Aalisis de La Prueba Unam
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II. ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIALEN EL SISTEMA ACUSATORIO
En este apartado estudiaremos los aspectos teóricos y normativosde la prueba pericial para identicar el cambio por el que pasa en
la transición al sistema penal acusatorio.Esta perspectiva teórica se delimitará a señalar las diferen-
cias en el desahogo de la prueba pericial en ambos sistemas. Deesta forma se sentarán las bases teóricas para realizar un estudiocuantitativo de los y las peritos como productores de la prueba pericial en el juicio oral.
Comenzaremos por describir las características de la prueba pericial en el sistema inquisitivo mixto, vigente en gran parte de
los estados de la R epública, para poder comprender el cambio
que representa para la prueba pericial la implementación del sis-tema penal acusatorio.
1. Estudio normativo de la prueba pericial en el sistema
inquisitivo mixto
Como se comenta con anterioridad, para poder comprender el
cambio que sufre el desahogo de la prueba pericial en el sistema
acusatorio, resulta pertinente estudiarla en el sistema inquisitivomixto, aún vigente en algunos estados y a nivel federal.
Con el objeto de realizar el estudio de una gura procesal
como la prueba pericial, parece adecuado acudir a la fuente pri-mordial de la misma: la normatividad que le da fundamento. Por
esto, más que un estudio teórico y doctrinario, se hará una revi-sión de la forma en la que los códigos procesales penales de losestados que a la fecha2 cuentan con un sistema penal inquisitivo
mixto la contemplan y regulan.
2 Originalmente se contemplaban los códigos vigentes hasta diciembre de2010, dado que la investigación se desarrolló en ese año, sin embargo, con la
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL4
Las características de la actividad pericial, relacionadas con la
prueba pericial, que son de interés para el estudio en cuestión son:
TABLA 1
CARACTERÍSTICAS DE LA ACTIVIDAD PERICIAL
Pregunta Aclaración metodológica Característica
1. ¿Qué es un perito? Se busca la denición nor -
mativa de lo que se conside-ra perito dentro del procedi-miento penal.
Denición de perito
2. ¿Sobre qué cues-tiones puede hacer-se el peritaje?
Se busca un artículo que ex- plícitamente señale sobre quécuestiones pueden realizarse
peritajes dentro del procedi-miento penal.
Cuestiones sobre lasque puede hacerse el
peritaje
3. ¿En qué etapas
del procedimiento penal interviene?
Se busca la explicación o
mención de aquellas etapasdel procedimiento en las que
puede intervenir un perito.
Etapas en las que in-
terviene el/la perito
4. ¿Cuántos peritos pueden solicitarse?
Se busca la mención especí-ca sobre la cantidad de peri-tos que pueden ser solicitados
por ambas partes (MinisterioPúblico y defensa).
Número de peritos que pueden intervenir
5. ¿Cómo se desig-na a los peritos queintervendrán?
Se busca el proceso de desig-nación de los peritos.
Designación de peritos
6. ¿Qué sucede cuan-do no hay un peritoocial?
Se busca la explicación de loque sucede o lo que las partes
pueden hacer cuando no hayun perito ocial a su disposi-ción.
Falta de peritos ocia-les
7. ¿Cuáles son los
requisitos para ser perito?
Se buscan explícitos aquellos
requisitos que la ley señala para poder ser perito en el procedimiento penal.
Requisitos para ser pe-
rito
actualización realizada se tomaron en cuenta los códigos vigentes hasta diciem- bre de 2012.
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 5
Pregunta Aclaración metodológica Característica
8. ¿Cuál es el tiem- po establecido para practicar la diligen-cia o entregar el dic-tamen solicitado?
Se busca en la ley si mencio-na un tiempo especíco parala práctica de las diligencias
periciales o de la entrega delos dictámenes periciales.
Tiempo para practicarla diligencia o entregarel dictamen
9. ¿Cuál es la formade desahogo y acla-ración del dictamen
pericial?
Se busca la forma en la quese desahoga la prueba peri-cial en el proceso penal, así
como la aclaración del mis-mo. Este punto es crucial para posteriores análisis
Forma de desahogo yaclaración del dicta-men pericial
10. ¿Cómo se rea-liza la valoración
jurisdiccional de la prueba pericial?
Se busca la forma de valo-ración de la prueba pericial,
por parte del órgano jurisdic-cional.
Valoración de la prue- ba pericial
Los códigos que se utilizaron para este estudio normativo son:
TABLA 2CÓDIGOS PROCESALES PENALES ESTATALES
PARA EL ESTUDIO NORMATIVO
Nivel de gobierno/ estado
Nombre del código Fecha de publicaciónen el periódico ofcial
del estado
Nivel federal Código Federal de Proce-dimientos Penales
30 de agosto de 1934Última reforma publicadaen el DOF : 14 de junio de2012
Aguascalientes Legislación Penal para elEstado de Aguascalientes
21 de julio de 2003Última reforma publicada
en el POE : 6 de marzo de2012
Baja CaliforniaSur
Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Baja California Sur
20 de marzo de 2005Última reforma publicadaen el POE : 10 de enero de2012
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL6
Nivel de gobierno/ estado
Nombre del código Fecha de publicaciónen el periódico ofcial
del estado
Campeche Código de Procedimien-tos Penales del Estado deCampeche
16 de diciembre de 1975Última reforma publicadaen el POE : 4 de agosto de2011
Coahuila Código de Procedimien-tos Penales de Coahuila
25 de mayo de 1999Última reforma publicada
en el POE : 19 de octubrede 2012
Colima Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Colima
2 de agosto de 1997Última reforma publicadaen el POE : 8 de diciembrede 2012
Distrito Federal Código de Procedimien-tos Penales para el Distri-to Federal
29 de agosto de 1931Última reforma publicadaen el POE : 26 de julio de
2011Guerrero Código de Procedimien-
tos Penales para el Estadode Guerrero
5 de febrero de 1993Última reforma publicadaen el POE : 2 de diciembrede 2011
Hidalgo Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Hidalgo
9 de junio de 1990Última reforma publicadaen el POE : 31 de marzo de2011
Jalisco Código de Procedimien-tos Penales para el Esta-do Libre y Soberano deJalisco
7 de diciembre de 1982Última reforma publicadaen el POE : 18 de octubrede 2012
Michoacán Código de Procedimien-tos Penales del Estado deMichoacán
31 de agosto de 1998Última reforma publicadaen el POE : 1o. de febrerode 2012
Nayarit Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Nayarit
29 de noviembre de 1969Última reforma publicadaen el POE : 10 de diciem-
bre de 2012
Puebla Código de Procedimien-tos en materia de Defensa
22 de diciembre de 1986
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 7
Nivel de gobierno/ estado
Nombre del código Fecha de publicaciónen el periódico ofcial
del estado
Social para el Estado Li- bre y Soberano de Puebla
Última reforma publicadaen el POE : 23 de marzo de2007
Querétaro Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Querétaro
6 de julio de 1989Última reforma publicadaen el POE : 7 de diciembre
de 2009Quintana Roo Código de Procedimien-
tos Penales para el Esta-do Libre y Soberano deQuintana Roo
7 de octubre de 1980Última reforma publicadaen el POE : 30 de mayo del2012
San Luis Potosí Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode San Luis Potosí
30 de septiembre de 2000Última reforma publicadaen el POE : 15 de septiem-
bre de 2012
Sinaloa Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Sinaloa
26 de septiembre de 1986Última reforma publicadaen el POE : 25 de abril de2012
Sonora Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Sonora
17 de agosto de 1949Última reforma publicadaen el POE : 4 de noviembrede 2010
Tamaulipas Código de Procedimien-tos Penales para el Estadode Tamaulipas
17 de enero de 1987Última reforma publicadaen el POE : 10 de mayo de2012
Tlaxcala Código de Procedimien-tos Penales para el Esta-do Libre y Soberano deTlaxcala
2 de enero de 1980Última reforma publicadaen el POE : 2 de diciembrede 2009
Veracruz Código de Procedimien-
tos Penales para el Estadode Veracruz de Ignacio dela Llave
7 de noviembre de 2003
Última reforma publicadaen el POE : 29 de agosto de2011
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL8
A continuación se muestra el cuadro comparativo del estudionormativo de los códigos consultados.
Para comprender la naturaleza del cuadro que se presenta, se
hacen las siguientes aclaraciones metodológicas:
1) El cuadro está conformado por los siguientes rubros: Ca-
racterística, que se reere a la característica enunciada en
la tabla 1; Estado/nivel de gobierno, que se reere a la en-
tidad federativa o nivel federal del código consultado; Ar-tículo, que se reere al artículo de la normatividad procesal
penal consultada (en la que se encuentra la gura que se
busca), y Texto, rubro en el que se transcribe de forma lite-ral el texto del artículo citado.
