 0028-646X 14275 5.249 0.983 287 6.8

9 PLANT CELL ENVIRON 0140-7791 8904 4.497 0.602 133 7.1

10 CRIT REV PLANT SCI 0735-2689 1510 4.477 0.250 12 7.8

11 J ECOL 0022-0477 9097 4.422 0.591 127 >10.

12 MOL PLANT MICROBE IN 0894-0282 6272 4.275 0.910 133 6.2

13 J EXP BOT 0022-0957 13043 3.917 0.601 376 5.8

14 PLANT MOL BIOL 0167-4412 11838 3.847 0.783 175 7.8

15 PLANT CELL PHYSIOL 0032-0781 7489 3.654 0.663 175 6.1

16 PLANT BIOTECHNOL J 1467-7644 779 3.392 0.972 72 2.9

17 MOL PLANT PATHOL 1464-6722 1136 3.385 0.507 69 3.9

18 BMC PLANT BIOL 1471-2229 387 3.232 0.364 66 2.9

19 THEOR APPL GENET 0040-5752 15664 3.137 0.511 227 7.4

20 PLANTA 0032-0935 11975 3.058 0.640 264 8.8

21 ADV BOT RES 0065-2296 574 3.043 >10.

22 ANN BOT-LONDON 0305-7364 7837 2.939 0.552 259 7.4

23 J PHYCOL 0022-3646 6136 2.820 0.336 122 9.0

24 J NAT PROD 0163-3864 12404 2.551 0.485 404 7.2

25 TAXON 0040-0262 1903 2.524 0.323 96 7.9

26 AM J BOT 0002-9122 11213 2.512 0.356 194 9.6

27 PHYTOPATHOLOGY 0031-949X 10989 2.377 0.414 191 >10.

28 FUNCT PLANT BIOL 1445-4408 1577 2.375 0.368 114 3.9

29 MOL BREEDING 1380-3743 1818 2.357 0.388 67 6.6

30 PHYTOCHEMISTRY 0031-9422 23537 2.322 0.505 293 >10.

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155

Continuación:

