80392971 Resolucion NAPURI Causa Videla y Otros x Privacion Libertad
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Poder Judicial de la Nación
//Buenos Aires, Febrero 1 de 2012.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa nro. 10697/08 “VIDELA
JORGE RAFAEL y otros s/ privación ilegal de la libertad”, en trámite
por ante esta Secretaría nro. 10 de este Tribunal;
Y CONSIDERANDO:
I.
InicioLas actuaciones llegaron a mi conocimiento por los
testimonios remitidos a la Excelentísima Cámara del Fuero, en el marco
de las actuaciones número 2510/08 del Juzgado Nacional en lo Criminal
y Correccional Federal Nº 7, Secretaría Nº 13 (fs. 21).
II
Hecho denunciadoLa presente causa se inició con la denuncia y hoy parte
querellante en autos, de Ricardo César Napuri Schapiro, quien entre
otras cosas, en su presentación hizo saber que como parte de la
operación Plan Cóndor, en la madrugada del 25 de mayo de 1978 en la
ciudad de Lima y Arequipa, de la República del Perú, fueron
secuestrados un grupo de ciudadanos peruanos conformado por José
Luís Alvarado Bravo, Justiniano Aspaza Ordoñez, Alfonso Baella
Tuesta, Hugo Blanco Galdos, Humberto Damonte Larrain, Ricardo Diaz
Chavez, Javier Diez Canseco Cisneros, Genaro Ledesma Izquieta,
Ricardo Letts Colmenares, Valentín Pacho Quispe, José Arce Larco,
Guillermo Faura Gay, y el denunciante, todos ellos opositores a la
dictadura instaurada en Perú, en cabeza del General Francisco Remigio
Morales Bermúdez.Indicó, que fueron falsamente acusados de llevar a cabo
actividades subversivas y de violencia, y que por dicho motivo fueron
conducidos violentamente a la sede de la Policía de Investigaciones del
Perú (PIP), y luego a la Base del Grupo 8 de la Fuerza Aérea en Lima,
sin una orden judicial que funde las detenciones.
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Expresó, que en la Base Aérea fueron sometidos a golpes,
culatazos y otros tormentos por parte del personal militar peruano y que
fueron informados que iban a ser trasladados en el avión Hércules de la
Fuerza Aérea peruana, donde serían esposados a los asientos y
vigilados por hombres armados.
Que, las autoridades militares les comunicaron que el avión
tendría como destino Argentina y que serían entregados a militares
argentinos que conformaban grupos de tareas de represión en el marcodel denominado Plan Cóndor, en el que participan máximas jerarquías
militares de otros países, con la cooperación de otras dictaduras de la
región para acabar con los opositores.
Así, el avión arribó el 25 de mayo de 1978 en el aeropuerto
“El Cadillal” de la ciudad de Jujuy, en el cual fueron entregados a una
brigada antisubversiva del Ejército Argentino e ingresados al regimientode infantería de Montaña Nº 20. Asimismo, se les comunicó que la
situación era de prisioneros políticos y de guerra del gobierno argentino y
que dicha situación estaba convalidada por las jefaturas militares y del
gobierno de Perú y de Argentina.
Que según su relato, en dicho regimiento fueron presionados
por funcionarios de la Cancillería Argentina, por la Jefatura del Ejército y
del Ministerio del Interior, a que aceptaran ser refugiados bajo el control
directo de las fuerzas armadas.
Así, ante la negativa, otra comisión de funcionarios del
Ministerio les exigió que firmaran un documento de pedido de asilo
voluntario dirigido al Gobierno Demócrata de las Fuerzas Armadas.
Luego- a los pocos días- fueron trasladados a Buenos Aires,
donde estuvieron incomunicados en el sótano del Departamento Centralde la P.F.A., donde se los trató de “ablandar”, con el fin de que firmaran
el documento de asilo voluntario dirigido al gobierno democrático de las
Fuerzas Armadas.
En el mismo contexto, indicó que por aquella época se estaba
jugando en Argentina el XI Campeonato Mundial de Fútbol, y además en
el exterior se estaba realizando una campaña que denunciaba los
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hechos de los que eran víctimas, y manifestó lo siguiente “… fue
evidente que la dictadura argentina quiso salir de esta cadena de delitos
que cometían con ciudadanos peruanos, bajo una forma que ante
prensa disfrazarían como “pedido de asilo”, en primer lugar y luego como
“salida voluntaria del país”. Continuó diciendo “…. En su intento por
lograr una salida legal, la dictadura argentina (Ministerio de Relaciones
Exteriores y Ministerio del Interior), en combinación con la Embajada
Peruana en Buenos Aires, resolvieron que el consulado peruano nosotorgaran pasaportes de emergencia para nuestra salida de la
Argentina”.
Aclaró que, del Departamento de Policía fueron trasladados
en móviles policiales al Aeropuerto Internacional de Ezeiza donde lo
“expulsaron”.
Manifestó que Perú en aquel momento, formaba parte delllamado Plan Cóndor (fs. 1/6 y 17).
Por último, adjuntó a su denuncia recortes periodísticos en
los que se advierte:
a) Una jueza de Roma investiga la desaparición de
veinticinco ciudadanos latinoamericanos de origen
italiano ocurrida en la década de los 80 durante la
Operación Cóndor, solicitando la detención de los
generales Francisco Morales Bermúdez -ex presidente
del Perú- y de Pedro Richter Prada ex primer ministro y
jefes de los servicios secretos de Argentina sobre el
funcionamiento del Plan Cóndor. Asimismo, se basan en
un reporte fechado en 1978 de la CIA que textualmente
dice” Los miembros originales (de la Operación Cóndor)fueron Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil y
Bolivia, Perú y Ecuador recientemente se convirtieron en
miembros”. En ese contexto solicitó la detención de
Morales Bermúdez. En lo referente a la Operación
Cóndor, indican que era un sistema de inteligencia y de
operativos secretos establecido por regímenes militares
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en los años 70 y 80 para coordinar información de
inteligencia con el fin de capturar, torturar y ejecutar a
opositores políticos por medio de operativos combinados
a través de las fronteras (fs.7/8).
b) Otro recorte periodístico que indica que Morales
Bermúdez, se adhirió al Plan Cóndor, basado en tres
operaciones; la primera fue dirigida al Sr. Maguid Carlos
Alberto por ser el economista de los montoneros,secuestrado en Lima y entregado a los militares
argentina dentro del marco del Plan Cóndor. La segunda
operación, era la entrega de nueve peruanos (incluido
Javier Diez Canseco cuyo testimonio luce como
contenido de la nota periodística), al Ejército Argentino
específicamente al Regimiento de Infantería de Montañanro. 20 de Jujuy, en un avión militar peruano que partió a
Lima, incluyendo en este caso a dos peruanos en
Arequipa, Valentín Pacho y Justiniano Apaza. Estuvieron
detenidos en un cuartel sin documentos personales hasta
que fueron rescatados por el Alto Comisionado de
Naciones Unidas para Refugiados, y echados de
Argentina hacia diferentes países; y una tercera
operación vinculada con el secuestro de Noemí Esther
Gianetti de Molfino, María Inés Reverta, entre otros (9/10)
c) La nota periodística, revela entre otras cosas que el ex
senador izquierdista Genaro Ledesma había revelado
que el general Morales Bermúdez admitió el 29 de
septiembre de 1975, durante un banquete que el Perúestaba incluido en la Operación Cóndor, y que el
nombrado junto con otros doce detenidos fue obligado a
abordar un avión militar que lo llevó al Regimiento 20 de
Jujuy Argentina, donde permaneció deportado hasta que
el voto popular lo eligió miembro de la Asamblea
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Constituyente, al igual que otros varios deportados (fs.
11).
En su ampliación de declaración testimonial, indicó que él
era responsable político “Vanguardia Revolucionaria” y candidato a la
Asamblea Constituyente de 1978, y que hasta el año 1948 revistaba en
la Fuerza Aérea en Lima, y que le ordenaron reprimir desde el avión a
los militares y civiles rebeldes del partido Aprista en El Callao- puerto-, e
indicó que no había ingresado para matar ni militares ni civiles, y que loexpulsaron del país.
Dijo: “en ese momento vine a Argentina, y con tan buena o
mala suerte, fui apresado por Lombía y Amoresano, dos oficiales de la
PFA del departamento político, eran Jefes de la Sección Especial de la
PFA, se encargaban de la represión a los adversarios políticos del
gobierno, estuve un mes detenido, fui liberado por la gestión del Prof.Silvio Frondizi con quien luego formaríamos el grupo Mir -Praxis.
Al momento de mi detención el gobierno denominado de la
“segunda fase” presidido por el General Morales Bermúdez asumió una
posición de derecha y pro-imperialista, este gobierno entró en crisis y
ante una huelga general por reivindicaciones concretas en Mayo de
1978 reprimió a centenares de trabajadores y dirigentes sociales y
políticos entre ello, a los trece dirigentes que fuimos secuestrados y
trasladados en el avión militar según relato en mi escrito de querella.
Cuando fuimos trasladados a la base aérea y nos comunican
que íbamos a ir a la Argentina, nos negamos diciendo que en Argentina
había una dictadura y por tanto nuestra vida corría peligro, yo
personalmente aduje que secuestraría el avión en vuelo para llevarlo a
otro destino.En respuesta fuimos golpeados brutalmente en la base militar
y a nueve de nosotros nos trajeron engrillados o esposados a los
asientos del avión, custodiados por guardia armada de la Policía de
Investigaciones de Perú.
En el aeropuerto “El Cadillal” de Jujuy nos recibió una
brigada armada del Regimiento 20 de Montaña donde fuimos internados,
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según el coronel jefe del regimiento, como prisioneros de guerra
argentinos por un acuerdo entre los gobiernos y estados mayores de los
respectivos gobiernos dictatoriales, Videla y Morales Bermúdez.”
Agregó que “el gobierno peruano dio un comunicado oficial
afirmando que los expulsaban por ser los dirigentes de la huelga general
desatada en el país y por ser líderes sindicales y políticos opositores a
su gobierno”.
Que, “en el libro “Secuestro” de Alfonso Baella Tuesta quese aportó al tribunal, en la página 230 se encuentra el “Comunicado
Oficial” donde el gobierno de las fuerzas armadas pone de manifiesto los
nombre y motivos por los cuales deciden “extrañarlos”; ese documento
se encuentra fechado en Lima el 25 de Mayo de 1978 y como dictado
por las Oficinas del Relaciones Públicas del Ministerio del Interior”.
Dijo, que con respecto a la naturaleza de los deportados,fueron dos Almirantes ministros de Marina del gobierno de la primera
fase del General Velazco Alvarado, y que el autor del libro era
representante de la agencia de noticias DPA (Alemana) que criticaba al
gobierno por derecha, y que había dos dirigentes sindicales como Apaza
y Pacho, y que de ellos eran candidatos a la asamblea constituyente
convocada por el propio gobierno.
En relación con el traslado desde el aeropuerto de El Cadillal
hasta el Regimiento de Montaña 20, indicó que fueron trasladados por
vehículos blindados al Regimiento 20 de Montaña, y que se lo llamaba
Regimiento Antisubversivo.
Que, fueron alojados en una habitación preparada
especialmente, que era el departamento de salud o sanidad del
regimiento; y que el Coronel a cargo, Arana, le dijo “nuestra situación
era la de prisioneros de guerra pero argentinos” eso porque los dos
países estaban en guerra civil contra la subversión y que los dos
gobiernos habían resuelto cambiar prisioneros de guerra, los peruanos
vendríamos a la Argentina, en este caso nosotros, y los argentinos irían
a las cárceles de la selva peruana, el tenebroso “SEPA”, que era una
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cárcel que tenía la fama de que uno moría en vida en ella, nadie se
podía escapar de allí.
Agrego que en el regimiento lo amenazaron con la aplicación
de la Ley de Fuga”.
Añadió que “Todo el operativo desde nuestra llegada hasta
que salimos de Argentina no duró más de un mes. En cuanto a los que
nos hicieron la propuesta, no puedo dar más datos precisos, además,
había en las propuestas que nos hacían un doble juego, por un lado ladelegación de Buenos Aires que nos manifestaba que pidiéramos asilo
formalmente y lo hacían de buena forma, cosa que nosotros
rechazábamos, y por otro lado, a mi y a Genaro Ledesma nos
trasladaron a Jujuy capital a una oficina militar o policial, y cuatro o cinco
personajes vestidos de civil nos pusieron un documento sobre la mesa
donde decía que pedíamos asilo al gobierno democrático de las Fuerzas Armadas y que aceptáramos el destino que ellos decidirían, cuando nos
negamos a firmarlo, yo lo rompí, cambiaron de actitud y con una
violencia extrema nos dijeron que nos fusilarían a todos.
Cuando volvimos al cuartel informamos a nuestros
compañeros lo que nos podía esperar, entonces hicimos causa común
de rechazar toda promesa de asilo, porque hasta ese momento algunos
creían que era bueno aceptar el asilo que proponían. Después de este
incidente, es que nos trasladan a los sótanos de la P.F.A. donde hubo un
último intento de ablandamiento, allí nos pasaban sesiones de tortura y
lo que nos podía pasar si no nos poníamos en caja, mientras tanto la
presión internacional era grande, entonces para el gobierno de facto eso
se tornó insoportable y es que se decide la expulsión del país”.
Dio una descripción de cómo era el documento por el cual sepretendía que tuviese asilo político, y dijo que tenía una frase así como
“ Al gobierno democrático de las Fuerzas Armadas, de la tradición
argentina de defensa de los derechos humanos que la fuerza
armada reivindicaba como propia”, pero no tenía ningún sello oficial ni
membrete toda vez que era un asilo voluntario.
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Al serle preguntado sobre las circunstancias en las que se
otorgó el pasaporte nro.526553 a su nombre -reservado en el tribunal-,
respondió que: “cuando se pusieron de acuerdo el gobierno peruano a
través de su representación diplomática y consular con el gobierno
argentino, a través del funcionario peruano de apellido Ríos, el
consulado proveyó el documento en blanco y se completaron, nosotros
nunca fuimos al consulado a hacer ningún trámite, ellos vinieron a
donde estábamos en el Dpto. Central de la P.F.A a entregarnos el pasaporte” .
Indicó que “en la foja 11 en forma triangular se advierte el
sello de salida de Argentina el día 9 de Junio de 1978 y la llegada a
Francia se ve más abajo el sello forma rectangular el día 10 de Junio de
1978.
Nos trasladó un grupo armado de la P.F.A. al aeropuerto,nosotros nunca pasamos por migraciones, nos llevaron hasta la puerta
del avión de Air France con el auto, al piloto se le dijo que retuviera
nuestra documentación hasta la llegada a destino y que allí nos recibiera
la policía francesa como subversivos, en la puerta del avión protestamos
ante el capitán que nos retuvo los pasaportes y a gritos nos dirigimos a
los pasajeros diciendo que el gobierno francés se hacía cómplice del
gobierno dictatorial argentino, los pasajeros quisieron bajarse del avión
y ante esto el capitán nos pidió que esperáramos, habló por radio con
autoridades de su gobierno y nos entregó los documentos y nos dijo que
“Por orden de su gobierno viajaban en el avión como huéspedes
privilegiados, de esta forma Francia respeta las tradiciones de los
derechos humanos, Viva Perú, Viva La France”, los pasajeros
aplaudieron y despegamos hacia París, cuando llegamos nos recibierondirigentes de derechos humanos y estuvimos bajo la protección de un
partido político, y mientras estábamos allí, en ausencia en Perú fuimos
elegidos como diputados de la asamblea constituyente” .