2) En el rubro de Característica, aparecerán todas las citadas
en la tabla 1.
3) Para considerarse contemplada la gura, se deberá incluirla información que se describe en el rubro Aclaración me-
todológica de la tabla 1.4) En el caso de que el código consultado no contemple la ca-
racterística buscada, se dejará en blanco el rubro.
5) La transcripción de los artículos en los cuales se contemplala característica buscada es textual; cualquier error de re-dacción es inherente a la normatividad en cuestión.
Del estudio normativo podemos establecer las siguientes con-clusiones generales, las cuales abordan las características y los
códigos en forma cuantitativa; para identicar qué códigos son
los que se contabilizan, se debe acudir a las tablas 3 y 4.
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TABLA 3CUADRO COMPARATIVO DEL ESTUDIO NORM
Característica Estado/nivel de gobierno ArtículoDenición de perito Código Federal de Proce-
dimientos Penales220 Siempre que pa
jetos, se requieracon intervención
Aguascalientes
Baja California Sur 213 Siempre que partos, se requierandas ciencias, téc
ción de peritos.Campeche 190 Siempre que par
se requieran conintervención de p
Coahuila 379 I NTERVENCIÓN Dde peritos siempchos, objetos o econocimientos eo arte.
Colima 181 Siempre que partos, se requierandas ciencias, técción de peritos.
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Distrito Federal 162 Siempre que parobjeto se requierrá con intervenc
Guerrero 107 Se requerirá dicaportación de comiento de los he
Hidalgo 178 Siempre que parse requieran conmas de la cienciaintervención de
Jalisco 220 Siempre que par
se requieran contervención de per
Michoacán 289 Intervención de personas, animacimientos espec
procederá con in
Nayarit 204 Siempre que par
se requieran con
intervención de p
Puebla 136 Si para el exame
se requieren con
intervención de p
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Querétaro 165 (Intervención de personas, hecho peciales de detercederá con inter
Quintana Roo 148 Siempre que parquieran conocimvención de uno
San Luis Potosí 247 Siempre que partos se requieranciencias, técnicade peritos.
Sinaloa 224 Siempre que par
objeto se requierrá con intervenc
Sonora 212 Siempre que partos, se requierancon intervención
Tamaulipas 214 Siempre que parse requieran conintervención de como prueba per
go se establece.Tlaxcala 134 Siempre que par
quieran conocimvención de uno
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Veracruz 227 Si para el examese requieren conintervención de p
Cuestiones sobre lasque puede hacerse el
peritaje
Código Federal de Proce-dimientos Penales
220 Siempre que pa jetos, se requieracon intervención
Aguascalientes
Baja California Sur 213 Siempre que partos, se requierandas ciencias, técción de peritos.
Campeche 190 Siempre que parse requieran conintervención de p
Coahuila 379 I NTERVENCIÓN Dde peritos siempchos, objetos o econocimientos eo arte.
Colima 181 Siempre que partos, se requierandas ciencias, técción de peritos.
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Distrito Federal 162 Siempre que pargún objeto se reqcederá con inter
promueve lo hag
na circunstanciano tenga los medesto implique, ecircunstancia, dun perito ocial dejar en estado d
Guerrero
Hidalgo 178 Siempre que parse requieran con
mas de la cienciaintervención de p
Jalisco 220 Siempre que para
se requieran cono
intervención de p
Michoacán 289 Intervención de
de personas, an
conocimientos e
se procederá con Nayarit 204 Siempre que par
se requieran con
intervención de p
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Puebla 136 Si para el examerequieren conoctervención de pe
Querétaro 165 (Intervención dede personas, hecespeciales de de
procederá con in
Quintana Roo 148 Siempre que parquieran conocimvención de uno o
San Luis Potosí 247 Siempre que par
tos se requieran cciencias, técnicade peritos.
Sinaloa 224 Siempre que parobjeto se requierrá con intervenci
Sonora 212 Siempre que partos, se requierancon intervención
Tamaulipas 214 Siempre que parse requieran conintervención de como prueba pergo se establece.
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Tlaxcala 134 Siempre que parquieran conocimvención de uno o
Veracruz 227 Si para el exame
se requieren conintervención de p
Etapas en las que interviene el/la perito
Código Federalde Procedimientos Penales
222 Con independengadas en la averiPúblico tendrán el proceso, para intervención pernombramiento ynecesarios para q
Aguascalientes 410 El Ministerio Púcedimiento, selenúmero de los qcia del caso y la atendiendo a lasteresados.
Baja California Sur 214 El ministerio púbo ambos y el juzque sean necesar
amerite su intervtes podrán interro
Campeche
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Coahuila 383 I. PRELACIÓN EN NAN. Las propueo las partes; o la
blico durante la ael proceso...
Colima 182 El Ministerio Púto del procedimicesarios para dicintervención.
La autoridad ca los peritos.
Distrito Federal
Guerrero
Hidalgo 179 Durante la averignará la intervencaspectos cuyo cmismo, admitirásolicitadas por ecaso, las que ofrel proceso, las p
blico y su aseso periciales que fu
La autoridad casesor jurídico p
Jalisco
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Michoacán 289 En el transcurso ricia estará a carServicios Periciadel Estado.
Con independedente, la defensaa proponer hastaminen sobre cady el inculpado yociales.
El servicio per
Nayarit
Puebla
Querétaro 166 (Designación y nco y la defensa enombrarán los pesobre cada punto
Quintana Roo
San Luis Potosí 249 Con independengadas en la averiPúblico tendrán
el proceso, para intervención per
Sinaloa
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Sonora 214 Los peritos seránel Ministerio Púbsu nombramient
fueren necesariono atenderse en
providencias que
Tamaulipas 216 Con independenaveriguación prede nombrar hast
por el juez su no220; se les minisrios para que em
Tlaxcala
Veracruz 227 En el periodo dterial, los dictámemitidos por quifunción en la Pro
Durante el perírecho a proponerdo sólo éste puegente. La defen
quienes se les ha
Número de peritos que pueden intervenir
Código Federalde Procedimientos Penales
Los peritos que uno cuando solacaso sea urgente
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222 Con independengadas en la averiPúblico tendrán el proceso, para
intervención pernombramiento ynecesarios para q
Aguascalientes 410 El Ministerio Púcedimiento, selenúmero de los qcia del caso y la atendiendo a lasteresados.
Baja California Sur 214 El ministerio púvia, o ambos y
peritos que sean punto que ameritente y las partes
Campeche 191 Por regla generamás; pero bastarcuando haya pel
poca importancia
192 Cada una de las p peritos, a los quemiento, y a quiefueren necesario
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
atenderá para nintare durante la in
procedimientos
por él.
Coahuila 388 NÚMERO Y DESIfensor podrán pelar a los peritos l
Al promoverse juzgador hará la juicio de que cadesigne otro peri
Colima 182 El Ministerio Púto del procedimicesarios para dicintervención.
La autoridad ca los peritos.
Distrito Federal 163 Por regla generaser dos o más; pehabido, cuando hsea de poca impo
164 Cada una de las peritos, a los quemiento, y a quie
fueren necesario
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atenderá para nintare durante la in
procedimientos por él.
Guerrero 107 Intervendrán douno pueda ser ha
Hidalgo 180 Los peritos que d bastará uno, cuano cuando haya pdad, asentando r
Jalisco 221 Los peritos que uno cuando sola
caso sea urgenteciones.
222 Cada parte tendrquienes el juez oministrará todos emitan su dictam
Michoacán 290 Número y designlas partes y del do más, pero bast
signados, o cuanLas partes y e juez la prueba pguntas que sean
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Nayarit 205 Los peritos que uno cuando solacaso sea urgente
206 Cada una de las peritos, a quienemiento y les mansarios para que e
Puebla 137 Los peritos que uno cuando sólogro en el retardo
Querétaro 166 (Designación y n
co y la defensa enombrarán los pesobre cada punto
La autoridad ca los peritos.
Quintana Roo 149 Para la prueba p pero puede el Jucuando los haya
150 Cada una de lasrito a quien el Jministrará los dasu opinión.
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San Luis Potosí 249 Con independengadas en la averPúblico tendránel proceso, para
intervención pernombramiento ynecesarios para
La autoridad ca los peritos.
Sinaloa 225 Por regla generados o más, bastao cuando haya p
226 Cada una de las
dos peritos a los bramiento para trarán todos los tan su opinión. en rebeldía.
