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Revista Informativa y de Opinión Profesional del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. C.P.C. Octavio Acosta Salomón No.42 Esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol. Hermosillo, Sonora. Tels. (662) 2 13 21 45 y 217 46 99, recepció[email protected] www.ccpdesonora.org No. 189 del 1 al 31 de Enero 2016 Preguntas frecuentes en materia de la norma de desarrollo profesional continuo (NDPC) El Contador en la Era Digital La indemnización por afectaciones por causas de utilidad pública Aspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016

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Revista Informativa y de Opinión Profesional del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

C.P.C. Octavio Acosta Salomón No.42 Esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol. Hermosillo, Sonora.Tels. (662) 2 13 21 45 y 217 46 99, recepció[email protected] www.ccpdesonora.org

No. 189 del 1 al 31 de Enero 2016

Preguntas frecuentes en materia de la norma

de desarrollo profesional continuo (NDPC)

El Contador en la Era Digital

La indemnización por afectaciones por causas de

utilidad pública

Aspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016

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Directorio Consejo Directivo 2015-2016. PRESIDENTE - CPC Roberto Francisco Ávila Quiroga, VICEPRESIDENTE GENERAL – CPC Mario Arvizu Real, TESORERO – CPC Víctor Hugo Bobadilla Aguiar, PROTESORERO – CP Juan Carlos Óstler López, SECRETARIO DE ASAMBLEA – CP Lourdes B. Murrieta Saavedra, SECRETARIO DE CONSEJO – CPC Mario Alberto Ruíz Durazo, Prosecretario de Asam-blea - CPC Pedro Wlfredo Tapia Maldonado, Prosecretario de Consejo – CP Germán López Virgen, VICE PRESIDENTE FISCAL – CPC Martín Baltazar Lagarda Esquer, Presidente de la CROSS- CPC José Gilberto Aguilar, Secretaria CROSS – CP Mirna Sotomayor, Tesorero CROSS- CP Israel López, VICE PRESIDENTE DE CALIDAD – CP Jorge Navarro Rosales, VICE PRESIDENTE ASUNTOS INTERNACIO-NALES – CPC Humberto García Borbón, Presidente de la Comisión de Asuntos Internacionales y Protocolo- CP Alma Lorena Moreno López, Miembros de la Comisión de Asuntos Internacionales y Protocolo – CP CP. Roberto Carlos Ledgard Montijo, CP. Karla Eduwiges León Campillo, CP. Ubaldo López Ruíz, VICE PRESIDENTE DOCENCIA - , VICE PRESIDENTE APOYO A DELEGACIONES – CPC Mario Alberto Hidalgo Contreras, VICE PRESIDENTE SECTOR EMPRESAS – CP Adrián Sánchez Barrón, VICE PRESIDENTE SECTOR GUBERNAMENTAL – CP Tomás García Ibarra, Presidente de la Comisión de Contabilidad Gubernamental – CP Cynthia Guadalupe Bojórquez Gastélum, Presidente de la Comisión de Auditoría Gubernamental – CP Luz Amanda Acedo Ramírez, Presidente de la Comisión de Cuenta Pública – CP Ubaldo López Ruíz, Miembro de la Comisión de Liderazgo y Comunicación Institucional- C.P. Jorge Arturo Herrera Ibarra, VICE PRESIDENTE PRACTICA EXTERNA – CPC Araceli Espinoza Ceballos, VICE PRESIDENCIA LEGISLACIÓN – CPC Sebastián Colio Constante, Miembro de la Comisión de Normas de Información Financiera – CPC Humberto García Borbón, Presidente de la Comisión de Auscultación y Análisis de Boletines – CPC Jesús Humberto Acuña, Miembro de la Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría- CPC Juan LuisPatiño, Presidente de la Comisión de Estatutos – CPC Carlos Zamora Balderrama, Miembro de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo – CP Germán López Virgen, Presidente de la Comisión de Ética – CPC Emilio Avilés Acedo; VICE PRESIDENTE RELACIONES Y DIFUSIÓN – CP María Jesús Rivera Briceño, Presidente de la Comisión de Revista- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante; Presidente de la Comisión de Premios- CP María Jesús Hurtado Olguín, Presidente de la Comisión de Imagen y Comunicación Social – CPC José Gilberto Aguilar Escoboza; Presidente de la Comisión de Redes Sociales- CP Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, Presidente de la Comisión de Protocolo y Logística – C.P. Yanet Sandoval César, Presidente de la Comisión de Eventos Culturales – C.P. Rosario Robles Robles ; AUDITOR FINANCIERO – CPC Juan Luis Patiño, AUDITOR DE GESTIÓN – CPC Gustavo Ruiz Aldama. REVISTA ÁBACO: Diseño Gráfico: L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal.- Edición y Corrección de Estilo: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante.

NOTA DE EDICIÓN: Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

Publicidad: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, email: [email protected]

ContenidoEnero 2016

C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante M.I.

Presidente de las Comisiones de Revista y Redes Sociales

del IMCP Sonora

14 IMMEXEl cambio de las habilidades empresariales en Sonora ante la incursión de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación Dra. María del Rosario Fátima Robles Robles

17 INDEMNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICALa indemnización por afectaciones por causas de utilidad públicaC.P.C. Víctor Alán Alcázar Lacarra

04 REFORMA FISCALAspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016C.P.C. Leticia Hervert Sáenz, Presidente del IMCP

07 NDPCPreguntas frecuentes en materia de la Norma de Desarrollo Profesional ContinuoC.P. Germán López Virgen M.I.

13 TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓNEl Contador en la Era DigitalMario Corona

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Estimados Asociados,

Inicia un nuevo año y con ello nuevos propósitos y buenas intenciones, por ello les deseo de todo corazón que se cumplan todos sus deseos, que la salud, el amor y la prosperidad los acompañe en todo este 2016 en compañía de sus seres queridos. Este año 2016 se visualiza un año de retos, tanto en lo económico, social y religioso.

En el ámbito fiscal para este 2016, el gobierno federal, tiene como fin mantener la reforma fis-cal y dar certidumbre tributaria e irá con todo en materia de evasión fiscal.

Como podemos ver, la mejor forma de afrontar todos estos acontecimientos y retos, es estar unidos como profesión, ya que la unión hace la fuerza.

Mi compromiso como Presidente de este Colegio seguirá siendo, el mantener como hasta ahora nuestra unidad como colegiados y a su vez, man-tenernos actualizados.

Feliz año 2016 les desea su amigo

MensajePRESIDENTE

C.P.C. ROBERTO FRANCISCO ÁVILA QUIROGAColegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

PresidenteConsejo Directivo 2015-2016

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REFORMA FISCAL

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Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. C.P.C. Olga Leticia Hervert SáenzPresidenta del IMCP

Aspectos Relevantes de la Reforma Fiscal 2016El Presidente de la República, el pasado 8 de Sep- tiembre, entregó la propuesta de Paquete Eco- nómico 2016 al H. Congreso de la Unión.

El paquete está integrado por: La Iniciativa de Ley de Ingresos, El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2106 y los Criterios Generales de Política Económica correspondientes, así como diversas Reformas al marco fiscal y presupuestario entre las que destacan la Ley Orgánica de la Adminis-tración Pública Federal, La ley Federal de Presu-puesto y Responsabilidad Hacendaria, La Ley de Asociaciones Público Privadas, La Ley General de Contabilidad Gubernamental y el Proyecto para una Nueva Ley de Tesorería.

El Paquete Económico para 2016 se enmarco en un entorno de economía externa compleja y volátil. Se basó en premisas realistas y pruden-

tes, contribuyendo a preservar la estabilidad ma- croeconómica, condición fundamental para el crecimiento y el desarrollo económico.

Al respecto, en cumplimiento con el Acuerdo de Certidumbre Tributaria, el Paquete Económico 2016 no propuso nuevos impuestos, no planteo aumentos a los existentes ni disminuciones a los beneficios fiscales para el resto de esta Adminis- tración.

