ADiapositivas Capacitacion GRC DIC 2013
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SEMINARIO - TALLERCONTRATACIONES DEL ESTADO Y
SU REGLAMENTO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DECRETO LEGISLATIVO Nº 1017 LEY DE
CONTRATACIONES DECRETO SUPREMO Nº 184-2008-EF REGLAMENTO
DE LA LEY LEY Nº 29873 MODIFICA LA LEY DECRETO SUPREMO Nº 138-2012-EF MODIFICA
DEL REGLAMENTO
MARCO LEGAL
a) SUBJETIVO.- Entidad
Todas las entidades del sector público, reguladas por la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.
Empresas de derecho público y privado de propiedad del Estado.
En general los organismos y dependencias estatales con capacidad para celebrar contratos.
AMBITO DE APLICACIÓN
5
• Plan Estratégico Inst.
• Plan Operativo Inst.
• Determinación de Necesidades
• Presupuesto Institucional
• Plan Anual de Contrataciones
• Expediente de Contratación
• Designación del Comité Especial
• Elaboración de las Bases.
• Plan Estratégico Inst.
• Plan Operativo Inst.
• Determinación de Necesidades
• Presupuesto Institucional
• Plan Anual de Contrataciones
• Expediente de Contratación
• Designación del Comité Especial
• Elaboración de las Bases.
• Convocatoria.
• Registro de Participantes
• Consultas
• Observaciones
• Presentación de Propuestas
• Evaluación y Calificación
• Otorgamiento de la Buena Pro
• Formalización del Contrato - Suscripción
• Convocatoria.
• Registro de Participantes
• Consultas
• Observaciones
• Presentación de Propuestas
• Evaluación y Calificación
• Otorgamiento de la Buena Pro
• Formalización del Contrato - Suscripción
• Garantías
• Adelantos
• Adicionales y Reducciones
• Ampliaciones y Prórrogas
• Subcontratación
• Intervención Económica de Obra
• Resolución
• Penalidades
• Recepción y Conformidad
• Liquidación
• Garantías
• Adelantos
• Adicionales y Reducciones
• Ampliaciones y Prórrogas
• Subcontratación
• Intervención Económica de Obra
• Resolución
• Penalidades
• Recepción y Conformidad
• Liquidación
Actos Preparatorios Selección Ejecución Contractual
FASES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
b) Objetivo.- Adquisición o contratación de:
Bienes Servicios en general Servicios de consultoría (de obras) Ejecución de obras
AMBITO DE APLICACIÓN
SUPUESTOS DE INAPLICACIÓN
g) Supuestos de inaplicación que se gestionaban como exoneraciones: - Defensa del Estado en controversias internacionales sobre inversión, en foros arbitrales o judiciales (Servicios Personalísimos) . - Contratación de servicios públicos si no hay posibilidad de contratar con más de un proveedor. (Tarifas únicas)
h) Supuestos de inaplicación que antes eran disposiciones complementarias:
- Convenios de cooperación, gestión, u otros entre entidades o entre entidad y O.I., siempre que se brinde los bs., ss. u obras propios de la función que por Ley les corresponde, sin fines de lucro. Los convenios en ningún caso se realizarán para el encargo de la realización de procesos de selección.
SUPUESTOS DE INAPLICACIÓN
Adquisición de bienes por remate público.
Asesoría legal y financiera y servicios especializados sobre operaciones de endeudamiento interno y externo, y administración de deuda pública.
Precisión: “Contratos internacionales” Con proveedores no domiciliados en
el país, cuyo valor estimado de las prestaciones se realizan en el extranjero.
Contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimiento específicos de organismos internacionales, Estados o Entidades cooperantes, siempre que se deriven de operaciones de endeudamiento externo y/o donaciones ligadas a dchas operaciones
SUPUESTOS DE INAPLICACIÓN
Contratos administrativos de servicios o régimen que haga a sus veces
Los contratos de locación de servicios celebrados con los presidentes de directorios, que desempeñen funciones a tiempo completo en las Entidades o empres del Estado.
Contrataciones = ó < 3 UIT (S/. 11,100). Excepto bienes y servicios incluidos en catálogo de Convenio Marco.
Contrataciones con determinado proveedor, por ley o autoridad jurisdiccional.
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LAS CONTRATACIONES
Registro Nacional de Proveedores
Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado Catálogo de bienes y
servicios.
I FASEACTOS PREPARATORIOS
PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES:
Elaboración
• Cada entidad elaborará su Plan Anual de Contrataciones, el cual deberá ser publicado en Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado.
¿Quién Aprueba el Plan Anual?.- El Titular de la Entidad.
¿En que plazo se aprueba el Plan Anual?.- Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aprobación del PI.
¿En qué plazo se publica en el SEACE?.- En un plazo no mayor de 5 días hábiles de aprobado, incluyendo el dispositivo o documento de aprobación.
¿Cuál es la finalidad del Plan Anual?.- Prever la contratación de bienes, servicios y obras; para el año fiscal respectivo.
ASPECTOS RELEVANTES DEL PAC
ELABORACIÓN DEL PAC
La elaboración comprenderá 2 grandes momentos:
1° momento1° momento: En la programación y formulación Presupuestal. RESULTADO: Proyecto de PAC
2° momento2° momento:: Aprobado el Presupuesto Institucional, el OEC revisará, evaluará y actualizará el proyecto del PAC, según montos del Presupuesto Institucional. .
Usuarios definen requerimientos
Usuarios definen requerimientos
Consolidación de cuadro de
necesidades
Consolidación de cuadro de
necesidadesSEACESEACE
LOCAL Y WEB DE LA
ENTIDAD
LOCAL Y WEB DE LA
ENTIDAD
Aprobación de PIA
Aprobación de PIA
Difundir:
Dentro de los 5 días hábiles de
aprobado
Segundo Momento (15 días hábiles después)
Primer Momento
PlanAnualPlan
AnualAprobaciónAprobación
ELABORACIÓN DEL PAC
CONTENIDO DEL PLAN ANUAL
Todas las contrataciones, con independencia del tipo de proceso de selección y/o régimen legal que las regule.
Contenido mínimo Art. 7 RLC.
CONTENIDO MINIMO DEL PLAN ANUAL
CONTENIDO DEL PLAN ANUAL
OBJETO DE CONTRATACIO
N
OBJETO DE CONTRATACIO
N
*DESCRIPCION DE BIENES, SERVICIOS , Y OBRAS.*CODIGO ASIGNADO EN EL CATALOGO
*DESCRIPCION DE BIENES, SERVICIOS , Y OBRAS.*CODIGO ASIGNADO EN EL CATALOGO
VALOR ESTIMADO
VALOR ESTIMADO
•TIPO DE PROCESO•MODALIDAD DE SELECCION
•TIPO DE PROCESO•MODALIDAD DE SELECCION
FUENTE DE FINANCIAMIEN
TO
FUENTE DE FINANCIAMIEN
TO
TIPO DE MONEDATIPO DE MONEDA
FECHA PREVISTA DE CONVOCATOR
IA
FECHA PREVISTA DE CONVOCATOR
IA
AMC NO PROGRAMADAS: NO ES OBLIGATORIO INCLUIRLOS EN EL PLAN ANUAL
APROBACIÓN DEL PAC
Aprobación del Presupuesto Institucional
Aprobación del Presupuesto Institucional
Aprobación del PAC por el TitularAprobación del PAC por el Titular
Publicación del PAC en el
SEACE
Publicación del PAC en el
SEACE
15días15díashábileshábiles15días15díashábileshábiles
5 días5 díashábileshábiles5 días5 díashábileshábiles
MODIFICACIÓN DEL PAC
Dos supuestos:
Cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección.