Sonora 213 Los peritos que uno cuando solacaso sea urgente
Tamaulipas 215 Por regla genera
dos o más; bastao cuando haya p
Tlaxcala 135 Para la prueba pe puede el juez pedlos haya en el Es
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
136 Cada una de lasrito, a quien el jministrará los da
su opinión.Veracruz 227 Durante el perío
cho a proponer hsólo éste pueda La defensa podrse les hará saber
Designación de peritos Código Federalde Procedimientos Penales
225 La designación Ministerio Públiempeñen ese emdo jo, o bien edependencias de
país, o que pertereconocidas en l
Aguascalientes 414 La designación dnisterio Público
peñen ese emple
Baja California Sur 215 La designación
ministerio públi peñen esa funció
Campeche 208 La designación dterio Público, deñen este empleo
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Coahuila 383 R EGLAS GENERATOS. La propuescedimiento se re
I. PRELACIÓN
SIGNAN. Las prodos o las partesPúblico durante rante el procesotos ociales quesiempre y cuand
Sólo a falta de privados. Si faltacudirá a peritos
El Ministerio Pritos académicodores públicos dderal o federacióestado; pero aqu
II. LIMITACIONabstendrá de decomo tales en esufrió el daño. S
defensor o no hmismo punto.
III. FALTA DE Pritos académicos
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
proceso, se confesi el ejercicio derá ocio o exhor
dictamen y demáopinión los acad
Colima 184 La designación Ministerio Públi
peñen ese emple
Distrito Federal 180 La designación dnisterio Público,
peñen este empljo...
Guerrero 108 La designación do por el juzgadoñen esa función p
Hidalgo 182 La designación ministerio públi
peñen ese emple
Jalisco 225 La designación del Ministerio Púb
peñen ese empleo
Michoacán 293 Quiénes deben s peritos hecha podeberá recaer en
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nombramiento ovenido en el páque el inculpadno ociales en
citado con antela Nayarit 209 La designación
Ministerio Públiempeñen ese emjo...
Puebla 138 El Ministerio P parte ofendida, tnombrados se letrarán los datos
Querétaro 168 (Personas que dción de peritos hPúblico deberá empleo por nom
Quintana Roo 153 La designación dterio Público deese empleo por n
San Luis Potosí 252 La designación dces o por el Minsonas que cuentesión del Registr peritos será la qu
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Sinaloa 241 La designaciónPúblico, deberá empleo por nom
Sonora 217 La designación dnisterio Públicoempeñen ese emjo, o bien en pedencias o entidadel Estado, o qunistas reconocid
Si no hubierende entre las pers
ramo correspondlos funcionarios
blecimientos o c
Tamaulipas 231 La designación dPúblico, deberáempleo por nom
Tlaxcala 139 La designación terio público deese empleo por n
Veracruz 232 La designación Ministerio Públñen ese empleo p
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Falta de peritosociales
Código Federalde Procedimientos Penales
226 Si no hubiere peterior y el tribunveniente, podránorarios se cubr
los establecimiea los empleadoscuenta el tiempoempeño de su co
Aguascalientes 415 En ausencia o a nación sobre perdencias del Gobdades del Estad
profesionistas re
ción se solicitará berán desarrollade análisis, y loEn estos casos ltumbre pagar enmismos, teniend
bieron ocupar esupuestos, el perlos cuales, una vordenará su pag
Baja California Sur 215 Si no existe perde entre las pers
municipios o a que tengan los c
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
pueda fungir com blico podrán nommunerado por el
Campeche 208 Si no hubiere pe personas que des pondiente en lasfuncionarios o emmientos o corpor
Si no hubiere pterior y el juez oniente, podrán nrarios se cubrirán
los establecimien pleados permanetiempo que los pde su comisión.
Coahuila 383 Sólo a falta de e privados. Si faltacudirá a peritos
El Ministerio Pritos académicos
dores públicos dderal o federacióestado; pero aqu
Colima 184 Si no las hay, se personas que pre
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o a los organism personas no hayPúblico podrán nel Estado.
Distrito Federal 180 Si no hubiere pe personas que des pondiente en lasfuncionarios o emmientos o corpor
Si no hubiere prior y el Juez o el te, podrán nombrcubrirán según lo
cimientos particumanentes de los los peritos debier
Guerrero 108 La designación do por el juzgadoñen esa función po en caso de ser ( sic) del caso, pode gobierno o en
rior, así como posionales o acadé
Hidalgo 182 La designación ministerio públic
peñen ese emple
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
jo. Si no las huentre las personmunicipios o a lo
de estas personaministerio públicneradas por el E
Jalisco 225 Si no hubiere petre las personas correspondiente funcionarios o ecimientos o corp
Si no hubiere p
terior, se podránrán por el Estado
Michoacán 293 Si no hubiere perrán de entre las Estado, a los mu
Nayarit 209 Si no hubiere pe
entre las persona
correspondiente
o bien de entre técnico en estab
del Gobierno.
210 Si no hubiere perrior y el tribunal
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niente, se podrá rarios se cubrirálos establecimiena los empleados
cuenta el tiempoempeño de su co
Puebla 141 Cuando la profeterior, no estuvi
biere titulados ese nombrarán pecaso lo requiere,nal del lugar envista del dictame
Querétaro 168 Si no las hubierelas personas quecipios o a los orestas personas nonisterio Público radas por el Esta
Quintana Roo 154 Si no hubiere pefesor del ramo co
o bien a un funcestablecimientos
155 Si no pudiere enmenciona el artí
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
otras personas qGobierno.
San Luis Potosí 253 Si en el lugar noen el artículo antlo estiman conveen los mismos té
presente ordenam
Sinaloa 241 Si no hubiere pe personas que des pondiente en lasservidores públiestablecimiento
Si no hubiere pterior y el Juez oniente, podrán n
También podráinstitucionales a lo 233 de éste Có
Sonora 218 Si no hubiere perrior y el Tribunaveniente, podrán
norarios se cubrestablecimientosempleados permta el tiempo que
peño de su comi
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Tamaulipas 231 Si no hubiere pe personas que des pondiente en lasservidores públi
tos o corporacionSi no hubiere pterior y el Juez oniente, podrán n
En estos casos,aranceles respeccostumbre en lotrate, a los empledo en cuenta el tel desempeño de
Tlaxcala 140 Si no hubiere pefesor del ramo coo bien a un funcestablecimientos
141 Si no pudiere enmenciona el artíotras personas qgobierno. En es
lo que se acostuticulares del rammismos, teniendocupar en el des
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Veracruz 232 Si no hubiere pentre los profesocuelas ociales
empleados de ca poraciones depen
233 Si no hubiere panterior y el tribconveniente, podnorarios se cubricimientos partic
pleados permaneel tiempo ocupa
comisión.Requisitos
para ser peritosCódigo Federalde Procedimientos Penales
223 Los peritos debea que se reere si la profesión ocaso contrario, sinculpado pertenser peritos prácgrupo étnico ind
Aguascalientes 409 Serán ofrecidos ola legislación esten la materia a qmanifestarse.
Baja California Sur
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Campeche 199 Los peritos debea que se reere si la profesión ocaso contrario, e
nombrará a persoCoahuila 381 CLASIFICACIÓN Y
de este código, prácticos; ocial
Para ser perito técnica o arte relEn defecto del tícos sucientes eaños de edad. L
académicos. Loscarezcan de títul
Colima 183 Los peritos debeca o arte relativaejercicio de su prio deberán nom
También se notitulados en el lu
Distrito Federal 171 Los peritos debe
a que se reere si la profesión ocaso contrario, e
Cuando el incugena, podrán sercan a dicho grup
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Guerrero
Hidalgo 181 Los peritos debeca o arte relativoejercicio de su prio, deberán nomse nombrarán pedos en el lugar e
En caso de quse, corresponda aser profesionales
Nacionales o Correspondiente.
Jalisco 223 Los peritos debeo arte que corretaminar, si la leycorrespondiente
prácticos.
Michoacán 291 Requisitos de loocial en la ciendictaminarán, si
mentado; de lo cla materia, mayo
Nayarit 207 Los peritos debea que se reere e
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si la profesión ocaso contrario, s
Cuando el incugena, podrán ser
can a dicho grup propuesto por la el desarrollo de l
Puebla 140 Los peritos debea que se reera esi esa profesióntados.
Querétaro 167 (Requisitos de lotulo ocial en la
sobre el cual dicestá reglamenta
prácticos en la mTambién se no
biere titulados en
Quintana Roo 151 Los peritos debea que se reera se, si la ciencia ocaso contrario, o
nombrarán peritoCuando el incu
gena, se nombrarque pertenezcan
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
San Luis Potosí 250 Los peritos debegistro Estatal detrate.