A continuación, se comentan algunos de los pun-tos más relevantes:

Aspectos generales

1. Se estimó que en 2016 se observará un cre-cimiento real del Producto Interno Bruto (PIB) de entre 2.6 y 3.6%, en línea con las estimaciones del sector privado; una inflación de 3%, en línea con la meta del Banco de México, y una tasa de interés promedio de los Cetes a 28 días de 4.0%, también en línea con las expectativas de merca-do. Asimismo, se estimó un tipo de cambio nomi-nal promedio de $16.4 por dólar durante 2016.

2. Se previó que el precio promedio de la mezcla mexicana de crudo de exportación se ubique en 50 dólares por barril.

Ley de Ingresos de la Federación

1. Se proyectó un nivel de ingresos de 4 billones 763 mil 874 millones de pesos, monto menor en 1.6% en términos reales a lo aprobado para 2015.

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2. Se mantienen las tasas de recargos por mora y prórroga para el pago de créditos fiscales.

3. Continúan los estímulos fiscales y exenciones otorgados en 2015.

4. La tasa de retención de ISR por intereses dis-minuye de 0.6 a 0.5%.

Ley de Impuesto sobre la Renta

1. Se incrementó la deducción en automóviles de $130,000 a $175,000.

2. Se permite durante 2016 y 2017 la deducción inmediata de la inversión para los contribuyentes de hasta 100 millones de pesos y las de los sec-tores de energía e infraestructura.

3. Se otorgarán facilidades de exención y compro- bación a los ejidos y comunidades agrarias.

4. Se reduce el plazo de 5 a 3 años el periodo en el que se puede aplicar la exención del ISR por la venta de casa-habitación.

5. En materia del Régimen de Incorporación Fiscal:

• Se amplía el universo de contribuyentes que pueden tributar.

• Pago de PTU a los 60 días siguientes a la declaración del sexto bimestre.

• Se les libera de expedir CFDI hasta por $250, debiendo emitir un comprobante global por las operaciones realizadas con el público en general.

• Pago con transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monede-ro por las compras e inversiones mayores a $5,000 (no aplica en la adquisición de combus-tibles).

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• Pago con transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monede-ro por las compras e inversiones mayores a $5,000 (no aplica en la adquisición de combus-tibles).

6. Respecto a las deducciones personales:

• Se incrementa el límite del monto de las de-ducciones de 4 a 5 SMGAGC ($127,932) y de 10 a 15% del límite global de las deducciones personales.

• Se excluyen del límite global a las aportaciones a Planes Personales de Retiro.

• Se excluye del límite global de las deducciones personales a los gastos médicos que tengan las personas por incapacidades reguladas en la Ley Federal de Trabajo.

Código Fiscal de la Federación

1. Se facultó al SAT para que lleve a cabo la cele-bración de sorteos de lotería fiscal.

2. Nueva multa por no presentar la declaración informativa de operaciones relevantes o de pre-cios de transferencia que es de $140,540 a $200,090.

3. Multa por no presentar la contabilidad elec-trónica que va de 5,000 a $15,000.

4. En materia de Dictamen Fiscal en la iniciativa se planteaba que el Contador Público que dicta- mine para efectos fiscales tuviera una maestría en contribuciones y se sujete a un examen de certificación elaborado y aplicado en forma soli-daria y mancomunada por una institución de edu- cación superior.

Tras un trabajo en conjunto, la Contaduría Públi-ca logró que el pleno del Senado considerará per-tinente no aprobar las modificaciones al artículo 52 fracción I, inciso a, del Código Fiscal de la Fe-

deración, con el objetivo de que se mantenga la redacción que corresponde al texto vigente.

Comentarios finales

El IMCP ha realizado un análisis del Paquete Eco- nómico 2016, y a través de propuestas res- ponsables y constructivas para el mejor desarro- llo del País insistiremos en:

1. El Dictamen Fiscal como opcional y obligatorio para aquellos contribuyentes que hayan obteni-do ingresos acumulables superiores en el ejerci-cio inmediato anterior de 40 millones de pesos.

2. Disminuir la tasa del ISR (¿a cuánto?)

3. Homologar la tasa del IVA a 16%:

• No tasa 0%.

• Desaparecer los actos no sujetos.

4. No basar la recaudación en la riqueza (ISR), sino en impuestos al consumo como en otros países latinoamericanos (Brasil, Argentina).

5. Dar cumplimiento justo del pago de contribu-ciones, así como el adecuado gasto público.

Fuente: Boletín de Prensa emitido por IMCP, mes de noviembre 2015.

En cumplimiento con el Acuerdo de Certidumbre Tributaria, el Paquete Eco- nómico 2016 no propuso nuevos im-puestos, no planteo aumentos a los existentes ni disminuciones a los bene- ficios fiscales para el resto de esta Ad-ministración.

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M.I. Y C.P. Germán López VirgenIntegrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Continúo

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Preguntas frecuentes en materia de la norma de desarrollo profesional continuo (NDPC)

Como segunda parte del artículo del mes pasa- do, y derivado de los cursos que he tenido el privi-legio de impartir en materia de DPC, es frecuente que los asistentes realicen los siguientes cues-tionamientos:

1. ¿Qué periodo se abarca en las presentacio- nes de manifestaciones de cumplimiento de la NDPC?

Por periodos anuales comprendidos del 1 de e- nero al 31 de diciembre del año de que se trate.

2. ¿De qué forma cumplirán los Asociados cuya afiliación se efectué después de haber iniciado el periodo anual?

En proporción al tiempo transcurrido entre la fecha de ingreso y el 31 de diciembre del mismo año.

3. ¿Cuál es la fecha límite para que el asociado acredite ante su Federada la presentación de su manifestación anual?

31 de enero de cada año.

4. ¿Es válida la capacitación recibida o impartida en las capacitadoras que no cuentan con la au-torización de mi colegio?

No, únicamente es válida la que se obtenga en el Instituto, en las federadas y en las instituciones capacitadoras que se mencionan en la tabla de puntuación, siempre que sean reconocidas por las federadas, de acuerdo con los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas del Instituto Mexicano de Contado-res Públicos.

Por lo anterior, todo asociado debe estar con- sciente de que sólo serán válidos los eventos im-

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partidos por las capacitadoras autorizadas por su colegio, dentro del periodo de vigencia de su autorización.

5.¿Existen otras instituciones que realicen even-tos de capacitación profesional, con los que se pueda acreditar puntuación para cumplir con la NDPC (Capacitación Recibida en Eventos Espe-ciales)?

Sí, excepcionalmente, pueden considerarse los eventos especiales, como los siguientes:

- Conferencias - Simposios- Seminarios - Mesas redondas- Paneles - Convenciones

Que ofrezcan, por única vez:

- Organismos empresariales o instituciones de enseñanza superior nacionales, no registrados en la federada.

- Organismos e instituciones del sector público, tales como: SHCP, SAT, IMSS, INFONAVIT, OFS, etcétera.

- Instituciones de enseñanza superior del extran-jero, con reconocimiento oficial de estudios en su país.

Podrán ofrecer hasta un máximo de ocho horas de capacitación en uno o varios eventos dentro de un año calendario, sin obtener el registro corres- pondiente como capacitadora.

6. ¿Cuáles son los requisitos para acreditar la capacitación recibida en los eventos especiales?

Se debe adjuntar a la manifestación de cum-plimiento copia del:

- Diploma o certificado de participación, que in-dique: el nombre de la institución, nombre del evento, horas de duración, nombre del partici-pante, así como lugar y fecha de realización.

- Temario o programa del evento que describa su contenido, con temas relacionados con la pro-fesión.

7. ¿Cuáles son los temas relacionados o afines a la profesión de Contador Público de acuerdo a la Norma de Desarrollo Profesional Continuo?

Contabilidad, contabilidad gubernamental, audi- toría, contabilidad y auditoría gubernamental, costos, finanzas, fiscal, derecho, administración, economía, gobierno corporativo, así como las materias obligatorias que formen parte del pro-grama de estudios para la licenciatura de con-tador público, de las instituciones de enseñanza superior con reconocimiento oficial de estudio, en términos de la ley general de educación.

8. ¿Cuáles son los requisitos para acreditar la capacitación RECIBIDA en las capacitadoras ex-ternas autorizadas por las Federadas?

