Deberes y Derechos Procesales en El Estado Social de Derecho Autor Londoño
8.- Derecho y Deberes de Las Partes
-
Upload
jose-zorzoli -
Category
Documents
-
view
217 -
download
0
Transcript of 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
1/70
Gabriela N Bord agorry
DERECHOS Y DEBERESDE LAS PARTES
TÍTULO II CAPÍTULO VII ARTS. 62 AL 89 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
2/70
Las obligaciones derivadas del contrato o de la relaciónindividual de trabajo implican prestaciones que se deben laspartes. Dichas obligaciones pueden ser de dar, de hacer o de no
hacer. Las prestaciones típicas del contrato consisten: entrabajar (hacer ) para el trabajador y para el empleador en pagar elsalario (dar ) y otorgar ocupación efectiva (hacer ).
A estas obligaciones se suman otras de hacer o de no hacervinculadas con deberes de conducta que acompañan a losdeberes de prestación como obligaciones igualmente principales
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
3/70
VÍNCULO DE
DERECHO
DEBERES DE CRÉDITO Y DÉBITOPARA LAS PARTES, RELACIONES
RECÍPROCAS Y MUTUAS
DEBERES DE CONDUCTA
COLABORACIÓN Y SOLIDARIDAD
PRINCIPIO DE LA BUENA FE
Art. 62 y 63 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
4/70
DEBER DE BUENA FE (Art. 63 LCT) DEBER DE COLABORACIÓN Y SOLIDARIDAD
(Art. 62 LCT)
DEBER COMÚN DE AMBAS PARTES DEBER DE CONDUCTA
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
5/70
PAUTA RECTORA DE LA CONDUCTA DE LOS TRABAJADORESY DE LOS EMPLEADORES EN LA CELEBRACIÓN, EJECUCIÓN YEXTINCIÓN DEL CONTRATO O DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
TIPOS SOCIALES MEDIOS
“BUENEMPLEADOR”
“BUENTRABAJADOR”
SE EXIGE A LASPARTES QUE
ADECUEN SUS
CONDUCTAS
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
6/70
BUENA FE CALIFICADA:
Celebrar el contrato
Durante el desenvolvimiento del vínculo
Con vistas a la extinción del vínculo
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
7/70
DERECHOS DEL
EMPLEADOR
DEBERES DEL
TRABAJADORDEBERES DELEMPLEADOR
DERECHOS DELTRABAJADOR
LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
8/70
PODER DE ORGANIZACIÓN – 64 LCT PODER DE DIRECCIÓN – ART. 65 LCT IUS VARIANDI - ART. 66/69 LCT PODER DISCIPLINARIO - ART. 67 LCT PODER DE EJERCER CONTROLES PERSONALES – 70/72 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
9/70
Art. 64 LCT
“El empleador tiene facultades suficientes para organizar ECONOMICA yTECNICAMENTE la empresa, explotación o establecimiento”
El art. 64 LCT. pone exclusivamente en cabeza del empleador la Facultadde organización de la empresa y no prevé ni la gestión ni la cogestión de lostrabajadores
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
10/70
Para que la empresa cumpla con sus objetivos económicos obenéficos se confieren al empresario PODERES JERÁRQUICOS:
DE DIRECCIÓN REGLAMENTARIO DISCIPLINARIO
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
11/70
En la empresa el trabajo está dirigido por el empresario por sí o pormedio de otras personas y con él se relacionan jerárquicamente lostrabajadores (art. 5 LCT)
Se origina así un poder directivo empresarial en la medida en que laposición de las partes no es igualitaria sino JERÁRQUICA
Relación de MANDO y OBEDIENCIA
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
12/70
Implica en lo laboral la posibilidad de emitir directivas generales através de reglamentos de empresa, y en especial, la facultad de ordenaren forma particular las prestaciones de cada trabajador de acuerdo a su
categoría contractual (trabajo comprometido) y a las necesidades de laempresa (Fernández Madrid)
Al ejercicio del poder de dirección corresponde simétricamente eldeber de obediencia del trabajador dentro de los límites legales y
convencionales.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
13/70
Se presenta como el conjunto de facultades jurídicas por mediode las cuales el empresario determina las modalidades según lascuales se concreta la prestación laboral.