Sinaloa 233 Los peritos debea que se reere si la profesión ocaso contrario se
También podráentendiéndose cde la administrala normatividad dictámenes peric
Cuando el inc podrán ser peritdicho grupo indí
Para el caso a práctico deberá riencia en el ramsu honradez y aen su grupo indí
Sonora 215 Los peritos debea que se reere
si la profesión ocaso contrario seinculpado pertenser peritos práctgrupo.
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Tamaulipas 223 Los peritos debea que se reere ela profesión o artse nombrará a pe
Tlaxcala 137 El perito deberáque se reera elsi la profesión ocaso contrario se
Veracruz
Tiempo para practicarla diligencia o entregarel dictamen
Código Federalde Procedimientos Penales
228 El funcionario quritos el tiempo encurrido ese tiemcitados y aceptad
se hará uso de alSi a pesar de hab
las obligaciones consignación al Mdelito a que se re
Aguascalientes 410 El Ministerio Pútro de los cualedictámenes soliccargo que hagan
les, explicarán ellizar su encargodictamen o si leconcurren a desmedios de aprem
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Si a pesar de hablas obligacionesdel conocimiento
conforme a dereBaja California Sur 218 El ministerio púb
a los peritos el ptranscurrido el mmente citados, ac
peñarlo, se hará ude haber sido aprciones señaladasdelito de desobed
Campeche 197 El funcionario qritos el tiempo Transcurrido éstmiados por el protestigos y con ig
Si a pesar del pdictamen, será pCódigo Penal pa
Coahuila 391 TIEMPO PARA EL
un plazo para rentamen, se hará u
Cuando el periformará al Minial artículo 216 d
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Colima 186 El Ministerio Pújará a los peritotido. Si transcurrlegalmente citad
empeñarlo, se haSi ha pesar de
con las obligaci procederá por el
Distrito Federal 169 El juez jará a lo peñar su cometidtamen, serán aprlos testigos y con
Si a pesar del p
dictamen, será p Nuevo Código Pcasos.
Guerrero 107 En todo caso, ella etapa del proc
po de que dispontamen y podrán
pertinentes. Tama los peritos.
Hidalgo 184 El funcionario quritos el plazo en
Si transcurridomente citados y rren a desempeña
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Jalisco 227 El funcionario quritos el tiempo edose de dictáme
salidad vial, cuancon motivo de trse en un plazo dción de la solicitno rinden su dicel cargo, no congún medio de ap
Si a pesar de h ple con las obligse hará acreedorque corresponda
El personal delcutivo del Gobievialidad, tránsitoritos ociales y f
blico, por lo quealcoholímetro.
Michoacán 297 Tiempo para el ptiempo en que de
ese tiempo no pmedios de aprem
Cuando el periformará al Miniscuenta lo dispues
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Nayarit 212 El funcionario quritos el tiempo etranscurrido ese mente citados y
peñarlo, se hará Si a pesar de hcon las obligacihará su consignaceda por el delitoVI y VII del Cód
Puebla 143 IV. El mismo fuque deberán cum
V. Si transcur
cumplir su commente citados ydesempeñarlo, sapremio;
VI. Si a pesar no cumplieren cción anterior, se de desobediencia
Querétaro 170 (Plazo para ren
practique las dilque deban cumpno rinden su dicel cargo no concmedios de aprem
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Si a pesar de hcon las obligacidenunciará su co
Quintana Roo 158 El término paraguientes disposic
I. El funcionar perito el tiempo
II. Si transcurranterior, no rindetado y aceptado hará uso de algu
III. Si a pesar d
ple con las obligse hará la consiga que se reere e
San Luis Potosí 255 El funcionario qritos el plazo en currido el mismcitados y aceptadse hará uso de lo
Si a pesar de h
con las obligacidenunciará su co
Sinaloa 231 El Juez jará a l ban desempeñar
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den su dictamenmodo que los tes
Si agotados lostare su dictamen
previstos por el CTratándose de dir el dictamen,
ponsabilidades dSinaloa, lo que dictamen.
Sonora 220 El funcionario quritos el tiempo encurrido ese tiem
citados y aceptadse hará uso de al
Si a pesar de hcon las obligacidará vista al Micorrespondientes
Tamaulipas 221 El juez jará a l ban desempeñarden su dictamen
modo que los tesSi agotados los
tare su dictamenque proceda en conformidad con
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Tlaxcala 143 El plazo para rentes disposiciones
I. El funcionar
perito el tiempo II. Si transcurr
anterior, no rindcitado y aceptadohará uso de algu
III. Si a pesarcumple con lasanterior, se hará el delito a que se
Veracruz 235 El servidor públgencias jará a l ban cumplir su crinden su dictamcargo no concurrde los medios de
Si a pesar de hcon las obligacioPúblico para el e
Forma de desahogoy aclaracióndel dictamen pericial
Código Federalde Procedimientos Penales
235 Los peritos emit
rán en diligenciatarán raticar suque practique ladiligencia el juea los peritos.
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Aguascalientes 420 Los peritos emicarán en diligenmediante compalicitado, y el act
todos los cuestiLos peritos ocines sino cuandocias lo estime ne
Baja California Sur 222 Los peritos practtos que su cienciescrito su dictamLos peritos ocila autoridad que
rio.Campeche 205 Los peritos emit
rán en diligenciade falsedad, o el estime necesario
Coahuila 396 FORMA Y RATIFICsu dictamen prefeel juzgador. Losmen cuando el ju
También podrágencia o audienc
401 ACLARACIÓN Y proceso, el juzga
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
defensa, dentro aclaración de dic
La ampliación
cuestiones que scuya dilucidació
pués de que se adgue; o después d
La aclaración plique un peritajcialmente la cue
En ambos casodrán formular, oestimen pertineno varias de las inde peritación adconveniente, se d
Colima 191 Los peritos practtos que su ciencdocumento físicotógrafa o electrónen diligencia esprán su dictamen
gencia lo estime
Distrito Federal 177 Los peritos emitien diligencia espesedad, o el Minis
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Guerrero
Hidalgo 184 La prueba pericfuncionario que acuerdo en que s
ridad hará las ind
189 Los peritos practtos que su cienciescrito su dictamLos peritos ociel funcionario qusario...
Jalisco 233 Los peritos podr
con la ciencia o y circunstancias Cuando el juez
zada por los peridictamen, ordenconducente en u
234 Los peritos emitrán en diligenciatarán aticar sus
que practique lasMichoacán 303 Forma y notica
dictamen por escceso cuando éste
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Nayarit 219 Los peritos emitrán en diligenciatarán raticar su
que practique las
Puebla 143 XIV. Los peritodeberán raticarcerticados;
XV. Los peritoampliar sus dictário que conoce dcuando lo solicit
Querétaro 175 (Forma, raticacritos practicaránque su ciencia, escrito su dictam
Los peritos ocel funcionario qusario...
Quintana Roo 165 El perito emitirádiligencia especi
San Luis Potosí 260 Los peritos practtos que su cienciescrito su dictam
Los peritos oc
funcionario que p
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Sinaloa 239 Los peritos emitrán en diligencia
Los peritos ocnes, sino cuando
cias lo estime neLos peritos ins ponderán a las pcio, previo reque
Sonora 226 Para su debida v por escrito que c pericia; la explicnicas o actividadmateria de la pru
El peritaje seráque se trate de pticar sus dictámtique las diligenc
En ambas diligdrán formular pr
Tamaulipas 229 Los peritos emitrán en diligenciatarán raticar suque practique las
Tlaxcala 150 El perito emitirádiligencia especi
Veracruz 240 Los peritos emit
rán en diligencia
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
sitarán raticarlonecesario.
Valoraciónde la prueba pericial
Código Federalde Procedimientos Penales
288 Los tribunales alos de los peritocaso.
Aguascalientes 452 Los dictámenes según las circunscitado por los su
Baja California Sur 271 La prueba pericicientícos, será do a la expresión
estudios o experidos por el peritoEl peritaje que
mentos realizado para cumplir el olor probatorio.
Campeche 278 La fuerza probatlos peritos cientísegún las circun
Coahuila 445 VALORACIÓN DE periciales rendidmayor o menor tenido, como enmenor apoyo qu
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Colima 238 La autoridad couno de los medcuenta los requineidad con el ob
doles razonadamo negándoselos.Las evidencias
bremente en formde encontrar en duzca necesariamtencia del delitodad del imputado No podrá cond
be que cometió e
Distrito Federal 254 La fuerza probael cotejo de letraserá calicada pel tribunal, según
Guerrero 126 Los tribunales alos de los peritocaso.