- La capacitación debe recibirse en las capacita- doras autorizadas por las federadas. Si es una capacitadora foránea, debe obtener la autoriza- ción de la federada de la localidad para la cele-bración de sus eventos.

- Se debe tener la asistencia completa al evento.

- Debe incluir temas relacionados con la pro-fesión de Contador Público.

- Debe recabarse la constancia foliada de partici-pación, en donde se mencione:

• El nombre de la capacitadora, el número de au- torización otorgado por la federada, el nombre del participante, el nombre y la firma del exposi- tor o del representante de la capacitadora, el nom- bre del evento, lugar y fechas de impartición, du-ración en horas y puntuación otorgada, de acuer-do con la tabla de puntuación.

9. ¿Cómo puedo acreditar programas de autoestu-dio en educación a distancia o educación abierta?

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- Debe ser de temática afín y relacionada con la profesión, patrocinada por el IMCP, sus federa-das y por las siguientes capacitadoras que ob-tengan la autorización especial correspondiente: instituciones de enseñanza superior nacionales y extranjeras con reconocimiento oficial de es-tudios; despachos de Contadores Públicos, así como empresas y organismos públicos en donde labore el asociado y que hayan registrado en la federada su programa anual de capacitación.

- La autorización para impartir estos programas será independiente de la proporcionada para los cursos presenciales y deberá estar estrictamente apagada a lo establecido en materia de edu-cación a distancia, señalado en los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas del IMCP.

- Se debe cumplir con las especificaciones esta- blecidas en el Capítulo IV de los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas por el IMCP.

- Sólo serán válidos los programas que incluyan un proceso de evaluación presencial y se obten-ga la constancia de terminación y aprobación del módulo o asignatura.

10. ¿Cuántos puntos se pueden acreditar por hora de instrucción IMPARTIDA en cátedras y diplomados?

- Un punto por cada hora de instrucción impartida.

- En carrera técnica, licenciatura y diplomado la totalidad de puntos acreditables será hasta de 25 puntos anuales, lo que es independiente del número de materias impartidas.

- En la cátedra de especialidad o maestría, la totalidad de puntos acreditables será hasta de 30 puntos anuales, los que es independiente del número de materias impartidas.

- En la cátedra de doctorado, la totalidad de pun-tos acreditables será hasta de 35 puntos anua-les, los que es independiente del número de ma-terias impartidas.

11. ¿Cuáles son los organismos en los que pue-do PARTICIPAR, para acreditar puntuación para el cumplimiento de la NDPC?

- Comisiones normativas, técnicas y de investi-gación del IMCP y de sus federadas.

- Comité Ejecutivo y los auditores del IMCP y de sus federadas.

- Comisiones técnicas y de investigación relativas a la profesión:

- Instituciones de enseñanza superior con reco- nocimiento de validez oficial de estudios (Ley General de Educación).

- Organismos empresariales y profesionales afi-nes a la contaduría pública de reconocido pres-tigio.

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- Organismos gubernamentales, cuya participa- ción no sea remunerada.

- Síndicos del contribuyente del IMCP y de sus federadas.

- Síndicos del contribuyente de organismos em-presariales y profesionales de reconocido presti-gio, afines a la contaduría pública.

Los puntos anuales máximos a acreditar por esta participación son 20, por desempeño en el cargo durante doce meses o proporción anual.

12. ¿Existen otras formas de PARTICIPACIÓN, para acreditar puntuación para el cumplimiento de la NDPC?

Sí, también están previstas las siguientes:

- Dirección de tesis de licenciatura y postgrado (De 5 a 20 puntos).

- Sinodal de examen en licenciatura y postgrado (De 2 a 5 puntos).

- Investigador en temas relativos a la profesión (De 10 a 20 puntos).

- Evaluador de certámenes de investigación (10 puntos).

- Jurado de premios o concursos relativos a la profesión (5 puntos).

La participación debe acreditarse con el nom-bramiento respectivo y la constancia correspon- diente.

13. Si presento y apruebo el Examen Uniforme de Certificación (EUC), ¿debo cumplir en ese mismo año con las horas de capacitación requerida para cumplir con la Norma de DPC?

Aprobar el Examen Uniforme de Certificación otorga, automáticamente, al C.P.C., los puntos de

DPC requeridos para cumplir con la norma duran-te el año en que se informe el resultado.

Para conocer la información completa sobre el refrendo de tu certificado, consulta el “Instructi-vo para el Refrendo de la Certificación” que se encuentra en la página Web del Instituto: www.imcp.org.mx

14. Si presento y apruebo el Examen de Certifi-cación por Disciplinas (ECD), ¿debo cumplir en ese mismo año con las horas de capacitación re-querida para cumplir con la Norma de DPC?

Aprobar el Examen de Certificación por Disciplinas otorga, automáticamente, al C.P.C.D., los puntos de DPC requeridos para cumplir con la norma du-rante el año en que se informe el resultado.

Para conocer la información completa sobre el refrendo de tu certificado, consulta el “Instructi-vo para el Refrendo de la Certificación” que se encuentra en la página Web del Instituto: www.imcp.org.mx

15. ¿Cuántos puntos debo acreditar durante 2015, si deseo obtener el registro del IMSS?

Se deberán acreditar 24 puntos de capacitación recibida o impartida en los siguientes temas:

- De la incorporación al Seguro Social 1 punto- De la emisión y pago de cuotas 2 puntos- De la clasificación de empresas 2 puntos- Del salario base de cotización 4 puntos- De los sujetos de aseguramiento 3 puntos- Del dictamen para efectos del Seguro Social 8 puntos- De las normas profesionales para la emisión del dictamen 4 puntos

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16. ¿Cuántos puntos debo acreditar en el año 2015, si deseo mantener el registro del IMSS?

Se deberán acreditar 8 puntos de capacitación recibida o impartida en los siguientes temas:

- De la incorporación al Seguro Social

- De la emisión y pago de cuotas

- De la clasificación de empresas

- Del salario base de cotización - De los sujetos de aseguramiento - Del dictamen para efectos del Seguro Social - De las normas profesionales para la emisión del dictamen

17. ¿Las constancias entregadas por las capaci- tadoras pueden ir con firma escaneada o con sello?

No, deben cumplir con lo que se señala el artícu-lo 1.4 inciso g) que establece el requisito de in-cluir el nombre y firma del expositor y en su caso, del director o representante legal de la capacita-dora, en la constancia correspondiente, en todo caso se debe entender que la firma tiene que ser autógrafa para que tenga valor probatorio, de a- cuerdo con criterios jurídicos.

18. ¿Qué señala la NDPC con relación al estudio de las lenguas extranjeras?

Las lenguas extranjeras para principiantes, inter-medios y avanzados no cuentan para Educación Profesional Continua. La lengua extranjera de carácter técnico relacionada con la profesión es válida, debiendo presentar la constancia respec-tiva.

19. ¿Qué señala la NDPC con relación a los cur-sos de informática?

Los cursos de informática deben referirse al uso de software especializado aplicable al área profe-sional de actuación y se podrán acreditar una vez cumplidos con los puntos mínimos del área de la especialidad.

20. ¿Cuantas y cuáles son las capacitadoras au-torizadas por el Colegio de Contadores Públicos de Sonora AC durante el ejercicio 2015?

Son 16, que a continuación se enlistan:

1.- CAAEF, S.C.2.- CAPFISCAL, S.C.3.- Castillo Encinas y Asociados, S.C.4.- Centro de Estudios Administrativos y Gerenciales, S.C.5.- Despacho Galaz, Yamazaqui, Ruiz Urquiza, S.C.6.- Despacho Luján y Asociados, S.C.7.- Dirección General de Auditoría Fiscal8.- Gossler, S.C. 9.- Grupo de Estudio G.J.10.- Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización (ISAF)11.- MANCERA, S.C.12.- PriceWaterHoouseCoopers, S.C13.- Ramos y Arvizu, S.C.14.- Salido Encinas y Asociados, S.C.15.- Universidad del Pitic UNIP S.C.16.- Valor Administradores

21. En los formatos de presentación de mani-festación DPC-1 y DPC-2, ¿qué se entiende por área de especialización?

Consiste en la materia, rama o actividad profe-sional de la Contaduría Pública a la que el aso-ciado se dedica principalmente. Si el asociado dictamina fiscalmente o no tiene una especiali-dad definida, deberá indicar las materias de con-tabilidad, fiscal y auditoria, como área de espe-cialidad.