MODOS DE EJERCERSE EL PODER DE DIRECCIÓN
CON CARÁCTER FUNCIONAL, ATENDIENDO A LOS FINES DE LA EMPRESA, Y A LAS EXIGENCIAS DE LA PRODUCCIÓN
Arts. 65 y 68 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
14/70
ES UN PODER UNILATERAL Y DISCRECIONAL(Fernández Madrid)
LÍMITES:
la ley (sensu lato), la razón, y la funcionalidad
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
15/70
Cómo derivado del poder de dirección se reconoce que el empresariotiene facultad de dictar reglamentos internos cuyo contenido debe serconocido por el trabajador
El reglamento de empresa es fundamentalmente un ordenamientodictado por el empresario para organizar el trabajo en la empresa deacuerdo con sus necesidades particulares, fijando las conductas exigiblesal personal y determinando las obligaciones propias, dentro del marco de
la ley, del convenio colectivo y de los contratos individuales anteriores.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
16/70
REPRESENTA EN UN DOCUMENTO LA ORGANIZACIÓN DE LAEMPRESA MISMA.
CARÁCTER NORMATIVO: Se dirige a todos los trabajadorespresentes y futuros de la empresa COMO ACTO REGLAMENTARIO POSEE GENERALIDAD
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
17/70
NO DEBE CONTENER CLÁUSULAS ARBITRARIAS NIINJUSTAS
NO DEBEN INTRODUCIRSE POR ESE MEDIO ALTERACIONESSUSTANCIALES EN EL CONTRATO DE TRABAJO TAMPOCO PUEDE AFECTAR EL ORDEN PÚBLICO, LA MORAL
Y LAS BUENAS COSTUMBRES
DEBE SER CONOCIDO POR EL TRABAJADOR
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
18/70
DEBE SATISFACER LAS EXIGENCIAS DE LA ORGANIZACIÓNDEL TRABAJO EN LA EMPRESA
CLÁUSULAS DEBEN SER RAZONABLES Y ESTABLECEREXIGENCIAS FUNCIONALES NO DEBEN AFECTAR NI MORAL NI MATERIALMENTE AL
TRABAJADOR (64/68 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
19/70
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
20/70
ELEMENTO CARACTERÍSTICO: UNILATERALIDAD
EJERCICIO: LÍMITES ESPECÍFICOS
DE ORDEN CONTRACTUAL (deben respetarse los elementosesenciales) DE ORDEN FUNCIONAL (no debe ejercerse arbitrariamente, el cambiodebe estar vinculado al fin común de la empresa)
DERIVADOS DEL DEBER DE INDEMNIDAD (respecto de los interesesmateriales y morales del trabajador)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
21/70
LÍMITES A SU EJERCICIO. REQUISITOS.