Cuando el VR difiera en más de veinticinco por ciento (25%) del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección.
EVALUACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PLAN ANUAL
El Titular evaluará semestralmente ejecución del PAC.
Podrá adoptar medidas correctivas para alcanzar metas y objetivos del POI.
También podrá disponer deslinde de responsabilidades respectivas.
Discrecionalmente puede evaluarse periódicamente la ejecución del PAC.
Aprobación del Plan Anual fuera de plazo o sin publicación. No inclusión de procesos de otros regímenes (convenios,
compras extranjeras, etc). No precisa si se trata de procesos de años anteriores (Ej.
Procesos desiertos, nulos). No se determina correctamente el objeto de contratación, ni el
tipo del proceso de selección.
ERRORES FRECUENTES
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Documento que contiene todas las actuaciones referidas a la contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato.
¿Cuándo se inicia? ¿Cuándo concluye?
¿Cuál es su finalidad?
EN LAS CONTRATACIONES RELACIONADAS CON PROYECTOS DE INVERSION ES RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD
Y se tomen las Previsiones para que se respeten los parámetros de la Declaratoria de Viabilidad, incluyendo* Costos* Diseños* Factores que pudieran afectar la viabilidad.
Y se tomen las Previsiones para que se respeten los parámetros de la Declaratoria de Viabilidad, incluyendo* Costos* Diseños* Factores que pudieran afectar la viabilidad.
Sistema de
Contratación
Sistema de
Contratación
Modalidad de
Selección
Modalidad de
Selección
Tip de ProcesoTip de
ProcesoDisponibilidad PresupuestalDisponibilidad Presupuestal
Valor Referencial
Valor Referencial
Estudios de las Posibilidades que Ofrece el Mercado
Estudios de las Posibilidades que Ofrece el Mercado
Información referida a las Características Técnicas
Información referida a las Características Técnicas
Que los proyectos hayan sido
declarados VIABLES
Que los proyectos hayan sido
declarados VIABLES
EN OBRAS* El Expediente Técnico* Declaratoria de Viabilidad cuando correspondan* EN CONCURSO OFERTA NO SE REQUIERE EXPEDIENTE TECNICO debiéndose anexar el estudio de preinversión y el Informe Técnico que sustento la declaratoria de viabilidad
EN OBRAS* El Expediente Técnico* Declaratoria de Viabilidad cuando correspondan* EN CONCURSO OFERTA NO SE REQUIERE EXPEDIENTE TECNICO debiéndose anexar el estudio de preinversión y el Informe Técnico que sustento la declaratoria de viabilidad
Formula de
Reajuste en su caso
Formula de
Reajuste en su caso
Modalidad de
Contratación
Modalidad de
Contratación
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
CARACTERISTICAS TÉCNICAS
Sobre la base del PAC, el área usuaria deberá requerir la contratación de bienes, servicios y obras.
El OEC, con autorización del área usuaria y, como resultado del estudio de mercado, podrá ajustar las características de lo que contratara.
Reglamentos sectoriales: obligación si cuentan con refrendo del MEF.
Normas Técnicas Nacionales de la Comisión de Reglamentos Técnicos del INDECOPI: Facultativos.
Restricción: No alusión a marcas, nombres comerciales, patentes, diseños, o tipos particulares, salvo estandarización.
APROBACIONAprueba el Expediente del
Funcionario Competente de acuerdo a sus normas de
organización interna
CUSTODIA DEL EXPEDIENTEEl Órgano Encargado de las contrataciones
tiene a su cargo la custodia y responsabilidad del Expediente. También es responsable de remitir el Expediente
para su aprobación
PROCESO DECLARADO DESIERTO
LA NUEVA CONVOCATGORIA DEBERA CONTAR:
a) CON UNA NUEVA APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION
b) SI NO SE HUBIERA MODIFICADO NADA SE MANTIENE EL MISMO EXPEDIENTE
APROBACIÓN Y CUSTODIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEFINICIÓN DE LAS
CARACTERÍSTICAS DE BIENES,
SERVICIOS Y OBRAS
LAS CARACTERISTICAS CANTIDAD CALIDAD
ACTIVIDAD QUE DESARROLLA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 13º DE LA LEY
EL ORGANO ENCARGADO CON AUTORIZACION DEL AREA USUARIA Y COMO PRODUCTO DEL ESTUDIO DE
LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO
PODRA AJUSTAR LAS CARACTERISTICAS DE LO
QUE SE VA A CONTRATAR
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR
EL AREA USUARIA DEFINE CON PRECISION
AJUSTE DE LAS CARACTERÍSTICASAJUSTE DE LAS CARACTERÍSTICAS
EVALÚAN EN CADA CASO
• LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAS Y• LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL
MERCADO PARA LA SATISFACCIÓN DEL REQUERIMIENTO.
ESTA EVALUACION DEBERÁ PERMITIR:
• LA CONCURRENCIA DE LA PLURALIDAD DE PROVEEDORES EN EL MERCADO PARA LA CONVOCATORIA DEL RESPECTIVO PROCESO DE SELECCIÓN.
• EVITANDO INCLUIR REQUISITOS INNECESARIOS CUYO CUMPLIMIENTO SÓLO FAVORECERÁ A DETERMINADOS POSTORES
LA FORMULACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEBERÁ SER
REALIZADA POR EL ÁREA USUARIA
El Área Usuaria coordina con el Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad
Con la Disponibilidad del Terreno o Lugar
donde se ejecutará la obra
Expediente Técnico
aprobado
La Entidad cautelará la adecuada formulación del Expediente Técnico con el fin de asegurar:•La Calidad Técnica•Reducir al mínimo la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de ejecución de obras
EN OBRAS SE DEBE CONTAR CON:
NO DEBE HACERSE REFERENCIA
MARCAS O NOMBRES
COMERCIALES
PATENTES DISEÑOS O TIPOS PARTICULARES
FABRICANTES DETERMINADOS
DESCRIPCION QUE ORIENTE
PROCESO DE ESTANDARIZACIONPERMITE:
•Solicitar Marca o tipo de producto determinado•Siempre que responda a un Proceso de Estandarización•Estandarización: Es un proceso de racionalización consistente en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a contratar, en ATENCION DE LOS EQUIPAMIENTOS EXISTENTES
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATAR
CUANDO EXISTA UNA NECESIDAD EXTRAORDINARIA ADICIONAL A
LA PROGRAMADA Y SIEMPRE QUE ESTÁ ÚLTIMA CUENTE CON
EXP. DE CONTRATACIÓN APROBADA, LA NUEVA
NECESIDAD SE ATENDERÁ A TRAVÉS DE UNA CONTRATACIÓN
INDEPENDIENTE
FRACCIONAMIENTO
Basándose en las características técnicas definidas por el Área Usuaria, el OEC debe evaluar las posibilidades que ofrece el mercado para determinar:
El valor referencialPluralidad de marcas y/o postoresDistribución de buena proInformación que pueda servir para establecer factores de evaluación Los pertinentes para realizar ajustes a las características y/o condiciones de lo que se va a contratar, entre otros aspectos.
ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO
Proceso de Selección Asignación de recursos necesarios.
•Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia.•Estudio de posibilidades de precios y condiciones que ofrece el mercado
•Alternativas existentes según el nivel de comercialización
•Descuentos por volúmenes•Disponibilidad Inmediata de ser el caso
•Mejoras en las condiciones de venta
•Garantías y•Otros Beneficios Adicionales•Así como la Vigencia Tecnológica del objeto de la contratación de las Entidades•Los Costos estimados en el PAC?