22. Si se recibió capacitación en el Colegio de Contadores Públicos de Sonora ¿es necesario

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adjuntar la constancia de capacitación recibida en cada uno de los eventos?

No, en sustitución a ello, el Colegio lleva un con-trol (estado de cuenta) de la capacitación recibi-da por los asociados; siendo solo necesario pedir copia de este control al personal administrativo y adjuntarlo al (a los) formato(s) que esté obligado a presentar el asociado.

23. En los formatos de presentación de manifes- tación de la NDPC, ¿qué se entiende por Valua-ción?

Corresponde al valor en puntos que de acuerdo con la Tabla de Puntuación se asigna a las horas obtenidas por capacitación recibida o impartida, o por la actividad desarrollada (para poder deter-minar la valuación correcta se debe consultar la Tabla de Puntuación mencionada).

24. ¿Cómo puedo cumplir con los 5 puntos o más obligatorios en Ética y Responsabilidades Profe-sionales?

A través de la capacitación recibida o impartida, o por la actividad desarrollada en las materias de Código de Ética Profesional, Norma de Control de Calidad y Norma de Desarrollo Profesional Conti-nua, de forma conjunta o separadamente.

25. Si estoy obligado a presentar más de un for-mato de presentación de manifestación, ¿incluyo evidencia documental de la capacitación recibi-

da o impartida o por la actividad desarrollada en uno solo?

No, el asociado está obligado a adjuntar a cada formato, la evidencia documental correspondien- te.

26. Si me desempeño en el sector académico de tiempo completo o investigador, ¿la capacitación que puedo manifestar en mi área de especiali- zación es recibida e impartida?

La norma señala que los asociados en éste sec-tor, sólo podrán cubrir los puntos necesarios de su área de especialización a través de la capaci- tación recibida.

Para concluir, se le recomienda a cada asociado cuidar lo siguiente:

- Llenar los formatos digitalmente de acuerdo al formato de Excel enviado por IMCP, o bien con letra de molde.

- Firmarse de forma autógrafa, de preferencia con pluma azul. Los formatos llenados a lápiz serán rechazados.

- Verificar cuidadosamente los datos asentados en el mismo, antes de su entrega.

- Entregar dos juegos de cada formato, adjuntan-do a cada uno de ellos la evidencia respectiva; conservando un juego conteniendo el sello y fir-ma del receptor como evidencia.

- Digitalizar y archivar el juego recibido, especial-mente los asociados certificados a quienes les requieren su constancia de cumplimiento de la norma y el formato de manifestación al momento del refrendo de la certificación, además de que les es solicitado por la dependencia en la cual se encuentran autorizados a dictaminar.

- No esperarse al último día para su entrega (31 de enero de 2016).

Todo asociado debe estar consciente de que sólo serán válidos los eventos impartidos por las capacitadoras auto- rizadas por su colegio, dentro del perio-do de vigencia de su autorización.

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Mario CoronaAutor Bestseller, Business Coach y Conferencista. Presidente de la Asociación Sonorense de la Publicidad A.C.www.MarioCoronaCoach.com

El Contador en la Era DigitalHola es un placer compartir contigo algunas valiosas reflexiones que reflejan una evidente realidad que puede representar para ti para y tu negocio nuevas y mejores oportunidades de ejercer tu profesión con mayor trascendencia y beneficios tanto para ti, como para tus clientes.

Hoy en día nos encontramos en lo que muchas personas han llamado “La Era Digital” como con-secuencia de los avances en las tecnologías de la información y específicamente en Internet, hacien- do de nuestro planeta un lugar “Más Cercano” y unido por comunidades que se han integrado en torno a intereses comunes. Es en este nuevo contexto en el que el cliente ha evolucionado, al estar mucho mejor informado, ser más exigente, evasivo y renuente a cualquier esfuerzo de ven-ta de productos o servicios realizado de manera “frontal” que no esté en sintonía con sus intere-ses más relevantes.

En este nuevo contexto ha surgido también una clase de profesionales que están generando ne-gocios rentables, con un impacto positivo y pal-pable, contribuyendo así a crear empresarios más eficientes que generen mayor riqueza en su entorno.

Esta nueva clase de profesionales ha entendido que en este nuevo contexto “la mejor forma de vender es no vender porque vender ya no vende” y se ha enfocado en una estrategia visible y efec-tiva: Promocionar sus servicios a través de la educación a sus clientes actuales y futuros. Tal vez esto suene extraño para ti, que estás acos-tumbrado a cobrar tus honorarios por los servi-cios que prestas a tus clientes, pero la verdad es

que la Era Digital ha hecho posible que miles de profesionales estén promoviendo y vendiendo su conocimiento a todas aquellas personas que lo necesitan y desean.

Para esto cuentan con diferentes productos como Seminarios en vivo y vía Internet; entrenamien-tos online, sitios de membresía, audios, videos, reportes especiales, ebooks, entrenamientos grupales, coaching uno a uno, entre otros más.

Esto implica un cambio radical de paradigma para muchos profesionales que piensan que su conocimiento solo puede ser vendido a través de un servicio que se otorga en forma presen-cial, pero a la vez representa también una gran oportunidad porque sus potenciales clientes son personas que ya tienen consciencia plena de la necesidad de resolver su problema y se encuen-tran en un proceso activo de búsqueda de algui-en que les ayude a lograrlo.

Su principal canal de información es Internet, y específicamente Google y Facebook, plataformas que representan el nuevo “Campo de Batalla” para conquistar a miles de potenciales clientes.No se requiere una gran fortuna, ni experiencia, ni fama para aprovechar esta gran oportunidad. Lo que más se necesita es tener la apertura mental y la flexibilidad para pasar por un proceso en el que poco a poco cada una de las piezas de este nuevo engranaje serán reveladas, com-prendidas y aprovechadas por quienes tengan la visión de hacerlo.

Honestamente, espero te des la oportunidad de intentarlo.

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IMMEXColegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Dra. María del Rosario Fátima Roble Robles

Catedrática e Investigadora de la Universidad Estatal de Sonora

El cambio de las habilidades empresariales en Sonora ante la incursión de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (IMMEX)Introducción

Mucho se ha escrito acerca de las habilidades empresariales, en libros de texto y revistas espe-cializadas, sin embargo considero que existen al-gunos vacíos al estudiar este tema. Uno de ellos refiere a que cuando se estudia las habilidades empresariales las describen como inmutables al tiempo y lugar. Esto ha motivado una serie de im-precisiones y ha limitado el estudio de su impac-to en el acontecer económico.

Bajo esta afirmación se desarrolla este artículo que tiene como objetivo conocer como ha sido el cambio de las habilidades en Sonora para los empresarios que incursionaron en la IMMEX. Esta industria tiene cerca de 50 años de establecida en nuestro estado, en este periodo (1966 -2015) se ha efectuado una recomposición económica en Sonora. Al transitar de un estado en el que las actividades primarias eran las más contribuían en mayor proporción al PIBE, en 1970 con el

29.5% del PIB a menos del 10% en el año 2010, a otro en que las actividades de industriales y de manufactura contribuyen más a la economía es-tatal, en 1970 con un 9.66% en los años 70, en el 2010 lo hacían con 29% (INEGI 2014).

En sus inicios los dueños de los shelter que ope- raban como facilitadores de la integración, eran en su totalidad ciudadanos estadounidenses, en-tre los que se encontraban el Sr. Richard Camb-pell, el Sr. Gustavo Rigoli Franco, con la empresa Sonitronies-Collectron, en los años ochenta el Sr. Roberto Klosek fundó la empresa, Javid de Méxi-co S. de R. L. de C.V. y Javid LCC en E.U en la ciudad de Nogales.