RAZONABILIDAD
NO ALTERACIÓN ESENCIAL DEL CONTRATO
INDEMNIDAD DEL TRABAJADOR (AUSENCIA DEPERJUICIO MORAL Y MATERIAL)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
22/70
FRENTE AL EJERCICIO ABUSIVO DEL IUS VARIANDI ELTRABAJADOR CUENTA CON DOS OPCIONES:
COLOCARSE EN SITUACIÓN DE DESPIDO INDIRECTO
RECLAMAR JUDICIALMENTE EL REESTABLECIMIENTO DE
LAS CONDICIONES ALTERADAS
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
23/70
ART. 69 LCT. EXPRESAMENTE PROHÍBE LAMODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO COMOSANCIÓN DISCIPLINARIA.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
24/70
POSIBILIDAD QUE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ACUERDA ALEMPLEADOR DE CORREGIR INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALESY LAS FALTAS COMETIDAS POR EL TRABAJADOR A TRAVÉS DE
SANCIONES PREVISTAS POR LA LEY O CREADAS POR ELDERECHO CONSETUDINARIO CON EFECTOS SOBRE ELCONTRATO DE TRABAJO; PUES PUEDEN DETERMINAR LAPÉRDIDA DE SALARIOS (SUSPENSIÓN) O SERVIR DE TODOSMODOS COMO ANTECEDENTE PARA UN DESPIDO
FERNÁNDEZ MADRID
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
25/70
LOS INCUMPLIMIENTOS Y FALTAS SANCIONABLES TIENENRELACIÓN CON LAS PRESTACIONES DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO YCON LOS DEBERES DE CONDUCTA QUE TIENE EL TRABAJADOR
EN TODOS LOS CASOS, DEBE EJERCITARSE ESTA FACULTAD, EN LOSLÍMITES Y CON ARREGLO A LAS CONDICIONES FIJADAS POR LA LEY, LASCCT, LOS ESTATUTOS PROFESIONALES Y CUIDANDO DE SATISFACERLAS EXIGENCIAS DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN LA EMPRESAY EL RESPETO DEBIDO A LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR Y SUSDERECHOS PATRIMONIALES, EXCLUYENDO TODA FORMA DE ABUSO DE
DERECHO (Art. 68 LCT) FERNÁNDEZ MADRID
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
26/70
APERCIBIMIENTO (aceptado por la jurisprudencia)
SUSPENSIÓN DISCIPLINARIA (arts. 218/220 LCT)
DESPIDO CON JUSTA CAUSA (arts. 242,243 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
27/70
LLAMADO DE ATENCIÓN, ADVERTENCIA:
Procede frente a faltas o incumplimiento leves
Se instrumenta por escrito
Se trata de sanciones morales
No apareja consecuencia económica para el trabajador
Tiene el significado de hacer saber al trabajador que la falta cometida por él no ha
sido tolerada en esta ocasión y no se tolerará en el futuro advirtiéndole que en caso dereiteración se adoptarán sanciones mayores
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
28/70
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
29/70
DEBE SER VÁLIDA Y LEGÍTIMA
REQUISITOS DE LEGALIDAD O
VALIDEZ
a) DEBE SER COMUNICADAPOR ESCRITO
b) JUSTA CAUSAc) PLAZO FIJO
REQUISITOS DE LEGITIMIDADO EFICACIA
a) RAZONABILIDADb) OPORTUNIDAD O
CONTEMPORANEIDAD
c) PROPORCIONALIDAD
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
30/70
Procede frente a una injuria que hace imposible laprosecución del vínculo laboral Se instrumenta por escrito Con expresión suficientemente clara de la causa No se puede variar la causa de despido en juicio Consecuencia económica: el trabajador pierde el derecho alas indemnizaciones derivadas del despido (Art. 232, 233,
245, LCT.)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
31/70
PRINCIPIO DE CONTEMPORANEIDAD
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
PRINCIPIO DE GRADUALIDAD
PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD
PRINCIPIO NON BIS IN IDEM
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
32/70
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
33/70
Cómo lógica consecuencia del poder de dirección, surge la FACULTAD DECONTROL, ya que el empleador que tiene el poder de emitir directivas altrabajador, necesariamente debe tener la posibilidad de controlar la debidaejecución de las órdenes impartidas
SE REALIZA:
a) Sobre la prestación del trabajo (su calidad y procedimientos técnicos deejecución)