VALOR REFERENCIAL
Sirve para determinar:
Se determina sobre la base de:
DETERMINACIÓN DE VALOR REFERENCIAL
• Los Tributos• Seguros• Transportes• Inspecciones• Prueba y• Los Costos Laborales conforme a la legislación vigente, de ser el caso
• Cualquier otro concepto• Las Cotizaciones de los proveedores deben incluir los indicados componente
PROCESOS DE SELECCIÓN SEGUN RELACION DE ITEMS:
El VR se determinará en función a la sumatoria de los Valores Referenciales de cada uno de los Items considerados. EN LAS BASES DEBERA ESPECIFICARSE tanto el VR de los Items cuanto el VR del PS
EL VALOR REFERENCIAL SE CALCULARÁ INCLUYENDO
VALOR REFERENCIAL PARA CONSULTORÍA Y EJECUCIÓN DE
OBRAS
VALOR REFERENCIAL EN COBRANZAS Y RECUPERACIONES
37
CÓMO SE DETERMINA: APLICANDO EL PORCENTAJE QUE SE FIJE EN LAS BASES, SOBRE EL MONTO A COBRAR O RECUPERAR. DICHO PORCENTAJE INCLUYE TODOS LOS CONCEPTOS QUE COMPRENDE LA CONTRAPRESTACIÓN QUE LE CORRESPONDE AL CONTRATISTA.
PROCEDE CONSIDERAR HONORARIOS DE EXITO: ; •SIEMPRE Y CUANDO SEAN USUALES EN EL MERCADO•SE JUSTIFIQUE LA NECESIDAD Y SU MONTO•LA JUSTIFICACION DEBE EFECTUARSE MEDIANTE UN INFORME EMITIDO POR EL OECE.
VALOR REFERENCIA CON HONORARIOS DE EXITO: EL VR ESTARA CONFORMADO POR:• HONORARIO FIJO; MAS • HONORARIO DE ÉXITO. • PARA EFECTOS DE LA INCLUSION DEL HONORARIO DE EXISTO EN EL VR, SE TOMARA EN
CUENTA EL MONTO MÁXIMO QUE LA ENTIDAD PAGARIA COMO HONORARIO DE EXITO.
ANTIGÜEDAD DEL VALOR REFERENCIAL
LEY• OBRAS: El Valor Referencial no podrá tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses contados desde la fecha de la convocatoria del proceso respectivo
• BIENES Y SERVICIOS: No podrá ser mayor a tres (3) meses a partir de la Aprobación del Expediente de Contratación. Para los casos en que se requiera un periodo mayor a los consignados el OECE indicará el periodo de actualización.
REGLAMENTO: PARA CONVOCAR A UN PROCESO DE SELECCIÓN:
• CONSULTORIA DE OBRAS: El Valor Referencial no podrá tener una antigüedad mayor a seis (6) meses. Se computa a partir de la aprobación del Expediente de Contratación.
• OBRAS CON EXPEDIENTE TÉCNICO: Para el caso de ejecución de obras que cuentan con Expediente Técnico, la antigüedad se computa a partir de la fecha de determinación del presupuesto de Obra
• BIENES Y SERVICIOS: No podrá tener una antigüedad mayor a tres (3) meses computado a partir de la aprobación del Expediente de Contratación
COMPUTO:a)BIENES, SERVICIOS Y CONSULTORIA: Se computa a partir de la aprobación del
Expediente de Contrataciónb)OBRAS CON EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la fecha de determinación del
Presupuesto de Obrac)OBRAS SIN EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la convocatoria
Por los Participantes• Se pone en conocimiento del
OECE para opinión o
• Apruebe un nuevo Valor Referencial
• Se pone en conocimiento del funcionario que aprobó el Exp. De Contratación
Por el Comité EspecialSolicita Revisión o Actualización al Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad
OBSERVACIÓN AL VALOR REFERENCIAL
SISTEMA DE CONTRATACION
SUMA ALZADA: Plazo fijo y monto integral
PRECIOS UNITARIOS: Magnitud y cantidad no definida Monto según lo ejecutado
SISTEMA MIXTO: Solo para ejecución de obras Magnitud y cantidad no definida (P.U) Y lo definido (S.A)
MODALIDAD DE EJECUCION CONTRACTUAL
LLAVE EN MANO
CONCURSO OFERTA
42
Se solicita a la Oficina de Presupuesto la Certificación de Disponibilidad Presupuestal
QUÉ GARANTIZA:?La Certificación garantiza que se cuenta con Crédito Presupuestario suficiente para comprometer el gasto
SE SOLICITA LA CERTIFICACION
Debe señalarse el periodo de la contratación programada
Disponibilidad Presupuestal y Fuente
de Financiamiento
Si el plazo de ejecución contractual se inicia al año siguiente o abarca otro ejercicio deberá certificar que el gasto a ser efectuado será considerado en las programaciones del PI del año siguiente; en este caso, la Certificación deberá ser suscrita además por Jefe de la Oficina General de Administración
Para la Certificación deberá utilizarse la Cadena Funcional
Programática
CERTIFICACIÓN DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
DETERMINADO EL VALOR REFERENCIAL
CONTENIDO DE LA CERTIFICACIÓN
CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL
FUNCIONARIOS Y ORGANOS ENCARGADOS DE
LASCONTRATACIONES
1. Titular de la Entidad2. Área usuaria3. Órgano encargado de las
contrataciones4. Comité Especial
COMITÉ ESPECIAL
Órgano colegiado y autónomo.
Tres miembros: uno del área usuaria y otro del OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente el objeto de la contratación.
La designación debe cuidar que exista correspondencia entre cada miembro titular y su suplente.
COMITÉ ESPECIAL AD HOC
LICITACIONES PUBLICAS CONCURSOS PUBLICOS
ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS
ADJUDICACIONES DIRECTAS SELECTIVAS
ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA
ORGANO ENCARGADO DE LAS
CONTRATACIONES
COMITÉ ESP. PERMANENTE
COMITÉ ESP. AD HOC
Tiene a cargo las AMCCuando el Titular de la Entidad lo designa
tienen a su cargo las AMC
En su conformación solo se exige que uno de sus integrantes sea del OECE
COMITÉ ESPECIAL PERMAMENTE
DESIGNACIÓN DEL COMITÉ ESPECIAL
Contenido del Acto Administrativo:
1. Numero de integrantes ( 3 )2. Nombre de los Titulares3. Nombre de los suplentes. Debe existir
correspondencia con los Titulares4. Nombre del Presidente5. Proceso o Procesos de Selección
FORMA DE DESIGNACION
• A los Titulares y Suplentes• Con indicación de sus nombres completos
• Con correspondencia entre ambos
Y a quien actuará como Presidente
Lo designa por escrito el titular de la Entidad o funcionario delegado
COMITÉ ESPECIAL
PERSONALMENTE A todos los Titulares y Suplentes
NOTIFICACION AL PRESIDENTESe apareja a su designación el
Expediente de Contratación y toda la información técnica y económica para el
cumplimiento del encargo
NOTIFICACION DE LA DESIGNACION
COMITÉ ESPECIAL
APOYO
El Presidente al día siguiente hábil convoca a los demás miembros para
la INSTALACION
Elabora las Bases y las eleva para su aprobación
CONVOCATORIAAprobada las Bases
dispone la convocatoria del Proceso de Selección
INSTALACION DEL COMITÉ ESPECIAL
IMPEDIMENTOS PARA SER MIEMBRO DEL COMITÉ
ESPECIAL
Titular de la Entidad.
Funcionarios con atribuciones de Control
o Fiscalización• Regidores• Consejeros Regionales• Directores de Empresas• Auditores entre otros.• SALVO que el OCI sea el área usuaria
(**) Los funcionarios que por delegación hayan:
a) Aprobado el expedienteb) Designado el Comité
Especial.c) Aprobado las Bases.d) Tenga facultades para
resolver apelaciones.