Al serle preguntado para que diga si volvió a Perú después
de los acontecimientos que dieron origen a estas actuaciones, respondió:
“no obstante haber sido elegido yo y varios de los dirigentes que también
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fueron expulsados, diputados de la asamblea constituyente, el gobierno
peruano se negó a repatriarnos, sólo lo autorizó bajo una enorme
presión popular y por decisión de la asamblea constituyente que
acababa de ser instalada, a recibirnos en el aeropuerto de El Callao en
Julio de 1978, el sello del pasaporte dice 23 de Julio de 1978 en el folio
12”. Por último, agregó que ante su reclamo iniciado ante la Secretaría
de Derechos Humanos de la Nación, éste se ha expidió aceptando que
formó parte del Plan Cóndor” (fs. 108/111).Con fecha 21 de septiembre del año 2009, le fue exhibido a
Ricardo César Napuri, las fotografías referentes al Regimiento de
Montaña 20, y al serle preguntado si reconocía el sitio, respondió: “…
que fue trasladado en un camión cerrado y reconoció la enfermería
(fs.14), e indicó que la fachada era similar, y que el edificio de la guardia
de fs.16 es el lugar donde lo llevaron y los habilitaron la enfermeríadonde estuvo todo el tiempo que duró nuestra detención (fs.5, 6 y 7)” .
Por otra parte, y al serle exhibidas las fotografías de militares
impresas y reservadas en este Juzgado, indicó: “podría ser el de fs.9, el
que nos recibió en el Regimiento, pero no podría afirmarlo, es del tipo y
contextura física…” – fs. 256-
Con fecha 15 de junio de 2011, se le exhibió la
documentación que en copias remitió la Dirección Nacional de
Migraciones a fs.360/361-que se encuentran reservadas en Secretaría-,
y al serle preguntado para que diga si reconocía la rúbrica en el acta que
reza “RENUNCIA AL ASILO POLITICO”, respondió: “si bien mi firma se
parece a la que obra al pie, reitero como hice en mi anterior declaración
que me negué a firmar un pedido de asilo político, nunca vi. el papel que
se me exhibe y no estuve nunca en la Dirección Nacional deMigraciones, este papel no tiene ni fecha, mi derrotero cuando estuve
detenido en Argentina fue desde el RIM – 20 de Jujuy a los calabozos
de la Policía Federal y luego salimos del país como ya dije en mi anterior
declaración. Yo no llené ese papel y siempre me negué a firmar ese
pedido de asilo político que nos ofrecían. Nunca pasamos por
migraciones, ni siquiera el día que salimos del país porque nos llevaron
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en un camión a la puerta del avión directamente, y tampoco teníamos en
nuestro poder en ese momento el pasaporte, recién se los entregaron
arriba del avión el personal que nos había trasladado hasta allí al
comandante del avión, y como hicimos un escándalo por nuestra
situación, nos entregó el pasaporte” . (fs. 365).-
Conforme lo expuesto por la querella, resulta objeto de este
sumario determinar la responsabilidad que les cabe a los imputados que
serán mencionados en este decisorio, en relación a los hechos que sehabrían desarrollado tal como se describió precedentemente, los cuales
se encontrarían inmersos en el marco del “Plan Cóndor”, y que
devinieran en la privación ilegal de la libertad calificada y torturas de los
ciudadanos peruanos antes mencionados, la cual tuvo inicio en Perú el
24 de Mayo de 1978 y culminó en Buenos Aires en el mes de Junio/Julio
del mismo año cuando éstos fueron “expulsados” de territorio Argentino,y fue perpetrada por funcionarios públicos (militares y fuerzas de
seguridad).-
De acuerdo a la querella y demás constancias de autos,
resultan imputados el General Francisco Remigio Morales Bermúdez, ex
Presidente de Perú; Jorge Rafael Videla, ex Teniente General, ex
Presidente de Facto de la República Argentina, ex Comandante en Jefe
del Ejército, y Miembro de la Junta Militar; y Eduardo Albano
Harguindeguy, Ex Ministro del Interior, General de División.-
III.
Contexto histórico
En primer lugar, considero adecuado hacer un breve relato
histórico que permita recordar (o conocer) el momento por el que
atravesaba Perú y este país, que han enmarcado los hechos que sonobjeto de investigación.
En Perú gobernaba la dictadura de Morales Bermúdez y el
Comando Unitario de Lucha conformado por organizaciones sociales
y políticas del movimiento popular, convocó un paro nacional, en
donde piden una Asamblea Constituyente y el fin de la dictadura, para
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mejorar salarios y frenar el alza de costo de vida que imperaba en
dicha época.
Como respuesta a dicho paro, el gobierno de Morales
Bermúdez decretó el despido de los principales líderes sindicales.
Así, en mayo de 1978 hacen pública la suspensión de
garantías constitucionales, y a través de la Policía de Investigaciones
del Perú (PIP) procedieron a seleccionar un grupo de personas para
deportarlas.Las personas seleccionadas por el gobierno eran en su
mayoría dirigentes sociales y políticos que lideraron el “Paro”, y
también eran candidatos a la Asamblea Constituyente.
Conforme las constancias reunidas en autos, se encuentra
probado que en el contexto de estos acontecimientos, en mayo de
1978 fueron secuestrados y expulsados del Perú, trece ciudadanosperuanos, a saber: Ricardo César Napuri Schapiro, José Luís
Alvarado Bravo, Justiniano Aspaza Ordoñez, Alfonso Baella Tuesta,
Hugo Blanco Galdos, Humberto Damonte Larrain, Ricardo Diaz
Chavez, Javier Diez Canseco Cisneros, Genaro Ledesma Izquieta,
Ricardo Letts Colmenares, Valentín Pacho Quispe, José Arce
Larco, Guillermo Faura Gay; hecho ocurrido en el gobierno militar del
general Francisco Morales Bermúdez.
Los ciudadanos expulsados, eran opositores al régimen que
imperaba en Perú.
Dos de las trece personas privadas de la libertad, eran
oficiales de marina, vice-almirantes velasquistas José Arce Larco y
Guillermo Faura Gaig, y como periodista de derecha del Diario El
Comercio, Alfonso Baella Tuesta, quién criticaba al gobierno.Paralelamente, en la Argentina imperaba la dictadura de
Jorge Rafael Videla desde ocurrido el golpe de estado el 24 de Marzo de
1976.-
IV.
Pruebas
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A lo largo de esta investigación se recabaron las siguientes
pruebas, las cuales permiten en esta instancia sostener el auto de mérito
que aquí se dicta, a saber:
A) Constancias documentales
1) Pasaporte peruano nro. 526553 a nombre de Ricardo Napuri
Schapiro, y pasaporte peruano nro.526558 a nombre de Humberto
Damonte Larraín y copias certificadas del pasaporte peruano nro.
526555 a nombre de Ricardo Letts.2) Copias simples del fragmento del libro “Secuestro” de Alfonso Baella
Tuesta y su original reservado en Secretaría. A fs.230 se puede
observar lo que sería el “Comunicado Oficial” que da cuenta del
“extrañamiento” de los trece peruanos, el cual dice: “El gobierno
Revolucionario de la fuerza Armada pone en conocimiento de la
ciudadanía haber decidido extrañar a las personas que a continuaciónse indica, por la participación que les cupo en recientes actividades
subversivas y de violencia: DE LA FUERZA ARMADA: Vicealmirante
AP ® José Arce Larco; Vicealmirante AP ® Guillermo Faura Gaig;
General de División EP ® Leonidas Rodríguez Figueroa; General de
Brigada EP ® Arturo Valez Palacios; Mayor EP ® José Fernández
Salvatecci; Capitán EP ® Eloy villacrez Riquelme. CIVILES: José Luis
Alvarado Bravo; Justinano Apaza Ordónez; Alfonso Baella Tuesta;
Hugo Blanco Galdós; Humberto Damonte Larraín; Ricardo Díaz
Chávez; Javier Diez Canseco Cisneros; Genaro Ledesma Izquieta;
Ricardo Letts Colmenares; Ricardo Napurí Schapiro; Valentín Pacho
Quispe. Institucionalmente, se ha hecho necesario el extrañamiento
de los mencionados oficiales en situación de retiro. Asimismo, el de
los civiles indicados en la relación anterior, en resguardo del orden y de la tranquilidad pública. La decisión ha sido ejecutada en la
madrugada de hoy, embarcado a las personas detenidas rumbo a la
República Argentina, a excepción de los miembros del Ejército
quienes no son habidos, razón por la que han sido impartidas las
órdenes pertinentes para su cumplimiento. Lima, 25 de mayo de
1978-Oficina de Relaciones Públicas-Ministerio del Interior-
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3) Recortes periodísticos del Diario Clarín de fecha 26 y 27 de mayo de
1978 (fs. 86/88). Del primero, se lee que los almirantes retirados José
Arce Larco y Guillermo Craig quienes se desempeñaban en el
gabinete del extinto presidente Juan Velazco Alvarado, junto con otro
nueves dirigentes izquierdistas fueron deportados hacia la Argentina
por el gobierno del presidente Francisco Morales Bermúdez. En el
grupo también figuraba el periodista Alfonso Baella Tuesta. De la
segunda nota, surge que se dio asilo político a once ciudadanosperuanos que arribaron al Aeropuerto de El Cadillal, provincia de
Jujuy, y que fueron alojados en el Regimiento 20 de Infantería, y que
once de los trece peruanos solicitaron asilo político mientras que los
restantes pidieron dirigirse a Suecia y México, como ser Ángel Hugo
Blanco Galdos y Ricardo Díaz Chavez. Del mismo se lee lo siguiente:
“Los trece ciudadanos peruanos fueron deportados por el gobiernoque preside el general Francisco Morales Bermúdez luego de una ola
de diez días de violencia política que azotó al Perú y que culminó con
una huelga de 48 horas durante la cual se produjeron numerosos
incidentes”.
4) Se recibieron los ejemplares del Diario Popular de fecha 26, 27 y 29
de mayo de 1978 a fs. 96 (los que se encuentran reservados);
ejemplares del Diario Pregón de fechas 25 a 31 de mayo y 1 y 2 de
junio del año 1978 a fs. 98. Copia simple de la nota periodística del
Diario La Nación de fecha 27 de mayo de 1978 que reza “Para ser
deportados buscan en el Perú a mas militares” a fs. 103. Todos estos
ejemplares dan cuenta del arribo de un avión de la Fuerza Aérea
Peruana a Jujuy.
5) Nota periodista del Diario Clarín del 31 de mayo de 1978 que reza“Continúa la indagatoria a los peruanos expulsados”, del mismo
que consta que arribaron trece ciudadanos peruanos a Jujuy, que
fueron expulsados de su país prestaron declaración ante funcionarios
del Ministerio del Interior procedentes de Capital Federal; y que por
otra parte, surge que otorgaron trámite inmediato para dar asilo
político.
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6) Nota periodística del Diario Clarín del 13 de junio de 1978 que reza
“Dan asilo a 11 peruanos expulsados”, del que surge que
desembarcaron en Jujuy trece ciudadanos peruanos alojados en el
Regimiento 20 de Infantería, once de ellos solicitaron asilo político
mientras que los restantes pidieron dirigirse a Suecia y México, Hugo
Blanco Galdos y Ricardo Díaz Chavez. Por otra parte, se lee lo
siguiente “una vez más, el gobierno de la Nación demuestra con
hechos concretos su inveterado respeto por los derechos humanos”(…) “Los trece ciudadanos peruanos deportados por el gobierno que
preside el general Francisco Morales Bermúdez luego de una ola de
diez días de violencia política que azotó al Perú y que culminó con
una huelga de 48 horas durante la cual se produjeron numerosos
incidentes. Dos de los deportados, los ex ministros Faura y Larco, se
iban a presentar como candidatos del Partido SocialistaRevolucionario para las próximas elecciones que se celebrarán el 18
de junio, tras retirarse de la actividad militar. El presidente peruano
atribuyó a la acción de “agitadores internacionales” la ola de disturbios
que se inició en protesta y los servicios públicos a la vez que aseguró
que la temporaria suspensión de los derechos individuales dispuesta
sería levantada”.
7) Nota periodística del Diario La Nación de fecha 26 de mayo de 1978
que reza “El gobierno peruano deportó a candidatos de izquierda”
del que surge que once ciudadanos de diversos partidos de izquierda
a las elecciones de la Asamblea Constituyente fueron deportados en
esa fecha hacia la Argentina por el gobierno peruano.
8) Diario San Salvador de Jujuy del 1 de junio de 1978, nota periodística
que dice “Otorgan asilo político a once ciudadanos peruanos”, delque se lee que el gobierno argentino concedió asilo político a once
ciudadanos peruanos que arribaron al aeropuerto de El Cadillal
provincia de Jujuy, que fueron alojado bajo la protección del gobierno
y ejército argentino en dependencias del Regimiento Nº 20 de
infantería en la ciudad de San Salvador de Jujuy. Que, el Ministerio
del Interior, comunicó que esa medida se tomó en cumplimiento de lo
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dispuesto por tratados que unen a la República Argentina con la
República del Perú, y concedió a los trece ciudadanos peruanos el
asilo político que solicitaron al gobierno argentino. Así, dos de ellos
solicitaron ir uno a Suecia y el otro a México, y dan los nombres de
las personas indicadas a lo largo de esta resolución que por honor a
la brevedad doy por reproducidos. Por otra parte, surge que fueron
trasladados en un avión de la Policía Federal Argentina, siete de los
ciudadanos a los que se les concedió el asilo político en el país y sóloseis quedaron en Jujuy.
9) Nota periodística del Diario San Salvador de Jujuy del jueves 25 de
mayo de 1978, que reza “Vuelve la normalidad al Perú”, del que se
lee que luego de una violenta huelga de 48 horas, que dejó secuela
de muertos, heridos y grandes pérdidas económicas y daños a la
propiedad pública y privada volvió la normalidad, pero que Arequipapermaneció virtualmente paralizada debido a una huelga de
transportistas y sindicalistas a pesar de la invocación de las
autoridades para que se deponga esa actitud.
10) Nota periodística del Diario San Salvador de Jujuy del martes 30 de
mayo de 1978 que reza “Reafirmó Videla la decisión del ejército de
concretar los objetivos del proceso”, del mismo se lee que el
Teniente General Rafael Videla reafirmó la inquebrantable decisión
del ejército de concretar los objetivos del proceso de reorganización
nacional cuyo propósito final es la instauración de una verdadera
democracia con plena vigencia de los principios republicanos.
11)Ejemplar del Diario Popular , del viernes 26 de mayo de 1978 en el
que consta una nota periodista que reza “ Llegaron al país 11
deportados peruanos”, del que surge que deportados arribaron alaeropuerto de El Cadillal, los que fueron recibidos por personal de la
delegación local de la Policía Federal. Que, los deportados fueron
Arce Larco y Faura Caig, quiénes se desempeñaban en esa época
como ministros de marina y comandantes generales del arma del
gobierno de Juan Velasco Alvarado. (Pagina 5).