Hidalgo 220 La autoridad com
pruebas rendidasdo con los princi
En todo caso, llos razonamientocada una de las p
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Característica Estado/nivel de gobierno Artículo
Jalisco 268 Los Jueces y elciales, aún los de
bas técnicas, seg
Michoacán 333 Prueba pericial. nes periciales cude la Sección Seeste Código, exigfuerza obligatori
Nayarit 270 Los tribunales apde los peritos cie
Puebla 200 La fuerza probat
tejo de letras y lcados por el Juez
Querétaro 209 (Valoración concompetente hará
prueba rendidos,la ley je, los prexperiencia.
Quintana Roo 247 La fuerza probattejo de letras y e
licada por el Ju
San Luis Potosí 316 Los dictámenes cos, serán aprecitancias del caso.
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Sinaloa 319 Los Tribunales alos de los peritocaso.
Sonora 275 Los tribunales, a
los de los peritocaso.
Tamaulipas 298 Los Tribunales alos de los peritocaso.
Tlaxcala 218 La fuerza probattejo de letras y ecada por el juez
Veracruz 177 IV. Los jueces aplas circunstancia
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TABLA 4*
CUADRO SUMARIO DEL ESTUDIO NORMAT
Código Defnición
del perito
Cuestiones
sobre las
que puede
hacerse el
peritaje
Etapas
en las que
interviene
el/la perito
Número
de peritos
que pueden
intervenir
Designación
de peritos
Falta de
peritos
ofciales
Requ
par
per
CFPP 220 220 222 221/222 225 226 2
Ags. 410 410 414 415 4
BCS 213 213 214 214 215 215
Camp. 190 190 191/192 208 208 1
Coah. 379 379 383 388 383 383 3
Col. 181 181 182 182 184 184 1
DF 162 162 163/164 180 180 1
Gro. 107 107 108 108
Hgo. 178 178 179 180 182 182 1
Jal. 220 220 221/222 225 225 2
Mich. 289 289 289 290 293 293 2 Nay. 204 204 205/206 209 209/210 2
Pue. 136 136 137 138 141 1
Qro. 165 165 166 166 168 168 1
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Q. Roo. 148 148 149/150 153 154/155 1
SLP 247 247 249 249 252 253 2
Sin. 254 224 225/226 241 241 2
Son. 212 212 214 213 217 218 2Tamps. 214 214 216 215 231 231 2
Tlax. 134 134 135/136 139 140/141 1
Ver. 227 227 227 227 232 232/233
* Para poder localizar con mayor agilidad las características en los diferentes códigdiados, se presenta un
cuadro sumario más accesible
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL60
TABLA 5
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO NORMATIVO
Denición de perito De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, 20 sí contemplan la denición de peri-to. De estos, 13 denen al perito como aquella
persona que tiene conocimientos especiales; 7códigos, además de lo anterior, precisan que esosconocimientos deben ser en determinada ciencia,
arte o técnica. Solo 1 código no señala la deni-ción de perito.
Cuestiones sobre las que puede hacerse el peritaje
De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, 19 sí contemplan las cuestiones sobrelas que puede recaer el peritaje. De estos, 11 se-ñalan que son hechos u objetos; 2 códigos añadena las categorías anteriores el examen de anima-les; 1 código añade el examen de las evidencias;5 códigos solo se reeren al examen de personas
u objetos. 2 códigos no señalan las cuestiones so- bre las que puede recaer el peritaje.
Etapas en las que interviene el perito
De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, 11 sí contemplan las etapas en las queinterviene el perito. De estos, 9 señalan que elMinisterio Público durante la averiguación pre-via ordenará la intervención de peritos, con inde-
pendencia de los que puedan ser designados paraintervenir en el proceso; 2 códigos señalan quelos peritos pueden ser nombrados en cualquier
momento del procedimiento y 10 códigos no se-ñalan nada al respecto.
Número de peritos que pueden intervenir
De los 21 códigos de procedimientos penales estu-diados, todos establecen el número de peritos que
pueden intervenir. De estos, 11 señalan que en laetapa de averiguación previa los peritos que dicta-minen serán dos o más, pero bastará uno cuandosolamente este pueda ser habido o cuando haya
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 61
peligro en el retardo; 10 códigos señalan que enel proceso, las partes tendrá derecho a nombrarhasta dos peritos, 2 códigos señalan que para la
prueba pericial bastará el dictamen de un peri-to, y 4 códigos señalan que ya sea el MinisterioPúblico, los jueces o la defensa dependiendo laetapa procesal, nombrarán a los peritos que seannecesarios para dictaminar sobre cada punto queamerite su intervención. NOTA: Al sumar el número de los códigos el to-
tal es más de 21, esto se debe a que hay dos cate-gorías principales: 1) códigos que contemplan elnúmero de peritos durante la averiguación previay proceso; 2) códigos que lo contemplan solo enel proceso. Dentro de estas dos categorías hay có-digos que se repiten al contemplar el número de
peritos en ambas, mientras que hay códigos quesolo lo hacen en una.
Designación de peritos De los 21 códigos de procedimientos penales es-
tudiados, todos contemplan la designación de pe-ritos. De estos, 18 señalan que la designación de peritos hecha por el juez o el Ministerio Público,deberá recaer en personas que desempeñen eseempleo por nombramiento ocial y a sueldo jo;1 código, además de lo anterior, señala que pue-den ser designados peritos personas que prestensus servicios en dependencias del gobierno fede-ral, en universidades del país, o que pertenezcana asociaciones de profesionistas reconocidas enla República; 1 solo menciona que el Ministe-rio Público, el procesado o su defensor y la par -te ofendida tendrán derecho a nombrar peritos,y 1 señala que la designación de peritos deberárecaer en personas que cuenten con autorizaciónexpedida por la Comisión del Registro Estatal dePeritos.
Falta de peritos ociales De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, todos contemplan la falta de peritos o-
ciales. De estos, 9 señalan que si no hubiere pe-rito ocial titulado se nombrará a un profesor delramo correspondiente de las escuelas del estado,o bien a un funcionario o empleado de caráctertécnico en establecimientos dependientes del go-
bierno; 5 señalan que se nombrarán preferente-
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL62
mente de entre las personas que presten servi-cios al estado, a los municipios o a los organis-mos descentralizados; 1 señala que se nombraráa quienes presten sus servicios en ocinas de go-
bierno o en instituciones públicas de enseñanzasuperior, así como por los miembros de organiza-ciones profesionales o académicos de reconocido
prestigio; 1 señala que se nombrará a personasque presten sus servicios en dependencias delgobierno, municipios, escuelas o universidades
del estado, o que pertenezcan a asociaciones de profesionistas reconocidas en el estado; 2 seña-lan que se nombrarán peritos prácticos; 1 señalaque se nombrarán peritos académicos privados,y 2 códigos solo señalan que se nombrarán otros
peritos.
Requisitos para ser peritos
De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, 18 sí contemplan los requisitos para ser
perito. De estos, 16 señalan que los peritos debe-
rán tener título ocial en la ciencia o arte relativoal punto sobre el cual dictaminarán; 1 señala quelos peritos deberán estar registrados legalmenteen el Registro Estatal de Peritos para dictaminarel caso del que se trate; 1 señala que serán ofreci-dos o designados como peritos quienes acreditenidoneidad en la materia a que pertenece el temasobre el cual ha de manifestarse; 3 códigos no se-ñalan los requisitos para ser perito.
Tiempo para practicar ladiligencia o entregar eldictamen
De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, todos contemplan el tiempo para prac-ticar la diligencia o entrega del dictamen. De es-tos, 12 señalan que el funcionario que practiquelas diligencias jará a los peritos el tiempo enque deban cumplir su cometido; 4 señalan que elMinisterio Público y los jueces jarán los plazosdentro de los cuales presentarán los peritos desig-nados los dictámenes solicitados; 5 señalan queel juez jará a los peritos el plazo razonable en
que deban desempeñar su cometido.
Forma de desahogo yaclaración del dictamen
pericial
De los 21 códigos de procedimientos penales es-tudiados, 20 sí contemplan la forma de desahogoy aclaración del dictamen pericial. De estos, 18señalan que los peritos emitirán su dictamen porescrito y lo raticarán en diligencia especial;
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 63
1 señala que los peritos emitirán en documentofísico o electrónico autorizado con su rma au-tógrafa o electrónica certicada su dictamen y loraticarán en diligencia especial; 1 solo mencio-na que los peritos, inclusive los médicos legistas,deberán ampliar sus dictámenes certicados y 1no menciona la forma de desahogo.