b) Sobre la asistencia del trabajador al empleo y cumplimiento de horario c) sobre los bienes de la empresa (controles de entrada y salida)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
34/70
CONTROL DE SALIDA: ES UNA FACULTAD DEL EMPLEADOR QUETIENE EFECTOS DISUASIVOS, YA QUE TIENE POR FINALIDADEVITAR SUSTRACCIONES DE BIENES DE LA EMPRESA
CONTROL DE ENTRADA: PARA IMPEDIR QUE INGRESEN EN ELESTABLECIMIENTO ELEMENTOS PELIGROSOS O PROHIBIDOS
FACULTAD LIMITADA (ART. 70 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
35/70
LOS CONTROLES DEBEN RESPETAR LA DIGNIDAD DELTRABAJADOR. DEBEN SER:
DISCRETOS AUTOMÁTICOS GENERALES CONOCIDOS POR LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN EFECTUADO POR MUJERES EN EL CASO DE REVISACIÓN DE
PERSONAL FEMENINO
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
36/70
“CONJUNTO DE OBLIGACIONES QUE SURGEN DE LA LEY DECONTRATO DE TRABAJO – AUNQUE PUEDEN ESTAR
CONTEMPLADOS EN LOS CONVENIOS COLECTIVOS, EN LOSESTATUTOS ESPECIALES Y EN EL CONTRATO INDIVIDUAL- Y CUYOINCUMPLIMIENTO PUEDE CONFIGURAR UNA GRAVE INJURIA CONENTIDAD SUFICIENTE PARA QUE EL TRABAJADOR SE CONSIDERE
DESPEDIDO CON JUSTA CAUSA”
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
37/70
DEBER DE IGUALDAD DE TRATO - ART. 17, 73, 81 LCT. DEBER DE PAGAR LA REMUNERACIÓN – ART. 74, 103/120 LCT DEBER DE PREVISIÓN • DEBER DE SEGURIDAD PERSONAL- ART. 75 LCT
• DEBER DE SEGURIDAD PATRIMONIAL - REINTE-GRO DE GASTOS Y RESARCIMIENTO DE DAÑOS-(76 LCT)
• DEBER DE PROTECCIÓN, ALIMENTACIÓN YVIVIENDA – ART. 77 LCT.
DEBER DE OCUPACIÓN EFECTIVA - 78 LCT. DEBER DE DILIGENCIA E INICIATIVA DEL EMPLEADOR – ART. 79 LCT DEBER DE OBSERVAR LAS OBLIGACIONES FRENTE A LOS
ORGANISMOS SINDICALES Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL YEXTENDER EL CERTIFICADO DE TRABAJO – ART. 80 LCT.
DEBER DE LLEVAR LIBROS DEBER DE FORMACIÓN PROFESIONAL
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
38/70
Art. 14 bis Constitución Nacional Art. 75 inciso 22 Constitución Nacional Prohibición de hacer discriminaciones – Art. 17 LCT Prohibición de obligar a expresar opiniones – Art. 73 LCT Deber de igualdad de trato – Art. 81 LCT Prohibición de discriminar a la mujer – Art. 172 LCT Ley Antidiscriminatoria Nº 23.592 Ley 25.212 ratificatoria del Pacto Federal del Trabajo
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
39/70
ART. 74 LCT
Constituye la principal obligación del empleador, lacontraprestación del trabajo prestado por el trabajador (art.103 LCT) y una de las características definitorias delcontrato y la relación de trabajo (arts. 21, 22 y 115 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
40/70
ART. 74 LCT
“el empleador está obligado a satisfacer el pago de la
remuneración debida al trabajador en los plazos y condicionesprevistas en esta ley”
La LCT dedica el título IV a la remuneración (arts. 103 a 149)ocupándose específicamente de la tutela y del pago (arts. 124 a 149)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
41/70
En principio el salario se gana por el trabajo efectivamentecumplido. Pero el empleador debe también la remuneración aunquesu dependiente no preste servicios por la mera circunstancia de haber
puesto su fuerza de trabajo a disposición de aquél (art. 103 LCT) El trabajador tiene el derecho (y la obligación) de trabajar y si ofrece(pone a disposición) del empleador su fuerza de trabajo y éste no loutiliza o lo rechaza, la prestación se considera cumplida y surge elderecho a la percepción de los salarios correspondientes (arts. 78 y103 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
42/70
El principal puede invocar una excusa válida para no dar ocupación enlos casos de suspensión por justa causa disciplinaria o económica (arts.219 y 220 LCT) o cuando medie denuncia criminal contra el trabajador (art.