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12)Nota periodística del Diario Popular del sábado 27 de mayo de 1978
el que reza “Perú: otros 4 militares condenados al destierro”, en el
que se lee que cuatro oficiales retirados del Ejército entre ellos dos
generales que ayudaron a subir al poder al general Juan Velasco
Alvarado en octubre de 1968, están siendo buscados por la policía
política para ser desterrados del país. Surge, que otras trece
personas incluidas dos ex ministros de marina fueron deportadas a la
Argentina por participar en actividades subversivas y de violencia.Asimismo, indican que los miembros del ejército que son buscados
para ser expulsados son generales retirados, que son candidatos
para la asamblea constituyente cuya elección esta señalada para el
18 de junio. Por otra parte, indican que el grupo desterrado a la
Argentina en un avión militar peruano son las personas hoy
nombradas a lo largo de esta resolución. (Página 5).13)Nota periodística del Diario Popular del lunes 20 de mayo de 1978
que reza “Situación de 13 deportados peruanos”, se lee que los
trece ciudadanos peruanos deportados se quedan en el país y
esperan una resolución del Ministerio del Interior. Afirman que según
voceros allegados a organismos de seguridad, los extranjeros eran
definitivamente trece y no once.
14)Expediente nro 110.977/78 remitido por la Dirección Nacional de
Migraciones del Ministerio del Interior (fs. 106). Los pasaportes
peruanos de Napurí y Damonte portan una leyenda que da cuenta
que se les otorgó “Permanencia prorrogada hasta el día 22 de
Junio 1978. Al solo efecto de hacer abandono del país ….Expte.
N° 110977/78. Buenos Aires, 7/6/78. Fdo. Cte. Remigio Azcona.
Director Nacional de Migraciones”.15)Oficio del Ministerio de Defensa el cual da cuenta de las autoridades
del año 1978 del Regimiento de Montaña 20 con asiento en Jujuy
(fs.115).
16)El Consulado General de Perú Buenos Aires, informa que si bien no
se registran antecedentes del pasaporte expedido bajo el nro 526553
otorgado el día 7 de junio de 1978 a Ricardo César Napuri Schapiro,
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señalan que el pasaporte de color verde ha quedado en total desuso
siendo los actuales de color bordo (fs.129).
17) El Ministerio de Relacionas Exteriores, Comercio Internacional y
Culto, informa que no se registran antecedentes documentales entre
el gobierno y argentino y peruano relativo a los trece ciudadanos
peruanos detenidos ilegítimamente en Perú y trasladados de igual
forma a Argentina; no obstante ello, remiten el expediente número
56993/2008 “secreto” del año 1972 respecto de “Hugo BlancoGaldós” (fs.145).
18)El Ministerio de Justicia Seguridad y Derechos Humanos informa que
no se registran antecedentes de la participación del gobierno peruano
en el “Plan Cóndor”, y tampoco antecedentes de las detenciones de
los peruanos en dependencias de la Policía Federal Argentina
(fs.125).19) La Dirección de Asuntos Humanitarios del Ejército Argentino, remitió
un CD conteniendo 114 fotografías del personal militar retirado de
acuerdo a la lista provista por el RIM 20 -Regimiento de Infantería de
Montaña mecanizado 20- de Jujuy, y un CD conteniendo fotografías
del establecimiento RIM 20, y un sobre conteniendo fotocopia del
libro histórico año 1978 (fs.166/67).
20)El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos informa el
organigrama y autoridades de la Policía Federal Argentina entre el 25
de mayo y el 10 de junio de 1978 (fs.267/283); asimismo, se informa
la nómina de los integrantes de la Delegación Jujuy de la P.F.A
(fs.284)
21) El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y
Culto informa la nómina de funcionarios que prestaron servicios en elperíodo que comprende esta investigación (fs.309/318);
22) El Ministerio del Interior informó que por resolución del Ministerio Nº
1221 de fecha 31/05/78, se concedió asilo político a Damonte Larrain
Humberto, Alvarado Bravo Jesús José Luís, Napuri Schapiro Ricardo
César, Pacho Quispe, Arce Larco José, Apaza Ordoñez Justiniano
Romula, Baella Tuesta Alfonso, Fura Gaig Guillermo, Letts
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Colmenares Ricardo, Ledesma Inquieta Genaro Alfonso y Diez
Canseco Cisneros Javier. Asimismo, indican que Blanco y Díaz
Chávez no aceptaron el ofrecimiento de asilo político, y que no consta
la salida correspondiente a Baella Tuesta Alfonso, suscripto por
Albano E. Harguindeguy- Ministro del Interior- (FS.360/361).
B) Declaraciones testimoniales
Respecto de los sucesos que aquí se investigan, se recibiódeclaración testimonial, además del querellante, a varios de los
damnificados ya mencionados, en la Embajada Argentina en Lima, Perú,
respecto de los cuales seguidamente me referiré.-
A) Javier Diez Canseco Cisneros -dirigente político de la Unidad
Democrático Popular al momento de los hechos-, entre otras cosas dijo
que, en mayo de 1978, fue parte de un grupo de dirigentes políticos y
sociales que impulsaban un paro nacional para el 22 o 23 de mayo o el
21 y 22 de mayo a puertas de las elecciones de la asamblea
constituyente, y que a su vez era candidato a la asamblea por la unidad
democrática popular y que había participado en un programa electoral
para la asamblea constituyente en el que impulsó un llamado al paro.
Que, en momentos en que se iba a reunir en la casa del Sr.
Genaro Ledesma Izquieta fueron intervenidos y detenidos por la Policía
de Investigaciones Departamento de Seguridad del Estado, y detenidos
en las carceletas que esa dependencia policial tenía en el local de la
prefectura de Lima.
A los pocos días un grupo fueron trasladados al Grupo Aéreo
Nro.8, y que eso ocurrió aproximadamente el 24 de Mayo de 1978.
Se entero por el piloto de la fuerza aérea que uno de suscompañeros conocía Ricardo Letts Colmenares, que le comento que
iban a ser traslados al penal en la Argentina. Iniciaron una acción de
resistencia, que ocasionó el retraso del operativo de traslado hasta que
llegaron elementos auxiliares de la policía de mayor número y fueron
sacados a la fuerza del lugar hacia un avión “Antonof”, un avión ruso,
donde fueron esposados a los asientos.
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Fueron subidos al avión, indocumentados y en el grupo aéreo
se encontraron con dos oficiales de la marina que iban a ser también
deportados, un periodista de nombre Baella Tuesta, que eran los únicos
que no eran de ideología de izquierda, los militares habían tenido algún
conflicto con los mandos miliares de la junta y uno de ellos había sufrido
un atentado con explosivos a su casa.
Ese grupo fue llevado al avión y engrilletado tomaron el vuelo
y aterrizaron en la ciudad de Arequipa, donde recogieron a otros dosdirigentes sociales, Valentín Pacho (dirigente obrero) y otra persona que
no recuerda el nombre, ambos comprometidos con el paro.
El grupo estaba conformado principalmente por dirigentes de
izquierda, los dos marinos y el periodista.
Entre los deportados estaban Ricardo Letts Colmenares,
Hugo Blanco Galdos, Ricardo Napurí Schapiro, Genaro LedesmaIzquieta, un periodista el diario La República, estaban los dos que fueron
recogidos en Arequipa, y dijo que todos fueron entrevistados en el libro
de Baella, “El Secuestro”, excepto él.
Desde Arequipa volaron hacia Argentina, hasta llegar al
aeropuerto de Jujuy, y dio detalles de cómo fueron recibidos.
Dijo que había soldados argentinos armados con fusiles, de
características fisonómicas parecidas a los peruanos, y les ordenaron
llenar un formulario con los datos básicos porque estaban sin
documentos y con un oficio cuyo contenido no conocían. Terminado ello,
fueron subidos a un camión de la Fuerza Armada Argentina, seguido y
precedido por un camión con soldados, en unos jeeps iban los oficiales,
y fueron trasladados al cuartel del Regimiento de Montaña Nro.20 de
Jujuy.Expresó: “… se esperó varios días hasta que llegó una
persona con un grupo que entiendo estaba vinculado al ministerio de
relaciones exteriores, nos reunieron y nos explicaron cual era nuestra
situación, luego en forma individual se nos ofreció un asilo en Jujuy o la
Argentina, hecho que nosotros, salvo Baella Tuesta, rechazamos,
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porque no había condiciones de seguridad para nosotros por la situación
que vivía argentina.
No recibimos ningún elemento adicional ni de vestimenta ni
de documentación. Dos o tres días después de esta visita, se convocó a
una parte de los detenidos a una dependencia policial de Jujuy, ahí
fueron Napurí Schapiro e Ledesma Izquieta, entre otros, yo no fui.
Todo esto ocurrió aproximadamente en dos semanas desde
nuestra llegada a Jujuy. En esta diligencia en la dependencia policial,Napurí y quienes lo acompañaban rechazaron el asilo, además tenía
situaciones peculiares, le preguntaron de que iba a vivir y dónde, a lo
que Napurí respondió que viviría en la plaza pública y que no tenía oficio
que desempeñar en Jujuy.
Esto hizo que el resto no vayamos, dos días después se nos
trasladó a Buenos Aires en unas avionetas pequeñas, nos bajaron el aeroparque, nos subieron a unos vehículos con ventanas oscuras y nos
trasladaron a una dependencia policial, el equivalente a la policía de
seguridad de Perú, había también dependencias de migraciones.
En el lugar había celdas de aislamiento individuales de 2,10
por 0,80 mts., puertas con barras metálicas y luz a gran altura prendida
permanentemente.
El régimen allí cambió, se nos quito la correa de zapatos,
libros, cualquier cosa que no implicara aislamiento, se nos alimentaba
una vez al día en horas que no podíamos precisar y para ir a los
servicios teníamos que llamar y nos acompañaban. Estando en esas
condiciones escuchábamos los gritos de personas, algunas parecían
que desvariaban, nos dijeron que era un brasileño que había hecho un
movimiento contra un terrateniente, otras veces eran gritos de dolor,como de alguien que era golpeado.
Había un pasillo que salía a un patio, ahí había una mesa de
ping pong, estaban detenidos unos argentinos que habían
supuestamente estafado al estado con una exportación ficticia unas
guías telefónicas, estas personas tenían cocina, mesa de ping pong,
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etc., y creo que pagaban para estar en estas condiciones, era un trato
distinto al nuestro.
Nosotros comíamos en papel periódico, nos daban unos
frijoles negros en unas ollas, comíamos lo que nos daban y al día
siguiente comíamos lo que sobraba. Después de varios días de mucha
presión, de enviar notas demandando nuestro derechos, fuimos sacados
de la celda y llevados a una celda vinculada a Migraciones, allí estaba
un jefe de allí, una autoridad del ministerio de relaciones exteriores y el representante de ACNUR de Naciones Unidas, estábamos todos menos
Baella y los dos marinos que tenían asilo en Buenos Aires, allí se nos
dijo que no estábamos detenidos, lo que ocurría era que en Argentina se
estaba llevando a cabo el mundial de fútbol, que no había lugar donde
alojarnos, y que estábamos libres y podíamos salir si teníamos el pasaje
para irnos y el lugar que nos recibiera, y que teníamos acceso al teléfono.
Eso provocó una reacción airada nuestra, yo recibí una carta
desde Lima a través del responsable de ACNUR que estaba fechada
varios días antes, y accedimos.
A partir de ese momento cada uno buscó que país podía
recibirnos, en el caso de cuatro de nosotros recibimos pasajes para ir a
Francia, nos fuimos Ricardo Letts, Ricardo Napurí, Genaro Ledesma y
yo.
Cuando esto se resolvió, fuimos llevados al aeropuerto de
Ezeiza que estaba todavía en construcción, nos llevaron a una
dependencia policial en un sótano, esperamos y nos dieron un pasaporte
para salir del país. En las celdas donde estuvimos había inscripciones
hechas con uñas.Mi pasaporte tenía un sello rojo que decía “Expulsado” y que
decía “Emitido en Argentina”.
En las cedas del aeropuerto nos encontramos con una
señora de apellido Lobos, creo, había estado mucho tiempo detenida y
había canjeado su libertad con la salida del país, a ella la quería ver un
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familiar suyo y la policía no lo quería permitir, entonces hicimos una
protesta entre los cuatro y lo logramos, creo que iba a Italia o Francia.
Luego fuimos llevados por la policía hasta el avión cuando ya
había subido todo el pasaje, nos subieron al avión con una carta y
pasaporte que entregaron al jefe de cabina y le pidieron que lo entregara
a migraciones francesa, hubo una discusión allí en la escalinata misma,
sobre qué hacer entre nosotros, y luego entre dos y el jefe de cabina
protestando porque la compañía aérea se transformaba así en unaextensión la dictadura militar, a lo que el jefe de cabina responde que
son solidarios con quienes luchan por la democracia, y que cuando el
avión levante vuelo nos entregaría el pasaporte y destruiría la carta, así
subimos y al despegue esta persona cumplió su palabra, nos dio el
pasaporte y rompió la carta.
El vuelo hizo una escala en Brasil, desde allí hablamos aFrancia para que alguien nos recogiera porque no teníamos ni dinero ni
nada mas que lo puesto, la ropa en Coordinación Federal no había sido
lavada nunca, en Francia somos recibidos por un grupo de solidaridad
troskista vinculada a Ricardo Napurí, y los pasajes de dos de nosotros
son financiados por una iglesia evangélica, y el de Napurí y Ledesma por
esta organización troskista, nos alojan en unas casas de familia y nos
conectamos con un sacerdote peruano que vivía en París y que recogía
ropa usada, nos facilita ropa, luego cada uno ve como resuelve su
sobrevivencia en Francia.
Al poco tiempo somos informados que habíamos sido electos
constituyentes en Perú, el propio presidente de la asamblea Víctor Raúl
Haya de Latorre, negocia nuestro retorno con pasajes pagados por el
propio gobierno, y regresamos para juramentar nuestros cargos, pues lamayoría de los deportados de izquierda habíamos sido elegidos, los
únicos que no fueron elegidos fueron Ricardo Letts y el periodista.
Todos regresamos en fechas distintas y de lugares distintos.
Yo hice una gira denunciando al gobierno peruano y la noticia
de mi elección la tuve en Barcelona, había muchos exiliados argentinos,
chilenos, que vivían la misma situación, así que había mucha
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solidaridad. No recuerdo la fecha exacta de mi regreso pero creo que fue
para agosto, ese fue mi primer período parlamentario, nosotros llegamos
cuando la asamblea está ya instalada” .
Al momento de serle exhibido el legajo conteniendo las
fotografías del Regimiento de Montaña Nro. 20, indicó: “estructuralmente
el lugar era una construcción de un solo piso, muy arbolado, así que
estas fotografías se parecen bastante a este lugar. La fotografía Nro.14
correspondiente a la enfermería, es el lugar donde estuvimos detenidos” .Así, al serle exhibido el legajo conteniendo las 114
fotografías de militares del Regimiento Nº 20 y preguntado para que diga
si reconocía alguna de las personas allí contenidas, respondió: “ha
pasado mucho tiempo y me es imposible identificar fehacientemente a
alguien”.
Expresó que respecto a los funcionarios de Cancillería,Jefatura del Ejército y del Ministerio del Interior que los entrevistaron en
Jujuy, manifestó lo siguiente “no, no lo recuerdo, tampoco recuerdo que
se hayan identificado cuando nos vinieron a ver”.
