Contrato Prestacion Servicios Educacionales 18279825-8 INSA7725738
4 contrato prestacion servicios
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4.CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS PROFESIONALES 4.1 Definición
4.2 Características
4.3 Elementos Personales
4.4 Elementos Reales
4.5 Elementos Formales
4.6 Obligaciones del Profesionista y del Cliente
4.7 Causas de Terminación
DEFINICIÓN
Es el contrato por el que una persona llamada profesionista o profesor se obliga a prestar determinados servicios que requieren una preparación técnica y en ocasiones un título profesional, a otra persona llamada cliente que se obliga a pagarle una determinada retribución llamada honorario.
Es un contrato por virtud del cual una persona llamada profesional o profesor, se obliga a prestar un servicio profesional, técnico, científico o artístico a favor de otra llamada cliente, a cambio de una retribución llamada honorario.
CARACTERÍSTICAS
BILATERAL. Genera obligaciones y derechos para ambas partes
contratantes.
ONEROSO. Porque origina provechos y gravámenes recíprocos
CONMUTATIVO. Porque las prestaciones son ciertas y conocidas desde la celebración del
contrato.
PRINCIPAL. Porque su existencia y validez no depende de la existencia y validez de otro contrato o de una obligación previamente existente. Existe por
sí mismo
CARACTERÍSTICAS
CONSENSUAL. En oposición a formal, en virtud de que la ley no exige una forma determinada para su validez. El consentimiento puede manifestarse de una manera expresa o tácita. Expresa cuando se
hace por escrito, verbalmente o por signos inequívocos, y de manera tácita cuando se dan ciertos hechos o actos que suponen o autorizan
a presumir el consentimiento.
INTUITU PERSONAE. Se toman en cuenta las cualidades de la persona (profesionista) para la celebración del contrato.
INSTANTÁNEO. Produce todos sus efectos al celebrarse el contrato
DE TRACTO SUCESIVO. Los efectos del contrato se producen a través el tiempo.
ELEMENTOS
Personales• Son las personas que prestan o reciben el
servicioReales• Servicio profesional• Honorarios
Formales• No está sujeto a ninguna formalidad
ELEMENTOS ESENCIALES Consentimiento: Se presenta cuando el
profesor o profesionista está conforme en prestar su trabajo que requiere preparación técnica, artística o titulo profesional, y la otra persona, el cliente, esta conforme en pagar un retribución u honorario.
Objeto: Es la actividad que el profesor o profesionista se obliga a realizar y la retribución u honorario que el cliente se obliga a pagar. El trabajo debe cumplir con los requisitos de ser posible y licito.
ELEMENTOS DE VALIDEZ Capacidad: Para el profesor o profesionista
es la de ejercicio para contratar y debe además tener la especial, que es la posesión de un título que lo habilite para el desempeño de su profesión. Sin tal requisito no obtendrá derecho a cobrar honorarios. La capacidad para el cliente es la de ejercicio, es decir ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades.
Forma: El contrato de prestación de servicios profesionales no esta sujeto a ninguna formalidad para su validez.
OBLIGACIONES DEL PROFESIONISTA
Prestar el servicio en el tiempo, lugar y forma convenidos.
Desempeñar el trabajo personalmente Guardar los secretos que sus clientes le confíen
exceptuando los informes que exigen las leyes. Si el profesionista es abogado no está permitido
defender a dos partes con intereses opuestos Responder de los daños y perjuicios por negligencia,
impericia o dolo Dar aviso oportuno al cliente cuando no pueda
continuar prestando sus servicios
OBLIGACIONES DEL CLIENTE
Pagar los honorarios convenidos. Reembolsar los gastos que hubiere
erogado el profesionista. Pagar al profesionista los daños y
perjuicios que se le hubieren causado por motivo de la prestación del servicio.
CAUSAS DE TERMINACIÓN Conclusión del negocio encomendado al
profesional La imposibilidad legal o natural de
concluirlo La rescisión por mutuo consentimiento La muerte del profesional o su
interdicción La nulidad o resolución del contrato.
NATURALEZA JURÍDICA Siempre debe existir una retribución
monetaria. La retribución se fija de común acuerdo Es necesario el título del profesionista
cuando la ley así lo dictamine. El pago de los honorarios se hace en el
lugar de residencia del profesionista. Cuando varias personas encomiendan
un negocio, todas son responsables del pago de honorarios.
CLASES DE CONTRATOS.
CONTRATO LLAMADO DE IGUALA. El que celebra un profesional para obligarse a prestar sus servicios durante cierto tiempo, por un honorario fijo mensual o anual y no por cada servicio prestado en forma individual a su cliente.
CONTRATO DE CUOTA LITIS. Son aquellos en los que el cliente se obliga a pagar al profesor una parte proporcional de los beneficios que obtenga del patrocinio o dirección del negocio previsto en el contrato.
Sin embargo, también deben considerarse con ese carácter:
Los que contengan la obligación del cliente de pagar una cantidad mayor o menor, según sea el resultado económico obtenido por el cliente.
En los que se convenga en que solo se causarán honorarios si se obtiene una sentencia favorable
En los que el cliente se obligue a pagar una cierta cantidad si el resultado es favorable y otra diferente si la sentencia es adversa.
CONTRATO DE RESERVA PROFESIONAL. Contrato por el cual el profesor se obliga a escuchar, dentro de un plazo generalmente fijado por uno o más años, los planeamientos de carácter jurídico que le haga el cliente y a dar una opinión jurídica sucinta y concreta, a cambio de una remuneración llamada honorario.
Lo que se busca con este tipo de contratos es que el profesor no asesore ni patrocine a posibles competidores o contrarios del cliente, en procedimientos judiciales o administrativos.