224 LCT), en este último supuesto el pago del salario queda supeditado alas resultas del proceso criminal
En los supuestos de accidentes de trabajo y de enfermedadesinculpables (art. 208 LCT), vacaciones (art. 150 LCT), de otras licencias
(art. 158 LCT) se mantiene el pago del salario por disposición de la ley.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
43/70
Caso de Huelga: La huelga suspende la prestación de trabajo, y si eslegítima excluye la existencia de incumplimiento contractual, pero como nose trabaja no se gana salario.
Sin embargo, si la medida de fuerza responde a un grave incumplimientodel empleador éste debe los salarios caídos.
En caso de contrato de objeto prohibido –si bien es nulo- se debe
igualmente remuneración por el lapso trabajado.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
44/70
Como contraprestación del hecho de que el trabajador ha puesto su
capacidad de trabajo a su disposición durante el plazo convenido o legal,el EMPLEADOR debe abonar el salario:
a) que corresponde por ley (SMVM, art. 116 LCT)b) de acuerdo con las disposiciones del convenio colectivo
c) la remuneración pactada (no puede vulnerar disposiciones sobre elSMVM que constituyen normas de orden público ni resultar inferior a losmínimos convencionales para la categoría del trabajador cuando en laactividad u oficio en que se desempeña el trabajador estuviera vigente unCCT
en los plazos, lugar y condiciones que establece la LCT (arts. 124 y sig.)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
45/70
Formas de determinar la remuneración (art. 104 LCT) Formas de pagar la remuneración (art. 105 LCT) PLAZOS S.A.C. Época de pago (art. 122 LCT) Dentro de los 4 días hábiles posteriores al mes o quincena vencida(art. 128 LCT) Dentro de los 3 días hábiles posteriores a la semana vencida (art. 128LCT) Días, horas y lugares de pago (art. 129 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
46/70
ABARCA EL CONJUNTO DE MEDIDAS QUE EL EMPLEADOR DEBE ADOPTAR ENRELACIÓN A LAS CONDICIONES PARTICULARES DE LA TAREA O FUNCIÓN, PARA
EVITAR QUE EL TRABAJADOR SUFRA DAÑOS EN SU PERSONA O EN SUS BIENES OSE AFECTE SU DIGNIDAD.
SE MANIFIESTA EN TRESASPECTOS
DEBER DE SEGURIDAD PATRIMONIAL (ART. 76 LCT) –Reintegro de gastos y resarcimiento de daños-
EL DEBER DE SEGURIDAD PERSONAL (ART. 75 LCT)
DEBER DE PROTECCIÓN, ALIMENTACIÓN YVIVIENDA (ART. 77 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
47/70
CONSISTE EN LA OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR DE TOMAR LAS MEDIDASNECESARIAS PARA QUE LAS TAREAS SE PRESTEN EN CONDICIONES DE
SEGURIDAD ADECUADAS, EVITANDO ASÍ LA PRODUCCIÓN DE DAÑOS EVITABLES
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DELTRABAJO
(14 bis CN, Ley 19587 y LRT – Art. 4)LIMITES A LA JORNADA DE
TRABAJO(art. 14 bis CN, Ley 11544 y art. 200
LCT)
DESCANSOS
(arts. 14 bis CN; 150/157, 197, 204 LCT)
EL EMPLEADOR ESTÁ
OBLIGADO A OBSERVAR
Art. 75 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
48/70
“Es el conjunto de medidas que el empleador debe adoptar para evitar que
el trabajador sufra daños en sus bienes, es decir, que se le cause algún
perjuicio patrimonial”
“En virtud del Principio de Indemnidad y el de Ajenidad a los riesgos de la
empresa, el trabajador tiene derecho al reintegro de los gastos realizados
en la ejecución de sus tareas y a la reparación de los daños sufridos en sus
bienes por el hecho o en ocasión del trabajo
Art. 76 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
49/70
El trabajador que reclama el resarcimiento debe probar:a) la introducción de la cosa en el trabajo;
b) el daño;c) la relación causal
El empleador que pretende eximirse de responsabilidad debe acreditar
la culpa del trabajador (Hipótesis de Responsabilidad Objetiva)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
50/70
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
51/70
PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Pagar la remuneración Dar ocupación efectiva
Ocupación efectiva debe ser acorde a la calificación ocategoría profesional del trabajador (art. 78 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
52/70
Es un deber genérico del empleador que consiste en el cumplimientoadecuado de las distintas obligaciones contractuales a fin de que el
trabajador pueda gozar de sus derechos, sin perjuicio de los deberesdel dependiente. Se vincula íntimamente con los deberes de
conducta, es decir con la obligación genérica de las partes, contenidaen el art. 62 de la LCT y con el principio de buena fe, art. 63.