Asimismo, al serle preguntado para que diga si podía precisar
en que circunstancias se le había otorgado el pasaporte a su nombre y
por medio del cual salió de Argentina, respondió: “el pasaporte me lo
dieron en Ezeiza, no recuerdo cuando me sacaron la fotografía por
ejemplo, creo que el trámite se inició en Coordinación Federal, después
de la reunión con ACNUR y salimos en alguna oportunidad para hacer
algún trámite”; asimismo, agregó que el pasaporte era similar al que se
le exhibe de Napurí, y recordó que tenía un sello rojo que decía
“EXPULSADO” de Argentina (fs.171/176).
Por otra parte, señaló que reconoció el lugar dondeestuvieron detenidos en Buenos Aires, y lo identificó como “Coordinación
Federal”, por cuanto concurrió luego al lugar para reconocerlo por
gestiones de la Embajada de Perú; en cuanto a la relación de la
detención sufrida con lo conocido como “Plan Cóndor”, señaló: “ ya se
había producido un antecedente en Perú de detención desaparición de
un ciudadano argentino al que se le imputaba manejar la economía de
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los montoneros e inmediatamente después de nuestro caso se produjo
el de la señora Ester Gianotti de Molfino y otros ciudadanos argentinos
que fueron detenidos en Lima y entregados al ejército argentino a través
de la frontera boliviana. Estos dos hechos, en mi opinión están
vinculados a operaciones del “Plan Cóndor”, y por ello creo que este
hecho, el nuestro, puede estar también vinculado pero con las
características que diferenciaban al régimen militar peruano, del de
Chile, Argentina y Uruguay”.-Finalmente, concluyó su testimonio señalando que “…yo
tengo la impresión que nuestra suerte pudo haber estado vinculada, a la
publicación el día 26 o 27 de Mayo en un diario de Jujuy de la foto del
avión militar peruano en el aeropuerto de Jujuy, preguntándose que
hacía allí ese avión, hecho que en nuestra interpretación hizo pública
una deportación que el gobierno peruano no admitía inicialmente. Señaloesto porque mi esposa fue el día 25 llevando alimentos a la
dependencia policial donde habíamos estado presos, y se los recibieron,
como si nosotros siguiéramos allí, ocultando nuestro traslado. Esa es la
impresión que tuvimos.”
b) José Luís Alvarado Bravo, declaró: “Morales Bermúdez
formó parte del golpe de estado que encabezó Velazco y hizo una
reforma agraria, en esa reforma tenía como ente representativo a la
Confederación Nacional Agraria, yo era un especie de gerente de una
cooperativa que formaba parte de esa confederación.
A partir de eso, Morales Bermúdez se distancia de Velazco y
encabeza el golpe y asume el gobierno.
Cuando Morales Bermúdez fue ministro de Velazco firmótoda una serie de decretos que luego derogó cuando se hizo cargo del
gobierno, Velazco fue un militar reformista.
El 24 de mayo de 1978, habíamos organizado un paro
nacional que quería repetir el éxito de uno del 17 del año anterior, yo
desde mi lugar formo parte de esta organización.
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El servicio de inteligencia nos ubicó a varios de nosotros, a
mi creo que me detuvieron el día 23, cuando llevaba a mis chicos al
colegio, me llevaron a la sede de la Prefectura, en una zona de
seguridad del estado, entre el 23 y el 24 nos sacaron de ahí nos llevaban
sin saber nosotros a donde, creímos que nos llevaban al SEPA y a uno
de los que nos trasladaban se le escapa y dice “vamos a ver el mundial”,
nos llevan hasta el grupo aéreo 8, nos sorprendió saber que nos
podrían llevar a Argentina, ahí hicimos nuestra primera resistencia, habíados almirantes –Faura y Arce-, nos esposaron y nos llevaron hacia el
avión, viajamos esposados, pararon en Arequipa donde trajeron a dos
dirigentes sindicales, Pacho y Apaza, y luego seguimos vuelo sin saber
donde, cuando bajamos sentimos el clima parecido a aquí, creímos que
estábamos en Salta, pero luego nos dijeron que era Jujuy, ahí nos
condujeron al Batallón de Montaña nro.20, era de un grupo del ejército,nos acondicionaron la enfermería y allí nos alojaron y empezamos a
sufrir el rigor del hambre, nos daban siempre lentejas con mondongo.
Estuvimos como entre 12 o 15 días, de pronto se presentaron
miembros de la cancillería y del ministerio del interior ofreciéndonos si
queríamos asilo, para ese entonces nosotros sabíamos como estaba el
régimen en Argentina, si nos exiliaban era para luego tirarnos en el Río
de la Plata, fue la segunda vez que sentí que iba a morir. Los que se
acogieron al asilo fueron los dos almirantes y Baella Tuesta, nosotros no,
los que éramos de izquierda no aceptamos eso, luego vienen otros
miembros del ministerio del interior y cancillería y nos empezaron a
llamar por lista, a Apaza, Pacho, Hugo Blanco y Díaz Chávez los
trasladaron a Buenos Aires, yo pensé que no iba a verlos más, luego nos
trasladaron a nosotros también a Buenos Aires, llegamos a unaeropuerto que no era Ezeiza, parecía un base militar, cuando
estábamos llegando a nuestro destino vi. por la ventanilla el nombre de
una calle “San José”, creo que era una dependencia de policía, allí nos
alojaron en celdas individuales, por las noches escuchábamos gritos,
como de gente que era torturada, ahí tuve la tercera sensación que iba a
morir, las celdas eran estrechas y altas y tenía una ventilación en el
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techo, ahí tuve una bronconeumonía por el frío, me vio un médico una
sola vez”.
Continuó diciendo que, “….casi al final de nuestra estadía allí
llegó un representante de ACNUR, a mi particularmente me visitaron
miembros de la embajada cubana y me llevaron ropa, yo estaba con lo
puesto desde que nos habían secuestrado, yo había estado hace poco
en Cuba, el miembro de ACNUR hizo gestiones ante el alcalde la prisión,
la noticia de nuestra detención se hizo conocida por la publicación de undiario de Jujuy, entonces desde varios lugares se interesaron por
nosotros, por Hugo Blanco vinieron desde el Embajada de Suecia, por
mi desde la cubana como dije, entonces vinieron desde el Consulado
Peruano a extendernos el pasaporte, que en mi caso me lo retuvieron en
México cuando pedí asilo, yo fui de Buenos Aires a México, fuimos tres,
Humberto Damonte, Díaz Chávez y yo. Hugo Banco estaba casado conuna sueca y pidió asilo en Suecia.
Los que salieron para Europa salieron antes, como Napurí y
Diez Canseco, yo salí después, los almirantes que pidieron asilo
salieron en libertad antes que todos, ellos lo aceptaron ni bien se lo
ofrecieron en Jujuy, y a los dos de Arequipa los trasladaron a algún lugar
del interior del país.
Yo al igual que algunos de mis compañeros era candidato
constituyente por el partido socialista, yo no fui electo en ese momento.
Cuando llego a México me conceden el asilo y estoy allí
hasta fin de año, primero estuvimos en un hotel y luego cada uno fue a
casa de amigos, de quien nos pudiera recibir.
En enero del año siguiente vuelvo a Perú, chequearon en
migraciones si yo podía estar, se fijan si estaba requisitoriado, es decir,si tenía alguna orden de captura.
La persecución durante la época de Morales Bermúdez fue
terrible y para los que habíamos simpatizado con la reforma agraria de
Velazco fue peor.
La confederación estaba disuelta y me dediqué a un negocio
de pesca, fue un año que mi familia vivió de la colaboración de los
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amigos, el dueño de la casa que alquilaba no cobró el alquiler durante
todo el tiempo que yo estuve detenido y fuera del país” .
De igual forma, indicó que tampoco puede reconocer alguna
de las personas que durante su privación tuvo contacto.
Dijo que las personas no se identificaron ni con nombre ni
jerarquía, solo indicaron que eran funcionarios de Cancillería, Jefatura
del Ejército y del Ministerio del Interior.
Al serle exhibido el legajo de fotografías del Regimiento deMontaña 20 (reservado en el tribunal), dijo que estuvo en Jujuy, pero que
no puede reconocer puntualmente ninguna de las fotografías, e indicó
que estuvo en el aeropuerto donde fueron llevados directamente al
regimiento, y que sabe que estuvo allí porque así les fue informado y que
en el regimiento fueron alojados en la enfermería.
En cuanto al pasaporte que les fue entregado y al exhibírseleel pasaporte reservado en autos respecto de Ricardo Napuri, indicó que
era similar.
Al serle exhibido el legajo de fotografías del personal del
Regimiento 20, reconoció a la persona que aparece como número 42 bis,
quién sería el que los recibió en el aeropuerto del Cadillal, y dio el detalle
que cree que fue el odontólogo porque a Letts lo trataron por una muela.
Finalizó su declaración señalando que “ para que esto
ocurriera tuvo que haber un acuerdo entre el gobierno de Morales
Bermúdez y Videla, de otra forma no hubiera sido posible” (fs. 177/179).
c) Humberto Damonte Larrain, al momento de los hechos
era presidente del Comité Directivo de la revista Marka, presentó un
escrito en el que comenzó su relato con el contexto político queatravesaba en mayo de 1978 el Perú, donde la dictadura militar presidida
por el General del Ejército Francisco Morales Bermúdez, según su relato
adoptaba medidas equivocadas y prepotentes, económica y socialmente
erradas, lo que llevaron acrecentar la crisis y movilizaciones y protestas
populares, lo que culminó con un acuerdo de un Paro Nacional Unitario
para el día 22 y 23 de mayo, reaccionando el gobierno el día 20
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declarando emergencia todo el territorio nacional, suspendiendo en
consecuencia las garantías constitucionales, prohibiendo todas las
publicaciones no diarias, así como los espacios periodísticos radiales y
de televisión concedidos a los partidos políticos participantes en el
proceso electoral.
Dijo que el 24 de mayo fue detenido y apresado por la policía
en la calle Moquegua del centro de Lima, y que fue conducido en las
instalaciones policiales de la Av. España y quedó preso junto a decenasde personas y donde reconoció a Hugo Blanco, José Luís Alvarado,
Javier Diez Canseco, Ricardo Letts, Ricardo Napurí y Genaro Ledesma y
Alfonso Baella, fueron trasladados a la base de la Fuerza Aérea en el
Aeropuerto Internacional Jorge Chávez conocido como Grupo Aéreo nro.
8.
Que, también fueron conducidos prisioneros a la base aérealos Vicealmirantes de la Marina peruana, José Larco y Guillermo Faura
Gaig, ex ministros del gobierno de Velasco Alvarado.
Se enteraron que iban a ser deportados a Argentina, que
aterrizaron en Arequipa en la base aérea donde subieron a dos nuevos
prisioneros Justiniano Apaza Ordoñez Secretario General de la
Federación de Choferes del Sur y Valentín Pacho, Secretario General de
la Federación de Trabajadores de Arequipa.
Que, fueron entregados por la policía peruana al ejército
argentino, sin pasaportes, con la ropa puesta, sin dinero.
Del aeropuerto fueron conducidos a un cuartel militar situado
en las afueras de Jujuy, donde fueron alojados en la enfermería a los
civiles y en el casino de oficiales a los dos marinos.
Expresó: “Durante nuestra permanencia en el cuartel militar de Jujuy cada uno de nosotros firmó un documento donde constaban
nuestros datos personales, nombre y apellido, estado civil, profesión u
ocupación (…) Además se los pidió que hiciéramos constar la razón por
la cual creíamos que el gobierno peruano nos había deportado y si
deseábamos permanecer en Argentina o preferíamos dirigirnos a otro
país. En lo personal yo indiqué que prefería regresar inmediatamente al
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Perú, que no tenía ningún temor en hacerlo y que, de no ser posible ese
deseo podía quedarme en Argentina siempre y cuando fuera en la
ciudad de Buenos Aires.
El 29 de mayo llegó a Jujuy desde Buenos Aires una
comisión de funcionarios del gobierno argentino conformada por el
Secretario del Ministerio del Interior, el Viceministro de Relaciones
Exteriores y un señor del Departamento de Migraciones, quienes
procedieron a tomar nuestras huellas dactilares y demás datos deidentidad, nos volvieron a interrogar sobre las razones de nuestra
deportación, nuestras ideas políticas y nuestros deseos de quedarnos o
salir de Argentina” .
Manifestó: “… funcionarios de la policía de Jujuy quisieron
que aceptáramos asilo político en esa ciudad, algo que no habíamos
pedido y no lo aceptamos. El sábado 3 de junio, luego de que la policíainsistiera en que firmáramos una renuncia a un asilo en Jujuy que nunca
habíamos pedido, fuimos llevados los seis prisioneros al aeropuerto y
embarcados en un avión de la policía con destino a Buenos Aires. En
esta ciudad fuimos recluidos en los calabozos de la policía argentina en
la calle Moreno. Allí encontramos a Hugo Blanco y a Ricardo Díaz
Chávez.” .
Continuo diciendo en relación con el pasaporte que: “La
embajada peruano nos entregó pasaportes. La embajada de México nos
dio visa a todos los que se lo solicitamos y las autoridades argentinas
nos permitieron llamar por teléfono para obtener pasajes para otro país
que no fuera el Perú. Cada cual hizo gestiones para obtener los pasajes
aéreos sin poder llamar al Perú dado que no había convenio con
Argentina para ese efecto. En los días siguientes Hugo Blanco salió paraSuecia, Napurí, Ledesma, Letts y Diez Canseco para Francia y los
últimos en poder salir fuimos, Ricardo Chávez, José Alvarado y Damonte
Larraín” .
En lo que respecta a los funcionarios que los entrevistaron en
Jujuy, dijo que no los podría reconocer.
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Dio detalles en el lugar donde fue mantenido detenido en la
dependencia policial de la calle Moreno 1417 de la Policía Federal
Argentina, en el cuarto o quinto piso, que estuvieron alojados en celdas
individuales pequeñas, sin baño, sin ventilación, mala alimentación.
Señaló que “…la celda donde se encontraba era una zona bastante
aislada . Eventualmente escuchaba voces y a veces gritos de dolor,
(…..)También cerca había una habitación, sin celdas, con presos con
ciertos privilegios, y por lo que puedo hablar con ellos estaban detenidosahí aparentemente por delitos económicos” .
Relacionado con el otorgamiento del pasaporte, indicó que
se lo entregaron en el recinto donde estaba detenido en la policía de
Buenos Aires, y que a foto se la tomaron en Jujuy.
En cuanto a la fecha en que salió del país, señaló que del
registro migratorio estampado en el pasaporte surge que fue en fecha 12de Junio y que lo hizo junto con Ricardo Díaz Chávez y José Luís
Alvarado con destino a México, y que los pasajes los pagó el Instituto
Cubano del Libro a raíz de los contactos comerciales que mantenía con
el organismo cubano. Por último, y al exhibírsele las fotografías del
Regimiento de Montaña 20 de Jujuy, reconoció la fotografía identificada
como nro 7 “enfermería” como el lugar donde estuvo alojado (fs.