NOTA: Solo el estado de Coahuila señala lo quehabrá de entenderse por aclaración y por amplia-ción de dictamen. El estado de Puebla solo men-
ciona que se deberán ampliar los dictámenes.Valoración de la prueba
pericialDe los 21 códigos de procedimientos penalesestudiados, todos contemplan la valoración dela prueba pericial. De estos, 15 señalan que lostribunales apreciarán los dictámenes pericialessegún las circunstancias del caso; 1 señala quela prueba pericial será valorada libremente por el
juez, atendiendo a la expresión detallada de lastécnicas empleadas, los estudios o experimentos
realizados y los principios aplicados por el pe-rito para llegar a sus conclusiones; 1 señala quelas evidencias serán apreciadas libremente enforma plural y en conjunto con el propósito deencontrar en ellas el enlace natural y lógico queconduzca necesariamente a la convicción plenasobre la existencia del delito, de sus circunstan-cias, y la responsabilidad del imputado; 1 seña-la que los medios de prueba serán valorados deacuerdo con las reglas especiales de la ley, los
principios de la lógica y las máximas de la ex- periencia; 1 señala que tendrán ecacia legal losdictámenes periciales que justiquen los requisi-tos procesales establecidos en el mismo código;1 señala que se considerará su mayor o menorfundamentación técnica, tanto en su contenidocomo en sus conclusiones, y 1 señala que el aná-lisis y valoración de las pruebas rendidas se haráen su conjunto, jurídicamente y de acuerdo con
los principios de la lógica.
En resumen, la prueba pericial en el sistema inquisitivo mixto:
1) Es producida por el/la perito a través de un dictamen peri-cial escrito.
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL64
2) La prueba pericial es el dictamen escrito que puede ser ra-ticado en una diligencia especial. En dicha diligencia, las
partes y el juez le pueden hacer pruebas en forma oral al perito, pero no es obligatorio formularlas.
3) Perito es toda persona que cuenta con conocimientos espe-ciales en alguna ciencia, técnica o arte.
4) Para ser perito se debe contar con el título o documentoque se requiera para el área en la que se desempeña, o ser
reconocido(a) por algún programa del Estado.5) Se pueden hacer peritajes sobre personas, hechos y objetos
(en general).6) Los peritos pueden intervenir desde la averiguación previa
hasta el proceso.7) La designación de peritos se hace por parte del Ministerio
Público o el tribunal. La defensa puede designar a sus pro-
pios peritos.8) Los peritos que se designen deberán ser peritos ociales. A
falta de estos, se podrán habilitar como peritos a otras per -sonas que cuenten con los conocimientos, de preferencia
aquellas que se desempeñen en instituciones académicas
reconocidas.9) No existe un tiempo predeterminado para la entrega del dic-
tamen pericial, será el funcionario que practique las dili-gencias el que establezca el tiempo de acuerdo con las cir -cunstancias del caso.
10) La prueba pericial se valorará según las circunstancias delcaso o en relación con las demás pruebas que se presenten.
2. La prueba pericial en el sistema acusatorio
A. Concepto y diferencia entre sistemas
La prueba pericial, en su acepción más amplia, se reere a
aquella prueba rendida por un perito o persona experta sobre el
estudio cientíco, técnico o artístico que realizó de un objeto,
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 65
una persona o un hecho,3 desahogada dentro del proceso, en la
audiencia de juicio oral.4
Bajo la concepción de prueba que tiene el sistema penal acu-satorio, la prueba pericial es el testimonio del perito en la au-diencia de juicio oral, no su dictamen escrito, ni cualquier otro
documento similar.5 El desahogo oral de la prueba pericial es el principal cambio
que sufre esta prueba en la transición al sistema acusatorio; como
ya vimos en el estudio normativo del sistema inquisitivo mix-to, la prueba pericial en dicho sistema es el dictamen escrito del
perito, mientras que en el sistema acusatorio dicho dictamen no
tiene valor probatorio,6 el o la perito que practicó el peritaje debe
presentarse a la audiencia de juicio oral y rendir testimonio paradesahogar efectivamente la prueba.
B. Principios que la rigen
La prueba pericial está regida por los mismos principios que
rigen la actividad probatoria y por las reglas de la prueba testi-
3 Incluyendo los fenómenos de producción del hecho.4 “If scientic, technical, or other specialized knowledge will assist the
trier of fact to understand the evidence or to determine a fact in issue, a witness
qualied as an expert by knowledge, skill, experience, training, or education,
may testify thereto in the form of an opinion or otherwise, if (1) the testimonyis based upon sufcient facts or data, (2) the testimony is the product of reliable
principles and methods, and (3) the witness has applied the principles and meth-ods reliably to the facts of the case”. Rule 702. Testimony by experts, Federal
Rules of Evidence, E.U.A.; “En primer lugar, por prueba pericial se debe enten-der, en principio, a un perito que comparece a juicio oral y presta declaración
ante el tribunal en forma directa a través del examen directo y el contraexamen
de las partes”. Baytelman, Andrés y Duce, Mauricio, Litigación penal. Juicio
oral y prueba, México, FCE-Inacipe, 2008, p. 230.
5 Romero Guerra, Ana Pamela, “La prueba pericial en el sistema penal acu-satorio”, Iter Criminis, núm. 6, cuarta época, noviembre-diciembre de 2008, p. 198.
6 “El informe [pericial] sin la presencia del autor es testimonio de oídas”,
Zuleta Cano, José Abad et al., Guía práctica del sistema penal acusatorio, Me-dellín, Colombia, Librería Jurídica Sánchez R. LTDA, 2008, p. 226; Véase Ba-ytelman, Andrés y Duce, Mauricio, op. cit ., p. 360.
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL66
monial. Estos principios son, a su vez, los mismos que rigen al
sistema acusatorio,7 siendo estos los siguientes:
• Publicidad• Inmediación• Concentración• Contradicción• Continuidad
A la luz de la actividad probatoria, el principio de publicidad 8 implica que el desahogo de las pruebas se realice en una audien-cia pública, en la que no solo se encuentren presentes las partes y
el tribunal, sino que se tenga libre acceso para la sociedad.9 El principio de inmediación10 se reere a que el juez debe es-
tar presente en toda audiencia que se celebre, para presenciar el
7 “Los principios rectores corresponden a los tipos procesales penalesque gobiernan o rigen el procedimiento penal y que además son la guía obli-gatoria y prevalente en el entendimiento y comprensión de las restantes dispo-siciones procesales del orden penal y deben ser empleadas como fundamentode interpretación”. Fierro-Méndez, Heliodoro, Manual de derecho procesal
penal. Sistema acusatorio oral y público, 4a. ed., Bogotá, Colombia, Leyer,
2008, p. 327.8 “La actuación procesal debe ser pública y tienen acceso a ella, además de
las personas que deben intervenir, los medios de comunicación y la comunidad
en general”. Ibidem, p. 542.9 Este principio contempla excepciones: “Las audiencias serán general-
mente públicas. Los tribunales podrán restringir la publicidad o limitar la di-fusión por los medios de comunicación cuando existan razones fundadas para
justicar que se pueda perjudicar el normal desarrollo del proceso, la seguridad
nacional, la seguridad pública, la protección de víctimas u ofendidos, de tes-tigos o de menores de edad, cuando se ponga en riesgo la revelación de datos
legalmente protegidos o cuando el juez estime que existen razones fundadas
para justicarlo”. Artículo 79. De la publicidad, Iniciativa de Código Federal
de Procedimientos Penales presentada por el presidente de los Estados UnidosMexicanos, Setec-Segob, 22 de septiembre de 2011.
10 “Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda de-legar en ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual
deberá realizarse de manera libre y lógica”, fracción II, apartado A, artículo 20,
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 67
desahogo de todas las pruebas y poder realizar su posterior va-loración.
Por su parte, el principio de concentración11 señala que la eta- pa de juicio oral es en la que se concentra el desahogo de las
pruebas, implicando lo anterior que únicamente se considerará
como prueba aquella que sea desahogada en las audiencias del
juicio oral.El principio de contradicción12 implica que las partes, en igual-
dad de condiciones, tendrán la oportunidad de controvertir todasy cada una de las pruebas presentadas en juicio. Este principiogarantiza la búsqueda de la verdad, al poder contradecir directa-mente las pruebas y la información que proporcionan.
Por último, el principio de continuidad13 se reere a que todo
el proceso, de principio a n, deberá tener una lógica en el tiem- po durante el cual se desarrolle, observando un desahogo conti-
nuo de las pruebas sin retrasos injusticados.
C. Medio de prueba pericial y prueba pericial
Como ya se mencionó, la prueba pericial es el testimonio del
perito en la audiencia del juicio oral. Conforme a lo anterior, los
y las peritos son el medio de prueba14 pericial, ya que es a través
de ellos/as que podemos conocer la información en el juicio oral.
