Acuerdo Ministerial: 193 del 27-10-2000 Ruc: 11600234 ...

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GOBIERNO A UTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL JIMBILLA "El Hmvír^biUa " Administración 2014-2019.1 Acuerdo Ministerial: 193 del 27-10-2000 Ruc: 11600234.50001 RESOLUCIÓN PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO PARROQUIAL RURAL DE LA PARROQUIA JIMBILLA CONSIDERANDO Que en el Artículo 64 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, se menciona que entre las funciones del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural están las de "promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial para garantizar la realización del buen vivir y elaborar el plan parroquial rural de desarrollo de la Parroquia Jimbilla". Que el Artículo 67 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, cita que a la junta parroquial rural le corresponde: "Aprobar el plan parroquial de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con la acción del consejo parroquial de planificación y las instancias de participación ciudadana. Que el Artículo 295 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que "los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial deberán ser aprobados por los órganos legislativos de cada gobierno autónomo descentralizado". Que el Artículo 48 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, indica que "los planes de desarrollo y ordenamiento territorial entrarán en vigencia a partir de su expedición mediante acto normativo correspondiente". En ejercicio de las atribuciones que le confieren los Artículos 8 y 67 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Expide: LA RESOLUCIÓN PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL - PD y OT - DE LA PARROQUIA DE JIMBILLA Art 1. Ámbito de aplicación- La presente resolución aprueba el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la Parroquia Jimbilla , según lo establecido en el código 47 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, por lo que se constituye en norma de obligatorio cimiplimiento para sus ciudadanos, Art 2. Del objeto.- Aprobar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Tertitorial de la Parroquia Jimbilla , orientado por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad y enfocados al cumplimiento de los lincamientos y metas del Plan Nacional de Desarrollo y por ende del Plan Nacional del Buen Vivir. Art 3. De la denominación.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la Parroquia Jimbilla, adopta la denominación de: PDOT Parroquial de Jimbilla. Art 4. De la estructura y contenido del PDOT - El PDOT Parroquial de Jimbilla , de acuerdo a los Artículos 295 y 296 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Descentralizaci^g^*° "^^^^ DJrección :Calle 28 de Noviembre junto a la Tenencia Política Teléfono: 3052599 (Presidenda)/3052512 (SecretkQa) Correo: 8adiimbilla2014g)^mail.com:celin34a(5)email.com Página web: vyyw.jiinbilla.gob.ec \ Jimbil»-lx>ja-Ecuador t^MlRÜ^''

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"El Hmvír^biUa " Administración 2014-2019.1 Acuerdo Ministerial: 193 del 27-10-2000 Ruc: 11600234.50001

RESOLUCIÓN PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO PARROQUIAL RURAL DE LA PARROQUIA JIMBILLA

CONSIDERANDO Que en el Artículo 64 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, se menciona que entre las funciones del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural están las de "promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial para garantizar la realización del buen vivir y elaborar el plan parroquial rural de desarrollo de la Parroquia Jimbilla". Que el Artículo 67 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, cita que a la junta parroquial rural le corresponde: "Aprobar el plan parroquial de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con la acción del consejo parroquial de planificación y las instancias de participación ciudadana. Que el Artículo 295 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que "los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial deberán ser aprobados por los órganos legislativos de cada gobierno autónomo descentralizado". Que el Artículo 48 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, indica que "los planes de desarrollo y ordenamiento territorial entrarán en vigencia a partir de su expedición mediante acto normativo correspondiente". En ejercicio de las atribuciones que le confieren los Artículos 8 y 67 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide: LA RESOLUCIÓN PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL - PD y OT - DE LA PARROQUIA DE JIMBILLA Art 1. Ámbito de aplicación- La presente resolución aprueba el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la Parroquia Jimbilla , según lo establecido en el código 47 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, por lo que se constituye en norma de obligatorio cimiplimiento para sus ciudadanos, Art 2. Del objeto.- Aprobar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Tertitorial de la Parroquia Jimbilla , orientado por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad y enfocados al cumplimiento de los lincamientos y metas del Plan Nacional de Desarrollo y por ende del Plan Nacional del Buen Vivir. Art 3. De la denominación.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la Parroquia Jimbilla, adopta la denominación de: PDOT Parroquial de Jimbilla. Art 4. De la estructura y contenido del PDOT - El PDOT Parroquial de Jimbilla , de acuerdo a los Artículos 295 y 296 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Descentralizaci g *° "^^^^

DJrección:Calle 28 de Noviembre junto a la Tenencia Política Teléfono: 3052599 (Presidenda)/3052512 (SecretkQa) Correo: 8adiimbilla2014g)^mail.com:celin34a(5)email.com Página web: vyyw.jiinbilla.gob.ec \

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Autonomía, de los Artículos 42 y 43 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y a la presente resolución, contiene lo siguiente: a) Antecedentes y generalidades. b) Diagnóstico. c) Escenario actual. d) Modelo deseado.