31 J VEG SCI 1100-9233 3825 2.251 0.280 100 8.3

32 J PLANT PHYSIOL 0176-1617 4107 2.239 0.288 177 8.2

33 J PLANT GROWTH REGUL 0721-7595 905 2.220 0.273 33 6.2

34 PHYSIOL PLANTARUM 0031-9317 10298 2.192 0.508 193 >10.

35 PHOTOSYNTH RES 0166-8595 3533 2.139 0.391 92 8.5

36 PRESLIA 0032-7786 335 2.064 0.217 23 5.0

37 J ETHNOPHARMACOL 0378-8741 8439 2.049 0.251 462 6.1

38 PLANT BIOLOGY 1435-8603 1405 2.012 1.256 86 4.0

38 PLANT PATHOL 0032-0862 2563 2.012 0.290 145 8.1

40 BOT REV 0006-8101 1399 2.000 0.091 11 >10.

41 PLANT CELL REP 0721-7714 4234 1.974 0.243 214 8.0

42 PLANTA MED 0032-0943 8058 1.848 0.214 220 8.8

43 SEED SCI RES 0960-2585 807 1.825 0.037 27 7.5

44 PLANT SOIL 0032-079X 12350 1.821 0.215 279 9.6

45 PHYTOMEDICINE 0944-7113 1828 1.817 0.348 138 5.0

46 ENVIRON EXP BOT 0098-8472 1787 1.810 0.368 136 6.2

47 PLANT SCI 0168-9452 6480 1.795 0.297 202 6.5

48 PLANT DIS 0191-2917 7857 1.790 0.312 224 >10.

49 PLANT PHYSIOL BIOCH 0981-9428 2547 1.669 0.214 112 5.9

50 SYST BOT 0363-6445 1683 1.632 0.286 70 7.5

51 SEX PLANT REPROD 0934-0882 834 1.600 0.190 21 8.3

52 INT J PLANT SCI 1058-5893 2547 1.590 0.490 100 6.3

53 ANN MO BOT GARD 0026-6493 2236 1.557 1.219 32 >10.

54 PHYTOCHEM ANALYSIS 0958-0344 1123 1.524 0.262 61 6.1

55 EUR J PHYCOL 0967-0262 1016 1.507 0.281 32 6.1

56 AQUAT BOT 0304-3770 3257 1.497 0.282 103 >10.

57 PROTOPLASMA 0033-183X 2364 1.493 0.258 62 >10.

58 PLANT SYST EVOL 0378-2697 2489 1.492 0.160 119 8.7

59 EUR J PLANT PATHOL 0929-1873 2040 1.482 0.243 115 6.0

60 APPL VEG SCI 1402-2001 551 1.431 0.286 49 5.2

61 J PLANT RES 0918-9440 885 1.415 0.481 79 5.8

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156

Continuación:

62 PHYCOLOGIA 0031-8884 1847 1.358 0.389 72 9.2

63 WEED RES 0043-1737 1577 1.352 0.155 58 10.0

64 WEED SCI 0043-1745 3631 1.299 0.232 99 >10.

65 BIOL PLANTARUM 0006-3134 1447 1.259 0.197 137 5.0

66 PLANT ECOL 1385-0237 2705 1.236 0.362 138 6.4

67 REV PALAEOBOT PALYNO 0034-6667 2239 1.226 0.319 69 >10.

68 J BRYOL 0373-6687 523 1.218 0.175 40 7.8

69 FLORA 0367-2530 992 1.157 0.136 66 >10.

70 FOLIA GEOBOT 1211-9520 574 1.133 0.769 26 7.7

71 BRYOLOGIST 0007-2745 1150 1.112 0.377 53 >10.

72 BOT BULL ACAD SINICA 0006-8063 506 1.109 0 7.1

73 PHYSIOL MOL PLANT P 0885-5765 1806 1.107 0.200 20 9.0

74 PLANT MOL BIOL REP 0735-9640 1509 1.098 0.000 16 >10.

75 PLANT BREEDING 0179-9541 1843 1.092 0.161 118 7.3

76 J PLANT NUTR SOIL SC 1436-8730 1068 1.082 0.177 96 5.1

77 BREEDING SCI 1344-7610 492 1.079 0.077 39 5.7

78 VEG HIST ARCHAEOBOT 0939-6314 422 1.076 0.467 30 5.4

79 BOT J LINN SOC 0024-4074 1894 1.075 0.147 136 7.3

80 PLANT CELL TISS ORG 0167-6857 2714 1.068 0.084 131 8.2

81 EUPHYTICA 0014-2336 4701 1.050 0.357 230 8.7

82 PLANT GROWTH REGUL 0167-6903 1660 1.024 0.167 78 7.5

83 AUST J BOT 0067-1924 1927 0.987 0.188 85 >10.

84 CAN J BOT 0008-4026 6895 0.985 0.281 121 >10.

85 AUST SYST BOT 1030-1887 552 0.981 0.172 29 7.8

86 PHOTOSYNTHETICA 0300-3604 1291 0.976 0.115 96 8.3

87 J PLANT PATHOL 1125-4653 377 0.974 0.113 62 5.3

88 J TORREY BOT SOC 1095-5674 419 0.949 0.080 50 6.2

89 CAN J PLANT PATHOL 0706-0661 1281 0.915 0.029 34 9.3

90 J PHYTOPATHOL 0931-1785 1407 0.896 0.086 116 7.1

91 LICHENOLOGIST 0024-2829 833 0.887 0.183 60 8.6

92 PLANT FOOD HUM NUTR 0921-9668 654 0.885 0.172 29 10.0

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157

Continuación:

93 NEW ZEAL J BOT 0028-825X 1079 0.859 0.119 42 >10.

94 WEED TECHNOL 0890-037X 2352 0.858 0.038 183 7.8

95 GRANA 0017-3134 644 0.770 0.067 30 >10.

95 NOVA HEDWIGIA 0029-5035 1216 0.770 0.122 90 >10.

97 PHYTOCOENOLOGIA 0340-269X 354 0.769 0.100 30 9.9

98 BOT MAR 0006-8055 1455 0.767 1.231 39 >10.

99 PLANT SPEC BIOL 0913-557X 356 0.756 0.000 24 8.1

100 J PLANT BIOL 1226-9239 276 0.752 0.152 99 3.7

101 PLANT BIOSYST 1126-3504 182 0.750 0.184 49 4.2

102 GENET RESOUR CROP EV 0925-9864 980 0.731 0.071 169 5.8

103 CAN J PLANT SCI 0008-4220 2276 0.722 0.071 113 >10.

104 J INTEGR PLANT BIOL 1672-9072 281 0.671 0.153 202 2.1

105 J AQUAT PLANT MANAGE 0146-6623 324 0.659 0.138 29 >10.

106 CRYPTOGAMIE BRYOL 1290-0796 167 0.658 0.286 21 5.8

107 AM FERN J 0002-8444 341 0.655 0.095 21 >10.

108 J ASIAN NAT PROD RES 1028-6020 322 0.612 0.009 114 3.9

109 J PLANT NUTR 0190-4167 2297 0.593 0.021 141 9.8

110 J APPL BOT FOOD QUAL 1613-9216 51 0.588 0.036 28

111 SEED SCI TECHNOL 0251-0952 928 0.562 0.067 75 >10.

112 IN VITRO CELL DEV-PL 1054-5476 950 0.548 0.000 81 6.1

113 ECON BOT 0013-0001 1303 0.525 0.000 22 >10.

114 CRYPTOGAMIE ALGOL 0181-1568 227 0.483 0.000 23 7.8

115 AUSTRALAS PLANT PATH 0815-3191 530 0.472 0.121 91 5.4

116 COMMUN SOIL SCI PLAN 0010-3624 2723 0.462 0.011 189 >10.

117 J HATTORI BOT LAB 0073-0912 437 0.460 >10.

118 PHYTOPATHOL MEDITERR 0031-9465 407 0.446 0.161 31 7.8

119 S AFR J BOT 0254-6299 600 0.444 0.224 85 7.5

120 RUSS J PLANT PHYSL+ 1021-4437 479 0.439 0.070 114 5.2

121 BLUMEA 0006-5196 288 0.436 0.167 36 >10.

122 PHYTOPARASITICA 0334-2123 467 0.424 0.102 59 8.2

123 CANDOLLEA 0373-2967 209 0.417 0.000 28 >10.

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158

Continuación:

124 J PLANT BIOCHEM BIOT 0971-7811 136 0.414 0.000 28 5.0

125 ANN BOT FENN 0003-3847 504 0.408 0.091 66 >10.

126 WEED BIOL MANAG 1444-6162 116 0.382 0.059 34 4.2

127 ACTA BOT GALLICA 1253-8078 130 0.375 0.022 45 7.0

127 BOT STUD 1817-406X 37 0.375 0.100 50

129 BRITTONIA 0007-196X 482 0.373 0.119 42 >10.

129 Z PFLANZENK PFLANZEN 0340-8159 423 0.373 0 >10.

131 ACTA BIOL CRACOV BOT 0001-5296 110 0.367 0.000 28 4.9

132 PHARM BIOL 1388-0209 588 0.364 0.062 130 5.1

133 BOT HELV 0253-1453 154 0.353 0.062 16 >10.

134 HASELTONIA 1070-0048 35 0.316 0.000 12

135 ACTA PHYTOTAXON SIN 0529-1526 351 0.310 0.056 108 >10.

136 ACTA PHYSIOL PLANT 0137-5881 371 0.295 0.264 72 7.4

136 ISR J PLANT SCI 0792-9978 238 0.295 7.3

138 PAK J BOT 0556-3321 263 0.290 0.061 163 4.3

139 CASTANEA 0008-7475 275 0.283 0.091 22 >10.

140 PHYTON-ANN REI BOT A 0079-2047 275 0.282 0.033 30 6.9

141 BOTHALIA 0006-8241 204 0.267 0.000 21 >10.

142 ACTA SOC BOT POL 0001-6977 334 0.238 0.000 38 >10.

143 PALYNOLOGY 0191-6122 191 0.235 0.077 13 >10.

144 BELG J BOT 0778-4031 172 0.233 0.591 22 10.0

145 NORD J BOT 0107-055X 512 0.211 >10.

146 PHYTOPROTECTION 0031-9511 92 0.206 0.250 4

147 RHODORA 0035-4902 347 0.200 0.143 21 >10.

148 TROP GRASSLANDS 0049-4763 269 0.195 0.419 31 >10.

149 NOVON 1055-3177 250 0.155 0.083 96 7.6

150 J PLANT DIS PROTECT 1861-3829 141 0.147 0.023 44 7.2

151 BANGLADESH J BOTANY 0253-5416 36 0.119 0.000 29

152 ADANSONIA 1280-8571 126 0.089 0.000 24 >10.

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159

6.1.3. Descripción de las principales revistas A continuación se presenta una breves fichas descriptivas de las revistas con mayor índice de impacto y/o que se más se ajustan al ámbito investigador del personal del DB de la UPV.

TÍTULO: Theoretical and applied genetics

ISSN: 0040-5752

EDITORIAL: Springer

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.springerlink.com/content/0040-5752

FACTOR DE IMPACTO: 3.137

CATEGORÍA y PUESTO: Agronomía (1/49), Genética y herencia (53/132), Horticultura (1/22), Ciencias vegetales (19/152)

TÍTULO: Advances in Agronomy

ISSN: 0065-2113

EDITORIAL: Elsevier Science

PERIODICIDAD: Anual

PÁGINA WEB: http://www.sciencedirect.com/science/journal/00652113

FACTOR DE IMPACTO: 2.773

CATEGORÍA y PUESTO: Agronomía (2/49), Ciencias vegetales (29/152), Genética y herencia (76/132), Horticultura (2/22)

Page 166: Adrián Rodríguez Burruezo

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160

TÍTULO: Molecular Breeding

ISSN: 1380-3743

EDITORIAL: Springer

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.springerlink.com/content/100317/

FACTOR DE IMPACTO: 2.357

CATEGORÍA y PUESTO: Agronomía (3/49), Horticultura (2/22)

TÍTULO: Plant Pathology

ISSN: 0032-0862

EDITORIAL: Blackwell

PERIODICIDAD: Bimensual

PÁGINA WEB: http://www.springerlink.com/content/100317/

FACTOR DE IMPACTO: 2.012

CATEGORÍA y PUESTO: Agronomia (5/49), Ciencias vegetales (38/152)

TÍTULO: Annual review biochemistry

ISSN: 0066-4154

EDITORIAL: Annual reviews

PERIODICIDAD: Annual

PÁGINA WEB: http://arjournals.annualreviews.org/loi/biochem

FACTOR DE IMPACTO: 31.190

CATEGORÍA y PUESTO: Bioquímica y biología molecular (1/263)

Page 167: Adrián Rodríguez Burruezo

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161

TÍTULO: Cell

ISSN: 0092-8974

EDITORIAL: Cell Press

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.cell.com/

FACTOR DE IMPACTO: 29.887

CATEGORÍA y PUESTO: Bioquímica y biología molecular (2/263) TÍTULO: Annual reviews of biophysics

ISSN: 1056-8700

EDITORIAL: Annual reviews

PERIODICIDAD: Anual

PÁGINA WEB: http://arjournals.annualreviews.org/loi/biophyshttp://www.

FACTOR DE IMPACTO: 17.757

CATEGORÍA y PUESTO: Bioquímica y biología molecular (4/263), Biofísica (1/69) TÍTULO: Trends in Biochemical Sciences

ISSN: 0968-0004

EDITORIAL: Cell Press, Elsevier

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.trends.com/tibs/default.htm

FACTOR DE IMPACTO: 14.994

CATEGORÍA y PUESTO: Bioquímica y biología molecular (5/263)

Page 168: Adrián Rodríguez Burruezo

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162

TÍTULO: Nature biotechnology

ISSN: 1087-0156

EDITORIAL: Nature publishing group

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.nature.com/nbt/index.html

FACTOR DE IMPACTO: 22.848

CATEGORÍA y PUESTO: Biotecnología y microbiología aplicada (2/138)