Sin lugar a dudas, en estos primeros años de la instalación de las primeras plantas maquiladoras en Sonora (1966), los empresarios sonorenses jugaron el papel de espectadores. Casi veinte años después de la instalación de las primeras maquilas en la frontera norte de Sonora, se inau-

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guró la planta Ford en Hermosillo (en 1984 inició su construcción). Las primeras expectativas del gobierno y los empresarios locales, fueron que di-cha inversión les daría oportunidad de insertarse como proveedores de partes y/o componentes, participando de esta manera en el “despegue industrial”. Su falta de capacidad se puso en evi-dencia desde el principio, por lo que no pudieron insertarse en este proyecto.

Asimismo, las empresas de esta industria, insta- ladas en el estado eran dirigidas por extranjeros asunto que fue muy cuestionado en ese mo-mento por diferentes académicos y otras insti-tuciones, que señalaban el limitado papel que los empresarios sonorenses desempeñaban en la IMMEX, casi como espectadores.

Tenemos entonces que el proceso de industriali- zación que irrumpe en el Estado de Sonora (a partir de 1963), no es iniciativa de los empresa-rios locales de la época. Este proyecto los toma por sorpresa, no contaban con formación en el sector industrial y sus conocimientos administra-tivos y técnicos que esta nueva modalidad exige

eran escasos además poco acostumbrados al riesgo financiero y a la inversión con retorno a largo plazo. Por otra parte, las instituciones exis- tentes no se adecuaron a este nuevo proceso y no se crearon nuevas con la finalidad de dar a conocer las modalidades y reglas de este proyec-to industrial. Por lo anterior no es de extrañar que no hubiera actores regionales que encabezaran el proceso de industrialización y que quedará en manos del capital extranjero o de empresarios nacionales, con más experiencia y habilidad.

Es precisamente esta cuestión el motivo de nues- tro artículo, ya que se esperaba que los empresa-rios sonorenses dirigieran esta industria y desem- peñaran un papel de actores protagónicos, tal co- mo lo habían hecho en sus empresas agrícolas y ganaderas, sin embargo, fue necesario un largo proceso, para adquirir las habilidades específi-cas que esta industria requiere.

Los empresarios afirman que para revertir la ten-dencia de que las gerencias de planta estuvieran comandadas por extranjeros y que pasaran a ser dirigidas por mexicanos, hubo que transitar por un proceso nada sencillo ni de corto plazo, por el contrario, se requirió una larga y paulatina prepa-ración en habilidades específicas que la industria requería, además fue necesario llevar a cabo la formación de cuadros técnicos y de capacitación y calificación de obreros. ¿Cómo desarrollaron las habilidades para ejercer la gerencia de plan-ta, ser directores y constituir empresas en un plan albergue? ¿Cómo fue el proceso?

El tardío proceso de aprendizaje de habilidades gerenciales en los empresarios de la IME

Los empresarios sonorenses incursionaron como gerentes, directores y proveedores de la IME has-ta la década de los noventa del Siglo XX. Afirman que revertir la tendencia de que las gerencias de planta estuvieran comandadas por extranjeros y que pasaran a ser dirigidas por mexicanos, hubo que transitar por un proceso nada sencillo ni de corto plazo, por el contrario, se requirió una larga

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y paulatina preparación en habilidades específi-cas que la industria requería, además fue nece-sario llevar a cabo la formación de cuadros técni-cos y de capacitación y calificación de obreros. ¿Cómo desarrollaron las habilidades para ejercer la gerencia de planta, ser directores y constitu-ir empresas en un plan albergue? ¿Cómo fue el proceso?

Analizamos las respuestas de los entrevistados por ciudades. Enseguida presentamos los resul-tados del análisis.

En Nogales, señalan que todos los recursos hu-manos de alto nivel que actualmente participan en la IMMEX fueron capacitados y desarrollados por las empresas transnacionales, afirman que la universidad y la industria han estado desvincu-ladas y con la finalidad de lograr una mejor vincu-lación entre ambas han realizado gestiones entre las que se encuentran visitas a universidades y escuelas técnicas de enseñanza media, donde dan a conocer las necesidades del mercado en la industria maquiladora y manufacturera de ex-portación, puntualiza que no todos los egresados de las carreras tradicionales pueden colocarse en algún puesto de trabajo y tienen que emigrar

o subemplearse pues en la IME se requieren pro-fesionistas en áreas como energías renovables, aeronáutica, mecatrónica, entre otras, que no se encuentran en las instituciones locales de edu-cación superior.

En Hermosillo, los empresarios señalan que las habilidades empresariales que la industria requie- re en este municipio son: manejo de person-al (en grandes cantidades); la flexibilidad vista como una habilidad que tienen que desarrollar los directivos para ser capaces de reaccionar y tomar decisiones ante procesos de producción cambiantes y situaciones inestables de la indus- tria y la capacidad de liderazgo, los entrevista-dos señalan que se requiere y se ha tenido que desarrollar directivos con capacidad de liderar equipos.

En Empalme y Guaymas, los entrevistados señalan que ha sido necesario el desarrollo de habilidades como el manejo de personal, lide-razgo y la administración de recursos financieros, señalan que las experiencias previas en la indus- tria posibilitaron el aprendizaje de estas habi- lidades, este hecho lo perciben como un logro personal, producto de su experiencia, el esfuerzo individual y la capacitación constante, gracias a lo cual han logrado tener las habilidades requeri-das.

En Cd. Obregón observamos una situación si- milar, las habilidades gerenciales para dirigir la IME se desarrollaron en la práctica y consisten en la administración de recursos financieros y el manejo de personal.

En conclusión, hay dos factores que influyeron de manera importante para que se desarrolla- ran empresarios locales y contaran con las habi- lidades para ser empresarios y ejercer las fun-ciones de empresarios y directivos de alto nivel en la IME: 1) La planeación e implementación de este proceso por las trasnacionales y 2) la expe-riencia práctica tanto como empleados como en negocios propios.

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C.P.C. Víctor Alan Alcázar Lacarra

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La indemnización por afectaciones por causas de utilidad públicaEn innumerables ocasiones, el desarrollo de las comunidades implica la afectación sobre propie-dades privadas, para llevar a cabo obras de in-fraestructura del gobierno federal, estatal y mu-nicipal, por organismos desconcentrados de la administración pública o bien por instituciones de carácter público o privado.

Así vemos reflejadas en nuestras comunidades la construcción de hospitales, escuelas públicas, sistemas de distribución de agua potable, cami- nos y puentes, entre muchos más, como resul-tado de la acción de gobierno cumpliendo con ello los compromisos que establecen con los ciu-dadanos y con la sociedad en general.

¿Pero qué sucede cuando un individuo es afecta- do en su patrimonio que detenta por años, para desarrollar este tipo de obras de infraestructu-ra? Representantes de gobierno llegan ante El y negocian la compra de su propiedad, toda o en parte; en caso de oposición, el Gobierno tiene la facultad de expropiar este patrimonio.

Una vez que se defina el mecanismo de adqui- sición, se tiene la obligación de indemnizar al afectado. Para ello existen leyes que lo protegen y buscan otorgar una indemnización justa, aten- diendo todos los elementos que fueron afecta- dos hasta alcanzar el monto apropiado de indem-nización la cual deberá de ser cubierta en los tiem-

pos establecidos en los ordenamientos jurídicos, dando con ello garantía jurídica al individuo afec-tado. Tratamientos que explicaremos en el desa- rrollo del presente estudio.

Al respecto, una teoría de aplicación de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y su reglamento establece que este pago que recibe el afectado, ahora contribuyente, debe de ser acumulado a sus otros ingresos, si los hubiere, para hacer su declaración del ejercicio. Que al momento de hacer la operación de cesión de la propiedad y re-cibir el pago de la indemnización correspondien- te, el fedatario público deberá de realizar la reten- ción de Impuesto sobre la Renta (ISR) que corres- ponda en los términos de los ordenamientos de la LISR.