(*)Sancionados1. Sancionados con
suspensión o cese temporal por su actuación como integrantes del Comité Especial por decisión motivada y consentida o administrativamente firme, MIENTRAS SE ENCUENTRE VIGENTE*.
(*) Deja de ser miembro del Comité Especial quien es sancionado en pleno ejercicio de su función
(**) Se circunscribe al Proceso de contratación a que se refieren las delegaciones en él señaladas.
COMITÉ ESPECIAL
UN LIBRO DE ACTAS•Licitaciones •Concursos•Adjudicaciones Directas
PUEDE OPTARSEUn Libro por cada
proceso de selección
PARA AMCPuede incorporarse en el Libro Único de Actas o Contar con un Libro
CUSTODIA DEL ACTA
El Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad
CARACTERISTICA DE LIBRO•Foliado •Legalizado•Facultativo: Hojas mecanizadas
LIBRO DE ACTAS PARA LOS ACUERDOS
COMITÉ ESPECIAL
Por caso Fortuito o Fuerza Mayor.
Por cese en el servicio.
Declarados mediante documentos debidamente
motivados.
En el mismo documento se podrá designar al nuevo integrante.
Límite de edad.
Pérdida de nacionalidad.
Incapacidad permanente física y mental.
Ineficiencia o ineptitud comprobada.
1) 2)
REMOCIÓN Y RENUNCIA
COMPETENCIA DEL COMITÉ ESPECIAL
• CONSULTA los alcances de la Información proporcionada en el Expediente de Contratación
• SUGIERE, de ser el caso, las modificaciones que considere pertinentes.
• MODIFICACION: cualquier modificación requerirá contar previamente con la conformidad del área usuaria y/o del OECE
• NUEVA APROBACION: La modificación requiere de nueva aprobación del Expediente de Contratación.
ELABORA LAS BASES
CONVOCA A PROCESO
ABSUELVE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
INTEGRA BASES
EVALÚA PROPUESTAS
ADJUDICA BUENA PRO
DECLARA DESIERTO
TODO ACTO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO HASTA EL CONSENTIMIENTODE LA
BP
EL COMITÉ NO PUEDE MODIFICAR DE OFICIO LAS BASES APROBADAS
COMITÉ ESPECIAL
PRESUNCION DE VERACIDADEs causal de descalificación la presentación de documentos falsos o inexactos. Para que ello opere es necesario que la falsedad o inexactitud haya sido probada fehacientemente, sin que exista duda razonable, por las consecuencias que ello acarrea en el postor y porque la presunción de veracidad de que esta revestida toda declaración o documentación aportada por los ciudadanos solo puede dejarse sin efecto, por expreso mandato legal.
DECISION DEL COMITE ESPECIALSi el Comité toma conocimiento que en las propuestas obra un documento sobre cuya veracidad o exactitud existe duda razonable, informará el hecho al órgano encargado de las contrataciones para que efectúe la inmediata fiscalización. ELLO NO SUSPENDERA, EN NINGUN CASO, LA CONTINUIDAD DEL PROCESO DE SELECCION
DOCUMENTOS FALSOS O INEXACTOS
COMITÉ ESPECIAL
Para sesiones
•Totalidad de Titulares
Actos del Comité Especial• Constan en actas.• Acta queda con la Entidad.
Acuerdos Por:Unanimidad o Mayoría
•No cabe abstención.•Los Votos discrepantes constan en actas. Fundamentados.
QUÓRUM Y ACUERDOS
COMITÉ ESPECIAL
EN CASO DE AUSENCIAEl suplente reemplaza, respetándose
la conformación
COMITÉ PERMANETEEn este Comité solo se exige la
presencia del OECE
REINCORPORACION DEL AUSENTESolo como suplente previa autorización previa evaluación
de su conducta funcional
DETERMINACION DE RESPONSABILIDAD DEL AUSENTE
La Entidad evalúa el motivo de la ausencia a efectos determinar responsabilidad y su incorporación como suplente
INTERVENCION DE LOS SUPLENTES
RESPONSABILIDAD DEL COMITÉ ESPECIAL
En razón de su Forma de Actuación
Colegiada Autónomo
Responsabilidad Solidaria
Porque la selección se realice de acuerdo a Ley
Sobre cualquier irregularidad que le sea imputable por dolo, negligencia y/o culpa inexcusable (Ley Art. 46°)
Responsabilidad Expertos independientes
Ley Art. 25° Rgto Art. 236°
• Se comunica a CONSUCODE para que se le incluya en el Registro de inhabilitados.
• La entidad remite a CONSUCODE en plazo de 10 días de detectado el hecho.
Responsabilidad
•Administrativa y
•Judicialmente
BASES
Deberá ser aprobado por el titular de la entidad o por funcionario al que le hayan delgado tal facultad, y sólo serán aprobados los originales visados en todas sus páginas por miembros del comité o del órgano a cargo.
Contenido mínimo art. 26° LCAE. Podrán ser pre-publicadas en el SEACE y
en el portal institucional. El OSCE mediante Directivas, aprobará
Bases Estandarizadas, cuyo uso será obligatorio por las Entidades.
APROBACIÓN DE LAS BASES
Titular de la Entidad o por quien hubiere
delegado
FORMA DE APROBACION:• Mediante Resolución• Acuerdo o• Algún documento que exprese de manera indubitable la voluntad de aprobación
VISACIONLos originales deberán estar visados en todas sus paginas por el Comité Especial o el OECE
PODRAN
EN ELSEACE Y EL PORTAL INSTITUCIONAL DE LA ENTIDAD
PREPUBLICACION DE LAS BASES APROBADAS
II FASEDE SELECCIÓN
PROCESOS DE SELECCION
Es un procedimiento especial conformado por un conjunto de actos llevados a cabo por la Entidad, con la finalidad seleccionar a la persona natural o jurídica con la cual suscribirá un contrato para satisfacer los requerimientos de la institución.
LICITACIÓN PÚBLICA
CONCURSO PÚBLICO
ADJUDICACIÓN DIRECTA
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA DERIVADA
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN
QUE EL PROCESO DE SELECCIÓN SE
ENCUENTRE INCLUIDO EN EL PLAN ANUAL
EXPEDIENTE DE CONTRATACION
APROBADO
DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Y SU
RESPECTIVA FUENTE DE FINANCIAMIENTO
REQUISITOS PARA CONVOCAR UN PROCESO DE SELECCIÓN
SE CONSIDERA EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRATACION
y EL VALOR REFERENCIAL
Ejecución de la Obra
Consultoría Servicio Entrega del bien
En el caso de contrataciones que involucren un conjunto
de PRESTACIONES
El Objeto Principal LA PRESTACION de mayor incidencia porcentual
• Bienes y Servicio : Que se requieren como complementarios entre si, se consideran incluidos en la adquisición o contratación objeto del contrato
1
2
¿QUÈ ES OBJETO PRINCIPAL DE
CONTRATACION?Se determina en función de la PRESTACION
SERA
3
PARA DETERMINAR EL PROCESO DE SELECCIÓN
EN LICITACIONES Y CONCURSOS1. Convocatoria2. Registro de Participantes3. Formulación y absolución de consultas4. Formulación y absolución de
observaciones5. Integración de las Bases6. Presentación de Propuestas7. Calificación y Evaluación de Propuestas8. Otorgamiento de la Buena Pro.
EN AADD Y AMC PARA OBRAS Y CONSULTORIA DE OBRAS1.Convocatoria2.Registro de Participantes3.Formulación y absolución de consultas y Observaciones4.Integración de las Bases5.Presentación de Propuestas6.Calificación y Evaluación de Propuestas7.Otorgamiento de la Buena Pro.
