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AUDIENCIA 30 DE MARZO DEL 2020 Al inicio de cada audiencia la o el juzgador que dirija la misma se identificará, disponiendo que la o el secretario constate la presencia de todas las personas notificadas. La o el juzgador concederá la palabra a las partes, para que argumenten, presenten sus alegaciones y se practiquen las pruebas, cuidando siempre que luego de la exposición de cada una. Durante la audiencia, la o el juzgador puede autorizar que las partes intervengan personalmente. Durante la audiencia, la o el juzgador puede autorizar que las partes intervengan personalmente. El idioma oficial es el castellano, de no poder entender o expresarse con facilidad, las personas intervinientes serán asistidas por una o un traductor designado por la o el juzgador. Las personas intervinientes, en caso de no poder escuchar o entender oralmente, serán asistidas por un intérprete designado por la o el juzgador

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AUDIENCIA 30 DE MARZO DEL 2020

Al inicio de cada audiencia la o el juzgador que dirija lamisma se identificará, disponiendo que la o el secretarioconstate la presencia de todas las personas notificadas.

La o el juzgador concederá lapalabra a las partes, para queargumenten, presenten susalegaciones y se practiquenlas pruebas, cuidandosiempre que luego de laexposición de cada una.

Durante la audiencia, la o el juzgador puede autorizar quelas partes intervengan personalmente.

Durante la audiencia, la o el juzgador puede autorizar quelas partes intervengan personalmente.

El idioma oficial es el castellano, de no poder entender oexpresarse con facilidad, las personas intervinientesserán asistidas por una o un traductor designado por la oel juzgador.

Las personas intervinientes,en caso de no poderescuchar o entenderoralmente, serán asistidaspor un intérprete designadopor la o el juzgador

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PRESENCIA ININTERRUMPIDA DE LA O DELJUZGADOR EN LAS AUDIENCIAS

La o el juzgador que inicie una audiencia debe dirigirla y permanecer en ella. Suausencia injustificada dará lugar a la nulidad no subsanable de la diligencia. Lasaudiencias se desarrollarán en forma continua hasta su conclusión.

La audiencia podrá reiniciarse con una o un juzgadordistinto al que inició la diligencia, cuando se demuestre laexistencia de caso fortuito o fuerza mayor.

SUSPENSIÓNLa o el juzgador podrá suspender la audiencia en lossiguientes casos:

Cuando en la audiencia ya iniciada concurran razones de absoluta necesidad, la oel juzgador ordenará la suspensión por el tiempo mínimo necesario, que no podráser mayor a dos días, luego de lo cual proseguirá con la audiencia.

Si reinstalada la audiencia una de las partes no comparece, para el caso de lainasistencia de las partes. Si la o el juzgador no reinstala la audiencia, serásancionado conforme con la ley.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor que afecteal desarrollo de la diligencia la o el juzgador debasuspender una audiencia, determinará el términopara su reanudación, que no podrá ser mayor a diezdías.

Transcurrido el términoindicado en cada caso,sin que la audiencia sehaya reanudado, sedejará sin efecto ydeberá realizarsenuevamente.

NORMATIVAINDICE DECONCORDANCIACD CON LAS LEYESCONCORDANRES1 MES DESUSCRIPCIÓN

DISPONIBLE TEXTO A LAVENTA

$ 25Fuente: Código OrgánicoGeneral de Procesos COGEP