Art. 79 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
53/70
LA LCT PONE EN CABEZA DEL EMPLEADOR
REGISTRAR AL TRABAJADOR EN EL LIBRO ESPECIAL DEL ART. 52 LCT.(LEY 24013, ART. 7)
REGISTRAR AL TRABAJADOR EN EL SISTEMA ÚNICO DE SEGURIDADSOCIAL (LEY 24013, ART.7)
GESTIONAR Y ENTREGAR AL TRABAJADOR EL CUIL. (LEY 24013, ART. 19,INC. H).
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
54/70
En lo atinente estrictamente a la prestación de tareas, así como al trabajador se leexige diligencia y colaboración en el ámbito respectivo (arts. 84 y 86) el empleador
debe cooperar para la debida realización de las labores en dos órdenes:
proveyendo las herramientas y útiles adecuados para su cumplimiento organizando la empresa, concretando las prestaciones, supervisando los trabajosy dando oportunidad a que se enmienden conductas negligentes.
La diligencia que en todos los casos se le exige al trabajador debe estar precedidade la diligencia del empresario que facilite el cumplimiento debido de la función.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
55/70
Ingresar los fondos a la orden de la asociación sindical y los aportesy contribuciones al sistema de seguridad social. Entregar al trabajador una CONSTANCIA DOCUMENTADA de la
sumas ingresadas. A la extinción del contrato: Confeccionar y extender un
CERTIFICADO DE TRABAJO
EL EMPLEADOR DEBE:
ART. 80 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
56/70
Fecha de ingreso y egreso Categoría profesional, tareas, cargo Constancia de remuneraciones percibidas Constancia de aportes y contribuciones al sistema de la seguridad social
Calificación profesional obtenida en los puestos desempeñados.
CERTIFICADO DE TRABAJO:DEBE CONTENER
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
57/70
INTIMACIÓN FEHACIENTE POR EL PLAZO DE 30 DÍAS CORRIDOS
VENCIDO EL MISMO, INTIMACIÓN FEHACIENTE POR EL TÉRMINO DE DOSDÍAS HÁBILES
EXTINCIÓN DEL CONTRATODE TRABAJO
FALTA DE ENTREGA DE CERTIFICADO DE TRABAJO CON COSNTANCIAS DE APORTES YCONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL: CONSECUENCIAS ECONÓMICAS
INDEMNIZACIÓN EQUIVALENTE A 3 SUELDOS – SANCIONES CONMINATORIAS
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
58/70
TODO EMPLEADOR ESTÁ OBLIGADO A LLEVAR UN LIBRO ESPECIAL,
REGISTRADO Y RUBRICADO, EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE SE EXIGENPARA LOS LIBROS DE COMERCIO
ARTS. 52, 53, 54, 55 LCT
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
59/70
CONSISTE EN LA OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR DE OTORGAR AL
TRABAJADOR CAPACITACIÓN PROFESIONAL PARA DESARROLLAR SUSTAREAS EN LA EMPRESA
INCORPORADO A LA LCT POR LA LEY 24576/95 QUE MODIFICA EL TÍTULO II,AGREGANDO EL CAPÍTULO VIII ENTRE LOS ARTS. 89 A 90 DE LA LCT
DENOMINADO “DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL”
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
60/70
la percepción del salario en tiempo y forma (arts. 103 y 149 LCT) el ejercicio de las facultades de dirección y organización del empleador con carácter
funcional, atendiendo a los fines de la empresa (arts. 64, 65 y 66 LCT) respetando
su dignidad y sus derechos patrimoniales (art. 68) y la seguridad de su saludpsicofísica y protección de sus bienes (art. 78 LCT)
que se le de ocupación efectiva a la diligencia del empleador para la percepción de los beneficios de la seguridad
social y lo de las normas laborales (art. 79 y 80 LCT)
a obtener la entrega del certificado de trabajo (art. 80 LCT) a que se le dispense igualdad de trato y no se efectúen discriminaciones (art.81 LCT) Invenciones o descubrimientos del trabajador (art. 82 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
61/70
Principio general, art. 82 LCT: “las invenciones o descubrimientos personales deltrabajador son propiedad de éste, aún cuando se haya valido de instrumentos queno le pertenecen”.