AMC BIENES Y SERVICIOS1. Convocatoria2. Registro de Participantes3. Presentación de Propuestas4. Calificación y Evaluación de
Propuestas5. Otorgamiento de la Buena Pro.
ETAPAS DEL PROCESOS DE SELECCION
CONVOCATORIA
• Nombre domicilio y RUC de la Entidad
• Número del proceso de selección
• Modalidad de selección
• Descripción básica del objeto
• Valor referencial
• Lugar y forma para la inscripción de participantes
• Costo del derecho de participación
• Calendario del proceso de selección
• Indicación de instrumento internacional
Contenido
REGISTRO DE PARTICIPANTES
OPORTUNIDAD DEL REGISTRO DE PARTICIPANTES
CONSULTAS Y OBSERVACIONES
¿Qué es una Consulta?¿Qué es una
Observación?
AclararHacer una Solicitud
Cuestionar el incumplimiento de las condiciones mínimas o
ilegalidad
• Se plantean por escrito.• Comité Especial absuelve consultas y acoge (o no acoge)
observaciones mediante escrito debidamente sustentado.• El Comité Especial no puede de oficio modificar las Bases.• Una vez integradas las Bases constituyen las reglas definitivas de
la contratación.
CONSULTAS Y OBSERVACIONES - PLAZOS
Para que los participantes presenten:
• LP y CP: Mín. 5 días
• ADP y ADS: Mín. 3 días.
• MC para obras y consultoría de obras: Mín. 2 días.
• MC para Bienes y Servicios: NO hay consultas ni observaciones
Para el Comité Especial absuelva:
• LP y CP: Máx. 5 días• ADP y ADS: Máx. 3 días• MC para obras y consultoría
de obras: Máx. 2 días
ANTES MODIFICACIÓN
El mencionado pliego deberá ser notificado a través del
SEACE
El mencionado pliego deberá ser publicado
en el SEACE en la fecha
prevista en el cronograma del
proceso.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
ANTES MODIFICACIÓN
El mencionado pliego deberá ser notificado a través del
SEACE
Publicación en la fecha prevista en el cronograma del proceso.
Incluir en las Bases la tasa por concepto de elevación de Bases.
ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES
SUPUESTOS DE ELEVACION DE OBSERVACIONES
PLAZO PARA SOLICITAR
3 días hábiles desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio vía SEACE
Cuando no sea acogida la observación formulada
Cuando el PARTICIPANTE considere que el
acogimiento continua siendo contrario a lo
dispuesto por el Art. 26º de la Ley
Cuando el observante considere que el acogimiento continua siendo
contrario a cualquier otra disposición sobre contrataciones,
complementarias o conexas
TASA PARA EL PAGO: El Pliego de Absolución de Observaciones el Comité debe incluir el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE.
INTEGRACIÓN DE BASES
La integración es el acto mediante el cual las consultas, aclaraciones y observaciones de los participantes se incorporan a las bases originales, para dar paso a una versión mejorada. ( segunda versión DEFINITIVA).
Si las bases integradas no se publican en el SEACE, los actos posteriores son nulos.
ACTUAL MODIFICACIÓN
Las Bases integradas deben
incorporar, las modif. efectuadas
a través de consultas,
observaciones, pronunciamientos
Las Bases integradas deben incorporar, las modif. efectuadas a través de consultas, observaciones, pronunciamientos y acciones de supervisión
INTEGRACIÓN DE BASES
ANTES MODIFICACIÓN
El mencionado pliego deberá ser notificado a través del
SEACE
Publicación en el SEACE en la fecha prevista en el cronograma del proceso.Nulidad de todo lo actuado posteriormente.
INTEGRACIÓN DE BASES
ANTES MODIFICACIÓN
Cuando el participante no cumple con acreditarse en el acto público conforme al Reglamento, no se recibe la propuesta.
Si la acreditación del participante es rechazada por el Comité Especial, se deja constancia en el acta y los sobres van custodia del notario o juez de paz
ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES
ANTES MODIFICACIÓN
NO esta regulado la acreditación de representantes en un consorcio en un acto público.Solo se exige documento registral vigente
la prop. de un consorcio puede ser presentada por el Rpte común o uno de los integrantes del consorcio Documento registral vigente expedido con una antigüedad de 30 días.
ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
• Acto Público, por excepción privado (ADS y AMC)• Acreditación de representantes para presentar
propuestas: carta poder simple y representación legal.• PRESENTACIÓN:
– En dos sobres cerrados : propuesta técnica y propuesta económica.
– En AMC para servicios: la presentación de propuestas podrá realizarse por correo electrónico.
PROPUESTA TECNICA
Documentación obligatoria• Copia simple del Certificado o
Constancia de Inscripción (RNP)• Declaración Jurada de:a. No tiene impedimentosb. Conoce, acepta y se somete a las
Basesc. Responsable de la veracidadd. Compromiso de mantener su ofertae. Conoce las sanciones• Declaración Jurada y/o documentación
que acredite el RTM• Promesa Formal de Consorcio
Documentación Facultativa
•Certificado inscripción MYPE•Documentos relativos a Factores de Evaluación
PROPUESTA ECONOMICA•Oferta Económica•Detalle de precios unitarios cuando el sistema sea este•Garantía de Seriedad de Oferta cuando corresponda
CONTENIDO DE LOS SOBRES DE LA PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
EN IDIOMA CASTELLANO O ACOMPAÑADOS DE TRADUCCION
DOCUMENTOS CON INFORMACION REFERIDA A LOS REQUISITOS
PARA LA ADMISIÓN DE PROPUESTAS Y FACTORES DE
EVALUACION.
EN SU IDIOMA ORIGINAL
Folletos, instructivos, catálogos o similares
CON LEGALIZACION CONSULAR
Cuando se exija documentos que sean emitidos por autoridad publica en el
extranjero. En principio se admite copia simple;
posteriormente y antes de la suscripción del contrato el
documento con la legalización
ANTES MODIFICACIÓN
Las traducciones de los RTM o factores de evaluación debe ser efectuadas por un traductor público juramentado
Las traducciones de los RTM o factores de evaluación debe ser efectuadas por un traductor público juramentado o por un traductor colegiado certificado.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
ANTES MODIFICACIÓN
Los formularios y formatos deben llevar el sello y rúbrica del postor o su representante legal
Los formularios y formatos deben llevar el sello y rúbrica del postor o su representante legal si es P. J. Las P. N. bastará con que indique su nombre y apellido completo
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
ANTES MODIFICACIÓN
El juez de paz participa únicamente en los lugares donde no hay notario.
El juez de paz participa en los lugares donde no hay notario o ante la no concurrencia de este último, previa sustentación.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
CONTENIDO Y REQUISITOS DE LA PROMESA FORMAL DE
CONSORCIO
86
Integrantes Representante común para el PS; para la Suscripción y ejecución contractual
Domicilio Común
Porcentaje de Participación
Las Bases pueden establecer las Obligaciones de cada uno
La Promesa establecerá las obligaciones si las bases no lo
establecen; si no se consigna se presumirá que todos ejecutan el
objeto de convocatoria
Todos cumplirán los requisitos establecidos por las Bases
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
• Subsanación de propuesta técnica: defectos de forma (omisiones o errores en documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta).
• No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica, salvo foliación y rúbrica.
