ABSOLUCION DE OBSERVACIONES 3469-2011

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EXPEDIENTE JUZGADO SECRETARIO DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA ASUNTO

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3469-2011 26 JUZGADO CIVIL LIMA BALDOCEDA MENDOCILLA JOSE GABRIEL GUERRERO VALVERDE EDILBERTO EGUA ZRATE JUAN NAZARIO DIVISIN Y PARTICIN PERITOS ABSUELVEN OBSERVACIONES A SU INFORME PERICIAL

Seor juez del 26 juzgado civil de Lima Alberto Ral Aguirre Benites, ingeniero civil, con registro CIP N 17461 del Colegio de Ingenieros del Per y Carlos Zavaleta Pascual, ingeniero civil, con registro CIP N 4131 del Colegio de Ingenieros del Per, absolvemos las observaciones formuladas por el demandante Edilberto Guerrero Valverde a nuestro informe pericial respecto del expediente N 3469-2011. El demandante seala que el monto de la tasacin de nuestro informe pericial es exorbitante, formulando en estricto dos observaciones.

OBSERVACION 1.Es exorbitante el monto de la pericia por cuanto no se ajusta a la verdad, ya que sealan que la depreciacin tiene mas de 40 aos de construido (sic) y los supuestos acabados de la casa son antiguos y se encuentran deteriorados, mas aun teniendo en cuenta la antiguedad de la propiedad. ABSOLUCION Con esta observacin se pretende sustentar que uno de los origenes del supuesto monto exorbitante se encuentra en la valuacin de la edificacin. El monto total de la tasacin est compuesto por el valor del terreno y por el valor de la edificacin. Esta observacin se formula respecto al valor de la edificacin. En la tasacin se consider que la antig edad del primer piso era de 49 aos y la antig edad del segundo piso, de 26 aos. Teniendo en consideracin dicha antigedad, que el tipo de edificacin es vivienda, que el material predominante de la edificacin es ladrillo y que el estado de conservacin es regular, de la Tabla N1 del Artculo II.D.34 del Reglamento Nacional de Tasaciones del Per se obtuvo una depreciacin del 47% para la edificacin del primer piso y del 32 % para la del segundo piso. Se adopt como valor unitario similar nuevo del primer piso, US$ 270.00 y para el segundo piso, US$ 165.00. Dichos valores guardan perfecta relacin con las especificaciones tcnicas de la edificacin observadas en la inspeccin ocular. El valor unitario similar nuevo del primer piso de US$ 270.00 por m2, fue depreciado en el 47 %, por lo que el valor unitario similar nuevo depreciado fue de (1.00- 0.47) x US $ 270.00 = US $ 143.10 por m2. El valor unitario similar nuevo del segundo piso de US$ 165.00, fue depreciado en el 32% , por lo que el valor unitario similar nuevo depreciado fue de (1.00- 0.32) x US $ 165.00 = US $ 112.20 El valor de la edificacin del primer piso se obtuvo multiplicando el metrado del rea techada del primer piso (110.00 m2) por su respectivo valor unitario similar nuevo depreciado: 110.00 x US$143.10 = US$ 15,741.00

El valor de la edificacin del segundo piso se obtuvo multiplicando el metrado del rea techada del segundo piso (110.00 m2) por su respectivo valor unitario similar nuevo depreciado: 110.00 x US$ 112.20 = US$ 12,342.00 El valor total de la edificacin fue de US$ 15,741.00 + US$ 12,342.00 = US$ 28,083.00 De lo expuesto se concluye: - los porcentajes de depreciacin de la edificacin asumidos se ajustaron al tipo de edificacin (vivienda), a la antigedad del primer y segundo piso, al material predomnante y al estado de conservacin. - los valores unitarios similares nuevos del primer y segundo piso guardan perfecta relacin con los materiales utilizados en la edificacin. - la valuacin de la edificacin del primer y segundo piso se efectu con los valores unitarios similares nuevos depreciados, aplicados sobre los respectivos metrados de sus reas techadas. Por lo tanto, el monto de la valuacin de la edificacin del inmueble refleja su verdadero valor a la fecha de la tasacin.

OBSERVACION 2.No es cierto que el metro cuadrado en el distrito del Rimac cueste $ 450.00 americanos ABSOLUCION Con esta observacin se pretende sustentar que otro origen del supuesto monto exorbitante se encuentra en la valuacin del terreno. De acuerdo al Plano de zonificacin vigente del distrito del Rimac, el terreno se encuentra zonificado como RDM : Residencial de densidad media. El valor por m2 del terreno se obtuvo por comparacin con los valores de otros terrenos de la misma zonificacin RDM que poseen similares obras de infraestructura urbana, dando asi cumplimiento a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Tasaciones del Pru. Debemos sealar finalmente, que toda observacin que se formule a una pericia debe cumplir con el requisito fundamental de ser tcnicamente sustentada; lo cual no ha ocurrido con ninguna de las dos observaciones planteadas por el demandante. Los peritos nos ratificamos en el ntegro de nuestro informe. Lima, 4 de enero de 2012