Act1.Moreno.ruiz.Irais
Click here to load reader
-
Upload
irayitz-ruiz -
Category
Documents
-
view
40 -
download
0
Transcript of Act1.Moreno.ruiz.Irais
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN
DERECHO ADUANERO.
FUNDAMENTOS DEL DERECHO ADUANERO.
PRESENTA:
LIC. IRAIS MORENO RUIZ
SALVATIERRA, GTO. SEPTIEMBRE DE 2013
I
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN
DERECHO ADUANERO
FUNDAMENTOS DEL DERECHO ADUANERO
PRESENTA:
LIC. IRAIS MORENO RUIZ
ASESOR:
MA. DOLORES
SALVATIERRA, GTO. A 22 DE SEPTIEMBRE DEL 2013
2
CUESTIONARIO.
A. ¿Qué regula la Ley Aduanera?
La ley aduanera regula la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de
mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho
aduanero y los hechos o actos que deriven de éste o de dicha entrada o salida
de mercancías. Art. 1 titulo primero, capitulo 1 Ley Aduanera.
B. Si algo no estuviera contemplado en la Ley Aduanera, de manera supletoria
¿qué se aplica?
Si existiese algo que no se contemple en la Ley Aduanera, se aplica el código
fiscal de la federación, esto se establece en el artículo primero de la Ley
Aduanera.
C. ¿Qué sucedería si yo viajo al extranjero y regreso en avión transportando
mercancías explosivas?
Las mercancías explosivas, inflamables, corrosivas, contaminantes o radiactivas
sólo podrán descargarse o quedar en depósito ante la aduana a su ingreso al
territorio nacional o para extraerse del mismo, siempre que se cumpla con los
siguientes requisitos:
l. Que las mercancías cuenten con la autorización de las autoridades
competentes.
ll. Que el recinto cuente con lugares apropiados para su almacenaje, por sus
condiciones de seguridad.
Tratándose de mercancías radiactivas y explosivas que queden en depósito ante
la aduana en recintos fiscales, las autoridades aduaneras las entregarán de
inmediato a las autoridades y organismos competentes en la materia, bajo cuya
custodia y supervisión quedarán almacenadas, siendo responsable ante
aquellas.
3
Los pasajeros internacionales en tránsito que ingresen a territorio nacional por
vía aérea o terrestre, podrán dejar sus mercancías en depósito ante la aduana,
aun y cuando no se vayan a destinar a un régimen aduanero. Art. 23 y 24 Ley
aduanera.
D. ¿Existen casos en que no se tenga que cumplir con las disposiciones de esta Ley?
Están obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen
mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus
propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes
aduanales o cualesquiera personas que tengan intervención en la introducción,
extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los
hechos o actos mencionados en el párrafo anterior.
Las disposiciones de las leyes señaladas en el párrafo primero se aplicarán sin
perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea
parte. Articulo 1º
E. Si una persona que entra al país trae consigo más de 10,000 Dlls. ¿debe
declararlos?
Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo y lleve consigo
cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o
cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al
equivalente en la moneda o monedas de que se trate, a diez mil dólares de los
Estados Unidos de América, estará obligada a declararla a las autoridades
aduaneras, en las formas oficiales aprobadas por el Servicio de Administración
Tributaria. Artículo 9º de la Ley Aduanera.
4