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
ACTUAL MODIFICACIÓN
Solo se puede subsanar errores y omisiones en los documentos presentados
Además de los errores u omisiones, se podrá subsanar la omisión de documentos (RTM) emitidos por autoridad pública nacional o un privado ejerciendo dicha funsión
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
ACTUAL MODIFICACIÓN
Solo se puede subsanar errores y omisiones en los documentos presentados
Los doc. a subsanarse deben haberse emitido con anterioridad a la presentación de propuestas. La subsanación deberá presentarse en trámite documentario
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
Evaluación y Calificación de Propuestas
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
• Calificación:- Requerimientos Técnicos Mínimos
• Evaluación:- Factores- Puntaje- Documentación- Criterio
MÉTODO DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Las Bases deben especificar
Los Factores de Evaluación precisando los criterios que se emplearan para su aplicación
Los Puntajes La forma de asignación del puntaje
La documentación sustentatoria de estos
EL COMITÉ ESPECIAL DETERMINARA LOS FACTORES, LOS QUE DEBEN SER
Objetivos y congruentes con el objeto de convocatoria
Deben sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad
Se puede calificar aquello que supere o mejore el requerimiento mínimo, siempre que no desnaturalice el requerimiento efectuado
Debe establecerse el puntaje mínimo que se debe alcanzar para acceder a la evaluación de la
PROPUESTA ECONÓMICA
El factor de evaluación será
El Monto total de la oferta
El monto total de cada Item, paquete o lote
En su caso
y
Paquete: Conjunto de bienes o servicios de una misma o distinta clase
Lote : Conjunto de bienes del mismo tipo
*MEJORAS; a las características técnicas de los bienes y a las condiciones previstas en las Bases, que no generen costo adicional para la Entidad. Las Bases deberán precisar aquellos aspectos que serán considerados como mejoras.
SERVICISERVICIOSOS
evaluación de la exp. es facultativo en arrendamiento
de inmuebles
FACTORES DE
EVALUACIÓN
CONSULTORCONSULTORÍAÍA
Adicionalmente, podrá
considerarse: Cumplimiento del
servicio.
FACTORES DE
EVALUACIÓN
PUNTAJES PARA SERVICIOS PUNTAJES PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍADE CONSULTORÍA
Exp. Actividad y especialidad De 25 a 35 puntos cumplimiento del servicio
Personal propuesto De 30 a 40 puntos
Mejoras al servicio De 20 a 25 puntos
OBRASOBRAS
TODOS LOS FACTORES SON OBLIGATORIOS
FACTORES DE
EVALUACIÓN
CONSORCIOS
El proyecto dispone la evaluación de la experiencia de los integrantes de un consorcio conforme a las obligaciones que éstos asumen en la asociación, las mismas que deben constar en la promesa formal de consorcio. Ello dotará de mayores garantías a las entidades públicas de que se cumplan con las obligaciones contractuales.
Empresa % participación Experiencia Empresa % obligación ExperienciaEmpresa A 99% 20,000 Empresa A 99% 20,000 Empresa B 1% 400,000 Empresa B 1% 400,000
Cálculo de la experiencia 420,000 Cálculo de la experiencia 23,800 (A+B) (99% * 20,000) + (1% * 400,000)
Actual Propuesta
CONSORCIOS
AL SUSCRIBIRSE EL CONTRATO DE CONSORCIO SE MANTENDRÁ EL PORCENTAJE DE OBLIGACIONES DE CADA UNO DE SUS INTEGRANTES CONFORME A LO INDICADO EN LA PROMESA FORMAL DEL CONSORCIO
BUENA PRO
• Por acto público, excepto en ADS y AMC
• Publicación en el SEACE.
• Distribución de la Buena pro.
• Ofertas que excedan VR.
• Consentimiento.
SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE
EN AADD Y AMC• A favor de MYPEs
integradas por discapacitados o
• Consorcios conformados por estas empresas
MEJOR PUNTAJE ECONOMICO o TECNICO
• A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico, en el caso de bienes u obras;
• O el Mejor Puntaje Técnico, tratándose de servicios.
SE OBSERVA ESTRICTAMENTE EL SIGUIENTE ORDEN
A PRORRATA• Deben manifestar su voluntad• Este criterio no es de
aplicación para el caso de Consultoría en General, Consultoría y Ejecución de Obras
SORTEOEn el mismo acto
EN AADD Y AMCA favor de las MYPES
o a los Consorcios conformados en su totalidad por éstas
BUENA PRO A PROPUESTAS SUPERIORES AL VR
APLICACIÓN DEL ART. 33º DE LA LEY
Se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación
del Titular de la Entidad
REDUCCION DE LA OFERTAEl postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto
igual al VR
DISTRIBUCIÓN DE LA BUENA PRO
Como resultado del Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado se
establece que el requerimiento no puede ser cubierto por un solo proveedor.
Las Bases deben prever la posibilidad de distribuir la
Buena Pro
FORMA DE OTORGAR LA BUENA PRO
MEJOR PUNTAJE TOTALEl Comité le otorga la Buena Pro por la cantidad ofertada
EL SALDO POR RAZONES DE PROPUESTA ECONOMICA• A los demás postores que le sigan en orden de prelación.• Las demás propuestas no deben ser superiores al 5% de
aquella del postor ganador.• En caso contrario, pueden reducir su propuesta hasta
adecuarse.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
105
1.Ocho (8) días hábiles de notificado2.EN AADD Y AMC: 5 días hábiles3.Consentido la Buena Pro el OEC asume competencia
Solución de controversias durante el proceso de selección
ANTES AHORA
RECURSO DE APELACIÓN
ACTOS NO IMPUGNABLES
ACTOS IMPUGNABLES.Continúan siendo los mismos
Renovación de garantíaLa garantía debe tener vigencia de 20
(Entidades) y 30 (OSCE) días calendario.Si no se renueva se ejecuta para constituir
un depósito en la cuenta bancaria de la Entidad o del OSCE, según corresponda, el cual se mantendrá hasta el agotamiento de la vía administrativa.
La entidad financiera debe estar supervisada por la SBS y contar con autorización para emitir garantías.
GARANTÍA
ANTES AHORA
CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN DE LA ENTIDAD
RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL
RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL
RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL
ANTES AHORA
AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA
Exoneraciones
NO PROCEDE LA EXONERACIÓN POR DESABASTECIMIENTO CUANDO ES GENERADO POR NEGLIGENCIA DE LOS FUNCIONARIOS.
NO PROCEDE LA EXONERACIÓN POR SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO PARA EJECUTAR UNA OBRA. (ART. 22º DE LA LEY Y 129º DEL REGLAMENTO)
SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO
PROCEDE FRENTE A HECHOS CATASTRÓFICOS O ACONTENCIMIENTOS QUE AFECTEN LA DEFENSA O SEGURIDAD NACIONAL
SITUACIONES QUE SUPONGAN EL GRAVE PELIGRO DE QUE LOS SUPUESTOS ANTERIORES OCURRA. (ART. 23º DE LA LEY Y 128º DEL REGLAMENTO)
INCUMPLIMIENTO: SANCIÓN PENAL Y ADMINISTRATIVA
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
ANTES MODIFICACIÓN
procede para la contratación de personas naturales y jurídicas.
Los servicios de publicidad se contratan por esta causal.
Procede solo para la contratación de personas naturales.
Los servicios de publicidad NO se contratan por esta causal.
SERVICIO PERSONALÍSMISMO
ACTUAL MODIFICACIÓN
Los servicios de publicidad NO se contratan por esta causal.
Los servicios de publicidad se contratan por esta causal.
PROVEEDOR ÚNICO DE BIENES O SERVICIOS QUE MO ADMITEN
SUSTITUTO
UNA MALA APLICACIÓN DE LA UNA MALA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN GENERA: EXONERACIÓN GENERA:
Podrá declararse la nulidad del contrato cuando este obedezca a una exoneración que no cumple con los requisitos de la Ley.