180/184 y 185/7).
d) Ángel Hugo Blanco Galdos, declaró: “Yo estuve exiliado
de Perú muchos años, retorné una vez y al poco tiempo volví a
exiliarme, luego como se produjo acá un paro general que sacudió el
ambiente, el presidente llamó a asamblea constituyente, mis
compañeros me pusieron en la lista de candidatos, por eso puderegresar en 1978. Había un espacio gratuito de propaganda electoral en
la televisión y antes de que me tocara hablar, se había producido un
“paquetazo” un alza notoria en los precios de los productos de primera
necesidad, eso estremeció al pueblo y la confederación de trabajadores
de Perú convocó a un paro de 48 hs., luego me tocó ir a la televisión en
el espacio de publicidad electoral, yo estaba deprimido por la situación
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del país, yo dije que el pueblo había sufrido un gran golpe que fue el
paquetazo, planté cual era la solución, que todos debíamos luchar
juntos, y la confederación de trabajadores de Perú convoca para el paro,
digo que todos tenemos que estar ahí, a eso convoqué al pueblo, yo me
voy a mi casa luego de este programa, y antes de que pasaran 5 hs., la
policía rodeó mi casa y me capturó y me condujo a la estación de policía.
No recuerdo cuantos días estuve allí, trajeron a muchos
compañeros de izquierda, de distintos partidos, como Napurí, Diez Canseco, Ledesma y otros, después nos llevaron a lo que se llama el
grupo 8, el aeropuerto militar de Perú, también llevaron a dos almirantes
ex ministros del gobierno de Velazco Alvarado, allí nos enteramos que
nos llevaban a Argentina, nos choca esto porque sabíamos de la
situación de Argentina con la dictadura militar, nos resistimos, por eso
nos arrestaron al avión militar y nos esposaron a los asientos del avión.Luego de ello, hicimos una escala en Arequipa para recoger
a dos compañeros más, Apaza y Pacho, luego el avión aterriza en Jujuy,
un oficial argentino nos gritó “ustedes son prisioneros de guerra”, nos
llevaron al cuartel y nos alojaron en una habitación a todos juntos.
Luego de transcurridos unos días, nos dijeron que
quedábamos libres, yo me resistí salir, que si me querían matar que lo
hicieran en prisión, yo dije que tenía asilo en Suecia, que no quería estar
en Argentina por la dictadura.
A los almirantes y al periodista Baella Tuesta y a mí, nos
mandaron a Buenos Aires en una avioneta, yo no volví a ver a ninguno
de los que trasladaron conmigo, a mi me llevaron a los calabozos de
policía, yo ya los conocía porque había estado preso allí antes, era un
lugar como el que aquí conocemos como de la policía secreta.Yo había estado allí por el año 1971/72, a los pocos días de
estar allí llegaron los compañeros que habían quedado en Jujuy,
estuvimos todos juntos, hasta que al final vino el embajador peruano, me
dio un pasaporte y salí para Suecia, no recuerdo en que fecha fue eso,
sí fue antes de que se realizaran las elecciones en Perú y durante el
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mundial de fútbol de Argentina, yo no estuve en las elecciones, en ese
momento estaba exiliado en Suecia” .
Al serle preguntado si existió algún documento oficial que
dispusiera el traslado y/o expulsión y/o deportación de la totalidad de los
ciudadanos peruanos que llegaron al país en la forma que relata,
respondió que lo desconocía.
En cuanto a su estadía en el Regimiento de Montaña 20 de
Jujuy, indicó que “nos trataron bien dentro de todo”.Que fueron alojados en la dependencia policía en Buenos
Aires, respondió: “era un pasadizo donde había celdas, esta vez cuando
ya estaba con mis compañeros podía salir de la celda, antes de que
ellos llegaran no recuerdo si estuve en una celda solo” .
Al serle preguntado para que precise en que circunstancias
se le otorgó el pasaporte a su nombre con el cual salió de Argentina,respondió: “no recuerdo si fue el cónsul o el embajador a la prisión a
hacernos el trámite, mi nombre estaba solo como “Hugo”, yo le digo que
era “Ángel Hugo” y esta persona lo arregla en el pasaporte, ese
pasaporte ya no lo tengo, antes cuando uno pedía uno nuevo o lo
renovaba, aquí se quedaban con el anterior” .
Agregó que al momento de regresar al Perú asumió el cargo
de diputado constituyente, porque ganó en la convención constituyente,
pero como en Perú no lo dejaban volver, inició una gira por España, y
toda Europa denunciando eso, y como eso ocasionaba desprestigio para
el país, lo dejaron volver.
Al exhibírsele el legajo de fotografías del Regimiento de
Montaña 20 para que reconozca el lugar, respondió: “solo recuerdo el
interior de ese lugar, parecía una residencia de oficiales, una sola vez nos dejaron salir a un espacio abierto” .
De igual forma, al exhibírsele un legajo de fotografías de
militares del Regimiento Nro.20, no reconoció a nadie.
Por último, señaló “….que fue correcto que hiciéramos
resistencia física antes de ser metidos al avión en Perú porque ese
escándalo hizo que se conociera la noticia y se conociera en Perú
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nuestra situación, y también que fue una suerte que un periodista tomara
una foto del avión en Jujuy y así se conoció nuestra situación, trascendió
nuestra detención” (fs.188/190).
e) Genaro Alfonso Ledesma Izquieta, declaró “Como
profesional del derecho, especialidad laboral, estoy en permanente
contacto con los sindicatos mineros. En 1976 juntamente con Ricardo
Napurí nos constituimos en el asiento minero de Marcona, de propiedad de la empresa norteamericana Marcona Mining, que producía cobre de
alta calidad, pero que no permitía que en dicho asiento minero funcione
un sindicato, entonces Napurí y yo, que ya éramos candidatos a la
asamblea constituyente de 1978, nos constituimos al centro minero
mencionado y procedimos a llevar a cabo la asamblea general de
trabajadores para formar el sindicato de obreros mineros, eso lohacíamos a la medianoche porque la compañía no nos permitía entrar a
hablar con los mineros, lo hacíamos a escondidas de la compañía, y
nosotros en cierto modo como éramos candidatos intentamos que
formaran el sindicato, hicimos la asamblea, se formó el sindicato y
volvimos a Lima.
Mas o menos cuando eran las 6 de las tarde, cada uno
se volvió a su casa y me encuentro que en la puerta de mi vivienda me
esperaba un grupo de policías, que de inmediato me llevaron a una
prisión preventiva de la Av. España, donde funcionaba la Prefectura de
Lima, el cuarto piso estaba habilitado para las detenciones, a poco rato
veo que hacen ingresar también a Napurí y a otros, candidatos y
dirigentes sindicales, y así pasamos esa noche y el día siguiente en ese
lugar, aumentaba el número de detenidos y cuando eran las 7 de lanoche, entraron varios policías a la cuadra donde estábamos, llamaron a
13 personas entre los que estaba yo, Napurí y otros más, y nos bajaron al
primer piso para tomar un bus que nos llevó al grupo aéreo nro.8, aledaño
al aeropuerto internacional Jorge Chávez, el bus que nos tuvo detenidos
entró hasta la pista de aterrizaje, allí encontré a dos almirantes de la
marina peruana, que tenían también la calidad de detenidos, y que
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conforme a su reglamento los detenidos de alta graduación podían ir con
su uniforme de gala.
Yo me conocía con ellos, el más extrovertido me dice
“que bien, el gobierno nos premia con un viaje a Buenos Aires para ver el
campeonato del mundial de fútbol de 1978”, al escuchar al almirante
Faura, empezaron a protestar Napurí y Ricardo Letts, que no aceptaban ir
porque Letts estaba amenazado por la Triple A, no queríamos a ir a
Argentina porque conocíamos del régimen dictatorial de Videla.Como a las 2 de la madrugada llega al grupo aéreo
gran cantidad de policías con cadenas, y comenzaron a subirnos a un
tremendo Hércules, a la fuerza, el primero que subió fue Letts que gritaba
y lo subieron como 8 policías, luego lo subieron a Napurí, que también
hacía esfuerzo por resistirse, y así los trece seleccionados fuimos subidos
al Hércules y cada uno de los presos fuimos amarrados por las cadenasal asiento del avión”.
Continuó diciendo que el avión había aterrizado en Arequipa
y lo hicieron subir a dos dirigentes sindicales, uno era Valentín Pacho,
secretario general de la CGT, y otro dirigente de los choferes.
Dijo, el avión aterrizó en el aeropuerto de Jujuy y que los
policías peruanos procedieron a quitarles las cadenas, y en el extremo
del aeropuerto había un grupo de militares que eran del Regimiento de
Montaña, era un grupo antiterrorista. Manifestó: “Los policías peruanos
nos entregaron al jefe, una persona alta y robusta, y firmaron el cargo de
habernos recibido, los peruanos volvieron a la nave y regresaron a Perú.
El jefe de los militares argentinos nos recibió con mucha dureza
diciéndonos “el Ejército Argentino los recibe en calidad de prisioneros de
guerra”, son palabras textuales, yo le repliqué “El Perú no está en guerracon Argentina, por lo tanto no podemos ser prisioneros de guerra” y con
toda severidad el comandante me dijo “Silencio, y suban a los camiones” .
Agregó que habían dos camiones del ejército argentino, en
cuya parte delantera había soldados con metralletas y en la parte
posterior también, y que habían camiones con soldados armados con
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metralletas en camiones aledaños que apuntaban hacia el camión donde
ellos se encontraban.
Siguió diciendo “ empezó la marcha hacia el cuartel de
montaña de Jujuy, atravesando la ciudad de Jujuy en un espectáculo
impresionante, marchábamos nosotros en el camión y a nuestro lado iban
los soldados argentinos listos a disparar su metralleta, luego cuando
terminó de cruzar la ciudad, ingresamos hacia un patio al fondo del
cuartel, ahí nos dijo el comandante que íbamos a permanecer todo el tiempo que fuera necesario, y nos dijeron que por ahí cerca había unos
dormitorios de los soldados, nos habilitaron para estar cuatro en cada uno
y que nos iban a dar el rancho del ejército como en efecto así ocurrió,
pero separados los trece peruanos del resto de la tropa. Luego
comenzaron a tomarnos declaraciones, uno por uno, terminada esa etapa
que duró casi una semana, eran interrogatorios muy largos, en razón deque la acusación que por la que habíamos sido deportados era muy larga,
cargos infinitos, terminada la interrogación, otro jefe militar nos dijo hasta
aquí llega la intervención del ejército, ahora pasan a estar en manos de la
Policía Federal.
Así ocurrió efectivamente, y la PFA nos trasladó vía aérea a
Buenos Aires, llegando allí a dependencias de la PFA nos subieron al
piso 11, y nos introdujeron a celdas individuales desocupadas, pero que
demostraban que habían sido ocupadas por personas que estuvieron en
la antesala de la muerte, porque en las paredes de las celdas había
expresiones de angustia, tales como “ayúdame Dios mío” “soy inocente”
“reclamo por mis hijos menores”, llamándome la atención que no existiera
ninguna frase altisonante, por ejemplo “viva el comunismo” “viva la
revolución “ “vivan los montoneros”, más bien eran frases de despedida,luego se apagaron las luces y quedamos en tinieblas, previamente nos
despojaron de reloj, lapiceros, cordones de los zapatos, cinturón.
Fue un tiempo en el que no sabíamos que hora y día eran,
hasta que de nuevo se prendieron las luces y nos hicieron salir a un
pequeño patio para que tomáramos alimento, hemos salido con gran
desesperación para comer porque estuvimos días sin comer, nos
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pusieron unas ollas con tallarines helados, imposibles de comer, dejamos
las ollas y volvimos a las celdas con sensación de hambre, nuevamente
se apagaron las luces y quedamos en tinieblas.
Poco tiempo después volvió la misma ceremonia de
almuerzo, no pudimos ingerir nada porque era algo imposible de comer,
los fideos se habían ya malogrado, por suerte la mamá de Napurí, que es
argentina, anoticiada de la situación, pudo llevar a su hijo un poco de
pan y con ese pan paliamos el hambre.Luego se presentó un funcionario de la embajada peruana y
argentina que sabían que estábamos en Bs.As., llevándonos algo para
comer, luego se volvieron a repetir las declaraciones, pero ya se puso en
marcha la solidaridad internacional, que proviene de un hecho insólito,
cuando el avión Hércules aterriza en Jujuy, un periodista le toma foto, era
lago insólito, y al día siguiente sale en lo diarios que un raro avión peruano está en Jujuy, y ahí empezó la preocupación política.
Nuestros familiares avisaron a las delegaciones de derechos
humanos, desde París hubo un emplazamiento al gobierno argentino para
que nos dejen en libertad, a lo que el gobierno argentino se negó, y ante
la insistencia de Paris, el gobierno de Videla aceptó ponernos en libertad
con la condición de que Francia compre nuestros pasajes, esa condición
fue aceptada, los pasajes fueron comprados por la comisión de derechos
humanos en París en Air France, el gobierno argentino demoró nuestra
libertad y al final llegó la orden de que el gobierno nos bote, nos arroje de
la Argentina, fuimos sacados a eso de las 6 de la mañana y llevados al
aeropuerto de Ezeiza, a un rincón para parecer desapercibidos, cerca de
las cinco de la tarde nos llevaron a una nave de Air France que estaba
por salir a Paris, nos formaron en fila de uno y cada uno de los presosque salíamos rescatados, nos subieron a la nave y entre improperios
feroces nos arrojaron dentro de la nave, esto alarmo al capitán de la nave
que miraba atónito lo que pasaba y dijo en francés, que entendimos, que
los miliares argentinos eran muy torpes, y para demostrar la hospitalidad
de Francia, que estábamos en territorio francés, llamo a la azafata y pidió
champagne para nosotros.
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Son ironías imborrables, no teníamos para comer en
Argentina y nos estaban dando champagne francés, nos parecía algo
increíble.
Al salir a Francia, nos salvamos del lanzamiento que Morales
Bermúdez y Jorge Rafael Videla habían acordado, que era el
lanzamiento de una persona al mar desde un avión en vuelo, por lo cual
no quedaba resto alguno, ese sistema debía aplicarse con nosotros, lo
que aprovechó Videla de aceptarnos como prisioneros de guerra con lacondición de que Perú le permita el triunfo de Argentina en el
campeonato mundial de fútbol, porque esto tenía importancia para Videla,
necesitaban ese triunfo para limpiar la mala imagen de Argentina en el
mundo.
En mi caso se me atribuyó ser un fomentador de huelgas
mineras, esas huelgas producen el 50% de las divisas, entonces el gobierno de Morales Bermúdez se quejaba que había déficit fiscal a
causa de las huelgas, pero las huelgas no eran por caprichos ni de los
obreros ni de mi persona.
En la época de Velazco se había creado la comunidad
minera y había otro tipo de distribución de las regalías, Morales
Bermúdez anula ese sistema y ahí empiezan los problemas.
Yo era un perseguido en Perú a causa de mi asesoramiento
jurídico a los sindicatos de obreros mineros, la protesta venía a causa de
los actos de Morales Bermúdez.
Llegamos a Paris, fuimos recibidos en el aeropuerto por
compañeros y deportados que estaban allí, chilenos, argentinos,
uruguayos, de gente que estaba en la misma situación que nosotros, la
comisión de derechos humanos de la ONU nos ayudó junto con ellos asobrevivir.