Mas sin embargo persiste la inquietud del afec-tado en relación a que previo a esta afectación, su patrimonio no generaba ISR alguno, el no de-seaba ser afectado y no tenía pensado en ningún momento el enajenar el mismo, mucho menos buscar obtener ganancia alguna; probablemente pierda todo su patrimonio o lo pierda parcial-mente; probablemente los remanentes del patri-monio sean afectados con actividades que antes no existían, con contaminación que no tenía, con nuevos entornos sociales, atmosféricos y cambi-os sustanciales en la cotidianeidad que previa-mente prevalecía. En resumen: la incongruencia

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de cambiar un patrimonio físico por un patrimo-nio monetario, para generar un ISR por una obli- gada enajenación aceptada para contribuir al de-sarrollo de su comunidad, de su sociedad, de su país.

Analizando esta situación lógica, encontramos en la LISR lo siguiente:

Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: …XXV. Las indemnizaciones por daños que no ex-cedan al valor de mercado del bien de que se trate. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título. …

Por lo tanto, debemos de definir que se conside- ran indemnizaciones por daños, que concep-to otorgan a las afectaciones que se realizan y cómo podemos enclavar en este entorno la irre- gular operación que genera una afectación que por utilidad pública afecta a un individuo o una comunidad.

LA INDEMNIZACION

La indemnización en una expropiación, ocupa- ción temporal, limitación de derechos de domi-nio, o nacionalización, se contemplan en las dis-tintas leyes que la contienen y que veremos más adelante, y en estas se habla de la necesidad, precisamente, de que en una afectación se pa-gue una indemnización apropiada y justa al afec-tado.

En particular la Ley General de Bienes Naciona-les hace extensiva esta premisa a actos de ex-propiación, ocupación temporal o de limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles, bienes muebles, partes sociales o derechos, así como el monto de compensación para la consti-tución de servidumbres voluntarias.

La indemnización debe resarcir los daños cau-sados al afectado, entendiéndose por daños

a la pérdida de valor en la propiedad afectada. La parte o cosa afectada por expropiación, ser-vidumbres o nacionalización se indemniza al cien por ciento de su Valor Comercial, salvo la ocupación temporal que tratándose de menos de 10 años se indemniza de acuerdo al monto proporcional calculado del Valor Comercial. Por otra parte, una cosa parcialmente afectada se indemniza también parcialmente.

Los daños (y perjuicios) que puede sufrir el afec- tado son causados por:

a) La pérdida de todos los derechos de la propie-dad

b) La pérdida de algunos de los derechos, como la propiedad, el uso, el usufructo y el paso de manera definitiva

c) La pérdida de algunos de los derechos, de manera temporal

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d) La pérdida de derechos en una parte de una propiedad, quedándole además una porción re-manente no necesariamente afectada en sus derechos, pero sí afectada en su valor. Así mismo, en un proceso expropiatorio para la ejecución de algún proyecto público, es común que se presenten elementos ventajosos para las personas cuyas propiedades son parcialmente expropiadas o que tienen propiedades en el sitio donde se lleva a cabo el proyecto. Estos benefi-cios se clasifican en generales y particulares.

I. Beneficios de carácter general

- Son aquellos que llegan a la población en general en la comunidad donde se desarrolla el proyecto, en la zona donde se ubica o a otras propiedades vecinas al inmueble afectado. - Estos beneficios generalmente no son sujetos de la valuación.

II. Beneficios particulares

- Son los que resultan de la relación particular de una propiedad parcialmente expropiada con el proyecto motivo de la expropiación, general-mente resultantes de un cambio en el mayor y mejor uso de la parte remanente no expropiada de la propiedad.

- Estos beneficios sí son sujetos de la valuación cuando se trata de compensar los daños a la par-te remanente no expropiada.

BIENES SUSCEPTIBLES DE AFECTACION

Conforme a la Ley General de Bienes Nacionales, son bienes susceptibles de valuar para efectos de indemnización:

Los bienes inmuebles. Aquellos que por su na-turaleza son el suelo y todas las partes sólidas que forman su superficie y profundidad, como por ejemplo terrenos, edificios y construcciones

de todo género adheridas al suelo, los árboles y plantas, y los frutos pendientes, mientras estén unidos a la tierra o formen parte integrante de un inmueble, así como todo lo que esté unido a un inmueble de una manera con carácter fijo, de suerte que no pueda separarse de él sin producir quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto del inmueble.

Los bienes inmuebles de acuerdo al Código Civil Federal son:

a) El suelo y las construcciones adheridas a él;

b) Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidos a la tierra, y los frutos pendientes de los mismos árboles y plantas mientras no sean separados de ellos por cosechas o cortes re- gulares;

c) Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de modo que no pueda separarse sin deterioro del mismo inmueble o del objeto a él adherido;

d) Las estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de ornamentación, colocados en edificios o here-dados por el dueño del inmueble, en tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al fundo;

e) Los palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los conserve con el propósito de mantenerlos unidos a la finca y formando parte de ella de un modo permanente;

f) Las máquinas, vasos, instrumentos o utensilios destinados por el propietario de la finca, directa y exclusivamente, a la industria o explotación de la misma;

g) Los abonos destinados al cultivo de una here-dad, que estén en las tierras donde hayan de uti-lizarse, y las semillas necesarias para el cultivo de la finca;

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h) Los aparatos eléctricos y accesorios adheridos al suelo o a los edificios por el dueño de éstos, salvo convenio en contrario;

i) Los manantiales, estanques, aljibes y corrien- tes de agua, así como los acueductos y las cañerías de cualquiera especie que sirvan para conducir los líquidos o gases a una finca o para extraerlos de ella;

j) Los animales que formen el pie de cría en los predios rústicos destinados total o parcialmente al ramo de ganadería; así como las bestias de trabajo indispensables en el cultivo de la finca, mientras están destinadas a ese objeto;

k) Los diques y construcciones que, aun cuando sean flotantes, estén destinados por su objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, lago o costa;

l) Los derechos reales sobre inmuebles; m) Las líneas telefónicas y telegráficas y las esta-ciones radiotelegráficas fijas.

Los bienes muebles. Son todos aquellos cuerpos que por su naturaleza se pueden trasladar de un lugar a otro, ya sea que se muevan por sí mis-mos, o por efecto de una fuerza exterior.

De acuerdo al Código Civil Federal:

a) Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la Ley.

b) Son bienes muebles por determinación de la Ley, las obligaciones y los derechos o acciones que tienen por objeto cosas muebles o canti-dades exigibles en virtud de acción personal.

c) Se reputan muebles las acciones que cada so-cio tiene en las asociaciones o sociedades, aun cuando a éstas pertenezcan algunos bienes in-muebles.

d) Las embarcaciones de todo género.

e) Los materiales procedentes de la demolición de un edificio, y los que se hubieren acopiado para repararlo o para construir uno nuevo, serán muebles mientras no se hayan empleado en la fabricación.

f) En general, son bienes muebles todos los demás no considerados por la Ley como inmuebles.

Unidad económica (empresa). Es un negocio con actividad económica realizada con el fin de ob-tener una ganancia, lucro o utilidad; se constituye por un conjunto de activos fijos (terrenos, cons- trucciones, instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipo), vinculados a activos intangibles e in-tegrados conforme a un conjunto de tecnologías que le permiten producir bienes o prestar servi-cios en condiciones estándares de calidad y cos-to. La unidad económica que genera utilidades, se denomina también negocio en marcha.

Se puede mencionar como ejemplo de unidad económica a una embotelladora de refrescos con una marca prestigiada. La unidad económica es en esencia comercial y está conformada por te- rreno + construcciones + instalaciones especia-les + maquinaria + activos + intangibles (marca + recursos humanos + crédito comercial + cartera de clientes + tecnología) y que cuenta con acti-vos circulantes, pasivos y un capital de trabajo.

Unidad instalada. Se constituye por un conjunto de activos fijos (terrenos, construcciones, instala-ciones, maquinaria, mobiliario y equipo) instala-dos e integrados conforme a una tecnología que le permitiría producir bienes o prestar servicios, pero que se encuentra fuera de operación o bien que se considera como tal y que no cuenta con crédito mercantil ni marcas que le permitan operar.