11 “El desarrollo de la actividad procesal que produzca decisiones jurisdic-cionales deberá concentrarse en audiencia, conforme a las disposiciones de este
Código”, artículo 10. Principio de concentración, Iniciativa de Código Federal
de Procedimientos Penales, cit .12 “Las partes tienen derecho a conocer y controvertir las pruebas, así como
intervenir en su formación…”. Fierro-Méndez, Heliodoro, op. cit ., p. 540.13 “El desarrollo de las audiencias será en forma continua, sucesiva y secuen-
cial, preferentemente en un mismo días o en días consecutivos hasta su conclu-sión en los términos previstos en este Código, sin detrimento del derecho de
defensa y del n del proceso de esclarecer los hechos”. Artículo 11. Principio
de continuidad, Iniciativa de Código Federal de Procedimientos Penales, cit .14 “El medio de prueba es un vehículo para alcanzar un n”, Barragán Sal-
vatierra, Carlos, Derecho procesal penal , 2a. ed., México, McGraw Hill, 2004,
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL68
Si la prueba pericial es el testimonio del perito, esto implica
que esta es la información que nos proporciona la persona ex- perta; la simple presencia o existencia de un perito no origina
prueba, son los datos sobre el peritaje que realizó (y el área del
conocimiento en la que se desempeña) lo que ayuda al órgano ju-risdiccional a generar convicción para efecto de la sentencia. Sinla información especializada, sin el testimonio desahogado en la
audiencia de juicio oral, no existe la prueba pericial.
Por lo tanto, debemos concluir que el o la perito son el mediode la prueba pericial, y la información que desahoguen en el jui-cio oral, que genere convicción en el órgano jurisdiccional, es la
prueba pericial.
3. Desahogo de la prueba pericial en el juicio oral
El desahogo de la prueba pericial en juicio, como ya se esta- bleció, es a través del testimonio oral del perito. Como todas las
pruebas testimoniales,15 la pericial debe ser presentada a través
de un examen directo y controvertido a través de un contraexa-men.16
p. 401; “Los medios de prueba nos permiten llegar a la existencia de la misma,
lo que ocurrirá cuando dicho medio se presente en juicio y sea controvertido por
las partes”, Romero Guerra, Ana Pamela, “Los medios de prueba en el sistema penal acusatorio”, Cultura constitucional, cultura de libertades, México, Setec-
Segob, 2010, p. 252.15 Véase Baytelman, Andrés y Duce, Mauricio, op. cit ., p. 107; Cammack,
Mark E. y Garland, Norman M., Advanced Criminal Procedure, 2a. ed., Esta-dos Unidos de Norteamérica, Thomson West, 2001, p. 423; Atkinson, Duncan
y Moloney, Tim, Blackstone’s Guide to The Criminal Procedure Rules 2005,
Estados Unidos de Norteamérica, Oxford University Press, 2005, pp. 99 y 119;
Mauet, Thomas A., Trial Techniques, 7a. ed., Estados Unidos de Norteamérica,
Aspen Publishers, 2007, pp. 97 y 251.16 “Las mismas reglas que aplican en general al testimonio de oídas se apli-
can también a la prueba pericial, en el sentido de que el dictamen escrito no será
incorporado en el juicio sin el testimonio del perito, quien tiene que comparecer
y someterse al interrogatorio y contrainterrogatorio”. Zuleta Cano, José Abad et
al., op. cit ., p. 226.
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 69
A. Examen directo de peritos
El examen directo es el interrogatorio que se formula a los
testigos propios que presentan las partes, su objetivo primordial
es desahogar la prueba testimonial.17A través de las preguntas
que se realicen, los testigos proporcionarán la información que se
considere pertinente para la teoría del caso. El examen directo es
un ejercicio estratégico necesario para incorporar la testimonial a
juicio y someterla a la valoración jurisdiccional.
a. Selección
El primer paso es seleccionar al perito que irá a testicar a jui-cio oral. Sin embargo, no siempre se puede elegir. Normalmente,
cuando hablamos de peritos ociales, el o la perito que va a juicio
es aquel que realizó el peritaje; esto dependerá de las circunstan-cias del caso. Sin embargo, cuando podamos elegir al perito es
conveniente hacer una cuidadosa selección.Lo primero que debemos vericar es que la o el perito seleccio-
nado sea un experto calicado; lo segundo, de igual importancia,
es que tenga la capacidad de transmitir y explicar sus conocimien-tos.18 Esta cualidad puede ser nata o adquirida, es decir, podemos
encontrar peritos que sepan comunicar ideas en forma oral de ma-
nera natural o podemos prepararlos para que puedan hacerlo. Enambos casos, la preparación es necesaria y determinante.
Durante la fase de selección de peritos es importante revisarsus experiencias en juicios previos o en peritajes similares al que
se requiere para el caso. Podemos hacer entrevistas con las y los
candidatos para ver la forma en la que expresan sus ideas y la
17 Para más información sobre examen directo véase Blanco Suárez, Rafael
et al., Litigación estratégica en el nuevo proceso penal , 4a. ed., Chile, Lexis Nexis, 2006, p. 168; Mauet, Thomas A., op. cit ., p. 97; Carocca Pérez, Alex,
Manual. El nuevo sistema procesal penal chileno, 5a. ed., Chile, Legal Publis-hing, 2009, p. 162; Villegas Arango, Adriana, El juicio oral en el proceso penal
acusatorio, Colombia, Fiscalía General de la Nación, 2008, p. 44.18 Véase Mauet, Thomas A., op. cit ., p. 320.
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL70
naturalidad con la que las comunican. Es importante recordar
que alguien que tiene problemas para hablar en público se puede
preparar, pero es difícil que modique por completo esa con-ducta a corto plazo. Como ya se mencionó anteriormente, si no
se puede elegir al perito, lo importante será prepararlo, pero si
podemos elegirlo hay que buscar una armonía entre sus cono-cimientos y su capacidad de comunicarlos oralmente. Los y las peritos que vayan a juicio deberán ser capaces de explicar a per -
sonas no expertas en su área, sus hallazgos cientícos, técnicoso artísticos, en una forma en la que se comprenda la magnitud
de la prueba pericial.Cuando podamos elegir al perito, podemos guiarnos por los
siguientes pasos básicos:
TABLA 6
FASE DE SELECCIÓN DE PERITOS19
19 Véase Blanco Suárez, Rafael et al., op. cit ., p. 169. Adaptado de la fase
de selección de los testigos.
• Investigar:�
• Antecedentes�penales.�
• Antecedentes�personales�y�
familiares.�• Conocimiento�sobre�el�perito�que�posee�la�contraparte.�
•
La�inalidad�es�seleccionar�los�testimonios�periciales�más�útiles�para�nuestra�teoría�del�caso.�
•
Considerar�factores�como:�Olvido�de�detalles,�afectación�propia�del�perito,�presiones�directas�o�indirectas,�falta�de�memoria,�falta�de�motivación,�etc.�
1.�Tener�en�cuenta�
que�las/los�peritos�nerviosos,�confusos,�faltos�de�claridad�no�mejorarán�en�un�corto�tiempo.�
2.�Analizar�el�conocimiento�y�la�
coherencia�del�testimonio�del�
perito�en�relación�con�su�peritaje�y�
área�de�especialidad.�
3.��Tener�en�cuenta�las�debilidades�de�credibilidad�del�
perito�y�del�peritaje.�
4.�Después�del�detallado�análisis,�seleccionar�a�las/
los�mejores�peritos.�
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ANÁLISIS TEÓRICO DE LA PRUEBA PERICIAL 71
b. Preparación
Una vez que ya tenemos al perito —ya sea que lo hayamos
seleccionado o no—, lo siguiente será prepararlo. Esta parte es
muy importante y debe ser realizada con precisión y una visiónestratégica.
Lo primero es distinguir claramente a qué va el perito a juicio;
esto dependerá de nuestra teoría del caso. Debemos tener muy
claro el objetivo del desahogo de la prueba pericial para no des-viarnos durante el examen directo.
Es primordial reunirse con el perito y determinar de qué va a
hablar y, sobre todo, de qué no va a hablar.20 Un error que pue-de cometerse en la audiencia de juicio oral es que el o la perito
hablen de más sobre el caso, el peritaje, su experiencia, etcétera.
Esto puede distraer la atención del órgano jurisdiccional o con-
fundirlo.Hay que delimitar el tema a través de una práctica de pregun-tas y respuestas. En esta misma se podrá observar si con este perito en particular es conveniente utilizar preguntas abiertas ocerradas, si se le debe ayudar en términos de concentración o ner -viosismo, o si necesitará apoyo para refrescar su memoria.
