6 los órdenes sucesorios

13
Mag. Walter Mendizábal Anticona CICLO 2013-III Módulo:1 Unidad: 3 Semana: 6 DERECHO CIVIL VII SUCESIONES Órdenes sucesorios

Transcript of 6 los órdenes sucesorios

Page 1: 6  los órdenes sucesorios

Mag. Walter Mendizábal Anticona

CICLO 2013-III Módulo:1 Unidad: 3 Semana: 6

DERECHO CIVIL VII SUCESIONES Órdenes sucesorios

Page 2: 6  los órdenes sucesorios
Page 3: 6  los órdenes sucesorios

ORDEN SUCESORIO: PRIMER ORDEN

PRIMER ORDEN. ORDEN DE LOS HIJOS Y

DEMÁS DESCENDENTES

“ Los hijos excluyen a todos los otros herederos, a

menos que hubiere también cónyuge

sobreviviente, caso en el cual éste concurrirá con

aquéllos”

La filiación en este sentido es indiferente: puede

ser matrimonial o no matrimonial.

Page 4: 6  los órdenes sucesorios

De este modo pueden presentarse DISTINTAS ALTERNATIVAS:

a) CONCURREN SOLO HIJOS. Ellos se llevan toda la herencia, pues excluyen a los demás herederos, la cual se dividirá en iguales porciones entre ellos. De todos modos hay que tener presente que respecto de los hijos puede operar el derecho de REPRESENTACION por lo que en el fondo incluye a los DESCENDIENTES del causante.

Page 5: 6  los órdenes sucesorios

• Respecto del ADOPTADO, debemos tener

presente lo que señala el CÓDIGO CIVIL, y

señala que :

• “la adopción confiere al adoptado el estado civil

de HIJO de los adoptantes, con todos los

derechos y deberes RECIPROCOS

establecidos en la ley”. Por ende, se le debe

considerar como un hijo más para los efectos

sucesorios.

Page 6: 6  los órdenes sucesorios

• b) CONCURREN HIJOS Y EL CONYUGE

SOBREVIVIENTE. Señala el CÓDIGO CIVIL “El

Conyuge sobreviviente recibirá una porción que,

por legítima rigurosa o efectiva corresponda a

cada hijo. Si hubiere sólo un hijo, la cuota del

cónyuge será IGUAL a la legítima rigurosa o

efectiva de ese hijo.

Page 7: 6  los órdenes sucesorios

• A la inversa, cuando concurre UN SOLO

ASCENDIENTE de grado más próximo, éste

sucede en todos los bienes de la herencia, o en

toda la porción hereditaria de los ascendientes

Igualmente, si concurre solamente el

CONYUGE SOBREVIVIENTE, éste se lleva

todos los bienes de la herencia.

Page 8: 6  los órdenes sucesorios

SEGUNDO Y TERCER ORDEN

• Acorde al Art. 816º C.C.

• Son herederos del primer orden, los

hijos y demás descendientes; del

segundo orden, los padres y demás

ascendientes; del tercer orden, el

cónyuge.

Page 9: 6  los órdenes sucesorios

CUARTO ORDEN. ORDEN DE LOS HERMANOS

“Si no hay descendientes, ni ascendientes, ni

cónyuge con derecho a heredar, la herencia

corresponde a los parientes colaterales hasta el

cuarto grado de consanguinidad inclusive,

excluyendo los mas próximos a los mas remotos,

salvo el derecho de los sobrinos para concurrir con

sus tíos en representación de sus padres, de

conformidad con el articulo 683.”

Los hermanos se comprenderán aun los que solamente lo sean por

parte de padre o madre. La única restricción al respecto dice relación con

que la porción del hermano PATERNO o MATERNO será la MITAD de la

porción del hermano carnal.

Page 10: 6  los órdenes sucesorios

CUARTO ORDEN. ORDEN DE LOS

COLATERALES

Señala nuestra legislación civil: que a falta de

descendientes, ascendientes, cónyuge y

hermanos, sucederán al difunto los otros

colaterales de grado más próximo. Estos pueden

ser de simple o doble conjunción, e incluyen

hasta los del sexto grado.

• Esto es; del cuarto, quinto y sexto ordenes,

respectivamente, los parientes colaterales del

segundo, tercero y cuarto grado de consanguinidad

Page 11: 6  los órdenes sucesorios

Determinación de los herederos a falta de

testamento

• Si el fallecido tiene hijos, su herencia se divide entre todos

sus hijos por partes iguales. Si alguno de los hijos ha

muerto antes que el padre, hay que diferenciar:

• * Si este hijo tenía a su vez hijos, les corresponde a estos

por partes iguales la parte que le tocaba a su padre o

madre.

• * Si el hijo muerto no tenía hijos, la herencia se divide sólo

entre los hijos que viven a la muerte del padre. Si el

fallecido estaba casado: a su cónyuge le corresponde sólo

el usufructo de un tercio de la herencia, además, como es

natural, de mitad de los bienes que sean gananciales,

porque esos bienes son por partes iguales del marido y de

la mujer, ya en vida de los dos.

Page 12: 6  los órdenes sucesorios

Si no tiene hijos, el orden es el siguiente:

• A sus padres, por partes iguales si viven los dos, o si sólo

vive uno, todo a él. Si no hay padres pero sí abuelos o

ascendientes más lejanos, a éstos. En este caso al viudo

le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia

• * Si no viven sus padres ni tiene ascendientes de ningún

tipo, el viudo o viuda será el único heredero.

• * Si ni viven sus padres ni tiene cónyuge al momento de su

muerte: a sus hermanos e hijos de sus hermanos, y a falta

de éstos a sus tíos, y si no tiene hermanos ni tíos, a sus

primos carnales. Sólo si no tiene ninguno de los parientes

antes citados, en definitiva, si muere sin testamento y sin

parientes, hereda el Estado o las Comunidades

Autónomas según tienen previsto muchas de ellas.

Page 13: 6  los órdenes sucesorios

GRACIAS