Ante la brutalidad de la detención en Perú y el peligro de
perder la vida en Argentina decidí en París buscar trabajo, para lo cual se
necesitaba aprender francés, la comisión de derechos humanos de la
ONU había habilitado academias gratuitas que generosamente nos
enseñaban el francés, en el mes de Julio de 1978al dirigirme a la
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academia, leí en un kiosco de periódicos en el diario L’Monde, que se
realizaron las elecciones en Perú para la asamblea constituyente,
señalando que el partido Aprista había ganado la presidencia y mayoría
de escaños, luego lo que significaba una novedad, mi agrupación política
llamada “Frente Obrero campesino Estudiantil del Perú” se había
convertido en la primera fuerza de la izquierda al haber obtenido 14
diputaciones, y entre los elegidos estaba yo, me eligieron en ausencia.
En estas condiciones, tuve que regresar al Perú, ya en usode mi investidura legislativa y con todos los honores del caso, hice vuelo
de París a Lima, siendo recibido en el aeropuerto internacional con una
enorme multitud premiando así mi elección parlamentaria a pesar de la
deportación y de la torpeza con la que habíamos sido tratados, me
incorporé al congreso hasta concluir relatar la constitución de 1979 y
posteriormente participando de las elecciones generales de 1980, en quefui elegido Senador de la República, a partir de allí no he tenido ya
mayores problemas con los gobiernos subsiguientes” .
Al serle preguntado si recordaba quienes fueron los que los
sometieron a los interrogatorios que mencionó, respondió: “fue en Jujuy y
eran militares uniformados los que nos interrogaron, no se presentaban
formalmente, y otra vez ya fue en la policía en Buenos Aires, y en las
mismas condiciones”; señaló que en el momento de sus declaraciones vio
que tenían su historia, sus antecedentes, como legajos personales.
En lo que respecta al tema del pasaporte a su nombre indicó que
“el pasaporte se extendió en Buenos Aires, la embajada peruana tuvo
que darnos un pasaporte a cada uno y para eso ellos fueron hacia donde
nosotros estábamos detenidos” .
Al exhibírsele el pasaporte de Napurí, indicó que era similar al que le entregaron.
De igual forma, al exhibirle el legajo de fotografías
correspondiente al Regimiento de Montaña 20, reconoció la fotografía
que reza “Entrada Unidad Av. Caídos por la Patria”, “edificio Nro. 2
Alojamiento de Tropa”, la que dice “Alojamiento Nro.3 de Tropa”, Edificio
Nro13 Comedor de Tropa.
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Al serle exhibido el legajo de fotografías de militares
correspondiente al Regimiento de Montaña 20, respondió: “tal vez podría
ser el de la fotografía nro.2 uno de los que vimos allí, la nro. 8 también
podría ser y la nro.9 también, posiblemente haya visto al nro.31, el Nº.48
podría ser uno de los que nos tomó declaración; tal vez la nro.68
también, la nro. 90 también puede ser como uno de los que vi, la nro. 94
también, la nro.102 también puede ser, la nro.107, posiblemente el
nro.111” (fs. 191/203, 234/399).Por último, expresó “que en defensa de los derechos
humanos y de la persona humana y ante los delitos perpetrados por
Francisco Morales Bermúdez, solicito honorable Poder Judicial de
Argentina, que dicten orden de arresto contra Francisco Morales
Bermúdez…” (fs.198/203).
f) Raúl Alfredo Wiener Fresco, declaró como testigo
propuesto por la querella.
En tal sentido y sobre los hechos investigados declaró: “mi
profesión es periodista e investigador, conozco a Ricardo Napurí desde
1974 en forma personal, antes lo conocía como dirigente político,
también conozco a la mayoría de los que fueron deportados, con
excepción de los dos almirantes.
Yo tenía una militancia política con Ricardo Napurí, pero en
el año 1978 ya no militábamos juntos, en mayo de 1978 hubo un paro
nacional en el país y fue el segundo luego de uno que se produjo en
Julio de 1977, este último paro produjo a las pocas semanas de su
ejecución, el levantamiento del estado de emergencia y toque de queda
que en Perú llevaba un año, y también el llamado a una asambleaconstituyente. El paro de Mayo de 1978 duró 48 hs. y fue más intenso
aún que el anterior aunque con menos impacto político.
La detención y posterior expulsión del país de estas trece
personas fue una respuesta al paro nacional, todos eran personas con
actividad pública, ninguno vinculado a actividad subversiva alguna, y
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varios eran candidatos a la asamblea constituyente, entre ellos Ricardo
Napurí.
Yo me entero de estos hechos porque la familia de uno de
los deportados, de Ricardo Letts, me lo comunica en un momento en
que no sabíamos que había pasado con ellos, es recién cuando hay una
noticia del exterior que nos enteramos que estaban en Argentina, y bajo
riesgo porque estaban en una dependencia militar y que la detención era
de naturaleza militar.En ese momento no había ningún medio de comunicación en
Perú como para hacer una denuncia porque la revista de izquierda de
esa época, la revista Marka, fue clausurada en la fecha de la detención,
Letts y Damonte eran sus directores, e incluso también se cerró el
periódico “El tiempo” cuyo director, Alfonso Abella Tuesta también fue
deportado.Lo que hubo a continuación fueron pronunciamientos de
sindicatos, de organizaciones políticas, respecto de quienes estaban en
Argentina en una situación equivalente a un secuestro, y luego por la
presión internacional y en las vísperas del campeonato mundial de fútbol
se los expulsa de la Argentina, y varios de ellos luego regresan como
constituyentes por haber sido electos, entre ellos Diez Canseco,
Ledesma, Blanco y Napurí.
Yo lo que tengo para decir es poco. En este caso también
estuvo involucrado el Señor Cesar Lévano que no fue deportado porque
estaba enfermo, hicieron una huelga de hambre y eso provocó que no lo
deportaran, la resistencia a la deportación fue muy fuerte y los sacaron
en vilo y encadenados a los asientos del avión, y durante el viaje no les
permitieron ni hacer sus necesidades fisiológicas, por eso ellos temían por sus vidas.
He participado de eventos donde estuvieron Blanco, Diez
Canseco y Ledesma donde denunciaron este hecho, este hecho es de
cuando la jueza italiana abrió un proceso contra Morales Bermúdez,
ellos ahí denunciaron su secuestro como parte del plan cóndor, que aquí
en Perú se entiendo que tuvo tres momentos, secuestro desaparición y
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asesinato de un ciudadano argentino Maguid en 1977, el secuestro de
los trece peruanos que aparentemente iban a ser parte de un
intercambio de prisioneros que llevarían de aquí a Argentina y desde allí
hacia Perú, y finalmente lo que ocurre en 180 cuando se captura a
militantes montoneros en Perú y se les tortura y luego aparece muerta
la Sra. Molfino muerta en Madrid, Molfino habría dado hospedaje aquí en
Perú a militantes montoneros.
Para concluir quisiera decir que este es un proceso querequiere ser estudiado de esta manera, en Perú hubo un proceso militar
entre 1968 a 1975 que era bastante distinto en su forma y orientación
con respecto a las llamadas dictaduras del cono sur, y este gobierno
militar entendía que la forma de afrontar la paz social era haciendo un
conjunto de reformas” .
Expresó que en el año 1975, se produjo el relevo del Gral.Velazco por el Gral. Morales Bermúdez, aparentemente por razones de
salud del primero y en una suerte de continuidad del régimen por
Morales Bermúdez, pero que no fue así porque se rompió la continuidad
del proceso anterior y se iba cambiando la correlación política dentro del
régimen en particular desde Julio de 1976 en que se debían adoptar
medidas económicas muy duras y se produjo una convulsión social y
conspiración de velazquistas que fueron enfrentadas con el estado de
emergencia, persecución, que le costó la vida a muchas personas.
Dijo que “había dos ex ministros deportados que eran los
más hostiles a Velázquez y José Luís Alvarado que era un dirigente
gremial que luego fue como activista político asociado al gobierno de
Velazco, lo que se producía en Mayo de 1978 era la consumación del
cambio político y un cambio en el sistema de alianzas internacionales, y eso va a tener implicancias importantes para el Perú cuando aquí se
inicia una etapa de violencia” (fs 204/6).
g) Edmundo Dante Levano La Rosa –periodista-, declaró
“En Mayo de 1978 hubo una redada de personajes de la izquierda
peruana, así como de periodistas vinculados a la izquierda, de diversos
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matices, yo fui uno de los presos, yo era periodista y dirigía un
semanario, y cuando se produce esta redada yo padecía de unos
cálculos renales muy dolorosos (…..) me iban a operar. Esto fue un
viernes y el sábado a la madrugada viene la policía y me llevan preso.
Yo les hice notar mi estado de salud (….) pero me llevaron igual. Me
llevaron a la Prefectura de Lima allí había entre 30 o 40 detenidos
políticos, gente de izquierda muy notoria (…..) entre ellos una persona
destacada como Ricardo Napurí que tenía entonces militancia troskista” .Que, sus problemas hicieron que sus compañeros debido a
su delicada situación, hicieron una huelga de hambre, lo que motivo que
lo condujeran directamente al hospital y que esa actitud solidaria de sus
amigos hizo que salvara su vida. Señaló “El hecho de que los presos
fueran peruanos, que no habían cometido delito alguno en Argentina y
en algunos casos, como el mío tampoco conocían Argentina, no había justificación para que los mandaran allí, salvo el hecho de un convenio
entre los gobiernos del Gral. Morales Bermúdez y el Gral. Videla, no hay
justificación jurídica ni política para mandarlos a Jujuy” .
Por último señaló “….no existían organizaciones de derechos
humanos en Perú en aquella época, la actuación de esos organismos
aquí es mucho más reciente y se remonta a la época del gobierno de
Fujimori. Si bien las personas eran detenidas por motivos políticos
durante el gobierno de Morales Bermúdez, uno sabía donde estaban, no
desaparecían como ocurría en Argentina, además la justicia estaba muy
sometida en la dictadura así que era en vano hacer denuncia alguna.
Las personas que fueron detenidas, justamente era quienes
denunciaban las situaciones que ocurrían en las dictaduras de Chile,
Argentina, y detenerlas era una forma de neutralizarlas, y justamente por eso, cuando nos enteramos que íbamos a Argentina sabíamos que
nuestra vida corría serio peligro” (fs. 207/9).
h) Edmundo Cruz, dijo que investigó el secuestro en Lima de
montoneros ocurridos entre el 12 y 13 de junio de 1980, que había sido
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parte de una operación coordinada entre los gobiernos de Perú y
Argentina.
En el año 1998 se interesó en investigar el secuestro a raíz
de las investigaciones que estaba llevando adelante el Juez Baltasar
Garzón en España por delitos de lesa humanidad que se había cometido
en Argentina durante la dictadura militar.
Manifestó: “Me aboque a reconstruir estos hechos en base a
dos fuentes, la información periodística de esa época y los actores civilesy militares peruano… Estas personas integrantes de montoneros había
participado en el equipo combinado de agentes argentinos y peruanos
que llevaron a cabo el secuestro (…) las autoridades peruanas revelan la
existencia de un documento emitido por la Migración de Desaguadero
dependiente del Ministerio del Interior de Bolivia, que bajo el rótulo de
constancia de extrañamiento, documenta la entrega de dichas personaspor parte de las autoridades peruanas a las bolivianas, la cual se
encuentra fechada el 17 de junio de 1980 y cuya copia aporta en este
acto”.
Indicó que esa constancia es un documento que esta
mencionada en el comunicado publicado el día 20 de junio de 1980 en
los periódicos “El Comercio” y “El expreso” y que fue reconocido por las
autoridades peruanas.
Expreso que el documento habla de cuatro personas que
fueron secuestradas en Lima (fs. 220/221).
i) Ricardo Letts Colmenares, adjuntó un testimonio por
escrito que reza “El escenario general, los hechos, las responsabilidades
penales”, donde explica el escenario general que se daba en Perú en elaño 1975 en adelante, cómo fue secuestrado junto a Napurí, Diez
Canseco, Ledesma Izquieta, entre otros, su alojamiento en el RIM 20 de
Jujuy y en dependencias de la PFA en la calle Moreno, hasta que fue
deportado de Argentina –fs.223/227-; asimismo, adjuntó las cartas
dirigidas al Cuartel del Regimiento de Montaña Nº 20 San Salvador de
Jujuy fechado el 2 de junio de 1978; una nota dirigida al Señor Jefe de la
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División Migraciones, Inspector Mayor Taboada; y también acompañó
un relato día a día entre el 1 y 6 de Junio de 1978, de todo lo que
acontecía durante la detención padecida tanto en el RIM 20 como en
dependencias de la Policía Federal Argentina.-
Todas las constancias acompañadas efectúan un relato
de lo que aconteció durante el tiempo que permaneció detenido en la
República Argentina hasta su salida del país.-
J) Marcelo Ricardo Roitbag, funcionario de la Dirección
Nacional de Migraciones, compareció a brindar explicaciones en función
de las constancias que surgían del expediente nro.110.977/78 y de las
constancias que resultan de los pasaporte peruanos reservados en
Secretaría de Ricardo Napurí Schapiro y Humberto Damonte Larraín, en
los cuales, a fs. 10 de los mismos, se hace referencia al expedienteantes mencionado, cuya nota de fecha 7 de Junio de 1978 es suscripta
por el Director Nacional de Migraciones por entonces, Cnel. Retirado
Remigio Azcona. En relación a ello, Roitbag señala que en el expediente
lo que constan son “habilitaciones de salida del país” de distintas
personas, entre las cuales deberían estar las asentadas en los
pasaportes de Napurí y Damonte, dado que ese expediente corresponde
al día 7 de Junio de 1978; señala que ese tipo de actuaciones en la
actualidad se encuentra digitalizada. En relación a la ausencia de la
autorización en el expediente mencionado respecto de Napurí y
Damonte, y lo asentado en sus respectivos pasaporte, señaló Roitbag
que “en ese caso se habrá querido dar viso de regularidad a la
salida del país de los nombrados, cuando incluso su ingreso al país
habrá sido en forma irregular…..” .-
V.-
Análisis de los hechos y pruebas
De las constancias reseñadas y detalladas, me encuentro en
condiciones de afirmar que el hecho denunciado por la querella,
ocurrió bajo las circunstancias narradas.
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El devenir de la investigación permite sostener que los
ciudadanos peruanos fueron víctimas en mayo de 1978 –mediante la
privación ilegítima de su libertad-, del sistema de represión
clandestina impartido en el gobierno peruano a cargo de Morales
Bermúdez, con el aval y colaboración por parte del gobierno dictatorial
Argentino a cargo de Jorge Rafael Videla, ello en el marco del
denominado Plan Cóndor.
Resultan fundamentales los testimonios brindados por lasvíctimas, en el que son coincidentes en la forma en que fueron
maltratados y trasladados a este país, esposados a los asientos, para
desembarcar en el Aeropuerto Civil Militar de El Cadillal de San
Salvador de Jujuy, y de esta forma ser entregados a los oficiales del
Ejército bajo el rótulo de “delincuentes subversivos del Perú” e
ingresados al Regimiento de Montaña 20.Se ha podido establecer a través de los distintos documentos
y notas periodísticas de la época, que a los ciudadanos secuestrados
se les exigió que firmaran un documento de pedido de asilo político
voluntario, para lo cual de la lectura de las declaraciones surge que se
negaron a firmarlo, pero que independientemente a ello, y
aparentemente por la presión internacional que parece haber jugado a
su favor, les terminaron entregaron pasaportes para culminar con sus
expulsiones a distintos destinos, lo cual se encuentra acreditado no
sólo con los testimonios sino también con los pasaportes de Napurí
Schapiro y Damonte Larraín, y las copias del correspondiente a Letts,
amén de las constancias del expediente nro.110.977/78, el cual revela
la falsedad ideológica de lo asentado en los pasaportes antes
mencionados respecto a la salida del país de los nombrados.-Asimismo, dicho extremo no se condice con la resolución Nº
1221, suscripta por en ese entonces Ministro del Interior, Albano
Harguindeguy (reservada en secretaría) del que surgiría que
solicitaron asilo político los ciudadanos peruanos Faura Caig, Arce
Larco y Baella Tuesta, Apaza Ordoñez, Pacho Quispe, Diaz Canseco
Cisneros, Damonte Larrain, Ledesma Inquieta, Letts Colmenares y
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Napuri Schapiro, al igual que la constancia del 29 de mayo de 1978,
en el que surgiría que Ángel Hugo Blanco y Ricardo Díaz Chávez ante
el ofrecimiento de asilo político, no lo aceptaron.