Se puede mencionar como ejemplo de unidad ins- talada a la embotelladora de refrescos del pun-to anterior, que cierra sus operaciones y vende sus instalaciones; siguen existiendo el terreno + construcciones + instalaciones especiales + maquinaria, pero ya no existe una marca, no

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tiene crédito, ni recursos humanos. Sí existe tec-nología mecánica, pero no hay capital de trabajo, ni activos circulantes, ni pasivos. Tampoco tiene marca, no tiene personalidad jurídica, no existe producto en proceso, por lo que no es capaz de generar utilidad.

Bienes intangibles. Son aquellos activos que no tienen existencia física pero que sin embargo tienen un valor importante para la empresa, se manifiestan básicamente por sus propiedades económicas; les otorgan derechos y privilegios a sus propietarios y normalmente generan ingresos.

Ejemplos de bienes intangibles:

a) Tecnologías desarrolladas por el negocio o compradas

b) Cartera de clientes

c) Contratos de proveedores

d) Software

e) Capital humano

f) Marcas registradas y nombres comerciales

g) Crédito mercantil

h) Propiedad intelectual como derechos de autor, patentes y secretos comerciales.

Bienes distintos a la tierra.- Son aquellos cultivos anuales y perennes (frutales, forestales y agosta- deros), infraestructura (cercados de alambre y cercados de piedra), que resultan afectados por obras que llevan a cabo las dependencias o en-tidades de la Administración Pública Federal. Se consideran parte de los bienes inmuebles.

CAUSAS DE UTILIDAD PÚBLICA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cuanto al concepto de utilidad pública, ha susten-

tado diversos criterios, en los que inicialmente señaló que las causas que la originan no podrían sustentarse en dar a otro particular la propiedad del bien expropiado, sino que debía ser el Esta-do, en cualquiera de sus tres niveles, quien se sustituyera como propietario del bien a fin de conseguir un beneficio colectivo a través de la prestación de un servicio o realización de una obra pública.

Posteriormente amplió el concepto comprendien- do a los casos en que los particulares, mediante la autorización del Estado, fuesen los encarga-dos de alcanzar los objetivos en beneficio de la colectividad.

Así, la Suprema Corte reitera el criterio de que el concepto de utilidad pública es más amplio, al comprender no sólo los casos en que el Estado (Federación, Entidades Federativas, Distrito Fe- deral o Municipios) se sustituye en el goce del bien expropiado a fin de beneficiar a la colectivi-dad, sino además aquellos en que autoriza a un particular para lograr ese fin.

De ahí que la noción de utilidad pública ya no sólo se limita a que el Estado deba construir una obra pública o prestar un servicio público, sino que también comprende aquellas necesidades económicas, sociales, sanitarias e inclusive es-téticas, que pueden requerirse en determinada población, tales como empresas para beneficio colectivo, hospitales, escuelas, unidades habita-cionales, parques, zonas ecológicas, entre otros, dado que el derecho a la propiedad privada está delimitado en la Constitución Federal en razón de su función social.

Por ello, atendiendo a esa función y a las necesi-dades socioeconómicas que se presenten, es evi- dente que no siempre el Estado por sí mismo po-drá satisfacerlas, sino que deberá recurrir a otros medios, como autorizar a un particular para que preste un servicio público o realice una obra en beneficio inmediato de un sector social y media-to de toda la sociedad.

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En consecuencia, el concepto de utilidad públi-ca no debe ser restringido, sino amplio, a fin de que el Estado pueda satisfacer las necesidades sociales y económicas y, por ello, se reitera que, genéricamente, comprende tres causas:

a) La pública propiamente dicha, o sea cuando el bien expropiado se destina directamente a un servicio u obra públicos;

b) La social, que satisface de una manera inme-diata y directa a una clase social determinada, y mediatamente a toda la colectividad; y

c) La nacional, que satisface la necesidad que tiene un país de adoptar medidas para hacer frente a situaciones que le afecten como entidad política o internacional.

De acuerdo con la Ley de Expropiación y la Ley Agraria, son causas de utilidad pública las si- guientes:

a) Establecimiento, explotación o conservación de un servicio o función público.

b) Apertura, ampliación o alineamiento de calles, calzadas, caminos, puentes y túneles para el tránsito urbano o suburbano.

c) Obras destinadas a prestar un servicio colec-tivo, como hospitales, escuelas, parques, entre otros.

d) Conservación de los monumentos arqueológi-cos, históricos, artísticos o de parques nacionales.

e) La satisfacción de necesidades colectivas en caso de guerra, el abastecimiento de víveres u otros bienes de consumo necesario a los centros de población y los procedimientos empleados para impedir la propagación de epidemias, pla-gas, incendios u otras calamidades públicas.

f) Los medios empleados para la defensa nacio-nal o para el mantenimiento de la paz pública.

g) La conservación, desarrollo o aprovechamien-to de los recursos naturales susceptibles de ex-plotación.

h) La equitativa distribución de la riqueza aca-parada o monopolizada con ventaja exclusiva de una o varias personas y con perjuicio de la cole- ctividad en general o de una clase en particular

i) Creación, fomento o conservación de una em-presa para beneficio de la colectividad.

j) Las medidas necesarias para evitar la destruc-ción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la cole- ctividad.

k) La creación o mejoramiento de centros de po-blación y sus fuentes propias de vida.

l) Los demás casos previstos por leyes especia-les.

FUNDAMENTOS LEGALES DE LA INDEMNIZACION POR AFECTACION

El Plan Nacional de Desarrollo (PND) en nuestro país, tiene como finalidad establecer los objeti-vos nacionales, las estrategias y las prioridades de la Administración Pública Federal que de-berán regir la acción del gobierno, de tal forma que ésta tenga un rumbo y una dirección clara. Representa el compromiso que el Gobierno Fe- deral establece con los ciudadanos y que permi-ta, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un buen gobierno. Por lo cual entre sus estrategias, contempla im-pulsar la vigencia de leyes modernas, suficientes, claras y sencillas, el aprovechamiento susten- table de los recursos naturales, protección del medio ambiente, educación y conocimiento para la sustentabilidad ambiental, lograr la transpa- rencia y el combate a la corrupción, la adminis-tración con pertinencia y calidad del patrimonio inmobiliario federal, lo que exige el buen uso y aprovechamiento de los inmuebles del Gobierno

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Federal mediante el registro público, el avalúo y la conservación, construcción y defensa de los inmuebles. Así mismo, el PND busca fortalecer la comunicación con la ciudadanía, simplificar los trámites administrativos y continuar con la mejo-ra regulatoria en toda la administración pública.

El artículo 27 Constitucional expresa que la propiedad de las tierras y de las aguas existentes en el territorio mexicano corresponden original-mente a la Nación, y que ésta ha tenido y tiene el derecho de transmitir su dominio a los particu-lares para constituir la propiedad privada y a las comunidades agrarias para constituir la propie-dad ejidal o comunal.

El Estado Mexicano es el titular de aquellos bienes que originalmente siempre detentó y que no han sido transmitidos a los particulares o a las comunidades agrarias pero, así mismo,

tiene la facultad de adquirir la titularidad de los bienes transmitidos, ya sea por medio del dere-cho privado en un proceso de compra, o bien, en el caso de otros que siendo necesarios para su actividad y aún en contra de la voluntad de los particulares, adquirir mediante la expropiación o afectación por causa de utilidad pública.

Para este último proceso, la Ley de Expropiación y la Ley Agraria establecen en cuestión de propie-dades privadas y de propiedades ejidales respec-tivamente, aquellos casos de utilidad pública en los que, previa declaración del Ejecutivo Federal, procede la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los dere-chos de dominio, para los fines del Estado o en interés de la colectividad.

En el caso de unidades económicas, la Ley de Expropiación establece en su artículo 1o., frac-ciones VII y IX que se consideran causas de uti- lidad la defensa, conservación, desarrollo o aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de explotación y la creación, fomen-to o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad. En los anteriores casos, pre-via declaración del Ejecutivo Federal, procederá la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio para los fines del Estado o en interés de la colectividad.