Se trata de las llamadas INVENCIONES LIBRES que son aquellas que el trabajadorhiciere con total prescindencia de su obligación de prestar trabajo, pero que han sidoconcretadas en el curso de la relación laboral, pese a que el trabajador no ha sidocontratado para realizar esos descubrimientos.
En el caso de cesión de sus derechos sobre la invención o descubrimiento, eltrabajador, en igualdad de condiciones con los terceros, deberá dar derecho depreferencia al empleador (art. 83 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
62/70
Excepciones al principio general: PERTENECEN AL EMPLEADOR:
Las invenciones o descubrimientos que se deriven de los procedimientosindustriales, métodos o instalaciones del establecimiento o de experimentaciones,
investigaciones, mejoras o perfeccionamiento de los ya empleados.
• son las llamadas INVENCIONES O DESCUBRIMIENTOS DE EXPLOTACIÓN ODE EMPRESA, porque se ha realizado en el curso de la relación laboral y hancontribuido a mejorar o perfeccionar los procedimientos, métodos o productos de laempresa.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
63/70
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
64/70
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
65/70
El trabajador debe prestar servicio:
Puntualidad Asistencia regular Dedicación adecuada:
a) a las características de su empleo
b) a los medios instrumentales que le provee el empleador
DEBER DE DILIGENCIA Y COLABORACIÓN (art. 84 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
66/70
a) Deber genérico de lealtad al empleador
b) Deber específico de guardar reserva o secreto sobre información de la empresa
c) Deber de no concurrencia desleal (art. 88 LCT)
DEBER DE FIDELIDAD (Art. 85 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
67/70
Obedecer las órdenes e instrucciones del patrón o sus representantes
Conservar los instrumentos, herramientas o útiles de la empresa
DEBER DE OBEDIENCIA (Art. 86 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
68/70
Talleres, instrumentos, materiales,
herramientas de trabajo
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS (Art. 87 LCT)
EL TRABAJADOR:
Responde por los daños graves e intencionales causados a los bienes del patrón
(arts. 87 y 135 LCT) No responde por el deterioro causado por el uso adecuado de los instrumentosde trabajo (art. 87 LCT)
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
69/70
DEBER ESPECÍFICO DENTRO DEL DEBER GENÉRICO DE FIDELIDAD (85LCT) CONSECUENCIA DEL DEBER DE BUENA FE (63 LCT)
DEBER DE NO CONCURRENCIA DESLEAL (Art. 88 LCT)
EL TRABAJADOR: Debe abstenerse de ejecutar negociaciones por cuenta propia o ajena que pudieren
afectar los intereses del empleador, salvo autorización de éste. La prohibición de hacer competencia al empleador, mientras exista la relación detrabajo, es una exigencia del deber de fidelidad.
-
8/19/2019 8.- Derecho y Deberes de Las Partes
70/70
DEBER DE PRESTAR AUXILIOS O AYUDASEXTRAORDINARIAS (Art. 89 LCT)
El trabajador debe prestar auxilios o ayudas extraordinarias, en casode peligro grave o inminente para las personas o para las cosas
incorporadas a la empresa