Por otra lado mediante la nota en fotocopia (reservada en
autos) del 8 de junio de 1978 dirigida a la División Control de
Permanencia (Asilados políticos), se constataron las salidas del país
de los ciudadanos peruanos Ángel Hugo Blanco Galdos y Arce Larco
con fecha 24 de junio de 1978, de Apaza Ordóñez y Pacho Quispeel 12 de julio de 1978; de Napuri Schapiro, Diaz Canceco Cisneros,
Letts Colmenares y Ledesma Inquieta el 9 de junio de 1978; de
Bravo Alvarado y Diaz Chavez el 24 de julio de 1978.
De esta manera, si bien los testimonios brindados por las
víctimas, en cuanto afirmaron no haber aceptado ser asilados
políticos y menos aún haber firmado algún documento que rece“Renuncia al asilo político”, las constancias documentales aportadas
en autos de las cuales surgirían las renuncias en tal carácter firmadas
a nombre de Díaz Canseco, Ledesma Inquieta, Letts Colmenares,
Apaza Ordoñez, Pacho Quispe, Napuri, Alvarado Bravo, Damonte
Larrain, dan cuenta por lo menos de que los nombrados estuvieron en
el país en tiempo que se menciona, más allá de la forma “legal” bajo
la cual se haya querido en aquél momento “disfrazar” o dar viso de
licitud la estancia en el país de los ciudadanos peruanos deportados.
Destáquese como otro elemento de prueba el pasaporte
reservado a nombre de Napurí, el que posee un sello de salida de
Argentina el 9 de junio de 1978 con llegada a Francia, el 10 de junio y
un sello que se lee “… Permanencia prorrogada hasta el día 22 de
junio de 1978…expediente nro. 110.977/78 Buenos Aires 7/6/78
firmado por el Cnel. Remigio Azcona Director Nacional de
Migraciones” que, confrontado con el expediente remitido y
reservado en secretaría, de una lectura total del mismo no obran
registros ni a nombre de Napurí ni de los restantes ciudadanos
peruanos respecto su estadía y salida del país, lo cual se corrobora
con las constancias documentales reservadas en autos (ver
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pasaportes de Napurí y Damonte Larraín); ello, a criterio de este
Magistrado da cuenta de qué forma se trató de justificar la presencia y
salida de los trece peruanos de este país.
Otro indicio que prueba el hecho denunciado, es el
comunicado oficial del Gobierno del Perú por el cual con fecha 25 de
mayo de 1978, ponen en conocimiento a la ciudadanía la decisión de
extrañar a las personas allí indicadas.
Asimismo, lo concerniente a la situación de “asiladospolíticos” es desconocido por la Cancillería Argentina, así como el
Consulado General del Perú, que al ser requerido por esta judicatura
sobre dichos pasaportes expedidos en Buenos Aires, sólo indicaron
que los pasaportes de color verde ha quedado en desuso.
De esta forma no quedan dudas que el hecho ocurrió bajo las
circunstancias reseñadas por el querellante.Al mismo tiempo, y en el marco de los vejámenes que sufrían
los ciudadanos peruanos, la Argentina integraba la Operación Cóndor,
conocido como plan de coordinación de operaciones entre las cúpulas
de los regímenes dictatoriales de Argentina, Uruguay, Chile,
Paraguay, Brasil y Bolivia, llevada a cabo en las décadas de 1970 y
1980.
Dicha operación se sustentaba en un sistema de inteligencia
y de operativos secretos establecidos por los regímenes militares,
para coordinar información de inteligencia con el fin de capturar,
torturar y ejecutar a opositores políticos por medio de operativos
combinados entre los países miembros, y sin perjuicio de que Perú no
haya formado parte “formalmente” de este siniestro cónclave, lo cierto
es que distintos sucesos como el que aquí se investiga y otros tantosque se mencionarán, dan cuenta que los gobiernos de facto de
Argentina y Perú coordinaron operaciones de inteligencia, y
permitieron actividades relacionadas con el secuestro y detención
ilegítima de distintas personas pertenecientes a fracciones políticas
calificadas de “subversivas” para los respectivos regímenes, dentro de
sus respectivos territorios, en un franco acuerdo de cooperación.-
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En este orden de ideas, y si bien el Plan Cóndor fue
básicamente integrado por Chile, Argentina, Brasil, Paraguay,
Uruguay y Bolivia,la documentación reservada y aportada conformada
por las notas periodísticas y copias fotostáticas de documentación
militar reservadas en autos permiten demostrar que Perú cooperaba
proporcionando información de inteligencia.
Los elementos señalados me convencen que Jorge Rafael
Videla, Francisco Remigio Morales Bermúdez y Albano Hargindeguy,no fueron ajenos a la detención y privación ilegal de la libertad de las
personas indicadas a lo largo de esta resolución; y que el hecho fue
cometidos al amparo y mediante la intervención desde ambos
Estados, a través de una práctica generalizada basada en rotular
como delincuentes subversivos a las personas cuyas ideas políticas
no concordaban con la ideología imperante en la época,constituyendo de esta forma una grave violación a los derechos
humanos justamente porque fueron implementados y llevados cabo
desde los Estados y por sujetos que respondían a ese poder.
Por tales razones considero apropiado ordenar el llamado a
prestar declaración indagatoria de Jorge Rafael Videla y Albano
Eduardo Harguindeguy en orden a los delitos de lesa humanidad
señalados, resguardando sus derechos y garantías.
Destáquese que en el caso de Morales Bermúdez, a efectos
de ser oído en declaración indagatoria, habré de disponer su
detención preventiva la que será solicitada con fines de extradición
vía exhorto diplomático, y que será analizada en los puntos
siguientes.
VI.
Delitos de lesa humanidad.
En este orden de ideas considero que corresponde entonces
señalar que el hecho aquí investigado encuadra entre los que han
sido descriptos en el derecho público internacional como “delito de
lesa humanidad” dado que nos encontramos frente a la privación
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ilegal de la libertad y vejámenes sufridos por los ciudadanos peruanos
y por lo tanto atenta contra los derechos humanos, y resulta ser
imprescriptible a la luz de las normas legales vigentes.
Considero que aquí se reúnen dichos extremos toda vez que
las privaciones ilegítimas de la libertad de los ciudadanos peruanos se
han hecho bajo el amparo de un gobierno de facto que se manejó con
total impunidad e ilegalidad deteniendo y manteniendo cautiva a un
sinnúmero de personas, a quienes se los sometió a torturas yvejámenes, por ser opositores al régimen que imperaba para la
época, muchos de las cuales han sobrevivido para testimoniarlo.
De los hechos descriptos, puede inferirse que los motivos que
determinaron el delito investigado se circunscriben a cuestiones de
persecución ideológicas y políticas, cuestiones éstas que rigieron
conforme surge de las distintas notas periodísticas señalados a lolargo de esta resolución, un sinnúmero de detenciones,
desapariciones, torturas, y demás delitos, que se orquestaron a modo
de plan sistemático desde el aparato del Estado durante los períodos
dictatoriales, y el suceso que nos ocupa ocurrió entre el 24 de Mayo
de 1978 y el mes de junio/julio del año 1978 en que los ciudadanos
peruanos fueron expulsados del país.-
Nótese que amén del hecho aquí investigado, fue uno de los
tantos ocurridos en la etapa señalada, ya que además del hecho que
motiva estas actuaciones, es de público conocimiento el caso de
Noemí Esther Giannotti de Mofino, ciudadana argentina perteneciente
a la organización Montoneros que fue secuestrada en Perú y
trasladada en forma clandestina a España donde apareció asesinada;
otro claro caso que da cuenta la participación de Perú en el PlanCóndor es la desaparición de ciudadanos latinoamericanos de origen
italianos durante la dictadura de Morales Bermúdez que habría sido
investigado por una jueza de Roma, quién habría solicitado la
detención de los generales Francisco Morales Bermúdez y de Pedro
Richter Prada- ex ministro, ello, según dan cuenta distintos artículos
periodísticos acompañados en autos-.
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La República Argentina se comprometió con la protección de
los derechos humanos con la suscripción de los siguientes
documentos: 1) Carta de las Naciones Unidas del 26/06/1945; 2)
Carta de Organización de los Estados Americanos del 30/04/1948; 3)
Declaración Universal de Derechos Humanos del 10/12/1948; 4)
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre del
02/05/1948.-
De los documentos citados deriva la obligación del EstadoArgentino de castigar y juzgar los delitos de lesa humanidad
derivados del derecho de gentes o ius cogens, que responde a
normas consuetudinarias cuyo objeto es la protección de valores
aceptados y reconocidos por la comunidad internacional, obligando a
los estados partes suscriptores de dichos acuerdos, a proteger los
derechos humanos allí consagrados.-A título de ejemplo vale mencionar que la Declaración
Universal de los Derechos Humanos enumera un conjunto de
derechos que se reconocen a los individuos, entre lo cuales
corresponde citar:
Art. 2.1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de .opinión
política o de cualquier otra índole....
Art. 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a
la seguridad de su persona.
Art. 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
Art. 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenida, preso ni
desterrado.- La Constitución Nacional consagra la proteccióndel Derecho de Gentes (art. 118), por ende, los documentos antes
referidos y todos los tratados que fueran incorporados por la reforma
constitucional de 1994 como integrantes de la Carta Magna a través
del art. 75 inc.22, entre los que resulta también pertinente resaltar la
Convención sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes.-
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Según la Convención sobre la Tortura, se establece la
siguiente obligación de los Estados:
Los Estados Partes en la presente Convención,
CONSIDERANDO que, de conformidad con los principios
proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, el reconocimiento
de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la
familia humana es la base de la libertad, la Justicia y la paz en el
mundo. RECONOCIENDO que estos derechos emanan de ladignidad inherente de la persona humana. CONSIDERANDO la
obligación que incumbe a los Estados en virtud de la Carta, en
particular el Art. 55, de promover el respeto universal y la observancia
de los derechos humanos y las libertades fundamentales. TENIENDO
EN CUENTA el Art. 5 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos y el Art. 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que proclaman que nadie será sometido a tortura ni a tratos
crueles, inhumanos o degradantes, TENIENDO EN CUENTA
ASIMISMOS la Declaración sobre la Protección de Todas las
Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Asamblea General el 9 de
diciembre de 1975.DESEANDO hacer más eficaz la lucha contra la
tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en
todo el mundo. HAN CONVENIDO en lo siguiente:
Art. 1.- A los efectos de la presente Convención, se
entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija
intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya
sean físicos o mentales, con el fin de obtener de elle o de un tercero
información o una confesión, de castigarla por un acto que hayacometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o
coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en
cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos
sean infringidos por un funcionario público u otra persona en el
ejercito de funciones públicas, a instigación suya, o con su
consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los
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dolores o sufrimiento que sean consecuencia únicamente de
sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas.
El presente artículo se entenderá sin perjuicio de cualquier
instrumento internacional o legislación nacional que contenga o pueda
contener disposiciones de mayor alcance.
Art. 2.- Todo Estado Parte tomará medidas legislativas,
administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los
actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción. Enningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales
como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política
interna o de cualquier otra emergencia pública como justificación de la
tortura. No podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de
una autoridad pública como justificación de la tortura.
Asimismo, deviene aplicable la Convención sobre laImprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad,
adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de
Noviembre de 1968, aprobada por la República Argentina según ley
24.584 del 1 de Noviembre de 1995, habiéndose otorgado jerarquía
constitucional según Ley 25.778.-
En su art. 1, la citada convención establece que Alos
crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles, cualquiera sea la
fecha en que se hayan cometido.-
En este orden de ideas, la CSJN ha proporcionado
parámetros a seguir en cuanto al Aderecho de gentes o ius cogens, la
imprescriptibilidad de la persecución de estos delitos, la aplicación de
la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra
y de los Crímenes de Lesa Humanidad@, y la interpretación que cabe
darle a esos tratados.-
La aplicación de dicha convención fue tratada en el fallo de
nuestro máximo tribunal en el caso “Arancibia Clavel” sobre la
Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y los Crímenes de Lesa
Humanidad.
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En este orden de ideas, la CSJN señala: “El principio de no
retroactividad de la ley penal ha sido relativo, rige cuando la
nueva ley es más rigurosa pero no si es más benigna. Así, la
Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de
Guerra y los Crímenes de Lesa Humanidad reconoce una
conexidad lógica entre imprescriptibilidad y retroactividad (art. I).
Ante el conflicto entre el principio de irretroactividad que
favorecía al autor del delito contra el ius gentium y el principio de
retroactividad aparente de los textos convencionales sobre
imprescriptibilidad, debe prevalecer este último, que tutela
normas imperativas de ius cogens, esto es, normas de justicia
tan evidentes que jamás pudieron oscurecer la conciencia
jurídica de la humanidad” (Voto del Dr. Antonio Boggiano, A.38
XXXVII, Arancibia Clavel, Enrique Lautaro y otros s/ AsociaciónIlícita....@causa 1516/93 B, 24/08/04, T327, P.3294).-
“No se da una aplicación retroactiva de la Convención de
Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad, si
los hechos por los cuales se condenó al encartado, ya eran
imprescriptibles para el derecho internacional al momento de
cometerse, pues en el marco de la evolución del derecho
internacional de los derechos humanos, la citada convención ha
representado únicamente la cristalización de principios ya
vigentes para nuestro Estado Nacional como parte de la
Comunidad Internacional” (in re, Arancibia Clavel, Lautaro...).-
La consagración positiva del derecho de gentes en la
Constitución Nacional permite considerar que existía Bal momento
en que se produjeron los hechos investigados- un sistema de
protección de derechos que resultaba obligatorio
independientemente del consentimiento expreso de las naciones
que las vincula y que es conocido como ius cogens. Se trata de la
más alta fuente del derecho internacional que se impone a los
estados y que prohíbe la comisión de crímenes contra la
humanidad incluso en épocas de guerra. No es susceptible de ser
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derogada por tratados en contrario y debe ser aplicada por los
tribunales internos de los países independientemente de su
eventual aceptación expresa. Estas normas del ius cogens se
basan en la común concepción en el sentido de que existen
conductas que no pueden considerarse aceptables por las
naciones civilizadas” (Voto Dr. Juan Carlos Maqueda, in re, Arancibia
Clavel, Lautaro).
Otro de los lineamientos sentados por la CSJN en estesentido es la afirmación que la calificación de los delitos contra la
humanidad no depende de la voluntad de los Estados sino de los
principios del ius cogens del derecho internacional, y que en tales
condiciones no hay prescripción de los delitos de esa naturaleza (Fallos
318:373).