Lo segundo será practicar el uso del lenguaje científico ytécnico.21 En este punto es necesario hacer una precisión: el juicio oral está diseñado de forma tal que las partes, el tribunal,
el público, entiendan lo que está sucediendo. Especialmente
hablando de la persona imputada, la víctima u ofendido, estas
deberán comprender en todo momento toda la información que
se vierte y todas las decisiones que se toman. De igual mane -ra, el órgano jurisdiccional debe tener la mayor comprensión
posible sobre lo que se está desahogando en su presencia. Es
20 Véase Mauet, Thomas A., op. cit ., p. 321; Baytelman, Andrés y Duce,
Mauricio, op. cit ., pp. 151-155.21 “You and the expert need to agree how to translate technical terms to
understandable language…”, Mauet, Thomas A., op. cit ., p. 321.
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ESTUDIOS SOBRE LA PRUEBA PERICIAL72
por esto que el uso del lenguaje, por ejemplo, jurídico, tiende a
simplicarse hacia un lenguaje común, entendible para cualquier
audiencia. Lo mismo debe suceder con el lenguaje pericial; el ola perito que rinda testimonio deberá tener la capacidad para ex- plicar los términos propios de su área del conocimiento para que
estos sean comprensibles tanto por las partes como por el tribunal.Lo tercero será estudiar, analizar y decidir qué elementos de
apoyo visual o audiovisual se llevarán a la audiencia de juicio
oral. Durante el desarrollo del examen directo, el o la perito po-drán apoyar su testimonio con material explicativo que ayude a
comprender el peritaje que realizaron. Este material puede pro-venir del dictamen escrito previamente desarrollado,22 sin em- bargo esto no es limitativo: se puede elaborar material de apoyoex profeso para la audiencia. Lo importante es que se acuerde
junto con el perito sobre el material que se presentará para que
se pueda aprovechar al máximo haciendo las preguntas indicadasal respecto.23
Durante la fase de preparación del perito, las reuniones y prác-ticas serán determinantes para brindarle seguridad al momentode rendir su testimonio en la audiencia y para brindarle también
coherencia y congruencia al desahogo de la prueba en relacióncon la teoría del caso.
c. Acreditación
Siguiendo la estructura orgánica del examen directo de
testigos,24 el de peritos comienza también con la acredita-
22 “Además, piezas del informe como diagramas, tablas, esquemas o resú-menes pueden ser usados en la declaración del perito como prueba simplementedemostrativa…”. Baytelman, Andrés y Duce, Mauricio, op. cit ., p. 331.
23 “With the expert’s help, you need to decide what exhibits will most ef -fectively illustrate the points the expert will make during his testimony”. Mauet,
Thomas A., op. cit . p. 321.24 “Sobre la base de los principales objetivos del examen directo, es posi-
ble señalar que el mismo contempla típicamente dos etapas o contenidos: una
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ción.25 La acreditación “signica entregarle elementos al tri- bunal para que pueda pesar adecuadamente la credibilidad del
testigo en concreto”.26 La acreditación de peritos deberá estarenfocada a solventar su estatus de “persona experta” para que
el tribunal pueda tener conanza en que la información que pro- porcione estará fundada en conocimientos comprobables.
Para acreditar al perito en juicio debemos tener en cuenta dosaspectos fundamentales: sus conocimientos especializados y su
trayectoria laboral.Los conocimientos especializados tienen, a su vez, dos ver -
tientes: aquellos que obtuvieron a través de sus estudios profe-sionales o técnicos, y aquellos que han obtenido a través del de-sarrollo de su trabajo. Podemos entonces hablar de la experticia
y de la experiencia.27
Durante la acreditación será importante realizar preguntas en-caminadas a destacar la experiencia, la experticia y los antece-dentes laborales del perito. De esta forma se construye una basesólida para sustentar su credibilidad.
primera destinada a ‘acreditar’ o ‘legitimar’ al testigo y una segunda que tiene
por objeto obtener el relato de los hechos que componen su testimonio”. Baytel-man, Andrés y Duce, Mauricio, op. cit ., pp. 116-121.
25 “Whenever a witness takes the stand, three questions will go through
the juror’s minds. ‘Who is she?’ ‘Why is she here?’ ‘Why should I believe
her?’ Hence, your first order of business on direct examination is to let the
jury know why the witness is here, and why the witness should be believed”.
Mauet, Thomas A., op. cit ., p. 100; “Order of direct examination… A com-mon organization for experts is: a. introduction, b. education, training, and
experience, c. opinions, d. reasons for the opinions”. Mauet, Thomas A., op.
cit ., p. 322.26 Véase Baytelman, Andrés y Duce, Mauricio, op. cit ., p. 113.27 Ibidem, pp. 336-343.
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TABLA 7
ELEMENTOS PARA ACREDITAR AL PERITO
Experiencia Experticia Antecedentes laborales positivos
Se realizan preguntas di-rigidas a demostrar losconocimientos adquiridosa través en su trayecto-
ria laboral :1) Tiempo que llevadesempeñandose como
perito.2) Número de casos enlos que ha participado.3) Casos similares alque presenta en los queha participado.4) Resultados posivos
obtenidos en los casos.
Se realizan preguntas di-rigidas a demostrar losconocimientos obtenidosa través de sus estudios:
1) Estudios profesiona-les, técnicos o artísticos(título, cédula, diplo-mas.2) Estudios especializa-dos en el área forense
Se realizan preguntasdirigidas a destacar loslogros obtenidos en sucarrera pericial:
1) Reconocimientos ob-tenidos por su desempe-ño pericial.2) Distinciones por losresultados obtenidos encasos en los que ha par -ticipado.3) Publicaciones rele-vantes que ha tenidoimpacto en el área que
se desempeña.4) Certicaciones.
d . Testimonio sobre el peritaje
En esta parte del examen directo, las preguntas van encaminadas
a conocer el trabajo pericial realizado por el testigo experto. En este
sentido, estando ya acreditado como tal, el perito desarrollará una
narración de su trabajo y opinión profesional, técnica o artística.En esta parte las preguntas pueden ser abiertas o cerradas, de-
pendiendo de la capacidad que tenga el o la perito para explicar
sus hallazgos y conocimientos.Lo importante es que se toquen los aspectos fundamentales
sobre el análisis que realizó; sus primeras observaciones, la hipó-tesis de partida, la fase de comprobación o experimentación, sus
resultados y conclusiones, y las bases teóricas de todo el proceso pericial, son de absoluta importancia.28
28 Véase Blanco Suárez, Rafael et al., op. cit ., pp. 190-192; Baytelman,
Andrés y Duce, Mauricio, op. cit ., pp. 348-351.
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B. Contraexamen de peritos
El contraexamen es el interrogatorio que se realiza a los testi-gos de la contraparte con el objetivo primordial de desacreditar-los en lo personal o en relación al testimonio que proporcionaron,
buscando inconsistencias o contradicciones en el mismo.29
En el caso del contraexamen de peritos observamos los si-guientes objetivos:
TABLA 8OBJETIVOS DEL CONTRAEXAMEN DE PERITOS30
Vista la tabla anterior, revisemos la forma en la que se puede
desacreditar a los o las peritos durante el contraexamen.
29 “The cross-examination is designed to discredit the witness by identify-ing inconsistencies or contradictions in his or her testimony”. Regoli, Robert
M. et al., Exploring Criminal Justice. The essentials, 2a. ed., Estados Unidos de
Norteamérica, Jones & Bartlett Learning, 2013, p. 230.30 Adaptado de Blanco Suárez, Rafael et al., op. cit ., p. 206.
Objetivos:
1. Desacreditaral perito.
Evidenciar lafalta de
credibilidad personal del perito como
experto/a.
2. Desacreditarel testimonio del
perito.
Evidenciar la faltade credibilidad del
testimonio del perito
(incongruencias,omisiones,contradicciones,inconsistencias).
3. Acreditarnuestras propias proposiciones
fácticas.
4. Acreditar prueba material
propia.�
5. Obtenerinconsistencias
con otras pruebas de la
contraparte.
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TABLA 9
FORMAS DE DESACREDITAR AL PERITO O AL PERITAJE EN EL CONTRAEXAMEN
Perito Peritaje
1) Falta de experiencia.2) Falta de conocimientos, estudios,
preparación, capacitación especiali-zada, actualización.
3) Antecedentes laborales negativos:actas administrativas y/o sanciones ad-ministrativas (servidores públicos); re-
portes, de conducta o negligencia.
1) Método utilizado erróneo.2) Técnicas aplicadas poco adecuadas.3) Falta de fundamento teórico.4) Alto margen de error de prueba.5) Materiales, herramientas, aparatos,equipos en mal estado/inadecuados.
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