TÍTULO: Genome Research

ISSN: 1088-9051

EDITORIAL: Cold Spring Harbor laboratory press

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://genome.cshlp.org/

FACTOR DE IMPACTO: 11.224

CATEGORÍA y PUESTO: Biotecnología y microbiología aplicada (3/138)

TÍTULO: Trends in biotechnology

ISSN: 0167-7799

EDITORIAL: Cell press, Elsevier

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.trends.com/tibtech/default.htm

FACTOR DE IMPACTO: 7.610

CATEGORÍA y PUESTO: Biotecnología y microbiología aplicada (4/138)

Page 169: Adrián Rodríguez Burruezo

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163

TÍTULO: Nature Genetics

ISSN: 1061-4036

EDITORIAL: Nature Journals

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.nature.com/ng/

FACTOR DE IMPACTO: 25.556

CATEGORÍA: Genética y Herencia (1/132) TÍTULO: Nature Reviews in Genetics

ISSN: 1471-0056

EDITORIAL: Nature Journals

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.nature.com/nrg/

FACTOR DE IMPACTO: 22.399

CATEGORÍA: Genética y Herencia (2/132) TÍTULO: BMC Genomics

ISSN: 1471-2164

EDITORIAL: Biomed Central

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.biomedcentral.com/bmcgenomics/

FACTOR DE IMPACTO: 4.180

CATEGORÍA y PUESTO: Genética y Herencia (33/132), Biotecnología y Microbiología aplicada (21/138)

Page 170: Adrián Rodríguez Burruezo

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164

TÍTULO: European Journal of Plant Pathology

ISSN: 0929-1873

EDITORIAL: Springer Netherlands

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.springerlink.com/content/0929-1873

FACTOR DE IMPACTO: 1.482

CATEGORÍA y PUESTO: Agronomía (11/49), Horticultura (6/22), Ciencias Vegetales (59/152)

TÍTULO: Euphytica

ISSN: 0014-2336

EDITORIAL: Springer Netherlands

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.springerlink.com/content/102881/

FACTOR DE IMPACTO: 1.050

CATEGORÍA y PUESTO: Horticultura: (7/22), Agronomía (23/49), Ciencias vegetales (81/152)

TÍTULO: Journal of the American Society for Horticultural Sciences

ISSN: 0003-1062

EDITORIAL: American Society for Horticultural Science

PERIODICIDAD: Bimestral

PÁGINA WEB: http://journal.ashspublications.org/

FACTOR DE IMPACTO: 0.915

CATEGORÍA y PUESTO: Horticultura (8/22)

Page 171: Adrián Rodríguez Burruezo

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165

TÍTULO: Clinical Microbiological reviews

ISSN: 0893-8512

EDITORIAL: American Society for Microbiology

PERIODICIDAD: Trimestral

PÁGINA WEB: http://cmr.asm.org/

FACTOR DE IMPACTO: 15.764

CATEGORÍA: Microbiologia (1/94) TÍTULO: Nature Reviews Microbiology

ISSN: 1740-1526

EDITORIAL: Nature Publishing group

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.nature.com/nrmicro/

FACTOR DE IMPACTO: 14.959

CATEGORÍA: Microbiologia (2/94) TÍTULO: Microbiological and Molecular Biology Reviews

ISSN: 1092-2172

EDITORIAL: American Society for Microbiology

PERIODICIDAD: Trimestral

PÁGINA WEB: http://mmbr.asm.org/

FACTOR DE IMPACTO: 14.629

CATEGORÍA: Microbiologia (3/94)

Page 172: Adrián Rodríguez Burruezo

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166

TÍTULO: FEMS microbiology Reviews

ISSN: 0168-6445

EDITORIAL: Elsevier

PERIODICIDAD: Blackwell publishing

PÁGINA WEB: http://www3.interscience.wiley.com/journal/118494448/home

FACTOR DE IMPACTO: 9.250

CATEGORÍA: Microbiología (6/94)