En este mismo orden de ideas, es doctrina de la CSJN que lacostumbre internacional y los principios generales del derecho de gentes
forman parte del derecho interno argentino (Fallos 43.321, 176:218,
entre otros), motivo por el cual los tribunales nacionales deben aplicarlos
en casos donde conocen, junto con la Constitución y las leyes
(Fallos 7:282).
VII.
Sobre los hechos que se imputan a Francisco Morales
Bermúdez, Jorge Rafael Videla y Albano Eduardo Harguindeguy y
su calificación legal. La procedencia de la detención con fines de
extradición de Morales Bermúdez
Ahora bien, habiéndose circunscripto los hechos y las
pruebas y calificados como delitos de “lesa humanidad” los aquí
juzgados, corresponde circunscribir su calificación legal y en base a ello,analizar la procedencia de la detención con fines de extradición respecto
del ex Presidente del Perú, Francisco Remigio Morales Bermúdez –
durante la época reseñada-.
En primer lugar corresponde destacar que el principio de
justicia universal habilita el juzgamiento de Morales Bermúdez en este
país. En tal sentido, me permito señalar que el Superior en casos
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análogos y siguiendo los precedentes de la CSJN, ha dicho “….en
materia penal tienen carácter subsidiario, o sea, que cualquier país está
habilitado para juzgar los crímenes contra la humanidad, pero a
condición de que no lo haya hecho el país al que incumbía el ejercicio de
la jurisdicción conforme al principio de territorialidad…..” ( S. 1767.
XXXVIII, c.17.768, “Simón, Julio Héctor y O. s/privación ilegítima de la
libertad” del 14/06/05).-
Conforme las constancias reunidas en autos, considero quese encuentran reunidos los extremos necesarios para estimar con la
convicción necesaria y exigida en este estadio del proceso, que
Francisco Remigio Morales Bermúdez, en su carácter de funcionario
público, presidente de Perú en el período en cuestión, habría participado
de la privación ilegal de la libertad de los trece ciudadanos peruanos
Ricardo Cesar Napurí Schapiro, José Luís Alvarado Bravo, JustinianoAspaza Ordoñez, Alfonso Baella Tuesta, Hugo Blanco Galdos,
Humberto Damonte Larrain, Ricardo Diaz Chavez, Javier Diez Canseco
Cisneros, Genaro Ledesma Izquieta, Ricardo Letts Colmenares,
Valentín Pacho Quispe, José Arce Larco, Guillermo Faura Gay. El
delito señalado se habría practicado con omisión de las formalidades
prescriptas por la ley y abusando de sus funciones, las cuales tuvieron
comienzo de ejecución en territorio peruano –donde se produjeron las
detenciones- y se prolongaron en territorio de la República Argentina,
con la colaboración y anuencia de las autoridades argentinas, donde los
nombrados permanecieron detenidos hasta su expulsión a distintos
países en los tiempos y formas ya señalados a lo largo de este
decisorio.-
En este orden de ideas, se procederá a subsumir la actividaddesplegada por Morales Bermúdez como incursa en un acuerdo criminal,
en carácter de autor y en calidad miembro, que tuvo por objeto la
privación ilegal de la libertad personal y torturas, entre otros ilícitos,
conformado en este caso con las autoridades argentinas, puntualmente
en este caso con Jorge Rafael Videla y Eduardo Albano Harguindeguy, a
quienes también se le reprocharán los mismos ilícitos.
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Las conductas se hallan previstas en los arts. 210 bis del
Código Penal de la Nación, texto según ley 23077, el cual resulta
aplicable por ser más benigno que el contemplado en el texto según ley
21.338 vigente al momento de los acontecimientos, en concurso real con
el delito previsto y tipificado en el arts. 144 bis inc.1 -Ley 14.616- en
función del art. 142 inc. 1° y 5°- y 144 ter, párr. 1 -Ley 14.616- del CP..-
La ley 26.082, aprobó el tratado de extradición que rige entre
la República Argentina y la República del Perú, suscripto el 11 de juniode 2004 y conforme ello, en su artículo I: prevé la obligación de
extraditar a las personas que hayan sido imputadas o procesadas o
condenadas por las autoridades del Estado requirente con motivo de la
comisión de un delito que de lugar a su extradición.
Así, el artículo II, indica que “darán lugar la extradición los
delitos punibles con pena máxima privativa de libertad superior a un añoo una pena más grave, conforme con la legislación de ambos Estados
partes” ; punto B prescribe: “el delito se haya cometido parcial o
totalmente fuera del territorio del Estado recurrente, siempre y cuando
bajo su ordenamiento jurídico, dicho Estado tengo jurisdicción sobre al
hecho.
Ahora bien, teniendo en cuenta el carácter de los hecho y
su calificación legal, por lo cual, el delito reprochado por sus
características, metodología y sistematicidad ha adquirido el carácter de
delito de lesa humanidad, y consecuentemente su carácter de
imprescriptible, por lo que hace necesaria su extradición.
En este orden de ideas, el convenio vigente prescribe que
“También darán lugar a extradición, conforme el presente Tratado, los
delitos incluidos en convenios multilaterales en los que ambos paísessean parte” (conf. Art.31).-
Uno de los convenios signados por ambos países es el
Estatuto de Roma, aprobado el 18 de Julio de 1998, el cual en su
Preámbulo, sostiene que.... los crímenes más graves de trascendencia
para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin
castigo y que a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e
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intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean
efectivamente sometidos a la acción de la justicia......-
El Estatuto aprobado define los delitos de genocidio, lesa
humanidad y los crímenes de guerra (conf. Arts. 6, 7 y 8,
respectivamente), el cual se encuentra ratificado tanto por la República
Argentina como la República del Perú, y consecuentemente los
crímenes allí contemplados integran nuestro orden jurídico interno .-
Allí se incluye como crimen contra la humanidad lapersecución por causas políticas, raciales, religiosas o étnicas junto al
asesinato, el exterminio, la tortura y la esclavitud, cuando son cometidos
en forma sistemática o a gran escala e instigados o dirigidos por un
gobierno o cualquier otra organización o grupo.
En la Argentina, con el golpe de estado efectuado por las
juntas militares el 24 de Marzo de 1976, se impuso un régimen de terror que efectuó el secuestro, detención arbitraria, tortura y eliminación, de
miles de personas (el informe final de CONADEP acusó 30.000
desaparecidos), todo implementado y ejecutado desde el aparato del
Estado bajo la falaz fachada de una lucha contra el terrorismo o
subversión, con el único objeto de eliminar cualquier forma de liderazgo
o pensamiento contrario a la doctrina oficial que pretendía instaurarse
con el denominado Proceso de Reorganización Nacional liderado por las
juntas militares.-
El llamado Terrorismo de Estado imperante, se caracterizó
por la inobservancia del principio de legalidad, ya que toda la acción
dirigida y orquestada desde el Estado de Facto actuó al margen de tal
principio y en procura de sus fines, cometió un sinnúmero de delitos
violatorio de los más fundamentales derechos humanos contemplados yprotegidos por la comunidad internacional, siendo que los actos de
terrorismo, entre ellos, los secuestros y persecuciones con fines
políticos ideológicos, los tratos crueles e inhumanos, la reducción a la
servidumbre, y tortura física y psicológica, son delitos de lesa humanidad
y gozan de protección supranacional.-
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El delito de terrorismo, bajo las distintas formas que se
exponen (secuestro, tortura, tratos inhumanos o degradantes), es
contemplado por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
signado en la ciudad de New York, el 19 de Diciembre de 1966,
aprobado en la República Argentina según ley 23.313 y goza de
jerarquía constitucional (art. 75 inc.22 C.N.), también ratificado por el
Perú el 11 de agosto del año 1977, obliga a los Estados Partes a
reconocer y proteger todos los derechos inherentes a la dignidadhumana.-
Asimismo, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes adoptada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1984, aprobada
por la República Argentina mediante la ley 23.338 y por la República del
Perú que goza de jerarquía constitucional según art. 75 inc.22 C.N.,establece en su Art. 1.....se entenderá por el término tortura todo acto
por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o
sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de
obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de
castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha
cometido, o de intimidar o coaccionar a esa personas o a otras, por
cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando
dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario
público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a
instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.-
La presente Convención prevé y obliga a los Estados
adheridos a proteger contra estos actos y también obliga a la
persecución de los autores de dichos actos inhumanos.-Esta Convención, ha sido ratificada también por la República
del Perú el 29 de mayo de 1985, entrando en vigencia el 6 de agosto de
1988.-
Por último, deviene mencionar la Convención sobre
Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa
Humanidad, adoptada por las Naciones Unidad el 26 de Noviembre de
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1968, ratificada por la República Argentina el 1 de Noviembre de 1995,
con rango constitucional según ley 25.778, en la cual se establece que
los Estados Partes.....se obligan a adoptar todas las medidas internas
que sean necesarias, legislativas o de cualquier otro orden, con el fin de
hacer posible la extradición, de conformidad con el derecho
internacional, de ....los representantes de la autoridad del Estado y a los
particulares que participen como autores o cómplices....de los crímenes
de guerra y los crímenes de lesa humanidad.... (Art. 3 en función del art.2 con remisión al art.1.a y b).-
Los crímenes de lesa humanidad según la Convención, son
imprescriptibles cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido,
porque son imprescriptibles por naturaleza.-
“Esta convención sólo afirma la imprescriptibilidad, lo
que importa el reconocimiento de una norma ya vigente (iuscogens) en función del Derecho Internacional Público vigente de
origen consuetudinario. De esa manera, no se fuerza la prohibición
de irretroactividad de la ley penal, sino que se reafirma un principio
instalado por la costumbre internacional, que tenía vigencia al
tiempo de comisión de los hechos” (Conf. CSJN Fallo Arancibia
Clavel, Enrique Lautaro s/homicidio calificado y asoc.ilícita...,
rta.24/08/04, voto mayoritario).-
Según el fallo citado, la cuestión de prescripción en delitos de
lesa humanidad no se opone al principio de legalidad en virtud de los
principios de ius cogens.-
En consonancia con esta Convención, la Asamblea General
de la ONU estableció según Resolución 3074 (XXVIII) del 3 de Diciembre
de 1973, los siguientes principios de Cooperación Internacional en laIdentificación, Detención, Extradición y Castigo de los Culpables de
Crímenes de Guerra o Crímenes de Lesa Humanidad:
1.- Los crímenes de guerra y los crímenes de lesa
humanidad, dondequiera y cualquiera que sea la fecha en que se hayan
cometido, serán objeto de una investigación, y las personas contra las
que existen pruebas de culpabilidad en la comisión de tales crímenes
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serán buscadas, detenidas, enjuiciadas y, en caso de ser declaradas
culpables, castigadas.
2.- Todo Estado tiene el derecho de juzgar a sus propios
nacionales por crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad.
3.- Los Estados cooperarán bilateralmente y
multilateralmente para reprimir y prevenir los crímenes de guerra y los
crímenes de lesa humanidad y tomarán todas las medidas internas e
internacionales necesarias a ese fin.4.- Los Estados se prestarán mutua ayuda a los efectos de la
identificación, detención y enjuiciamiento de los presuntos autores de
tales crímenes, y, en caso de ser éstos declarados culpables, de su
castigo.5.- Las personas contra las que existan pruebas de culpabilidad
en la comisión de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad y
serán enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas, por lo general en los países donde se hayan cometido esos crímenes. A
este respecto, los Estados cooperarán entre sí en todo lo relativo a la
extradición de esas personas....
Como corolario, señalo que tanto para la República Argentina
como para el Perú, los convenios antes citados, junto con la Declaración
Universal de Derechos Humanos, forman parte del derecho interno de
ambos países, por ende, todos los derechos y garantías de los que
gozan los seres humanos según estas normas y que fueron de alguna
forma alterados, violentados y/o vulnerados, constituyen ilícitos
penalmente reprochables en ambos Estados.-
En consecuencia, y dada la nacionalidad y residencia de
Francisco Remigio Morales Bermúdez y a los fines aquí señalados, esta
judicatura se encuentra en condiciones de solicitar –mediante exhortodiplomático a la República de Perú-, la detención provisoria con fines de
extradición del nombrado.-
La medida será cumplimentada a través del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, en virtud de los tratados
mencionados, y que vinculan a la República Argentina y a la República
de Perú en materia de extradición y cooperación penal.-
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Por otra parte, y en virtud de la gravedad institucional y
complejidad que involucran los hechos aquí investigados, y con el objeto
de cumplimentar con la declaración indagatoria de Francisco Remigio
Morales Bermúdez, y con el fin de proceder y/o asegurar la sujeción del
imputado a este proceso y evitar posibles evasiones a la persecución
penal aquí instruida, y sin perjuicio del pedido formal de extradición, es
que habré de ordenar la captura internacional de Francisco Remigio
Morales Bermúdez, siendo preciso a tal fin libare oficio al Sr. Jefe delDepartamento Interpol de la Policía Federal Argentina a los propósitos
señalados, adjuntándose copia certificada del presente decisorio que
dispone la detención del nombrado.-
En cuanto a los consortes de causa, Jorge Rafael Videla y
Albano Eduardo Harguindeguy, considero que dado que los nombrados
se encuentran detenidos a disposición del suscripto en otrasinvestigaciones por delitos de lesa humanidad, y por lo tanto la sujeción
a proceso no se encuentra en riesgo, habré de disponer su traslado a fin
de prestar declaración indagatoria ante estos estrados.-
Es por las consideraciones expuestas que;
RESUELVO:
I.- SOLICITAR LA DETENCION PROVISORIA
Y/O PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICION DEL CIUDADANO
PERUANO FRANCISCO MORALES BERMUDEZ. A tal fin, líbrese
exhorto internacional al Sr. Magistrado con jurisdicción en la ciudad de
Lima, República de Perú, con jurisdicción y competencia en dicha
ciudad. Dicha medida será cumplimentada a través de la Cancillería
Argentina, en virtud de los tratados internacionales que vinculan a ambospaíses (Ley 26082).-
II.-DISPONER LA CAPTURA INTERNACIONAL
DEL CIUDADANO PERUANO FRANCISCO MORALES BERMUDEZ,
con fundamento en lo expuesto en el presente decisorio. A tal fin, líbrese
oficio al Sr. Jefe del Dpto. Interpol de la Policía Federal Argentina,
acompañando al mismo copia del presente decisorio.-
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III.- DISPONER EL LLAMADO A PRESTAR
DECLARACION INDAGATORIA DE JORGE RAFAEL VIDELA Y
ALBANO EDUARDO HARGUINDEGUY, en virtud de los hechos y
calificación legal que se señalan en este decisorio, a cuyo fin se fija
fecha para el próximo 22 y 23 de Febrero, respectivamente,
disponiéndose a tal fin su traslado a esta judicatura a través de las
autoridades del SPF.-
Notifíquese a los causantes mediante telegramaurgente a efectos de que designen defensor en el término de tres días de
notificados, bajo apercibimiento de designar el Sr. Defensor Oficial que
por turno corresponda.(art. 104 del CPPN), a la querella y al Sr. Fiscal.-
Ante mi:
En la fecha se libró exhorto, oficio y telegrama. Conste.-
En se notificó al Sr. Fiscal. Doy fe.-
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