El proveedor será pasible de sanción si suscribe un contrato pese haber sido notificado de la nulidad del proceso o la suspensión de este, determinado por el OSCE
Modalidades de Seleccion
CLASES DE MODALIDADES
PROVEEDORCompras
Corporativas
PROCEDIMIENTO DE LAS COMPRAS CORPORATIVAS
FACULTATIVAS
ConvenioInterinstitucionalQuiénes Participan
Qué CompranQuién selecciona Actos
Preparatorios*Suscripcióny EjecuciónContractualCada Entidad
PARTICIPANTES
ENTIDADENCARGADA
SelecciónHasta que la buena pro
queda consentida
* Los Bienes o servicios deben estar incluidos en el PAC de cada entidad.
Perú Compras(OSCE)
CONSOLIDA
EENNT T I I DDAADDEESS
Requerimientos
RequerimientosConsolidados
EENNTTI I DDAADD
TTÉÉCCNNIICCAA
EspecificacionesTécnicas
MEF determina mediante Decreto Supremo: Bienes, servicios y entidades
** Suscripción del Contrato y Ejecución Contractual.
**
PROCEDIMIENTO DE LAS COMPRAS CORPORATIVAS
OBLIGATORIAS
SUBASTA INVERSAInclusión en el Listado de Bienes y
Servicios Comunes
UNIDADORGÁNICA
Evalúa sugeren-cias y emite
Informe Técnico
ENTIDADES, GREMIOS Y PROVEEDORES RNP
OSCECONSEJO DIRECTIVO
PROYECTODE FICHATÉCNICA
INFORMETÉCNICO
FICHATÉCNICALISTADODE
BIENES YSERVICIOSCOMUNES
recomiendan sugieren
Elabora y publica proyecto
08 días
Aprueba Ficha Técnica y
dispone inclusión(No hay impugnaciones)
Procedimientode Exclusión
Mediante Resolución de OSCE, ya seade oficio o a pedido de una Entidad.
FASE DE ACTOS PREPARATORIOS
Para la contratación de un bien o servicios que se encuentre en el Listado de bienes o servicios Comunes.
Uso obligatorio de lasubasta inversa presencial o
electrónica.
Uso obligatorio de lasubasta inversa presencial o
electrónica.
FASE DE ACTOS PREPARATORIOS
Excepciones
Cuando el bien se encuentre en el Catálogo de Convenios Marco.
Cuando la Entidad considere más eficiente el uso de otro procedimiento, previa aprobación de OSCE.
SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
Proceso de Selección
CONVOCATORIA
INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES
Presentación de Propuestas
Puja
Otorgamiento de Buena Pro
2
3
1
Mín.8 o 5 días
ACTO PÚBLICO
Propuesta > 100% VR=> descalificación
No se considera límite mínimo.
SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
Clasificación de Propuestas
CONVOCATORIACONVOCATORIA
INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES,REGISTRO Y PRESENTACIÓN
DE PROPUESTAS
INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES,REGISTRO Y PRESENTACIÓN
DE PROPUESTAS
OTORGAMIENTODE LA BUENA PROOTORGAMIENTO
DE LA BUENA PRO
APERTURA DEPROPUESTAS
Y PERÍODO DE LANCES
APERTURA DEPROPUESTAS
Y PERÍODO DE LANCES
Inscripción de Participantes.Registro de Propuestas.Presentación de Propuestas.
Inscripción de Participantes.Registro de Propuestas.Presentación de Propuestas.
Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos.Mejora de Precios (Lances en Línea).
Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos.Mejora de Precios (Lances en Línea).
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Proceso de Selección
INTERNET SEACE LP →No menor a 8 días AD → Nomenor de 5 días AMC → No menor a 2 días
Inscripción → RNP DJ de aceptación de condiciones
de uso del sistema Presentación de propuestas en el
SEACE Propuesta económica
Registro de los resultados finales
Mejora de Precios
La etapa de apertura 2 horas
Cierre aleatorio
Asignación de puntaje
Verificación de habilitación
Acta de adjudicación emitida
por el Sistema
Consentimiento de Buena Pro
→ 8 y 5 días
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Fase de Selección
CONVENIO MARCOPartes Involucradas
PERÚ COMPRAS (OSCE): Implementa, desarrolla y supervisa la modalidad de Selección de Convenio Marco.
Entidad Contratante: Contrata directamente con el Proveedor Adjudicatario a través del Catálogo de Convenio Marco.
Proveedor Adjudicatario: Proveedor inscrito en el RNP que mediante el Catálogo de Convenio Marco ofrece bienes y/o servicios.
FrecuenciaConvenienciaDemandaOtros que se defina atendiendo a las
necesidades de las Entidades
CONVENIO MARCOSupuestos de Aplicación
CONVENIO MARCOCausales de Exclusión
Vencimiento del plazoSolicitud justificada del proveedor
OSCERevisión del Convenio MarcoIncumplimiento
Atención de O/C u O/SInhabilitación determinada por el TribunalNo contar con inscripción en el RNP.
CLASES DE MODALIDADES
La decisión OSCEDe oficio → SEACEsugerencia
AnálisisEstadísticosEstudio de mercado
ReuniónproveedoresMYPES
Determinación de su utilidad, factibilidad, oportunidad y conveniencia
BasesUnidadOSCEPrepublicación de Bases por 5 días
CONVENIO MARCOFase de Actos Preparatorios
PERÚCOMPRAS (OSCE)
PERÚCOMPRAS (OSCE)
PROCESO DE SELECCIÓN
PROCESO DE SELECCIÓN
PROVEEDOR(ES)PROVEEDOR(ES)
SEACE:
CATÁLOGO
SEACE:
CATÁLOGO
CONVENIO MARCO
ENTIDAD
CONVENIO MARCOProcedimiento
CLASES DE MODALIDADES
Convocatoria catalogaciónL.P. o C.P.Absolución de Consultas y ObservacionesPresentación de propuestas SEACE Presentación DJAdjudicación múltipleBuena Pro
Derecho a suscribir el Acuerdo de Convenio MarcoPostores adjudicados obligados a suscribir el Acuerdo
Controversias → Tribunal
CONVENIO MARCOFase de Selección
Competencia del OSCE. Visualización del producto en el catálogo
Ingreso al catálogo de los proveedores y los bienes o servicios ofertados
Labor de síntesis y consolidación de las condiciones de los productos ofertados
Información de búsqueda y lectura sencillaPosibilidad de integración virtual
CONVENIO MARCOCatalogación
CLASES DE MODALIDADES
CatálogoObligatorio → Contratación directa
ExcepciónOSCE
Entidades decidenNo se configura fraccionamientoProveedores obligados a atender
O/C, O/S o contratosSalvo deuda pendiente
Controversias → Conciliación y/o arbitraje
CONVENIO MARCOFase de Ejecución
Contractual
GESTIÓN DEL CONVENIO MARCO
Proveedores pueden proponer mejoras
Relación directa con el bien o servicio
Aprobación en máximo 10 días
Posibilidad de reajuste de precios trimestralmente → Bases
Revisión permanente de los Convenios
Plazo de vigencia máximo de 1 año, en caso el plazo sea menor podrá ser renovado hasta 1 año y medio.
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Formalización del contrato Garantías Adelantos Adicionales y reducciones Ampliación de plazo Subcontratación Recepción y conformidad Penalidades Resolución Solución de controversias
FIGURAS EN LA EJECUCIÓN CONTRATCUAL
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
PLAZOS PROCEDIMIENTO
Consentimiento de la buena pro
3 díasPresentación
de documentació
n a la Entidad.
4 días Entidad notifica la O/C- O/S
Consentimiento de la buena pro
7 díasPresentación
de documentació
n a la Entidad.
3 díasApersonarse para suscribir contrato.