e) Propuesta. f) Modelo de gestión. g) Seguimiento y monitoreo. h) Evaluación y retroalimentación. Art 5. De la participación ciudadana en la formulación del PDOT parroquial de Jimbilla - El PDOT parroquial de Jimbilla , ha sido formulado con la participación de la ciudadanía a través de los mecanismos establecidos en la Constitución de la República, Ley y normativa expedida por los Gobiernos autónomos descentralizados y lo establecido según los artículos 295, 300, 304, 305 y 307 del Código de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, y en el Artículo 45 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, en los apartados pertinentes. Art. 6. De los procesos de coordinación y articulación del PDOT parroquial de Jimbilla - La formulación, implementación y actualización del PDOT parroquial de Jimbilla ha cumplido y seguirá cumpliendo con lo citado en el Artículo 299 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y en lo pertinente del Artículo 44 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, con la finalidad de asegurar el beneficio social derivado de la implementación del PDOT. Art.7. Del Consejo Parroquial de Planificación de Jimbilla - El consejo de planificación parroquial ha participado de la formulación del PDOT parroquial de Jimbilla y ha emitido el aval cortespondiente, según lo requerido en el Artículo 300 del Código de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización. Asimismo, a partir de la implementación cumplirá con las fiinciones que le correspondan, según lo citado en el Artículo 29 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Art 8. De la vigencia, diñisión y actualización del PDOT parroquial.- A partir de la aprobación de la presente resolución, en PDOT parroquial de Jimbilla entra en vigencia. Asimismo, el Gobierno Autónomo Descentralizado de la parroquia publicará, difimdirá y actualizará el PDOT parroquial de Jimbilla al inicio de cada período de gobierno, en concordancia con lo que exige el Artículo 43 del Código Orgánico de Planificación y Finan: Públicas.

: Lg.-Dlreccíón:Calle 28 de Noviembre junto a la Tenencia Política Teléfono: 3052599 CPresidencia)/3052512 (SecretatM) Correo: gad)imbilla2014ei)gmail.com: celin34a(agmail.com Página web: vyww.iimbillg,gob.e(; \t¡,

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GOBIERNO A UTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL JIMBILLA

"El nuevo junbiUa " Acuerdo Ministerial: W~ 193 del 27-10-2000

Administración 2014-2019. Ruc; 1160023450001

Art. 9 De la evaluación y seguimiento del PDOT parroquial de Jimbilla .- El GAD parroquial de Jimbilla , junto con su Consejo de Planificación serán los encargados de dar seguimiento, monitorear y evaluar el cumplimento del PDOT de su parroquia, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 304 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y a los Artículos 29 y 50 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Art 10. Legalización de la resolución.- Los miembros del Gobierno Parroquial en sesión ordinaria celebrada el 12^e octubre del 2015, acuerdan la legalización de la presente resolución y firman en constancia.,

Sr. Celí Gordillo Litu RESIDENTE

COMISÍON DE MESA

Sr. CaFtósEiñin3ii^^dríguez León VICEPRESroENTE

COMISION DE IGUALDAD Y GÉNERO

Sr. José Pompilio Puchaicela León PRIMER VOCAL

COMISIÓN PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y AMBIENTE

Sr. Lauro Antonio Abrigo Guamán SEGUNDO VOCAL

COMISIÓN SOCIO CULTURAL Y TURISMO

"SrTGbnzal Jserafín Montañe-Gbnzález -TERCER VOCAL

COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN, PRESUPUESTO Y OBRAS PÚBLICAS Quien Certifica:

Lic. Gerífiania Dolores Morales Armijos y SECRETARIA-TESORERA

Lic. Germania Dolores Morales Armijos SECRETARIA TESORERA DEL GOBIERNO AUTONOMO

DESCENTRAUZADO PARROQUIAL RURAL JIMBILLA, CERTIFICA que el día 12 de octubre del

2015 en Sesión de Junta Ordinaria ACTA N" 13 se trató el análisis en primer debate para la

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Lic. Germania Dolores Morales Armijos SECRETARIA TESORERA DEL GAD. PR JIMBILLA ''^

Direcclón:Calle 28 de Noviembre junto a la Tenencia Política Teléfono: 3052599 (Presidencia)/3052512 (: Correo: gadiimbillaZOUOgmail.com: celin34a(a>gmailcom Página web: www.jimbilla,got).^c

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"El nuevo Jimbilla " AmerdoMimsterial: W 193 del 27-10-2000

Administración 2014-2019. Ruc: 1160023450001

Lic. Germania Dolores Morales Armijos SECRETARIA TESORERA DEL GOBIERNO AUTONOMO

DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL JIMBILLA, CERTIFICA que el día 13 de octubre del

2015 en Sesión de Junta Ordinaria ACTA N° 14 se trató el análisis y aprobación del PLAN DE

DES>¥RROaO/¥ ORDENAMIENTO TERRITORIAL

üt. Germania Dolores Morales Armijos ÍECRETARIA TESORERA DEL GAD. PR JIMBILLA

Dirección:Calle 28 de Noviembre junto a la Tenencia Política Teléfono: 3052599 (Presidencia)/3052512 (Secretaría) Correo: s,)di!D!bIlia2011éigni.-!! —í;dÍn3:ia!»St5Mll/:Qin Página web: iYmv.|i(TibÍlia4yjt?=££

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