Como ejemplos de estas tenemos:

- La expropiación del petróleo en México fue un acto de nacionalización de la industria petrolera llevado a cabo en 1938, como resultado de la aplicación de la Ley de Expropiación de 1936 y del Artículo 27 de la Constitución Mexicana a las compañías que explotaban estos recursos, me-diante el decreto anunciado el 18 de marzo de 1938, por el presidente Lázaro Cárdenas del Río.

- El 1 de septiembre de 1982, el presidente José López Portillo en su último informe de gobierno decreta la nacionalización de la banca.

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“Para responder a ellas (se refería a la fuga de divisas y a la endeble situación económica que sufría México en ese entonces) he expedido en consecuencia dos Decretos: uno que nacionali- za los bancos privados del país y otro que es-tablece el control generalizado de cambios, no como una política superviviente del más vale tar-de que nunca, sino porque hasta ahora se han dado las condiciones críticas que los requieren y justifican. Es ahora o nunca.¡ Ya nos saquearon, México no se ha acabado! ¡No nos volverán a saquear!” …

Presidente José López Portillo.

Por su parte, la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados adoptada por Méxi-co en el seno de la Asamblea General de las Na-ciones Unidas, declara que el Estado que nacio-nalice o expropie debe pagar una compensación apropiada, teniendo en cuenta sus leyes y regla-mentos aplicables y todas las circunstancias que considere pertinentes.

Asimismo, el artículo 10 de la Ley de Expropia-ción y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), señalan que el precio que se fijará como indemnización por el bien expropia-do, será equivalente al valor comercial, sin que pueda ser inferior en el caso de bienes inmue-bles, al valor fiscal que figure en las oficinas catastrales o recaudadoras. En el caso de bienes distintos a la tierra, el único parámetro aceptado es el Valor Comercial.

La misma Ley de Expropiación señala que la in-demnización deberá pagarse dentro del término de un año a partir de la declaratoria de expropia- ción en moneda nacional, sin perjuicio de que se convenga su pago en especie y que, por otra parte, aún en el caso de esta última modalidad de pago de la indemnización, es necesario con-tar con un dictamen de avalúo que determine el Valor Comercial.

Por otra parte, el artículo 94 de la Ley Agraria dice que, tratándose de expropiaciones, el mon-to de la indemnización será determinado por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, hoy Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), atendiendo al valor comercial de los bienes expropiados.

El artículo 143 en las fracciones VII, VIII, IX y XV de la Ley General de Bienes Nacionales, señala que previo a la celebración de los actos jurídi-cos en los que intervengan las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y, en su caso, las entidades, corres- ponderá a la Secretaría de la Función Pública (a través del INDAABIN) dictaminar el monto de la indemnización por expropiaciones, ocupación temporal o limitación de derechos de dominio so-bre bienes inmuebles, muebles, acciones, partes sociales o derechos, y el monto de compensación para la constitución de servidumbres voluntarias o legales, así como el monto de indemnización en los casos en que la Federación rescate con-cesiones, y el monto de indemnización por con-cepto de reparación de los daños y perjuicios causados al erario federal.

Por lo tanto, el INDAABIN, cuenta con las facul- tades para determinar el monto de las indemni-zaciones por daños que pague el Gobierno Fede-ral cuando por causas de utilidad pública, previa declaratoria del Ejecutivo Federal, se proceda con la expropiación, la nacionalización, la ocu-pación temporal o la simple limitación de dere-chos de dominio sobre bienes inmuebles, bienes muebles y unidades económicas de propiedad privada o predios sujetos al régimen ejidal o comunal, para los fines del Estado o en interés de la colectividad; así como fijar el monto de la indemnización para la constitución de servidum-bres voluntarias o legales, que se pague a los propietarios de los terrenos colindantes con los inmuebles federales.

NOVIEMBRE 2015, HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO

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C.P.C. Humberto García Borbón,Presidente del Co-legio de Contadores Públicos de Sonora

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SECCION: FESTEJOSColegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

25 | del 1 al 31 de junio 2015

El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, te da la más cordial de las bienveni-das y te invita a que te integres a sus actividades y a sus Comisiones de Trabajo, for-mando parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá a tu desarrollo y crecimiento profesional.

El día miércoles 18 de noviembre, durante la Asamblea General Ordinaria de Socios, se lle- vó a cabo la toma de protesta de los nuevos socios CP. MARTHA ELENA GRAJEDA AGUI- LAR, ECP. ANA IZAMAR MALDONADO VILLA, ECP. MITCHEL GPE. GUIZAR LARA, ECP. JESSICA JUDITH DOMINGUEZ MORENO, ECP. ILSE ALEJANDRA FLORES RUIZ, ECP. ANA GPE. PONCE VILLALBA, ECP. MARIA DE JESUS PA-CHECO MURRIETA, ECP. OBED ISAI CONTLA BELTRAN y ECP. ANTONIO AVILA DE LA ROSA por el distinguido ex presidente del Colegio, el C.P.C. Edmundo Salazar Escoboza, quien les dirigiera emotivas palabras a nuestros nuevos socios.

En la foto del recuerdo acompañando a nuestros nuevos socios, el C.P.C. Edmundo Salazar Escoboza, el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga, y el C.P.C. Mario Arvizu Real Presi-dente y Vicepresidente General de nuestra institución respectivamente.

Orgullosamente Colegiados!!

NOVIEMBRE 2015, HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO

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EVENTOS NOVIEMBRE 2015El día 5 de noviembre tuvimos el curso donde se analizó el reporte de IFAC “La Profesión de la Con-taduría Global supera el crecimiento de empleo posterior a la crisis”, impartido por el Vicepresi-dente de Asuntos Internacionales el C.P.C. Hum-berto García Borbón, quien recibió de manos de nuestro Presidente el C.P.C. Roberto Francisco Ávila Quiroga un merecido reconocimiento.

La noche del 6 de noviembre, tuvimos nuestra tradicional “Noches de Bohemia”, evento en el cual y por medio del Rostro Humano de la Con-taduría, recaudamos fondos en beneficio de los niños que menos tienen de las localidades de Estación Pesqueira y Zamora, la cual resultó muy exitosa, gracias al gran número de asistentes. Contamos con la presentación del comediante el Chino Castro, la música en vivo de nuestro con-sentido el “Fofo”, degustamos de queso, pan y vino y hubo un sinfín de rifas de regalos entre los asistentes. Gracias por ayudarnos a ayudar.

Los días 6 y 7 de noviembre se llevó a cabo el Módulo VII del Diplomado Fiscal, en donde se vie- ron los temas: “Usa-Aspectos generales y alcan- ces, Ley Facta de EUA y su impacto en México an-tecedentes y alcances”, impartido por la C.P.C. Oli-via Vázquez de la Rocha y el tema “: Ley Aduanera e Impuestos al comercio exterior”, impartido por el Lic. Fernando David Mendoza Encinas, a quienes les hicieron entrega de un reconocimiento y un presente en nombre de nuestro colegio.

EVENTOS NOVIEMBRE 2015

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El día 12 de noviembre se llevó a cabo el curso de Ética, impartido por el ex presidente de nues-tro colegio el C.P.C. Humberto García Borbón, con gran número de asistentes.

Los días 13 y 14 de noviembre tuvimos el Módulo VIII del Diplomado Fiscal con el tema: Planeación Corporativa Patrimonial, impartido por el C.P.C. David Alvarado Cerda, quien recibiera un recono- cimiento por su brillante presentación por parte del presidente C.P.C. Roberto Ávila Quiroga y el Vicepresidente Fiscal el C.P.C. Martín Lagarda Es-quer.

El día 18 de noviembre se llevó a cabo el curso “Lo que todo asociado debe saber para cumplir con la Norma de Desarrollo Profesional Continuo”, impartido por el C.P. Germán López Virgen.

El día 20 de noviembre se llevó a cabo el II Módulo del Seminario de Seguridad Social, desarrollando los temas “Salario base de cotización, base de cotización y cuotas, acuerdos del consejo técnico y regímenes especiales” por el C.P.C. Fernando López Meza.

El día 21 de noviembre, como parte del II Módulo del Seminario de Seguridad Social, se impartió los temas: “Dictamen primera y segunda parte” por el C.P.C. Romeo Angulo Gutiérrez.

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