TÍTULO: Annual review plant biology

ISSN:1040-2519

EDITORIAL: Annual reviews

PERIODICIDAD: Anual

PÁGINA WEB: http://arjournals.annualreviews.org/loi/arplant

FACTOR DE IMPACTO: 18.712

CATEGORÍA y PUESTO: Ciencias vegetales (1/152)

TÍTULO: Annual review phytopathology

ISSN: 0066-4286

EDITORIAL: Annual reviews

PERIODICIDAD: Anual

PÁGINA WEB: http://arjournals.annualreviews.org/loi/phyto

FACTOR DE IMPACTO: 10.778

CATEGORÍA y PUESTO: Ciencias vegetales (2/152)

Page 173: Adrián Rodríguez Burruezo

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167

TÍTULO: Plant Cell

ISSN: 1040-4651

EDITORIAL: American Society of Plant Biologist (ASPB)

PERIODICIDAD: Mensual

PÁGINA WEB: http://www.plantcell.org/

FACTOR DE IMPACTO: 9.653 (2007)

CATEGORÍA y PUESTO: Bioquímica y biología molecular (17/263) 6.2. CONGRESOS, JORNADAS Y OTRAS REUNIONES CIENTÍFICAS La asistencia a congresos y reuniones científicas, y la consecuente publica-ción del trabajo presentado en las actas del congreso, no constituye en la actualidad un mérito de investigación especialmente valorado en los procesos de acreditación y evaluación del profesorado. Sin embargo, dicha valoración puede verse sustancialmente incrementada siempre y cuando se pueda con-trastar la calidad de las actas del congreso en cuestión. Los congresos y jornadas que se realizan a nivel nacional como internacio-nal que son específicos o incluyen el ámbito de la biotecnología son muy numerosos. Una forma rápida y sencilla de estar al tanto de las novedades en este campo es consultar en las páginas web de las diferentes sociedades cien-tíficas nacionales e internacionales (Capítulo 7). A continuación se recoge una lista de los congresos más representativos de cada una de las áreas del DB.

CONGRESO Congreso de la Sociedad Española de Genética

Periodicidad Bianual

Última edición León, 18-21 de Septiembre de 2007 XXXVI Ed

Próxima Edición 2009

Ámbito Nacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Genética

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168

CONGRESO Congreso Ibérico de Ciencias Hortícolas

Periodicidad Bianual

Última edición Oporto, Portugal, Mayo de 2005, XI Ed.

Próxima Edición La Rioja, 25-29 de Mayo de 2009, XII Ed.

Ámbito Internacional

Publicación Actas de Horticultura

Temática Ciencias Hortícolas

CONGRESO International Horticultural Congress (ISHS)

Periodicidad Cuatrianual

Última edición Seoul, Korea, 2006, XXVII Ed.

Próxima Edición Lisboa, Portugal, 22-27 Agosto, 2010, XXVIII Ed.

Ámbito Internacional

Publicación Acta Horticulturae

Temática Horticultura

CONGRESO Congreso de la Sociedad Española de Fitopatología

Periodicidad Bianual

Última edición Lugo, 2008, XIV Ed.

Próxima Edición Vitoria, 2010, XV Ed.

Ámbito Nacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Patología Vegetal

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169

CONGRESO Congreso de Mejora de Plantas

Periodicidad Bianual

Última edición Valencia, 13-15 de Septiembre de 2006, III Ed.

Próxima Edición Córdoba, 14-16 de Octubre de 2008, IV Ed.

Ámbito Nacional

Publicación Actas de Horticultura

Temática Mejora genética vegetal

CONGRESO FEMS Congress of European Microbiologists

Periodicidad Trianual

Última edición Madrid, España, 4 - 8 Julio 2006, 2006, II Ed.

Próxima Edición Göterborg, Suecia, 28 junio - 2 julio, 2009, III Ed.

Ámbito Internacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Microbiología

CONGRESO ECCMID, European Congress of Clinical Microbiology and Infectious Diseases

Periodicidad Anual

Última edición Barcelona, España, 19-22 Abril 2008, XVIII Ed.

Próxima Edición Helsinki, Finlandia, 16-19 Mayo 2009, XIX Ed.