Proveedor
incumple
Entidad
incumple
Entidad
incumple
El postor requiere la suscripción de contrato
El postor requiere la suscripción de contrato
2 días
Plazo: 5-10 días
5 días El postor puede dejar sin efecto la buena pro.
El postor puede dejar sin efecto la buena pro.
La Entidad cita al
2do lugar
7 días Presentación de
documentación a la
Entidad.
3 días
Firma Contra
to
Postor no presenta
documentación a la
Entidad.
Entidad cita al 2do
lugar
Presentación de
documentación
3 días
Proveedor
incumple
Proveedor
cumple
Proveedor
cumple
Desierto
MENOR CUANTIA
LICITACIÓN Y CONCURSO PÚBLICO Y ADJ. DIRECTA
Garantía de fiel cumplimiento
Garantía por el monto diferencial de la propuesta
Garantía por adelantos
Garantías a cargo de la Entidad
Excepciones
GARANTÍAS
Las Bases podrán establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso podrán exceder en conjunto del 30% del monto del contrato original.
La Entidad debe establecer en
las Bases el plazo en el cual el contratista solicitará el adelanto, vencido dicho plazo no procederá la solicitud.
ADELANTOS
Para alcanzar la finalidad del contratoMediante resolución previa del Titular
de la Entidad, o funcionario con facultades.
Hasta el 25% del monto del contrato original
Siempre que se cuente con la asignación de presupuestal necesaria
En caso de adicionales y reducciones, el contratista deberá aumentar o reducir en forma proporcional las garantías que hubiera otorgado, respectivamente.
ADICIONALES Y REDUCCIONES
Dentro de los 3 meses posteriores a la culminación del contrato.
Por única vez, con el mismo contratista, y en tanto culmine el proceso de selección convocado.
Hasta por un máximo del 30% del monto del contrato original.
Siempre que se trate del mismo bien o servicio, y que el contratista preserve las condiciones que dieron lugar a la contratación.
OJO: No caben contrataciones complementarias a los contratos de consultoría de obras.
CONTRATACIÓN COMPLEMENTARIA
4 Causales Plazo: dentro de los 7 días hábiles siguientes
a la notificación de la aprobación del adicional, o finalizado el hecho generador del atraso o paralización.
La Entidad debe resolver dicha solicitud y notificar su decisión en el plazo de 10 días hábiles; de no existir pronunciamiento expreso, se tendrá por aprobada la solicitud, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.
Reconocimiento de gastos generales debidamente acreditados
AMPLIACIONES DE PLAZO
Responsabilidad del Órgano de Administración, o en su caso, del órgano establecido en las Bases.
La conformidad requiere del funcionario responsable del Área Usuaria, previa verificación de la calidad, cantidad, y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que fueran necesarias.
De existir observaciones se consignará el acta respectiva, otorgándose un plazo prudencial para su subsanación, no pudiendo ser menor de 2 ni mayor de 10 días calendario.
Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD
El contratista podrá subcontratar con terceros parte de las prestaciones a su cargo, cuando lo autoricen las Bases.
Y siempre que se cumplan los requisitos previstos en el Artículo146 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
SUBCONTRATACIÓN
En caso de retraso injustificado, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del item que debió ejecutarse.
En todos los casos la penalidad se aplica de manera automática y se calculará de acuerdo con la formula prevista en el artículo 165 del Reglamento.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o item que debió ejecutarse, o en caso que estos involucren obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia del retraso.
Otras penalidades
PENALIDADES
ACTUAL MODIFICACIÓN
Si vencido el plazo para cumplir con el contrato, la parte perjudicada deberá resolver el contrato.
NO hay una regulación especial para convenio marco.
Si vencido el plazo para cumplir con el contrato, la parte perjudicada podrá resolver el contrato.
En convenio marco todas las comunicaciones son a través del SEACE
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Causales.
Procedimiento
Solución de Controversias Durante la ejecución Contractual
Durante la Ejecución Contractual:Medios alternativos de resolución de conflictos Conciliación y/oArbitraje
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
ANTES AHORA
No existía la obligación de las partes de comunicar al OSCE la solicitud de arbitraje y/o conciliación.
La parte (proveedor-Entidad) que solicita la conciliación y/o arbitraje debe poner en conocimiento al OSCE en el plazo de 15 días hábiles de presentada la solicitud.
Excepción: cuando el SNA administra el arbitraje.
INICIO DEL ARBITRAJE
ANTES AHORA
No contemplaba el caso, en el cual existiendo Clausula Arbitral señalando arbitraje institucional, no mencionaba al SNA del OSCE.
En caso que el Convenio Arbitral señale el arbitraje institucional pero NO la institución arbitral, se entiende que será conducido por el SNA del OSCE.
CONVENIO ARBITRAL
ANTES AHORA
No regula el supuesto.
Si en el Convenio Arbitral:
Se menciona que el arbitraje estará a cargo del SNA-OSCE, se entiende que las partes han aceptado sujetarse a su Reglamento.
Se menciona que el arbitraje estará a cargo de órganos funcionales del OSCE, se entiende que se refiere al SNA- OSCE.
CONVENIO ARBITRAL
El arbitro único y Presidente del Tribunal Arbitral deben ser necesariamente abogados, además de especialización acreditada en :
- DERECHO ADMINISTRATIVO.- ARBITRAJE .- CONTRATACIONES DEL ESTADO
ARBITROS
Designación de árbitros (Art. 222 RLCE)
Resolución de Recusación (Art. 226 RLCE)
Instalación del Tribunal o de Árbitro Único. Las Entidades registrarán los nombres y apellidos de los árbitros y de ser el caso de quienes los sustituyan. (Art. 227 RLCE)
Laudos arbitrales. Se notificarán de forma personal y en el SEACE para efectos de su validez los laudos (integraciones, exclusiones, interpretaciones y rectificaciones), bajo responsabilidad del Árbitro Único del Tribunal Arbitral (Art. 231 RLCE y art. 52 numeral 52.6 de LCE).
NOTIFICACIÓN A TRAVES DEL SEACE
El OSCE aprobará mediante Directiva una tabla de gastos arbitrales, que aplicará el SNA-OSCE y los arbitrajes ad hoc.
En caso de arbitrajes ad hoc, cuando haya desacuerdo en la liquidación o re-liquidación de gastos arbitrales, el OSCE se pronunciará previa solicitud.
La decisión que emita el OSCE será definitiva e inimpugnable.
GASTOS ARBITRALES
Incumplimiento de obligación de informar oportunamente si está impedido de ejercer el cargo con independencia, imparcialidad y autonomía.
Incumplimiento de actuar con transparencia al no cumplir con registrar en el SEACE el laudo arbitral o informar al OSCE el estado del proceso arbitral cuando lo requiera.
Cuando acumule un total de 24 meses de sanciones en un lapso de 3 años, se sancionará con INHABILITACION PERMANENTE y exclusión del Registro de Árbitros del OSCE.
INFRACCIONES QUE COMETEN LOS ARBITROS
ANTES
AHORA
Sanción económica.
El OSCE aprobará un Código de Ética con principios, reglas, infracciones y sanciones. Es de aplicación para el SNA, arbitrajes ad-hoc y supletorio a los institucionales que no tengan Código de Ética aprobado. (Art. 224 RLCE).
El TCE podrá aplicar sanciones de: suspensión temporal (6 meses – 2 años) e inhabilitación permanente. (Art. 238 RLCE)
SANCIONES A LOS ARBITROS
Oficina Zonal de OSCE - Cajamarca: 076 – 366281
RPC 987708331 - RPM *190223Correo de Consultas: [email protected] [email protected]
MUCHAS GRACIAS
Para cualquier consulta, cuenta con las siguientes opciones: