6ANMIGUEL, 23 NOV. 2 3 NDV. 2012 Decretos/D_E_2991... · 4.- Que las observaciones se ajustan...

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  • MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

    DIRECCIÓN JURÍDICA

    MVB

    DECRETO EXENTO N° ^

    VISTOS:

    6AN MIGUEL, 2 3 NOV.2 3 NDV. 2012

    OFICINA DE PARTES

    1.- Las bases de licitación del Proyecto Reparación de Establecimientos

    Educacionales en la comuna de San Miguel, Mejoramiento de

    Multicancha, Acceso Cocina y Cubiertas Escuela Santa Fe y Mejoramiento

    Cubierta, Comedor, Cocina y SSHH. Escuela Territorio Antartico;

    r2.- La reclamación de 15 de noviembre de 2012, presentada por la

    Constructora Arcos y Caldera Ingeniería y Construcción Ltda, sobre

    apelación y objeción sobre acta de observaciones y finiquito de contrato,

    en que argumenta en favor de sus incumplimientos y solicita también se

    deje sin efecto el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, en atención que

    cubre los dos proyectos, y uno de ellos, el relativo al Colegio Santa Fe, se

    encuentra completamente ejecutado;

    3.- Las facultades que me confiere la ley N° 18695, de resolver respecto de

    las reclamaciones en contra de las resoluciones u omisiones ilegales del

    alcalde o de los funcionarios municipales y que los particulares afectados

    puedan presentar;

    Y CONSIDERANDO

    1.- Que el día 10 de octubre de 2012, se llevo a cabo la recepción

    provisoria de las obras del Proyecto "Mejoramiento Cubierta, Comedor,

    Cocina y SSHH, Escuela Territorio Antartico" por la comisión conformada

    de acuerdo a las bases administrativas, más la presencia del contratista.

    En el acta se deja constancia de 10 observaciones que el contratista debía

    subsanar en el plazo de 10 días, exento del pago de multas, acta que el

    contratista reclamante suscribió;

  • 2.- Que con fecha 13 de noviembre de 2012, se llevó a cabo la recepción

    provisoria de la obras con observaciones sin subsanar, actuación que de

    conformidad con el punto 11.1 de las bases administrativas, no había

    necesidad de notificar al reclamante, por lo que lo señalado por él en esta

    materia se encuentra fuera del marco lega! aplicable;

    3.- Que el acta de recepción de 13 de noviembre de 2012, indicada en el

    numerando segundo se indica claramente que : A) se subsanaron las

    observaciones N° 2 y N° 4 de forma total, B) se subsanaron las

    observaciones N° 1, N° 3, N° 6, N° 7, N° 8 de forma parcial, y C) que no se

    subsanaron las observaciones N° 5, N° 9 y N° 10, por lo que los

    incumplimientos son múltiples y no se encuentran justificados.

    En relación con el reclamo del contratista en lo atingente a la

    observación N° 5, no tiene lugar, en el entendido que la comisión

    constató en terreno no tan solo la mala instalación de lava fondos, sino

    también su mala calidad, situación que no tiene relación con la

    manipulación que los funcionarios del lugar pudieran hacer de estos. En

    cuanto a la observación N° 6 referente a la red húmeda, fue bastante

    clara y amplia, ya que observa no tan solo su funcionamiento sino

    también las terminaciones de esta, situación que fue subsanada

    parcialmente por el oferente;

    4.- Que las observaciones se ajustan completamente a lo solicitado en

    bases, y no aparecen caprichosas, toda vez que el rol de la la comisión

    en terreno es verificar la correcta ejecución de cada partida. Además, la

    comisión, de conformidad al punto N° 11.1.3, estimó que no se

    subsanaron las observaciones según los términos de referencia del

    contrato formalizado entre la Municipalidad de San Miguel y la Empresa

    Arcos y Caldera Ingeniería y Construcción, y revisada la obra en terreno,

    solicitó ejercer las acciones necesarias tendiente al cobro de multas y la

    boleta de fiel cumplimiento de contrato;

    5.- Que el retraso en los pagos al contratista se debió a que el reclamante

    no acompañó a su debido tiempo los certificado de obligaciones labores,

    documentación exigida por las bases administrativas para cursar

    los respectivos estados de pago, lo queda demostrado en la fecha del

  • certificado de antecedentes laborales que acompañó el reclamante, y por

    otra parte las facturas fueron canceladas al Factoring Securiry Incofin

    S.A ;

    6.- Que por lo anterior, debe rechazarse la reclamación de la Empresa

    Arcos y Caldera Ingeniería y Construcción Ltda. y continuar con el

    procedimiento de término de contrato y cobro de la garantía.

    DECRETO:

    Se rechaza el reclamo presentado por Constructora Arcos y Caldera

    Ingeniería y Construcción Ltda, en su presentación de 15 de noviembre de

    2012.

    Anótese, comuniqúese, notiíiquese, publiquese, cúmplase y

    archívese.

    IS A. SANdÓWl boMEZABO 6AD O

    CRETARIO MUNICIPAL

    DAV1DJ3ÍERRA CISTERNAS

    ALCALDE (S)

  • •>. ,

    Santiago, Noviembre 15 de 2012

    Señor

    Julio Palestra

    Alcalde de la Municipalidad de San Miguel

    Presente

    REF: Apelación y Objeciones sobre Acta de'observaciones y Finiquito de Contrato

    De mi consideración

    ^

    Junto con saludar, me dirijo a usted por medio de la presente, para hacerle llagar mi apelación de

    el acta de observaciones para la obra "Mejoramiento de cubierta, sector cocina y alcantarillado

    Colegio Territorio Antartico". Licitación ID 545774-1-LP12. Realizado por Arcos y Caldera Ingeniería

    y Construcción Ltda. Rut: 76.010.706-9, domiciliada en Caupolicán 840, Providencia.

    Le presentaré a continuación los antecedentes para demostrar que ante toda la situación ocurrida

    no somos más que una empresa que ha sido victima del autoritarismo de algunos funcionarios de

    la Municipalidad.

    Mis argumentos son los siguientes:

    - El dia 10 de octubre se realizo una recepción provisoria con observaciones, en la cual se

    entregó una lista con los puntos a corregir, los cuales no presentaban claridad y como

    muestra de lo mismo es el primer punto que queremos apelar.

    - En el punto numero 1 se indicaba lo siguiente "por dar mejor terminación a los

    pavimentos del colegio" La ultima reunión de entrega que tuvimos que fue el dia jueves

    recién pasado, se nos informo que ese punto estaba listo y que por lo tanto se había

    cumplido con esa observación y que no habían objeciones. El día martes 13 de noviembre,

    cuando nuevamente la comisión se presento en el colegio determinaron que el punto no

    se había resuelto completamente porque faltaban "partes" que no estaban terminadas o

    bien terminadas, aun cuando no se menciona una parte especifica ni indica si quiera una

    ubicación aproximada en el colegio para que pudiera ser subsanada. Todo esto aun

    cuando en la ultima reunión de entrega se recorrió el colegio en conjunto con la misma

    comisión no encontrándose ninguna observación de pavimentos.

  • En el punto numero 6, se agregaron dos observaciones adicionales, ia primera, agregaba

    texto a la observación original solicitando imperiosamente "girar el modulo de red

    húmeda ubicado al costado del casino"; además de eso, se agrega la observación que los

    nichos de red húmeda son de mala terminación o que poseen puntas cortantes aun

    cuando esos nichos son comprados a empresas que los fabricas bajo todas las normas y

    medidas de seguridad de los actuales estándares en chile, es decir, nosotros como

    empresa no podemos modificar la estructura de los mismos y por lo demás, no traen

    puntas cortantes pues intentan ser redondeados. Por otra parte, corresponden a los

    módulos solicitados según las especificaciones técnicas entregadas por la D.O.M y el

    SECPLA para la adjudicación.

    En el sector cocina del casino del colegio, se genera un nuevo problema. Constantemente

    la estructura de los lavafondos que ya existían en el casino es movido por personal que los

    opera, razón por la cual, las conexiones al desagüe tienden a moverse pues son de PVC

    que es un material flexible. Se sugirió arriostrar estas estructuras a muro para evitar que

    se muevan y volver a realizar la conexión y reparación de la misma (se ha realizado mas de

    8 veces en el transcurso del tiempo, incluso teniendo videos que prueban las

    aseveraciones de lo que mencionamos).

    Se nos solicitan documentos que certifican obras a empresas que nosotros no

    contactamos lo cual atenta contra la transparencia de la adjudicación pues toda empresa

    que contrate la municipalidad por fuera no debe n¡ tiene razón alguna para mezclarse con

    otra empresa, pues los contratistas tienen contratos diferentes que no son indexables

    unos con otros.

    Finalmente y como guinda de la torta, el día martes 13 de octubre se presento la comisión

    al colegio a hacer "la recepción" final de la obra sin avisarle a la otra parte interesada, en

    la cual se dio por instrucción finiquitar el contrato. Como medio de pruebas se nos

    presento un legajo de alrededor de 40 fotos impresas en blanco y negro y de muy mala

    calidad, (se nos reclamo que como era posible que hubiera tantas fotos de detalles) Al

    revisar dicho legajo, me pude percatar que de las 40 fotos, eran solo 4 fotos existentes con

    10 copias adjuntadas para hacer una cantidad más grande. a^V'1

    Ese día martes 13, me comunique con el ITO el señor Carlos Romegialli R. para consultarle

    por los pasos a seguir y de las razones de haber tomado tan abrupta decisión sin avisarnos

    para haber solucionado cualquier problema que pudieran tener, de la misma forma y

    rapidez como se ha hecho todo el tiempo. El señor Carlos Romegialli, en el medio de la

    conversación me corto el teléfono y se rio entre comillas en mi cara.

  • Como agravante adicional, la Municipalidad presenta una deuda impaga de 5 facturas

    desde el mes de Junio que ascienden a la suma aproximadamente de $85.000.000 que

    corresponden a la remodelación del colegio Santa Fe (obra que se encuentra recepcionada

    de manera final y sin observacionesl y a! colegio Territorio Antartico.

    Como empresa, el día de ayer en reunión con el señor Javier López O. y don Carlos

    Romegialli R. ofrecimos la posibilidad de solucionar de manera definitiva el tema de los lavafondos

    y de los nichos de red húmeda aun cuando eran observaciones agregadas después de la ultima

    recepción pero se nos dijo que lo verían con el departamento jurídico pues ya habían realizado el

    decreto de finiquito de contrato y habían solicitado cobrar una boleta de garantía de mas de

    $8.000.000 para solucionar estas observaciones. Lamentablemente este certificado de fianza

    también cubre garantías por la obra del colegio Santa Fe que corresponde a mas de $4.500.000 y

    que no se si serán devueltos.

    Por otra parte, la valorización de estas observaciones no asciende de la suma de $100.000

    lo que es completamente distinto de los $4.000.000 que cobrarían por estas observaciones.

    De esta forma y por los antecedentes presentados, nos vimos en la necesidad de dirigirnos

    a usted, pues vemos que por parte de la D.O.M. no estamos teniendo soluciones, ni respuestas

    pues todo lo que nos dicen es ambiguo.

    Esperando una buena recepción, y su pronta respuesta,

    Saluda Cordialmente

    Jotgejwolíértíí Caldera Cofre

    r15.343.517-0

    Representante Legal

    Arcos & Caldera

    Ingeniería y Construcción Ltda.

    76.010.706-9

    rcos Carrasco

    13.685.402-K

    Representante Legal

    Arcos & Caldera

    Ingeniería y Construcción Ltda.

    76.010.706-9

    .706-9

    3334.; 73

  • o

    o

  • Imprimir mensaje - Hotniail http://snl22w.sntl 22.mail.live.com/mail/Printiv1essage5.a5px9cpid.

    F30

    De: Ximena Reino {[email protected])

    Enviado: jueves, 15 de noviembre de 2012 11:40:17

    Para: [email protected]

    CC: 'José Fernandez Zuñiga' ([email protected]); 'Juan José Arcos'

    ([email protected])

    1 archivo adjunto

    F 30 ok.pdf (35,1 KB)

    Estimada Gabriela,

    Adjunto lo solicitado.

    Gracias

    Affe.

    Ximena Reino S.

    Secretaria de Gerencia.

    Constructora Arcos&Caldera Lida.

    www.arcoscaldera.ci

    02-269 9298

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    420/11/2012 10:22

  • Dirección del

    Trabajo

    1312/2012/40973

    Gobierno de Chile

    CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y

    PREVISIONALES

    La Dirección del Trabajo, CERTIFICA que, respecto de la empresa solicitante que se individualiza a continuación, se

    registran, en las bases informáticas de la Dirección del Trabajo, los antecedentes que se detallan en el presente:

    1.- INDIVIDUALIZACIÓN DE LA EMPRESA SOLICITANTE:

    RUT RAZÓN SOCIAL ^NOMBRE

    76,010,706-9 ARCOS V CALDERA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

    RUT REP. LEGAL REPRESENTANTE LEGAL

    15,343,517-0 CALDERA COFRE JORGE ROBERTO

    DOMICILIO

    AV. SUECIA 42803

    REGIÓN COMUNA TELEFONO

    13 PROVIDENCIA (2)2699298

    CORREO ELECTRÓNICO

    [email protected]

    CÓDIGO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA (CAE)

    CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS O DE PARTES DE EDIFICIOS

    2.- ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES DEL SOLICITANTE:

    (Disponibles en Sistema Informático de la Dirección del Trabajo y Boletín de Infractores a la Legislación

    Laboral y Previsional.)

    MULTAS EJECUTORIADAS - NO INCLUIDAS EN BOLETÍN DE INFRACTORES

    N° MULTA N" Ü.M. UNIDAD MONETARIA INSPECCIÓN ESTADO

    -- NO REGISTRA --

    DEUDA PREVISIONAL (BOLETÍN DE INFRACTORES)

    MOTIVO INSTITUCIÓN MONTO EN UTM MONTO EN S

    -- NO REGISTRA --

    RESOLUCIONES DE MULTA (BOLETÍN DE INFRACTORES)

    N° RESOLUCIÓN TIPO DE MULTA MONTO EN S

    -- NO REGISTRA --

    Página 1 fle 2

  • -

    0.- PLAZO Y ÁMBITO DE VIGENCIA:

    El presente Certificado tendrá vigencia hasta el 21/11/2012 , siendo válido en todo el taritorio nacional.

    INSPECTOR DEL TRABAJO

    ICT PROVIDENCIA

    EL SIGUIENTE ES EL FOLIO PARA VERIFICAR LA VALIDEZ DEL CERTIFICADO EN EL SITIO WEB DE LA DIRECCIÓN DEL

    TRABAJO, EN http://ventanilla.dt.gob.ci/tramitesenlinea/tramite/inicio2.aspx (INGRESAR EL FOLIO EN EL RECUADRO

    "Verificación de Trámites", Y SELECCIONAR EL TRÁMITE "Certificado Contratista")

    a7EQr8x3

    Distribución

    interesado

    U. de Fiscalización

    Of. de Partes

    Generado 06 Nc-v 2012 085n:41

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