Ámbito Internacional

Publicación Libro y CD de resúmenes

Temática Microbiología

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170

CONGRESO Congreso Latinoamericano de Microbiología

Periodicidad Bianual

Última edición Ecuador, 15-18 de Octubre 2008

Próxima Edición 2010

Ámbito Internacional

Publicación Actas

Temática Microbiología

CONGRESO Congreso Nacional de Biodiversidad

Periodicidad Bianual

Última edición Segovia, 12-14 Noviembre, 2007, I Ed.

Próxima Edición Blanes, 10-13 febrero, 2009, II Ed

Ámbito Nacional

Publicación Actas

Temática Biodiversidad

CONGRESO Congress of the American Society for microbiology

Periodicidad Anual

Última edición Boston, 1- 5 Junio, 2008, 108th General Meeting

Próxima Edición Philadelphia, 17-21 Mayo, 2009, 108th General Meeting

Ámbito Internacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Microbiología

Page 177: Adrián Rodríguez Burruezo

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171

CONGRESO Reunión de Biología molecular de Plantas

Periodicidad Bianual

Última edición Santiago de Compostela, 2-4 Julio 2008, IX Ed.

Próxima Edición 2010, X Ed.

Ámbito Nacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Biología molecular de plantas

CONGRESO FEBS Congress

Periodicidad Anual

Última edición Atenas, Grecia,28-3 Junio 2008, XXXIII Ed.

Próxima Edición Praga, Republica Checa, 4-9 Julio 2009, XXXIV Ed.

Ámbito Internacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Bioquímica y biología molecular

CONGRESO Congreso de la Sociedad Española de Bioquímica y Biología molecular

Periodicidad Anual

Última edición Bilbao, 10-13 de Septiembre 2008, XXXI Ed.

Próxima Edición Oviedo, 23-26 de Septiembre 2009, XXXII Ed.

Ámbito Nacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Bioquímica y Biología molecular

Page 178: Adrián Rodríguez Burruezo

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172

CONGRESO IUBMB Internacional Congress

Periodicidad Trianual

Última edición Kyoto, Japón, 18-23 Junio 2006. XX Ed.

Próxima Edición Shangai, China, 2-7 Agosto 2009, XXI Ed.

Ámbito Internacional

Publicación Resúmenes

Temática Bioquímica y biología molecular

CONGRESO Congreso Nacional de Virología

Periodicidad Bianual

Última edición Zaragoza, 2007, IX

Próxima Edición Salamanca, 21-24 Julio, 2009 X

Ámbito Nacional

Publicación Resúmenes

Temática Virología

CONGRESO International Congress on Cell Biology, ICCB

Periodicidad Cuatrianual

Última edición Seoul, Korea, 7-10 Octubre 2008

Próxima Edición Río de Janeiro, Brasil, Juni Julio 2012

Ámbito Internacional

Publicación Libro de resúmenes

Temática Microbiología

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TEMA 7 SOCIEDADES CIENTÍFICAS,

INSTITUCIONES Y CONSORCIOS CIENTÍFICOS

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La comunidad científica del área de Biotecnología es muy activa y muy amplia debido fundamentalmente a la multitud de ámbitos que abarca. Esta sección se ha dividido en dos secciones. En la primera se enumeran las so-ciedades científicas más activas en cada una de las áreas del DB. En la se-gunda se enumeran enlaces de interés de consorcios internacionales, y bases de datos que son de uso frecuente por los profesores del DB. 7.1. SOCIEDADES CIENTÍFICAS A continuación se presenta una lista con algunas de las sociedades científi-cas, junto con la referencia de sus páginas web. Aunque en este caso hemos dividido la lista de sociedades según el área a la que sean más afines esto no significa que no existan sociedades comunes a todas o algunas de ellas. Bioquímica:

Sociedad Española de Bioquímica y Biología Molecular: http://sebbm.bq.ub.es/index.php

Federación Europea de Sociedades de Bioquímica: http://www.febs.org/

Internacional Union of Biochemistry and Molecular Biology: http://www.iubmb.org/

Pan-American Asociation for Biochemistry and Molecular Biology: http://pabmb.fcien.edu.uy/main1.htm

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Sociedad Española de Virología: http://www.cbm.uam.es/sev/index.htm

Sociedad Española de Cultivo In Vitro de Tejidos Vegetales: http://www.ivia.es/secivtv/

Genética:

Sociedad Española de Genética: http://www.segenetica.es/

Sociedad Española de Ciencias Hortícolas: http://www.sech.info/

Escarpia: http://www.eucarpia.org/

Internacional Society for Horticultural Sciecne (ISHS): www.ishs.org

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American Society for Horticultural Sciences: http://www.ashs.org/

Sociedad Española de Fitopatología: http://www.sef.es/sef/

Microbiología:

Sociedad Española de Microbiología: http://www.semicro.es/

FEMS: Federación Europea de Sociedades de Microbiología:

http://www.fems-microbiology.org/website/nl/default.asp

The American Sciety for Microbiology: http://www.asm.org/

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Unión Internacional de Asociaciones de Microbiología: http://www.iums.org/

Internacional Federation for Cell Biology: http://www.ifcbiol.org/

Sociedad Española de Virología: http://www.cbm.uam.es/sev/index.htm

7.2. INSTITUCIONES Y CONSORCIOS CIENTÍFICOS A continuación se hace una lista de instituciones, y consorcios científicos de referencia para los profesores de las distintas áreas del DB. General: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC): http://www.csic.es/index.do Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria (INIA): http://www.inia.es/inia/ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación: http://www.fao.org/index_ES.htm Organización Mundial de la Salud: http://www.who.int/es/

Biotecnología: Centro Nacional de Información de Biotecnología de Estados Unidos (NCBI): http://www.ncbi.nlm.nih.gov/

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Genética: Programa Cooperativo Europeo en Recursos Fitogenéticos: http://www.ecpgr.cgiar.org/ Instituto Internacional de Recursos Fitogenéticos (antes IPGRI ahora Bioversity International): http://www.bioversityinternational.org/about_us/ Sistema Nacional de Recursos Fitogenéticos de Estados Unidos: http://www.ars-grin.gov/npgs/

Microbiología: Colección Español de Cultivos Tipo: http://www.cect.org/

Federación Mundial de Colecciones de Cultivos: http://wdcm.nig.ac.jp/wfcc/

Instituto de Agroquímica y Tecnología de los Alimentos (IATA): http://www.iata.csic.es/ Organización Europea de Colecciones de Cultivos: http://www.eccosite.org/

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TEMA 8 OTROS ENLACES DE INTERÉS

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En este capítulo se recogen algunas de las instituciones relacionadas con la biotecnología así como, otros enlaces de interés general para el profesorado del DB. Organismos Institucionales: Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA): http://www.aneca.es/ Fundación Española para Ciencia y la Tecnología (FECYT): http://www.fecyt.es/fecyt/home.do Generalitat Valenciana. Consejería de Educación. Dirección General de

Política científica: http://www.edu.gva.es/poci/index_es.asp Información sobre acreditación nacional para el acceso a los cuerpos

docentes universitarios de la ANECA: http://www.aneca.es/active/active_prof_acred.asp Información sobre contratación de profesorado en la ANECA: http://www.aneca.es/active/active_prof_cont.asp Ministerio de Ciencia e Innovación: http://web.micinn.es/ Servicio de Información comunitario sobre Investigación y Desarrollo: http://cordis.europa.eu/home_es.html Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Universidad

Politécnica de Valencia: http://www.upv.es/entidades/VI/

Herramientas y portales de búsqueda de información: Agrícola: http://agricola.nal.usda.gov/

CAB International: http://www.cabi.org/home.asp

Catálogo de Capacidades y Resultados Tecnológicos y Artísticos de la Universidad Politécnica de Valencia: http://www.upv.es/carta

Materiales relacionados con el polibuscador: Manuales y guías rápidas.

http://www.upv.es/bib/busqueda/bus_mater_pb_c.html Polibuscador: http://polibuscador.upv.es PubMed: http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/

Web of Knowledge: http://www.accesowok.fecyt.es/